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Revista Criminalidad

versión impresa ISSN 1794-3108

Rev. Crim. vol.50 no.1 Bogotá ene./jan. 2008

 

Los delitos contra el patrimonio en Colombia: Comentarios sobre su comportamiento en décadas recientes

Sandra Marcela Acero Soto*

Bernardo Pérez Salazar**

*Psicóloga especialista en investigación y análisis criminológico Asesora Dirección Nacional de Tránsito y Transporte, Asesora Seguros Bolívar S.A. Bogotá Sandra.acerosoto@gmail.com

**Comunicador social de la Universidad del Valle con M. A. en planificación del desarrollo regional del Instituto de Estudios Sociales (La Haya, Reino de los Países Bajos) Investigador del Instituto de Altos Estudios Latinoamericanos -ILAE- Bperezsalazar@yahoo.com


Resumen

Se plantean interrogantes a partir del análisis de las series estadísticas de delitos contra el patrimonio económico en Colombia de décadas recientes y se sugieren algunas hipótesis para futuras investigaciones. Se analiza la distribución territorial de los delitos en los cambiantes escenarios demográficos, institucionales y socioeconómicos de la segunda mitad del siglo XX. También se observa la variación en la participación de los delitos contra la propiedad dentro del conjunto del total general de la criminalidad en el país, y se señalan los efectos distorsivos introducidos por la modificación de tipos y procedimientos penales mediante reformas a los códigos. Concluye con una reflexión sobre la naturaleza e intención de las reformas a la política penal del pasado y sus efectos sobre la seguridad y el funcionamiento de la justicia en Colombia.

Palabras clave: Criminología, política penal, delitos contra el patrimonio, sistemas de información delincuencial, Colombia, siglo XX.


Abstract

This paper poses questions from an analysis of statistical series of criminal offenses against property in Colombia during recent decades and presents the distortive effects caused by reforms to criminal statute that create or eliminate penal types or vary legal classification of a penal conduct. This paper also analyzes the territorial distribution of offenses in changing demographic, institutional and socioeconomic scenarios from the second half of the 20th century; reviews the variation in the participation of offense against property within the total criminality rate in the country; and, finally, reflects upon the nature and intention of the reforms to criminal policy in the past and its effects on the security and functioning of justice in Colombia.

Key words: Criminology, criminal law policy, criminal offenses against property, criminal information systems, Colombia, 20th century.


Introducción

Los delitos contra el patrimonio en Colombia durante los pasados 50 años se han transformado, como también lo ha hecho la sociedad colombiana durante ese lapso. En 1951 la población del país era del orden de 11'500.000 habitantes y en ese entonces Colombia era predominantemente rural; la población que vivía en las cabeceras municipales apenas llegaba al 40% del total. Esta situación se modificó de manera acelerada debido a la migración del campo a la ciudad, que creció entre 1951 y 1964 anualmente a una tasa promedio de 2,2%. Para 1964 la población urbana se duplicó en relación con la registrada en el censo de 1951, y un nivel del orden de 9 millones de habitantes en ciudades y cabeceras municipales1.

A medida que el país se ha urbanizado, el delito contra el patrimonio, registrado por la policía, ha crecido. Entre 1965 y 1975 el reporte por estos delitos en Colombia se duplicó, pasando de niveles del orden de 50.000 a 100.000 eventos anuales conocidos por la autoridad. En adelante, a partir de la segunda mitad de la década de los 70, el nivel de registro anual de delitos contra el patrimonio ha oscilado entre 100.000 y 125.000. Algunas excepciones puntuales aparentemente están relacionadas con reformas de los códigos (Penal y de Procedimiento Penal).

En este artículo se analiza el comportamiento general de la serie de estadísticas agregadas de delitos contra el patrimonio durante las últimas décadas y se plantean algunos interrogantes acerca del marco más apropiado para su interpretación. Sin desconocer la complejidad de la dinámica delincuencial en un lapso de tiempo largo como el considerado, también se sugieren a manera de hipótesis algunas conjeturas sobre factores que pueden ayudar a comprender los rasgos del comportamiento en el tiempo de los delitos en consideración.

