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Revista Criminalidad

Print version ISSN 1794-3108

Rev. Crim. vol.60 no.3 Bogotá Oct./Dec. 2018

 

Estudios Criminológicos

Evaluación de la responsabilidad criminal en una muestra de reclusos(as) en la ciudad de Barranquilla, Colombia, con el R-CRAS

Evaluation of the criminal liability in a sample of inmates in Barranquilla, Colombia with the R-CRAS

Avaliação da responsabilidade criminal em uma amostra de prisioneiros(as) na cidade de Barranquilla, Colômbia, com o R-CRAS

Moisés Mebarak-Chams 1  

Nathalia Quiroz-Molinares 2  

Fernando Jiménez-Gómez 3  

1PhD en Psicología Clínica. Docente investigador del Departamento de Psicología, Universidad del Norte, Barranquilla, Colombia. mmebarak@uninorte.edu.co

2PhD (c) en Psicología. Universidad del Norte, Becaria de Colciencias. Barranquilla, Colombia. nathaliaq@uninorte.edu.co

3PhD en Psicología Clínica. Coordinador del Doctorado en Psicología Clínica, Universidad de Salamanca, Salamanca, España fjimenez@usal.es.


Resumen

La responsabilidad criminal es un concepto objeto de estudio para la psicología forense. Se ha definido como la capacidad cognitiva de una persona para apreciar la naturaleza de lo injusto de su acto. En Latinoamérica, y de manera más específica en Colombia, no ha sido ampliamente estudiada, y existe escasa literatura sobre los instrumentos que permiten evaluarla. En este estudio se buscó establecer la responsabilidad criminal de 154 reclusos(as) sindicados y acusados por el delito de homicidio, utilizando el instrumento R-CRAS de Rogers (1986), el cual ha sido adaptado para Colombia por Mebarak y Jiménez (2010), con el fin de ampliar esta línea de investigación. Se pudo encontrar que a pesar de que la mayoría de reclusos reconocen su participación, culpa e implicaciones en los eventos relacionados con el crimen por el cual se encuentran recluidos, existe un porcentaje que aún no logra comprender la ilicitud de su acto (19,8%). Además, mucha información que se requiere para realizar una evaluación completa no era proporcionada por los centros carcelarios, y esto dejó un amplio vacío. Frente a esta situación, se necesitan mayores intervenciones de la psicológica forense en las prisiones, y sobre todo el desarrollo de instrumentos de evaluación que permitan una mejor aproximación frente a esta problemática. Se discuten las implicaciones.

Palabras clave: Homicidas; responsabilidad deribada del delito; evaluación clínica; reclusos; prisión

Abstract

Criminal responsibility is a concept under consideration in the field of forensic psychology. It has been defined as the cognitive capacity of a person to appreciate the nature of unfairness of his act. In Latin America, and more specifically in Colombia, it has not been widely studied and there is little literature on the instruments that allow it to be evaluated. This study aims to determine the criminal responsibility of 154 Colombian homicides, using the R-CRAS instrument of Rogers (1986) which has been adapted in Colombia by Mebarak and Jiménez (2010), in order to broaden this line of research. It was found that the most of the of inmates recognize their participation, guilt and implications in the events related to the crime for which they are being held, there is a percentage (19,8%) of them who have not understood the illicitness of their act yet. Also, a lot of information required to develop a comprehensive evaluation was not provided by the prison, leaving a substantial gap. Faced with this situation, there is a need for greater forensic psychological intervention in prisons and, above all, the development of evaluation instruments that allow a better approach to this problem. The implications of these findings are discussed.

Key words: Homicide; responsibility derived from the crime; clinical evaluation; inmates; prison

