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Revista Científica General José María Córdova

Print version ISSN 1900-6586On-line version ISSN 2500-7645

Rev. Cient. Gen. José María Córdova vol.20 no.37 Bogotá Jan./June 2022  Epub Jan 01, 2022

https://doi.org/10.21830/19006586.810 

Justicia y Derechos Humanos

Estigmatización y criminalidad contra defensores de derechos humanos y líderes sociales en Colombia

Stigmatization of human rights defenders and social leaders and criminality in Colombia

Pablo Elías González Monguí1  * 
http://orcid.org/0000-0002-4096-5187

Germán Silva-García2 
http://orcid.org/0000-0002-3972-823X

Bernardo Pérez-Salazar3 
http://orcid.org/0000-0003-2330-646X

Luz Angélica Vizcaíno-Solano4 
http://orcid.org/0000-0002-8615-489X

1 Es doctor en Derecho de la Universidad Externado de Colombia. Es profesor de la Universidad Católica de Colombia. https://orcid.org/0000-0002-4096-5187 - Contacto: pegonzalez@ucatolica.edu.co

2Es doctor en sociología de la Universidad de Barcelona (España). Es decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Colombia. https://orcid.org/0000-0002-3972-823X - Contacto: gsilva@ucatolica.edu.co

3Es magíster en planificación del desarrollo regional. Es profesor de la Universidad Católica de Colombia. https://orcid.org/0000-0003-2330-646X - Contacto: bperez@ucatolica.edu.co

4Es magíster en derecho público de la Universidad La Gran Colombia. Es investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Colombia. https://orcid.org/0000-0002-8615-489X - Contacto: lavizcaino@ucatolica.edu.co


RESUMEN.

Este artículo analiza el fenómeno de la estigmatización social de defensores de derechos humanos y líderes sociales en Colombia, y su relación con la persecución, amenazas, hostigamiento y homicidios contra esta población, en especial después del Acuerdo de Paz de 2016. Esta relación ha sido especialmente ignorada, pese a que explica buena parte de la criminalidad dirigida contra los defensores y líderes sociales en el país, ya que tiende a normalizarla e incluso a responsabilizar a las propias víctimas de la violencia que sufren por cuenta de sus actividades. El artículo destaca la responsabilidad de los grupos armados al margen de la ley y sus economías ilícitas, y las fallas en la política penal del Estado para el control de esta estigmatización y criminalidad en Colombia.

PALABRAS CLAVE: criminalidad; derechos humanos; discriminación; estigmatización social; líderes sociales; violencia

ABSTRACT.

This article analyzes the phenomenon of the social stigmatization of human rights defenders and social leaders in Colombia and its relationship with the persecution, threats, harassment, and homicides against this population, especially after the 2016 Peace Agreement. This relationship has been particularly ignored even though it explains much of the criminality directed against social defenders and leaders in the country, which tends to be normalized, even holding the victims themselves responsible for the violence they endure on account of their activities. The article highlights the responsibility of illegal armed groups and their illicit economies and the State’s criminal policy failures to control this stigmatization and criminality in Colombia.

KEYWORDS: criminality; discrimination; human rights; social leaders; social stigmatization; violence

Introducción

Este artículo aborda la violencia delictiva dirigida contra defensores de derechos humanos (DD. HH.) y líderes sociales en Colombia, que ha crecido notablemente desde 2017 hasta el presente. Se trata de una investigación empírica basada en observación directa y en entrevistas informales a operadores de la justicia penal, funcionarios del Gobierno e integrantes de la Policía Nacional de Colombia. Carlos Negret, el defensor del pueblo de la época, pedía bajar el ambiente de polarización y estigmatización política como condición para disminuir los asesinatos de candidatos (Jerez, 2019). Según la Defensoría del Pueblo (2017):

el ejercicio de la violencia contra las organizaciones y líderes comunitarios en el país tiene raíces en la estigmatización de su labor por parte de diferentes actores sociales, políticos, económicos y armados, quienes han considerado que estos movimientos constituyen un cuestionamiento al statu quo y por ende una acción próxima a la subversión del orden social e institucional. (p. 39)

Mediante la Directiva 002, la Procuraduría General de la Nación (2017) dispuso lineamientos para la protección efectiva de defensores de DD. HH. y sus organizaciones, de integrantes y líderes de movimientos sociales y políticos y sus organizaciones, así como de quienes participen activamente en la implementación del Acuerdo Final de Paz suscrito entre el Gobierno de Colombia y la guerrilla de las llamadas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP) (Oficina del Alto Comisionado para la Paz, 2016). Específicamente, ordenó a funcionarios no propiciar la estigmatización de las organizaciones y grupos antes citados. Esta admonición reconocía la necesidad de medidas para prevenir el escalamiento de la violencia que detonó en los años siguientes.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, 2019), si bien ha reconocido y registrado las acciones estatales para combatir la estigmatización, también ha observado con preocupación la continua estigmatización de defensores de DD. HH. en Colombia por parte de autoridades estatales del orden nacional y local. En efecto, la CIDH (2019) afirmó que durante la visita de 2018 constató la ocurrencia de “declaraciones proferidas por autoridades estatales, departamentales o locales en las que señalaban a varios medios de comunicación que detrás de las actividades de activistas y personas defensoras estarían bandas criminales” (p. 66). De acuerdo con la CIDH (2019), estas campañas de estigmatización “provendrían de autoridades estatales” (p. 63), lo que acreditó de inmediato con la relación de varios casos. En la misma dirección, la Organización de las Naciones Unidas (ONU, 2018) “expresó su preocupación al haber recibido un listado de pronunciamientos estigmatizantes provenientes de dirigentes políticos y funcionarios” contra el colectivo de defensores de DD. HH. (p. 12). Por todo ello, la CIDH (2019) reiteró que “los funcionarios públicos deben abstenerse de realizar declaraciones que estigmaticen a defensoras y defensores (p. 68). Para esta comisión, las expresiones estigmatizantes desacreditan, deslegitiman y aumentan la vulnerabilidad de la ciudadanía que ejerce la protesta pacífica, lo que lesiona sus derechos a la vida, la integridad personal, la honra, la dignidad y la presunción de inocencia. Según el informe de la CIDH (2019), más preocupante aún resulta “la criminalización de personas defensoras por medio del uso indebido del derecho penal como otra forma de obstaculización a la labor de personas defensoras en Colombia” (p. 10). Para soportar esta afirmación, el informe relaciona casos de captura y detenciones prolongadas de personas defensoras con base en acusaciones infundadas de pertenecer a grupos armados al margen de la ley, sin otro fundamento distinto a los pronunciamientos estigmatizantes con los que se inician acciones penales, con la finalidad de obstruir la labor de líderes sociales y personas defensoras de derechos humanos.

