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Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud

Print version ISSN 1692-715XOn-line version ISSN 2027-7679

Rev.latinoam.cienc.soc.niñez juv vol.20 no.3 Manizales Sep./Dec. 2022  Epub Feb 06, 2023

https://doi.org/10.11600/rlcsnj.20.3.4902 

Estudios e Investigaciones

Migración y políticas públicas: infancia y adolescencia migrante venezolana en Medellín*

Migration and public policies: Venezuelan migrant childhood and adolescence in Medellín

Migração e políticas públicas. Infância e adolescência de migrantes venezuelanos em Medellín

Mg. Alejandra León-Rojas1 

1 Universidad de Antioquia, Colombia. Filósofa. Magíster en Gobierno y Políticas Públicas. Integrante del grupo de investigación en Filosofía Política, Instituto de Filosofía, Universidad de Antioquia (Medellín, Colombia). 0000-0003-2016-6529. H5: 3. Correo electrónico: alejandra.leonrr@udea.edu.co


Resumen (analítico)

El artículo cuestiona si la política pública de infancia y adolescencia de Medellín tomó en consideración el contexto migratorio venezolano al momento de su actualización. Esto, por los desafíos que implica para gobiernos locales la atención de población migrante, especialmente, niños, niñas y adolescentes y el papel de las políticas públicas en los procesos de atención e integración social. A partir del análisis de los acuerdos de política pública (Acuerdo derogado 86 de 2006 y Acuerdo actualizado 143 de 2019) se determinó que esta atención se orientó hacia el restablecimiento de derechos, bajo el enfoque social del riesgo sobre el que estaba enmarcada la política pública antes de ser derogada; luego de su actualización, en la incorporación del enfoque diferencial a los niños, niñas y adolescentes migrantes.

Palabras clave: Migración; infancia; adolescencia; política pública. Tesauro de Ciencias Sociales de la Unesco

Abstract (analytical)

This article questions whether Medellin's public policy for children and adolescents took into ac-count the context of Venezuelan migration when it was updated. This is an important issue because of the challenges posed for local governments in relation to migrants, especially children and ado-lescents, and the role of public policies in providing assistance and social integration to this population. Based on the analysis of the Public Policy Agreements - Repealed Agreement 86 of 2006 and Updated Agreement 143 of 2019 - it was identified that the provision of assistance for migrant children and adolescents was focused on the restoration of rights. This assistance was based on a social approach to risk in the repealed public policy and following its updating now depends on the incorporation of the differential approach with a specific focus on migrant children and adolescents.

Keywords: Migration; childhood; adolescence; public policy

Resumo (analítico)

O artigo questiona se a política pública de crianças e adolescentes de Medellín levou em conta o contexto migratório venezuelano no momento de sua atualização. Isso, devido aos desafios coloca-dos aos governos locais pelo cuidado dos migrantes, especialmente crianças e adolescentes, e pelo papel das políticas públicas nos processos de atenção e integração social. Com base na análise dos Acordos de Políticas Públicas -Re revogou 86 de 2006 e o Acordo Atualizado 143 de 2019- O arti-go conclui que o cuidado com crianças e adolescentes migrantes foi voltado para a restauração de direitos, sob a abordagem social do risco sobre o qual a política pública foi enquadrada antes de ser revogada. Após sua atualização, foi explicitamente notada na incorporação da abordagem diferen-cial às crianças e adolescentes migrantes.

Palavras-chave: Migração; infância; adolescência; política pública

Introducción

Insertas en el corazón de las relaciones internacionales, las migraciones son uno de los fenómenos más desafiantes en la actualidad (Castro, 2016). «La dimensión masiva del fenómeno, causada por razones, más que nunca, terriblemente vitales» (Ferrajoli, 2019, p. 183) da cuenta de que, más allá de una emergencia, se trata de «un hecho estructural e imparable, que ya implica a cientos de millones de personas» (Ferrajoli, 2019, p. 184). Las desigualdades globales, el cambio climático y su relación con los desastres naturales, las guerras, la hambruna y las persecuciones no solo demuestran la diversificación de los procesos de movilidad humana, sino, también, la necesidad de asumir posturas más acordes con la visión de un mundo en movimiento. Ciertamente, ninguna sociedad se encuentra preparada para los escenarios que imponen los desplazamientos masivos de personas. Esto ha sido evidente durante las crisis migratorias que afectan al hemisferio norte, donde la Unión Europea y sus Estados miembros, así como Estados Unidos, han creado políticas migratorias de urgencia, cuyo carácter reactivo le resta visión respecto a la migración legal (Lirola & Fernández, 2016).

En América Latina, el éxodo venezolano le ha planteado a la región grandes retos en materia migratoria, pues confronta sus posturas más reformistas sobre la migración con la implementación de enfoques restrictivos que se suman a la tendencia global de entender las migraciones como un problema (Domenech, 2013). En el caso de Colombia, la migración venezolana ha implicado un cambio de perspectiva y de estrategia en su política migratoria. Lo anterior, especialmente, porque, durante décadas, el país no fue atractivo para grandes olas migratorias y, por tanto, carecía de un marco legal actualizado a las nuevas complejidades que imponen contextos como estos (Ramos & Rodríguez, 2019). La respuesta del Estado colombiano se ha centrado, en principio y, al igual que otros países que enfrentan presiones migratorias similares, en medidas de emergencia: «acciones humanitarias y de regularización de la población» (Consejo Nacional de Política Económica y Social, 2018, p. 28). Sin embargo, dada la magnitud del fenómeno de desplazamiento de ciudadanos venezolanos y de colombianos retornados, Colombia se ha centrado en desarrollar una estrategia a mediano plazo que le permita atender las necesidades de esta población -ya sea que quieran establecerse en el país de manera temporal o permanente-, a través de la armonización entre departamentos y municipios en todo el país.

