SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.62 issue2The Effects of Applying the Instrumental Enrichment Program to a Group of Juvenile OffendersNational Challenges for Cybersecurity on a Global Level: an Analysis for Colombia author indexsubject indexarticles search
Home Pagealphabetic serial listing  

Services on Demand

Journal

Article

Indicators

Related links

  • On index processCited by Google
  • Have no similar articlesSimilars in SciELO
  • On index processSimilars in Google

Share


Revista Criminalidad

Print version ISSN 1794-3108

Rev. Crim. vol.62 no.2 Bogotá May/Aug. 2020  Epub Nov 26, 2020

 

Estudios criminológicos

¿Contribuye el aumento del catálogo de penas alternativas y el resto de modificaciones legales a cambiar el perfil de la población condenada en el sistema abierto? Evidencia para Chile*

Do the Increase in the Catalogue of Alternative Penalties and Other Legal Modifications Contribute to Changing the Profiles of People Convicted in the Open System? Evidence for Chile.

O aumento do elenco de penas alternativas e as demais modificações legais contribuem para a mudança do perfil da população condenada no regime aberto? Evidência para Chile.

Sebastián Salinero Echeverría1 

Jorge Fábrega Lacoa2 

1 Doctor en Derecho Profesor, Universidad de Talca Santiago de Chile ssalinero@utalca.cl

2 Phd en Políticas Públicas Centro de Investigación de la Complejidad Social, Facultad de Gobierno, Universidad del Desarrollo Santiago de Chile jfabrega@udd.cl


Resumen

Este estudio, con base en una metodología cuantitativa, describe y analiza variables sociodemográficas y criminógenas de una muestra representativa de condenados a penas alternativas (denominadas sustitutivas) a la cárcel, en Chile, tras la reforma de la Ley N° 20.603. Esta modificación cambió el paradigma imperante hasta ese entonces en lo que a este régimen de sanciones se refiere. También, compara algunos de los resultados con aquellos obtenidos en otro estudio previo a la reforma. Los resultados muestran características propias de los sujetos condenados a estas sanciones, que se presentan tanto en los diversos tipos de penas alternativas, como también respecto de los condenados a una pena privativa de libertad. Existen patrones sociodemográficos y criminógenos que permiten el perfilamiento de los penados y una mejor focalización de los recursos, en programas de reinserción social y de reducción de la reincidencia. También muestran que existe un componente de género que debe ser materia de estudio y análisis de las políticas públicas a la hora de abordar el comportamiento delictual.

Palabras clave: Criminología; sustitutos de la prisión; sustitución de la pena; reforma penal; factores de la criminalidad; encuestas (fuente: Tesauro de Política Criminal Latinoamericana - ILANUD)

Abstract

This study, based on a quantitative methodology, describes and analyzes sociodemographic and criminal variables from a representative sample of people sentenced to alternative penalties (called alternatives) in Chile after Law No. 20,603 was reformed. This modification changed the prevailing paradigm with respect to what this penalty regime references. In addition, the study compares some results with those obtained in another study before the reform. The results show characteristics inherent to the subjects convicted to these sentences, which can be observed both in the various types of alternative penalties and in those sentenced to a term of imprisonment. There are sociodemographic and criminal patterns that allow profiling convicts and focusing resources better on social reintegration and recurrence reduction programs. They also show that there is a gender component that public policies must study and analyze when attending to criminal behavior.

Keywords: Criminology; alternatives to imprisonment; sentence substitution; penal reform; criminality factors; surveys (source: Thesaurus of Latin American Criminal Policy- ILANUD)

Resumo

Este estudo, baseado em uma metodologia quantitativa, descreve e analisa variáveis sociodemográficas e criminológicas de uma amostra representativa dos condenados a penas alternativas (denominadas substitutivas) à prisão, no Chile, após a reforma da Lei n° 20.603. Essa modificação mudou o paradigma vigente até então em relação a este regime de sanções. Além disso, compara alguns dos resultados com os obtidos em um outro estudo prévio à reforma. Os resultados mostram características próprias dos sujeitos condenados a estas sanções, que ocorrem tanto nos diversos tipos de penas alternativas, quanto em relação aos condenados à pena privativa de liberdade. Existem padrões sociodemográficos e criminológicos que permitem traçar o perfil dos condenados e um melhor direcionamento dos recursos em programas de reinserção social e redução da reincidência. Também mostram que existe um componente de gênero que deve ser objeto de estudo e análise de políticas públicas no momento de abordar o comportamento criminoso.

Palavras-chave: Criminologia; substituição de prisão; substituição da pena; reforma penal; fatores da criminalidade; pesquisa (fonte: Tesauro de política criminal latino-americana - ILANUD)

Introducción

Las alternativas a la privación de libertad tienen su origen en Chile casi de manera paralela a como se fueron desarrollando en los sistemas comparados, esto es, desde comienzos hasta mediados del siglo XX. Las razones para su inclusión obedecen principalmente al carácter negativo de las penas privativas de libertad y a la necesidad de buscar mejores formas de reinserción social de los condenados (Salinero; Morales; Castro, 2011).

El fundamento de las sanciones alternativas se ha sostenido sobre antecedentes negativos y positivos. En relación con los primeros, en un primer momento los cuestionamientos operaron sobre la crítica a las penas privativas de corta duración, pues ellas no eran adecuadas sino perniciosas para la salud del condenado, y fundamentalmente disociativas para la persona del penado. Esto influía negativamente en el proceso de reinserción social y, en consecuencia, en la eventual recaída en el delito. En la actualidad, esos argumentos se mantienen, aun cuando se han agregado otros que señalan la existencia de elevadas tasas de encarcelamiento, las malas condiciones de las prisiones y los elevados gastos en el financiamiento penitenciario (Bottoms, 1987, p. 181; Cid y Larrauri, 1997, p.11; Cavadino y Dignan, 2002, p. 121).

A su vez, la experiencia se ha encargado de recomendar el uso de las sanciones alternativas, de la mano del movimiento "qué funciona" (what works), considerando la igual o menor reincidencia de los penados con sanciones alternativas frente a aquellos que han cumplido condena en la cárcel (Wermink et al, 2010; Smith et al, 2012).

En Chile, la Ley N° 20.603, publicada en el Diario Oficial el 27 de junio de 2012, introdujo importantes modificaciones a la Ley N° 18.216, sobre sanciones alternativas a la privación o restricción de libertad. Se trata de una reforma legal que fue resultado de un consenso generalizado y unánime de toda la clase política chilena. Las dudas y augurios de un mal resultado sólo estaban justificadas en que la reforma no contara con los recursos económicos comprometidos, cosa que afortunadamente no ocurrió. Con esta modificación la comprensión como "beneficios" de estas instituciones jurídicas cambió, se resaltó entonces el carácter de modalidad de castigo sustitutivo de las penas privativas o restrictivas de libertad. De hecho, hay una nueva nomenclatura, que transformó las medidas alternativas en penas sustitutivas. También, en virtud de la citada reforma, se amplió el catálogo de alternativas susceptibles de ser impuestas, se mantuvieron por una parte la remisión condicional y la libertad vigilada, que venían del antiguo sistema, y se incorporaron cuatro nuevas sanciones al catálogo, a saber: la reclusión parcial, la libertad vigilada intensiva (homónimo en la legislación Chile de los programas de supervisión intensiva), los servicios en beneficio de la comunidad (en adelante PSBC) y la expulsión de extranjeros sin residencia legal. Cosa importante, además, es que se declara la ratio legis o finalidades perseguidas por este nuevo régimen de sanciones:

  1. Aumentar el control efectivo del cumplimiento de las penas sustitutivas a partir de la introducción de nuevas tecnologías en el control de la libertad vigilada intensiva y la reclusión parcial (monitoreo telemático).

  2. Favorecer la reinserción social de los condenados (introducción de la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, la reclusión parcial domiciliaria y el robustecimiento de la libertad vigilada).

  3. Racionalizar el uso de la cárcel, evitar el cumplimiento efectivo de penas cortas de privación de libertad, en razón de sus consecuencias perniciosas vinculadas al contagio criminógeno y su nulo efecto resocializador.

  4. Dar mayor protección a la víctima, prohibir el acercamiento a personas o lugares controlada con monitoreo telemático, para ciertos delitos, como condición de la libertad vigilada intensiva. Se establece además la posibilidad de que la víctima porte un dispositivo de control, si así consiente.

