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El Ágora U.S.B.

versão impressa ISSN 1657-8031

Ágora U.S.B. vol.23 no.1 Medellin jan./jun. 2023  Epub 08-Out-2023

https://doi.org/10.21500/16578031.5317 

Resultado de investigación

Violencias huérfanas contra las mujeres en relaciones de pareja transitorias de estudiantes en universidades colombianas** ***

Orphaned Violences, Against Women, in Dating Relationships of Students in Colombian Universities

Anyela Alejandra Vanegas Arango1 

Dora Cecilia Saldarriaga Grisales2 

Juan Jacobo Agudelo Galeano3 

Gladys Rocío Ariza-Sosa4 

1Abogada. Magíster en Educación y Derechos humanos. Joven investigadora MinCiencias con pasantía en el Grupo de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Medellín. Colombia. Contacto: anyeleja@gmail.com, ORCID https://orcid.org/0000-0003-3126-6218. Scholar: https://scholar.google.es/citations?user=Xo94iVsAAAAJ&hl=es

2Abogada, especialista en Estudios Urbanos, Especialista en Responsabilidad Civil y del Estado, Magíster en Derechos Humanos y democratización. Profesora Investigadora de derecho constitucional y género. Integrante Grupo de investigación constitucionalismo crítico y género. Fundadora Observatorio de Género de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Colombia. Investigadora asociada a MinCiencias. Contacto: dora.saldarriaga@unaula.edu.co, ORCID https://orcid.org/0000-0002-9073-2090 Scholar: https://scholar.google.es/citations?hl=es&user=gI8urBMAAAAJ

3Estudiante Doctorado en Ciencias Cognitivas, Magíster en Estudios Políticos, Especialista en Gobierno Municipal, Historiador, Psicólogo. Docente investigador Corporación Universitaria Remington. Colombia. Correo: juan.agudelo@uniremington.edu.co ORCID https://orcid.org/0000-0001-8480-9752. Scholar: https://scholar.google.com/citations?hl=es&user=pw2t7RUAAAAJ

4Doctora en salud pública, Magister en salud colectiva, MD. Líder del grupo de investigación Respuesta social en salud. Profesora asociada del departamento de medicina preventiva y salud pública de la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia. Colombia. Contacto: gladys.ariza@udea.edu.co ORCID: https://orcid.org/0000-0002-1509-6119 Scholar: https://scholar.google.de/citations?user=PWGH3PoAAAAJ&hl=en


Resumen

La violencia en relaciones transitorias y de noviazgo puede considerarse una violencia huérfana en Colombia por su falta de reconocimiento y protección jurídica. El objetivo de esta investigación cualitativa fue analizar la violencia en las relaciones de pareja, incluyendo noviazgo y otras relaciones equiparables a éste, en Colombia. Se empleó la teoría fundamentada. La información se recopiló mediante ocho grupos focales con 63 estudiantes de universidades en las ciudades de Medellín, Quibdó, Pereira y Cali. Con frecuencia establecen relaciones transitorias de pareja donde existen diferentes formas de violencia naturalizadas, que requieren medidas legislativas específicas para su protección.

Palabras clave: Violencia doméstica; Derecho a la justicia; Relaciones interpersonales; Rol de los géneros

Abstract

Dating violence in Colombia, can be considered an orphan violence because it lacks right to justice due it does not occur within the family, or in stable couples. The objective of this qualitative research was to analyze violence in intimate partner relationships, by including dating and other temporary relationships comparable to dating, in Colombia. Grounded theory was used. Information was collected through eight focus groups with 63 university students in the following cities: Medellin, Quibdó, Pereira, and Cali. They frequently establish transitory relationships where different forms of violence against women, that are naturalized and require specific legislative measures for their prevention and protection.

Keywords: Domestic Violence; Right to Justice; Interpersonal Relationships; and Gender Role

Introducción

Las parejas en la sociedad contemporánea, además de las formas tradicionales de matrimonio, noviazgo y amantes, tienden a establecerse de forma transitoria, sin compromiso de exclusividad (Bauman, 2007). Pese a que estos vínculos no son estables, pueden presentar conflictos que deriven en violencias, las cuales no están cobijadas por las diferentes formas de protección jurídica disponibles, por lo cual se ha desarrollado el término de violencias huérfanas para designarlas (Alianza de trabajo para el litigio estratégico en defensa de los derechos humanos de las mujeres, 2018).

La intervención estatal de las violencias contra las mujeres, reconocidas como una causa de la discriminación basada en género se ha desarrollado desde finales del siglo XX en Colombia. Comenzó a configurarse inicialmente a partir de la Ley 294 de 1996 que reguló el trámite de violencia intrafamiliar con enfoque familístico, a pesar de que su origen deviene de la obligación adquirida por el Estado debido a la ratificación de la Convención Belém do Pará a través de la Ley 248 de 1995. Posteriormente, se promulgó la Ley 1257 de (2008), que expresamente va a hablar de las violencias contra las mujeres tanto en el ámbito público como privado.

Desde la última década del siglo XX se han generado diversas políticas públicas que van desde la creación de instituciones que desarrollan estrategias de promoción y atención, y el surgimiento de tipos penales como el de violencia intrafamiliar y su ampliación a través de la Ley 1959 de 2019 (no propiamente denominados como violencia contra las mujeres) a través de los cuales se investigan, judicializan y sancionan estas violencias.

Con ello, se presenta un cambio de paradigma en la intervención del Estado: de lo público a lo privado. Cambian las maneras de concebir los fenómenos sociales y se pone en discusión la necesidad de que éste tome medidas efectivas para prevenir, atender y sancionar este tipo de violencias. Se podría resumir en palabras de Kate Millett (1995) “Lo personal es político” para evidenciar las diferentes formas de opresión en y a través de las relaciones íntimas. Sin embargo, en la regulación y aplicación de estas normas, aún subsisten vacíos jurídicos que llevan a la desprotección de las denominadas violencias huérfanas y que generan altos índices de impunidad (Sarralde Duque, 2018).

Las estadísticas al respecto muestran una alarmante situación. En el año 2019, según cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2019), se registraron 49.026 casos de violencia de pareja en Colombia. Las mujeres son la población más afectada por este tipo de violencia (85.9%); en el 44.2% de los casos el presunto agresor es su compañero permanente y en un 32.4% su excompañero sentimental. 30.021 casos de violencia contra la pareja se dieron en el hogar, lo cual corresponde al 71.25%, seguido de 5.594 en vía pública. Además, entre enero y octubre del año 2020, si bien se presentó un aparente descenso de casos de violencia de pareja a 25.606, el porcentaje de mujeres víctimas de esta violencia ascendió a 97.1%, es decir, se observa un aumento porcentual de 11.2% respecto al año anterior (Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, 2020, pág. 9). Según la Segunda medición sobre la tolerancia social e institucional de las violencias contra las mujeres, en Colombia sólo 71% de las mujeres víctimas de violencia obtienen ayuda cuando la solicitan (Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, 2015).

