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Fronteras de la Historia

Print version ISSN 2027-4688

Front. hist. vol.19 no.2 Bogotá July/Dec. 2014

 

El IV Concilio Provincial Mexicano ante la problemática de la división parroquial

The IV Mexican Provincial Council and the Problems of the Parish Division

RODOLFO AGUIRRE
Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación; Universidad Nacional Autónoma de México
aguirre_rodolfo@hotmail.com

Recibido: 31 de enero de 2014
Aceptado: 18 de julio de 2014


RESUMEN

Este artículo analiza el maRCO eclesiástico, político y social en el cual se desenvolvieron las sesiones del Concilio Mexicano de 1771 sobre la división de los curatos. Aunque la secularización de doctrinas iniciada en 1749 había permitido a los obispos una vinculación más directa con las doctrinas de frailes y la Corona ordenó un mejoramiento de la administración espiritual, en la práctica, los obispos tuvieron fuertes limitaciones para lograrlo, como la estructura histórica de las parroquias, que no se podía modificar simplemente por decreto, la sujeción de los obispos al real patronato o los intereses del clero parroquial. En las siguientes páginas se analizan las opciones discutidas en el concilio y su relación con esas limitantes.

Palabras clave: IV Concilio Provincial Mexicano, administración espiritual, división de parroquias, obispos, real patronato.


ABSTRACT

This article analyzes the ecclesiastical, political and social context in which the meetings of the Mexican Council of 1771 on the division of the parishes are unwrapped. Although, secularization of doctrines began in 1749 allowed the bishops a more direct link with the doctrines and the Crown ordered improvement of the spiritual administration, in practice, the bishops had strong limitations to achieve this, such as the historic structure parishes that could not simply modified by decree, the subordination of the bishops to the real patronage or the interests of the parish clergy. In the following pages, the options discussed in the council and their relationships to these limitations are analyzed.

Keywords: Bishops, division of parishes, IV Mexican provincial council, real patronage, spiritual administration.


Este trabajo analiza el contexto eclesiástico, político y social en el cual se desarrollaron las sesiones del IV Concilio Provincial Mexicano, realizado en 17711. En dicho concilio, buscando enmendar antiguos problemas en la atención espiritual de los fieles, se discutió la división y reorganización de las parroquias2. La atención de la historiografía a ese asunto ha sido limitada, por lo que se ha generado la visión de que la creación de esas entidades y sus posteriores modificaciones fueron, básicamente, el resultado de decisiones de la autoridad eclesiástica o real, y no se le ha prestado atención a otros factores. Más allá de la muy estudiada etapa fundacional de las doctrinas en el siglo XVI (Ricard; Rubial), se carece de análisis de larga duración sobre la conformación y el desarrollo de las redes parroquiales en el siglo XVII y en la primera mitad del XVIII. En cambio, existen variados trabajos monográficos que dan cuenta de la creación de parroquias en tal o cual región (Carrera; García 145-156; Mendoza; Velasco). Los estudios sobre el periodo 1750-1821 son más abundantes (Aguirre, "Ambigüedades"; Álvarez; Fisher; Mazín; Taylor). La reorganización de los curatos de la ciudad de México en la época de Lorenzana, en especial, ha sido objeto de estudios interesantes que muestran la divergencia entre el racionalismo del arzobispo Lorenzana y el contexto histórico en el que vivió (Sánchez, "El nuevo"; Zahino, Iglesia 50-60). No obstante, en estos trabajos predomina la idea de que la organización de las parroquias era caótica, visión heredada de las autoridades borbónicas que hicieron tabla rasa del pasado de esas entidades.

Aunque la secularización de doctrinas, iniciada en Nueva España en 1749, permitió a los obispos una vinculación directa con ellas y la Corona ordenó un mejoramiento de la vida cristiana del pueblo mediante la reorganización parroquial, en la práctica los mitrados tuvieron serias limitaciones para lograrlo, como lo experimentó el poderoso arzobispo de México, Antonio de Lorenzana. Entre ellas estaba la estructura histórica de los curatos de cada obispado, los cuales se conformaron no solo con base en las directrices emanadas de la Corona y de la Iglesia, sino también en las condiciones sociales y políticas de las diferentes poblaciones y regiones. De todo ello resultaron partidos eclesiásticos que no se podían modificar simplemente por decreto. En segundo lugar, los obispos estaban sujetos a las directrices reales y al real patronato, por lo cual la modificación de cualquier parroquia debía tener la sanción previa del patrón o vicepatrón, factor que pudo inhibir a los obispos para reestructurar los curatos más a fondo. Y en tercer lugar, antes de intentar un cambio, los mitrados debían también tomar en cuenta los intereses del clero parroquial y la afectación que sus obvenciones sufrirían.

En las siguientes páginas se analizan las opciones ventiladas en el concilio y su relación con las limitaciones antes mencionadas. Para esto último me centraré en la experiencia del arzobispado de México, sin pretender generalizarla al resto de los obispados, sino solo para que sirva de ejemplo sobre la complejidad que implicaba la reorganización parroquial ordenada por Carlos III en el conocido "Tomo regio".

Las experiencias en el arzobispado de México hasta 1765

La creación y organización de una red de parroquias regulada por un obispo puede considerarse un proceso de larga duración si se tiene en cuenta que en él intervenían factores políticos, jurisdiccionales, sociales y étnicos incluso, que rebasaba el simple acto de fundación. Las parroquias estuvieron sujetas al cambio, a pesar de la impresión, sobre todo en el caso de las rurales, de que eran entidades estables, rutinarias e inamovibles. Ningún siglo colonial dejó de presenciar transformaciones significativas, a veces intensas, a veces discretas. El gran reto para la Iglesia fue crear parroquias y comunidades de fieles estables regidas por ministros responsables. Y es que, en el ámbito local, el cumplimiento de las directrices de la autoridad se dificultó en diferente grado, de acuerdo con condiciones particulares.

La época más dinámica en Nueva España, en cuanto al establecimiento de redes parroquiales, fue el siglo XVI. La fundación de las diócesis y la demarcación de sus fronteras no significó necesariamente la delimitación de las parroquias, por lo menos no una territorial, puesto que los enclaves de evangelización de primera generación no estuvieron pensados como territorios sino como "pueblos" sometidos al gobierno de un tlatoani o cacique, y se entendía por "pueblos" el conjunto de la población tributaria de un señorío de origen prehispánico. En este sentido, ya Gibson lo apuntaba hace décadas: "Esas fronteras, además, estaban en constante proceso de cambio. Las jurisdicciones originales de la Iglesia sufrieron una progresiva transformación al formarse nuevas doctrinas y al hacerse nuevos ajustes en la disposición y [las] cabeceras de doctrina" (108).

