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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[RODOLFO ARANGO (editor) Filosofía de la democracia Bogotá, Siglo del Hombre-Universidad de los Andes, 2007, 460 págs.]]></article-title>
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</front><body><![CDATA[  <font face="verdana" size="2">     <p align="center"><font size="4" face="verdana"><b>RODOLFO ARANGO (editor)     Filosof&iacute;a de la democracia Bogot&aacute;, Siglo del Hombre&#150;Universidad de los Andes, 2007, 460 p&aacute;gs.</b></font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p> <b>Leonardo Garc&iacute;a Jaramillo</b></p>     <p> Universidad de Caldas</p> <hr size="1">     <p>&nbsp;</p>     <p>   En contextos socio-pol&iacute;ticos como el colombiano los abordajes te&oacute;ricos en torno a   la democracia suelen descalificarse por cuenta de la apat&iacute;a y falta de inter&eacute;s de los   ciudadanos promedio en los asuntos p&uacute;blicos<sup><a href="#1" name="#s1">1</a></sup> , as&iacute; como por la descripci&oacute;n del   proceso real de toma de decisiones en el escenario Legislativo: determinado por   intereses y capitales privados (y muchas veces ilegales), por fuerzas de mercado y   respaldos electorales coaccionados, y siempre dependiente de la coyuntura impuesta   por el cabildeo<sup><a href="#2" name="#s2">2</a></sup> . Pero es precisamente en contextos donde la Realpolitik se   caracteriza por tan elocuentes e infortunados factores en los que resultan de singular   relevancia los trabajos en torno a la consolidaci&oacute;n de la ciudadan&iacute;a y el fortalecimiento   de la democracia, particularmente sus fundamentos conceptuales, concepciones (hist&oacute;ricas y contempor&aacute;neas) e institucionalizaci&oacute;n.</p>     <p>   Alrededor de estos tres centros de inter&eacute;s se articulan las contribuciones publicadas   en el libro en comento, el cual est&aacute; integrado fundamentalmente con algunas de   las ponencias presentadas en un congreso internacional convocado por el Departamento   de Filosof&iacute;a de la Universidad de los Andes, en septiembre de 2006. El   editor tiene el m&eacute;rito de haber estructurado coherente y arm&oacute;nicamente tales ponencias,   pues por purista e innecesaria que parezca en un primer momento la distinci &oacute;n entre "compilador" y "editor", estimo que es pertinente porque como no es igual recoger ensayos y publicar un libro, a analizar los contenidos de unas conferencias con miras a presentar una propuesta editorial sistem&aacute;tica y en torno a centros de inter&eacute;s di&aacute;fanos &#150;que incluso no corresponden necesariamente al orden de presentaci&oacute;n de las conferencias&#150; no debe ser igual la categor&iacute;a con la que se designe a quien realice una u otra tarea.</p>     <p>   Los ensayos est&aacute;n antecedidos de una cuidadosa introducci&oacute;n de Arango que me   releva de tener que referirme con detalle al contenido general de la obra, por lo que   esta recensi&oacute;n ser&aacute; m&aacute;s bien un esfuerzo por destacar y subrayar las principales   ense&ntilde;anzas que, ami juicio, arroja el libro a partir de una intersecci&oacute;n de sus aspectos   te&oacute;rico y pr&aacute;ctico, lo cual a su vez ya es decir de entrada que el libro, y particularmente   las contribuciones en las que me concentrar&eacute; en esta recensi&oacute;n, cuenta   con el atributo de articular permanentemente la teor&iacute;a con la pr&aacute;ctica, contribuyendo   as&iacute; a debilitar el desprestigio de "la teor&iacute;a" por la pr&aacute;ctica mediante una conceptualizaci &oacute;n que nos remite a la teor&iacute;a de nuestras pr&aacute;cticas y exige que entendamos que toda pr&aacute;ctica tiene una teor&iacute;a, pues como lo advierte Habermas al principio de Conocimiento e inter&eacute;s: "el ostensible abandono de lo te&oacute;rico por lo meramente pr&aacute;ctico produce necesariamente en el obrar la misma banalidad que en el saber. El estudio de una filosof&iacute;a rigurosamente te&oacute;rica nos familiariza del modo m&aacute;s inmediato con ideas, y solamente las ideas prestan al obrar impronta y significado moral. S&oacute;lo puede orientar verazmente en el obrar el conocimiento que se ha liberado de los meros intereses y se ha instalado en las ideas, adoptando cabalmente una actitud te&oacute;rica". Se subraya entonces la relevancia que al interior de la reflexi&oacute;n filos&oacute;fica tiene la precisi&oacute;n sobre la filosof&iacute;a pr&aacute;ctica, ense&ntilde;ando as&iacute; a sus lectores que "no s&oacute;lo aprendan pensamientos sino a pensar, que no aprendan una filosof&iacute;a ya hecha, sino a filosofar"<sup><a href="#3" name="#s3">3</a></sup> . En este sentido puede decirse que el libro asume el filosofar en el m&aacute;s genuino sentido hegeliano, es decir, como el propio tiempo llevado a conceptos (die Zeit in Gedanken zu erfassen) y, concretamente, en donde se secunda la primac &iacute;a del trabajo teor&eacute;tico sobre el pr&aacute;ctico, ya que si se revoluciona el reino de la representaci&oacute;n la realidad no puede aguantar<sup><a href="#4" name="#s4">4</a></sup> .