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Revista eleuthera

Print version ISSN 2011-4532

Rev. eleuthera vol.22 no.1 Manizales Jan./June 2020

https://doi.org/10.17151/eleu.2020.22.1.5 

Diversidad y Justicia Social

PERCEPCIÓN ACERCA DE LA ADOPCIÓN ENTRE PAREJAS DEL MISMO SEXO EN EL SECTOR LGBTI DE SINCELEJO, COLOMBIA*

PERCEPTION ABOUT ADOPTION BETWEEN COUPLES OF THE SAME-SEX IN THE LGBTI COMMUNITY OF SINCELEJO, COLOMBIA

Angie-Jhoana Vega-Lara1 

Luz Adriana Villadiego-Ojeda2 

Marta Sahagún-Navarro3 

1 Corporación Universitaria del Caribe, CECAR. Sincelejo, Colombia. E-mail: angie.vega@cecar.edu.co. orcid.org/0000-0002-1608-0450. https://scholar.google.com/citations?user=4cJ3IIEAAAAJ&hl=es.

2 Corporación Universitaria del Caribe, CECAR. Sincelejo, Colombia. E-mail: luz.villadiego@cecar.edu.co. orcid.org/0000-0003-0446-0939. https://scholar.google.com/citations?user=WFe8ujkAAAAJ&hl=es.

3 Corporación Universitaria del Caribe, CECAR. Sincelejo, Colombia. E-mail: marta.sahagun@cecar.edu.co. orcid.org/0000-0002-6439-0672.


Resumen

Objetivo.

Analizar la percepción acerca de la adopción por parejas del mismo sexo en el sector LGBTI de Sincelejo, Colombia.

Metodología.

La investigación se orientó bajo un enfoque cualitativo con un método fenomenológico y los datos se recogieron mediante el uso de la entrevista semiestructurada y el grupo focal.

Resultados.

El análisis apunta a que no todas las personas del sector LGBTI están de acuerdo con la adopción ya sea por su estilo de vida o por el deseo de no tener hijos.

Conclusión.

Las personas pertenecientes al sector LGBTI han sufrido discriminación por su orientación sexual, lo que ha sido un obstáculo para garantizar sus derechos. Es una realidad que existen diversos tipos de familias, pero aun para establecer una familia homoparental por adopción es necesario tener el apoyo del Estado, preparar a la sociedad y equiparar a estas personas en cuanto a formación parental.

Palabras clave: adopción homoparental; adopción; homosexualidad; LGBTI; familia

Abstract

Objective.

To analyze the perception of same-sex adoption in the LGBTI community of Sincelejo, Colombia.

Methodology.

The research was oriented under a qualitative approach with a phenomenological method and the data were collected using semi-structured interviews and focal groups.

Results.

The analysis points out that not all people in the LGBTI community agree with adoption, either because of their lifestyle or the desire not to have children.

Conclusion.

People in the LGBTI community have suffered discrimination because of their sexual orientation, which has been an obstacle to guaranteeing their rights. It is a reality that there are different types of families, but even to establish a same-sex family by adoption, it is necessary to have the support of the State, prepare society and equalize these people in terms of parental training.

Key words: same-sex adoption; adoption; homosexuality; LGBTI; family

Introducción

En la actualidad en Colombia al sector LGBTI se le se reconocen cinco derechos, dentro de los cuales se encuentra la adopción por parejas del mismo sexo aprobado en el año 2015 por la Corte Constitucional. Frente a esta decisión, se mostraron diferentes posturas. Por un lado, las personas que están de acuerdo y manifiestan que el niño no tendrá ninguna afectación en su desarrollo físico y mental (Moreno, 2015; Aristegui, 2014).

En los años más recientes se ha observado que el crecimiento y el desarrollo positivo de niños, niñas y adolescentes guardan una asociación directa con las características de las relaciones y el ambiente en el contexto familiar. En este sentido, la orientación sexual de los padres ejerce un efecto mínimo e insignificante a nivel estadístico, en la calidad de vida de los hijos; de hecho, niños, niñas y adolescentes educados por padres del mismo sexo presentan logros académicos y psicosociales similares a los de los criados en el contexto tradicional hegemónico de parejas de distinto sexo (Campo y Herazo, 2015). Además, según los principios de Yogyakarta, todas las personas tienen derecho a medidas de protección social sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, lo que incluye a los niños, niñas y adolescentes (Narváez y Galeso, 2018).

Por otro lado, se encuentran los individuos que consideran que personas del mismo sexo no deberían adoptar. Suponen que los menores son los que sufren las consecuencias del rechazo y la discriminación por parte de una sociedad que no está capacitada para enfrentar este tipo de situaciones (Pérez, 2016). Además, se indica que los argumentos del movimiento LGBTI se basan en los derechos de ellos mismos como homosexuales, no en el bienestar y estabilidad de los niños, tal y como apunta Victoria Cabrera, directora científica del Instituto de Familia de la Universidad de La Sabana (El Tiempo, 2015).

