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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[NOSOTROS Y YO. REFLEXIONES SOBRE LA FUNDAMENTACIÓN DE LAS NORMAS MORALES: REFLECTIONS ON FOUNDATIONS OF MORAL NORMS]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[Morality is a social institution of general and reciprocal demands binding all members of a moral community. As a social institution morality is the work of a "We", not of an "I". But the moral "We" is open to several competing interpretations. Hobbesian contractualists understand the moral "We" as a unit of cooperation between individuals who strategically pursue their personal interests. Utilitarians take the moral "We" as a community with its own common good. The Kantian tradition has tried to work out an intersubjectivist notion of the moral "We" which promises to avoid the shortcomings of both contractualist and utilitarian approaches. The article highlights the appeal of the intersubjectivist outlook and explores the prospects for a justification of morality that takes the intersubjectivist nature of morality seriously.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[  <font face="Verdana" size="2">     <p align="center"><font size="4"><b>NOSOTROS Y YO. REFLEXIONES SOBRE LA FUNDAMENTACI&Oacute;N DE LAS NORMAS MORALES</b></font></p>     <p align="center"><font size="3"><b>WE AND I: REFLECTIONS ON FOUNDATIONS OF MORAL NORMS</b></font></p>     <p align="center">Holmer Steinfath<sup>*</sup></p>     <p><sup>*</sup>Traducido del alem&aacute;n por Johnny Antonio D&aacute;vila, Georg-August-Universit&aacute;t (Gotinga-Alemania), con autorizaci&oacute;n del autor. Holmer, S. (2002). Wir und Ich. &Uuml;berlegungen zur Begr&uuml;ndung moralischer Normen. <i>Moral als Vertrag? </i>Leist, A. (ed.). Berlin: Walter de Gruyter. (pp. 71-95).</p>     <p>Recibido: 21.08.12 Aceptado: 08.12.12</p> <hr>     <p><font size="3"><b>RESUMEN</b></font></p>     <p>La moral es una instituci&oacute;n social de exigencias generales y rec&iacute;procas que son vinculantes para todos los miembros de la comunidad moral. En tanto instituci&oacute;n social, la moral es una obra de un &quot;nosotros&quot; y no de un &quot;yo&quot;. Sin embargo, el &quot;nosotros&quot; moral est&aacute; abierto a varias interpretaciones que compiten entre s&iacute;. El contractualismo hobbesiano entiende el &quot;nosotros&quot; moral como una unidad de cooperaci&oacute;n entre individuos que persiguen estrat&eacute;gicamente sus intereses personales. Los utilitaristas asumen el &quot;nosotros&quot; moral como una comunidad que tiene su propio bien com&uacute;n. La tradici&oacute;n kantiana ha intentado desarrollar una noci&oacute;n intersubjetiva del &quot;nosotros&quot; moral que asegura evitar las deficiencias del contractualismo y del utilitarismo. Este art&iacute;culo aboga por una concepci&oacute;n intersubjetiva y explora la posibilidad de una justificaci&oacute;n de la moral que asuma seriamente la naturaleza de la misma</p>     <p><i><b>Palabras    clave:</b>    </i>Nosotros-criterio, intersubjetivo/a, contractualismo, utilitarismo, inter&eacute;s</p> <hr>     <p><font size="3"><b>ABSTRACT</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Morality is a social institution of general and reciprocal demands binding all members of a moral community. As a social institution morality is the work of a &quot;We&quot;, not of an &quot;I&quot;. But the moral &quot;We&quot; is open to several competing interpretations. Hobbesian contractualists understand the moral &quot;We&quot; as a unit of cooperation between individuals who strategically pursue their personal interests. Utilitarians take the moral &quot;We&quot; as a community with its own common good. The Kantian tradition has tried to work out an intersubjectivist notion of the moral &quot;We&quot; which promises to avoid the shortcomings of both contractualist and utilitarian approaches. The article highlights the appeal of the intersubjectivist outlook and explores the prospects for a justification of morality that takes the intersubjectivist nature of morality seriously.</p>     <p><i><b>Key words:</b> </i>We-outlook, contractualism, utilitarianism, intersubjectivist, interest</p> <hr>     <p>&iquest;Qu&eacute; se debe entender por moral? &iquest;Requiere la moral una fundamentaci&oacute;n? Dado el caso, &iquest;c&oacute;mo puede fundamentarse la moral? &iquest;Es posible presentarla como algo preceptuado por la raz&oacute;n? De no ser as&iacute;, &iquest;existen formas m&aacute;s d&eacute;biles para fundamentar la moral? El intento de hallar respuestas a estas preguntas me conducir&aacute; a la siguiente tesis: detr&aacute;s de cada concepci&oacute;n moral se encuentran determinadas y muy generales representaciones de lo que es una vida buena o una vida llena de sentido, representaciones en favor de las cuales no se pueden ofrecer razones totalmente convincentes. De qu&eacute; manera vemos la moral y c&oacute;mo la juzgamos, depende de c&oacute;mo queremos entender nuestra convivencia y de c&oacute;mo cada uno se entiende a s&iacute; mismos.