</p>     <p>   Es bien sabido que en terrenos como el democr&aacute;tico y el jur&iacute;dico, los estudios y las   investigaciones en nuestro medio han priorizado tradicionalmente el enfoque emp&iacute;-   rico en dem&eacute;rito de otros factores hist&oacute;ricos, filos&oacute;ficos y sociol&oacute;gicos relevantes;   por abandonar este restrictivo enfoque destacan tambi&eacute;n las contribuciones del   libro<sup><a href="#5" name="#s5">5</a></sup> ya que desde la perspectiva hist&oacute;rica se exploran algunos de los or&iacute;genes de   la democracia y desde la filos&oacute;fica se analizan y critican las m&aacute;s actuales concepciones de la misma. As&iacute; pues, se encuentran sugestivos y creativos aportes para el   estudio y la investigaci&oacute;n de temas como las concepciones democr&aacute;ticas de Marsilio   de Padua (M. Vollet &#150; F. Casta&ntilde;eda), Arendt (L. Quintana), Negri y Spinoza (A.   Boyer); la teor&iacute;a de la democracia del positivismo jur&iacute;dico (C. M. Herrera), abordada   desde la teor&iacute;a de las emociones (V. Quintero) o frente a los medios masivos de   comunicaci&oacute;n (K. Joisten); la democracia frente al reconocimiento del pluralismo (S.   Rey), los aspectos te&oacute;ricos y pr&aacute;cticos de la democracia, la libertad y el derecho con &eacute;nfasis en la competencia (J. Lege) y la discusi&oacute;n sobre la democracia en las izquierdas latinoamericanas, la cual apenas si empieza a librarse de ataduras ideol&oacute;gicas e infundadas cr&iacute;ticas (S. de Zubir&iacute;a). Dentro de los rasgos destacables del libro en su conjunto deseo concentrarme y enfatizar aqu&iacute; en las que considero como principales ense&ntilde;anzas resultantes de su estudio, las cuales radican en las concepciones normativas de la democracia, en particular, la deliberativa.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   Los ensayos de J. L. Mart&iacute;, C. Lafont, R. Gargarella y D. Sobrevilla bosquejan de   manera concisa (sin caer por ello en meras s&iacute;ntesis sin&oacute;pticas) el dif&iacute;cilmente   bosquejable pensamiento de los autores m&aacute;s representativos de esta teor&iacute;a sobre la   democracia, quienes adem&aacute;s sustentan perspectivas te&oacute;ricas diversas y, en algunos   casos, opuestas. El hecho de que los estudios en torno a la democracia   deliberativa hayan proliferado en las d&eacute;cadas recientes, no ha derivado en una   definici&oacute;n &uacute;nica e incontrovertible de su concepto ni en una delimitaci&oacute;n precisa de   los l&iacute;mites de su contenido, lo cual impone una dificultad adicional al estudioso que   pretenda realizar un an&aacute;lisis comprensivo y comprehensivo de los diferentes modelos   te&oacute;ricos con miras a su aplicaci&oacute;n en medios acad&eacute;micos y pol&iacute;ticos distintos a   aquellos en los cuales surgieron<sup><a href="#6" name="#s6">6</a></sup> .</p>     <p>   Sin embargo coinciden estos autores, as&iacute; como R. Arango, N. Espejo, L. J. Orjuela,   M.Vatter y L. E. Hoyos que tambi&eacute;n presentan observaciones y diagn&oacute;sticos sobre   la teor&iacute;a, en la exigencia de constituir una ciudadan&iacute;a activa, cr&iacute;tica y propositiva en   el proceso de toma de decisiones, y que est&eacute; comprometida permanentemente con   la idea del bien com&uacute;n y, en general, con el inter&eacute;s por los asuntos p&uacute;blicos m&aacute;s all&aacute;   del pasivo ejercicio electoral que perpet&uacute;a el error de dejarle la pol&iacute;tica s&oacute;lo a los   pol&iacute;ticos. Procuran as&iacute; sustentar la necesidad de consolidar una esfera p&uacute;blica din&aacute;mica y permeable a todos los niveles sociales, pues como advierte Barber en   Strong Democracy: "La democracia s&oacute;lo puede sobrevivir como una democracia   fuerte si est&aacute; asegurada, no por grandes l&iacute;deres, sino por ciudadanos competentes   y responsables. Las dictaduras efectivas requieren grandes l&iacute;deres, las democracias   efectivas necesitan grandes ciudadanos", o como sostuvo el magistrado Brandeis,   en Whitney vs. California (274 U.S. 357, 375. 1927) "la amenaza m&aacute;s grande para la   libertad, es un pueblo inerte". En el mismo sentido, para Kaufmann, "La democracia   soporta tener a su cabeza personalidades mediocres, pero no resiste el comportamiento   pasivo del pueblo"<sup><a href="#7" name="#s7">7</a></sup> . Esta exigencia est&aacute; en consonancia tambi&eacute;n con la   concepci&oacute;n democr&aacute;tica de Sunstein por abandonar la neutralidad ap&aacute;tica por el   destino pol&iacute;tico de las sociedades<sup><a href="#8" name="#s8">8</a></sup> . As&iacute; entonces, la intervenci&oacute;n y veedur&iacute;a permanente   de los ciudadanos, que deben participar m&aacute;s comprometida y conscientemente   en el destino de sus sociedades, se concibe al interior de la democracia deliberativa   como una condici&oacute;n esencial del sistema democr&aacute;tico que se enfoca en el fortalecimiento   de los valores p&uacute;blicos y de la moralidad civil de la comunidad.