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Revista Colombiana de Cirugía

Print version ISSN 2011-7582On-line version ISSN 2619-6107

rev. colomb. cir. vol.27 no.3 Bogotá Jul./Sept. 2012

 

Programa de certificación periódica de actualización en cirugía general de la Asociación Colombiana de Cirugía

Periodic certificacion in surgery program of the colombian surgical Association

Oswaldo A. Borráez

Presidente, Asociación Colombiana de Cirugía, Bogotá, D.C., Colombia

Correspondencia: Oswaldo Borráez, MD., Bogotá, D. C., Colombia. Correo electrónico: oborraezg@gmail.com

Fecha de recibido: 14 de mayo de 2012. Fecha de aprobación: 19 de julio de 2012.


Palabras clave: cirugía general; certificación; legislación médica; consejos de especialidades.


Introducción

La Asociación Colombiana de Cirugía, entidad sin ánimo de lucro que agrupa a los cirujanos generales y de otras especialidades o con segunda especialidad quirúrgica, estatutariamente propende para que los asociados ejerzan su actividad con principios éticos, científicos y técnicos. Además, debe estimular la actualización permanente mediante la educación continua. De esta manera, y con conocimientos actuales del ejercicio profesional, sin duda alguna, se desarrollarán con compromiso y autonomía para la toma de decisiones que nos permite autorregularnos.

Con las premisas antes enunciadas, decidimos dar comienzo al Programa de Certificación de Actualización en Cirugía General (recertificación), desde el pasado 3 de febrero del año en curso. Luego de analizar su importancia y necesidad, la Junta Directiva tomó la determinación de darle inicio, teniendo en cuenta la práctica profesional y la actualización de los conocimientos. Este programa permitirá que la Asociación Colombiana de Cirugía certifique al miembro que llene los requisitos, como un profesional idóneo y actualizado que cumple los parámetros establecidos que le permitirán ejercer con excelencia académica su práctica profesional.

De esta manera, nos hemos adelantado al propósito del gobierno nacional que, en cabeza de los Ministerios de Salud y Protección Social y Educación, han presentado en los últimos días un proyecto a este respecto, dada la importancia y la necesidad de la capacitación académica periódica de los profesionales de la salud.

Antecedentes

Las Juntas de certificación (Boards) son en muchos países del mundo las encargadas de la vigilancia y del cumplimiento de los requisitos y de la expedición de la certificación para el ejercicio profesional de las diferentes especialidades en Medicina. Tienen como guías, directrices educacionales y exámenes orales y escritos muy estrictos. Antiguamente, las certificaciones se expedían de por vida pero, actualmente, se limitan a 10 años, momento en el cual el médico debe presentar un examen de recertificación para poder continuar en su ejercicio profesional.

En Estados Unidos, uno de ellos es el American Board of Medical Specialties (ABMS). Este organismo puede ser consultado por los pacientes para verificar si determinado cirujano está certificado y para conocer los privilegios concedidos al cirujano en hospitales o clínicas, los cuales se le otorgan con base en los expedidos por el AMBS.

A comienzos de siglo XVII, en Estados Unidos y en Inglaterra el ejercicio de la medicina estaba dividido en médicos (la élite y con título universitario), cirujanos (formados en hospitales, cumplían el papel de cirujanos y de barberos) y boticarios (prescribían, elaboraban y vendían medicinas), diferencia que en Estados Unidos no sobrevivió a la época de la Colonia.

La New Jersey Medical Society, constituida el 23 de julio de 1766, fue la primera organización de profesionales médicos en las colonias. Esta organización fue creada con el fin de "constituir un programa que contemplara todos los asuntos de mayor relevancia para la profesión: regulación de la práctica, estándares educativos para los aprendices, lista de honorarios y un código de ética". Posteriormente, esta organización se convirtió en la Medical Society of New Jersey y sigue siendo la sociedad médica más antigua de los Estados Unidos.

Ya en el siglo XVIII (año 1760), se comenzó a regular la práctica médica por parte de las sociedades de profesionales, realizando evaluaciones y otorgándoles la licencia a los practicantes. A principios de 1800, las sociedades médicas fueron quienes establecieron las regulaciones, estándares de práctica y certificación de los médicos.

El próximo paso natural para estas organizaciones fue desarrollar sus propios programas de formación médica. Estos programas afiliados a sociedades se llamaron colegios médicos 'privados'.

