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Universitas Psychologica

versão impressa ISSN 1657-9267

Univ. Psychol. v.6 n.3 Bogotá set./dez. 2007

 

GLOBALIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE IDENTIDADES EN LA CIUDAD CONTEMPORÁNEA: UN ANÁLISIS DE DISCURSO DE LA NUEVA ORDENANZA CÍVICA DE BARCELONA

 

GLOBALIZATION AND BUILDING OF IDENTITIES IN MODERN CITIES: A DISCOURSE ANALYSIS AT BARCELONA’S NEW CIVIC ORDINANCE

 

MARÍA GISELA ESCOBAR, LILIANA VARGAS MONROY1

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA, UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, VENEZUELA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA, PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA, COLOMBIA

 

Recibido: febrero 5 de 2007 Revisado: junio 5 de 2007 Aceptado: septiembre 20 de 2007

 


ABSTRACT

This paper makes a discourse analysis of the Civic Ordinance of Barcelona, adopted by the City Hall of Barcelona- Spain in January of 2006, in order to typify and manage behaviour in the public spaces of the city. The textual corpus we used for this analysis is the Ordinance project in its two versions. The Discourse Analysis methodology used in this study has been proposed by different authors in this field (Martín Rojo, 2001; Parker, 1992; Potter & Wetherell, 1987; Van Dijk, 2003; Wetherell, 2001). Results point to the emergence of two kinds of discourses inside the text, as well as the strategies from which both discourses allow the construction of citizens’ identities as a new way of governability in the spaces of contemporary European cities.

Key words authors: discourse analysis, governability, globalization, immigration, citizenship, identity.

Key words plus: Barcelona España emigration, immigration, discourse analysis, governance.

 


RESUMEN

En este artículo se presenta un análisis de discurso de la Ordenanza Cívica de Barcelona, documento emitido por el Ayuntamiento de Barcelona - España en enero de 2006, con la finalidad de tipificar y gestionar comportamientos en los espacios públicos de la ciudad. Hemos tomado como material de análisis el corpus textual del proyecto de Ordenanza en sus dos versiones. La metodología de análisis de discurso usada para el estudio retomó las propuestas de diferentes autores en este campo (Martín Rojo, 2001; Parker, 1992; Potter & Wetherell, 1987; Van Dijk, 2003; Wetherell, 2001). Dentro de los resultados se señala la emergencia de dos tipos de discurso en el interior del texto y las estrategias que desde ellos permiten la construcción de la identidad del ciudadano como nueva forma de gobernabilidad en los espacios de las ciudades europeas contemporáneas.

Palabras clave autores: análisis de discurso, gobernabilidad, globalización, inmigración, ciudadanía, identidad.

Palabras clave descriptores: análisis del discurso, gobernabilidad, Barcelona España Emigración, inmigración.

 


La nueva Ordenanza Cívica de Barcelona (2006) puede comprenderse como una pieza dentro del complejo entramado de las formas contemporáneas de gobernabilidad y ordenamiento de poblaciones. Desde este postulado, y acogiendo la propuesta que define la gobernabilidad como el ejercicio realizado por un conjunto de discursos y prácticas dirigidos a lograr la regulación de los sujetos (Foucault, 1990), este trabajo realiza un análisis de discurso del documento de la Ordenanza Cívica de Barcelona, para proponerlo como un dispositivo que permite la regulación de los sujetos dentro del espacio urbano, a través de la construcción de nuevas identidades.

Rose (1996) señala que la ciudadanía y la definición del ciudadano aparecen como centro de las identidades privilegiadas para la época. La pregunta que Rose nos permite realizar es: ¿cómo operan los discursos que hacen posible la emergencia de estas identidades y bajo qué prácticas se hace viable la enunciación de la noción de ciudadanía contemporánea?

El documento de la Ordenanza Cívica de Barcelona ofrece un excelente material discursivo para ser examinado a la luz de esta pregunta. Con este fin, acogeremos la discusión de Rose (1996) en su genealogía de la subjetivación contemporánea, que plantea la idea de ciudadanía como régimen del self en los órdenes de las democracias liberales2 .

Hemos realizado el análisis de los discursos emergentes en la Ordenanza Cívica de Barcelona a partir del documento emitido y aplicado por el Ayuntamiento de Barcelona – España en enero de 2006, con el fin de tipificar y gestionar comportamientos en los espacios públicos de dicha ciudad. Hemos considerado como corpus textual el proyecto de Ordenanza en sus dos versiones. Por una parte, el documento (en adelante OAI) inicialmente aprobado por la comisión de Presidencia, Hacienda y Equilibrio Territorial de Barcelona, el 9 de noviembre de 2005 (Ajuntament de Barcelona, 2005b); por otra parte, el texto definitivo (en adelante ODF) aprobado por el pleno municipal del 23 de diciembre de 2005 (Ajuntament de Barcelona, 2005a). El estudio se concentra en algunas partes fundamentales de ambos textos: la exposición de motivos del documento inicial de la Ordenanza (OAI) y diferentes fragmentos de cada texto (OAI y ODF).