</p>     <p><font size="3"><b>1. &iquest;Qu&eacute; se debe entender por moral?</b></font></p>     <p>Quisiera partir de una comprensi&oacute;n formal y amplia de la moral, de acuerdo con la cual una moral puede ser caracterizada como un conjunto de normas espec&iacute;ficas. No conozco ning&uacute;n criterio que, tomado individualmente, permita distiguir n&iacute;tidamente las normas morales de otras normas. Pero hay una serie de criterios que, si uno los observa en conjunto, ayudan, en cierta manera, a cumplir con esta tarea. Nos topamos con los criterios m&aacute;s importantes cuando preguntamos: a) &iquest;qu&eacute; se debe regular por medio de las normas morales?, b) &iquest;de qu&eacute; manera ocurre ello normalmente? y c) &iquest;cu&aacute;les son las actitudes car&aacute;cter&iacute;sticas de una persona que reconoce las normas en tanto morales?</p>     <p>a) En oposici&oacute;n a una extendida concepci&oacute;n moral universalista, me parece que la mayor&iacute;a de las diferentes formas de moral originariamente representan regulaciones para la vida dentro de sociedades particulares<sup><a name="s1" href="#1">1</a></sup>. Las normas morales deben regular las relaciones rec&iacute;procas de los miembros de una sociedad<sup><a name="s2" href="#2">2</a></sup> y, dado el caso, tambi&eacute;n la relaci&oacute;n de las personas consigo mismas, en materias que son consideradas de especial importancia. Con esto, pues, las normas morales est&aacute;n dirigidas a todos los miembros -plenos- de la sociedad. Quienes est&aacute;n sometidos a las normas morales, lo est&aacute;n en casi todos los &aacute;mbitos de su vida y durante toda su vida<sup><a name="s3" href="#3">3</a></sup>. Con lo anterior, se relaciona el que a cada moral pertenece la idea de que por medio del cumplimiento o incumplimiento de sus normas se determina si alguien es buen o mal ser humano. Las actitudes y acciones que la moral debe regular se cuentan siempre entre los aspectos centrales para los miembros de una sociedad.</p>     <p>b) Las normas morales pueden ser implantadas y consolidadas de diferentes maneras. Para un &aacute;rea nuclear de la moral, el hecho de su consolidaci&oacute;n jur&iacute;dico-positiva y la posibilidad de imponerla a trav&eacute;s de la coacci&oacute;n ha llegado a adquirir gran importancia. Sin embargo, las normas morales est&aacute;n ante todo incorporadas en pr&aacute;cticas de la presi&oacute;n social <i>informal. </i>A la moral pertenecen t&iacute;picamente sanciones como el elogio y la reprobaci&oacute;n, y tambi&eacute;n reacciones emocionales como indignaci&oacute;n y sentimientos de culpa. Tales sanciones y reacciones apuntan a la necesidad de reconocimiento de los individuos, as&iacute; como a su deseo de pertenecer a una sociedad y de no ser excluido -aunque s&oacute;lo sea simb&oacute;licamente- de ella.</p>     <p>Partiendo de esta observaci&oacute;n, autores como Allan Gibbard y Ernst Tugendhat han intentado definir la moral, precisamente, por medio de ciertas reacciones emocionales negativas (Gibbard, 1990: 40-41, 47; Tugendhat, 1993: 3; Wallace, 1996: cap. 2). Las normas morales, pues, son definidas como aquellas normas a cuya violaci&oacute;n se reacciona o se debe reaccionar con sentimientos de indignaci&oacute;n o de culpa. No obstante, debe observarse lo siguiente: primero, no se deber&iacute;a limitar artificialmente el margen de las reacciones negativas con las cuales los miembros de una sociedad sancionan las infracciones contra las normas morales; segundo, ninguno de los sentimientos negativos que t&iacute;picamente son considerados constitutivos para la moral funge exclusivamente como reacci&oacute;n ante el comportamiento moral incorrecto<sup><a name="s4" href="#4">4</a></sup>; tercero, cada uno de los denominados sentimientos morales ya presupone el reconocimiento de una norma en tanto norma moral, en lugar de constituirla. Sin embargo, el enlace de la moral con sanciones especiales, a trav&eacute;s de las cuales se ejerce presi&oacute;n social, se basa sobre una idea correcta. Por una parte, la mayor&iacute;a de las normas morales afectan intereses que son tan importantes para una sociedad, que su acatamiento no se debe abandonar a las inclinaciones naturales de los individuos. Por otra parte, la moral puede exigirnos cosas cuyo cumplimiento no siempre nos resulta f&aacute;cil. El actuar moral reclama, en m&uacute;ltiples ocasiones, que coloquemos a un lado nuestros propios intereses, en favor de los otros o de la colectividad, y para ello puede ser necesario el reforzamiento motivacional por medio de sentimientos como los de indignaci&oacute;n y culpa. El cumplimiento de las normas no es s&oacute;lo algo que los miembros de una sociedad desean, es algo que se <i>exigen </i>los unos de los otros.