Teniendo en cuenta lo anterior, se logra identificar la complejidad de las dinámicas relacionales de las familias homoparentales y heteroparentales frente a un proceso de adopción que incorpora, además, aspectos socioculturales de un contexto particular. En este sentido, cabe hacer énfasis en la familia.

Sector LGBTI y familia

El concepto de familia ha evolucionado a lo largo del tiempo dado los cambios sociales y culturales que han impactado significativamente en ella como grupo humano. La Constitución Política de Colombia (1991) considera a la familia como “el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla” (art. 42). La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) define la familia como “el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado” (art. 16).

Desde las refutaciones a los conceptos anteriores por no incluir a las parejas homosexuales como entes para conformar una familia, el Consejo de Estado (Sección Tercera, sentencia de 11 de julio de 2013) estableció un nuevo concepto que señala que:

Es una estructura social que se construye a partir de un proceso que genera vínculos de consanguinidad o afinidad entre sus miembros. Por tanto, sin bien la familia puede surgir como un fenómeno natural producto de la decisión libre de dos personas, lo cierto es que son las manifestaciones de solidaridad, fraternidad, apoyo, cariño y amor; lo que estructuran y le brindan cohesión a la institución. (Como se citó en Arévalo, 2014, p. 6)

Así, reconoce las variables de noción de familia (estructuración), la potenciación de la individualidad en la conformación de la pareja y, por ende, de la familia, como lo es el ejercicio de la libertad y la autonomía a través del respeto y la elección. De esta manera, la familia también se puede formar por dos personas del mismo sexo, lo que permite poder iniciar una unión marital de hecho y adquirir los derechos y obligaciones que de esta figura se desprende; sin embargo, a pesar de este reconocimiento, no ha sido posible brindar un tratamiento legal y de igualdad frente al matrimonio y, puntualmente, frente al derecho o la posibilidad de adoptar (Díaz y Rodríguez, 2013).

Sector LGBTI y adopción

Ellis y Rowers (como se citó en Collí, Villanueva, Quintal y Chávez, 2011) apuntan que la adopción de un menor ya no es privativa de la familia tradicional formada por un matrimonio heterosexual que no puede tener hijos, a pesar de que esta tipología familiar haya sido una construcción social no exenta de cargas morales, religiosas y culturales, normalizada por ser la más frecuente y aceptada.

La adopción supone un deseo por parte de una pareja o una persona adulta de tener un hijo. Es un medio para la realización del deseo de ser padre o madre cuando, por distintos motivos, esta vía es elegida como una alternativa a la paternidad o maternidad biológica. Supone implicaciones legales, afectivas y sociales, es decir, la adopción no está limitada solo a parejas tradicionales como padre y madre, sino que abre camino a las diversidades de familia que puedan existir para crear bienestar y protección a menores de 18 años.

Asimismo, la Universidad Nacional Autónoma de México [UNAM] (2010) señala la adopción como el estado jurídico mediante el cual se confiere al adoptado la situación de hijo del o de los adoptantes y a estos los deberes y derechos inherentes a la relación paternofilial. La adopción es el vínculo filial creado por el derecho, por lo tanto, la objetividad de la adopción no es más que generar un bien común para los niños desprotegidos, a fin de que puedan obtener sus derechos como seres integrales de la sociedad y un hogar.

En Colombia, según la Ley 1098 del 2006, la adopción “es, principalmente y por excelencia, una medida de protección a través de la cual, bajo la suprema vigilancia del Estado se establece de manera irrevocable la relación paterno-filial entre personas que no la tienen por naturaleza” (art. 61), es decir, la adopción es un proceso judicial y social para brindar a niños, niñas y adolescentes un bienestar integral para ser acogidos y protegidos por una familia que estaría supervisada por los entes del gobierno. Según la Organisation de l’Armée Secrète [OAS] (2010), la adopción tiene dos etapas: la primera, administrativa, se surte ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar [ICBF] y, en ella, se declara adoptable al niño según los parámetros técnicos de selección de familia que garantizan un hogar estable y seguro para el desarrollo integral y armónico del niño; la segunda, judicial, que decreta la adopción a través de sentencia judicial en los juzgados de familia y, debidamente ejecutoriada, establece la relación paterno-filial.

Si bien es cierto en la Constitución Política de Colombia (1991) no hay un artículo específico que superponga que las parejas del mismo sexo puedan adoptar, si se tiene en cuenta que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” (art. 1), además de que

Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. (Art. 13)

Y que “todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico” (art. 16). En este sentido, Cardozo y Rey (s.f.) mencionan que la Constitución colombiana engloba un cambio de mentalidad social, política y, por supuesto, jurídica.