Este contexto nos lleva a plantear la problemática que soporta esta investigación basada en el género como una de las causas determinantes de las violencias contra las mujeres en la pareja, expareja, noviazgo y relaciones equiparables transitorias; el análisis de este tipo de relaciones desde la mirada de estudiantes universitaria(o)s en Colombia; y las problemáticas jurídicas en el abordaje de estas violencias por la concepción eurocéntrica, religiosa y familística que tiene el derecho sobre estas otras formas de relacionamiento y que generan una evidente impunidad y desprotección a las víctimas.

El fundamento conceptual de esta investigación se encuentra en las corrientes de las teorías del feminismo radical y decolonial. El primero es de gran utilidad respecto a su crítica al derecho y el cuestionamiento de los postulados que soportan el statu quo de la base conceptual jurídica. En este sentido Catharine MacKinnon (1995) analizó el significado que la jerarquía entre los sexos tiene en la política, ofreciendo una explicación del poder masculino como un todo ordenado y a la vez descompuesto que se expresa en el Estado y en su política sexual a través de las leyes. Sus reflexiones promueven una jurisprudencia feminista distante del paradigma legal masculino, como base de un sistema jurídico que considere tanto la situación de opresión de las mujeres, como su apreciación de la realidad, es decir, el derecho como un instrumento de lucha ante la opresión masculina y mediante el cual es posible promulgar leyes que protejan a las mujeres.

Por su parte, las posturas de los feminismos decoloniales que argumentan la existencia de relaciones de poder inequitativas entre los géneros a partir del sistema patriarcal como herencia colonial y construcción cultural naturalizada permiten analizar conceptos como los de familia y pareja y la manera en que esas instituciones de origen religioso han permea- do la interpretación jurídica, posibilitando la exclusión de lo diverso y contrahegemónico.

Así, el objetivo que plantea esta investigación es analizar las violencias en las relaciones de pareja, noviazgo y otras relaciones equiparables a este en Colombia. Los ejes temáticos fueron los conceptos de pareja, expareja, noviazgo y otras relaciones erótico afectivas equiparables al noviazgo; así como las violencias de pareja. A su vez, durante el desarrollo de la investigación surgieron otras categorías emergentes como estereotipos de género, amor romántico, masculinidad hegemónica, acciones ante las violencias y acceso a la justicia.

Metodología

Esta investigación es de tipo cualitativo y el análisis de la información se realizó mediante la teoría fundada (Glaser & Strauss, 2009) con perspectiva crítica (Charmaz, 2012), previo consentimiento informado escrito, en el cual se garantizaba el anonimato y se explicaba el procedimiento. Se realizaron ocho grupos focales durante el 2019, en los cuales participaron 63 estudiantes universitarios, 46 mujeres y 17 hombres, con edades entre 17 y 48 años, con un promedio de edad de 26 años. Las personas participantes estudiaban en universidades de las ciudades colombianas de: Medellín, Quibdó, Pereira y Cali, carreras referentes a administración de empresas, derecho, recursos humanos, informática, contabilidad, trabajo social y psicología. Relataron encontrarse en diferentes situaciones de pareja: uniones estables, relaciones transitorias, separados o sin pareja.

Los grupos focales se registraron en audio, se transcribieron y posteriormente se realizó codificación, abierta, selectiva y axial con apoyo de programa Atlas Ti 7.5. Para la generación de relaciones entre códigos y categorías se realizaron acuerdos intersubjetivos entre los miembros del equipo investigador. En la siguiente sección se describe la teoría que emergió del análisis de la información recopilada.

Resultados y discusión

A partir del proceso de análisis se configuraron las siguientes categorías: violencia de pareja, relación de pareja, relaciones transitorias, noviazgo, expareja, estereotipos de género, amor romántico, masculinidad hegemónica, acciones ante la violencia y barreras para el acceso a la justicia.

Las relaciones de pareja pueden ser estables como el matrimonio o cuando hay convivencia. En orden de valoración le sigue el noviazgo, altamente valorado e idealizado, en relación con el amor romántico. Las relaciones de amantes generaron comentarios contradictorios sobre su estimación. Las relaciones transitorias tienen diferentes apelativos como fletes, manejes, amigos con derechos, entre otros y se caracterizan por un mayor énfasis en el encuentro sexual, sin compromiso de exclusividad, ni carácter público, sin perspectivas de duración a largo plazo. Entre más estable sea una relación puede generar mayores posibilidades de reclamos por celos, los cuales con frecuencia derivan en violencia de pareja y se relacionan con un sentido de pertenencia o propiedad, más marcado de los hombres hacia las mujeres como parte de la masculinidad hegemónica. Esta masculinidad se encuentra asociada a la feminidad subordinada y a la idea de que las mujeres tienden a perdonar a los agresores y a regresar con ellos, después de los episodios de violencia de pareja. Dicha violencia produce miedo tanto en la víctima como en sus redes y dificulta la denuncia, la cual es una de las acciones ante la violencia reconocidas por las personas participantes. La denuncia hace parte de las rutas de atención que tienen una serie de barreras por la desconfianza en las instituciones generada por la percepción de impunidad y revictimización, así como la poca información sobre las rutas. Aunque las relaciones transitorias supuestamente no admiten reclamos, en ocasiones generan celos y violencia. Todo esto se muestra en el Gráfico 1.

Elaboración propia

Gráfico 1 Relaciones entre las categorías. 

Relaciones de pareja

La idea de lo que es una relación de pareja construida a través del tiempo en Occidente va a mantenerse en términos del paradigma establecido, considerando que su existencia está determinada por la constatación de un vínculo estable, con proyección futura y con la asunción de un compromiso con las implicaciones afectivas, sociales y legales que este conlleva. Bajo la configuración descrita, la figura del matrimonio o de la convivencia continua a través de la unión libre adquieren la categoría de Relación de Pareja. Otro tipo de relaciones, incluyendo para alguna(o)s participantes el noviazgo, no alcanzan a considerarse dentro de esta categoría.

“Que ya no sea una pareja de dos o uno si no que sean los dos metidos en el mismo barco. Que sean un complemento el uno hacia el otro, que se complementen. Que sea un apoyo cuando uno tiene un problema un apoyo en muchas cosas que uno tiene en la vida. Que encuentre por decirlo, así como un refugio cuando lo necesite y al mismo tiempo sirve de ayuda también para la otra persona” (GF 2 - Medellín).