</p>     <p>   Gargarella, luego de sustentar la superioridad de la concepci&oacute;n deliberativa de la   democracia sobre la populista y la pluralista (que remite a algunas tesis de Nino<sup><a href="#9" name="#s9">9</a></sup> y   se articulan con las cr&iacute;ticas de Arango a la concepci&oacute;n popular de la democracia),   critica la perspectiva de los derechos propia del siglo XIX en virtud de la cual   primero deben garantizarse los derechos civiles y pol&iacute;ticos y luego los econ&oacute;micos,   sociales y culturales. Es bien sabido que en Colombia, desde la esfera econ&oacute;mica y   un sector tradicional de la jur&iacute;dica, se escucha que los jueces pueden ser garantistas   en casos donde se debatan derechos civiles y pol&iacute;ticos, lo cual no representa costes   significativos, mientras que en el caso de los derechos sociales (vivienda o   salud, por ejemplo) su protecci&oacute;n cuesta mucho dinero y como los jueces no pueden   decidir en qu&eacute; se invierten los impuesto, ergo, su justiciabilidad no posible por   v&iacute;a judicial. Conforme a este conocido profesor, los deliberativistas deben defender   este tipo de protecci&oacute;n de los derechos sociales, en lugar de la demandada por   autores como Habermas para quien resulta m&aacute;s adecuada la justiciabilidad por v&iacute;a   de representaci&oacute;n pol&iacute;tica. Esta defensa de la justiciabilidad judicial de los derechos   sociales desde la perspectiva constitucional-sociol&oacute;gica estimo que se articula con   la estructurada fundamentaci&oacute;n dogm&aacute;tica de los derechos sociales presentada por   Arango en El concepto de derechos sociales fundamentales<sup><a href="#10" name="#s10">10</a></sup> .</p>     <p>Este ensayo, as&iacute; como los de Mart&iacute;, Espejo y Orjuela, dejan ense&ntilde;anzas &uacute;tiles respecto   a la instauraci&oacute;n y el fortalecimiento de los procesos deliberativos dentro de   la democracia, ya que de continuar las cosas como est&aacute;n se seguir&aacute; perpetuando   entre los grupos sociales desfavorecidos una situaci&oacute;n de humillaci&oacute;n severa que   implica que sus miembros, los miles de ciudadanos que sufren las funestas consecuencias   ocasionadas por la pobreza (la exclusi&oacute;n social, las enfermedades cuyo   tratamiento resulta imposible de costear, el analfabetismo y, en general, la   desprotecci&oacute;n de sus derechos m&iacute;nimos) no se perciben a s&iacute; mismos como destinatarios   ni como merecedores de derechos. Las heridas f&iacute;sicas se convierten en "heridas   morales"<sup><a href="#11" name="#s11">11</a></sup> cuando se padecen fehacientes injusticias producto de una igualdad   formal ante ley que no se traduce en una igualdad material, debido a la   marginalizaci&oacute;n de los procesos de toma de decisiones que padecen los menos   favorecidos de la sociedad, quienes al sentirse cada vez m&aacute;s excluidos son f&eacute;rtil   caldo de cultivo para la delincuencia y la criminalidad del futuro, pues el padecimiento   de la injusticia deriva en la violencia o, como advierte Sudarsky en este   sentido<sup><a href="#12" name="#s12">12</a></sup> , cuando el capital social no es el que llena la sociedad, lo hacen el crimen, la violencia y la carencia de ley.</p>     <p>   De aqu&iacute; se deriva el que, a mi juicio, concepciones normativas de la democracia   como la deliberativa asuman que dentro de las sociedades debe hacerse &eacute;nfasis en   la justicia social, es decir, en aquel tipo de justicia que se relaciona con los mecanismos   leg&iacute;timos para la distribuci&oacute;n de los derechos y deberes por parte de las instituciones,   y con la forma en la que pueden alcanzarse las m&aacute;ximas ventajas de la   cooperaci&oacute;n social sin disminuir las oportunidades de los menos favorecidos; esta   preocupaci&oacute;n es latente en el ensayo de Espejo desde la teor&iacute;a cr&iacute;tica de la democracia   en la sociedad capitalista moderna, la cual se allana en la concepci&oacute;n deliberativa   por ser potencialmente la mejor y m&aacute;s depurada promotora de la justicia social.   El aporte de Arango al respecto se encamina hacia la presentaci&oacute;n y sustentaci&oacute;n   de una apolog&iacute;a a la democracia, la deliberaci&oacute;n y el socialismo a partir de una   relaci&oacute;n conceptual interna entre ellos<sup><a href="#13" name="#s13">13</a></sup> . Espec&iacute;ficamente desde Radbruch rastrea   el enfrentamiento hist&oacute;rico entre las concepciones formales y materiales de la democracia,   y su evoluci&oacute;n hacia la idea de una democracia social, en la cual a su vez   desemboca la concepci&oacute;n normativa de la democracia desde las aportaciones de   neokantianos como Kelsen. Dentro de los m&eacute;ritos del ensayo de Arango el que se   articula con mayor poderosidad en los an&aacute;lisis transversales del libro que procuro reconstruir en esta recensi&oacute;n, es su preocupaci&oacute;n por sustentar un v&iacute;nculo entre   los niveles descriptivo y prescriptivo (valorativo) de la filosof&iacute;a pol&iacute;tica kantiana   para que esta adquiera su verdadera dimensi&oacute;n de realismo pol&iacute;tico al estar en   capacidad de rendir frutos en los an&aacute;lisis puntuales y f&aacute;cticos de las din&aacute;micas   sociopol&iacute;ticas actuales, desechando a su turno aquella concepci&oacute;n filos&oacute;fica de la   pol&iacute;tica que la releva a un cat&aacute;logo de ideas desarticuladas y buenos deberes respecto a la cosa p&uacute;blica.