En la Corte Constitucional se han llevado a cabo procesos judiciales que dan garantía de los derechos de igual manera a las parejas que están conformadas por el mismo sexo, en este caso, el derecho a la adopción. Una de las acciones jurídicas más relevantes que se manifestó fue la sentencia C-075 de 2007. La Corte se pronunció sobre una demanda que argumentaba que la adopción plena por parte de parejas del mismo sexo se puede dar, ya que lo que debe prevalecer es el derecho de los niños a tener una familia y, en este caso, el magistrado ponente Jorge Iván Palacio argumentaba que,

La adopción de niños por personas con orientación sexual diversa, en general, y por parejas del mismo sexo, en particular, no afecta por sí misma el interés superior del menor, ni compromete de manera negativa su salud física y mental o su desarrollo integral. (Colprensa, 2015, p. 1)

Adopción homoparental y desarrollo del niño

En Colombia existe ya una medida en la cual las parejas homoparentales pueden adoptar niños menores de 18 años, pero aún quedan puntos de discusión como la parte afectiva y social del niño. En este sentido, estudios realizados como el de Ellis y Rowers (como se citó en Collí et al., 2011) consideran que, desde un punto de vista emocional, la adopción supone la incorporación de un menor a la familia que genera nuevos vínculos afectivos, es decir, una relación estrecha de carácter emocional que el niño debe crear con sus padres adoptivos para que exista una verdadera relación paternofilial entre ellos y el desarrollo de los roles. Cuando ese vínculo se establece de forma sana genera en el niño seguridad y confianza.

Uziel (como se citó en Collí et al., 2011) señala que los padres homosexuales pueden cumplir con todas las funciones atribuidas a la parentalidad (socialización, cuidados, entrega de una identidad, protección y afectividad) y que, en muchos sentidos, una pareja que cría a un hijo no se distancia demasiado de la familia nuclear tradicional. En este sentido, Collí et al. (2011) realizaron un estudio en el que compararon:

Veinte hogares de parejas lesbianas con 27 monoparentales encabezados por una madre heterosexual. En el primer grupo había 37 niños de 5 a 17 años de edad y el segundo 38 niños. El estado mental de los dos grupos de madres era similar y todas mostraban el mismo grado de afectividad a los niños. (p. 4)

En cuanto al desarrollo social, la convivencia de estos niños en la escuela o en otros grupos sociales se ha manifestado en un comportamiento dentro de lo “normal” como cualquier niño criado por parejas heterosexuales, así como en las competencias sociales. El pertenecer a una familia homoparental no afecta de manera diferencial a las competencias para desarrollar relaciones de amistad y al ajuste social en general. Gartrell y Goldberg (como se citó en La Patria, 2014), indican que los niños hasta los diez años tienen niveles adecuados de competencia social y poseen una buena relación con pares, de acuerdo con el reporte de padres, maestros y de ellos mismos. Se evidencia que los niños y niñas pertenecientes a familias homoparentales tienen redes sociales activas y reportan amistades tanto cercanas como duraderas en el tiempo.

De igual manera, afirman que los y las adolescentes que pertenecen a una familia homoparental tienen inclusive menos problemas de interacción social que los adolescentes que viven en familias heterosexuales.

Si bien, estos estudios muestran una imagen positiva acerca de la afectividad de los niños que han estado bajo el cuidado de parejas o familias homoparentales, no obstante, hay otras perspectivas que difieren de esto. Por ejemplo, estudios como el de Fontana, Martínez y Romeu (2005) revelaron los siguientes desenlaces observados en los niños criados por parejas del mismo sexo:

  • Problemas psicológicos como la baja autoestima, el estrés, la inseguridad respecto a su vida futura en pareja y a tener hijos, trastorno de la identidad sexual, rechazo del compañero o compañera del progenitor con sentimientos homosexuales como figura materna o paterna y la preferencia por vivir con el otro progenitor.

  • Más habituales son aquellos trastornos de la conducta como la drogodependencia, la anorexia y la bulimia, y el fracaso escolar, que incluye deficiente comportamiento escolar.

  • Mayor frecuencia de experiencias traumáticas como ruptura de la pareja o abusos sexuales paternos.

  • Mayor presencia de conductas o identidades homosexuales.

Estos autores señalaron que, hasta la fecha, no había existido un estudio científico lo suficientemente amplio y válido que avale la adopción por personas del mismo sexo, sin embargo, concluyeron a favor de no conceder menores en adopción a parejas del mismo sexo, aludiendo al beneficio y bienestar del menor.

Las opiniones a favor están basadas en la importancia de la educación, la capacidad para satisfacer de forma adecuada y estable a las necesidades del menor y manifiestan que esto no está relacionado con las tendencias sexuales de los padres. Sin embargo, en las opiniones en contra:

Se basan más en que a los niños se les debe ofrecer una relación parental satisfactoria y también se basan en que muchos de los estudios tanto cuantitativos como cualitativos no son suficientes en método y muestra, para hacer leyes tan generales y permitir una acción de gran magnitud (Buil y García como se citó en Collí et al., 2011, p. 6).