Contexto del análisis

Este trabajo se enmarca en el análisis de discurso como perspectiva de exploración; por esta razón, el contexto de emisión del documento adquiere una importancia fundamental para su estudio. En este sentido, resulta pertinente remitirse al concepto de indexicalidad, propiedad según la cual las mismas acciones discursivas adquieren significado diferente de acuerdo con sus contextos (Iñiguez, 2001). En el caso que nos ocupa, el contexto viene determinado por las características del modelo de gobernabilidad de Barcelona en un momento de gran crecimiento migratorio, crisis en la identidad de la ciudad, freno económico y fuerte capacidad de presión de las grandes corporaciones en las políticas públicas.

En el trabajo “La plaza en la mira: The New Civic Ordenance of Barcelona”, Gutiérrez, Jacobson y Prieto (2006) señalan que los cambios recientes en la economía global han creado nuevas bases de poder dentro de Europa, lo cual hace necesario que los gobiernos nacionales negocien en diferentes formas con corporaciones transnacionales y financieras. Una de las áreas de mayor influencia en estas negociaciones e intervenciones tiene que ver con el efecto que ellas están teniendo en la reestructuración del paisaje urbano dentro de la Unión Europea. Así, las nuevas regulaciones de la ciudad proponen una imagen de Barcelona como ciudad de cristal, impoluta, silenciosa, disciplinada y, por encima de todo, exportable; sinónimo de cosmopolitismo sin conflicto, lo que le permitirá convertirse en “la ciudad más europea de España”, preparada para satisfacer a los cerca de cinco millones de turistas que la visitan anualmente.

En este contexto, la gobernabilidad de la ciudad adquiere nuevos significados. En la actualidad, la reestructuración de Barcelona ocurre en el marco de complejas tensiones entre cuerpos corporativos, gobiernos nacionales y regionales, y organismos públicos y privados que intentan la gestión de una ciudad en “el reto de su globalización”.

Dentro de este escenario, en el año 2005 el Gobierno de la Ciudad propone la nueva Ordenanza Cívica como instrumento dirigido a la regulación y control de comportamientos ciudadanos en el espacio publico. La Ordenanza, como se mostrará adelante, se justifica como una respuesta necesaria frente a las nuevas demandas que afronta la ciudad. Así, además de fomentar la convivencia ciudadana, el documento de la Ordenanza parece encontrar justificación ante las exigencias que genera la inclusión de Barcelona en la actual economía Europea.

Frente al proyecto, diversos colectivos, entre ellos la Federación de Asociaciones de Vecinos de Barcelona (FAVB), han señalado su inconformidad y desacuerdo. En el número 93 de la revista La Veu del Carrer (2005) se manifiesta este descontento en una serie de artículos que hacen referencia a la Ordenanza como un “proyecto incívico”, registrando con preocupación y molestia lo que los autores consideran una negación de las problemáticas sociales de Barcelona, así como una penalización de la precariedad y un ataque a los colectivos sociales más débiles y vulnerables de la ciudad3 . Finalmente se convoca a un “frente común ciudadano contra la Ordenanza” (Colomer, 2005).

La importante y reciente ola de inmigración debe señalarse dentro de los fenómenos sociales que han generado mayores conflictos y precariedad en la ciudad. El fenómeno ha propiciado la redefinición de las prácticas urbanas, de ordenamiento territorial y de los espacios de acción política. La inmigración es hoy considerada como uno de los mayores problemas dentro del espacio europeo.

Oliver (2006) señala que la entrada masiva de inmigrantes a España ha aumentado sustancialmente la población entre 16 y 64 años, del 2% registrado en 1995, al 12% en el 2005. La estadística se incrementa al 15% en algunas comunidades como Catalunya. Este hecho se vincula a las nuevas exigencias productivas del mercado que han modificado la relación oferta-demanda, particularmente en los sectores de construcción y de servicios. El creciente número de inmigrantes en la ciudad ha modificado los equilibrios sociales y territoriales, estableciendo nuevos espacios culturales y políticos para esta población, pero también nuevas luchas territoriales en contextos como el espacio de la ciudad, lugar de aplicación de la Ordenanza.

Un año después de la aplicación de la nueva Ordenanza Cívica, los planteamientos de este documento continúan produciendo polémicas, discusiones y críticas (por ejemplo, Oriola, 2007), y se ha generado una gran variedad de argumentos que movilizan y defienden ideales específicos, y algunas veces diferentes, de ciudadanía, así como nociones a veces encontradas de lo que significan la convivencia, el espacio público y el control social en la ciudad.

