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Revista Criminalidad

Print version ISSN 1794-3108

Rev. Crim. vol.51 no.2 Bogotá July/Dec. 2009

 

Durkheim: la perspectiva funcionalista del delito en la criminología1

Durkheim: The Functionalist Perspective of Crime in Criminology

Omar Huertas Díaz*

*Magíster en Derecho Penal. Magíster en Derechos Humanos, Estado de Derecho y Democracia en Iberoamérica. Investigador, Vicerrectoría de Investigación, Dirección Nacional de Escuelas, Policía Nacional de Colombia. paideia04@hotmail.com

Resumen

El presente artículo tiene por objeto dar a conocer la obra del sociólogo Émile Durkheim, por ser revolucionaria para su época, toda vez que considera al delincuente como un agente regulador de la vida social, que la dinamiza y cumple una función en la comunidad. Por tanto, en el primer capítulo se hace referencia a los tres textos más importantes que dan cuenta de su teoría, en el segundo se exponen las críticas que se han hecho a esta obra y en el último se plantea una reformulación de la tesis central del pensamiento durkheimiano.

Palabras clave: castigo, conciencia social, comunidad, moral, Émile Durkheim (fuente: Tesauro de la Unesco).


Abstract

This article is intended to make known the work of sociologist Émile Durkheim, revolutionary in its time, as it considers criminals as regulating agents of social life who, in turn, dynamize social life and play a role within the community. Consequently, the first chapter refers to the three most important texts that explain his theory; the second chapter shows the criticism made of such work; and the third chapter poses a reformulation of the central thesis in Durkheim's thought.

Key words: punishment, social consciousness, community, moral, Émile Durkheim (Source: The UNESCO Thesaurus).


Introducción

Si los seres humanos no fueran, en lo que se refiere a la dirección de su comportamiento, por naturaleza mucho más flexibles y maleables que los animales, su reunión no daría forma a un continuo social autónomo, a una sociedad, ni poseerían cada uno de ellos una individualidad. Los grupos de animales no poseen más que una "historia natural", y los animales particulares pertenecientes a uno de esos grupos no se diferencian unos de otros, en cuanto a la dirección de su comportamiento, en la misma medida en que se diferencian los seres humanos, no son tan individualizables como estos últimos.

Ahora bien, puesto que los seres humanos particulares son en tal grado susceptibles de ser coordinados por otros, y puesto que, además, precisan de ese modelado social, el tejido formado por sus relaciones, su sociedad, no puede ser comprendido únicamente a partir de seres humanos individuales, como si cada uno de ellos constituyera un cosmos por sí mismo. A la inversa, el individuo solo puede ser comprendido a partir y dentro de su convivencia con otros. La estructura y la cualidad constitutiva de la dirección del comportamiento de un individuo dependen de la estructura de las relaciones entre individuos. Todas las malas interpretaciones en torno a la relación entre individuo y sociedad radican en que la sociedad, en que las relaciones entre personas, poseen en realidad una estructura y unas regularidades de índole propia, que no pueden ser comprendidas a partir de los individuos particulares, pero no poseen un cuerpo, una "sustancia" exterior a los individuos.

La sociedad y sus regularidades no son nada fuera de los individuos; tampoco es meramente un "objeto" que se encuentra "frente" al individuo particular; es aquello a lo que cada persona llama "nosotros". Sin embargo, este "nosotros" no nace de que muchas personas particulares, que se llaman a sí mismas "yo", se reúnan y decidan formar una comunidad. Las funciones y relaciones personales que se expresan con partículas como "yo", "tú", "él" y "ella", como "nosotros", "vosotros", "ellos" o "ellas", son interdependientes. Ninguna de ellas existe sin las otras. Y la "función-nosotros" incluye dentro de sí misma a todas las demás. Comparado con lo que esta designa, todo "yo", incluso todo lo que pueda ser llamado "vosotros", "ellos" o "ellas", es solo una parte.

Y esta inexorable inclusión de todo "yo" dentro de "nosotros" hace que, finalmente, pueda también comprenderse por qué en el encadenamiento de las acciones, los planes y los fines de muchos "yos" surge una y otra vez algo que, tal como es y será, no ha sido planeado, perseguido ni realizado por ninguna persona individual.