</p>     <p>c) A esta imagen de la moral como un sistema de exigencias le corresponden las actitudes que caracterizan a alguien que comprende y secunda las normas en tanto morales. Tener una moral, en el sentido que aqu&iacute; se asume, significa algo m&aacute;s que poseer un ideal personal (Strawson, 1974: 26-44). Quien considera que algo es moralmente correcto, espera un comportamiento adecuado, no solamente de su propia parte, sino tambi&eacute;n de parte de los dem&aacute;s -y, ciertamente, de parte de todos los dem&aacute;s- miembros de la sociedad. &Eacute;l querr&aacute; que las normas cuyo cumplimiento estima moralmente debido sean respetadas -por lo menos- en los sectores importantes de la sociedad. Y dar&aacute; a conocer reacciones negativas de uno u otro tipo, tan pronto como vea que &eacute;l mismo u otros violan las normas morales. Las normas morales son regulaciones sobre las cuales opinamos que estamos obligados a cumplir, as&iacute; como tambi&eacute;n opinamos que estamos autorizados para reclamar a los otros su cumplimiento. Ello implica la suposici&oacute;n de que el constre&ntilde;imiento de la moral no es extorsivo, ya que en este &uacute;ltimo caso se carece de toda legitimaci&oacute;n<sup><a name="s5" href="#5">5</a></sup>. Adem&aacute;s, a la moral tambi&eacute;n parece pertenecer un tipo espec&iacute;fico de motivaci&oacute;n. En todo caso, es evidente que aquel que se siente obligado a algo cumple con ello <i>porque </i>se siente obligado y, de esta manera, act&uacute;a moralmente <i>porque </i>cree que eso es moralmente debido o correcto.</p>     <p>La comprensi&oacute;n de moral que se ha delineado hasta el momento no es evidente ni indiscutible. En el curso de mis reflexiones yo mismo enunciar&eacute; dudas sobre ella. Los l&iacute;mites entre las normas morales y los ideales morales, u otro tipo de ideales, resultar&aacute; ser poco clara, y ello conducir&aacute; a un debilitamiento del elemento de exigencia de las normas morales. No obstante, la concepci&oacute;n de la moral como un sistema de exigencias, es decir, como deberes con sus correspondientes derechos, ha echado profundas ra&iacute;ces en nuestra comprensi&oacute;n cotidiana de la moral, y es secundada por una tradici&oacute;n filos&oacute;fica emblem&aacute;tica. Su formulaci&oacute;n m&aacute;s prominente se encuentra en Immanuel Kant, aunque tambi&eacute;n ha sido asumida por John Stuart Mill (2004: cap. 5). Por otra parte, esta concepci&oacute;n est&aacute; claramente mejor delineada en tanto conceptos morales alternativos, como ocurre, por ejemplo, con aquellos que parten de un concepto amplio de lo &eacute;tico que abarca todas las reflexiones pr&aacute;cticas (Williams, 1985), o con aquellos que asimilan la moral con un altruismo espont&aacute;neo.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="3"><b>2. &iquest;Requiere la moral una justificaci&oacute;n?</b></font></p>     <p>La forma como uno se ocupe de la pregunta por la necesidad de justificaci&oacute;n depende de c&oacute;mo uno entienda la moral. En tanto una totalidad de inclinaciones altruistas naturales, la moral requerir&iacute;a de una fundamentaci&oacute;n, en todo caso siempre que pudi&eacute;ramos discurrir acerca de qu&eacute; espacio le deber&iacute;amos conceder en nuestra vida a tales inclinaciones. Si la moral se asimilara con un ideal personal, ella por lo menos no necesitar&iacute;a ninguna fundamentaci&oacute;n frente a los dem&aacute;s.</p>     <p>La situaci&oacute;n es otra cuando concebimos la moral -o su n&uacute;cleo- como un sistema de exigencias que se plantea frente a los otros, exigencias que deben conducir sus actos y actitudes en aspectos fundamentales. Aquellos a quienes se les exige algo pueden preguntar con qu&eacute; derecho ello ocurre y por qu&eacute; deben cumplir con lo que se les exige. Y ellos har&aacute;n esto con mucho mayor empe&ntilde;o, mientras la moral m&aacute;s les exija. Una necesidad de fundamentaci&oacute;n nace en cualquier lugar donde se pueda llegar a un conflicto entre las exigencias morales y los intereses propios que son tenidos como importantes. Pero, precisamente, esta posibilidad es una parte integral de la comprensi&oacute;n usual de moral: quien se somete a ella acepta establecerse l&iacute;mites, en caso de emergencia, y tambi&eacute;n en &aacute;mbitos centrales de su propia vida, en favor de los otros o de la colectividad. Y en casos extremos acepta inclusive sacrificar su propia vida. Si podemos esperar que se ofrezca alguna fundamentaci&oacute;n para algo, parece, pues, que debe ser para este tipo de exigencias.