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Revista Criminalidad

Print version ISSN 1794-3108

Rev. Crim. vol.50 no.2 Bogotá July/Dec. 2008

 

La investigación criminal y el esclarecimiento de un hecho punible

Criminal Investigation and Crime Clearing Up

TC. Jesús Alberto Castro Saldaña*

ST. Juan Aparicio Barrera**

*Administrador Policial Jefe, Área de Información Delincuencial y Análisis Criminológico, Dirección de Investigación Criminal, Policía Nacional, Bogotá D. C., Colombia aridajefatura@dijin.policia.gov.co

**Especialista en Servicio de Policía Analista, Centro de Investigaciones Criminológicas, Dirección de Investigación Criminal, Policía Nacional, Bogotá D. C., Colombia juan.aparicio@correo.policia.gov.co

Resumen

El artículo resalta la importancia de la investigación criminal para el esclarecimiento de hechos punibles y su contribución a la administración de justicia. En Colombia, los lineamientos para investigar delitos están consignados en el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) y como complemento, la Policía Nacional establece los protocolos para llevar a cabo este tipo de investigaciones que junto con el apoyo técnico científico y el conocimiento de los investigadores permiten identificar, individualizar y judicializar los presuntos autores de un delito. Finalmente, el artículo desarrolla un caso de la vida real para evidenciar la efectividad de la investigación criminal.

Palabras clave: investigación policial, delitos contra la vida, policía judicial, criminalística, proceso penal (Fuente: Tesauro de Política Criminal Latinoamericana - ILANUD).


Abstract

This paper highlights the relevance of Criminal Investigation in order to clear up crimes and its contribution to law enforcement. In Colombia, guidelines to investigate crimes are set out in the Penal Code (Act 906/2004), and as a complement, the National Police sets up protocols to carry out such type of investigations that, together with the investigators` technical-scientific knowledge would permit the identification, determination and proper prosecution of alleged crime perpetrators. Finally, this paper presents a real-life case to demonstrate the efficiency of criminal investigation.

Key words: police investigation, judicial police, offences against life, criminology, penal proceedings (Source: Thesaurus of Latin American Criminal Policy - ILANUD).


"(...) la policía se ha convertido en un verdadero sistema nervioso del Estado, que mantiene enlazados y coherentes sus distintos órganos y que responde a las contingencias urgentes con la rapidez y exactitud de los reflejos (...)"
Roberto Pineda Castillo. Derecho de Policía.

Introducción

Este artículo, centrado en la investigación criminal, toma como método de exposición, en primer lugar, la aproximación de una definición teórica, para adentrarse luego en los procedimientos técnicos y regulados bajo los criterios del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), y por último, se presenta un ejemplo práctico de la investigación criminal en apoyo a la justicia penal y la lucha contra el crimen.

Pero antes de definir la investigación criminal, se realiza una revisión teórica, teniendo por referente al autor francés Jean-Louis Loubet del Bayle y el argentino Marcelo Fabián Saín, sobre la función de la policía en un sistema político, entendida esta como la encargada de garantizar las reglas de convivencia de un orden social, para lo cual puede valer de la prevención, la disuasión y la represión. Dado que la función policial es garantizar las normas de convivencia de un orden social, las labores de policía se concentran en los procesos de la vigilancia, la investigación criminal, la inteligencia y las labores comunales.

Por el objeto de estudio del artículo, el análisis se centra en la investigación criminal, que para la Policía Nacional de Colombia es un proceso esencial, en cabeza de la Dirección de Investigación Criminal (DIJIN). Así se define a la investigación criminal como las labores de apoyo técnico-científicas a la administración de la justicia penal. Para el caso colombiano estas labores se regulan en el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004). De esta forma, las actuaciones suministradas por el Código, los protocolos claramente documentados por la Institución, la capacitación de los investigadores criminales, el conocimiento y proceder diario de los investigadores de la DIJIN permiten resultados oportunos y contundentes contra la delincuencia.

Para finalizar, se presenta un ejemplo práctico de la investigación criminal realizada por la DIJIN, y que es la operación Dignidad CXXII. Se rinde de esta forma un merecido homenaje a los investigadores criminales y peritos por su labor profesional.

Función de la Policía en un sistema político

Aproximación teórica

Desde una aproximación sociopolítica, en términos teóricos, la Policía en un sistema político tiene por función asegurar el respeto de reglas que rigen los comportamientos sociales de una colectividad (Loubet, Del Bayle, 1998). (sociedades en un territorio definido), tarea conferida o investida a determinados miembros de un grupo (institución) para prevenir, disuadir y reprimir (Chinchilla & Rico, 1997), en nombre de la colectividad, la violación de ciertas reglas que la rigen, teniendo entre sus recursos la coacción.