Un reciente informe presentado a la Asamblea General de las Naciones Unidas por el relator especial Michel Forst (ONU, 2019, p. 9) sobre la situación de los defensores de los DD. HH. en Colombia, señala que “dirigentes políticos, funcionarios públicos, personas influyentes, también del sector privado, y miembros de grupos armados ilegales” los “estigmatizan como ‘guerrilleros’, ‘terroristas’, ‘antidesarrollo’ o ‘informantes’”. El propio pronunciamiento del Gobierno colombiano en cabeza del presidente Iván Duque, acerca de que no permitirá ni tolerará que el liderazgo social sea estigmatizado, confirma la existencia del problema (Presidencia de la República, 2019).

Este artículo argumenta que los pronunciamientos estigmatizantes en detrimento de líderes sociales en Colombia incitan el uso de violencia en su contra como instrumento ilícito de control social, en territorios donde actores al margen de la ley se han constituido en factores locales de poder. Para ello, se presentan los resultados de una investigación sociojurídica empírica de carácter cualitativo, interdisciplinaria, que se inscribe en el marco de la criminología (Silva-García, 2003a; Silva-García et al., 2018; 2019). Dicha investigación se une a otros estudios empíricos que han cuestionado la manera como se ejerce el control social penal por parte de actores legales e ilegales (Silva-García, 2003b; Dávila, 2018), al igual que la teorización de tales procesos (Gómez, 2018; Gómez & Velandia, 2019; Silva-García et al., 2020), con el fin de edificar propuestas alternas. Su análisis se centra en creencias y estereotipos negativos, al igual que en amenazas directas proferidas contra líderes sociales que reclaman reconocimiento político y social para los intereses que representan. Estas creencias, estereotipos y amenazas se registran en panfletos y redes digitales tanto en contextos rurales como urbanos.

Marco teórico y conceptual

El uso del término estigma para referirse a marcas en el cuerpo para desacreditar a quien los portaba proviene de los griegos. El Diccionario conciso de psicología (American Psychological Association, 2009) define el estigma como la “actitud social negativa ligada a alguna característica de un individuo que se considera como una deficiencia mental, física o social. Un estigma supone una desaprobación social y conduce injustamente a la discriminación y la exclusión del individuo” (p. 420).

En las sociedades que sometían al suplicio físico y a la infamia a quienes eran condenados por delitos, el estigma servía como pena infamante para hacer visible su expiación. Las marcas corporales, como mutilaciones o quemaduras con hierro candente, identificaban a criminales, esclavos o traidores. La impresión con hierro ardiente de la letra B en el rostro o cortarle la lengua eran prácticas comunes para castigar al blasfemo. Al traidor que le había “revelado a los enemigos algún secreto de gobierno” se le arrancaba la lengua. Al ladrón y al falsificador de monedas, pesos y escrituras se les cortaban las manos. Para castigarle con la “fealdad perpetua”, a la mujer adúltera se le arrancaba la nariz, mientras que a los homosexuales se les practicaba la “castración contra la bestialidad” (Gutiérrez, 1826, pp. 13 y 115).

En los siglos XVI y XVII, esclavos africanos, moros, turcos y gitanos, reducidos a “bienes de propiedad”, eran marcados en señal de ignominia, así como para exponer sus antecedentes delictivos. En el reino de Granada, los esclavos eran marcados con una granada o con “un letrero señal de hierro en los dos carrillos” que decía ‘Almería’ (Andujar, 1999). Asimismo, ante la fuga fallida, eran marcados cortándoles un trozo de la oreja (Barrio, 1997), cuando no eran marcados con las tradicionales ‘s’ y un clavo:

presentaban marcas en el rostro, algunos tan dramáticamente herrados como para portar en el rostro el nombre completo de su propietaria “Doña Leonor de Castro en Valladolid”, e incluso su vecindad: “Esclavo del Licdo. J. de Castañeda, vecino de México”. (Andujar, 1999, p. 14)

La práctica de marcar a los esclavos con un hierro llamado carimbo se utilizó en América tanto para indígenas como para africanos con el fin de “garantizar la legalidad del esclavo: ser siervo en ‘justicia’ y haber pagado el quinto real de su valor al monarca” (Lucena, 1997, p. 125).

En algunas ocasiones se marcaban las armas de los soberanos en el cuerpo como castigo por delitos. En Roma, las dos llaves en forma de Cruz de San Andrés representaban las armas del Papa. En Francia, la flor de lis, blasón de los Borbones, se utilizó algunas veces. A los gitanos que no abandonaban sus trajes, lenguas o modales se les marcó con las armas de Castilla (Gutiérrez, 1826). También se marcaban las armas de la ciudad en la espalda, una estrella y un toro en el caso de la ciudad de Teruel (Martínez, 2007). En Francia, según la Ley de Floréal del año X, los reincidentes eran marcados con la letra R (Foucault, 2002). Con las revoluciones burguesas desapareció la aplicación de los estigmas físicos en el cuerpo de los condenados; pero, en ocasiones, bajo las dictaduras han reaparecido las marcas y estigmatizaciones discriminatorias, como las que se impusieron a los judíos en la Alemania de Adolf Hitler.