“La relación de pareja es esa compañía que se busca como de dos personas, es ese ayudarse, colaborarse, como que ir juntos en un camino y entre los dos facilitarse para que las cosas se den de una manera más fácil, es como tener ese apoyo del otro”. (GF 7 - Cali).

En cuanto a la concepción de vínculo, término indispensable para la existencia y legitimación de la relación de pareja, donde se resalta la condición de compromiso como algo necesario para hablar de pareja, (Acosta, 2017, pág. 8) manifiesta que:

(...) la pareja es, entre otras cosas, un sistema vincular complejo que involucra cons trucción e intercambio entre sus participantes, que requiere de un tipo particular de amor que es a su vez demandante, posesivo y fusional, donde entran en juego las relaciones sexuales, se forman uniones de compromiso y a su vez se generan conflictos del orden del “para otro” y “para sí” los que requieren de un equilibrio entre agresión y solidaridad para poder solucionarse.

De igual forma, para que exista una relación de pareja se considera que deben existir características como el amor, respeto, la confianza, apoyo, interés, tolerancia, entendimiento, complicidad entre otras. Asimismo, se incluye la condición de un reconocimiento público y formal.

“(.) también debe haber respeto y apoyo un refugio en la otra persona para momentos trágicos o malos y sentir la confianza de ir a contarle a la otra persona o palabras de consolación y tendrá un apoyo” (GF 2 - Medellín).

“Lo principal aquí es la interacción, el respeto y la confianza” (GF 6 - Quibdó).

“Yo creo que eh digamos uno va creciendo en el camino con la persona después de que uno se proyecte a nivel de pareja porque independientemente de que uno tiene metas individualidades también va construyendo sus metas como pareja como en su relación, sea de hogar o sea en su ámbito también profesional, entonces creo es algo en lo que es indispensable la comunicación eh y de pronto ese apoyo y ese sentir en conjunto, y el respeto” (GF 7 - Cali).

El amor se convierte en elemento fundante para la configuración de una relación de pareja, Sternberg (1986) citado en (Cooper & Pinto, 2008) plantea la teoría del “triángulo del amor”, constituido por el compromiso, la intimidad y la pasión. El compromiso significa no sólo amar a otro en el corto plazo, sino permanecer en la relación, a pesar de los vaivenes que la afecten. En la intimidad, los sentimientos de cercanía, confianza y preocupación por el otro refuerzan la conexión en el vínculo y fundamentan la idea de un proyecto en común. La pasión se manifiesta a través del deseo y la unión sexual.

En cuanto la ruptura del vínculo en las relaciones de pareja, este se puede presentar por diversas causas como la monotonía, la costumbre, la pérdida de respeto, la insatisfacción y la pérdida de amor. De igual forma, se incluye la aparición de la violencia ya sea esta de carácter físico, sexual o psicológico; especialmente, de los hombres hacia las mujeres por el machismo que todavía está presente en sus formas de relacionamiento.

“Hay muchos elementos que pueden terminar con una relación, pues si la infidelidad o el maltrato y... el engaño, la falta de compromiso porque como le decía ahorita, hay mucha promiscuidad, jovencitos bien jovencitos que uno dice: ¡ay! pero tantas novias que han tenido o niñas con muchos novios, uno dice: ¡uy increíble! ¿Cierto? como cambian los tiempos, en que se basa ahora las relaciones.” (GF 1 - Medellín).

“Lo que pasa es que la cultura de nosotros, en estos momentos más que todo se ha venido dando una cosa que es el costumbrismo de la pareja, entonces uno se acostumbra a la pareja, y cuando uno va notando esas falencias en la pareja de que ya uno no quiere salir con ella, incluso uno trata de rescatar la relación de otras cosas, pero el punto ya es que uno ya esta tan acostumbrado a la persona que uno ya no ve como otro punto; pero si se empieza a notar que uno ya empieza a no llamarla, ya no”. (GF 3 - Medellín).

Cambios en el ideal de pareja que no son asumidos de una manera “madura”, aunado a construcciones socioculturales que perviven en alguno de los integrantes de la pareja como la asimetría en las relaciones hombre - mujer dan como resultado la ruptura del vínculo erótico - amoroso en la pareja. Berenstein (s.f,) citado en (Acosta, 2017) considera que la alteración en el proyecto vital compartido se debe a varios factores a su haber: factores intrasubjetivos, inherentes a cada uno de los integrantes de la pareja; factores intersubjetivos de la pareja, propios de la construcción conjunta y que se relacionan con los momentos, expectativas y deseos disímiles entre ambos integrantes; factores intersubjetivos que incluyen a las familias de origen; factores transubjetivos, que dependen del contexto y que exceden las posibilidades de control de los miembros de la pareja y, por último, factores externos como migraciones, mudanzas, cambios socioeconómicos. La multiplicidad de factores que inciden en la ruptura de las relaciones de pareja en la actualidad, aunadas de nuevo a la posibilidad de sentir nuevamente el duelo por la pérdida del “objeto amado” y a la búsque da de una satisfacción inmediata basada en el Ludus, o sea de poca implicación emocional por temor al compromiso, han abierto las puertas a nuevas formas de relacionamiento de carácter contemporáneo.

El noviazgo y las relaciones transitorias o de bolsillo

Surgen a partir de la reconfiguración de la forma tradicional de lo que es una relación de pareja, nuevas formas de vinculación de carácter transitorio o en palabras de Bauman (2007) “relaciones de bolsillo”, definidas como relaciones determinadas por lo instantáneo y lo descartable.

“Como en estos tiempos en las parejas es más fácil eh si hay cualquier obstáculo o algún problema o cualquier circunstancia que por decirlo así no puedan estar juntos, lo más fácil es separarse, no continuar, acabar con la relación, en vez de afrontar cualquier problema u obstáculo” (GF 2 - Medellín).

El noviazgo, se asume como etapa previa a una relación de pareja de carácter formal o una manera infantilizada de establecer vínculos erótico - afectivos, ya que el interés principal es disfrutar el tiempo juntos sin una proyección a futuro:

“Yo creo que todo depende pues desde el contexto que se mire o sea una cosa es una relación de pareja con su novia otra cosa es una relación de pareja, ya con su compañera pues que usted eligió para su vida, yo creo que cuando es con la novia si es más inclinado a lo que dice el compañero que es una relación como de respeto de apoyo mutuo, pero creo que ya cuando es con su esposa o compañera permanente ya crea uno es como una empresa, que si los dos nos están como filaditos y mirando como un mismos objetivos, pues tiende a fracasar obviamente pues ligado a todo el respeto la comprensión el apoyo” (GF 3 - Medellín).

