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Trabajo social

versión On-line ISSN 2256-5493

Trab. soc. vol.22 no.1 Bogotá ene./jun. 2020

 

Presentación

La pluralidad de rutas para comprender el enfoque diferencial y algunos cuestionamientos a sus alcances en las intervenciones sociales

LUZ ALEXANDRA GARZÓN OSPINA* 

CLAUDIA MOSQUERA ROSERO-LABBÉ** 

* Editora Revista Trabajo Social

** Editora invitada


Sé diferente para que la gente te pueda ver con claridad entre la multitud

MEHMET MURAT ILDAN S.F.

I

En Colombia, la Constitución Política de 1991 fue una propuesta de rediseño jurídico, político, económico, cultural, ambiental y ecológico de un Estado que debía responder a una nueva reconfiguración capitalista mundial. Cuando el artículo 7 de esta Constitución rezó que "[e]l Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana" (Art. 7), ello presuponía un cambio en las relaciones de poder asimétricas entre el Estado, los grupos dominantes y los grupos, pueblos o colectivos que expresaban distintas maneras de ser sujetos culturales contrahegemónicos. Por ello se propuso diezmar la hegemonía cultural, simbólica y política del Estado; cuestionar a los grupos dominantes, es decir: "[...] aquellos cuya cultura y valores son legitimados y transmitidos por medio de las instituciones formales, incluyendo las instituciones gubernamentales, educacionales, los medios de comunicación y los legisladores de política sociales" (Christensen 2002)1, y darle voz y poder a los grupos históricamente subalternizados en la escena público-política (Mosquera Rosero-Labbé y León 2013)2. Estos grupos, pueblos y colectivos experimentan en sus cuerpos la inequidad, las discriminaciones, tienen nulo o escaso poder y poseen medios económicos limitados y un bajo estatus simbólico.

Nuestro país es una Nación cultural y étnicamente diversa, los desarrollos jurisprudenciales de la Corte Constitucional han influido en la ampliación del concepto de cultura. En el país, la diversidad cultural es algo más amplio que el reconocimiento a la existencia de pueblos indígenas como parte constitutiva de la Nación. En este sentido, la Constitución de 1991 desetnizó la cultura para pluralizarla y amplió la etnicidad para abarcar a personas y pueblos de ascendencia africana y a gitanos. Con la declaratoria de país multicultural se abrió la discusión sobre qué íbamos a entender por culturas, quiénes producían culturas y cómo se interrelacionaría el Estado social de derecho y la gestión de las diversidades culturales. El país adoptó el multiculturalismo (Mosquera Rosero-Labbé 2011)3.

El multiculturalismo ocupa una posición intermedia entre el asimilacionismo y el comunitarismo. Existen diversos multiculturalismos: no son iguales los desarrollados en Estados Unidos, el Reino Unido o Canadá. El multiculturalismo dialoga con la experiencia histórica de cada país; no obstante, en términos generales, esta es una crítica a la ciudadanía liberal clásica. Con esto demuestra que el universalismo reclamado por ella esconde el etnocentrismo, las desigualdades históricamente acumuladas, el racismo, el sexismo, y que la diferencia cultural con equidad promueve mucho más la cohesión social, legitima la democracia con el simple reconocimiento de derechos individuales en nombre de la igualdad formal.

Para el multiculturalismo es importante el reconocimiento de las diferencias y diversidades culturales. Por ello, se habla de una ciudadanía multicultural -aunque preferimos hablar de ciudadanías diferenciadas, al estilo de Nancy Fraser- definida por dos principios: primero, el individuo moderno otorga importancia a la dignidad, razón que resitúa, amplía y profundiza el principio de la equidad de derechos y el reconocimiento histórico de las desigualdades, en los planos colectivo y político-culturales, al tiempo que reconoce las diversidades que la tradición liberal clásica había confinado al espacio privado; segundo, el multiculturalismo considera al grupo, al pueblo y a las naciones culturales de base étnica o a las organizaciones de reivindicación de derechos como mediadores legítimas entre la ciudadanía y la sociedad. El multiculturalismo no elimina la oposición público-privado: desplaza la frontera y abre la opción para que aquellos asuntos, antaño privados, se conviertan en asuntos públicos, pero crea un espacio para la intersección y para compartir valores comunes que pueden ser liberales, como la libertad, la igualdad y la dignidad (Constant 2000)4.