Metodología utilizada

El análisis del discurso (AD) ha tenido como ámbito privilegiado de aplicación el habla, la lengua en acción, sea en su forma oral o escrita. Sin embargo, el corpus textual al que nos enfrentamos en este estudio forma parte de un estilo altamente formalizado y alejado del estándar oral: el texto jurídico. Por ello, se optó por una metodología mixta que recoge las aportaciones de teóricos dentro del análisis de discurso (AD), como Ian Parker y Jonathan Potter, y las desarrolladas en el seno del análisis crítico del discurso (ACD). Estas miradas, si bien plantean en algunos casos discusiones y diferencias con respecto a la tradición del análisis de discurso dentro de la psicología, también comparten algunos elementos centrales que resultan claves para el desarrollo del trabajo, a saber: a) La concepción del discurso como práctica social, que cuestiona su mera acepción descriptiva (Parker, 1992; Potter & Wetherrell, 1987); b) la existencia de una realidad extra discursiva material, cuyas relaciones sociales de poder y dominación son constituidas en el discurso (Martín Rojo, 2001; Parker, 1992); y, c) la centralidad de la perspectiva crítica como herramienta de visualización de las relaciones de poder y como posibilidad de articulación de resistencias a partir de un análisis crítico de dichas relaciones (Parker, 1992; Van Dijk, 2003).

Estas aproximaciones teóricas fueron útiles para lograr un acercamiento al tema de la identidad, que constituye la noción central de nuestro análisis. Así, de aquí en adelante comprenderemos la identidad como una producción narrativa (Iñiguez, 2001) construida dentro de contextos sociales, políticos e históricos específicos. Por ello su análisis debe ser indexical, ya que sólo tiene sentido con referencia al sistema de condiciones locales de las cuales emerge.

El análisis crítico del discurso (Martín Rojo, 2001, 2003; Van Dijk, 2003) nos ha permitido comprender que las identidades construidas narrativamente se producen y re-producen a través de mecanismos como las ideologías y el poder. De acuerdo con ello, el discurso debe ser entendido en tanto práctica social, es decir, como un modo de acción que no sólo dice, sino que hace cosas y tiene implicaciones. Esta vertiente del análisis considera que el discurso actúa en sociedad y contribuye a crear un perfil, y no otro, en los acontecimientos, con lo cual es posible reforzar ciertas prácticas, cuestionar otras y, consecuentemente, legitimar determinadas ideologías en beneficio de algunos grupos de poder y en detrimento de otros.

Entendido el carácter narrativo y social de la identidad, es necesario señalar que ciertos contextos privilegian y refuerzan algunas identidades y, por el contrario, descalifican otras de acuerdo con su adecuación o rechazo de formas especificas de poder. De esta manera, las identidades se constituyen también en relación con los discursos ideológicos que pueden ser explícitos o implícitos (Van Dijk, 2003). En el centro de esta noción está siempre el sujeto/agente como producto y productor de dichas prácticas, inserto en un contexto socio-político e histórico. Por ello, en las tendencias del análisis crítico del discurso (ACD) las asimetrías del poder son consideradas como un fenómeno inseparable de la generación de los discursos y no se concibe que en las prácticas discursivas exista igualdad de oportunidades entre los participantes.

Para realizar el análisis de la Ordenanza Cívica de Barcelona que se presenta a continuación, también retomamos la diferenciación entre texto y discurso, asumida por Parker (1992), noción que permite identificar la emergencia de varios de los diferentes discursos que atraviesan el texto. En consecuencia, parte del análisis está dedicado a desentrañar y mostrar los discursos que definen y posicionan un conjunto de objetos y sujetos sociales, construyéndolos mediante la generación de normativas para su manejo y ordenamiento. Estos discursos, según proponemos, tienen como eje central las ideas de vigilancia y autogobierno, que, a través de la noción de ciudadanía, se ejercen dentro del liberalismo actual (Rose, 1998). Para seguir esa idea, nos aproximamos a algunas de las teleologías, problematizaciones, estrategias y tecnologías que acompañan la narrativa de la Ordenanza, tratando de ubicar cómo éstas se presentan en algunas partes específicas del documento. Para este fin han resultado de gran utilidad las ideas desarrolladas por Potter y Wetherell (1987) con relación al lenguaje como acción social, a la funcionalidad de los discursos y a las prácticas discursivas como ejercicios que construyen y “hacen cosas” con el lenguaje. Sus ideas sobre el trabajo y los movimientos que se hacen en el discurso permitieron, como se muestra a continuación, acceder de manera más clara al análisis de la propuesta de identidad que encierra el texto.

Resultados

Para presentar los resultados, optaremos por articular el análisis de discurso a la discusión de las identidades construidas mediante los discursos emergentes en el documento de la Ordenanza, prestando especial atención a las acciones y movimientos discursivos que permiten argumentos claves dentro del texto.

