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Civilizar Ciencias Sociales y Humanas

versão impressa ISSN 1657-8953

Civilizar vol.16 no.31 Bogotá jul./dez. 2016

https://doi.org/10.22518/16578953.654 

Filosofía

Una crítica de la racionalidad científica acerca del abordaje del parricidio1

A critique of scientific rationalism in the approach to parricide

Une critique de la rationalité scientifique sur l'approche du parricide

Uma crítica da racionalidade científica acerca da abordagem do parricídio

Juan Pablo Sánchez Domínguez 2  

2 Doctor en Psicología. Docente investigador de tiempo completo en el Departamento de Psicología Clínica, Universidad Autónoma del Carmen, Campeche, México. Miembro de Sistema Nacional de Investigadores (SNI/CONACYT). Correo electrónico: jsanchez@pampano.unacar.mx


Resumen

Este artículo tiene como intención realizar un acercamiento a la concepción de parricidio, identificando sus antecedentes y bases. Se hacen reflexiones críticas alrededor de las disciplinas que estudian el crimen por parricidio y de este su carácter subjetivo. Por último, se identifican las dificultades presentes en los sistemas normativos encargados de gestionar la criminalidad al momento de declarar la responsabilidad criminal de Pierre Riviére después de haber declarado haber asesinado a su madre, hermana y hermano.

Palabras clave: Psicoanálisis; parricidio; Pierre Riviére; subjetividad; crimen.

Abstract

This article intends to make an approach to the conception of parricide, identifying its antecedents and bases. Critical reflections are made around the disciplines that study the crime by parricide and its subjective character. Finally, we identify the difficulties present in the regulatory systems responsible for managing criminality at the time of declaring the criminal responsibility of Pierre Riviére after declaring to have murdered his mother, sister and brother.

Keywords: Psychoanalysis; parricide; Pierre Riviére; subjectivity; crime.

Résumé

Cet article a comme but d’effectuer un rapprochement à la conception de parricide, en identifiant ses antécédents et ses origines. On fait des réflexions critiques autour des disciplines qui étudient le crime par parricide et de ce fait, son caractère subjectif. Finalement, on identifie les difficultés qui se présentent dans les systèmes normatifs chargés de gérer la criminalité lors de la déclaration de responsabilité criminelle de Pierre Rivière après avoir avoué le meurtre de sa mère, sœur et frère.

Mots clés: Psychanalyse; parricide; Pierre Rivière; subjectivité; crime.

Resumo

Este artigo tem como intenção realizar uma abordagem ao conceito de parricídio, identificando os seus antecedentes e bases. Fazem-se reflexões críticas acerca das disciplinas que estudam o crime por parricídio e do seu caráter subjectivo. Por último identificam-se as dificuldades presentes nos sistemas normativos encarregados de gerir a criminalidade no momento de declarar a responsabilidade criminal de Pierre Rivière depois deste ter declarado ter assassinado a sua mãe, irmão e irmã.

Palavras chave: Psico-análise; parricídio; Pierre Riviére; subjetividade; crime.

Introducción

A lo largo del presente artículo se realiza una breve pero sustancial aproximación al concepto de parricidio, siendo este uno de los actos más discutidos, polémicos y difíciles de abordar para las disciplinas implicadas en los sistemas normativos de cada época. La jurisprudencia, la medicina, la psicología, la psiquiatría, etc. han hecho esfuerzos por estudiar de manera conjunta y por separado el parricidio, arrojando lastimosamente solo "piezas sueltas", sobre aquellos elementos que definen la intencionalidad del acto.

Este modo de racionalizar dicho crimen también trae consigo efectos teóricos, de tal manera que las disciplinas científicas que se dedican a su aproximación no logran aún conceptualizarlo de forma concreta y se conforman con disertaciones tan generales promoviendo al mismo tiempo un sinnúmero de interpretaciones y tipificaciones, que lejos de favorecer los avances en los sistemas normativos, generan confusiones a los encargados de atribuir una responsabilidad criminal.

Por otro lado, en este artículo se analiza y reflexiona críticamente el decir de cada una de las disciplinas que con los años han asumido el abordaje del parricidio, desde el contexto de la subjetividad humana. Los argumentos vertidos aquí se sostendrán de referentes teóricos del propio campo que se está examinando, de tal suerte que se puedan identificar las dificultades que cada área del conocimiento tiene, desde su propio campo.

Más adelante, siguiendo el caso de Pierre Riviére, un parricida del siglo XIX establecido por Michel Foucault, procuramos exponer las dificultades presentes en los montajes normativos, que surgieron cuando se determinó su responsabilidad criminal. A pesar de declararse culpable y expresar en sus memorias los motivos subjetivos que lo llevaron a cometer el crimen, Pierre Riviére con la coherencia de pensamiento, la exactitud de sus relatos, la claridad de sus expresiones y movimientos, confunde lo suficiente a juristas y médicos, llevándolos a solicitar la conmutación de la condena. Los médicos, abogados y jueces "hacían su propia guerra, incluso con el propio Riviére" al tiempo de no poder determinar con claridad si estaban frente a un enfermo mental, a quien se le podría declarar inimputable o ante un peligroso criminal al cual habrían de otorgarle la pena de muerte (Foucault, 2002b; Sánchez, 2014).

El propio Riviére -sin saberlo- deja ver el problema clásico del sistema normativo responsable de gestionar los crímenes por parricidio, a saber, la capacidad de desubjetivar y deshumanizar dicho acto (Sánchez-Domínguez, 2015a).

Por último, sostenemos a lo largo de todo el documento, que la lógica que se evidencia en los mecanismos jurídicos encaminados a fijar la responsabilidad criminal en los casos por parricidio, ha contribuido sustancialmente a reducir los elementos subjetivos presentes en este crimen, por efecto de la creación de las leyes fuera de la relación de compromiso con la constitución humana (Legendre, 1994).

Del concepto de parricidio

Desde el punto de vista etimológico la palabra parricidio se deriva del latín parricidium, que en su sentido más general suscita serios desacuerdos en su transcripción al castellano, tal es el caso que en la literatura revisada podemos encontrar un sinnúmero de acepciones, la más frecuente es la que se describe como producto del derivado pater, lo que representaría en todo caso el asesinato del padre, sin embargo otros autores proponen su origen en parens lo que permitiría una acepción mucho más amplia, definida como la muerte sobre un par. La Real Academia Española (2014) entiende el vocablo como la muerte dada a un pariente próximo, especialmente a uno de los padres. Esta última aproximación es la más divulgada y sostenida durante los últimos años.