Desde el multiculturalismo se sostiene que el reconocimiento en el espacio público de las diversidades culturales favorece el deseo de vivir juntos y el democrático reparto del poder político y simbólico, en el que ahora pueden participar grupos históricamente subalternizados. El pluralismo de las diversidades culturales en el espacio público político hace que existan menos tendencias a la radicalización y enriquece el nivel de la discusión pública por medio del diálogo, la controversia y el trámite de los conflictos sin el uso de violencias físicas o simbólicas en las democracias contemporáneas.

Al igual que Charles Taylor, Jesús Martín-Barbero sostiene que el multiculturalismo demuestra que las instituciones liberal-democráticas no han podido acoger las diferentes formas de la diversidad cultural por considerar que no "[...] caben en esa institucionalidad" (Martín-Barbero 2007, 26)5. En este sentido, el autor expresa que la única forma de suturar esa desgarradura es extendiendo una política de derechos hacia los sectores de la población que han sido excluidos de esta aplicación de los derechos, "[...] sean mujeres o minorías étnicas, evangélicos u homosexuales" (Martín-Barbero 2007, 27). Desde esta perspectiva, el reto de la democracia, de la política social, cultural, económica y ambiental y de las instituciones será generar una ruptura con la idea de ciudadanía moderna abstracta y universal, que se pensaba y se ejercía por encima de las identidades, al proponer una ciudadanía que se haga cargo del pluralismo de las identidades, de las diferencias epistémicas, de las diversidades culturales, del medio ambiente, de las desigualdades, de los menosprecios históricos y de los desbalances en términos del reparto del poder social, simbólico, económico y del prestigio social.

Afirmamos que en Colombia el multiculturalismo tiene potencialidades emancipatorias, transformadoras, aún inexploradas; por ello celebramos la existencia de los enfoques diferenciales y de las acciones colectivas que emprenden las ciudadanías diferenciadas que exigen equidad, igualdad y justicia en la distribución de los recursos societales. Estos derroteros éticos son de interés en el Trabajo Social al estar siempre comprometido con desarrollar políticas y prácticas que contribuyan a alcanzar estas metas sociales. Recordemos que muchos profesionales del Trabajo Social son activos agentes del Estado, son quienes estructuran con su práctica profesional tanto las instituciones públicas estatales como la elaboración o implementación de las 20 políticas que promueven la emergencia de sociedades equitativas y relaciones sociales interculturales. Por esta razón, en este número quisimos que las y los profesionales de la intervención social compartieran sus reflexiones sobre los enfoques diferenciales desde distintas poblaciones, colectivos y pueblos.

Por otra parte, los investigadores y las investigadoras sociales que desarrollamos trabajos acerca de distintos temas relativos a las diversidades culturales constitutivas del espectro multicultural -los géneros, las discapacidades, las sexualidades, los cultos, las generaciones, las diversidades étnico-raciales, etc.- constatamos con preocupación cómo el multiculturalismo colombiano, aún en desarrollo, en ocasiones aparece atrofiado, pese al avance del constitucionalismo en Colombia, desde el cual se desarrolla una jurisprudencia progresista que vela por el principio de protección a la diversidad cultural. Esta jurisprudencia -no exenta de ambigüedades- plantea, tanto a las instituciones públicas como a los agentes de la intervención social, retos para el asiento del multiculturalismo y de los enfoques diferenciales en el día a día del quehacer institucional o en la toma de decisiones públicas progresistas de interés societal.

