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Revista Logos Ciencia & Tecnología

versión impresa ISSN 2145-594Xversión On-line ISSN 2422-4200

Rev. logos cienc. tecnol. vol.14 no.3 Bogotá sep./dic. 2022  Epub 12-Nov-2022

https://doi.org/10.22335/rlct.v14i3.1626 

Artículo teórico

La ética policial en el marco de la ética cívica y la razón cordial

Police ethics in the framework of civic ethics and cordial reason

A ética policial no marco da ética cívica e da razão cordial

Manuel Losada-Sierraa 
http://orcid.org/0000-0002-3681-8475

Jorge Orlando Contreras Sarmientob  * 
http://orcid.org/0000-0002-4791-2272

a Universidad Universidad Militar Nueva Granada, Bogotá, D. C., Colombia

b Universidad Universidad Militar Nueva Granada, Bogotá, D. C., Colombia


RESUMEN

Como garante de la seguridad de los ciudadanos y de la convivencia y estabilidad de la sociedad, la institución policial requiere desarrollar una sólida formación ética en sus miembros que les permita cumplir con su misión y fortalecer las relaciones con la comunidad. El presente trabajo tiene como objetivo mostrar que el trabajo del policía debe tener una doble perspectiva: la ética cívica que organiza la vida social de los ciudadanos en las sociedades democráticas y la ética de la razón cordial que lleva al policía a entregar su vida al servicio particularmente de los más vulnerables. Usando como método un trabajo teórico de análisis-síntesis, el artículo demuestra que esta doble perspectiva permite que la labor del policía pueda desarrollarse en contextos democráticos, pero también en aquellos contextos necesitados de fortalecer mecanismos de respeto por quienes han sido víctimas. El artículo concluye que la ética cívica y la ética cordial son un complemento que puede hacer del policía un ciudadano con una autoridad entendida como servicio y como respuesta a la sociedad democrática en el que los ciudadanos son iguales ante la ley, pero además en la cual se tiene especial cuidado de quienes son más vulnerables.

Palabras clave: ética de policía; ética cívica; razón cordial; democracia

ABSTRACT

As a guarantor of the security of citizens and of the coexistence and stability of society, the police institution needs to develop a solid ethical training in its members that allows them to fulfil their mission and strengthen relations with the community. The present work aims to show that the work of the police officer must have a double perspective: the civic ethics that organizes the social life of citizens in democratic societies and the ethics of cordial reason that leads the police officer to give his life to the service. Particularly the most vulnerable. Using a theoretical work of analysis-synthesis as a method, the article shows that this double perspective allows the work of the police to be carried out in democratic contexts, but also in contexts that need to strengthen mechanisms of respect for those who have been victims. The article concludes that civic ethics and cordial ethics are a complement that can make the police officer a citizen with an authority understood as a service and as a response to a democratic society in which citizens are equal before the law, but also in which special care is taken of those who are most vulnerable.

Keywords: police ethics; civic ethics; cordial reason; democracy

RESUMO

Como garante da segurança dos cidadãos e da convivência e estabilidade da sociedade, a instituição policial precisa desenvolver uma sólida formação ética em seus integrantes que lhes permita cumprir sua missão e fortalecer as relações com a comunidade. O presente trabalho visa mostrar que o trabalho do policial deve ter uma dupla perspectiva: a ética cívica que organiza a vida social dos cidadãos nas sociedades democráticas e a ética da razão cordial que leva o policial a dar sua vida ao serviço, especialmente os mais vulneráveis. Utilizando como método um trabalho teórico de análise-síntese, o artigo mostra que essa dupla perspectiva permite que o trabalho da polícia seja realizado em contextos democráticos, mas também em contextos que precisam fortalecer mecanismos de respeito a quem foi vítima. O artigo conclui que a ética cívica e a ética cordial são um complemento que pode fazer do policial um cidadão com uma autoridade entendida como serviço e como resposta a uma sociedade democrática em que os cidadãos são iguais perante a lei, mas também em que um cuidado especial é tomado daqueles que são mais vulneráveis.

Palavras chave: ética policial; ética cívica; razão cordial; democracia

Introducción

La institución policial actúa como garante de la seguridad de los ciudadanos y al servicio de la convivencia y la estabilidad de la sociedad. La Constitución Política de Colombia, p. ej., establece como fin de la fuerza policial "el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz" (art. 218). Esto significa que los policías deben contar con unas condiciones éticas que posibiliten garantizar el ejercicio de estos derechos, de las libertades y del respeto que los ciudadanos deben brindarse entre sí.

De igual forma, la Política de Educación de la Fuerza Pública [PEFuP] del Ministerio de Defensa Nacional de Colombia (2021), establece como una de sus líneas estratégicas el "liderazgo y desarrollo integral de militares y policías" (p. 11). Por esto se hace necesario "desarrollar acciones (...) que permitan afianzar la confianza ciudadana hacia la Fuerza Pública y mejoren sus niveles de favorabilidad y legitimidad" (p. 23). En el fondo de esta preocupación está la necesidad de desarrollar una sólida formación ética en los miembros de la policía que fortalezca la confianza de los ciudadanos en la institución policial.

