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Tabula Rasa

Print version ISSN 1794-2489

Tabula Rasa  no.47 Bogotá July/Sept. 2023  Epub Nov 01, 2023

https://doi.org/10.25058/20112742.n47.03 

Artículo de investigación

«DEFENDER EL RÍO PARA DEFENDERNOS A NOSOTROS MISMOS». LUCHAS DE GENTE NEGRA POR LA DESVIACIÓN DEL RÍO OVEJAS EN EL NORTE DEL CAUCA, COLOMBIA 1

“Defending the River to Defend Ourselves” -The Fights of Black People Against Diverting the Ovejas River in the Northern Region of Colombian Cauca Department

“Defender o rio para defender a nós mesmos”. Lutas de gente negra pela desviação do rio Ovejas no norte do Cauca, Colômbia

Germán Moriones Polanía1 
http://orcid.org/0000-0001-8621-3581

1 Candidato a doctor en Ciencias Sociales, Universidad Estadual de Campinas - Brasil. Universidad Estadual de Campinas, Brasil germorio@gmail.com


Resumen:

Este artículo describe y analiza el proceso de organización política de las poblaciones negras de los municipios de Suárez y Buenos Aires alrededor del proyecto de Desviación del río Ovejas, al suroccidente de Colombia, entre 1994 y 2001. A partir de una etnografía de archivo y entrevistas con actores comunitarios que participaron en este proceso, describo las continuidades y discontinuidades en las formas organizativas establecidas por las comunidades, que dan cuenta de particularidades históricas, políticas y culturales de la región a partir del giro multicultural que se estableció en la Constitución Política de 1991 con el reconocimiento de los derechos étnicos y territoriales de las poblaciones negras del país. Concluyo que las prácticas y relaciones establecidas entre organizaciones locales e instituciones del Estado permite rastrear la emergencia de lenguajes y categorías que han dado forma a la constitución de sujetos etnizados y racializados, estableciendo nuevas formas de relacionarse con el Estado que posibilitaron el surgimiento de liderazgos políticos alrededor de narrativas que trascienden las luchas étnicas y territoriales de los pueblos afrocolombianos.

Palabras clave: comunidades negras; norte del Cauca; río Ovejas; organización política.

Abstract:

This article describes and analyzes Black populations’ political organization processes in the municipalities of Suárez and Buenos Aires to oppose the project to divert the course of the Ovejas river, in South Western Colombia, between 1994 and 2001. Drawing on archival ethnography and interviews to community actors engaged in this process, we describe the continuities and discontinuities in the organizational forms set up by these communities. These ones, in turn, account for regional historical, political, and cultural specificities which allowed for the multicultural turn brought about by the 1991 Political Constitution, since the Chart enshrined national Black populations’ ethnic and territorial rights. We found that practices and relations established among local organizations and state institutions allow us to track the emergence of languages and categories that shaped ethnicized and racialized subjects, by establishing new means to relate to the State thus making possible the emergence of political leaderships based on narratives transcending Afro-Colombian people’s ethnic and territorial fights.

Keywords: Black communities; Cauca northern region; Ovejas river; political organization.

Resumo:

Este artigo descreve e analisa o processo de organização política das populações negras dos municípios de Suárez e Buenos Aires ao redor do Projeto de Desviação do Rio Ovejas, no sudoeste da Colômbia, entre 1994 e 2001. A partir de uma etnografia de arquivo e entrevistas com atores comunitários que participaram desse processo, descrevo as continuidades e descontinuidades nas formas organizativas estabelecidas pelas comunidades, que dão conta de particularidades históricas, políticas e culturais da região a partir do giro multicultural que se estabeleceu na Constituição Política de 1991 com o reconhecimento dos direitos étnicos e territoriais das populações negras do país. Concluo que as práticas e relações estabelecidas entre organizações locais e institucionais do Estado permitem rastrear a emergência de linguagens e categorias que têm dado forma à constituição de sujeitos etnizados e racializados, estabelecendo novas formas de relacionamento com o Estado que possibilitaram o surgimento de lideranças políticas ao redor de narrativas que transcendem as lutas étnicas e territoriais dos povos afrocolombianos.

Palavras-chave: comunidades negras; norte do Cauca; rio Ovejas; organização política.

Introducción

A principios de 1990, posterior al reconocimiento de los derechos étnico-territoriales de las «comunidades negras» del país mediante la Ley 70 de 1993 2, la cotidianidad de las poblaciones negras y campesinas que residían sobre las márgenes del río Ovejas, en las inmediaciones de los municipios de Suárez, Buenos Aires y Morales en el norte del Cauca (ver mapa 1) fue sacudida por el Proyecto de Desviación del Río Ovejas (PDROES), catalogado como la «segunda fase» de la hidroeléctrica La Salvajina, construida entre los años de 1978 y 1985 en el actual municipio de Suárez ( Juanillo Mina, 2016; Quintero & Palacio, 2013). A partir de una etnografía de archivo y entrevistas a profundidad con actores involucrados, este artículo explora el proceso organizativo de las poblaciones afectadas frente a la fallida desviación del río Ovejas y sus repercusiones sociales que dieron impulso a transformaciones políticas e identitarias enmarcadas en el giro multicultural establecido en la constitución política de 1991.

Fuente: elaboración propia 3.

Mapa 1 Zona influencia del PDROES 

Siguiendo la propuesta de Briones (2008) de identificar las particularidades de los procesos de configuración de nación, describo las formas de interpretación y apropiación de las políticas multiculturales por parte de las organizaciones de poblaciones negras locales y regionales, para a partir de allí exponer las prácticas y tipos de relaciones que se establecieron entre líderes y lideresas locales y funcionarios de diversas instancias estatales que participaron en la planeación, negociación y disputa por la fallida desviación del río Ovejas. En este cruce de relaciones y prácticas, se rastrea la emergencia de lenguajes y categorías que han dado forma a la constitución de nuevos sujetos racializados y etnizados en la región del norte del Cauca, específicamente en las montañas de los municipios de Suárez y Buenos Aires. Discuto cómo las movilizaciones en torno a «viejos» problemas como La Salvajina y sus efectos (desplazamiento y despojo de tierras), se tornaron en «nuevos» lenguajes, categorías y formas organizativas fundamentadas en derechos étnicos, participación política directa y sujetos de consulta previa 4.

Expondré que lejos de haber sido un proceso más de organización política, la defensa del río Ovejas marca el punto de partida para la construcción de un proyecto político regional de la gente negra que se ha ido consolidando en el norte del Cauca. Más allá de celebrar las bondades de las políticas multiculturales o de romantizar los procesos organizativos locales y regional, analizo las continuidades y discontinuidades de las trayectorias históricas y culturales de la región que permiten identificar las especificidades de la organización y movilización política del pueblo negro del norte del Cauca, contribuyendo también en el análisis de los procesos de formación del Estado desde una perspectiva regional.