Y, en efecto, durante el transcurso de la historia occidental, la porción planificable de las sociedades se hace cada vez mayor. Sin embargo, pese a ser así incluidos en los objetivos a corto plazo de numerosas personas singulares y grupos, todos estos instrumentos e instituciones sociales considerados con la perspectiva de largos periodos de tiempo, siempre han avanzado en una dirección que ninguna persona ni grupo alguno de personas ha deseado o premeditado realmente.

Del mismo modo, a lo largo del transcurso de la historia se ha caminado y se camina, con muchos avances y retrocesos, hacia una mayor civilización. También en este andar cada uno de los pasos ha estado determinado por personas y grupos de personas; mas, sin duda, lo que ha surgido hasta hoy de este andar, nuestro modelo de conducta y nuestra estructura anímica, no han sido premeditados o planeados por personas singulares. Y así se mueve la sociedad humana en su conjunto, así tenía y tiene lugar todo el devenir histórico de la humanidad (Elías, 1990):

Nacido de planes, pero no planeado. Movido por fines, pero sin un fin.

Castigo, conciencia colectiva y solidaridad social: obra de Émile Durkheim

Más que cualquier otro teórico social, Durkheim consideró el castigo como el objeto central del análisis sociológico y le asignó un lugar privilegiado en su marco teórico, al cual volvía una y otra vez conforme avanzaba su trabajo. Esta preocupación analítica por el castigo se debió a que lo consideraba una institución relacionada con el corazón mismo de la sociedad. La sanción penal representaba un ejemplo tangible del funcionamiento de la "conciencia colectiva" en un proceso que expresaba y regeneraba los valores de la sociedad. Al analizar las formas y funciones del castigo, el sociólogo obtenía una perspectiva sistemática del núcleo de la vida moral, alrededor del cual se conforman la comunidad y la solidaridad social. Por consiguiente, Durkheim afirmaba haber encontrado, en los procesos y rituales de la penalidad, la clave para el análisis de la sociedad misma.

Durkheim, por supuesto, tenía una noción muy específica de la sociedad y seguía una línea particular de investigación sociológica. Le preocupaba, sobre todo, descubrir los orígenes de la solidaridad social, que, para él, eran las condiciones fundamentales de la vida colectiva y la cohesión social. Consideraba que la sociedad y sus patrones de interacción mutua solo pueden funcionar si existe primero un marco compartido de significados y moralidades, sin el cual es imposible concebir la vida social, ya que incluso los intercambios más elementales entre individuos requieren una serie de normas consensuales. Estas normas sociales y "representaciones colectivas" no son fortuitas ni autodeterminantes, sino más bien un aspecto de las formas de organización e interacción social que existen en un momento determinado.

La cultura y la ética de cualquier sociedad están, por ende, sustentadas en una organización social particular que forma un todo social funcional. Al mismo tiempo, los patrones que surgen de la interacción social dan origen a la clasificación compartida de todos los involucrados, de forma que las categorías de conciencia e inconsciencia se construyen de manera acorde con la realidad de la vida en grupo. Estas categorías, a su vez, forman el marco colectivo dentro del cual existe la vida social de modo rutinario, y en el cual los individuos se vinculan entre sí y con la sociedad de manera cohesiva. Conforme a la noción de Durkheim, las sociedades tienen formas materiales de vida que son comprendidas, sancionadas y santificadas por las categorías culturales a las que dan origen. Los aspectos morales -o mentales- y sociales -o materiales- de la vida del grupo se consideran mutuamente condicionantes y constituyentes y, en circunstancias normales, funcionan en conjunto como dimensiones diferentes de un todo social cohesivo.

Esta noción distintiva es la que convierte el trabajo de Durkheim a la vez en una ciencia social y en una "ciencia de la ética". Su sociología se preocupa, sobre todo, por los vínculos morales distintivos que para él constituyen los verdaderos aspectos sociales de la vida humana. Su objeto fundamental de análisis es la relación entre las moralidades sociales y sus condiciones de existencia, lo que sustenta su enfoque "holístico" de la sociedad y su preocupación por comprender los aspectos de la vida social en términos de su significado funcional para el todo social.

De manera que esta noción de lo moral y lo social, como dos caras de la misma moneda, le permite a Durkheim tomar una práctica social particular -como el castigo- y verla como un fenómeno moral que opera dentro de los circuitos de la vida moral, a la vez que cumple con funciones sociales y penales de carácter más mundano.