Resumo

A responsabilidade criminal é um conceito objeto de estudo para a psicologia forense. Tem sido definida como a habilidade cognitiva de uma pessoa para apreciar a natureza do injusto do seu ato. Na América Latina, y de maneira mais específica na Colômbia, não tem sido amplamente estudada, e existe escassa literatura sobre os instrumentos que permitem avaliá-la. No estudo se procurou estabelecer a responsabilidade criminal de 154 prisioneiros(as) indiciados e acusados pelo delito de homicídio, utilizando o instrumento R-CRAS de Rogers (1986), o qual tem sido adaptado para Colômbia por Mebarak e Jiménez (2010), com o fim de ampliar essa linha de pesquisa. Foi possível identificar que apesar de que a maioria dos prisioneiros reconhecem sua participação, culpa e implicações nos eventos relacionados com o crime pelo qual foram presos, existe uma porcentagem que ainda não consegue compreender a ilicitude do seu ato (19,8%). Além, muita informação requerida para fazer uma avaliação completa não era proporcionada pelos centros penitenciários, e isso deixou um amplo vácuo. Diante dessa situação, se necessitam maiores intervenções da psicologia forense nas prisões, e sobretudo o desenvolvimento de instrumentos de avaliação que permitam uma melhor aproximação perante dessa problemática. Se discutem as implicações.

Palavras chave: Homicídio; responsabilidade derivada do crime; avaliacao clinica; prisioneiros; prisao

Introducción

La definición precisa de responsabilidad criminal varía de un país a otro; sin embargo, en general este concepto, objeto de estudio para la psicología forense, se ha definido como la capacidad cognitiva de una persona para apreciar la naturaleza de lo injusto de su acción, y se relaciona con la capacidad volitiva para controlar su comportamiento (Melton, Petrila, Poythress & Slogogin, 1997). En otras palabras, una persona es responsable criminalmente si al momento de ejecutar una conducta punible tiene la capacidad para apreciar la ilegalidad de su comportamiento o para ajustar su conducta al requerimiento de la ley (Lee-Lerner & Whilmoth-Lerner, 2006; Núñez & López, 2009). Hay que tener en cuenta que a pesar de que la responsabilidad criminal es un concepto legal, se relaciona directamente con la cognición y la voluntad, dos elementos centrales de estudio para la psicología (Jiménez & Sánchez, 2003).

Un breve recorrido histórico sobre los primeros trabajos relacionados con la responsabilidad criminal lo expone Fontalvo (2001), en su libro sobre criminología. Es importante mencionar que el autor no presenta en todos los casos fechas precisas, pero a pesar de esta limitación, se considera que el recorrido que realiza, con miras a la comprensión del delito, sienta bases históricas relacionadas con la responsabilidad criminal, que resulta un deber mencionar, así como el hecho de que de los diversos textos revisados sobre criminología, es el único que presenta un estudio exhaustivo sobre los aportes de los estudiosos en los diversos países de Europa Occidental. En su obra, el autor también presenta aportes en otros continentes; sin embargo, se presentará de manera sucinta y resumida el recorrido que realiza por los principales países de Europa:

Así como en Italia fueron de suma importancia los aportes de la Escuela Positivista Italiana, así como los relacionados con la Escuela Clásica, también en Alemania encontramos autores tales como Gustav Aschafenburg (1866-1944) y Moriz Benedict (1835-1920), que enriquecieron la temática con trabajos sobre la anatomía de la mente de los criminales. En Francia son relevantes los aportes de Gabriel Tarde (1843-1904), A. Lassacagne y L. Manouvrier (orientación sociológica), así como los de Rene Restein, Jean Pinatel, M. Laignel-Lavastine, V. Staciu y A. Hesnard (orientación psicoanalítica). En España, a Pedro Alvarado Montero (1861-1919), quien en su obra utópica El Derecho de los criminales formula críticas de corte humanístico al tradicional al aparato jurídico penal, que en gran medida aún conserva su validez (Fontalvo, 2001, p. 25).

El estudio de la responsabilidad criminal como línea propia de investigación, tiene su origen en los modelos de decisión legales que actualmente existen en Inglaterra, y que se inician en 1843, cuando Daniel M’Naghten disparó y asesinó al primer ministro británico Robert Peel (Lee-Lerner & Whilmoth-Lerner, 2006).

En este caso, luego de realizar una valoración psiquiátrica al sospechoso, se encontró que M’Naghten era un enfermo mental. Esto llevó a la constitución de la famosa ley que lleva su nombre: “La Ley M’Naghten”, la cual afirma que cualquier persona puede evadir la responsabilidad criminal si se puede probar que no entendía la naturaleza del acto que estaba cometiendo. De igual manera, no sería encontrado como responsable criminalmente, si no podía apreciar que lo que hacía estaba mal (Lee-Lerner y Whilmoth-Lerner, 2010).

