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Antipoda. Revista de Antropología y Arqueología

Print version ISSN 1900-5407

Antipod. Rev. Antropol. Arqueol.  no.5 Bogotá July/Dec. 2007

 

ALGUNAS MANIFESTACIONES DE LA CULTURA TRADICIONAL Y POPULAR DE UNA COMUNIDAD EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO:EL CASO DE CERCANA ILUSIÓN

Aceneth Serna Ramírez1

1 Antropóloga de la Universidad de Antioquia, abogada de la Universidad de San Buenaventura, seccional Medellín, especialista en Educación Ambiental. Docente investigadora, jefe del área sociohumanística de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Buenaventura, seccional Medellín. Jefe del Grupo de Investigación Derecho, Cultura y Ciudad, adscrito a la Facultad de Derecho de la Universidad de San Buenaventura, seccional Medellín. angela.serna@usbmed.edu.co, aceneth@une.net.co


RESUMEN

Este texto es producto de la investigación "Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de una población desplazada del municipio de Bello", realizada por el Grupo de Investigación Derecho, Cultura y Ciudad de la Universidad de San Buenaventura, seccional Medellín. Su principal resultado fue la preservación de tradiciones culturales en peligro de desaparecer por la situación de desplazamiento de sus portadores. Gracias a las historias contadas por la comunidad y al material obtenido durante el trabajo de campo, se puede hoy preservar este Patrimonio Cultural Inmaterial.

PALABRAS CLAVE
Patrimonio Cultural Inmaterial, desplazamiento forzado, derechos humanos, memoria cultural, preservación.


SOME EXPRESSIONS OF TRADITIONAL AND POPULAR CULTURE OF A COMMUNIT Y IN FORCED DISPLACEMENT SITUATION: CERCANA ILUSIÓN, COLOMBIA

ABSTRACT

This article is a summary of the research: "Preservation of the Ethereal Cultural Patrimony of the Displaced Persons of the Municipio de Bello", that is carried out for the research team Right, Culture and City, Universidad de San Buenaventura, Medellín, Colombia. The principal result was the preservation of cultural traditions in imminent risk to disappear, because of the forced displacement situation. During research, we analysed the people's narratives and the material collected in work of field.

KEY WORDS
Ethereal Cultural Patrimony, Forced Displacement, Human Rights, Cultural Memory, Preservation.

FECHA DE RECEPCIÓN: ABRIL DE 2007 / FECHA DE ACEPTACIÓN: OCTUBRE DE 2007


Cuando mujeres, niños y ancianos se ven precisados a dejar sus hogares y recorrer grandes
distancias desafiando toda clase de peligros, viendo sufrir y aun morir a sus compañeros,
la explicable huida no es un problema de orden público propiciado por quienes desean seguir
viviendo sino un problema de humanidad que debe ser afrontado solidariamente
por todas las personas, principiando, como es lógico, por los funcionarios del Estado.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T227/1997

INTRODUCCIÓN

Este artículo es producto de una investigación sociojurídica que se realizó con la comunidad Cercana Ilusión2 , en situación de desplazamiento, acerca de algunas manifestaciones de su Patrimonio Cultural Inmaterial o Intangible. En esta investigación se partió de la concepción del Patrimonio Cultural Inmaterial como el conjunto de manifestaciones y expresiones culturales de un determinado grupo, tales como el folclor, la música, los mitos, los ritos, la superstición, entre otras, las cuales se basan en la tradición que se transmite oralmente o mediante gestos y se fortalece con el transcurso del tiempo a través de un proceso de creación colectiva. Este patrimonio representa, entonces, la fuente vital de una identidad profundamente arraigada en la historia y constituye los fundamentos de la vida comunitaria. Así, la protección de este patrimonio para las personas en situación de desplazamiento, es un requisito indispensable para el respeto de su identidad, para la materialización del derecho a la cultura.

Entre las características de la comunidad en cuestión, podemos señalar que se localiza en el municipio de Bello, departamento de Antioquia, al occidente de Colombia. Sus integrantes se asentaron en este territorio desde hace aproximadamente dos años y, pese a su nueva situación y ubicación, distantes de su terruño original, conservan la costumbre de orar en familia y la forma en que preparan sus alimentos. Son provenientes, en su mayoría, de sectores rurales del oriente antioqueño y, en menor medida, de algunas cabeceras municipales del departamento. Fueron desplazados por la violencia generada por la actividad ilícita de actores al margen de la ley que se asentaron en cercanías de sus localidades. Es decir, se trata de una comunidad que ha sufrido desplazamiento forzado tanto intermunicipal como intramunicipal3 .