CONSIDERACIONES PRELIMINARES Y UNA HIPÓTESIS INICIAL

Como punto de partida para discutir específicamente las estadísticas de delitos contra la propiedad, conviene señalar que tales registros representan apenas una parte del universo de conductas punibles, dado que no todos los eventos de esta naturaleza son denunciados o conocidos de manera directa por parte de la autoridad. Al respecto, los resultados más recientes de las encuestas de victimización y percepción de seguridad, en diversas ciudades colombianas, sugieren que en promedio se denuncian entre el 20 y el 40% de los delitos reportados a estos sondeos. Sin embargo, este nivel no ha sido constante en el tiempo. Los estimativos oficiales realizados en los años 80 señalan que en las grandes ciudades entre el 80 y 90% de los delitos no era denunciado2. Las razones por las cuales ello sucede son diversas. Entre otras, se destacan la dificultad de acceso a las instancias para instaurar las denuncias y la desconfianza en la autoridad ante la cual se ponen en conocimiento los hechos3.

La reflexión anterior sugiere una primera hipótesis sobre la variación en los registros de delitos contra el patrimonio, en algunos casos estas no reflejan únicamente el aumento o descenso de la actividad delictiva en sí, sino que es posible que respondan a una mayor o menor disponibilidad de medios para la actividad policiaca y judicial que permite conocer, controlar y reprimir este tipo de conductas con mayor eficacia. Es así como el crecimiento del pie de fuerza policial al igual que el fortalecimiento presupuestal y de medios tecnológicos para el cumplimiento de su misión puede contribuir decididamente a una mayor operatividad y, por consiguiente, mayores registros relacionados con el delito4.

EVOLUCIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL

La concentración de los delitos contra la propiedad no siempre guarda estricta relación con la distribución de la población en el territorio nacional. Como se observa en la tabla 1A5, la ciudad de Bogotá, que en 1973 contaba con una población de alrededor de 2'800.000 habitantes, equivalente al 13% del total del país, registró en ese año el 25% del total de delitos contra la propiedad en el ámbito nacional. Antioquia, en ese mismo año censal, incluyendo Medellín, reportaba aproximadamente 3'200.000 habitantes o el 14% del total del país, de los cuales alrededor de 2 millones pertenecían a cabeceras urbanas. Sin embargo, en su conjunto, esa región demostró apenas un 9% del total de delitos contra la propiedad en Colombia, una fracción que representa casi la tercera parte de los delitos registrados en Bogotá durante ese año. ¿Puede esto explicarse por una mayor concentración de delincuentes en Bogotá o una menor operatividad de las autoridades en Antioquia?6

El cuadro 9 también revelan otros aspectos interesantes acerca de la evolución de la distribución territorial de los delitos contra el patrimonio durante las últimas décadas en Colombia. Se aprecia, por ejemplo, que en 1964 los registros de delitos guardaban cierta proporción con la distribución de la población en las ciudades y regiones más populosas. Bogotá y el departamento del Valle, cada uno con cerca del 10% de la población, participaban con el 13% de este tipo de delitos. En menos de 10 años esta situación se transformó especialmente en Bogotá, donde un incremento en la participación de la población al 13% del total de país se tradujo en la duplicación del porcentaje de los delitos contra la propiedad, en contraste con el nivel de 1964.

Otro aspecto interesante tiene que ver con el efecto diferenciado que surtió dentro de la Policía Nacional la creación de las Unidades Metropolitanas del Valle de Aburra y Santiago de Cali durante los años 80. Con anterioridad, dichas jurisdicciones operaban como parte de los Departamentos de Policía correspondientes a las entidades territoriales de Antioquia y Valle. En el caso del Valle de Aburrá, este cambio institucional permite observar en esa jurisdicción un incremento en la participación de los delitos en el total nacional. Es decir, antes Antioquia registraba una menor participación en este tipo de delitos con respecto a su población. Luego del establecimiento de la unidad metropolitana, la estadística de delitos contra el patrimonio económico en dicha jurisdicción muestra una participación superior a la que corresponde a la población de la misma.