Con este propósito, a finales de 2018, el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes 3950) definió una estrategia para la atención de la migración venezolana e identificó una serie de acciones a 2021 para facilitar su asentamiento e integración. Parte de esta estrategia se ha concentrado en la atención de la infancia y adolescencia migrante. Por ello, el Conpes ha establecido, por medio de la articulación de las instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, una serie de medidas que, teniendo en cuenta las directrices nacionales e internacionales, han buscado, primero, fortalecer la capacidad institucional existente para afrontar la situación migratoria de esta población; y, segundo, brindar protección integral y restablecimiento de derechos a niños, niñas, adolescentes y las familias, en el proceso de migración y asentamiento territorial (Consejo Nacional de Política Económica y Social, 2018, p. 86). Aunque inicialmente estas acciones se orientaron hacia algunos departamentos que se focalizaron según la presión migratoria, este sistema extendió sus directrices a municipios y otros entes administrativos, sociedad civil organizada y de cooperación internacional con el fin de unificar criterios y ofrecer atención a niños, niñas y adolescentes migrantes. Como parte de este proceso, a muchas entidades departamentales y municipales se les ha obligado a trabajar sobre la marcha en un contexto completamente novedoso y ajustado a unas directrices que deben acomodarse a su capacidad institucional y, a su vez, a las políticas públicas existentes que puedan generar una atención más focalizada.

En Medellín, por ejemplo, la atención de las necesidades de los niños, niñas y adolescentes, en materia de promoción, prevención y restablecimiento de derechos, está a cargo de la Unidad de Niñez adscrita a la Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos como entidad rectora de la Política Pública de Protección y Atención Integral a la Infancia y Adolescencia de Medellín; según se estipula en el Acuerdo 84 de 2006. Esta política, además de seguir los lineamientos de la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030, surge por necesidades específicas de esta población y de los contextos en los que la infancia y la adolescencia se desarrollan en la ciudad. Es así como delimita el ámbito de aplicación de las diferentes estrategias a las comunas y corregimientos, así como a la población objetivodemarcada en los convenios y contratos que existan o se firmen para el fortalecimiento de la gestión en su propia jurisdicción (Concejo de Medellín, 2006). De este modo, la política pública responde a unas necesidades específicas en las que el escenario migratorio venezolano no fue contemplado por no hacer parte del contexto de la ciudad para ese entonces.

Sin embargo, el 2018 fue sumamente desafiante para las autoridades regionales y locales del país por la llegada masiva de migrantes venezolanos, entre estos, niñas, niños y adolescentes. En el caso de Medellín, la crisis migratoria lo convirtió en el municipio con mayor número de migrantes en Antioquia, lo que representó un reto a largo plazo para la integración social y un desafío en materia de políticas públicas.1 Paralelamente, entre 2017 1 y 2019, la política pública de infancia y adolescencia fue actualizada (Acuerdo 143 de 2019). Esto provocado por la presión de varias organizaciones -sociales, comunitarias, institucionales y civiles- que consideraron que era el momento propicio para generar cambios a la política pública, pues prevalecía la necesidad de incluir nuevos escenarios, enfoques y problemáticas que no fueron considerados 13 años atrás. Este proceso se impulsó a través de un ejercicio que contó con la participación de 1716 personas distribuidas en la evaluación de la trayectoria; comisión encargada de la actualización de la política, la conformación de comisiones especiales y la socialización de los hallazgos y resultados.

Teniendo en cuenta lo anterior, este artículo busca responder a dos preguntas: 1) ¿cómo la Política Pública de Protección y Atención Integral a la Infancia y Adolescencia de Medellín (Acuerdo 84 de 2006) se acopló, durante la crisis migratoria venezolana, en términos de atención de niños, niñas y adolescentes migrantes?; 2) ¿de qué manera su actualización, la política pública para el desarrollo integral, el reconocimiento y la potenciación de niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos y sujetos políticos en la ciudad y ruralidad de Medellín (Acuerdo 143 de 2019), pudo transformarse o no, en una oportunidad para incluir las necesidades de la infancia y adolescencia migrante venezolana?

Método

El abordaje de esta investigación es teórico y parte de una perspectiva o enfoque cualitativo. Se basa, principalmente en el análisis de documentos como la Política Pública de Atención Integral a la Infancia y la Adolescencia de Medellín, tanto el Acuerdo 84 de 2006 como el Acuerdo 143 de 2019. Asimismo, en el diagnóstico de la ciudad de Medellín para el Plan de Desarrollo (2020-2023): situacional de niños, niñas y adolescentes de Medellín; hacia la potenciación de sus subjetividades políticas, la garantía de su desarrollo y su protección integral y, finalmente, el documento de evaluación de la trayectoria de la política pública de infancia y adolescencia de Medellín. De igual manera, se tiene en cuenta bibliografía secundaria relativa a informes oficiales como el Conpes 3950 y la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030 y demás estudios alrededor de las categorías analíticas.

Desarrollo teórico

Para efectos de esta esta investigación, es preciso plantear un marco teórico que aborde la actualización de políticas públicas como categoría analítica principal.