</p>     <p>Asimismo, la pregunta por la fundamentaci&oacute;n no s&oacute;lo se la plantean aquellos de quienes se exije algo, sino tambi&eacute;n quienes exigen. Una exigencia moral no es simplemente un decreto o una orden; es m&aacute;s bien una declaraci&oacute;n de intenciones para la cual, la persona que exige, cree estar legitimada. El constre&ntilde;imiento de la moral, como ya se dijo, no es extorsivo, y por ello aquel que plantea una exigencia moral no puede, por principio, evadirse de la pretensi&oacute;n de que aporte razones en favor de su exigencia.</p>     <p>A lo anterior se suma el que existen diferentes concepciones de moral, inclusive diferentes morales, y debido a ello se debe justificar por qu&eacute; se prefiere cierta concepci&oacute;n o cierta moral. Toda fundamentaci&oacute;n de la moral deber&iacute;a proporcionar, a la vez, criterios para la calificaci&oacute;n de determinadas normas morales como correctas o m&aacute;s correctas, en comparaci&oacute;n con otras normas morales.</p>     <p>Sin embargo, muchos no perciben la moral como algo que est&eacute; especialmente necesitado de fundamentaci&oacute;n, incluso all&iacute; donde la moral se presenta en forma de exigencias que no son compartidas por todos. Esto no deber&iacute;a sorprendernos pues desde muy temprano, sin ning&uacute;n tipo de alternativa y de manera tan constante, somos exhortados a cumplir con determinadas normas morales, que tan siquiera podemos imaginarnos una vida sin ellas o sin ninguna moral. En cierta manera, seguimos ciegamente las reglas morales; nosotros sencillamente <i>vemos </i>y <i>sentimos </i>lo que est&aacute; moralmente ordenado o lo que es correcto en situaciones diferentes. En la vida diaria tendemos a no permitir que surja o a diferir la pregunta sobre <i>qu&eacute; </i>es en verdad lo que se exige moralmente. Por ello, muchos seres humanos apenas se dejan persuadir por argumentos en favor de una modificaci&oacute;n de sus actitudes morales b&aacute;sicas. Sin embargo, la filosof&iacute;a renunciar&iacute;a a toda pretensi&oacute;n de aclaraci&oacute;n, si por lo menos no asumiera las preguntas por la fundamentaci&oacute;n, all&iacute; donde sustancialmente se plantean. Justamente, porque la moral de una u otra manera impregna nuestra vida desde el comienzo, no deber&iacute;amos renunciar a inquirirla cr&iacute;ticamente y a cavilar sobre lo que habla en su favor.</p>     <p><font size="3"><b>3. &iquest;Qu&eacute; significa fundamentar la moral?</b></font></p>     <p>&iquest;Pero qu&eacute; puede querer decir fundamentar la moral? Cuando la moral se encuentra bajo la presi&oacute;n de fundamentar el hecho de que exige a los particulares que, en determinadas situaciones, posterguen sus intereses en favor de otros o en favor de la comunidad es, pues, evidente que se espera que una fundamentaci&oacute;n de la moral presente a los individuos buenas razones para ese comportamiento en particular. &iquest;Por qu&eacute; debo someterme a esta o a aquella norma moral o a la totalidad de las normas morales, si ello me puede imponer una renuncia a cosas que para m&iacute; son importantes? Al final de mis reflexiones retornar&eacute; a esta pregunta. De momento, sin embargo, quisiera emprender un cambio de perspectiva.</p>     <p>Entendida como un sistema de exigencias espec&iacute;ficas, la moral es una instituci&oacute;n <i>social, </i>y en cuanto tal, no se debe al quehacer de un <i>yo, </i>sino al de un <i>nosotros. </i>La moral es algo que nosotros de manera conjunta traemos al mundo. Incluso cuando no estoy satisfecho con la moral dominante y quiero reformala, me imagino la nueva moral -que es supuesta o realmente mejor-como un conjunto de normas para nosotros, esto es, para una sociedad y, dado el caso, para una sociedad global que comprende a todos los seres humanos. Sobre la base de la comprensi&oacute;n de moral bosquejada, ninguna moral puede existir solamente para una persona.