Por otro lado, Fernández y Fernández (1988), señalan que históricamente la concepción más empleada para este término es aquella que se refiere a la muerte infringida al padre o a un familiar. Contrariamente señala el autor, durante los primeros seis siglos de nuestra era no se tiene registro de haberse efectuado algún caso, aunque resulta comprensible en la medida que, durante esta época dicho crimen se consideraba un acto inverosímil e incluso de imaginar, lo cual no significa que no haya existido en el seno de lo familiar-privado (Karothy, 11 de abril de 2000).

En la edad antigua romana que finalizó en el siglo III d. C., el poder que se le concedía al padre sobre la familia era alto, de tal forma que el castigo que se le podría imponer cuando este ocasionaba muerte a un miembro de su familia era mucho menor que el endilgado por cualquier otro delito, inclusive él estaba facultado para dar muerte a sus descendientes, o bien, a su mujer, cuando esta incurría en adulterio o embriaguez habitual (González, 2015). En este periodo ninguna institución intervenía de manera directa en lo que ocurría dentro del seno familiar, probablemente esto favoreció la ausencia de registros en los anales de la historia.

En suma, hasta esta parte de la historia tenemos que a pesar de que no existen registros de los crímenes por parricidio en los primeros tres siglos de nuestra era, esto no quiere decir que no hayan ocurrido e incluso con bastante frecuencia. Sin embargo, la privacidad del núcleo familiar lo mantuvo temporalmente fuera de los registros públicos.

En la época imperial el Estado asumiría cierta autoridad sobre este tipo de crímenes, con ello las sanciones vendrían a ser ejercidas por el Gobierno. Se logró ampliar la tipificación del delito sobre la muerte de un familiar ascendiente o descendiente directo y colateral hasta cuarto grado, no obstante, los crímenes siguieron fuera de los registros formales de su tiempo (Torres, 1999).

Más tarde, en el siglo VI d. C. el rey Recesvinto promovió la aplicación del derecho romano solo en algunos casos, lo relevante de este mandato consistía en la exoneración de responsabilidad al que causara muerte a un pariente sin intención. Esta nueva articulación entre acto e intención conducirá a serias batallas y grandes confusiones, al momento de ejercer las condenas.

Hierrezuelo (2002) citando a Torres, señala que después del siglo VI el derecho musulmán, al menos en Europa, influyó notablemente en el tratamiento de este tipo de crímenes. Su idea objetiva del delito vendría a contrariar los elementos subjetivos atribuibles hasta entonces.

Si consideramos que en cada sociedad la producción de un discurso está controlada, seleccionada y redistribuida por una serie de procedimientos que tiene como función conjeturar sus poderes y peligros, dominar el acontecimiento aleatorio y esquivar su pesada y temible materialidad (Foucault, 2009, p. 14), pensaríamos que, la lectura y tratamiento que se le da a cada uno de los fenómenos que en ella se presentan quedan enmarcados por esta racionalidad.

En este contexto, y bajo el dominio del discurso religioso entre los siglos XV y XVII, aparecieron mecanismos tendientes a establecer casi en exclusividad modelos condenatorios para los casos por parricidio, donde el castigo resultaba ser exhaustivo y ejemplar. Las discusiones sobre los motivos del homicida dejaron de ser importantes, el castigo vendrá pues, a convertirse en la parte central del proceso penal (Foucault, 2002b).

Mientras se leía la sentencia, él estaba en pie sobre el patíbulo, sostenido por los verdugos. Era algo horrible de ver aquel espectáculo: envuelto en un amplio sudario blanco, cubierto el rostro con un crespón negro, el parricida se sustraía a las miradas de la multitud silenciosa, y bajo aquel ropaje misterioso y lúgubre, no se manifestaba la vida más que por espantosos aullidos, que pronto se apagaron bajo la cuchilla (Foucault, 2002b, p. 16).

A partir del siglo XIX se disimulará el cuerpo supliciado, excluyendo del castigo el aparato teatral del sufrimiento, para entrar en la era de la sobriedad punitiva. Con la reducción del suplicio se sentarán las bases para el surgimiento de un discurso encaminado al establecimiento de las clasificaciones, trayendo como resultado una nueva diferenciación entre el parricidio de estricto sentido y ampliado, esta segunda acepción permitió considerar dentro de esta nueva tipificación a otros miembros no directos como, padrastros, hijastros, suegros, yerno o nuera, tíos, amo, marido y esposa, siempre que hubiese mediado dolo (González,2015).

Durante el siglo XX, ante la paladina dificultad que entraña justificar tan ríspida punición, diversas legislaciones determinaron someter al parricidio a las reglas generales del homicidio (González, 2015). Esta concepción indica Legendre (1994), se ha mantenido en algunas legislaciones al menos en Occidente, hasta el día de hoy. A fin de revertir esta racionalidad y orientado psicoanalíticamente, nuestro autor propone realizar un abordaje distinto, es decir, tratar el crimen por parricidio como un homicidio que trastoca el carácter fundador de las relaciones humanas y violenta el principio constituyente de la filiación humana.

Del criterio de intencionalidad

En la mayor parte de los Estados occidentales las doctrinas jurídicas gravitan alrededor de un principio general, a saber "el acto no hace al acusado si la mente no es acusada", sobre este enunciado se sintetiza la lógica racional de todo el sistema jurídico, el acto tendrá que acompañarse de la intención de "hacer el mal" (Legendre, 1994, p. 17). Este carácter de intencionalidad que sostiene nuestro esquema judicial occidental genera toda una maquinaria jurídica, colocando al homicidio por parricidio sobre una lectura rígida, contextualizada entre los polos de: imputabilidad e inimputabilidad.

Esta apreciación se apoya desde el siglo XIX en al menos dos criterios de inteligibilidad claramente reconocibles, por un lado, la escalada psiquiátrica de las clasificaciones y por el otro, las interpretaciones psicologizadas que acompañan las lecturas de cada acto (Legendre, 1994; Sánchez-Domínguez, 2015a). Resulta destacable que estas dos circunstancias han sido severamente criticadas por muchos autores, a propósito de las limitaciones que se revelan en la doctrina jurídica al momento de indicar las implicaciones subjetivas presentes en la intención del criminal (Galleguillos, Leslie, & Aliaga, 2010).

Ahora bien, algunas legislaciones contemporáneas dejan ver otras vicisitudes que subyacen tras la tipificación del delito por parricidio, coincidiendo con Donna, (1999) podemos situar al menos dos ejemplos, el primero en sistemas penales donde el crimen puede resultar inimputable si se determina que el autor del acto mata ignorando el parentesco que tiene con la víctima, en estos casos se declara como homicidio simple; el segundo, en legislaciones donde el criterio de "dolo" se toma como elemento para la declaración de imputabilidad, éste, al momento de realizar las interpretaciones correspondientes, se ha visto ensombrecido por la posición dogmática de los jueces.