Tanto el multiculturalismo como la implementación de los enfoques diferenciales plantean retos filosóficos, políticos, constitucionales e institucionales a los trabajadores y las trabajadoras sociales y a las instituciones que conciben y desarrollan la política social en sentido amplio; además, hacen visibles profundas contradicciones en la estructuración del Estado colombiano en la contemporaneidad. Es así como en el Estado pluriétnico y multicultural cohabitan principios fundamentales del liberalismo clásico y del multiculturalismo tanto liberal como comunitarista. Es de comprobar que ese liberalismo está estructurado en torno a conceptos restringidos de pueblo, autogobierno, autodeterminación, Nación, derechos, democracia y ciudadanía, y que por ello quizá se requiera que "[…] la política liberal de derechos individuales deba ampliarse, para que comprenda la política de la diferencia y del reconocimiento" (Taylor 1992, 70)6. En muchos de los discursos y prácticas de las intervinientes sociales este liberalismo permanece afincado pese a la invocación del enfoque diferencial.

Ante esta tipología híbrida estatal, que tensiona de manera fuerte el diálogo social entre las instituciones del Estado y las ciudadanías diferenciadas, la respuesta del grueso de los agentes estatales es desconocer la complejidad y profundidad emergente del multiculturalismo y refugiarse en una práctica discursiva acerca de la existencia del enfoque diferencial. A este se le destinó el objetivo de concretar el multiculturalismo estatal -con su simple enunciación- para atender los reclamos postergados de justicia social y equidad de las diversidades culturales. En ocasiones pareciera que el enfoque diferencial esquemático y acrítico que se desarrolla desde hace algunos años negara que en la estructuración de un Estado pluriétnico y multicultural está en juego también una real democratización del poder económico, político y cultural que confiere el manejo y control del Estado ejercido durante mucho tiempo por grupos hegemónicos, o neohegemónicos. El enfoque diferencial radical pareciera negar también debe permitir la inclusión social real y efectiva de aquellos que por razones de género-sexo, religión, origen regional, pertenencia a un determinado partido político, clase social o raza han permanecido excluidos o en los márgenes del control estatal, acumulando desventajas históricas frente a otros grupos dominantes.

Por ello hoy quizá debamos transcender la visión del enfoque diferencial como una simple estrategia, por medio de la cual se le garantizaría a grupos poblacionales específicos el derecho a la igualdad, ya que presume que personas o colectivos que se encuentran en distintas situaciones y condiciones deben atenderse de manera particular, en forma proporcional a dicha diferencia. También resulta necesario ir más allá del enfoque diferencial como procedimiento que atiende las diversidades, las diferencias e inequidades existentes en la dinámica social, con el propósito de brindar una adecuada atención y protección de los derechos inconclusos; por ello se insiste en reconocer que existen diferentes discriminaciones entrecruzadas en contra de poblaciones, grupos, comunidades, territorios, pueblos considerados diferentes, que por lo general hacen parte del espectro de las diversidades culturales de una Nación. Por último, conviene superar la visión de este enfoque como mecanismo para implementar acciones que reconozcan la diversidad de la sociedad; para ello se ampara en lo establecido en el derecho internacional, el cual reconoce que ciertos grupos de personas tienen necesidad de protección diferencial a raíz de sus situaciones y condiciones específicas, y que, en algunos casos, su vulnerabilización está asociada a inequidades estructurales de la sociedad que les han hecho acumular desventajas de manera histórica.

La promoción y protección de la diversidad enfatizadas en los artículos 7 y 70 de la Constitución Política de 1991 orientan a las instituciones del Estado para que se resignifiquen y se transformen con el propósito de atender a la diversidad cultural, entendida como un "[...] concepto que recoge los clamores de los seres humanos de ser respetados en su infinita singularidad, biológica, personal y cultural. Atender esa singularidad es el valor universal que está en los anhelos de justicia social con equidad que creen lograrse con el respeto de las diferencias y sus convergencias entre los seres humanos, y, en consecuencia, un indicador central en las tendencias que podrían llevar cambios esenciales en el modo de regir los destinos de los Estados Sociales de Derecho" (Zambrano 2001, 157)7. Hoy más que antes el enfoque diferencial debe comprometerse con frenar las nuevas y viejas formas de violencias, vencer el terror y detener las muertes de todos y todas aquellas que se han atrevido a exigir ciudadanías diferenciadas y derechos postergados para ser reapropiados e investidos de contenidos emancipatorios por las organizaciones de la sociedad civil, con el fin de darle el vigor y la potencia inexplorada que aún tiene.