Por su parte, el efecto de la creación de la Metropolitana de Cali fue contrario. ¿Cómo interpretar estos cambios? ¿En el caso del Valle de Aburrá la creación de la Unidad Metropolitana condujo a una mayor operatividad policial frente a los delitos contra el patrimonio económico? ¿O coincidió con un incremento en este tipo de delitos en esa jurisdicción? Y en el caso de la Metropolitana de Santiago de Cali, ¿refleja una reducción de estos delitos o una crisis en la operatividad de esa unidad?

EL EFECTO DISTORSIVO DE LOS CAMBIOS EN LOS TIPOS Y PROCEDIMIENTOS PENALES

Aun otro elemento que llama la atención, al examinar los cuadros 9a y 9b, es el visible incremento que se registró en Bogotá durante 1993 en la participación total de los delitos contra el patrimonio cuando alcanzó un nivel del orden del 47%. Al respecto hay que señalar que en ese año en particular el registro total de estos delitos se redujo en un 25% en relación con el año anterior. La razón de este descenso está aparentemente asociada con la Ley 23 de 1991, que instituyó como contravenciones 19 conductas que hasta entonces habían sido consideradas como delito y trasladó su conocimiento de juzgados a inspecciones de policía7, así, con la entrada en vigencia de la reforma al Código de Procedimiento Penal de 1991 (Decreto 2700 de 1991), mediante la cual se implantó la instrucción fiscal de los procesos penales.

Estas reformas normativas tuvieron un impacto importante sobre los registros estadísticos de los delitos contra la propiedad en todo el país, durante los primeros años de la década de los 90. Entre 1992 y 1993, en su conjunto estos se redujeron en 25.960 casos en el ámbito nacional. En la tabla 2 se aprecian las variaciones que se presentaron en las unidades más afectadas. Como se observa, Bogotá tuvo una disminución del orden del 11% entre un año y otro. Sin embargo, hubo otras unidades donde la reducción relativa fue aun más sustancial, como ocurrió en Quindío (78%), Córdoba (55%), Cundinamarca (54%) y el Valle de Aburrá (16%). En consecuencia, a pesar de la sensible baja en Bogotá, su participación en el total nacional llegó excepcionalmente al 47% en el tipo de delitos en referencia.

El caso ilustra la manera como el cambio en los tipos y procedimientos penales altera de manera visible el comportamiento de series estadísticas, especialmente en el país, sin contar a Bogotá. De otra parte, es sabido que en nuestro medio las reformas penales generalmente tienen como motivación principal "la descongestión de la justicia" por la vía del traslado de procesos de unos despachos a otros, durante cuyo trámite prescriben la mayoría de los casos trasladados8. Resta por valorar qué proporción de la disminución en los delitos contra el patrimonio sugerida por los registros estadísticos de la Policía es atribuible a la pérdida de confianza en la justicia por parte de las autoridades y del público en general como consecuencia de la inoperancia del sistema. (Cuadro 10).

CAMBIOS EN LOS PATRONES DE VIDA

Otro factor a tenerse en cuenta, al considerar las series estadísticas relacionadas con delitos contra la propiedad, es la dinámica cambiante de patrones y hábitos de consumo. Es evidente que la vida moderna trae consigo la incorporación de elementos de valor a la rutina diaria que suelen ser atractivos para los delincuentes. Eso sucede en la actualidad por ejemplo con artículos como los teléfonos celulares, computadores portátiles y otros equipos miniaturizados de alta tecnología ampliamente difundidos y que frecuentemente son objeto de hurto. Igual sucede con el parque automotor existente en el país. Es bien sabido que en los últimos años este se ha incrementado de manera exorbitante. Si bien, los modelos más recientes incorporan dispositivos de seguridad que dificultan su hurto, el incremento inusitado en el tamaño del parque automotor en el país implica una mayor exposición de este tipo de bienes al hurto. Por consiguiente ¿serán comparables las estadísticas de delitos contra la propiedad registrados en la década de los años 70 con aquellas del principio del siglo XXI?