Ante la pregunta sobre qué tipo de ética puede guiar el trabajo policial, la presente investigación quiere mostrar la ética policial en línea con la ética cívica y particularmente con la ética de la razón cordial (Mèlich 2021; Cortina, 2007). La ética policial gana en comprensión cuando se enmarca en una ética cívica que comprenda al policía como miembro de una sociedad democrática en la que tiene unas responsabilidades como ciudadano, pero igualmente como una autoridad cuya responsabilidad es permitir que los demás ciudadanos puedan desarrollar sus planes de vida de forma libre y responsable.

Además, este trabajo busca mostrar cómo esta ética cívica debe tener como complemento una ética basada en la razón cordial. Esta última, parte de la consideración de que los seres humanos sentimos natural simpatía hacia quienes están padeciendo situaciones injustas y, por tanto, nos sentimos inclinados a ayudarlos. Gracias a esta capacidad de compasión, los ciudadanos también pueden indignarse frente a la injusticia que sufren los más vulnerables de la sociedad (Corrales Trillo, 2020), y desplegar las iniciativas para trabajar por lo justo. De esta forma, la razón cordial no es solamente un sentimiento pasajero de compasión, sino una compasión que se procesa por la razón y crea una estructura moral de trabajo por quienes necesitan que se les haga justicia.

Este trabajo apuesta entonces por una comprensión de la ética policial desde esta doble perspectiva: una ética cívica propia de las sociedades pluralistas y democráticas, y una ética cordial como complemento en la que los policías actúan además en respuesta al dolor y sufrimiento de sus semejantes desde una razón que reconoce al otro como un ciudadano cuya dignidad puede estar siendo pisoteada por situaciones injustas. Es decir, una ética policial en la que el "policía cordial", como afirma Ospina (2022), "nos respete, nos proteja y nos ayude a vivir" (párr. 5).

Este trabajo quiere contribuir a la fundamentación teórica de una ética policial en consonancia con los requerimientos de las sociedades democráticas y pluralistas y, además, descubrir la riqueza de la razón cordial para el trabajo policial. Esta será una reflexión teórica desde la filosofía de la educación, por lo que no buscaremos presentar propuestas curriculares o de contenidos programáticos en relación con la enseñanza de la ética.

Revisión de literatura sobre la ética policial

Sobre la ética policial hay un amplio trabajo de investigación y de reflexión, tanto a nivel internacional como en el contexto colombiano, que vale la pena revisar para ubicar lo que este trabajo presentará como ética policial desde la ética cívica y la razón cordial. La presentación se hará desde tres perspectivas: la enseñanza de la ética en las academias y escuelas de policía; luego, la reflexión ética sobre la legitimidad de la policía; y, finalmente, la presentación de la ética policial desde la ética del cuidado.

En relación con la educación policial, O'Shea y Bartkowiak-Théron (2019) recuerdan los retos que representa la educación en las escuelas de policía. Se requiere un ambiente y educadores que sean capaces de desarrollar el espíritu crítico en los policías que les permita, entre otras cosas, evaluar las condiciones en las que desarrollan su trabajo y tomar las mejores decisiones. Por esta razón, se requiere impartir un plan de estudios en un entorno contextualizado y socialmente relevante que permita a los policías mantener un contacto con la realidad y, por tanto, con los desafíos éticos que encuentran en las comunidades a las que sirven como policías (Bradley, 2009; Rowe, 2009; Rydberg y Tezrrill, 2010).

La toma de decisiones tiene, por tanto, un componente ético en la labor policial, porque ellas afectan a otras personas y se toman sobre la base de valores o principios particulares, p. ej., que los infractores deben ser tratados con justicia, que los derechos de las víctimas necesitan ser protegidas, que los policías deben ser valientes (Crehan, 2019). Crehan, en efecto, reflexiona sobre las razones para enseñar ética a los policías y descubre que la labor policial enfrenta situaciones que son lo suficientemente atípicas como para exigir respuestas para las cuales los asuntos ordinarios de la vida no brindan una preparación adecuada. No se puede presumir que aquellos que ingresan al trabajo policial estarán preparados para sus desafíos morales (Kleinig, 1990).

Crehan menciona la autoridad que tiene el policía para actuar de formas que interfieren con los derechos más básicos de las personas (Head, 2002; Aspland, 2011). P. ej., tiene la autoridad para interrumpir las labores cotidianas que las personas desarrollan (al detenerlas e interrogarlas); para privar a las personas de su libertad y, en ocasiones, de su vida (p. ej., el arresto y uso de la fuerza y de las armas de fuego) y para traspasar la privacidad de las personas (p. ej., con registros corporales). Para Crehan (2019), entonces, la enseñanza de la ética policial debe enmarcarse en la comprensión de los estudiantes sobre las formas en que las obligaciones y los deberes de la policía difieren de los de la vida cotidiana. Además, debe mejorar las habilidades de toma de decisiones éticas de los estudiantes y su capacidad para explicar las decisiones así tomadas.