Las críticas al enfoque diferencial hoy

Los enfoques diferenciales se han desarrollado como discurso desde hace veintiocho años; no obstante, en su implementación se visibilizan distintas maneras de entenderlo y de considerar sus alcances. Las instituciones nacionales y aquellas ligadas a la cooperación internacional lo invocan de manera recurrente para denotar que tienen en cuenta la no homogenización de las intervenciones sociales y el reconocimiento de las diversidades y diferencias que encarnan algunos grupos socioculturales con los cuales se deben llevar a cabo procesos de empoderamiento sociocultural, político y económico. Desde un punto de vista ético, el enfoque diferencial es valorado como una vía que dignifica la existencia humana, que otorga voz y poder a personas, familias, comunidades, pueblos y territorios vulnerados de manera histórica e interseccionada la mayoría de las veces.

No obstante, cuando se realizan observaciones institucionales se evidencia que las y los intervinientes sociales, al invocar el enfoque diferencial, se posicionan desde tres escenarios. En el primero, el enfoque diferencial es más un discurso que una práctica institucional o profesional. En el segundo, el enfoque se condensa en una serie de prácticas que tienen un impacto simbólico, pero disociadas de la intervención social, por ejemplo, adornar las paredes con bonitas fotografías de las poblaciones históricamente excluidas que son atendidas. En el tercer escenario encontramos intervinientes capaces de conceptualizar el enfoque diferencial y desplegar prácticas que responden a sus principales postulados conceptuales. En este número quisimos indagar sobre las nuevas reflexiones existentes sobre el enfoque diferencial, el cual se adhirió a la gramática institucional.

Hoy vemos la necesidad de profundizar e interseccionar el enfoque diferencial, pues necesitamos frenar el multiculturalismo acrítico que desarrolla el Estado, con miras a instaurar disruptivas prácticas socioculturales, políticas, ecológicas, epistémicas e institucionales que protejan la vida, los territorios, los recursos de la naturaleza y para que frenen las muertes y materialicen los derechos históricos y contemporáneos de las diversidades que conforman la Colombia inequitativa y violentada de hoy. El enfoque diferencial debería deslizarse a abarcar "[...] una diversidad ampliada y radical, que incluya no sólo a los sectores específicos, es decir, a afrocolombianos, indígenas inmigrantes, gitanos, confesiones no católicas, sino a todos los colombianos" (Zambrano 2004, 109)8 en un novedoso proyecto emancipatorio para la Nación multicultural en la cual todas las vidas, los cuerpos y los territorios de las diversidades culturales tengan valor y deban ser preservadas.

El enfoque diferencial inocuo que se desarrolla en la actualidad va en contra de verdaderos procesos de cohesión social y nos aleja de un ideal de Estado social de derecho sustentado en la equidad y en una nueva concepción de justicia social, derechos colectivos y de dignidad humana. Con la implementación despolitizada del enfoque diferencial, la estructura social, política y económica que naturaliza las desigualdades presentes en las diversidades ha quedado intacta, y la hegemonía cultural dominante del Estado sigue en pie y presente, aunque el Estado invierta importantes recursos públicos y de cooperación internacional en la gestión reduccionista, culturalista, violenta y petrificada de las diversidades por medio del discurso inocuo del enfoque diferencial. Es hora de que este enfoque se afinque en la sociedad organizada, la única capaz de jalonar los cambios sociales, políticos y culturales que necesita la política de la vida y la vida deseada por las mayorías.

II

Invitamos nuestras lectoras y lectores a reconocer las diversas entradas contextuales, poblacionales, críticas e interventivas presentadas por las autoras y los autores de los siete artículos del dossier que acompañan este número. Allí se destacan las reflexiones y apuestas metodológicas para el trabajo con comunidades negras, personas víctimas de minas antipersonal y, especialmente, el trabajo con mujeres privadas de la libertad, campesinas y niñas en el entramado del abuso sexual infantil y las representaciones sociales. En esta línea, hallarán una interesante reflexión acerca de los aportes y las críticas feministas sobre la incorporación de las mujeres y el enfoque de género en el desarrollo. Es evidente el interés de las y los articulistas por analizar la perspectiva de género, el enfoque diferencial de género y la interseccionalidad, como ejes trasversales para comprender el enfoque diferencial en las intervenciones sociales de hoy.