“Las relaciones de noviazgo son más volátiles, influenciadas por redes sociales de una manera extraordinaria, superficiales, poco compenetrados con lo que es la otra persona, con su ser. Ya es mucho noviazgo de cómo me veo lindo en la foto con ella, posamos divino. Son más vacías, vanas, y son como: duró dos meses. No hay un com promiso serio, no hay respeto por el nombre noviazgo, es el momentico, el sexo” (GF 8 - Pereira).

Incluso se considera que no es necesario darle un título a ese tipo de relación:

“No es necesario decir que usted y yo somos novios, porque si los dos estamos como en la misma sintonía no es necesario como: ay si es que usted y yo somos novios. No, actuamos como novios y nos respetamos como novios sin necesidad de decir: si, somos novios” (GF 1 - Medellín).

Entre las nuevas formas de relaciones transitorias o de bolsillo encontramos diferentes denominaciones como: flete, amiguito (a), maneje, amigos con beneficios, culitos, relaciones inestables, marinovio, el comedero, rocecito, parchecito, arroz en bajo, mecatico, los dulces, presa amarrada. Estas formas de relacionamiento van a estar marcadas por características como la individualidad, el miedo al compromiso, la satisfacción inmediata y porque se mantienen en bajo perfil, lo que implica que no se socializan ni se presentan como algo formal ante la familia o los amigos. Frente a estas denominaciones se pueden presentar algunas diferencias entre hombres y mujeres y entre regiones, pero se mantienen las características descritas previamente.

“Los amigos con beneficios son pues que usted y yo seamos amigos, pero no quere mos una relación, solo queremos estar ahí, queremos estar solteros, pero de todas formas nos atraemos o nos gustamos y nos queremos por decir algo dar besos o tener relaciones, pero no vamos a pasar más que de esa amistad” (GF 2 - Medellín).

“(...) pues no pareja se llama a cualquiera pues es que no es lo mismo usted tener un rocecito, un culito, algo así como pasajero” (GF 3 - Medellín).

“(...) hablar de culitos es como bueno, vamos a ir culear, no somos nada (...)” (GF 3 - Medellín).

“Uno que se comió y estuvo bueno, porque si hubiera sido malo no hubiera sido mecatico” (GF 8 - Pereira).

Insertarse en este tipo de formas de relacionamiento implica que frente a la posibilidad de que se generen sentimientos o de desear algo más formal, no es posible el reclamo o una solicitud que vayan más allá del acuerdo inicial, aunque en algunos casos se presenta la transición a una relación de noviazgo o de un carácter más formal.

“Eso, de pronto el reclamo si puede estar presente y se lo hacen a uno, pero como no está el título establecido, uno no le da como importancia a solucionar el conflicto que desata el reclamo o algo, porque uno sabe que no está como en. No tiene la capacidad ni el poder de hacerle reclamo a uno, en cambio es diferente si por ejemplo la novia, o por decir la esposa le hace un reclamo de esos a uno. Porque si uno está buscando estabilidad, tiene que mirar a ver cómo le da una solución a eso, para que pues el am biente vuelva a acomodar en la tónica en la que estaba” (GF 1 - Medellín).

Retomando a Bauman (2007), una relación de bolsillo es considerada exitosa por ser placentera y efímera:

(...) porque es breve, y que resulta agradable precisamente debido a que uno es cómodamente consciente de que no tiene que hacer grandes esfuerzos para que siga siendo agradable durante más tiempo: de hecho, uno no necesita hacer nada en absoluto para disfrutar de ella. Una «relación de bolsillo» es la encarnación de lo instantáneo y lo descartable. (p. 25)

Para los integrantes de este tipo de relaciones, es necesario cumplir dos condiciones: nada de enamorarse y mantener esa relación en el “bolsillo”, lo que implica que solo debe sacarse cuando se necesita y punto.

Los mandatos de género y el amor romántico en las relaciones afectivas

Los mandatos de género están inmersos en el orden simbólico y patriarcal; señalan la manera en que deben comportarse hombres y mujeres, y exigen el cumplimiento de unos roles, por la construcción cultural de la diferencia sexual. Esos roles son asumidos en muchos ámbitos de sus vidas, incluyendo sus relaciones afectivas. Allí “los contenidos de la libertad y el amor, diferentes por género, lo son también por el sentido de la vida y la posición en el mundo de cada cual” (Lagarde, 2000, pág. 9), y se materializa en las miradas de estudiantes universitaria(o)s al respecto, en las que predomina una feminidad subordinada y una masculinidad hegemónica.

Sobre las mujeres, subsisten estereotipos de género que les exigen ser buenas parejas, perdonar, portarse bien, tener paciencia y esperar a que los hombres cambien; además de afirmar que pueden controlar más sus deseos erótico sexuales y por ende deben ser fieles.

“Mi exsuegra me habló, y yo le dije que no iba a seguir más con él y me dijo: ¿es por una infidelidad? Porque uno como mujer a veces tiene que perdonar eso” (GF4 - Medellín).

“Ese es tu marido”, “tenés que portarte bien”, “vos sabes que él es el que manda en la casa y el que mete la comida”; “ustedes tienen una niña y es por el bien de tus hijos”; “pero ¿qué le hiciste?”; “tenga paciencia que él va a cambiar”; “los hombres son así”. (GF6 - Quibdó).

“Tenemos una sociedad muy machista, el hecho de que el hombre ya esté vendido como digamos el perro y que a él no se le vea mal que esté con otras mujeres; y que uno por ser mujer si sea señalada fuertemente si tiene otras parejas”. (GF6- Quibdó).

“Uno manifestaba de que yo no sería capaz de perdonar a mi mujer si me la hace con otro porque tan solo imaginarme que estuvo con otro, que lo besó y que hizo muchas cosas con él, ya cuando venga donde mí, no la acepto. Entonces le preguntó el otro: ¿y entonces por qué si te acepta a vos y vos andas con otra? Le dijo: es que ella es mujer y ella está acostumbrada a eso, para eso es que está ella”. (GF6 - Quibdó).

Se suma también la amenaza de la soledad, que exige a las mujeres quedarse en una relación bajo cualquier circunstancia a fin de no estar solas; y es una amenaza que retumba más en la subjetividad de las mujeres, porque se les enseña a ser para otros, y no para ellas mismas. Lagarde (2000), señala que “Se nos amenaza buscando tocar la zona de nuestra identidad que es más tradicional y más subordinada, la que está más subsumida porque no hemos desarrollado nuestra individualidad” (pág. 39), además, se trata de luchar contra la idea de que a las mujeres siempre les falta algo -o alguien- para poder estar completas.

