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Revista Criminalidad

versión impresa ISSN 1794-3108

Rev. Crim. vol.63 no.2 Bogotá mayo/ago. 2021  Epub 06-Jul-2020

https://doi.org/10.47741/17943108.314 

ESTUDIOS CRIMINOLÓGICOS

Redes personales como factores de riesgo y protección en mujeres privadas de libertad

Personal networks as risk factors and protection of women in prison

Redes pessoais como fatores de risco e proteção mulheres privadas de sua liberdade

Maribel Rivera-López1 

Fanny T. Añaños2 

1Profesor acreditado catedrático, Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación, Universidad de Valencia (España). maribel.rivera@uaq.mx

2Profesora investigadora, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (México). fanntab@ugr.es


Resumen

El trabajo analiza las redes personales de las mujeres privadas de libertad, identificando factores de riesgo y protección en tres etapas definidas por el ingreso a prisión y orientadas a la reinserción. Se realizó una investigación documental en bases de datos (WOS, Scopus y Google Académico), empleando Mendeley como gestor. Los resultados muestran que, las redes, antes de prisión están permeadas por la violencia y ausencia de apoyo; durante la prisión se dividen en internas externas y presentan modificaciones relacionales importantes (ruptura de pareja, distanciamiento o no de los/as hijos/as y apoyo de nuevas personas) y; en semilibertad se amplían y mejoran estas, favoreciendo la reinserción social, no obstante, la mayoría regresa al entorno familiar y comunitario inicial enfrentándose a los factores de riesgo asociados.

Palabras clave: Mujeres privadas de libertad; redes personales; reinserción social; factores de riesgo; factores de protección

Abstract

This paper analyzes the personal networks of women in prison, identifying risk and protection factors in three stages, defined by prison entry, aimed at reintegration. Documentary research was carried out on databases (WOS, Scopus and academic Google), using Mendeley as manager. The results show that, before imprisonment, networks are permeated by violence and lack of support during prison they are divided into internal-external and present important relational modifications (breakup of a couple, distance or not from children and support of new people) and; in day release they expand and improve these, promoting social reinsertion; nevertheless, most return to the initial family and community environment facing the associated risk factors.

Keywords: Women in prison; interpersonal relations; social reintegration; risk factors; protection factors

Resumo

Este artigo analisa as redes pessoais de mulheres privadas de liberdade identificando fatores de risco e proteção em três etapas e definidos pela entrada na prisão, visando a reintegração. Uma pesquisa documental foi realizada em bancos de dados (WOS, Scopus e Google scholar), utilizando Mendeley como gerente. Os resultados mostram que, as redes, antes da prisão são permeadas pela violência e falta de apoio; durante a prisão são divididas em modificações relacionais internas-externas e apresentam importantes (separação do casal, distanciamento ou não dos filhos e apoio de novas pessoas) e; na semi-liberdade são ampliadas e melhoradas, favorecendo a reintegração social, no entanto, a maioria retorna ao ambiente familiar e comunitário inicial diante dos fatores de risco associados.

Palavras-chave: Mulheres privadas de liberdade; redes pessoais; reintegração social; fatores de risco; fatores de proteção

Introducción

A lo largo de los últimos veinte años se ha incrementado la investigación sobre las mujeres reclusas en España y en el mundo; no obstante, sigue siendo insuficiente para visibilizar las condiciones en las que se encuentran y atender de forma adecuada sus necesidades específicas (Almeda-Samaranch, 2017). Es preciso seguir analizando sus particularidades para crear programas y acciones que promuevan su rehabilitación, el respeto de sus derechos durante su estancia en prisión, su reinserción social, así como la prevención del delito y de la reincidencia femenina (Espinoza, 2016; Añaños Bedriñana & García-Vita, 2017).

Este proceso se ha venido profundizando a partir de la inclusión de la perspectiva de género, la cual, promueve que se realicen los estudios pertinentes para conocer las experiencias y necesidades de mujeres y hombres en todos los ámbitos, para evaluar las políticas sociales e institucionales existentes y sus efectos, así como, planear y diseñar nuevas iniciativas que favorezcan por igual a ambos géneros y contrarresten la desigualdad y la discriminación (Naciones Unidas, 1997).

La perspectiva de género en el contexto penitenciario tiene la finalidad de conocer y hacer visible el perfil criminológico específico de las mujeres (Yagüe, 2007), y garantizar el respeto de los derechos de las mujeres que se encuentran cumpliendo condena y el reconocimiento de sus necesidades para generar una intervención enfocada en ellas (Cruells et al., 2005).

Los estudios sobre la población reclusa realizados con perspectiva de género revelan importantes cuestiones, entre otras, sobre las condiciones y especificidades de las mujeres privadas de libertad (Acale, 2017; Almeda-Samaranch et al., 2012; Añaños Bedriñana & Yagüe, 2013; Defensor del Pueblo Andaluz, 2006; Holtfreter & Wattanaporn, 2014), el regreso a las comunidades (Travis et al., 2001), la discriminación en prisión (Del Val-Cid et al., 2013), los perfiles adictivos de drogas (Añaños-Bedriñana, 2017a), los tipos de delitos y penas otorgadas (Juanatey, 2018) y la reincidencia (Roth y Zegada, 2016).

Derivado de dichos estudios, un campo emergente y fundamental lo constituyen las relaciones y la influencia de las redes sociales personales de las mujeres para favorecer u obstaculizar los procesos de reinserción (Atkin & Armstrong, 2018; Berman, 2005; Bui & Morash, 2010; Clone & Dehart, 2014; CollicaCox, 2018; Covington, 2003; Cruells et al., 2005; Fernández et al., 2008; García-Vita, 2016; O´Brien, 2001). En consecuencia, estas relaciones pueden constituirse en factores de riesgo mediante las que se involucran en el crimen o, por el contrario, son factores de protección preventivos de delito.

Por todo, el objetivo de este artículo es analizar las investigaciones realizadas en los últimos veinte años sobre las redes personales de las mujeres, identificando los factores de riesgo y protección que inciden en los procesos de reinserción social en las distintas etapas relacionadas con prisión: antes, durante y en semilibertad. El estudio se ejecutó de enero a julio de 2019, las categorías de búsqueda en WOS, Scopus, Google Académico y biblioteca fueron: “redes personales”, “apoyo social”, “capital social”, “relaciones interpersonales” y “relaciones familiares” combinadas con “prisión” y “mujeres” entre los años 1999 y 2019. Se identificaron 54 estudios virtuales y documentales, 24 procedentes de España y 24 de Estados Unidos, 3 de América Latina (Colombia, México y Argentina), 1 de la ONU, 1 de la Unión Europea y 1 del Reino Unido.

Para llevar a cabo dicho análisis se parte del contexto penitenciario español, en el que la reinserción social y la reeducación son los fines centrales del sistema penitenciario, en cumplimiento del artículo 25.2 de la Constitución Española (1978) y la Ley Orgánica General Penitenciaria en su artículo 59 (SGIP, 1979). Estos objetivos trascienden el acto de la reclusión, brindando a la población reclusa el derecho a una formación integral que le permita contrarrestar las carencias que podría afectarle en la reinserción social, así como desarrollar sus potenciales (Añaños et al., 2019). Un proceso donde personas, grupos e instituciones se involucran en posibilitar las condiciones óptimas de preparación para la libertad y fomentar la participación activa en la sociedad (Villagra, 2008). Esto conlleva que las personas desarrollen la autonomía y las competencias a fin de tomar decisiones que les favorezcan, tanto a sí mismas como a los demás, al igual que poniendo en práctica las habilidades necesarias que les ayuden a desenvolverse eficazmente en los diferentes ámbitos de su vida (Gallizo, 2007).

Teoría de redes sociales y las redes personales

Las distintas formas de vinculación que establecen los seres humanos dieron lugar al surgimiento de la teoría de redes sociales. La red social se definió en su origen como: (…) un tercer campo social que no tiene unidades o fronteras, ni una coordinación organizada, los lazos de esta red no son fijos, nuevos lazos se pueden estar formando, mientras que otros se van rompiendo o dejándose en el congelador (Barnes, 1954, p. 43).

(…) un tercer campo social que no tiene unidades o fronteras, ni una coordinación organizada, los lazos de esta red no son fijos, nuevos lazos se pueden estar formando, mientras que otros se van rompiendo o dejándose en el congelador (Barnes, 1954, p. 43).

Con el paso de los años, la red social se ha convertido en una noción clave y compleja que trasciende las categorías tradicionales que han abordado la interacción social y los límites que imponen la pertenencia a grupos, instituciones, clases sociales, culturas, etc. Actualmente, la categoría de red es una metáfora de gran potencia teóricoepistemológica, explicativa y analítica (Barabási, 2002; Christakis & Fowler, 2010; Najmanovich, 2007; Wellman, 2000), asimismo cuenta con aplicaciones metodológicas en el campo de la intervención social (Dabas & Najmanovich, 2002; Fasano, 2010; Machín, 2016; Milanese et al., 2000; Packman, 2002).

Los humanos tienen entre sí diferentes tipos de redes (Molina & Maya, 2010). Este trabajo aborda las redes egocéntricas, también llamadas personales, cuyo centro es una persona (ego o nodo central) y las relaciones (lazos) que establecen con otras personas alterio nodos conectados- (Cachia, 2010). Desde la intervención social, una red personal se define como:

(…) un tejido relacional estable, pero en evolución constituido por nuestros familiares, amigos y conocidos amistosos, conexiones de trabajo y estudio, y relaciones resultantes de nuestra participación en organizaciones comunales formales e informales, incluidas religiosas, sociales, recreativas, políticas, vocacionales, de salud (…) Nuestra red social incluye, de hecho, a todos aquellos con quienes interactuamos y que nos distinguen (y, recíprocamente, distinguimos) de la multitud anónima (Sluzki, 2010, p. 2).

El estudio de las redes personales ha permitido conocer con quiénes se relacionan algunos colectivos específicos, por ejemplo, los/las drogodependientes/ as (Arranz, 2010) y los/las migrantes (Brandes et al., 2010); el tamaño o cantidad de personas involucradas (Fu, 2005); la tipología de intercambios relacionales y la existencia de la reciprocidad (Plickert et al., 2007); los efectos positivos/negativos de las relaciones en su salud (Ávila, 2012; Eckhard, 2018; Visentini et al., 2018), la configuración del apoyo (García-Vita, 2013; Drouhot, 2017), determinar las redes subjetivas de amistad (Milanese, 2018) e identificar la dotación del capital social con el que la persona cuenta (Pena & Sánchez, 2017).

Redes personales de las mujeres en prisión

Sobre las mujeres privadas de libertad se han realizado investigaciones que muestran la relevancia del análisis de sus redes. En este marco, destacan dos conceptos asociados al objetivo de este estudio: el género y la temporalidad.

En cuanto al género, se identificó una configuración distinta de las redes personales de mujeres y de hombres (De Grande, 2015; Palchykov et al., 2012; Pinker, 2015; Szell & Thurner, 2013), la que también se refleja en la población reclusa masculina y femenina. Por ejemplo, en prisión, las redes de las internas tienen muy pocos vínculos significativos -padecen soledad y aislamiento- (Fernández et al., 2008) y, en los hombres se mantienen con la misma cantidad de lazos cercanos (Codd, 2008). Otras diferencias donde hay mayor probabilidad de riesgo son: los hombres como parejas/maridos tienden a abandonarlas, no se ocupan adecuadamente de los/as hijos/as o pueden influir en la reincidencia; en cambio las mujeres cuando son parejas/esposas suelen mantenerse al lado apoyando, mayormente asumen la responsabilidad de la crianza de los/as hijos/as y favorecen su reinserción (Codd, 2008; Fernández et al., 2008). También, en los hombres, las relaciones personales (familiares, parejas o amistades) no siempre les llevan a delinquir; en tanto que, en las mujeres pueden propiciar el involucramiento en actos criminales (Covington, 2003; Manjoo, 2013; O´Brien, 2001).

Respecto a la temporalidad, se observa que las redes personales presentan cambios significativos a través del tiempo. Esto se debe a los diferentes contextos sociales donde se desenvuelven las personas en distintos momentos de su vida, por las etapas de desarrollo o por eventos drásticos inesperados -muerte, accidentes- (Bidart & Lavenu, 2005; Wrzus et al., 2013) y, en el caso de la población reclusa, el ingreso a prisión (Volker et al., 2016). Al examinar las redes de las mujeres presas se evidencia que sus redes personales no son las mismas antes de prisión, durante prisión y en semilibertad (Bui & Morash, 2010) y se ha comparado algunos de sus vínculos (madre, padre, pareja, hijos) en cada etapa (Atkin & Armstrong, 2018). Según Levenrentz (2006) las relaciones sociales de las mujeres que han estado en prisión deben de verse como procesos dinámicos y no estáticos que, al mismo tiempo, son inestables:

(…) una sola relación puede llevar a la mujer a reincidir o a no hacerlo dependiendo del momento en que se analice (…) para que los lazos sociales disuadan a las infractoras, deben ser fuertes, una característica que emerge en el tiempo (Leverentz, 2006, p. 484).

En las ciencias del comportamiento, y concretamente de la criminología, los factores de riesgo son aquellos rasgos de la personalidad o del entorno que incrementan la probabilidad de que se manifieste una conducta antisocial (violencia, delincuencia), no son causales y actúan en conjunto (Farrington et al., 2016). Desde estas disciplinas se han identificado tres clases de factores de riesgo asociados a los problemas de conducta: los individuales, los familiares y los ambientales/contextuales (Justicia et al., 2006; Sanabria & Uribe, 2010; Webster & Taylor, 2001). Siguiendo estos autores los factores que se asocian a la red social son: pocas relaciones o aislamiento, pocas habilidades sociales, conflicto familiar agudo, bajo nivel de apoyo emocional, grupos de pares con problemas de conducta antisocial y rechazo a convivir con pares normalizados.

Por su parte, los factores de protección pueden ser de dos tipos, los directos, que son los rasgos de la persona o del entorno que disminuyen la probabilidad de que se manifiesten problemas de conducta y, los amortiguadores, que son los que disminuyen la intensidad de los problemas de conducta que puedan presentarse (Durrant, 2017; Lösel & Farrington, 2012). Los factores de protección que destacan son la familia, las amistades, la escuela y la comunidad de residencia como entornos positivos y seguros; así como algunas características psicológicas de la personalidad como el IQ -inteligencia-, capacidades de autorregulación positiva y actitudes prosociales (Durrant, 2017). La resiliencia es otro factor de protección relevante en el ámbito individual (Lösel & Farrington, 2012) y, en los procesos socioeducativos relacionales y contextuales (Ruiz et al., 2017).

Etapa 1: redes antes de entrar a prisión

De acuerdo con O´Brien (2001) los vínculos de las mujeres antes de prisión pueden constituirse en factores de riesgo para los procesos de cumplimiento de condena, de preparación para la libertad y de reinserción social. Esto se debe, fundamentalmente, a que las mujeres antes de prisión arrastran las secuelas de una exclusión primaria, caracterizada por múltiples desventajas sociales, culturales, educativas, económicas, etc. (Añaños-Bedriñana, 2012); su infancia y juventud transcurren en entornos familiares y comunitarios inseguros (Melendro, 2017) impregnados de pobreza, violencia y adicción (Dehart, 2008) y con bajas expectativas educativas y laborales formales (Añaños-Bedriñana, 2013; Yagüe, 2007), de modo que sus vínculos personales se erigen en un conjunto de elementos de riesgo.

Relaciones que implican violencia

Las mujeres reclusas han padecido algún tipo de violencia (sexual, física y psicológica) durante su infancia, juventud o adultez (Acale, 2017; Covington, 2003; Dehart, 2008; Loinaz, 2016; Yagüe, 2007).

En la Tabla 1 se observa que, entre el 60 % y 90 % de mujeres en distintos países han sido violentadas. Este abuso ha ocurrido de manera eventual o sistemática en los entornos familiares y domésticos, ocasionado por los padres u otros familiares cercanos y principalmente por la pareja. En estos casos, los vínculos próximos pueden convertirse en factores de riesgo para que las mujeres desde niñas y adolescentes estén expuestas a situaciones de mayor vulnerabilidad social, entre ellas, el consumo de sustancias, la prostitución y las enfermedades mentales (Bui & Morash, 2010; Dehart, 2008; Yagüe, 2007).

Tabla 1 Cifras de violencia y maltrato antes de entrar a prisión 

Fuente: elaboración propia.

La mayoría de las mujeres reclusas (57,1 %) tienen una percepción de su ámbito familiar como negativo y violento en su infancia y juventud, describiendo estas etapas como no agradables y con muchas dificultades, principalmente de maltrato y consumo de drogas (Melendro, 2017). Asimismo, el 60,6 % de las mujeres fueron adictas a drogas antes de entrar a prisión (Añaños-Bedriñana, 2017a), lo cual ha contribuido a una situación y exposición para ser objeto de mayor riesgo.

Relaciones con consecuencias delictivas

Existe una relación entre los altos porcentajes de violencia/abuso/maltrato y los altos porcentajes de homicidios hacia parejas sentimentales cometidos por las mujeres, después de una sistemática exposición y sometimiento a distintos tipos de violencia (Covington, 2003; Loinaz, 2016; Loinaz & Andrés Pueyo, 2017). En esa línea Dehart (2008) habla de que la polivictimización de las mujeres es un caldo de cultivo para desarrollar carreras criminales. En el 60,7 % de las mujeres en prisión el maltrato se relacionó directamente con el aumento de agresividad hacia la persona agresora (Fontanil et al., 2013).

En otro estudio, el 16,49 % de niños maltratados y el 16,64 % de niñas maltratadas cometieron delitos violentos verificables en su adolescencia y adultez por los que fueron condenados/as a prisión (Topitzes et al., 2012). Un dato evidenciado en una investigación nacional española con mujeres en prisión, de acuerdo con Añaños-Bedriñana et al. (2019), es que existe una asociación significativa entre las mujeres que siendo menores han tenido medidas judiciales y las que han denunciado maltratos hacia ellas (chi-cuadrado, p = 0,0085, con una probabilidad de 1,83 veces superior).

De acuerdo con el informe de Naciones Unidas (Manjoo, 2013), una investigación del Departamento de Servicios Correccionales de Nueva York en 2007 reveló que el 67 % de las mujeres que cometieron homicidio asesinó a la persona que había abusado de ellas, y otro estudio mostró que el 66 % de las mujeres actuaron en defensa propia ante personas agresoras cercanas (Gondolf, 1998). Ambos estudios tienen cifras similares a las de Canadá, Australia y Sudáfrica, mientras que en países de Asia la cifra se eleva al 70 %.

Relaciones de complicidad y coerción de pareja o familia

También, existen mujeres que establecen vínculos mediados por la presión o fuerza ejercida para la comisión del acto delictivo (coerción) o por la complicidad.

La coerción se da cuando las mujeres son obligadas o forzadas en su voluntad o conducta, por parte de sus maridos, novios o amigos, llegando hasta la coacción donde hay amenazas o violencia (explícitas/ implícitas), para cometer o ser cómplices de delitos (Codd, 2008; Manjoo, 2013). Estos procesos toman varias formas, por ejemplo, algunas mujeres optan por proteger a parejas/hijos/as, asumiendo la condena sin haber cometido delito o con una participación mínima, ya sea por autosacrificio o por razones económicas (Acale, 2017), o mediadas por la coerción o coacción. Asimismo, hay mujeres que son seducidas/ inducidas por las mafias del narcotráfico a cambio de resolver sus precarias situaciones económicas o, por el contrario, son partícipes con el fin de mejorar su calidad o estilo de vida (Almeda et al., 2012; Añaños Bedriñana, 2010).

Otra cuestión, es la influencia del entorno familiar o de la pareja que ha estado o está en prisión, que puede generar un contexto favorable en la concepción del delito e inducir la comisión. Así en el 50,6 % de las mujeres reclusas en las prisiones españolas se da esta situación, siendo en su mayoría las parejas (52,9 %) quienes cuentan con este historial, seguida de los/as hermanos/as (8,9 %) y del padre (7,4 %) (Melendro, 2017).

Relaciones que apoyan y su ausencia

Antes de entrar en prisión, según Maidment (2006), menos de la mitad de las mujeres cuenta con relaciones de apoyo familiares; sin embargo, García Vita (2017a) indica en un estudio nacional español que, el 66,7 % recibió apoyo, principalmente de sus madres, el 50 % de sus hermanos y el 47 % de sus hermanas; el 42,2 % de sus padres y; en el caso de las amistades, el 52,6 % indica que son amigas y en menor proporción los amigos (46,8 %). Es significativo tener estos datos, ya que dichas relaciones pueden ser un factor de protección en las siguientes etapas: durante prisión y semilibertad.

No obstante, siguiendo a la última autora, habrá que considerar a la otra parte (44,3 %) que no expresó contar con dichos apoyos familiares y amistosos y, el 6,7 % manifestó no tener ninguna relación de apoyo en su vida antes de prisión. Por su parte, la ausencia o pérdida de las redes importantes pueden tener un impacto negativo y convertirse en factores de riesgo trascendentales como detonadores de las actividades delictivas, por ejemplo, la muerte de la madre o el padre (Bui & Morash, 2010).

Etapa 2: redes durante la estancia en prisión

La prisión es un tipo de institución total “organizado para proteger a la comunidad contra quienes constituyen intencionalmente un peligro para ella, no se propone como finalidad inmediata el bienestar de los reclusos” (Goffman, 2001, p. 18), en el que además los/as reclusos/as se hallan aislados/as durante el tiempo de condena y donde comparten rutinas bajo el control de la administración penitenciaria.

El entorno carcelario se regula con reglas estrictas, horarios y formas de interacción prescritas, se trata de un dispositivo fabricado ex profeso para imponer disciplina (Foucault, 2001). En España la vida en prisión está reglamentada en el denominado Régimen Penitenciario, que agrupa un conjunto de normas o medidas orientadas a la consecución de una convivencia ordenada y pacífica, a fin de permitir alcanzar el ambiente adecuado para el éxito del tratamiento y la retención y custodia de los/as reclusos/as (SGIP, 1996).

“La prisión es de hecho un desarraigo del sujeto de sus condiciones vitales: sociales y subjetivas” (Lagarde, 2011, p. 673). La privación de la libertad impone una fractura en las formas cotidianas de relacionarse, conlleva efectivamente un corte en los lazos que las personas tienen con la sociedad (Bales & Mears, 2008). Dichas fracturas refieren a los vínculos de pareja, al ejercicio de la maternidad en etapas clave de desarrollo, así como al resto de sus relaciones sociales en el caso de las mujeres, quienes experimentan gran culpabilidad y angustia (Yagüe, 2007).

A pesar de las circunstancias que impone la vida en prisión, la población reclusa tiene derecho a tener contacto con familiares, pareja, amigos/ as, profesionales que les defiendan y demás personas mediante llamadas telefónicas, cartas y visitas, conforme a lo establecido por las normas internacionales dictadas en las Reglas Nelson Mandela (2015) y las Reglas de Bangkok (2011) de las Naciones Unidas. Además de ello, de forma inevitable al interior de prisión se establecen relaciones entre las internas y con otras personas. Así, se distinguen dos ámbitos de relación: con personas del exterior y con personas del interior de la prisión (García & Gutiérrez, 2012), (Ver tabla 2).

Tabla 2 Red interna y externa en prisión 

Fuente: elaboración propia.

Relaciones de las mujeres reclusas al interior de la prisión (red interna)

La red personal interna está conformada por los vínculos que las mujeres reclusas establecen con las personas con las que conviven diariamente dentro de la prisión. En los centros penitenciarios (CP) solo femeninos la mayoría de sus relaciones son entre mujeres internas y con mujeres del personal penitenciario (Yagüe, 2007), pero si están en prisiones masculinas, aunque haya módulos exclusivos para mujeres, pueden compartir ciertos espacios comunes con los hombres internos (García & Gutiérrez, 2012), especialmente en el desarrollo de programas de intervención o tratamiento y de acuerdo con una normativa sobre la interacción de ambos.

Los autores/as citados en la Tabla 3 señalan que existen factores que pueden perjudicar o ayudar a las mujeres en los procesos de tratamiento o reinserción. Los factores de riesgo hacen referencia a contextos en los que las relaciones pueden carecer de las condiciones necesarias para una sana convivencia, espacios donde impera la inestabilidad, el hacinamiento y la disciplina basada en el castigo, así como las características de las relaciones que generan un ambiente tenso y adverso, como la rivalidad, competitividad, desconfianza, indiferencia, desatención o maltrato, entre otras. Y, por otro lado, los factores de protección pueden ser los programas y las actividades educativas, recreativas y de capacitación, o los espacios comunes en los que la convivencia se regula a partir de los denominados beneficios penitenciarios; así como relaciones que se caracterizan por ser cooperativas, solidarias, de atención, de intercambio y apoyo.

Tabla 3 Factores de riesgo y protección de la red interna 

Fuente: elaboración propia.

Relaciones de las mujeres reclusas con el exterior de la prisión (red externa)

Mantener contacto con personas externas a la prisión puede traer importantes beneficios a los/as reclusos/as, entre ellos, la influencia en el éxito de sus procesos de reinserción, así como en la prevención de la reincidencia (Añaños-Bedriñana, 2017b; Bales & Mears, 2008; Clone & Dehart, 2014; Cobbina et al., 2012; Cochran, 2014; García-Vita, 2017b; King et al., 2005). No obstante, también habrá que considerar los riesgos de algunos tipos de relación y de situaciones que se les presentan a las mujeres para su adaptación durante su estancia en prisión y en su futura reinserción.

De acuerdo con la Tabla 4, los factores de riesgo son los contextos que impiden o limitan a las mujeres poder mantener las relaciones con su red externa, como los CP lejanos a las ciudades o los traslados constantes de un centro a otro; las situaciones particulares como ser extranjera, tener un perfil de adicción AA o PMM; estigmas del entorno que dificultan tener relaciones de apoyo; también, el mantener relación con los/as hijos/as o su ruptura drástica puede repercutir negativamente en el terreno emocional y de adaptación, así como les puede afectar negativamente el rompimiento con la pareja o mantener vínculos con parejas/familiares/ amistades involucrados/as en la droga o delincuencia.

Tabla 4 Factores de riesgo y protección de la red interna 

Fuente: elaboración propia.

Por su parte, los factores de protección que tendrán repercusiones favorables durante su estancia en prisión son: el estar y mantenerse en CP cercanos a su red externa, gozar de beneficios que les permitan tener mayor contacto con el exterior, romper relaciones antiguas para evitar recaer/reincidir y establecer nuevas relaciones, recuperar o mantener relaciones de apoyo emocional, económico y legal.

Etapa 3: redes en procesos de semilibertad

La semilibertad es una forma de nombrar a la última fase del cumplimiento de condena que, en España, se conoce como Régimen Abierto, al permitir que las/os internas/os salgan y se desenvuelvan en un medio en el que las medidas de seguridad son flexibles. Se trata de “una mezcla equilibrada entre el internamiento y la libertad vigilada” (Leganés, 2013, p. 176). Es la tercera etapa de la pena privativa de libertad que corresponde al denominado Tercer Grado de la clasificación penitenciaria establecido en el título IV, capítulo II, artículo 100 de la SGIP (1996), siempre y cuando los/as internos/as cumplan el requisito estipulado en el artículo 102.4. La normativa se sitúa en el título III, capítulo III del Reglamento Penitenciario y en su artículo 83 se establece que tiene la finalidad de: “Potenciar las capacidades de inserción social positiva que presentan los penados clasificados en tercer grado, realizando las tareas de apoyo y de asesoramiento y la cooperación necesaria para favorecer su incorporación progresiva al medio social” (SGIP, 1996, p. 37). Por lo tanto, es una fase transitoria en la que los/as internos/as tienen la posibilidad de autogestionar su preparación para la vida en libertad, al mismo tiempo que cuentan con el acompañamiento profesional para ello en un medio abierto.

Los/as reclusos/as al encontrarse en esta fase, que va del encierro total a la reincorporación paulatina al exterior, muestran modificaciones significativas en sus redes personales (Volker et al., 2016).

En el caso de las mujeres en semilibertad, la literatura científica da cuenta de los cambios significativos observados en la conformación de sus redes personales. Por ejemplo, al analizar el tamaño de la red personal en esta fase se encontró que las mujeres con mayor nivel educativo, las que tenían mayores ingresos y las mujeres que se encontraban participando en programas comunitarios de superación personal tenían redes más amplias, de 15 a 20 integrantes en su red. En cambio, las mujeres con bajo nivel educativo, con menores ingresos y las más jóvenes, tenían una red significativamente más pequeña, con menor cantidad de integrantes (Reisig, 2002). Otro cambio observable son los tipos de integrantes de sus redes personales, ya que antes y durante el tiempo de su estancia en prisión eran solo hijos/as, pareja, familiares y amigos/as y, en semilibertad se suman compañeros/as de grupos de autoayuda, excompañeras de prisión, personal penitenciario, profesionales, voluntarios, religiosos/as y compañeros/as de nuevos empleos.

La Tabla 5 refleja dos tendencias, primera, los factores de riesgo señalados aluden a que, parte de las mujeres en el tránsito a la libertad no cuenta con una red segura, puesto que cuando regresan a sus vecindarios/comunidades/barrios están expuestas a situaciones de alto riesgo, al retomar las relaciones con familiares y amistades que siguen delinquiendo o consumiendo drogas. Cabe destacar que existen mujeres que al salir mantienen las relaciones de abuso con parejas previas a prisión y algunas de ellas son parejas que también están o estuvieron en prisión; así también, ocurre que si tienen nuevas parejas vuelven a ser relaciones violentas (Berg & Cobbina, 2017; Coffey & Elizabeth, 2011).

Tabla 5 Factores de riesgo y protección de la red interna 

Fuente: elaboración propia.

Segunda, los factores de protección que se observan son: redes personales más amplias respecto a la etapa anterior a prisión, más relaciones prosociales y menos relaciones criminales; además, se tiende a evitar la relación romántica o con parejas abusivas o violentas. En esta fase se da una influencia notablemente positiva de parte del personal de prisión, los profesionales y voluntarios de las organizaciones religiosas y civiles (Bui & Morash, 2010;Leverentz, 2006). Uno de los factores clave de protección en semilibertad que influye en el éxito de la reinserción de las mujeres es la conformación y mantenimiento de nuevas redes personales, las cuales dan lugar al acceso de más recursos materiales y emocionales, mejoran la calidad de vida y previenen la reincidencia (Berg & Huebner, 2011; Bui & Morash, 2010; Cochran, 2014; Collica-Cox, 2018; Maidment, 2006; O´Brien, 2001).

Otra cuestión importante es identificar a las personas prosociales que están presentes en sus redes personales y los tipos de apoyos que les pueden brindar durante su estancia en prisión, pero especialmente cuando están en semilibertad (Wright et al., 2012).

Reflexiones finales

El presente trabajo evidencia la importancia de las redes personales como elementos esenciales de la socialización del ser humano. Los contextos y características de las relaciones que hombres y mujeres establecen con familiares, amistades y otras personas significativas, pueden constituirse, según los casos, en factores de riesgo o protección que inciden en sus comportamientos y situaciones.

El análisis realizado muestra que las redes personales de las mujeres reclusas influyen en el devenir de las historias delictivas que las llevan a prisión, teniendo en cuenta unas condiciones particulares, en función del género, las que se estudian en distintas etapas relacionadas con la prisión: antes de prisión, durante prisión y en semilibertad, como se indica a continuación.

La etapa previa a prisión se caracteriza, por un lado, por una inminente presencia de vínculos de violencia, conflicto o coerción-coacción-complicidad que se establecen en sus entornos más inmediatos, como son la familia y la pareja y, por otro lado, las pocas de relaciones de apoyo o su total ausencia. Las relaciones personales se establecen en contextos prevalentemente permeados por desventajas sociales, educativas, económicas, culturales, etc., en los que se cuenta con limitados recursos para desarrollar trayectorias de vida normalizadas. Con lo cual, se observa mayor presencia de factores de riesgo y menos de protección que pueden incidir en el inicio de las carreras criminales.

Durante la estancia en prisión las redes personales de las mujeres se reestructuran, ya que tratan forzosa e involuntariamente con personas nuevas al interior de prisión, así como se modifica radicalmente el modo en que se relacionan con los miembros de la red externa, además de la limitación de estos contactos. Dentro de la cárcel se recrea un ambiente que puede suscitar dichos factores de riesgo o de protección, dependiendo del modelo de intervención tratamental que se establece y normativiza en cada país y centro, en los que pueden alternar o prevalecer enfoques más punitivos o preventivos de la convivencia.

La conexión con la red externa, pese a las dificultades propias e impuestas por el internamiento, puede favorecer la ruptura de relaciones conflictivas o entornos de riesgos o delictivos y, al mismo tiempo recuperar o fortalecer los vínculos emocionales y de apoyo con familiares y amistades. Sin embargo, la ruptura o distanciamiento de sus entornos familiares y sociales, especialmente de los/as hijos/as, influye negativamente en la evolución penitenciaria, al igual que la pervivencia de relaciones con personas que siguen en el mundo delictivo exterior. Existen algunas características como la condición de extranjeras, el uso de drogas y la identificación de reclusa, que dan lugar a la generación de estigmas, agudizando estos distanciamientos o rupturas.

En la fase de semilibertad, las redes personales de las mujeres son diferentes: principalmente en que ellas aumentan y fundan nuevas relaciones; asimismo, se rompen algunas de carácter delictivo o con parejas violentas, consideradas negativas para su reinserción. Los desafíos son enormes al regresar a los entornos de riesgo iniciales. Se trata de un lapso que las pone a prueba en sus tránsitos hacia un cambio de estilo de vida.

En los procesos de la intervención trata mental, durante el periodo de reclusión como en la excarcelación, habrá que considerar que, tanto las familias, las parejas y los entornos comunitarios están presentes e inciden en la reinserción social. Por lo tanto, esto tiene que ver con el desarrollo de los factores de protección personales (resiliencia, autoestima, autoconcepto, autonomía, empoderamiento, etc.) y sociales (educativos, laborales, culturales, relacionales, etc.) que permitan construir relaciones prosociales, con ellas mismas, el entorno y con los profesionales e instituciones que favorecen la reinserción social.

Por último, la revisión sistemática y el desarrollo de las investigaciones que abordan las redes personales de las mujeres permite ver la relevancia de conocer y analizar las mismas, a fin de contar con un estado de la cuestión sólido y fiable que brinde fundamentos para diseñar estrategias de intervención socioeducativas, al tiempo que dé respuestas a los objetivos de la reinserción social y la reeducación, de acuerdo con las características, necesidades e intereses específicos de las personas reclusas, desde una perspectiva de género, buscando mejorar la práctica en el sistema penitenciario y la sociedad en general.

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Para citar este artículo / To reference this article / Para citar este artigo: Rivera-López, M. & Añaños F. T. (2021). Redes personales como factores de riesgo y protección en mujeres privadas de libertad. Revista Criminalidad, 63(2), 17-32. https://doi.org/10.47741/17943108.314

Recibido: 30 de Agosto de 2019; Revisado: 01 de Julio de 2020; Aprobado: 06 de Julio de 2020

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