La discusión sobre el enfoque diferencial la abre el artículo "El enfoque diferencial étnico-racial para personas, colectivos, comunidades y pueblos negros afrocolombianos raizales y palenqueros. Reflexiones para la práctica", de Ruby Esther León Díaz. El mérito principal del texto radica en que es el resultado de procesos de reflexividad de la práctica profesional de la autora y del ejercicio investigativo sobre la política pública diferencial que se han desarrollado en varias instituciones del Estado. La autora realiza un pormenorizado análisis de lo que las instituciones entienden por incorporar el enfoque diferencial étnico-racial. Algunas asumen que este enfoque se resume en incluir en las nóminas de recursos humanos a personas negras, en crear dependencias u oficinas para tramitar temas considerados étnicos; estas instancias generalmente se crean sin poder institucional real y muy a menudo con nulo o escaso presupuesto que les permita actuar. Otras instituciones, en nombre de las acciones afirmativas, proponen programas dirigidos a la población étnica que es atendida por su carácter vulnerable. La retórica sobre el enfoque diferencial pareciera vacía, abstracta y, en ocasiones, se torna en un discurso sin significantes que se le endilga a cualquier tipo de operación estatal. Así, la investigadora se adentra en proponer cuatro pasos de lo que se debería tener en cuenta para que una intervención sea considerada con enfoque diferencial étnico-racial: análisis detallado e identificación en clave étnico-racial, mapeo de buenas prácticas de intervención, actuación directa y revisión de la intervención mediante constantes autoanálisis y aplicación de medios correctivos, según cambio de contexto.

El texto titulado "María hace la diferencia. Hacia una deconstrucción de intervenciones iatrogénicas en casos de prisión domiciliaria", de las autoras Claudia Krmpotic y Andrea Vallejos, presenta una reflexión sobre la importancia de ubicar un lente diferencial en las intervenciones sociales; aquí lo diferencial no es una simple fragmentación a las poblaciones por género, sexo, opción sexual o raza, sino una manera de analizar las interseccionalidades de las discriminaciones en la vida de una mujer que implican la comprensión de sus actos. Una mujer privada de la libertad que actúa, que toma decisiones, debe ser entendida en estos tiempos en los cuales existe un concepto ampliado de los derechos, en los que entendemos cómo operan las discriminaciones múltiples y el peso ontológico del sufrimiento en la vida de personas vulnerabilizadas. En este sentido, los operadores de la justicia penal vigente en la Provincia de Buenos Aires (Argentina) deberían dialogar más con los imperativos éticos de los Derechos Humanos, y las y los intervinientes sociales deberán acercarse un poco más al paradigma, código y trabajo relacional y a la planificación interaccional.

En el artículo "Las mujeres rurales y su derecho a la tierra: retos de la política pública en Colombia", las autoras María Juliana Gómez y Luisa Paola Sanabria ilustran con claridad que:

[...] el enfoque diferencial es una forma de análisis y de actuación social y política que, por una parte, identifica y reconoce las diferencias de género, identidad sexual, etnia, edad y situación de salud, entre otras categorías; y por otra, sus implicaciones en términos de poder, de condiciones de vida y de formas de ver el mundo. A partir del reconocimiento de las diferencias y sus implicaciones busca la transformación o supresión de las inequidades y de sus expresiones de subordinación, discriminación y exclusión social, política y económica. Busca la reivindicación y legitimación de las diferencias, desde la perspectiva de los Derechos Humanos. (2020, 85)

Para estas autoras, si bien es urgente aplicar los postulados del enfoque diferencial en el trabajo con mujeres rurales, este debe ser visible en la gestión y operacionalización del actuar institucional, punto en el que coinciden con lo planteado por la investigadora Ruby León. Todo el andamiaje institucional deberá incorporar el enfoque diferencial de género en sus objetivos, planes operativos, planes de acción, en todas las acciones de intervención que realice, en cada una de sus dependencias, y, de manera ideal, cada funcionario o funcionario debería conocer y operativizar el enfoque. De allí la importancia que las autoras conceden al conocimiento de la legislación nacional e internacional, a la elaboración de directrices técnicas, a la creación de instrumentos, al diseño de metodologías e indicadores que garanticen el derecho de las mujeres rurales a la tierra y a su propiedad.