Actualización de políticas públicas, cambios y modificaciones

Bardach (2001) señala que, con la formulación de una política pública, nunca se puede estar completamente seguro acerca de cómo será el futuro, ni siquiera si se hace con la mejor de las intenciones y con el diseño de políticas más estructurado. Esta afirmación se respalda en la idea de que las políticas públicas son dinámicas y se encuentran expuestas a factores tanto exógenos como endógenos (Cruz, 2011) que inciden en el conjunto de detalles que las integran «personajes, grupos de interés, demandas retóricas, presupuestos, mandatos legales e interpretaciones, rutinas burocráticas, actitudes ciudadanas, entre otros» (Bardach, 2001, pp. 15-16), así como en el desarrollo de cada una de sus fases o etapas. En este sentido, esta incidencia puede sugerir cambios que resultan, por un lado, motivo de discusión académica y, por el otro, un aspecto que no es ajeno a la naturaleza dinámica de las políticas públicas (Cruz, 2011; Jacobs & Weaver, 2015).

Ahora bien, el cambio de y en las políticas públicas, también conocido como actualización, se ha posicionado como un tema central en el análisis político contemporáneo (Jacobs & Weaver, 2015). Cada vez se hace más importante comprender por qué, cuándo y cómo cambian (o no) las políticas públicas (Stewart, 2006, p. 184), especialmente, por la posibilidad que esto abre a sus hacedores, al permitirles extraer lecciones que ayudarán a lidiar mejor con los problemas para los cuales fueron creadas (Bennett & Howlett, 1992).2 Cabe resaltar que «las políticas cambian de diferentes maneras. Como se ha reconocido por mucho tiempo, algunas políticas son nuevas e innovadoras, mientras que otras son simplemente incrementales refinamientos de políticas anteriores» (Bennett & Howlett, 1992, p. 276).

En esta medida, las teorías, las especificaciones y los marcos de análisis para definir los cambios de las políticas pueden variar (Cruz, 2012). Según Parra (2009), hay factores que propician los cambios de las políticas públicas y están mediados por la existencia de dinámicas que se pueden dar «en los "espacios de las políticas" (objetivos, valores, creencias, prioridades) o en el "espacio organizacional" (relación entre el contexto institucional u organizacional de las políticas con los valores, creencias, objetivos)» (p. 153). Siguiendo esto, la autora enfatiza en la perspectiva de ventana de oportunidad propuesta por Kingdon, el enfoque de coaliciones promotoras de Sabatier y Jenkins-Smith y, finalmente, la perspectiva de activismo internacional de Tarrow como modelos de explicación de las causas que conllevan al cambio de una política pública.

De la perspectiva de ventana de oportunidad se menciona que «las políticas pueden cambiar cuando hay una combinación entre la presión, el cambio en el entorno político y la emergencia de una solución viable, aplicable y aceptada» (Parra, 2009, p. 154). Si estos tres factores se presentan, las condiciones estarían dadas para que la agenda política se haga cargo y, de esta manera, puedan materializarse en acciones concretas.3 Del enfoque de coaliciones promotoras, se plantea la «necesidad de mirar ‹factores dinámicos› en períodos de cambio» (Parra, 2009, 155). Con esto, la teoría se refiere a la interactividad entre los actores en los distintos niveles de gobierno y el resto de la comunidad de actores, muy asociado a los procesos de top-down y bottom-up que se dan durante la implementación de políticas públicas. Del activismo internacional, se toman en consideración los cambios en las políticas a causa de coyunturas internacionales que pueden resultar favorables para posibilitar la emergencia de nuevos actores, nuevas relaciones o, dejar al descubierto, nuevas desigualdades que deben ser consideradas en las agendas locales (Parra, 2009).

Para Bennett y Howlett (1992), los cambios en las políticas públicas van más allá de simples escenarios de conflicto social, de tensiones entre actores o ventanas de oportunidad; según estos autores es vital comprender el papel del aprendizaje como fuente de cambio de las políticas. De esta forma, «el aprendizaje permite ajustar los objetivos o las técnicas de la política pública a la luz de las consecuencias de la política pasada y la nueva información para alcanzar mejor el objetivo final» (Bennett & Howlett, 1992, p. 276). Siguiendo esto, los autores abordan dos concepciones sobre el aprendizaje: una de carácter instrumental que posiciona a los gobiernos como actores principales.4 Desde este punto,

el aprendizaje hace parte del proceso normal de formulación de políticas públicas en que tomadores de decisiones intentan entender por qué ciertas iniciativas pueden haber tenido éxito, mientras que otras fracasaron. Si las políticas cambian como resultado del aprendizaje, el impulso de este cambio se origina dentro del proceso de política formal de gobiernos. (Bennett & Howlett, 1992, p. 277)

La otra concepción se plantea como una actividad menos consciente que «a menudo ocurre como una respuesta gubernamental a algún tipo de estímulo social o contextual». En otras palabras, «el aprendizaje significa una alteración relativamente duradera en el comportamiento [de la política pública] que resulta de una experiencia» (Bennett & Howlett, 1992, p. 277).

Según, Kaye-Essien (2020), estas dos concepciones, a pesar de ser muy importantes y significativas en el marco analítico sobre el aprendizaje en las políticas públicas, no capturan completamente la influencia de la ideología política y la política de partidos en los procesos de cambio de y en las políticas públicas. Por ello, desde el ámbito de las políticas de partido, señaló que el aprendizaje es «un proceso mediante el cual los actores políticos dan forma a la política extrayendo lecciones, fallas y éxitos, y usan ese conocimiento para desarrollar políticas alternativas que favorecen a unos más que otros» (Kaye Essien, 2020, p. 167). Sin embargo, el gran reto está en trabajar juntos para enmarcar problemas, analizar alternativas y debatir opciones. Esto implica la reconstrucción de los objetivos de las políticas a la luz de nuevos sistemas de valores para los diferentes beneficiarios (Kaye-Essien, 2020).