En teoría general, un sistema político existe cuando la validez de sus normas está garantizada de manera continua en el interior de un territorio geográfico por la aplicación y la amenaza de la coacción desde la administración política (Weber, 1987). En un sistema político moderno, la coacción está a cargo de aparatos especializados, y uno de los principales es la Policía, la cual tiene el papel básico de brindar el servicio público de protección (Saín, 2002). Este es reglado para defender las libertades y regular los deberes de los ciudadanos.

La intervención protectora del sistema político a través de la Policía no se basa exclusivamente en la fuerza (que en teoría solo es exclusiva del sistema político), sino también empleando la disuasión o la influencia. Por lo anterior, la Policía tiene entre sus competencias labores asistenciales las de suplir demandas sociales, de cooperación, entre otras (Loubet, Del Bayle, 1998).

Labores de la Policía

De tal forma, para garantizar el orden social se requieren labores especializadas por parte de la Policía. Ellas son la vigilancia, la inteligencia, la investigación criminal y otras actividades comunitarias. Cada una de las anteriores se asienta en estrategias de prevención, disuasión y represión1.

  1. Con relación a la vigilancia, esta realiza las actividades primarias en concordancia con la función de asegurar la ejecución de las decisiones tomadas por el sistema político (Loubet, Del Bayle, 1998) y el respeto de las reglas impuestas por este para garantizar el orden social. Las actividades para hacer obligatorias las decisiones tomadas se insertan dentro de la obediencia consentida por los ciudadanos y la coerción (o amenaza). De allí parten los dos modelos de Policía, a saber: de intervención o de proximidad. Estas labores primarias son las desplegadas en el nivel social (urbano y rural) a fin de mantener el orden y brindar el servicio de seguridad pública inmediata a la ciudadanía.

  2. La inteligencia, encargada de avizorar los peligros internos y externos del sistema político, tiene por fin último orientar la toma de decisiones2 por parte del mando (gobierno o institución), antes de ocurrir los sucesos, formulando hipótesis, basándose en hechos, analizando y evaluando indicios. Esta labor consiste en el procesamiento de información relacionada con las actividades de personas, grupos y organizaciones que puedan afectar las condiciones de orden público y la seguridad interior3.

  3. La investigación criminal tiene como fin auxiliar a la justicia, dentro del sistema penal, que inicia su accionar, generalmente, después de acaecidos los hechos criminales, y que requiere atribuciones legales para su proceder4. Recolecta y aporta pruebas, establece hipótesis con base en dictámenes y análisis de las diligencias judiciales, establece los hechos. La investigación criminal permite a las autoridades judiciales "administrar la justicia" con base en la confirmación científica.

  4. Otras actividades comunitarias, que en estricto sentido no son labores que por sí mismas garanticen el orden social, pero que representan los mayores bienes y servicios que ofrece una institución policial5 como: controlar el tránsito, servir de mediadores en los conflictos cotidianos sociales como disputas conyugales, de inquilinos, de vecinos, riñas, etc., encargarse de menores abandonados, suministrar información a diversos servicios gubernamentales, entre otras. Estas actividades de índole comunitaria se deben, en mayor medida, a la disponibilidad continua del servicio, lo que permite emplearla de inmediato en catástrofes, incendios, crisis personales e interpersonales, y otras tareas que terminan por sobrecargar de demandas a la policía en todos los sistemas políticos.

En general, dichas labores que permiten la función de seguridad pública a fin de prevenir, neutralizar hechos, faltas o comportamientos que obstruyan, limiten o cercenen el orden social, son realizadas en cada sistema político por varios cuerpos especializados con dependencia de los gobiernos políticos locales o estatales.

La Policía en el sistema político colombiano

La Policía Nacional6 tiene por misión constitucional "(...) el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz."7 Dentro del organigrama del poder público, en el poder ejecutivo, es componente de la Fuerza Pública, está conformada por Fuerzas Militares y la Policía Nacional8. Dada la división político administrativa del país de un Estado unitario, la Policía Nacional tiene presencia en todos los departamentos y municipios del país, al contrario de otros cuerpos de policía del mundo, casos concretos de países como EEUU y México, que tienen varios cuerpos de policía, los cuales no tienen jurisdicción en todo el territorio y sobre toda la población; del mismo modo, la Policía Nacional tiene competencia en todas aquellas labores de la función de asegurar las reglas que rigen el orden social.

La particularidad del sistema policial en Colombia es poseer un único cuerpo que tiene labores de vigilancia (urbana-rural y de proximidad), de investigación criminal, de inteligencia y de otras actividades comunitarias, y ante los requerimientos particulares de atender ciertos tipos penales especiales ahonda esfuerzos por controlarlos. Del mismo modo para cumplir dichas labores esenciales dispone de niveles gerenciales y de soporte, que permiten el actuar esencial de la Policía Nacional de suplir las necesidades y expectativas de la sociedad en seguridad.

Para esto dispone de direcciones encargadas de la gerencia y el soporte, y direcciones que cumplen total o parcialmente cada una de estas labores, donde confluyen la prevención, la disuasión y la represión del crimen. Dichas labores son producto del desarrollo particular del sistema político colombiano.