Uno de los autores que más han estudiado sobre la responsabilidad criminal es Rogers, (1984), que con el apoyo de la American Law Institute (ALI) crea el protocolo denominado Rogers Criminal Responsibility Assessment (Evaluación de la responsabilidad criminal de Rogers), conocido por sus siglas en inglés como R-CRAS.

Este instrumento es un protocolo de entrevistas que ha sido utilizado generalmente en el contexto anglosajón, como complemento de las evaluaciones clínicas forenses, cuando los peritos son llamados a testificar en los juicios que se presentan a menudo por homicidios, y en los cuales hay dudas acerca del estado mental de los sujetos que están siendo acusados (Declue, 2003). La adaptación cultural del protocolo en nuestro contexto colombiano se realizó en el 2011 por Mebarak y Jiménez (2010), y consistió principalmente en hacer la traducción y retrotraducción del instrumento, y después un pilotaje con una muestra de 45 reclusos, tanto sindicados como condenados por el delito de homicidio, que se encontraban recluidos en la Cárcel Modelo de Barranquilla (hombres) y en la Penitenciaría del Buen Pastor (mujeres). Al finalizar el pilotaje, se agregaron algunas preguntas al protocolo original, ya que este incluye unos modelos de decisión basados en leyes anglosajonas; para esto se contó con la asesoría de legisladores especialistas en Derecho Penal, con el fin de poder organizar dos preguntas acordes con el modelo legal colombiano, que comparativamente resultan útiles para el evaluador, las cuales apuntaran a lo referente a la responsabilidad criminal. Por último, se llevó a cabo la aplicación a una muestra de 226 participantes, y la baremación del cuestionario, para determinar los puntos de corte en cada dimensión para población colombiana.

En nuestro contexto, y de acuerdo con la ley colombiana, cuando se puede demostrar trastorno o anomalía en un caso de homicidio, el acusado es declarado inimputable. Esta defensa se encuentra sostenida en el artículo 33 del Código Penal colombiano (Ley N.º 599, 2000). Con el fin de poder demostrar este trastorno o anomalía, el abogado defensor del acusado puede solicitar la presencia de un perito en Psicología o Psiquiatría Forense, que testifique acerca de la responsabilidad criminal del acusado, y emita una valoración; así, el perito puede valerse de diferentes pruebas, además de una entrevista estructurada (Gaviria Trespalacios, 2005).

Colombia ha sufrido una guerra interna por más de 50 años, situación que la ha posicionado como uno de los países con las tasas de homicidio más altas del mundo. Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Medicina Legal, 2017), el total de homicidios para el año 2016 fueron 11.532, y específicamente en Barranquilla (donde se realizó el estudio) hubo 575 casos. A pesar de que Colombia, en la actualidad, se encuentra en tiempos de posconflicto, es importante llevar a cabo los acercamientos hacia esta realidad, que no deja de ser alarmante (Sánchez, Díaz, Peláez, Castelblanco, Táutiva, González & Ángel, 2012).

El estudio de la responsabilidad criminal es un punto de partida, no solo para temas relacionados con peritajes forenses, al presentarles un norte a los peritos, sino que abre puertas en cuanto a investigación teórica y práctica, que contribuyen a un mayor conocimiento del comportamiento del ser humano, en torno a una dinámica tan compleja y tan cargada de reproche social como es el homicidio (Fontalvo, 2001).

Además de esto, aunque la potestad de determinar si una persona es responsable criminalmente o no resulta siendo del juez, por lo común este suele apoyarse mucho en el testimonio de peritos expertos que puedan proveer información de los hechos, lo que podría ser otra de las ventajas del estudio sobre la responsabilidad criminal (Martín & Pardo, 2004).

Hay que tener en cuenta que el objetivo principal del perito, que aplica en sus casos el instrumento de responsabilidad criminal, es el de valorar su intención criminal, lógicamente en consonancia con el país de referencia en el que se aplica la prueba, y teniendo en cuenta que deben hacerse preguntas específicas que se relacionen con ese sistema legal (por ejemplo, en el contexto colombiano hay que tener en cuenta el artículo 33 del sistema penal colombiano); asimismo, preguntas específicas, que consideran el dolo (si actúo con cognición y voluntad), también podrían ser útiles cuando se aplican de manera masiva, y si se tienen en consideración aspectos demográficos, tales como reincidencia en la reclusión, consumo de drogas, aspectos sociales, educativos, etc., ayudan a consolidar perfiles generales de homicidas, que aportan, desde una perspectiva científica, al conocimiento del posible homicida, y contribuyen de manera puntual al estudio de la psicología criminal (Mebarak & Jiménez, 2010).