El estigmatizado se considera inhabilitado para una plena aceptación social en razón a algún defecto, falla o desventaja socialmente sancionada. Es un atributo desacreditador que lo clasifica como inferior, extraño, peligroso e, incluso, subhumano. Así, el estigma conlleva una carga social negativa y se convierte en un rasgo principal que anula o eclipsa los demás atributos del estigmatizado, de modo que lo reduce al estigma que lleva (Quiles, 1998; Goffman, 2006, Silva-García, 2011). Siguiendo a estos autores, existen tres tipos de estigmas:

  1. Los estigmas físicos, que se refieren a marcas, fachas o alteraciones en el cuerpo, como labio leporino, nariz irregular, cicatrices; o limitaciones funcionales, como ceguera, sordera, entre otros.

  2. Los defectos del carácter del individuo o estigmas de personalidad, es decir, aquellos que se perciben como fallas morales, entre ellas la falta de voluntad, pasiones tiránicas o antinaturales, creencias rígidas y falsas o deshonestas. Dentro de estos caben las perturbaciones mentales, reclusiones, adicciones a las drogas, alcoholismo, homosexualidad, desempleo, intentos de suicidio y conductas políticas extremistas.

  3. Los estigmas tribales, estructurales o sociales que se refieren a aspectos como la raza, la nación y la religión, susceptibles de transmitirse por herencia social y contaminar por igual a familias, estirpes y amistades.

Para que exista la estigmatización, esta tiene que ser pública, ponerse en evidencia por alguien ante los demás, aunque esté oculta. Major y O’Brien (2005) señalan que las marcas estigmatizantes pueden ser visibles o invisibles, controlables o no, y referirse a aspectos como la fisionomía (por ejemplo, una deformación física), la conducta (por ejemplo, el consumo habitual de alcohol) o la pertenencia a un grupo, por ejemplo, el afroamericano.

Los estigmas varían de una sociedad a otra y pueden cambiar con el tiempo: desaparecen unos (como los calificativos de brujas y herejes en la Inquisición) y aparecen otros en distintos momentos o culturas. Sucede en el presente con el uso extendido del término terrorista para descalificar no solo la acción violenta sino a quien la perpetra (Quiles, 1998). Major y O’Brien (2005) destacan, equivocadamente, que “el estigma es específico de la relación y el contexto; no reside en la persona sino en un contexto social” (p. 395). No cabe duda de que el atributo negativo de una persona adquiere el sentido de estigma en su contexto social e histórico, pero quien lo porta es la persona a quien se le atribuye, para identificarla socialmente en forma negativa, segregarla, considerarla como peligrosa o tratarla de manera peyorativa.

Como dice Goffman (2006), “la sociedad establece los medios para categorizar a las personas y el conjunto de atributos que se perciben como naturales y corrientes en los miembros de cada una de esas categorías” (pp. 11-12), a lo cual agrega que a cada persona se le atribuye una identidad social según la categoría y los atributos que la diferencian, y que la pueden convertir en menos deseable. Como indican Callejas y Piña (2005), en este proceso de categorización social “con base en ciertos indicadores aprendidos culturalmente, se crean diferentes categorías, construidas desde lo social colectivo a través de las interacciones cotidianas, en las que se puede agrupar a las personas a través de ciertos rasgos” (p. 65). Esta categorización delimita las interacciones sociales cotidianas, establece o distancia las relaciones, define al cercano y al extraño. Como dice Goffman (2006), la categorización trae consigo supuestos sobre el individuo que se encuentra ante nosotros, esto es, “las primeras apariencias nos permiten prever en qué categoría se halla y cuáles son sus atributos”; se le adjudica al individuo una “identidad social” como persona aceptable o diferente, “malvada, peligrosa o débil” (p. 12).

Así, el estigma puede definir la identidad social del sujeto. Los individuos estigmatizados pueden ser tanto los desacreditados como los desacreditables. Los primeros son portadores de estigmas por una deformidad física, por el color de la piel o por la pertenencia a determinado grupo social, y reconocidos así por aquellos con quienes interactúan. Los segundos tienen la posibilidad de ocultar un atributo no conocido ni inmediatamente perceptible por los de su entorno. En definitiva, el estigma no inhabilitaría a un individuo para la plena aceptación social en una relación o un contexto determinado como resultado automático de la relación entre un rasgo poseído y la asignación negativa de algún atributo o categorización social (Goffman, 2006; Silva-García, 2011).

Mecanismos estigmatizadores de identidades sociales históricamente marginadas en Colombia

Aunque los rasgos físicos aún se utilizan para estigmatizar, actualmente predomina la estigmatización por clase o condición social, por el color de la piel o identidad étnica, el sexo, la orientación sexual, por razones políticas o religiosas, o por cualquier otro factor de discriminación, como la pobreza, el analfabetismo, el lugar de origen, la formación académica, la actividad en defensa de DD. HH. o el reclamo de reconocimiento político y social para los intereses que representan los líderes sociales. La estigmatización se materializa cuando “algún atributo o característica que transmite una identidad social [... ] se devalúa en un contexto social particular” (Crocker et al., 1998, p. 505). Los estigmas impulsan la discriminación o marginación social de quienes no actúan de acuerdo con parámetros sociales impuestos por grupos que ejercen el poder, o de aquellos cuya conducta se tipifica como delito porque rompe reglas o expectativas sociales. Pero incluso se discrimina a quienes, sin romper la ley, se perciben como reprochables, peligrosos, opositores o enemigos por el lugar donde viven, por su identidad social o por abogar a favor de la defensa de los DD. HH. y los intereses de su base social (González, 2013; 2019; Martínez, 2018; Martínez & Noguera, 2017).

Muchos líderes sociales en Colombia, especialmente en regiones alejadas de las zonas urbanas, son estigmatizados por los intereses que representan y por sus reclamos de reconocimiento político y social, para los cuales se valen de protestas y, a veces, de las vías de hecho, lo que los hace altamente visibles y vulnerables. Como representan diversas identidades sociales (son, por ejemplo, líderes étnicos, comunales, políticos o feministas), son propensos a padecer una estigmatización múltiple en la que convergen y se acumulan los efectos de numerosas formas de discriminación y marginación social. De esta manera, la intolerancia hacia sus reclamos y su identidad alimenta y difunde creencias negativas sobre sus atributos e intenciones, al igual que sobre las causas que representan y defienden. Comúnmente se les vincula con la insurgencia armada o se les designa gratuitamente como delincuentes, criminales, terroristas o enemigos.

