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HiSTOReLo. Revista de Historia Regional y Local

versão On-line ISSN 2145-132X

Historelo.rev.hist.reg.local vol.9 no.18 Medellín jul./dez. 2017

https://doi.org/10.15446/historelo.v9n18.59104 

Artículos

Vecinos, vasallos y defensores del Rey, condiciones necesarias para el ciudadano en la Provincia de Pasto, 1809-1823

Neighbors, Vassals, and Defenders of the King, the Necessary Conditions for the Citizen in the Province of Pasto, 1809-1823

Ángela Rocío Mora Caicedo *  

* Magíster en Historia por la Universidad Nacional de Colombia Sede Medellín (Medellín, Colombia); y Socióloga por la Universidad de Nariño (Pasto, Colombia). Es Catedratica de la misma universidad. El artículo es resultado del proyecto “República y Ciudadanía en Pasto, 1821-1853”, financiado por la Vicerrectoría de Investigaciones, Postgrados y Relaciones Internacionales de la Universidad de Nariño. Correo electrónico: armorac@udenar.edu.co orcid.org/0000-0003-1454-9232.


Resumen

En un escenario de cambio social como lo fue la transición entre un orden tradicional en la Provincia de Pasto y el advenimiento de la República (1809-1823), se apela al lenguaje político como una herramienta metodológica, para estudiar el estatus asignado a los sujetos en el Antiguo Régimen, principalmente los vecinos y los vasallos fieles a Fernando VII. La perspectiva de la nueva historia política y el lenguaje político permitieron realizar una aproximación a la presencia arraigada de conceptos que generaron en la sociedad estatus y acciones producto de la voluntad de los actores sociales, evidenciados principalmente en las actas del Cabildo de Pasto y las comunicaciones entre los representantes de los ejércitos realista y republicano. Bajo este supuesto, se encontró que las circunstancias políticas y sociales del proceso de independencia produjeron unas cargas significativas en estos conceptos articulados en el discurso realista. Por ejemplo, el vasallaje era la connotación que unificaba a todos los defensores del Rey y el vecino fue un reconocimiento asignado a una posición de privilegio para las elites, por lo tanto, ante la implementación de un concepto moderno y liberal como lo es el ciudadano, no modificó en mayor medida el orden social ya dado.

Palabras Clave: república; vasallos; vecinos; ciudadanos; lenguaje político; Pasto

Abstract

In a scenario of social change as it was the transition between a traditional order in the Province of Pasto and the advent of the Republic (1809-1823), it appeals to the political language as a methodological tool, to study the status assigned to subjects in the Old Regime, mainly the neighbors and the vassals faithful to King Fernando VII. The perspective of the conceptual history and the political language made it possible to carry out an approximation to the presence rooted concepts that generated in society status and actions product of the will of the social actors, evidenced primarily in the records of the Cabildo of Pasto and communications between the representatives of the realistic and republican armies. Under this assumption, it was found that the political and social circumstances of the independence process produced significant burdens on these concepts articulated in the speech realistic. For example, the vassalage was the connotation that unify all the defenders of the King and the neighbor was a recognition that is assigned to a position of privilege for the elites, therefore, before the implementation of a modern concept and liberal as it is the citizen, did not change the social order already given.

Keywords: republic; vassals; neighbors; citizens; political language; Pasto

Introducción

Es conocido que Pasto asumió una posición contraria frente al proyecto republicano. Hecho que llevó a los habitantes de la ciudad a trascender en la historia nacional desde una visión negativa y de condena por sus múltiples confrontaciones con héroes patrios como Antonio Nariño y Simón Bolívar. Hacer una lectura histórica al período de independencia en la Provincia de Pasto, remite también a un complejo proceso de revisión de las circunstancias particulares que este contexto experimentó. Estas van desde las dificultades geográficas para el acceso a la Cabecera del Cabildo (Pasto), y su difícil comunicación con las ciudades (Quito y Popayán), -que ordenaban sobre ella disposiciones administrativas, judiciales y eclesiales-, hasta la búsqueda de respuestas a la pregunta sobre el porqué de la defensa de la Monarquía y de sus principios basados en un “Dios, el Rey y la Patria”, -en tiempos de la formación de las nuevas repúblicas latinoamericanas-.

En este contexto, surgen interrogantes sobre el papel jugado por las nociones Vecino y Vasallos del Rey y cómo se da su articulación con el concepto Ciudadano, término moderno y liberal. Además, sobre la forma como estos conceptos se convirtieron en elementos centrales del discurso y el lenguaje político de los bandos en pugna (independentistas y realistas).

Esta artículo desarrolla un enfoque propio de la Nueva Historia Política,1 lo cual permite reconocer la importancia de contextos, procesos y actores -antes considerados marginales-; y visibilizar la relación que existe entre los procesos culturales y la construcción de identidades colectivas y prácticas políticas. Además, identificar el papel del lenguaje político, su impacto y su articulación a los discursos independentistas o monárquicos (Guerra 1992).

Adicional, el enfoque proporcionado por la historia conceptual (Palti 2007) permite un acercamiento crítico a las fuentes, -en las cuales se identificaron los usos de dichas nociones, sus atributos, sus asignaciones e importancia-, siempre guardando relación con los procesos sociales y políticos desarrollados en el contexto espacial y temporal del estudio: Pasto entre 1809 y 1823. Este período, definido desde diversas miradas como una época de revolución, cambio, mutación o transición de un orden a otro, permitió determinar la permanencia del estatus asignado por la tradición -el vecino- y la variación que la usanza del concepto Ciudadano fue sufriendo ante el advenimiento del orden republicano y liberal. Además, el contexto permite observar “las intenciones y la voluntad de los actores”, según Reinhart Kosselleck (1997, 32), para su articulación en el discurso oficial.

El lenguaje es una institución material de la cultura y, a la vez, es una entidad constituida históricamente y constitutiva de la experiencia política y social (Skinner 2007; Pocok 1989); es, en este punto, donde se articulan la nueva historia política y la historia conceptual. La primera plantea los cuestionamientos, y, la segunda proporciona la ruta metodológica, para establecer la relación entre el uso y los significados dados al concepto, los actores y los procesos sociales; lo cual determinó una etapa importante del cambio histórico en la región sur colombiana y en la consolidación de la República.

Para la articulación de los enfoques metodológicos se revisaron las actas de Cabildo, la correspondencia entre autoridades, los informes de visitas, los censos, los padrones, los manuscritos, que se encontraron en el Archivo Nacional del Ecuador, Archivo Histórico de Pasto, Archivo Central del Cauca y Archivo General de la Nación. Los documentos de carácter político son limitados, y reiteradamente se recurrió a las trascripciones realizadas por autores regionales, las compilaciones de comunicaciones y la Gaceta de Colombia.

El desarrollo de las ideas aquí expuestas conduce a revisar las características de discurso sobre la fidelidad política en Pasto, -como la defensa de la soberanía de Dios y del Rey así como de la patria (España) -; lo cual traza ciertos lineamientos del orden social y el accionar de los pastusos desde el Antiguo Régimen y en las bases para la continuidad en la República. Adicional, se examina la experiencia de la implementación de la Constitución política de la Monarquía Española. Promulgada en Cádiz a 19 de Marzo de 1812 [en adelante Constitución de Cádiz de 1812] en Pasto, un sustento jurídico de tendencia liberal que dio validez a una mayor circulación y uso del concepto Ciudadano, estatus que fue asignado a los sujetos que previamente habían gozado de reconocido prestigio como vecinos y profesado un vasallaje fiel al Rey.

