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Tabula Rasa

versão impressa ISSN 1794-2489

Tabula Rasa  no.21 Bogotá jul./dez. 2014

 

Prácticas de Poder saber en el discurso de la Pericia1

Power/knowledge practices in the expertise discourse

Práticas do poder saber no discurso da pericia

Ramiro Rodríguez2
Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, Colombia
rirodriguez@unicolmayor.edu.co.

1 Este artículo es producto de la investigación realizada por el autor sobre la práctica del porder, en el grupo de investigación Fundamentación disciplinar en trabajo social y tendencias contemporáneas de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca.
2 Sociólogo, Magíster en Filosofía. Docente investigador, Programa de Trabajo Social.

Recibido: 27 de julio de 2014 Aceptado: 21 de octubre de 2014


Resumen:

A partir de Los anormales, de Michel Foucault, y de escritos de Gilles Deleuze, se analiza el discurso pericial en dos prácticas de poder: como técnica de control y normalización y como relación de fuerzas que distribuyen el poder de afectar y ser afectado entre los términos conducta y acto. Con ello se pretende un realizar acercamiento al crimen, tal cual los peritos lo presentan en su verdad científica, al igual que determinar su papel de protector del cuerpo social.

Palabras clave: Pericia, poder control, normalización, acto, conducta, crimen.


Abstract:

Based on Michel Foucault's work titled Abnormal, and references to writings by Gilles Deleuze, we address the expertise discourse standing at two power practices: as a control and normalization technique, and as a relationship of forces distributing the power of affecting and being affected between the terms behavior and act. With this, we intend to approach crime, such as it is presented by experts under their scientific truth, and to determine their role as guardians of the social body.

Keywords: Expertise, power/control, normalization, act, behavior, crime.


Resumo:

A partir do texto Os anormais de Michel Foucault e das referências aos escritos de Gilles Deleuze, aborda-se o discurso pericial a partir de duas práticas de poder: como técnica de controle e normalização e como uma relação de forças que distribuem o poder de afetar e ser afetado entre os termos conduta e ato. Pretende-se, assim, realizar uma aproximação ao crime da forma como os peritos apresentam sua verdade científica, e determinar o papel do perito como protetor do corpo social.

Palavras-chave: Pericia, poder controle, normalização, ato, conduta, crime.


A finales del 2013, un informe pericial publicado en la prensa3 declaraba que:

Joven asesino de 35 personas no podría resocializarse, según expertos

La historia de X4 alias «Pescadito», quien aceptó ser el autor de por lo menos 35 homicidios en Bogotá, causó conmoción, no solo por la frialdad de la confesión, sino por el sendero criminal que el muchacho empezó a recorrer desde temprana edad.

Para X, presidente de la asociación de psiquiatras de américa Latina, «Pescadito sufre un trastorno de personalidad psicopático, es decir, que es propenso a burlar las normas y agredir a los demás. Por fortuna, este tipo de casos no se da de manera frecuente, aunque no hay tasas para hacer mediciones. Estas personas sin sentimientos de culpa no tienen consideraciones por los demás y muestran los rasgos violentos desde que son muy pequeños», sostiene X y agrega que hay varias hipótesis que pueden explicar un comportamiento como el de Achipiz: maltrato infantil, ausencia de grupo familiar y vacíos afectivos.

El experto señala que los tratamientos médicos y psicológicos son insuficientes y que por eso las autoridades deben adoptar medidas de control social, como la cárcel. Esta opinión la comparte X, perfilador criminal de la universidad X, que justamente está analizando la personalidad de «Pescadito», al que compara en sus inicios, guardando las proporciones, con el asesino estadounidense Richard Kuklinski, fallecido en el 2006 y quien aceptó haber matado a unas doscientas personas por encargo, especialmente en Nueva York.