La pregunta es un buen punto de entrada para considerar la serie estadística que se presenta en el gráfico 7, en la cual se representa la evolución del agregado de delitos contra el patrimonio en Colombia entre 1958 y 2007. Llama la atención que a mediados de la década de los 70 el nivel de delitos contra el patrimonio era comparable con el de los primeros años del siglo XXI. (Gráfico 7)

PARTICIPACIÓN EN EL TOTAL DE DELITOS

En 1970, el total de delitos registrados en el país fue del orden de 130.000, de los cuales más de la mitad (72.000) fueron contra la propiedad. Durante esa década el registro de delitos se incrementó de manera sostenida hasta superar los 200.000, nivel alrededor del cual se estabilizaron hasta comienzos del siglo XXI. En ese mismo período, los delitos contra el patrimonio económico presentaron un comportamiento armónico en relación con el total de delitos, que fluctuan en torno a los 100.000 registros, luego del pico alcanzado durante los años 70 (Gráfico 8).

Llama la atención el rápido ascenso del total de los delitos después de 2000, y la manera autónoma como ello ocurre frente a tendencia de los delitos contra el patrimonio. Ello probablemente se debe al énfasis de la política penal que inspira al código que entró en vigencia en 2000 (Ley 599 de ese año).

El gráfico 9 muestra que los delitos contra la propiedad dejaron de ser los de mayor registro a mediados de la década de los 80 cuando se estableció una política criminal estructurada para combatir el narcotráfico y las acciones terroristas asociadas a este. Desde entonces, la curva de los delitos distintos a los que afectan el patrimonio, denominados en el gráfico como el "resto de delitos", muestra un crecimiento gradual con fluctuaciones moderadas en contraste con lo que sucede en el caso de la serie de delitos contra el patrimonio. La manera como se relejan en la curva del total de delitos los picos y depresiones, que exhibe la curva de los delitos contra el patrimonio durante la década de los 90, sugiere que fue en el ámbito de estos últimos donde se sintieron más abruptamente las medidas de descongestión introducidas por las reformas penales que tuvieron lugar durante esa década.

¿Cómo explicar el crecimiento explosivo del "resto de los delitos" a partir de la reforma penal de 2000? El análisis de los datos sobre el comportamiento de los delitos incluidos bajo los demás encabezados del Código Penal, desde 2000 hasta el año presente, sugiere que los mayores incrementos están relacionados con delitos clasificados bajo los siguientes títulos10:

  • "Delitos contra la vida y la integridad personal", particularmente las lesiones personales y en accidente de tránsito, cuyos niveles de registro se incrementaron en cerca de 60% entre 2005 y 2007.

  • "Delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales", en especial los actos sexuales con menores de 14 años que aumentaron en más de 125% entre 2005 y 2007.

  • "Delitos contra la integridad moral", principalmente la injuria y la calumnia que se triplicaron entre 2005 y 2007.

  • "Delitos contra la familia", visiblemente la violencia intrafamiliar (incremento del 50%) y la inasistencia alimentaria (ascenso de 150% entre 2005 y 2007).

  • "Delitos contra el orden económico y social", específicamente el contrabando con un crecimiento del 70% entre 2005 y 200711.

CONCLUSIÓN

Los registros estadísticos sobre los delitos contra el patrimonio durante las últimas décadas en Colombia han fluctuado entre 100.000 y 150.000 anualmente. En términos relativos, ello indica que la tasa por 100.000 habitantes de este tipo de delitos se ha reducido en el país en su conjunto. ¿Debe interpretarse esta tendencia como una evidencia respecto a la optimización de condiciones de seguridad pública? Los resultados de las encuestas de victimización y percepción ciudadana sugieren lo contrario, pues continúan reflejando que los delitos que causan mayor preocupación son los que afectan el patrimonio de los colombianos.

Fenómenos como las lesiones personales y en accidentes de tránsito, así como el abuso sexual y la violencia intrafamiliar cuyas denuncias se están incrementando muy rápidamente, todavía no se reflejan entre las principales preocupaciones de seguridad y convivencia de los ciudadanos. Frente a este tipo de respuestas, ¿cuáles son los criterios que deben informar a la política penal colombiana para atender adecuadamente tanto el actual perfil delincuencial que reflejan los registros administrativos como la percepción de inseguridad social?