Transiciones políticas y discursivas del Estado: Ley 99 y Ley 70 de 1993

Manuel Rodríguez Becerra (2009) ha manifestado que desde la década de 1970 en Colombia se inició el proceso de incorporar el tema ambiental como problema de Estado, para lo cual se realizaron dos grandes reformas de política pública. La primera de ellas fue a principios de los años setenta con la expedición del Código de los Recursos Naturales Renovables y del Medio Ambiente en 1974 y la reorientación de las agencias públicas encargadas de la administración de los recursos naturales. La segunda se da a principios de los noventa con la incorporación de más de 50 artículos sobre medio ambiente y desarrollo sostenible en la Constitución Política de 1991, que se reglamentarían posteriormente en la Ley 99 de 1993 mediante la cual se creó el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental.

Esta última reforma es analizada por Guhl (2015) como la segunda etapa de la gestión ambiental en el país, la cual se fundamenta en el concepto de desarrollo sostenible y se caracteriza por una visión integrada, holística y sistemática del medio ambiente, por el fortalecimiento del papel del Estado como regulador y controlador de efectos de proyectos de desarrollo económico, así como por promover la participación social en las decisiones sobre dichos proyectos. Para ello se diseñaron y adoptaron instrumentos como las licencias y los permisos ambientales, mientras que la participación social es entendida como un elemento central para la conservación de los recursos, «por lo que se crean mecanismos y formas para impulsarla, dando forma a un estilo de gobernanza participativa que corresponde a una gestión integral, que involucra en los planes y acciones a los actores relacionados con los asuntos ambientales». ( Guhl, 2015, p. 33)

Junto a esta constitucionalización ambiental se produjo la declaración de la nación pluriétnica y multicultural, reconociendo los derechos étnicos y territoriales a «las comunidades negras» del país. Los análisis sobre el proceso de etnización de la gente negra en Colombia ha sido bastante documentada por varios académicos quienes destacan 4 elementos clave para entender el surgimiento de la negridad como sujetos étnicos diferenciados, como son los discursos y estrategias de conservación de la biodiversidad a nivel global, las políticas de desarrollo sostenible del Gobierno nacional enfocadas a la región del Pacífico, la movilización de poblaciones negras de esa región y la apertura política generada en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 ( Agudelo, 2005; Escobar, 1997; Oslender, 2008; Restrepo, 2013). Más que profundizar en esta historia, destaco tres aspectos sobre la pieza legislativa que reconoció los derechos a las comunidades negras, la Ley 70 de 1993. Por un lado, desafió las estructuras de alteridad de la nación al legitimar a la gente negra del país como otros grupos étnicos diferenciados del resto de la población mayoritaria. En segundo lugar, solidificó unas «geografías de la negridad» ( Wade, 1997) articuladas a un pensamiento racial herederas del imaginario colonial, en donde existen unas regiones más «negras» que otras, siendo imaginada la región del Pacífico como el lugar del negro en Colombia. De allí que tanto la Ley 70 como los estudios sobre las poblaciones negras como sujetos étnicos se centraran durante las dos décadas posteriores preferencialmente sobre las poblaciones rurales y ribereñas de la región del Pacífico. Y tercero, en la construcción de la misma Ley 70 se consolidó un grupo particular de representantes de las comunidades negras que retomaron la vocería del movimiento y establecieron los primeros parámetros de relacionamiento entre este y el Estado colombiano ( Domínguez, 2017).

Justamente en este tránsito y transformaciones políticas e institucionales se da origen al Proceso de Desviación del Río Ovejas hacia el embalse La Salvajina, el cual fue definido por la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) 5 como la «segunda fase» de dicha obra. Este contexto implicó la ejecución de medidas y prácticas que llevaron a nuevas formas de interactuar entre comunidades afectadas por proyectos de impacto en sus territorios, por lo que las instituciones gubernamentales se vieron avocadas a seguir conductos legales más consecuentes con el contexto global en donde las políticas multiculturales y la «irrupción de lo biológico» se tornaban como un problema de orden mundial. La biodiversidad y la multiculturalidad representaban una nueva forma de entender la relación entre cultura y naturaleza ( Escobar, 1997). Serán estas medidas, participación institucional y comunitaria y sus efectos las que describiremos a continuación.

Intervenciones institucionales y organización comunitaria

«En ese proceso fue que yo comencé», manifiesta Libio 6, líder del consejo comunitario de La Toma, al preguntarle por el PDROES que se formuló y quiso ser implementado durante la primera década de 1990 en el municipio de Suárez, norte del departamento del Cauca - Colombia.

Yo tenía unos 21 años cuando los mayores nos llamaron a un grupo de jóvenes de la vereda;Yolombó; que vivíamos en otras ciudades, pero regresábamos al territorio cada fin de año para las fiestas. Nos iban a desviar el río Ovejas, y nosotros los jóvenes que nos gustaba ir al río de paseo teníamos que apersonarnos del tema, nos decían los mayores. Eso fue por allá en 1994. (Entrevista en campo)

El río Ovejas es uno de los principales afluentes tributarios del río Cauca, el cual nace en el municipio de Silvia y en sus 71,5 kilómetros de longitud recorre municipios como Piendamó, Morales, Buenos Aires y Suárez, desembocando en el río Cauca 3,5 km aguas abajo del embalse Salvajina. Los argumentos que justificaban la ejecución de este proyecto estaban en consonancia con aquellos expuestos dos décadas atrás cuando se construyó dicho embalse, como eran mayor generación de energía para la creciente industria del Valle del Cauca y evitar inundaciones en la zona plana en donde se cultiva mayoritariamente la caña de azúcar.

En la discusión que sigue, utilizo un expediente creado en 1994 por el entonces Ministerio del Medio Ambiente y que abarca documentos hasta el año 2005, en el marco de la solicitud de licencia ambiental realizada por la CVC para la ejecución del PDROES. De este modo, los archivos en su conjunto nos proporcionaron pistas para mapear actores y sus vínculos que fueron abordadas no solo como un telón de fondo, sino como un entramado de relaciones que se fueron constituyendo en la medida en que se iban estableciendo. La perspectiva etnográfica del archivo junto con las entrevistas y conversaciones informales con líderes y lideresas que hicieron parte del proceso, proporcionaron herramientas metodológicas para identificar alteridades, posicionamientos discursivos, reconstruir los principales ejes argumentativos y puntos de tensión durante este proceso, que dan cuenta también de cómo la alteridad se fue cimentando y constituyendo en los discursos y prácticas organizativas de las poblaciones negras de la región durante la primera década posconstituyente ( Muzzopappa & Villalta, 2011; Stoler & Sierra, 2010).

El primer eje argumentativo que destacamos en la etnografía del archivo es lo que denominamos dos procesos paralelos y contradictorios de la institucionalidad estatal. Por un lado, la CVC en febrero de 1993 inició la socialización y promoción de la propuesta frente a entes administrativos, sectores gremiales y Juntas de Acción Comunal (JAC) 7 de 12 veredas de los municipios de Suárez, Buenos Aires y Morales que habían definido como las «beneficiarias» por las obras de infraestructura. De allí que encontremos más de 25 cartas de «apoyo» al proyecto por parte de las JAC, gremios y administraciones locales, además de panfletos invitando a darle la «bienvenida» al proyecto ( Figura 1). Al hacer referencia sobre los inicios del proyecto, don Libio recuerda que «eso de Ovejas cuando nos dimos cuenta ya lo tenían listo». Acuerdos entre gobernadores del Cauca y Valle del Cauca, entre CVC, alcaldes, concejales y gremios pronosticaban un proceso desigual y sin consultar a las poblaciones afectadas, tal y como lo habían hecho con Salvajina más de una década atrás.