Un personaje como «Pescadito» se ufana de sus crímenes. Ellos comienzan a manifestar estas conductas desde que son pequeños maltratando animales, iniciando incendios y luego de varios años se convierten en homicidas. X señala que hay casos en los que genéticamente hay una predisposición a los comportamientos violentos, equivalente al 10 por ciento de la personalidad, pero que esta se desarrolla con condiciones sociales y afectivas de carácter negativo. «este tipo de personas muestra arrepentimiento, pero solo para obtener beneficios. Son asesinos por vocación. Convierten las cárceles en escuelas del crimen y si llegan a salir algún día perfeccionan su manera de cometer delitos. No se conocen personas que se hayan recuperado» dice el perfilador.

La pericia se abre ante nosotros: hay cosas, objetos que deja ver, hay fórmulas, enunciaciones que hace decir, pero entre ver y enunciar no hay ninguna relación susceptible de establecer ni naturaleza común que pueda unirlos, ya que una cosa es ver y otra cosa es hablar, por lo que son términos irreductibles entre sí. Una relación solo puede darse exterior a las dos formas, nunca intrínseca a estas (Deleuze y Parnet, 2004). Así,Magritte mantiene la disyunción entre esto es una pipa con esto no es una pipa, la de la imagen, la de las palabras; no hay diferencia ni planos que los discriminen; hay una no relación, o si se quiere, un no lugar, una pura distancia (Deleuze, 2013). En términos de Nietzsche, es el lugar de una emergencia, «el espacio que los distribuye y se abre entre ellos, el vacío a través del cual intercambian sus amenazas y sus palabras» (Foucault, 2008:37).

No hay por consiguiente correspondencia ni relación biunívoca de una forma con otra forma; hay disyunción. Si pudiera trazarse una línea entre las dos, sería todavía las palabras y las cosas separadas por esta Y, pero no habría relación. Esta Y exterior es lo que permite que entre en medio de los términos, no para restablecer una relación perdida o para crear una nueva, sino para que surja algo distinto o se produzca un efecto como un centelleo, el que produce un choque de dos espadas (Foucault, 2008). El saber sería el resultante de ese choque, de ese cruce, o la captura entre las dos formas heterogéneas: «el saber es entrelazar lo visible y lo enunciable, lo enunciable y lo visible» (Deleuze, 2013: 219). Estas formas no son algo que encierre lo visible o lo decible o tenga una estructura compuesta de estos dos elementos, es un aparato de dispersión y no una unidad constitutiva: «son formas de exterioridad a través de las cuales unas veces los enunciados otras veces los visibles se dispersan» (Deleuze, 2008: 70). Si bien esta escisión o abertura dada por el Y lleva a entrecruzar las formas, hay también un devenir de fuerzas que ignora cualquier distinción entre estas formas, fuerzas en cuanto se producen «a cada instante, en todos los puntos, o más bien en toda relación de un punto con otro punto» (Foucault, 1977: 113).

En La historia de la locura en la época clásica (Foucault, 1976) se presenta esta heterogeneidad entre ver y enunciar, entre la forma hospital general y la categoría sin razón. El primero visibiliza la locura a través de locos, vagabundos, desempleados, libertinos, que son encerrados por cuestiones prácticas, pero al mismo tiempo, fuera del encierro, la medicina elabora el concepto de la sinrazón. No hay por tanto una línea que cruce ambos términos o los reduzca a una homogeneidad; cada uno tiene unas reglas de formación distinta, lo que no implica que uno presuponga al otro y esta condición lleve a contactos, capturas o enlazamientos mutuos. De ahí que Blanchot pueda decir: «cómo explicar en el siglo XVII que un hombre enunciable como hombre de la sinrazón pueda volver a encontrarse en el hospital general como loco» (Deleuze, 2013: 62); ciertamente hay una historia de las formas: locura y sinrazón, y este entrecruzamiento constituye el saber sobre la locura en la época clásica; igual podría señalarse la prisión en el siglo XVII: es una forma de visibilidad del crimen, donde el derecho fuera de la prisión construye categorías de delincuencia, y delincuente clasifica una serie de nuevos delitos contra la propiedad, pero ninguna relación, la irreductibilidad de las formas continúa, sin que ello impida mutuos acercamientos:

Las dos formas no cesan de entrar en contacto, de insinuarse una en otra, de arrancar cada una un segmento de la otra: el derecho penal no cesa de confirmar la prisión, de proporcionar presos, mientras que la prisión no cesa de reproducir delincuencia, de convertirla en un objeto, de realizar los objetivos que el derecho penal concebía de otra forma (defensa de la sociedad, transformación del contenido, modulación de la pena, individualización). Entre las dos formas existe presuposición recíproca. No obstante, no existe forma común, no existe conformidad, ni siquiera correspondencia (Deleuze, 2008: 58).

Podría, entonces, considerarse la pericia en la confluencia de las dos formas, en el punto en que lo visible y lo no visible mantienen su heterogeneidad, ya por el acto del crimen de más de treinta personas, ya por la conducta y sus rasgos de personalidad psicopática, carácter violento, maltrato de animales, piromanía, etc., pero, ¿desde qué punto de vista es posible considerar que confluye al mismo espacio de las formas, si no es porque representa algo más que un informe de unos peritos y tiene que ver precisamente con un poder que la erige en instrumento de manipulación de los términos acto y conducta?

Valdría, pues, señalar, porqué o para qué es una pericia, y a la vez determinar la función que le asigna el poder, para situarla en el punto donde confluyen el acto y la conducta. En La historia de la sexualidad. La voluntad de saber, Foucault (1977) plantea de esta manera el paso de un poder centrado en la ley a un poder disciplinario:

Ahora resulta absolutamente heterogéneo, respecto a los nuevos procedimientos de poder que funcionan no ya por el derecho sino por la técnica, no por la ley sino por la normalización, no por el castigo sino por el control, y que se ejercen en niveles y formas que rebasan el estado y sus aparatos. Hace ya siglos que entramos en un tipo de sociedad donde lo jurídico puede cada vez menos servirle al poder de cifra o sistema de representación (Foucault, 1977: 109).

En este sentido, la pericia consistiría en una técnica de poder destinada a traspasar unos procedimientos de control y normalización hacia el acto y la conducta, lo cual implica que de ahora en adelante ya no es posible considerar dos formas, sino dos fuerzas que estarían en campos diferentes. Estas fuerzas comprenderían dos modalidades de poder, la del acto regido por un poder negativo, centrado en el castigo y la cárcel, tal como la ley y el derecho lo formulan, y la conducta ligada a un poder positivo, propio del control y la normalización, lo que conduce a una tercera consideración: entre el acto y la conducta, el poder establece una relación de saber.

Quedaría entonces delimitado el saber a una relación de fuerzas, ya que el poder es saber. En consecuencia, el análisis de la pericia debe establecerse sobre estas relaciones, como también depender la cuestión del cruce, enlazamiento, o captura, a una operación de fuerzas exclusivamente.

Un ejercicio de poder aparece como un afecto, puesto que la propia fuerza se define por su poder de afectar a otras. incitar, suscitar, producir (o bien todos los términos de listas análogas) constituyen afectos activos, y ser incitado, ser suscitado, ser obligado a producir, tener un efecto útil, constituyen afectos reactivos (Deleuze, 2008: 100).

Permite el poder -por el hecho de considerar el acto y la conducta ya no como formas, sino como relaciones de fuerzas- hacer ver el crimen de más treinta personas en el trasfondo de una categoría psicológica como la conducta, y en consecuencia poder desplazar el acto como tal, jurídicamente calificado como un crimen, para ser captado por un modo extrajurídico, y de esta manera poner a funcionar los procedimientos de control y normalización, que de otra manera sería imposible a través del acto, ya que si este se define por la ley estaría supeditado a un ejercicio soberano que no admitiría la más mínima desviación, y su aplicación tendría efectos de reparación a través del castigo. De ahí la operación del poder, al desplazar el acto, para concentrarse en la conducta, y los efectos que ello pueda acarrear, para todo el aparato de la justicia. De ahora en adelante el crimen no será un problema jurídico exclusivamente; aparecen una serie de aspectos antijurídicos, característicos de la conducta individual, que entrarían a ser juzgados como parte del crimen: perversión, agresividad, manías, defectos, instintos, deseos, etc.