</p>     <p>   El v&iacute;nculo entre las teor&iacute;as deliberativa y republicana &#150;particularmente su noci&oacute;n de   libertad&#150; fortalece el entendimiento del proyecto deliberativo como una teor&iacute;a   ecl&eacute;ctica que procura vincular las bondades de las teor&iacute;as republicana y liberal &#150;   respecto al pluralismo. El rechazo a una concepci&oacute;n agregativa de la democracia (en   virtud de la cual el ejercicio electoral es la piedra angular de la instituci&oacute;n democr&aacute;-   tica) es aceptado por los republicanos y secundado por los deliberativistas. La   perspectiva deliberativa de Habermas se concibe asimismo como ecl&eacute;ctica desde   estos dos modelos de democracia; tal tipo de an&aacute;lisis se encuentran los escritos de Mart&iacute; y Lafont.</p>     <p>   Gracias a los an&aacute;lisis contenidos en el libro teor&iacute;as como las de Rawls, Habermas y   Nino<sup><a href="#14" name="#s14">14</a></sup> , por ejemplo, adquieren sugestivos tratamientos que nos acercan a una   importante porci&oacute;n de la fecundidad intelectual transnacional en el campo de la   filosof&iacute;a pol&iacute;tica contempor&aacute;nea. De ah&iacute; que las reflexiones constantemente pasen   de la abstracci&oacute;n intelectual a la palpitante realidad de problemas pol&iacute;ticos y sociales   contempor&aacute;neos. Tareas como esta acomete Sobrevilla al presentar un diagn&oacute;stico   de la situaci&oacute;n pol&iacute;tica reciente del Per&uacute; y entroncarla con una sint&eacute;tica determinaci &oacute;n de lo que la teor&iacute;a de Habermas puede asistirle para edificar la democracia en Latinoam&eacute;rica y, en particular, en ese pa&iacute;s; esto tambi&eacute;n desde la defensa de la democracia representativa y una necesaria mutaci&oacute;n de la perspectiva representativa a la deliberativa de la democracia, tal como fue demandado por Nino. Democracia representativa como deliberativa se asume tambi&eacute;n desde la lectura neokantiana de un Kelsen relativista epistemol&oacute;gico presentado por Arango. Desde la cr&iacute;tica de la tecnocratizaci&oacute;n de la democracia, y allan&aacute;ndose en la concepci&oacute;n habermasiana de la pol&iacute;tica deliberativa, Orjuela enfatiza que la democracia deliberativa se entiende como expresi&oacute;n del poder comunicativo de la sociedad civil y la opini&oacute;n p&uacute;blica, por lo que las decisiones pol&iacute;ticas que derivan del proceso de deliberaci&oacute;n p&uacute;blica se orientan hacia la legitimidad del Estado y el sistema jur&iacute;dico. Este ensayo, as&iacute; como el de Sobrevilla, sigue la adscripci&oacute;n y defensa de Habermas hacia la democracia deliberativa (sobre la liberal y republicana).</p>     <p>   Si bien el cabildeo y la agregaci&oacute;n de preferencias privadas en el proceso pol&iacute;tico   son condiciones inevitables, de estas intervenciones resultan observaciones s&oacute;lidas   sobre la importancia de las virtudes que le incorpora la deliberaci&oacute;n a tal proceso   si, como ciudadan&iacute;a, pretendemos constituirnos (como dir&iacute;a Rawls) en una fuente   auto-originante de pretensiones y reclamos que deriven en un permanente inter&eacute;s y control ciudadano en las decisiones de la pol&iacute;tica p&uacute;blica. Es precisamente de   raigambre rawlsiana la concepci&oacute;n de ciudadan&iacute;a presente, dentro de la que se   encuentran autores como Habermas y Dworkin, la cual desde la conocida noci&oacute;n   del pluralismo razonable no radica en el reconocimiento en tanto co-partidarios,   miembros de la misma comunidad religiosa o seguidores de la misma doctrina filos&oacute;-   fica, sino en el reconocimiento de la divergencia, porque el hallazgo de una m&iacute;nima   base de acuerdo y compresi&oacute;n mediante la deliberaci&oacute;n no obliga a estar de acuerdo   con la otra concepci&oacute;n, pues el di&aacute;logo no es para eliminar la diferencia sino para   hacer vivible y viable la sociedad en medio de ella, porque no nacemos, como dice   Hobbes en un Estado donde el hombre es un lobo para el hombre, ni como cree   Rousseau buenos hasta que la sociedad nos corrompe, sino como afirma Kant en su   Idea de una historia universal en sentido cosmopolita: en una insociable-sociabilidad.</p>     <p>   Los ciudadanos asumen la permanente revisi&oacute;n de las opiniones pol&iacute;ticas gracias a   la exteriorizaci&oacute;n que propicia la deliberaci&oacute;n, por lo cual estas no ser&aacute;n simplemente   un resultado previamente asegurado de sus intereses privados o no-pol&iacute;ticos.   