En el territorio que comprendía el arzobispado de México se fundaron diferentes tipos de centros de evangelización y adoctrinamiento, con distintas problemáticas y condiciones, a pesar de los deseos uniformadores de la Iglesia. De ahí que cada parroquia podía tener diferente organización, cohesión y gobernabilidad desde el punto de vista eclesiástico. Para los arzobispos, un reto permanente fue hacer de cada partido un territorio bien delimitado para la administración espiritual. Teruel explica que si bien normalmente las parroquias tenían límites territoriales, también las hubo con criterios personales, por razón de rito, lengua o nacionalidad (298). En Nueva España es posible hallar tales criterios cuando atendemos a la experiencia de las doctrinas fundadas en los siglos XVI y XVII.

Con el respaldo de la cédula de 1549 que ordenó congregar a la población nativa dispersa y con el arribo a Nueva España del virrey Luis de Velasco en 1550, coincidente con la sede vacante del arzobispado, los frailes apoyaron una campaña de formación de pueblos concentrados de indios que favoreciera la administración espiritual (Gerhard). Se inició entonces un proceso crucial de reconformación de doctrinas que influyó también en los curatos seculares. De esa forma, entre 1550 y 1572 se constituyeron en el centro de Nueva España cientos de nuevas poblaciones, organizadas en cabeceras y sujetos políticos. Con esta decisión se estableció un modelo de reducciones diferente al peruano, caracterizado por pueblos más grandes, cada uno de los cuales correspondía a una doctrina solamente (Aguirre, "El clero"). A fin de cuentas, lo importante fue que los religiosos y el virrey consolidaron el modelo de congregación basado en cabeceras y múltiples pueblos de visita, una solución moderada frente a la de quienes pugnaban por una reducción más radical, con poblaciones más grandes y sin sujetos. Los pueblos de visita fueron las entidades más dinámicas en la conformación de las jurisdicciones parroquiales, pues las cabeceras fueron más estables.

Por esos mismos años se vivió también la mayor expansión de doctrinas de frailes, en respuesta a los fuertes cuestionamientos sobre su labor, al manejo que hacían de los indios y a la irrenunciable intención del arzobispo de México, Alonso de Montúfar, de crear tantos curatos seculares como fuera posible. Esto fue un paso decisivo para hacer avanzar a la Iglesia diocesana, aun y cuando la regular seguía en mejores condiciones. Montúfar tuvo que convertir los pocos curatos de la época de su antecesor, mal delimitados, con una población inestable en los reales mineros y con encomenderos poco dispuestos a cooperar, en una red parroquial regida por la mitra y la normativa canónica. Este prelado tuvo claro que debía interesarse también por las parroquias de indios y actuó en consecuencia, sin olvidarse de sus obligaciones con la población española creciente. Así, el arzobispo afrontó el reto de crearlos en regiones indígenas dominadas por los frailes, entró en franca rivalidad con ellos y criticó siempre, ante la Corona, la expansión de la red conventual (Lundberg 129). Si bien no se establecieron en los grandes señoríos indígenas de los valles centrales, como las doctrinas, sí se erigieron en un buen número de señoríos prehispánicos de segundo rango.

En cuanto a las doctrinas, el mayor crecimiento fue logrado por los franciscanos, seguidos por los agustinos, quienes aumentaron sus partidos casi en la misma proporción que los hijos de Asís. Por lo que respecta a los dominicos, las fundaron en zonas muy localizadas: cinco en el valle de México y tres más en la región de Cuernavaca, al sur de la ciudad de México (Aguirre, "Doctrinas").

Debido a la gran decadencia demográfica de los indios en la segunda mitad del siglo XVI, durante la siguiente centuria no se dio un crecimiento significativo de parroquias en el arzobispado. Con una feligresía postrada, no hubo necesidad de reorganizar los partidos eclesiásticos, al menos hasta la década de 1660. Sin embargo, en el último tercio del siglo XVII, con la expansión de haciendas y ranchos agrícolas y ganaderos, se crearon nuevos núcleos de potenciales feligreses para quienes pronto se demandó atención espiritual. La Iglesia pugnó entonces por que los habitantes de esas explotaciones agropecuarias se integraran a las parroquias (Aguirre, Un clero 147-182). Todo ello se articuló a la recuperación demográfica de Nueva España. De esa manera, si para 1671 el clero secular administraba el 24 % de las parroquias del arzobispado, hacia mediados del siglo XVIII ya administraba el 36 %. Los nuevos curatos seculares fueron resultado de la transformación de pueblos de visita o vicarías en cabeceras (AGN, RCO 32, exp. 12, f. 2 r.)3. Una mayor demanda de asistencia espiritual de la feligresía y la incapacidad de los curas para atenderla fueron motivos determinantes para ello; tres casos bien documentados así lo permiten ver: Guadalupe, San Felipe de Ixtlahuaca y Lerma, en el fértil valle de Toluca. En los dos últimos, no fueron indios quienes solicitaron la división, sino hacendados y rancheros.

Con todo, los frailes siguieron administrando el 64 % de los partidos del arzobispado4. De ahí que los arzobispos de la primera mitad del siglo XVIII siguieron fijando su atención en las doctrinas; en especial, José Lanciego y Eguilaz, quien pugnó por subdividir doctrinas, convertir las misiones de Pánuco y la Huasteca en doctrinas para tener mayor injerencia o incluso crear algunas parroquias de españoles en grandes doctrinas, como Querétaro. Lanciego impulsó todo ello luego de la serie de visitas que realizó al arzobispado entre 1715 y 1722, cuando llegó a la conclusión, como lo advirtió a la Corona, de que debían reorganizarse doctrinas y curatos para remediar la mala situación de la vida cristiana de los fieles, especialmente los indios. En carta de 16 de abril de 1719 dirigida a Felipe V, Lanciego criticaba la discrecionalidad de los doctrineros para poner y quitar ayudantes y vicarios en pueblos de visita, quienes no necesariamente estaban capacitados para hacerlo; por ello proponía dos soluciones para mejorar realmente la administración espiritual de estas visitas: que se dividieran todas esas doctrinas para poner curas estables en partidos de menor magnitud, o bien que la mitra pudiera examinar previamente a todos esos frailes ayudantes, pues muchas veces no estaban bien preparados (AGI, M 805). No obstante, el arzobispo no logró mucho en la reforma de doctrinas de su jurisdicción. A lo más que se llegó fue a erigir una ayuda de parroquia con vicario fijo, no por falta de entusiasmo del arzobispo, sino por la escasez de rentas.