Me propongo entonces con este escrito presentar una síntesis de dicha investigación, para lo cual abordaré conceptos como desplazamiento forzado, Patrimonio Cultural Inmaterial y la principal normatividad nacional e internacional existente tanto para la preservación de este patrimonio como para la protección de los derechos de tales comunidades. Así mismo, presentaré algunos fragmentos de los testimonios de vida y de algunas expresiones culturales obtenidos durante el trabajo de campo.

METODOLOGÍA

La investigación se desarrolló en dos fases: recolección, acopio y sistematización de la información y realización de trabajo de campo. Para la recolección, acopio y sistematización del material bibliográfico existente sobre desplazamiento forzado y el patrimonio cultural, se utilizaron fichas bibliográficas, cuadros hermeneúticos -para consignar allí las decisiones de las Altas Cortes-, fichas de doctrina y fichas resumen -para la normatividad-. Para la realización del trabajo de campo, segunda fase de la investigación, se utilizó el enfoque etnográfico, el cual posibilitó recoger algunas expresiones culturales e historias de vida de la comunidad Cercana Ilusión. Su desarrollo se constituyó como una oportunidad para conocer parte del Patrimonio Cultural Inmaterial de un grupo de cincuenta personas en situación de desplazamiento localizadas en el municipio de Bello. Para la obtención de la información se recurrió a diversas herramientas e instrumentos proporcionados a través de técnicas como la observación directa, la observación participante, entrevistas no estructuradas, entrevistas estructuradas y testimonios de vida.

SITUACIÓN DE LOS DESPLAZADOS EN EL MUNICIPIO DE BELLO

El municipio de Bello es uno de los diez municipios que conforman el área metropolitana del Valle de Aburrá en el departamento de Antioquia. Limita al norte con el municipio de San Pedro de los Milagros, al oriente con Copacabana, al occidente con Medellín y al sur con Medellín y San Jerónimo.

El área metropolitana del Valle de Aburrá es una de las regiones del territorio nacional donde más se han asentado personas desplazadas por culpa del conflicto armado y, de los municipios que la conforman, Bello es uno de los que presenta mayor concentración de esta población. Tanto es así que, según los datos de la Personería Municipal, en los dos últimos años se han acogido alrededor de 2.124 personas, que han declarado su situación ante dicha entidad, generando de manera progresiva una crisis socioeconómica en la población municipal.

El municipio ha sido receptor de desplazados provenientes de casi todos los lugares de Antioquia e inclusive de otros departamentos como Chocó, Córdoba, Valle del Cauca, Norte de Santander y Bolívar. Allí se han consolidado varios asentamientos de estas comunidades, como es el caso del sector Quebrada La García, El Esfuerzo, San José del Pinal, El Oasis (Santa Rita), Villa La Esperanza, Variante del Río y Altos de Oriente.

Con respecto a la situación social y al conflicto bélico en este municipio, Sulman del Pilar Hincapié manifiesta:

    En la actualidad los actores del conflicto armado son grupos organizados y bandas delincuenciales que se encuentran en los barrios, las guerrillas y las autodefensas que hacen presencia en las zonas urbanas y rurales.

    Otro actor armado es la Fuerza Pública con presencia por medio de ejército y la policía. El pie de fuerza ha sido débil: en 1997 la policía de Bello contaba con 134 agentes distribuidos en tres turnos diarios para atender 84 barrios.

    Existen zonas de hegemonía como los barrios París, Santa Rita, Pachelly y San José de El Pinal; zonas de disputa como El Centro, Niquía, Santa Rita; y fronteras con Medellín como Barrio Picacho - París, el Doce de Octubre, Santo Domingo Sabio, Los Populares y San José de El Pinal; los corredores estratégicos son París y San José de El Pinal.

    Se han presentado masacres en San José de El Pinal, además de desapariciones forzosas y extorsiones.

    La urbanización y la dinámica del conflicto han permitido que actores armados de orden nacional lleguen también a los asentamientos de población desplazada, a poner sus intereses de presente, lo que genera muertes violentas, persecuciones, atropellos, desalojos y enfrentamientos, y forja dinámicas de conflicto interno dentro de los mismos asentamientos.

    Los asentamientos con población en situación de desplazamiento, han tenido que soportar el terror de las acciones de violencia, procedentes de diversos grupos armados que les ha impedido vivir en una total calma (2004: 108).

Este incremento de comunidades en situación de desplazamiento podría explicarse por la expectativa -que en la mayoría de las oportunidades termina siendo sólo eso, meras expectativas- de ser un sector semiindustrial donde existen posibilidades para laborar y para desarrollar el comercio. Tal es así que, a comienzos del siglo pasado, se asentaron allí las empresas industriales de la Compañía Antioqueña de Textiles y la Fábrica de Tejidos El Hato, Fabricato -hoy Fabricato-Tejicóndor-. Posteriormente llegaron otras empresas y así se fue consolidando como "ciudad industrial y comercial". Hoy se encuentran allí también la embotelladora Postobón y su sede administrativa, los talleres del Metro de Medellín y la Hidroeléctrica de Niquía.

