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Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud

versão impressa ISSN 1692-715X

Rev.latinoam.cienc.soc.niñez juv vol.11 no.2 Manizales jul./dez. 2013

 

Segunda Sección: Estudios e Investigaciones

La evaluación educativa como dispositivo de constitución de sujetos*

Educational Evaluation as mechanism for constitution of the Subject

A avaliação educacional como dispositivo de constituição de sujeitos

Tomás Sánchez-Amaya

Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Bogotá, D. C., Colombia. Licenciado en Filosofía e Historia, Especialista en Educación y Filosofía Colombiana, Magíster en Filosofía Latinoamericana, Posdoctor en Narrativa y Ciencia de la Universidad Santo Tomás; Doctor en Ciencias Sociales, Niñez y Juventud, de la Universidad de Manizales y el Cinde. Docente de Planta de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Facultad de Ciencias y Educación, Coordinador Proyecto de Investigación y Extensión de Pedagogía (Paiep). Correos electrónicos: tas@etb.net.co; tosamay@gmail.com

Artículo recibido en agosto 22 de 2012; artículo aceptado en octubre 17 de 2012 (Eds.)


Resumen (analítico):

Este artículo constituye una analítica –interpretativa- basada en la genealogía de Foucault; tiene el propósito de mostrar que la evaluación se configuró en instrumento de constitución de sujetos, en virtud de que, a través de una amplia red de tecnologías y dispositivos, hace presencia en la sociedad y, de múltiples y sutiles formas, determina tenues diferenciaciones entre anormalidad y normalidad, aceptados y rechazados, buenos y malos, aptos e ineptos, lo que sirve y lo que no, lo que se debe aceptar y lo que se debe rechazar.

El ejercicio investigativo -mediado por el análisis de tres corpus documentales (normativos, teóricos, metateóricos,)- muestra diversas tipologías de sujetos: seleccionados, clasificados, certificados; conducidos, agenciados, gestionados; premiados o castigados; con derechos y obligaciones (a y de ser evaluados); sometidos perpetuamente a procedimientos de evaluación y examinación.

Este análisis evidencia cómo la evaluación, instalada en los sistemas educativos, funciona a través de una pluralidad de prácticas y discursos, como dispositivo de constitución de sujetos. La evaluación, a la manera de un nuevo panóptico, opera como herramienta para la homogeneización; para la vigilancia de los individuos, de las instituciones, de las poblaciones; para su regulación, su gestión, su normalización, su objetivación, su control, su dominio.

Palabras clave (Tesauro de Ciencias Sociales de la Unesco): Evaluación, evaluación educativa, poder, evaluación y control, evaluación y disciplina.


Abstract (analytical):

This article is an analytical – interpretative one based on Foucault's genealogy; it aims at showing that evaluation was configured into an instrument of constitution of subjects, due to the fact that, through an ample network of technologies and devices, it appears in society and, in multiple and subtle ways, it determines tenuous differentiations between abnormality and normality, what is accepted and refused, good and bad, apt and inept, what suits someone's purposes and what does not, what should be accepted and what should be refused.

The investigating exercise –mediated by the analysis of three documentary corpuses (normative, theoretical, meta-theoretical ones,) - shows various typologies of subjects: Selected, classified, certified; driven, procured, negotiated; awarded or punished; with rights and obligations (to evaluate and to be evaluated); submitted perpetually to procedures of evaluation and examination.

This analysis evidences how evaluation, installed in the educational systems, works through a plurality of practices and discourses, as a device for the constitution of subjects. The evaluation, in the manner of a new prison, operates as a tool for homogenization; for the surveillance of the individuals, the institutions, and the people; for their regulation, their management, their standardization, their objectification, their control, their domination.

Key word (Social Science Unesco Thesaurus): Evaluation, educational evaluation, power, evaluation and control, evaluation and discipline.


Resumo (analítico):

Este artigo apresenta uma análise-interpretativa baseada na genealogia de Foucault e tem o propósito de mostrar como a avaliação se configurou em um instrumento de constituição de sujeitos, em virtude de que através de uma ampla rede de dispositivos e tecnologias ela se faz presente na sociedade e, de múltiplas e sutis formas, determina tênues diferenciações entre anormalidade e normalidade, aceitos e recusados, bons e maus, aptos e inaptos; o que serve e o que não serve, o que se deve aceitar e o que se deve recusar. O exercício investigativo – mediado pela análise de três corpus documentais (normativos, teóricos e metateóricos) – mostra diversas tipologias de sujeitos: selecionados, classificados, certificados, conduzidos, agenciados, gestionados, premiados ou castigados; com direitos e obrigações (a de ser avaliado); submetidos perpetuamente a procedimentos de avaliação e exame. Esta análise evidencia como a avaliação instalada nos sistemas educativos, funciona através de uma pluralidade de práticas e discursos como dispositivos de constituição de sujeitos. A avaliação, à maneira de um novo panóptico opera como ferramenta para a homegeneização; para a vigilância dos indivíduos, das instituições, das populações, para sua regulação, sua gestão, sua normalização, sua objetificação, seu controle e seu domínio.

Palavras-chave (Tesauro de Ciências Sociais da Unesco): avaliação, avaliação educacional, poder, avaliação e controle, avaliação e disciplina.