La construcción de la identidad del ciudadano

La exposición de motivos de la Ordenanza se inicia con el señalamiento de los fundamentos legales que le dan respaldo institucional, dentro de un marco que es posible identificar como un discurso jurídico-legal, que autoriza y pareciera brindar un nacimiento legítimo al documento. Veamos cómo se presenta y cómo opera este discurso en el texto:

Barcelona ha mostrado una fuerte preocupación normativa4 por el fomento y la atención de la convivencia en su casco urbano. La conexión entre “convivencia” y “ordenanzas municipales” en la ciudad de Barcelona tiene un lugar de encuentro en la importante regulación que, sobre determinadas “conductas incívicas”, ya se prevé de manera premonitoria al artículo 129 de la Ley 22/1998, del Parlamento de Cataluña, por la cual se aprueba la Carta Municipal del Barcelona. (...) el precepto citado habilita al Ayuntamiento de Barcelona para que regule mediante Ordenanza una serie de conductas que se califican de infracción administrativa y que tienen relación directa con la gestión del espacio público y su uso y goce por la ciudadanía. (Ajuntament de Barcelona, 2005a, p. 6)

 

Iniciar el texto de este modo logra el efecto de soporte institucional que da un fuerte respaldo al contenido de la Ordenanza, refiriéndose a la autoridad o autoridades que hablarán y gestionarán acciones sobre los sujetos que se encuentran delimitados y construidos en su interior5 . Se trata, entonces, en primera instancia, de Barcelona, ente abstracto que aparece aquí como un actor dotado retóricamente de una “fuerte preocupación normativa, por el fomento y atención de la convivencia en su casco urbano”.

El texto nos señala, a continuación, un lugar de encuentro entre esta preocupación de Barcelona (convertida, en el movimiento discursivo, en un actor preocupado por la convivencia) y las ordenanzas municipales previas, que se concreta en la regulación de determinadas conductas incívicas. Así: “La conexión entre ‘convivencia’ y ‘ordenanzas municipales’ (...) ya se prevé de manera premonitoria al artículo 129 de la Ley 22/1998, del Parlamento de Cataluña, por la cual se aprueba la Carta Municipal del Barcelona”.

La acción discursiva6 que se realiza en este fragmento del texto logra hacer confluir, sin mayor cuestionamiento, la noción de convivencia con la de ejecución de la Ordenanza en el respaldo a la regulación de determinadas conductas denominadas incívicas. En diferentes fragmentos del texto, la enunciación de la convivencia al lado de la censura y prohibición de cierto tipo de conductas no deseables, aparece permanentemente. La noción del sujeto cívico, es decir, aquel que sigue las normas, comienza a aparecer aquí como eje central.

El fragmento anterior da la entrada a la presentación de una serie de entidades que confieren autoridad a la Ordenanza, las cuales actúan como su registro de origen y, de alguna manera, autorizan su contenido: se trata del artículo 129 de la ley del Parlamento de Cataluña, por el cual se aprueba la Carta Municipal de Barcelona. Dicho documento se anticipa a la normativa del régimen local y habilita al Ayuntamiento de Barcelona para que regule mediante Ordenanza. Así, el fragmento del texto confiere una doble autoridad a la Ordenanza: primero, desde el Parlamento de Cataluña; luego, desde el régimen local de la ciudad.

Es posible proponer que el movimiento discursivo que acabamos de presentar es complementario de aquel que dota de vida a un ente abstracto como la ciudad de Barcelona, “que muestra una fuerte preocupación”. Si nos ubicamos frente a los entes de gobierno como aquellos que autorizan y dan respaldo a la Ordenanza, se logra el efecto discursivo de oscurecer a los actores de carne y hueso detrás del Gobierno, al mismo tiempo que se le da al documento un carácter incuestionable. Se trata de un efecto de verdad, en tanto que, al enunciarlas, construye las normas y “las verdades” de las que habla. Por ello, al leer el texto éste se nos aparece como incuestionable, ya que la Ordenanza tiene cuna legítima en los múltiples entes de gobierno que la autorizan.

De otra parte, no deja de llamar la atención la reiterada repetición de la idea de convivencia que, según el documento, es su motor y, tal como se propone en este análisis, confiere otro tipo de legitimidad al mismo:

Desde un punto de vista normativo municipal, esta preocupación se ha manifestado con la redacción de una serie de Ordenanzas referidas al complejo fenómeno de la convivencia. Efectivamente, ya la Ordenanza General de Medio Ambiente del 26 de marzo de 1999, al abordar el importante tema de “la contaminación acústica”, hacía referencia expresa, en diferentes pasajes, a aspectos relacionados con la convivencia y el civismo. (Ajuntament de Barcelona, 2005a, p. 6)

Así mismo:

Lo que sí hace falta señalar es que en todo caso, el Ayuntamiento de Barcelona, ejerciendo sus potestades normativas, ha prestado atención a este complejo fenómeno que conocemos actualmente como “convivencia”, que tiene, como se verá, innumerables vertientes. Pero esto no impide reconocer la necesidad de adaptación de esta normativa y, en definitiva, la oportunidad de presentar este conjunto de medidas que pretenden fomentar y garantizar la convivencia a la ciudad de Barcelona. (Ajuntament de Barcelona, 2005a, p. 6)

La convivencia, que parece ser uno de los grandes fines y motivaciones de la Ordenanza, es mostrada como un “complejo fenómeno de innombrables variantes”. Sin embargo, no está claro aún cómo deba ser garantizada.