En el caso de la población en proceso de reintegración, anteriormente vinculada con las FARC-EP, su pasado de rebelión y de comisión de otros delitos constituye el rasgo que se utiliza con más frecuencia para estigmatizarlos como delincuentes irredimibles por quienes se oponen a la implementación del Acuerdo de Paz suscrito a finales de 2016. En varios países del mundo, como Estados Unidos, España, Alemania, Uruguay y Reino Unido -que no en Colombia (García, 2020), si bien hay algunos tipos penales que se le aproximan-, se sancionan los delitos de odio, pero no directamente la estigmatización. En Colombia, como en la mayor parte del mundo, también se reprocha la injuria y la calumnia, que involucra muchas veces la estigmatización de sus víctimas. Empero, la tipificación de estos dos delitos no permite ejercer un control eficiente de la estigmatización y, sobre todo, de sus consecuencias, puesto que después de cometer el delito basta una retractación para evadir la penalización, lo que en realidad no redime el daño que ya se ha ocasionado. Estas falencias persisten pese a que la estigmatización ha causado graves afectaciones a los DD. HH. y ha conducido a la comisión de delitos de odio en contra de población inerme. Por ende, conviene revisar la manera como se criminalizan estas conductas en el ordenamiento jurídico colombiano, además de considerar la criminalización de los delitos de odio, dado el impacto que provocan para el Acuerdo de Paz, la corrupción, la democracia y la justicia (González, 2013; Silva-García, 2000; 2019). Se ha discutido el papel del derecho y de la justicia en la defensa de los grupos sociales más vulnerables (Silva-García, 2006); ahora el derecho y la justicia deben asumir este nuevo reto en su papel protector.

Son varios los mecanismos utilizados para estigmatizar identidades sociales históricamente marginadas como la de los exintegrantes de las FARC-EP en Colombia. Entre estos mecanismos, el lenguaje denigrante y las acciones performativas, como las acusaciones infundadas de incumplimiento de los acuerdos contra personas o grupos sociales, tienen repercusiones que pueden afectar la vida o integridad personal, además de entorpecer intencionalmente la ejecución del plan marco de implementación del Acuerdo. Así, un contexto ideológica y políticamente radicalizado como el que se configuró a raíz del acuerdo con las FARC-EP, permitió encuadrar a un líder político como narcotraficante internacional, lo que amenazó el propio proceso de paz (Pérez-Salazar, 2018). Dadas las frustraciones y fracasos que habían generado anteriores procesos de paz (Silva-García, 1985), estos hechos eran potencialmente muy riesgosos.

El lenguaje se utiliza en el discurso simbólico para crear poder y articular relaciones de dominación mediante la descalificación del opositor, el amedrentamiento o la intimidación (Dávila et al., 2020). El objetivo de la estigmatización no es solo desacreditar a la persona o grupo social, también se utiliza para aislar, confinar, coaccionar o desplazar a quienes son etiquetados como indeseables por su identidad social o actividad política, al igual que para justificar los asesinatos de quienes persisten en realizar un liderazgo y oponerse a los objetivos de aquellos que ejercen el dominio político (Anrup, 2009).

Los estereotipos sobre ciertos sujetos o grupos pueden ser estigmatizantes en la medida que ofrecen justificación ideológica para alentar juicios negativos sobre el estigmatizado, como, por ejemplo, cuando se habla despectivamente de la identidad cultural de los indígenas o de los negros. Otros mecanismos de estigmatización incluyen a los medios de comunicación masiva, a través de notas rojas o amarillas con afirmaciones dirigidas a incitar la reacción social frente a ciertas personas e identidades sociales estigmatizadas, con calificativos infundados que los caracterizan como delincuentes o corruptos. Dado que estas acusaciones espurias quedan impregnadas en el imaginario social sin ninguna contestación, resulta difícil deshacerse de esta forma de estigmatización (Silva-García, 2011). Igual sucede en las redes sociales, en las que cualquier usuario puede referirse a otro en términos ofensivos o degradantes, o proferir amenazas para crear zozobra e intranquilidad para determinados individuos o grupos sociales (Silva-García & Pérez-Salazar, 2019).

La estigmatización social se observa en diversos ámbitos, entre ellos la familia, los entornos laborales o educativos, y la justicia penal. En estos casos, el individuo es consciente de la estigmatización en la interacción social, lo cual le puede afectar directamente sus pensamientos, sentimientos y comportamientos. Diversos investigadores latinoamericanos han dado cuenta del amplio papel desempeñado por la estigmatización como proceso de construcción social de la realidad para discriminar en el ámbito penal (Silva-García et al., 2019). Con la discriminación se niegan derechos fundamentales y se exterioriza el trato injusto. En este contexto, en muchos casos el sistema de control penal establece una relación de superioridad frente al imputado, a quien se discrimina como inferior que debe ser segregado o excluido. La discriminación no admite la diversidad social, que cada ser humano sea diferente y construya su propio mundo, y para ello crea barreras, busca limitar la actividad de ciertos individuos o grupos sociales, e inclusive erradicar su presencia en la sociedad.

Violencia estigmatizante dirigida contra líderes sociales en Colombia

En Colombia no hay una definición generalmente aceptada de líder social. Hasta el presente, el Gobierno colombiano no ha adoptado oficialmente una definición al respecto. La Unidad Nacional de Protección, organismo de seguridad del orden nacional cuya misión consiste en analizar y evaluar los riesgos, amenazas y vulnerabilidades, e implementar las medidas de protección individuales y colectivas de las poblaciones que lo requieran, maneja varias denominaciones para identificar estas personas: activista y dirigente sindical o político, especialmente de grupos de oposición, al igual que representantes y activistas de organizaciones defensoras de DD. HH., de víctimas, sociales, cívicas, comunales o campesinas, de organizaciones gremiales, de grupos étnicos, entre varias otras (Ministerio del Interior, Decreto 1066 de 2015, artículo 2.4.1.2.6).