1. Horizonte de la indagación

Siguiendo los desarrollos teóricos foucaultianos -etapa genealógica- sostengo que las tecnologías de normalización y las instancias disciplinarias lograron su cometido, gracias a las instituciones de encierro (familia, escuela, ejército, fábrica, hospital, cárcel, sociedad disciplinaria en general): la producción de sujetos homogéneos, normalizados, regularizados, evaluados, dóciles, obedientes, expuestos continuamente a diversos procedimientos de vigilancia y al control; permanentemente examinados. En este contexto, la evaluación como dispositivo generalizado en las sociedades modernas1, se constituyó en el mecanismo por excelencia de gestión y auto-gestión de sujetos tanto individuales como colectivos2. Las condiciones sociales y del aparato educativo están dadas; considerada allí la evaluación como una necesidad, el terreno se hace fértil para que los sujetos -y las colectividades- conscientes de la perpetua vigilancia y siendo objeto permanente de la visibilidad, se conviertan -para las instancias de poder- en presas fáciles de ser reguladas y manipuladas. La evaluación en sus diversas formas y modalidades constituye un mecanismo ideal, sutil y eficaz para el ejercicio del control y del auto-control; para la constitución de sujetos.

En este ámbito, la evaluación ha hecho presencia -mediante una amplia red de prácticas que de múltiples y sutiles formas determinan sendas diferenciaciones entre la anormalidad y la normalidad- entre los aceptados y los rechazados, entre los buenos y los malos, entre la inclusión y la exclusión, entre aptos e ineptos, entre lo que sirve y lo que no sirve, entre lo que se debe aceptar y lo que se debe rechazar. Continúa, efectivamente y de modo fundamental, operando a través de los exámenes masificados y estandarizados, o de los mecanismos -sutiles pero perversos- de selección, admisión y registro que discriminan -la utilidad o inutilidad- de los sujetos, de las colectividades, de las instituciones, de los procesos, de los programas, de las políticas, de los saberes, en fin, de todo aquello que cae bajo sus redes.

La evaluación etiqueta, formatea, prescribe, gestiona, conduce, cifra, administra, audita..., no solamente sujetos sino también objetos. Tanto los sujetos individuales como colectivos son, a lo largo de su vida, sometidos a una multiplicidad de prácticas evaluativas que los etiquetan, los formatean, los determinan, los gestionan; señalan sus avances y/o sus retrocesos, determinan su inclusión o exclusión. De igual manera funciona sobre una infinidad de objetos (instituciones, políticas, proyectos, programas, planes, procesos, estrategias, métodos, currículos, aprendizajes, acciones e interacciones, relaciones, locaciones, insumos...), dejando sentir su poder, al determinar su relevancia, su vigencia, su utilidad, su permanencia, su continuidad o su término.

Algunas problematizaciones orientadoras de esta pesquisa hacen relación con el tipo (o los tipos) de sujeto que la evaluación en el seno de la educación constituye: ¿qué forma de subjetividad producen las técnicas evaluativas y examinatorias?; ¿qué tipo de individualidad es constituida por esa pluralidad de formas y prácticas evaluativas presentes en la educación?; ¿son sujetos de sí (libres, autónomos...), o sujetos sujetados (manipulados, dóciles...) el producto de la evaluación?; ¿qué arquetipo de sujeto es aquél, conminado a toda una suerte de tecnologías, que lo introducen en un campo documental, que lo mantienen permanentemente visible, que lo constituyen objeto para el saber y carnada para el poder?

2. El método de la apuesta. Instancia de la subjetividad

La pesquisa constituye una analítica de la verdad sobre la evaluación. En la perspectiva de concretar las intencionalidades, se hace uso de una herramienta del arsenal teóricometodológico foucaultiano: una analítica interpretativa (Dreyfus & Rabinow, 2001) de las formas de subjetivación3 a fin de develar el funcionamiento de la evaluación, en tanto técnica para la constitución de sujetos.

Si bien, la caja de herramientas hace posible un recorrido histórico por la triada: saberpoder- subjetividad -relativa a la evaluación educativa-, no es de mi interés en este ejercicio investigativo, replicar la obra de Foucault, defender o rebatir sus posiciones teóricas, ser un foucaultiano consumado, sino como señalan Guyot, Marincevic y Becerra (1996, p. 16):

    (...) usarlo, como él mismo nos enseñó, bajo la presión de los problemas específicos, para saber si es posible construir una nueva política de verdad. Puesto que la única marca de reconocimiento que se puede testimoniar a un pensamiento [...] es precisamente utilizarlo, deformarlo, hacerlo chirriar, gritar, es que decidimos tomar lo heredado para hacerlo propio.

No obstante, el uso -o los usos- de Foucault supone ir y venir, transitar por su obra, acercarse o alejarse de ella, hacer diversas lecturas; implica a veces, como el mismo autor señala, traicionarlo.

La analítica interpretativa propuesta constituye una ontología histórica del presente, que pone en el centro del análisis la preocupación por la existencia individual y por el tiempo en el cual se juega la existencia de los sujetos que -en la perspectiva de esta indagación- son producidos y gestionados por la evaluación. Aquí realizo un inventario de modos como los sujetos, los objetos, los saberes, las instituciones, son agenciados y gestionados por la maquinaria pan-evaluativa y omni-examinatoria, y se analizan las tipologías de sujeto que producen.

