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Revista CES Derecho

On-line version ISSN 2145-7719

rev.ces derecho vol.15 no.2 Medellín May/Aug. 2024  Epub Aug 29, 2024

https://doi.org/10.21615/cesder.7688 

Editorial

Inteligencia artificial: transformación digital en el derecho

Artificial intelligence: Digital transformation in law

Diego Martín Buitrago Botero1 
http://orcid.org/0000-0003-1674-6731

1 Abogado, magíster en derecho, coordinador de la especialización en derecho informático y de las tecnologías de la Facultad de Derecho de la Universidad CES. dbuitrago@ces.edu.co


Con la rápida penetración de la inteligencia artificial (IA) en todos los escenarios de la sociedad, se presentan grandes retos, desafíos y oportunidades sin precedentes, a los cuales el sector jurídico no es ajeno y se encuentra en el momento en el que la tecnología tiene una relación fundamental con el derecho, estableciendo una relación cada ve ms estrecha en donde la tecnología se nutre del marco normativo jurídico para su desarrollo, y el derecho se sirve de la tecnología para los grandes cambios y transformaciones que requiere en temas tales como legalTech y Legal Design, entre otros.

Entre los grandes retos se encuentra la automatización de tareas jurídicas, la transformación digital de la administración de justicia y el fortalecimiento de la justicia digital, lo que implica interrogantes sobre el futuro de la profesión desde la formación universitaria. ¿Está la academia formado profesionales de cara a los nuevos escenarios tecnológicos que impactan el derecho? ¿Cómo se debe adaptar los abogados a un entorno cada vez más automatizado? ¿Qué nuevas habilidades deberán desarrollar los abogados para ser competitivos en los nuevos mercados laborales? Todo los anterior es fundamental para que los profesionales del derecho se formen en las nuevas tecnologías y adquieran las competencias necesarias para enfrentar los retos que la IA propone.

Frente a los desafíos, es necesario señalar que uno de los principales es garantizar la transparencia de los señalados reos de la transformación digital y en especial la transparencia en el uso e incorporación de la IA en los asuntos jurídicos. ¿Cómo asegurar que las decisiones apoyadas por la IA estén en el plano de la justicia y sin discriminación alguna? ¿Quién o quienes asumen las responsabilidades por los errores cometidos por la IA y que vayan en detrimento de derecho de terceros? Estos interrogantes ponen de manifiesto la necesidad si no el desarrollo de un marco regulatorio de la IA, por lo menos si el fortalecimiento de la administración de justicia con reglas clara de aplicabilidad que garantice que en su incorporación se cuente con medidas suficientes para asumir la responsabilidad por la incorporación de la IA en el sistema judicial.

Finalmente, con respecto a las oportunidades es fundamental la protección de la privacidad, la garantía de los derechos fundamentales y la adecuada aplicación normativa tanto en lo sustantivo como en lo procesal. La IA, como proceso de transformación digital, requiere grandes cantidades de datos para poder funcionar de manera efectiva, lo que implica eventualmente riesgos para la protección de datos personales, la protección de la intimidad de los titulares de los datos y la garantía del derecho a la información.

Así mismo, la administración de justicia cuenta con una gran oportunidad para actualizarse y estar a la vanguardia de la tecnología aplicada al derecho, optimizar procesos, mejorar la eficiencia y democratizar el acceso a la justicia, lo que no es ajeno a su realidad ni es una gran novedad, pues desde finales del siglo pasado se vienen realizando grandes transformaciones en aspectos como la contratación electrónica, las firmas digitales y electrónicas, los mensajes de datos, el teletrabajo, los delitos informáticos, los criptoactivos, para señalar solo algunos. Todo ello permite la incorporación de Herramientas como el análisis predictivo, el procesamiento del lenguaje natural y el aprendizaje automático pueden revolucionar la forma de investigación jurídica, la redacción de documentos legales y el asesoramiento trámites judiciales. Sin embargo, esta revolución tecnológica también plantea grandes interrogantes jurídicos y éticos que requieren una respuesta urgente. Es fundamental entonces definir límites claros frente a la recolección, almacenamiento, y tratamiento de datos, y garantizar que los titulares tengan control sobre su información personal.

Existen herramientas de IA que cumplen diferentes funcionalidades, entre las que se destacan: ChatGPT herramienta de OpenIA para la creación de textos, Gemini, herramienta de diálogo y consultas creado por Google, DALL-E para la creación de imágenes, Midjourney que permite transformar descripciones textuales en imágenes, Fireflies que se utiliza para grabar y transcribir conversaciones, Grammarly útil para escritura en línea, corrección ortográfica y gramatical, verificación de plagio y generación de citas bibliográficas.

En el marco de la regulación a nivel mundial la UNESCO adoptó en noviembre de 2021 las recomendaciones sobre la ética de la inteligencia artificial, países como China, Austria, Francia, Italia, Reino Unido, España, entre otros han iniciado la exploración sobre la regulación de la IA; por su parte la Unión Europea recientemente aprobó la primera ley de Inteligencia Artificial del mundo, dándole especial importancia al tema de los riesgos, tales como los riesgos inaceptables, el alto riegos y los riesgos limitados. .

En Colombia en el año 2021 el Gobierno Nacional lanzó el Marco Ético para la IA que tiene como objetivo “brindar una guía de recomendaciones y sugerencias a las Entidades Públicas, para abordar la formulación y gestión de los proyectos que incluyan el uso de IA”. Así mismo, recientemente ha presentado el borrador de un documentos CONPES denominado “Política Nacional de Inteligencia Artificial”, en el cual señala diferentes acciones entre las que se destacan: Ética y Gobernanza, Datos e infraestructura tecnológica, Investigación, desarrollo e innovación, Desarrollo de capacidades y talento digital, Riesgos y efectos no deseados relacionados con la IA, Uso y adopción de sistemas de IA, estableciendo en cada uno diferentes líneas de acción para ser lideradas e implementadas por diferentes entidades del gobierno nacional.

El debate sobre la regulación de la IA aún es muy incipiente. Sin embargo, es fundamental que nuestro país se prepare para esta nueva realidad y establezca un marco normativo adecuado que promueva la innovación tecnológica, garantice la protección de los derechos fundamentales y establezca las bases para una sociedad más justa y equitativa.

Referencias

Christie, Nils. (1983).Los límites del dolor. México: Fondo de la cultura económica. [ Links ]

Ciafardini, Mariano y Alagia, Alejandro. (1989). Prólogo. En:Christie, Nils, Hulsman, Louk, Mathiesen, Thomas, Scheerer, Sebastián, Steirner, Heinz y De Folter, Abigail. (1989). Abolicionismo Penal. Buenos Aires: Ediar. [ Links ]

Corte Constitucional. Sentencia T 153 de 1998. Magistrado Ponente: Eduardo Cifuentes Muñoz. Versión digital disponible en: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1998/t-153-98.htmLinks ]

Instituto Nacional Penitenciario en Colombia (INPEC). (2022). “Tableros estadísticos población intramural y población mujeres intramural”. Versión digital disponible en: https://www.inpec.gov.co/estadisticas-/tableros-estadisticosLinks ]

Forma de citar: Buitrago-Botero, Diego Martín. "Inteligencia artificial: Transformación digital en el derecho”. En: Revista CES Derecho. Vol. 15. No. 2, mayo a agosto de 2024. pp. 1-2. https://dx.doi.org/10.21615/cesder.7688

Recibido: 25 de Julio de 2024; Revisado: 29 de Julio de 2024; Aprobado: 05 de Agosto de 2024

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