Por este motivo, se necesitan estudios sobre la responsabilidad criminal en las personas sindicadas o acusadas de algún crimen -en especial de homicidio- en nuestro país, para brindarles luces a las ramas de la psicología forense y al derecho penal en Colombia, sobre los móviles de los presuntos homicidas, o establecer las bases para esclarecer las causas del comportamiento criminal, que hasta el momento aún continúa generando muchas preguntas. En Latinoamérica, esta línea de investigación de la psicología forense presenta muy poca investigación formal (García, 2001).

Objetivo

Evaluar la responsabilidad criminal en homicidas colombianos, utilizando el protocolo R-CRAS de Rogers (1986), adaptado por Mebarak y Jiménez (2010) para población colombiana, con el fin de hacer una primera aproximación y caracterización de la población reclusa por el delito de homicidio en Colombia.

Método

La presente investigación estuvo enmarcada dentro del enfoque cuantitativo, con un diseño descriptivo de tipo transversal. La meta de este tipo de estudios no es solo recolección de datos, sino la identificación de características y posible predicción entre variables, para llegar a extraer generalizaciones significativas que contribuyan al conocimiento (Van Dealen & Meyer, 1981).

Participantes

Esta investigación se centró en personas adultas acusadas y sindicadas por el delito de homicidio en la ciudad de Barranquilla, que se encontraban recluidas en la Cárcel Modelo de Barranquilla y la Cárcel del Bosque, en el caso de los hombres, y en la Penitenciaría El Buen Pastor, en cuanto a las mujeres.

Aleatoriamente se seleccionaron los reclusos que iban a conformar la muestra, y se les comentaba sobre el estudio. Solo accedieron a participar en forma voluntaria un total de 154 reclusos(as), 123 condenados y 31 sindicados por el delito de homicidio. Del total de la muestra, 140 (90%) eran hombres y 14 (9,1%) mujeres. 70 individuos (45%) tenían edades entre 27-33 años; 43 (28%) eran menores de 27 años; 25 (16,2%) tenían entre 34-40 años; 10 (6,5%), entre 41-47 años; 5 (3%) entre 48-54 años, y solo uno (<1%) era mayor de 54 años.

Instrumento

El R-CRAS fue creado por el American Law Institute (ALI) y Rogers (1986), para brindar específicamente información sobre impedimentos cognitivos y volitivos en el momento del presunto delito. Tiene como objetivo proporcionar a los expertos una herramienta de evaluación forense, que es complementaria a las STF pruebas específicas forenses (SFT, por sus siglas en inglés), para evaluar la responsabilidad criminal de una persona que ha sido sindicada por un presunto delito. Este protocolo fue modificado por Mebarak y Jiménez (2010) para población colombiana.

El R-CRAS es un instrumento de tipo entrevista, y consta de 33 preguntas; está diseñado para cuantificar variables psicológicas esenciales y variables situacionales al momento del crimen, y a implementar criterios basados en modelos de decisión para la responsabilidad criminal. Esto permite al clínico cuantificar el impedimento al momento del crimen, conceptualizar el impedimento con respecto al estándar legal apropiado, y rendir una opinión experta con respecto al estándar legal.

En lo referente a la fiabilidad del R-CRAS de Rogers en población colombiana, el instrumento presenta un Alfa de Cronbach, con base en 30 elementos tipificados, de 0,895. A través de los diferentes análisis psicométricos (fiabilidad, análisis factorial, análisis discriminante, etc.), se ha podido demostrar que el R-CRAS de Rogers es un instrumento válido y fiable para poder aplicarlo a una población colombiana y determinar la responsabilidad criminal en la comisión de delitos de los homicidas colombianos.

Tiene cuatro dimensiones: organicidad, psicopatología, control cognitivo y control conductual, y una escala de confiabilidad.