“(...) yo a veces la miraba en el pueblo peleando con la gente, con su negocio, y le decía ¿mami eso no le da miedo?, y me dice: mija, las piernas a veces me tiemblan, pero yo tengo cinco hijos atrás. Tengo que parecer fuerte, porque sin los hombres las personas ven debilidad y te atacan o te quieren abusar” (GF7 - Cali).

Por su parte, el imaginario generalizado respecto al rol de los hombres en una relación de pareja se asocia al sentido de propiedad sobre las mujeres, la posibilidad de estar con más mujeres sin ser señalado y el hecho de ser visto con sospecha si afirma estar enamorado; parece ser que el enamoramiento por parte de los hombres rompe con el patrón cultural que sitúa la importancia de lo masculino en el dominio público y no, en el orden de lo privado.

“Como el hombre es machista, entonces cuando un hombre está enamorado de uno y corre por uno, entonces ya dicen: ‘Ay, esta pela' le dio agua de calzón'; “ese pela'o apenas trabaja para vos y la familia'”. (GF6 - Quibdó)

“Uno ve que la mujer siempre va domando a un hombre cuando está en la relación, pero yo digo que lo doma en el momento que se traga, pienso yo”. (GF2 - Medellín).

“De pronto si se llega a un momento en el que el hombre cree que tiene el poder por ser hombre ¿cierto?, a pesar de que estamos en pleno siglo XXI todavía hay mucho machismo” (GFi - Medellin).

“(...)yo vivo en medio de una cultura donde se ve mucho la violencia (...) también se da porque se ve mucho el machismo, ¿de qué modo? Ah, que como yo soy el hombre yo soy el que tengo el derecho de hablar duro en la casa, de salir, de esto y lo otro, pero como tú eres mi mujer, no puedes salir con tus amigas ni amigos”. (GF5 - Quibdó).

Esto tiene una relación innegable con el mandato de masculinidad, que en palabras de Rita Segato (2018); “(.) exige al hombre probarse todo el tiempo; porque la masculinidad, a diferencia de la femineidad, es un estatus, una jerarquía de prestigio, se adquiere como un título y se debe renovar y comprobar su vigencia como tal” (p. 41), aquello se inscribe en una lógica de poder y de dominación masculina en que según Bourdieu citado en (Lamas, 1999) “(.) la asimetría fundamental entre hombres y mujeres instituida en la construcción social del parentesco y el matrimonio: esa entre sujeto y objeto, agente e instrumento” (pág. 163), es decir, se funda sobre la lógica del intercambio simbólico, donde el orden social de lo masculino se encuentra profundamente arraigado y aceptado.

A su vez, estos mandatos de género permean la construcción de la idea de amor romántico donde todo vale, existe el riesgo de salir lastimada(o) y genera codependencia; que en últimas se convierte en una idea que sostiene y valida las relaciones violentas.

“Para mi tener pareja es como una autoayuda como dice ella, pero también es des cubrir que no sólo piensas por ti, si no que empiezas a pensar por esa persona, ya tus actos dependen de esa persona (.)” (GF2 - Medellín).

“Para mi esta etapa del noviazgo, aquí todo es felicidad, hasta lo malo de su persona a mí me gusta; aquí hasta los celos de esa persona no los veo. Todo es justificable (.) la llama del amor, esa llama de la pasión, del deseo, siempre está ahí prendida”. (GF5 - Quibdó).

“Una persona enamorada no escucha ni ve, es ciega”. (GF2 - Medellín).

“Al usted tener una pareja es porque yo ya la acepté con sus defectos y cosas buenas y cosas malas. Yo sé que es celosa, celoso, empeliculada, fastidiosa, pobre, rico, feo; y la pareja justamente es para construirse e irse formando en el proceso”. (GF3- Medellín).

“Yo considero que el amor viene siendo eso que nos permite ver feliz a esa persona (.) a pesar de que esa persona tenga diez defectos y una sola cualidad, hay que resaltar en ella la cualidad que tiene” (GF6 -Quibdó).

La indagación realizada, nos permite dar cuenta de lo que implican los mandatos de género y la naturalización de la idea de amor romántico en las relaciones afectivas. En ellas, la diferencia sexual junto con el interés por su reproducción que es según Marta Lamas (1999) “la forma en que la sociedad contempla a los sexos y los ordena en correspondencia con sus supuestos papeles ‘naturales'” (p. 160), expresan necesariamente una jerarquización, en que las mujeres deben recurrir a la espera, ser condescendientes, perdonar y evitar la soledad; y los hombres, deben controlar, ostentar el poder y ser merecedores de una “buena mujer”. Se siguen unos parámetros sociales y culturales, donde el guion es histórico y repetido casi ininterrumpidamente.

Además, la naturalización de este modelo de amor romántico puede dificultar la decisión de las mujeres de reaccionar ante las violencias que surja en estas relaciones afectivas, porque se les hace creer que “el amor no es sólo una experiencia posible, es la experiencia que nos define” (Lagarde, 2000, p. 12), y en ese orden de ideas, pensar que el amor es todo lo que otorga sentido a su lugar en el mundo, que el amor todo lo puede y que todo debe justificarse; lleva a suponer una desafortunada equivalencia entre amor y violencia. Bajo estos supuestos del amor romántico que valora la codependencia y permite en palabras de Lagarde la “colonización amorosa de las mujeres”, se posibilita que el orden jerárquico donde existe una supremacía de la masculinidad y una subordinación de la feminidad, funcionen.

Violencia de pareja

Las personas participantes en siete de los grupos focales identificaron de forma explícita las acciones que constituyen la violencia de pareja. Para explicar dichas acciones hicieron autorreferencias a sus propias relaciones de pareja o a relaciones que han atestiguado.

“como que un empujoncito, por ahí inicia también la violencia, son cosas que uno a veces dice, no... él me empujó como para que yo me hiciera a un lado y no quería hablar conmigo, y él. se hace el ciego y el sordo, pero así va creciendo y cuando menos piensa, ya ahora sí vienen los golpes, las palabras o esas... que lastiman el alma” (GF5 - Quibdó).

Las relaciones transitorias a diferencia del noviazgo no suponen un compromiso de exclusividad, lo que en cierta medida las protegería de reproches, los cuales son más frecuentes entre mayor compromiso haya. Esos reproches pueden devenir en violencia. Sin embargo, sí identifican violencia de pareja en relaciones de amigos (que son amigos con derechos o amigovios, es decir con relaciones erótico-afectivas o íntimas).

“Es que, si lo toma como amigos, ya es porque como no hay una relación o algo establecido entonces no hay como ese, como tener ese 'poder' de hacerle un reclamo a esa otra persona porque no es tan estipulados en algo serio” (GF1- Medellín).

“ENTO: opino que es lo mismo, si desde que son amigos hay violencia verbal o física mente, difícilmente va a cambiar, la mata o lo mata o se matan.