</p>     <p>Que la moral sea una instituci&oacute;n social creada por nosotros no significa, evidentemente, que ella sea normalmente o, a fin de cuentas, el resultado de un acuerdo expl&iacute;cito. Pero esta tendencia la comparte la moral con muchas otras instituciones sociales. Incluso un adelanto tan <i>artificial </i>como el del papel moneda no deber&iacute;a tener su origen, en principio, en una orden de una instancia autorizada para ello, sino en los permanentes procesos de transformaci&oacute;n que experimenta el intercambio de mercanc&iacute;as, procesos que en su mayor parte ocurrieron a espaldas de los interesados. Para el dinero, empero, vale lo mismo que para la moral el hecho de que, en tanto instituciones sociales, s&oacute;lo pueden funcionar con base en el reconocimiento. John Searle ha indicado que, en su existencia, los <i>hechos institucionales </i>dependen de las actitudes personales: para que puedan funcionar como dinero billetes que han sido impresos de tal o cual manera, debemos creer que los billetes son dinero; nosotros debemos concederle conjuntamente el estatus <i>dinero, </i>y ese estatus debemos mantenerlo por medio de un reconocimiento continuo del papel en tanto dinero (Searle 1995: cap. 2 y 4). Algo similar -Searle tambi&eacute;n ha hecho referencia a ello- es v&aacute;lido para la existencia de los derechos humanos (Searle 1995: 93): en s&iacute; mismo, ning&uacute;n ser humano tiene alg&uacute;n derecho por el s&oacute;lo hecho de que es ser humano. No hay ning&uacute;n derecho a la vida, a la integridad f&iacute;sica, a la libertad de opini&oacute;n o de religi&oacute;n que sea preexistente. Los derechos humanos son creados por nosotros; ellos nacen porque un colectivo le adscribe a los seres humanos -por el s&oacute;lo hecho de ser ser humano- el estatus de portador de determinados derechos, y porque a esta adscripci&oacute;n se vincula un conjunto de consecuencias pr&aacute;cticas importantes. En virtud de que los derechos humanos no son reconocidos desde siempre, ellos no valen atemporalmente; en todo caso, siempre y en todas partes existen buenas razones para <i>hacerlos </i>v&aacute;lidos. En tanto que son algo creado por nosotros, en principio, los derechos humanos tambi&eacute;n pueden ser suprimidos por nosotros. Y, por &uacute;ltimo, lo que es v&aacute;lido para los derechos humanos tambi&eacute;n es v&aacute;lido para la estructura normativa de la moral: todas las exigencias morales valen tanto tiempo como sean empleadas por la voluntad colectiva de la comunidad moral, o por una parte de ella que sea lo suficientemente grande.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Ahora bien, si la moral es comprendida como un proyecto com&uacute;n a la manera expuesta, la pregunta por la fundamentaci&oacute;n aparece en una perspectiva diferente. Todav&iacute;a puedo preguntarme por qu&eacute; <i>yo </i>debo permitir que mi comportamiento sea determinado por las normas morales, y una fundamentaci&oacute;n de la moral deber&iacute;a efectivamente proveer una respuesta a esta pregunta. Pero, antes que nada, deber&iacute;amos preguntarnos por qu&eacute; realmente <i>nosotros </i>debemos crear o sostener un sistema de normas morales. &iquest;Qu&eacute; razones puede tener una sociedad para estructurar su vida interna de acuerdo con exigencias de determinado tipo?</p>     <p><font size="3"><b>4. La funci&oacute;n social de la moral</b></font></p>     <p>Desde la perspectiva f&aacute;ctica, el c&oacute;digo social de la moral se mantiene por diversas razones: por adaptaci&oacute;n a lo <i>convecional, </i>por miedo a la exclusi&oacute;n social, por la creencia de que Dios habr&iacute;a ordenado ciertos actos y prohibido otros, y por otras razones similares. &iquest;Pero cu&aacute;les ser&iacute;an las <i>buenas </i>razones que puede tener un <i>nosotros </i>-independientemente de c&oacute;mo &eacute;ste se encuentre delimitado- para imponerse una moral?</p>     <p>F&aacute;cilmente, se puede dar una respuesta muy general. Como en el caso de otras instituciones sociales, el valor de una moral deber&aacute; ser medido en tanto que ella haga mejor a la sociedad correspondiente o, inclusive, la haga posible, a cuyo efecto el <i>mejor </i>en cuesti&oacute;n no tiene sentido moral, sino que debe referirse a un beneficio extramoral. &iquest;Es la vida m&aacute;s llevadera en un mundo bosquejado moralmente -por lo menos, rudimentariamente- o en un mundo sin moral? Si la moral promueve el <i>bonum commune, </i>&iquest;aumenta ella las posibilidades de una existencia satisfactoria, rica y, de ser posible, feliz? Toda experiencia habla en favor de una respuesta afirmativa a estas preguntas. Desde luego que sin las regulaciones centrales de cada moral, sin regulaciones como la prohibici&oacute;n de matar a otro sin raz&oacute;n alguna, herirlo o da&ntilde;arlo de alguna manera, es decir, sin las reglas que com&uacute;nmente forman parte de la justicia, ninguna sociedad podr&iacute;a existir permanentemente. Y sin regulaciones adicionales que puedan ser vistas como exhortaciones a la beneficencia, la vida en una sociedad deber&iacute;a seguir siendo inh&oacute;spita<sup><a name="s6" href="#6">6</a></sup>.