Los análisis referidos a la subjetividad confrontan a los individuos con la historia de su propio presente, con las formas como paulatinamente pueden ir transitando diversos trayectos (de la sujeción a otros a la sujeción de sí mismos; con las condiciones para el paso de una instancia disciplinaria a otra de control, de un rol determinado de gestión a otro de autogestión, de una sociedad de disciplinamiento a otra de vigilancia perpetua). Con ello es posible constituir, como señala Martiarena (1995), una historia del presente, "de nuestra existencia, de nuestro ser, de nuestras verdades, de lo que hacemos con nosotros mismos y con los otros. De nosotros, en cuanto sujetos del presente: historia de nuestras subjetividad" (pp. 17-18).

La instancia práctica en la que se pone en escena la subjetividad se refiere al análisis de los modos en que la evaluación educativa opera sobre los sometidos (individuos o colectividades), para fabricarlos, moldearlos, manipularlos, agenciarlos, controlarlos, regularlos, seleccionarlos, excluirlos o promoverlos. Una lectura analítica de la historización de la evaluación pone de manifiesto una pluralidad de subjetividades, que son gestionadas por la maquinaria evaluativa y sus instancias de producción de saber y de poder.

A través del conjunto de prácticas examinatorias y evaluativas se expresan problematizaciones que condensan conocimientos, códigos y reglas; establecen disciplinas, producen realidades, señalan líneas de separación entre lo verdadero y lo falso; generan diversos tipos de saber y modos de funcionamiento del poder; en consecuencia, producen determinados tipos de sujeto. Por otra parte, la producción de los saberes va ligada a diversos juegos de poder y a procesos de su objetivación por parte de los sujetos; de modo que hacer una historia de los regímenes de la verdad -de la evaluación educativa- en el cual los sujetos se fabrican o gestionan, demanda hacer la historia de los enunciados que se producen, funcionan, circulan y se transforman en una sociedad determinada, pero también una historia de las formas en las que se constituyen las prácticas que se problematizan (Martiarena, 1995).

3. Analítica. Los sujetos: objetos de la evaluación

La evaluación re-produce los modos de subjetivación señalados atrás; por un lado, objetiviza a los sujetos, los vuelve presa suya (co-hetero-evaluación); por otra parte, permite a los sujetos trabajar sobre sí mismos, constituirse en sujetos de sí o sujetos morales (autoevaluación y auto-regulación). Las múltiples tecnologías de evaluación y examinación (prácticas evaluativas) que permiten la introducción de los sujetos en diversos campos enunciables, que los confinan en una amplia red de escritura, constituyen -a raíz de la sumatoria de tecnologías documentales, como señala Foucault (1976, p. 196) de cada individuo un caso, que es simultáneamente "un objeto para el conocimiento y una presa para el poder". Las prácticas evaluativas fabrican individuos expuestos a la configuración de un saber y sujetados a una trama de relaciones en las que opera, de disímiles modos, el poder.

Las técnicas de escritura permiten la emergencia y constitución de individuos como objetos descriptibles y analizables en su singularidad; la irrupción de un sistema de comparación permanente determina el lugar del individuo dentro de la masa. La cifrabilidad de cada individuo a través de la evaluación y del examen, es la condición de posibilidad para la objetivación del mismo, para constituirlo en un caso particular, en torno del cual operan diversas tácticas de poder, gestión y control. El dispositivo evaluación descubre, revela, describe..., completamente a los individuos, los expone ante su propia desnudez; exhibe al sujeto "tal como se le puede describir, juzgar, medir, comparar a otros y esto en su individualidad misma" (Foucault, p. 196); la máquina examinatoria y evaluativa determina y señala al individuo "cuya conducta hay que encauzar o corregir, a quien hay que clasificar, normalizar, excluir" (p. 196).

El análisis de algunas formas de evaluación presentes en la educación, señala diversas tipologías de sujetos constituidos por aquellas: unos sujetos dóciles y útiles; unos sujetos conducidos por otros; unos sujetos perpetuamente vigilados; unos cuerpos objetivados e individualizados (que se conocen para utilizarlos mejor); unos individuos registrados y documentalizados, sometidos al poder y al saber; unos individuos homogeneizados, indiferenciados, sin identidad y reducidos a una escueta cifra; unos individuos normales, otros a-normales cuya conducta debe encauzarse o corregirse; unos sujetos clasificados, seriados y confinados en lugares específicos; unos conglomerados masificados, alienados, que solo se ocupan o preocupan por responder a las exigencias del mecanismo examinador. Unos individuos controlados, dominados y sometidos; unos sujetos que a fuerza de auto-percibirse -perpetuamente doblegados por tecnologías disciplinarias-, constituyen códigos de fácil control y regulación.

    El examen como fijación a la vez ritual y "científica" de las diferencias individuales, como adscripción de cada cual al rótulo de su propia singularidad [...] indica la aparición de una modalidad nueva de poder en la que cada cual recibe como estatuto su propia individualidad, y en la que es estatutariamente vinculado a los rasgos, las medidas, los desvíos, las "notas" que lo caracterizan y hacen de él, de todos modos, un "caso" (Foucault, 1976, pp. 196-197).

La evaluación, acompañada de todos sus artefactos y pomposidad, individualiza, conmina al sujeto evaluado a una confrontación consigo mismo, con los demás (otros sujetos evaluados y evaluadores), con las instituciones y con la sociedad en su conjunto; no solamente en relación con su saber, sino con el poder y, en últimas, con su subjetividad. En este sentido, sostengo que la evaluación es un dispositivo que permite la constitución de individuos; más cuando desde diversas perspectivas se considera como práctica de control-sanción, o como una problemática inherente (natural, normal y necesaria) a la acción educativa.