ENTA: es por el mismo nivel, creo que en noviazgo se maneja la violencia, pero desde un nivel más bajo, como por si de pronto la espanto, si es de amigos, ya de novios sube un poquito más el tono, y están viviendo juntos ya es más jodido, ya es más fuerte. Es la misma violencia solo que la van aumentando” (GF2 - Medellín).

La violencia de pareja se asocia con la feminidad subordinada y esta con la masculinidad hegemónica y con los estereotipos de género. Al respecto, en el grupo focal ocho comentaron:

“(...) es una violencia machista ¿por qué machista?, el hecho de pensar que yo no pue do trabajar, ¿por qué va a estudiar?, no es que usted está sólo para que cuide a los hijos y listo, ¿usted como mujer, para qué tiene que estudiar?, no, es que para eso yo estoy aquí, porque yo traigo todo... ¿por qué va a trabajar si yo estoy aquí aportando todo económicamente?, no es que usted es la ama de casa” (GF8 - Pereira).

Estos estereotipos son interpretados como una forma de violencia de género simbólica:

“Mi hermana decía que sufría de violencia de reconocimiento. Mi hermanita es una muchachita de 26 años, ama de casa, tiene un niño de siete y ella decidió quedarse en su casa y cuidar su hijo y tiene un negocio independiente que le da unos ingresos, pero (a) mi hermana nadie le reconocía todo lo que ella hacía” (GF8 - Pereira).

Se observa una tendencia marcada a no emplear el término violencia de pareja sino a hablar de maltrato, de relación tóxica o de faltarse el respeto. Asimismo, en cinco de los grupos identificaron las asimetrías de poder, o de dominio o sometimiento en relación con dicha violencia.

“Justamente la semana pasada estábamos analizando una relación de dos compañeritos, que nosotros sentimos que es una relación como tan tóxica porque ellos el uno al otro, se aíslan, hasta el punto de usted no sale si yo no salgo, usted no habla si yo no estoy ahí, porque nosotros hablamos es de nosotros, o sea somos nosotros. Nosotros estábamos hablando de eso y yo les dije a mis compañeros, o sea si ellos son así simplemente con unos mesecitos, ¿se imaginan cuando la relación crezca y ella ya se sienta y él también se sienta con el poder así sobre ella y que ya somos nosotros? y es en serio que a mí eso me da como tanto miedo como una relación así que empiece como tan tóxica desde los primeros meses, uno tiene que estar alerta, no esperar como hasta que me pegó, estoy hospitalizada porque me pegó, no para mí no hay que esperar como hasta lo más extremo” (GF1 - Medellín).

las personas participantes identificaron acciones que se clasifican en los tipos de violencia de pareja física, psicológica, sexual y en menor medida la económica. En el grupo focal dos explicaron lo siguiente:

“E: ¿Qué es faltarle al respeto?

ENTA: Que le hablen feo, humillarse, tratarse feo.

ENTA: Pegarle a la pareja ya ahí se acaba mucho el amor.”

“ENTA: era que yo salía cuando yo miraba el celular 40 llamadas, contestaba, ¿usted dónde está? Porque súper impulsivo. por ahí dicen que él que no cela no quiere. ENTO: eso es como posesión a la otra persona. Ser controlador” (GF2 - Medellín).

“Yo pienso que en ese tipo de aspectos también hay violencia sexual, porque por decir si una pareja no quiere como permitir que suceda alguna cosa y está siendo obligada o de cierto modo violentada para que lo haga, ahí se está generando también una violencia” (GFi - Medellín).

“Hay unas relaciones informales de que esas mujeres digamos dependen económicamente digamos de esos hombres, entonces: ‘vos sabes que yo soy el que te doy todo, tenés que hacer lo que yo diga', que esto y que lo otro, por ahí la van manipulando y ya ella: ¿cómo lo voy a dejar?” (GF6 - Quibdó).

En cuanto a las emociones básicas, en cuatro de los grupos focales hablaron del miedo que sufren no sólo la pareja del agresor, sino sus familiares cercanos, en especial sus hijas e hijos, e incluso sus vecinos y que puede incluso restringir el accionar en favor de la víctima.

“Normalmente una mujer que está siendo agredida tiene tanto miedo de denunciar de contar lo que está viviendo que ese mismo miedo no la deja, la hace volver con él, entonces es demasiado difícil” (GF2 -Medellín).

“A mi vecina le pegaba el marido, y yo le decía a mi mamá: ‘vamos a llamar a la policía', y mi mamá: ‘no, después ese señor viene y se nos mete acá' y yo: ‘mamá, ¿la vamos a dejar matar?' y cogía el celular y llamaba... el señor es súper loco, con machete y todo, pero es mejor llamar a la policía” (GF6 - Quibdó).

En este orden de ideas resaltan que cuando las mujeres se empoderan logran neutralizar el miedo que las paraliza, hacen pública la violencia y la denuncian:

“(...) una señora desde, se llama la casa de la ciudadanía es un grupo de... una organi zación de base que tiene Cali, entonces ellas decían, ¿dónde ha mermado la violencia? Si eso antes está disparado. Entonces yo digo no es que se haya disparado, es que las mujeres están dejando ya el miedo, están dejando el miedo, yo lo visualizo así, las mujeres están dejando el miedo ya se están como empoderando” (GF7 - Cali).

La inseguridad como sentimiento se acerca a la emoción del miedo y es vista como una justificación a la conducta del agresor

“(.) lo que dice la compañera de la inseguridad, hace que por ejemplo usted se sienta que no satisface a la otra persona. Entonces al no satisfacerlo usted piensa que la otra persona se va a ir con otra persona. Entonces muchas veces eso, genera lo que yo le digo, la obsesión de la otra persona por decirlo así, entonces al generar esa obsesión quiere como imponer quien manda sobre la otra persona o que no pueda hacer eso y lo hace como al límite que le puso, entonces ya recurre como a otras maneras de violencia” (GFi - Medellín).

El sentimiento de enojo se menciona en cuatro de los grupos focales, como de común ocurrencia en las parejas. En ocasiones se utiliza para manipular la pareja, en un contexto de violencia psicológica.

“Yo también digo que, en la parte del hombre dominante que uno también como se lo ha interiorizado, a veces la manipulación, uno se ciega, sé que lo están manipulando a uno y entonces uno hace todo lo que él diga, entonces él puede hacer lo que se le da su gana y yo todo el tiempo tengo que estar en mi casa, no puedo estar con mis vecinas porqué si él llega entonces se enoja y no puedo divertirme un rato, porque él se va a enojar y uno cree que ese es un tipo de amor que uno está sintiendo por la persona, el aceptar que él me manipule” (GF6 - Quibdó).