La ONU (2019) utiliza el término líder social para referirse a distintos perfiles de defensores de DD. HH., “cuando individualmente o con otros actúan para promover o proteger los DD. HH. de manera pacífica, a nivel nacional e internacional” (p. 17). Junto con otras organizaciones sociales, la Comisión Colombiana de Juristas (2018) define al líder social como “una persona que cuenta con reconocimiento de su comunidad por conducir, coordinar o apoyar procesos o actividades de carácter colectivo que afectan positivamente la vida de su comunidad, mejoran y dignifican sus condiciones de vida o construyen tejido social” (p. 9).

En general, estas definiciones se quedan cortas por cuanto no hacen explícito el carácter conflictivo de las actividades en que participan los líderes sociales, no solo frente a la institucionalidad estatal, sino también en su interacción con líderes sociales de otros sectores que defienden agendas antagónicas. Uno de los rasgos distintivos del contexto sociopolítico colombiano en décadas anteriores ha sido la radicalización de diferentes posiciones ideológicas en relación con la condición de los líderes, y su consecuente estigmatización por vínculos con la oposición desde la izquierda política, o con grupos armados al margen de la ley de extrema izquierda, como las guerrillas, o de extrema derecha, como los paramilitares.

Como lo indica la CIDH (2019), el análisis del listado de líderes sociales asesinados desde 2017 en Colombia señala que la mayoría no había solicitado protección o no alertó a las autoridades sobre situación alguna de riesgo porque nunca fueron amenazados. Sin embargo, esto no permite descartar el papel que cumple en el contexto colombiano la estigmatización de líderes sociales como un factor que incrementa la vulnerabilidad de su vida e integridad física. Por el contrario, ante la ausencia de amenazas, la presencia de una estigmatización generalizada ayudaría a comprender estos atentados. Bastaría ser portador del estigma para ser un blanco potencial. La estigmatización proviene de distintas vertientes ideológicas, generalmente por medio de propaganda o amenazas verbales o escritas, que señalan a los líderes como elementos por fuera de la ley, con lo cual justifican ataques violentos en su contra.

Sin embargo, pese a que se han priorizado los delitos cometidos contra defensores de DD. HH. y otras poblaciones vulnerables en los informes recientes de la Fiscalía General de la Nación (FGN, 2019), la estigmatización no figura como un elemento importante en la investigación de amenazas y homicidios cometidos contra líderes sociales y defensores de DD. HH. La falta de relevancia de la estigmatización en estos informes afecta la orientación de las investigaciones al dejar fuera un elemento crucial en todo proceso comprensivo del fenómeno.

Desde un punto de vista histórico, es preciso señalar que en el país no existía una tradición de respeto al derecho a protestar, aun cuando, desde luego, incluso la Constitución Nacional de 1886 reconocía las libertades de expresión y de movilización. Tampoco la participación política y social tenía una valoración apreciable en la sociedad, lo que se refleja, por ejemplo, en los bajos niveles de afiliación sindical del país. Así, las actitudes de exclusión social dominantes en Colombia no compaginaban con la protesta social, la participación ciudadana y la organización de movimientos sociales, y mucho menos con el reconocimiento de los líderes sociales. El establecimiento siempre esperó que las reivindicaciones sociales se gestionaran a través de un sistema político clientelista, que procuraba satisfacer necesidades sociales a cambio de lealtades políticas. La historia reciente del país evidencia la continuidad de estas condiciones, como también las reacciones contra las amenazas de transgresión o a favor de preservar el orden deseado mediante el ejercicio del control social. Así, la represión o la deslegitimación de los movimientos sociales y sus dirigentes fortalecen el sistema clientelista como única opción para canalizar necesidades y anhelos sociales. En ese sentido, pueden mencionarse algunos hitos históricos a modo ilustrativo, como la masacre de trabajadores de Cementos El Cairo en 1963 que estaban en huelga, zanjada con 12 muertos y 39 heridos; la represión violenta del paro cívico nacional de 1977, que dejó 33 muertos y 3000 heridos; la expedición del Estatuto de Seguridad en 1978, supuestamente proferido para combatir el narcotráfico, pero en gran medida enfocado en la represión de la protesta social. Por ello, la concepción en materia de seguridad nacional que entiende a los defensores de DD. HH. como cómplices de la insurgencia, y a las organizaciones y movimientos sociales, junto a sus líderes, como correa de transmisión de la subversión, no ayudaba a transformar ese ambiente.

Al contrario, la agudización de la violencia guerrillera en los años noventa, la polarización ideológica y el desencanto producido por distintas negociaciones fallidas, en las que la guerrilla de las FARC-EP demostró su ausencia de voluntad de paz, coadyuvaron a radicalizar las confrontaciones. Todo esto creó un contexto desfavorable para los movimientos sociales y para sus líderes. Así mismo, esto llegó hasta la gran desconfianza respecto del Acuerdo de Paz de 2016.

Relación entre estigmatización y homicidios de líderes sociales en Colombia

Entre enero de 2016 y mayo de 2019, la FGN (2019) priorizó la investigación de 277 homicidios cometidos contra defensores de DD. HH. y líderes sociales, políticos y comunales que fueron reportados y verificados por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas. La investigación arrojó avances significativos en 161 casos (58 %), en los que se vincularon 411 personas, de las cuales 247 fueron privadas de la libertad. A partir de 32 sentencias, 54 casos en juicio y 32 indagaciones con orden de captura, la FGN estableció y caracterizó a los perpetradores de 143 homicidios como se muestra en la Tabla 1.

Tabla 1 Perpetradores de homicidios contra defensores de DD. HH. y líderes sociales, políticos y comunales (enero de 2016-mayo de 2019) 

Perpetrador Número Porcentaje
Sin filiación 65 46 %
Organización delictiva tipo C* 29 20 %
GAOR** FARC (disidencias) 20 14 %
Clan del Golfo 16 11 %
Guerrilla ELN 13 9 %
Total 143 100 %

* Organizaciones pequeñas de alcance local cuyo accionar no trasciende el municipio en que operan.