En relación con los desafíos que enfrentan los policías en su trabajo práctico, Salazar Fernández et al. (2020) buscan investigar la efectividad de la formación ética de los estudiantes y, de modo particular, los graduados de la Escuela de Policía Simón Bolívar en Colombia. El estudio se llevó a cabo con la aplicación de la escala de valores y antivalores Valanti y mostró cómo, si bien los estudiantes "recibieron las bases necesarias desde la formación policial, los egresados evidencian que una vez emprenden la vida profesional, su desempeño se ve afectado por múltiples variables que los alejan del ideal ético para la Institución" (Salazar Fernández et al., 2020, p. 13). En este sentido, esta investigación está muy cercana a Crehan (2019) sobre las particularidades del trabajo policial y la necesidad de una formación muy próxima a lo que los policías encontrarán en su vida práctica.

El segundo aspecto de los trabajos sobre la ética policial tiene que ver con la legitimidad de la policía. Esta permite que la policía alcance "el posicionamiento, respeto, credibilidad y apoyo de la comunidad (Aparicio Barrera, 2019a, p. 64) y permite "crear socios comunitarios para trabajar con la policía en asuntos como el delito y el desorden" (Greene, 2006, p. 349). En este sentido, Lalinde Ordóñez (2020) sugiere que la legitimidad policial se logra cuando en un primer encuentro con el ciudadano, el policía respeta sus derechos. El respeto de estos derechos es la característica principal de una democracia real y se patentiza cuando los servicios policiales se distribuyen equitativamente entre grupos e individuos. Cuando la policía hace cumplir la ley y cuando el patrón de aplicación es justo y no está dirigido injustificadamente a individuos o grupos particulares (Jones, 2011). Lalinde Ordoñez (2020) comparte con Crehan (2019) su perspectiva sobre la atipicidad de la labor policial y su rol como parte de la democracia, en donde el Estado debe tener el control y ejercicio de la violencia; sin embargo, para el primero de los autores, el respeto que el policía demuestra en el primer contacto con el ciudadano es definitivo para consolidar la confianza de la población en la policía.

Foust (2018) muestra preocupación por la forma como la policía, particularmente en los EE. UU. se relaciona con uno de los grupos raciales que, de acuerdo con Lalinde Ordoñez (2020), pueden verse afectados por la intervención policial. En el caso de los EE. UU., es la relación entre la policía y la población negra, particularmente, los jóvenes negros. Foust (2018) considera que uno de los remedios para la falta de legitimidad de la policía, en medio de grupos socialmente en desventaja, es la lealtad. Esta virtud permite que cada uno de los grupos, tanto policías como grupos minoritarios o en desventaja social, entiendan los proyectos de vida a los cuales cada uno de ellos permanecen leales. De acuerdo con Foust (2018), esta comprensión permitiría mejorar las relaciones sociales y la legitimidad policial en medio de estos grupos de ciudadanos.

El tercer aspecto se relaciona con el interés que algunos investigadores han mostrado en relacionar la actividad policial con la ética del cuidado. Rabe-Hemp (2008) hace un estudio sobre la importancia del género de los oficiales en la predicción de los comportamientos utilizados por la policía en las interacciones ciudadanas cotidianas. En dicha investigación, Rabe-Hemp (2008) indicó que las mujeres se involucraron en comportamientos de control de nivel inferior como dar consejos e instrucciones, propios de una ética del cuidado, al tratar con los ciudadanos. En este sentido, las mujeres policías se involucraron en más conductas de policía comunitaria que los hombres policías, y pasaban más tiempo por turno comunicándose con organizaciones de tipo comunitario.

Por su parte, Aponte-López (2021) propone en su trabajo una estrategia de formación policial en la que se involucrara la ética del cuidado. El autor considera que su propuesta sobre ética del cuidado "aporta a la apropiación de valores como la confianza, la corresponsabilidad, el cuidado del entorno social y la ecología, convirtiéndose en respuestas a los retos que la cultura constantemente plantea" (p. 14).

El presente trabajo parte de la constatación que hace Aparicio Barrera (2019b) sobre la presencia de una ética religiosa de tipo católico en la Policía Nacional de Colombia, que se consolidó particularmente en los años 60 y 70, pero que se mantiene en el ethos policial contemporáneo. Para nuestro autor, "el policía nacional es un virtuoso católico, lo cual no coincidía necesariamente con un buen ciudadano" (p. 103). El tipo de ética que propone este trabajo es una que recurre a la condición ciudadana del policía que actúa en un contexto democrático y que, por tanto, necesita desarrollar unas condiciones morales que superen el monismo moral religioso y acepte el pluralismo real de la vida democrática.

La ética policial desde la ética cívica

La labor policial está en función de la convivencia ciudadana. Esto significa que su trabajo busca que los ciudadanos puedan desarrollar sus planes de vida individuales respetando las opciones de vida de los demás, y, más aún, colaborando para armonizar los planes de vida de todos en pro de una mejor convivencia y de la felicidad de todos (Savater, 1998). Por eso, partimos de que la ética del trabajo policial tiene su fundamento en la ética del ciudadano.

Desde la modernidad, se ha entendido que la ética tiene que ver con el carácter o comportamiento de los humanos en las sociedades pluralistas. En efecto, las graves consecuencias de las guerras religiosas de los siglos XVI y XVII llevaron a considerar la necesidad de la convivencia entre personas con distintas formas de vida cultural, religiosa o política. Pero ha sido especialmente exigente con el desarrollo de las comunidades democráticas contemporáneas, que se caracterizan por ser liberales y pluralistas. En otras palabras, sociedades en las que conviven personas con distintas maneras de ver la vida, con diferentes explicaciones sobre lo bueno y con varias maneras de concebir su relación personal con la divinidad.