Otra de las características importantes de la modificación, que no encontraba cabida en la normativa anterior -o la encontraba parcialmente-, es que pueden ser sujetos de penas sustitutivas aquellos condenados reincidentes, siempre que hubiese transcurrido cierto tiempo entre la condena anterior y la comisión del nuevo delito.

Las nuevas sanciones alternativas a la prisión tienen características y requisitos de procedencia propios que explicaremos a grandes rasgos.

La remisión condicional no es más que una forma de suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, sometiendo al condenado al control administrativo del servicio de prisiones (Gendarmería de Chile), mediante la exigencia de concurrir a firmar una vez al mes, por regla general, y fijar residencia.

La reclusión parcial, que es una pena privativa de libertad a lo menos temporal, es la heredera de la reclusión nocturna y, con la reforma, pasa de cumplirse exclusivamente de manera nocturna, a poder ser decretada en horario diurno, nocturno o de fin de semana. Asimismo puede preferirse su ejecución en el domicilio del condenado, y puede ser controlada a través del monitoreo telemático (Morales, 2013).

Tanto la libertad vigilada como la libertad vigilada intensiva, son las únicas donde se advierte un tratamiento extramuros, se mantiene la obligación de asistir ante la presencia de un delegado (oficial del Servicio de Prisiones). El juez puede, a propósito de la intensiva, imponer ciertas "reglas de conducta" adicionales que consisten en obligaciones de no hacer -prohibición de acudir a determinados lugares, de aproximarse a la víctima o a sus familiares u otras personas- o de hacer -obligación de mantenerse en el domicilio en un lapso de 8 horas continuas y de cumplir determinados programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual o de tratamiento de la violencia- junto con la posibilidad de controlar su cumplimiento a través del monitoreo telemático.

Portratarse de la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, se facultó al tribunal para sustituir por esa pena, a aquellas penas privativas de libertad iguales o inferiores a 300 días, previo consentimiento del condenado. Asimismo, la novedad propuesta apuntó a regular su procedencia por una sola vez, en subsidio del resto de las penas sustitutivas, se estableció de manera clara respecto a los reincidentes por delitos de poca gravedad, y quedó sujeta al delegado de servicio en beneficio de la comunidad, persona encargada de su control.

La última sanción contemplada en el catálogo de penas sustitutivas es la expulsión de extranjeros, la que permite la sustitución de una pena privativa de la libertad igual o inferior a 5 años por la expulsión del territorio chileno, en caso de que el condenado fuere un extranjero sin residencia legal en el país (Salinero, 2011).

Con la reforma aludida, al ampliarse el abanico de sanciones sustitutivas y permitirse la participación de ciertos reincidentes que antes no eran público objetivo de este tipo de penas, es plausible sostener que el perfil general de los condenados ha sufrido modificaciones. Para corroborar esta hipótesis, contamos con un estudio realizado el año 2012, por el Ministerio de Justicia de Chile (Rivera et al, 2013) previo a la modificación legal y denominado Encuesta de Línea Base (en adelante: ELB). Este trabajo, de corte cuantitativo, consistió en la aplicación de una encuesta de elaboración propia, a una muestra estratificada por: zona geográfica, tipo de pena (medida alternativa de aquel entonces), tipo de delito y con distribución no proporcional de las unidades en cada estrato. Se hicieron 5.610 encuestas entre finales del año 2012 y los primeros meses de 2013.

El objetivos de ese trabajo fue caracterizar: los antecedentes demográficos de los condenados, su educación, su situación ocupacional al momento de la condena, la composición de su hogar e ingresos (emolumentos) del hogar e individuales, la percepción de las condenas y la infraestructura. Con base en este antecedente previo, se nos permite verificar si hubo variación de la población penal sometida a regímenes diferentes a la cárcel. Con esos datos, y asumiendo varianza máxima y un nivel de precisión del 5%, el error muestral teórico mínimo (es decir, bajo supuesto de aleatoriedad y sin efecto de diseño) es de 1.14%. Las comparaciones se realizarán usando ese error muestral como una medida conservadora. De este modo, si para una variable no hay diferencias estadísticamente significativas luego de considerar ese margen de error, entonces no se puede afirmar que haya habido cambios en dicha variable antes y después de la reforma.

Además de la comparación, en este artículo también se persigue satisfacer los siguientes objetivos: describir las características sociodemográficas más importantes de la muestra de condenados a penas sustitutivas, establecer su situación ocupacional, indicar la caracterización de los delitos, determinar la reincidencia y la trayectoria delictiva autoreportada, fijar el perfil sociodelictual de la muestra, situar la importancia del consumo de alcohol y drogas, determinar el capital social y las motivaciones para la comisión del delito y establecer la percepción subjetiva sobre el juzgamiento y la sanción.

Método

Para caracterizar a la población condenada bajo el nuevo régimen de penas sustitutivas se realizó una encuesta probabilística, presencial ( cara a cara), en los mismos 14 Centros de Reinserción Social (CRS) del servicio de prisiones chileno donde se realizó el ELB del 2012. La encuesta se aplicó entre los meses de octubre del 2017 y febrero del 2018. La participación fue voluntaria, y cada participante firmó un consentimiento informado aprobado por el comité de ética de la investigación de la Universidad de Talca. La información individual fue utilizada para empalmar las encuestas con el registro de las causas de la última condena. Posteriormente, para efectos del análisis, todos los registros fueron innominados.

El cuestionario consistió en una batería de 64 preguntas distribuidas en 11 módulos que cubrieron: (i) la identificación del entrevistado, (ii) antecedentes demográficos del entrevistado, (iii) antecedentes educacionales, (iv) antecedentes laborales, (v) ingresos, (vi) composición del hogar, (vii) consumo y tratamiento de alcohol y drogas, (viii) relaciones y trayectorias delictivas, (ix) acceso a intervenciones y oferta programática, (x) severidad relativa de la condena y (xi) percepción de legitimidad de la sanción. La mayoría de las preguntas son cerradas y la totalidad de las analizadas en este documento son cerradas. Todos los análisis estadísticos fueron realizados con el software R y el tratamiento de los datos ponderados se hizo haciendo uso del paquete survey.

El diseño muestral fue probabilístico con afijación proporcional por CRS. Se encuestó un total de 1.553 personas. No obstante, treinta de ellas registraban una condena a PSBC que correspondían a sustitución de multas por casos ajenos al sistema de penas alternativas y, por lo tanto, fueron excluidas del análisis. En consecuencia, la muestra definitiva fue de 1.523 personas. El margen de error estimado es de 2,67%.

Resultados

a) Caracterización sociodemográfica

El total de la muestra está dividida en 226 mujeres y 1297 hombres. Como se ilustra en la figura 1, el 77% de los encuestados son adultos jóvenes y adultos menores de 45 años. Al desglosar la categoría "menos de 30", se obtiene que: de las 619 personas en esa categoría, un total de 251 está en el rango de 18 a 24 años y 368 entre los 25 y 29 años.

Fuente: Elaboración propia.

Figura 1 Distribución por rango de edad - Porcentajes. 

También debemos mencionar que los datos obtenidos no difieren mucho de aquellos obtenidos en la ELB, como se puede constatar del gráfico de barras donde los encuestados adultos jóvenes y adultos menores de 45 años llegan al 79%. El estado civil se compone por personas solteras en un 56% de la muestra y por personas con pareja estable, sea matrimonio o convivencia, en un 36% (figura 2).

Fuente: Elaboración propia.

Figura 2 Distribución por estado civil - Porcentajes. 

Al comparar con ELB se obtienen datos interesantes que denotan ligeras diferencias por cada grupo. En aquel entonces las personas solteras alcanzaban el 51% y con pareja el 41%.

Por otro lado, se consultó por el tamaño del hogar, obteniéndose respuestas desde hogares unipersonales hasta un caso que declara que su hogar está compuesto por 15 personas. Los tamaños de hogar más comunes son los de 3 y 4 personas.

El nivel de escolaridad entregó como resultados que el 40% tiene estudios de educación primaria, el 57% estudios de nivel secundario y sólo el 16% tiene estudios superiores. Si estos resultados se compran con la ELB, hay interesantes variaciones, pues dentro de los condenados en el régimen anterior, sólo el 28% tenía estudios primarios, el 49% de nivel secundario y el 23% estudios superiores (figura 3).