Fuente: Expediente 33/94 del Ministerio del Medio Ambiente.

Figura 1. Documentos de apoyo al proyecto 

Simultáneamente, esta misma Corporación hacía la solicitud de la licencia ambiental ante el recién creado Ministerio de Ambiente, para lo cual entregó un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Sin embargo, inicialmente la licencia fue rechazada por considerarse que los estudios técnicos y socioeconómicos no solamente eran incompletos, sino que no cumplían con los requisitos mínimos exigidos en la nueva legislación ambiental. Los estudios se remitían a aspectos generales sobre el proyecto, como sus objetivos, las obras propuestas, los costos, cronograma de actividades previstas a terminar a finales de 1998 y las actas de acuerdos y peticiones comunitarias en contrapartida de la construcción de la obra. En el auto de respuesta, el Ministerio solicitaba información detallada sobre el medio biofísico a ser intervenido, pero más importante aún, «se deberá involucrar en el estudio de impacto ambiental, a las comunidades negras existentes en la zona de acuerdo con el Art. 76 de la Ley 99 de 1993 y la Ley 70 de 1993». ( Ministerio de Ambiente, 2005, p. 81) De este modo, se infiere que la autoridad ambiental regional encargada de gestionar el proyecto del río Ovejas, la CVC, desconocía los nuevos mandatos constitucionales sobre legislación ambiental que incluían términos de referencia más estrictos y complejos sobre el componente ambiental y la participación de comunidades étnicas en la toma de decisiones sobre proyectos de infraestructura con impacto en sus territorios. Más relevante para nuestro análisis es que se da un primer reconocimiento étnico a estas poblaciones, ya que se declara la «existencia de comunidades negras» en las estribaciones de la cordillera occidental en el norte del Cauca, algunos kilómetros distante de los límites geográficos establecidos explícitamente en la Ley 70.

Es en este contexto de transformación política que líderes y lideresas del actual consejo comunitario de La Toma comenzaron a buscar alternativas para enfrentar el desvío del río Ovejas, ya que tenían un conocimiento muy superficial sobre la legislación étnica aprobada. Libio menciona que «nosotros nos fuimos a buscar gente de afuera. Aquí hay que decirlo, nosotros veníamos del proceso de Salvajina y en Salvajina hubo mucha gente vendida», afirma el líder con una voz gruesa pero jocosa. En esa búsqueda se contactaron en 1994 con líderes y lideresas nacionales y regionales que habían participado de la Comisión Especial que dio origen a la Ley 70 de 1993, algunos de ellos organizados en la Consultiva Departamental del Cauca 8. Sin haber sido conformada para una participación directa en este tipo de proyectos, la figura de la Consultiva Departamental fue tomando legitimidad institucional y entre las poblaciones locales, razón por la cual los líderes y lideresas allí congregados adoptaron esta figura como la más adecuada para acompañar el proceso iniciado por las JAC de cada vereda, desde donde inicialmente se empezaron a organizar los pobladores locales. Como lo manifiesta Josué, uno de los actuales líderes nacionales del Proceso de Comunidades Negras (PCN) y que en su momento conformó la Consultiva Departamental del Cauca durante la constituyente, y posteriormente hizo parte del proceso de desviación del río Ovejas,

la Consultiva aparece como parte del Grupo de Integración Regional de la Balsa (GIRB), de;l; ;Movimiento; Sinecio Mina, parte de las organizaciones, y lo convertimos en un escenario legal y jurídico por el respaldo que tenemos en ley 70 en su momento. «Tienen que prestarnos mayor atención», decíamos, por eso la mayoría de las cosas se firman desde la Consultiva y después la Subconsultiva. (Entrevista en campo)

Como lo indica nuestro interlocutor, por medio de la Consultiva Departamental se enviaron documentos al Ministerio de Ambiente exigiendo garantías de participación directa de las poblaciones afectadas en la toma de decisiones sobre el PDROES, argumentando que hasta la fecha nunca habían sido consultados al respecto, como lo estipulaba la nueva legislación multicultural. Una vez el Ministerio les dio respuesta positiva al afirmar que hasta que no se presentaran los requisitos estipulados en los términos de referencia remitidos a la CVC las obras no iniciarían, surgió una nueva estrategia organizativa desde un sector de la población del actual corregimiento de La Toma. Si bien estaban de acuerdo en que la Consultiva Departamental era la indicada para liderar el proceso, también manifestaron que a dicha Consultiva deberían ingresar representantes de las veredas que inicialmente habían hecho las primeras protestas y búsquedas de contactos y alianzas por fuera de sus territorios. Así, Libio recuerda que

se dijo que acá debería hacerse la Consultiva Departamental, pero a través de la Subconsultiva del norte del Cauca ;…; Y entonces la gente acá se ideo una cosa, los mayores ;dijeron; que la representatividad debería hacerse directa. Entonces a mí me mandan a la Subconsultiva del norte del Cauca sin saber ;…; y defiéndase allá. (Entrevista en campo)

Surgió entonces la Subconsultiva del norte del departamento del Cauca conformada oficialmente por 12 personas pertenecientes a organizaciones como Sinecio Mina de Puerto Tejada, el GIRB de Buenos Aires y representantes de algunas veredas, la cual tuvo su oficina de correspondencia y de reuniones en el corregimiento de La Balsa, municipio de Buenos Aires. A partir de ese momento, la Consultiva y la Subconsultiva serían las principales articuladoras de las dinámicas local-regional, pero más importante aún, se convirtieron en interlocutoras legalmente reconocidas por las instituciones del Estado involucradas en la ejecución y control del proyecto. Una vez articulados y reconocidos como voceros comunitarios, emerge desde la Subconsultiva una nueva dinámica política, ya que pasan de ser denunciantes y garantes de los derechos étnicos, a ser proponentes de nuevas prácticas y relaciones con las instituciones y demás actores involucrados en el proceso.

Participación comunitaria y nuevas identidades étnicas

Una vez reconocidas las instancias organizativas que representarían a las poblaciones negras del área a ser afectada por el proyecto, un nuevo actor institucional aparece en el proceso, como fue la Empresa de Energía del Pacífico (EPSA). Teniendo en cuenta las transformaciones de la institucionalidad ambiental, incluyendo las funciones de las autoridades ambientales regionales, la CVC se reestructuró dando origen a esta empresa, que asumió las funciones de generación, transmisión y distribución de energía a partir del 1 de enero de 1995 y, por lo tanto, la encargada de adelantar el proceso de desviación del río Ovejas. Lejos de tomar en serio los requerimientos del Ministerio de Ambiente, los funcionarios de la EPSA asumieron sus propias dinámicas de acercamiento a las poblaciones afectadas, dando prioridad a las entidades territoriales como alcaldías, gobernación y concejos municipales, con quienes pactaron un convenio para la conformación de un fondo de inversión por la suma de 820 millones de pesos a ser distribuidos entre los 3 municipios.