Fidelidad política y orden social en Pasto

La fidelidad como discurso sirvió de fundamento para un accionar articulado de las élites locales, el clero y las autoridades del Cabildo de Pasto durante el proceso de la Independencia. Desde estas plataformas locales de poder, se irradiaban las ideas y las iniciativas de defensa a otros sectores sociales. Los actos ceremoniales perfectamente amalgamaban prácticas políticas y actos de fe (Leal Curiel, 1990). Un ejemplo de lo anterior, son las exequias de un Rey, la Jura de un nuevo monarca, las elecciones anuales de los integrantes del Cabildo, así como la lectura de cédulas reales y bandos, los juramentos en procesos criminales, entre otros; lo cual se llevaba a cabo previa realización de liturgias, procesiones o juramentos en nombre de Dios.

En Pasto, estas actividades se consolidaron como acciones públicas e institucionales, que obligaban a todos los miembros de la élite y demás sectores de la sociedad a participar abiertamente y a suspender todas sus labores, como una prueba de su fidelidad y vasallaje no sólo al Rey sino a Dios y a España, hechos que se traducían en una “fidelidad política” según Carole Leal Curiel (1990, 21), y que se deja manifiesto en testimonios como este:

Esta ciudad tiene el blasón de haber sido nuestros padres los primeros que se presentaban a servir al rey cuando ocurrían motivos, viajando a largas distancias; y cree el Cabildo que no degenerarán los hijos de sus nobles progenitores, mayormente si se considera la justicia y la seguridad de causa. Nosotros combatiríamos por la Religión, por nuestro Rey y Señor Natural y por el divino precepto que nos obliga a amarlo, obedecerlo y servirlo. ¡Qué valor y qué generosidad inspiran tales inductivos! Deberíamos esperar que estaría con nosotros el brazo del Todopoderoso. Estas consideraciones fortalecen el espíritu del más cobarde […].2

El anterior pronunciamiento del Cabildo de Pasto se ofreció como una posición de resguardo del orden tradicional, -incluso a costa de la vida misma, en caso de ser necesario-, y frente a la invasión francesa y los inicios de un proyecto autonomista. Dos entidades, “El Rey y Dios” o el “Trono y el Altar” (Guerrero y Guerrero 2011, 115) difícilmente podían diferenciarse y desarticularse, porque el discurso político se fundamentó en un vocabulario religioso basado en la fides cristiana (Leal Curiel 1990, 198), lo cual vinculaba indisolublemente las ideas de lealtad y confianza en Cristo como revelación, en el Rey como el vicario temporal de Dios en la tierra, y en el Reino que existía únicamente por la voluntad de Dios.

Este discurso político, que defendía la autoridad y soberanía del Rey, se asoció directamente con la defensa de valores morales y religiosos, un propósito que necesitaba medios de divulgación para que fueran conocidos y apropiados por todos. Inicialmente, el púlpito servía como escenario de socialización de esos principios, al igual que la lectura de bandos en los lugares principales de ciudades y villas, pero también los medios escritos,3 como los catecismos, las pastorales, los sermones impresos, las bulas y, en general, la correspondencia entre las autoridades servían para fijar estas ideas, que luego se traducían en prácticas concretas de defensa y lucha por el orden; así se puede ver en esta proclama del Cabildo de Pasto del 29 de agosto de 1809:

[…] No os dejéis seducir: consultad por vuestro mismo honor, por vuestro mismo bien, por vuestra lealtad, por vuestro Rey, por vuestra Patria y por vuestra sagrada religión: determinados á derramar, si fuese necesario, la última gota de sangre, por la defensa de la Justa-Causa, yá no dejar un escándalo á la posteridad […]. Para que llegue á noticia de todos, pasense ejemplares á los señores Curas de toda la jurisdicción, para que sin pérdida de momento hagan congregar á sus parroquianos y les hagan leer el contenido de esta Acta.4

Todo este cúmulo de palabras asociadas a emociones, obediencia y fe son características del vocabulario del orden tradicional en Pasto, el cual entra a considerarse con ideas y conceptos liberales, que apelaban más a razonamientos lógicos (Guerra 1992), que a emociones despertadas por el temor a desobedecer, al abandono y al olvido de una fidelidad juramentada a una autoridad no visible, pero existente.

Defensa de la Soberanía

En 1809, Pasto asiste a su primera manifestación realista, en contra de los propósitos de autonomía y como respuesta a la conformación de la primera Junta de Gobierno en Quito. La élite pastusa se pronunció e hizo manifiesta su posición de resistencia anti-juntista, precisando de una vez la organización de sus ejércitos para la defensa del orden tradicional. Tal como lo menciona Lidia Inés Muñoz (2004, 242): “[…] se reacciona con el combate de Funes ante la arremetida e invasión de los patriotas quiteños. Se asume la defensa de la frontera patria y se quiere dejar por sentado que el pueblo del sur tomará la decisión en el momento adecuado y con previo conocimiento de causa”.

La confrontación abierta entre realistas y los autonomistas de Quito, inicialmente, trajo consigo la articulación de palabras como revolución5 o rebelión bajo una denotación negativa, “Nó: jamás podrá autorizar la beneficiada Quito, su ingratitud y su rebelión”,6 atribuyendo, además, que los argumentos que promueven la desobediencia a las autoridades legítimas sólo podían tener origen en “Satanás”.

Revolución, es otra de las palabras que, desde la mirada realista, se asoció con el trastorno de un orden establecido, llegando a asegurar que las instituciones monárquicas serían destruidas. Amenazado el régimen que incluía los valores, las normas y las autoridades que estructuraban la comunidad política, se precisó salir a defender un orden que parecía intocable y que era necesario asegurar en su permanencia y reproducción:

[…] porque no ha habido uno que se haya tiznado con la negra mancha de la traición y antes bien todos a competencia hemos procurado frustrar las empresas de los revoltosos […] teniendo a blasón el sacrificar por tan glorioso fin de nuestras vidas y caudales en que se ha cebado el espíritu turbulento, bárbaro y vengativo de los opresores de la Patria […].7

Estos conceptos y otros que, poco a poco, se van articulando al usual lenguaje político de las élites y el clero, por supuesto no son nuevos, ni desconocidos en las colonias; sin embargo, las nuevas circunstancias de pugna por conservar un orden tradicional permitieron así mismo ir tejiendo discursividades para los enemigos: “El enemigo del Rey y de nuestra felicidad será aterrado, y vuestros generosos nobles esfuerzos recibirán recompensas […]. Nada hay que temer de esos miserables sediciosos, á quienes ha consternado la enormidad misma de su delito”.8 Los insurgentes rebeldes, apátridas, irreligiosos y otros calificativos se usaron para identificar a los no defensores del orden y traidores de la causa, usurpándoles de una vez la condición de vasallo.

