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Revista Cuidarte

Print version ISSN 2216-0973

Rev Cuid vol.2 no.1 Bucaramanga Jan. 2011

https://doi.org/10.15649/cuidarte.v2i1.54 

http://dx.doi.org/10.15649/cuidarte.v2i1.54

Artículo original

Conocimientos que tiene el profesional de enfermería sobre legislación colombiana en enfermería y el sistema obligatorio de garantía de calidad de la atención de salud1

Knowledge of the Nursing Professional about Colombian Legislation in Nursing and the Compulsory System of Quality Assurance in Health Care

Blanca Merchan-Niño2

1 Articulo Original de Investigación.
2 Enfermera, con Posgrado en Enfermería Comunitaria, Especialista en Auditoria de Servicios de Salud. Docente, Programa de Enfermería, Universidad de Santander UDES, Bucaramanga, Colombia.
Autor para correspondencia: Blanca Merchán Niño, carrera 11 B N- 1639, tel: 3144423254, Correo Electrónico: blancamerchan2@hotmail.com.

Artículo recibido el 29 de Octubre de 2011 y aceptado para publicación el 18 de Noviembre de 2011.


Resumen

Introducción: Se desarrolló un estudio descriptivo transversal con abordaje cuantitativo con el objetivo de determinar el nivel de conocimientos de 98 profesionales de enfermería que laboran en la FOSCAL sobre legislación de enfermería y el sistema obligatorio de garantía de calidad de la atención de salud en el 2009. Materiales y Métodos: El instrumento que se utilizó fue una entrevista auto aplicada de 19 preguntas de selección simple, al cual se le realizó una validez facial y de contenido expuesto a una comisión de siete expertos de la ciudad de Bucaramanga. Resultados: Las ramas del conocimiento evaluadas el 51% es bueno y el 43.8% es aceptable, resultado atribuible más a los conocimientos sobre legislación colombiana en enfermería que a los del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de la Salud. Discusión y Conclusiones: El nivel de conocimientos que posee el personal en estudio es bueno con tendencia a aceptable, pues la diferencia entre estas dos no es tan significativa, generando encender una alarma a nivel institucional incrementando el desarrollo de actividades en pro del conocimiento en ésta área de cultura organizacional. (Rev Cuid 2011; 2(2): 175-81)

Palabras clave: Legislación, Enfermería, Calidad, Atención de Salud, Seguridad. (Fuente: DeCs BIREME).


Abstract

Introduction: We developed a cross-sectional study with a quantitative approach in order to determine the skill level of 98 nurses who work in nursing FOSCAL on legislation and compulsory system of quality assurance of health care in 2009. Materials and Methods: The instrument used was a self-applied interview of 19 single-choice questions, to which she was given a face and content validity exposed to a committee of seven experts from the city of Bucaramanga. Results: The branches of knowledge is assessed 51% good and 43.8% is acceptable, but profit attributable to knowledge about nursing Colombian legislation on the Mandatory Quality Assurance Health Care. Discussion and Conclusions: The level of knowledge possessed by the study staff is good with acceptable trend, as the difference between these two is not significant, generating an alarm light at the institutional level by increasing the development of activities in support of knowledge in this area organizational culture.

Key words: Law, Nursing, Quality, Health Care, Safety. (Source: DeCs BIREME).


Introducción

La profesión de enfermería está basada en una reglamentación legal y un código de ética que se recomienda sea adoptado por todos los profesionales en enfermería tanto para su vida personal como laboral. (1). Su conocimiento conlleva a que las actividades realizadas a diario se manejen con prudencia, diligencia, pericia y respeto de reglamento traducido en una atención segura a la persona objeto del cuidado. Es así que las enfermeras y enfermeros pueden comprometer su responsabilidad cuando en el transcurso del ejercicio de su profesión genera daños en la integridad física y moral de la persona, Y en un momento dado incurrir en conductas culposas que se transforman en irresponsabilidad civil muy probablemente por desconocimiento; esto conlleva a la necesidad de aplicar en el ámbito de la profesión la legislación que la reglamenta.

Las leyes 266 de 1996 y 211 del 2004 quienes normatizan la profesión de enfermería en Colombia deben ser de obligatorio conocimiento y cumplimiento; el hecho de no aplicarlas afecta directamente el ejercicio de su disciplina y por ende el objeto de su cuidado que son la persona, la familia, la comunidad y el entorno, repercutiendo así mismo en la calidad de los servicios de salud, enlazándose de ésta manera con el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de Atención en Salud (2).