Por esto dentro de la concepci&oacute;n deliberativa debe hablarse de &#145;razones p&uacute;blicas&#146;,   mayoritarias pero tambi&eacute;n minoritarias, pues en una sociedad pluralista la dial&eacute;ctica   mediante la deliberaci&oacute;n permite integrar la fuerza del disenso, constituy&eacute;ndose en   una fuerza productiva en la medida en que posibilita que se clarifiquen las diferencias   con respecto a los valores bajo los cuales deseamos ser gobernados. Vatter   enfatiza esta cuesti&oacute;n desde Rawls y Schmitt particularmente desde el concepto de   lo pol&iacute;tico presentando interesantes puntos de intersecci&oacute;n entre estos dos autores   sobre tales asuntos. Las contribuciones de Vatter y Lafont aportan nuevos elementos   en la permanente valoraci&oacute;n y reexaminaci&oacute;n de las tesis del fil&oacute;sofo norteamericano   en Colombia, donde son cada vez m&aacute;s familiares por fuera de los estrictos   marcos de su nacimiento en la filosof&iacute;a, pues se han constituido en paradigmas de   frecuente referencia, tambi&eacute;n, en la econom&iacute;a, la sociolog&iacute;a, la ciencia pol&iacute;tica y el   derecho<sup><a href="#15" name="#s15">15</a></sup> . Desde la perspectiva rawlsiana, que en particular ocupa a Lafont desde   el papel de la religi&oacute;n en la esfera p&uacute;blica, se sigue en el libro la consideraci&oacute;n en   torno a la cual en la deliberaci&oacute;n radica la idea misma de la democracia deliberativa<sup><a href="#16" name="#s16">16</a></sup> .</p>     <p>Las potencialidades del modelo deliberativo de la democracia se se&ntilde;alan con precisi   &oacute;n en las contribuciones referidas: el intercambio de opiniones ensancha nuestra   perspectiva y nos hace ver las cosas desde otros puntos de vista, as&iacute; como los   l&iacute;mites de nuestra propia visi&oacute;n. La imparcialidad en las decisiones de la pol&iacute;tica   p&uacute;blica es, para la concepci&oacute;n deliberativa de la democracia y podr&iacute;amos decir   tambi&eacute;n que para cualquier noci&oacute;n normativa de la misma, la principal virtud de los procesos de toma de decisiones pol&iacute;ticas, y la que igualmente los justifica.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   Las caracter&iacute;sticas que distinguen los an&aacute;lisis del libro constituyen poderosos argumentos   para fundamentar la perspectiva en virtud de la cual es justamente en   pa&iacute;ses pobres con sesgos ideol&oacute;gicos y con distinciones tan marcadas debido a las   clases sociales y a viejos resentimientos, donde la democracia deliberativa estar&iacute;a   en capacidad de contribuir de una manera tal que cada quien, desde su posici&oacute;n y   sus propias palabras, exteriorice sus angustias, exija respuestas, reformule preguntas   y, en &uacute;ltimas, contribuya a que circule la informaci&oacute;n y que esta se depure. Ser&iacute;a   tildar de ingenuos a los deliberativistas al no reconocer que sus demandas est&aacute;n   encaminadas hacia la constataci&oacute;n de que, en la vida real, s&oacute;lo es posible aspirar a   acercarnos lo m&aacute;s posible al ideal propuesto por la concepci&oacute;n democr&aacute;tica que se   fundamenta y apologetiza en el libro, el cual se constituye como instrumento   institucional en un ineludible mecanismo para favorecer la toma de decisiones imparciales   que permitan fijar las bases a partir de las cuales los ciudadanos puedan   organizar su vida en comunidad. Lo importante es no partir de que la democracia   deliberativa exige que haya una comunidad integrada por ciudadanos ilustrados y   bien alimentados para deliberar, lo importante es que intentando implementarla como   un ideal (sin perder de vista la importancia de sus altos presupuestos como que el   dialogo se encuentre exento de coacci&oacute;n, presi&oacute;n y prejuicios) aprendamos a discutir   para resolver conflictos, lo cual constituir&iacute;a un gran avance en sistemas democr&aacute;-   ticos tan an&oacute;malos y precarios como el colombiano.</p>     <p>   El libro se enmarca en un creciente inter&eacute;s acad&eacute;mico y jurisprudencial en nuestro   medio por esta teor&iacute;a sobre la democracia, a partir del cual se han analizado y   criticado con rigor las principales obras y se han establecido los planteamientos a   partir de los cuales medios sociopol&iacute;ticos como el nuestro pueden asistirse para   arrojar nuevas luces sobre diversos problemas que aquejan la cotidianidad de nuestra   sociedad en el &aacute;mbito legislativo y sobre aquellos que surgen por la adaptaci&oacute;n   a un nuevo esquema institucional a partir de 1991<sup><a href="#17" name="#s17">17</a></sup> .