La adopción homoparental es un fenómeno social que ha causado controversias a lo largo de estos últimos años, tanto en el sector religioso como en la sociedad en general. Este estudio resalta la necesidad de indagar acerca de los argumentos en los cuales las personas del sector LGBTI están de acuerdo o en desacuerdo acerca de la adopción por parejas del mismo sexo. Se plantea, por lo tanto, alcanzar el siguiente objetivo general: analizar la percepción acerca de la adopción por parejas del mismo sexo en el sector LGBTI; y específicos: a) conocer la apreciación sobre la dinámica de la estructura familiar y estilos parentales en la adopción por parejas del mismo sexo; b) comprender los argumentos en pro y en contra acerca de la adopción por parejas del mismo sexo en el sector LGBTI.

Método

Enfoque y diseño de investigación

Desde un enfoque cualitativo, este estudio analizó y describió las percepciones del sector LGBTI sobre la adopción en las parejas del mismo sexo, teniendo en cuenta el contexto y las personas bajo una perspectiva holística, tratando de entenderlas dentro del marco de referencia de ellas mismas (Hernández, Fernández y Baptista, 2014). Esta investigación utilizó un diseño fenomenológico, el cual se orienta en el abordaje de la realidad, partiendo del marco de referencia interno del individuo (Husserl como se citó en Leal, 2001).

Población y muestra

La población estuvo conformada por miembros del sector LGBTI de la ciudad de Sincelejo, capital del departamento de Sucre, Colombia. Para el tipo de estudio fenomenológico se sugiere una muestra inicial de diez individuos (Hernández et al., 2014). Finalmente, se obtuvo una muestra de 16 personas, la cual fue definida por saturación de categorías.

Teniendo en cuenta el aumento de las amenazas e intimidaciones contra el sector LGBTI en el país y que solo en 2017 109 integrantes fueron asesinados por actos de prejuicio (Colombia Diversa y Caribe Afirmativo, 2018), se optó por una muestra de participantes voluntarios. El acercamiento a estos se dio a través de informantes claves, preferiblemente dirigentes de una asociación del sector LGBTI, a quienes previamente se les explicó en qué consistía la investigación y la confidencialidad con la que iban a ser tratados los datos. Para ello, se realizó un consentimiento informado que estipuló la privacidad de los datos y la salvedad de que la información manejada sería tratada solamente por las investigadoras del presente estudio. Las entrevistas fueron grabadas y, al momento de cada participante realizar su respectiva colaboración, se identificaban por un seudónimo, manteniendo su anonimato para evitar represalias.

Técnicas e instrumentos de recolección de datos

En cuanto a las técnicas utilizadas para la recolección de la información, se usó la entrevista semiestructurada, previamente validada por juicio de expertos. La entrevista fue aplicada a seis personas cuyas edades oscilan entre los 20 y 30 años. Para triangular la información, se conformaron dos grupos focales para un total de diez personas, siguiendo los criterios de diseño de Álvarez-Gayou (2003).

Para la creación del instrumento, se tomaron como base las siguientes categorías de análisis, teniendo en cuenta el referente teórico analizado: a) estructura familiar, b) estilos parentales, c) percepción sobre la adopción homoparental en cuanto a conocimiento legal, derechos y preparación para la adopción.

Análisis de datos

Se recurrió a una estrategia basada en el criterio inductivo-deductivo para el proceso de elaboración del esquema de categorías, el cual inició con un referente teórico para plantear macrocategorías que, posteriormente, se examinaron en el discurso para definir categorías más específicas (Mejía, 2011) y se utilizó el software de análisis de datos cualitativos ATLAS.ti como apoyo para el análisis de los resultados. Esto permitió la interpretación de los datos de lo general a lo particular y viceversa, de la que se obtuvo una visión amplia del fenómeno estudiado desde la etapa de las categorías tomadas del referente teórico hasta las categorías emergentes durante el proceso de recolección de datos para complemento y profundización de la teoría dada (Álvarez-Gayou, 2003).

Resultados

En esta sección se describen los resultados de la investigación obtenidos al abordar las categorías de análisis propuestas y emergentes, a saber: 1) estructura familiar; 2) estilos parentales; 3) posiciones frente a la adopción homoparental; 4) exigencia de derechos; 5) conocimiento de derechos; 6) preparación hacia la homoparentalidad; 7) discriminación hacia la población LGBTI; acompañados de fragmentos discursivos que ilustran las ideas reseñadas.