En las sociedades autoritarias o totalitarias, el individuo es un súbdito; en las democráticas, es un ciudadano que tiene, por un lado, la libertad para expresar sus deseos e intereses, pero también la responsabilidad de participar públicamente y de desplegar acciones solidarias y cooperativas con sus semejantes. En el pensamiento de Morin, la democracia funciona en relación con las libertades individuales y la responsabilidad, mientras que los regímenes totalitarios lo hacen en torno a la colonización del individuo (Morin, 2021).

Los ciudadanos, por tanto, conviven en sociedades complejas, en donde coexisten formas diversas de vida religiosa, política, cultural y étnica. Esta multiplicidad de formas de vida y de proyectos, hace que la convivencia no sea fácil y que se requieran unos consensos que nos permitan construir sociedades respetuosas de las diferencias y, por tanto, de la dignidad humana. Esta es la cuestión fundamental de la ética contemporánea. Es de hecho una ética cívica, que es la ética de las personas en cuanto se consideran ciudadanas. Como afirma Londoño Cárdenas (2019), el ser humano es "un ser social que se desarrolla y busca su perfección en sus relaciones con los demás" (p. 253).

La palabra ciudadano se refiere a la condición de quien vive en la ciudad, en el sentido de vivir en sociedad. Es decir, quien comparte relaciones con otros en una sociedad en las que se entrecruzan constantemente voluntades e intereses de diverso orden, que los obligan a buscar la mejor manera de solucionar sus conflictos y crear proyectos comunes que los beneficien a todos. Aquí es donde el ciudadano se entiende como parte de una comunidad a la que tiene que aportar y de la que debe sentirse responsable. El reto es la colaboración y la solidaridad más allá de las diferencias que se puedan tener con los otros miembros del conglomerado humano.

De este modo, la ética del ciudadano tiene que ver con unos valores que le permiten afrontar con éxito la convivencia, lo que significa mostrar respeto por los demás, consideración con los más necesitados, solidaridad con los proyectos comunes y con lo público. La laboral policial busca que este propósito se pueda desarrollar, es decir, que los ciudadanos encuentren las condiciones para que la violencia no frustre los propósitos de desarrollar los proyectos individuales de vida en armonía con los de los otros ciudadanos y, de este modo, crear un mundo más humano.

Para Londoño Cárdenas (2019), uno de los principios que fundamenta la ética de la labor policial es precisamente su "entrega por el bien de los demás" (p. 184). Ahora bien, estas relaciones deben estar cimentadas en el "entendimiento con el prójimo, comprensión de los errores propios y ajenos, respeto a la dignidad del hombre, tolerancia con los necesitados" (p. 190). Desde esta perspectiva, el trabajo del policía se ve como un servicio a la sociedad democrática en la que se espera unos ciudadanos activos que respeten a sus semejantes y colaboren con ellos por encima de las diferencias políticas, religiosas o culturales que puedan tener.

En este sentido, Cortina (1995) recuerda que:

la construcción de un mundo ético no tiene por protagonistas héroes legendarios, ni tampoco exclusivamente políticos, famosos de los medios de comunicación, personajes célebres del mundo de la imagen, sino son creadoras cuantas personas -varones y mujeres- se empeñen en la empresa, en el quehacer compartido, de construir en serio un mundo más humano. Un mundo al que no puedan resultarle ajenos, sino muy suyos, ni los requerimientos del sufrimiento, ni las exigencias de la justicia, ni la aspiración de la felicidad (pp. 10-11).

El propósito ético del policía de contribuir a la construcción de un mundo más humano no puede desconocer esta diversidad existente en el interior de nuestra sociedad. Por el contrario, debe partir del reconocimiento de esas diferencias para la convivencia pacífica. La democracia debe ser el escenario de la disputa de ideas y opiniones. Aquí se requiere la diversidad y el antagonismo. Por esta razón, la ética del policía en una democracia pluralista está enmarcada en valores como libertad, igualdad, solidaridad, tolerancia y respeto. Es desde una perspectiva en la que estos valores tengan cabida, desde donde se pueden tolerar las diferencias y promover caminos de cooperación entre los ciudadanos, que permita articular comunidades que progresen en humanidad y civilidad.

Ahora bien, el pluralismo no significa relativismo o subjetivismo en términos éticos. El relativismo partiría del hecho de que cualquier cosa es igual, y de que sería respetable cualquier postura que se asumiera porque el comportamiento ético partiría de preferencias individuales. De este modo, cada individuo o grupo de individuos considerarán que algo es bueno o malo, correcto o incorrecto dependiendo de sus propias preferencias sin que exista objetivamente un instrumento que nos permitiera valorarlas.

En ética, por el contrario, no todo da igual. Y el pluralismo no significa que es válida cualquier valoración. El relativismo termina siendo insostenible en la vida práctica, porque nadie puede pretender que no existan algunas opciones que sean preferibles a otras y, por tanto, mejores. El relativismo no deja de ser una posición meramente intelectual y poco realista. Nadie en sano juicio pretendería que el asesinato, la tortura o el racismo, p. ej., son hoy en día justificables y defendibles racional y públicamente. Y si alguien quisiera hacerlo, tendría que aceptar, por lo menos, que no lo aceptaría para sí o para sus seres queridos.