El primero de estos programas fue el de la Escuela de Medicina de la New York County Medical Society, fundada el 12 de marzo de 1807. Los programas privados empezaron a extenderse por todas partes y atrajeron un gran número de estudiantes, porque eliminaron dos características de las facultades de medicina adscritas a las universidades: una extensa educación general y un período prolongado de clases.

Para abordar los numerosos abusos existentes en la educación médica, se celebró una convención nacional en mayo de 1846. Las propuestas de la convención eran las siguientes: instaurar un código de ética estándar para la profesión, la adopción de estándares educativos superiores y uniformes para la profesión médica que incluyeran cursos de educación premédica, y la creación de una asociación médica nacional.

El 5 de mayo de 1847, cerca de 200 delegados representantes de 40 sociedades médicas y 28 colegios de 22 estados y del Distrito de Columbia se congregaron y acordaron la primera sesión de la American Medical Association (AMA). Nathaniel Chapman (1780-1853) fue elegido como el primer presidente de la asociación. La American Medical Association ha crecido hasta convertirse en una organización con gran influencia en los asuntos relacionados con la atención médica en los Estados Unidos.

La medicina, al igual que muchas otras profesiones, está regulada en dos niveles diferentes:

  • la licencia médica es un proceso que se lleva a cabo a nivel estatal, de acuerdo con las leyes específicas de cada estado, y
  • la certificación se establece a través de organizaciones nacionales con requisitos nacionales congruentes para los estándares mínimos de la práctica profesional

(www.nlm.nih.gov/medlineplus/spanish/ency/article /001936.htm).

En Colombia se creó el Consejo Colombiano de Acreditación y Recertificación Médica de Especialistas y Profesiones Afines (CAMEC), con el respaldo de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, el cual es una entidad autónoma que actúa con independencia y democráticamente. En él tienen asiento representantes de las asociaciones y sociedades de profesionales. La Asociación Colombiana de Cirugía es miembro fundador de este organismo. Desde hace algún tiempo, algunas asociaciones médicas han venido adelantando la recertificación de sus asociados, proceso que se aprobó e inició el 3 de febrero de este año en la Asociación Colombiana de Cirugía, luego de varios intentos en los años anteriores.

Objetivos

Con el programa de Certificación Periódica de la Actualización en Cirugía General (recertificación) se estimula la actividad académica, se fortalece nuestra mejor herramienta como es el conocimiento y se incentiva la educación médica continua, que nos permite buscar y lograr la excelencia académica.

Además, se pretende:

  • posicionar al cirujano general y a aquellos con segunda especialidad o con otras competencias adquiridas y reconocidas, en un lugar destacado dentro del ámbito médico y académico del país,
  • fomentar la cultura de la educación médica continua,
  • incrementar el nivel de competencia académica de los cirujanos, y
  • fomentar el espíritu de la autoevaluación y la comparación con pares.

Para poder lograr todo lo anterior, es fundamental mejorar la calidad de la atención que le ofrecemos a la comunidad.

De esta manera, se fortalece la Asociación Colombiana de Cirugía como organismo que agrupa a los cirujanos colombianos y a aquellos que ejercen su actividad dentro del territorio nacional cuyo título ha sido expedido por una universidad reconocida oficialmente o que han satisfecho los requisitos exigidos por el Estado colombiano para el ejercicio legal de su profesión.

Metodología

Este programa de recertificación, que inicialmente es voluntario, busca que los cirujanos generales, respondiendo a la necesidad de mejorar la calidad y fortalecer la mejor herramienta que poseen, como es el conocimiento, presenten cada cinco años al Comité de Recertificación de la Asociación Colombiana de Cirugía, las certificaciones de su actividad laboral y actualización periódica con el fin de ser reconocidos como profesionales idóneos.

Cada cirujano que desee obtener la certificación periódica de la actualización en cirugía general, debe ser miembro de la Asociación Colombiana de Cirugía, proceso que no tendrá costo alguno. Debe completar 1.000 créditos en el período de cinco años, distribuidos así: 500 créditos en actividad profesional y 500 créditos en instrucción permanente.

La actividad laboral debe ser certificada por la Dirección Médica de la respectiva entidad (contrato de trabajo) y, en todo caso, no puede ser inferior a 96 horas mensuales, las cuales le otorgan 100 créditos anuales.

Si la actividad es privada, se justifica mediante la presentación de los registros individuales de la prestación de los servicios.

Se considera que las personas que han sobrepasado la edad de 65 años, ya se han certificado en su aspecto laboral.