También es cierto que entraron en cuestionamiento palabras como soberanía, pueblo, patria, nación, autonomía, libertad, entre otras. Inicialmente, un ejemplo de ello son las discusiones en el Cabildo de Pasto entre 1808-1810, que se concentraron en desentrañar los significados y los intereses que traían las comunicaciones que justificaban la creación de la Junta de Gobierno en Quito:

Habiéndose establecido en esta capital una Suprema Junta Gubernativa en nombre de nuestro legítimo y amado Soberano, Señor Don Fernando (que Dios guarde) […] habiendo concurrido al establecimiento del nuevo Gobierno el voto unánime y conforme de todos los cuerpos y Jefes políticos, militares y empleados en rentas, y prestándose solemnemente el juramento de solemnidad al Soberano, conservación de nuestra sagrada Religión, adhesión y conformidad á los principios de la Suprema Junta Central y defensa de nuestra Nación y Patria. Por estos fundamentos, U.S. muy ilustre, vendrá en pleno conocimiento de la legitimidad y solidez de los procedimientos de este pueblo, con los que se han conformado todos los lugares y pueblos circunvecinos, como que sólo se dirigen á la conservación del vasallaje, lealtad y patriotismo, que son los sabios objetos que á todos nos intereses […] para libertarnos del yugo tiránico del usurpador Bonaparte […].9

En esta comunicación, enviada desde Quito el 28 de agosto de 1809, se le daban al Cabildo de Pasto las explicaciones del por qué fue necesaria la conformación de una Junta; además, el texto de la carta venía acompañado de otros documentos, en los cuales se hacía explícita la fidelidad al Rey, que en ningún momento está siendo cuestionada o desplazada: “[…] Juramos al Señor Don Fernando Séptimo, como á nuestro Rey y Señor Natural, y juramos adherirá á los principios de la Junta Central, de no reconocer jamás la dominación de Bonaparte […]”.10

En éstas misivas también se argumentaba la necesidad de que el Pueblo asumiera la soberanía tras la ausencia del Rey y, hablar en Pasto sobre soberanía popular o del pueblo soberano en 1809, implicaba una serie de transgresiones a la tradición, “al mantenimiento del orden y la conservación del sistema político monárquico y colonial” (Ocampo 1980, 234). Este es un debate que se instauró en la mayoría de los rincones de América; y, en los mismos decretos de la Cortes Generales, se puede verificar la ambigüedad al respecto: “La soberanía reside esencialmente en la Nación […] la soberanía de la nación no elimina por completo la soberanía del rey, puesto que los revolucionarios españoles no lucharon contra un rey presente, sino en nombre de un rey ausente” (Guerra 1989, 145). Esto quedó afirmado en la mayoría de proclamas, acciones y enfrentamientos ocasionados por la conformación de las Juntas de Gobierno, que siempre se hacían jurando el nombre del Rey y para la defensa de sus derechos; el asunto de la soberanía quedaba establecido pero no resuelto, sin embargo, en su nombre, se conformaron bandos armados e ideológicos.

El debate inconcluso sobre la soberanía traía de forma persistente a discusión el papel del Rey como eje articulador del orden tradicional o Antiguo Régimen. El Rey se asoció con la figura paternal del jefe de una gran familia. Cuando el padre falta “deja huérfana a la nación” (Guerra 1992, 150), sin su presencia faltan sus hijos o se dispersan, dejándose seducir por ideas o modelos externos, que afectan la integridad de la nación.11 A su vez, todos estos argumentos sólo dejaban ver que en momentos de coyunturas políticas cruciales, surgían constantemente las incertidumbres ante la ausencia de ese “padre” o “cabeza” y, a medida que pasaban los días, crecían los interrogantes sobre el lazo que unía al Rey con su pueblo, con sus vasallos y, sobre todo, ¿en manos de quién estaba la soberanía?, ¿hay una o varias soberanías?, ¿las locales y las del reino?, etcétera.

El Cabildo de Pasto se pronunció al respecto en agosto de 1809, rechazando la idea de que el pueblo fuera considerado depositario de la soberanía, dado que ésta solo reposaba en el Rey, a quien Dios había elegido para ejercer en la tierra dicha autoridad:

La soberanía jamás recae en los pueblos y mucho menos en sólo el de Quito. Estos son sentimientos de Regicidio sacrílego y asombroso. Pero lo más ignominioso es que con esto se afirma que aquel pueblo es fiel á Dios, al Rey y á la Patria. Cierto que es fidelidad á Dios el perjurio y el desaforarlo del Soberano poder, de quien dependen las Soberanías y constituirlo en el pueblo de Quito .

Desde Quito, se consideraba que, tras la ausencia del Rey, la soberanía transitoriamente se depositaba en manos de una junta; así mismo lo consideró el Consejo de Regencia, únicamente como una medida dirigida a resguardar los derechos de Fernando VII hasta su regreso. Sin embargo, en Pasto, al igual que en otros lugares de América, las preguntas continuaban en tormo al mismo debate político: ¿sobre quién recae originariamente el poder soberano ante los impedimentos del Rey?, ¿en el pueblo?, ¿en los vasallos?, ¿en los Cabildos? La incertidumbre no era menor: “[…] Quisiéramos saber si los vasallos de un pueblo tienen la comisión de Dios para constituirse, aunque sea provisionalmente, en Soberanos a título de tenerle preparada la Corona para cuando llegue algún caso”.

Defensa de la Patria

La soberanía necesariamente confluye en un territorio, hecho que conduce a conectar con otro concepto, “la patria”, la cual se usa para referirse a la estructura social y política, por lo que se asumió como un bien preciado a defender: “[…] Y para lo expuesto llegue á fin de que con su inteligencia se presenten los vecinos voluntariamente […] á suscribirse y alistarse para estar prontos en cualquiera ocurrencia que ceda en perjuicio de nuestra Religión, del Soberano y de la Patria”.13

La patria denotaba, al menos, el lugar de nacimiento y así se definía por la Real Academia de la Lengua Española en el siglo XVIII: “el lugar, ciudad o país en que se ha nacido” (Real Academia de la Lengua, 1788, 65). La protección de la patria le permitió al vasallo, al súbdito o al vecino ubicarse en una posición de defensa de la sociedad de origen, no se definían claramente los límites y, en muchas ocasiones, no se precisaba si se defendía la soberanía de patrias locales, las del reino o la monarquía como una totalidad. La patria se veía como algo sagrado, llegando a considerarla como una “comunidad amplia en la que se vivía y el amor a esa patria era el compromiso con el orden y el bienestar general” (Meglio 2008, 116).

En ocasiones, se usaban las palabras nación o país, para señalar los espacios de origen y ubicación de los vasallos, pero patria aparece de forma reiterada en documentos civiles, religiosos, bandos, proclamas, etcétera; su aceptación social fue amplia y se apropió como un valor supremo para los vasallos realistas y entre los ciudadanos, que se confrontaron por la República. Claramente, la patria no limitaba geográficamente territorios; su uso estuvo vinculado con procesos sociales y políticos en una época de transición, además de los referentes sentimentales asimilados a una causa colectiva. Esto condujo a que la defensa de la patria movilizara seguidores, “Vamos á la fidelidad de la Patria” (Meglio 2008, 128); se precisaron roles como hombres de combate, salvadores y libertadores: “[…] don Juan María de la Villota, el héroe, el honor de la Patria y terror de los rebeldes, cuya memoria debe ser eterna en reconocimiento de los fieles vasallos de esta ciudad”.14

De la misma manera, el ofrecimiento de la vida, para defender la causa, se volvió común en juramentos como éste: “José María Aldana […] solicitó plaza de soldado, voluntariamente a servir al REY nuestro. Por diez años defendiendo leal la religión que profesamos; para cuyo fin juró a Dios nuestro señor y al rey defender sus bandera […]”.15 La defensa de la patria también exigió poner a disposición los bienes privados y los de la ciudad:

[…] ha tenido con ella la satisfacción de ver repetidos los ejemplares de lealtad y patriotismo, que han distinguido en todos los tiempos á este vecindario […]. Todos á porfía han protestado sacrificar sus haciendas y vidas, para impedir que los rebeldes introduzcan, con la más fementida pérfida hipocresía, la dominación de Bonaparte […].16

Esto deja ver la aprobación de aquellos hombres y mujeres de honor, reconocido por su lealtad al defender la patria; particularmente, ellos se convirtieron en héroes, en patriotas,17 y el sentimiento, que arropó su defensa, se condensó en un patriotismo,18 que hacía manifiesta su voluntad de llevar hasta sus últimas consecuencias su lucha.