El artículo "Aportes y críticas feministas sobre la incorporación de las mujeres y el enfoque de género en el desarrollo", de la autora Diana Montealegre es una sugestiva reflexión sobre un conjunto de críticas que han surgido a la perspectiva o enfoque de género. Los feminismos marxistas, los feminismos negros, los feminismos autónomos latinoamericanos y los descoloniales han develado de manera progresiva cómo la inclusión de los problemas de las mujeres en marcos y agendas sociales y políticas internacionales dentro de instituciones transnacionales no realizan críticas a los sistemas económicos que se benefician de la subordinación de las mujeres; escogen trabajar con mujeres seleccionadas por su excepcionalidad y con ciertas reivindicaciones. Esta manera de trabajar temas que conciernen a las mujeres hace que la gran mayoría de ellas no se sienta representada en dichas agendas, lo que ha tenido nefastos efectos en los movimientos feministas. La autora recuerda que, en los últimos tiempos por medio de la agenda sobre mujer y desarrollo, la teoría, el discurso y la ideología sobre el desarrollo -en evidente crisis- se revigorizaron y se dejó de pensar en los impactos negativos en la conservación la vida de las personas, en la importancia espiritual de los territorios, en la vitalidad de las culturas, en la naturaleza, en los recursos naturales y en su incapacidad constitutiva para alcanzar la invocada equidad de género. Hoy se requiere entonces "[...] propuestas transformadoras radicales desde lo local, que con frecuencia emergen desde los grupos marginalizados o comunidades y prácticas no capitalistas" propuestas como la economía feminista, la economía ética, la economía del cuidado, la ética del cuidado, el Buen Vivir y el ecofeminismo "[...] encarnan un proceso necesario de subversión feminista de la economía; proceso que busca poner la sostenibilidad de la vida en el centro de las preocupaciones del desarrollo y la economía. "Subversión" a la que apuestan múltiples propuestas feministas de transformación y emancipación, no solo de la situación de las mujeres, sino de la vida misma y no solo de la vida humana sino de la vida en su sentido más colectivo y holístico" (Mokrani et al. 2011)9.

La investigadora Paola Díaz Bonilla nos recuerda que un enfoque diferencial también puede ser utilizado como una manera de analizar datos en investigaciones empíricas. En el artículo titulado "El abuso sexual infantil en el entramado de las representaciones sociales del ser niña", la autora confirma el impacto que tienen este tipo de hallazgos en la discusión pública institucional sobre el abuso sexual a menores y en las políticas públicas que redundan en la protección integral para las niñas. Esto debido a que el enfoque diferencial permite que se reconozca el peso de la construcción sociocultural del ser niña y nos invita a comprender las maneras como obran las relaciones de poder en el engranaje de inequidades y desigualdades que afectan directamente la vida y el desarrollo pleno de las niñas.

La antepenúltima contribución que el dossier quiso abordar fue la discusión "Enfoque diferencial desde el acompañamiento a las personas y comunidades víctimas de minas antipersonal en Colombia". Allí, el autor Anderson Henao Orozco examina el impacto que ha tenido y aún tiene el conflicto armado en los territorios indígenas y campesinos. Nos adentra en las reflexiones que los pueblos indígenas hacen sobre la presencia de artefactos de guerra que les impide el uso cultural y espiritual de sus lugares de vida para finalmente abogar por que:

[...] en el marco del desminado civil humanitario, el acompañamiento a los procesos comunitarios, debe contemplar la incorporación de ajustes razonables con enfoque diferencial para las personas con discapacidad, que les permita, no solo acceder a la información relevante de las operaciones de desminado en su territorio, sino que también les permita participar activamente en el proceso. En definitiva, en procesos más complejos que permitirían restituir en sentido más amplio, el derecho al goce, disfrute y realización del territorio por parte de la comunidad y sus habitantes. (2020, 164)