Fuente: Elaboración propia.

Figura 3 Distribución por nivel de escolaridad - Porcentajes. 

Finalmente, y sin posibilidades de comparación con ELB, podemos indicar que, a partir de la combinación de datos obtenidos desde nuestro instrumento, se pudo estimar el nivel socioeconómico de los encuestados (Clasificación AIM 2016). Como se muestra en la tabla 1, la mitad de la muestra pueden clasificarse como personas de clase media, un 32% como personas de clase baja y un 10% como personas de clase alta.

Tabla 1 Distribución por nivel socioeconómico 

Frequencia Porcentaje
Bajo 491 0.32
Medio 762 0.5
Alto 149 0.1
Sin información 121 0.08

Fuente: elaboración propia.

b) Situación ocupacional

En la situación ocupacional, los resultados de nuestra encuesta mostraron algunas diferencias relevantes en términos ocupacionales por edad, sexo, nivel de escolaridad y nivel socioeconómico, pero no muestran diferencias significativas por macrozonas o por tipo de pena.

Consistente con la distribución relativa en la fuerza de trabajo de hombres y mujeres, el 86% de los hombres declaró haber estado trabajando cuando cometió el delito por su actual condena, y sólo un 69% de las mujeres estaba trabajando. No obstante, se debe resaltar la mayor presencia relativa de mujeres en el mercado laboral informal (22%). Al cotejar con la información de ELB, en esta parte no hay diferencias interesantes de compartir (el 87% tenía un trabajo en la época del delito).

Al hacer algunos cruces entre la situación ocupacional al momento de cometer el delito y otras variables se encontraron interesantes datos (ver tabla 2). En la comparación entre personas con pareja y solteras se observó una mayor proporción de las primeras con trabajos remunerados formales (89% versus 79%) y una compensación de esa diferencia en las segundas con mayor proporción de trabajos informales (un 6% entre las personas con pareja versus un 14% entre los solteros).

Tabla 2 Situación ocupacional estimada según estado civil 

Con pareja Soltero/a Otro Total
Trabajo 0.89 0.79 0.85 0.83
No hay trabajo remunerado 0.04 0.07 0.08 0.06
Hay ingresos legales 0.06 0.14 0.08 0.11

Fuente: elaboración propia.

Por último, y sin poder comparar con ELB, la distribución de los penados según situación ocupacional y tipo de pena sustitutiva sólo destaca la menor proporción relativa de personas trabajando entre quienes recibieron una pena de PSBC respecto de las otras categorías (diferencia estadísticamente significativa). Por otra parte, la encuesta indaga sobre el tipo específico de trabajo que realizaba la personas antes y después de la actual condena. Interesaba saber si el trabajo que realizaba era de plazo indefinido, ocasional, de plazo fijo, de temporada o si la persona estaba a prueba. En ese orden destaca que, de las personas condenadas a PSBC, sólo el 49% tenía ocupación permanente y, en el resto de las variables, no hay diferencias importantes.

c) Caracterización de los delitos1

La tabla 3 muestra la relación entre los tipos de delitos cometidos y la pena sustitutiva recibida. En el caso de la Reclusión Parcial y la Remisión Condicional, las dos principales categorías de delitos fueron los robos sin violencia e infracciones a la ley del tránsito (tránsito de motor). En la libertad vigilada (simple e intensiva) destacaron las infracciones a la ley de drogas y los robos con violencia. A su vez, en la prestación de servicios a la comunidad, fueron los robos sin violencia y otros delitos (cuasidelitos, delitos funcionarios y otros sin calificación).

Tabla 3 Relación estimada para la población total entre delito y tipo de pena sustitutiva 

RP RC LVS LVI PSBC Total
Contra la integridad 0.06 0.09 0.08 0.06 0.06 0.08
Sexuales 0.01 0.01 0.07 0.18 0.02 0.05
Transito 0.24 0.27 0.09 0.04 0.09 0.2
Drogas 0.11 0.09 0.4 0.21 0.07 0.13
Robos sin violencia 0.25 0.21 0.11 0.07 0.41 0.19
Robos con violencia 0.1 0.07 0.15 0.32 0.04 0.13
Económicos 0.03 0.06 0.03 0.02 0.03 0.05
Otros delitos 0.2 0.2 0.08 0.1 0.27 0.18

Fuente: elaboración propia.

Según la distribución de delitos conforme a la edad, el género y el estado civil. Los menores de 30 años tenían una presencia significativamente mayor en los robos con y sin violencia y los mayores de 60 años en delitos sexuales, de tránsito y económicos (ver tabla 4).

Tabla 4 Relación estimada para la población total entre tipo de delito y edad 

Menos de 30 30-45 46-59 60+ Total
Contra la integridad 0.07 0.08 0.11 0.06 0.08
Sexuales 0.02 0.04 0.1 0.22 0.05
Transito 0.13 0.24 0.29 0.19 0.2
Drogas 0.12 0.13 0.13 0.1 0.13
Robos sin violencia 0.24 0.19 0.13 0.1 0.2
Robos con violencia 0.22 0.08 0.03 0.02 0.13
Económicos 0.03 0.05 0.06 0.12 0.05
Otros delitos 0.17 0.19 0.15 0.18 0.18

Fuente: elaboración propia.

Los robos con violencia fueron cometidos mayormente por hombres y los sin violencia por mujeres, mientras que los delitos sexuales son principalmente cometidos por hombres, mientras que las mujeres tienen una participación relativa mayor en delitos de tráfico en pequeñas cantidades de droga (microtráfico). La tabla 5 resume la distribución por género de los delitos cometidos.

Tabla 5 Relación estimada para la población total entre tipo de delito y género 

Hombre Mujer Total
Contra la integridad 0.08 0.04 0.08
Sexuales 0.06 0.01 0.05
Transito 0.23 0.07 0.2
Drogas 0.09 0.31 0.13
Robos sin violencia 0.17 0.31 0.19
Robos con violencia 0.14 0.06 0.13
Económicos 0.04 0.09 0.05
Otros delitos 0.19 0.12 0.18

Fuente: elaboración propia.

Al cruzar los tipos de delitos con el estado civil (ver tabla 6) no se observan diferencias estadísticamente significativas con excepción de los robos con y sin violencia, lo cual es consistente con el hecho que esos delitos son cometidos mayormente por jóvenes (que a su vez son mayormente solteros/as).

Tabla 6 Relación estimada para la población total entre tipo de delito y estado civil 

Con pareja Soltero/a Otro Total
Contra la integridad 0.09 0.07 0.07 0.08
Sexuales 0.08 0.03 0.07 0.05
Transito 0.23 0.18 0.23 0.2
Drogas 0.13 0.12 0.13 0.13
Robos sin violencia 0.15 0.22 0.19 0.19
Robos con violencia 0.08 0.16 0.06 0.13
Económicos 0.05 0.04 0.1 0.05
Otros delitos 0.19 0.18 0.15 0.18

Fuente: elaboración propia.

Al intentar comparar con ELB no se pudo realizar del todo la dinámica puesto que las tipologías de base son reducidas y se concentra la gran mayoría en una categoría genérica ("otro delito"). Sin embargo, en esa encuesta al cruzar el delito por género, se destaca una presencia relativa importante de mujeres a propósito del delito de microtráfico (48%).

d) La reincidencia autoreportada y la trayectoria delictiva

La encuesta indaga en la reincidencia de los entrevistados mediante el autoreporte de la conducta pasada. Se consideraron varias dimensiones de la reincidencia. Se les preguntó por la edad en la que cometieron un delito, la edad de la primera detención y de la primera condena, el número de delitos que han cometido en su vida y si han sido condenados previamente a una pena sustitutiva o pena alternativa. Por último, se indagó en el nivel de conocimiento del proceso para la eliminación de antecedentes.

De acuerdo con el autoreporte, la media de edad del primer delito y la primera detención es de 23 años. Como es de esperar, la distribución de las primeras detenciones está ligeramente inclinada hacia la derecha de la distribución de los primeros delitos. En el análisis caso a caso hay algunos autoreportes de detenciones a edades previas a la edad en que se reconoce haber cometido el primer delito. Por su parte, la media de la edad de la primera condena es 25 años.