</p>     <p>La moral tiene una funci&oacute;n social: ella debe hacer la vida segura y digna de ser vivida. De all&iacute; que una primera forma de fundamentaci&oacute;n de una moral consiste en la prueba de que &eacute;sta es adecuada para ello. Con tal enfoque de fundamentaci&oacute;n tenemos en las manos, al mismo tiempo, un primer medio para distinguir las falsas normas morales de las correctas, o las peores de las mejores. El estilo de vida en tanto exigencias referidas a un todo, las cuales de forma evidente o no evidente no ayudan a cumplir la funci&oacute;n social de la moral, no son <i>verdaderas </i>exigencias morales; ellas &uacute;nicamente se corresponden con un concepto formal de moral, pero no se corresponden con una moral debidamente fundamentada y, en este sentido, con una moral <i>correcta. </i>Cr&iacute;ticos morales radicales como Nietzsche pueden ser entendidos como esc&eacute;pticos ante &quot;la utilidad de la moral para la vida&quot;, esto es, como esc&eacute;pticos frente a toda moral, entendida &eacute;sta en el sentido de un sistema de exigencias. Por esta raz&oacute;n, para ellos no existe absolutamente ninguna moral que sea correcta.</p>     <p>Para algunos, el acceso al fen&oacute;meno de la moral por medio de su funci&oacute;n social causar&aacute; ciertamente la impresi&oacute;n de ser desde el principio demasiado instrumentalista. &iquest;No hay precisamente algo errado con la moral, si uno la considera como una instituci&oacute;n para la promoci&oacute;n de fines extramorales? Contra esto se deben expresar tres cosas: en primer lugar, las normas morales est&aacute;n all&iacute; para los seres humanos, y no al rev&eacute;s. Ya en el estoicismo, y luego especialmente en Kant, hay un fetichismo por las normas morales que tiene algo de inhumano<sup><a name="s7" href="#7">7</a></sup>. En segundo lugar, interpelar la moral en atenci&oacute;n a su utilidad es tanto m&aacute;s importante, en cuanto que por lo menos una moral que exige y que est&aacute; reforzada con sanciones informales tambi&eacute;n tiene su premio. Ella no s&oacute;lo posibilita las libertades, sino que tambi&eacute;n las limita. No obstante, en tercer lugar, la utilidad de la moral puede verse efectivamente -quiz&aacute;s esencialmente- cuando propicia modos no instrumentales de convivencia que en s&iacute; mismos son valiosos para nosotros. De esta manera, si nos comportamos correcta y amablemente unos con otros, puede ser porque lo queremos en s&iacute; mismo. El cumplir con las exigencias morales, pues, cimenta relaciones que percibimos como parte de una vida buena, de una vida lograda.</p>     <p>La verdadera dificultad de definir la moral por medio de su funci&oacute;n social yace en otro lugar. Fines como garantizar la convivencia pac&iacute;fica o aportar a la prosperidad de la sociedad pueden ser interpretados de diferentes maneras y realizados por diversos caminos. Si con vista a la funci&oacute;n social de la moral se logra excluir ciertas normas y sistemas de normas, una pluralidad de sistemas de normas, no obstante, aprobar&iacute;a este primer test de justificaci&oacute;n<sup><a name="s8" href="#8">8</a></sup>. La creciente dificultad que emana de ello puede detectarse claramente en la rivalidad que existe sobre las diferentes concepciones de <i>bien com&uacute;n. </i>&iquest;Se refiere el bien com&uacute;n al bien de los miembros de la sociedad? &iquest;C&oacute;mo debe ser distribuido el bien com&uacute;n entre ellos? &iquest;Se trata del <i>bonum commune </i>de una sociedad en particular o del bien de la humanidad? &iquest;C&oacute;mo deben ser ponderados valores como la libertad, seguridad, justicia y bienestar, los cuales a menudo se encuentran en tensi&oacute;n entre ellos dentro de una comunidad moral ? &iquest;D&oacute;nde se encuentran los l&iacute;mites de eso que, como restricciones en favor de los otros o de la comunidad, puede ser exigido a los particulares?</p>     <p><font size="3"><b>5. Variantes del <i>nosotros-criterio<sup><a name="s9" href="#9">9</a></sup></i></b></font></p>     <p>Para obtener respuestas m&aacute;s detalladas sobre estas preguntas es recomendable aprehender con mayor precisi&oacute;n el discurso en torno a un <i>nosotros </i>que fundamente la moral.