Para efectos de exposición, y siendo el eje funcional básico de la Policía Nacional la protección a la ciudadanía frente a ilícitos, el análisis se centrará en las labores de investigación criminal, que para la Policía Nacional es un proceso esencial.

La investigación criminal en la Policía Nacional

"En la investigación criminal, el tiempo que pasa es la verdad que huye."
Edmond Locard

La Policía Judicial

En apoyo a la administración de justicia, en especial la penal, se requieren actividades para la constatación de hechos delictivos, la búsqueda y reunión de evidencia física e identificación y localización de los responsables. Estas actividades de investigación criminal en nuestro país se conocen como policía judicial, y están bajo estricto control judicial.9

En términos jurídicos, policía judicial es la función que la Constitución Política o la ley señalan a ciertos organismos, que consiste esencialmente en el apoyo a fiscales y jueces en la consecución, recolección, aseguramiento y estudio técnico-científico de la prueba judicial. En este sentido, la policía judicial no debe entenderse como una institución que desarrolla algunas funciones, sino como un grupo de funciones que la Constitución y la legislación penal encargan a diferentes instituciones de orden oficial y que están regulados por las normas procesales.10

Los antecedentes de la investigación criminal de la Policía Nacional en el sistema penal colombiano se remontan a décadas de existencia11. Sin embargo, ante la modernización del sistema penal en Colombia y los adelantos tecnológicos, las facultades actuales de la policía judicial deben estudiarse ante la Constitución Política de 1991, y el advenimiento del nuevo Sistema Penal Oral Acusatorio que es el Acto Legislativo No. 003 del año 2002, y de la Ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal)12.

En tal sentido, las labores de policía judicial para el esclarecimiento de los delitos en la investigación penal, a la luz del Sistema Penal Oral Acusatorio colombiano están bajo orientación de la Fiscalía General de la Nación que es la encargada de "dirigir y coordinar las funciones de policía judicial que en forma permanente cumplen la Policía Nacional y los demás organismos que señale la ley"13. Dichas funciones establecidas en el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) son de manera permanente, supletoria, permanente especial y transitoria14.

Las labores permanentes de policía judicial son asignadas a los servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y a la Policía Nacional, por medio de sus dependencias especializadas. En tal sentido, las funciones de policía judicial, en la Policía Nacional, corresponden a la Dirección de Investigación Criminal (DIJIN), pero en concordancia con el Sistema Penal Acusatorio también tienen participación en el proceso penal otras direcciones ("dependencias especializadas") de la Policía Nacional dada su especialización para combatir ciertos tipos de delitos, en este caso funcionarios de policía judicial de la Dirección Antinarcóticos, la Dirección de Tránsito y Transporte, la Dirección Antiextorsión y Secuestro, entre otras.

Del mismo modo, los funcionarios de la Policía Nacional cumplen funciones de policía judicial, de carácter supletorio, en aquellas zonas del país donde no hay integrantes de la policía judicial. Ante esta situación las funciones son ejercidas por los integrantes de la Policía Nacional del sector.

La Dirección de Investigación Criminal

La Dirección de Investigación Criminal (DIJIN) apoya la administración de justicia en el esclarecimiento de conductas punibles, mediante el estudio del delito, autor, víctima y circunstancias que rodearon al hecho, para lo cual centra su gestión en el proceso de investigación criminal, el cual se compone por la: "Realización de Investigación de Policía Judicial", "Desarrollo de la Investigación Criminalística", "Desarrollo de la Investigación Criminológica" y "Administración de la Información Criminal"15.

Lo anterior en concordancia con los lineamientos establecidos por la moderna administración pública, y de acuerdo a los parámetros del Sistema de Gestión Integral16, para lo cual la Policía Nacional, en cumplimiento a la normativa vigente incorporó el Sistema de Gestión de Calidad en las empresas del Estado17, el Modelo Estándar de Control Interno18 (MECI) y el Sistema de Desarrollo Administrativo19 (Sisteda). Estos procesos de transformación cultural y organizativos han sido incorporados en su estructura administrativa desde 1994, por tanto la gerencia por procesos es parte integral de la cultura organizativa y de la ordenación del trabajo que se resalta en la efectividad de los resultados.

La investigación criminal es uno de los procesos esenciales de la Policía Nacional; dentro de este se encuentran los cuatro procesos antes descritos y están catalogados en éstos (86) procedimientos20. Del mismo modo, los ámbitos de actuación de la DIJIN son de carácter nacional, nivel estratégico y delitos de impacto.