Teniendo en cuenta lo anterior se decidió desarrollar una investigación donde se determina el nivel de conocimientos que tiene el profesional de enfermería sobre Legislación Colombiana en enfermería y el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud en la Clínica Ardila Lulle; siendo éstos profesionales que laboran a nivel asistencial y administrativo, y así aportar resultados que generen estrategias en pro del usuario objeto de cuidado, dado que este conocimiento conlleva a evitar errores, y se fortalece la investigación en ésta área del saber.

Para el logro del objetivo de determinar el nivel de conocimientos que tiene el profesional de enfermería sobre legislación Colombiana en enfermería y el Sistema de obligatorio de Garantía de calidad de la atención de salud se practicó una entrevista Auto aplicada de 19 preguntas de selección simple a la cual se le realizó validez facial y de contenido expuesta a una comisión de siete expertos: tres miembros de la junta directiva de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia en Santander, una magistrada del tribunal departamental de enfermería, una profesional de enfermería- abogado y auditora en servicios de salud, una profesional de enfermería especialista en gerencia y talento humano y auditoria en servicios de salud, una profesional de enfermería especialista en gerencia de servicios de salud y docencia. Para la validez facial se tomaron tópicos de comprensión, claridad y precisión de cada una de las preguntas. Para la validez de contenido se tuvo en cuenta pertinencia y relevancia. Al analizar las respuestas de los expertos sobre cada una de las preguntas aplicables a análisis estadístico, se dejaron las preguntas que su puntuación estuviera igual o superior a 0.8. La prueba piloto se realizó aplicándose a 10 profesionales de enfermería donde cada una de las preguntas fue entendida y comprendida con la intencionalidad propuesta. Convirtiéndose éste instrumento con criterios de confiabilidad y validez para realizar una investigación.

Materiales y métodos

Para la realización del presente estudio se utilizó un diseño descriptivo transversal con abordaje cuantitativo.

La población que conformó el estudio fueron las enfermeras y enfermeros que laboraban en la Clínica Ardila Lulle en el primer trimestre del año 2009. La muestra evaluada estuvo conformada por 98 personas de ésta disciplina con un margen de error del 5% y un nivel de confianza deseado del 95%. El estudio fue aprobado por la FOSCAL y cada profesional dio su consentimiento informado por escrito.

Para recolectar la información se practicó una encuesta auto aplicada que contiene inicialmente una serie de información socio-demográfica, 19 preguntas sobre legislación colombiana en enfermería y sistema obligatorio de garantía de la calidad de atención de salud, las cuales evalúan las generalidades y relevancias de las mismas.

Las preguntas de la encuesta se ha dividido en dos partes: la primera que consta de nueve preguntas sobre legislación colombiana en enfermería y a su vez tiene ésta tiene dos dimensiones: una sobre Órganos de Dirección asesoría ética y control de la profesión de enfermería con 5 preguntas y la segunda dimensión a cerca de Principios, naturaleza, ámbitos de aplicación, responsabilidades, derechos y deberes del profesional de enfermería. La segunda parte que consta de diez preguntas sobre sistema obligatorio de garantía de la calidad de atención de salud.

Las preguntas están formuladas en forma concreta algunas con cuatro otras con cinco posibilidades de respuesta, siendo una única correcta.

Para la organización de resultados por cada parte de la encuesta se dieron unos puntajes por categorías así: Al evaluar a nivel general Legislación colombiana en enfermería y sistema obligatorio de garantía de la calidad de la atención de salud se asignó: Excelente a los que respondieron entre 18 y 19 preguntas bien, Bueno a los que respondieron entre 13 y 17 preguntas bien, Aceptable a los que respondieron entre 8 y 12 preguntas bien, Insuficiente: A los que respondieron entre 4 y 7 preguntas bien, Deficiente: A los que respondieron entre 0 y 3 preguntas bien. Al evaluar Órganos de dirección, asesoría, y control de la profesión de enfermería en Colombia se asignó Excelente a los que respondieron 5 preguntas bien, Bueno a los que respondieron 4 preguntas bien, Aceptable a los que respondieron 3 preguntas bien, Aceptable a los que respondieron 2 preguntas bien y Deficiente a los que respondieron entre 0 y 1 preguntas bien. Al evaluar Principios, naturaleza, ámbito de aplicación, responsabilidades, derechos y deberes del profesional de enfermería se asignó Excelente a los que respondieron 4 preguntas bien, Buenos a los que respondieron 3 preguntas bien, Aceptable a los que respondieron 2 preguntas bien, Insuficiente a los que respondieron y Deficiente a los que no respondieron bien ninguna pregunta. Al evaluar Sistema Obligatorio de Garantía de la calidad de la atención de salud específicamente se asignó: Excelente a los que respondieron entre 9 y 10 preguntas bien, Bueno a los que respondieron entre 7 y 8 preguntas bien, Aceptable a los que respondieron entre 5 y 6 preguntas bien, Insuficiente a los que respondieron entre 3 y 4 preguntas bien y Deficiente a los que respondieron entre 0 y 2 preguntas bien.