La pericia psiquiátrica permite trasladar el punto de aplicación del castigo, de la infracción definida por la ley a la criminalidad evaluada desde el punto de vista psicológico moral. Por el sesgo de una asignación causal cuyo carácter tautológico es evidente, pero a la vez importa poco (a menos que se intente hacer el análisis de las estructuras racionales de un texto semejante, lo que carecería de interés), se pasó de lo que podría denominarse el blanco del castigo, el punto de aplicación de un mecanismo de poder, que es el castigo legal, a un dominio de objetos que compete a un conocimiento, una técnica de transformación, todo un conjunto racional y concertado de coerciones (...) Lo esencial de su papel es legitimar, en la forma del conocimiento científico, la extensión del poder de castigar otra cosa que la infracción (Foucault, 2011: 31).

En la medida en que el poder es un ejercicio de esta naturaleza y la pericia el instrumento de ese ejercicio, hay otro aspecto que el poder pone en ejecución: imponer una estrategia y, en consecuencia, revestir la pericia de poder para materializar esa estrategia. Aunque este imponer no estaría dado por la acción de un sujeto o una causalidad que la explicara, sino por las mismas relaciones de poder «atravesadas de parte a parte por un cálculo: no hay poder que se ejerza sin una serie de miras y objetivos» (Foucault, 1977: 115), y esta condición estaría dirigida más hacia una estrategia puntual que a maniobras que produzcan grandes efectos, como podría ocasionar la racionalidad del estado.

De esta manera, al desplazar el punto de atención hacia la conducta, la pericia realiza los objetivos del poder: controlar al individuo con su crimen no solo para asegurar que nunca más pueda seguir su carrera delictiva -como podría pretender con base en la ley, con la imposición de la cárcel-, sino para ejercer en un control de tipo disciplinario que redunde en lo que Foucault (2011) llama las virtualidades de la conducta, más de corrección y normalización. En otras palabras, un poder de control sobre una conducta potencialmente peligrosa, y esta pretensión solo es posible si el poder logra sustraer la pericia del ámbito jurídico para asignarle una función específica: proteger el conjunto social de la anormalidad. De esta manera, tendría justificación la psiquiatría con sus peritos, las afirmaciones que lanzan de trastorno de personalidad psicopática, de rasgos violentos, inmadurez psicológica, los aspectos de la niñez, el deseo criminal que ya está inscrito, ausencia de sentimientos de culpa, etc.

Con la pericia tenemos una práctica que concierne a anormales, pone en juego cierto poder de normalización y tiende, poco a poco, por su propia fuerza, por los efectos de unión que asegura entre lo médico y judicial, a transformar tanto el poder judicial como el saber psiquiátrico, a constituirse como instancia del control del anormal (Foucault, 2011: 49).

A este nivel de terapéutica social está llamada la pericia, y constituye con el poder ese sentido compacto. Su legitimación es justificada, incontrovertible la función social que cumple, y desde entonces no es posible considerar un crimen, si previo no hay una pericia que diga porqué un individuo es capaz de matar a más de treinta personas si no es por un objetivo específico. Debe realizarse como una práctica social de control de la anormalidad para que la normalidad siga existiendo. En cierta manera es un poder de gestión: hacer que la vida de los normales se fortalezca a costa de los anormales; algo parecido a la función de los condenados en el mejor de los mundos posibles (Leibniz, 1954) con el fin de mantener la armonía preestablecida. Pero es un poder, y como tal la pericia se reviste con tal propiedad que suele exclamar fácilmente: Yo la psiquiatría, Yo el poder de control, pero esta manera de manifestación es más efecto, que un defecto de poder