De acuerdo con el análisis realizado, las personas participantes entienden la violencia de pareja como un desbalance de poder y dominación en las parejas, relacionado con el sentido de propiedad que se maneja en la masculinidad hegemónica sobre las mujeres, lo cual debido a la inseguridad sobre la exclusividad produce celos, que ocasionan reclamos y enojo que derivan en violencia de tipo físico, psicológico, sexual y económico. Dicha violencia pro duce miedo en las víctimas y en sus redes de apoyo, lo cual dificulta la denuncia, aunado a la desconfianza institucional. Esta violencia se puede presentar más fácilmente entre más estable y pública sea la relación de pareja. También se propicia debido a la dependencia económica de la víctima. Sin embargo, en las relaciones transitorias pueden presentarse problemas de celos que ocasionen violencia, aunque de menor intensidad.

Garzón (2020) describió que las relaciones de noviazgo entre adolescentes en Neiva, en Colombia, son más proclives a devenir en violencia que las relaciones erótico afectivas de amigos y de amigovios, lo cual coincide con nuestros hallazgos. Pese a esto, las y los adolescentes entrevistados por Garzón anhelan más las relaciones de noviazgo que las de amigos y amigovios.

El acceso a la administración de justicia en la violencia de pareja

Una de las condiciones del Estado Social de Derecho, es garantizar una convivencia armónica entre sus habitantes y dirimir los conflictos que se presenten de manera igualitaria y eficiente. La Constitución Política de Colombia (1991) incluyó el acceso a la administración de justicia en el preámbulo y en los artículos 2, 228 y 229, indicando que es un elemento fundamental para la existencia del mismo Estado. La Corte Constitucional lo ha reconocido como un derecho fundamental al considerarlo como pilar “que sostiene el modelo de Estado Social y Democrático de Derecho, toda vez que abre las puertas para que los individuos ventilen sus controversias ante las autoridades judiciales y de esta forma se protejan y hagan efectivos sus derechos”. (Sentencia T-799/11, 2011, p. 13).

También, se ha definido como el concepto en el que,

“Confluyen las normas jurídicas y las condiciones que prevalecen en la sociedad, el ni vel de eficiencia en el ejercicio del mayor número de derechos y libertades de los indi viduos, y la existencia y efectiva implementación de mecanismos que modifiquen las situaciones y causales de inequidad y desigualdad” (La Rota & Santa Mora, 2012, p. 7).

Así las cosas, debe garantizarse comprendiendo su importancia en la legitimidad del Estado.

Este derecho está fundamentado en diversos tratados de derechos humanos: Artículos 8, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1940). El artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966); el artículo xviii de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948), y los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969); a partir de estos se establecen los elementos constitutivos del derecho, de los cuales seleccionamos el recurso efectivo, plazo razonable y sin dilaciones injustificadas para el análisis de la investigación.

Recurso efectivo

Para Casal (2005) la efectividad implica que el recurso tenga “una existencia real y no solo teórica, y ha de estar en disposición cierta del afectado; ha de ser adecuado para restablecer el goce del derecho lesionado, y ha de estar asegurada la eficacia de la sentencia” (p. 241).

Ello indica que una denuncia por violencia debe tramitarse de forma efectiva y garantizar la no repetición. En los grupos focales, se encontró una desconfianza por la institucionalidad por la poca efectividad en los casos de violencias. Se escuchó la referencia a que la institucionalidad no hacía una intervención efectiva de los casos de violencia, lo que puede incidir en la continuidad de la violencia.

“por eso es que hoy en día la mayoría de las mujeres... porque nosotras como mujeres, pues yo en mi caso, yo diría de qué me sirve yo denunciar a mi esposo, si él me maltrata él me golpea, porque ya va, paga uno o dos meses y es peor porque con más rabia vuelve y me dice que porque lo hice meter allá y más me golpea, tendría que yo huir del país o irme yo que soy la víctima en vez de irse él.” (GF 2 - Medellín)

“O incluso cuando pasan cosas, pero no hacen nada, en estos días estaba viendo una sentencia en clase de familia, una violencia intrafamiliar, pasaron 10 años, la mujer maltratada de todas las maneras posibles, ahorcada, lo que sea y nunca hacían nada.” (GF 4 - Medellín)

Fue generalizado que en los grupos se hiciera referencia de casos en los cuáles por no haber actuado de forma diligente la violencia se agudizó, demostrando la poca efectividad del recurso.

“en mi pueblo pasó, la muchacha denunció, pero ahí en el pueblo no hay cárceles, la cárcel es en (()), llevaron al muchacho a la cárcel y le dan permiso, él vive amenazándola que la va a matar y le dieron permiso y salió de la cárcel fue al pueblo y la mató.” (GF7- Cali)

“pero a veces yo diría que esas rutas de atención deberían de ser un poco más discretas, en el caso de que hay una persona que era la ex pareja y era tóxica, ya que él todavía la seguía como, quería como manipular la otra, ella hizo la denuncia y en la misma fiscalía, llamaron a la persona para citarla a la ex pareja y le dijeron que la María o sea su ex pareja fue que le hizo la denuncia y por eso también fue y la mató de una vez, entonces es como mirar.” (GF 6 - Quibdó)

Con los argumentos expresados en los grupos focales es evidente que el recurso que se utiliza para intervenir la violencia de pareja no es efectivo y no garantiza el derecho a la administración de justicia.

Plazo razonable y sin dilaciones injustificadas

Es una garantía que se deriva del artículo 29 de la Constitución como elemento del debido proceso. La Corte Constitucional estableció los criterios que se deben tener en cuenta para determinar la dilación injustificada como vulneración al debido proceso. Estos son según la sentencia T-297 (2006),

“(i) la complejidad del asunto, (ii) la actividad procesal del interesado y (iii) la conducta de las autoridades judiciales y (iv) el análisis global de procedimiento. De los postulados constitucionales se sigue el deber de todas las autoridades públicas de adelantar actuaciones y resolver de manera diligente y oportuna los asuntos sometidos a ella”.

Este elemento permite establecer la proporcionalidad entre la violencia y la respuesta institucional. En los diferentes grupos focales se evidenció que existe una percepción de ne gligencia por parte de las autoridades en los casos de violencias de pareja

“todo lo que se demoran para investigar eso, para poderle creer a la mujer”. (GF 2 - Medellín)

“el caso de la investigación que ustedes están haciendo que, mientras son novios la golpeo, ya ella pone la denuncia, y ya que importa, ahí quedo porque en la fiscalía investiga, ya la han matado”. (GF 2 - Medellín)

“La Fiscalía no cuenta con el personal en temas, no hay investigadores y se archivan muchos casos, donde [hubiera] más personas, se haría una gestión más rápida”. (GF 2 - Medellín)

La percepción de dilaciones injustificadas en la atención de las violencias contra las mujeres en esta modalidad de pareja es evidente, se mencionó además que ello puede obedecer a la poca credibilidad que tienen algunos operadores judiciales en los relatos de las víctimas.