EL DESPLAZAMIENTO FORZADO Y EL PATRIMONIO CULTURAL

El desplazamiento forzado es aquella situación en la cual una persona, de forma intempestiva, es sacada por la fuerza del lugar donde se encontraba residente, desencadenando el abandono de los vínculos afectivos, emocionales y materiales de una población, que se ha visto obligada a abandonar los referentes que la ligan con su pasado, con su cultura, sus tradiciones y su forma de vida. Es, por tanto, una degradación sociocultural y económica que se origina principalmente en las zonas rurales con alto índice de violencia, producto del conflicto armado que se vive en nuestro país desde la década de los sesenta, en donde el Estado tiene una presencia débil o incluso está prácticamente ausente. Con el desplazamiento hay vulneración de derechos sociales, económicos, culturales y, por supuesto, fundamentales: Los desplazados son ciudadanos colombianos a quienes se les vulnera todo tipo de derechos, debido a que se ven sometidos a dejar su terruño y su cultura, su derecho a la permanencia, a la libertad de circulación, entre otros (Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-227/1997).

El marco legal de protección para los desplazados internos se basa en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y, por analogía, el Derecho Internacional de los Refugiados. La aplicación de estas tres ramas del Derecho Internacional brinda la más amplia protección de los derechos de dicha población.

Entre la normatividad perteneciente al Derecho Internacional Humanitario que aboga por la protección de los desplazados tenemos la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948, que en el artículo octavo establece: "Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o la ley". También contamos con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -A. G. resolución 2200 A (xxi), de 16 de diciembre de 1966-, que en el artículo 2.3 afirma:

    Cada uno de los Estados en el presente Pacto se compromete a garantizar que: a) Toda persona cuyos derechos o libertades reconocidos en el presente Pacto hayan sido violados podrá interponer un recurso efectivo, aun cuando tal violación hubiera sido cometida por personas que actuaban en ejercicio de sus funciones oficiales; b) La autoridad competente, judicial, administrativa o legislativa, o cualquier otra autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado, decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso, y desarrollará las posibilidades de recurso judicial; c) Las autoridades competentes cumplirán toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso.

Para dar cumplimiento a las normas del Derecho Internacional Humanitario, las cuales son parte integrante del derecho interno, cada Estado tiene la responsabilidad de evitar el desplazamiento, así como proteger, asistir y restituir los derechos de la población desplazada. Así, la Ley 171 de 1994, que aprobó el Protocolo ii Adicional a los Convenios de Ginebra relativo a la protección de las víctimas en los conflictos armados internos señala, en su artículo 17, la prohibición de los desplazamientos forzados:

    1. No se podrá ordenar el desplazamiento de la población civil por razones relacionadas con el conflicto, a no ser que así lo exijan la seguridad de las personas civiles o razones militares imperiosas. Si tal desplazamiento tuviera que efectuarse, se tomarán todas las medidas posibles para que la población civil sea acogida en condiciones satisfactorias de alojamiento, salubridad, higiene, seguridad y alimentación. 2. No se podrá forzar a las personas civiles a abandonar su propio territorio por razones relacionadas con el conflicto.

Con respecto al desplazamiento forzado, la Corte Constitucional se ha pronunciado en diversas oportunidades de tal forma, en las sentencias SU 1150 de 2000, T 098 de 2002, T 268 de 2003 y T 770 de 2004, en las que la Corte ha establecido el desplazamiento como un problema social que afecta diversos derechos como la vida, la dignidad humana, la educación y la propiedad, entre otros. En la sentencia T 227 de 1997 se establece que la condición de desplazado interno no depende de la certificación que expida una autoridad estatal, sino que está determinada por la presencia de dos elementos objetivos esenciales: 1) la coacción que obliga al desplazamiento, y 2) que ese desplazamiento se realice dentro de las fronteras del Estado4.

Hacia el año 2004, en la sentencia T 025 la Corte Constitucional estableció un punto de reflexión en materia de control constitucional de la política gubernamental, en lo referente a la atención de la población desplazada por la violencia. En esta sentencia, la Corte considera que en el país existe un estado de cosas inconstitucional en relación con la atención de la población desplazada, lo que es contrario al Estado Social de Derecho consagrado desde 1991. Plantea que, por la no asignación de recursos suficientes y la incapacidad del aparato estatal para materializar políticas de apoyo a los desplazados, las condiciones vitales de estos grupos son insuficientes y la vulnerabilidad de sus derechos se ha incrementado, lo cual es contrario al espíritu constitucional.

