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Revista CES Derecho

On-line version ISSN 2145-7719

rev.ces derecho vol.10 no.2 Medellín July/Dec. 2019

 

Editorial

¿Por qué seguimos discutiendo sobre vulnerabilidad en Seguridad Social?

Natalia Eugenia Gómez-Rúa1 

Mariana Jaramillo Gómez2 

Esteban Arroyave Correa3 

1Abogada, Especialista en Derecho de la Seguridad Social y Magister en Derecho de la Universidad de Antioquia. Candidata a Doctora en Salud Pública de la Universidad CES. Coordinadora de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad CES. Orcid: https://orcid.org/0000-0002-7506-8443. Correo electrónico. ngomez@ces.edu.co.

2Estudiante de la Facultad de Derecho, Universidad CES. jaramillog.mariana@uces.edu.co

3Estudiante de la Facultad de Derecho, Universidad CES. arroyave.esteban@uces.edu.co


Actualmente las discusiones en seguridad social versan esencialmente sobre aspectos de sostenibilidad del sistema y la capacidad del Estado para dar respuesta a los escasos recursos económicos que se requieren para garantizar a toda la población cobertura en pensiones, salud, riesgos laborales y/o servicios complementarios de acuerdo con sus necesidades. No obstante, tanto a nivel nacional como internacional se reconoce que estas discusiones no pueden dejar a un margen a los grupos socialmente vulnerables.

Al respecto los organismos multilaterales han utilizado el término de vulnerabilidad social para referirse a la incapacidad de los grupos débiles para enfrentar los impactos del desarrollo, neutralizarlos y obtener beneficios de este. En este sentido, se precisa que el concepto de vulnerabilidad social tiene dos componentes: primero, la inseguridad e indefensión que experimentan comunidades, familias e individuos en sus condiciones de vida a consecuencia del impacto provocado por algún tipo de evento económico-social de carácter traumático y segundo, el manejo de recursos y las estrategias que utilizan los mismos para enfrentar los efectos de ese evento (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2001 ). Adicionalmente a las condiciones individuales o particulares también debe tenerse en cuenta el carácter institucional de la vulnerabilidad, es decir, el papel que debe cumplir el Estado.

De acuerdo con lo anterior, respecto a los grupos socialmente vulnerables se debe generar una política social con prioridad en materia de empleo, educación, salud, vivienda y seguridad social, materializada en programas institucionales y prestación de servicios sociales (Alemán, 2012). En materia de seguridad social, esto implica la protección que una sociedad proporciona a los individuos y a los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes de trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia (Organización Internacional del Trabajo, 2012).

Por otra parte, respecto a la vulnerabilidad se ha planteado la existencia de un espiral de circunstancias que hacen que existan situaciones acumulativas cuando se tiene una vulnerabilidad inicial como la vejez y la discapacidad pero adicionalmente se vive en condiciones de pobreza, se pertenece a un grupo minoritario, entre otros y esto genera a su vez otras condiciones de vulnerabilidad (Quintero, 2011). En materia de seguridad social, significa reconocer que existen barreras de acceso para las prestaciones asistenciales y económicas previstas por los sistemas de cada país.

En contexto nacional, la Constitución Política de Colombia, establece que hay unas poblaciones que por sus circunstancias específicas requieren una protección especial como los niños y niñas, las mujeres, las personas con discapacidad y los adultos mayores, con la finalidad de garantizar la igualdad en el territorio nacional (Asamblea Nacional Constituyente, 1991).

En el campo de la seguridad social, estos grupos socialmente vulnerables han sido tenidos en cuenta bajo el esquema del Sistema de Seguridad Social Integral previsto en la Ley 100 de 1993 (Congreso de la República de Colombia, 1993) con la finalidad que el Estado les brinde coberturas en diferentes etapas de la vida y para lo cual se ha desplegado un amplio desarrollo normativo a través de leyes, decretos y resoluciones expedidas por las autoridades competentes.