El cuestionario contiene dos formas de autoreporte para medir reincidencia. Por un lado, a los encuestados se les solicitó que indicaran el número de ocasiones en que han cometido delitos en su vida ofreciéndole varias categorías de respuesta. Por lo tanto, las personas que reportan 2 o más delitos pueden ser considerados como reincidentes. Los resultados no ponderados indican una reincidencia en la comisión de delitos de 51% con una media de comisión de 2 delitos y un 85% indicó haber cometido entre 1 y 5 delitos. Esta métrica permite tener una estimación de la reincidencia total, pero no es posible distinguir por tipo de condena recibida ni por la edad asociada al delito. Por este motivo, a los encuestados se les planteó una serie de preguntas que permitió indagar en la reincidencia con más detalles. Específicamente, a cada persona entrevistada se le preguntó si había recibido condena previamente en medio libre o con privación de libertad y si había recibido condenas como menor de edad o como adulto. En cada caso las alternativas de respuestas fueron simplemente "sí' y "no". Los datos no ponderados muestran que un 48% declara reincidencia en condenas previas en medio libre. Un 28% declara haber cumplido penas de cárcel con anterioridad, un 14% indica haber recibido condenas cuando era menor de edad y, por último, declaran haber recibido condenas previas como adulto un 48% (todos los porcentajes representan proporciones dentro de la muestra).

En el párrafo anterior, se destaca que se introdujeron dos métricas que contempló la encuesta para medir la reincidencia. A esa fuente de variación en las estimaciones de reincidencia, se agregó una segunda fuente debido a la extrapolación a nivel de la población penal total en medio libre. Estas cifras son ligeramente inferiores a las reportadas para cada una de las penas alternativas. La reincidencia en medio libre no ponderada fue de un 48%, pero al extrapolarla a nivel de la población total la reincidencia cae a 47%, con diferencias menores entre género.

En el caso de las personas condenadas a cárcel, la reincidencia baja desde 28% a 24% tras la ponderación de la muestra. Los casos que reportan haber recibido condenas como menores caen al 13% y los que reportan condenas previas como adultos caen a 46%. En todos los casos, además, los niveles de reincidencia son mayores en hombres que en mujeres (ver tabla 7).

Tabla 7 Reincidencia en medio libre, cárcel, como menor de edad o adulto según género 

Hombre Mujer Total
En medio libre
0.47 0.46 0.47
No 0.53 0.54 0.53
En cárcel
0.25 0.19 0.24
No 0.75 0.81 0.76
Como menor de edad
0.14 0.07 0.13
No 0.86 0.93 0.87
Como adulto
0.46 0.42 0.46
No 0.54 0.58 0.54

Fuente: elaboración propia.

El cruce del autorreporte del número de delitos cometidos y el género muestra el mismo patrón anterior (tabla 8). Es decir, más hombres que mujeres declaran comisión de dos o más delitos. Por ende, se puede esperar una cierta simetría entre las dos métricas para medir reincidencia.

Tabla 8 Delitos estimados para la población total cometidos según género 

Hombre Mujer Total
1 0.53 0.59 0.54
2 0.16 0.11 0.15
3 0.09 0.1 0.09
4 0.04 0.04 0.04
5 0.04 0.05 0.05
6-10 0.03 0.03 0.03
11-20 0.06 0.03 0.05
21-50 0.02 0.03 0.02
51-100 0 0 0
100+ 0.02 0.01 0.02

Fuente: elaboración propia.

Se consultó también sobre el conocimiento o no de los procedimientos para la eliminación de antecedentes contenido en el Decreto Ley 409, del año 1932, que entrega la posibilidad a un condenado de eliminar sus antecedentes penales mediante un control voluntario que consiste en una firma mensual: dos años si es la primera condena y cinco años si tienes más de una condena. En el caso del género, los hombres manifiestan un mayor conocimiento y uso del procedimiento que las mujeres. A nivel global, prácticamente 6 de cada 10 personas conocen la existencia del procedimiento, pero sólo 1 de cada 10 personas lo ha usado (tabla 9)

Tabla 9 Conoce o ha optado al procedimiento de eliminación de antecedentes DL 409 según sexo 

Hombre Mujer Total
No lo conoce 0.4 0.46 0.41
Conoce sin uso 0.5 0.5 0.5
Conoce con uso 0.1 0.05 0.09

Fuente: elaboración propia.

Al cruzar la pregunta sobre el conocimiento del procedimiento con los tipos de penas recibidas, se constatan patrones disímiles por tipo de pena con proporciones que varían desde cerca de un 70% a cerca de un 40% (ver tabla 10). El mayor nivel de conocimiento se dio entre las personas sometidas a libertad vigilada simple y el menor en las personas sujetas a reclusión parcial. Por otro lado, los penados que en mayor proporción hicieron uso del procedimiento de eliminación de antecedentes son los condenados a PSBC. Por último, considerando que poseer antecedentes penales puede incidir en las posibilidades de acceder a empleos formales, se indagó en la relación entre el tipo de ocupación y el conocimiento o no de los procedimientos para eliminar antecedentes. A priori, se esperaba encontrar mayores niveles relativos de conocimiento y uso del procedimiento entre personas trabajando. Los datos no sugieren que ese efecto exista. Lamentablemente no se pudo hacer comparaciones en este apartado, pues la ELB no indaga en estas dimensiones.

Tabla 10 Conoce o ha optado al procedimiento de eliminación de antecedentes DL 409 según tipo de pena 

RP RC LVS LVI PSBC Total
No lo conoce 0.49 0.42 0.25 0.38 0.29 0.41
Conoce sin uso 0.41 0.5 0.67 0.53 0.52 0.5
Conoce con uso 0.1 0.08 0.09 0.09 0.19 0.09

Fuente: elaboración propia.

e) Perfil sociodelictual de la muestra

En esta sección se describe la distribución de los tipos de pena sustitutiva según variables sociodemográficas de interés tales como género, edad, estado civil, escolaridad y nivel socioeconómico (ver tabla 11). No se observaron patrones significativamente diferentes en el tipo de pena recibida por hombres y mujeres, tampoco se diferencia entre casados y solteros, pero sí hay una mayor proporción de viudos, separados y anulados (forma de término de la relación marital formal), respecto de otros grupos en la Remisión Condicional, y una menor representación de esos grupos en la Libertad Vigilada Intensiva.

Tabla 11 Distribución del tipo de pena estimada para la población total según variables sociodemográficas 

RP RC LVS LVI PSBC
Por Género
Hombre 0.15 0.58 0.03 0.2 0.04
Mujer 0.11 0.6 0.05 0.18 0.06
Por rango de edad
Menos de 30 0.1 0.59 0.03 0.26 0.02
30-45 0.17 0.53 0.04 0.21 0.05
46-59 0.14 0.62 0.03 0.15 0.06
60+ 0.16 0.58 0.03 0.19 0.05
Sin información 0.08 0.52 0.04 0.33 0.03
Por estado civil
Con pareja 0.13 0.57 0.03 0.21 0.05
Soltero/a 0.14 0.58 0.03 0.2 0.04
Otro 0.13 0.65 0.03 0.15 0.03
Por nivel de escolaridad
Sin escolaridad 0.21 0.36 0.09 0.24 0.11
Básica incomp. 0.17 0.48 0.03 0.25 0.07
B.completa 0.14 0.58 0.04 0.19 0.05
Media incomp. 0.19 0.5 0.03 0.23 0.05
M.Completa 0.12 0.63 0.04 0.16 0.05
Terciaria incomp. 0.09 0.67 0.02 0.2 0.02
T.completa 0.09 0.77 0.02 0.12 0.00
Por nivel socioeconómico
Bajo 0.17 0.58 0.02 0.16 0.07
Medio 0.15 0.54 0.04 0.23 0.04
Alto 0.07 0.66 0.03 0.21 0.02
Sin información 0.08 0.73 0.02 0.15 0.03
Total 0.14 0.58 0.03 0.2 0.05

Fuente: elaboración propia.

