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Fronteras de la Historia

versión impresa ISSN 2027-4688versión On-line ISSN 2539-4711

Front. hist. vol.28 no.2 Bogotá jul./dic. 2023  Epub 01-Jul-2023

https://doi.org/10.22380/20274688.2522 

Reseñas

Conquista y colonización en Oaxaca. El juicio de residencia de Juan Peláez de Berrio (1531-1534)

Raquel Eréndira Güereca Durána 
http://orcid.org/0000-0003-3074-8485

aUniversidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Instituto de Investigaciones Históricas raquelguereca@gmail.com • https://orcid.org/0000-0003-3074-8485

van Doesburg, Sebastián. Conquista y colonización en Oaxaca. El juicio de residencia de Juan Peláez de Berrio (1531-1534). ., Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Anáhuac Xalapa, Serie De Conquistas, Luchas e Independencia, X, 2022. 951p.


Sebastián van Doesburg ha dedicado buena parte de su vida profesional al estudio de la historia de Oaxaca, de lo que dan cuenta numerosas publicaciones que destacan por el empleo de fuentes tanto pictográficas como documentales, entre ellas: Documentos antiguos de San Miguel Tequixtepec, Oaxaca. Los primeros cien años de la Colonia (1533-1617); Códices cuicatecos y Los lienzos pictográficos de Santa Cruz Papalutla, este último en coautoría con Michel Oudijk. Otra vertiente de sus investigaciones se refiere a la historia antigua de la ciudad de Oaxaca, patente en la publicación del Protocolo y razón sumaria del archivo de este convento de Nuestro Padre Santo Domingo (1709), de fray Leonardo Levanto, y en La Real Alhóndiga de Antequera. Historia y presencia de un predio fundacional de la ciudad de Oaxaca, en coautoría con Susana Gómez Serafín.

El autor se ha ocupado también de la difusión de fuentes primarias sobre la historia de Oaxaca. La obra que se reseña a continuación, que forma parte de la serie De Conquistas, Luchas e Independencia, editada por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), es un reflejo de ello. Vio la luz durante el mes de marzo del 2022, en el marco de las conmemoraciones por el 536 aniversario de la fundación de Huaxyacac por los mexicas, y del 490 del otorgamiento del título “Muy noble y muy leal ciudad de Antequera” por el monarca Carlos I de España.

La parte medular del libro la constituye la transcripción completa de un muy voluminoso expediente, en el que consta el juicio de residencia que se llevó a cabo para averiguar de qué manera Juan Peláez de Berrio, alcalde mayor de la villa de Antequera, había desempeñado su oficio. Como lo recuerda Van Doesburg, Peláez de Berrio era originario de Andalucía, y en la Nueva España participó en el juego político de los contrarios a Hernán Cortés, que buscaban coartar su poder y mermar sus prebendas para enriquecerse a sí mismos. Si bien algunas partes de este juicio ya habían sido publicadas (Esparza), por primera vez se presenta la transcripción completa.

El documento original consta de casi 1 000 folios, pues el juicio se extendió por cuatro años, entre 1531 y 1534. El lector encontrará, además, la transcripción de otro juicio, mucho más breve (150 folios), en el que Hernán Cortés y los miembros de la Primera Audiencia se disputaron la provincia de Cuilapan. Estos dos documentos, fundamentales para entender la historia temprana de Oaxaca, vienen precedidos por un estudio introductorio en el que Van Doesburg nos pone en contexto sobre el tipo de documentación que presenta; los principales personajes que aparecen, ya sea como acusadores o como testigos a lo largo del juicio, además de mostrar los conflictos que enfrentaron los primeros pobladores españoles de la villa de Antequera en su interés por conquistar y colonizar estas tierras.

Como es bien sabido, buena parte de las instituciones y leyes que se aplicaron en las Indias procedían del derecho vigente en Castilla en los albores del siglo XVI. El juicio de residencia fue una de esas instituciones del derecho castellano trasplantadas a América, aunque con algunas modificaciones. Se trató de un proceso al que eran sometidos los funcionarios reales al terminar su cargo. Desde el año de 1500, los Reyes Católicos emitieron los “Capítulos para corregidores y jueces de residencia”, reglamento que estableció la manera en que debía llevarse a cabo este procedimiento (Collantes).

Según los capítulos, el juicio de residencia debía dar inicio cuando un funcionario de la Corona concluía su periodo en el cargo. El proceso completo se dividía en cuatro etapas: las pesquisas secretas, los capítulos, las demandas y las querellas de los particulares. En principio debía ser breve; había sesenta días para el periodo de pruebas y presentación de quejas, aunque la sentencia y las apelaciones solían extender el procedimiento por años. Si bien en el reino de Castilla se aplicó solo a los integrantes de la justicia de primera instancia, como alcaldes y corregidores, en América funcionó como mecanismo de control para todos los funcionarios reales, desde el virrey, pasando por los gobernadores, los intendentes, los corregidores, los oidores, los fiscales y los alguaciles (Angeli).

Por norma, el juicio de residencia debía llevarse a cabo en el lugar donde el oficial había desempeñado sus funciones y estaba obligado a permanecer allí hasta la conclusión del proceso. Había una parte del juicio que era “secreta”, en la que se revisaban las cuentas de la Real Hacienda, se pedían informes a otras instituciones coloniales para valorar la actuación del individuo sometido a juicio, mientras que en un segundo momento se llevaba a cabo la parte “pública” del juicio. Normalmente, se iniciaba con un pregón en la plaza, en el que se anunciaba la fecha de inicio de la etapa de averiguaciones. El edicto se pegaba en las puertas de la iglesia principal, o en la de las casas del Cabildo, y también se enviaban pregoneros a los pueblos cercanos para que cualquiera que estuviera interesado pudiera presentarse a declarar (Angeli).