En 1718, estando el arzobispo Lanciego en el pueblo de Tarasquillo, los oficiales de la república de indios le pidieron formar un nuevo curato, pues debido a la gran distancia hasta la cabecera no recibían los sacramentos necesarios, lo cual se había visto agravado en los últimos tiempos por un "crecido número de naturales y vecinos" (AGN, CRS 93, f. 232 v.). El doctrinero de Alfaxayuca, declarando que el pueblo estaba bien administrado y que los naturales no podrían pagar lo que prometían, se negó a la división. Ante ello, el arzobispo le ordenó al bachiller Francisco de Acosta, juez eclesiástico de Ixmiquilpan, hacer averiguaciones sobre la población y las obvenciones que podrían pagar los pueblos. Del padrón parroquial resultaron 1.697 personas de todos los estados y edades, por lo que se determinó que Tarasquillo solo podría pagar 300 pesos, mientras que Alfaxayuca contribuiría con 1.186 pesos. La conclusión del prelado, que compartió con el virrey, fue que la división era necesaria, pero como no había congrua suficiente, por el momento solo podría ser ayuda de doctrina con un ministro coadjutor de pie fijo. El virrey fue del mismo parecer.

Después de los intentos del arzobispo Lanciego por reorganizar varios partidos de su jurisdicción, su sucesor, José Antonio Vizarrón, no continuó con esa tarea. Estuvo más ocupado al frente del virreinato en la década de 1730 y quizá más preocupado por el futuro de su propia familia clerical que por los asuntos parroquiales (Aguirre, "Los límites").

No faltaron tentativas de convertir misiones en doctrinas, cuando se siguió un patrón similar al de los curatos; es decir, un sector de la feligresía, alegando deficiencia en la atención espiritual, acudía directamente al arzobispo o al virrey para solicitar la creación de una nueva parroquia. Un buen ejemplo de ello es el caso de la creación, en 1750, del curato de Xacala, antigua visita de la doctrina de Meztitlán, por solicitud de hacendados de la zona, quienes expresaron que era

notorio el abandono que los curas doctrineros de Meztitlán han hecho del paraje de Xacala, pues toleraron que dispensasen su administración los reverendos padres misioneros más tiempo de cuatro años y sin reclamo alguno, y que después de haber dejado esta administración los padres misioneros con orden de su superior, no ocurrieron a ella los agustinos de Meztitlán, dejando a aquellos feligreses en un continuo desconsuelo sin el santo sacrificio de la misa y demás beneficios espirituales; de que se infiere haber contemplado los doctrineros agustinos por independiente y separado de su administración este paraje de Xacala. (AGN, CRS 105, exp. 1, ff. 144 r.-144 v.)

Pero los hacendados, alegando igualmente descuido de los doctrineros, pidieron también la separación de otras visitas menores de Meztitlán para complementar el nuevo curato. Finalmente, por decreto del 4 de junio de 1750, el virrey autorizó la separación de Xacala, Octupilla y el Potrero para formar un nuevo curato de clérigos seculares (AGN, CRS 105, exp. 1, f. 144 v.)5.

El asunto de la división de curatos fue retomado a raíz del inicio de la secularización de doctrinas. En carta al virrey del 25 de octubre de 1751, el arzobispo Manuel Rubio, al informar sobre la exdoctrina de Sichú, expresó lo siguiente sobre el futuro del nuevo curato secular en cuanto a su extensión y reorganización:

llegó el caso de proveerla en clérigo secular conociendo haber sido más necesaria en este curato que en otro alguno esta providencia porque en una extensión que ocupa más de treinta leguas de oriente a poniente, no tenían estos religiosos más que un solo ministro para la administración, habiendo sido preciso que al cura clérigo que se ha puesto se le obligue por este arzobispo a mantener tres vicarios fuera de los que tienen en el lugar de continua residencia para dar la cómoda y suficiente en un territorio tan dilatado, en el ínterin que se puede dividir y construir iglesias en los mismos lugares donde se han establecido los vicarios. (AGI, M 2712)

Solo dos años después de la secularización de Sichú, el arzobispo Rubio desapareció la parroquia capitalina de Santa Cruz, la cual carecía de un territorio formal pues únicamente atendía a indios forasteros a su paso por la ciudad. En una carta de 1753, el prelado le expresó al rey que la había suprimido porque sus fieles no pagaban tributo en ninguna parte, además de que los curas de la ciudad se disputaban el pago de sus obvenciones (AGI, M 2712).

Un efecto que la Corona esperaba del proceso secularizador era una mejora sustancial en la administración espiritual de la población, para lo cual se impulsó la idea de hacer partidos más pequeños y la designación de más ayudantes de cura. En 1764, Carlos III ordenó poner tenientes de cura en pueblos de visita ubicados a 4 leguas de distancia o más de cada cabecera, "enterado de que a causa de residir los curas párrocos de las Indias en los pueblos cabeceras de sus beneficios y de no tener los necesarios tenientes en otros, que suele haber a distancia de diez, doce, catorce y más leguas, carecen de todo pasto espiritual" (AGI, M 727).

Esta real cédula proponía conseguir los fondos para pagar a los nuevos tenientes tanto de las rentas parroquiales como de la real hacienda. Sin embargo, el propio arzobispo Rubio veía difícil que los hacendados pagaran a tenientes de cura para la feligresía asentada en sus posesiones. Por su parte, un comisario general franciscano declaró en 1765 que, en efecto, la cédula sobre tenientes de cura no se había cumplido en general, por lo cual proponía como única solución el regreso de los frailes a las doctrinas y la conversión de las capillas de los pueblos de visita en nuevas cabeceras parroquiales (AGI, M 727).

Esta última idea refleja hasta qué punto los religiosos ya estaban dispuestos a reorganizar todas sus doctrinas, algo no visto en épocas anteriores.

El hecho era que, hasta poco antes que Francisco Antonio de Lorenzana tomará el mando de la mitra mexicana en 1766, la reorganización parroquial en el arzobispado había sido más un proyecto, con algunas realizaciones parciales, que una realidad.