</p>     <p>La idea de que la moral se debe a aportes de un sujeto colectivo con conciencia y metas propias ser&iacute;a err&oacute;nea. Las actitudes conscientes y las metas siempre son actitudes y metas de los individuos. Cada <i>nosotros </i>se remite a la interacci&oacute;n de una mayor&iacute;a de sujetos individuales. Estos, sin embargo, en tanto parte de un grupo o de una sociedad, pueden entenderse a s&iacute; mismos de diferentes maneras.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La forma m&aacute;s d&eacute;bil de un <i>nosotros-criterio </i>se encuentra all&iacute; donde los individuos est&aacute;n totalmente orientados hacia sus propias metas, aunque se dejan guiar por el razonamiento de que pueden alcanzar sus metas no contra los otros, sino con los otros. Los convenios, expresos o t&aacute;citos, que son capaces de alcanzar los sujetos en este contexto pueden tomar la forma de compromisos: cada uno refrena sus propias exigencias a tal extremo, que no se producen obstrucciones mutuas y todos consiguen, como m&iacute;nimo, algo de lo que se quer&iacute;a inicialmente. A menudo se encontrar&aacute;n los individiduos en la algo m&aacute;s afortunada circunstancia de poder realizar sus metas sin ninguna limitaci&oacute;n, por medio de la mera cooperaci&oacute;n; ellos alcanzan, pues, por medio de la uni&oacute;n de sus fuerzas, m&aacute;s de lo que pudiera alcanzar cada uno por s&iacute; mismo. Con todo, incluso en este caso las personas que cooperan entre s&iacute; tienen un proyecto com&uacute;n en un sentido d&eacute;bil. Ellos contin&uacute;an persiguiendo cada uno de sus propios proyectos y se usan rec&iacute;procamente como instrumento para la implementaci&oacute;n de sus planes. El inter&eacute;s que tienen los unos en los otros s&oacute;lo se alcanza hasta el punto en que la realizaci&oacute;n de sus correspondientes intereses lo exige. La instituci&oacute;n social de la moral que debe constituirse sobre esta base pretende, primordialmente, amurallar las tendencias destructivas y agrupar de manera productiva las energ&iacute;as divergentes. Esta instituci&oacute;n es un tipo de comando de emergencia, que se acepta porque sin &eacute;l reinar&iacute;a una inseguridad demasiado grande en vista a las oportunidades para perseguir sin obst&aacute;culos los propios proyectos de vida.</p>     <p>El otro extremo de un <i>nosotros-criterio </i>yace all&iacute; donde los particulares se ponen absolutamente al servicio de la exigencia del bien com&uacute;n. El individuo se concibe, entonces, como una parte, en s&iacute; misma insignificante, de un todo m&aacute;s grande; como una parte, por ejemplo, de un pueblo o de la humanidad. Su objetivo es asegurar y acrecentar, respectivamente, la permanencia y la prosperidad del todo, al cual &eacute;l siente que pertence. Esta subordinaci&oacute;n del particular a los intereses de la sociedad o de una comunidad omn&iacute;moda puede atemorizar, pero ello no es nada misterioso. Ante todo, tal subordinaci&oacute;n no presupone la hip&oacute;stasis del correspondiente todo en un sujeto colectivo; los intereses del todo pueden ser vistos como dependientes de los intereses de los particulares, si bien, no necesariamente como dependientes de cada particular o de s&oacute;lo una mayor&iacute;a de ellos. Cuando hablamos de que una sociedad, de una u otra forma, se encuentra en mejor situaci&oacute;n que otra, normalmente pensamos en servicios que los individuos han aportado y que han conformado en total la imagen de una sociedad; aqu&iacute; nosotros no nos servimos necesariamente de una ontolog&iacute;a obsoleta.</p>     <p>Finalmente, puede distinguirse un tercer <i>nosotros-criterio. </i>Este criterio surge a trav&eacute;s de un intercambio imaginario y correlativo de perspectiva por parte de los miembros de la sociedad. En este caso, yo no me pregunto qu&eacute; quiero para m&iacute; y c&oacute;mo puedo logralo de la mejor manera, ya sea en contra de los otros o sobre la base de acuerdos con ellos. Pero, tampoco me pregunto directamente qu&eacute; puedo aportar para el bien de la sociedad. Me pregunto m&aacute;s bien, qu&eacute; podemos querer todos nosotros el uno del otro, cuando cada uno de nosotros toma la voluntad y las necesidades de los otros absolutamente tan en serio como las propias. &iquest;Puedo afirmar mis objetivos tambi&eacute;n desde la perspectiva de todos los dem&aacute;s, siempre y cuando los otros tambi&eacute;n adopten esta perspectiva? Para el <i>nosotros-criterio </i>que se expresa en esta manera de preguntar, el supuesto de una igualdad b&aacute;sica entre quienes constituyen la comunidad moral es decisivo. Los individuos que hacen suyo este criterio se ven a s&iacute; mismos como compa&ntilde;eros, con iguales derechos, de un proyecto com&uacute;n para constituir una sociedad, la cual est&aacute; fundada sobre el respeto mutuo.