En cuanto a la instrucción permanente, además de ser definitivamente una necesidad personal, nos brinda soporte a nuestra autonomía y mayores conocimientos frente a eventuales problemas médico-legales; existen varias modalidades para obtener los puntos necesarios, así:

  • Asistencia a congresos nacionales o internacionales, simposios o cursos:
    • Congreso Nacional de Cirugía, 150 puntos
    • Congreso Intermedio de Cirugía, 75 puntos
    • Congresos internacionales en Colombia, avalados o reconocidos por la Asociación Colombiana de Cirugía, 120 créditos
    • Congresos internacionales fuera de Colombia, 100 créditos
    • Simposios regionales, 40 créditos
    • Cursos de actualización presencial o a distancia
      • Hasta 10 horas (mínimo 8), 10 créditos
      • Hasta 20 horas, 30 créditos
      • Hasta 50 horas, 35 créditos
      • Hasta 100 horas, 50 créditos
      • Más de 100 horas, 75 créditos
  • Mediante publicaciones:
    • En la revista de la Asociación Colombiana de Cirugía, 150 créditos
    • En revistas médicas con indexación, nacionales o extranjeras: de tipo A, 150 créditos, de tipo B, 100 créditos y de tipo C, 75 créditos
    • En revistas médicas sin indexación, nacionales o extranjeras, 50 créditos
    • Autor único o principal de libros, 150 créditos
    • Autor de capítulo de libro, 75 créditos
    • Editoriales en revistas o libros indexados, 50 créditos
  • Participación en cursos o conferencista:
    • Director o coordinador de cursos organizados por la Asociación Colombiana de Cirugía:
      • Hasta 20 horas, 10 créditos
      • Hasta 50 horas, 15 créditos
      • Hasta 200 horas, 20 créditos
      • Más de 200 horas, 40 créditos
    • Presidente o moderador en congreso extranjero, 30 créditos
    • Presidente o moderador en congresos internacionales en Colombia, 25 créditos
    • Presidente o moderador en congreso nacional avalado por la Asociación Colombiana de Cirugía, 15 créditos
    • Participante en mesa redonda en congreso extranjero, 20 puntos
    • Participante en mesa redonda en congreso nacional o intermedio de la Asociación Colombiana de Cirugía, 15 créditos
    • Participante en mesa redonda en simposios regionales, 10 créditos
    • Conferencista en congreso extranjero, 30 créditos
    • Conferencista en congresos internacionales en Colombia, 25 créditos
    • Conferencista en simposios nacionales avalados por la Asociación Colombiana de Cirugía, 15 créditos
  • Presentación de trabajos libres, videos pósters:
    • Trabajos libres en congresos extranjeros, 50 créditos
    • Trabajos libres en congreso internacional en Colombia, 30 créditos
    • Video o póster en congreso extranjero, 30 créditos
    • Video o póster en congreso internacional en Colombia, 25 créditos

Si el trabajo es premiado se ponderará con 20 puntos.

  • Miembros directivos de la Asociación Colombiana de Cirugía (por año):
    • Presidente de sociedades científicas internacionales, 40 créditos
    • Presidente de la Asociación Colombiana de Cirugía, 35 puntos
    • Miembros principales de la Junta Directiva Nacional, 15 créditos
    • Miembros suplentes de la Junta Directiva Nacional, 10 puntos
    • Miembros del comité organizador de congreso internacional, 20 créditos
    • Miembros del comité organizador de simposios o cursos nacionales, 10 créditos.

Cargos docentes en la especialidad (por año):

    • Jefe de servicio o departamento por concurso, 50 créditos
    • Jefe de servicio o departamento sin concurso, 40 puntos
    • Profesor de carrera docente por concurso, 45 créditos
    • Profesor de carrera docente sin concurso, 35 créditos
    • Especialista con actividad docente de posgrado, 30 créditos
    • Especialista con actividad docente continua de pregrado, 20 créditos

Como se puede observar, los objetivos son sencillos y relativamente fáciles de lograr. No se trata de dificultar el ejercicio profesional y académico, sino hacerlo más seguro frente a toda la problemática que enfrentamos diariamente y que, seguramente, cada vez será más difícil y con más escollos.

Esperamos desde la Asociación Colombiana de Cirugía que nuestra propuesta tenga amplia acogida, a la vez que les informo que ya hay entidades de salud que han preguntado si los miembros afiliados se encuentran recertificados en sus conocimientos.

De antemano, nuestros agradecimientos por la acogida que ha tenido y que esperamos tendrá este programa.

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