Los vasallos

Ese orden tradicional, en Pasto, era visto por sus vasallos como una totalidad coherente, a la cual había de responder con fidelidad para su conservación. Particularmente, el campo político definido como el “lugar donde se entrelazan los múltiples hilos de la vida de los hombres y las mujeres, aquello que brinda un marco tanto a sus discursos como sus acciones” (Rosanvallon 2003, 17), sirve de apoyo para comprender las relaciones de pertenencia de este vasallo con su comunidad, en la cual formó una identidad política precisa. También en ella adquirió deberes, derechos, honores y estatus, todos definidos desde la calificación de su obediencia proferida a los principios de defensa, así mismo se valoró la participación abierta en los procesos, sus adhesiones y rechazos frente a los proyectos colectivos, ya fueran monárquicos o republicanos.

Apelando al lenguaje utilizado en Pasto durante los años 1809 a 1822, se puede caracterizar que este campo político tradicional se estructuraba en torno a la fidelidad. Este principio deja claro que hay un orden que custodiar y que esta tarea reposa en manos de los actores sociales, que se presentaban como vasallos, es decir, en una situación de subordinación social con respecto al Rey y a Dios. Así, ¿quiénes deberían dar la vida por su soberano? Quién si no más que aquellos que habían recibido el honor de ser vasallos o súbditos de esas figuras supremas, a quienes expresaban abiertamente sentimientos de amor y lealtad, para defender la felicidad de la patria.

La subordinación social es otra de las características estructurales de los órdenes tradicionales, desde la cual los actores políticos asumían una posición activa o pasiva en la sociedad. Esas relaciones de subordinación revelaban una organización de los grupos humanos en grados sucesivos, dispuestos verticalmente, según diversos criterios como el origen (españoles, españoles americanos o criollos, indios, africanos); según intereses económicos, de propiedad u oficio (hacendados, comerciantes, artesanos, montañeses, servidumbre, esclavos), o por diferenciación étnica (blancos, indios, libres de todos los colores, mestizos, negros). La toma de decisiones políticas definían a aquellos actores políticos,19 caracterizados por ser hombres de reconocido prestigio, que normalmente se ubicaban en un lugar visible en la sociedad, en el que se tomaban las decisiones, como la Iglesia y el Cabildo, desde allí accionaban los poseedores de los títulos eclesiásticos, de escribano, regidores, alguaciles, entre otros. Aunque cabe el cuestionamiento de sí los indígenas y mestizos realistas se constituían en actores políticos por adherirse a la defensa del orden social monárquico, un hecho que las élites no reconocían abiertamente, para evitar una igualdad de estatus político en una comunidad tradicionalmente dividida por los factores antes mencionados.

José Rafael Sañudo (1940) resalta que, en 1793, en Pasto, los padrones diferenciaban a los grupos en nobles, montañeses, indios, pardos, negros y eclesiásticos. En estos datos se puede verificar que las divisiones sociales obedecían a la articulación de condiciones materiales y étnicas, además, el estatus mayor lo daba el legado hispano, es decir, el origen hidalgo. Esa desigualdad, abiertamente aceptada entre los individuos, marcó el lugar y las prácticas políticas en la cabecera del Cabildo de Pasto.

El vasallaje era el principal vínculo social. Denotaba dependencia y fidelidad, en una primera vía, desde el Rey, como el vasallo principal de Dios, y el Rey, como superior a todos sus vasallos o súbditos. La definición dada por el diccionario de la Real Academia Epañola, en 1791, incluía estos elementos:

La sujeción, dependencia, ó reconocimiento del súbdito a su señor. Clientela fiduciaria, homagium. 2. Por extensión se llama el rendimiento, ó reconocimiento con dependencia á cualquier otro, ó de una cosa á otra. Clientela, servitus. El tributo que se paga en reconocimiento de vasallo al señor. Vectigal pro clientela. (Real Academia de la Lengua 1788, 759).

Se toman las tres definiciones, porque en ellas se encuentran los elementos que permiten ejemplificar la gradación social solicitada y que reproducía el modelo de reconocimiento y dependencia hacia los grupos sociales existentes; para ello, se requería fijar términos de hidalguía, propiedad, etnia y oficios. Esta clasificación definía relaciones e identidades entre los vasallos, ya fuera en ámbitos familiares (padres e hijos), oficios (maestro, aprendices), propiedad (amos, esclavos), etcétera.

Así mismo, el vasallaje incluía el pago de tributos materiales, pero también debía hacerlo en obediencia y subyugación a órdenes superiores. Las definiciones citadas dejan ver que el vasallaje se constituía en la base de las clientelas, definidas por la Real Academia Española (1788, 759) como “protección, amparo con que los poderosos patrocinan á los que se acogen á ellos”. Esas redes clientelares, constituidas en el Antiguo Régimen, fueron utilizadas para lograr la adhesión de los diversos grupos a los objetivos y propósitos realistas. Estas relaciones de “dependencia, tolerancia y clientelismo” (Ortiz 1986, 143) necesariamente son un reflejo de las redes tejidas por las élites con los grupos subalternos, ya sea por cuestiones materiales, de sujeción jurídica o ideológica. Estas mismas formas de vinculación social fueron utilizadas como base de las modificaciones a las prácticas políticas modernas, que se introducirían paulatinamente como la representación política y los procesos electorales.

De esta forma, el vasallaje fijó, en el orden tradicional, una serie de prácticas culturales de la política fundamentadas en la obediencia a superiores, patrones o mandones,20 que además se aceptaban abiertamente. En efecto, estas relaciones existían y se hará uso de ellas para constituir las guerrillas realistas, las patianas,21 y los ejércitos para defender al Rey.

El vasallo era esa figura asociada a la obediencia y a la subordinación de unas autoridades, que poco a poco se fue configurando en un sujeto, que tuvo que demostrar su fidelidad, asumiendo nuevas responsabilidades, no contempladas en su cotidianidad, como el poner a disposición su vida, bienes, tiempo, trabajo, ideales, su honor, su fe y el reconocimiento social que presumía. En la siguiente manifestación, el vasallo daba la vida y se inmortalizaba por su actuar en el reguardo de los principios monárquicos:

Necesito hacer constar los heroicos esfuerzos de fidelidad a nuestro legítimo Monarca y los Magistrados que lo representan con que mi Padre don Pedro Calisto y mi hermano mayor don Nicolás se distinguieron en las dos crueles insurrecciones de estas provincias […] viendo [los patriotas] que no podían blandear su inalterable magnánima constancia ni con las más lisonjeras grandiosas promesas, ni con las más acervas inhumanas torturas y amenazas, porque obraban mis deudos por principios de religión y de conciencia y a impulsos del más santo y desinteresado celo del bien público: fueron asesinados […] (Guerrero y Guerrero 2011, 106).

Dadas las condiciones anteriores, no se puede hablar de las características, ni del accionar y la apropiación o no de la condición de ciudadanos en Pasto, sin hacer alusión a esa directriz regia que el vasallo recibía del Rey, de la Iglesia y de la patria. Este vasallo se sentía responsable de su preservación y sus actitudes de vida se debían constituir en el escudo para proteger ese colectivo; en ningún momento, el vasallo debía cuestionar su condición y mucho menos entrar a deliberar en torno a las decisiones reales, al respecto Joaquin de Finestrad (2001, 185) menciona:

Al vasallo no le toca examinar la justicia y derechos del Rey, sino venerar o obedecer ciegamente sus reales disposiciones. Su regia potestad no está en opiniones sino en tradiciones, como igualmente la de sus Ministros regios. El espíritu de persuasión audaz y partidaria es el que obra en este particular. Al vasallo no le es facultativo pensar ni presentar a examen, aun en caso dudoso, la justicia de los preceptos del Rey. Debe suponer que todas sus órdenes son justas y de la mayor equidad.