La dimensión de organicidad hace referencia al daño cerebral y/o a disfunciones cerebrales, delirios, alucinaciones, y a una cierta incapacidad intelectual especificada por el retraso mental. Tal y como se encuentran redactados los ítems, la puntuación se encuentra referida como: a mayor puntuación obtenida en el conjunto de estos ítems, mayor evidencia de organicidad. La dimensión de psicopatología hace referencia a trastornos de personalidad, intoxicación por drogas en el momento del delito, comportamiento irresponsable y el conocimiento sobre la ilicitud del hecho delictivo. Por ello, se ha estimado que a mayor puntuación obtenida en este factor, mayores problemas psicopatológicos implicados en la comisión de los delitos. La dimensión de control cognitivo evalúa la precisión en el recuerdo y/o preparación del delito, precisión de conciencia del delito y/o el comportamiento criminal y de sus posibles consecuencias, y del autocontrol o impedimento para la consecución del delito, y por último, el control conductual evalúa las fallas relacionadas con la capacidad del individuo para realizar la conducta delictiva o criminal.

A partir del estudio realizado por Mebarak y Jiménez (2010), se establecieron los siguientes baremos para el protocolo R-CRAS en población colombiana (tabla 1).

Tabla 1 Baremos R-CRAS en población colombiana 

Se considerarán como sujetos responsables criminalmente quienes luego de la entrevista cuenten con bajo grado de psicopatología, control cognitivo y control conductual, y alto grado de organicidad.

Procedimiento

Luego de la socialización del estudio en las respectivas penitenciarías, los(as) reclusos(as) interesados(as) en participar voluntariamente firmaron el consentimiento informado y procedieron a la evaluación formal. Para nuestro propósito, fue necesario contar con la ayuda del Departamento de Investigación y Desarrollo de la Cárcel Modelo de Barranquilla y la trabajadora social de la Penitenciaría El Buen Pastor.

También fue necesario asistir a diario a la penitenciaría durante varias horas, no solo para entrevistar a los participantes, sino para comprender el ambiente particular de la cárcel y familiarizarse con las creencias, valores y formas particulares que salen dentro de ella. El proceso de evaluación se llevó a cabo individualmente y comenzó con una narración del crimen y luego la evaluación con el instrumento R-CRAS.

Resultados

Características de los participantes

En términos de años de educación, 71 (46%) no asistieron al colegio, 40 (26%) tuvieron educación primaria (1 a 5 grado) y 43 (28%), secundaria (6 a 9 grado). Curiosamente, solo 5 individuos (3%) fueron a preescolar, 57 (37%) completaron los grados 10 y 11, 25 (16,5%) terminaron algún tipo de educación superior, 1 (<1%) completó una educación y 1 (<1%), una maestría.

En cuanto al estatus socioeconómico, 61 (40%) individuos pertenecían al estrato 1, 56 (36%) al 2, 26 (17%) al 3, 4 (3%) al4, 1 (<1%) al estrato 5, y 5 (3%) no sabían a qué estrato pertenecían.

Los reclusos cometieron cuatro tipos diferentes de crímenes, que se tipificaron como homicidio agravado (n = 99, 64%), asesinato simple (n = 29, 19%), tentativa de asesinato (n = 23, 15%) y otros (n = 3, 2%). Las armas utilizadas fueron cuchillo (n = 36, 23%), pistola (n = 94, 61%) y otro (n = 24, 16%). El 53,98% de los reclusos declararon ser acusados por este tipo de delito por primera vez, el 13,72% afirmaron ser reincidentes y 32,30% no quisieron responder a esta pregunta.

Resultados de la evaluación sobre la responsabilidad criminal con el R-CRAS

A continuación se presentarán los porcentajes obtenidos en cada una de las dimensiones: (1) organicidad, (2) psicopatología, (3) control cognitivo, (4) control conductual de la muestra total de reclusos(as) (tabla 2).

Tabla 2 Resultados de la dimensión organicidad 

De acuerdo con lo observado en la tabla 2, se evidencia que en el 90,9% hay un nivel de organicidad “normal”; es decir, que no existe daño cerebral y/o disfunciones cerebrales, delirios, alucinaciones o incapacidad intelectual.