Dentro de ese conocimiento general de la sociedad, la inquietud más específica de Durkheim era entender las formas variables de la solidaridad, que surgían conforme las sociedades evolucionaban y su estructura básica y organización comenzaban a cambiar. En particular, trataba de entender los orígenes de la solidaridad en las sociedades modernas, que, debido al individualismo en aumento, a la especialización de las formas sociales y a la disminución de la fe religiosa universal, parecían constituir un mundo sin categorías compartidas.

Durkheim afirmaba que la sociedad requería un marco moral, pero que su forma y contenido debían reflejar las condiciones vigentes de la organización social. Aseguraba que la división del trabajo había dado origen a una moralidad moderna bastante conveniente, centrada en el culto al individuo y a un conjunto de valores tales como la libertad, la racionalidad y la tolerancia. Estos conceptos morales surgieron paralelamente a la reestructuración de la sociedad propiciada por la industrialización, la especialización y la secularización, y ya estaban representados en el pensamiento y la acción de los individuos (Garland, 2006).

En consecuencia, el derecho penal de una sociedad es, ante todo, la materialización de los valores fundamentales que dicha sociedad considera sagrados, por lo que los crímenes que violan esta "conciencia colectiva" tienden a provocar una indignación moral colectiva y un apasionado deseo de venganza. Estas "reacciones pasionales" son expresadas a través de la práctica jurídica de castigar a los criminales, que, por más que se vuelva rutinaria e institucionalizada, no deja de ser un mecanismo por medio del cual se encauzan y expresan sentimientos morales colectivos. Así, por más que el Estado moderno monopolice la ejecución y administración del castigo (y al hacerlo "gradúe" la intensidad de esta reacción y la vuelva más uniforme y predecible), Durkheim insiste en dos puntos básicos: primero, que una población mucho más amplia se siente involucrada en el acto de castigar, dotando así a esta institución estatal del apoyo social y legitimidad. Segundo, que a pesar de todos los intentos de hacer del castigo un proceso racional, circunspecto, utilitario, este sigue estando fuertemente influenciado por los sentimientos punitivos y las reacciones emotivas que forman la base de la reacción social frente al crimen (Garland, 2007).

El delito es, por tanto, necesario; se halla ligado a las condiciones fundamentales de toda vida social, pero por esto mismo es útil; porque estas condiciones de que él es solidario son indispensables para la evolución moral y del derecho (Durkheim, 1999).

La división del trabajo social

La división del trabajo social es la obra maestra de Durkheim en el sentido original de la palabra. Es el primer texto que define los problemas fundamentales que proporcionan las herramientas intelectuales para su análisis. En este, la preocupación central es la naturaleza variable de la moralidad y la solidaridad social, por lo cual emprende su amplio análisis del castigo como un medio para esclarecer este problema más amplio.

Durkheim considera el castigo como una institución social que es, en primera y última instancias, un asunto de moralidad y solidaridad sociales. Los fuertes lazos de solidaridad moral son la condición que provoca el castigo y, a su vez, este es el resultado de la reafirmación y el reforzamiento de esos mismos vínculos sociales. Desde luego, Durkheim es consciente de que estos aspectos morales no son lo más importante en la experiencia social del sistema penal.

Sin embargo, considera que la mayor parte de la moralidad social es no verbal, latente, asumida. De hecho, una característica de la sociedad moderna es que los vínculos morales que atan a los individuos están representados en actos tales como contratos, intercambios o interdependencias que, superficialmente, parecen no ser otra cosa que asuntos de interés personal racional. Su análisis del castigo -al igual que su análisis de la división del trabajo- es por ende un intento deliberado y contraintuitivo de esclarecer estas moralidades sumergidas y dilucidar el significado moral de castigo y las funciones sociales moralizantes. De esta forma, Durkheim pretendía señalar el contenido moral de la acción instrumental para crear una mayor conciencia de esta moralidad, con el propósito de preservarla y desarrollarla mejor (Garland, 2006).

Al respecto, es importante mencionar que Durkheim utilizó el concepto de anomia para "explicar las repercusiones sociopatológicas de la división social y humana del trabajo desarrollada rápidamente en el industrialismo temprano". La división del trabajo es examinada por él no solo como principio económico de la sociedad industrial capitalista, sino como uno de los fundamentos más importantes de la vida social en general. Se preguntó primero por la necesidad social que corresponde a la división social del trabajo, y quiso entonces determinar sus causas y condiciones y emprender, al final, una clasificación de comportamiento sobre la base de las regularidades comprobadas.

