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Co-herencia

versão impressa ISSN 1794-5887

Co-herencia v.5 n.9 Medellín jul./dez. 2008

 

Giraldo, Jorge y Molina, Jerónimo (Eds., 2008) Carl Schmitt: Derecho, política y grandes espacios. Medellín, Sepremu – Fondo editorial Universidad Eafit, 207 pp.

 

Iván Orozco Abad

iorozco@uniandes.edu.co


1. Para mi es un honor comentar este que, según entiendo, es el primer libro colectivo que se publica en Colombia sobre la obra del autor alemán Carl Schmitt, titulado "Derecho, Política y Grandes Espacios", editado por Jorge Giraldo y Jerónimo Molina bajo los auspicios de la Sociedad de Estudios Políticos de la Región de Murcia y por la Universidad EAFIT.

2. Basta echar una mirada a la reseña de autores y a sus procedencias para constatar que, a pesar de que no es ésta una compilación excesivamente voluminosa, se trata sin embargo de una obra altamente plural en lo que atañe a las procedencias de los que escriben. Autores alemanes, españoles, italianos y colombianos con posturas e intereses temáticos muy diversos se juntan para disertar sobre la vida y obra del "Benito Cereno del derecho público europeo", como Schmitt mismo llegó a denominarse, apelando a una caracterización un tanto estilizada y victimizada de sí mismo. Los une la conciencia compartida de que nuestro autor se ha convertido ya, sin duda, en un "clásico". Condición esta que ha sido probada, de acuerdo con Molina, por "el desconocimiento y la algarabía bibliográfica" que desde hace ya varias décadas gravitan en torno suyo.

La paleta de los temas tratados es amplia:

1. Antonio Caracciolo y Jerónimo Molina se ocupan sobre todo de aspectos polémicos de la biografía, así como del impacto de la obra de Schmitt, con lo cual nos ofrecen elementos necesarios de contexto para el entendimiento de los escritos de un ensayista que creía que todo pensamiento fértil, incluido el suyo propio, es un pensamiento situado y polémico. Mientras Caracciolo reivindica a Schmitt a través del rescate contextual y erudito de una obra tenida por menor y hasta vergonzosa como fueron las "Posiciones y Conceptos en la Confrontación con Weimar –Ginebra- y Versalles", aparecidos por primera vez en 1940, Molina hace lo propio poniendo en ridículo la variopinta panoplia de sus detractores españoles.

2. Saul Echavarría, por su parte, acaso siguiendo la huella de helenistas schmittianos ilustres como Christian Maier, rastrea, de manera no sistemática pero sí muy ilustrativa, los antecedentes históricos remotos de conceptos tan fundamentales en la obra de Schmitt como son el enemigo y la guerra civil. Leyéndolo, tiene uno la impresión de que autores como Homero, Tucidides, Platón y Agustín, muchísimo más que buena parte de los pensadores contemporáneos de la seguridad, tan propensos a identificar riesgos y peligros abstractos y sin sujeto, tenían la voluntad de verdad que se requiere para encarar dichos asuntos.

3. De otro lado, Gunter Maschke indaga, con la erudición propia de un editor meticuloso y reverente pero capaz de distancia crítica, por los motivos teológicos, jurídicos y políticos del antiliberalismo Schmittiano; mientras Jorge Giraldo, en una perspectiva muy colombiana, de ciudadano y académico preocupado por la inhumanidad creciente de la guerra que hace ya más de cuatro décadas azota nuestro país, explora, sobre todo a partir de la teoría del partisano, los aportes de Schmitt a la adecuada conceptualización y el acotamiento de las llamadas nuevas guerras. La oposición entre Nomos y Norma, entre un derecho incardinado y un derecho abstracto y universal, le sirven de base a Giraldo, para recordarnos, en clave schmittiana, que tanto el cosmopolitismo marxista como el liberal, con sus lógicas criminalizantes, resultan altamente proclives al desencadenamiento de peligrosas enemistades absolutas. Parecería, según ello, que la Guerra Fría, como guerra civil planetaria, y aún las grandes guerras subsecuentes de la era Bush no han sido sino otros tantos análogos grotescos de las guerras civiles confesionales que en otro tiempo golpearon el orbe cristiano. Abolido el jus publicum europaeum, la premodernidad y la posmodernidad se miran la una a la otra en un juego de espejos.

4. Por último, en la Tercera Parte de Libro, la que tiene, sin lugar a dudas, mayor unidad temática, Alain de Benoist, Stephen Launay, José Toro y Carolina Ariza, estudian al Schmitt hasta hace poco tiempo más ignorado, el internacionalista, el gran representante de la primera escuela realista de las relaciones internacionales. El nomos telurizado de la tierra, con sus ya clásicas guerras inter-estatales, y su abandono a través de las guerras del mar y del aire, así como el asunto de los nuevos imperios, el de los llamados Grandes Espacios con sus potencias protectoras, y el de las Federaciones, como otras tantas respuestas posibles a la crisis terminal de los estados soberanos de la modernidad política en tiempos de acelerada globalización y de fragmentación, son aquí el foco de interés.

Se trata de ensayos muy dispares en lo que atañe a su orientación ideológica, a tamaño y a su densidad analítica, pero que en su conjunto logran reflejar el arco inmenso de las preocupaciones schmittianas, que en clave histórica se extienden desde los comienzos míticos hasta el fin apocalíptico de los tiempos, vale decir, desde el Génesis, cuando Caín asesina a su hermano Abel e inaugura con ello la historia de las guerras civiles y fratricidas, hasta los días, acaso todavía por venir, en que un liberalismo hegemónico y globalizante, que oculta la enemistad y la política bajo un lenguaje criminalizante y policivo, anuncia nuevas cruzadas sangrientas, desplegadas en nombre de la paz perpetua y de una abstracta Humanidad.

Dada la enorme diversidad de los temas tratados en ellos, no puedo abordar los ensayos que integran este libro con igual profundidad y detalle. Tampoco querría hacer una selección caprichosa de los mismos. Acaso ni lo uno ni lo otro llenarían las expectativas de quienes generosamente me invitaron a hacer esta presentación. Por eso, y en lo que atañe a la reseña de los textos, que baste lo dicho.

A diferencia de varios de los autores que en este libro se congregan, no he sido un estudioso sistemático de la obra de Carl Schmitt. Mi relación con ella ha sido acaso igual de intensa pero más utilitaria. La obra de Schmitt ha sido para mí, antes que nada, una "caja de herramientas". En contravía de lo advertido por Mashcke en el sentido de que la obra de Schmitt no puede ser, ni "desconcretizada" ni "deshistorizada" sin riesgo de peligrosas deformaciones, debo confesar que, casi siempre, desde mis tiempos de estudiante en Mannheim y Maguncia, me he acercado a ella, una y otra vez, o bien por el puro placer estético que me proporciona su prosa elegante y misteriosa, o en busca de instrumentos conceptuales y analíticos que me permitan entender y juzgar mejor el mundo y el país en que vivo. A diferencia de Mashcke, creo que precisamente porque las posiciones y conceptos de Schmitt están profundamente arraigados en las realidades políticas de su tiempo, su apropiación por parte de otros, habitantes de otro tiempo y de otros lugares, no puede ser sino libre y creativa.

Literalmente me topé con ella a mediados de los ochenta, sin buscarla, mientras deambulaba por los sótanos de la biblioteca de la facultad de derecho de la universidad de Mannheim, a la caza de autores y de escritos que me permitieran abordar en forma adecuada el tema de mi disertación: la historia jurídico-política de las guerras del siglo XIX colombiano. Repasando anaqueles con la mirada vertiginosa de los estudiantes desesperados, descubrí, en su edición de 1932, un ejemplar empolvado del "Concepto de lo Político". Así comenzó todo.

Entonces me hallaba en una crisis profunda de orientación académica. No sabía como continuar mi trabajo. Mi doctor- papá, a pesar de ser un hombre muy culto, no distinguía entre Colombia y Bolivia y por supuesto, no incluía –como casi nadie en la Alemania de los ochenta- la obra de Schmitt entre su lecturas canónicas. Pero ni Kelsen, ni Heller, ni Jellinek, y muchísimo menos los grandes constitucionalistas de la pujante y muy desnacificada República Federal de Alemania me decían nada relevante para el entendimiento del trópico decimonónico. Me sentía bruto y perdido. Pero después de dos meses encerrado en un apartamento en París leyendo sus obras y reflexionando a partir de ellas sobre los avatares y el sentido de nuestra historia política, regresé a Alemania, cambie de director de tesis, cambié de universidad, cambié de facultad, cambié de lugar de residencia, y -como los iluminados- , ya no me paré del escritorio hasta que acabe de escribir mi muy sufrida disertación.

¿Qué cosas entendí leyendo a Schmitt?

Me limito a enunciar algunas pocas ideas que han ocupado un lugar central en mi visión de la historia y en general, de la realidad jurídico-política colombiana.

1. Entendí, por ejemplo, que el liberalismo radical colombiano, a diferencia del continental europeo, no cumplió la función de ponerle límites a la arbitrariedad del Estado absolutista, sino más bien la de evitar la emergencia temprana y la de retardar la formación de un Estado central post-independentista republicano, de manera que pudo desplegar aquí, mucho más que en el viejo continente, todo su potencial anarquizante.

2. Entendí también que la Constitución de Rio Negro fue establecida como una especie de limbo entre un Estado Federal y una Confederación de estados, y que su artículo 93, mediante el cual se introdujo el derecho de gentes como criterio para la regulación de los conflictos internos, era la expresión de una peculiar dinámica de internacionalización del espacio político interior, en circunstancias de primado de la política –y la guerradoméstica. De manera análoga a como había operado en el concierto europeo, así también en la Colombia de mediados del s. XIX, el derecho clásico de los conflictos armados estuvo llamado a preservar el equilibrio inter-regional y a impedir el ascenso de poderes hegemónicos centralizantes.

3. Entendí que la llamada "guerra de los mil días", la cual devastó nuestro país durante el cambio del siglo XIX al XX, representó un dramático punto de quiebre en el proceso de formación del Estado central. A partir de la derrota de los ejércitos regulares del liberalismo, la guerrilla dejó de ser un dispositivo auxiliar de los ejércitos y con ello, una forma de combatir, para convertirse en una forma autónoma de hacer la guerra. Desde entonces y hasta el presente, la asimetría creciente de poder entre el Estado central y sus opositores armados internos hizo imposible en el ámbito interno, por lo menos en forma sostenida, la guerra regular.

4. Y ni que decir de lo útil que me resultó Schmitt para el entendimiento de los fenómenos de criminalización y descriminalización legal y moral del enemigo interior por parte de los legisladores extraordinarios y de excepción a través de la larga historia de las violencias colombianas.

La lista de mis deudas podría continuar. Mirado en perspectiva, acaso el mayor mérito de mi trabajo no consistió entonces sino en haberme encontrado comparativamente muy temprano con el pensamiento schmittiano y haberle sacado provecho para el entendimiento de las realidades de nuestro país.

A pesar de que siento profunda simpatía por los planteamientos del Profesor Launay en torno a una lectura ambivalente de Schmitt, como a la vez liberal y antiliberal, no comparto su juicio en el sentido de que habitamos "un tiempo de cultura antiliberal dominante". Creo, por el contrario, que el Liberalismo ha sabido cobrar con creses los réditos de haber salido vencedor en la Guerra Fría. En eso, a pesar del 11 de septiembre, sigue teniendo razón el señor Fukuyama. Pero precisamente por ello, creo también que está en lo cierto el Profesor Caracciolo, cuando afirma que la hostilidad de los odiadores de Schmitt se debe en buena medida a que su obra, acaso sobre todo por lo que tiene de antiliberal, "ofrece cánones de interpretación de la historia contemporánea bastante inquietantes". Y es que el nuevo Humanismo liberal suele exigir militancia, y no acepta la distancia crítica.

Como complemento a las cosas altamente inquietantes ya dichas o sugeridas por los autores del libro que aquí presento, quiero todavía traer a cuento, en versión personal, algunas de esos diagnósticos y fórmulas, en último término muy schmittianos, y que ofrecen miradas irreverentes y luminosas sobre temas peligrosamente oscurecidos por la sacralización y el alto consenso.

1. Hoy constituye un lugar común afirmar que, como ya lo pronosticara Schmitt en su famoso prólogo de 1963 a la edición de 1932 del "Concepto de lo Político", la era de gloria del Estado territorial soberano ha llegado a su fin. Debemos reconocer, sin embargo, que las categorías que lo fundaron siguen llevando una poderosa existencia inercial, a pesar de las profundas transformaciones políticas que ha traído consigo la globalización. Sigue teniendo razón Schmitt. Por lo menos en lo que atañe a ese tema enorme que es el de la seguridad, el gran paradigma del Estado y del derecho modernos no hay que buscarlo en el siglo XX sino en el siglo XVIII. Resulta dramático ver como, todavía hoy, en el ámbito internacional, doctrinas como la de la "seguridad-preventiva- global", agenciadas por las grandes potencias, pero sobre todo por los Estados Unidos, deben enfrentar la resistencia cerrada de buena parte de los estados del segundo y del tercer mundo, apuntalados para ello en las viejas figuras alrededor de las cuales se articuló la seguridad del Estado moderno temprano absolutista. Baste observar, en tal sentido, como en el seno de la OEA, América Latina, casi en pleno, se opuso recientemente, en nombre del viejo principio de la soberanía territorial, al operativo militar mediante el cual el ejército colombiano dio de baja a Raúl Reyes en territorio ecuatoriano. Y lo que es todavía más ilustrativo, aún la nuevas guerras desplegadas por las grandes potencias en nombre de la seguridad global, deben ser caracterizadas, en buena medida, mediante el colapso de las categorías policivo-punitivas y político-militares, alrededor de las cuales se articulaban el adentro y el afuera del derecho estado-céntrico de la modernidad estatal temprana.

2. Haciéndole honor al gran teórico de la Constitución que fue Schmitt me digo: han pasado casi veinte años desde cuando en el marco de la Constitución de 1991 se creó la Corte Constitucional. Es cierto que las primeras generaciones de jueces constitucionales nos dejaron como herencia, por lo menos en materia de orden público y de seguridad interior, una jurisprudencia dominantemente liberal. Podría suceder, sin embargo, que ahora, cuando las sucesivas reelecciones del Presidente de la república han desequilibrado a su favor el poder de nominación de los altos jueces, termine por tener razón Schmitt con su advertencia sobre el peligro de que las altas cortes, erigidas en guardianes de las constituciones, practiquen una verdadera "tiranía de los valores". Y es que en contextos de alta turbulencia política y de hegemonía de valores conservadores, las modernas jurisprudencias de ponderación pueden conducir, sin duda, a la estabilización dogmática de modelos que establecen el primado del derecho a la seguridad sobre el derecho a la libertad.

3. Y ahora que el asunto tan de moda de la "Justicia Transicional" ha puesto sobre el tapete el debate sobre las funciones de la pena cabe observar: El derecho penal contemporáneo suele rendirle tributo a Durkheim a través del concepto de la "prevención general positiva", según el cual, el castigo del delincuente cumple, entre otras, la función de permitirle al derecho afirmar la comunidad de valores negada mediante el delito y en último termino, le permite también a los buenos reconocerse como esencialmente distintos de los malos. A través de Schmitt y de su acendrado catolicismo, entendemos, por el contrario, que el pecado original simboliza una naturaleza degradada compartida por todos los seres humanos y con ello, una cercanía profunda entre los buenos y los malos, cercanía sin cuya conciencia, el castigo de los malos se convierte en un peligroso ejercicio de "chivo expiatorio".

4. Y por último, es cierto que Schmitt reservó lo mejor de su liberalismo aristocratizante para representarse los escenarios de terminación negociada de las guerras inter-estatales y fue en cambio muy duro en el tratamiento doméstico de la delincuencia política. Cabe pensar, sin embargo, que, a contrapelo de las convicciones schmittianas, pero haciendo un uso razonable de sus conceptos, en contextos como el colombiano, de primado de la política –y de la guerra- interior, todavía puede resultar provechoso, de cara a una paz negociada, apelar a viejas figuras como la del tratamiento privilegiado del delincuente político. Y es que también esta figura implica -como la del pecado original pero esta vez en clave liberal- la postulación de una humanidad compartida entre delincuente político y los ciudadanos de bien, y con ello, una suerte de acercamiento empático entre los partidos armados y una fuerte relativización de la enemistad.

Carl Schmitt fue, ciertamente, un hombre profundamente comprometido con las realidades políticas de su atormentada patria y de su tiempo. Pero precisamente por ello, como sólo sucede con los clásicos, las resonancias de su obra se han seguido escuchando y recreando en lugares y tiempos muy distintos del suyo. La obra que aquí presentamos es un claro ejemplo de ello. ¡Los invito a leerla!