De la genealogía del crimen y el castigo

Al menos hasta el siglo XVIII, el crimen y el castigo se organizaron alrededor de los agentes encargados de ejercer la autoridad, cualquier daño ocasionado a un soberano por mínimo que fuera producía la más severa amonestación, no existía de modo alguno la posibilidad de librarse de la sanción impuesta. Esta condición condujo a durezas extremas en los mecanismos de corrección, convirtiéndose casi siempre en una venganza del soberano en contra del enjuiciado, por lo tanto, no era más que un revés ceremonial del crimen (Foucault, 2011).

En esta época no existía criterio de regulación común que sirviera como unidad de medida para la implementación del castigo, se tiene con ello que el correctivo debía imponerse en su magnitud a cualquier crimen. En este sentido, la sanción siempre se acompañaba del terror y el horror, de tal manera que suscitara la intimidación para cualquier crimen futuro, en síntesis, se trataba de comunicar el poder infinito de castigar.

En este escenario podemos ubicar la racionalidad del crimen presente en los rituales del poder, consistente con la incapacidad de situar e inscribir en el sujeto la responsabilidad subjetiva presente en su crimen. Por tal motivo, hasta este siglo no localizamos por ningún lado, interrogantes tendientes a obtener respuestas sobre la etiología criminal, los avances que podemos rastrear gravitan en torno de nuevos mecanismos de poder, más sofisticados basados en la vigilancia y control (Foucault, 2011).

Fue hasta inicios del siglo XIX que los mecanismos de poder aunados a las disciplinas afines, se constituyeron como piezas de un mismo engranaje para la construcción de un saber "sistematizado" sobre los cuerpos, inaugurando con ello una nueva forma de racionalizar la gestión de la criminalidad.

Un parricida del siglo XIX

El 3 de junio de 1835, en el pequeño pueblo de Aunay, al norte de Francia, Pierre Riviére de veinte años de edad, asesina con una hoz a su madre, hermana y hermano. El hecho será registrado "parcialmente" en los anales de higiene pública y medicina legal un año más tarde. El pequeño expediente se conformó así: tres periciales clínicos establecidos por importantes médicos y psiquiatras de la época; una serie de informes jurídicos compuesta por las declaraciones de testigos oficialmente cuestionados sobre la vida de Riviére y las actas que se constituyeron a partir del proceso penal; por último, el fragmento de las memorias redactadas por el mismo Pierre Riviére a solicitud del juez, tiempo después de su detención. En ellas él describirá con extrema lucidez los antecedentes, evolución y desarrollo, así como los motivos que lo llevaron a cometer su crimen.

Entre los años 1971 y 1973, Michel Foucault y un grupo de investigadores del College de France añadirán al expediente documentos hallados en los archivos municipales de Caen, se trata de artículos periodísticos publicados durante y después del acto criminal. Cabe señalar que esta labor realizada por Foucault y sus colaboradores hizo posible recuperar el caso Riviére, si bien su intención inicial era estudiar la historia de las relaciones entre la psiquiatría y la justicia penal, él se vio subyugado por el "parricida de los ojos rojizos" (Foucault, 2009).

En otro contexto, Foucault acusará basado en sus investigaciones que el caso del parricida habría causado el desinterés científico de su tiempo, si durante su abordaje no se hubieran presentado confusiones, por parte del sistema normativo responsable de gestionar la criminalidad por parricidio. Esta cuestión condujo a Foucault a conservar y mantener cada uno de los textos que conforman el caso, fuera de cualquier juicio interpretativo. En lo que respecta al escrito dejado por Riviére, decidirá que las propias peleas discursivas de poder entre la medicina legal, la psiquiatría y la justicia penal, hablen por sí mismas. En este sentido, los testimonios, incluyendo las memorias, conservan su carácter tal y como fueron escritos.

Con el propósito de analizar las dificultades atribuibles al seguimiento del caso, que dieron lugar al tratamiento del mismo, presentaremos más adelante cada una de las racionalidades discursivas que intervinieron en el proceso, seguidas de los elementos contenidos en la obra de Foucault (1973/2005) Yo, Pierre Riviére, habiendo degollado a mi madre, mi hermana y mi hermano. Haremos antes un paréntesis para exponer los sistemas discursivos que a nuestro parecer son los más significativos en lo que respecta al abordaje del crimen por parricidio.

De la racionalidad médico-jurídica

La perspectiva jurídica tal y como la conocemos en nuestros días, sostiene la condición de intencionalidad para la administración e imputación del crimen por parricidio, paradójicamente reduciendo los elementos subjetivos presentes en el delito, a cambio de ello ha buscado una cientificidad objetiva. Para Legendre (1994) no tomar en cuenta la implicación subjetiva es desconocer los principios de la constitución humana, trayendo como consecuencia la incomprensión incluso, del propio crimen.

Algunos estudios jurídicos contemporáneos afirman que la discusión sobre la imputabilidad del crimen por parricidio adquiere cierto dramatismo y ha estado históricamente subyugada a la atribución severa de castigo, inclusive, se ha observado la existencia de cierto dogmatismo tendiente a restringir el ámbito de aplicación de esta figura en lo que respecta a la subjetividad (Cerna, 2011; Ossandón, 2010).

Dentro del "tipo subjetivo" un elemento fuertemente criticado es el que considera "imputable el delito" a condición de determinar el evidente "propósito" de matar. Otro elemento que de igual manera ha sido sumamente discutido es el referido a la norma que sanciona como parricida al que "conociendo las relaciones que lo ligan" mate a una persona con quien tiene vínculo de parentesco (Cerna, 2011).

Ossandón (2010), nos ofrece una formulación que sintetiza lo planteado hasta ahora: el criterio de intención y el cognoscente han empujado a la justicia penal de nuestros días al establecimiento de formulaciones con destino a restringir el carácter subjetivo del crimen por parricidio. Este proceder sitúa a las leyes en dos problemáticas: por un lado, la limitación teórico-práctica frente a un fenómeno que forma parte de la realidad que estudia y por el otro, el establecimiento de una racionalidad positivista que coloca el crimen por parricidio ante las exigencias de evidencia objetiva.

Foucault en su texto "Yo, Pierre Riviére...", nos muestra el momento justo en que la justicia penal y las disciplinas médico-psiquiátricas confluyeron en una misma dirección, con el firme propósito de fijar una serie de instrumentos orientados a objetivar las condenas por parricidio.