Cortina reconoce que en las sociedades democráticas se ha extendido la idea de que las convicciones éticas son subjetivas, y que el pluralismo consiste simplemente en tolerar las opciones ajenas sin llegar a ningún acuerdo (Cortina, 1995). Esta es una visión deformada del pluralismo, ya que no valdría la pena discutir sobre algo, si ya se sabe de antemano que no es posible llegar a acuerdos que permitan resolver o prevenir los conflictos.

Lo que queda entonces es reconocer que nunca se lograrán acuerdos en todos los ámbitos de la vida social, pero los ciudadanos sí pueden ponerse de acuerdo en algunos principios básicos que permitan regular la vida social. Cortina (2020) llama a estos principios básicos ética de mínimos, porque busca que los seres humanos los reconozcan en el ámbito público, lugar en el que se toman decisiones que nos afectan a todos. El pluralismo supone construir acuerdos sobre la base de que somos singulares y creemos cosas distintas. Supone descubrir unos principios éticos básicos compartidos, independientemente de nuestra filiación religiosa, política o étnica.

Rawls considera que toda persona tiene, por un lado, un sentido de justicia, que le permite cooperar socialmente con los demás; y, a la vez, posee la capacidad de tener una concepción de la vida buena. Conforme a Rawls para que una sociedad pluralista sea estable, y se puedan resolver los conflictos pacíficamente, se requiere que tanto las personas como las instituciones antepongan sus intereses privados y sus deseos de cumplir sus planes de vida a los principios de justicia (Rawls, 2012). ¿Cuáles son, entonces, estos principios básicos de la ética cívica que el policía debe defender como parte de su compromiso profesional?

Los valores comunes de los ciudadanos en una democracia

A pesar de todas las diferencias entre los individuos y los grupos sociales, los ciudadanos tienen una base ética común que consideran patrimonio del mundo civilizado y a la cual no están dispuestos a renunciar, y que se convierte en el horizonte ético del policía como servidor de la paz y seguridad en una sociedad democrática.

El primero de estos valores es el reconocimiento de la dignidad humana, la cual es la consideración básica de una sociedad democrática contemporánea. La que le permite reconocer que los ciudadanos son iguales ante la ley, y que todos merecen el reconocimiento de sus derechos y obligaciones. Está basada en el imperativo kantiano, por el cual todo ser humano es un fin en sí mismo y nunca un medio para conseguir otros propósitos (Kant, 2018). Lo cual significa que, debido al valor de la humanidad presente en uno mismo y en los demás, nadie puede ser instrumentalizado en nombre de ninguna causa.

Savater (1998) afirma, en este sentido, que "los seres humanos son lo que fundamentalmente tienen que ser respecto de los demás; es decir, humanos, semejantes, compartimos ese punto fundamental y la dignidad de la persona se basa en eso" (p. 37). Por esta razón, no pueden establecerse discriminaciones de ningún tipo basados en posibles condiciones jerárquicas a partir de raza, sexo, religión o cultura.

En el policía, este reconocimiento de la igual dignidad humana se transforma en un servicio incondicional a los ciudadanos, incluso por encima de los intereses personales. Por esta razón, Londoño Cárdenas (2019) llega a afirmar que "su misión o fin es más sacerdotal y de entrega al prójimo para su real convivencia, que dé desarrollo de una vida apacible y sin obstáculos (sic)" (p. 233). La labor del policía hace posible que los ciudadanos puedan desarrollarse con autonomía, es decir, que puedan hacer realidad sus planes de vida de forma libre y sin constreñimientos.

Esta garantía debe ser para todos los ciudadanos sin distingos de ningún tipo. Que la policía garantice la libertad a todos, favorece que la sociedad sea una verdadera democracia en donde todos los ciudadanos sean iguales ante la ley. El mayor orgullo del policía será la contribución efectiva para lograr un mundo más humano y justo.

Es importante también resaltar que la posición de autoridad que detenta el policía será siempre para beneficio de los demás y nunca para provecho personal. Esta convicción permitirá mantener relaciones de respeto y no de dominio, y, por tanto, su propósito será el de ver a la sociedad viviendo en paz y armonía.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU, 1979) recalca que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, incluido el policía, "respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas" (párr. 7). El respeto de la dignidad humana es un principio que se repite constantemente en este documento de la ONU, p. ej., cuando se refiere al uso de la fuerza (párr. 10) o cuando menciona que no se puede infligir, instigar o tolerar actos de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (párr. 16).

En otro documento, la ONU (1990) repite algunas de las exigencias mencionadas en el documento de 1979, pero recuerda que siempre será mejor el uso de "medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y de armas de fuego" (párr. 13). El uso de las armas de fuego se justifica "cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida" (párr. 22). La ONU menciona también el caso del manejo de las protestas y enfatiza el compromiso de la Policía en limitar el uso de la fuerza en el control de estas.

Este mismo principio lo recuerda la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, 2021) cuando, en las observaciones y recomendaciones de la visita de trabajo del año 2021, menciona la urgencia de impedir el uso de fuerza letal como "recurso de control del orden público en casos de protestas" (p. 13). Estas exigencias están basadas en el principio de que la dignidad humana debe ser preservada siempre, en todas circunstancias y para todos los seres humanos.