La Corte considera además el desplazamiento forzado como un problema social con severas implicaciones en los derechos fundamentales de quienes lo sufren. Define las razones jurídicas que obligan al Estado a atender preferencialmente a los desarraigados y precisa que la atención de los desplazados es obligación estatal, independientemente de que sea o no el agente provocador de la migración forzada. Precisa, además, un conjunto de derechos de los desplazados de aplicación inmediata que podrían considerarse como una especie de "núcleo esencial de garantías" para las personas afectadas por este problema y plantea la necesidad de identificar el camino adecuado para la materialización de los derechos de los desplazados.

En lo referente a las políticas públicas necesarias para lograr una justicia social para los desplazados, la Corte establece criterios, puntos de partida y rutas de construcción de una política pública real a cargo del Estado, que permita superar ese estado inconstitucional de cosas; además de ello, profiere unas órdenes concretas para el gobierno en relación con esa política pública y establece una ruta de monitoreo del cumplimiento de las obligaciones que de allí se derivan para el Estado nacional y los entes territoriales.

Por tanto, esta sentencia constituye un hito en la definición y materialización de una política pública en materia de desplazamiento forzado, con la cual se busca hacer realidad las apuestas de equidad y protección del Estado, establecidas en la Constitución Política colombiana, frente a un grupo de personas afectadas por el conflicto armado interno.

El desplazamiento, entonces, termina convirtiéndose en un "ordenador territorial" y, por qué no decirlo, en el enemigo acérrimo del patrimonio y la identidad de los pueblos, pues crea nuevas formas particulares de ver y sentir la ciudad, de añorar el campo, además de generar miedos desconocidos: miedo al otro, a su forma de ver el mundo; miedo al ruido citadino, al amanecer que trae la incertidumbre de la supervivencia física: "... el choque emocional y social lleva a que la vida del desplazado esté marcada por la angustia, el miedo y el dolor" (Aguilera Torrado, 2001: 7).

    El miedo es, por definición, miedo de alguien a algo. Se teme porque se percibe que hay una amenaza real o imaginaria; es una reacción psíquica ante un peligro conocido (o que es factible conocer) y que se cree puede generar un mal (...). Se teme, entonces, a algo que es nombrable, identificable y que está por venir. Y es esta facultad de concreción lo que permite que, ante su inminencia, las amenazas puedan enfrentarse; todo miedo va acompañado de respuestas, ya sean de aquietamiento, acción o huida (Delumeau, 1989). El desplazamiento es entonces una respuesta al miedo: se huye para salvar la vida (Jaramillo, 2004: 43).

Se tiene miedo de morir, pero este temor varía dependiendo de las circunstancias, el tiempo y los lugares de ubicación. En inicio, los principales peligros que amenazaron al hombre vinieron de la naturaleza: epidemias, terremotos y erupciones volcánicas. Sin embargo, a lo largo del tiempo, los conflictos sociales han ocupado el primer puesto en la lista de los peligros. Es decir, en valor cuantitativo, los peligros y temores que proceden de la naturaleza, aunque no desaparecieron, se volvieron cada vez menos importantes con respecto a los causados por el hombre (Delumeau, 2002).

El desplazamiento también modifica los temores, pues la vida citadina trae los propios; ya en la ciudad se teme al ruido, a ser atropellado por un vehículo, al raponero callejero, a los callejones sin salida, a los lugares oscuros y solitarios. Los nuevos miedos, y tal como lo plantea Pilar Riaño Alcalá,

    ...no sólo pueblan la inmediacía de la experiencia cotidiana sino además los imaginarios sociales y mitologías urbanas. Fantasmas, brujas, maldiciones, imágenes antropomórficas, satánicas o de poseídos alimentan fantasías e imaginaciones, informando las relaciones sociales cotidianas y los sabores locales (2002: 85).

Así le ocurre a doña Ismenia, una anciana de noventa años, ubicada en la comunidad Cercana Ilusión:

    Vengo de un pueblo donde hay muchas historias de apariciones y espantos. Allá sí daba susto vivir, pero por los espantos, no es como en La Dorada que el susto ya no son por esas apariciones, allá ya no se tenía tranquilidad pero por la violencia.