Algunos analistas sugieren que el énfasis otorgado desde la década de los 80 a la lucha contra el narcotráfico y luego contra la insurgencia y el terrorismo, a partir de los años 90, le restó recursos y esfuerzos a la función pública de garantizar la seguridad y convivencia ciudadana, y un elemento importante para equilibrar este estado de cosas es facilitar el acceso de la sociedad a los mecanismos de protección y garantía de sus derechos.

Por su parte, hay que señalar que las tasas de denuncia de delitos contra la propiedad en Colombia son inferiores a las de países como Chile, Argentina y Brasil en América del Sur, para no mencionar países como Alemania y Estados Unidos que superan las tasas nacionales 15 veces. ¿Es esto un indicador de seguridad ciudadana, o de la presencia de barreras para el acceso generalizado a la protección y la justicia en nuestro país?

El contraste del reciente y rápido crecimiento de las denuncias del "resto de delitos", frente a los niveles estables de los delitos contra el patrimonio, sugiere que por ahora la comunidad colombiana percibe una respuesta más elástica de las autoridades para atender los primeros, lo cual a su vez estimula la confianza en la denuncia. Ello puede deberse a la creación de instancias como las comisarías de familia y entidades privadas que dedican esfuerzos para atender a la niñez y a la familia.

Por ello, en el futuro cercano será interesante observar el comportamiento comparado de los registros de los delitos contra la propiedad, por un lado, y del "resto" por el otro. El hecho de que la ley de "pequeñas causas" haya incluido las lesiones personales y en accidente de tránsito con incapacidad menor a 30 días entre los delitos que se convirtieron en contravenciones penales, sugiere que la curva del "resto de delitos" mostrará a partir de 2008 una disminución en su crecimiento. Pero ello no necesariamente habrá sido consecuencia de medidas dispuestas para mejorar el acceso ni la confianza de la ciudadanía en la justicia. Como se señaló atrás, las reformas a la política penal del pasado han privilegiado la modificación de tipos y procedimientos penales sin afectar sustancialmente la capacidad de las autoridades para atender el crecimiento de la demanda de este tipo de servicios. El estancamiento en las denuncias de delitos contra la propiedad a pesar del crecimiento demográfico que experimentó el país durante las últimas décadas así lo sugiere.

Un crecimiento sostenido de los registros del "resto de delitos" -que a partir de 2008 ya no incluirá las referidas lesiones- puede ser interpretado como un indicio de que la institucionalidad encargada de la prevención y control de estos delitos estará respondiendo adecuadamente a la demanda. En cambio, una reducción y "estabilización" de esta serie podría reflejar la presencia de barreras al acceso. ¿Debe confiarse en que la tendencia estable en la curva de los delitos en Colombia es un indicador del mejoramiento de las condiciones de seguridad o, por el contrario, la persistencia de barreras de fondo al acceso generalizado al sistema de justicia?


Notas

1 Ver Banguero, H. y Castellar, C. 1993. La población de Colombia 1938 - 2025, Cali: Universidad del Valle, pp. 16 y 17.

2 República de Colombia. 1983. Plan Nacional de Desarrollo Cambio con Equidad, Bogotá: DNP, p.276, citado por Silva, G. y Hernández, E. 1984. "Los dilemas de la justicia penal", en AA. VV. La realidad del "sí se puede", Bogotá: CSPP.