La estructura interna de la DIJIN21 está diseñada para cumplir la labor especializada de la investigación criminal. De esta forma se organiza, a través de una dirección, por áreas y grupos de acuerdo, en principio, con las categorizaciones del delito registradas en el Código Penal (Ley 599 de 2000); del mismo modo, componen los grupos básicos de investigación criminal. Asimismo, está compuesta por un Área Investigativa Delitos contra la Vida, los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, que investiga los delitos penales que afectan la vida e integridad personal, la libertad y la formación sexual, la trata de personas y tráfico de migrantes, aquellos contra la infancia y adolescencia y las violaciones al DDHH y al DIH. De igual manera, un Área Investigativa de Delitos contra el Patrimonio Económico que se dedica a la investigación de este tipo de delitos. También está compuesta por un Área Investigativa de Delitos Especiales y un área Investigativa contra el Terrorismo, que centra su accionar en la investigación de las organizaciones terroristas del país, y sus estructuras de apoyo urbanas y rurales.

También tiene un componente exógeno, ante el delito internacional, y es el Área de Policía Criminal Internacional, para hacer frente, a través de la cooperación, a los delitos transnacionales, mediante alianzas con los Gobiernos y Policías del mundo.

En complemento a esta estructura, la DIJIN tiene un Área de Policía Científica y Criminalística que apoya el esclarecimiento de los delitos mediante el análisis técnico y científico de los elementos materiales de prueba allegados por los investigadores criminales, los fiscales y los abogados defensores a sus laboratorios.

Como soporte a las actividades que despliega la DIJIN está el Área Administrativa y Financiera, que administra los recursos humanos, financieros, logísticos y tecnológicos.

Las labores de retroalimentación se encuentran en el Área de Información Delincuencial y Análisis Criminológico que administra y convierte la información en herramienta al servicio de la investigación. A través de los análisis que allí se realizan materializa su función de asesorar al mando institucional para el tratamiento del fenómeno delincuencial.

Y finalmente, para cumplir con esta función en el nivel territorial, hay Seccionales de Investigación Judicial (Sijin), que son divisiones operativas similares a la central. Estas se encuentran en los departamentos y metropolitanas de policía, que en la mayoría de los casos coinciden con la división político-administrativa del país.

La investigación criminal

Esta se entiende como la actividad técnica y científica que los órganos del Estado con funciones de Policía Judicial realizan con el fin de recolectar la evidencia física y los elementos materiales probatorios que permitan conocer y comprender un hecho delictivo22. O también, como la fase del proceso penal en la que se liga a una persona, a partir de una actividad investigativa y los hallazgos que de ella se deriven, en un proceso judicial.23

La finalidad de la investigación criminal es verificar la ocurrencia del hecho, que se enmarque en el Código Penal, establecer los autores o partícipes de la conducta punible, también los motivos determinantes que influyeron en la violación de la Ley Penal y las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó la conducta24.

En nuestro ordenamiento jurídico, toda investigación criminal es dirigida por un fiscal, que realiza -en conjunto con su equipo de policía judicial- un programa metodológico, el cual es redactado una vez que se elabora el informe ejecutivo de los actos urgentes; por tanto, el programa metodológico es una herramienta de planeación y de direccionamiento de la investigación criminal. Así, este permite hallar otros elementos materiales probatorios, del mismo modo planear, ejecutar y evaluar resultados, y permite proveer un marco de referencia para cubrir todos los aspectos del ilícito.

Es de resaltar que la Ley 906 de 2004 establece y regula claramente las actividades investigativas de Policía Judicial durante las etapas de indagación e investigación y establecer que algunas actividades son realizadas por iniciativa propia de la Policía Judicial sin requerir autorización judicial previa, y otras requieren orden previa de un fiscal o de un juez.25

Entre las actuaciones contempladas para la investigación criminal, que resultan nuevas en el sistema penal colombiano y que son de vital importancia en la investigación criminal, cabe resaltar: el examen y devolución de la correspondencia, la interceptación de comunicaciones telefónicas, la recuperación de información dejada al navegar por internet, la vigilancia y seguimiento de personas, la vigilancia de cosas, el análisis e infiltración de organización criminal, la actuación de agentes encubiertos, la entrega vigilada y la búsqueda selectiva en bases de datos26.

Todas las actuaciones de policía judicial27 son empleadas a diario por los investigadores de la Dirección de Investigación Criminal y las Seccionales de Investigación Criminal. Esto se traduce en una práctica diaria, reglada, sujeta a protocolos, y correspondiente a un orden previamente definido en un marco metodológico para cada caso. Además, esta práctica está inscrita en procedimientos definidos con antelación por la Institución, y los investigadores han sido instruidos y previamente capacitados para estas tareas28.

De esta forma, los investigadores se ciñen a los protocolos indicados dentro del proceso de Investigación Criminal, como lo es el proceso de "realizar investigación de policía judicial" y los (41) procedimientos documentados de este proceso.