Esto, creo, no es un accidente en la historia del poder, no es una avería de la mecánica. Me parece que es uno de los engranajes que forma parte inherente de los mecanismos del poder. El poder político, al menos en ciertas sociedades y, en todo caso en la nuestra, puede darse y se dio, efectivamente, la posibilidad de hacer trasmitir sus efectos, mucho más de encontrar el origen de sus efectos, en un lugar que es manifiesta, explícita y voluntariamente descalificado por lo odioso, lo infame o lo ridículo» (Foucault, 2011: 25).

La pericia, audazmente, logra ese poder, entrever un estatus científico, y lo hace a costa de ignorar la formación científica tanto del derecho como de la psiquiatría; no podía proponer otra cosa, ya que su objeto, para el que fue inventada, no era aportar nuevo conocimiento científico sobre el crimen, que haya llegado hasta el punto de deslegalizar el delito, no es más que una operación, una estrategia, pero nada que explique porqué lo hace, o sobre qué supuestos científicos es posible llegar a tal deslegalización. incluso con esa intención de control social ha logrado ejecutar una serie de malabarismos, como canjear el psiquiatra con el juez, el juez en psiquiatra, con intercambio mutuo de máscaras: yo la tomo, tú la tomas. Un psiquiatra togado de juez, sentado en un tribunal, juzgando desde lo antijurídico, he ahí en una palabra, la pericia en su poder:

No ya simplemente: el hecho, ¿se halla establecido y es delictivo?, sino también «¿qué es pues este hecho, esta violencia o este asesinato? ¿a qué nivel o en que campo de realidad inscribirlo? ¿Fantasma, reacción psicótica, episodio delirante, perversidad?» No ya simplemente «¿quién es el autor?», sino «¿cómo asignar el proceso causal que lo ha producido? ¿dónde se halla, en el autor mismo, su origen? ¿instinto, inconsciente, medio, herencia?» No ya simplemente: «¿Qué ley sanciona esta infracción?», sino: «¿Qué medida tomar que sea la más apropiada? ¿Cómo prever la evolución del sujeto? ¿de qué manera sería corregido con más seguridad?» (Foucault, 1978: 26).

Cómo percibir la infracción, dónde situarla, qué hacer con ella. Atrás quedó la ley como sanción; hay ahora una distinta manera de enunciar y ver el crimen, ya en la personalidad psicótica, ya en defectos de la personalidad, ya en ausencias de afecto familiar, falta de la figura paterna, etc. Multiplicidad fantasmal diciéndole a la justicia: este no es un crimen, júzguelo a cambio por los fantasmas, como el acto de don Giovanni, al exhibir el corazón en la mano, para mostrar a todos, que le pedían, dónde estaba el crimen que acababa de cometer:

Entra Giovanni con un corazón clavado en su puñal. Giovanni.- No os asombréis si vuestros corazones se crispan, llenos de aprehensión ante esta vana imagen. ¡de qué pálido espanto, de qué cobarde cólera, Se hubieran visto sentidos, si hubieran sido testigos del robo de vida y de belleza que he hecho! (Bataille, 1967: 1).

Un diagrama es una exposición de relaciones de fuerza de una formación, contiene y mezcla funciones y materias, distribuye los poderes de afectar y ser afectado (Deleuze, 2008); hay un diagrama griego, uno romano, uno en la pastoral cristiana del siglo XV, otro situado en la ciudad afectada por la peste en el siglo XVIII. Los dos últimos preceden al diagrama disciplinario de control, y lo que hay de uno al otro, son exposiciones de fuerzas, pero que surgen en puntos diferentes.