Para 1836 estaban en plena discusión sobre la utilización de conceptos psiquiátricos en la justicia penal. Para ser más exactos, se encontraban en un periodo preciso de ese debate: concretamente sobre la noción de "monomanía homicida", que Esquirol había puesto en circulación [...] Hacia el año 1835, puede observarse entre los médicos una cierta tendencia a presentar informes menos supeditados [...] como si quisieran probar que esas resistencias pueden llevar a graves errores judiciales (Foucault, 1973/2005, p. 9).

Foucault reporta que estos informes clínicos no tan elaborados, fueron resultado de la incapacidad crítica de algunos médicos y jueces, los cuales cerrándose a la posibilidad de polemizar sobre el uso o no de estas nociones patológicas, optaron por mantenerse distantes. Lo anterior favoreció la realización de lecturas objetivas sobre fenómenos subjetivos por parte de los agentes encargados de atribuir la imputabilidad a los condenados por parricidio.

Cabe aclarar que la relación entre el discurso penal y el médico no se gestó sin dificultades, podemos decir que esta afinidad se asentó en al menos dos posiciones discordantes, por un lado, un fuerte ataque de algunos juristas al uso de nociones psiquiátricas de dudosa reputación materialista, y por otro, la amplia injerencia de algunos médicos en las decisiones de los jueces.

El caso que nos ocupa permite evidenciar lo descrito, después que a Pierre Riviére se le declarara la condena aplicable a los parricidas, la decisión dará un revés, probablemente un médico informará sobre el castigo impuesto para ellos, según el decreto real de 1835, ante la duda de locura y mediante un informe arreglado para el caso, decidieron intervenir y solicitar su indulto, consiguiendo con esto la permutación de la pena de muerte por cadena perpetua (Foucault, 1973/2005, p. 8).

Cabe señalar que durante el proceso judicial realizado a Riviére la discusión se centralizó en sus memorias, las mismas que elaboró después de ser arrestado a solicitud de médicos y jueces, en ellas explica a detalle los motivos y la intención de su acto (Foucault, 2011; Sánchez-Domínguez, 2014). El proceso deja entrever el núcleo de la problemática presente en dos sistemas discursivos encargados de darle tratamiento al caso. En primer lugar, el escrito evidencia en su conjunto una extrema claridad y una inusitada coherencia de palabras y pensamientos, confundiendo con ello a los psiquiatras al momento de efectuar su impresión diagnóstica.

Los médicos no podían clasificar mediante su método habitual lo observado en Riviére, carente de la materialización que para ellos indicaba un "típico fenómeno" de desorden mental. Esto acarreó batallas discursivas entre los propios médicos y más tarde con los juristas, estos últimos, al no poder recibir una determinación clara de su condición, se veían impedidos para el establecimiento de la condena.

Puede apreciarse el poder de trastorno, propio de un razonamiento como el de Riviére, y el conjunto de tácticas mediante las que se intenta envolverlo, insertarlo [y] conferirle una valoración según sea discurso de un loco o de un criminal (Foucault, 1973/2005, p. 12).

La soldadura impresa en el abordaje del caso a saber, una lectura asentada en las verdades inmemoriales de la racionalidad positivista, deja inevitablemente fuera toda aproximación posible de la subjetividad puesta en juego por el parricida mediante su acto. El efecto práctico de este eclipse subjetivo condujo a la justicia penal y a la medicina legal a no ver más allá de los elementos comportamentales, generando con esto confusión al momento de atribuirle la responsabilidad criminal, por tal motivo decidieron solicitar la reducción de la condena.

Por otro lado, podemos notar mediante el seguimiento del caso, el modo en que estas dos racionalidades se sitúan frente al sujeto en cuestión. En primer lugar, formulan que el mundo material es la única manera posible de captar y conocer la realidad, sin asumir la existencia también de otros mundos, igualmente válidos (Kosik, 1997). En segundo lugar, se convierten en intérpretes no solo de los fenómenos que estudian sino también de los sujetos. A pesar de que Pierre Riviére mediante su lenguaje manifestara reiteradamente cuáles fueron los motivos e intenciones subjetivas que lo llevaron a cometer su crimen, en ningún momento será escuchado por estos dos sistemas.

Acabo de liberar a mi padre de todas sus desgracias; sé que me matarán pero no me importa. Voy a decir la verdad, lo hice para sacar de apuros a mi padre; quise liberarlo de una mala mujer que le atormentaba constantemente; maté a mi hermana porque estaba a favor de mi madre, y a mi hermano porque quería a mi madre y a mi hermana [...] Quería al matar a este niño horrorizar a mi padre para que no sintiera pena por mí (Foucault, 1973/2005, p. 196).

Legendre (1994) permite confeccionar una crítica más aguda sobre estos dos discursos, a decir, que un sistema normativo que solo aspira a la implementación del castigo niega a su vez el mecanismo de la construcción del ser humano, promueve la desubjetivación y hace incomprensible la idea misma del homicidio por parricidio. Aquí la justicia penal y la medicina en el contexto del proceso de Riviére toman el papel de ser intérpretes del sujeto, olvidando situar al homicidio como un acto que atenta contra el principio de razón que funda la estructura del sujeto y de las sociedades.

La función del sistema penal, independientemente del tiempo y el espacio en que se ubique, es otorgarle estatuto al sujeto de la transgresión mediante la sentencia, de tal modo que pueda asumir su crimen como un acto que violenta el fundamento mismo de la humanidad. En otras palabras, el oficio del sistema normativo es favorecer la significación del castigo, al tiempo que le permite al sujeto criminal asumir el acto cometido como parte de su responsabilidad subjetiva (Fudín, 2001; Greiser, 2008; Legendre, 1994; Sánchez-Domínguez, 2015a).

Cabe señalar que en la decisión tomada en torno a la derogación de la pena de muerte, el joven parricida no será tomado en cuenta, su posición subjetiva y los motivos singulares que lo llevaron a cometer su crimen serán omitidos. Poco tiempo después Pierre Riviére será hallado ahorcado en la penitenciaría.

Pierre Legendre (1994) afirma que la justicia penal y la ciencia médica desde los inicios de su relación teórico-práctica han promovido y sostenido mediante su proceder "científico", un sujeto desintrincado de su acto, es decir, la jurisprudencia se ha servido de postulados psiquiátricos que acentúan en el parricida lecturas psicopatológicas tendientes a establecer con ello una clasificación diagnóstica mediante "estándares delictivos".