La información se obtuvo a través de encuestas auto aplicadas individualizadas donde los investigadores aplicaban los instrumentos a profesionales de enfermería asistenciales y administrativos en los diferentes turnos de trabajo de la institución. Se abordaba a a la persona se explicaba el estudio que se estaba realizando y si aceptaba se le entregaba el consentimiento informado para que lo leyera y lo firmara, seguidamente procedía a diligenciar el instrumento mencionado.

La información recolectada se evaluó y se digitó en la base de datos EPI INFO 2001, se procedió a realizar el análisis de datos teniendo en cuenta las dimensiones referidas, finalmente cruzándolas con variables demográficas como: servicio donde se desempeña, la edad, el género, la experiencia como profesional, la antigüedad en la institución y los estudios realizados.

Resultados

Hay variables que no afectan el nivel de conocimientos como: edad y el género; todos poseen un nivel aceptable.

Los conocimientos que tiene el profesional de enfermería sobre Legislación colombiana de enfermería y Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad de la Atención en Salud fueron evaluados así: Excelente 1%, bueno el 51% y aceptable el 43.8%; resultado atribuible más a los conocimientos sobre legislación colombiana en enfermería que a los del SOGCS.

Los conocimientos que tiene el profesional de enfermería sobre Legislación colombiana de enfermería fueron evaluados como Excelente: el 5%, Bueno: el 38%, Aceptable: el 32%, Insuficiente: el 25%.

Los Conocimientos que tiene el profesional de enfermería sobre SOGCS fueron evaluados como: Excelente: el 17%, Bueno: el 30%, Aceptable: 35%, Insuficiente: 16%

Los Conocimientos que tiene el profesional del enfermería sobre Órganos de Dirección, Asesoría y Control de la profesión de enfermería en Colombia fueron evaluados como Excelente: el 27%, Bueno: el 33%, Entre Insuficiente y Deficiente el 23%.

Los conocimientos que tiene el profesional de enfermería sobre principios, naturaleza, aplicación, responsabilidades, derechos y deberes del profesional de enfermería fueron evaluados como Excelente: el 12%, Bueno: el 37%, Aceptable: el 32%, Entre insuficiente y Deficiente: el 18%.

El nivel de conocimiento del personal administrativo es bueno, mientras que el del asistencial es aceptable.

El grupo entre 11 - 15 años de experiencia profesional tiene un nivel bueno de conocimientos y los demás comparten el mismo nivel de conocimientos que es aceptable.

El grupo etáreo que tiene entre 6 y 10 años en la institución tiene buenos conocimientos, mientras que el resto de personas tienen un nivel aceptable de conocimientos.

Teniendo en cuenta los estudios realizados el personal de enfermería con buenos conocimientos son los que tienen maestría, que son 3%, el resto de población tiene conocimientos aceptables.

Es importante resaltar que el rango de conocimientos del personal profesional de enfermería de la FOSCAL sobre Legislación Colombiana en enfermería y el SOGCS, se encuentra en un criterio bueno con tendencia a niveles aceptables, observándose que la diferencia entre estos dos resultados no es tan significativa.

Discusión

El rango de conocimientos del personal profesional de enfermería de la FOSCAL sobre Legislación Colombiana en enfermería y el SOGCS, se encuentra en un criterio bueno con tendencia a niveles aceptables, pues la diferencia entre estos dos no es tan significativa. Por tanto se hace necesario que la institución alterne estrategias con las actualmente utilizadas; creando conciencia en su personal sobre la importancia de esta área del conocimiento. Es preocupante que solamente el 1% de la población tiene conocimientos excelentes y el 4% son insuficientes, pues esta es una institución que ha invertido recursos en una cultura organizacional donde esté incluido el tema de calidad como base del crecimiento y sostenibilidad en el mercado. La legislatura de enfermería de la ciudad de Buenos Aires tiene por objeto garantizar un sistema integral, continuo, ético y calificado de los cuidados de enfermería (3).