Así, el pastor y el rebaño no son formas ni entidades o sujetos (ya que estos permanecen como estructuras invariables en el tiempo, el rol de pastor, el rol de rebaño), sino fuerzas que entran en relación, y como tales tienen el poder de afectar y ser afectadas, de ejercer una acción sobre otra acción. Este poder pastoral impone unas prácticas de confesión y examen de conciencia sobre todas las «acciones, de todo el bien y el mal de que son capaces de hacer, de todo lo que les ocurre» (Foucault, 1990: 113). Su función es el control de los individuos, que es lo que ejerce el poder: control que conduce, gestiona, promueve, salva la vida. Este poder individualizador lleva al «desarrollo de unas técnicas de poder orientadas hacia los individuos y destinados a gobernarlos de manera continua y permanente» (Foucault, 1990: 98).

El segundo diagrama representa una evolución con respecto al poder pastoral, la ciudad afectada por la peste. Desarrolla unas técnicas de poder más estilizadas, dirigidas hacia el control de la cotidianidad individual donde se desataba la peste, por observación, registro, clasificación de los individuos en peligrosos o no, y cuya función tendía, como el poder pastoral, a tomar a cargo la vida para potenciarla, hacerla vital y productiva, incluso a nombre de esa vida, intervenir en lo más capilar del individuo, para asegurar su continuidad; es un poder por inclusión, antes que por exclusión:

Este espacio cerrado, recortado, vigilado, en todos su puntos, en el que los individuos están insertos en un lugar fijo, en el que los menores movimientos se hallan controlados, en el que todos los acontecimientos están registrados, en el que un trabajo ininterrumpido de escritura une el centro y la periferia, en el que el poder se ejerce por entero, de acuerdo con una figura jerárquica continua, en el que cada individuo está constantemente localizado, examinado y distribuido entre los vivos, los enfermos y los muertos (Foucault, 1978: 201).

En el espacio de la ciudad, hay un poder de afectar y ser afectado, una pura acción física de afectación, una acción sobre otra acción, libre de las formas ver y enunciar, con exclusiva función de control sobre la cotidianidad, sin necesidad de encierros, solo fraccionamiento del espacio, hasta lograr el cerco de lo individual; que aparezca en este cercar, la cárcel, además de otras instituciones, indica otra cosa que un encierro crudo, y si precisamente señalamos la cárcel, es porque esta logra instaurar la función disciplinar en toda su radicalidad. Por eso, el derecho ilustrado del siglo XVII devuelve a la cárcel el poder disciplinario que había perdido, que lo haga ahora en el limitado espacio de sus muros es solo una fase inicial, pero cuando logre conquistar la totalidad del espacio social, la cárcel cumplirá su cometido:

Yo, prisión soy más apta que nadie para realizar vuestros propios deseos de penalistas, el gran cuadriculado, es decir, el control de lo cotidiano. Solo que -añadiría la prisión- no puedo hacerlo más que por mis modestos medios, es decir en un medio cerrado. No ha llegado aún la hora de cuadricular un espacio abierto, no sabemos hacerlo. Pero desde el momento en que se sepa perderé mi utilidad (Deleuze, 2013: 203).

En la conducta y el acto, en el ver y el decir, se constituyen relaciones de fuerzas, pero no en el sentido de formas que dejan ver y enunciar el crimen, sino fuerzas capaces tanto de afectar como de ser afectadas con sus respectivas funciones y materias no formadas. Una física acción sobre otra acción. Por eso no es posible reducirlas una a la otra; son distancias irreductibles, solo que entran en relación de fuerzas, como pueden entrar las formas a producir un saber. El acto fuerza a la conducta, la conducta fuerza al acto. Acción sobre acción. Una activa, la otra pasiva. Dinámica de fuerzas.

Así la conducta impone al acto una pura función moral y psicológica, ya sea al acto de un individuo cualquiera, una pluralidad de individuos o un conjunto de instituciones, procesos, etc. Allí donde se produce una acción, esta tiende a ser afectada por una valoración de este tipo, lo que produciría una serie de efectos o consecuencias de distinto orden: elisión de la responsabilidad, ya no solo jurídica que exige la justicia por el acto criminal, sino ante cualquier acción. Se pasa entonces a calificar el acto de peligroso y por tanto a evaluar: es posible una readaptación, se puede corregir o no y, como dice Foucault (2011), de ahora en adelante una técnica de normalización se aplicará al individuo delincuente.