Estructura familiar

Hoy por hoy el concepto de familia ha evolucionado al igual que la tipología de la estructura familiar, pues no solo se considera familia aquella que está conformada por padre y madre o monoparental, sino también aquella conformada por dos parejas del mismo sexo, pues se reconoce, desde el ámbito nacional, la diversidad familiar y las familias homoparentales como entes en la sociedad que pueden conformar una familia por medio del derecho de adopción como las parejas heterosexuales. En este sentido, se analizó la percepción homoparental desde la postura del sector LGBTI, sobre algún tipo de afectación en el desarrollo de la crianza del niño adoptado y el cuestionamiento hacia el por qué son dos mamás o dos papás y se obtuvo lo siguiente:

Eso tienen que tener los dos papás, un pensamiento abierto y grande para podérselo expresar con palabras que sean concretas y directas a ese niño, porque hay que hablarle con la verdad y pues decirle que ya la familia no es solo mamá y papá, sino papá y papá o mamá y mamá. (Participante 7, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Sería explicarle con amor, explicarle con la verdad y decir las cosas como son; tú tienes dos mamás, dos papás que te aman, que te adoptaron porque siempre quisieron tener este ambiente familiar. (Participante 9, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Asimismo, al reconocerse la homoparentalidad como una nueva tipología de estructura familiar, los participantes aluden a la necesidad de implementar un nuevo modelo educativo que cambie los paradigmas de género:

Las niñas hacen un papel de madre y los niños hacen un papel de padre, no hacen nada al niño, no me lo toquen, déjamelo ver televisión (…) ven niña, coge y barre si (…) eso pasa, pero si en un hogar que tú dices existen nuevas masculinidades el niño puede ser igual que la niña, los niños no van a ver la diferencia entre lo que es una acción para vivir en sociedad. Si nosotros rompemos todos esos esquemas y esos paradigmas obsoletos en donde hombres hacen unas cosas y mujeres otras cosas, entonces yo considero que es fácil decirlo, es fácil hacerlo, pero con un proceso de acompañamiento pedagógico. (Participante 11, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Este tipo de familia representaría una visión más amplia al tema de educación, a la libertad de expresión, al cambio de paradigmas estereotipados, diversidad familiar y a la formación de los niños. No obstante, aún la sociedad no es incluyente con las personas bisexuales, gays, trans o travestis, generando prejuicios y estigmatizaciones. Entonces, si se desea lograr que las familias sean reconocidas y aceptadas en contexto colombiano se debe, primordialmente, preparar a la sociedad, pues aún persiste un modelo hegemónico de familia tradicional que las mismas escuelas colombianas apoyan y abordan: la familia como un eje nuclear de la sociedad que considera papá, mamá y sus hijos, ignorando la diversidad social y fomentando la discriminación.

Hay que empezar por los colegios porque realmente es el colegio (…) la educación (…) entonces si yo en el colegio siendo gay me siento discriminado, acosado, con bullying constante incitamos a la deserción escolar y a decir no quiero volver porque a mí no me interesa, porque me trataron mal, porque se burlaron de mí y actos como le dijeron a algunas de nuestras chicas trans: para que tú quieras volver a estudiar aquí tienes que volverte hombre, tienes que volver a ser hombre para que puedas estudiar nuevamente. (Participante 11, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Estilos parentales

Los estilos de crianza son acuerdos o normas que establecen los padres al momento de la llegada de un hijo y estos pueden ir cambiando o fortaleciéndose en el transcurso de la crianza. A nivel social, las formas de crianza que ejercen las parejas heterosexuales suelen considerarse aceptables, aunque sean deficientes o el objetivo de formar al niño como estaba establecido no se haya logrado. Pero al referirse a cómo sería criar a un niño que será adoptado por personas del mismo sexo, la sociedad se escandaliza y la población se posiciona como objeto de discriminación por los prejuicios de “los niños también serán gays, sin valores y libertinos”.

El mundo va evolucionando y uno tiene que aceptar que existen las nuevas familias y que, mientras haya afecto, mientras tenga uno el interés de dar, aportar y cambiar la sociedad eso es lo importante. Nadie va a adoptar para exhibir en su hijo o influenciar en su hijo lo que uno no quiere, realmente uno tampoco va a querer tener un hijo para decirle debes ser gay, debes ser trans o lesbiana (…); cuando a uno como adulto no le dan ni siquiera el Estado garantías. (Participante 11, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Además, aún son cuestionables las diferencias en la crianza de un niño dentro de una familia tradicional y por parejas del mismo sexo.

Yo pienso que eso depende de los padres tanto heterosexuales como homosexuales. No es un secreto que en las familias heterosexuales a veces se omitan demasiados temas y más cuando se tratan de orientación de género y sexualidad. Entonces, si así sería la estrategia de crianza de una pareja homosexual no habría ninguna diferencia, pero si ellos contraatacan con comunicación y dándoles la libertad de aprender, de enseñarle muchas cosas, pienso que las parejas homosexuales tendrían la ventaja. (Participante 16, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

La diferencia es que aquí no va a ver discriminación, la diferencia es que aquí no van a existir los mismos roles de género que se venían implementado en el pasado, esa es la diferencia. (Participante 9, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Por lo tanto, el estilo educativo de estas familias con padres o madres homosexuales puede configurarse en un estilo educativo “democrático” que fomente valores, principios, disciplina, comunicación y afecto.