En términos de escolaridad sí se observaron diferentes patrones. La reclusión parcial, PSBC y la libertad vigilada intensiva se concentran en personas de menor escolaridad (hasta media incompleta), el patrón inverso es observado en las personas condenadas a remisión condicional. Consistente con ello, la reclusión parcial es más prevalente en las personas de nivel socioeconómico bajo y medio, mientras que la remisión condicional es mayor en personas de nivel socioeconómico alto.

f) Expectativas sobre reincidencia

La encuesta también consultó sobre las expectativas que tiene la persona sobre volver o no a reincidir. Es esperable que las personas expresen ante una pregunta como esta un sesgo de deseabilidad de no cometer nuevos delitos. Por este motivo, no debe llamar la atención que un 83% indicó que por ningún motivo volverían a reincidir. No obstante, lo interesante de la pregunta está en ver las variaciones que se producen cuando se cruza la respuesta con otras variables, particularmente con el tipo de pena actual, el tipo de delito y la edad del encuestado.

En relación con la reincidencia futura con el tipo de pena recibida, el 83% indicó que por ningún motivo volvería a cometer un delito al cumplir la actual sentencia (ver tablas 12 y 13). Sin embargo, existen algunas diferencias significativas entre subgrupos. Por ejemplo, en las personas bajo PSBC, sólo un 71% declaró que no cometerá nuevos delitos y un 15% señaló que probablemente lo hará o con toda seguridad cometerá un nuevo delito. Al inspeccionar la distribución de la expectativa de reincidencia futura entre los delitos cometidos, se constató que los menores porcentajes de personas que responden "por ningún motivo" se dan entre los condenados por delitos contra la integridad de las personas y robos con y sin violencia.

Tabla 12 Distribución de las expectativas de reincidencia futura según tipo de pena estimada para la población total 

RP RC LVS LVI PSBC Total
Con toda seguridad 0.01 0.01 0.02 0.01 0.05 0.01
Probablemente sí 0.04 0.04 0.02 0.01 0.1 0.03
Difícilmente 0.13 0.12 0.07 0.13 0.14 0.12
Por ningún motivo 0.81 0.84 0.89 0.85 0.71 0.83

Fuente: elaboración propia.

Tabla 13 Distribución de las expectativas de reincidencia futura según tipo de delito estimada para la población total 

Contra la integridad Sexuales Transito Drogas Robos sin violencia Robos con violencia Económicos Otros delitos Total
Con toda seguridad 0.04 0 0 0.01 0.03 0 0 0.01 0.01
Probablemente sí 0.04 0.01 0.01 0.02 0.09 0.08 0 0.01 0.04
Difícilmente 0.15 0.08 0.1 0.11 0.17 0.16 0.06 0.11 0.13
Por ningún motivo 0.77 0.91 0.89 0.87 0.7 0.77 0.94 0.87 0.83

Fuente: elaboración propia.

Por último, al cruzar las expectativas de reincidencia futura con la edad de los encuestados, se apreció que no hay variación entre quienes creen que de todas maneras van a volver a reincidir o probablemente sí lo harán (ver tabla 14). No obstante, si hay un claro patrón diferente según edad entre quienes piensan que difícilmente volverán a delinquir y los que indican que no lo volverán a hacerlo por ningún motivo. La ELB también explora la expectativa de dejar de cometer delitos a futuro. En ella, el 98% se manifiesta con aquel deseo y señala tener la intención de no cometer un nuevo delito.

Tabla 14 Distribución de las expectativas de reincidencia futura según edad estimada para la población total 

Menos de 30 30-45 46-59 60+ Sin información Total
Con toda seguridad 0.01 0.01 0.01 0.01 0.03 0.01
Probablemente sí 0.04 0.02 0.04 0.04 0.01 0.04
Difícilmente 0.18 0.15 0.1 0.1 0.02 0.12
Por ningún motivo 0.77 0.82 0.84 0.85 0.95 0.83

Fuente: elaboración propia.

g) Consumo de alcohol y drogas

En esta sección se caracteriza el autorreporte en el consumo de drogas y alcohol y sus efectos sobre distintos ámbitos de la vida de la persona encuestada. La encuesta contempló preguntas sobre edad de inicio en el consumo, consumo en el año previo a la condena, consumo actual, diagnóstico y tratamiento por consumo de drogas. Adicionalmente, la encuesta indaga sobre los impactos que la persona encuestada considera que el consumo de estas sustancias ha tenido sobre sus vínculos cercanos, el acceso a trabajo o estudio, su salud física, sus relaciones de pareja y su estado de ánimo.

El consumo de alcohol y marihuana es mayor en hombres (77%) que en mujeres (45%). Por otro lado, un 39% de los hombres y un 29% de las mujeres declararon consumir una o más veces al mes marihuana.

Tabla 15 Consumo de alcohol y marihuana según sexo (proporción columna) 

Alcohol Marihuana
Hombre Mujer Total Hombre Mujer Total
No la consumía 0.23 0.55 0.28 0.61 0.71 0.62
1/mes 0.18 0.09 0.17 0.04 0.03 0.04
2 a 5/mes 0.4 0.24 0.38 0.11 0.06 0.1
5 a 10/mes 0.1 0.07 0.1 0.08 0.09 0.09
10+/mes 0.08 0.04 0.07 0.16 0.11 0.15

Fuente: elaboración propia.

La encuesta incluía preguntas respecto de otro tipo de drogas (LSD, cocaína, éxtasis, estimulantes, medicamentos sin receta, pasta base de cocaína y otras drogas). En todos los casos (ver tabla 16), los niveles de consumo caen significativamente en comparación con el alcohol y la marihuana. No obstante, sí hay subgrupos de hombres (aproximadamente 1 de cada 10) y de mujeres (aproximadamente 1 de cada 20) que indican ser consumidores regulares de cocaína.

Tabla 16 Consumo de alcohol y drogas previo a la condena (proporción columna) 

No la consumía 1/mes 2 a 5/mes 5 a 10/mes 10+/mes
Alcohol 0.28 0.17 0.38 0.1 0.07
Marihuana 0.62 0.04 0.1 0.09 0.15
LSD 0.99 0.01 0 0 0
Cocaína 0.9 0.02 0.04 0.02 0.02
Éxtasis 0.99 0 0 0 0
Estimulantes 0.99 0 0.01 0 0
Medicamentos s/receta 0.97 0.01 0.01 0.01 0.01
Pasta Base 0.95 0.01 0.01 0.01 0.02
Otras 0.99 0 0 0 0

Fuente: elaboración propia.

La encuesta también indagó en la percepción de los encuestados sobre el impacto que tiene o ha tenido el consumo de alcohol y drogas en diversos ámbitos de su vida (ver tabla 17). En su mayoría, los encuestados no consideran que su consumo de alcohol o drogas sea problemático (94% respectivamente).

Tabla 17 Problemas con el consumo de alcohol (proporción columna) 

Hombre Mujer Total
Alcohol 0.07 0.02 0.06
No 0.93 0.98 0.94
Drogas 0.07 0.02 0.06
No 0.93 0.98 0.94

Fuente: elaboración propia.

No obstante, hay subgrupos que sí reconocen impactos del consumo en varios ámbitos de su vida. Para tener un contexto que permita dimensionar mejor este punto, en esta sección se revisaron las variaciones observadas en la edad de inicio en el consumo según tipo de pena. Así, el inicio en el consumo de drogas y alcohol se concentra en la adolescencia temprana entre los 12 y 15 años. De modo tal que, al ingresar a la adultez, la gran mayoría ya se ha iniciado en el consumo tanto de alcohol como de drogas (en esta última categoría consumo de marihuana principalmente).

Es posible observar diferencias marcadas en la edad de inicio del consumo de alcohol y drogas entre personas condenadas a distintos tipos de pena. En particular, las personas condenadas a reclusión parcial, libertad vigilada intensiva y PSBC presentan las mayores prevalencias de inicio de consumo anterior a los 15 años. Por el contrario, no se observan diferencias estadísticamente significativas entre tipos de pena para las personas con diagnósticos y/o tratamiento por alcoholismo o drogadicción.