El segundo valor de los ciudadanos en una democracia es la igualdad, la cual tiene como base la dignidad humana. Es decir, los seres humanos son iguales porque poseen la misma condición de pertenencia a la especie humana. Como humanos no son ni superiores ni inferiores a los demás seres humanos, son todos iguales en el valor de la dignidad. De esta consideración básica se desprenden como consecuencia la exigencia de otras expresiones de igualdad. P. ej., la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, de modo que no hay ciudadanos de primera, de segunda o hasta de tercera categoría frente a la obligación del cumplimiento de la ley. De la igual dignidad humana se desprende también la exigencia de igualdad de oportunidades para los ciudadanos, y la igualdad de acceso a los beneficios sociales por parte del Estado.

En relación con la Policía, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC, 2011), hace explícita referencia a la necesidad de crear estrategias de integración y participación equitativa de la Policía con las comunidades, particularmente con los grupos minoritarios y vulnerables (jóvenes, niños, ancianos), y los grupos económicamente desfavorecidos. Estas estrategias hacen referencia también a las veedurías que las comunidades deben realizar a la labor policial, con el fin de aumentar los niveles de confianza de la población. En este sentido:

es una estrategia para hacer de las preocupaciones y experiencias de mujeres y hombres parte integral del diseño, implementación, seguimiento y evaluación de políticas y programas en todos los ámbitos para que mujeres y hombres se beneficien por igual y no se perpetúe la desigualdad (UNODC, 2011, p. 15).

Para la UNOD, al responder al público, la Policía puede mejorar la confianza pública, que comúnmente se considera una condición previa para una actuación policial eficaz dentro de un marco democrático.

La CIDH (2021) considera que la igualdad de los seres humanos debe llevar a que los funcionarios públicos garanticen el respeto de los derechos humanos sin discriminación. Para esta comisión de la OEA, es particularmente urgente el respeto a los derechos de poblaciones vulnerables como mujeres afrodescendientes e indígenas.

Los últimos valores son la tolerancia y la solidaridad. La tolerancia surgió como valor moderno ante la experiencia de las guerras religiosas, en las que se sintió la necesidad de permitir como un mal menor la existencia de otras formas religiosas. En este sentido, no existía realmente el reconocimiento de quienes no profesaban la misma religión como sujetos auténticos de derechos y solidaridad. Simplemente se optaba por soportarlos ante la imposibilidad de que el error desapareciera y como mecanismo para conservar la paz. Ante el pluralismo reinante, este concepto se ha extendido y en las sociedades democráticas se concibe como el respeto a las ideas antagónicas. La riqueza de visiones que coexisten en una sociedad democrática exige que los ciudadanos se respeten en las formas particulares de ver la vida y que, más bien, se enriquezcan con ellas.

La solidaridad es un concepto más activo y exige el movimiento del ciudadano hacia las necesidades de sus semejantes. Es la no indiferencia frente a las necesidades del prójimo y al mal que sufren muchos miembros de la comunidad. Es mostrar un interés activo por la vida de los demás. Es la garantía de que los menos favorecidos puedan alcanzar una vida digna y el respeto a sus derechos fundamentales.

Este principio de la solidaridad hace necesario que la ética cívica se vea complementada en la ética policial, por la razón cordial que pone al policía en el camino de un compromiso mayor a partir de la capacidad que tiene de ver la dignidad humana, la igualdad y la tolerancia como principios que deben ser defendidos, particularmente en aquellos que están en situaciones de desventaja en la sociedad democrática. Por esto, para la ONU (1979), los policías cumplirán "en todo momento el deber que les impone la ley, sirviendo a la comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilícitos, en consonancia con el alto grado de responsabilidad que exige su profesión" (párr. 2).

La ética policial desde la razón cordial

Se ha comentado las implicaciones que, para la ética policial, tiene la consideración de una ética cívica en un contexto de democracia pluralista. Sin embargo, esta perspectiva quedaría insuficiente si no hay un acercamiento a la razón cordial que pone en contacto directo con el reconocimiento de lo típicamente humano, es decir, la capacidad de sintonizar con el dolor y el sufrimiento de los otros (Mèlich, 2021; Losada-Sierra, 2020; Losada-Sierra y Mandalios 2015; Cortina, 2007). Esta es una perspectiva que desde la ética puede ayudar al policía en el cumplimiento de su compromiso con la seguridad y el desarrollo de la vida de los ciudadanos.

La razón cordial tiene que ver con la capacidad de sintonizar con las necesidades de los demás. El policía debe tener afinidad con los sufrimientos, las expectativas y las necesidades de los ciudadanos a los cuales sirve. Por este motivo, es primordial que en el perfil ético del policía se tenga en cuenta la razón compasiva que lo lleva a servir a sus semejantes, especialmente aquellos que más lo necesitan. Las emociones ayudan a centrar la atención en lo que se considera más importante y esto es particularmente relevante en el caso de los policías cuya misión es la de servir a los ciudadanos, de tal manera que cada uno de ellos pueda sentir la tranquilidad de vivir en una sociedad que no siempre le brinda las condiciones de seguridad y, por tanto, las condiciones para desarrollar su proyecto individual de vida.