    En mi pueblo, a mi marido le gustaba jugar mucho billar, tanto es así que a la una de la mañana lo echaban de los cafeces pa' poder cerrar. Entonces cuando salía del bar ese, él se iba pa' donde la abuelita, la suegra mía que vivía allá en el pueblito. Un día dizque vio a una sombra recostada en una puerta; él pensó que era una loca que había allá en el pueblo, entonces fue pasando así por el medio, cuando dizque empezó la ruana a salírsele de la nuca por el ventarrón. Él dizque llegó y miró a ver si era la María Escarcela, la loca, que era la que se recostaba por ahí por esas puertas. Entonces llegó y miró y vio que era completamente una calavera con el pelo largo pero todo como pegotudo como de pantano, tenía partes largas, partes mochas; él lo veía así pegotudo, como no daba la luz de las lámparas de la calle... Él iba a tirar a correr cuando dizque la cosa esa, pegó un quejido, un quejido muy horrible que introdujo por esa casa para adentro, entonces él ya se abrió a correr y en eso subía un muchacho del matadero con una canasta de chunchurria5 y un tarro de sangre, entonces dizque le dijo: "Hombre, no vaya a pasar por allí, que allá me asustaron, vea, esto y esto vi". Y le explicó todo: "Un esqueleto en esas condiciones de aquí para abajo, está como con una túnica blanca pero se va levatando así y le va mostrando a uno todas las costillas y las piernas y los huesos". Bueno, entonces, el muchacho dijo: "No, qué va, esa es la María Escarcela". Mi marido entonces se quedó mirando pa' cuando el muchacho pasara por ahí. Cuando él iba bajando le pegó otro grito, entonces mi marido se quedó viendo, y el muchacho vio cuando le fue mostrando ese mero esqueleto y la mera calavera de cara y que el pelo así. Eso ahí era un garaje de un cura que había muerto, entonces ahí asustaban a varios porque habían desocupado esa casa y el cura había quedado asustando porque era vestido como el cura.6

Estando en la ciudad, el desplazado comienza a vivir una situación en la que se confunde el presente con el pasado, en la que hay sincretismos culturales y pérdida de la confianza, pues como plantea Aguilera Torrado (2000), el desplazado no logra encontrar un espacio para elaborar y superar tantas pérdidas, lo cual lleva a que su pasado se congele, puesto que su nueva situación, le imposibilita asumir el presente, construir el futuro y un proyecto de vida individual y social:

    Usted me pregunta que qué es lo que más añoro de mi pasado, pues la vida en familia, recuerdo mucho a mi padre, él se fue para el Putumayo unos días y después se volvió otra vez y llegó a la finca y pronto le dijeron que se volviera pero él se quedó en el pueblo. Él está en el pueblo, a él no le han hecho nada, él ya tiene mucha edad, casi noventa años, pero no se ve viejo y entonces él se quedó allá, no le han hecho nada pero a la finca no puede entrar, esas fincas están alzadísimas... Allá todo se cayó, la cafetera se murió, la cabuya toda se murió no quedó sino el rastrojo.

    De la finca se sacaba cabuya, cada que había cosecha cada año o cada dos años se sacaba la cabuya, lo que se hacía era cortarla y tallarla en una máquina, luego se sacaba al pueblo y se vendía... Había mucha gente que la compraba, por ejemplo el difunto Kilo Gracés, que era casado con una prima mía, él compraba una parte para hacer las enjalmas7 de las mulas y la otra para hacer las pecheras de las bestias. Otros las compraban para hacer manilas, la otra se la llevaban para El Peñol y para Rionegro.

    En el pueblo había una cooperativa que compraba la cabuya y otra cooperativa compraba el café. Por ejemplo, nosotros en épocas donde había mucho café, había que sacar hasta dos, tres veces semanales siete, ocho mulas de café porque era muchísimo y no se podía secar, por ejemplo allá se acostumbra secar el café y, como dice, se trilla para venderlo por arrobas, pero no se podía, imagínese usted, veinticinco trabajadores cogiendo café y el tiempo bien malo, por ejemplo como estamos ahora, no había forma de secar café, entonces eso había que sacarlo en mulas, así verde, para el pueblo y venderlo así.

    La finca también era buena pa' sacar madera. Yo recuerdo que no faltaban siete u ocho mulas sacándola, en el potrero se podían tener como noventa reses o más, resto es en montaña, y pa' agricultura, allá encuentra usted todavía palos sinceramente más gruesos que esta pieza, el que llama el coco barco, allá hay palos más gruesos que esta pieza, inmensamente de altos, lo que es el sector de Santa Rosa, un sector que llama Santa Rosa, la finca de nosotros está dividida por el Cocuyo, Piedra Lisa, Santa Rosa, el Hoyo del Tornillo, la Soledad, La Mesa, El Coco, la Divisa y la Cantinera.