Como respuesta a estas actividades empresariales, los «residentes en las veredas Yolombo, Gelima, Las Dos Aguas» de Suárez enviaron una petición a la entonces ministra del Medio Ambiente, Cecilia López Montaño, en donde le solicitaban que se les respetaran sus derechos según lo establecido en los «artículos 25 y 79 de la Constitución Nacional, 19, 26 y 44 y otros de la Ley 70/93, 76 y otros de la Ley 99», además de exigir la participación en las negociaciones del proyecto de instituciones como el Ministerio de Ambiente, Ministerio de Minas, Presidencia de la República, Defensoría del Pueblo, Consultiva Departamental, Dirección Nacional de Negritudes y representantes de las comunidades negras del corregimiento de La Toma.

Dando retorno a estas solicitudes, el Ministerio del Medio Ambiente le informa a las comunidades que teniendo en cuenta el concepto emitido por ellos, le fue notificado a la CVC la necesidad de complementar el EIA de conformidad a lo establecido en los términos de referencia, para lo cual era obligatoria la participación de las comunidades negras existentes en la zona, garantizando de esta manera la participación de «los diversos grupos étnicos conforme lo establecido en la carta Magna y leyes que la desarrollan».

A partir de este momento, la Consultiva y Subconsultiva le propusieron a la EPSA un «verdadero proceso de consulta» a las comunidades, que consistiría en una «evaluación al interior de las comunidades impactadas por el proyecto sobre los estudios de impacto ambiental y planes de manejo elaborados por la E.P.S.A», que sirviera de base para la protocolización de la consulta previa, conforme lo establecía el convenio 169 de la OIT. A partir de la entrega de los estudios a ser evaluados, la Consultiva, la Subconsultiva y comunidades tendrían 3 meses para tomar la decisión sobre la evaluación del EIA y entregar los resultados en una asamblea general de delegados. Aceptada la propuesta por la empresa, entre noviembre de 1996 y enero de 1997 se realizaron al menos 9 reuniones de concertación entre la empresa, la Subconsultiva y el director para Asuntos de Comunidades Negras del Ministerio del Interior, este último jugando un rol de mediador de posiciones que en ciertos momentos se tornaban irreconciliables. Para no extendernos en el contenido de cada acta de reunión, expondremos los principales acuerdos y discusiones dadas en este periodo de tiempo.

En primer lugar, la Subconsultiva del norte del Cauca proponía una evaluación del EIA en cada una de las comunidades a ser definidas en mutuo acuerdo, de donde se emitiría un concepto de aprobación o desaprobación del proyecto por cada vereda. Para ello, se conformaría un equipo técnico de profesionales para el análisis de los estudios ambientales, dos líderes representantes de cada vereda y un grupo de facilitadores de la Subonsultiva que serían los articuladores entre el equipo de profesionales y los habitantes de las veredas. Todos los gastos económicos correrían por cuenta de la empresa. Uno de los principales puntos de desencuentro fue la definición del área de influencia, ya que inicialmente la empresa había manifestado que abarcaba a 12 veredas de los 3 municipios, de las cuales no todas eran comunidades negras, sino que las definían como mestizas y, por tanto, no eran susceptibles de ser consultadas. Pero para la Subconsultiva los números y argumentos eran distintos. De 12 comunidades propusieron la participación de 17, incluidas las denominadas «comunidades mestizas», adicionando también dos comunidades reconocidas como indígenas. Finalmente, fueron incluidas las 17 comunidades propuestas por la Subconsultiva, entre ellas comunidades mestizas e indígenas con voz y voto en el proceso, todo esto avalado por la Dirección de Asuntos de Comunidades Negras del Ministerio del Interior.

El proceso de evaluación del EIA y estudios socioeconómicos estableció relaciones de carácter académico con profesores universitarios y organizaciones no gubernamentales ambientalistas. Sobre esta juntanza9, Libio recuerda que «nos conectamos en ese entonces con la gente de Urrá 10 y llegan otros ambientalistas. Comienzan a llegar Censat-Agua Viva, Hildebrando Vélez, gente ambientalista que nos comienzan a decir cómo argumentar el tema de las represas». Esta articulación con la academia y organizaciones ambientalistas forjó el carácter de la discusión entre lideres y poblaciones veredales, ya que la base del estudio consistió en generar argumentos «técnicos y científicos» que fundamentaran la posición política que se tomaría sobre la ejecución de las obras. Así, se establecieron distintos niveles de jerarquías organizativas y de distribución del trabajo durante el proceso de evaluación del EIA. En primer lugar, los profesionales y los facilitadores de la Subconsultiva se encargaron de desglosar punto a punto el estudio con el objetivo de presentarlo de manera didáctica y pedagógica en cada una de las 17 veredas convocadas para este ejercicio. Durante este proceso, Libio y Josué recuerdan que se conformaron subgrupos de trabajo enfocados en temas específicos del estudio de la EPSA que les permitiera volverse «especialistas» en cada uno de estos.

Una vez los promotores veredales convocaban y organizaban las reuniones en cada localidad, además de las presentaciones generales sobre los impactos del proyecto, se realizaron «mapas sociales», como menciona Josué, enfocados en las actividades productivas y culturales de cada vereda. Posteriormente, este mismo ejercicio cartográfico se repitió inter veredalmente, para lo cual se realizaban convocatorias comunitarias ampliadas, esforzándose en reunir no solamente a líderes y lideresas locales, sino a grupos amplios de la población como alumnos y maestros de escuelas y colegios, madres comunitarias, grupos deportivos y religiosos. Pero quizás el trabajo más relevante y diferenciado con relación a las experiencias organizativas y de movilización predecesoras fueron los talleres sobre el reconocimiento de los derechos étnicos y territoriales de las poblaciones negras del país, la Ley 70 del 93 y el recién aprobado decreto 1745 de 1995 11, que eran preparados y dirigidos por los integrantes de las Consultiva y Subconsultiva.

Una anécdota de coyuntura política nacional que surgió al momento de las entrevistas en campo fue hacer mención a la participación en esas reuniones de la actual vicepresidenta de la República, Francia Elena Márquez Mina. Mientras entrevistaba a Gabriel, uno de los líderes del PCN y que en su momento participó en la Comisión Especial que promulgó la Ley 70 de 1993, me comentó que «fue durante las reuniones en Yolombó y en La Toma que conocimos a Francia. Tenía como 15 años y se la pasaba para todos lados con su mamá. Porque en ese momento era realmente la mamá quien participaba en todas esas reuniones y era una de las lideresas en ese tiempo. Si usted revisa las actas, vas a encontrar el nombre de la mamá de Francia, doña Gloria Mina» (entrevista en campo). Dicho sea de paso, desde el mes de marzo de 2022 cuando Francia Márquez Mina, oriunda de la vereda Yolombó, fue elegida como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro, comenzó a hacerse viral en redes sociales un video en donde la joven Francia da una entrevista sobre la problemática del río Ovejas y su relación con el embalse Salvajina:

Con esto nosotros denunciamos que 20 años atrás se construyó La Salvajina, hubo unos impactos sociales, económicos y ambientales. También de eso salió un acta llamada acta de 1986 donde la represa, en ese entonces CVC se comprometía como a una compensación por los impactos que había, hoy 20 años después sigue la misma problemática. En lo de educación, una educación muy mala en donde construyeron unos salones ahí tirados y hoy tenemos a nuestros niños sin una educación formal bien fundamentada. Por otra parte, tenemos el corregimiento de La Toma donde también en el acta decía que se comprometían a hacer acueducto 12.