En lo que sigue se describen algunas modalidades (flexibles e interrelacionadas) de sujetos, que la evaluación prescribe y produce. Las categorías abarcan individuos, colectividades, instituciones, poblaciones, sobre las que -de múltiples maneras, por diversos motivos, en diferentes tiempos y lugares- se aplica una pluralidad de mecanismos evaluativos. La categorización que no pretende ser exhaustiva, tampoco rígida, por cuanto no es posible identificar límites precisos entre unos conceptos y otros, se elabora a partir de la panorámica histórica emergente del análisis de diversas piezas documentales que describen prácticas y discursos evaluativos.

Sujetos seleccionados, clasificados, certificados

Existe una amplia referencia -en materia de normatividad- en la que se identifican múltiples tipologías de sujetos, compelidos a procesos de inclusión o exclusión, rechazados o aceptados, admitidos o aprobados, ratificados o denegados, alabados o censurados. Unos sujetos y/o colectividades seleccionados mediante mecanismos de examinación individual o colectiva que permiten incluir a los normales, excluir o eliminar a los inaptos; unos elementos rechazados por un aparato educativo normalizado y normalizador, que tentativamente pueden ser recuperados para otras tareas específicas más apropiadas; unos sujetos aprobados o reprobados por la sentencia de determinados tribunales, como por ejemplo, en las sesiones examinatorias solemnes realizadas en los estudios generales, o en los modernos concursos para proveer cargos públicos.

Unos individuos ratificados (incluidos), otros rechazados, de diferentes instancias o procedimientos, en virtud de los resultados de las prácticas examinatorias, que conducen a la toma de decisiones y que funcionan como mecanismos de permanencia o de exclusión; estudiantes aprobados o censurados como consecuencia de sus resultados académicos. Sobre este respecto, la Ley General de Educación (Ley 115) prescribe lo relacionado con la adopción de los manuales de convivencia por las instituciones educativas, que definen los derechos y las obligaciones de los estudiantes y las estudiantes, lo mismo que las condiciones de permanencia y los procedimientos de exclusión (Congreso de la República de Colombia, 1994, artículos 87, 96).

Sujetos clasificados (incluidos o excluidos) de la formación universitaria o profesional, a través de exámenes de ingreso a la educación superior. Estudiantes promovidos a grados, niveles o rangos superiores, graduados o diplomados, por mediación de la evaluación y su instrumental, al término y aprobación de los mínimos comunes demandados. En este sentido, por ejemplo, una norma referida a los programas de bachillerato de los años sesenta (Decreto 045, Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1962) que determina dos siclos de estudio-, señala que al término de los ciclos, quienes los hayan cursado y aprobado, recibirán una certificación de aprobación o el título de bachiller, respectivamente. Este último es requisito para ingreso a la educación superior.

Individuos puntuados, cifrados, jerarquizados; signados por diversos calificativos, en virtud de su rendimiento o de su conducta: pésimos, muy malos, malos, regulares, buenos, muy buenos; excelentes, buenos, aceptables, insuficientes: sujetos conducidos, moldeados, manipulados..., cuya conducta puede valorarse como pésima, mala, regular, buena, ejemplar.

Sujetos habilitados, validados, convalidados y aprobados, caracterizados, por ejemplo, por el Decreto 3300 (Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1960, Artículo 1): "Los alumnos de los establecimientos de educación secundaria han aprobado el curso cuando en los exámenes finales, computadas las previas del caso, obtengan en todas y en cada una de las asignaturas una calificación mínima de tres (3)". Cuatro décadas después de la prescripción realizada por este Decreto, en 1993 se reglamenta que el Instituto Colombiano de Fomento para la Educación Superior-Icfes, a través del Sistema Nacional de Pruebas-SNP, certificará a los individuos que se hayan sometido a exámenes de validación (Decreto 2225, Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1993).

Individuos especiales (casos persistentes de superación o insuficiencia en la consecución de los logros) de cuya evaluación, promoción o reprobación, se ocuparán las comisiones de evaluación, que tienen a su cargo la emisión de dictámenes finiquitorios, tras el cumplimiento de actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar las deficiencias (Congreso de la República de Colombia, 1994, Artículo 50). Sujetos promovidos ante los elevados índices de repitencia y deserción que presenta el aparato educativo nacional, a través de la adopción (obligante y obligatoria) del sistema de promoción automática, mecanismo por medio del cual, según el Decreto 1469,

    (...) después de un seguimiento permanente de evaluación escolar, todo niño que cursa un grado en el nivel de educación básica primaria, es promovido al grado siguiente al finalizar el año lectivo o antes, si sus capacidades y logros se lo permiten (Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1987, Artículo 2, literal b).

Seres humanos certificados, promovidos y diplomados, a quienes, por medio del título académico, se hace reconocimiento público de haber recibido una formación en la educación por niveles y grados y acumulado unos saberes definidos por las instituciones educativas (Congreso de la República de Colombia, 1994, Artículo 97); y, tras demostrar, por medio de la rendición satisfactoria de pruebas de conocimientos, la adquisición de unos mínimos determinados de enseñanza.

Unos sujetos recuperados -quienes no hubieren logrado los objetivos propuestosque deben suscribirse a planes desarrollados permanentemente por el maestro o maestra, en torno a actividades de recuperación; dicho plan, según el Decreto 1469, "debe ser coordinado y evaluado con el director, rector del plantel, o quien haga sus veces" (Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1987, Artículo 3). Individuos sometidos, seleccionados y admitidos, pero a quienes se condiciona la permanencia y promoción a través de la exigencia, el rigor académico y el interés profesional.