Lorenzana ante la problemática parroquial del arzobispado

Como es sabido, el arzobispo de México, Antonio de Lorenzana, impulsó la secularización de las doctrinas, la reorganización de las parroquias capitalinas y la castellanización de los indios (Zahino, Iglesia 55). En sus Reglas para que los naturales de estos reynos sean felices en lo espiritual y temporal, de 1768, este prelado abordó también el asunto de la dispersión en la que aún vivían muchos indios, y la consideró un impedimento para un mayor adoctrinamiento cristiano; de ahí que abogara por hacer nuevas congregaciones, pues ello evitaría que incurrieran en pecados, supersticiones e idolatría (Lorenzana 46). En su carta de 1769 para que los indios aprendieran el castellano, expresaba que la diversidad de lenguas hacía imposible el gobierno de los obispos y la división de curatos (98). Congregaciones y división de curatos: dos viejos problemas que ahora retomaba un prelado de la llamada Ilustración católica y a los que se buscaba una solución definitiva, pues Lorenzana consideraba que algunas estructuras eclesiásticas configuradas en el siglo XVI ya eran obsoletas, como las parroquias (Luque 1355). En 1767, un año después de haber arribado a la mitra mexicana, el arzobispo acometió el asunto de la reorganización parroquial en las provincias, luego de una visita a Meztitlán y a la Huasteca, aunque sin mucho optimismo:

Por no rozarse con los regulares no pude dividir unos curatos o agregar algunos pueblos a otros lo que es muy necesario porque hoy se verifica haber pueblos distantes de sus cabeceras más de cuarenta leguas, como sucede en el curato de Meztitlán que tienen los religiosos agustinos y aunque mantengan un vicario nunca puede ser el ministro como un cura propietario o estando cerca de él. Para informarme por mí mismo he visitado gran parte de la sierra y lo más remoto de la Huasteca y viéndolo se conoce que está sin orden el distrito de los curatos, únicamente porque median las doctrinas y curatos de los regulares y estando todo el orden del derecho y bajo de una misma mano pudiera arreglarse todo con más facilidad. (AGI, M 727)

Algo parecido expresaba sobre las parroquias capitalinas, en donde, según opinaba, había gran confusión. Sin duda, antes del Concilio Provincial de 1771, el principal ensayo entre los que encabezó el arzobispo Lorenzana, y que le sirvió para valorar las dificultades en el resto del arzobispado, fue el obrado en la ciudad de México6. El prelado y quienes lo apoyaron rechazaron por completo las formas locales de organización parroquial, instauradas en el siglo XVI y que dos siglos después eran incomprensibles para hombres llegados de ultramar, acostumbrados a otros parámetros. De ahí la apuesta de este prelado por imponer un patrón territorial y ya no el antiguo criterio "étnico", que ciertamente escondía todo tipo de orígenes sociales y servía a los fieles para estar en una u otra parroquia de acuerdo con sus intereses. Si para las autoridades esto era caótico (Sánchez, "El nuevo" 75), para los habitantes de la ciudad tal flexibilidad era un recurso más en su vida cotidiana que no tenía nada de confuso.

Desde 1768, Lorenzana le pidió al rey autorizar la secularización de la compleja doctrina franciscana de San José, la cual aún tenía en los alrededores de México nueve vicarías cuyos fieles se repartían en toda la ciudad (Zahino, Iglesia 56). A partir de 1769, el prelado se dio a la tarea de planear la conversión de diez parroquias en trece, cosa que provocó controversias que se ventilaron incluso en el Consejo de Indias. Antes del arzobispado de Lorenzana había cuatro parroquias de españoles (catedral, Santa Veracruz, San Miguel y Santa Catarina) y seis de indios (San José, Santa Cruz Acatlán, Tlatelolco, San Pablo, Santa María la Redonda y San Sebastián). El principal problema que veía la Iglesia era la mezcla de fieles de unas y otras en un mismo territorio; es decir, no había una delimitación territorial, sino personal, de los parroquianos, lo cual era inadmisible a la luz de los criterios racionalistas del alto clero borbónico. Para este, carecía de validez el origen sociopolítico de las doctrinas de indios, y el problema se reducía a considerar que eran partidos territorialmente muy grandes. En esta dinámica, los curas de las parroquias indias de Santa Cruz, San Sebastián, Santa María la Redonda y San Pablo se sumaron a la iniciativa (Sánchez, "El nuevo" 80). En el palacio virreinal también hubo apoyo de inmediato, refrendado luego por la Corona, que a principios de 1771 emitió una cédula que aprobaba la división y pedía su inmediata ejecución.

No obstante, los curas de las parroquias de españoles, temiendo perder muchos fieles, le reclamaron al rey la posibilidad de defender sus derechos en el asunto, máxime cuando se iban a dividir sus partidos. Con menos ingresos, esgrimían los quejosos, vivirían indecentemente y disminuiría su ayuda al culto público, además de que tendrían ya que rechazar peticiones de los indios (Zahino, Iglesia 59). Aunque en Madrid se inclinaban más por apoyar al arzobispo, este quiso ser conciliador en México y dejar la casa en paz antes de partir a la mitra toledana, para lo cual medió entre las partes en conflicto. El modelo de parroquia impulsado por Lorenzana en la ciudad de México: integrar a todos los grupos sociorraciales en un mismo partido eclesiástico, era en realidad el que se había venido concretando en el resto del arzobispado desde el siglo XVII y que para el XVIII ya era toda una realidad (Zahino, Iglesia 60). Sin embargo, ciertos grupos de fieles, rechazando el nuevo criterio de pertenencia territorial, se resistieron a dejar sus antiguas formas corporativas de religiosidad7.

En vista de lo sucedido en la capital, cabe preguntar hasta qué punto las inercias que tuvo que vencer Lorenzana condicionaron su decisión de emprender una reorganización parroquial general en el arzobispado. Veamos su accionar en este sentido durante los años que estuvo al frente. En 1766, recién llegado a México, ventiló una primera división en la parroquia secularizada de Yecapixtla, al sur del valle de México. Las razones que expresó el prelado para iniciar el proceso fueron las siguientes:

estamos instruidos de ser estos beneficios de dilatada administración, así por los pueblos, barrios y ranchos que comprehenden como por sus distancias que tienen a la cabecera, en que es visto el imponderable trabajo que sufren los párrocos y vicarios y el desconsuelo de las respectivas feligresías, en no gozar con la mayor prontitud el socorro y auxilio de sus urgencias espirituales, a cuyo alivio debemos contribuir en desempeño de las obligaciones de nuestro pastoral ministerio. (AGN, BN 431, exp. 3, ff. 3 r.-3 v.)