La obediencia del vasallo conducía a legitimar las decisiones colectivas, a ratificar las costumbres y el acatamiento de un orden social con escasas posibilidades de movilidad social; en el caso de algunos indígenas y negros libres, al menos lograban tener dinero y desempeñarse en labores diferentes a las de servidumbre. La participación abierta en política o la toma de decisiones quedaba en manos de unos pocos actores, que conformaban las llamadas élites eclesiásticas y civiles, a quienes se debía obediencia igualmente; un patrón de sumisión rígido e incuestionable: “Nosotros, en fuerza de los principios santísimos que le compendiamos en nuestro oficio, hemos vivido satisfechos y contentos con nuestras leyes, gobiernos, usos y costumbres”.22

La valoración como vasallo es la clave que permite distinguir entre aquellas formas de denominación que, en el Antiguo Régimen, englobaban a toda la población y otras, como el vecino, que demarcaban divisiones mediante otros parámetros. Esto condujo a definir una igualdad, bajo el precepto de obediencia y religiosidad desde el vasallaje: “[…] tiene la satisfacción de hallarse al frente de un pueblo fiel y de un ayuntamiento compuesto de vasallos leales, dispuestos a derramar todos hasta la última gota de sangre española americana, antes que mancillar sus virtuosos nombres con el execrable crimen de la traición”.23

El vecino: un hombre público y de reconocido prestigio

Vasallo y vecino eran dos conceptos coexistentes y articulados en el lenguaje político de los años finales de la Colonia en Pasto, al igual que en otros lugares de América. Esa figura tradicional del vecino va ganando más terreno en el uso que se le da, cuando se trata de hablar de los convocados a participar abiertamente en labores defensivas del orden y que, al igual que el vasallo, debía fundamentar su accionar en la obediencia: “[…] con lo que quedaron todos los vecinos imbuidos del más noble entusiasmo, para ser sacrificados, antes que comprendidos en el vil contagio”.24 De esta forma, el vecino se constituyó en la figura pública, que gozó de reconocida presencia en el territorio, previa acreditación de una buena moral y ser fiel defensor del Rey y de la Religión.

El carácter de “natural”, que distinguía al vecino, era equivalente a decir que eran personas que se integraban a una comunidad y que estaban dispuestos a cumplir con las normas establecidas por la tradición y por las leyes, indistintamente de sí ese era su lugar de nacimiento o no. Además, debía cumplir con los requisitos de ser abiertamente católico, tener origen genealógico libre de mezclas y desempeñarse en oficios o en actividades reconocidas, comercio y ganadería especialmente (Marzahl 2009). La vecindad no la concedía propiamente el lugar de nacimiento, pero sí el deseo de vinculación a la localidad y el cumplimiento de los deberes, ya fuera por motivos de negocios, funciones públicas o matrimonio, todo esto era posible previa renuncia a su antigua vecindad y de la aceptación de los vecinos receptores.

Así se configuraba el vecino, como el hombre público y político del orden tradicional, aunque es necesario resaltar que esa vecindad obedecía a configuraciones sociales, históricas y culturales particulares y, en las colonias americanas, la vecindad se fundamentaba ante todo en una actuación y reputación públicas (Uribe 2001). Particularmente, el Cabildo se constituía en el escenario de visualización de los vecinos (blancos de calidad) y prestantes de la localidad, que se distinguían del común o del pueblo, reafirmando así una tradición localista y comunitaria en la asignación de estatus y roles sociales. En este punto, se puede verificar que la asignación de la condición de “vecino” también indicaba cierta desigualdad o diferenciación en lo político y en lo social:

[…] en esta ciudad procurábamos entusiasmar á estos vecinos, haciéndoles entender la malignidad de la rebelión, y la obligación de oponernos á ella, ya por medio de proclamas dictadas por el mismo Santacruz, y ya convocando públicamente el Clero Secular y Regular, los vecinos nobles y todo el pueblo […] logramos que ratificasen todos el juramento prestado á nuestro amable Señor Don Fernando […].25

Igualmente, los documentos dejan cotejar los tránsitos en el lenguaje de unos conceptos a otros. Especialmente, la noción de vecino se va usando con más fuerza, porque remite a las personas que pertenecen a una comunidad local, “este noble vecindario”, a un territorio definido y compartido con otros a quienes se les llama paisanos; por ejemplo, al referirse a Yacuanquer, Funes, el territorio de Los Pastos o el Patía. Todas zonas aledañas a la cabecera del Distrito de Pasto, que en épocas de confrontación se constituyeron en localidades aliadas del ejército realista.

Constitución de Cádiz de 1812 y el ciudadano

El concepto de ciudadano en Pasto escasamente se usaba en el lenguaje cotidiano y político. En los pocos casos identificados, no hay claridad ni distinción frente al de vecino y éste, a su vez, se consolidaba en el fundamento de una designación tradicional, que apelaba más a un significado estamental y corporativo, que a una condición individual. El hecho jurídico y político, que fue definitivo para la amplia articulación del concepto de ciudadano al lenguaje y a las prácticas políticas en Pasto, sin duda fue emanación de la Constitución Monárquica en Cádiz, hacia el año de 1812.

El conocido documento gaditano le dio vigencia legal al ciudadano, definiendo inicialmente a España como una nación integrada por “la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios”. Seguidamente, en el Capítulo II, artículo 5, se determinaba que los españoles eran:

Todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las Españas, y los hijos de éstos. Segundo. Los extranjeros que hayan obtenido de las Cortes carta de naturaleza.

Tercero. Los que sin ella lleven diez años de vecindad, ganada según la ley en cualquier pueblo de la Monarquía. Cuarto. Los libertos desde que adquieran la libertad en las Españas (Constitución de Cádiz 1812, 5).

Este documento guarda una estrecha relación con las comunidades fortalecidas en la tradición y en las formas de reconocimiento, que los individuos habían logrado fundamentar en la vecindad. No se presentan rupturas amplias, por el contrario, se trata de la ratificación y la legalización de aquellos principios del régimen tradicional en un documento político de carácter liberal.

Uno de los elementos que caracteriza a esta Constitución es la definición y la delimitación de la categoría “Ciudadanos Españoles”, una distinción que se hace frente al amplio reconocimiento dado “a todos los españoles de ambos hemisferios” (Constitución de Cádiz 1812, 4). El tema de América preocupaba por la superioridad numérica en sus habitantes, por eso fue necesario limitar al máximo la actividad política de los españoles, diseñando “un modelo de ciudadano que refleje ante todo los ideales y el poder de la élite” (Oieni 2004, 33); y, como se venía haciendo desde el siglo XVIII, estas garantías quedaron aseguradas mediante el artículo 23: “Sólo los que sean ciudadanos podrán obtener empleos municipales, y elegir para ellos en los casos señalados por la ley” (Constitución de Cádiz 1812, 10).

Esta delimitación de la ciudadanía invocaba a individuos “libres y autónomos que podían participar en la vida política, por lo que se excluyó a menores, alienados, enclaustrados, domésticos y mujeres” (Peyrou 2004, 267-283). Los inicios de esta ciudadanía fueron claramente excluyentes, porque asignaba derechos políticos exclusivos para ciudadanos avecindados y con rentas anuales certificadas; esto los acreditaba para participar en prácticas como el sufragio. La utilidad les permitía también a las personas acceder a estos derechos, “ejerciendo en él alguna profesión, oficio o industria útil” (Constitución de Cádiz 1812, 11) o la exclusión a otros, como a los mendigos, los vagos, los borrachos, los jugadores, etcétera.