El argumento jurídico-legal aparece aquí complementado con otro que apela a las nociones de convivencia y ciudadanía. Estas nociones responden a otro tipo de discurso, a saber, un discurso político, y, más concretamente, al discurso cívico de la política democrática liberal. No deja de llamar, entonces, la atención la locución “en todo caso”, que introduce el párrafo. Las múltiples apelaciones a la convivencia, sumadas a la afirmación “en todo caso”, parecerían estar adelantándose a posibles objeciones al documento y a su supuesta meta en la convivencia, tan anunciada hasta el momento7 .

Aquí vale la pena detenerse para señalar cómo comienza a ser evidente en el texto la idea de ciudadanía, a la que Rose (1996, 1998) dedicara buena parte de su análisis en textos como Inventing Ourselves y The Death of the Social: Re-figuring the Territory of Government. Se nos habla, por primera vez, de ciudadanos y ciudadanas, y se inicia una construcción cuidadosa del término con la idea del respeto a la convivencia que ellos (los ciudadanos/as) deben observar. Al igual que la noción de convivencia, la de ciudadanía es un elemento básico en la Ordenanza.

A continuación se observa bajo qué mecanismos se construye esta identidad ciudadana en el documento, y cómo estos mecanismos se articulan con una forma particular de gobierno que, como hemos propuesto, parece corresponderse con la idea de autovigilancia y autogobierno de las democracias liberales.

Los fragmentos que continúan son de particular importancia para el análisis, pues en ellos se definen cuidadosamente ciertas líneas divisorias (Rose, 1998) que permiten la comprensión de las propuestas centrales del documento. En esta parte del texto se exponen las razones que justifican la aplicación de la Ordenanza, así como las conductas –y tácitamente algunos de los sujetos– que se encontrarían en los límites del civismo / incivismo a partir del cumplimiento / desacato de las normas. Leamos el texto de la Ordenanza:

No hace falta recordar aquí que Barcelona, como cualquier otra gran ciudad de este mundo cada vez más globalizado, está sufriendo en los últimos años un proceso de cambio como consecuencia de la alteración de las premisas en las cuales se asentaba tradicionalmente su crecimiento. No vivimos ya en una sociedad tradicional ni homogénea donde las normas establecidas eran conocidas, compartidas y observadas por la mayoría, sino que hace falta rehacer el consenso respecto a un concepto de civismo que sea compartido por todo el mundo y adaptado a los nuevos tiempos. (Ajuntament de Barcelona, 2005a, p. 7)

Llama la atención el inicio y cierre del párrafo. Al principio se ubica a Barcelona en el nivel de “cualquier otra gran ciudad del mundo, cada vez más globalizado” y en la posición de un actor en sufrimiento; el sufrimiento generado por “un proceso de cambio” al cual se dedica la parte central del párrafo. El llamado al futuro que se hace al considerar a Barcelona como ciudad en proceso de globalización, parecería lograr el movimiento argumentativo que justifica este cambio y la necesidad de “adaptarse a los nuevos tiempos”. Sin embargo, el centro del párrafo resulta más interesante para el análisis. En éste se establece la línea divisoria que se concretará a lo largo del texto, y a partir de la cual se establece una serie de sanciones a ciertas conductas indeseables. Para desarrollar esta idea es posible mostrar las tensiones que el párrafo está construyendo, de la siguiente manera:

Podemos subrayar, por ahora, cómo el concepto de civismo compartido por todos propone la construcción de una normatividad social que entraría a subsanar el lugar que queda vacío tras la pérdida de homogeneidad de la sociedad tradicional, asociada al fenómeno de la globalización8 .

Ahora bien, la Ordenanza continúa de la siguiente manera:

No hay ninguna duda que hoy en día convergen en nuestra ciudad situaciones y hechos que requieren inmediatas respuestas para facilitar un clima de convivencia que, en algunos casos, se ha podido ver afectado por varios fenómenos difíciles de sintetizar. En efecto, la ciudad de Barcelona, tal y como pasa con cualquier otra gran ciudad, está viviendo en los últimos años una serie de transformaciones del que era su entorno tradicional. Sin pretender ir a fondo en relación a las causas que afectan la convivencia o el civismo, se pueden citar aquí dos fenómenos diferentes. En primer lugar, el fenómeno derivado del crecimiento de la movilidad geográfica y la globalización económica que tiende a mezclar poblaciones procedentes de culturas diversas. Pese a que en Barcelona, la multiculturalidad es todavía un fenómeno relativamente poco importante en relación al incivismo, sí que plantea la necesidad de dar solución a la convivencia entre normas culturales diferentes. En segundo lugar se observa un fenómeno más directamente relacionado con las formas de incivismo presentes en Barcelona hoy: aquel que nace no de las dificultades de convivencia entre culturas diferentes, sino de la pérdida de normas culturales propias, y que deriva, por lo tanto, en una situación de anomia, de falta de sentido, en la que los individuos no saben cómo han de orientar su conducta por no estar socialmente bien delimitada. La pérdida de la conciencia de pertenencia a una comunidad contribuye a diluir el sentido de la convivencia. A partir de aquí, todo tipo de comportamiento es posible, porque falta la noción de límite.