El pueblo de visita que deseaba convertirse en nueva parroquia era Achichipico, el cual funcionaba como vicaría de Yecapixtla desde la década de 1750, cuando aquel aún era doctrina agustina. Es interesante constatar cómo, nuevamente, los españoles, no tanto los indios, impulsaron el cambio "por estar distante de esta cabecera más de dos leguas de camino quebrado y con barrancas muy peligrosas, principalmente en tiempo de aguas, por lo que se les retardaba o dificultaba la administración de los santos sacramentos" (AGN, BN 431, exp. 3, ff. 23 r.-23 v.). De acuerdo con testimonios tomados en 1766, desde que los fieles de Achichipico tuvieron vicario fijo todo asunto parroquial lo manejaron con independencia de la cabecera. Si esto había sido así, lo que Lorenzana hacía era simplemente admitir esa autonomía mediante el reconocimiento de ese pueblo como nuevo curato. Luego de que la mitra concluyó que Achichipico tenía los fieles y las obvenciones suficientes para mantener a un cura 7 Al respecto, Ernest Sánchez señala que "si bien este fue el proyecto, ciertos estudios sobre las prácticas religiosas de los indígenas tras la reforma de Lorenzana -caso de la parroquia de Santa Caterina Mártir- muestran que se recluían en capillas y pequeñas iglesias situadas en el territorio del curato, a la vez que se resistían a recibir la administración de los sacramentos en la sede parroquial" ("El nuevo" 92). titular, así como un templo con lo suficiente para la liturgia y administración sacramental, le pidió al virrey aprobar la separación, y de esa manera sucedió.

En 1768, luego de haberlo intentado sin éxito en 1755, Lorenzana reimpulsó la creación de la parroquia de Amanalco, su separación de la cabecera, Zinacantepec (Álvarez 161). Aunque la división no fue conflictiva, sí exigió toda una serie de diligencias que involucraron a la mitra, al clero parroquial local, a la feligresía, al alcalde mayor y al virrey como vicepatrón. El proceso finalizó en 1769 y tuvo como característica principal la búsqueda de un consenso de todas las partes implicadas8. Algo similar sucedió en 1770, cuando el cura de Iztapaluca, en el valle de México, le pidió a Lorenzana segregar dos pueblos de visita del curato vecino de Chalco y agregarlos al suyo bajo el argumento de que los fieles de estos acudían más a él por la mayor cercanía. Lorenzana comisionó entonces a un cura vecino para hacer las averiguaciones acostumbradas sobre caminos y distancias entre sujetos y cabeceras, así como para pedir el consentimiento de los indios de república a la separación, hecho que finalmente ocurrió (AGN, CRS 51, exp. 2, ff. 40 r.-55 r.).

En 1770 Lorenzana se topó con el dilema de dividir o no el curato de Xochitepec (AGN, BN 296, exp. 10). En las averiguaciones se supo que el partido contaba con nueve pueblos de visita, cuatro haciendas y algunos ranchos; igualmente, que los pueblos al sur de la cabecera eran los más desatendidos y de ahí la necesidad de crear en Tetelpa una nueva cabecera. Si bien los testigos coincidieron en que la fundación sería muy útil, cuando se investigó la posible congrua del nuevo cura titular, se halló que con muchos trabajos se alcanzarían poco más de 700 pesos y que, de hecho, los gobernadores de Tetelpa y algunos pueblos que quedarían sujetos a la nueva cabecera se negaban a dividirse precisamente para que no aumentaran los pagos parroquiales. Ante estas expectativas, el promotor fiscal de la mitra aconsejó a Lorenzana no dividir sino poner un vicario fijo en Tetalpa, por un lado, y, por el otro, que la siguiente designación de cura de Xochitepec se efectuará bajo la condición de que en adelante estaría sujeto a dividirse en cualquier momento. Lorenzana lo hizo así. Cabe destacar que este caso, en el que la provisión del curato se hizo bajo la condición de que el nuevo ministro no se opondría a una eventual división, le sirvió al arzobispo de referente durante el concilio, como veremos más adelante.

Un caso más, visto por Lorenzana en 1771, muestra hasta qué punto las diligencias de las autoridades para crear un nuevo curato podían ser detenidas por los fieles. El fiscal de Santa Catarina Xochiatipan, sujeto de la cabecera de Yahualica, con apoyo de otros indios, logró la aprobación para que su pueblo se separara y se convirtiera en nueva parroquia. Cuando la división estaba a punto de iniciarse, indios de dos pueblos menores y una ranchería que se adscribirían al nuevo partido alegaron que el fiscal había hecho todo sin su consentimiento y que además, dado que todos ellos eran muy pobres y que los gastos se acrecentarían, no podrían sustentar al nuevo curato; asimismo, aducían que, en el fondo, los de Xochiatipan, al convertirse en cabecera, se librarían de pagar y todo se lo cargarían a sus sujetos (AGN, CRS 51, exp. 6, ff. 216 r.-239 r.). Ante ello, los propulsores de la división expresaron que Xochiatipan sí estaba dispuesto a hacerse cargo de todos los pagos que conllevaría el nuevo curato y que no obligaría a los opositores a pagar nada en contra de su voluntad. Si bien el expediente no tiene la resolución final, para 1777 un padrón del arzobispado ya registraba a Xochiatipan como curato (Sánchez, Padron 134).

Un balance general de la actuación de Lorenzana durante su gestión, en cuanto a división de curatos, sería este: si bien traía instrucciones de crear los nuevos partidos que fueran necesarios, en la práctica el mapa parroquial no cambió de manera sustancial, salvo en la ciudad de México y algunos partidos del arzobispado9. Los casos antes reseñados nos indican que reestructurar las parroquias implicaba toda una campaña y una inversión de recursos, tiempo y dinero que podían fácilmente rebasar a las autoridades, aun con el poder, las influencias y la determinación que poseía Lorenzana.

El IV Concilio Provincial y la división de parroquias

En las sesiones del IV Concilio Provincial Mexicano de 1771 se abordaron diversos asuntos y problemáticas relacionados con intereses vigentes de la Corona y los obispos regalistas, como la censura a la llamada doctrina jesuita, la sujeción de la Iglesia a los intereses reales y su independencia de Roma, y la reforma del clero y de las costumbres de la feligresía (Gonzalbo). En contraste, otros asuntos solo recibieron un tratamiento general, a pesar de que la Corona ordenó un tratamiento atento de ellos, como fue el caso de la reorganización de los curatos para lograr, precisamente, la reforma de la vida cristiana de los fieles. Cuatro puntos de la real cédula del 21 de agosto de 1769, también conocida como "Tomo regio" y que sirvió de directriz principal al concilio, se ocuparon directamente de la reforma de la vida parroquial, a saber:

IV. Que los párrocos tampoco hagan exacciones indebidas a sus feligreses y se corrija donde todavía subsista el abuso de llevar los curas sínodo a costa del real patrimonio en aquellas parroquias que tengan emolumentos y rentas suficientes por no ser justo gravar indebidamente al erario real, teniendo contra sí tantas cargas de justicia para la administración de esta y defensa de esas remotas provincias [...].

VII. Que siendo tan estrecha la obligación de los párrocos a explicar el evangelio e instruir en los rudimentos de la doctrina cristiana a los fieles, el concilio arregle, con conocimiento de los descuidos que en esto haya, el tiempo y forma en que precisamente se cumpla en los días festivos a lo menos [...].