</p>     <p>Como ideal regulativo y concepto normativo la teor&iacute;a de la democracia deliberativa   contribuye de singular forma para que los dem&oacute;cratas encuentren argumentos que   trasciendan la mera validez jur&iacute;dica intra-sist&eacute;mica con miras a acatar la legitimidad   pol&iacute;tica extra-sist&eacute;mica, que es la que vincula en el proceso decisorio la deliberaci&oacute;n   p&uacute;blica. Frente a la descripci&oacute;n de la Realpolitik para descalificar teor&iacute;as democr&aacute;-   ticas como la deliberativa, los estudios que hemos destacado de este libro comprenden   adecuadamente e ilustran el concepto de democracia deliberativa, el cual es un   concepto normativo en la medida en que no describe c&oacute;mo son las cosas en realidad   &#150;es decir como operan las instituciones jur&iacute;dico-pol&iacute;ticas que cuentan con   representatividad popular&#150; sino que prescribe como deben ser &#150;o sea c&oacute;mo hay   que concebir o razonar en torno a las instituciones de la pol&iacute;tica p&uacute;blica a partir de   una valoraci&oacute;n que de cuenta de un estado de cosas ideal respecto su funcionamiento.   Se invita desde este punto de vista a que se confronten debidamente las   dimensiones entre el ser practico (descriptivo-no ideal) y el deber ser normativo   (ideal) de la pol&iacute;tica p&uacute;blica, por cuyo desconocimiento u omisi&oacute;n los detractores de   esta teor&iacute;a sobre la democracia enderezan cr&iacute;ticas infundadas y llegan a conclusiones err&oacute;neas.</p>     <p>   Las mejores y m&aacute;s actuales ideas en torno a la democracia de raigambre deliberativa   se entrecruzan en estos ensayos que, desde las particulares agendas de trabajo y   preocupaciones te&oacute;ricas de cada autor, desarrollan y trascienden las teor&iacute;as que   fundamentan sus respectivos an&aacute;lisis a partir de las restricciones y los   condicionamientos que imponen las particulares necesidades de contextos de recepci &oacute;n te&oacute;rica, es decir: sobre los moldes te&oacute;ricos construidos en pa&iacute;ses como Estados Unidos y otros europeos, no es vertida autom&aacute;ticamente la realidad sociopol&iacute;tica latinoamericana, sino que los moldes originarios son modificados en su estructura, caracter&iacute;sticas y alcances (llegando incluso m&aacute;s all&aacute; de lo que se propusieron sus propios autores<sup><a href="#18" name="#s18">18</a></sup> ) con miras a ponerlos a hablar en clave de recepci &oacute;n.</p>     <p>   Por esta raz&oacute;n estimo que puede decirse, sin atisbo de exageraci&oacute;n, que contrario a   muchos libros de filosof&iacute;a no es este un libro sobre otros libros, ya que adem&aacute;s   resulta poderosamente sugerente de nuevas l&iacute;neas de investigaci&oacute;n el que los autores   no se limiten a valorar y describir a-cr&iacute;ticamente tales narrativas provenientes de   los contextos de producci&oacute;n de teor&iacute;as pol&iacute;ticas y jur&iacute;dicas, sino que articulen   diversas tradiciones filos&oacute;fico-pol&iacute;ticas e ius-te&oacute;ricas altamente abstractas y complejas   con entronques emp&iacute;ricos y an&aacute;lisis puntuales que permiten cobrar vida a las   teor&iacute;as y mostrar las posibilidades que ofrecen para iluminar sempiternas cuestiones   que aquejan a sociedades tan distintas a aquellas desde donde se concibieron   originalmente las teor&iacute;as.</p>     <p>De forma permanente se capta la atenci&oacute;n del lector al observar nuevos rincones   que hab&iacute;an pasado desapercibidos en una primera lectura, lo cual da cuenta de la   densidad tem&aacute;tica y complejidad de los aspectos que se tratan en estas contribuciones   del libro, y a la vez lo motivan por cuanto se manejan conceptos y teor&iacute;as   complejas, pero no estructuras complejas ni sabidur&iacute;as infusas, por lo que es fiel   muestra de que en filosof&iacute;a cosas profundas y trascendentales tambi&eacute;n pueden   decirse a partir de una estructura clara y con sencillez en la prosa y en el estilo, lo   cual naturalmente no va en dem&eacute;rito de la profundidad de los an&aacute;lisis, sino que   evidencia que la profundidad de este libro, como la verdadera profundidad filos&oacute;fica,   se resuelve en la claridad. Recu&eacute;rdense al respecto a Nietzsche: "Quien se sabe   profundo se esfuerza por ser claro, y quien se sabe superficial se esfuerza por ser   oscuro", y aWittgenstein, para quien "Lo que siquiera pueda ser dicho, puede ser   dicho claramente; y de lo que no se puede hablar claramente, es mejor callarse".   Cercano a estos aspectos, el libro se caracteriza por el cuidado puesto en la edici&oacute;n   y en el estilo, por lo que es uno de los pocos libros sobre los que puede decirse que   est&aacute; (casi) completamente librado de gazapos.Adem&aacute;s entonces de su calidad cient &iacute;fica, el libro sobresale por su calidad editorial.