    Me da un poquito de nostalgia recordar todo esto, recordarme por ejemplo de la casa donde vivíamos porque hace por ahí unos dos años y medio mandaron un muchacho a darle vuelta y casi lo matan los paramilitares allá, le dieron una paliza muy fea y casi lo matan. Y de pronto me da nostalgia recordarme de la casa, porque la casa de nosotros estaba en todo el centro de la finca y era una casa muy grande, una casa muy bonita. Yo siempre he dicho que quisiera volver a tener una casa como esa, es una casa estilo escuadra, de esas casas antiguas que van recta y voltean como escuadra, y me recuerda mucho y me da nostalgia. Yo era el que ordeñaba, yo era el que, por ejemplo, cuando el fin de semana faltaba la carne, uno lo primero que busca es no comerse las yucas peladas sino correr a buscar el pescado, esa finca la cruza una quebrada que llamaba El Cocuyo, que desde que empieza arriba hasta que termina abajo es pescado, yo era uno que en épocas sacaba el pescado por puñados, una vez me metí a un charco a sacar pescado y le voy a hacer. No miento, sinceramente hasta con la boca agarraba pescados, llegué a un charco donde hervía la sabaleta y yo era muy bueno para solapiar8 (Remigio de Jesús9. Fragmento de historia de vida de persona en condición de desplazamiento).

Así, cuando se abandonan las actividades económicas habituales y las técnicas artesanales debido a su dependencia de los recursos naturales específicos de los lugares de origen, cuando se deja la tierra donde se nació y se vivió por varios años, cuando se deja de forma abrupta parte del referente cultural transmitido por los ancestros y se abandona la forma particular de relacionarse con el otro y con lo otro, y, en fin, cuando cambian las condiciones sociopolíticas, unidas a la producción de artículos en serie provenientes de territorios localizados a grandes distancias y a la subvaloración de prácticas y conocimientos tradicionales, se incrementa la posibilidad de pérdida de la cultura, de la identidad cultural -que no es otra cosa que la forma particular de producir los artículos para satisfacer las necesidades que tiene cada comunidad, bien sean materiales o espirituales-.

Para evitar esta pérdida de identidad y hacer efectiva la protección de los derechos sociales, económicos y culturales, dentro de los cuales están incluidos la identidad y el patrimonio cultural, se han promovido diversas políticas e instrumentos normativos tanto a escala internacional como nacional. Esto debido a que los saberes tradicionales y folclóricos y, en general, el patrimonio cultural, forman parte del patrimonio de la humanidad y, por ende, son un medio de acercamiento entre los pueblos y una vía idónea para la consolidación de la justicia social.

En cuanto a los instrumentos normativos internacionales tenemos la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (París, 20 de octubre de 2005); la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial -aprobada por la Conferencia General de la Unescü en su trigésimo segunda reunión celebrada en París, el 17 de octubre de 2003, convenio que fue ratificado por Colombia con la expedición de la Ley 1037 del 25 de julio de 2006-; la Declaración de la Unesco relativa a la Destrucción Internacional del Patrimonio Cultural (17 de octubre de 2003), la Declaración Universal de la Unesco sobre la Diversidad Cultural (2 de noviembre de 2001); la Declaración de los Principios de la Corporación Cultural Internacional -proclamada en París el 4 de noviembre de 1996 por la Conferencia General de la Unesco-; la Recomendación sobre la Salvaguardia de la Cultura Tradicional y Popular (15 de noviembre de 1989); la Recomendación sobre la Protección de los Bienes Culturales Muebles (28 de noviembre de 1978); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y la Convención Internacional para la Salvaguardia del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural -aprobada por la Conferencia General de la Unesco en su décimo séptima reunión celebrada en París en 1972-.

Transcribamos algunos apartes de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial que compromete a los estados a:

    Adoptar las medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas las medidas de identificación, así como para reforzar la solidaridad y la cooperación al respecto en los planos regional e internacional. Tiene por objeto, además, favorecer el intercambio de información, experiencias e iniciativas comunes en este ámbito, y contempla la preparación de inventarios nacionales del patrimonio cultural inmaterial, la creación de un Comité Intergubernamental de Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, la elaboración por este Comité de dos listas: una, representativa del patrimonio inmaterial de la humanidad, a la que se incorporarán las obras maestras del patrimonio oral e inmaterial de la humanidad que hayan sido proclamadas antes de la entrada en vigor de la Convención, y la lista del patrimonio que requiere medidas urgentes de salvaguardia (Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco, París, 17 de octubre de 2003).

En el nivel nacional y con el fin de desarrollar la fundamentación constitucional, la principal medida encaminada a la salvaguardia del patrimonio cultural es la Ley Nacional de Cultura (Ley 397 de 1997) en la cual se dictan normas sobre la preservación de éste, se presentan fomentos y estímulos a la cultura y se crea el Ministerio de la Cultura, ente gubernamental para su defensa y protección.

Así las cosas, el Patrimonio Cultural Nacional, de acuerdo con el artículo 4° de la Ley 397 de 1997, está constituido por:

    Todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones de la cultura popular.