Tabla 3 Resultados de la dimensión psicopatología 

En un 80% de los casos existe un nivel de psicopatología normal; es decir, que no existe evidencia de trastornos de personalidad, ni intoxicación por drogas en el momento de la comisión del delito.

Tabla 4 Resultados de la dimensión control cognitivo 

En un 80,5% de los casos el sujeto pudo comprender la ilicitud del acto, lo que quiere decir que el(la) recluso(a) comprendía en su mayoría lo que estaba haciendo y las consecuencias.

De acuerdo con lo observado en la tabla 5, en el 85,7% de los casos hay una relativa conciencia del comportamiento criminal, con un entendimiento de las posibles penas. Hubo una mediana conciencia del acto en el 7,7% de los casos, y no hubo conciencia alguna del acto criminal, ni de lo erróneo del comportamiento, en un 6,6% de los casos.

Tabla 5 Resultados de la dimensión control conductual 

Confiabilidad

Además de lo anterior, el mismo cuestionario R-CRAS contiene un ítem sobre la fiabilidad de la información recibida. La gráfica 1 nos muestra que el 52% mostraron un reporte confiable, de acuerdo con el criterio del evaluador, y un 33%, altamente confiable. Solo el 13% de los datos presentan una confiabilidad limitada. Este dato es una muestra como para el evaluador, pues los datos consignados por él responden a un criterio alto de confiabilidad.

Gráfica 1 Confiabilidad en el auto-reporte bajo control voluntario 

Discusión

Este estudio tuvo como objetivo evaluar la responsabilidad criminal en homicidas colombianos utilizando el protocolo R-CRAS de Rogers (1986), adaptado por Mebarak y Jiménez (2010) para población colombiana. Luego de analizar los resultados, se pudo encontrar principalmente que la población sindicada y condenada por homicidio en la costa caribe colombiana es, en esencia, de muy escasos recursos (76% se encuentran en estratos 1 y 2) y con muy poca formación educativa (46% no asistieron al colegio). Un dato muy importante es que de todos los reclusos entrevistados, siendo sindicados o condenados por homicidio, solo se pudo encontrar una persona con altos recursos económicos.

El 64% de los reclusos estaban acusados por el delito de homicidio agravado y el 53,98% afirmaron haber sido acusados por este delito la primera vez. Esto puede explicarse también, ya que varios de ellos eran excombatientes del conflicto armado en Colombia, en el cual muchos crímenes fueron cometidos con sevicia.

Específicamente, sobre los resultados relacionados con la responsabilidad criminal, se podría afirmar que en un 85,7% de los casos hay total conciencia de la responsabilidad criminal, y en un 80,5% se pudo comprender la ilicitud del acto, lo cual muestra que a pesar de que la mayoría de los reclusos reconocen del todo su participación, culpa e implicaciones en los eventos relacionados con el crimen por el cual se encuentran recluidos, hay un porcentaje de 18% que admiten medianamente la ilicitud del acto cometido y un 14,3% que no tienen conciencia del acto criminal, ni de lo erróneo de su comportamiento.

Esto lleva a pensar en la importancia del reconocimiento de los hechos como un factor que se debe considerar por los psicólogos, ya que de esta forma podrán implementar programas en los cuales se considere la culpa del sujeto, el arrepentimiento, el perdón, aspectos relacionados con su reconocimiento y responsabilidad subjetiva en sus acciones. El análisis de la responsabilidad criminal puede tener diferentes miradas, además de la que es esencial para la valoración de los peritos, y, lógicamente, serviría como apoyo fundamental de la evaluación psicológica, que pudiera tener o no incidencia en la determinación final de los jueces en este aspecto tan relevante y determinante en la vida de las personas.

Además, cabe destacar que en las otras dos dimensiones del instrumento, organicidad y psicopatología, se obtuvo un 90,9% de normalidad para la primera y 80,5% de normalidad para psicopatología.

En la mayoría de los casos no se llevaron a cabo evaluaciones formales con otros instrumentos, sobre dimensiones tales como personalidad, funcionamiento neurológico o psicopatología, al momento de ingresar a la cárcel, lo que podría demostrar el déficit existente del sistema penitenciario colombiano, relacionado con el tratamiento psicológico, elemento fundamental del enfoque de reintegración que deben tener las prisiones (Matthews, 2011).