En este sentido, la ONU (1979) afirma que, en el servicio prestado a la comunidad por parte de la Policía, "se procura incluir especialmente la prestación de servicios de asistencia a los miembros de la comunidad que, por razones personales, económicas, sociales o emergencias de otra índole, necesitan ayuda inmediata" (párr. 5). Esto significa que en el servicio policial se deben tener en cuenta de manera particular las necesidades de grupos vulnerables y las preocupaciones de grupos minoritarios. No de otra manera se entiende la afirmación del código de ética del policía colombiano, cuando afirma que "tengo la obligación fundamental de servir a la sociedad, proteger vidas y bienes; defender al inocente del engaño, a los débiles de la opresión y la intimidación" (Policía Nacional de Colombia [PONAL], s. f. párr. 1).

La CIDH (2021) manifiesta la necesidad de que las políticas de seguridad ciudadana tengan en cuenta la prevención del "uso de criterios discriminatorios en acciones policiales, con el fin de erradicar el perfilamiento racial y el uso excesivo de la fuerza en consonancia con los principios de igualdad y no discriminación" (p. 18). Esta exigencia tiene especial relevancia cuando los afectados son personas en situación de pobreza, a quienes las autoridades deben reconocer como interlocutores válidos para escuchar sus necesidades y respetar sus intenciones de construir una vida digna.

El reconocimiento del otro como interlocutor válido lleva a descubrir que existe una sintonía entre los seres humanos, quien reconoce al otro como un interlocutor válido acepta las pretensiones que este tiene en términos de búsqueda de desarrollar sus planes individuales de vida. Además, permite sintonizar de manera particular con aquellos que han resultado afectados en la vida social. En este sentido, la UNOD (2011) recuerda la obligación de que todas las voces de la sociedad civil sean escuchadas, de modo que tengan la oportunidad de expresar sus preocupaciones y de participar en los procesos de veedurías a la labor policial por parte de los distintos grupos de la sociedad civil.

Como afirma Cortina (2007), "el reconocimien -to recíproco y cordial es el vínculo, la ligatio que genera una obligatio con las demás personas y consigo mismo, un reconocimiento que no es sólo lógico, sino también compasivo. Con los seres no humanos, cuando son valiosos y vulnerables y pueden ser protegidos, no hay reconocimiento recíproco, claro está, pero sí un aprecio de lo valioso que genera una obligación de responsabilidad" (p. 51).

Este reconocimiento que proviene de la razón compasiva va mucho más allá de lo que Habermas (2008) proponía como elemento de cohesión en las sociedades contemporáneas. Para el filósofo alemán, era necesario un diálogo entre los miembros de la sociedad, con el fin de encontrar los elementos esenciales para lograr la paz y la cohesión en las sociedades pluralistas. Sin embargo, este diálogo debería realizarse desde una perspectiva racional, en el cual eran importantes los argumentos que cada uno de los miembros de la comunidad pudiera presentar para alcanzar el consenso. Esta perspectiva deja de lado aquellos que en la vida social pueden encontrarse en situaciones de desventaja, particularmente los débiles y las víctimas que probablemente no pueden argumentar o no pueden estar presentes en los procesos dialogantes (Losada-Sierra y Mandalios, 2015).

Metz argumenta que esta comunicación es insuficiente para alcanzar la solidaridad y la justicia, necesarias en las sociedades contemporáneas. Cuando tenemos que vérnoslas con las víctimas que han sufrido una violencia injusta, el consenso o la comunicación horizontal valen poco, lo que importa es la respuesta a su sufrimiento y a la injusticia (Metz, 2005). La razón de las víctimas es un lamento, una denuncia y una demanda de justicia, y su fuerza viene de la experiencia de la injusticia y no de la comunicación o del poder persuasivo de la razón. Como lo manifiesta Losada-Sierra (2020), inspirado en Butler, "Estamos obligados incluso con los extraños a quienes no conocemos ni nunca escogimos" (p. 171).

Por esta razón, cuando se piensa en la labor policial, se hace necesario descubrir allí la dedicación que el policía hace a aquellos que pueden resultar menos favorecidos en la sociedad. Es lo que el teólogo Metz llama la autoridad de las víctimas. La autoridad de aquellos que sufren es tan fuerte, que las bases de la misma moralidad se pierden cuando la obediencia al discurso y a la comunicación tiene la primacía sobre el dolor y el sufrimiento y, por tanto, "esta autoridad no puede estar demarcada por hermenéuticas o asegurada por la discusión" (Metz, 1999, p. 232). Esta autoridad es la fuente de sentido de la ética y, por consiguiente, del comportamiento individual e institucional. En este sentido, el policía como garante de la seguridad y la paz ciudadana actúa en respuesta a una esencial vocación de servicio, particularmente a quienes más se encuentran en situación de vulnerabilidad y desventaja en la sociedad.