** Grupos armados organizados residuales que no se acogieron al Acuerdo de Paz.

Fuente: FGN (2019)

Salta a la vista la significativa participación de homicidios contra defensores de DD. HH. y líderes sociales, políticos y comunales perpetrados por particulares sin filiación alguna conocida, lo que confirma la aguda conflictividad de los entornos en que desempeñan su liderazgo, así como el alto nivel de violencia que prevalece en sus contextos sociales. Sin duda, la función de liderazgo representa un factor que incrementa el riesgo de actos de violencia en su contra, pero la alta participación de particulares no identificados como perpetradores de homicidios contra esta población impide determinar con certeza sus motivaciones.

No puede soslayarse, sin embargo, la influencia nociva del despliegue desmedido dado por los medios de comunicación masivos a situaciones y hechos reprochables que involucran a defensores de DD. HH. y líderes sociales. Esto ocurrió, por ejemplo, con los defensores que representaban a siete víctimas falsas que eventualmente fueron excluidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia sobre la masacre de Mapiripán (El Espectador, 1.° de marzo de 2017), noticia a la que se le dio un despliegue profuso, pero que resulta intrascendente ante el enorme volumen de registros de víctimas del conflicto armado en Colombia, que superan los siete millones, y de los defensores que las representan. O casos de líderes que eran protegidos por la ya referida Unidad Nacional de Protección, entre ellos, un candidato al concejo del municipio de La Unión en el Valle del Cauca, del partido Cambio Radical, detenido en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá cuando pretendía viajar a Frankfurt, Alemania, portando siete kilos de cocaína camuflados en la prótesis de una de sus piernas (Publimetro, 7 de octubre de 2019); o el de dos líderes sociales de la zona del Magdalena Medio, uno de ellos vinculado a la Comisión de la Verdad en Santander, capturados por el delito de secuestro extorsivo de la esposa de un palmicultor de esa región (El Espectador, 5 de septiembre de 2019).

Así, el cubrimiento desequilibrado de la actividad de defensores de DD. HH. y líderes sociales por los medios de comunicación masiva, que es amplificado por las redes sociales, suele destacar las conductas punibles de algunos de ellos y generar entre el público la impresión de que se trata de un rasgo común y representativo de dicha población y sus actividades. En consecuencia, a su condición ya altamente vulnerable frente a acciones violentas se le suma el efecto estigmatizador del descrédito generalizado de la función de defensa de los DD. HH. y el liderazgo social, que muchos señalan para responsabilizar a los mismos líderes de las amenazas, atentados y asesinatos en su contra.

Pero la Tabla 1 también revela que, en ese periodo, aquellos homicidios en que la Fiscalía logró identificar a los perpetradores (54 % del total), fueron atribuidos a organizaciones delictivas locales y grupos armados al margen de la ley. En general, estos agentes tienen intereses económicos vinculados con actividades como el narcotráfico, la minería ilegal y las extorsiones. Dada la incidencia local de los impactos negativos sociales, ambientales y económicos asociados con estas actividades, los defensores y líderes suelen oponerse a ellas, por lo cual las amenazas estigmatizantes dirigidas contra esta población suelen provenir de organizaciones delictivas y grupos al margen de la ley. Así, en estos casos, el ejercicio de la función de liderazgo se estigmatiza de manera general y en ocasiones más específicamente para justificar las acciones de violencia contra ellos. Así lo confirma la concentración de asesinatos de líderes sociales desde la firma del Acuerdo de Paz en aquellas regiones con mayor presencia de organizaciones armadas ilegales que se disputan economías ilegales como el narcotráfico o la minería ilegal: Antioquia (42), Cauca (33), Norte de Santander (31), Valle del Cauca (22), Nariño (14) y Caquetá (14), donde además se observa la mayor prevalencia de corrupción, extorsión y desplazamiento forzado (FGN, 2019). En vista de que muchos homicidios de defensores y líderes en estas regiones no son precedidos de amenazas estigmatizantes, es probable que la disminución de estos homicidios dependa principalmente de la desarticulación de las organizaciones criminales.

No obstante, la CIDH (2019) ha documentado en años recientes la proliferación de panfletos en varias regiones de Colombia con mensajes amenazantes dirigidos con nombre propio a defensores y líderes sociales, en los que se les señala como “guerrilleros” o “comunistas”, y se les conmina, bajo amenaza de muerte, a abandonar la ciudad o municipio en un plazo perentorio. A continuación se presentan dos casos específicos que ilustran cómo, en territorios donde defensores y líderes resisten el control de organizaciones delincuenciales y grupos armados al margen de la ley, estos últimos los estigmatizan y amenazan para justificar su asesinato como escarmiento.

Asesinato de María del Pilar Hurtado en Tierralta (Córdoba)

El municipio de Tierralta está ubicado en el sur del departamento de Córdoba sobre un corredor de movilidad que conecta los cultivos ilícitos de coca del Bajo Cauca con rutas de narcotráfico internacional que atraviesan el Urabá, en el noroccidente colombiano. Por ese corredor transita oro y pasta de cocaína, dos fuentes de ingresos que se disputan tres grupos armados al margen de la ley: las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC); una disidencia que se desprendió de ese grupo conocida como Los Caparrapos, y una disidencia de las FARC-EP que no se acogió al Acuerdo. La zona está afectada por un programa de sustitución de cultivos ilícitos previsto en el Acuerdo, pero sus beneficiarios denuncian la presión de estos grupos para que abandonen el programa y continúen pagando la extorsión asociada con esta economía ilícita. En los últimos años se han desplazado unas 1700 personas de la zona por cuenta de amenazas, extorsiones, reclutamiento forzado de menores y violencia selectiva. Estas dinámicas persisten imperturbables, pese a la presencia de numerosas unidades del Ejército en la zona.