Al preguntar sobre el problema del alcohol y las drogas, para ambos elementos los resultados son idénticos, pero los varones (7%) declararon mayor problema que las mujeres (2%). Sin embargo, para ambos casos los valores son estadísticamente bajos.

h) Capital social y motivaciones para la comisión del delito

En este apartado se indagó sobre el compromiso delictual de parejas, familiares y amigos (ver tablas 18 a 21). Para fines expositivos a ese conjunto de alternativas se les denominará: capital social criminal. Del total de encuestados, sólo un 28% indicó la presencia de antecedentes delictuales en la familia, observándose variaciones en la prevalencia para personas sujetas a distintos tipos de pena. Específicamente, las personas sujetas a remisión condicional son las que presentaron entornos con menor existencia de antecedentes judiciales (26%), y las personas sujetas a libertad vigilada simple y PSBC los mayores niveles (38% y 37%, respectivamente).

Tabla 18 Distribución del tipo de pena según existencia de antecedentes delictuales en la familia 

RP RC LVS LVI PSBC Total
Con antecedentes 0.31 0.26 0.38 0.3 0.37 0.28
Sin antecedentes 0.69 0.74 0.62 0.7 0.63 0.72

Fuente: elaboración propia.

Tabla 19 Distribución del género según antecedentes delictuales en la pareja 

Hombre Mujer Total
Con antecedentes 0.03 0.24 0.06
Sin antecedentes 0.77 0.53 0.73
Sin pareja 0.2 0.23 0.21

Fuente: elaboración propia.

Tabla 20 Distribución del tipo de pena según antecedentes delictuales en las amistades 

Hombre Mujer Total
Con antecedentes 0.35 0.25 0.33
Sin antecedentes 0.65 0.75 0.67

Fuente: elaboración propia.

Tabla 21 Distribución del tipo de pena según nivel de capital social criminal 

RP RC LVS LVI PSBC Total
No 0.51 0.55 0.45 0.5 0.47 0.53
1 vínculo 0.26 0.3 0.33 0.3 0.23 0.29
2 vínculos 0.21 0.14 0.19 0.18 0.22 0.16
3 vínculos 0.02 0.01 0.02 0.03 0.07 0.02

Fuente: elaboración propia.

En cuanto a los antecedentes delictuales en las parejas, los porcentajes son relativamente bajos (6% promedio), pero sustantivamente superiores entre mujeres que entre hombres. Al contrario, al indagar en la distribución por género de los antecedentes de amistades, las mayores proporciones son observadas entre hombres que entre mujeres.

A partir de las preguntas anteriores (antecedentes en la familia, pareja y amigos), se creó un índice que agrega los vínculos delictivos que posee la persona condenada (vínculos en uno, en dos o en tres ámbitos). Un 47% posee compromiso delictual en al menos un ámbito, siendo nuevamente las personas condenadas a libertad vigilada simple y PSBC los que mostraron mayores porcentajes de vínculos con sujetos con antecedentes delictuales.

La encuesta también permitió explorar las razones que motivaron el delito de la actual condena del encuestado (ver tabla 22). La principal motivación para cometer delitos que fue declarada es la de traer dinero al hogar seguido de la incapacidad para controlar impulsos. No obstante, sobre un tercio de los encuestados consideraron que ninguna de las alternativas presentadas era apropiada para su caso. La encuesta contenía una pregunta abierta para indagar en esos casos. Se pudo constatar que las razones esgrimidas en las respuestas abiertas también repetían el patrón de la pregunta cerrada. Hecha la recodificación, se obtuvo la siguiente distribución final de motivaciones para cometer el delito.

Tabla 22 Motivación declarada para cometer el delito por el que cumple actualmente condena 

Hombre Mujer Total
Compra/venta ilegal o desinformación de la ley 0.02 0.04 0.02
Contra la integridad 0.02 0.01 0.02
Declara inocencia 0.04 0.07 0.04
Excesos derivados consumo alcohol 0.1 0.02 0.09
Otra 0.07 0.04 0.07
Para tener cosas que le gustan 0.04 0.03 0.04
Por consumir drogas 0.06 0.04 0.06
Por dificultad para controlar sus impulsos 0.23 0.11 0.21
Por la reputación en su barrio 0.01 0 0
Porque sus amigos lo hacían 0.06 0.06 0.06
Presión social o inculpado 0.03 0.07 0.03
Problemas familiares o de pareja 0.01 0 0.01
Traer dinero a su hogar 0.29 0.5 0.32
Transito 0.02 0 0.02

Fuente: elaboración propia.

Por último, en las respuestas abiertas hay un grupo de encuestados que se declara inocente o que fueron inculpados por otros. Estos casos incluyen mayormente respuestas sobre llevar droga por otros, haber sido confiados y querer ayudar a otras personas, etc. Estas respuestas se observaron más entre mujeres que entre hombres.

i) Percepción subjetiva sobre el juzgamiento y la sanción

A los encuestados se les consultó sobre el grado de responsabilidad que asumían respecto de los delitos por los cuales habían sido condenados. Como se muestra en la tabla 23, un 78% se consideró responsable de los delitos cometidos, mientras que un 19% estimó que era completamente inocente (una proporción superior a la que indicó su inocencia respecto del último delito). Ahora bien, al comparar los resultados por tipo de pena, se observaron diferencias estadísticamente significativas. Por ejemplo, 1 de cada 4 personas condenadas a libertad vigilada (simple o intensiva) se consideró inocente, mientras que sólo un 14% de las condenadas a reclusión parcial manifestaron su inocencia.

Tabla 23 Responsabilidad asumida sobre los delitos cometidos según tipo de pena sancionada 

RP RC LVS LVI PSBC Total
Responsable de delitos 0.83 0.79 0.74 0.71 0.87 0.78
Sólo de algunos 0.04 0.02 0.02 0.04 0.06 0.03
Inocente 0.14 0.19 0.24 0.24 0.07 0.19

Fuente: elaboración propia.

Considerando estas diferencias es relevante indagar en las diferentes percepciones de los condenados respecto de las penas recibidas. Para ello, se le preguntó a cada persona sobre la motivación que ellos atribuyen al juez a la hora de dictar sentencia.

Por cada una de las penas alternativas, cada encuestado pudo mencionar hasta dos alternativas. Al respecto, la mayoría consideró que el propósito de la sanción dictada por el juez era que ellos paguen por las acciones cometidas (7 de cada 10 aproximadamente), seguido de dar una señal disuasiva para la comisión de delitos por parte de otros y hacer respetar las leyes. Los porcentajes varían ligeramente entre tipos de pena (aunque algunas diferencias son estadísticamente significativas), pero existe una diferencia en la percepción del conjunto de penas sustitutivas con respecto a la condena de cárcel (ver tabla 24). En esta última adquiere relevancia la alternativa de aislar al infractor como la tercera en importancia.

Tabla 24 Percepción de los motivos de la pena aplicada, según tipo de pena 

Total RP RC LVS LVI PSBC Cárcel
Que paguen 0.65 0.59 0.59 0.57 0.57 0.57 0.69
Una señal 0.5 0.5 0.48 0.49 0.48 0.43 0.36
Ayudar 0.23 0.25 0.27 0.29 0.3 0.24 0.14
Orden 0.34 0.38 0.39 0.37 0.36 0.34 0.31
Reparar 0.19 0.19 0.19 0.23 0.19 0.36 0.18
Aislar 0.08 0.09 0.07 0.06 0.09 0.36 0.32

Fuente: elaboración propia.

Ahora bien, es menester recordar que la cantidad de encuestas por tipo de pena es proporcional a su incidencia en el total de personas condenadas a penas sustitutivas, en consecuencia, la percepción de la sanción agregada puede ocultar diferencias importantes entre tipos de penas. Entre ellas, las más importantes de considerar son las percepciones de los encuestados respecto del tipo de penas que ellos han recibido. Así, por ejemplo, como se presenta en la tabla 25, un 63% de las personas que estaban condenadas a reclusión parcial consideró que uno de los principales propósitos de ese tipo de pena es que las personas paguen por el delito cometido. En cambio, sólo un 48% de las personas condenadas a PSBC mencionaron ese motivo como propósito principal de las condenas de PSBC.

Tabla 25 Percepción de los motivos de la pena recibida, según tipo de pena 

RP RC LVS LVI PSBC
Que paguen 0.63 0.59 0.57 0.57 0.48
Una señal 0.43 0.5 0.48 0.46 0.37
Ayudar 0.24 0.27 0.3 0.35 0.35
Orden 0.43 0.39 0.39 0.35 0.31
Reparar 0.19 0.18 0.2 0.23 0.42
Aislar 0.08 0.06 0.05 0.06 0.42

Fuente: elaboración propia.