XI. Que se dividan las parroquias donde su distancia o número lo pida, para la mejor administración de sacramentos de los fieles arreglando el concilio los medios de ejecutar esto, con intervención del vicepatrono y sin perjuicio del patronazgo real ni del erario, prefiriendo en esta división y cómoda distribución de parroquianos, el bien espiritual de estos, al interés bursático de los actuales párrocos, y entretanto que esto se formalice, les obliguen los diocesanos a dotar y poner teniente [...].

XX. Finalmente se deberán establecer todos los medios de desarraigar ritos idolátricos, supersticiones, falsas creencias, instruyéndose el metropolitano y sufragáneos de lo que pase en sus respectivas diócesis para deliberar en el concilio provincial, condenando y proscribiendo cuanto sea de esta especie y encargando la instrucción sólida de los fieles en los misterios de nuestra sagrada religión y prácticas de las virtudes y asistencia a las parroquias y divinos oficios, como dispone la Iglesia, excusando en lo posible todo trato duro a los neófitos, edificándoles más bien con el ejemplo y la continua enseñanza, indicando los medios prácticos para que los párrocos y demás individuos del clero secular y regular cumplan tan necesaria obligación suya. (AGI, M 2711)

El punto XI es el que más interesa aquí debido a que sintetiza la política de Carlos III sobre creación de nuevas parroquias, la cual comprendía varias condicionantes que dificultaban su puesta en práctica por parte de los obispos. En primer lugar, se ordenaba crear nuevas parroquias en los pueblos distantes de las cabeceras o que tuvieran número suficiente de feligreses. En segundo, que la instrumentación fuera establecida por el concilio, en conjunción con el virrey, cuidando de no afectar el real patronato ni la real hacienda. En tercero, que las nuevas parroquias no significaran un mayor gravamen para los fieles con derechos parroquiales. Y en cuarto, que antes de que avanzara la división de parroquias, los curas designaran y pagaran tenientes, en relación con lo cual se recordaba la cédula de 1764.

Es de notar que la real cédula en ningún momento menciona los cánones tridentinos al respecto, no obstante su vigencia. Si a todas estas condicionantes establecidas por el rey agregamos los intereses locales de los pueblos, la feligresía, los hacendados y las autoridades indígenas, explorados líneas atrás, podemos entender con más facilidad los reparos de los obispos sobre el asunto durante el IV Concilio. La complejidad del problema no era ignorada por Lorenzana y los demás asistentes a las sesiones, puesto que se trataba, ni más ni menos, de reestructurar redes parroquiales que tenían ya más de dos siglos de desarrollo y con respecto a cuyo largo devenir cada gestión episcopal no había sido sino solo una breve etapa. Veamos, pues, las posturas y las experiencias de los obispos durante el concilio.

El autor del "Extracto compendioso" del IV Concilio, documento clave para este trabajo, opinó que era urgente reorganizar los curatos con el fin de que, obviando otros intereses, cumplieran realmente sus funciones de evangelización y doctrina: "a mi ver, solo el que se diese esta providencia era el único motivo urgente que yo hallaba para la celebración del concilio provincial [...]. Pero el señor metropolitano dio a entender que había en esto dificultad por lo tocante al patronato" (316)10. Podemos preguntar si para Lorenzana, a quien se llama en la cita anterior "metropolitano", lo más importante, por entonces, fue no solo proteger el real patronato sino cuidarse de entorpecer su ascenso a la sede toledana mediante la marginación del estratégico problema de la reestructuración de las parroquias. Igualmente, las controversias con el Consejo de Indias ocasionadas por el asunto de las parroquias capitalinas bien pudieron convencerlo de no avanzar en él para no empañar su nombre en la corte.

En otra sesión del concilio, en la que se discutió sobre la reorganización parroquial, tanto Lorenzana como el obispo de Puebla, Fabián y Fuero, "dijeron que esto se remediará con la práctica que los dos habían introducido y en la Puebla desde el señor Abreu, de dar colación de los curatos cum onere dvsinis" ("Extracto" 316). El arzobispo, como se recordará, en 1770 había ordenado proveer el curato de Xochitepec bajo esa condición.

A mediados de 1771, conscientes del punto xi del "Tomo regio", los conciliares retomaron el asunto de la división de manera más amplia. Según el autor del "Extracto compendioso", se discutió mucho pero no se llegó a una solución en realidad: "se tomó por el lado que nada importa, porque todo se redujo a decir el señor de México que en los pueblos de su arzobispado, después de las divisiones que había hecho, no tenía otras que hacer" (468). El obispo de Puebla, Fabián y Fuero, apoyó la postura de Lorenzana ("Extracto" 468). Este testimonio confirma que la política del arzobispo de México y de su similar de Puebla fue casuística; es decir, consistió en hacer aquellas divisiones que consideraron menos conflictivas, en lugar de emprender una campaña general, justamente cuando muchas doctrinas habían sido secularizadas y se presentaba una coyuntura favorable para ello. Es posible pensar que lo mismo sucedió en otros obispados novohispanos. Para Fabián y Fuero, el único camino vigente en ese momento para reestructurar los curatos era el del real patronato, verdadera "camisa de fuerza" y que, sin duda, detuvo a muchos prelados a la hora de hacer algo al respecto:

Contó dicho señor lo que había sucedido en la visita del pueblo de Pagoallan (creo que así lo nombró), en la sierra de los otomíes, en donde halló dos pueblos distantes 14 leguas de la cabecera y de perverso camino, donde no iba el cura más que una vez cada mes y nunca en tiempo de aguas. Pero que en dichos pueblos, distaban 4 leguas de otros seis pertenecientes a otro curato, y recurrió al señor virrey para hacer esta división e hizo efecto de todos estos pueblos un curato distinto. ("Extracto" 315)

Por su parte, el obispo de Oaxaca informó que no había dividido curatos, sino más bien acercado a los vecinos de los ranchos a las cabeceras parroquiales: "El señor de Oaxaca, que sería conveniente que en su obispado se acercasen unos pocos vecinos que vivían en ranchitos muy distantes" ("Extracto" 468). El de Yucatán, igualmente, solo declaró su intención de subdividir el curato de Campeche y el de San Cristóbal, a las afueras de Mérida. En cuanto al obispado de Michoacán, el representante del obispo expresó haber seguido la misma línea de Lorenzana y Fabián y Fuero: "su obispo había dividido todos los que le parecían divisibles" ("Extracto" 468).