Individuos conducidos, agenciados, gestionados

Como la seriación anterior, otro conjunto de documentos describen individuos y/o poblaciones, conducidos a la asunción de determinados roles, funciones, oficios o profesiones, a causa de sus aptitudes o ineptitudes, sus habilidades o inhabilidades, sus capacidades o incapacidades.

Sujetos monitoreados permanentemente a través de las tecnologías examinatorias y evaluativas de control y regulación, o a través del ejercicio de la inspección y de la vigilancia escolar; unos sujetos reconocidos (estudiantes por su saber, maestros o maestras y directivos por su labor), y unas instituciones avaladas en virtud de su funcionamiento. Estudiantes homogeneizados, unificados, normalizados, regularizados..., sometidos a las mismas prácticas evaluativas, desconociendo, en todo caso, circunstancias, intereses, necesidades, expectativas y objetivos individuales.

Sujetos dóciles, regulados y sometidos a través de la evaluación, entendida como "el proceso por medio del cual la institución educativa obtiene evidencia de que está cumpliendo sus finalidades y formando buenos ciudadanos y profesionales" (Decreto 1955, Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1963). Sujetos supervigilados y regulados a través de mecanismos de evaluación e indicadores de seguimiento, ajustados a normas y estándares nacionales e internacionales y a la usanza de sistemas educativos avanzados (Aldana et al., 1996).

Otros sujetos concretos, individuales e individualizados a quienes se reconoce singularidades y diferencias en los ritmos de aprendizaje, y que logran "avanzar en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales" (Decreto 1860, Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1994, Artículo 52). Unos seres humanos integrales, en fin, gestionados a través de procedimientos evaluativos (dinámicos, permanentes, holísticos) que se ocupan de todo quehacer pedagógico y que atienden a las diferentes dimensiones del desarrollo individual. Unos ciudadanos libres y creativos, autónomos e innovadores, que permiten la consolidación de una sociedad democrática y plural, abierta a la economía global e inserta en la cultura contemporánea.

Sujetos premiados o castigados

Niños y niñas expuestos a la picota pública ante la comunidad, las autoridades municipales y los jueces educativos, los inspectores o la Junta Municipal de Instrucción Pública, que deben dar cuenta de su saber, por medio de ejercicios de composición, planas y muestras de dibujo (ejecutados a lo largo del periodo escolar).

La Ley 115 determina unos incentivos y gratificaciones para los estudiantes y las estudiantes que obtengan los mejores puntajes en los exámenes de Estado; así por ejemplo, a los cincuenta estudiantes que anualmente obtengan los puntajes más altos en los exámenes realizados por el Icfes, "se les garantizará el ingreso a programas de educación superior en instituciones del Estado. De igual beneficio gozarán los estudiantes de último grado de educación media que ocupen los dos primeros lugares en cada uno de los departamentos, según las mismas pruebas" (Congreso de la República de Colombia, 1994, Artículo 97).

Una lectura semejante -de premios y gratificaciones- puede hacerse de los Exámenes de Calidad de la Educación Superior (Ecaes), toda vez que el Decreto 1781 (Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 2003) prescribe, para los diez mejores puntajes, el reconocimiento público y la preferencia para la concesión de créditos o becas para estudios de posgrado; asimismo, a los estudiantes o las estudiantes que obtengan los cinco primeros puntajes se les garantizará el ingreso a cualquier programa de posgrado, en instituciones estatales, durante los dos años siguientes a la terminación de los estudios de pregrado, sin pruebas adicionales de carácter académico sobre áreas ya evaluadas por el examen de Estado, siempre que se cumpla con las exigencias institucionales.

Tanto como los estudiantes y las estudiantes, los maestros y maestras son ahora sujetos expuestos de manera permanente a los rituales evaluativos que operan como prácticas sancionatorias (inclusivas o exclusivas). La ley 115, respecto de la evaluación docente señala: "los educadores presentarán un examen de idoneidad académica en el área de su especialidad docente y de actualización pedagógica y profesional, cada seis años" (Congreso de la República de Colombia, 1994, Artículo 81); si el examen no es aprobado, en el lapso de un año tendrá derecho a la presentación de una nueva prueba; si en este segundo examen el educador o educadora no obtiene el puntaje aprobatorio "incurrirá en causal de ineficiencia profesional y será sancionado de conformidad con el estatuto docente"4.

Sujetos de derecho y con obligaciones (a ser y de ser evaluados)

En relación con la evaluación como derecho y obligación, la Ley General prescribe que el Estado, la sociedad, las instituciones, la familia, pueden y deben desempeñar funciones de vigilancia de la calidad y mejoramiento de la educación; por lo cual, han de velar por "la cualificación y formación de los educadores, la promoción docente, los recursos y métodos educativos, la innovación e investigación educativa, la orientación educativa y profesional, la inspección y evaluación del proceso educativo" (Congreso de la República de Colombia, 1994, Artículo 4). Asimismo, las normativas específicas que reglamentan lo relativo a las relaciones entre los estudiantes y las instituciones (manuales de convivencia, reglamentos y estatutos estudiantiles) prescriben la evaluación como derecho y como obligación de los agentes educativos5.

Individuos sometidos perpetuamente a procedimientos de evaluación y examinación

Estudiantes interrogados, indagados, descifrados..., por sendos jurados, sancionados o gratificados, en últimas, por los resultados de las prácticas examinatorias y evaluativas (orales o escritas); individuos sometidos a los rigores de la examinación y la vigilancia a través de los mecanismos evaluativos y sus prácticas de observación.