Posiciones frente a la adopción homoparental

Las personas participantes no están exentas de tener una opinión distinta con respecto a la adopción por parejas del mismo sexo. Los participantes que lo aprueban defienden la nueva familia, la diversidad de género, la oportunidad de brindarle a un niño un hogar, una calidad de vida y un acceso a la educación. Además, consideran que hay que llevar un proceso de rigurosidad con las parejas que deseen hacerlo y explican que aún falta preparación por parte de la sociedad para sobrellevar este tipo de situaciones.

Bueno yo considero que tiene unos factores digamos a favor y en contra, los esquemas de las nuevas familias en el mundo han ido cambiando y, realmente, han existido durante años (…) El Estado se ha encargado de hacer leyes, conformar decretos, hacer una serie de cosas y situaciones; pero no se ha hecho un tema de contextualización y de una ayuda pedagógica a la sociedad para poder decirle realmente en qué consiste, quiénes pueden y quiénes no pueden y también preparar a la sociedad. (Participante 11, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

La homoparentalidad surge también como una respuesta a la realidad del país: niños abandonados, desamparados, desnutridos y entregados al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que carecen de afecto y de oportunidad, que ellos pueden brindar.

Sí estoy de acuerdo, porque ayudamos a la sociedad heterosexual a criar. La culpa no es de quien sino por qué los heterosexuales no dejan de tener tantos niños y dejarlos tirados en la calle. Hay un espacio que nosotros como colectivo LGBTI podemos dar y lo importante es dar amor y guiar a esta persona hasta una determinada edad y que ya esta personita decida. (Participante 8, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Por otro lado, dentro del colectivo también hay participantes que desaprueban la adopción homoparental, a pesar de que algunos no deseen tener hijos. Alegan aspectos como la falta de contextualización, de cultura hacia la homoparentalidad, prejuicios, rechazo moral, rechazo del sector religioso, consideran que puede llevar a la inestabilidad emocional del niño adoptado. Asimismo, aluden al libertinaje del sector LGBTI como un factor en contra.

No estoy de acuerdo, puesto que convivimos en una sociedad que aún no está capacitada para estos sucesos o situaciones, aunque el sector LGBTI esté luchando por los derechos y muchos hayan sido ignorados y dejados en espera. Por lo menos en este país, esta apelación es un caso de mucha controversia que día a día se ve la falta de tolerancia y respeto por parte de la sociedad en general (Participante 13, comunicación personal, 17 de mayo de 2018).

Se visibiliza más un rechazo de la misma sociedad que del mismo sector LGBTI. Una sociedad que no está preparada genera mensajes de odio, desprestigio y aborrecimiento hacia ellos, en lo que manifiestan que son tildados y juzgados de ser personas negativas, enfermas, lujuriosas y un mal ejemplo para la sociedad.

Exigencia de derecho

Las personas pertenecientes al sector LGBTI exigen y proclaman la igualdad de derechos como objeto del Estado en garantizar los derechos de todos los seres humanos. En la sociedad aún se discrimina a estas personas por su identidad sexual y consideran que, por no ser biológicamente reproductivos entre sí, no deberían tener el derecho de conformar una familia, de establecer una unión marital con su pareja del mismo sexo o adoptar.

Al ser ciudadanos colombianos tenemos igualdad de derechos, igualdad de oportunidades, igualdad de deberes. El hecho de que tengamos una inclinación sexual diferente no quiere decir que seamos extraterrestres. Somos personas pensantes. (Participante 5, comunicación personal, 30 de octubre de 2017)

Como te digo, aparte de ser homosexual soy un ser humano y tengo derecho a enamorarme, a ser feliz y a formar un hogar con la persona que me gusta, con la que escogí y por la que me decidí. Sin ofender a los heterosexuales ni a la educación de hoy en día porque muchas personas se basan en eso para quitarnos la visibilidad en la sociedad en la que estamos. (Participante 4, comunicación personal, 30 de octubre de 2017)

Por lo tanto, los derechos mencionados han sido los que han prevalecido en los discursos, los cuales tienen total dominancia para defenderlo y asumirlo ante la sociedad. El hecho de que los participantes exijan garantías de derechos no significa que solamente sea aprobado por medio de una ley, sino que pueda ser reconocido y ejercido libremente. Además, los derechos del niño deben prevalecer al momento de querer conformar una familia o adoptar.

Conocimientos de derechos

Los derechos individuales son inherentes, incluyendo a las personas del sector LGBTI. El Congreso de la República de Colombia ha venido debatiendo los haberes de este sector y ha sido un tema de controversia, dividido sobre lo que debe hacer valer a estas personas y los que otros creen que no se les puede permitir.