De esta forma, dado que la división del trabajo significa una diferenciación de la cooperación, el proceso de la creciente división del trabajo tiene repercusiones directas sobre las formas de solidaridad. En el caso de sociedades con una escasa división del trabajo, la diferenciación entre los miembros de la sociedad es solo segmentaria, esto es, de acuerdo con la similitud relativa de los miembros de la sociedad entre sí, la solidaridad resulta un hecho mecánico, por decirlo así, por la moral generalmente aprobada.

No obstante, en una sociedad con un alto grado de división del trabajo, las diversas partes ya no son similares, sino relacionadas unas con otras en sus funciones, así como los distintos órganos de un ser viviente. Los miembros de sociedades diferenciadas no solo son diferentes, sino que dependen mutuamente los unos de los otros, porque sus actividades y funciones especializadas son parte de un todo dividido por el trabajo. Así, la diferenciación estructural con un alto grado de división del trabajo en una sociedad conduce, de manera análoga, a los órganos de un ser viviente, a su solidaridad orgánica.

Según Durkheim, en semejantes sociedades con una gran diferenciación de funciones, esto es, en las sociedades industriales modernas, se verifica un debilitamiento a la conciencia colectiva y una mayor acentuación de las diferencias individuales. Anomia es, entonces, el estado de desintegración social originado por el hecho de que la creciente división del trabajo obstaculiza cada vez más un contacto lo suficientemente eficaz entre los obreros y, por lo tanto, una relación social satisfactoria. De este modo, el concepto de anomia es presentado como el polo contrario de la solidaridad orgánica. Si faltan las reglas morales de carácter obligatorio, lo que es mucho más probable con una elevada división del trabajo, entonces es más difícil de realizar la acción solidaria (Lamnek, 1986).

Por otra parte, Durkheim manifestó que una ciencia social "necesita conceptos que expresen adecuadamente las cosas como son en la realidad y no como resulta útil concebirlas para satisfacer fines prácticos". Así, la ciencia de los hechos sociales puso de relieve en primer lugar que los hombres viven, no en un universo de elecciones y libertad (afectado solo por la falta de una adecuada autoridad moral), sino en condiciones en las que no se aprovechaban sus facultades naturales. En síntesis, viven bajo una división del trabajo "impuesta".

Esta idea, más que cualquier otra, es la base de la concepción de Durkheim acerca de la anomia (lo que desordena la sociedad) y las condiciones que producen el delito, la desviación y el desorden. Influido quizás en parte por su inmersión en el "socialismo" de Saint-Simón, Durkheim comprendió que la autoridad moral era aceptable para los hombres solo en la medida en que estuviese relacionada con la situación material real de los mismos. La autoridad moral no lo era en absoluto si carecía de sentido para hombres insertos en posiciones sociales inusuales, en rápido cambio o, lo que era más importante, impuestas. En una situación en la que los hombres no desempeñaban papeles ocupacionales y sociales compatibles con su talento natural, la autoridad moral carecería totalmente de eficacia a menos que estuviera vinculada con la tarea de la reforma social.

Mientras que la ciencia positiva de Comte (y muchas sociologías contemporáneas de control social) parte solo del temor de la "descomposición de la sociedad en una multitud de corporaciones incoherentes", posición que pone de manifiesto su carácter de ideologías de la reacción y del retroceso social, la "sociología" de Durkheim se ocupa del motor del cambio social y, en especial, de la destrucción de la división forzada del trabajo (Taylor, Walton & Young, 2001).

Estas consideraciones conducen a Durkheim a ver bajo una nueva luz los fenómenos de que se ocupa la criminología. Contrario a lo que ocurría en la criminología precedente y contemporánea, y partiendo de cuanto él mismo había sostenido con anterioridad, Durkheim no veía ya al delincuente como "ser radicalmente antisocial, como una especie de elemento parasitario, de cuerpo extraño e inasimilable, introducido en el seno de la sociedad". Esta visión general funcionalista del delito se ve acompañada en Durkheim por una teoría de los factores sociales de la anomia. Ya con anterioridad, y contra las concepciones naturalistas y positivistas que identificaban las causas de la criminalidad en las fuerzas naturales (clima, raza), en las condiciones económicas, en la densidad de población de ciertas regiones, entre otras, Durkheim había puesto el acento sobre los factores intrínsecos al sistema socioeconómico del capitalismo, basado en una división social del trabajo tanto más diferenciada y constrictiva -con el nivelamiento de los individuos y las crisis económicas y sociales que él trae consigo- (Baratta, 2000).