Además de ser una tarea altamente especializada para la determinación de la existencia de un hecho delictivo, la investigación criminal, que en principio es reactiva, luego de los actos urgentes y en la etapa de indagación requiere el establecimiento de una planeación, bien sea por comisorio de la autoridad competente o por iniciativa propia del grupo de investigadores, donde se establece qué actividades realizar para determinar el caso, quiénes lo hacen y con qué recursos, además del tiempo por emplear (cronograma); y se conforma un equipo de trabajo (fiscal e investigadores). Del mismo modo, se define el papel que va a desempeñar cada uno de los investigadores. Es aquí donde se estima cuáles son las labores de investigación criminal para abordar cierto tipo de delito u organización delincuencial.

Una vez elegidas las actuaciones por emplear se hace el desarrollo investigativo, donde se evalúa la información, se consultan las diferentes agencias y bases de datos; los resultados se consignan en los diferentes informes en el expediente. De tal manera, se consolidan elementos materiales probatorios para resolver la investigación o que permitan dar con la captura de los responsables. Luego de realizar la investigación se plasma en un informe de investigación criminal, que el funcionario realiza29.

Desde luego, estas actuaciones en la investigación criminal son realizadas por investigadores que tienen un conocimiento amplio y profundo en la investigación de campo, adquirido en la formación impartida por la misma Institución y la práctica de la profesión. Por ejemplo, desde el inicio del Sistema Penal Oral Acusatorio hasta el 31 de julio de 2008, funcionarios de la DIJIN y la Sijin habían realizado (15.844) acciones de vigilancia y seguimiento de personas, (92) análisis e infiltraciones de organización criminal, (351) entregas vigiladas, (2.468) de vigilancia de cosas. (Ver Tabla 2). Estas labores aumentan año a año, indicando el nivel de participación y profesionalización de la DIJIN y la Sijín en la investigación criminal en nuestro país.

Estas actuaciones en la investigación criminal, en la práctica, han generado satisfactorios resultados que se materializan en las capturas por todos los delitos de la norma penal en Colombia, la desarticulación de organizaciones delincuenciales y terroristas en el país, teniendo la certeza de que dichas labores se están realizando sujetas a los principios constitucionales y del procedimiento penal y que en última instancia protegen al ciudadano que es la base del Estado Social de Derecho.

Finalmente, dentro del apoyo que la Policía Judicial brinda en la investigación criminal, sus roles van más allá de ser investigadores criminales de campo. Así, en la Dirección de Investigación Criminal y en las Seccionales de Investigación Criminal se realizan actuaciones en indagación e investigación criminal como dictámenes periciales contables, pericial de video, dictámenes balísticos, dactiloscópicos, de campo, de explosivos de pre y posexplosión, de hidrocarburos, de estupefacientes, de residuos de disparos, documentológicos, grafológicos, dictámenes periciales de voz, en derechos reservados de autor, en informática forense, cotejos morfológicos, diligencias de retrato hablado, exámenes de ADN, inspección e identificación de armas, entre otras.

Es de resaltar que el número de actuaciones de Policía Judicial contempladas en la Ley 906 de 2004 aumenta año a año en la DIJIN y la SijIn, como lo muestra la Tabla 2, lo cual indica de esta forma el papel desempeñado por la Institución en el desarrollo del Sistema Penal Oral Acusatorio.30

Es necesario resaltar que los avances en la investigación criminal fueron mayúsculos en los últimos años debido al empleo masivo de la informática, la adquisición de tecnología de punta para la interceptación de señales y otros recursos invertidos en innovación tecnológica, que empleados en forma masiva produjeron un gran cambio en la manera de investigar31. Las actuaciones suministradas por la Ley 906 de 2004 han permitido a la DIJIN ser pionera en la investigación criminal y propinar golpes contundentes contra todas las manifestaciones de la criminalidad en Colombia.

Operación dignidad CXXII

Entre los resultados de la investigación criminal son varios los ejemplos de casos exitosos, entre ellos la Operación Dignidad CXXII, que refleja el sentir diario del ciudadano y sus necesidades de seguridad. En esta operación confluyen los victimarios, las víctimas, la opinión pública y las acciones decididas del Estado por combatir el crimen, y presenta en forma exitosa las etapas del proceso penal desde el reporte de la noticia criminal hasta la sentencia de un juez.

En resumen, inicia como un hurto realizado en un paraje rural, montañoso y desolado del municipio de Chía (Cundinamarca) próximo a la capital, que se produjo el día 4 de enero de 2008, por asaltantes previamente organizados para cometer ilícitos, en contra de cuatro jóvenes inermes que se encontraban en actividades de recreación, hecho que generó rechazo por sí mismo ante el público. Sin embargo, no conformes con despojar los bienes materiales de sus víctimas, deciden los delincuentes retenerlas por algún tiempo y luego proceder a violar a una de las jóvenes y transgredir la intimidad de las otras, lo cual produce aun más rechazo pues no solo se trató de despojar por medios violentos a las víctimas de sus pertenencias materiales sino de violentar el cuerpo y transgredir la dignidad de una mujer.