La sensibilidad como capacidad para sentir con el otro no desaparece del policía; antes, por el contrario, debe ser un distintivo de su actuación. No podría de otra manera servir si no siente con el otro, si no desarrolla su capacidad de estremecerse ante el dolor ajeno y de sentir la necesidad de aminorar el dolor que sufren los más vulnerables. Se cree a veces que, por vestir un uniforme, portar un arma y tener autoridad, la condición humana se ve afectada en lo que es más definitorio de esta condición, es decir, su capacidad de sentir el dolor ajeno, de sentir con otros. Por el contrario, solamente se puede actuar con justicia cuando la sensibilidad está presente. Esta sensibilidad parte de la condición vulnerable en la que nos encontramos todos los seres humanos. La vulnerabilidad es parte de lo que identifica al ser humano. El profesor Ortega Ruiz (2016) llama la atención sobre esta condición de vulnerabilidad como fundamento de la ética, es decir, en "la necesidad inapelable de responder del otro en su situación concreta de vulnerabilidad y necesidad... Para la ética de la compasión no es la invocación a principios éticos universales la que nos mueve a respetar y defender la vida del otro" (p. 244).

La ética policial vista desde la razón cordial tiene en cuenta la situación concreta de los hombres y mujeres que sufren y requieren apoyo y solidaridad. Surge "de la imposibilidad de cerrar los ojos ante las situaciones injustas que afectan a seres humanos concretos; surge del sentimiento de compasión ante el sufrimiento indebido de tantos inocentes" (Ortega Ruiz, 2016, p. 245). Las víctimas son los seres inocentes que han sufrido una violencia injusta y que claman por sus derechos (Reyes Mate, 2009).

Cortina (2019) recuerda la última visita que Jürgen Habermas realizó a Herbert Marcuse cuando este se encontraba en el hospital poco antes de morir: "¿Ves?, dijo a Habermas, ahora sé en qué se fundan nuestros juicios de valor más elementales: en la compasión, en nuestro sentimiento por el dolor de los otros" (párr. 13).

Conclusión

Se buscó mostrar la ética policial desde la ética ciudadana y la razón cordial. La actividad policial se enmarca en los valores de la ética ciudadana, considerados como aquellos que caracterizan a los ciudadanos que participan activamente en la consolidación del respeto por las diferencias y la contribución efectiva al bien común. El policía entonces está puesto como garante de estos valores y su actividad tendrá como principio el respeto por las diferencias y la promoción de la vida social.

Se ha mostrado también que la ética cívica debe complementarse en el policía con la ética de la razón cordial. Esta perspectiva ética tiene en cuenta el uso de la razón desde la contemplación, apoyo y servicio a los más necesitados y, particularmente, a quienes han sido víctimas de odio, violencia o discriminación. No se puede pensar un policía que no se conmueva ante el dolor ajeno o que no busque aminorar o responder a este dolor.

La ética cívica y la ética cordial son un complemento que puede hacer del policía un ciudadano con una autoridad entendida como servicio y como respuesta a la sociedad democrática en el que los ciudadanos son iguales ante la ley, pero también en la cual se tiene especial cuidado de quienes son más vulnerables.

Este trabajo también responde a las preocupaciones manifestadas por la ONU en los documentos de 1979 y 1990, en los que pide a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley unos estándares de respeto a la dignidad humana, de modo particular cuando hacen uso de la fuerza o se enfrentan al reto de controlar el delito en el marco del respeto a los derechos humanos. En el fondo de estas preocupaciones está el interés por reconocer la importancia del trabajo social que cumplen estos funcionarios, la cual puede verse menguada cuando no se tienen en cuenta las condiciones de acogida a los más vulnerables de la sociedad.

De igual forma, se buscó responder a las recomendaciones de la CIDH, de modo especial en su referencia a las fuerzas policiales de Colombia. Esta oficina mostró su preocupación por la actuación de la Policía de modo particular en el tratamiento de las protestas y de las marchas ciudadanas. Este trabajo es un insumo importante como respuesta a las recomendaciones de la CIDH en relación con el diálogo que la policía debe establecer con todos los sectores de la sociedad, particularmente con los que tradicionalmente han sido marginados en el país. Este diálogo es el principio y la señal de un fortalecimiento del respeto a los derechos humanos de todos los ciudadanos.

Finalmente, es necesario recalcar que este trabajo ha sido teórico y, por tanto, enmarcado en una filosofía de la educación. Faltará una propuesta de trabajo práctico en el cual se busquen mecanismos de trabajo en el aula que permitan fortalecen estos principios en la formación de los uniformados que sirven a los ciudadanos en las sociedades democráticas.

Agradecimientos

Producto académico presentado como resultado de investigación para el proyecto institucional INV-DER-3426 "Implicaciones éticas y jurídicas del Ius Post Bellum para una transformación de las Fuerzas Armadas de Colombia, vigencia 2021, financiado por la Universidad Militar Nueva Granada - Fondo de Investigaciones.

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Para citar este artículo/To reference this article/Para citar este artigo: Losada-Sierra, M. y Contreras Sarmiento, J. O. (2022). La ética policial en el marco de la ética cívica y la razón cordial. Revista Logos Ciencia & Tecnología, 14(3), 118-130. https://doi.org/10.22335/rlct.v14i3.1626

Recibido: 15 de Junio de 2022; Revisado: 20 de Agosto de 2022; Aprobado: 10 de Septiembre de 2022

*Autor de correspondencia. Correo electrónico: manuel.losada@unimilitar.edu.co

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