No obstante, los marcos legales siguen considerándose insuficientes para garantizar sus derechos en materia de seguridad social, no solamente en Colombia sino a nivel mundial, lo cual se atribuye a factores como el envejecimiento poblacional, el desempleo y la migración.

En cuanto al envejecimiento poblacional, como producto del efecto conjunto de la reducción dramática de las tasas de fertilidad y el aumento de la esperanza de vida, se plantea que afecta a todas las regiones del mundo por su impacto en la dinámica del crecimiento económico y el sostenimiento de los sistemas de pensiones y de salud en consideración a que la reducción relativa de la población en edad de trabajar como por el incremento de personas mayores, potenciales beneficiarias de pensiones y crecientes demandantes de servicios sanitarios, conduce de manera generalizada a la inquietud por la sostenibilidad futura de los sistemas de seguridad social. (Servicios de Estudios de Fundación MAFRE, 2019)

En este sentido, los adultos mayores siguen siendo una preocupación de los sistemas de seguridad social, concretamente en Colombia por el incremento en subsidios que debe brindar el Estado a quienes cerrado el ciclo de edad productiva no alcanzan una pensión y son solamente posibles beneficiarios del régimen subsidiado en salud y de los denominados beneficios económicos periódicos (BEP), los cuales se han estimado insuficientes para cubrir las necesidades básicas de los ciudadanos.

Adicionalmente, se encuentra que el aumento del desempleo especialmente en los países de América Latina se debe a las privatizaciones y a que en el ordenamiento fiscal se le ha restado al sector público la capacidad de brindar nuevas alternativas en el sector trabajo (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2001). Adicionalmente en los últimos años se ha indicado que aunque las plataformas digitales han creado nuevas oportunidades laborales tanto a nivel local como en mercados digitales, estas nuevas formas de trabajo se desarrollan fuera de las regulaciones existentes, de manera que estos trabajadores no gozan de los derechos laborales y sociales establecidos por la legislación correspondiente. (Organización Mundial de la Salud & Organización Internacional del Trabajo, 2019)

Esta situación ha permeado el mercado laboral en Colombia y en materia de seguridad social, como consecuencia las personas vinculadas bajo estas plataformas digitales generalmente se encuentran desprotegidas en pensiones, salud y riesgos laborales, lo cual implica que no tienen derecho a pensiones de vejez, invalidez y muerte, tampoco cuentan con una cobertura ante enfermedades y accidentes laborales y en cuanto a salud puede que no estén afiliados, que solamente sean beneficiarios de algún miembro de su grupo familiar o cuenten con una afiliación al régimen subsidiado. Es decir que, a pesar de estar activos laboralmente, la atención y prestación de servicios está a cargo del Estado. Este es solo un ejemplo de la vulnerabilidad por las falencias del mercado de trabajo ante la informalidad en el empleo y las escasas oportunidades, así como otros fenómenos como la migración.

En relación con el fenómeno de la migración se ha entendido que los grupos nacionales migran a otros Estados en busca de mejores oportunidades para mejorar su calidad de vida o a causa de las coyunturas políticas y socioeconómicas que en determinado momento se viven en sus países. En el caso concreto de Colombia, antes del 2015, no se tenían registros significativos de este fenómeno en cuanto a su incidencia. La percepción negativa frente al fenómeno tomo fuerza y se ha mantenido desde el año 2017, especialmente con la migración de población venezolana. (Fundación ideas para la paz, 2018).