Se incluyen, entonces, los bienes tangibles o materiales, así como los bienes intangibles o no materiales. En cuanto a los primeros, son aquellos elementos que existen de manera física y real en nuestros tiempos, los objetos inmuebles y muebles, tales como las diferentes representaciones arquitectónicas y urbanas, los conjuntos y sectores históricos de una ciudad, los espacios donde se consagran los restos arqueológicos, las diversas expresiones naturales, las obras monumentales -entendidas como las obras producidas por el hombre en determinada época, a las cuales se les otorga un gran valor por considerársele ejemplo del arte, o porque reflejan hechos relevantes- o no monumentalestales como pequeños vestigios antiguos: fragmentos de vasijas prehispánicas o coloniales, artefactos de piedra, casonas sin mayor ornamentación o especies vegetales que pasan desapercibidas- (Pasuy Araniegas, 2000: 110).

Los bienes intangibles o no materiales -el patrimonio cultural inmaterial- son los transmitidos gracias a la herencia y la costumbre, a las manifestaciones y expresiones culturales que se repiten de generación en generación, tales como el folclor, la música, los mitos, los ritos y la superstición, entre otros.

El patrimonio cultural inmaterial, entonces, está constituido por:

    Los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana (Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco, París, 17 de octubre de 2003).10

Se manifiesta en las tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como uno de sus principales vehículos de transmisión; en las artes, usos sociales, rituales, conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo y técnicas artesanales tradicionales. De él hacen parte los productos de la creatividad humana que sólo se pueden sentir, contar, imaginar, disfrutar, enseñar. Estos son:

    Los recuerdos, las historias, los gustos, valores, los conocimientos y las destrezas. Todo eso que demuestra quiénes somos, habita en la memoria, en los pensamientos y en las formas de actuar y comportarse de las personas. El interactuar con quienes se comparte la vida y los espacios, se transforma en vivencias y será el legado para las futuras generaciones. Éste es el Patrimonio Cultural Inmaterial, también conocido como Patrimonio Intangible. Es la herencia de la que se habla tanto, pero que está dentro de la mente de las personas. El Patrimonio Cultural Inmaterial sirve para llevar la vida cotidiana sin perder originalidad ayudando a reflexionar sobre lo que se quiere ser fortaleciendo los grupos y permitiéndoles recordar la historia y asumir la cultura de los nuevos tiempos, a la vez que permite tener un desarrollo propio, no impuesto ni copiado.11

La cultura aparece como un evento en permanente transformación y desarrollo, como algo cambiante, que se interpreta y usa de acuerdo a las necesidades y situaciones; constituye para cada pueblo su identidad. Por eso, los pueblos han sido celosos en la conservación de sus tradiciones (Restrepo Mejía, 2000).

Es pertinente, entonces, presentar algunas de las expresiones culturales de esta comunidad en situación de desplazamiento, las cuales reflejan una forma particular de explicar algunos fenómenos naturales y, sobre todo, sus principales rasgos y tradiciones culturales. Es de anotar que en su mayoría estas tradiciones provienen de los municipios de San Rafael y San Carlos en el oriente antioqueño, las cuales fueron analizadas durante las entrevistas realizadas en el trabajo de campo:

    Solapiar es sumergirse en el agua y mirar dónde se esconde el pez, ésta que por lo regular se oculta en la solapa más grande que hay y, entonces, se extrae con la mano.

    Para los nervios:pronto alivio y toronjil; para cólicos: el mantel y el apio; para el mal aliento: el apio; para la diarrea: hacedera; para estar bien en general: se tomaba culantrón; para dolores de reumatismo: se deben hacer baños con copo de mango o con copo de aguacate; y para terminar con las lombrices: paico.12

    El pollo maligno era un espanto cuyas patas eran larguísimas y la cabeza y el pelo era un rastrojal horrible y cuando se sentía lejos al momentito estaba cerca y chillaba como un pollo, como un pollo pequeño, entonces cuando él chillaba como un pollo era porque estaba muy lejos y cuando se creía lejos era porque lo sentían cerca.

    María Escarcela era una loca de ahí del pueblito, uno a veces estaba por ahí y se le iba arrimando ella y le decía: "Oíste, ¿vos querés irte conmigo?", "¿Pa' dónde vas ahora María?". Uno la llamaba María y decía: "No, estoy aquí esperando aquí a unas amigas que es que yo salgo ahorita mismo pa' Londres, voy pa' una fiesta que hay en Londres y estoy esperando aquí con las que me voy a ir", y decían dizque la María. (.)

    Nos muestran muchos derechos
    dizque para el desplazado
    pero donde quiera que uno vaya
    se viene es desconsolado.

    Salud, empleo y recreación
    esto ve uno es sólo desolación.

    Los médicos nos mandan
    acetaminofén e ibuprofeno
    yo creo que para nadie
    de ustedes esto es ajeno.

    Ya con esto me despido
    contenta y con alegría
    espero nos volvamos a reunir
    para trovarles otro día.