La revista cierra el tema con el texto "Educación en Derechos Humanos con enfoque pedagógico crítico y reflexivo: estudio de caso", de Carla Cubillos, quien asimila el enfoque diferencial con la adopción de distintos caminos que propendan de manera real por la concreción de la justicia social, la paz, la democracia y la dignidad humana. En su artículo encontramos que la educación en Derechos Humanos, desde un enfoque diferencial crítico sería una forma que garantizaría que las y los estudiantes que se forman en la disciplina de Trabajo Social tengan un aprendizaje significativo de los Derechos Humanos, que les permita, además, aplicar la teoría a la práctica, comparar y debatir de manera libre perspectivas plurales sobre una situación problema, más allá de la retórica de los Derechos Humanos, el aula deliberante será el escenario en el cual aprenderán con/de sus pares, con este enfoque diferencial las y los estudiantes experimentan el poder de la realización de acciones reivindicativas o de la acción colectiva

III

En la sección de tema libre encontrarán tres artículos, el primero titulado "Octavia Hill y sus aportes en el origen de trabajo social en la Inglaterra del siglo XIX", de las autoras Viviana Bastidas Luna, Keila Ginett Holguín y Carol Obando Apraez, que presenta un importante aporte a la comprensión de los orígenes del Trabajo Social europeo en clave de género. A lo largo del texto, las autoras exponen las contribuciones de Octavia Hill como pionera del Trabajo Social, a partir de su intervención social en la pobreza y la carencia de vivienda y espacios dignos para las personas más vulnerables de Londres a mediados del siglo xix. Además, las articulistas exhiben las concepciones epistemológicas y teóricas acerca del sujeto y la sociedad, el orden social y la relación teoría-práctica que guiaron su quehacer profesional y al Trabajo Social bajo el manto de las epistemologías tradicionales y las feministas.

El artículo "La organización social en el Catatumbo: formas de lucha desde la base", de la autora Marcela García Porras, nace de un proyecto de extensión solidaria materializado por el departamento de Trabajo Social de la Universidad Nacional de Colombia-sede Bogotá, en el que se fomentó la formación política para la construcción de paz territorial desde las comunidades de El Tarra y Convención -municipios de Catatumbo y Norte de Santander- y se impulsó la participación comunitaria a través de los enfoques Acción Sin Daño, Transformación de Conflictos y Educación Popular, como aporte a la construcción de paz con justicia social en el territorio.

La autora destaca tres aspectos fundamentales: primero, cómo el carácter complejo y múltiple de las comunidades debe ser respetado y potenciado en su propio espacio físico, social y cultural; segundo, la importancia de la implementación de los enfoques enunciados para ahondar en el contexto y la elaboración del diagnóstico de conflictos en el territorio; y tercero, la exhortación de la intervención de la trabajadora o el trabajador social en clave de fortalecer el acto reflexivo con las comunidades.

En el último artículo de esta sección, denominado "Prácticas narrativas: entre la estrategia y la poesía social. Un debate académico necesario en contextos de violencias y reconciliaciones", las autoras Bárbara Zapata y Martha Arroyabe nos presentan una reflexión sobre sus experiencias de investigación e intervención. Con este punto de partida, ellas exhiben algunas posibilidades de intervención psicosocial que ofrecen las prácticas narrativas en contextos de violencia sociopolítica, a partir de la metáfora que presenta la tensión entre la estrategia y la poesía social, entendida como una conversación en primer plano con víctimas del conflicto armado. Las autoras destacan la tarea pendiente de generar un marco dialógico en el cual confluyan distintos procesos de acompañamiento psicosocial a las poblaciones afectadas por el conflicto y la apertura de la terapia narrativa hacia al encuentro con los discursos decoloniales, antiopresivos, construccionistas y críticos que la fundamentan conceptualmente.