Este párrafo muestra diferentes facetas. Señalaremos inicialmente la aparición de palabras como situaciones y hechos, y diversos fenómenos difíciles de sintetizar, y las consideraremos como estrategias retóricas (prácticas discursivas), según la propuesta de Potter y Wetherell (1987), que le permiten al texto hablar de algo sin nombrarlo directamente. Se trata de introducir un tema que puede resultar problemático de manera tal que no lo sea.

En este caso, el tema resulta claro en el mismo párrafo, cuando se alude nuevamente a los cambios que la ciudad de Barcelona, “como cualquier gran ciudad”, ha tenido en “los últimos años”. Se trata del “fenómeno derivado del crecimiento de la movilidad geográfica y la globalización económica que tiende a mezclar poblaciones procedentes de culturas diversas”. Este fenómeno tiene un nombre preciso que, sin embargo, se encuentra llamativamente ausente a lo largo del documento: se trata de la inmigración.

Planteamos, entonces, que a la sombra del concepto de ciudadanía y de la construcción de la identidad del ciudadano, aparecen otras identidades construidas como su reverso, como el límite de la identidad deseada y promovida9 . En este caso, esa identidad otro/a es, al menos en parte, la del inmigrante. En términos de la Ordenanza, el primer problema que se está planteando es el de dar solución “a la convivencia entre normas culturales diferentes”.

El segundo problema que se plantea en este párrafo resulta más importante aún para el tema de la identidad: se observa un fenómeno más directamente relacionado con las formas de incivismo presentes en Barcelona hoy: aquel que nace no de las dificultades de convivencia entre culturas diferentes, sino de la pérdida de normas culturales propias, y que deriva, por lo tanto, en una situación de anomia (...) A partir de aquí, todo tipo de comportamiento es posible, porque falta la noción de limites.

Se trata, entonces, de la apelación a normas culturales propias, a través de conceptos como el de “conciencia de pertenencia a una comunidad”.

En este sentido, Rose (1996) propone la comunidad como la noción cohesionadora dentro de las democracias neoliberales, figura por excelencia para el gobierno y autogobierno de nuestro tiempo. La comunidad logra funciones de autogestión, autovigilancia y autogobierno, pues tiene, a su vez, la capacidad de vigilar sus límites y determinar qué le resulta adecuado o no. Se trata de una figura-tecnología10 que permite establecer una línea divisoria que no requiere del Estado para ser controlada, pues ella misma la ha constituido y se autogobierna.

Al apelar a la noción de una identidad común que debe ser recuperada, frente a este alejamiento de la conciencia de comunidad, se está reclamando esa vigilancia del otro, que no es parte de la comunidad, que es límite y diferencia. En este punto del texto se logra la construcción y la inclusión de la narrativa de ciudadanía, central dentro del universo social contemporáneo. Se trata de reconocerse y construirse como ciudadano a partir de un ejercicio de autogobierno que implica la mirada permanente sobre sí mismo y la mirada vigilante sobre el otro, sobre el límite. La Ordenanza continúa así:

De estas dos grandes transformaciones sociales se deriva un conjunto de cambios en los comportamientos sociales que tienen efectos importantes en la convivencia en el espacio público. Así, se pueden citar aquí, sin ánimo exhaustivo, los siguientes: determinados cambios en la forma de concebir aquello que es público como un espacio que en ocasiones se ocupa de forma intensiva y desproporcionada; la fuerte presencia de personas que vienen a visitar la ciudad, que, atraídas por la imagen de Barcelona, transitan preferentemente por unos espacios urbanos muy delimitados; la aparición de fenómenos organizados a través de redes (mendicidad, venta ambulante, prostitución, que, en ocasiones, presenta una cara ciertamente agresiva o, al menos, perturbadora de la tranquilidad y sosiego en el cual se debe desarrollar la vida urbana). (Ajuntament de Barcelona, 2005a, p. 7)

Hasta aquí, se ha supuesto que ese otro frente a la identidad del ciudadano pareciera ser inicialmente el inmigrante. Su espectro, sin embargo, se amplía en esta parte del texto para ser tipificado a partir de una serie de comportamientos, más que de una identidad o identidades determinadas. El efecto discursivo de obviar el tema de la inmigración se ha logrado y la Ordenanza se dirige, entonces, a clasificar una gran variedad de conductas en las que es posible incluir a otros grupos marginalizados. Sobre este punto profundizaremos en la discusión que se realiza a continuación.