En junio de 2019, María del Pilar Hurtado fue asesinada en una calle de Tierralta, presuntamente por las AGC, luego de ser amenazada en un pasquín que le exigía abandonar el lugar o la matarían. El motivo de la amenaza era haber liderado la invasión de un lote baldío para atender las necesidades de vivienda de desplazados asentados en Tierralta. El lote era propiedad del padre del alcalde, y María del Pilar Hurtado había estado al frente de las conversaciones con la Alcaldía para regularizar la situación. Antes de que los invasores fueran desalojados por el Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía, los hechos que siguieron a su asesinato son confusos. La Alcaldía emitió un comunicado afirmando que la Defensoría del Pueblo no reconocía a Hurtado la calidad de líder social. Enseguida, la Defensoría desmintió el comunicado del alcalde. Ante el clamor, al día siguiente hicieron presencia en Tierralta el ministro de Defensa Nacional, la gobernadora de Córdoba, el comandante de la Séptima División del Ejército, el comandante del Departamento de Policía de Córdoba, el procurador delegado y el alcalde de Tierralta, entre otros. A este evento asistieron líderes de numerosas organizaciones sociales para denunciar la presencia de grupos armados al margen de la ley, así como de bandas de sicarios. Por sus denuncias públicas en el evento, uno de ellos, Andrés Chica, fue luego amenazado de muerte por ser “guerrillero defensor”, de modo que debió desplazarse del lugar (Verdad Abierta, 2020).

El rasgo estigmatizante utilizado en este caso contra los defensores y líderes agredidos fue su ocupación como impulsores de movilizaciones y acciones de hecho. Las amenazas y violencia dirigidas en su contra procuran desacreditarlos por su presunto oportunismo en la obtención de beneficios personales a través de la perturbación del orden público. La inacción de las autoridades para sancionar a los responsables de estas agresiones contribuye, de manera tácita, a neutralizar la acción de defensores y líderes que oponen resistencia local a poderes de hecho como los grupos armados al margen de la ley que controlan este corredor estratégico de movilidad.

Guardia indígena del resguardo de Tacueyó en el municipio de Toribio (Cauca)

Al día siguiente de las elecciones locales de octubre de 2019, guardas indígenas fueron emboscados por la columna guerrillera disidente “Dagoberto Ramos” en territorio del resguardo de Tacueyó, en el norte del Cauca, al suroccidente del país. Esta fue una reacción a la captura que había hecho la guardia indígena de tres sujetos pertenecientes a otra columna disidente, la llamada “Jaime Martínez”, cuando transitaban por el resguardo. Para rescatarlos, atacaron a la guardia, lo que dejó cinco muertos y seis heridos. La masacre ocurrió en una espiral de ataques violentos de las disidencias de las FARC-EP contra la guardia indígena por controlar el transito del corredor del narcotráfico que atraviesa los resguardos indígenas ubicados en las vertientes de la cordillera central. Días antes había circulado un panfleto suscrito por el supuesto “Cartel de Sinaloa - CDS” que declaraba como objetivo militar a dos integrantes del resguardo de Tacueyó, “por no querer trabajar con nosotros”. Además, ofrecía diez millones de pesos por cada coordinador de guardia o guarda “que cargue esos palos y logos del CRIC” (Verdad Abierta, 2019).

Este caso ilustra la transformación de la autonomía cultural en un rasgo estigmatizante, que resulta intolerable para este grupo armado porque interfiere con la actividad ilícita que soporta su funcionamiento. Aquí cabe destacar cómo la intención desacreditadora de la amenaza proferida es neutralizada por la resistencia continuada de las comunidades indígenas a las agresiones e incursiones de estos grupos en sus territorios.

De otra parte, los prejuicios predominantes hacen suponer a la mayoría que las víctimas entre líderes sociales, tanto de la estigmatización como de la violencia, son personas simpatizantes de la izquierda política. Sin embargo, contra las apariencias, la investigación empírica, esto es, las entrevistas en profundidad y los datos recabados mediante la observación, permitió establecer que las víctimas responden a una amplia baraja de alternativas políticas ubicadas a la derecha y a la izquierda. Los datos consignados en la Tabla 1 coinciden con ello, puesto que los perpretadores de estos homicidios pertenecen a bandas armadas tanto de extrema derecha como de extrema izquierda. El punto es que, precisamente, la gente es asesinada porque, más allá de su definición política, la eficaz imposición de un estigma es lo que atrae a los victimarios para ensañarse con esas personas.

Desde luego, esto no aplica de modo homogéneo en el país; varía según qué actores son dominantes en qué zonas y cuáles son los territorios en disputa. Asimismo, la extrema izquierda tampoco ha estado históricamente exenta de la persecución de líderes sociales. José Raquel Mercado, por ejemplo, no fue depuesto de un modo democrático por las bases sindicales de la Confederación de Trabajadores de Colombia debido a que fuera un traidor a la clase trabajadora; por el contrario, fue ejecutado por un grupo guerrillero. Por su parte, los dirigentes sindicales de Sintragro no fueron expulsados de sus cargos democráticamente por los trabajadores de la industria del banano, sino que fueron asesinados en un genocidio conducido por las FARC-EP. Por otro lado, la indagación empírica permitió comprobar que los principales emisores de discursos en contra de los líderes sociales y defensores de DD. HH., en los procesos de construcción social de la realidad referidos a la identidad de esas personas, pertenecen a las élites del país o grupos conservadores.

La estigmatización y la violencia dirigidas contra defensores y líderes sociales son fenómenos que datan de tiempo atrás en Colombia. Sin embargo, después de la firma del Acuerdo de Paz entre las FARC-EP y el Gobierno nacional en noviembre de 2016, han adquirido una relevancia mayor. Su seguimiento sistemático, con la participación de agencias internacionales como la ONU, así como la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, con el fin de verificar el cumplimiento del Acuerdo, ha contribuido a darle visibilidad a ambos fenómenos.

Según la Comisión Colombiana de Juristas (2018), los líderes sociales y defensores de DD. HH. que han sido objeto de amenazas estigmatizantes y actos de violencia en años recientes pertenecen principalmente a movimientos políticos de oposición. Entre ellos, el movimiento Marcha Patriótica registra el mayor número de homicidios de integrantes desde la firma del Acuerdo. A la vez, esta comisión reconoce que la utilización de la estigmatización para responsabilizar a las víctimas de la violencia política que se ejerce en su contra afecta a activistas y dirigentes políticos de todo el espectro ideológico. Así mismo, señala que los periodos pre- y poselectorales son los que registran el mayor número de homicidios de esta población.