La Política Pública de Protección y Atención Integral a la Infancia y Adolescencia de Medellín (Acuerdo 84 de 2006) y la atención a niños, niñas y adolescentes migrantes venezolanos

Muchos aspectos se destacan previamente a la expedición del Acuerdo 84 de 2006 que contiene la política pública de infancia y adolescencia del municipio de Medellín. Primero, la entrada en vigor de la Ley 1098 de 2006, que consigna el tránsito del código del menor, al código de infancia y adolescencia, lo que supuso un cambio en la concepción de los niños, niñas y adolescentes de objetos a sujetos titulares de derechos universales (Hinestroza, 2016). Asimismo, esto sentó los cimientos para formular e implementar normativas para su protección integral, acordes a los marcos normativos internacionales, entre protocolos y convenios ratificados por el país. Otro aspecto por destacar fue la movilización de diversos actores de organizaciones sociales de Medellín que pusieron en la agenda política, las problemáticas de la niñez en situación de calle y la necesidad de que crear instrumentos que permitieran visibilizar sus derechos y exigir su cumplimiento (Alcaldía de Medellín, 2019). Lo anterior, significó una apertura de ventana de oportunidad para formular la Política Pública de Protección y Atención Integral a la Infancia y Adolescencia de Medellín.

La política pública centra sus acciones en cuatro canales que se presentan en la tabla 1, bajo los cuales se definen los programas y proyectos a implementar; estos son: promoción, prevención, mitigación y restablecimiento de derechos que, su vez, se constituyen como las herramientas o instrumentos de intervención con los que actúa (Hinestroza, 2016).

Otro aspecto fundamental de la política es que esta se encuentra alineada con directrices nacionales e internacionales que expresamente mencionan y protegen la universalidad de los derechos de los niños, niñas y adolescentes;5 esto «en tanto considera la titularidad inalienable de sus múltiples derechos como una base para garantizar su dignidad» (Alcaldía de Medellín, 2019, p. 24).

Tabla 1 Ejes de la política pública de protección y atención integral a la infancia y adolescencia de Medellín 

Nota. Basado en información tomada de «Evaluación de la Trayectoria de la Política pública de infancia y Adolescencia 2006-2018» (p. 28), de la Alcaldía de Medellín (2019).

Durante el denominado éxodo venezolano, esta universalidad fue desafiada en la medida en que mucha población migrante, entre estos, niñas, niñas y adolescentes, requerían atención, luego de recorrer largas distancias por las carreteras, dormir en las calles y desarrollar actividades económicas informales para sobrevivir. Las necesidades que se desprendían de sus travesías empezaron a ser consideradas por las distintas entidades territoriales y a ser asumidas como prioridades de política pública en infancia y adolescencia y familia en todo el país.

Así, según cifras de Migración Colombia, a diciembre de 2019, Medellín fue receptora de 85 062 migrantes venezolanos, siendo la cuarta ciudad de Colombia con el mayor número de migrantes procedentes de Venezuela (Ramírez et al., 2020); solo antecedida por Bogotá, Cúcuta y Barranquilla. De ellos, cerca de 17 000 son niños, niñas y adolescentes que se ven afectados por la falta de ofertas y de acceso a las oportunidades laborales de las personas adultas.

Esta situación limita, por una parte, el goce efectivo de los derechos básicos a la salud, la vivienda, la alimentación, la educación, el juego y la recreación y, por el otro, los pone en una condición de vulnerabilidad frente a las violencias, el abandono y la pobreza. (Ramírez et al., 2020, p. 99)

Siguiendo esta línea, la Personería de Medellín identifica tres problemáticas de la población venezolana asentada en Medellín: la primera, afectaciones en el acceso a la salud y que se «representan en acciones, derechos de petición, asesorías e incidentes de desacato; la mayoría relacionadas con la atención a mujeres gestantes, la entrega de medicamentos o la exigencia de tratamientos para pacientes con enfermedades graves» (Ramírez et al., 2020, p. 99). La segunda, los problemas asociados a trámites migratorios, especialmente, en personas que entraron de manera irregular al país, «de lo que se desprenden otras necesidades como la matrícula de niños, niñas y adolescentes en las instituciones educativas y a su vez limita el acceso a la educación, la recreación y el deporte» (Ramírez et al., 2020, p. 99). La tercera, la informalidad laboral, que se desprende de la falta de oportunidades de ingresos económicos.

Todas estas problemáticas generan afectaciones en la infancia y la adolescencia migrante venezolana, pues

los pone en alta vulneración frente a los delitos de la ESCNNA [explotación sexual y comercial de niños, niñas y adolescentes], el trabajo infantil, la mendicidad, la habitancia de/en calle y el consumo de sustancias psicoactivas, y el uso y utilización en el marco del conflicto o por parte de los grupos delincuenciales organizados. (Ramírez et al., 2020, p. 100)

Con respecto a estas consecuencias, y en correspondencia con el enfoque social del riesgo de la política pública de infancia y adolescencia, se generan algunas estrategias para «identificar, caracterizar, activar las rutas de acceso a los derechos, hacer georreferenciación y lectura de contexto» (Ramírez et al., 2020, p. 100). Esto permite identificar, en la tabla 2, las siete problemáticas que más afectan a los niños, niñas y adolescentes migrantes y su posterior atención. Esta atención estuvo a cargo de Crecer con Dignidad, un proceso de la política pública de infancia y adolescencia (Acuerdo 84 de 2006) encargado de dar cumplimiento a la línea o eje de restablecimiento de derechos.