La etapa penal inició con el reporte de la noticia criminal, cuando fue instaurada una denuncia por las víctimas y sus familiares ante el Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación. De tal forma, se inició la etapa de la indagación, con la realización de los actos urgentes. Dichos actos y sus resultados preliminares fueron presentados en informe ejecutivo a un Fiscal Especializado que asumió el caso realizó un programa metodológico, con participación del Cuerpo Técnico de Investigación y la Sijín (Zipaquirá). Del mismo modo, por la magnitud del hecho y su despliegue por los medios de comunicación se dispuso el traslado de personal especializado de la DIJIN del Grupo Investigativo de Delitos Sexuales, Trata y Tráfico de Personas del Área de Delitos contra la Vida, los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. Así se creó un grupo de trabajo interinstitucional.

Luego del reporte inicial se realizó inspección en el lugar de los hechos (cerro de La Valvanera) y se procedió a la identificación, recolección y embalaje de la evidencia física de la escena del delito. Asimismo, se realizaron entrevistas criminales o forenses tanto a las víctimas como a posibles testigos de los hechos, a la par que se buscaba más información en labores puerta a puerta en las veredas circunvecinas. En estas labores acompañaron a los investigadores de campo personal del laboratorio móvil de criminalística. El lugar donde ocurrieron los hechos era abierto y rural, y se halló, mediante método de búsqueda punto a punto, la evidencia física de importancia para la investigación, como fragmentos de botellas de vidrio de jugo y ron, un pico de una de las botellas, un par de aretes de una de las víctimas y fragmentos de papel con manchas al parecer de sangre, los cuales fueron debidamente embalados, rotulados y sometidos a cadena de custodia. El lugar fue fijado en forma videofotográfica.

Se establecieron hipótesis y se asignaron responsables para cada paso por seguir. Así se logró establecer un modo de operación. A la par de la realización de entrevistas criminales, se consultaron las bases de datos de la Institución. Se realizaron enlaces con otros investigadores y otras instituciones, como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Procuraduría General de la Nación. Del mismo modo, en la entrevista criminal practicada a las víctimas se obtuvieron retratos hablados de los cuatro agresores de los cuales, posiblemente, uno era menor de edad. Las denunciantes, relataron de manera detallada los hechos describiendo los rasgos físicos y morfológicos de los cuatro agresores. Con dicha información, más los datos suministrados por la comunidad, se dieron a conocer los retratos hablados de los sospechosos.

Con las labores de vecindario se recogió información que permitió la identificación de los agresores, se obtuvo como resultado la ubicación de un testigo, que suministró en diligencia de entrevista criminal datos relacionados con la identidad de los autores del hecho materia de investigación, los cuales fueron corroborados con otros residentes de la zona.

Luego se hizo la identificación e individualización por medio de reconocimiento en fotografías, junto con tres de las víctimas. Fueron nueve diligencias de reconocimiento en álbum fotográfico que arrojaron resultados positivos para la identificación de los tres agresores mayores de edad.

Toda esta información recolectada en la etapa de la indagación se puso en conocimiento del Fiscal Especializado, las diligencias judiciales y actividades investigativas enunciadas anteriormente, con un Informe de Investigador de Campo. El fiscal determinó que existía el acervo probatorio suficiente para solicitar la orden de captura contra estos tres sujetos mayores de edad responsables de los hechos investigados, ante la Juez Primero Penal Municipal de Zipaquirá con funciones de Garantía, que expidió por este una orden de captura por los delitos de secuestro simple, acto sexual violento, acceso carnal violento y hurto calificado y agravado.

Con la orden de captura que la Juez de Control de Garantías emitió, y las labores investigativas adelantadas, se logró la ubicación e identificación de los indiciados, con lo cual se elaboró un operativo especial que permitió la captura -al mismo tiempo y en diferentes veredas del municipio de Chía- de tres personas adultas y la puesta a disposición de un menor de edad ante los juzgados promiscuos de familia. Con este operativo se logró, asimismo, la recuperación de dos cámaras fotográficas producto del ilícito.

Las capturas se realizaron a los cinco días de ocurridos los hechos. Posteriormente, los imputados se declararon culpables de los delitos imputados y se allanaron a los cargos ante el juez. Al final del proceso penal, el día 23 de mayo de 2008, en sentencia proferida por el Juez Único Penal del Circuito de Zipaquirá, halló culpables a los tres mayores de edad y fueron condenados a 17 años de prisión cada uno.

Este caso mostró resultados tangibles e inmediatos y, del mismo modo, el mensaje ante la opinión de que el hecho no quedó impune y se impartió justicia.

Es de resaltar que la celeridad del proceso judicial, los grandiosos resultados y las herramientas investigativas y técnicas con las que contaban los investigadores judiciales fueron producto de las bondades del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004); del mismo modo, el alto nivel de profesionalismo y de despliegue técnico y científico que el sistema penal acusatorio exige a las instituciones comprometidas en el proceso penal.