Sujetos confinados permanentemente a procedimientos evaluativos, toda vez que diversas normativas prescriben que para tener derecho a la presentación de los exámenes finales, los estudiantes y las estudiantes deben contar con un determinado número de calificaciones previas, según la distribución del cronograma académico y la asistencia obligatoria a un porcentaje determinado de actividades (Decreto 045, Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1962, Artículo 19); sujetos sometidos, por mediación del maestro o maestra, a un estado permanente de evaluación de su desarrollo, confrontado con los logros esperados en cada área y grado, de conformidad con los programas curriculares vigentes.

Unos sujetos atravesados por procedimientos de registro, escritura y control, que los hace objetos para el saber y presas para el poder, toda vez que se normaliza el "registro del desenvolvimiento del niño en la actividad escolar" (Artículo 21), mediante la adopción obligatoria de libretas escolares individuales de calificación y boletines informativos, en los que se registran calificaciones, observaciones sobre asistencia, comportamiento y esfuerzo, para información regular de los padres de familia o acudientes6.

Individuos analizados, detallados..., a quienes se les ha determinado las causas del orden o desorden intelectual, emocional, social o afectivo, que facilitan o dificultan el progreso académico normal. Unos sujetos que han acumulado un acervo de conocimientos y un conjunto de habilidades y destrezas (en diversas áreas de conocimiento), comprobadas por conducto de mecanismos de evaluación y promoción, que finalmente, en perspectiva de la promoción, habrían de ser reconocidas como cursadas y aprobadas. O unos alumnos y alumnas deficientes (en competencias básicas, en dominio de lectura y escritura y en el desarrollo del pensamiento lógico-matemático), según los resultados del estudio desarrollado por el Sistema Nacional de Evaluación de la Calidad con los grados tercero y quinto (Aldana et al., 1996).

Sujetos (estudiantes, educadoras y educadores, madres y padres de familia o acudientes, egresados y egresadas, personal directivo docente y administradores o administradoras escolares), que participan, según su competencia, en los procedimientos de diseño, ejecución y evaluación del PEI, y en la buena marcha de los planteles educativos, según lo refiere la Ley 115 de 1994 (Congreso de Colombia, 1994, Artículo 6). Sujetos cualificados que constituyen diagramas de saber y de poder al interior de las instituciones educativas (Decreto 272, Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1998).

La tipología de sujetos descritos en las categorías anteriores, dicen relación con el estamento estudiantil, sujeto-objeto primario de los procedimientos evaluativos y de examinación; sin embargo, el curso de la historia ha atestiguado el ingreso de otros sujetos, de objetos y de cosas, a la red omniabarcante de las técnicas evaluativas: los sujetos otrora evaluadores (maestros y maestras, personal directivo y administrativos, inspectores e inspectoras, supervisoras y supervisores, etc.), se constituyen ahora en objetos perpetuos de estas prácticas.

Los directivos docentes de instituciones estatales o privadas son conminados a evaluación permanente. Según la Ley 715 de 2001,

    El desempeño de los rectores y directores será evaluado anualmente por el departamento, distrito o municipio, atendiendo el reglamento que para tal fin expida el Gobierno. La no aprobación de la evaluación en dos años consecutivos implica el retiro del cargo y el regreso al ejercicio de la docencia en el grado y con la asignación salarial que le corresponda en el escalafón (Congreso de la República de Colombia, 2001, Artículo 10, Parágrafo Único).

Habiendo hecho presa de los sujetos y de las acciones operadas en la forma escuela, la evaluación extiende sus redes sobre otras instancias relativas a la educación: las instituciones, con el objeto de determinarlas, gestionarlas, regularlas, controlarlas, vigilarlas, agenciarlas, etc., para constituir sobre ellas un saber, para ejercer un poder y para hacerlas entrar en un campo de relaciones en el que se juegan su existencia y su presencia.

Un amplio corpus normativo demanda que la institución educativa sea permanentemente sometida a procedimientos de evaluación, con el objeto de obtener información que contribuya a la autoevaluación, a su actualización permanente y al sostenimiento de los mejores y más elevados índices de calidad7. Las instituciones son, a través de diversas evaluaciones:

puntuadas, clasificadas, aprobadas, reprobadas, certificadas, descertificadas, acreditadas, desacreditadas, reconocidas, categorizadas, etc.

A manera de ejemplo, la Ley 115 prescribe que "las instituciones educativas cuya evaluación esté en el rango de excelencia, serán objeto de estímulos especiales por parte de la nación y las que obtengan resultados negativos, deberán formular un plan remedial" (Congreso de la República de Colombia, 1994, Artículo 84); por otra parte refiere que las instituciones con Proyecto Educativo Institucional -PEI-, valorado como excelente "serán estimuladas e incentivadas para la investigación y la cualificación de las innovaciones educativas (Artículo 73). El Decreto 1781 (Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 2003) prescribe que las instituciones de educación superior, cuyos estudiantes obtengan, en los exámenes de calidad, resultados clasificados en los tres primeros puestos, serán públicamente reconocidas8.

4. A modo de conclusión

Todo lo anteriormente referido da cuenta de la instalación de una cultura generalizada de la evaluación que persigue el monitoreo permanente de la acción educativa, de los actores, de los escenarios, de los procesos, de los saberes y de las relaciones que se tejen entre todas estas instancias, en el seno de la educación misma y de la sociedad.