Se debe tener en cuenta que este tipo de protocolos no disponen de una fiabilidad y validez del 100%, y por ello, siempre es adecuado para el evaluador apoyarse en otro tipo de información, tal como la historia familiar y personal del sujeto, historial de abuso de drogas y alcohol, historia clínica y psicopatológica, además de una entrevista (Echeburúa, Muñoz, & Loinaz, 2011), para complementar los datos arrojados por este instrumento en particular.

Este punto es de suma importancia, pues cuando se consideran planes o programas de resocialización de reclusos, se debe tener en cuenta el grado de comprensión que tuvieron sobre la ilicitud del hecho, ya que si no se reconoce la responsabilidad en las acciones que se ejecutan, no podría darse un proceso de socialización adecuado (Mebarak & Jiménez, 2010).

En este punto vale la pena mencionar el estudio realizado por Altamirano en el 2013, donde se menciona que por lo general al entrar a prisión, y durante todo el proceso de cumplimiento de la pena, a los reclusos no se les atienden sus necesidades psicológicas, por lo que hay vacíos en este punto principalmente. Este estudio permite confirmar nuestros resultados en el contexto colombiano y poner de manifiesto la falencia que hay en las prisiones en este aspecto, como se había mencionado antes.

Se podría afirmar, además, que estos resultados obtuvieron una confiabilidad del 85%, lo que se soporta en el estudio realizado por Rogers y Sewell (1999), quienes afirman, luego de realizar seis análisis discriminantes, que el R-CRAS es una herramienta confiable para la evaluación de la demencia, lo que nos permite afirmar que los resultados obtenidos pueden ser tomados como confiables para esta población en particular; es decir, que los reclusos afirmaron que comprendían la ilicitud de sus actos, por lo que se les podría valorar la responsabilidad frente a dicho hecho. Sin embargo, hay que recordar que este instrumento requiere de una evaluación completa del sujeto en sus cuatro áreas principales (organicidad, psicopatología, control cognitivo y control de la conducta), por lo que no puede determinarse la responsabilidad criminal de un sujeto a partir de los resultados de uno solo de estos aspectos.

La principal fortaleza de este estudio es que siendo la responsabilidad criminal un tema esencial para la psicología forense, y a pesar de que el Handbook of Forensic Psychology (Molock, 1990) lo reconoce como una de sus líneas principales de estudio, en Latinoamérica el panorama de investigación de este campo especifico es bastante escaso (García, 2001). Se plantea como una línea de investigación nueva en nuestro contexto, y cualquier estudio que aborde este tema es pertinente. Además, la aplicación de instrumentos específicos es bastante difícil, lo mismo que el acceso a las muestras y a la información por parte de los reclusos, lo cual agrega valor al estudio. Hasta donde se conoce, este sería el primer estudio en abordar la responsabilidad criminal en homicidas colombianos.

En este sentido, y para avanzar en esta línea de investigación, se requerirían evaluaciones psicológicas completas para los reclusos al ingresar a las prisiones, que tengan fines diagnósticos más específicos para los psicólogos y psiquiatras forenses, y que contribuyan a evaluaciones sobre la responsabilidad criminal, orientadas a la mejor comprensión de distintos temas relacionados con esta temática (Mebarak & Jiménez, 2010).

A pesar de que existen diversos instrumentos de evaluación forense, se ha encontrado que son para valorar el grado de psicopatología de un sujeto, pero no determinan si al momento del crimen este se encontraba bajo alguna condición psicopatológica, lo que es una ventaja del instrumento utilizado en este estudio (Rogers & Sewell, 1999), y que serviría como complemento.

En este sentido, la Psicología Forense en Latinoamérica requiere, de manera urgente, la utilización de Instrumentos Específicamente Forenses (IEF) de este tipo, que le sean de utilidad al perito que realiza las evaluaciones, con el fin de ayudarlo a determinar la responsabilidad criminal del acusado (Tapias, 2004).

A pesar de los resultados obtenidos, la principal limitación que se encontró en el estudio se presenta debido a que el instrumento específicamente forense R-CRAS es un protocolo de entrevista que contribuye a la claridad del perito frente a un hecho al aplicarlo; sin embargo, no determina la responsabilidad criminal, pues este es el papel final del juez, por lo que solo se usa como un instrumento de valoración y no de diagnóstico (Mebarak & Jiménez, 2010).