Esta operación, sujeta a los protocolos de la investigación criminal, arrojó como resultado la verdad de los hechos, la captura de los responsables y su condena por un juez. Se da a entender claramente a la opinión pública que la investigación criminal, a través de las acciones en conjunto interinstitucional, el despliegue de recursos, de tecnología, de personal altamente capacitado, no es exclusiva para cierto tipo de casos, organizaciones o delitos sino que está al servicio de todos los colombianos, y más aun, que se esclarecen prontamente los delitos que más afectan a la comunidad.

Conclusiones

La investigación criminal es un proceso esencial en la Policía Nacional, y es auxiliador de la justicia penal. Esta tiene como función sistémica preservar el orden en el sistema político colombiano.

La investigación criminal es un tipo de intervención altamente calificado y sustentado en bases técnicocientíficas, dadas la complejidad y especificidad propias de la investigación de crímenes de diversa índole.

El organismo líder en investigación criminal en Colombia es la Dirección de Investigación Criminal (DIJIN) de la Policía Nacional, por la cantidad de actuaciones en la investigación criminal, el nivel técnico y científico de sus bases de datos e instalaciones, la preparación académica de sus integrantes y los excelentes resultados operativos, además de ser el organismo especializado de investigación criminal de la Policía Nacional, y que constitucionalmente realiza la función jurídica de Policía Judicial.

La investigación criminal está sujeta en la actualidad a los procedimientos señalados en la Ley 906 de 2004, y para la Policía Nacional está debidamente sustentada en protocolos. Se establecen prácticas diarias, ejecutadas por personal idóneo previamente capacitado, y que se valen de la experiencia y los avances de los sistemas y del desarrollo de las telecomunicaciones para arrojar excelentes resultados -promocionados por los medios de comunicación- y que sirven al interés general de los colombianos.

La acción conjunta de las instituciones desde sus ámbitos de acción, a través del Sistema Penal Oral Acusatorio, arroja resultados inmediatos y contundentes ante los hechos delictivos, dadas las herramientas que este establece, más el despliegue de recursos, de tecnología y de procedimientos sustentados en la recolección de las pruebas.


Notas

1 Estas categorías corresponden a la evolución de los riesgos en una sociedad, de ellas se presenta la actuación de la Policía. Capitán CAMELO SÁNCHEZ, Miguel Andrés. Cátedra de Policía Comunitaria. Escuela de Cadetes de Policía General Santander. 2006.

2 En términos generales, se entiende como el proceso sistemático de recolección, evaluación y análisis de la información, cuya finalidad es producir conocimiento útil para la toma de decisiones. BUITRAGO ARIAS, Juan Carlos. Exposición del Teniente Coronel de la Policía Nacional: Inteligencia. Bogotá, D. C. 24-07-08. Auditorio DIPOL.

3 CASTRO TISKA, Miguel Ángel. Exposición del Teniente Coronel de Carabineros de Chile: Modelo de Inteligencia Criminal de Chile. Exposición 24-07-08. Auditorio DIPOL. Bogotá.

4 Ibid.

5 Según Jean-Louis LOUBET DEL BAYLE, estas actividades son secundarias, agregadas a la función policial y representan un 70% y 80% de la actividad policial. Ibid. Pág. 80-81.

6 Para la historia de la Policía Nacional ver: APARICIO BARRERA, Juan. La ideología de la Policía Nacional de Colombia en las décadas de los 60 y 70. Universidad Nacional de Colombia. Facultad de Derecho. Bogotá. 2003. Pág. 137.

7 Artículo 218. Constitución Política de Colombia. 1991.

8 En la actualidad la estructura orgánica de la Policía Nacional está contemplada en la Ley 62 de 1993 y el Decreto 4222 de 2006.

9 Sentencia C-024 de 1994. Corte Constitucional. Bogotá: 27 de enero de 1994. Magistrado Ponente Alejandro Martínez Caballero.

10 Coronel (r.) BERNAL CÁRDENAS, José Maximiliano. Cátedra de Policía Judicial. Escuela de Cadetes General Santander. Bogotá. 2006.

11 Se destacan en su aporte a la investigación criminal en el apoyo al proceso penal en Colombia: la Inspección de Permanencia (1892); la Comisaría de Policía Judicial (1905); la Oficina Central de Investigación Criminal (1911); el Gabinete Antropométrico de la Policía (1911); Sección de Policía Judicial y Policía de Detectivismo (1926); el Gabinete Central de Identificación (1934); el Servicio de Inteligencia Colombiano (SIC); el Departamento del Estado Mayor de Policía F-2; División de Información, Policía Judicial y Estadística Criminal (Dipec) 1971; Dirección de Policía Judicial e Investigación (DIJIN). Para un recuento detallado de la historia ver: Investigación criminal en la Policía Nacional de Colombia. Policía Nacional - DIJIN. Panamericana Formas e Impresos. Bogotá. 2005. Págs. 306.