Otra de las funciones que se ha trastocado como resultado de la relación entre la medicina y la justicia penal, al momento de procurar la gestión de la criminalidad por parricidio, ha sido la imputación de la "responsabilidad criminal", la disposición a producir elementos "delictivos normalizados" ha impulsado a investigadores de orientación positivista a buscar y atribuirle a sujetos parricidas "detonantes del delito". Estas consideraciones han producido resultados prácticos, en algunos casos en los que el criminal ha tenido antecedentes de abuso o enfermedad mental, se le ha declarado jurídicamente como inimputable de toda responsabilidad criminal (Galleguillos et al., 2010, p. 218).

A modo de situar la problemática referida, Pierre Legendre (1994) en su obra El crimen del cabo Lortie. Tratado sobre el padre describe el proceso penal al cual fue sometido Denis Lortie, un soldado de la milicia canadiense que el 8 de mayo de 1984 irrumpe en la Asamblea General de Quebec, con la intención de matar al Gobierno. disparando su arma automática sobre la gente con la que se cruzaba. Lortie llegaba a tiempo a la Cámara donde se reúnen los diputados, pero ese día la asamblea no sesionaba y la sala estaba vacía, entonces, decidió sentarse en el sillón del presidente.

Se realizó una negociación para desarmarlo. Después de su rendición se contaron tres muertos y ocho heridos. En palabras de Lortie: "el Gobierno de Quebec tenía el rostro de mi padre". En este contexto, el "Estado" tiene la función simbólica de ser una de las figuras metafóricas de lo que el psicoanálisis denomina "nombre del padre". Esta tesis le permite a Legendre (1994) otorgarle a este acto el estatuto de parricidio, en términos subjetivos, el crimen originado por Lortie es un atentado en contra de su padre.

Por otro lado e independiente de la lectura emprendida por Legendre, el caso nos confronta con un montaje normativo atravesado por una racionalidad médico-jurídica capaz de ofrecerle a nuestro homicida, elementos válidos para desmarcarse de su responsabilidad criminal, tenemos:

El cabo Lortie en plena ejecución de su acto criminal es interrogado por el sargento Jalbert, quien le pide explicaciones sobre su acto y Lortie responde: No puedo decírtelo. No es mi corazón es mi cabeza [...] ¿Qué es lo que acabo de hacer? No me lo preguntes a mí, no soy yo, es mi cabeza (Legendre, 1994, p. 98).

El abogado de Lortie argumentará enfermedad mental, evitando con ello que el acusado hable durante el juicio de su crimen, reduciendo con ello las posibilidades del abordaje de la subjetividad del homicida durante el proceso. Podemos decir que al momento de clausurar su palabra este es deshabilitado de toda posibilidad de hablar sobre los motivos de su acto y por lo tanto se cierran las probabilidades de asumir su responsabilidad criminal. Se trata según Legendre (1994), de que las disciplinas llamadas a gestionar la responsabilidad criminal por parricidio sean capaces de mantener mediante la inclusión de la subjetividad el parricidio en su dimensión humana, a fin de poner en palabras la escena del homicidio desarticulándolo de su cumplimiento en un acto.

De la racionalidad psicológica

Ante las dificultades que representa juzgar el crimen por parricidio, establecer la responsabilidad criminal y la realización de lecturas subjetivas encaminadas a instituir la imputabilidad del acto, la justicia penal se ha visto precisada a recurrir a otros campos del conocimiento, bajo el supuesto de que ellos serán capaces de ofrecer claridad suficiente para proceder "científicamente". Siguiendo este propósito, una disciplina con la que ha sostenido una relación de diálogo ha sido la psicología. Los conflictos teórico-prácticos de la justicia penal para resolver las encrucijadas que le depara el criterio subjetivo presente en los crímenes por parricidio con la psicología se han problematizado aún más.

La respuesta que esta disciplina brinda estará centralizada en un interés por demostrar "que el parricida también podría ser un enfermo social" (Foucault, 2011). Según esta racionalidad, el homicidio tiene una naturaleza y el criminal se convierte en un ser caracterizado en el plano mismo de su origen agresivo. Esta naturaleza del criminal no es más que una noción sobre el delito arraigada en un pensamiento "patologizado", guiado por la búsqueda orgánica de una causalidad unívoca. Esta manera de formular el parricidio al menos en psicología, se convirtió inmediatamente en una matriz valorativa que ensombreció de nueva cuenta para las leyes penales una posible lectura subjetiva.

Desde finales del siglo pasado, estudios psicológicos de orientaciones conductistas como los de Eron (1971) y Huesman (1985), señalaban que "los agresores han adquirido o desarrollado el rasgo de agresividad en sus familias de origen, a través del modelamiento o del refuerzo de la conducta agresiva" (citado en Fernández, 1990, p. 68). Más tarde, Marleau, Millaud y Auclair (2003), a través de una investigación psicobiológica determinaron que en los sujetos parricidas el hecho de sufrir psicosis, alcoholismo, drogadicción o algún padecimiento psicológico, los había precipitado a cometer el homicidio.

En esta misma línea de argumentación en un estudio psiconeurológico de Lynam, Miller, Vachon, Lober y Stouthamer (2009), se afirma que sujetos con trastorno por déficit de atención con hiperactividad muestran una particular forma severa de comportamiento antisocial, al tiempo que presentan déficits en las funciones ejecutivas y bajo arousal cortical, provocando con esto una fuerte tendencia a cometer actos criminales, tales como parricidio.

Por otro lado, Rodríguez et al., (2015) mediante un estudio a un joven parricida, apuntan que las formulaciones científicas en psicología que se han realizado en torno a este crimen, si bien han generado modelos que explican las causales bioambientales del delito, han evitado la ejecución de análisis en profundidad por la vía de estudio de caso, desestimando con ello la identificación de los elementos singulares en cada sujeto, que haría viable el posible manejo subjetivo de cada crimen.

En suma, los estudios psicológicos básicamente han permanecido orientados a responder ¿qué es lo que produce la conducta agresiva del parricida? Mostrando a su vez la lógica causal que se pone en juego, a saber, que aquello que empuja a un individuo a cometer el delito se encuentra fuera de él, como si se tratara de justificar el acto subjetivo por consideraciones simplificadoras. Sobre este principio veremos que la mayor parte de los crímenes serán explicados de tal forma que la conducta sea el resultado de una condición psicopatológica o producto del aprendizaje por un ambiente familiar disfuncional (Viola, 2010, p. 76).