Dado que el patrimonio inmaterial acusa una gran vulnerabilidad que lo hace proclive a su destrucción, y que constituye un principio de trascendencia para la supervivencia de las identidades de las culturas tradicionales y populares, de sus valores, códigos éticos, modos de pensamiento transmitidos por las tradiciones orales, lenguas, entre otros, se hace necesario avanzar en el planteamiento de unas directrices que hagan posible identificar aquellos elementos clave para la supervivencia y el desarrollo de las expresiones culturales de las diversas comunidades.

Este fenómeno de comunicación de lo vivido es lo que enmarca la identidad de un determinado grupo social, en la medida en que se interrelaciona con lugares y personajes ubicados en un tiempo determinado. De ahí que su preservación sea fundamental para los grupos sociales, pues de eso depende la identidad.

Dicha protección es sencilla en el sentido de permanencia en el lugar de origen, pero cuando hay un desarraigo abrupto de su territorio, la permanencia de la identidad se encuentra en juego, como quiera que la persona se debe transportar a un territorio nuevo, donde será concebido como extraño, y comenzará el juego de la resistencia y la adaptación. La irrupción masiva y desprogramada de personas en nuevos territorios va a generar conflictos y una de esas dificultades es la preservación de la identidad.

La población en situación de desplazamiento sufre el riesgo de una estandarización de la cultura, de perder su identidad, como quiera que:

    Las invasiones, las masacres, las conquistas, los desplazamientos de población, las rupturas, la aparición de vías de comunicación, o su ruptura, también son eventos que construyen la historia de cualquier pueblo. El recuerdo de estos eventos, a menudo violento y doloroso, nos permite conocer otro aspecto de lo que tenemos en común con los miembros de nuestra comunidad. A diferencia de los primeros, estos elementos se convierten en apuestas políticas, ya que interfieren en la definición de los pueblos, de las naciones, y van a determinar el tratamiento, específico o no, que les conviene aplicar. Este aspecto político explica las luchas políticas -es difícil que estos eventos sean reconocidos- y semióticas -¿cómo se les va a nombrar?- que suscitan (Olivier, 2005).

A MANERA DE CONCLUSION

Este tipo de investigaciones sociojurídicas posibilitan la materialización de los derechos de las comunidades en situación de desplazamiento, puesto que la protección, divulgación y defensa de su Patrimonio Cultural Inmaterial, depende en gran medida de la construcción y apropiación de los grupos humanos sobre su existencia, lo cual es posible con el acompañamiento de los investigadores, para que las comunidades, a través de la participación directa, construyan desde sus propias experiencias, sus referentes históricos y culturales con el fin de que trasciendan en el tiempo y en el espacio, y se conviertan en referentes reales de comunicación con el pasado y de afianzamiento del futuro. En las circunstancias actuales del país, donde existe un alto índice de violencia y de intolerancia, se hace necesario buscar estrategias para afianzar la democracia y el respeto por los derechos humanos, respetar al otro, su cultura, su forma de ver el mundo y su forma de transmitir lo aprendido, y no hay mejor forma de hacerlo que a través de su conocimiento, su valoración y su divulgación.


Comentarios

2 Este nombre, así como los demás utilizados en el presente artículo, son ficticios, pues los reales se cambiaron con el propósito de proteger a los informantes.

3 Por desplazamiento intermunicipal se entiende aquel fenómeno de cambio forzado de domicilio o residencia de una persona que decide no quedarse en el mismo municipio sino trasladarse a otro. El desplazamiento intramunicipal se entiende como el fenómeno de desarraigo coaccionado, en el que la persona cambia su residencia por otra, ubicada en el mismo municipio, pero en diferente localidad.

4 Ver sentencias de la Corte Constitucional: SU 1150 /00, T 258/01, T 645/03 y T 602/03.

5 Es la parte del intestino delgado de la res, del cerdo o del cordero, que se come asada o frita. En algunas regiones del país diferentes a la de Antioquia, se conoce también como chunchullo. N. de la A.

6 Entrevista en trabajo de campo, agosto de 2006.

7 Especie de aparejo o caballete que se utiliza para sostener la carga de la mula.

8 Este término es típico de la región del oriente antioqueño y significa avizorar desde un lugar estratégico, dentro de una quebrada o río, el lugar donde se encuentran los peces para posteriormente poderlos extraer.

9 Este corresponde a un nombre ficticio, cambiado para proteger la verdadera identidad del informante.

10 Aprobada en el artículo 2 de la Ley 1037 de 2006 por el Congreso de Colombia.

11 Consultado en octubre 04 de 2005, disponible en http://www.mincultura.gov.co

12 Todos los términos en cursiva en este párrafo corresponden a hierbas medicinales de uso popular en la región.


REFERENCIAS

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