Por su parte, «la falta de oportunidades laborales y la precariedad económica de padres y madres venezolanas redunda en la vulnerabilidad y el riesgo de las niños, niñas y adolescentes ante la explotación sexual comercial y el trabajo infantil» (Ramírez et al., 2020, p. 112). En total, fueron atendidos 35 casos, entre los 10 y 17 años, en diferentes subprocesos (Ramírez et al., 2020).

Tabla 2 Problemáticas asociadas a los niños, niñas y adolescentes migrantes venezolanos en Medellín 

Nota. Basado en información tomada «Diagnóstico situacional de niñas, niños y adolescentes de Medellín: Hacia la potenciación de sus subjetividades políticas, la garantía de su desarrollo y su protección íntegra» (p. 101), por Ramírez et al. (2020), Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos Unidad de Niñez.

La actualización de la política pública de infancia y adolescencia de Medellín (Acuerdo 143 de 2019)

La actualización de la política pública de infancia y adolescencia de Medellín puede verse como el resultado de una serie de factores y eventos impulsados por la necesidad de cambios tras 13 años de implementación en la ciudad. Esta decisión se dio como parte de un consenso entre diversos actores que comprendieron este proceso como una invitación, a aportar desde su experiencia, y no como una determinación unánime por parte de la administración municipal. Cabe resaltar que parte del proceso de actualización puede revisarse a la luz de la apertura de una ventana de oportunidad, en la que influyeron dos asuntos de ciudad impulsados paralelamente: el primero, la conformación de la red de protección6 promovida desde la Unidad de Niñez de la Secretaría de Inclusión Social, 6 Familia y Derechos Humanos y, el segundo, la implementación del programa tejiendo hogares desde el despacho de la primera dama.7 Esto no solo posicionó los asuntos alrededor de la infancia y la adolescencia como un problema público a revisar dentro de la agenda política, sino que, al tiempo, conllevó a la articulación de varios miembros de la comunidad a pensar de forma conjunta, o en una misma dirección, sobre la manera de impulsar cambios o transformaciones en esta política pública (Palau, 2013).

Asimismo, la participación de diversos actores, en clave de coaliciones promotoras, permitió estructurar parte del debate sobre cómo se comprende la política pública en sí misma, pues es su interacción la que tiene la capacidad de ajustarla a las realidades locales o a los cambios registrados con el paso del tiempo (Canto, 2000). De esta manera, 869 personas entre sociedad civil, organizaciones y representantes de algunas dependencias de la alcaldía participaron en la evaluación de la trayectoria. Conjuntamente, determinaron que la política pública de infancia y adolescencia requería hacer algunos cambios alrededor de los enfoques y dar cuenta de los procesos de transformación de la ciudad, así como de las problemáticas que repercuten en el bienestar de niños, niñas y adolescentes (Alcaldía de Medellín, 2019).

Producto del ejercicio participativo y del análisis del problema alrededor de la infancia y la adolescencia de Medellín, se plantearon ocho cambios al Acuerdo 84 de 2006 y a su plan de acción del año 2010, como parte de los aprendizajes que surgieron en los años de su implementación. De forma resumida se destacan tres transiciones: 1) la transición del enfoque social del riesgo, que estaba asociado a las problemáticas en el contexto de niñas, niños y adolescentes en situación de calle, al reconocimiento de la titularidad de derechos de la infancia y adolescencia en el marco de derechos humanos y la doctrina de protección integral; 2) la transición de una política sectorial a una suprasectorial, determinada por la necesidad de trascender la visión reducida de que la Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos es la única responsable de implementar acciones para dar cumplimiento a la política pública de infancia y adolescencia. Lo anterior, «implica reconocer a los niños, niñas y adolescentes en todas las políticas públicas y las estrategias de gestión institucional»; 3) la transición o superación del enfoque de gobernabilidad de la política al enfoque de gobernanza en el diseño, la implementación y la evaluación de esta. Esta última como elemento potenciador de las relaciones de cooperación y corresponsabilidad entre los diversos sectores y actores públicos y privados (Concejo de Medellín, 2019).8

En cuanto a la explotación sexual y comercial de niños, niñas y adolescentes, el reclutamiento, uso, utilización de niños, niñas y adolescentes, así como el trabajo infantil se posicionaron como las mayores problemáticas en la ciudad. Lo que conllevó a procesos de transformación impulsados por la acción colectiva y dieron lugar a cambios en la legislación y procesos de armonización con otras políticas públicas, que requerían ser incorporadas en la actualización. Es el caso de la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030 y la Política Nacional de Cero a Siempre. Asimismo, la línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial de niñas, niños y adolescentes 2018-2028 que, localmente, es recogida en el Plan Intersectorial para la prevención, atención y judicialización de la ESCNNA en el municipio de Medellín 2018-2028, la línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador 2017-2027 y la línea de Política Pública de Prevención del Reclutamiento, Utilización, Uso y Violencia Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes por parte de Grupos Armados Organizados y Grupos Delictivos Organizados (Concejo de Medellín, 2019).

La actualización de la política pública de infancia y adolescencia de Medellín en el marco del éxodo venezolano: ¿una oportunidad para incluir las necesidades de los niños, niñas y adolescentes migrantes venezolanos?