3 Estos motivos aparecen, entre otros, de manera reiterada en los resultados de las encuestas de victimización y percepción de seguridad. Para conocer los resultados publicados del encuesta semestral que realiza la Cámara de Comercio de Bogotá, ver http://camara.ccb.org.co/contenido/contenido.aspx?catID=126&conID=562

4 Hewitt y Hoover (1982) señalan que la teoría social radical aporta dos elementos importantes para la comprensión de relación entre el comportamiento local de la actividad criminal y el proceso de modernización, asociado con la industrialización, la urbanización y la regulación institucional de la vida social. El primero de ellos es la premisa que la naturaleza y nivel de la actividad delictiva están condicionados por la estructura social y económica que predomina en el contexto local. El segundo, el postulado de que la respuesta de represión y control del delito en ámbitos locales reflejará la cantidad y naturaleza de la actividad criminal que allí tiene lugar, así como la capacidad de la estructura institucional existente para combatir el crimen (presencia policial y demás operadores judiciales, entre ellos, juzgados y servicios de asesoría legal, entre otros) cuyas prioridades se definen con base en la ideología de los intereses hegemónicos. Concluyen su reflexión indicando que en aquellos ámbitos locales donde el proceso de modernización se ha generalizado, la variación en la actividad criminal registrada tiende a reducirse a un nivel estable, "posiblemente institucionalizado", de actividad criminal. Ver Hewitt, J. and Hoover, D. 1982."Modernization and local crime", en Law and Human Behaviour, Vol. 6, No. 3 / 4, pp. 313-325.

5 No es posible agregar los datos contenidos en las tablas 1A y 1B para el período 1964-2005 debido a una reorganización en las unidades de la Policía Nacional que tuvo durante la década de los años 80. A partir de entonces, con la creación de las unidades metropolitanas de Valle de Aburrá y Cali, las estadísticas correspondientes a estas jurisdicciones comenzaron a registrarse aparte de las de los respectivos Departamentos de Policía de los cuales fueron segregadas. En consecuencia, para hacer comparaciones de las estadísticas correspondientes a Antioquia y Valle entre los períodos previos y posteriores a 1987, a partir de ese año es necesario sumar las cifras de los respectivos Departamentos con las de las unidades metropolitanas.

6 Ver Policía Nacional. 1974. Revista de Criminalidad 1973, Bogotá: CIC. Llama la atención que, más de treinta años después, el fenómeno continúe presentándose. Así, en 2005 la proporción de la población residente en Bogotá equivalía al 16% del total nacional y la participación de los delitos contra la propiedad al 29%, mientras Antioquia, incluido Medellín, registraba una participación de 13% de la población y 9% en el total de delitos contra la propiedad. Este caso es particularmente llamativo en vista de que Antioquia ha sido uno de los principales escenarios del conflicto armado en Colombia durante las décadas pasadas. Ver Policía Nacional. 2006. Revista Criminalidad 2005, Bogotá: CIC-DIJIN.

7 Esta disposición normativa facultó a los inspectores de policía para conocer e imponer multa o arresto en los casos cuyo monto no excediera 10 salarios mínimos legales vigentes y las lesiones cuya incapacidad médico-legal no fuera superior a 30 días. Entre la conductas punibles que pasaron a esta jurisdicción, específicamente estaban el ejercicio arbitrario de las propias razones; la violación de la habitación ajena; la permanencia ilícita en habitación ajena; la violación de habitación ajena por empleado oficial; la violación y permanencia ilícita en el lugar de trabajo; la violación de la libertad de cultos; el impedimento y perturbación de ceremonia religiosa; los daños y agravios a personas o cosas destinadas al culto; las lesiones personales dolosas que impliquen incapacidad superior a 30 días; las lesiones personales preterintencionales y culposas; el hurto simple que no exceda 10 salarios mínimos mensuales; el hurto de uso; el hurto entre codueños; la estafa que no supere 10 salarios mínimos; la emisión y transferencia ilegal de cheques hasta una cuantía de 10 salarios mínimos; el abuso de confianza en la misma cuantía; el aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito por el mismo monto; la sustracción de bien propio y el daño en bien ajeno que no sobrepase los 10 salarios mínimos mensuales.