</p>     <p>   Me gustar&iacute;a decir en s&iacute;ntesis que el libro es culturalmente rico por la diversa   proveniencia de sus autores, la cual se vislumbra en el amplio espectro social de   problemas que analizan; anal&iacute;ticamente preciso por el rigor y cuidado puesto en   los conceptos y las categor&iacute;as que merecen los diferentes an&aacute;lisis presentados;   te&oacute;ricamente ambicioso por pretender suministrar bases te&oacute;ricas para que se practique   una democr&aacute;tica m&aacute;s incluyente y s&oacute;lida que est&eacute; inspirada por el ideal de los   modelos deliberativos de llegar a decisiones imparciales producto de consensos   entre ciudadanos en condiciones de libertad e igualdad; y cr&iacute;tico pues los abordajes   te&oacute;ricos no son meramente descriptivos y valorativos sino que dan efectiva cuenta   de las falencias de las teor&iacute;as y los aspectos en los que requieren ser complementadas   y modificadas para su correcta adopci&oacute;n en sistemas jur&iacute;dico-pol&iacute;ticos como el   nuestro. Entre otros atributos tambi&eacute;n se cuenta el que sea un libro pol&iacute;ticamente   comprometido, ya que aboga por un cambio para que puedan construirse sistemas   democr&aacute;ticos m&aacute;s justos y extensamente vinculantes, y denuncia anormalidades   como el uso exagerado de los medios de comunicaci&oacute;n por parte de los mandatarios,   los altos costos de ingreso a la pol&iacute;tica y la falta de l&iacute;mites en las donaciones   privadas a las campa&ntilde;as electorales, lo cual deriva en una indebida injerencia de los   intereses privados en las decisiones que (materialmente) deben cobijar al grueso de   la poblaci&oacute;n, y comporta asimismo una distorsi&oacute;n de la pol&iacute;tica como tal<sup><a href="#19" name="#s19">19</a></sup>.</p>     <p>&nbsp;</p> <hr size="1"> <font face="verdana" size="1">     <p><a href="#s1" name="#1">1</a> El profesor y juez Richard Posner agregar&iacute;a la poca inteligencia del promedio de la ciudadan   &iacute;a ("la mitad de la poblaci&oacute;n tiene un cuociente intelectual (IQ) por debajo de 100"). Ver al   respecto, R. Posner, Law, Pragmatism, and Democracy. Harvard University Press, 2003; "Dewey and Democracy:ACritique", en: Transactional Viewpoints No. 1, 2002.</p>     <p>   <a href="#s2" name="#2">2</a> Para nuestro contexto democr&aacute;tico resulta pertinente aqu&iacute; remitir a la distinci&oacute;n entre   votaci&oacute;n y negociaci&oacute;n: B. Manin, "On Legitimacy and Political Deliberation", en: Political   Theory,Vol. 15, No. 3, 1987, pp. 352-353. J. Cohen, "Deliberation and Democratic Legitimacy".   en: A. Hamlin &#150; P. Pettit (eds.) The Good Polity: Normative Analysis of the State. Oxford:   Basil Blackwell, 1989, p. 21.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a href="#s3" name="#3">3</a> As&iacute; anuncia Kant el objetivo de su curso de filosof&iacute;a moral, que luego llam&oacute; de filosof&iacute;a   pr&aacute;ctica, para el invierno de 1765-1766. Cfr.: K. Vorl&auml;nder, Kants Leben. Hamburg: Felix Meiner Verlag, 1986. Adeudo esta referencia al prof. Vicente Dur&aacute;n Casas.</p>     <p>   <a href="#s4" name="#4">4</a> Cfr.: G. Hegel, Carta a Niethammer, cit. en G. Luk&aacute;cs, El joven Hegel. Barcelona: Grijalbo,   1976, p. 489.</p>     <p>   <a href="#s5" name="#5">5</a> Desde la perspectiva sociojur&iacute;dica un ejemplo de investigaci&oacute;n rigurosa en lo cuantitativo   pero con s&oacute;lidas bases te&oacute;ricas, an&aacute;lisis sociol&oacute;gicos y creativas propuestas a partir de los   datos arrojados, ver, M. Garc&iacute;a &#150; B. de Sousa (eds.) El caleidoscopio de las justicias en   Colombia. Bogot&aacute;: Siglo del Hombre et al., 2001 (2 tomos). Sobre este punto podr&iacute;a agregarse   que debido a que la sociolog&iacute;a jur&iacute;dica sea tan d&eacute;bil en pa&iacute;ses de tradici&oacute;n romano can&oacute;nica como el nuestro (debido fundamentalmente a la marcada influencia del positivismo formalista   en la ense&ntilde;anza y de la ex&eacute;gesis en la concepci&oacute;n) debe prest&aacute;rsele singular atenci&oacute;n debido a   que provee dosis de antiformalismo y de realidad sociocultural que resultan fundamentales en   la medida en que estas no se adquieren s&oacute;lo con base en el derecho positivo.</p>     <p>   <a href="#s6" name="#6">6</a> Por esta raz&oacute;n considero que, si bien puede extractarse un "n&uacute;cleo com&uacute;n" de la democracia   deliberativa, no resulta afortunado referirse a ella como a una teor&iacute;a monol&iacute;tica y de contornos   perfectamente delineados, sino que m&aacute;s bien puede sustentarse la existencia de escuelas que   desde diversas perspectivas y provenientes de distintas tradiciones dan cuenta de agendas   propias de estudio e investigaci&oacute;n. Por esto creo que dicha teor&iacute;a debe entenderse como un   conjunto de concepciones democr&aacute;ticas que poseen entre s&iacute; lo que Wittgenstein denominara   un "aire o parecido de familia", es decir, una red de similitudes y diferencias unidas entre s&iacute; y   que se entrecruzan a la manera en que se parecen unas a otras como los miembros de una   familia.</p>     <p><a href="#s7" name="#7">7</a> A. Kaufmann, Filosof&iacute;a del derecho. Bogot&aacute;: Universidad Externado de Colombia, 1999, p. 516.</p>     <p>   <a href="#s8" name="#8">8</a> Ver sus libros, The Partial Constitution. Cambridge, Mass.: Harvard University Press,   1998; Designing Democracy. What constitutions do. Oxford University Press, 2001.</p>     <p>   <a href="#s9" name="9">9</a> Cfr. C.S. Nino, La constituci&oacute;n de la democracia deliberativa. Barcelona: Gedisa, 1997,   cap. 4.