12 Como antecedentes normativos de la Policía Judicial en Colombia, se encuentra la Ley 16 de 1968 donde se otorgó a la Procuraduría General de la Nación el dirigir, controlar y coordinar los entes encargados de Policía Judicial; del mismo modo, la Ley 52 de 1984 que facultó al gobierno para expedir un Código de Procedimiento Penal; y la Ley 050 de 1987 que establece un Código de Procedimiento Penal; y también como antecedentes la Ley 600 de 2000 que estableció un Código de Procedimiento Penal.

13 Artículo 250. Numeral 8. Acto Legislativo No. 03 de 2002.

14 Artículos 201, 202 y 203 del Código de Procedimiento Penal. Ley 906 de 2004 (agosto 31). Diario Oficial No. 45.658. Colombia, 1o de septiembre de 2004.

15 Manual de Procedimientos del Macroproceso de Investigación Criminal de la Policía Nacional. 1ª edición. Legis S. A.: Bogotá. 2007.

16 El Sistema de Gestión Integral para la Policía Nacional se basa en tres componentes, que son: 1. El Direccionamiento Estratégico. 2. La Gerencia de Procesos. 3. La Gestión del Talento Humano. Para más información ver: Resolución No. 03515 de 2006. Bogotá, D. C.: Policía Nacional.

17 Ley 872 de 2003 y la Norma Técnica que rige para la Administración Pública NTCGP:1000.

18 Decreto No. 1599 de 2005.

19 Ley 489 de 1998 y Decreto No. 3622 de 2005.

20 Para más información sobre los procesos y procedimientos de la investigación criminal ver: Manual de Procedimientos del Macroproceso de Investigación Criminal de la Policía Nacional. Op. cit.

21 Resolución No. 02057 del 15 de junio de 2007 del Ministerio de Defensa Nacional.

22 La investigación criminal, que también es conocida como investigación forense, se puede definir como un método que marca los procedimientos frente a una conducta punible para llegar a la verdad, en forma ordenada y sistemática.

23 Fundamentos Teóricos de la Investigación Criminal -PNUD- Guatemala. Proyectos de Seguridad Ciudadana, Prevención de la Violencia y Conflictividad del programa ONU para el Desarrollo. En: www.polsec.org. Agosto de 2008. En nuestro sistema penal la Investigación Criminal comprende las etapas de la indagación y la investigación, aunque hasta el final del proceso penal las labores adelantadas por los investigadores criminales estarán presentes.

24 La investigación criminal se caracteriza por ser continua y especializada, que requiere un método y planeación. Esta es analítica y sintética, es explicativa-causal y se rige por los preceptos legales. Presenta un esquema lógico compuesto por las fases de: Conocimiento del hecho (denuncia, querella, informes, flagrancia); Diligencias preliminares; Planeación de la investigación; Consolidación de la prueba; Informe de investigación.

25 El Título I (La Indagación y la Investigación) del Libro II del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) establece las actividades de la Policía Judicial, y las actuaciones que no requieren autorización judicial previa, y aquellas que requieren orden del fiscal o del juez.

26 Artículos 234, 235, 236, 239, 240, 241, 242, 243 y 244 de Ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal).

27 Para una definición ver: Manual Único de Policía Judicial. Consejo Nacional de Policía Judicial. Imprenta Nacional. Bogotá, 2006. Págs. 50 a 56.

28 Tan solo basta mencionar la capacitación que se imparte en la Escuela de Investigación Criminal de la Dirección Nacional de Escuelas, con programas de pregrado, posgrado y de educación continuada dirigidos a los integrantes de la Policía Nacional. Tal es el nivel de preparación y aceptación que a ella asisten, mediante convenios, integrantes de otras instituciones nacionales, al igual que extranjeros, y que pueden ser instruidos en todas las áreas de la investigación criminal, por ejemplo programas en Criminología, Dactiloscopia, Explosivos, Fotografía Forense, Documentología, entre otras.

29 Flujograma de la descripción del proceso de realizar Investigación de Policía Judicial. Manual de Procedimientos del Macroproceso de Investigación Criminal de la Policía Nacional. 1ª edición. Legis S. A.: Bogotá. Abril de 2007. Págs. 1-9.

30 Es necesario resaltar que la implementación de la Ley 906 de 2004 para todo el territorio nacional se ejecutó en cuatro fases. La primera comenzó el 1o de enero de 2005 en Bogotá y el Eje Cafetero, y dicho proceso culminó con la cuarta fase el 1o de enero de 2008.

31 El desarrollo de bases de datos y de los medios de comunicación permite en tiempo casi real conocer los antecedentes que pueda tener un sospechoso o detenido. Por ejemplo, las bases de datos operativas con los antecedentes delictivos y contravencionales de los ciudadanos, el sistema de identificación de huellas dactilares (AFIS), el sistema integrado de identificación balística (IBIS), entre otros.


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