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International Law

Print version ISSN 1692-8156

Int. Law: Rev. Colomb. Derecho Int.  no.26 Bogotá Jan./June 2015

 

REPENSAR EL DERECHO

Javier Gustavo Rincón-Salcedo, PhD*

*Editor de International Law, Revista Colombiana de Derecho Internacional, profesor investigador de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Pontificia Universidad Javeriana. Contacto: internationallaw@javeriana.edu.co

Desde siempre, las cuestiones sociales y políticas que preocupan a las personas han obligado a los juristas a revisar la rigidez con la que muchos conceptos e instituciones jurídicas fueron introducidos y desarrollados en nuestras sociedades. Esta situación se ha presentado, porque los eventos que presionan cambios y que necesitamos para avanzar como grupos humanos organizados llevan a replantearse sin cesar cómo se debe pensar el derecho, lo cual obliga a los juristas a formular nuevas categorías y a cuestionar cómo se abordan las discusiones centrales sobre los principales problemas que aquejan a las personas, tanto en su fuero interno, como en relación con quienes las rodean. En este contexto, aparece un nuevo número de la revista International Law como testimonio del replanteamiento continuo de cómo se debe pensar el derecho, y de cómo la imaginación y la innovación son la línea directriz para que la ciencia jurídica sea un mecanismo al servicio de la sociedad y no un muro que le impida avanzar.

Este número se publica, en uno de esos momentos —en el contexto histórico colombiano— en que los juristas, como consecuencia de la presión que ejercen determinadas coyunturas sociales y políticas, deben abandonar el simple cuestionamiento de las instituciones, para con audacia reformular categorías, conceptos y, sin duda alguna, con imaginación, proponer nuevas interpretaciones que le permitan al derecho ser un vehículo de desarrollo y entendimiento social y no un muro o un lastre que impida a las sociedades en su conjunto avanzar hacia espacios de entendimiento.

Es decir, la publicación de este nuevo número de International Law, Revista Colombiana de Derecho Internacional se enmarca en un momento histórico esencial para la sociedad colombiana y apasionante para todos los juristas, en el que se desarrolla una labor, particularmente difícil, de búsqueda y formulación de respuestas jurídicas equilibradas que le permitan a la sociedad avanzar. En otros términos, una labor caracterizada por la necesidad de establecer ese justo medio que en ocasiones parece imposible de lograr y que nada tiene qué ver con relativismos o con la adopción de posiciones salomónicas, y que consiste en identificar cuál es el espacio más idóneo para que se desarrollen los valores y principios éticos y morales que caracterizan una sociedad como conjunto, con el fin de contribuir a su evolución pacífica y enmarcada en la justicia.

En efecto, este número de la revista International Law aparece en una coyuntura histórica en la que juristas de todas las vertientes, reivindicando los valores y los principios que caracterizan a la sociedad colombiana, procuran, con imaginación, encontrar fórmulas jurídicas idóneas para permitirle a esta avanzar hacia un espacio de entendimiento en el que el conflicto pueda llegar a ser una cuestión del pasado.

Un momento muy interesante, por cuanto en medio de las diferentes discusiones que el contexto genera, la Constitución, entendida como el pacto fundamental que el constituyente primario establece en un Estado, aparece expuesta como la primera de todas las instituciones a ser revaluadas en un momento dado, para fijar los principios, valores, derechos e instituciones que tracen los límites en los cuales evoluciona una sociedad. Sin lugar a dudas, debemos hacer un especial seguimiento a esta situación, para evitar que la utilización selectiva de los principios, los valores y las propias normas que rigen la sociedad, ocultándose detrás del velo de la necesidad de repensar las instituciones jurídicas, nos lleve a adentrarnos en lógicas determinadas por un populismo jurídico constitucional que revalúa simplemente el contenido de la Constitución para amoldarlo de manera soterrada al servicio de los intereses de un grupo determinado y no de la sociedad en su conjunto, en lugar de —como debe ser— desarrollar planteamientos encaminados a repensar el valor de la Constitución como norma de normas, pero también de todas las instituciones jurídicas fundamentales, en un contexto cada vez más marcado por la globalización del derecho.