En materia de Seguridad Social, aunque existe un marco de convenios internacionales que se refieren a su protección, los trabajadores migrantes se enfrentan a dificultades concretas dado que los derechos se relacionan habitualmente con períodos de empleo, de cotizaciones o de residencia (Asociación Internacional de la Seguridad Social, 2010). Si bien respecto a la migración se plantea un impacto positivo respecto al crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) mundial por la reproducción demográfica y la mano de obra en el trabajo en países como Estados Unidos (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2019), en los países latinoamericanos, problemas como los reflejados en el mercado laboral por el contrario agudizan las crisis y amplían las discusiones sobre la sostenibilidad de los sistemas de seguridad social. Adicionalmente, en términos de desigualdad, respecto a los migrantes también se generan círculos de exclusión en la inserción laboral (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2018)

Desde esta perspectiva, en el contexto colombiano, aspectos como el envejecimiento poblacional, el desempleo y la migración, hacen necesarios debates sobre reformas estructurales en el Sistema General de Seguridad Social y no mediáticas o coyunturales como las que actualmente se plantean en materia de pensiones, ya que si bien debe pensarse en el financiamiento y la sostenibilidad también se debe seguir discutiendo sobre la vulnerabilidad que presentan diferentes sectores en el país y sus necesidades en accesibilidad, cobertura y prestaciones además de trazar estrategias de generación de empleo digno y en condiciones de equidad y solidaridad.

Referencias

Alemán, J. A. (2012). Problemática de los grupos vulnerables: Visiones de la realidad. Tomo III. México: Universidad Autónoma de Coahuila. [ Links ]

Asamblea Nacional Constituyente. Constitución Política de Colombia., (1991). [ Links ]

Asociación Internacional de la Seguridad Social. (2010). Foro Mundial de la Seguridad Social (N.o 30 Asamblea General de la AISS). Ciudad del Cabo: AISS. [ Links ]

Comisión Económica para América Latina y el Caribe. (2001). La vulnerabilidad social y sus desafíos: Una mirada desde América Latina (1a ed.). Santiago de Chile: División de Estadística y Proyecciones Económicas. [ Links ]

Comisión Económica para América Latina y el Caribe. (2018). Panorama Social de América Latina. Santiago: Organización de Naciones Unidas. [ Links ]

Comisión Económica para América Latina y el Caribe. (2019). Impacto social, económico y cultural de la migración es notoriamente positivo para los países de origen y destino [Text]. Recuperado 19 de noviembre de 2019, de https://www.cepal.org/es/comunicados/cepal-impacto-social-economico-cultural-la-migracion-es-notoriamente-positivo-paisesLinks ]

Congreso de la República de Colombia. Ley 100. , Pub. L. No. Diario Oficial No. 41.148 de 23 de diciembre (1993). [ Links ]

Fundación ideas para la paz. (2018). Seguridad ciudadana y migración venezolana (p. 35). Recuperado de Fundación ideas para la paz website: http://ideaspaz.org/media/website/migracion-final.pdfLinks ]

Organización Internacional del Trabajo. (2012). Hechos concretos sobre la Seguridad Social (p. 2). Recuperado de Organización Internacional del Trabajo website: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/documents/publication/wcms_067592.pdfLinks ]

Organización Mundial de la Salud, & Organización Internacional del Trabajo. (2019). Coyuntura Laboral en América Latina y el Caribe. El futuro del trabajo en América Latina y el Caribe: Antiguas y nuevas formas de empleo y los desafíos para la regulación laboral (N.o 2018; p. 46). Recuperado de Organización de Naciones Unidas website: https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/44604/1/S1900309_es.pdfLinks ]

Quintero, D. (2011). La salud como derecho. Estudio comparado sobre grupos vulnerables. Cali: Siglo del Hombre Editores. [ Links ]

Servicios de Estudios de Fundación MAFRE. (2019). Envejecimiento poblacional. La transición demográfica: Una reflexión en torno a su impacto económico y sobre la seguridad social. (p. 76). Recuperado de Fundación MAFRE website: https://www.fundacionmapfre.org/documentacion/publico/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=1100569Links ]

Forma de citar: Gómez, Natalia Eugenia.; Jaramillo, Mariana. y Arroyave, Esteban. Grupos socialmente vulnerados: una mirada desde la seguridad social. Revista CES Derecho. Vol. 10, No. 2, julio - diciembre de 2019, 531-534.

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