La entrevista nos muestra a una Francia con rostro de adolescente y una voz que titubea frente a la cámara de video, quien con el fondo del cañón del río Ovejas se expresa desde esos días de 1997 con conocimiento histórico de las luchas que el pueblo suareño y tomeño emprendieron luego del desastre social, económico y ambiental que produjo la construcción de La Salvajina. La joven Francia y su posterior crecimiento personal y político como lideresa social del norte del Cauca y del país es una muestra quizás de las palabras de Libio, quien 25 años después de su participación en este proceso junto a Francia y demás habitantes de la vereda Yolombó nos manifiesta que «lo de Ovejas fue importante porque fue algo formativo, se sentaron unas bases con los jóvenes y adultos, siempre impulsado por nuestros mayores y mayoras. Esto después nos sirvió para la llegada de las mineras» (entrevista en campo).

Una vez realizados todos los encuentros y talleres en las 17 veredas, a mediados del mes de mayo cada uno de los habitantes de estas localidades se reunieron en asambleas citadas por las JAC y emitieron un concepto, el cual respondía a la siguiente pregunta: ¿está usted de acuerdo con el proyecto de desviación del río Ovejas? Recogidos cada uno de los conceptos, el día 21 de mayo de 1997 se realizó la Asamblea de delegados de las comunidades en la Iglesia de Nuestra Señora de la Virgen del Carmen de la cabecera municipal de Suárez. Al evento asistieron alrededor de 300 personas, entre quienes estaban 132 delegados de las 17 veredas, funcionarios de la EPSA y la CVC, alcaldes de los 3 municipios interesados, el Defensor del Pueblo y el Procurador Agrario del departamento del Cauca. Cuando se hace referencia a esta reunión y el concepto dado por los delegados, siempre se menciona la negativa a la ejecución del proyecto de manera unánime. Sin embargo, al indagar en los archivos y entre participantes de esa jornada se constata que los conceptos no fueron homogéneos. En el acta de la asamblea de delegados se consigna que 14 comunidades manifestaron su desacuerdo con la ejecución del proyecto, 1 comunidad se declaró «neutral» y 2 expresaron su apoyo. Esto no impidió que un delegado de la Subconsultiva luego de la intervención de los delegados de cada vereda leyera un resumen de la mayoría de los conceptos que expresaban su desacuerdo con la realización del proyecto, que se resume en la última parte del acta: «RESOLVEMOS, por mayoría, objetar y oponernos a la realización del proyecto de desviación del río Ovejas al Embalse Salvajina».

Sobre la lectura de los conceptos y el resultado de la evaluación del EIA, Libio narra de manera jocosa y burlona cómo recuerda ese momento, colocando énfasis en la reacción de los funcionarios de la EPSA y el alcalde de Suárez:

Cada comunidad, comenzaron de allá ;señalando hacia el sur;, El Porvenir. La comunidad de El Porvenir considera que «estamos de acuerdo por esto, por esto y por esto». Los Cafés estaban de acuerdo, La Esmeralda estaban de acuerdo. El Hato dice «nos declaramos neutral, porque somos una comunidad mixta», decían ellos, la comunidad campesina de la parte de Morales y la comunidad negra de Suárez. Se declararon neutral para no afectar las relaciones. De ahí para abajo todas las comunidades negras dijeron que no. Cuando la empresa ve que no, ellos se paran raboneados ;molestos;. Se van. Eso fue en la iglesia, aquí en Suárez, con presencia del alcalde. El alcalde se puso rojo, ;era; Hernando Ramírez. (Entrevista en campo)

Los principales argumentos esgrimidos por las comunidades para declarar la no viabilidad social, cultural y ambiental del proyecto se fundamentaban en aspectos «técnicos» y culturales. En las actas registradas se evidencia un lenguaje ambiental pero no ligado a la conservación en el sentido preservacionista del mismo, sino ligado a la pervivencia de los grupos en sus territorios. La disminución del caudal del río, la remoción de plantas y bosque nativo, la disminución de la pesca, pérdida del hábitat de mamíferos e invertebrados, pérdida del cerco natural y cambio del microclima eran solo algunos de los efectos negativos directos sobre el territorio identificados por los moradores de las riberas del río Ovejas. Como consecuencia de ello, se alterarían las formas tradicionales de producción como la agricultura, la pesca, la caza, la extracción de arena y oro y la pérdida del uso del río para actividades recreativas. Todos estos impactos negativos no se encontraban contemplados en el plan de manejo y mitigación propuestos por la EPSA, razón por la cual se pronunciaron en contra del proyecto.

Interpelando las políticas multiculturales

Lejos de dar por terminado el proyecto y respetar la decisión tomada por la mayoría de comunidades, a inicios de 1997 la EPSA acudió directamente a las altas esferas de la institucionalidad, como los ministros de Ambiente y de Minas. En carta del 1 de diciembre de 1997 dirigida al ministro de Minas y Energía, Orlando Cabrales Martínez, la empresa expresa que cuando estaban por finalizar los requerimientos del Ministerio de Ambiente «aparece la Subconsultiva de Comunidades Negras del norte de Departamento del Cauca, prácticamente invalidando el trabajo realizado», aduciendo que no se les había tenido en cuenta. Con el propósito de continuar con el proceso, y teniendo en cuenta la importancia para el Suroccidente del país el aumento de la oferta de energía, la empresa invitaba a que el Ministerio de Minas y Energía intercediera ante el Ministerio del Medio Ambiente para viabilizar la licencia ambiental.

Dicho comunicado surtió efecto, colocando en contradicción a las diferentes subdirecciones del Ministerio del Medio Ambiente que venían participando del proceso, instancias que se vieron en conflicto interno por cuenta de los conceptos legales emitidos anteriormente sobre la necesidad de realizar la consulta previa a las comunidades. Para darle solución a esta contradicción de conceptos dentro de una misma institución, el Ministerio de Medio Ambiente admitió que hubo un error procedimental en el proceso del río Ovejas, ya que antes de haber iniciado la «consulta previa» se debió esperar al concepto del Ministerio del Interior o acudir a la Comisión Técnica creada por la Ley 70/93 y reglamentada en el decreto 1745 de 1995 13, para definir la existencia de comunidades negras en el área de influencia del proyecto. Como la respuesta del Ministerio del Interior nunca llegó por más que se hubieran reiterado las solicitudes desde la empresa y el mismo Ministerio del Medio Ambiente, la opción adoptada desde este último fue solicitarle a la Comisión Técnica «se sirva emitir Concepto Previo y Técnico, para determinar con certeza, si las comunidades negras asentadas en el área del proyecto, son o no de las previstas en la Ley 70 de 1993».