La relación entre las migraciones y las políticas públicas plantea un vínculo sumamente complejo. Mientras, el fenómeno migratorio es de difícil aprehensión, por la diversidad de factores que lo atraviesan y por los desafíos que impone a los derechos esenciales de las personas migrantes, las políticas públicas implican una mirada sobre la sociedad que es el resultado de una construcción histórica de larga data, tanto política como cultural, que suele sintetizar extensos períodos de luchas sociales, de avances y retrocesos (Novick, 2012). En este sentido, tanto las migraciones como las políticas públicas plantean visiones muy particulares sobre lo global y lo local a partir de los escenarios donde se discuten; esto no implica, propiamente, que se hable de realidades distintas. En sociedades cada vez más interdependientes, «los migrantes tienen la virtud de vincular lo local con lo global y las políticas públicas serían caminos, instrumentos que perfilan cómo se da esa unión» (Novick, 2012, p. 13).

Si bien «las políticas migratorias siguen pensándose desde el punto de vista de la regularidad y de la inserción de los migrantes en el mercado de trabajo» (Nejamkis, 2012, p. 101), las políticas públicas son las encargadas de incidir directa o indirectamente en la población migrante sin necesidad de estar focalizadas en la temática o en el fenómeno como tal (Canelo, 2016); solo basta comprender que los migrantes plantean una realidad que existe y que su sola presencia indica que tienen derechos (Nejamkis, 2012). En esta medida, el escenario migratorio se traduce tanto como un reto para la institucionalidad y el orden territorial por su impacto diferenciado en regiones, departamentos y municipios, como en una demanda a los gobiernos locales y sus políticas públicas para atender las problemáticas que se desprenden de la movilidad humana (Ramos & Rodríguez, 2019).

Así, en Colombia, el fenómeno migratorio, que anteriormente no tenía mayor incidencia en las políticas públicas, empezó a ser considerado teniendo en cuenta la percepción de población migrante. Mucha de esta población, tal como lo señala la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030, incluye niños, niñas y adolescentes, lo que ha contemplado no solo atender «a esta población según sus requerimientos en términos de salud, nutrición y su acceso a vacunación», sino contemplar otros escenarios e incorporar lecciones que sean útiles para las políticas públicas a las que sirve como lineamiento9 (Gobierno de Colombia, 2018, p. 11)

Así pues, en términos generales, la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030 reconoce el fenómeno de movilidad humana venezolana en el país y las necesidades que genera en materia de atención. Más allá del marco normativo que la respalda y que, como se ha señalado, destaca la universalidad de los derechos de niños, niñas y adolescentes, no contempla demandas específicas de esta población. La razón puede atribuirse a la espera de directrices por parte del Consejo Nacional de Política Económica y Social que se aprobaron meses después de la formulación de la Política Nacional con el Conpes 3950.

Por su parte, el Conpes 3950 tiene como objetivo «atender a la población migrante desde Venezuela en el mediano plazo y fortalecer la institucionalidad para su atención» (Consejo Nacional de Política Económica y Social, 2018, p. 82); además, plantea un plan de acción con 68 acciones concertadas con diferentes entidades. La estrategia pretende atender las necesidades de los migrantes en materia de salud, educación, acceso a servicios de atención humanitaria como habitación, agua, saneamiento y mejora en la situación laboral de la población migrante. Se destaca un componente para la atención de la niñez, la adolescencia y la juventud integrado por tres líneas de acción, las cuales están centradas en la protección, atención y restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y las familias. Adicionalmente, otra fase es el fortalecimiento institucional que, sobre el principio de corresponsabilidad, busca articular y coordinar acciones entre las instancias para gestionar prioridades de política pública en infancia y adolescencia y familia en todo el país.

Cabe resaltar que los sistemas de información del fenómeno migratorio son una de las debilidades para la implementación de este Conpes. A nivel nacional se encuentran los datos que proporcionan los registros del PEP10 y del RAMV.11 Así mismo, es importante señalar que ha ingresado a Colombia mucha población venezolana irregularmente, lo que dificulta la atención y el acceso a sus derechos básicos en territorio colombiano. Así las cosas, si el escenario de decisión local se encontraba en medio de la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030, como rectora de los lineamientos generales, la cual solo nombra la necesidad de los niños y adolescentes migrantes venezolanos, y del Conpes 3950 y sus requerimientos para fortalecer los sistemas de información sobre población venezolana: ¿qué se logró con la actualización de la política pública de infancia y adolescencia de Medellín en beneficio de los niños, niñas y adolescentes migrantes venezolanos?

En el caso de Medellín, la actualización de la política pública de infancia y adolescencia finiquitó en el año 2019, dando lugar al Acuerdo 143 de 2019 que deroga al Acuerdo 84 de 2006. En la evaluación que se hizo a la política derogada, se señala, como una limitación, que «existen adolescentes que no son atendidos porque no son considerados en riesgo o vulneración o solo son atendidos cuando están en conflicto con la ley penal, perdiendo la oportunidad de promover capacidades y prevenir vulneraciones tempranamente» (Concejo de Medellín, 2019, p. 104). Lo anterior, marcadamente relacionado con los enfoques vinculados con el manejo social del riesgo, sustituidos en la actualización; en esta se determinó que «terminaban afectando a minorías étnicas, adolescentes LGTBI, y migrantes, entre otros, que no transitan por situaciones de riesgo o vulneración y que quedan sin oferta dirigida a ellos» (Concejo de Medellín, 2019, p. 104).

Asimismo, parte de la exposición de motivos que dio lugar a la actualización de la política pública, indica que a la fecha hay una imposibilidad del proceso de una caracterización demográfica de los niños, niñas y adolescentes migrantes y sus familias en las comunas y corregimientos de Medellín; lo anterior se convierte en otro de los retos a largo plazo para consolidar un sistema de información dentro del municipio. Mientras que, a corto plazo, «la ciudad deberá garantizar el derecho a la salud de manera integral a niños, niñas y adolescentes migrantes, considerando los fallos de la corte constitucional al respecto» (Alcaldía de Medellín, 2019).