Otro mundo parroquial fue el que presentó el obispo de Guadalajara, en donde los feligreses podían estar a 30 leguas o 50 leguas de distancia de la cabecera. Estos fieles no podían concentrarse, pero tampoco pagaban más obvenciones que los demás, por lo cual era imposible para ellos costear un ministro que fuera a atenderlos. En esas condiciones, pensar siquiera en dividir para mejorar la administración espiritual era, desde el punto de vista del obispo, inalcanzable:

El de Guadalajara, que allí no era posible dividir los más necesitados, como era, por ejemplo, el del Ojo de Gallo, que tenía a 30 leguas una hacienda de ganado vacuno con cinco vaqueros y a 50 otra de ovejas que comprendía 100 sitios y creo que eran 200 leguas, que un cura en estas haciendas no podía subsistir, y el cura del Ojo de Gallo era tan pobre que no podía darles ministro. ("Extracto" 468)

A esto, Lorenzana agregó "que sería conveniente el que los dueños de hacienda, tuviesen capellanes en ellas, nombrándolos ellos mismos y dándoles los obispos sus licencias y aprobación, para que de esta manera no se resistiesen los dueños" ("Extracto" 468-469). Llama mucho la atención esta propuesta de Lorenzana; por un lado, porque retomaba la idea de una práctica iniciada en el siglo XVII que se extendió a varias regiones de haciendas y, por otro, porque descargaba en los mismos hacendados las obligaciones de atención espiritual a los habitantes de sus explotaciones. Estrictamente hablando, estas obligaciones correspondían a los obispos, pero el prelado, ante tanto obstáculo, veía que la salida estaba en el nombramiento de capellanes particulares, pues de esa manera se ahorraba todo el proceso de dividir y tramitar ante el rey o el virrey el reconocimiento de nuevos curatos. Además, recomendaba que el pago de capellanes particulares por parte de los hacendados fuera obligatorio.

Por otra parte, hubo una propuesta audaz, en el contexto y en la época en los que se realizó este concilio. Pasando por alto el derecho del real patronato, esa propuesta consistía en dotar a los obispos de la libertad de reestructurar a discreción los curatos, aun si los curas tenían que ser afectados en sus derechos: "No sé quién insinuó que mandase el concilio que se hiciese esta división, aún en vida de los curas actuales" ("Extracto" 315-316). No obstante, el autor del "Extracto compendioso" pensaba que los obispos debían haber tratado el asunto con más amplitud y resolución porque era el más importante del concilio: "y hablando de las divisiones de los curatos, volvieron a contentarse los obispos, con que estos se dieran cum onere dvsinis, como se dijo en una de las sesiones antecedentes" ("Extracto" 469). Para el mismo autor, se debían hacer todas las divisiones que fueran necesarias, sin que importara la oposición del clero parroquial:

Que se hicieran las divisiones cuando fuesen necesarias, aunque lo repugnasen los curas, porque no podrán ser arregladas y prudenciales y de buen gobierno si se ejecutan de otra manera. Pongo el ejemplo: dos curatos vecinos, que ambos son pingües cada uno por el mismo viento dos a cuatro pueblos pobres muy distantes de la cabecera y es necesario o conveniente dividirlos para la buena administración de los feligreses. Para que se haga una división justa, es necesario que se hagan un curato de aquellos pueblos los dos, lo cual no se hace ni se podrían hacer, si solo está vacante o cum onere dvsinis el uno de los dos. De los dos curatos, se debían hacer tres para que quedasen útiles o por lo menos llevaderos. ("Extracto" 469)

Así, agregaba el autor del "Extracto compendioso", las divisiones debían hacerse de forma más flexible e inteligente para que todos salieran beneficiados: "en estas divisiones se debe atender a la mayor comodidad de los feligreses, pero procurándoles también a los curas una congrua razonable para que se apliquen al trabajo" ("Extracto" 469).

Al final de la narración sobre el asunto, el autor del "Extracto" reconocía que no todo dependía de los obispos: "Para este fin, debía ser el concilio, averiguando primero si lo podía hacer, y si podía, haciéndolo" (470). ¿A qué se refería exactamente con esta expresión? ¿A que la estructura parroquial, tal y como estaba en 1771, ya no era funcional, según se desprende de sus siguientes palabras?: "Por lo poco que sé del arzobispo de México, está en muchas partes despernancado y era necesario fundirlo de nuevo" (470). Otro aspecto tocado por el mismo autor debía complementar el de la división: la unión de curatos o sujetos pobres para formar nuevos curatos: "uniendo algunos curatos que están muy inmediatos y son muy pobres y dividiendo otros que tienen los pueblos muy separados, pero había de ser con esta única libertad para que se hiciese en consecuencia" (470).

Los autores del IV Concilio no dejaron de señalar como otro obstáculo para la reorganización parroquial la persistente costumbre de un sector indígena de vivir alejado de los pueblos. Para superar esta dificultad, debía acabarse "con los asentamientos aislados y dispersos entre los montes en los cuales el control del párroco y demás autoridades se hacía prácticamente imposible" (Zahino, "La cuestión" 13). Al final del concilio, no hubo un decreto que ordenara explícitamente la división de curatos y, así, sancionara la postura de Lorenzana y Fabián y Fuero.

Reflexiones finales

El proyecto de Carlos III para mejorar la asistencia espiritual de los fieles mediante la división de las parroquias careció de las herramientas suficientes para que los obispos reestructuraran con más facilidad su red parroquial y para contener a los curas que se oponían a la división. Igualmente, la Corona no quiso flexibilizar su extremado celo por salvaguardar los derechos de su patronato, lo cual llevaba implícita una autolimitación. El regalismo, tan defendido por Lorenzana y Fuero en el concilio, fue asimismo un impedimento para emprender una campaña general de reestructuración de los curatos. Puede pensarse que en esos años de pleno repliegue de las doctrinas de frailes por la secularización, de sustitución de religiosos por clérigos al frente de los curatos y de claro liderazgo de prelados regalistas como Lorenzana y Fabián y Fuero, la reestructuración de curatos debía facilitarse; sin embargo, no fue así.

Teniendo en cuenta la experiencia de generaciones anteriores en el arzobispado, así como lo expresado por los obispos, lo que resalta de la época de Lorenzana y el IV Concilio es que, a pesar de que el "Tomo regio" ordenaba la reestructuración de los curatos para garantizar una mejor atención espiritual a los fieles, el alto clero novohispano era incapaz de una solución global; en su lugar, optó por el camino de soluciones casuísticas y parciales. Puesto que la división de parroquias fue un rubro señalado explícitamente en el "Tomo regio", un asunto de política real, debía ser resuelto de alguna manera por los miembros del concilio. La real orden fue, pues, abordada en las sesiones no tanto para establecer decretos o su instrumentación, sino para que los obispos justificaran por qué no cabía una solución general sino solo una parcial y de acuerdo con la realidad de cada obispado. De esa forma, reconociendo el statu quo del clero parroquial y la organización histórica de las parroquias, el tratamiento que los obispos dieron al asunto fue genérico y superficial. Lorenzana y Fabián y Fuero no fueron radicales ni marcaron diferencia, como en otros asuntos más destacados por la historiografía.