8 Al respecto conviene referir una investigación realizada en 1991 sobre una muestra al azar de procesos en trámite en el Consultorio Jurídico de la Universidad Externado de Colombia, durante un período de siete meses luego de entrada en vigencia de la Ley 23 de 1991, para establecer entre otros aspectos, la eficacia y racionalidad de esa reforma de descongestión judicial. Por efecto de la misma, el número de expedientes de los juzgados incluidos en la muestra se redujo en 42%. El tiempo ganado por los juzgados como resultado de la medida no se reflejó de manera proporcional en el rendimiento, dado que la final del período de observación el número de procesos concluidos en dicho juzgados apenas se incrementó en 8% en relación con el período correspondiente del año anterior. Por su parte, durante el lapso de la investigación, menos de la mitad de los procesos trasladados habían sido radicados en las inspecciones de policía. Al respecto se pudo detectar que, en la práctica, los procesos radicados lo fueron una vez estaban reunidas las condiciones para obtener su prescripción. ¿Descongestión o denegación de justicia? Ver Silva, G. 1991."Evaluación de las disposiciones legales para la descongestión de los despachos judiciales en la esfera penal" en Derecho Penal y Criminología, Vol. XIII, No. 45, pp. 157-176.

9 La notoria reducción del nivel que se presentó luego de los picos de los años 70 probablemente está asociada con la entrada en vigencia del Código Penal (Decreto 100 de 1980) a principios de los años de la década de los 80 y entrada en vigencia de la Ley 2ª de 1984 que modificó tipos y procedimientos penales. Algo similar sucedió luego de la ya referida reforma al Código de Procedimiento Penal que introdujo la instrucción fiscal en 1991, así como con la entrada en vigencia del Código de Procedimiento Penal implantado mediante la Ley 600 de 2000. Una excepción a este comportamiento se registra luego del establecimiento de la reforma más reciente al Código de Procedimiento Penal contemplada en la Ley 906 de 2004. El crecimiento abultado en las estadísticas de delitos contra el patrimonio en 2006, que llegó a 142.550 delitos en mención, sugiere que dicha reforma tuvo características sustancialmente distintas a las de las anteriores, por lo cual parece recomendable abordar su estudio comparativo para identificar con claridad las diferencias claves. A partir de 2008 es previsible que se presenta una nueva reducción abrupta en el nivel de registros como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley 1153 de 2007, por medio de la cual se establece el tratamiento como contravenciones penales de pequeñas causas de conductas punibles antes tipificadas como delitos, como los hurtos de menor cuantía sin violencia y los daños en bien ajeno.

10 Basado en el análisis de los delitos registrados de la Policía Nacional CIC- DIJIN.

11 El comportamiento en períodos largos de tiempo de la criminalidad ha sido objeto de numerosos estudios. En general hay consenso en que a medida que crecen las ciudades, se observa una tendencia a la reducción del crimen violento. Ver Powell, E. 1966. "Crime as a function of anomie", Journal of Criminal Law, Criminology, and Police Science, 57,123-129; Lane, R. 1968. "Crime and criminal statistics in nineteenth century Massachusetts", The Journal of Social History, 2, 157-163; Monkkonen, E. 1981.Police in Urban America, 1860-1920. New York: Cambridge University Press. No obstante, hay diferencias en torno al comportamiento de la actividad delictiva agregada. Algunos autores consideran que con la urbanización toda criminalidad tiende a la baja, mientras otros señalan que al contrario de lo que sucede con los crímenes violentos, los delitos contra el patrimonio se incrementan en contextos urbanos debido a factores como la movilidad geográfica de la población, cambios en las estructuras de las familias así como en la organización económica de la sociedad. Por consiguiente, tiende a haber un crecimiento continuado en los registros totales de criminalidad a medida que las sociedades se urbanizan. Ver Shelley, L. I. 1981. Crime and Modernization: The Impact of Industrialization and Urbanization on Crime. Carbondale: Southern Illinois University Press. La interpretación de las series estadísticas consideradas en este artículo no se ajustan con facilidad a ninguno de estos dos marcos hermenéuticos. Un marco alternativo, que se ajusta mejor, señala la posibilidad de que la medida de la criminalidad en una sociedad no está condicionada por su grado de urbanización sino por el nivel de desorganización social que experimente en un momento dado. En tal caso, instituciones como las economías de mercado de los regímenes electorales democráticos que operan plenamente en sociedades con alto grado de urbanización moderna, no necesariamente se traducen en mayores niveles de organización social; estas instituciones también pueden ser factores de perturbación del orden social y, por tanto, incidir en la emergencia de fases explosivas de conflictividad violenta. Ver LaFree, G. and A. Tseloni. 2006. "Democracy and Crime: A Multilevel Analysis of Homicide Trends in Forty- Four Countries, 1950-2000", ANNALS, American Academy of Political and Social Sciences, 605, May 2006, pp. 26-49. Ver también Acero, S.; Pérez, B.; Ramírez, S. 2006. "Seguridad urbana: Una mirada divergente a través de una modalidad insidiosa de hurto en Bogotá" en Revista Criminalidad, 49, pp. 245-254.