Entonces, la delincuencia de Durkheim es consecuencia necesaria y útil de toda vida social y está ligada a sus realidades. Por ello, el delito serviría para una doble finalidad: localización y tratamiento de los inadaptados, y estímulo para la búsqueda de los males, de sus causas y sus remedios, como base de una política concreta de mejoramiento futuro, con espíritu preventivo (Solís, 1962).

Las dos leyes de la evolución penal

El análisis del castigo presentado en La división del trabajo social proporciona una descripción extensa de las fuentes, el funcionamiento y el significado social del "derecho penal". No habla, sin embargo, de las formas reales de castigo: los aparatos, las instituciones y medidas sustantivas por medio de las cuales se realizan de manera concreta las "reacciones punitivas". Tampoco hace una historia del castigo. Además de observar que las sociedades modernas se muestran más circunspectas frente al acto de castigar, y ya no lo hacen "de una manera tan material y grosera" como antes, en ningún momento se comenta el cambio histórico. De hecho, Durkheim niega enfáticamente la relevancia de la historia con respecto al funcionamiento de la penalidad, afirmando que, pese a las apariencias, "la pena ha seguido siendo para nosotros lo que era para nuestros padres".

Una teoría del castigo que no considera el cambio histórico y no habla de las formas penales deja demasiados interrogantes sin responder, por lo cual no sorprende que Durkheim vuelva a estos problemas años después en el ensayo The two laws of penal evolution, aparecido en 1902. Sin catalogarlo como tal, este documento es, en esencia, un intento por redondear la teoría original del castigo, demostrando que los hechos de la historia penal pueden recuperarse en sus propios términos e interpretarse de acuerdo con ellos.

De esta forma, el ensayo de Durkheim se aboca a una paradoja: se enfrenta a la evidente historicidad del castigo -la copiosa evidencia de que los métodos penales han cambiado sustancialmente en el transcurso del tiempo-, aunque también desea defender una tesis que afirma el carácter ahistórico e inmutable del castigo como proceso social.

La solución del problema radica en el argumento de que, puesto que la organización social de la conciencia colectiva se modifica con el tiempo, tales cambios alteran de modo considerable el tipo de sentimientos y pasiones provocados por infracciones delictuosas. Las diferentes pasiones, así como las distintas modalidades de organización social, dan origen a diversas formas penales de modo que, si bien el castigo sigue siendo una expresión de sentimientos colectivos -y una manera de reforzarlos-, las formas que adopta se han modificado. La tesis de Durkheim es, por consiguiente, bastante refinada, al distinguir entre las formas y funciones del castigo. Afirma que los mecanismos y las funciones subyacentes del castigo permanecen constantes, en tanto que sus formas institucionales sufren un cambio histórico.

En efecto, según Durkheim, los principales cambios en la historia penal son de dos tipos. La intensidad del castigo tiende a disminuir en la medida en que las sociedades se vuelven más avanzadas y, al mismo tiempo, la privación de la libertad por medio del confinamiento surge como la forma predilecta del castigo, sustituyendo diversos métodos capitales y corporales que le antecedieron. El patrón general de evolución que describe es una decreciente severidad penal y una creciente dependencia del confinamiento, movimientos ligados que se dan en el transcurso de la evolución amplia de las sociedades, de "simples a avanzadas".

Así, las sociedades simples han recurrido a medidas penales draconianas debido a que en ellas prevalece la intensidad de la conciencia colectiva. Su moral social es severa, rígida y exigente, estrictamente religiosa en forma, y representa todas las reglas como leyes trascendentales, autorizadas por dioses.

En contraste, los sentimientos colectivos que se encuentran en sociedades más avanzadas son menos demandantes y ocupan un lugar menos predominante en la vida social; las sociedades orgánicas modernas se caracterizan por la diversidad moral y la interdependencia de individuos que cooperan entre sí, cada uno de los cuales es, en cierta medida, diferente y único. Estos sentimientos son notoriamente diferentes de las creencias rígidas sancionadas por la religión de los primeros tiempos. Por su misma naturaleza, esta nueva fe moral invita a la reflexión y a la consideración racional en asuntos éticos. Por lo tanto, la moralidad social tiene una resonancia psicológica diferente -un lugar diferente en la estructura anímica- y, como resultado, suscita una reacción más moderada cuando se violan sus principios.