Este intento por responder a las causas que empujan a un sujeto cualquiera a cometer el crimen por parricidio, nos hace interrogarnos sobre el modo en que la psicología ha puesto al servicio de acusados y juristas una nueva forma de evitar la responsabilidad legal ante el crimen. Seguí (2012), expresa que estos procesos jurídicos acompañados del discurso psicológico han establecido una clara tendencia a la desresponsabilización del homicida, por lo tanto, sería necesario encontrar discursos legitimados que permitan hacer oír ese agujero que permanece entre la objetividad y subjetividad de un crimen.

Para algunos autores clásicos la exclusión de aspectos internos que imposibilitan una explicación de los actos humanos, es una decisión añeja adoptada por la psicología, emanada del principio positivista que despoja al organismo de todo dinamismo intrínseco (Gordon, 2000, p. 41).

Por último, para Camargo (2005) y Legendre (1994), a pesar de la relación de diálogo que ha mantenido la justicia penal con la psicología, el problema que aún persiste, a propósito del abordaje del parricidio y en particular de los motivos subjetivos implícitos para la determinación de la imputación o no del crimen, ha estado empañado por al menos tres disposiciones: a) la búsqueda e interpretación psicológica del crimen y el criminal, mediante investigaciones ambientalistas y genéticas; b) la elaboración de perfiles criminales estereotipados basada en una escalada contemporánea de clasificaciones psiquiátricas y c) una clara tendencia a reducir los aspectos subjetivos implícitos en el parricidio por la dificultad de establecer acercamientos metodológicos claros.

De la racionalidad psicoanalítica

Como es sabido el inventor del psicoanálisis planteó desde sus inicios la tesis: el parricidio es el crimen principal y primordial tanto de la humanidad como del sujeto (Freud, 1991b). En este sentido le otorgó a la muerte del padre el punto nodal-simbólico fundante de los lazos humanos y, por ende, de las modalidades de justicia que de él se derivan (Chamizo, 2013). Esta tesis freudiana, si bien tiene gran importancia para serios planteamientos dentro de la teoría psicoanalítica en otros campos se desestima.

A diferencia de lo propuesto por el psicoanálisis sobre la relevancia simbólica que tiene la muerte del padre para la fijación de los límites entre la economía libidinal de cada sujeto y su lugar de inscripción en el contexto cultural, nuestra sociedad occidental ha reducido el crimen por parricidio a su condición más primitiva, a saber la biológica. De esto, tenemos que contrariamente a la solidez de la constitución subjetiva humana, las frágiles leyes jurídicas se instituyen de tal modo que el derecho penal y las tecnologías que acompañan la gestión de la criminalidad, se alejen del principio de la razón que mantendría este acto en el orden de lo fundacionalmente prohibido (Sánchez-Domínguez, 2015a; Legendre, 1994; Zerbino, 2008).

Dicho lo anterior, la teoría psicoanalítica presenta el crimen por parricidio como fundacional de la subjetividad humana y quien lo comete atenta contra este principio fundamental, por lo tanto, es necesario mantenerlo bajo la lógica de lo insoslayablemente prohibido, a fin de que las ligazones generacionales y los vínculos sociales conserven el principio de razón que humanamente los cimienta. Con estas coordenadas sostenemos que desde el campo psicoanalítico tal y como Freud lo fundó, es posible investigar el carácter subjetivo y la responsabilidad implícita en el acto parricida, en tanto que un homicidio de esta índole pone a jugar las lógicas de advenimiento del sujeto y la prohibición de un goce absoluto al cual ha de renunciar (Raffaini, 2008).

Para Freud habría existido en tiempos antiguos un padre primordial que se consagraba para sí el derecho sobre todas las mujeres de la horda, imposibilitando así el goce sexual de sus descendientes, la fratría se rebela contra él, lo asesinan y bajo un acto caníbal ingieren su cuerpo suponiendo que con ello habían de poseer sus atributos viriles y sustituirlo, al no ser así, como producto de su crimen sobreviene el sentimiento de culpa instituyendo al padre como ley de prohibición incestuosa.

...Y soñaban, continuamente, con sustituir a su padre, ponerse en su lugar privilegiado. Hasta que un día pudieron, juntos, más que el sultán, así que asaltaron su serrallo, lo mataron, y devoraron su cadáver [...] Pero fue que, sobrecogidos, espantados por el fantasma de su padre, cuya nueva, misteriosa autoridad les parecía ahora mayor que cuando los dominaba en vida, dictaron que la muerte del tótem (la carne de su padre hecha Verbo) era el pecado más grave, y renunciaron a recoger los frutos de su crimen (Freud, 1991b, pp. 143-145).

En este pasaje se promulga que la muerte del padre alcanza el estatuto de ley y de prohibición, por otro lado, impone al objeto-madre como imposible y al mismo tiempo como deseado. En el origen, la relación que se establece con el padre es ambivalente, producto de un parricidio, quedando como resto la prohibición fundamental como síntesis de la cultura. Freud habrá de proponer con esto el pilar de las neurosis.

Estas aclaraciones de 1913 tienen sus primeros antecedentes en una carta enviada a Fliess para 1897 (Bleichmar, 1995), sin embargo es hasta 1900 que lo retoma, cuando en la primera parte de su obra La interpretación de los sueños se cuestiona sobre algunas consideraciones de su clínica, en ese momento no se explica a qué obedecen los sentimientos hostiles presentes en los niños en torno a sus padres, a pesar de que ellos cubren todas sus necesidades a esa edad, en ese sentido planteará lo que sigue:

La relación entre padres e hijos esconde más de un motivo de hostilidad; hay sobradas condiciones para que emerjan deseos que no pasan la prueba de la censura [...] cuanto más irrestricto fue el poder del padre en la familia antigua, tanto más debió el hijo sucederle, situarse como su enemigo y sentir su impaciencia de alcanzar su dominio por medio de su muerte [...] (Freud, 1991a, p. 265).

Hasta este momento de su investigación, Freud contaba con los suficientes datos clínicos para sostener que en los niños, reiteradamente se puede observar que el dolor ante la pérdida del padre no puede sofocar su satisfacción por la libertad alcanzada. Es decir, los primeros apetitos sexuales del pequeño apuntan hacia la madre, de tal suerte que el padre deviene en competidor estorboso y estos sentimientos lo conducen al deseo de darle muerte (Freud, 1991a). En este mismo texto para poder explicar el "drama" de los deseos inconscientes parricidas, Freud recurre al mito de Edipo y a los sueños, él formula que en ambos casos los deseos infantiles subterráneos se ven traídos a la luz.