El reverso de la identidad ciudadana

Tal y como hemos señalado, la Ordenanza establece una práctica divisoria que separa a los ciudadanos, a quienes pretende defender de otro grupo de personas, que no recibe nombre, pero cuya simple presencia en el espacio público de Barcelona constituye un atentado contra la ciudadanía responsable. ¿Quiénes son estos sujetos? A partir de las conductas tipificadas como sancionables dentro del articulado de la Ordenanza, es posible establecer la siguiente clasificación a fin de identificarlos:

Como se ha venido subrayando, en la exposición de motivos se afirma que: “la Ordenanza pretende ser una herramienta efectiva para hacer frente a las nuevas situaciones y circunstancias que pueden afectar o alterar la convivencia” (Ajuntament de Barcelona, 2005a).

Por otra parte, y retomando la exposición de motivos de la Ordenanza Cívica – OAI, observamos que se mencionan como fenómenos responsables de la pérdida de normas de convivencia en la ciudad un conjunto de prácticas organizadas en redes como la mendicidad, la prostitución, la venta ambulante, que “perturban la tranquilidad y sosiego en que se ha de desarrollar la vida urbana”. Estos modos de vida son considerados como sancionables en el Título II del articulado y demarcarán la frontera entre “civismo” e “incivismo”.

El texto de la Ordenanza no sólo obedece a una forma de tipificar jurídica y administrativamente a los sectores que surgen a partir de la categoría civismo / convivencia, sino que permite constituir y polarizar identidades ciudadanas a partir de las contradicciones convivencia / acatamiento (legítimas) vs. disrupción / trasgresión (ilegítimas) con relación a las normas. Se puede plantear una clara dicotomía entre sujetos cívicos e incívicos, aunque en el texto no se denominan como tales.

Para efectos de la Ordenanza, no estamos ante una consideración de identidad como agencia, sino ante la construcción de identidades impuestas desde un ejercicio de tipificación social que permite integrar a los ciudadanos a la sociedad o, por el contrario, segregarlos. Así, la Ordenanza Cívica legitima un orden social del discurso que se asienta sobre un principio de desigualdad. En esta vía, es posible coincidir con el planteamiento de Martín Rojo (2003), para quien frecuentemente los discursos institucionales juegan con esta doble moral: “junto a discursos autorizados, encontramos discursos des-autorizados, frente a discursos legitimados, encontramos discursos des-legitimados” (p. 168).

A partir de esta consideración, se establecen ciertos márgenes y delimitaciones relacionados con el acatamiento o no de las normas que regulan conductas cívicas, favorables para la convivencia, y que permiten delimitar dos grupos: aquellos apegados a las normas básicas de acatamiento y convivencia, y los que las desacatan y trasgreden.

El colectivo trasgresor dista de ser homogéneo al estar constituido por grupos diversos dentro de los cuales podemos identificar redes tradicionalmente asociadas al delito, como la prostitución o los juegos de apuestas; colectivos vulnerables, como los mendigos o indigentes; grupos marginalizados, como los jóvenes skaters, graffiteros o los vendedores ambulantes. En otras palabras, y según ha sido señalado por el Observatori del Sistema Penal de la Universitat de Barcelona (2005), son grupos y colectivos que pertenecen a los estratos más bajos de la sociedad. Es allí también donde se sitúa el grueso de las personas inmigrantes que por su condición de desventaja social se ubican en muchas de estas actividades ilícitas.

La imposición del civismo a golpe de sanción y la subjetivación del “otro/ciudadano”

Debido a su reciente habilitación en la ciudad de Barcelona, aún es muy pronto para evidenciar cómo las propuestas que emergen de la Ordenanza Cívica se objetivan y circulan cotidianamente. Sin embargo, este análisis ha permitido identificar ciertos discursos que atraviesan y articulan construcciones sociales y retóricas que, desde la propuesta de la Ordenanza, entran en contraposición con prácticas comunes entre los colectivos más desfavorecidos dentro de las ciudades contemporáneas.

La ciudadanía como construcción de identidad dentro de las democracias neoliberales actuales constituye un discurso fundamental que atraviesa el texto de la Ordenanza. Esta posición ideológica se vincula con la construcción de una narrativa de ciudadanía ligada a la noción de comunidad y de valores comunes compartidos. La preocupación por la disminución de una conciencia de comunidad supone la preexistencia de valores comunitarios y cívicos en el pasado, y justifica la pretensión de recuperarlos. En esta búsqueda se apela a un mecanismo de disciplinamiento, fuertemente desplegado en las sociedades contemporáneas, mediante la autovigilancia y la vigilancia del otro, límite de la comunidad deseada.

Entre las incongruencias fundamentales que es posible observar en la Ordenanza, aparece su “interés por fomentar y garantizar la convivencia ciudadana”, enfrentado al hecho de que su articulado legal se estructura con base en sanciones económicas y promueve la vigilancia del otro. El cuerpo de la Ordenanza Cívica en ningún momento especifica cuáles son las normas de conducta a seguir; tan sólo tipifica aquellas sancionables, y en la exposición de motivos se dedican pocas líneas al tema de la re-construcción del sentido de las normas culturales desde las cuales pueda generarse convivencia. La política ciudadana parece confundirse con una simple política disciplinaria.