</p>     <p>   <a href="#s10" name="#0">10</a> R. Arango, El concepto de derechos sociales fundamentales. Bogot&aacute;: Legis &#150; Universidad   Nacional, 2005. Confr&oacute;ntese con mi rese&ntilde;a, "El concepto de derechos sociales fundamentales,   de Rodolfo Arango", en: Revista Aleph No. 137 (abril - junio) 2006.</p>     <p><a href="#s11" name="#11">11</a> A. Honneth, "Reconocimiento y obligaciones morales", en: Estudios Pol&iacute;ticos No. 14. Instituto de Estudios Pol&iacute;ticos, Universidad de Antioquia, Medell&iacute;n (enero-junio) 1998.</p>     <p>  <a href="#s12" name="#12">12</a> J. Sudarsky, El capital social de Colombia. Bogot&aacute;: Departamento Nacional de Planeaci&oacute;n,   1999.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   <a href="#s13" name="#13">13</a> Un ensayo de su autor&iacute;a, complementario al que acompa&ntilde;a este libro, es su contribuci&oacute;n   ("Kelsen y Kant sobre democracia") al libro m&aacute;s importante sobre Kant publicado en Colombia:   Immanuel Kant: vigencia de la filosof&iacute;a cr&iacute;tica. Vicente Dur&aacute;n &#150; Luis Eduardo Hoyos &#150;   Felipe Casta&ntilde;eda (eds.) Bogot&aacute;: Siglo del Hombre &#150; Universidad Javeriana &#150; Universidad de   los Andes &#150; Universidad Nacional, 2007.</p>     <p><a href="#s14" name="#14">14</a> Sobre la concepci&oacute;n deliberativa de Nino resultar&aacute; estrecha y tremendamente vinculado   con los an&aacute;lisis de estos estudios el libro que en su homenaje publicar&aacute; pr&oacute;ximamente la Universidad de Buenos Aires, en edici&oacute;n de R. Gargarella, C. Rosenkrantz yM. Alegre.</p>     <p><a href="#s15" name="#15">15</a> Un referente sobre la importancia de Rawls en la academia local lo constituyen las publicaciones   monogr&aacute;ficas dedicadas a su obra: D. I. Grueso, Rawls. Una hermen&eacute;utica pragm&aacute;-   tica. Cali: Universidad del Valle, 1997; (ed.) John Rawls. Legado de un pensamiento. Cali:   Universidad delValle, 2005. F. Cort&eacute;s, De la pol&iacute;tica de la libertad a la pol&iacute;tica de la igualdad.   Bogot&aacute;: Siglo del Hombre, 1999 (caps. I, II, III y VI). O. Mej&iacute;a, Justicia y democracia   consensual. Bogot&aacute;: Siglo del Hombre, 1997; Teor&iacute;a pol&iacute;tica, democracia radical y filosof&iacute;a   del derecho. Bogot&aacute;: Temis, 2005 (cap. 2). J. J. Botero (ed.) Con Rawls y contra Rawls.   Bogot&aacute;: Universidad Nacional, 2005. L. E. Hoyos (ed.) Estudios de filosof&iacute;a pol&iacute;tica. Bogot&aacute;:   Universidad Externado de Colombia &#150; Universidad Nacional, 2004 (particularmente las contribuciones   de J. J. Botero y R. Arango). L. Garc&iacute;a (ed.) John B. Rawls: el hombre y su legado intelectual. Manizales: Universidad de Caldas, Departamento de Filosof&iacute;a, 2004.</p>     <p>   <a href="#s16" name="#16">16</a> Cfr.: J. Rawls, The Law of Peoples with "The Idea of Public Reason Revisited". Cambridge:   Harvard University Press, 1999, p. 138.</p>     <p><a href="#s17" name="#17">17</a> Los principales estudios son: O. Mej&iacute;a, Derecho, legitimidad y democracia deliberativa.   Bogot&aacute;: Temis, 1998. F. Cort&eacute;s, De la pol&iacute;tica de la libertad a la pol&iacute;tica de la igualdad.   Bogot&aacute;: Universidad de Antioquia &#150; Siglo del Hombre, 1999 (caps. III y VI). A. Hern&aacute;ndez,   (ed.) Republicanismo contempor&aacute;neo. Igualdad, democracia deliberativa y ciudadan&iacute;a. Bogot   &aacute;: Universidad de los Andes, CIDER &#150; Siglo del Hombre, 2002. M. L. Rodr&iacute;guez, Minor   &iacute;as, acci&oacute;n p&uacute;blica de inconstitucionalidad y democracia deliberativa. Bogot&aacute;: Universidad   Externado de Colombia, 2005.Y. Haddad, La democracia deliberativa. Bogot&aacute;: Universidad   Externado de Colombia, 2006. Dentro de las sentencias m&aacute;s representativas al respecto,   v&eacute;anse: SC-013/93; SC-386/96; SC-222/97; SC-760/01; SC-915/01; SC-1250/01; SC-688/02   (aclaraci&oacute;n de voto de R. Uprimny); SC-801/03; SC-551/03; SC-1056/03; SC-839/03; SC- 1152/03; SC-313/04; SC-370/04; SC-372/04.</p>     <p><a href="#s18" name="#18">18</a> Para ilustrar lo anterior con algunos ejemplos, recu&eacute;rdese que Rawls afirm&oacute; que la suya es   una teor&iacute;a filos&oacute;fica ideal para "sociedades bien ordenadas", que Dworkin sostuvo que su   teor&iacute;a est&aacute; postulada para una sociedad como la norteamericana del siglo XX y que, en el   mismo sentido,Walzer manifest&oacute; que su planteamiento se circunscribe al &aacute;mbito de la cultura nacional norteamericana.</p>     <p><a href="#s19" name="#19">19</a> Esta preocupaci&oacute;n se encuentra en autores como Rawls y Dworkin, de quienes pueden   consultarse, respectivamente, The Law of Peoples with "The Idea of Public Reason Revisited". Op. Cit., y "The Curse ofAmerican Politics", en: New York Review of Books (October) 1996.</p> </font> <hr size="1"> </font>      ]]></body>
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