En una formulación posterior, Freud es mucho más consistente al decir, ya en el contexto del complejo de Edipo, que estas mociones ambivalentes estarán presentes en el proceso edípico completo, también nos permite vislumbrar en esta dirección lo que será la incidencia del padre en la estructuración psíquica, alegando que esta tiene su mayor función en la interdicción sobre el deseo primordial, estableciendo un resorte que le facilite al pequeño una nueva dirección y orientación deseante más allá de él. Esto es, "Más allá del padre a condición de servirse de él" tal y como lo elaboró en 1913 en Tótem y tabú.

Buscando una formulación de anclaje y de continuidad en Freud, diremos que se trata ante todo de develar y retornar a aquello fundacional de la subjetividad humana, es necesario recurrir a la dimensión de lo prohibido y lo trágico de todo homicidio, se requiere entender la lección que nos presenta el parricidio, a saber, que ningún sujeto puede renunciar a los fundamentos de su propia constitución, ante esto es necesario que en todo homicidio alguien venga a responder por él, no obstante el sistema legal se afana por deshumanizarlo (Legendre, 1994).

La racionalidad en el abordaje de un caso de parricidio: Pierre Riviére

De aquí en adelante volveremos al caso Pierre Riviére antes sintetizado, con la finalidad de sustraer mediante el análisis del mismo las racionalidades que se establecieron a partir de su abordaje. Cabe recordar que apoyaremos nuestra labor en el texto "Yo, Pierre Riviére..." (1973) de Foucault y su grupo de investigadores.

En este caso como en muchos otros, Foucault mantuvo sencillamente la función de secretario (Capurro, 2004), procurando no atribuirle al escrito del parricida ni a los otros testimonios ningún juicio interpretativo, permitiendo con ello tomarlos tal y como se produjeron en el contexto de la época y de la subjetividad del autor del crimen.

Una de las disciplinas que más protagonismo mostró alrededor del caso fue la jurisprudencia, no obstante debido a su orfandad estructural de conceptos básicos referidos a la etiología criminal, le condujo a buscar cobijo en la medicina y en la psiquiatría de su tiempo (Zaffaroni, 2005).

En el caso que nos ocupa la justicia penal no logró asumir que en el parricidio no solo se despliega mediante enunciados jurídicos sino que además en sucesos que tienden a desbordar la palabra, es decir, que la escena del parricidio en tanto homicidio muestra no solamente el atentado contra las normas sociales, sino que además, la puesta en acto de aquello que no ha podido ser inscrito en la estructura simbólica humana y que en todo caso, la institución jurídica estaría llamada a hacer frente, con la finalidad de devolver y mantener al homicidio en los registros de lo prohibido.

En lo que atañe al caso y sus memorias redactadas a petición del juez que llevó el juicio, estas exponen en detalle los motivos que llevaron a Riviére a cometer su crimen. Sin embargo, su lectura, las pericias médicas y jurídicas, tratarán de integrar un solo criterio de responsabilidad criminal, contrariamente durante el tratamiento del caso y su resolución final en su conjunto no habrá más que piezas sueltas, como si cada sistema discursivo desde su lugar de verdad se refiriera cada cual a un sujeto diferente. La única relación homogénea que aparece alrededor de Pierre Riviére y su crimen, será el eclipse de su posición subjetiva. En este sentido, le corresponderá a la justicia penal hacer lo suyo mediante el interés casi exclusivo de deshumanizar el crimen.

Con la intención de sostener lo que señalamos, presentaremos lo que la justicia penal muestra en cada uno de los expedientes elaborados alrededor del caso. En primer lugar los oficiales Theodore Morin y Thomas-Adrien Cordière iniciarán su informe de la siguiente manera:

En el domicilio del señor Pierre Margrin-Riviére se cometió un crimen "atroz", se encontraron tres cadáveres en el suelo [...] del primer cuerpo (madre del parricida) se observa una gran cantidad de sangre se extiende alrededor de la cabeza; la parte derecha del cuello, la anterior y el rostro están tan cortadas, de tal modo que las vértebras cervicales están totalmente separadas del tronco; la piel y los muslos del costado izquierdo retienen aún la cabeza; el parietal derecho está destrozado; el golpe se prolonga hasta la cúspide del cráneo y con tal profundidad que la pulpa cerebral está dividida en su mayor parte, el cuerpo presenta tal violencia que los huesos y los muslos forman una papilla (Foucault, 1973/2005, p. 17).

Esta forma de describir en detalle se aplicará a cada uno de los tres cuerpos asesinados, el juicio valorativo de "atroz" conduce a nuestro caso por el umbral de lo inhumano y para lo cual pareciera, se requiere mostrar una escena por demás pormenorizada que facilite representar el hecho, de tal modo, que el núcleo de la pericia judicial se coloque en dibujar lo que para su lógica es una imagen fuera de lo humano.

En cuanto a la declaración de los testigos del crimen, fueron tres testimonios redactados por el fiscal del rey, el primero referido por Marie Riviére - abuela del parricida-, el segundo por Jean Postel -vecino- y el tercero por Victoire Lerot -vecina-. La abuela señala haber visto a Pierre Riviére perpetrar los homicidios, mientras que los otros dos aseveran ver al joven caminar sosteniendo una hoz ensangrentada; además la señora Lerot agregó escuchar lo que será el testimonio más significativo:

Llevaba una hoz ensangrentada; al pasar por mi lado, me dijo: acabo de liberar a mi padre de todos sus males, sé que me condenarán a muerte pero no me importa [...] y más tarde agregará "moriré para liberar a un hombre que me ama y me aprecia [...] pero yo solo puedo liberar a mi padre muriendo por él (Foucault, 1973/2005, p. 30).

Lo que revelarán estas palabras, situará el núcleo mismo de toda dimensión subjetiva de nuestro parricida, sin embargo, estas expresiones se verán desestimadas por los psiquiatras, médicos y jueces que dieron seguimiento al caso. A lo largo de sus memorias estas mismas revelaciones aparecerán de forma recurrente, dejando ver la realidad psíquica que sostiene la lógica de su crimen y el asentimiento subjetivo1 del castigo que habrá de recibir como parte de su responsabilidad subjetiva.