Con respecto a lo anterior, se evidencia el conocimiento legal de las personas del sector LGBTI frente a las reformas, leyes o sentencias que se tienen acerca de la adopción entre parejas del mismo sexo. El sector LGBTI exige la garantía de sus derechos.

Cuando sea un hijo biológico de alguna de las dos personas y la pareja de esa persona puede adoptar, es una forma de la que se puede adoptar en las parejas homoparentales. Otra forma ya sería, de pronto, adoptar de una forma uno como pasarse por una persona soltera y poder adoptar y que te lleve el proceso y te lleve todo y después ya tú puedes estar con tu pareja. (Participante 9, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Sin embargo, en los discursos manifestados en el estudio, algunas personas no tienen conocimiento sobre los derechos que se han legislado para su sector, lo que puede ser negativo ya que no se puede defender algo que se desconoce o si se da por hecho que no existe.

Preparación hacia la homoparentalidad

Se cuestiona qué tan preparada está la sociedad para asumir la aceptación de las familias homosexuales y de que estas personas puedan adoptar, además de la preparación de la sociedad en general frente al derecho de adopción de las familias conformadas por dos personas del mismo sexo.

No creo que estén preparados porque la mayoría de los ciudadanos aún no son conscientes de lo que es o lo que atraviesan las personas que conforman el sector LGBTI, por lo que por falta de conocimiento y por falta de moralidad, o no sé, prefieren ser homofóbicos, egoístas, poco lógicos, etcétera. (Participante 4, comunicación personal, 30 de octubre de 2017)

Colombia es un país muy machista donde la cultura machista ha sido la predominante, aunque se están rompiendo paradigmas, ya que se ha venido trabajando en temas como la inclusión social a nivel del Ministerio de Educación y demás. Creo que Colombia sí está preparado, ya que se encuentra en estatus de preparación de liberación social donde pueden afrontar este tema de forma madura y profesional. (Participante 5, comunicación personal, 30 de octubre de 2017)

Se apunta que en la sociedad todavía hay puntos por analizar y aceptar con referencia a este tema. Se ha venido trabajando la inclusión social a lo largo de estos años, pero aún se encuentra marcada la discriminación. No obstante, dentro del sector LGBTI consideran que se encuentran preparados para asumir y aceptar este derecho como privilegio y garantía para ellos.

Sí me considero una persona 100 % profesional que sé lo bueno y lo malo y me siento con la capacidad de orientar a un niño en sobre qué es lo adecuado y lo que no. Y darle la oportunidad y espacio para que él se forme como individuo. (Participante 5, comunicación personal, 30 de octubre de 2017)

Discriminación hacia la población LGBTI

Las personas participantes declaran que, por ser un grupo minoritario, han sido vulnerados, expuestos a los rechazos y comentarios discriminatorios por parte de la sociedad colombiana y más en las regiones del país donde hay una tendencia más machista y conservadora.

La discriminación siempre ha estado marcada en todos los aspectos de la vida de las personas con una orientación sexual distinta y eso no nos hace, excepto de que al momento de adoptar tenga uno cada vez más rechazo. Un caso particular en el mes de diciembre para contar algo. Estaba con mi sobrino y mi sobrino se parece mucho a mí e íbamos con mi pareja en la calle y la gente nos detenía y nos preguntaban ¿adoptaron? Pero lo hacían con una cara de horror porque decían; pero es igualito a ti y este es hijo tuyo ¿adoptaron?, ¿cómo hicieron?, ¿cómo lo lograron?, o sea ¿cómo fue posible? Entonces era más la cara de impresión y de afectación que de aceptación y eso, obviamente, lo denota la discriminación. (Participante 11, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Asimismo, algunas personas de este sector social consideran que sus posibles hijos adoptivos sufrirían toda esa discriminación que ellos reciben por su orientación sexual, lo que puede afectar su integridad.

En mi pensar sí, porque si te discriminan a ti sola siendo sola, ahora van a discriminarme a mí con mi pareja y un hijo a bordo, entonces yo digo que sí, la discriminación sí es un obstáculo para tener un niño. (Participante 7, comunicación personal, 17 de mayo de 2018)

Se apunta, entonces que no todas las personas del sector LGBTI están de acuerdo con la adopción, ya sea por su estilo de vida o, generalmente, por la sociedad que les rodea. Es reconocible que aún la sociedad y algunos miembros de dicho sector no se encuentran preparados y no aceptan que este tipo de familia homoparental pueda formar o educar a un niño. Por otro lado, hay personas que están de acuerdo con el derecho de la adopción, pero no para ser ejercido por ellos sino para que se le haga cumplimiento al sector social LGBTI. Otras están completamente de acuerdo tanto en que se legisle y pueda ser ejercido.