Finalmente, en la política pública para el desarrollo integral, el reconocimiento y la potenciación de niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos y sujetos políticos en la ciudad y ruralidad de Medellín (Concejo de Medellín, 2019) destaca explícitamente, como único avance para la integración de población venezolana, el enfoque diferencial como marco analítico y de acción para la atención diferenciada de la infancia y la adolescencia migrante.12 Lo anterior se suma, a la abstracta titularidad de derechos universales 12 que tienen los niños, niñas y adolescentes independiente de «la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión pública, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, sus padres o sus representantes legales» (Convención sobre los derechos del niño, artículo 2).

¿Qué implican estos avances? Generalmente, se habla de las grandes dimensiones que alcanzan las migraciones a nivel global, pero se olvidan de la importancia de la población migrante en el desarrollo de los lugares de destino (Castillo, 2005). Si bien los avances en materia jurídica, para proteger los derechos de la población migrante, especialmente, niños, niñas y adolescentes, se han convertido en un marco de referencia de suma importancia, no pueden hacerse efectivos sin disminuir primero las brechas con las prácticas locales. Las autoridades, instituciones y demás deberán ser los responsables de instrumentar tales prescripciones y reducir, así, las vulneraciones de las que son objeto (Castillo, 2005). La experiencia de actualización de la política pública de infancia y adolescencia de Medellín, aunque presente un avance tímido, en la incorporación de las necesidades de los niños, niñas y adolescentes migrantes venezolanos, ha permitido visibilizar una situación de tintes globales en lo local y ha puesto su incorporación como un reto de ciudad para lograr no solo atención diferenciada a esta población, sino, también, un primer paso para la tan complicada integración social.

Desde la experiencia de otros países, autores como Galaz et al. (2017) cuestionaron lo que significa, realmente, asumir los desafíos que impone la presencia en Chile, cada vez más frecuente y numerosa, de personas provenientes de distintos países de Latinoamérica: ¿Simple recepción o inclusión social? Al respecto, afirmaron que las políticas públicas son las herramientas capaces de lograr una mejor inclusión de personas migradas en un territorio, puesto que permiten desarrollar y/o reproducir «actuaciones y discursos en cuanto al reconocimiento enunciativo, la incorporación sociocultural y la igualdad de oportunidades de este colectivo» (Galaz et al., 2017, p. 30).

Específicamente, en cuanto a la atención del fenómeno de la niñez migrante, Chile se destaca, regionalmente, por motivar y sensibilizar sobre las condiciones de vida de la niñez migrante, como insumo para la creación y la adaptación de sus políticas públicas. Cabe resaltar que el país austral cuenta con población migrante de Venezuela, Perú, Haití y Colombia y que, si bien no existen políticas públicas enfocadas en la niñez migrante, se han promulgado instrumentos administrativos para facilitar el acceso a ciertas prestaciones y, al mismo tiempo, cumplir los compromisos internacionales en materia de derechos humanos, así como recomendaciones de política pública (Pavez et al., 2020). Pavez et al. (2021), por ejemplo, se centraron en las tensiones y oportunidades que experimentan niños, niñas y adolescentes migrantes en una ciudad como Antofagasta, a fin de que sirvan de insumo a las distintas intervenciones y políticas públicas.

Por último, en el caso concreto del éxodo venezolano, debido al fenómeno sin precedentes en la región, los gobiernos de Colombia, Ecuador y Perú han guiado sus esfuerzos al registro y la caracterización de la población migrante venezolana; esto como base para el diseño de políticas públicas que permitan su atención integral a largo plazo y, en el corto y mediano plazo, el acceso a servicios de salud y educación (Batallas, 2020). Es de resaltar que Colombia es el único país que nombra expresamente a la infancia y adolescencia migrante como actores a considerar en sus políticas públicas.

Conclusiones

La actualización de las políticas públicas se comprende como un proceso atravesado por diversidad de factores que posicionan temas en la agenda pública; convoca actores alrededor de conocimientos compartidos, posturas y aprendizajes sobre cómo se comprenden estas. Asimismo, genera oportunidades para involucrar al debate público, fenómenos, procesos y realidades que, difícilmente, pueden contemplarse en su totalidad, pero que generan retos para las instituciones y para la sociedad en general; con el fin de asimilarles y darles un tratamiento.

No cabe duda, de que el fenómeno migratorio venezolano ha incorporado en Colombia, una realidad para la que, quizás, no estaba completamente preparada; debido a que no era un país atractivo para las migraciones y, a su vez, era carente de un marco legal actualizado para contextos tan complejos como los que estas suponen. Sin embargo, ha respondido con un instrumento como el Conpes 3950 que, si bien tiene como dificultad los sistemas de información para dimensionar el fenómeno, ha brindado directrices para armonizar instituciones, entidades y políticas públicas alrededor de las problemáticas que se desprenden de la movilidad humana. Asimismo, la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030, aunque no presente líneas o mayor despliegue sobre las necesidades de niños, niñas y adolescentes, da cuenta del fenómeno y de su incidencia en las políticas públicas.

En lo local, como se ha mostrado, la actualización de la política pública de infancia y adolescencia de Medellín ha dado cuenta de una realidad que toca a la ciudad, como receptora de población migrante proveniente de Venezuela. A pesar de que son pocos los avances dentro de la nueva formulación, tanto la política pública derogada como la actualizada, se han visto desafiadas en la universalidad que promulgan sobre la titularidad de derechos de los niños, niñas y adolescentes. Esto supone un reto a mediano plazo, pues los migrantes existen y demandan de la institucionalidad y de sus políticas públicas, atención y reconocimiento de sus derechos.