Otro elemento que se torna relevante para darle seguimiento al caso y para la instauración de la condena será el testimonio de los familiares. Estas declaraciones se colocarán a modo para la elaboración del expediente que coloque al parricida en las encrucijadas de una locura anunciada:

Pierre Riviére desde su infancia fue un problema para toda la familia "obstinado y taciturno" no soportaba a sus padres ni mostraba como hijo afecto alguno hacia ellos, particularmente odiaba a su madre, en ocasiones cuando se acercaba a ella mostraba un movimiento de repulsión y frenesí, durante varias ocasiones disfrutaba machacar pájaros, recurrentemente perseguía a niños de su edad asustándoles con darles muerte, en ocasiones huía de la casa de sus padres y se refugiaba en canteras donde pasaba la noche, después de sus excursiones nocturnas refería ver al diablo y pactado con él "siempre manifestó su aversión a las mujeres", en ocasiones se le veía hablar solo y exaltado, posteriormente al alcanzar cierta edad mayor se dedicó con pasión y devoción a la lectura de ciertos libros como el de Montpellier (Foucault, 1973/2005, pp. 31-32).

A razón de estas pronunciaciones podemos vislumbrar lo que será la "causal" del acto criminal, se trata del marco perfecto que cierre cualquier duda posible, colocando al joven Riviére como un ser que transgrede la naturaleza humana y familiar misma, es decir, su homicidio lo sitúa de inmediato mediante la radiografía familiar fuera de la normalidad, una anormalidad que casualmente todos veían y que solo el crimen se atrevió a revelar. Este informe también fue acompañado por una breve descripción física del joven, representándolo de la manera que sigue:

Él presenta algunos caracteres notables, es bajo, su frente estrecha y hundida; sus cejas negras se cruzan formando un arco; la cabeza está constantemente inclinada hacia el suelo, y su mirada oblicua parece temer encontrarse con otra, como si tuviera miedo de traicionar el secreto de su pensamiento; su andar es arrítmico y a brincos, más que andar salta (Foucault, 1973/2005, p. 32).

Estos aspectos que procuran hacer coincidir una lectura fenoménica con una relación causal del crimen, hacen notar en su contenido lo que parece ser un cuerpo deforme casi deshumanizado, monstruoso, un joven que físicamente también atenta contra la figura e imagen de lo propiamente humano. Se trata de preparar el cuerpo que será juzgado, la antesala y la complicidad de lo que posteriormente el discurso médico-jurídico juzgará como "locura", como si Pierre Riviére y su acto no admitieran otra lectura. Esta racionalidad que inscribe a Riviére y a su crimen en los terrenos de lo inhumano la encontramos también en la retórica médica, la cual presentamos de aquí en adelante.

Los informes médicos referidos al caso los redactaron grandes médicos y psiquiatras de la época, estos escritos presentan algunas inconsistencias diagnósticas, trayendo con ello innumerables conflictos al momento de declarar la responsabilidad criminal de Riviére. El expediente descrito por Bouchard, investigador y profesor de la Real Academia de Medicina y del Ateneo de Medicina de París, declara haber examinado a Riviére de forma detallada, aunque sus indagaciones resultan indeterminadas en su propósito:

Dotado de un temperamento bilioso y melancólico, constante testigo de las querellas de sus padres, Riviére sintió profundamente las penas de su padre. Al alejarse de la gente, fue asaltado por las ideas más turbulentas. Se apoderaron de su mente y no le dieron respiro [.] en la soledad concibió la idea del crimen (Foucault, 1973/2005, p. 140).

En lo anterior se puede leer una notable causalidad positivista, donde la exterioridad determina la experiencia humana. Con esta lógica nuestro parricida después de una historia pasiva, receptora y acumulativa será conducido inevitablemente a cometer su acto criminal. Esta lectura carente de todo rigor científico, se tomará como argumento para la inexistencia de alienación mental, que para Bouchard solo se tratará de una exaltación momentánea (Montoya, 2006).

El otro informe médico fue el de L. Vastel, este prestigioso médico en sus líneas señala saber sobre las memorias y haber observado a Riviére en prisión, de lo anterior determina que el acusado presenta una memoria insana y que su acto criminal no era más que producto de su alienación mental y concluye: "fue la observación directa y exterior lo que me permitió establecer mi dictaminación" (Foucault, 1973/2005).

En ambos informes vemos materializarse aquello que durante épocas precedentes no había encontrado acomodo y que solo fue posible a partir de otorgarle a la mirada médica el valor más fundamental como medio y fin de aproximación a los fenómenos humanos, "haciendo aparecer bajo los ojos y en el lenguaje lo que estaba más acá y más allá de su dominio", dejando con esta ideología patológica coagulada toda posible lectura de la responsabilidad criminal en el contexto de la subjetividad (Foucault, 2004; Sánchez-Domínguez, 2015b).

Conclusiones

Con base en el análisis presentado aquí, podemos considerar que las dificultades que se han generado alrededor de los sistemas normativos responsables de gestionar la criminalidad por parricidio han conducido a reducir los aspectos subjetivos de este homicidio. La justicia penal desamparada de elementos conceptuales y metodológicos que le permitan una aproximación al parricidio por la vía de la subjetividad, ha buscado fijar una relación de diálogo con otras disciplinas, no obstante, aquellas de orientación biológico-ambientalista como la medicina, psiquiatría y psicología, contrariamente, han provocado mayores confusiones.

Por otro lado, con los hallazgos de Freud podemos decir al menos que entre la jurisprudencia y el psicoanálisis podría establecerse una relación más cercana, si bien no exenta de dificultades. Se puede enaltecer el hecho de que ciertas actuaciones de los sujetos criminales producen consecuencias que merecen la atención de ambos discursos, tal es el caso de Pierre Riviére que decidimos exponer aquí. Aun considerando una diferencia fundamental a saber, que para el derecho el inconsciente no existe, cuando se trata de juzgar un acto criminal y que para el psicoanálisis no hay acto criminal sin inconsciente, podríamos situar ciertas coordenadas que posibiliten una lectura diferente en torno a la responsabilidad criminal que rebase incluso, la intención consciente de hacer el mal.

Por último, la construcción freudiana sobre el mito del asesinato del padre facilita una lectura de correlato con otros parricidios, consiguiendo decir con ello que el parricidio es un homicidio, que atenta con lo esencialmente prohibido y el principio de la razón que funda las sociedades humanas.

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1 Este artículo forma parte del proyecto de investigación: "Estudio psicoanalítico sobre el parricida Pierre Riviére".

Para citar este artículo use: Sánchez, J. P. (2016). Una crítica de la racionalidad científica acerca del abordaje del parricidio. Civilizar Ciencias Sociales y Humanas, 76(31), 263-280.

1La capacidad de otorgarle al castigo su significación singular como parte de la responsabilidad subjetiva y no como la necesidad sintomática de castigo proveniente del superyó (Mollo, 2008).

Recibido: 21 de Agosto de 2015; Revisado: 24 de Febrero de 2016; Aprobado: 11 de Abril de 2016

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