Los abanderados de las ideas liberales en las cortes de Cádiz criticaban esa carga valorativa del vasallaje, que se quería adherir al ciudadano, considerando ese calificativo como propio de la Edad Media; además, se consideraba una clara manifestación del deseo de seguir conservando un carácter jerárquico en la sociedad según (Pérez 2004, 237-265 ). Por razones como ésta, los diputados de las Cortes de Cádiz no asimilaron el principio de igualdad al ciudadano, un tema difícil y bastante complicado de tratar en España, si se tiene en cuenta la sociedad tan jerarquizada existente en América (Quijada 2008, 15-38). Aun así el vasallaje siguió definiendo el comportamiento del ciudadano, porque no actuaba como un hombre libre, sino en obediencia al Rey, a la Religión Católica y a las costumbres y tradiciones de su comunidad, en la cual debía acreditar virtudes privadas (buen padre, buen hijo, buen esposo, buen vecino o una buena vida en comunidad) para gozar del reconocimiento público.

Puesta en marcha de la Constitución Monárquica en Pasto

En Pasto, estas discusiones en torno a los elementos, que definían al ciudadano, no tuvieron mayor relevancia, hasta el momento en que se conoció la existencia de una Ley Fundamental, redactada en España para regir los destinos de ambos hemisferios. La Jura de la Constitución de Cádiz en Pasto se dio el 23 de julio de 1813. Este hecho puso en circulación una nueva forma de designar aquellas personas que, debido “a su buena vida y moralidad, instrucción […] como también algún caudal o bienes […]”,26 podrían desempeñarse en los cargos públicos, siempre y cuando respondieran a las cualidades del buen ciudadano.

La Constitución en Pasto fue aceptada por tratarse de un documento emitido por las Cortes de Cádiz, las únicas autoridades reconocidas por los pastusos tras la ausencia del Rey. El argumento, que más sirvió para la apropiación de estas disposiciones, fue el de las garantías para respetar la tradición ante la implementación de algunos cambios necesarios en la forma de gobierno:

La religión santa de vuestros mayores, las leyes políticas de los antiguos Reinos de España, sus venerables usos y costumbres, todo se halla reunido como ley fundamental en la Constitución Política de la Monarquía; y las opiniones y deseos de los Españoles de ambos mundos se han fijado para siempre con la promulgación de este augusto Código.27

La puesta en marcha del constitucionalismo en la América española permitió que se acoplaran los derechos de tradición a los nuevos procesos de representación. Esto se puede ver en la eliminación de los cargos públicos o de las autoridades designadas a perpetuidad: “[…] en su consecuencia cesaron los Escribanos que hasta ahora se han conocido como Escribanos perpetuos (vitalicios); substituirá en su lugar un secretario […]”.28 Una vez se publicó la carta constitucional, se emitieron una serie de normas, que establecieron los mecanismos de elección de los funcionarios y las cualidades que les permitirían como ciudadanos acceder a los cargos nuevamente: Lo que generalmente se llama

[…] la formación de los ayuntamientos en el número y modo que se previene en el artículo 3º del decreto de 23 de Mayo próximo, cesaron desde luego en sus funciones, no solo los Regidores Perpetuos, sino todos los individuos que actualmente componen dichos cuerpos, pudiendo estos ser nombrados en la próxima elección para los cargos de los nuevos ayuntamientos […].29

La Constitución no le quitó poder o reconocimiento a las élites criollas, por el contrario, permitió su fortalecimiento, arraigo e identidad local (Chiaramonti 2005); igualmente, el requisito de ciudadanía fue utilizado y adaptado de acuerdo con los intereses de la defensa monárquica, mientras los independentistas hicieron uso de la concepción liberal de ciudadano como bandera de sus objetivos.

Por lo tanto, el inicio de las prácticas electorales y de representación en Pasto dotó de un significado al ciudadano, que no rechazó las formas de reconocimiento tradicionales, con una actitud de sumisión y vasallaje con respecto a la Patria, al Rey y a la Religión Católica. Además, quedó en manos de las autoridades tradicionales la aplicación de un sistema representativo, que respetara los valores y las prácticas vigentes, y fue “la sociedad local la encargada de la interpretación del nuevo vocablo”, todo esto fue garantizado por la ambigüedad con que se redactaron las características del ciudadano en la Constitución de Cádiz de 1812, hecho que dejó abierta la posibilidad de una “dinámica entre la refuncionalización de las nociones corporativas y la abstracta y amplia promesa de la ciudadanía” (Iroruzqui 2005, 422-454).

Una primera labor, que se debía adelantar para llevar a cabo las nuevas prácticas políticas diseñadas por la Constitución de la Monarquía era la realización de un censo, que demostrara la población de las parroquias. En el reporte presentado para la ciudad de Pasto en 1813, se habla de un registro de almas, en el que se mencionó a los ciudadanos españoles, y dentro de esta gran categoría se hacía la distinción entre blancos, indios, libres, chicos y grandes, hombres y mujeres, y no se contabilizaron a los esclavos. Al referirse a los vecinos, éstos fueron definidos por la afiliación a un territorio determinado, además de su condición de padre de familia y de su identificación como parte de un vecindario de distinción. Para efectos electorales, se estipuló llamar electores, aquellos individuos que podían elegir y ser electos. La previa condición de vecino fijó el estatus de elector; mientras que los “sirvientes domésticos, no solo se comprenden los criados; sino también los que por salarios trabajan en las heredades, como conciertos en ellas […]”30 quedaron excluidos de los procesos electorales.

Según los registros obtenidos para la Provincia de Pasto, fueron definidos en la cabecera: 31 compromisarios y se eligieron cuatro electores parroquiales (Rodríguez 1999). En 1813, se realizaron las elecciones para el Ayuntamiento Constitucional, hecho que dejo ver que las elecciones fueron direccionadas desde los líderes políticos de siempre, en especial, don Tomás de Santacruz movilizaba a los electores para consolidarse él y su familia en el poder. Jairo Gutiérrez (2008, 207-224), citando una comunicación enviada al presidente de Quito, caracteriza el proceso de esta manera:

[…] en Pasto la Constitución había tenido muy poca aceptación, y que en las elecciones Santacruz había corrompido a la mayoría de electores, e impuso sus fichas en el ayuntamiento constitucional, es decir, que a juicio de este testigo, poco o nada había cambiado la composición del Cabildo, pese a la formal aplicación de la Constitución , pues según él, ”los alcaldes que habían de ser electos, ya se sabían antes de la elección, con la adición, de que había de ser primero o, segundo voto, como así sucedió”.

Esta primera experiencia en los procesos electorales permitió que, en Pasto, entrara en vigencia el ciudadano como una condición propia de la aplicación de la carta constitucional. También es cierto que no permitió la apertura de prácticas políticas más amplias, sino que, por el contrario, se constituyó en un mecanismo poco democrático y de corte excluyente, que fortaleció los procesos de reelección y rotación del poder interno a cierto grupo de la élite pastusa, en particular, de una familia liderada por Tomás de Santacruz,31 quienes gozaban de cargos perpetuos aprobados por el Rey. Este antecedente hizo que los integrantes de la familia asimilaran rápidamente la condición de ciudadanos y los llevó a establecer una serie de alianzas políticas, que los favorecieron en las elecciones.

Hacia el año de 1814, se restaura el orden Monárquico con el regreso de Fernando VII, quien inició una campaña de retoma del poder y el gobierno en la América española, el estatus de ciudadano perdió importancia, mas no desapareció por completo, se siguió asimilando como una condición de subordinación al monarca, quien en sus comunicaciones eligió palabras como vasallos o súbditos para dirigirse a su pueblo: “Desde que por la infinita y especial misericordia de Dios nuestro Señor para conmigo y para con mis muy leales y amados vasallos me he visto en medio de ellos restituido al glorioso trono de mis mayores […]”.32

Ciudadano: un arma de confrontación entre realistas y republicanos

Entre 1813 y 1824, se libraron una serie de enfrentamientos importantes entre realistas y republicanos. La Provincia de Pasto permaneció en manos de los defensores del Rey, tanto la ciudad y como el Cabildo acogieron un lenguaje que se fortaleció en el vasallaje y en la defensa a muerte de los principios reales. El estatuto de vecino en Pasto dejó ver que su consolidación se ubicó en un rango social delimitado, lo cual era un claro reflejo de su pertenencia a una posición jerárquica determinada, que accionaba principalmente en las esferas de poder local; particularmente el Cabildo era la institución que le permitía convertirse en un actor político visible. En consecuencia el vecino se configuró como la base de un sujeto de reconocimiento pleno en el orden tradicional, que poco a poco va asumiendo otra denominación, la de ciudadano.