Discusión

En lo referente a la adopción homoparental, la población estudiada está dividida en cuanto a la pertinencia o no de la adopción, pero tienen un punto de encuentro, en el que reiteran que el derecho de construir una familia con hijos e hijas propios o ajenos (genéticamente hablando) va más allá de una firma: se trata de la declaración legal que va en contra de la moral establecida como modelo. De hecho, los desafíos existentes desde este punto de vista tratan sobre una sociedad de derecho y de avance legislativo, pero que la realidad a la cual se enfrenta para el complimiento de lo establecido es ruda y sin tapujos (Bonilla y Candado, 2015). Un colectivo social que vivencia duros señalamientos por “lo diferente”.

Se manifiesta por parte del sector LGBTI que conformó este estudio una preocupación conjunta por el bienestar de los niños, niñas y padres biológicos puesto que, aunque se demuestre en estudios que la crianza y la dinámica familiar no son determinantes en la definición de la orientación sexual del niño(a), aún persiste en la creencia que sí lo es. De hecho, Aristegui (2014) apunta que los estudios realizados y aún en ejecución (con avance en resultados) han confirmado que no hay variaciones importantes que reflejen diferencias entre el comportamiento de los niños criados por parejas homosexuales y el de los niños criados por parejas heterosexuales; es así como refiere que el desarrollo cognitivo, físico y emocional de los menores depende de la dinámica familiar y del estilo de crianza que se le dé, no de la orientación sexual o apariencia de los padres.

Se destaca aquí el estudio de Del Mar et al., (2002) sobre la crianza en las familias homoparentales basada en la unidad y en la integración, en el que señala que la armonía predomina, haciendo de la dinámica familiar una agradable experiencia diaria. Integra las firmes ideas de la diversidad, apuntando al respeto de todos los que lo rodean y al desarrollo pleno de los menores que la integran; concordando esto con los resultados de este estudio.

Por otro lado, se reflejan los hechos discriminatorios y prejuicios ante este sector social; si bien en otros países ha habido un avance significativo en derecho antidiscriminatorio y de protección hacia esta población que está en situación de vulnerabilidad, la realidad es que las cifras de homicidios, violaciones y muertes no han sido objeto de gran cambio en cuanto a su disminución. Tal y como apuntan Narváez y Galeso (2018): “Esta situación implica transgresiones dirigidas hacia los sectores LGBTI al momento de adoptar roles que van en contraposición del pensamiento heteronormativo que considera que los individuos deben pertenecer indefectiblemente a una de las dos categorías de género” (p. 161). Por tales motivos, en Colombia se han establecido medidas sancionatorias para la violación de derechos, en este caso, de antidiscriminación bajo la Ley 1482 de 2011. No obstante, sigue prevaleciendo la intolerancia y la falta de vigilancia en el proceso de ejecución de la ley (Colombia Diversa, 2010).

En consecuencia, la discriminación ha sido un factor distractor entre lo que se debe y lo que en realidad se hace; caso tal que mientras hay datos concretos en grupos sociales protegidos como indígenas y afrocolombianos, no existen estadísticas similares en población LGBTI (Colombia Diversa, 2010). Además, esto ha llevado a que sea el mismo colectivo quien se empodere y gane resistencia, posicionándose como sujetos de derecho, empezando por enfrentar las leyes planteadas sin estudios suficientemente confiables en los cuales basarse; es así como se sustenta que

Se basan más en que a los niños se le debe ofrecer una relación parental satisfactoria y también se basan en que muchos de los estudios tanto cuantitativos como cualitativos no son suficientes en método y muestra, para hacer leyes tan generales y permitir una acción de gran magnitud. (Buil y García como se citó en Collí et al., 2011, p. 6)

En definitiva, al sector LGBTI se le deben de reconocer todos sus derechos que por ley tienen establecidos y aceptarlos como personas y dentro de la sociedad que conformamos conjuntamente. Cada ser humano está en la libertad de escoger y elegir lo que quiere ser y lo que quiere para su vida, aunque la realidad social parece indicar que, en la práctica, todavía falta un largo camino por recorrer y esto puede ser un obstáculo para que se ejerza el derecho de adopción entre parejas del mismo sexo.

Referencias

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* Este artículo es una obra derivada de la realización de la tesis de grado titulada “Percepción acerca de la adopción entre parejas del mismo sexo en la comunidad LGBTI de Sincelejo, Sucre”.

Como citar este artículo: Vega, A. J., Villadiego, L. A. y Sahagún, M. (2020). Percepción acerca de la adopción entre parejas del mismo sexo en el sector LGBTI de Sincelejo, Colombia. Revista Eleuthera, 22(1), 69-87. DOI: 10.17151/eleu.2020.22.1.5.

Recibido: 20 de Junio de 2019; Aprobado: 10 de Octubre de 2019

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