Igualmente, los obispos regalistas tuvieron como limitación el ordenamiento social novohispano, por un lado, y las estructuras parroquiales construidas a lo largo de dos siglos y medio, por el otro. Los partidos eclesiásticos no se fundaron en su origen como delimitaciones geográficas, sino como conjuntos de poblados de diferente magnitud unidos por lazos tributarios o políticos. Estos lazos fueron sufriendo distintas transformaciones, de las cuales el espacio geográfico delimitado fue una consecuencia, no una causa. De ahí que, en el siglo XVI, el área territorial en la que se asentaba la feligresía de una parroquia o doctrina careciera de valor, pues lo importante eran los vínculos tributarios, étnicos o políticos que unían a los parroquianos.

Para el siglo XVIII, la mayoría de los pueblos adscritos a un partido eclesiástico conservaban un patrón de asentamiento heredado del siglo XVI y ocupaban grandes extensiones territoriales que, a ojos de las autoridades, eran injustificadas. No obstante, como señaló acertadamente Zahino,

las aspiraciones ilustradas [...] toparon igualmente con serios obstáculos: un clero defensor de su modus vivendi, unos fieles poco interesados en cualquier tipo de cambio y, en definitiva, una sociedad acostumbrada a un catolicismo rutinario, sin demasiadas exigencias y, sobre todo, adaptado y moldeado a las necesidades y aspiraciones de esa misma sociedad. (Iglesia 45)

Pero si, por un lado, Lorenzana y los obispos buscaron una salida digna a la real orden de dividir parroquias, ello no significó, por otro lado, que en el mundo parroquial del arzobispado todo siguiera idéntico. La fragmentación política de las antiguas repúblicas y la separación de los pueblos sujetos a ellas siguieron adelante, según señala la historiografía; la feligresía continuó aumentando en número de parroquianos y las fricciones curas-fieles se incrementaron, al igual que las relaciones de autoridad y poder entre los mismos, de acuerdo con Taylor (631-634). Cabe destacar que si bien en esta época los pueblos tendían a la fragmentación política, ello no conllevaba necesariamente la división parroquial, pues por lo general los pueblos veían más desventajas que ventajas en la formación de nuevas parroquias y en la obligación de sustentar a un cura titular en lugar de un vicario. Asimismo, debemos preguntarnos si ese rechazo a la fragmentación parroquial tenía por objeto evitar cambios en el calendario litúrgico y religioso de la unidad cabecera-sujetos que, muchas veces, se había ido formando desde el siglo XVI. ¿Consideraban los parroquianos que alterar los vínculos religiosos y litúrgicos que cada sujeto había forjado con las cabeceras municipales, así como el lugar que ocupaban los santos patronos, era algo necesariamente incompatible con los cambios políticos? Sin duda, futuros estudios deberán abordar estas y otras cuestiones relacionadas con el mundo parroquial de la segunda mitad del siglo XVIII.


Notas
1 Este trabajo es parte del proyecto "La Iglesia y la conformación de Nueva España: redes parroquiales, jerarquías eclesiásticas y actores sociales", clave RN400413, del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológica de la UNAM.
2 En este texto se usará el término parroquias para hablar indistintamente de aquellas administradas por frailes o por clérigos; curatos se utilizará para hablar de las parroquias que estaban bajo cuidado del clero secular; y doctrinas, referido a aquellas que estaban a cargo de los frailes.
3 En otras partes de la Nueva España, por la misma época, se hicieron subdivisiones también, como en Oaxaca o Guadalajara. El obispo de Guadalajara había subdividido beneficios y creado ocho misiones: cuatro de ellas y un pueblo de tlaxcaltecas en la provincia de Coahuila, dos en Nayarit y una en las Californias. Las subdivisiones habían sido aprobadas por el vicepatrón.
4 Este porcentaje es diferente al de estudios anteriores. Como señala Taylor, "a pesar de una ola de secularizaciones a fines del siglo XVI, los mendicantes lograron conservar la tercera parte de las entidades parroquiales en ambas diócesis" (120). Para una visión más amplia sobre la política de este arzobispo respecto a los religiosos, véase el trabajo de Aguirre (Un clero).
5 A principios del siglo XVIII, la doctrina agustina de Meztitlán, en efecto, declaró ingresos anuales por 2.477 pesos, de los más altos de la orden en ese rubro.
6 Este proceso ya ha sido estudiado en detalle, por lo cual se utilizan las investigaciones existentes para hacer hincapié en su significado e impacto en las reuniones conciliares. Al respecto, véanse los aportes de Sánchez ("El nuevo") y Zahino (Iglesia).
7 Al respecto, Ernest Sánchez señala que "si bien este fue el proyecto, ciertos estudios sobre las prácticas religiosas de los indígenas tras la reforma de Lorenzana -caso de la parroquia de Santa Caterina Mártir- muestran que se recluían en capillas y pequeñas iglesias situadas en el territorio del curato, a la vez que se resistían a recibir la administración de los sacramentos en la sede parroquial" ("El nuevo" 92).
8 Esto fue así a despecho de la opinión de los fiscales del Consejo de Indias, que por entonces consideraban que bastaba con que los obispos tuvieran la autorización de los vicepatrones para poder practicar divisiones. Un parecer así se puede ver en la carta del arzobispo Lorenzana al virrey del 25 de enero de 1769 (AGI, M 727).
9 Los curatos que se fundaron durante el arzobispado de Lorenzana fueron menos de los que Luisa Zahino señaló. Entre las nuevas fundaciones ella menciona Ayahualica, Aquismon, Axapusco, Cuatlinchan, Chauteutlan, Huautitlan, Yacapixtla, San Felipe Yxtlahuacam, Jaltoca, Juchitepec, Juitepec, Mecameca, Oaxtepec, Oculman, Octupa, Patzayuca, Tenango del Río, Tesayuca, Tezontecomatla, Tlacomulco, Texicapan, Villa de la Peña de Francia y San Nicolás Xochicoatlán (Iglesia 75), cuando en realidad todos estos curatos ya existían desde años atrás.
10 Se trata del "Extracto compendioso de las notas del Concilio IV Provincial Mexicano hecho y apuntado diariamente por uno de los que asistieron a él". En opinión de Elisa Luque, el autor de dicho documento fue el prebendado Cayetano Antonio de Torres (1363).


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