Finalmente, las y los invitamos a revisar las demás secciones. En esta ocasión, la entrevista a Marcela Sánchez, trabajadora social y directora ejecutiva de Colombia Diversa -organización reconocida por la promoción y el respeto a los derechos de la comunidad LGBT-, permite vislumbrar una historia de vida, impregnada de un compromiso institucional, comunitario y de país.

En la sección documento hallarán la Ley 22 de 1981, "Por medio de la cual se aprueba 'La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial', adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 2106 (XX) del 21 de diciembre de 1965, y abierto a la firma del 7 de marzo de 1966"; un hallazgo de archivo interesante a propósito del tema que nos convoca.

Por último, esta edición expone las reseñas de textos y eventos de Trabajo Social a nivel nacional e internacional, entre los que se destacan el primer Congreso Nacional e Internacional de investigación en Trabajo Social y el primer Encuentro Nacional sobre Trabajo Social de Grupo "El Trabajo Social de Grupo en la contemporaneidad colombiana".

Este número de la revista Trabajo Social es diverso, disímil, diferente; estas palabras acompañan el abanico textual, argumentativo y visual que seleccionamos. Los pliegues, las paradojas y contradicciones de las intervenciones en las diversidades culturales son evidentes y nos dejan preguntas nuevas. El punto de vista para conceptualizar, analizar y actuar en contextos desde las diferencias guió las preguntas por lo institucional e interventivo con diversos sujetos, grupos y comunidades. Ahora bien, al terminar de leer este número dedicado al Enfoque Diferencial estamos seguras que ustedes conocerán un poco más sobre cómo entenderlo, cómo se ha desarrollado en Colombia, cómo se implementa en algunos procesos interventivos y quizás compartirán algunas de las críticas que se hacen al trabajo institucional que en su nombre se desarrolla.

1 Christensen, Clayton Magleby. 2002. "Canadian Society: Social Policy and Ethno—Racial Diversity". Multicultural Social Work Canada: Working with Diverse Ethno-racial Communities, 70-97. Alean Al-Krenawi y John R. Graham (eds.). Canada: Oxford University Press.

2Mosquera Rosero-Labbé, Claudia Patricia, y Ruby Esther León Díaz. 2013. Contradicciones discursivas en los procesos de intervención social diferencial a la diversidad étnico-racial negra en programas sociales en ciudades colombianas. Ciencias Sociales (cs) 12: 23-52. Cali: Universidad Icesi.

3Mosquera Rosero-Labbé, Claudia Patricia. 2011. "Acá trabajamos con los negritos": logros y retos en la implementación del multiculturalismo y de las ciudadanías diferenciadas en Bogotá. Derechos culturales en la ciudad. Rodrigo Uprimmy Yepes y Luz María Sánchez (eds). Bogotá, Alcaldía de Bogotá, Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte; Dejusticia.

4Constant, Fred. 2000. Le multiculturalisme. Paris: Flammarion.

5Martín-Barbero, Jesús. 2007. "Reconfiguraciones de lo público y nuevas ciudadanías". Ciudadanía y Cultura, 11-36. Jorge Enrique González (ed.). Bogotá: Facultad de Ciencias Sociales, Maestría en Sociología y Centro de Estudios Sociales (CES), Universidad Nacional de Colombia; Instituto de Educación y Pedagogía, Doctorado Interinstitucional en Educación, Universidad del Valle; Tercer Mundo Editores.

6Taylor, Charles. 1992. Multiculturalism and the Politics of recognition: An Essay. Princeton: Princeton University Press.

7Zambrano, Carlos Vladimir. 2001. "El racismo y la cuestión de los orígenes de un pueblo". Politeia 27: 151-170. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia.

8Zambrano, Carlos Vladimir. 2004. Apropiación y reconocimiento de los derechos de la diversidad étnica. Antropología jurídica para la globalidad. Bogotá: Unión de Universidades de América Latina.

9Mokrani, Dunia, Alejandra Santillana, Miriam Lang, y Margarita Aguinata. 2011. "Pensar desde el feminismo: críticas y alternativas al desarrollo". Más allá del desarrollo, 55-82. Grupo Permanente de Trabajo sobre Alternativas al Desarrollo. Quito: Fundación Rosa Luxemburg y Abya Yala.

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