Liquidación de la soberanía de la ley, ya en la modalidad del estado, del derecho, o de cualquier formación que se pretenda facultada a exhibirla.

El acto se vuelve reactivo, responde negativamente como el esclavo. Exige un poder opresor centrado en la ley, contra el control y la normalización que impone la conducta. Exige también un acusado ante la ley, y no una condena ante la conducta. Plantea la cárcel para el castigo, contra una función de la cárcel disciplinar. Niega todo término disyuntivo: enfermedad o responsabilidad, causalidad patológica o libertad del sujeto jurídico, terapéutica o castigo, medicina o penalidad, hospital o prisión. Para el acto solo hay un poder, la ley.

Pero una exposición de fuerzas, con sus propiedades reactivas y activas, con sus funciones y materias, alude un diagrama de tipo disciplinario. Y sin embargo, este poder disciplinario es también saber, porque entre saber y poder hay presuposición recíproca, así sean dos naturalezas diferentes, así haya irreductibilidad. Son como dos luchadores que se abrazan, que pujan con sus respectivas fuerzas.

De ahí que la pericia aparezca como técnica de poder, para traspasar el control y normalización a las fuerzas que entran en contacto. Y como producen un saber sobre el crimen, lo hacen por la conducta y no por el saber del derecho o de la ley.

De hecho para Foucault -en sus ensayos sobre la sexualidad, la historia de la locura en la época clásica o Vigilar y castigar-, el saber se construye desde distintos focos de poder.

Así, el poder de la confesión «fue y sigue siendo la matriz general que rige la producción del discurso verídico sobre el sexo» (Foucault, 1977: 78). En Vigilar y castigar, el panóptico es la instancia de poder que está produciendo constantemente un saber sobre aquello observa. El hospital general, el manicomio, ¿no visibilizan la locura de tal manera que hay una forma de decir y enunciarla diferente a como se venía enunciando en el medioevo o el Renacimiento?

El poder, desde el instante en que hace hablar y hace ver, genera saber, y la pericia muestra este poder saber, ya con el psiquiatra o el perfilador criminal cuando proponen explicaciones, establecen conclusiones o dan un veredicto. Y cuando se pregunta en la pericia por el poder del psiquiatra o el perfilador criminal, ya no se trata de dos individuos comunes y corrientes, sino de unos autores.

Y sería entonces algo importante en una pericia, considerar al psiquiatra o el perfilador criminal como autores, ya que han deslegalizado la infracción, por una alternativa psicológica y moral. Porque cuando se plantean como autores, es porque poseen un saber científico, con un valor judicial importante para elidir toda responsabilidad ante la ley. En otras palabras son autores de una condena. Poder condenar a un individuo, no por lo que hizo, el asesinato de más de treinta personas, sino porque el crimen estaba ya en él, en cada unos de sus rasgos, en su conducta anormal.

Es más poder condenar que culpar. He aquí todo el poder de autores. Se puede leer detalladamente en la pericia: «los tratamientos médicos y psicológicos son insuficientes y por eso las autoridades deben adoptar medidas de control social, como la cárcel» «son asesinos por vocación» «no se conocen personas que se hayan recuperado»:

para un discurso, el hecho de tener un nombre de autor, el hecho de que se pueda decir «esto ha sido escrito por tal» o «tal es su autor», indica que ese discurso no es una palabra cotidiana, indiferente, una palabra que se va, que flota y pasa, una palabra inmediatamente consumible, sino que se trata de una palabra que debe ser recibida de cierto modo y que en una cultura dada debe recibir un estatuto determinado (Foucault, 2010: 20).


Notas

3 En: http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-12777599. Consultado: noviembre, 2014.
4 Se reserva la identidad de los personajes.


Bibliografía

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