Para terminar, la ELB también indaga sobre si los encuestados se consideraban responsables del delito o los delitos cometidos. Igualmente, las respuestas podían estar en tres niveles, predominaron con un 70% los que se consideraban responsables de todos los delitos, 4% sólo de algunos delitos, y el 26% declaró no tener responsabilidad. Además, destaca que el 58% declaró considerar la condena como justa y apropiada.

Discusión

En su gran mayoría, y tal como ocurre con el régimen general de sanciones, los condenados a penas sustitutivas son hombres jóvenes, menores de 45 años, solteros y que viven en hogares principalmente conformados por dos o cinco personas (Rutter yy Guiller, 1988; Heidensohn, 1997).

Es interesante destacar la composición socioeconómica de esta población, predominan aquellos de ingresos medios, seguidos por los de estratos más humildes, para terminar con aquellos de estratos altos con una representación importante (1 de cada 10). Es probable que en este punto se presente una de las diferencias más importantes con respecto a los sujetos condenados a una pena privativa de libertad (sistema cerrado), donde el predominio de la pobreza, como condición económica, es una tendencia (Vold y Bernard, 1986).

Se refleja también algo que ha venido siendo consistente y se presenta como probable diferencia con el sistema de penas privativas de libertad: se trata de sujetos que en número importante tienen estudios secundarios y superiores (un poco más de la mitad).

También respecto a la escolaridad, se observa que la reclusión parcial, PSBC y la libertad vigilada intensiva, se concentran en personas de menor escolaridad (hasta media incompleta), el patrón inverso es observable en las personas condenadas a remisión condicional. Consistente con ello, la reclusión parcial es más prevalente en las personas de nivel socioeconómico bajo y medio, mientras que la remisión condicional es mayor en personas de nivel socioeconómico alto. Estos datos podrían sugerir alguna correlación entre educación -también nivel socioeconómico- y el tipo de pena tratándose de delitos graves y/o de condenados reincidentes (Sampson y Laub, 1993).

La caracterización ocupacional de los encuestados muestra que, prácticamente, dos tercios de los condenados se encontraban trabajando al momento de cometerse el delito por el cual se les condenó. También, es consistente con un patrón de mayor prevalencia en la comisión de delitos de personas con menores costos de oportunidad en términos laborales (más jóvenes, de menor nivel socioeconómico, solteros, con mayor prevalencia en mujeres) (Comack, 1996). Al mismo tiempo, los niveles de ocupación son relativamente altos, los datos son consistentes con el acceso general a bajas remuneraciones.

Una cuestión final sobre este aspecto señala que tratándose de la PSBC, que supone como característica subjetiva que se trata de personas reincidentes, se evidencia en niveles importantes que sus condenados presentan privación laboral (1 de cada 2). Las razones del ausentismo laboral son estadísticamente significativas y podrían deberse a la situación personal del propio condenado de autoexclusión, o bien, ésta puede venir motivada por terceros, como ocurre con aquellas personas que no emplean a quienes tienen antecedentes penales (Larrauri, 2015).

En relación con la caracterización por tipología delictiva es interesante señalar que el género y la edad se presentan como variables importantes. En efecto, se sugiere que en los condenados a penas sustitutivas, particularmente en las mujeres, se presenta como prevalente el delito de tráfico en pequeñas cantidades de droga (casi la mitad) (Adler, 1975; Simon, 1975). A su vez, la edad también denotaría una plausible prevalencia en el quehacer delictivo, donde en los menores de 30 años destacan los robos con o sin violencia, y en los mayores de 60 años otro tipo de criminalidad, absolutamente distinta de la anterior (Block y al, 2010).

El autoreporte entrega valiosa información en lo que al inicio del delito se refiere. La primera detención se presenta en una media de 23 años y la primera condena en 25 años (Sampson y Laub, 2005). A su vez, en lo que respecta a reincidencia declarada por los condenados a penas sustitutivas, destaca que prácticamente la mitad indicó haber recibido una condena previa con una pena de igual naturaleza, como también con una pena privativa de libertad. Ello es concordante con el sistema actual que permite a los reincidentes -anteriormente condenados en sistema abierto o cerrado- ser acreedores o partícipes de este sistema de alternativas. Se suma a lo anterior que, en todos los casos, los niveles de reincidencia son mayores en hombres que en mujeres, lo que es concordante con las teorizaciones sobre el desistimiento prevalente en mujeres (Kruttschnitt, 2013). También en todos los casos, los encuestados que declaran tener condenas previas también indican que han cometido más delitos además de aquellos que no tienen condenas anteriores. Estos patrones en el autoreporte son consistentes con perfiles de mayor compromiso en actividades ilegales a medida que se tienen más condenas previas.

La eliminación de antecedentes penales se presenta como un hallazgo interesante. Más de la mitad conoce el procedimiento, con predominio de los hombres, pero son muy pocos los que hacen un uso efectivo del mismo (1 de cada 10). Los datos sugieren desinformación generalizada de este procedimiento y que se presenta con prevalencia tratándose de penas donde no existe mayor interacción con el personal de la institución de prisiones (reclusión parcial), que en aquellos en que existe un trato o relación más periódica y recurrente (libertad vigilada, remisión condicional y PSBC).

En cuanto a la probabilidad de cometer delitos en el futuro se observan distintas aristas. La gran mayoría de los encuestados manifiestan que por ningún motivo volvería a cometer un delito al cumplir la actual sentencia (8 de cada 10). No obstante, en aquellos que cumplen determinadas penas sustitutivas, como la PSBC, la intencionalidad decrece (7 de cada 10). Incluso un grupo importante manifiesta que con toda seguridad cometerá un delito en el futuro. Esto podría estar ligado con que se trata de una pena aplicable al multi-reincidente, el cual no es del todo disuadido de la expectativa de cometer delitos futuros. También, la latencia en la comisión de delitos se presenta como una variable compleja frente al desistimiento delictual. Otra cosa interesante de resaltar es que, al cruzar la intencionalidad de cometer delitos futuros con la edad, destaca que a menor edad el deseo de no delinquir nuevamente es alto, pero declina la confianza respecto a que no lo harán. Esto aparentemente está relacionado con que el hecho de que el sujeto que inicia una carrera criminal lo hace a edad temprana (Sampson y Laub, 2005).

Las drogas, el alcohol y el contacto con un ambiente criminógeno han sido señalados por la literatura como importantes factores criminógenos (Meier, 1989; Feldman, 1993;Walters 1994). Tratándose de las penas sustitutivas, su presencia como causal determinante o concurrente no se presenta como un elemento aislado. Tanto hombres, en su gran mayoría (3 de cada 4), como mujeres (un poco más de 4 de cada 10) declararon el consumo de alcohol. Tanto reincidentes (condenados a PSBC como a reclusión parcial) como aquellos condenados por delitos más graves (libertad vigilada), constataron que el inicio del consumo de alcohol se promedia antes de los 15 años, cosa que no sucede con los acreedores de remisión condicional. A su vez, es en estos mismos segmentos de penas donde se presenta el contacto con pares criminógenos en una relación inversamente proporcional. Tanto los reincidentes (PSBC) como aquellos condenados a delitos más graves (libertad vigilada), están en un ambiente familiar en que con más prevalencia existen personas con antecedentes delictuales. Esto a diferencia de lo que ocurre con los condenados a remisión condicional (Laub y Sampson, 2003).

Al estudiar las razones que motivaron el delito se constató que la necesidad de llevar dinero al hogar representa la mitad de las razones declaradas por mujeres y, la dificultad para controlar sus impulsos y el alcohol, destacan entre los hombres (Campbell, 1999).

Como corolario de la investigación, hay que indicar que las particularidades de la población de penas alternativas en el actual régimen tienen características distintivas y nos permite hacer varias distinciones relevantes para el diseño de políticas públicas. Entre ellas destacamos tres.

En primer lugar, los datos muestran con claridad que existen patrones sociodemográficos y criminógenos que permiten el perfilamiento de los penados. En el análisis pormenorizado por pena, existen algunas distinciones claras en varias variables. De este modo, es posible utilizar esa información para una mejor focalización tanto de recursos como de programas de reinserción social y de reducción de la reincidencia.