Otra de las limitaciones de este estudio fue la falta de información que se encontró de los(as) reclusos(as) en las prisiones, relacionada sobre organicidad y psicopatología, ya que no se pudieron complementar los resultados con lo arrojado por el instrumento R-CRAS. Sin embargo, esto podría verse como una ventaja de la investigación, ya que se puso de manifiesto el déficit que se está presentando en las prisiones desde hace varios años, relacionado con la evaluación psicológica, y demuestra una vez más que este tipo de procesos se hace completamente necesario, pues afecta el enfoque de reintegración-reeducación que se le busque dar en la actualidad a las prisiones.

Conclusiones

En relación con el recorrido teórico sobre el contenido de la responsabilidad criminal, puede afirmarse que no es posible agotarlo en un solo estudio, pues implica una gran disimilitud y variabilidad de temas intrínsecos. Cuando se revisan investigaciones acerca del término responsabilidad criminal, como concepto de Psicología Forense, solo se encuentra su descripción en libros de origen anglosajón, tales como el Handbook of forensic Psychology, de Hess, Allen K. y Weiner, Irving B. (1999), por lo que se considera que la línea de responsabilidad criminal con fines de investigación científica, bajo los cánones actuales, es relativamente reciente y aún tiene mucho por explorar.

Por otro lado, esta investigación, acerca de la valoración de la responsabilidad criminal, en procura de un mayor conocimiento de la temática en el ámbito global, no tiene precedentes en Colombia, ni tampoco hay estudios profundos en Latinoamérica sobre esta, hasta donde se puede conocer.

Con respecto a la valoración de la responsabilidad criminal, se pudo encontrar que la mayoría de reclusos no reconocen del todo su participación, culpa e implicaciones en los eventos relacionados con el crimen por el cual se encuentran recluidos; sin embargo, el hecho de que no se tuvo acceso a las fuentes de información documentada de los participantes, con respecto a la psicopatología y daños orgánicos que pudieran presentar los reclusos, que sirvieran para relacionar estos resultados, y que resultan necesarias, constituyen una limitante importante. Esta dificultad solo pudo resolverse parcialmente, realizando algunas preguntas preliminares, con el fin de obtener más información de los participantes.

Como lo que se pretendió con la investigación fue una evaluación de la responsabilidad criminal, en últimas, no solo nos interesa el papel que desempeñaron las distintas variables que son intrínsecas a su contenido, tales como “fiabilidad, organicidad, psicopatología, control cognitivo y control de la conducta”, de acuerdo con el R-CRAS de Rogers (1984), sino también el papel que tienen los peritos forenses al realizar este tipo de evaluaciones. El sistema legal requiere de estos psicólogos y psiquiatras expertos, con el fin de orientarse para poder tomar decisiones en relación con la responsabilidad criminal, que sean adecuadas cuando de un trastorno mental se trata. En todo caso, tanto la Psicología como la Psiquiatría han tenido que luchar contra muchos prejuicios en torno a su participación en los tribunales de justicia.

En este sentido, se requieren muchos más instrumentos específicamente para valorar la responsabilidad criminal, además de fortalecer la investigación teórica del tema, que es esencial desde el punto de vista de lo que aporta a la psicología forense, judicial y criminal, y a la comprensión de la psicología de las personas acusadas de homicidios

Agradecimientos

Esta investigación fue posible gracias al apoyo de la Universidad del Norte, Barranquilla, Colombia, y al de la Universidad de Salamanca, Salamanca-España. También es importante extender un especial agradecimiento a todos los reclusos(as) que participaron y a las instituciones penitenciarias en la ciudad de Barranquilla, que nos abrieron sus puertas para cumplir con el objetivo.

Referencias

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Para citar este artículo / To reference this article / Para citar este artigo: Mebarak, M., Quiroz, N. & Jiménez, F. (2018). Evaluación de la responsabilidad criminal en una muestra de reclusos(as) en la ciudad de Barranquilla, Colombia, con el R-CRAS. Revista Criminalidad, 60 (3): 195-204

Recibido: 09 de Abril de 2018; Revisado: 10 de Agosto de 2018; Aprobado: 15 de Agosto de 2018

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