La respuesta por parte de la Comisión Técnica solo se dio hasta el 16 de abril de 1999, mediante carta que contiene una descripción sobre la visita técnica realizada a las poblaciones involucradas y el concepto sobre lo observado:

Con base en la inspección ocular se concluye que el área en donde se realizará el proyecto referido se encuentra habitada en su gran mayoría por familias de ascendencia afrocolombiana que poseen una cultura propia, comparten una historia, tienen sus propias tradiciones y costumbres dentro de la tradición campo poblado y conservan conciencia de identidad que las distinguen de otros grupos étnicos. Dichas comunidades se encuentran organizadas políticamente en juntas de acción comunal y alrededor de la Consultiva Departamental del Cauca, aunque no existen consejos comunitarios como los que menciona la Ley 70 de 1993. De otra parte en aras de reconocer y proteger los derechos colectivos y la diversidad cultural, la Comisión Técnica recomienda realizar los estudios necesarios de concertación con los pueblos interesados, a fin de no socavar los derechos que les asiste, de acuerdo con el principio fundamental consagrado en el artículo 7 de la Constitución Política y las disposiciones contenidas en la Ley 21 de 1.993 por la cual se aprueba el Convenio N. 169 de la OIT, y en la Ley 70 de 1993 ;…; ;…; se debe continuar con los talleres que se vienen adelantando con las diferentes comunidades asentadas en el área, con el fin de agotar el proceso de la Consulta Previa y que una vez evacuada y protocolizada dicha consulta, el Ministerio de Ambiente pueda seguir adelantando el trámite de la Licencia Ambiental ;…;. ( Ministerio de Ambiente, 2005, p. 625-626)

Una vez aceptado el concepto de la Comisión Técnica, el Ministerio de Ambiente ordenó a la EPSA continuar con el proceso de consulta previa a las comunidades, orden que no fue acatada por la empresa y en su lugar solicitó el archivo del trámite de la solicitud de la licencia ambiental del PDROES. De esta manera, el 10 de enero de 2001 mediante Auto 12 el Ministerio de Ambiente ordenaba el archivo del proyecto, pero de manera transitoria, quedando como «archivo activo» en la subdirección de licencias ambientales. Libio recuerda este momento como una victoria transitoria para la organización política del momento: «Esa fue una vencida. ;Después de eso; ellos hacen todo el trabajo en el Ministerio de Ambiente para que el Ministerio no archivara el proyecto. Porque si archivan el proyecto la norma decía que ya no podían volverlo a presentar. Entonces la figura fue archivo activo». Y fue una vencida, ya que hasta la fecha este proyecto no se ha ejecutado a pesar de nuevas tentativas por parte de la EPSA y las posteriores empresas que tomaron la dirección del embalse Salvajina.

Conclusiones

En este artículo se ha profundizado en uno de los procesos menos abordados en el pasado reciente de las luchas de las poblaciones negras del norte del Cauca, y más específicamente en el corregimiento de La Toma-Suárez, como fue el intento de desviación del río Ovejas hacia el embalse Salvajina. Mucho se ha documentado sobre los conflictos territoriales y socioambientales por la irrupción del conflicto armado en la región a finales de la década de 1990 y las concesiones mineras a empresas multinacionales a finales de los 2000 e inicios de la década de 2010, en donde la cuestión sobre la emergencia de los discursos, lenguajes y organizaciones de carácter étnicas aparecen naturalizados ( Abreo Carrillo et al., 2010 ; Rojas-Lozano et al., 2018 ; Sañudo et al., 2016 ). En el mejor de los casos, la coyuntura política y legislativa explica el hecho de las transformaciones organizativas e identitarias en las poblaciones que se articulan alrededor de las nuevas políticas y pedagogías de la diferencia, pero no se han explorado las particularidades regionales en que estas se han desplegado y apropiado.

Como he expuesto, la organización política alrededor de la desviación del río Ovejas permitió destacar algunas especificidades y diferencias con relación a las formas como se articularon las luchas territoriales en la región, dándole un carácter distinto a estas organizaciones de comunidades negras con relación a las narrativas hegemónicas sobre las mismas. En primer lugar, las organizaciones regionales de base campesinas y urbanas y las luchas cívicas y por la tierra se articularon al proceso nacional de organizaciones negras emergente durante la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, haciendo parte activa de las discusiones políticas y académicas para el reconocimiento de los derechos étnicos y territoriales de las comunidades negras. A partir de allí, la pedagogía de la diferencia que se desarrolló en la región del norte del Cauca se fundamentó en hacer énfasis sobre el derecho a la participación política de los sujetos étnicos en la decisión sobre proyectos de infraestructura en sus territorios. Además, el proceso de Ovejas nos evidencia que el tema de la titulación colectiva de los territorios de comunidades negras nunca fue puesta en cuestión por las mismas organizaciones de base que participaron en este proceso, ya que para la fecha la legislación era interpretada al pie de la letra, siendo restrictiva a territorios del Pacífico 14. Esto nos lleva a afirmar que el accionar institucional en este proceso se dio en términos más raciales, culturales y de participación política, y menos en términos de acceso a titulación colectiva de los territorios en disputa, ya que las garantías ejercidas desde el Estado a favor de las poblaciones asentadas sobre el río Ovejas estuvieron direccionadas en reconocer la existencia de poblaciones afrocolombianas en el área de influencia del proyecto, de tal manera que les garantizara la participación comunitaria por medio de un espacio de concertación que destacaba las prácticas tradicionales que se afectarían si se ejecutara el proyecto.

A diferencia de lo ocurrido en la región del Pacífico en donde las organizaciones de base se articularon alrededor de la titulación colectiva de los territorios ocupados, generando nuevas territorialidades y figuras organizativas como los consejos comunitarios que abarcan tierras que trascienden los límites político-administrativos ( Restrepo, 2013), una de las principales especificidades del proceso analizado tiene que ver con las formas organizativas que emergen alrededor de la Consultiva Departamental y la Subconsultiva del norte del Cauca. Si bien se tiene registro de la creación del consejo comunitario de La Toma en 1996 ( Ararat et al., 2013 ; Moriones, 2017), en la etnografía de archivo y las narrativas de algunos líderes que participaron en el proceso no se hace referencia alguna ni a la fundación ni a la participación del consejo comunitario durante los 8 años previos al archivamiento del proyecto en 2001. Por el contrario, fueron las JAC las principales figuras organizativas desde donde se articularon las poblaciones locales con las organizaciones regionales y académicos que también apoyaron en la evaluación del EIA. Más allá de una ruptura tajante entre formas organizativas y relaciones sociales históricamente configuradas, pueden percibirse continuidades y mixturas entre lo organizativo y lo legislativo; poblaciones negras, indígenas y campesinas organizadas en las JAC que se articularon en las Consultiva Departamental y la Subconsultiva del norte del Cauca alrededor del reconocimiento étnico y la exigencia de la participación política directa en las decisiones que los afectaban directamente.

Esta particularidad organizativa produjo cambios discursivos en cuanto a la identidad campesina negra de la región. Los talleres y reuniones en cada vereda estuvieron enfocados a la difusión de la recién aprobada Ley 70 y en los ejercicios cartográficos y narrativos, en donde el énfasis colocado no estuvo en las historias de poblamiento de las comunidades, ni en la definición de límites territoriales para la delimitación de un título colectivo específico, sino en las características culturales que distinguían a las poblaciones negras de las indígenas, campesinas y del resto de la sociedad nacional, siendo destacadas las «prácticas tradicionales» que se verían afectadas por la disminución del caudal del río Ovejas una vez fuera desviado.