Por otro lado, es posible señalar también una tensión entre las nociones de multiculturalidad y tradición: al tiempo que se reconoce a Barcelona como una ciudad cada vez más globalizada, la Ordenanza tiene como objetivo mantenerse “fiel al modelo que tan tradicionalmente Barcelona ha representado” (Ajuntament de Barcelona, 2005a, p. 8). Oscilar entre una Barcelona tradicional, que cierto grupo / colectivo desea mantener, y la Barcelona globalizada en proceso de transformación, como la mayoría de las grandes metrópolis, encierra una clara contradicción. Se podría prever que la Ordenanza no ofrecerá mayor sentido ni integración a los grupos considerados como “incívicos”, una vez que las referencias de su normalización intentan mantener a Barcelona dentro de un orden tradicional del que éstos no han hecho parte. La Ordenanza participa así de un proceso de producción de subjetividades: “otro”, “incívico”, “inmigrante”, que emergen como términos equiparables, como reversos de la identidad ciudadana. El texto fomenta objetivaciones y movimientos que se convierten en el ideal para formas de ser y estar en la ciudad, así como prohibiciones que parecen construir y acompañar al reverso incívico de la identidad deseada. Finalmente, es posible anticipar que con la sanción de diversas actividades colectivas, la utilización del espacio público se verá más orientada a la privatización y al control social, tal como ya lo ven en algunos lugares de la ciudad Gutiérrez et al. (2006). Esto excluirá de su uso a aquellos colectivos marginalizados que permanecerán en la frontera del “otro” no deseado.

 


1 Universidad Autònoma de Barcelona, Barcelona, España. Correos electrónicos: mariagisela2000@yahoo.es, liliana.vargas@javeriana.edu.co

2 Rose propone esta idea, particularmente para los órdenes democráticos europeos y norteamericanos (1998, pp. 7, 11).

3 En estos planteamientos encontramos coincidencias con los argumentos sobre la Ordenanza Cívica que hace el Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans de la Universitat de Barcelona (2005).

4 El resaltado es nuestro.

5 Aceptaremos aquí la propuesta de Rose (1998) para acercarse a una genealogía de la subjetivación contemporánea, a través de la mirada a los discursos que la producen, desde la pregunta por las teleologías, problematizaciones, estrategias, tecnologías, y autoridades que los sustentan. En este caso, se trata de la pregunta por las autoridades que, con claridad, emergen en esta primera parte del texto para construir la noción de ciudadanía que se discute más adelante.

6 Se acogen aquí las ideas de Potter y Wetherell (1987) en el sentido de movimientos en el discurso ligados a su orientación funcional; el discurso está diseñado para ser persuasivo.

7 La pregunta, frente a ciertas afirmaciones y entradas en el texto, puede ser la propuesta para el análisis de discurso : ¿Por qué aparece esta afirmación?, ¿qué está haciendo en el texto?, ¿qué está logrando aquí y ahora? (Wetherell, 2001, p. 17)

8 Siguiendo a Rose (1998, p. 16), es necesario preguntarse si es posible pensar en esa “noción de civismo compartida por todos”, o si más bien el discurso de la ciudadanía se convierte hoy en la nueva forma de ordenamiento de las poblaciones, que no operará desde la disciplina, sino desde mecanismos más sutiles, relacionados con la propuesta foucoltiana de autogobierno, tecnologías del yo, prácticas del sí mismo o del self.

9 Rose (1996) desarrolla esta idea de la siguiente manera: “En este campo general se hacen fundamentales las líneas divisorias, o prácticas divisorias que realizan distinciones entre afiliados y marginalizados; los afiliados son aquellos que se consideran incluidos, individuos y familias que logran los medios financieros, educativos y morales para desempeñar su rol de ciudadanos activos en comunidades responsables. El marginalizado, por el contrario, es aquel que no puede ser considerado afiliado a esta comunidad civilizada y cultural; se marginaliza al no lograr manejarse como sujeto de esta comunidad o también puede ser considerado como perteneciente a una anti comunidad, cuyo estilo de vida o comportamiento puede ser considerada una amenaza para la paz pública y el orden político” (p. 340).

10 Sería parte de una tecnología del yo, precisamente en la medida en que logra una “conducta de la conducta” a través de una variedad de esquemas de auto inspección, auto sospecha, auto vigilancia y auto construcción (Rose, 1998). La comunidad despliega estos mecanismos en el orden de lo social, asegurando la construcción y la vigilancia del límite, de la línea divisoria. Por tanto, no es casual la norma según la cual se propone el castigo de aquellos que no vigilen – señalen, a las personas que no cumplan las normativas de la Ordenanza, se trata del despliegue de la tecnología de autogobierno.


Referencias

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