Los profesionales de enfermería de la FOSCAL tienen mayor dominio sobre los órganos de dirección y control de la profesión comparado con objeto, principios, derechos, deberes y responsabilidades de la misma, siendo éstos cimientos necesarios en el quehacer del día a día de la disciplina en mención, por lo que sería importante fomentarlo a nivel personal, profesional e institucional en pro del usuario, familia y comunidad que requieren los servicios de salud. disposiciones en materia de responsabilidad deontológica para el ejercicio de la profesión de Enfermería en Colombia, se establece el régimen disciplinario correspondientes y se dictan otras disposiciones, donde al tenerlas tan claras y evidentes la violación de reglamentos se presenta cuando la enfermera o enfermero viola las disposiciones legales y reglamentarias que gobiernan el ejercicio de su profesión ya sea por acción, omisión o desconocimiento y que exigen del profesional un comportamiento específico dentro del contexto normativo en mención. (4).

Pues el desconocimiento de la norma puede llevar a la persona a cometer errores o faltas que se traducen en imprudencia, impericia, negligencia o violación de reglamento. (5).

Hay variables socio demográficas que definitivamente no afectan el grado de conocimientos que tiene el personal profesional de enfermería en ésta área del saber cómo son edad y género; pues todos comparten el mismo criterio de aceptable, el cual se considera bajo para el proceso en el cual se encuentra la organización en la actualidad y los esfuerzos que ha realizado por lograr la excelencia operacional como pilar fundamental para el éxito de la institución.

Los buenos niveles de conocimientos se encuentran en el personal que lleva entre 11 y 15 años de experiencia profesional; de lo que se puede concluir son personas con pleno saber de la institución, sus objetivos corporativos y estratégicos. Además se hallan en un periodo motivacional tanto a nivel personal como profesional, donde hay conciencia en la importancia que reviste la sabiduría del ser humano.

El personal profesional de enfermería más carente de conocimientos se encuentra que tienen una antigüedad en la empresa entre 0 y 5 años posiblemente por la reciente inserción a la institución, con muchos saberes y experiencias por descubrir. Es así que entre más tiempo se encuentre la persona laborando en la entidad mejora su cultura organizacional y por ende su conocimiento.

Los profesionales de enfermería con mayor nivel de conocimientos fueron los que realizaron maestría, y con menores niveles los que han realizado el pre grado solamente, lo cual indica que la formación obtenida es directamente proporcional con el saber de cada individuo, resaltando la cultura investigativa autodidacta adquirida en estudios de alto nivel.

Es muy importante resaltar que el desarrollo progresivo del SOGCS en la institución va de la mano con el recurso humano comprometido en procesos centrados en la vida salud y seguridad de los usuarios y procesos de mejoramiento continuos, reduciendo los costos de la no calidad. Para esto se requiere que el conocimiento crezca liderado por las instituciones.

Así mismo se sugiere que los programas de enfermería desde el pre grado incluyan formalmente como materias de primera línea académica: legislación en enfermería y Sistemas de calidad, fortaleciendo de ésta manera las bases teórico prácticas de los profesionales que se empiezan a desarrollar en sus diferentes campos de acción; probablemente de ésta manera se disminuyen las brechas en los niveles esperados.


Referencias bibliográficas

1. Concejo Internacional de Enfermeras, Código Internacional de Etica para Enfermeras del 2005, preámbulo.         [ Links ]

2. Ministerio de la Protección Social, Decreto 1011 del 2006, Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud, artículos 2, 3, 6.         [ Links ]

3. Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley 298 25 de noviembre 1999, capitulo 1.         [ Links ]

4. Congreso de la República de Colombia, Ley 911 del 2004, Responsabilidad deontológica para el ejercicio de la profesión de enfermería en Colombia, capítulo 1, artículo 2, 39-40.         [ Links ]

5. Congreso de la República de Colombia, Ley 266 de 1996, Reglamentación de la profesión de enfermería capítulo 2, 4, 5, artículo 3, 11, 13-14.         [ Links ]

6. Comité Técnico Iso/TC176, Organización Internacional para la Estandarización, Gestión de la Calidad o Excelencia.         [ Links ]

7. Ministerio de la Protección Social, Resolución 1043, Condiciones que deben Cumplir los Prestadores de Servicios de Salud, anexo Técnico N° 2.         [ Links ]

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