Debidas garantías / debido proceso

El debido proceso se encuentra consignado en la Constitución Política de Colombia (1991) en el artículo 29, este a su interior contempla varios derechos fundamentales que en su conjunto generan tanto las garantías procesales como sustanciales en las diferentes actuaciones judiciales.

“(..) yo trabajo en el hospital, y yo he visto muchas mujeres que han ido maltratadas, y a veces el mismo hospital avisa, pero ya la gente como que ha perdido... incluso los médicos, como que no se meten más en eso, porque se llama a la policía y los mismos policías no van, o cuando van llegan un momentico, porque ellos dicen: ah no, como es violencia, a veces ellas mismas van y buscan a sus maridos y como que ellos mismos se desligan de eso, y los mismos policías, me ha tocado ver que todo lo vuelven una guachafita, dizque ay no, porque una vez en el hospital teníamos un caso de una señora con la cara reventada a morir, entonces él le dice: si usted ve que va a regresar con su marido, es mejor que no pierda tiempo en esa cuestión de denunciar, el mismo policía, y la pelada se quedó como pensativa y al rato los policías se fueron y al otro día el mismo marido fue por ella, el mismo marido hizo el corte de cuenta ,y se fueron los dos en su moto, tranquilos.” (GF 5 - Quibdó)

En estos relatos es importante resaltar la necesidad de que exista personal idóneo en la intervención de las violencias y reconozcan el círculo de la violencia y la dependencia económica o psicológica que puede tener la víctima, lo que puede ser la causa de continuar en una relación violenta. No intervenir (independiente del número de veces que haya que hacerlo) como en el caso de la Policía relatado es una vulneración al debido proceso y a la administración de justicia. Algunos grupos relataron la importancia de los grupos feministas en cuanto acompañamiento de las víctimas y seguimiento a las rutas de atención.

Conclusiones

La visión tradicional de lo que es una relación de pareja se mantiene como una representación social a pesar de los cambios sufridos producto de nuevas formas de relacionamiento que viabilizan vínculos transitorios o de bolsillo, que se estructuran a partir de la falta de compromiso, la búsqueda de satisfacción inmediata y lo desechable de éstos. Las nuevas formas de relacionamiento no están exentas de la posibilidad de trascender a partir de la idea de un “nos”, del advenimiento de sentimientos o de la aparición del sentido de propiedad sobre el otro, lo que posibilita la aparición de acciones de pertenencia que se manifiestan a través de los celos y derivan en reclamos e incluso en manifestaciones de cualquier tipo de violencia en la pareja, como parte constitutiva de los estereotipos de género de la masculinidad hegemónica.

Los mandatos de género que a su vez respaldan la idea del amor romántico, reproducen las jerarquías y desigualdades entre hombres y mujeres donde se constata una supremacía de la masculinidad y una subordinación de la feminidad. Así, se replican ideas violentas y naturalizadas sobre lo que deben ser y hacer hombres y mujeres al interior de sus relaciones afectivas; reafirmando la dominación masculina, las circunstancias que ponen en riesgo la masculinidad hegemónica y las visiones sobre el amor que permiten justificarlo todo. Estas visiones han posicionado una idea sobre el amor que puede dificultar la respuesta de las mujeres frente a situaciones de violencia en sus relaciones afectivas.

Es llamativo que las personas participantes identifican de forma clara las asimetrías de género y las acciones que constituyen los diferentes tipos de violencia de pareja, pero no la denominan violencia, sino que hablan de amor tóxico, de maltrato, de faltarse al respeto. Eso constituye una minimización del significado y se expresa en los intentos reiterados de recomponer las relaciones con estas características, así como en la tendencia a juzgar como inefectivas las rutas de atención.

A pesar de que se evidencian en el relato las violencias que sufren las y los estudiantes, al preguntarles por las rutas de atención, desconocían por completo donde acudir cuando la violencia era ocasionada dentro del noviazgo o relación transitoria. Por ello estas violencias se incluyen en la categoría de violencias huérfanas. Además, estas violencias tienen menor protección jurídica en comparación con las que se presentan en relaciones de pareja como matrimonios, uniones libres y de amantes.

Por último, la desconfianza institucional en Colombia es producto tanto del desconocimiento de las rutas como del actuar inefectivo de los entes encargados, lo cual se evidencia en procedimientos en los que no se actuó de manera diligente y la víctima sufrió más episodios de violencia e inclusive la muerte. El análisis de los tres elementos que constituyen el acceso a la administración de justicia muestra que esta no se garantiza plenamente y que no existen recursos efectivos para su intervención; en algunos casos no se respeta el debido proceso y se dan dilaciones injustificadas en el procedimiento de denuncia y sanción.

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**Colaboraciones (auxiliares de investigación): Karla Yiselly Asprilla Cuesta: Estudiante de sexto semestre de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Auxiliar de investigación del programa de investigación de la Alianza de Litigio Estratégico para la Defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres. Contacto: Karlayiselly@hotmail.com. Iberth Lewis López Asprilla: Egresado no titulado de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Auxiliar de investigación del programa de investigación de la Alianza de Litigio Estratégico para la Defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres. Contacto: Iberth.lópezas@unaula.edu.co

***Citar así: Vanegas Arango, A., Saldarriaga Grisales, D. C., Agudelo Galeano, J. & Ariza-Sosa, R. (2023). Violencias huérfanas contra las mujeres en relaciones de pareja transitorias de estudiantes en universidades colombianas. El Ágora USB. 23(1), 133-153. Doi: https://doi.org/10.21500/16578031.5317

*Nota sobre la financiación y aprobación ética: Esta investigación fue financiada con recursos del programa de investigación: “Alianza de trabajo para el litigio estratégico en defensa de los derechos humanos de las mujeres: Una experiencia academia - sociedad civil” del que hacen parte la Universidad Autónoma Latinoamericana, la Universidad de Medellín, la Fundación Universitaria Claretiana, la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia, la Universidad Católica de Oriente y las organizaciones Corporación Colectiva Justicia Mujer y Red Feminista Antimilitarista. También se financió con recursos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación a través de su programa de Jóvenes Investigadores e Innovadores. El Comité de ética en investigación de la Universidad Autónoma Latinoamericana aprobó esta investigación según consta en el acta de la sesión 03 del 16 de noviembre de 2017.

Recibido: 01 de Marzo de 2021; Aprobado: 01 de Agosto de 2021

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