Sujetos, objetos, saberes y poderes son gestionados, producidos, moldeados, regulados, cifrados, seriados, señalados..., por la evaluación, en una diversidad de modalidades. Todo aquello que sea objeto de la acción o de la omisión de los individuos, de las instituciones, de las poblaciones, individualmente o en su conjunto, debe pasar hoy por la criba maleable, permeable, sutil, pero permanente y siempre presente, de la evaluación y sus rituales. Habría que decir tanto de la evaluación cuanto del examen, aquello señalado por Foucault en su análisis de las tecnologías disciplinarias, que estos dispositivos (evaluativos y examinatorios) con sus redes extendidas a lo largo y ancho de todo el entramado social, se hallan en el centro de los procedimientos que constituyen el individuo como objeto y efecto del poder, como efecto y objeto de saber. La evaluación con todo su protocolo y su pomposidad, es aquel instrumental que "... combinando vigilancia jerárquica y sanción normalizadora, garantiza las grandes funciones disciplinarias de distribución y de clasificación, de extracción máxima de las fuerzas y del tiempo, de acumulación genética continua, de composición óptima de las aptitudes"; con su injerencia y su perpetua presencia en la sociedad, constituye un moderno mecanismo para la "... fabricación de la individualidad: celular, orgánica, genética y combinatoria"; a través de la evaluación "se ritualizan esas disciplinas que son una modalidad de poder para el que la diferencia individual es pertinente" (Foucault, 1976, p. 197).

En el seno de la educación, o fuera de ella, la enjambrazón de la evaluación con sus innumerables tentáculos ha hecho presa no solamente de sujetos, sino de objetos y de instituciones. Todas las instancias relativas o correlativas a la educación, han caído bajo el dominio de un nuevo emperador que opera de múltiples formas; la evaluación, a la manera de un nuevo Procusto, se constituye en la mejor herramienta para la homogeneización, para la vigilancia de los individuos, de las instituciones, de las poblaciones; para la igualación y la unificación de los sujetos; para su regulación, su gestión, su normalización, su objetivación, su control, su dominio. La maquinaria panevaluativa se ha convertido en un dispositivo que permite ver y saber lo que se ve y se sabe (o lo que no se quiere ver y saber); aquella determina lo que se es, lo que se dice, lo que se hace. Por su mediación se hace visible lo no visible, enunciable lo no dicho; es aquel mecanismo que, como señala Deleuze (1986), permite "ver lo que no es visible porque está demasiado en la superficie de las cosas".

Los innumerables dispositivos de evaluación constituyen un sistema refinado y sutil de gestión, porque dada su omnipresencia, operan como máquinas de perpetua vigilancia, de control, de seriación, de disociación; funcionan como un moderno panóptico en el cual no importa quién ejerce el poder, la disciplina o el control. La actual maquinaria evaluativa que desempeña la función de conducir las conductas, de medirlas, cualificarlas, direccionarlas..., posibilita la objetivación y la subjetivación de los individuos, los fabrica, permite su constitución.


Notas:

* Artículo de investigación científica y tecnológica. (Área de conocimiento: Educación; subárea de conocimiento: Planeamiento y evaluación educacional). Emergente del trabajo doctoral: "Aproximación a un estudio genealógico de la evaluación educativa en Colombia, segunda mitad del siglo XX", (Sánchez, 2008), que profundiza el epílogo, sobre el uso de la evaluación como mecanismo de agenciamiento de sujetos. Este artículo se orientó a satisfacer las exigencias investigativas del programa de formación posdoctoral en Narrativa y Ciencia (agosto de 2010 - mayo de 2012) ofrecido por la Universidad Santo Tomás - Bogotá, en convenio con la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina).

1 Entiendo por dispositivo, coincidiendo con Castro (2004, pp. 98- 99), "la red de relaciones que se pueden establecer entre elementos heterogéneos: discursos, instituciones, arquitectura, reglamentos, leyes, medidas administrativas, enunciados científicos, proposiciones filosóficas, morales, filantrópicas, lo dicho y lo nodicho", referido en este caso a la evaluación, en tanto mecanismo de constitución de sujetos. Albano (2006, p. 83), sostiene que el dispositivo es "el conjunto de todas aquellas instancias extra-discursivas que emergen a partir de un cierto régimen de concomitancia y proximidad con el discurso que las condiciona y de las cuales depende su funcionamiento [...] El dispositivo puede ser asimilado al concepto de mecanismos [técnica o tecnología] en el sentido de una cierta regularidad de funcionamiento, y asimismo al concepto de "aparato", en el sentido de una mediación instrumental necesaria que hace posible la práctica y el ejercicio de un discurso determinado". Estas caracterizaciones del dispositivo (aparato, mecanismo, técnica, tecnología) pueden verse operando de múltiples modos, en el ámbito educativo y social, a través de la evaluación (sus discursos y sus prácticas).

2 Piénsese, por ejemplo, en las diversas prácticas evaluativas que funcionan en los procesos educativos, y en la variedad de pruebas masificadas aplicadas a masas estudiantiles (Nacionales: Saber 5, 9, 11, PRO; evaluaciones internacionales: Estudio Internacional de Tendencias en Matemática y Ciencias [Timss], Segundo Estudio Regional Comparativo y Explicativo [Serce], Programa Internacional de Evaluación de Estudiantes [Pisa], Estudio Internacional de Cívica y Ciudadanía [Iccs], Estudio Internacional del Progreso en Competencia Lectora [Pirls]).