No obstante, la "privación de la libertad, y tan solo de la libertad, que varía con el tiempo conforme a la gravedad del crimen, tiende a convertirse cada vez más en un medio de control social", pues una vez establecida, la prisión perdió el carácter meramente preventivo y de confinamiento, adquiriendo cada vez más el carácter de un castigo.

Durkheim concluye en su ensayo histórico con un párrafo que se refiere, no al pasado sino al presente. Aun más, indica, aunque de manera un tanto indirecta, que el confinamiento -que se ha convertido en una forma de castigo moderno- es cada vez un anacronismo mayor que se ciñe al marco de la vida contemporánea: "hemos llegado al momento en que las instituciones penales del pasado han desaparecido o bien sobreviven por la fuerza de la costumbre, pero sin que nazcan otras que correspondan mejor a las nuevas aspiraciones de la conciencia moral" (Garland, 2006).

El castigo como educación moral

El análisis más detallado y concreto que hace Durkheim del castigo es, paradójicamente, el menos conocido entre sociólogos y penitenciaristas. En toda la bibliografía sobre Durkheim y el castigo, apenas existe alguna referencia a lo que podría considerarse su afirmación teórica final sobre el asunto, que abarca tres capítulos de su obra La educación moral, y proporciona su descripción más acabada y sutil sobre la importancia y los efectos morales de las medidas punitivas.

En este trabajo se ocupa de describir los principios y la pragmática de la educación en el aula, aunque resulta el escenario perfecto para señalar las implicaciones específicas de su trabajo teórico. Tal como la concibe, la tarea de la educación moderna es desarrollar una moralidad laica y racional, y encontrar la mejor forma de socializar al niño en esta nueva conciencia colectiva. El papel del castigo, en este contexto, es precisamente el mismo que ejercen en la sociedad en general la expresión y el reforzamiento de la moralidad social, de manera que su análisis del castigo en el aula puede considerarse una extensión a la teoría que desarrolló en su trabajo previo.

Un aspecto importante de la teoría durkheimiana es que la moral laica moderna -que está abierta a la discusión racional y no depende del misticismo ni de la fe ciega característica de las religiones- se percibe, sin embargo, como "sagrada" y "trascendental" en cierta manera. Incluso en la sociedad moderna: "El dominio de la moral está como cercado por una barrera misteriosa del alcance de lo profano". Es este un dominio sagrado. Este sentido de lo "trascendental" es, conforme a Durkheim, la autoridad de la sociedad y de las convenciones sociales tal como las experimenta el individuo, aunque no es menos poderosa por reconocerse "hecha por el hombre en vez de divina".

Pero, como señala más claramente en este contexto, el castigo no puede crear autoridad moral por sí mismo; por el contrario, implica que ya existe una autoridad y que esta ha sido quebrantada. La creación de esa autoridad y sentido de lo sagrado es, de hecho, un trabajo de entrenamiento e inspiración moral que continúa en la familia, en la escuela y en cualquier parte de la sociedad.

Si bien el castigo no es el centro de la moralidad social, sí es un componente esencial y necesario de cualquier orden moral, y desempeña un papel crucial en prevenir el derrumbe de la autoridad moral. Entonces, el papel del castigo es demostrar la realidad y la fuerza de los mandamientos morales; el castigo es un medio de transmitir un mensaje moral y de indicar la fuerza del sentimiento que lo sustenta.

Sobre este punto es preciso señalar que Durkheim no pretende entender el castigo en todos sus aspectos sino tan solo señalar el contenido moral y los efectos sociales moralizantes. El aparato coercitivo de la penalidad, que consta de amenazas, restricciones físicas, multas y demás, le resulta interesante solo como medio de transmitir la pasión y el mensaje moral.

Así, el castigo ideal para Durkheim es el de la expresión pura, una afirmación moral que expresa condena sin perseguir otros fines. Como menciona en determinado momento, "el mejor castigo es el que pone la culpa [...] en la forma más expresiva y de menor costo" (Garland, 2006).

Críticas a la obra de Durkheim

La descripción que hace Durkheim del castigo, sin duda tiene limitaciones, en la medida en que el castigo tiene otras características, otras causas y otros efectos. Su obra es en buena medida un relato unidimensional que se refiere al contenido y a las consecuencias morales del castigo, así como al papel que este desempeña en el mantenimiento del orden moral.