Referencias

ACERO, H. 2003. Violencia y delincuencia en contextos urbanos. La experiencia de Bogotá en la reducción de la criminalidad 1994 -2002. Bogotá: SUIVD.         [ Links ]

ACERO, S.; PÉREZ, B.; RAMÍREZ, S. 2006. "Seguridad urbana: Una mirada divergente a través de una modalidad insidiosa de hurto en Bogotá" en Revista Criminalidad, 49, pp. 245-254.         [ Links ]

ACERO, S. 2005. "Una Aproximación a los Factores Determinantes del Hurto de automotores en Bogotá", Revista Criminalidad, Bogotá: Policía Nacional -DIJIN, pp. 358 -366. B.         [ Links ]

BANGUERO, H. y CASTELLAR, C. 1993. La población de Colombia 1938 - 2025, Cali: Universidad del Valle.         [ Links ]

ECK, J. and MAGUIRE, E. 2000. "Have Changes in Policing Reduced Violent Crime? An Assessment of the Evidence" en Blumstein A. and Wallman, J. (eds) The Crime Drop in America, Cambridge: Cambridge University Press, pp. 207-265.         [ Links ]

GREENBERG, S.; ROHE, W. y WILLIAMS, J. 1985. "Informal Citizen Action and Crime Prevention at the Neighborhood Level: Synthesis and Assessment of the Research", Washington, D. C: US. Government Printing Office.         [ Links ]

HEWITT, J. and HOOVER, D. 1982. "Modernization and local crime", en Law and Human Behaviour, Vol. 6, No. 3 / 4, pp. 313-325.         [ Links ]

LAFREE, G. and A. Tseloni. 2006. "Democracy and Crime: A Multilevel Analysis of Homicide Trends in Forty-Four Countries, 1950-2000", ANNALS, American Academy of Political and Social Sciences, 605, May 2006, pp. 26-49.         [ Links ]

Lane, R. 1968. "Crime and criminal statistics in nineteenth century Massachusetts", The Journal of Social History, 2, 157-163.         [ Links ]

MARCUS, M. 1997. "El delito y los modos de regulación de conflictos urbanos", en E. Carranza (Coord.) Delito y seguridad de los habitantes. México: Siglo XXI Editores - Programa Sistema Penal y Derechos Humanos ILANUD / Comisión Europea, pp. 99 -117.         [ Links ]

MONKKONEN, E. 1981. Police in Urban America, 1860-1920. New York: Cambridge University Press.         [ Links ]

POWELL, E. 1966. "Crime as a function of anomie", Journal of Criminal Law, Criminology, and Police Science, 57,123-129.         [ Links ]

República de Colombia. 1983. Plan Nacional de Desarrollo Cambio con Equidad, Bogotá: DNP.         [ Links ]

SILVA, G. y HERNÁNDEZ, E. 1984. "Los dilemas de la justicia penal", en AA.VV. La realidad del "sí se puede", Bogotá: CSPP.         [ Links ]

SILVA, G. 1991."Evaluación de las disposiciones legales para la descongestión de los despachos judiciales en la esfera penal" en Derecho Penal y Criminología, Vol. XIII, No. 45, pp. 157-176.         [ Links ]

SHELLEY, L. I. 1981. Crime and Modernization: The Impact of Industrialization and Urbanization on Crime. Carbondale: Southern Illinois University Press.         [ Links ]

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