3 Entiendo por subjetivación las formas como el sujeto es constituido (por otros sujetos, saberes, poderes) o se constituye a sí mismo (en tanto sujeto de sí). Según Foucault (2005), pueden identificarse dos sentidos de los modos de subjetivación: el primero se refiere a los "modos de objetivación del sujeto, es decir, modos en que el sujeto aparece como objeto de una determinada relación de conocimiento y de poder". En el primer sentido, para este ejercicio analítico, deben considerarse las relaciones de los sujetos con la evaluación: los sujetos, al ser evaluados, se convierten en objeto de evaluación; son de diversos modos sometidos a ella; tienen unas condiciones determinadas bajo las cuales se pueden convertir en objetos de saber y en presa para el poder (hay un saber sobre la evaluación referido a los sujetos y que responde, en términos generales, a una de las grandes cuestiones de la evaluación: ¿a quién se evalúa?). La segunda forma de subjetivación es aquella mediante la cual el sujeto se constituye como sujeto moral, a través de diversos modos de actuar sobre sí mismo. "En estas últimas formas morales se acentúa el elemento dinámico de los modos de subjetivación: las formas de relación consigo mismo, los procedimientos y las técnicas mediante las cuales se elabora esta relación, los ejercicios por medio de los cuales el sujeto se constituye como objeto de conocimiento, las prácticas que le permiten al sujeto transformar su propio ser" (Castro, 2004, pp. 332-333). Considero que los procedimientos de autoevaluación y autorregulación son dispositivos para la constitución de subjetividades morales; pero dado que su análisis desborda los propósitos de este ejercicio, esta problemática será objeto de indagación posterior.

4 Estas prácticas permiten asimismo, evaluar la gestión docente, mediante los exámenes de idoneidad académica y actualización pedagógica en su respectiva especialidad. Diversas reglamentaciones acerca del ejercicio de la docencia en planteles de enseñanza primaria y secundaria del país, determinan las condiciones de ingreso, promoción, suspensión, exclusión y otras sanciones. Igual predicación puede hacerse del Estatuto Docente Nacional (Decreto 1278, Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 2002) y de normativas institucionales que prescriben los regímenes docentes, por ejemplo: Universidad Santo Tomás (2004b, 2004a); Universidad Distrital Francisco José de Caldas (2002, 2007).

5 Los manuales de convivencia de instituciones educativas de diversos niveles, enuncian la evaluación como derecho u obligación; algunos ejemplos al respecto: Colegio Agustiniano Tagaste (Bogotá, 2010), Colegio Gimnasio Camelot (Bogotá, 2008), Colegio de Nuestra Señora del Rosario (Bogotá, 2008), Colegio Salesiano Maldonado (Tunja, 2009) y Colegio José Allamano (Bogotá, 2008). Estas normativas regulan la conducta, los modos de ser y estar de cada comunidad académica. En el ámbito de la educación superior, lo mismo puede colegirse de las normativas que prescriben los regímenes académicos y disciplinarios de los estudiantes, por ejemplo: Universidad Distrital Francisco José de Caldas (1993; 2011); Universidad Santo Tomás (2005).

6 El Decreto 1469 ordena que: "Al finalizar el año lectivo los docentes, con fundamento en los informes periódicos, presentarán un informe final sobre los procesos de desarrollo de cada uno de los alumnos, de conformidad con una escala conceptual de calificaciones, donde se especifique el grado terminado y el (las) áreas que requieran refuerzo en el siguiente grado" (Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1987, Artículo 3).

7 En diversos momentos de la historia de la educación, las instituciones han hecho presencia en el discurso y en las prácticas evaluativas: así por ejemplo: -es responsabilidad de la dirección de las instituciones "establecer el plan de evaluación institucional en aspectos organizacionales y administrativos, pedagógicos y de desarrollo del alumno" (Decreto-Ley 088, Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 1976,); -se reconoce, por mediación de la autonomía institucional, como una tarea propia y permanente de las instituciones de educación superior, la autoevaluación institucional, como parte de los procesos de acreditación (Ley 30, Congreso de la República de Colombia, 1992,); -todas las instituciones educativas deben hacer valuación institucional anual, con el objeto de mejorar la calidad del servicio que imparte; esta evaluación debe incluir a todo el personal docente y administrativo, a los recursos pedagógicos, a la infraestructura física (Ley 115, Congreso de la República de Colombia, 1994, Artículo 84); -El Decreto 230 (Presidencia de la República-Ministerio de Educación Nacional, 2002), demanda también la práctica de la evaluación institucional (bajo la modalidad de autoevaluación o de evaluación externa), con el objeto de determinar si se han alcanzado los objetivos y las metas de calidad académica propuestas en su PEI y proponer correctivos necesarios y planes de mejoramiento.

8 Del mismo modo que es gestionada y promovida la institución educativa, puede ser sancionada y excluida, si no cumple con los requisitos exigidos por las normas. La Ley General de Educación señala: "Las instituciones que presenten resultados deficientes deben recibir apoyo para mejorar los procesos y la prestación del servicio. Aquellas cuyas deficiencias se deriven de factores internos que impliquen negligencias y/o responsabilidad darán lugar a sanciones por parte de la autoridad administrativa competente" (Congreso de la República de Colombia, 1994, Artículo 80).


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    Referencia para citar este artículo: Sánchez-Amaya, T. (2013). La evaluación educativa como dispositivo de constitución de sujetos. Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud, 11 (2), pp. 755-767.