La FGN (2019), por su parte, destaca la alta prevalencia de homicidios contra dirigentes y activistas de organizaciones comunales, de comunidades indígenas, negras y campesinas, ubicadas en zonas donde distintas organizaciones delictivas y grupos armados al margen de la ley se diputan el control de economías ilícitas como el narcotráfico y la minería ilegal.

Conclusiones

La estigmatización, entendida como una acción con intención discriminatoria que busca reducir ciertas identidades sociales a un rasgo considerado socialmente negativo y desacreditarlas con el fin de propiciar su subordinación y control social, ha sido utilizada en Colombia de manera genérica para desprestigiar la actividad de defensores de DD. HH. y líderes sociales de diferentes vertientes ideológicas. Los pasquines y panfletos con amenazas genéricas y específicas se encuentran entre los mecanismos más comunes para la estigmatización. Otra modalidad son las afirmaciones estigmatizantes en pronunciamientos oficiales sobre determinadas identidades sociales, a las cuales se responsabiliza por las vulneraciones y afectaciones contra su propia vida e integridad. Otra modalidad más es el cubrimiento desequilibrado de las actividades de defensores y líderes que hacen medios de comunicación masiva y redes sociales, al destacar principalmente las conductas punibles cometidas por algunos de ellos y difundir en el imaginario social que este sería un rasgo común y representativo de esta población y sus actividades.

Las observaciones de la ONU, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General, la Comisión Colombiana de Juristas y la FGN sobre el papel de la estigmatización, su uso para orientar la violencia contra líderes sociales y defensores de DD. HH., pero también contra combatientes desmovilizados a raíz del Acuerdo de Paz de 2016, coinciden con lo que se ha señalado en este artículo.

La persistencia de la violencia homicida en contra de defensores y líderes sociales, al igual que en contra de exintegrantes de las FARC-EP en proceso de reintegración, representa un desafío para el Estado colombiano en su condición de garante de la vida e integridad de la población, en especial de quienes están vinculados de alguna manera con la construcción de paz. Convencionalmente, la estigmatización de ciertas identidades y grupos sociales ha servido como un marcador para ajustar las prioridades coyunturales de la política penal del Estado y sus intervenciones de control social. No obstante, en Colombia, a raíz de los programas de sustitución de cultivos ilícitos y el control de otras economías ilícitas en el contexto de la implementación del Acuerdo, los defensores y líderes vinculados a dichos programas se han tornado en blanco de amenazas estigmatizantes y acciones violentas por parte de organizaciones delincuenciales y grupos armados al margen de la ley que defienden y se disputan el control de dichas economías ilícitas.

La mayoría de líderes sociales asesinados tras el Acuerdo de Paz no recibieron con anterioridad amenazas estigmatizantes específicamente en su contra. Por ello, resulta difícil establecer una relación clara entre las estigmatizaciones genéricas que se propagan en contra de sus actividades de liderazgo en los medios de comunicación masiva, las redes sociales y los panfletos, y la violencia homicida dirigida en su contra. No obstante, en los casos de homicidios cuya autoría la Fiscalía atribuye a organizaciones delincuenciales y grupos armados al margen de la ley, las amenazas estigmatizantes dirigidas específicamente en contra de ciertos defensores y líderes y de sus actividades se han utilizado como escarmiento y advertencia para impedir y desalentar estos liderazgos en el futuro. Por otra parte, el hecho de que más de la mitad de los homicidios contra esta población ocurra en zonas donde el control de las economías ilícitas está en disputa y la Fiscalía los atribuya a organizaciones delincuenciales y grupos armados organizados en tales zonas denota que el conflicto armado interno aún no termina en Colombia.

En conclusión, la disminución de los homicidios contra defensores y líderes en nuestro país dependerá principalmente de que el Estado desarticule a los grupos armados al margen de la ley y las economías ilícitas que los soportan. Para hacerlo, es preciso que el Estado establezca un efectivo control territorial en las zonas donde hacen presencia y actúan los grupos armados y delictivos organizados, y para ganar la confianza y la colaboración de las comunidades y personas asentadas en esos territorios será clave garantizar el debido respeto de sus derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales. Esta será una condición para que la población esté en disposición de rodear a las instituciones y la Fuerza Pública en esos territorios. Al control en materia de seguridad debe sumarse la inversión social, pues la presencia del Estado no puede limitarse a las Fuerzas Armadas. Así mismo, en estos procesos debe involucrarse e incentivar la participación de las organizaciones sociales y sus líderes, no solo como interlocutores, sino en el papel de socios de los proyectos ejecutados por el Estado. Un reconocimiento y valoración de las organizaciones sociales y sus líderes es un paso indispensable para terminar con su estigmatización, lo que a su vez es condición previa para protegerlos de la violencia.

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Citación APA: González Monguí, P. E., Silva-García, G., Pérez-Salazar, B., & Vizcaíno-Solano, L. A. (2022). Estigmatización y criminalidad contra defensores de derechos humanos y líderes sociales en Colombia. Revista Científica General José María Córdova, 20(37), 143-161. https://dx.doi.org/10.21830/19006586.810

Declaración de divulgación Los autores declaran que no existe ningún potencial conflicto de interés relacionado con el artículo. Este trabajo hace parte de la ejecución del proyecto “Nueva criminalidad y control”, adscrito al grupo de investigación Conflicto y Criminalidad de la Universidad Católica de Colombia. Algunos de los autores fueron funcionarios o contratistas de la Unidad Nacional de Protección (UNP), pero las opiniones vertidas en el artículo no comprometen a esa entidad, solo a sus autores.

Financiamiento

Los autores declaran como fuente de financiamiento para la realización de este artículo la Universidad Católica de Colombia.

Recibido: 03 de Mayo de 2021; Aprobado: 20 de Septiembre de 2021

*CONTACTO: Pablo Elías González Monguí pegonzalez@ucatolica.edu.co

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