Finalmente, esta etnografía de archivo permitió identificar cómo se fueron desplegando políticas públicas en permanente construcción y reformulación, como fueron la legislación ambiental y la consulta previa a poblaciones étnicas, concluyendo que lejos de ser dinámicas unidireccionales, las prácticas y dinámicas establecidas en este proceso contribuyeron a la regulación y disciplinamiento del mismo Estado. En la medida en que los funcionarios iban interpretando las normas y las organizaciones exigían sus derechos, se iban configurando relaciones y subjetividades. Siguiendo el argumento de Das & Poole (2008), lejos de irse debilitando o diluyendo en sus márgenes, el Estado es constantemente resistido, interpelado y reconfigurado, generando nuevas formas específicas de realización que tienen una relativa concordancia con los procesos históricos de poblamiento de la región y los tipos de redes sociales, políticas y económicas que allí se articulan.

De igual manera, puede visualizarse que la construcción del Estado se expresa como un proceso complejo y contradictorio y menos como una estructura coherente que actúa solamente en favor de unas élites políticas y económicas, o que hace cumplir las leyes y normas que rigen la sociedad de manera vehemente y sin ambigüedades ( Gupta, 2015; Mitchell, 2015). En el caso analizado, evidenciamos cómo a partir del desconocimiento parcial de la nueva legislación ambiental y multicultural se establecieron mecanismos de participación y definición de comunidades que posteriormente fueron contestadas por otros actores del mismo Estado, como la EPSA, los alcaldes y concejos municipales y habitantes de la región. Paralelamente, a través de una interpretación estrecha de las leyes que reconocieron los derechos a las poblaciones negras, se pretendió desconocer la existencia de comunidades negras según lo estipulado en la ley, ya que sus territorios no se encontraban sobre predios baldíos del Pacífico colombiano. Además, en este proceso emergieron y se fortalecieron actores de las organizaciones de base regionales como principales y legítimos interlocutores que continúan participando en los diferentes procesos organizativos regionales y nacionales a partir de una relación con el estado fundamentada en la negociación política dentro de los marcos institucionales. Algunas de ellas hoy hacen parte del primer gobierno presidencial alternativo de lo que lleva fundada la República, como la actual vicepresidente Francia Márquez Mina. En este sentido, defender el río Ovejas no solo permitió la defensa de un territorio colectivo y ancestral, como actualmente es definido el Consejo Comunitario de La Toma, sino cimentar las bases de un proceso organizativo local y regional que con avances y retrocesos se va tornando política y organizativamente en un referente de lucha y resistencia de las poblaciones negras del país.

Referencias

Abreo Carrillo, A. C., Antonio Rosero, E., Lam, Y., & Rodríguez Garavito, C. (2010). La disputa por los recursos naturales en los territorios afrocolombianos. El caso de Buenos Aires y Suarez (Cauca) desde una perspectiva de derechos humanos. Bogotá: Observación de Discriminación Racial. [ Links ]

Agudelo, C. (2005). Retos del multiculturalismo en Colombia: política y poblaciones negras. Medellín: La carreta, Icahn. [ Links ]

Ararat, L., Mina, E., Rojas, A., Solarte, A. M., Vanegas, G., Vargas, L. A., & Vega, A. (2013). La Toma: historias de territorio, resistencia y autonomía en la cuenca del Alto Cauca. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana. [ Links ]

Briones, C. (2008). Formaciones de alteridad: contextos globales, procesos nacionales y provinciales. En C. Briones (Ed.). Cartografías argentinas: políticas indigenistas y formaciones provinciales de alteridad (pp. 9-36). Buenos Aires: Antropofagia. [ Links ]

Das, V. & Poole, D. (2008). El Estado y sus márgenes. Etnografías comparadas. Cuadernos de Antropología Social, 27, 19-52. [ Links ]

Domínguez, M. I. (2017). Territorios colectivos: proceso de formación del Estado en el Pacífico colombiano (1993-2009). Medellín: Universidad de Antioquia. [ Links ]

Escobar, A. (1997). Política cultural y biodiversidad: Estado, capital y movimientos sociales en el Pacífico colombiano. En M. V. Uribe & E. Restrepo (Eds.). Antropología en la modernidad: identidades, etnicidades y movimientos sociales en Colombia (pp. 173-205). Bogotá: Instituto Colombiano de Antropología. [ Links ]

Guhl, E. (2015). Evolución del Ministerio de Ambiente de Colombia en sus primeros veinte años: 1994-2014. En E. Guhl & P. Leyva (Eds.). La gestión ambiental en Colombia, 1994-2014: ¿un esfuerzo sostenible? (pp. 25-116). Bogotá: Foro Nacional Ambiental. [ Links ]

Gupta, A. (2015). Fronteras borrosas: el discurso de la corrupción, la cultura de la política y el Estado imaginado. En Antropología del Estado (pp. 71-144). México, D.F.: Fondo de Cultura Económica. [ Links ]

Juanillo Mina, I. (2016). Salvajina. Oro y pobreza (Quinta). Cali: Artes Gráficas del Valle. [ Links ]

Martínez, S. (2010). La política de titulación colectiva a las comunidades negras del Pacífico colombiano: una mirada desde los actores locales. Boletín de Antropología, 24(41), 13-43. [ Links ]

Ministerio de Ambiente, V. & D. T. (2005). Desviación del río Ovejas al embalse de Salvajina. Bogotá: Ministerio de Ambiente. [ Links ]

Mitchell, T. (2015). Sociedad, economía y el efecto del Estado. En Antropología del Estado (pp. 145-187). México, D.F.: Fondo de Cultura Económica. [ Links ]

Moriones, G. (2021). Geo-grafiando territorio(s) en conflicto: personas, lugares y narrativas en la vereda La Toma, Suárez, Cauca. En C. Quiroga & O. Uscátegui (Eds.). Conflictos socioambientales en el Sur Global: respuestas y construcciones locales de otras naturalezas (pp. 293-328). Bogotá: Corporación Universitaria Minuto de Dios. [ Links ]

Moriones, G. (2017). La Toma: minería ancestral de oro y configuración territorial en una comunidad afrodescendiente del norte del Cauca, Colombia. Disertación de maestría, Universidade Estadual de Campinas. [ Links ]

Muzzopappa, E., & Villalta, C. (2011). Los documentos como campo. Reflexiones teóricas-metodológicas sobre un informe etnográfico sobre los archivos y los documentos estatales. Revista Colombiana de Antropología, 47(1), 13-42. https://doi.org/10.22380/2539472X.897Links ]

Oslender, U. (2008). Comunidades negras y espacio en el Pacífico colombiano: Hacia un giro geográfico en el estudio de los movimientos sociales. Bogotá: Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca / Universidad del Cauca / ICAHN. [ Links ]

Quintero, M., & Palacio, G. (2013). Naturaleza, comunidad y capital: análisis del conflicto socioambiental generado por la construcción y operación de la represa Salvajina en el norte de Cauca (Colombia). En N. León (Ed.). Desarrollo y ambiente: contribuciones teóricas y metodológicas (pp. 113-182). Bogotá: Universidad Nacional de Colombia. [ Links ]