En épocas de confrontación, las fuentes consultadas entre 1809 y 1821, dejan ver cómo en Pasto las afirmaciones de vasallo y vecino son las más frecuentes en las actas de Cabildo, las cartas, los decretos, las representaciones, las proclamas y los bandos. El apelativo de ciudadano se encuentra en muy pocas ocasiones para referirse a los habitantes o para designar a los integrantes de un estamento en particular, el Cabildo. Por ejemplo, el Cabildo de Pasto manifiesta su indignación frente a la conformación de la Junta Gobierno de Quito y usa el concepto de esta manera: “[…] habiéndolo leído con el mayor horror encontraron contener la formación de otra [Junta] en la ciudad de Quito, cuyo Presidente pretende seducir la fidelidad notoria y perpetua de este noble cuerpo y sus ciudadanos que con la más sumisa deferencia han jurado el vasallaje a su soberano […]”.33 No es clara la diferenciación entre los ciudadanos y los vecinos; los dos conceptos asimilan las mismas características del vasallaje descrito antes, unido a la defensa de los principios realistas y, en reiteradas comunicaciones, quedará afirmada esa fidelidad: “Y suplicamos á vuestra Majestad, los individuos de este Cabildo de Pasto, en nombre de todos sus vecinos y ciudadanos, se digne tener la más alta consideración”.34

El ir y venir de las comunicaciones entre las corporaciones administrativas y los jefes militares de Pasto y Popayán (en 1812 esta ciudad se declara abiertamente a favor de la República) permiten identificar las características del lenguaje usado y da cuenta de la estructuración de dos discursos: en primer lugar, se confirma la hegemonía discursiva del Antiguo Régimen, que será una constante hasta 1822, aproximadamente; en segundo lugar, se asiste a la emergencia de otro discurso, el republicano. Los dos proyectos, claramente, entran en pugna por imponer estructuras políticas contrapuestas y, para ello, la permanencia de un lenguaje y de unos códigos o la innovación de otros fueron estrategias importantes para fijar los propósitos a defender entre los vasallos o los ciudadanos.

Antonio Nariño fue trascendental a la hora de sustentar el discurso de la república y de articular al ciudadano como su actor político principal. En 1813, Nariño había partido desde Cundinamarca para asegurar el triunfo de la república en el sur occidente neogranadino. Pasto era el objetivo central para Antonio Nariño después de los combates de Puracé y Calibío; antes de su llegada a la ciudad, realizó acercamientos mediante comunicaciones escritas con el Cabildo de Pasto, para intentar, mediante la palabra, doblegar la oposición de esta ciudad y de sus habitantes al proyecto republicano. Así podemos encontrar una serie de manifestaciones seductoras, en las cuales Nariño usó el mismo lenguaje religioso que los pastusos acostumbran referir, para defender sus principios:

Yo ruego á Usía muy ilustre, por las entrañas de Jesucristo, no me forcen á proceder contra mis principios: no vengo á destruir ni he tomado las penalidades de esta expedición por ninguna mira personal; no deseo victorias por fácil que me sea conseguirlas, sino la paz, la buena armonía, la buena inteligencia entre todos nosotros, y que establézcanos un sistema de juicio y racionalidad, que mantenga nuestras costumbres inocentes y la pureza de nuestra Santa Religión.35

Por su parte, el Cabildo de Pasto le respondió en los mismos términos, se aclaró que en ningún momento se atropellaron los objetos santos, que en todo tiempo preservaron y defendieron a los europeos como a sus hermanos, ya que estaban unidos por la sangre y el amor a una sola patria. Las respuestas realistas, ante todo, manifiestan la disposición para el combate, dejando en manos de Nariño el retiro de las tropas, para evitar más confrontaciones, sangre derramada y destrozos materiales.

En los procesos de confrontación independentista el ciudadano había llegado a constituirse en el estatus de privilegiado honor, que se le atribuía al defensor de la República, al cual se le llamaba patriota también y había consolidado un sentimiento como el patriotismo, que le servía para movilizarse y entregar su vida y sus bienes por ella. Éste es el mismo discurso en dos bandos opuestos, los realistas también defendían una patria; España también los engrandecía emocionalmente en un patriotismo en pro de la Monarquía, pero el vasallaje era su principal condición a defender, no la ciudadanía.

Si Antonio Nariño se puede identificar como el hombre que sostenía el proyecto discursivo de la república, para el caso de Pasto eran el Cabildo y sus integrantes, los que posicionaban entre “los vecinos nobles y de todas las clases” la idea de defender hasta la muerte los principios sagrados.36 El líder realista Tomás de Santacruz asumió el cargo de Teniente de Milicias y Teniente de Gobernador desde 1809, se manifestaba a título personal y como representante de las altas autoridades en estos términos:

¡Vecinos leales! ¡Guerreros ilustres! ¡Ejércitos valerosos! […]. Los españoles se acercan á destruir y aniquilar á ese enjambre de rebeldes. Á esos profanadores de la Religión, despojadores de los templos, enemigos de su legítimo Soberano; á esos caníbales […] y á restablecer los Santos preceptos y la Ley de Jesucristo; la adoración santa, la subordinación, la paz, la justicia, la tranquilidad, la fraternidad y todo el buen orden.37

Por esta razón, los republicanos y los realistas entendían la tenacidad de las convicciones del contrario, porque usaban lenguaje similar, esto sólo pudo conducir a la inevitable confrontación física, ya que desde el discurso y las palabras no había punto de acuerdo.

La reconfiguración definitiva del vasallo en ciudadano en Pasto, se dio en los años posteriores a 1823, cuando la ciudad y sus vecinos finalmente fueron sometidos al proyecto republicano; se redefinieron los bandos aliados, los enemigos y la fidelidad al Rey y a España; las élites y la Iglesia Católica firmaron pactos con la República, para no perder su vigencia social y política. Hechos como éstos llevaron a la asimilación del lenguaje político propio de la República y del ciudadano como el hombre de virtudes que requiere la nación.

A manera de conclusión

Aquellos elementos de la estructura política de la Provincia de Pasto, que la caracterizaron por sostener un proyecto denominado realista, tuvo sus bases en referentes conservaduristas, que condujeron a fortalecer una sociedad cerrada, con una jerarquía social estricta y, por supuesto, con poca o ausente movilidad social entre los colectivos que la integraban. En ese contexto del orden tradicional, las prácticas y el uso de un lenguaje político contribuyó a la apropiación del concepto y del estatus de ciudadanos.

Lo anterior dejó ver la articulación de la condición de ciudadano a un estatus social, dado por la tradición en una comunidad local: “el vecino”. Esto permitió ver que la articulación de la ciudadanía a la vida de un orden tradicional y la actuación cada vez más amplia de un ciudadano obedeció más a un proceso, que a la imposición de un lenguaje y que, en muchos casos, se trató de la superposición de conceptos a prácticas ya arraigadas, a estatus asignados o comprados, que no se modificaron de manera profunda ante las modernas prácticas políticas, que trajo inicialmente la implementación de la Constitución de Cádiz de 1812.