Por ejemplo, Durkheim escasamente analiza los aparatos e instrumentos del castigo. El arsenal de medidas punitivas con que cuentan las instituciones penales (regímenes carcelarios, restricciones físicas, sanciones monetarias, medidas de supervisión) le interesa solo en tanto que es un medio para transmitir pasiones y mensajes morales a un público sensible. Dado que dichas instituciones funcionan como técnicas de control del comportamiento o como formas de regulación disciplinaria, Durkheim no las considera verdaderos fenómenos morales y, por lo tanto, quedan por fuera de su horizonte analítico.

De manera similar, Durkheim no dice nada sobre la manera como las instituciones penales son influenciadas por todas aquellas fuerzas sociales (como las consideraciones económicas, las ideologías políticas, los desarrollos tecnológicos, las concepciones científicas o los intereses profesionales) que tienen poco que ver con pasiones morales o una conciencia colectiva.

Asimismo, su concepción de conscience collective es sumamente problemática en numerosos aspectos, así como el argumento de que las sanciones y leyes penales son su fiel encarnación. Dado que es lícito pensar que las sociedades modernas y pluralistas tienen un "conjunto de creencias y sentimientos comunes al ciudadano promedio", parece apropiado entender este fenómeno más como un logro político de los grupos culturales dominantes, cuyas visiones particulares del orden social han alcanzado cierta hegemonía, que como un conjunto dado de valores que de una u otra forma son compartidos por consenso.

En este sentido, es errado pensar que instituciones como el derecho y el castigo simplemente reflejan valores que todo el mundo comparte. Estas son más bien agencias activas que imponen ciertos valores, y cuyas prácticas cumplen una función crucial en la obtención de apoyo a la moralidad dominante.

De igual forma, se debe poner en duda la afirmación gratuita de Durkheim, según la cual las medidas penales encarnan de alguna manera valores que son compartidos por todos. Como sus críticos han indicado con insistencia, no es "la sociedad como un todo" quien proclama leyes y castiga criminales, sino, más bien, élites legislativas y funcionarios profesionales, cuyas prioridades y preocupaciones particulares pueden dar lugar a una versión autorizada de moralidad social que no es universalmente compartida. Y por más que las "reacciones pasionales" que Durkheim atribuye al público sean reales (para la imaginación posfreudiana tales emociones resultan en exceso asépticas y circunspectas), estas solo son indirectamente efectivas en la formulación y ejecución de las políticas criminales modernas.

También se puede argumentar (siguiendo a Foucault) que el énfasis de Durkheim sobre el ritual público del castigo está por completo fuera de lugar en las sociedades modernas, dado que las medidas penales tienden a ser desplegadas "detrás de la escena" de la vida social, en instituciones cerradas y situadas en los márgenes de la sociedad, por lo que no son conducidas en público y a la vista de todos (Foucault, 1977). Esta es una crítica importante, pues apunta a una distinción crucial en los sistemas penales modernos entre la declaración del castigo, que continúa siendo un ritual que acapara la atención del público y de los medios, y la ejecución del castigo que actualmente, y de manera característica, ocurre a puerta cerrada y presenta un nivel de visibilidad mucho más bajo. De hecho, se puede argumentar que el castigo moderno opera a través de una estrategia doble: una dirigida a expresar, educar y tranquilizar a la opinión pública (que es la que Durkheim describe), y otra dirigida de manera más concreta a regular la conducta desviada; por tanto, su interpretación queda confinada a una esfera particular del castigo y no al sistema completo.

No obstante, las limitaciones de alcance interpretativo no deberían impedir apreciar el valor intrínseco de la obra de Durkheim. De hecho, todas las perspectivas sociológicas existentes presentan la misma limitación, pues ni Durkheim ni ningún otro autor han pretendido desarrollar una teoría exhaustiva sobre el funcionamiento interno y externo del castigo. La visión interpretativa de Durkheim ofrece una forma de comprender aspectos importantes de esta compleja institución y vincularlos a otros fenómenos de la vida social (Garland, 2007).

Replanteamiento de la obra de Durkheim

A la luz de las anteriores observaciones parece necesario reformular la tesis durkheimiana en los siguientes términos. Los procesos del castigo no necesariamente promueven la "solidaridad social" en el sentido que Durkheim sugiere. Deberían considerarse como un intento ritualizado de reconstruir y reforzar las relaciones de autoridad existentes. Siempre que haya límites a tal autoridad, o pugnas de autoridad, el efecto de los castigos sobre estos límites y estas pugnas dependerá de la capacidad retórica que se emplee en tal circunstancia y de la receptividad del público. Al igual que todos los rituales de poder, el castigo debe ser escenificado y divulgado con sumo cuidado para obtener los resultados deseados, y solo se tendrá éxito cuando lo permita el ámbito de fuerzas circundante.