Restrepo, E. (2013). Etnización de la negridad: la invención de las «comunidades negras» como grupo étnico en Colombia. Popayán: Editorial Universidad del Cauca. [ Links ]

Rodríguez, M. (2009). ¿Hacer más verde al Estado colombiano? Revista de Estudios Sociales, 32, 18-33. [ Links ]

Rojas-Lozano, D., López-Cerquera, N., & Trujillo-Ospina, D. (2018). Desbordamiento del extractivismo minero en Colombia: el caso de Suárez, Cauca. Revista CS, 26, 171-201. https://doi.org/10.18046/recs.i24.2512Links ]

Sañudo, M. F., Quiñones, A. J., Copete, J. D., Díaz, J. R., Vargas, N. & Cáceres, A. (2016). Extractivismo, conflictos y defensa del territorio: El caso del corregimiento de La Toma (Cauca-Colombia). Desafios, 28(1), 367-409. https://doi.org/10.12804/desafios28.2.2016.10Links ]

Stoler, A. L., & Sierra, J. (2010). Archivos coloniales y el arte de gobernar. Revista Colombiana de Antropología, 46(2), 465-496. https://doi.org/10.22380/2539472X.1078Links ]

Wade, P. (1997). Gente negra, nación mestiza. Dinámicas de las identidades raciales en Colombia. Bogotá: Ediciones Uniandes. [ Links ]

1 Este artículo retoma aspectos desarrollados en la tesis doctoral titulada «Etnicidad, victimización y titulación colectiva en los territorios de “comunidades negras” del norte del Cauca, Colombia», que adelanto en el programa de Ciencias Sociales de la Universidad Estadual de Campinas, Brasil. Agradezco tanto a la Coordinación de la formación del personal de nivel superior de Brasil (CAPES), como al Ministerio de Ciencia y Tecnología de Colombia por financiar la realización de esta investigación.

2La Constitución colombiana de 1991 reconoció los derechos étnicos y territoriales de las comunidades negras, mediante el Artículo Transitorio 55, el cual fue reglamentado posteriormente en la Ley 70 de 1993, mejor conocida como «Ley de Negritudes». Esta ley estableció la conformación de «Consejos Comunitarios» como la nueva figura organizativa para que las poblaciones negras ejercieran el control social, político, económico y ambiental sobre los territorios colectivos a ser adjudicados, convirtiéndolos en las figuras de interlocución reconocidas por el Estado. Además, la Ley incluyó programas de etnoeducación, cupos universitarios especiales para miembros de estas comunidades, la creación de una Dirección especial de Asuntos de Comunidades Negras asociada al Ministerio del Interior y dos curules en la Cámara de Representantes del Congreso de la República para candidatos avalados por las organizaciones de «comunidades negras».

3El mapa ha sido elaborado a partir de la información cartográfica disponible en la página web del Sistema de Información Geográfica para la Ordenación y el Planeamiento Territorial —SIGOT—, el cual es administrado y sustentado por diferentes instituciones gubernamentales, siendo el Instituto Geográfico Agustín Codazzi —IGAC— su principal fuente de información ( Moriones, 2021).

4La consulta previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas y tribales del mundo, reconocido por las Naciones Unidas mediante el Convenio de la OIT 169 de 1989, el cual fue incorporado en la legislación colombiana mediante la Ley 21 de 1991.

5La CVC fue creada en 1954 en la ciudad de Cali por empresarios y gremios del sector agroindustrial de la caña de azúcar. Fue la primera autoridad ambiental de carácter regional creada en el país mediante el decreto 3110 del 22 de octubre de 1954, con el objetivo de “promover la conservación y el desarrollo de los territorios que constituyen la hoya hidrográfica del Alto Cauca, las vertientes del Pacífico vecinas a esta hoya y los territorios aledaños que estén relacionados o sean afectados por las actividades de la Corporación”. Esta corporación tuvo funciones de generación de energía hasta la reestructuración institucional de 1993, por lo que fue la encargada de diseñar y ejecutar la construcción de la represa Salvajina y el mismo PDROES.

6Los nombres de mis interlocutores han sido modificados para mantener su anonimato.

7Las Juntas de Acción Comunal (JAC) son organizaciones civiles sin ánimo de lucro integradas por habitantes de un sector político-administrativo (vereda, corregimiento, barrio, distritos, entre otros), y tienen como objetivos sumar esfuerzos para solucionar problemáticas locales y promover la participación ciudadana. Fueron creadas a finales de la década de 1950 y se institucionalizaron como una forma de neutralizar un “radicalismo sindical” emergente entre las comunidades rurales luego de la época de La Violencia generada en el país tras el asesinato del político liberal Jorge Eliecer Gaitán el 9 de abril de 1948.

8La Comisión Especial para comunidades negras fue creada inicialmente mediante el decreto 555 de 1992 y posteriormente ratificada mediante el decreto 1332 del mismo año, en donde se definieron los integrantes del estado, los académicos, políticos y el número y forma de elegir a los representantes de las comunidades negras quienes reglamentarían el Artículo Transitorio 55 de la Constitución Política. El decreto definía la elección de tres (3) representantes por cada una de las cuatro “Comisiones Consultivas Departamentales” que participarían de la Comisión Especial, las cuales se conformarían por organizaciones de base de los departamentos del Chocó, Valle, Cauca y Nariño, y tendrían como objeto hacer recomendaciones a la Comisión Especial para el cumplimiento de sus funciones en relación con las particularidades de las comunidades negras de cada departamento.

9Juntanza es un término local para referirse a las alianzas entre grupos sociales.

10Urrá en este contexto hace referencia a personas y organizaciones sociales que fueron afectadas por la construcción del proyecto hidroeléctrico de Urrá, en el departamento de Córdoba, la cual inició su proceso de construcción en 1992.

11El decreto 1745 de 1995 reglamentó el Capítulo III de la Ley 70 de 1993, estableciendo las condiciones y procedimientos para el reconocimiento de la propiedad colectiva de las tierras de comunidades negras.

12Video disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=p0bugCazi04. Consultado el 10 de mayo de 2022.

13La Comisión Técnica fue creada en el artículo 7 de la Ley 70 de 1993 con el objeto de evaluar técnicamente las solicitudes de titulación colectiva de los consejos comunitarios, determinando el área a ser titulada. Esta Comisión era de carácter transitoria y se conformaba por un delegado del entonces Incora (hoy Agencia Nacional de Tierras), el Instituto Geográfico «Agustín Codazzi» y el Ministerio de Medio Ambiente. Con la reglamentación del Capítulo 3 de esta Ley se promulgó el decreto 1745 de 1995, en donde el artículo 15 especifica las funciones de la Comisión Técnica.

14Según cifras del entonces Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), entre 1996 y 2008 se expidieron 161 títulos colectivos a comunidades negras del Pacífico colombiano, los cuales comprendían la titulación de más de cinco millones de hectáreas del territorio nacional ( Martínez, 2010). Por su parte, durante ese periodo no se tituló ningún predio a comunidades negras en el norte del Cauca. Estas titulaciones solo están siendo posible en el marco de la Ley de Víctimas de 2011 y procesos de restitución de derechos territoriales a comunidades negras afectadas por el conflicto armado de la región.

Recibido: 08 de Febrero de 2023; Aprobado: 13 de Abril de 2023

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