En segundo lugar, desde una mirada comparativa, estamos frente a un grupo sociodemográfico similar al que existía antes de la reforma. Por ello, el ampliar el catálogo de penas, permite, potencialmente, discriminar mejor entre tipos de infractores y, por ende, abre la posibilidad de mejores diseños de políticas públicas centradas en la prevención

En tercer lugar, los datos muestran que existe un componente de género que debe ser materia de estudio y análisis de las políticas públicas a la hora de abordar el comportamiento delictual. Ello se aprecia en dos niveles: primero en relación con el tipo de delitos y segundo respecto al contagio criminógeno.

Sobre el tipo de delitos, por un lado, los datos muestran que las mujeres tienen un compromiso delictual significativamente mayor en actividades de microtráfico y, por otro, la principal motivación que ellas declaran para haber cometido el delito es llevar dinero al hogar. Lo anterior está en línea con las barreras para acceder a trabajos remunerados y las dificultades para la participación femenina en el mercado laboral que prevalecen en Chile. De este modo, un acercamiento integral al comportamiento delictual de las mujeres requiere una comprensión de las lógicas del microtráfico, la sustentación del núcleo familiar y las barreras de entrada a trabajos formales.

Finalmente, respecto al contagio criminógeno, los datos muestran que en el caso de las mujeres este se da principalmente mediante las parejas y, en el caso de los hombres, mediante las amistades. Por ende, una aproximación adecuada para el diseño de políticas públicas que permitan afrontar y prevenir el delito requiere una revisión exhaustiva de los entornos que motivan o facilitan este tipo de comportamiento delictual entre personas de distinto género. Un diseño de ese tipo requerirá indagar en enfoques que no sólo vean a los individuos, sino a estos en su entorno de relaciones directas.

Referencias

Adler, F. (1975) Sisters in crime. The rise of the new female criminal. Nueva York: McGraw-Hill. [ Links ]

Block, C.R. , Arjan A.J., Blokland, C.W., Van Os, R., Nieuwbeerta, P. (2010). Long-term patterns of offending in women. Feminist criminology, 5(1), 73-107. https://doi.org/10.1177/1557085109356520Links ]

Bottoms, A. (1987) "Limiting Prison Use: Experience in England and Wales". The Howard Journal, 26(3), 117-202. https://doi.org/10.1111/j.1468-2311.1987.tb00584.xLinks ]

Cavadino, M., Dignan, J. (2002). The Penal System. Londres: Sage. [ Links ]

Campbell, A (1999). Staying alive: Evolution, culture and women's intrasexual aggression. Behavioral and brain sciences, 22, 203-214. https://doi.org/10.1017/S0140525X99001818Links ]

Cid, J. y Larrauri, E. (1997) Penas alternativas a la prisión. Introducción. Barcelona: Bosch. [ Links ]

Comack, E. (1996). Women in trouble. Connecting women's law violations to their histories of abuse. Halifax: Fernwood Publishing. [ Links ]

Heidensohn, F. (1997). Gender and crime. The Oxford handbook of criminology. Oxford: Oxford University Pres. [ Links ]

Feldman, R.S. (1993). Understanding psychology. Nueva York: Mc-Graw Hill. [ Links ]

Kruttschnitt, C. (2013). Gender and crime. Annual review of sociology,39, 291-308. https://doi.org/10.1146/annurev-soc-071312-145605Links ]

Larrauri, E. (2015). Antecedentes penales. Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, (8), 153-159. [ Links ]

Laub, J.H. y Sampson, R.J. (2003). Shared beginnings, divergent lives: delinquent boys to age 70 Londres: Harvard University Press. [ Links ]

Meiers, R.F. (1989). Crime and Society. Boston: Allyn y Bacon. [ Links ]

Morales, A. (2013). Vigilancia en la modernidad tardía: El monitoreo telemático de infractores. Política Criminal, 8(16), 408-471. https://doi.org/10.4067/S0718-33992013000200003Links ]

Rivera, J, Lima, J.L., Weintraub, M y Castillo, E. (2013). Levantamiento de Línea Base de Población que cumple condena en el Medio Libre. Informe final (corregido). Facultad de Economía de Negocios de la Universidad de Chile - Intelis Centro de Análisis, pp. 1-110. [ Links ]

Rutter, M y Giller, H. (1988). Delincuencia juvenil. Barcelona: Martínez Roca [ Links ]

Salinero, S. (2011). La expulsión de extranjeros en el Derecho penal. Una realidad en España, una posibilidad en Chile, Política Criminal, 6, 106 - 141. https://doi.org/10.4067/S0718-33992011000100004Links ]

Salinero, S; Morales, A; Castro, A (2011). Análisis comparado y crítico de las alternativas a las penas privativas de libertad. La experiencia española, inglesa y alemana. Polít. criminal 5, 786-864. [ Links ]

Sampson, R.J. y Laub, J.H. (1993). Crime in the making. Pathways and turning points throught life. Londres: Harvard University Press . https://doi.org/10.1177/0011128793039003010Links ]

Sampson, R.J. y Laub, J.H. (2005). A life-course view of the development of crime. En R.J. Sampson R. J. y Laub, J.H. (eds.) The annals of the American Academy of Political and Social Science, Developmental Criminology and its discontents: trajectories of crime from childhood to old age, 602, 12 - 45. CA Sage. https://doi.org/10.1177/0002716205280075Links ]

Simon, R.J. (1975). Women and crime. Lexington (MA): Lexington Books. [ Links ]

Smith, P., Gendreau, P., Goggin, C. (2012). The effects of prison sentences and intermediate sanctions on recidivism: General effects and individual differences. Ottawa: Solicitor General Canada. [ Links ]

Void, G. B. y Bernard, T. J. (1986) Theoretical Criminology. New York: Oxford University Press. [ Links ]

Walters, G.D. (1994) Drugs and crime in lifestyle perspective. Thousand Oaks, CA: Sage. https://doi.org/10.4135/9780803956018Links ]

Wermink, H., Blokland, A., Nieuwbeerta, P., Nagin, D., Tollenaar, N. (2010) Comparing the effects of community service and short-term imprisonment on recidivism: a matched samples approach. Journal of Experimental Criminology, 6, 325-349. https://doi.org/10.1007/s11292-010-9097-1Links ]

Marco normativo

Ley N° 18.216, de 14 de mayo de 1983. Ley N° 20.603, de 27 de junio de 2012. [ Links ]

*El estudio es parte del proyecto Fondecyt N° 1160970, cuyo investigador responsable es el Dr. Sebastián Salinero Echeverría, y cuyos co-investigadores son la Dra(c) Ana María Morales Peillard y el Dr. Jorge Fábrega Lacoa, titulado "Evaluación de las penas sustitutivas y el camino hacia una política criminal moderna de alternativas a la cárcel".

1La encuesta consideró la siguiente lista de 17 categorías de delitos: violencia intrafamiliar, sexuales, de manejo o conducción de automóviles en estado de ebriedad, otros delitos asociados al tránsito, microtráfico (tráfico de pequeñas cantidades de droga), otras infracciones a la ley de drogas, robo con violencia, robos no violentos, otros delitos contra la propiedad, lesiones, homicidio, cuasidelitos, delitos funcionarios (o cometidos por Funcionarios públicos), hurtos, delitos económicos y contra la libertad e intimidad de las personas. Las categorías anteriores fueron recodificadas en 8 categorías para fines expositivos: (1) delitos contra la vida e integridad de las personas (Vif, lesiones y homicidios), (2) delitos sexuales, (3) delitos de manejo en estado de ebriedad y otros de la ley de tránsito, (4) delitos de la Ley de Drogas (microtráfico y otras infracciones a la ley de drogas), (5) robos no violentos (hurtos, robo no violentos y otros propiedad), (6) robos violentos, (7) delitos económicos y (8) otros delitos (cuasidelito, funcionarios, libertad y otros propiamente tal).

Para citar este artículo / To reference this article / Para citar este artigo: Salinero, S., y Fábrega, J. (2020). ¿Contribuye el aumento del catálogo de penas alternativas y el resto de modificaciones legales a cambiar el perfil de la población condenada en el sistema abierto? Evidencia para Chile. Reviste Criminalidad, 62(2): 181-198.

Recibido: 30 de Marzo de 2019; Revisado: 30 de Julio de 2019; Aprobado: 16 de Abril de 2020

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons