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Co-herencia

Print version ISSN 1794-5887

Co-herencia vol.14 no.26 Medellín Jan./June 2017

https://doi.org/10.17230/co-herencia.14.26.1 

Transcripción

Cerbeleón Pinzón y la Paz Pública *

Cerbeleón Pinzón and the Public Peace

Patricia Cardona Z** 

Carolina Céspedes*** 

1Doctora en Historia y profesora del Departamento de Humanidades de la Universidad EAFIT, Colombia, azuluaga@eafit.edu.co.

2Estudiante de la Maestría en Estudios Humanísticos de la Universidad EAFIT, Colombia, ccesped3@eafit.edu.co


El pasado siempre depara sorpresas al presente, y aunque estemos lejos de la vieja fórmula de la historia como magistra vitae, es indudable que el conocimiento histórico nos ayuda a conocer nuestro presente y, sobre todo, a comprenderlo mejor. El conocimiento histórico no está, como podría creerse, inscrito en el tiempo pretérito, antes bien, nuestro interés por el pasado está unido a los problemas del presente. En consecuencia, las cuestiones que estudian los historiadores mantienen una relación inherente con asuntos relevantes para la época en la que aquéllos se ubican. El presente provee las preguntas, las teorías y las metodologías para encontrar en el pasado algunos elementos que ayuden a comprender no solo cómo se ha configurado, sino también su devenir. Es probable, entonces, que después de la firma de los tratados de paz, nuestra sociedad se vea abocada a volver sus ojos al pasado para estudiar cómo se definió aquella noción y cuáles fueron sus mecanismos de implementación, así como las consideraciones teóricas y prácticas que ayudaron a temperar los ánimos durante algunos periodos de nuestro convulso siglo xix.

El discurso Sobre la Paz Pública, escrito por el abogado y publicista2 Cerbeleón Pinzón (1813-1870), aspiraba a resaltar los atributos favorables de la paz para el fortalecimiento del Estado y sus instituciones republicanas y para el goce de las riquezas naturales con que la providencia dotara los territorios patrios. El contexto no podía estar más caldeado; este documento es el producto de varios años de reflexiones alrededor de la paz, fraguadas bajo el azote y la incertidumbre de las guerras civiles, que acompañaron la construcción del Estado y la definición de la Nación.

El fragmento del documento que presentamos a los lectores responde a la necesidad de comprender, a través del pasado, las experiencias vividas y sentidas en relación con la paz y los beneficios sociales y políticos que se derivan de su implementación. Sin embargo, la preocupación por las víctimas o la enunciación de medidas tendientes a su tratamiento solo se hallan en un corto pero expresivo párrafo en el que se rescata, sobre todo, la “humanidad” de quienes han sufrido la guerra, “cuya suerte debe interesarnos aunque no los conozcamos, sean de la tez que fueren, tengan las creencias que tuvieren, opinen en lo político como opinaren; en fin, sirvan o no sirvan para algo en la sociedad” (Pinzón , 1864a, p. 34).

En el momento de la publicación del documento (1864), el país apenas se reponía de la cruenta guerra civil de 1860-1861, que había apabullado a las fuerzas conservadoras, lideradas por el entonces presidente Mariano Ospina Rodríguez (1805-1885), mientras los liberales radicales triunfantes se hacían con el poder y daban forma a su proyecto político por medio de la Constitución de 1863. Esa carta promulgaba un Estado federado, compuesto, a su vez, por nueve estados soberanos, regidos por un poder central con una función más unificadora que propiamente gubernativa. Además, implementaba una serie de libertades, como la de credo, la de conciencia, la de imprenta, la de armas, la de comercio, que parecían incomprensibles para gran parte de la sociedad de la época. Parte de los conservadores se opusieron a la Constitución de 1863 por considerar que atentaba contra la preeminencia de la iglesia católica y la formación cristiana de la república, único camino posible hacia la estabilidad política, la corrección moral y salvación de la sociedad en su conjunto. Esa animadversión constituía una premonición tanto de la fragilidad de la paz como de la inminencia de la guerra, a la cual se recurría para consolidar diversos proyectos políticos, imponer modelos ideológicos, configurar el Estado y promover la república.

En atención a las tensiones desatadas por la guerra y definitivamente no resueltas con la mencionada Carta constitucional, Pinzón dedicó parte de su labor académica e intelectual a “la causa de la paz pública, a la causa del pueblo, a la verdadera democracia” (1863a, pp. 1-2). Su celo civilista emergió tempranamente en la república: como miembro de la primera generación de republicanos, se formó como abogado en el Colegio de Vélez (Santander), donde fue profesor en 1839 y desde donde inició su carrera jurisprudencial y política como profesor, divulgador, publicista y funcionario estatal.

Cerbeleón Pinzón ocupó varios cargos públicos, entre ellos: secretario de Relaciones Exteriores en 1849 (Gaceta Oficial de la Nueva Granada, 1849, p. 164) y responsable, ese mismo año, de la Secretaría de la Legación de la Nueva Granada en Washington, secretario de Gobierno y Guerra durante la presidencia de Manuel María Mallarino (1855-1856), nuevamente secretario de Relaciones Exteriores en los Gobiernos de José María Obando (1853-1854) y José María Obaldía (1855) (Camacho Pico, 2009, p. 14), administrador de aduanas en Santa Marta (1859) (Gaceta Oficial de la Confederación Granadina, 1860, p. 199), y magistrado y presidente de la Corte Suprema (1863).

Publicista, catedrático y divulgador

A raíz de su magisterio al frente de la cátedra de Derecho Constitucional, Cerbeleón escribió un texto de divulgación, una adaptación pensada para los condiciones de la república. En la entonces Nueva Granada, las tratados de Benjamin Constant y Alberto Fritot usados en la formación no eran adaptables, según Pinzón, por “la notoria desconformidad que reina entre el fondo de su sistema, esencialmente monárquico”, por lo tanto, sus inquietudes podían ser muy importantes, pero “en la Nueva Granada no presentan interés alguno” (1839, s. p).3 De esa época datan su afán académico y pedagógico por adecuar los conocimientos de los teóricos a las condiciones políticas del país y su celo en procura de formar a la juventud neogranadina. De hecho, en la segunda edición de la citada obra, publicada en la Imprenta del Neogranadino en 1852, afirmó: “en [esta juventud] siempre he visto afincada las más halagüeñas esperanzas de nuestro porvenir” (1859, s. p.).

En 1840 Pinzón compuso Filosofía moral, libro con el que quería contribuir a la “creación de costumbres y formación de ciudadanos”, acordes con las condiciones políticas de la república, esto es, la extensión de los derechos individuales y la consolidación de un sistema de gobierno soberano y autónomo, regido por la Constitución política y la expansión de las libertades en una sociedad formada por hombres racionales, capaces de someter sus pasiones al yugo de la razón. El ideal era sentar las bases de una sociedad conformada por hombres “que jamás se levanten contra la constitución, ni contra las leyes, ni contra los gobernantes” (Pinzón, 1840, p. iii).

Según José María Samper (1828-1888), en 1845 en la Universidad Central de Bogotá, Cerbeleón Pinzón era catedrático de economía política, “clase que hacía con incomparable modestia y dulzura” (1879, p. 342). Bajo la sombra de Pinzón se formó buena parte del liberalismo radical que habría de dirigir los destinos del país con la Constitución de 1863. Pinzón apareció en 1849 al lado del abogado José Antonio de Plaza (1809-1854) como uno de los evaluadores de la Colección del Coronel Anselmo Pineda (1805-1888), uno de los acervos documentales más importantes del siglo xix, cuya compra se intentaba negociar entonces entre el mencionado Coronel y el gobierno de la Nueva Granada (Cfr. Cardona, 2013). La elección de Pinzón no dejaba lugar a dudas, pues su afición al estudio y su reputación como hombre prominente y letrado reconocido hacían de él un sujeto idóneo para estimar el valor de la colección. Sin embargo, el aprecio por el valor histórico de los documentos acopiados por Pineda llevó a de Plaza y a Pinzón a concluir que “es imposible valorarla equitativamente en dinero”, ya que además de los documentos, ella encarnaba “un servicio al que nosotros no nos atrevemos a poner precio” (Pinzón y Plaza de, 1849, p. 5).

Además de su prestancia en la administración pública, quienes lo conocieron destacaron su personalidad conciliadora, su defensa permanente de las instituciones y su talante civilista y republicano. Fue también “docto y elegante publicista” (Samper, 1879, p. 346), en una época en la que este título se definía por la posesión de profundos conocimientos sobre el derecho público y las estrategias orales, escritas e impresas implementadas para su divulgación entre la sociedad. En este mismo sentido, José María Samper afirmaba que se debía a Pinzón más que a nadie “la vulgarización en Colombia de los principios sobre los que reposa el derecho público de los pueblos libres” (1879, p. 346), tarea que empezó con la composición del Tratado de Ciencia Constitucional en 1839, del que ya hablamos al principio de este texto, y que siguió en 1847 con la publicación de sus Principios sobre Administración pública.

Fruto de su experiencia como publicista de los principios republicanos y cívicos a través de los libros mencionados, fue comisionado por el presidente Manuel Murillo en 1863 para escribir el Catecismo republicano, un pequeño libro destinado a enseñar la historia patria y los principios del republicanismo a los cuerpos de guardia colombiana y, por extensión, a un público poco habituado y aún menos habilidoso en la lectura y la escritura. En vista de ello, el libro se caracterizaba por su “sencillez y claridad, [pues no tenía] nada de ampuloso o altisonante en el lenguaje” (Pinzón, 1864b, p. 3), estrategias editoriales que pudieron haber facilitado su apropiación, pues sus contenidos podían circular no solo a través de la lectura directa, sino también mediante la lectura colectiva y la memorización de cada una de las sentencias aleccionadoras que conformaban el Catecismo.

En efecto, este era un texto básico, con nombres y fechas que reverenciaban la grandeza de la patria e insuflaban en sus lectores u oyentes el amor absoluto por la tierra en la que vivían, el deseo fervoroso de defender su libertad y soberanía y la convicción de que el sacrificio de la vida misma era un tributo que merecía la defensa de la Patria. El contexto no podía ser más álgido, la primera edición del Catecismo fue publicada en 1864, un año después de expedida la

Constitución de 1863, momento en el que todavía las fuerzas opositoras, principalmente conservadoras, se enfrentaban a los principios liberales, especialmente a la separación Iglesia - Estado, a la secularización social y de las instituciones, al sistema federal y a la intención de supeditar la Iglesia al control del Estado. El Catecismo, entonces, buscaba aclimatar los ánimos y promover, sobre todas las cosas, la defensa de la Carta constitucional, del federalismo como sistema que supone “la paz y el orden” (1864b, p. 58), de la república como ámbito de libertades políticas y responsabilidades cívicas y de la paz pública como vía segura para la conservación de las instituciones, el progreso y la civilización.

Puede decirse que una lectura contrastada del Catecismo republicano y el discurso Sobre la Paz Pública los muestra como textos interdependientes, pues mientras el primero pretendía sembrar los valores propios de una sociedad republicana, patriótica y civilista, inculcando entre los jóvenes aprendices colombianos la importancia de la paz para el mejoramiento general de la sociedad, así como el cumplimiento cabal de las leyes, el acatamiento a la Constitución y, además, mostrar el peligro de la conjura armada contra el establecimiento, el segundo, de manera más docta, procuraba hilvanar un discurso más sesudo y fundamentado sobre la paz pública, pero esta vez pensado para los hombres de letras, para los legisladores y los doctos del país.

Terminemos señalando que el Catecismo republicano contiene algunos elementos que llaman la atención acerca del comportamiento que debía observarse después de la victoria, la necesidad de invocar la compasión y la humanidad, pues “el vencido no es ya un enemigo; es un hermano en desgracia”; el combatiente debía, entonces, tenderle generosamente la mano: “¡que crueldad, que envilecimiento descargar sobre él, a sangre fría, un golpe moral!” (1864b, p. 50).

Por la defensa de la Constitución, la paz y la república

Consciente de las dificultades que se anunciaban por cuenta de la expedición e implementación de la Constitución de 1863, Cerbeleón publicó un folleto llamado Juicios sobre la Constitución de 8 de mayo de 1863, una cuidadosa reflexión sobre sus alcances y limitaciones, con la finalidad de que pudiera perfeccionarse “por los trámites que ella misma establece” (1863b, p. iii). En este folleto, hecho con un ánimo civilista y patriótico, Pinzón recalcaba el respeto debido por todo republicano a la Constitución; asimismo, rendía un tributo a la república buscando atender aquellas minucias jurídicas y políticas que pudieran enturbiar la implementación de la Carta y “señalar las apenas perceptibles sombras que puedan oscurecerla” (1863b, p. vi). A más de proponer una mirada crítica sobre la Carta de Rionegro, Cerbeleón Pinzón esperaba que un ejercicio intelectual de ese tipo, es decir, una mirada crítica y desapasionada capaz de develar los yerros y los aciertos, contribuyera a forjar “mayores y más fuertes áncoras para la paz pública, nave querida que guarda nuestros tesoros” (1863b, p. vi).

El discurso Sobre la Paz Pública vendría a ser la segunda parte de los Juicios a la Constitución. Mediante este texto el autor quería resaltar los benéficos efectos de la paz pública en un país azotado por las guerras civiles, la importancia del sistema republicano como garante de las libertades individuales, como las de conciencia y de imprenta, y la defensa de la soberanía y la libertad del suelo patrio. Señalemos que dos temores asaltaban al señor Pinzón. El primero, el de la guerra civil, que se había constituido en Colombia en una vía ineluctable para imponer cambios de gobierno, cambios políticos y constitucionales, y también en una vía de afirmación y cohesión de los partidos y una amenaza permanente a las instituciones y al orden social. El otro, provenía de la segunda intervención francesa en México (1860-1862) y la implementación del Imperio en cabeza de Maximiliano ii; Pinzón estaba convencido de que si no se atajaban la guerra civil y la lucha interna, poco se podría hacer para conjurar cualquier amenaza que llegara del exterior.

El discurso Sobre la Paz Pública fue publicado como folleto de 81 páginas en 1864, y constituye todo un tratado acerca de la necesidad de consolidar la paz y, de este modo, estabilizar las instituciones, mejorar las condiciones de vida de los habitantes del país, defender los derechos individuales y marchar como sociedad hacia “la luz del porvenir y de los grandes i constantes intereses del país” (Pinzón, 1864a, p. 9).

El discurso Sobre la Paz Pública, del que publicamos aquí solo un fragmento que comprende las dos primeras partes, está dividido en ocho secciones organizadas de la siguiente manera: la primera parte es una introducción; la segunda parte está dividida en 13 parágrafos

alusivos a la necesidad y beneficios de la paz pública; la tercera, se ocupa de defender el sistema federal en los recién creados Estados Unidos de Colombia; la cuarta sección discurre sobre la importancia de pregonar la paz a la vez que se defienden la vida y la libertad política; la quinta parte se dedica a la moralidad política y a la defensa del sistema constitucional; el sexto apartado dedica sus parágrafos a los gobernados a fin de que estos elijan correctamente, no den demasiada importancia al poder, refrenen la impaciencia del patriotismo, apliquen la paciencia a la política y moderen la susceptibilidad republicana y el uso de la imprenta; la séptima parte propone una especie de derecho de partidos que regule la oposición y frene el alzamiento en armas; la parte ocho contiene las conclusiones. Terminemos diciendo que el señor Cerbeleón Pinzón murió el 28 de febrero de 1870 “en la mayor humildad y pobreza”, pero siempre fiel a sus principios: “a sus convicciones de un liberalismo elevado y doctrinario” (Samper, 1879, p. 344).

Por razón de su extensión, hemos optado por publicar las dos primeras partes del discurso, y así dejar una idea en el lector de su importancia, además de sembrar la inquietud de conocerlo en su totalidad; por eso remitimos a la colección digital de la Sala Patrimonial de la Biblioteca Luis Echavarría Villegas, de la Universidad eafit, en donde quien esté interesado podrá acceder al discurso completo. Hemos optado por mantener la ortografía original del texto ya que ella era un medio de expresión de las filiaciones políticas de los escritores.

En las actuales circunstancias del país, este discurso puede ayudarnos a elucidar las vías de comprensión de la paz, pero también puede proveernos de las experiencias que harán menos incierto el camino que como sociedad hemos emprendido, dándonos, sobre todo, referentes interpretativos que ayuden a explicar nuestro presente a partir del pasado y, de este modo, poder pensar más razonada y mancomunadamente nuestro future

Referencias

Camacho Pico, J. A. (2009, octubre 16). El colegio de Vélez y el doctor Pinzón. Palabras del señor rector de la uis. Discurso de posesión como miembro honorario de la Academia de Historia de Santander. Recuperado de http://bit.ly/2rUg3D3Links ]

Cardona Zuluaga, P. (2013, enero-junio). La colección Pineda: acopiar gacetas, conservar el pasado y divulgar sus glorias. Historia del Caribe, viii (22), 105-132. [ Links ]

Cardona Zuluaga, P. (2016). Memoria, palabra y acción: La historia patria, un saber para el sentimiento. Anuario de Historia Regional y de las Fronteras, 21(2), 19-45. [ Links ]

Gaceta Oficial de la Confederación Granadina (1860, marzo 14), Año xxix, No. 2482, Bogotá. [ Links ]

Gaceta Oficial de la Nueva Granada (1849, mayo 3), Trim. lxxiii, No.1041, Bogotá. [ Links ]

Pinzón, C. (1839). Prefacio. En Tratado de Ciencia Constitucional. Bogotá: Imprenta de Nicolás Gómez. [ Links ]

Pinzón, C. (1840). Prólogo. En Filosofía moral. Bogotá: Imprenta de Nicolás Gómez . [ Links ]

Pinzón, C. (1847). Principios sobre Administración Pública. Bogotá: Imprenta de J. A. Cualla. [ Links ]

Pinzón, C. (1859). Advertencia. En Tratado de Ciencia Constitucional, 2a ed. Bogotá: Imprenta del Neogranadino. [ Links ]

Pinzón, C. (1863a). Posesión del Prefecto de Bogotá. Bogotá: Imprenta de la Nación. Consultado en Biblioteca Nacional de Colombia (bnc), Fondo Pineda 294, pieza 1. [ Links ]

Pinzón, C. (1863b). Juicios sobre la Constitución de 8 de mayo de 1863 espedida en Rionegro. Bogotá: Imprenta de Echavarría Hermanos. [ Links ]

Pinzón, C. (1864a). discurso Sobre la Paz Pública. Bogotá. Recuperado de http://repository.eafit.edu.co/bitstream/hand-le/10784/864/0026_1864.pdf?sequence=2&isAllowed=yLinks ]

Pinzón, C. (1864b). Catecismo Republicano para instrucción popular: redactado a escitación del ciudadano presidente de los Estados Unidos de Colombia Manuel Murillo Toro, destinándolo con especialidad a los cuerpos de guardia colombiana; creadas por decreto presidencial el 1º de setiembre de 1864. Bogotá: Imprenta de El Mosaico. Consultado en Biblioteca Nacional de Colombia (bnc), Fondo Pineda 3, pieza 19. [ Links ]

Pinzón, C. y Plaza de, J. A. (1849, mayo 15). Colección del Coronel Pineda. Consultado en Biblioteca Luis Ángel Arango, Sala de Libros Raros y Manuscritos, Miscelánea 1440, pieza 5. [ Links ]

Samper, J. M. (1879). Galería nacional de hombres ilustres o notables: o sea colección de bocetos biográficos. Bogotá: Imprenta de Zalamea por F. Ferro. [ Links ]

1La transcripción del discurso de Cerbeleón Pinzón y el texto introductorio se derivan de la investigación en curso El oficio de escribir, desarrollada en el Grupo de Investigación en Filosofía, Hermenéutica y Narrativas, con el apoyo de la Universidad EAFIT, Colombia.

2“El significado de la palabra ‘publicista’ remite en el siglo xix a dos aspectos específicos: el dominio del derecho público y la escritura de textos para darlos a conocer al público” (Cardona, 2016, p. 22).

3Esta cita corresponde al Prefacio del Tratado de Ciencia Constitucional, que tuvo una segunda edición, revisada por el autor, en 1859.

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