Por otra parte, la poca tolerancia al cambio de los distintos colectivos sociales, en Pasto, hizo que los procesos de resistencia al advenimiento de los principios liberales y republicanos se tradujeran en múltiples combates ideológicos, discursivos y, por supuesto, militares. La ciudad, durante aproximadamente 14 años, fue el escenario de esas confrontaciones, que llevó diversas dinámicas internas, en las que los intereses de las élites y los indígenas tuvieron como punto de confluencia la defensa del orden monárquico, en el cual ya habían logrado ciertos privilegios, reconocimientos, garantías materiales y morales.

La élite en el poder local, en principio, supo direccionar el papel de los indígenas, de tal manera que éstos pelearon y dieron su vida por unos intereses políticos, sociales y económicos particulares, que fueron presentados como generales a todos los colectivos sociales; esta alianza se daría entre los años 1809-1822. Posterior a la capitulación firmada entre las élites pastusas y Bolívar en 1822, vinieron una serie de hechos, que dejaron en evidencia ciertos acomodamientos, negociaciones, alianzas y traiciones entre estos colectivos sociales. Un marco de sucesos, en el cual fueron circulando los intereses, los discursos, los lenguajes y los bandos, este da pie a otro momento de la investigación donde se estudian la forma como se implementó finalmente la República en la Provincia de Pasto y cómo la formación del ciudadano se constituyó en un objetivo central en el nuevo orden social.

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1Por demás, bastante arriesgado el calificativo de nueva, si se tiene en cuenta que no se conoce con claridad dónde quedan las viejas tendencias y dónde surgen los nuevos planteamientos, para ver algunos elementos de esta corriente, ver: Guillermo Palacios (2007).

2Archivo Histórico de Pasto (en adelante AHP), Sección República, Fondo Cabildo de Pasto, “Bando declaratorio de guerra a Francia por la invasión a España”, caja 9, t. 9, 1808, f. 121v.

3Para el período de estudio no se contempla a la prensa como un medio de difusión de ideas en Pasto, ya que su producción se hará visible sólo después de 1830.

4“Auto y proclama del Cabildo”, Pasto, 29 de Agosto de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 12. Pasto: Imprenta del Departamento.

5Sobre la circulación y el impacto de palabras como ésta en las colonias hispánicas, pueden revisarse trabajos como el de Annick Lempérière (2006)

6“Contestación del Gobernador”, Popayán, 10 de Septiembre de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 28. Pasto: Imprenta del Departamento.

7AHP, Sección República, Fondo Cabildo de Pasto, caja 10, t. 4, 1810, f. 15.

8“Proclama del Gobernador de la Provincia Miguel Tacón”, Popayán, 12 de Septiembre de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 25. Pasto: Imprenta del Departamento.

9“Oficio del Marqués de Selva-Alegre”, Quito, 28 Agosto de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 12-13. Pasto: Imprenta del Departamento.

10“Juramento de Atanacio Olea”, Quito, 16 Agosto de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 16. Pasto: Imprenta del Departamento.

11Estos elementos estaban presentes desde los siglos XVII y XVIII en Europa, no puede afirmarse categóricamente que se trata de asuntos propios de las colonias americanas.

12 “Auto y proclama del Cabildo de Pasto”, Pasto, 29 de Agosto de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 10-12. Pasto: Imprenta del Departamento.

13“Declaración del Cabildo”, Pasto, 16 de Agosto de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 5. Pasto: Imprenta del Departamento.

14“Oficio del Cabildo mencionado a los muertos en la guerra”, Pasto, 30 Enero 1816, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 128. Pasto: Imprenta del Departamento.

15Archivo Nacional del Ecuador (en adelante ANE), Sección Gobierno, caja 334, exp. 6v, 22 de abril de 1815, f. 16v.

16“Bando de Don Miguel Tacón”, Pasto, 21 de Agosto de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 20. Pasto: Imprenta del Departamento.

17Para conocer un referente importante sobre el lugar conceptual de la patria y del patriota en el Nuevo Reino de Granada, ver Carlos Vladimir Villamizar Duarte (2010).

18Según Tamar Herzog (2006) patriotismo es un sentimiento de identidad que corresponde a las comunidades tradicionales locales y pequeñas, remite a vínculos forjados en el pasado. Una sensación más amplia asociada a la nación será una motivación intencionada ya de carácter moderno, que se forjará con fuerza en el siglo XIX.

19Esta categoría, como tal, no se menciona en los documentos. En este trabajo, se usa para distinguir aquellas personas que continuamente se ubicaban en puestos administrativos y eran encargados de elaborar y administrar las regulaciones que normalizaban el orden social, legitimando el vasallaje para buscar siempre la felicidad de todos.

20Término usado en algunos documentos, que hace referencia a personas de reconocido prestigio en la ciudad, que direccionaban decisiones y acciones frente a los combates realistas.

21Se entiende por Guerrillas Patianas a aquellas organizaciones armadas que actuaban bajo las órdenes de las elites realistas, y estaban ubicadas en el Valle del Patía, en el trayecto entre Popayán y Pasto.

22“Contestación del Cabildo a Antonio Nariño”, Pasto, 4 de Abril de 1814, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 115. Pasto: Imprenta del Departamento.

23“Contestación del Gobernador Miguel Tacón”, Popayán, 10 de Septiembre de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 28. Pasto: Imprenta del Departamento.

24“Nuevo Parte enviado al Cabildo de Pasto”, Pasto, 12 de Noviembre de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 42. Pasto: Imprenta del Departamento.

25“Nuevo Parte enviado al Cabildo de Pasto”, Pasto, 12 de Noviembre de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 42-43. Pasto: Imprenta del Departamento.

26ANE, Sección Gobierno, caja 67, expediente 3, 1812, f. 18.

27ANE, Sección Gobierno, caja 67, expediente 3, 1812, f. 1v.

28Archivo General de la Nación (en adelante AGN), Archivo Anexo, Fondo Reales Cédulas y Órdenes, rollo 38, f. 2v.

29AGN, Archivo Anexo, Fondo Reales Cédulas y Órdenes, rollo 38, f. 3r.

30ANE, Sección Gobierno, caja 68, expediente 18, 1812, f. 18r.

31Los trabajos de Dumer Mamían Guzmán (2010), Rastros y rostros del poder en la Provincia de Pasto. “Leales a sí mismos” Primera mitad del siglo XIX, y Estefanía Carol Guerrero y Gerardo León Guerrero (2011), El honor en Pasto durante la independencia, la Defensa de la Santa Causa, permiten conocer la genealogía de la familia Santacruz, su poder y sus alcances dentro de la dirigencia pastusa durante el periodo de la independencia.

32AHP, Sección República, Fondo Cabildo de Pasto, Comunicación del Rey, Madrid, 10 de septiembre de 1815, caja 10, 1815, f. 017-018.

33“Acta Capitular del Cabildo de Pasto”, Pasto, 16 de Agosto de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 1. Pasto: Imprenta del Departamento.

34“Nuevo Parte enviado al Cabildo de Pasto”, Pasto, 12 de Noviembre de 1809, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 47. Pasto: Imprenta del Departamento.

35“Oficio de Antonio Nariño al Cabildo de Pasto”, Pasto, 3 de Abril de 1814, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 114. Pasto: Imprenta del Departamento.

36“Bando del Cabildo de Pasto”, Pasto, 18 de Marzo de 1816, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 130. Pasto: Imprenta del Departamento.

37“Bando del Cabildo de Pasto”, Pasto, 18 de Marzo de 1816, enDocumentos históricos de los hechos ocurridos en Pasto en la Guerra de Independencia,comp. Gustavo Guerrero, 130. Pasto: Imprenta del Departamento.

Recibido: 16 de Julio de 2016; Aprobado: 27 de Enero de 2017

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