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*Una versión preliminar de este artículo hizo parte de una jornada de socialización del grupo de investigación del estado de la ciencia política en América Latina del Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México entre el 18 y el 20 de agosto de 2020. La investigación inició el 9 de junio de 2020 y finalizó el 17 de julio del mismo año. Área: ciencias sociales. Subárea: interdisciplinaria.

1«A corte de junio de 2019, Migración Colombia identificó a 1 408 055 venezolanos en territorio nacional. El 52.7% se encontraba en condición migratoria regular y 47.3% en situación irregular. La mayoría de los venezolanos se ubicaron en Bogotá (22.3 %), seguido de los departamentos de Norte de Santander (13.17 %), La Guajira (11.7 %), Atlántico (8.9 %) y Antioquia (8 %)» (Proyecto Migración Venezuela, 2019, p. 2).

2Parte de la literatura también se enfoca en los marcos que explican los factores de estabilidad de y en las políticas públicas. Estas se explican «a partir de las visiones del neoinstitucionalismo histórico (Skocpol & Weir; Steinmo) y del neoinstitucionalismo de la elección racional» (Parra, 2009, p. 153). En síntesis, estas teorías sostienen que la estabilidad de las políticas públicas se debe, por un lado, a la estructura organizativa del Estado y las herencias políticas y, por el otro, a la permanencia de las instituciones como condicionantes (Parra, 2009).

3Siguiendo a Palau (2013), el enfoque de ventana de oportunidad de Kingdon pone de manifiesto la importancia de factores exógenos al sistema político para entender el cambio. Sin embargo, no toma en consideración que estos factores están mediatizados tanto por el contexto institucional en el que se desarrollan las políticas, como por el legado histórico sobre el que se formulan.

4Esta formulación se extrae de los postulados de Peter A. Hall, como se citó en Cruz (2012) «quien, adaptando las aportaciones de T. Kuhn sobre la historia de las revoluciones científicas, ofreció la identificación de la tipología de los tres órdenes de cambio de las políticas, y asociada a ella, las formas más comunes de cambio, de cambio paradigmático y el aprendizaje. El avance de Hall ha influido en las explicaciones sobre el cambio sustantivo defendido por las teorías sintéticas ahora dominantes, y con ello en el establecimiento del actual paradigma llamado "neoincremental homeostático"» (p. 303).

5Entre estos, «la Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños, ratificada mediante la Ley 12 de 5 1991, los protocolos facultativos de dicha Convención y demás directrices internacionales y nacionales» (Concejo de Medellín, 2006).

6La red de protección es una estrategia de movilización social que surge en 2017, y se define como una apuesta de ciudad que busca generar la corresponsabilidad de todos los actores de la sociedad en el cuidado de la infancia y la adolescencia de Medellín (Alcaldía de Medellín, 2019).

7Tejiendo hogares es iniciativa de la primera dama del municipio durante el 2017. «Una propuesta que trabaja 7 en la familia temas como la prevención del maltrato y el abuso sexual a niños y niñas mediante la difusión de mensajes en medios de comunicación masiva y la realización de charlas informativas» (Alcaldía de Medellín, 2019, p. 65).

8Otro de los cambios se concreta con la adopción del Plan Docenal de Primera Infancia, Infancias y Adolescencias 2016-2028 y sus actualizaciones, como el Plan Prospectivo de la Política. Este plan fue construido con base en las voces de niños, niñas y adolescentes como planificadores de su bienestar en la ciudad (Concejo de Medellín, 2019).

9«Según el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos, para el período comprendido entre el 6 de 9 abril y al 8 de junio de 2018, se identificó el ingreso de 442 462 personas, de las cuales 118 709 son niños, niñas y adolescentes, distribuidos en 50 729 de 0 a 5 años, 37 841 entre 6 y 11 años y 30 139 entre 12 y 17 años» (Gobierno de Colombia, 2018, p. 18)

10Permiso Especial de Permanencia, el cual «ofrece residencia temporal, hasta por 90 días, prorrogables hasta 10 por dos años, a los ciudadanos venezolanos y se ha extendido en varias oportunidades, entre julio de 2017 y diciembre de 2018, registrando, para 2019 593 mil venezolanos» (Acosta et al., 2019, p. 9).

11Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos, definido como «un proceso que busca ampliar la información sobre la migración de venezolanos en el país para la posterior formulación y diseño de la política integral de atención humanitaria» (León-Rojas, 2020, p. 223).

12«Enfoque diferencial. Es un marco de análisis y de acción, que en el relacionamiento con las infancias y las 12 adolescencias conlleva a un reconocimiento claro y responsable de las particularidades, pluralidades, necesidades y sueños de cada niña, niño y adolescente, y por lo tanto implica que la atención sea pertinente y diferenciada teniendo en cuenta las poblaciones afrodescendientes, indígenas, con discapacidad, LGBTI, migrantes, víctimas del conflicto armado, víctimas de violencias, quienes están en procesos de responsabilidad penal, en restablecimiento de sus derechos y la población urbana y rural» (Concejo de Medellín, 2019).

Para citar este artículo: León-Rojas, A. (2022). Migración y políticas públicas: infancia y adolescencia migrante venezolana en Medellín. Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud, 20(3), 1-22. https://dx.doi.org/10.11600/rlcsnj.20.3.4902

Recibido: 11 de Julio de 2021; Aprobado: 10 de Marzo de 2022

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