Como puede observarse en el juicio de residencia de Peláez de Berrio, se solía interrogar a los testigos sobre las buenas costumbres del enjuiciado, su moral y si su práctica se había apegado a las normas cristianas. Se preguntaba si, como autoridad, había castigado los pecados públicos, como los de amancebados, jugadores, usureros y adivinos; si había cumplido las provisiones y mandamientos del rey; su forma de impartir justicia y sus habilidades como funcionario, particularmente, si era imparcial al momento de resolver pleitos o si, por el contrario, se prestaba a sobornos y cohechos; si él o su mujer recibían dádivas; si ponía a sus parientes en cargos públicos o se prestaba a algún tipo de corrupción. Solía indagarse también sobre el trato dado a la población indígena y, para esta época temprana, si había esclavizado indígenas de paz, o había enviado indios libres a las minas, o si había despojado a los naturales de sus tierras y casas, entre otras faltas. El tipo de preguntas aquí señaladas permite que nos hagamos una idea de la riqueza de estas fuentes y del tipo de información que nos proporcionan; en palabras de Van Doesburg, “una ventana hacia las redes sociales, alianzas matrimoniales, detalles de la vida cotidiana, actividades económicas, intrigas políticas y luchas de poder” en los primeros años de la villa de Antequera.

Si bien, en principio, puede pensarse esta institución como un mecanismo para poner freno a las ambiciones y las malas actuaciones de los funcionarios reales, es importante no idealizar el procedimiento, pues el sentido de los juicios de residencia se desvirtuó muy pronto, y el mecanismo se prestó a sobornos, chantajes y venganzas políticas. Tampoco fueron infrecuentes las quejas relativas a las falsas declaraciones aportadas por los testigos. Todo parece indicar que, sabiendo de antemano que al finalizar sus cargos se enfrentarían a la justicia, los funcionarios reales preparaban ya el terreno para salir bien librados del juicio de residencia, para lo cual tejían alianzas con los personajes poderosos a nivel local, favorecían facciones, aplicaban la justicia con discrecionalidad y empleaban otros modos muy diversos de hacerse de adeptos para defenderse llegado el momento. No fue, por tanto, un mecanismo de rendición de cuentas infalible ni mucho menos, pues, como reza el dicho popular, hecha la ley, hecha la trampa. Es necesario entonces hacer una adecuada crítica de fuentes al momento de interpretar la información que ofrecen estos procedimientos.

El juicio de residencia que ha publicado Van Doesburg, no obstante, es muy importante por varias razones. Por un lado, porque da información sobre una época de la historia de Oaxaca que es oscura, debido justamente a la falta de documentación. Mucho de lo que se sabe sobre los años que van de 1520 a 1531 se debe a información que procede de fuentes más tardías, de la segunda mitad del siglo XVI. También, porque por medio de este juicio es posible vislumbrar y, con un poco de cuidado, reconstruir, las redes personales, familiares, políticas y económicas de los primeros habitantes de la ciudad, así como sus luchas por el poder y por el control de la mano de obra indígena, además de la manera en la que tejieron vínculos y alianzas, lealtades y también enemistades. Naturalmente, por lo menos en estos muy tempranos juicios de residencia, la población nativa aparece apenas como un personaje secundario, como los sujetos sobre los que recae la acción hispana, caracterizada en esta etapa por la violencia y el despojo, pero a los que no es posible aun escuchar.

Quisiera destacar, por último, que si bien el tiraje de este libro ha sido muy reducido (apenas cien ejemplares), el texto completo se encuentra disponible para su consulta y descarga, de forma gratuita y libre, en la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM en formato PDF, lo cual lo hace sumamente accesible y facilita la búsqueda de nombres, lugares y temas1.

Bibliografía

Angeli, Sergio. “El juicio de residencia: documento inicial para la reconstrucción de la vida social y profesional de los oidores americanos (siglo XVI-XVIII)”. Revista Electrónica de Fuentes y Archivos, n.o 3, 2012, pp. 182-193. [ Links ]

Collantes de Terán de la Hera, María José. “El juicio de residencia en Castilla a través de la doctrina jurídica de la Edad Moderna”. Historia. Instituciones. Documentos, n.o 25, 1998, pp. 151-184. [ Links ]

Esparza, Manuel. Juan Peláez de Berrio: alcalde mayor de la villa de Antequera del valle de Guaxaca, 1529-1531. Ciudad de México: Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1993. [ Links ]

Levanto, Leonardo. Protocolo y razón sumaria del archivo de este convento de Nuestro Padre Santo Domingo (1709). Edición, introducción y notas de Sebastián van Doesburg. Oaxaca: Secretaría de Cultura de Oaxaca; Fundación Alfredo Harp Helú de Oaxaca, 2008. [ Links ]

Van Doesburg, Sebastián. Documentos antiguos de San Miguel Tequixtepec, Oaxaca. Los primeros cien años de la Colonia (1533-1617). Leiden: Universidad de Leiden, CNWS, 2002. [ Links ]

Van Doesburg, Sebastián y Susana Gómez Serafín. La Real Alhóndiga de Antequera. Historia y presencia de un predio fundacional de la ciudad de Oaxaca. Oaxaca: INAH, 2014. [ Links ]

Van Doesburg, Sebastián y Michel R. Oudijk. Los lienzos pictográficos de Santa Cruz Papalutla. Ciudad de México: UNAM, 2010. [ Links ]

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