De manera que se sugiere replantear el argumento central de Durkheim: que el castigo es funcional para la sociedad. Evidentemente desempeña unas "funciones": sanciona cierta clase de reglas, reprime ciertas conductas, expresa emociones y reafirma formas específicas de autoridad y creencia. Sin embargo, estas reglas, conductas, emociones, creencias y formas de autoridad no siempre coinciden con la "sociedad" ni están sancionadas de tal manera que fomenten la armonía social. También es necesario analizar los efectos del castigo en relación con intereses, relaciones sociales y resultados específicos; sin olvidar que lo que es "funcional" desde un punto de vista puede no serlo desde otro (Garland, 2006).

Sobre este aspecto, conviene mencionar que a partir de la década de 1970, varios autores proponen una nueva lectura de Durkheim, sobre todo teniendo en cuenta los textos póstumos y los que salieron a la luz a mediados del siglo XX. Giddens, por ejemplo, sostiene que existe en la obra del autor francés una continuidad fundamental, a pesar de las diferencias que pueden observarse en cuanto al énfasis en lo individual o en lo social, y que esa continuidad puede percibirse si se toma como hilo conductor del pensamiento durkheimiano su interés por lo político, el Estado y las relaciones de poder entre Estado, individuo y sociedad civil, que, pese a no ser siempre una constante evidente, pues a veces se encuentra velada o es abordada en el curso de la discusión de otros temas, constituye la secuencia lógica que le da cohesión a su obra (Girola, 2005).

Por lo tanto, el replanteamiento de la obra de Durkheim puede darse en dos sentidos: uno, considerando a la sociedad como unidad dinámica en la que se interrelacionan constantemente diversos procesos, en un escenario donde los actores no siempre participan, por las limitaciones que subyacen de las relaciones del poder, y, en efecto, no puede darse una "cohesión social frente a las amenazas anómicas" (Elbert, 2005). Dos, haciendo una relectura del pensamiento durkheimiano para comprender el sentido de su obra, y construir una teoría del castigo con los elementos que la sociedad del siglo XXI ha adaptado en su forma de vida.

Conclusiones

El legado de Émile Durkheim a la sociología del castigo abre perspectivas teóricas y señala vínculos que permiten comprender los fundamentos del castigo y su función y significado social, pese a que algunas de sus interpretaciones son parciales.

Durkheim logra trasladar la atención de los aspectos administrativos y gerenciales del castigo -que conforman la imagen moderna de penalidad- hacia sus aspectos gubernamentales, sociales y emotivos. En lugar de considerar que un mecanismo utilitario está involucrado en el restringido aspecto técnico del control del delito, se observa una institución que también opera en un registro simbólico distinto y cuya resonancia se extiende al nivel tanto social como psicológico de la emoción individual (Garland, 2006).

De acuerdo con su obra, el castigo es, ante todo, un proceso moral cuya función es preservar los valores compartidos y las convenciones normativas en que se basa la vida social. El castigo es una institución que fundamenta su energía y el respaldo que le da fuerza en los sentimientos morales de la comunidad; sus formas simbolizan y establecen juicios morales; y su efecto más importante consiste en reafirmar y fortalecer el orden moral en que se basa (Garland, 2007). El delito también forma parte, en cuanto elemento funcional, de la fisiología y no de la patología de la vida social. De allí que el delito, en los límites cuantitativos y cualitativos de su función psicosocial, no solamente sea un fenómeno inevitable, sino también parte integrante de toda sociedad sana (Molina, 1994).

Así, en la sociedad industrializada hay una división del trabajo, por lo que cada individuo desempeña un rol, el cual será importante en la sociedad; en efecto, el delincuente es funcional dentro de la sociedad, pues el delito hace parte de los roles de la sociedad, es un dinamizador social.


Notas

1Artículo relacionado con la investigación que el autor realiza en la línea de investigación "El derecho penal como garantía judicial al derecho a la libertad", dentro del Grupo de Investigación en derecho penal Cesar Bkria, registro Colciencias COL0061256, Categoría D.


Bibliografía

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