</p>     <p>En palabras claves, el primer <i>nosotros-criterio </i>puede llamarse subjetivo o aditivo, el segundo, suprasubjetivo o colectivista y, el tercero, intersubjetivo. Si se parte del primer criterio, el bien com&uacute;n se presenta como la simple suma de eso que, visto el correspondiente poder de los particulares, es bueno para m&iacute;, bueno para ti y bueno para cada uno de los miembros de la sociedad.</p>     <p>En la segunda forma del <i>nosotros-criterio, </i>el bien de una sociedad se valora, en cierta manera, desde fuera, desde el punto de vista de un observador que pondera con mayor peso el gran todo, antes que sus partes individuales. Y, en la tercera variante, lo bueno es eso que es igualmente bueno para cada uno de nosotros. Probablemente, el espectro de los posibles <i>nosotros-criterio </i>no se agote con ello; adem&aacute;s, se puede pensar en combinaciones entre ellos. No obstante, en favor de las diferenciaciones planteadas habla el hecho de que ellas pueden ser catalogadas f&aacute;cilmente en las tres concepciones morales que dominan la discusi&oacute;n filos&oacute;fico-moral actual. El primer criterio es el punto de partida para el contractualismo de origen hobbesiano, que entiende la moral como un conjunto de reglas sobre el cual se pondr&iacute;an de acuerdo los individuos, tomando en cuenta sus propios intereses<sup><a name="s10" href="#10">10</a></sup>. El segundo criterio encaja bien en el utilitarismo, que juzga las acciones, m&aacute;s all&aacute; de los l&iacute;mites del individuo, de acuerdo con su aporte a la promoci&oacute;n o maximizaci&oacute;n del bien de todos. Y, el tercer criterio, resulta de una lectura intersubjetiva del imperativo categ&oacute;rico, a la manera como el mismo Kant la traza y que subyace en muchas concepciones &eacute;ticas que, en diferentes grados, son herederas de Kant<sup><a name="s11" href="#11">11</a></sup>.</p>     <p>A los ojos de ciertos representantes de las teor&iacute;as expuestas, estos tres tipos de concepciones morales se refieren solamente a tres v&iacute;as diferentes para llegar a la reconstrucci&oacute;n -en cuanto a su contenido- de las mismas exigencias morales. Por el contrario, yo sostengo que es bastante obvio que su empleo consecuente en diferentes campos de acci&oacute;n genera prescripciones divergentes. El contractualismo hobbesiano tender&aacute; a circunscribir la moral a un conjunto limitado de -especialmente- deberes negativos. El utilitarista se inclinar&aacute; a permitir que los derechos individuales pasen a estar por detr&aacute;s de los intereses de la comunidad. Y, el intersubjetivismo inspirado por Kant, se esforzar&aacute; en ampliar materialmente la esfera de deberes y derechos limitada por los contractualistas, y en permitirle el acceso a ello a todos los seres humanos. Ciertamente, pueden darse diferentes respuestas a la lista de preguntas planteadas en el &uacute;ltimo apartado, incluso en el marco de cada una de las concepciones morales indicadas. Pero decidirnos entre estas concepciones nos ayudar&iacute;a a dar un paso m&aacute;s en la b&uacute;squeda de tales respuestas. Nos preguntamos, pues, sobre la base de cu&aacute;l <i>nosotros-criterio </i>deber&iacute;amos representarnos la constituci&oacute;n de una moral.</p>     <p><font size="3"><b>6. La insuficiencia de un <i>nosotros </i>adivitivo y del contractualismo individualista radical</b></font></p>     <p>Desde mi perspectiva, el criterio de tipo intersubjetivo es digno de preferencia frente al criterio subjetivo y al suprasubjetivo. Con ello, pues, la concepci&oacute;n moral inspirada en Kant merece preferencia frente al contractualismo y al utilitarismo. Yo pienso, en efecto, que no existe un argumento simple y convincente ni contra el contractualismo ni contra el utilitarismo. Al fin de cuentas, es la falta de atractivo de las concepciones de vida que est&aacute;n detr&aacute;s de ellas lo que habla en su contra.</p>     <p>El contractualismo moral de proveniencia hobbesiana justifica las normas morales de acuerdo con el mismo patr&oacute;n con el que el contractualismo pol&iacute;tico legitima la autoridad del Estado. Los principios morales correctos son vistos como reglas para limitar la acci&oacute;n de los individuos, cuyo h&aacute;bil acuerdo redunda en beneficio rec&iacute;proco para todos los que se encuentran en posici&oacute;n de obligados. Derechos morales y deberes resultan de un intercambio de libertades. Luego, las limitaciones de la libertad que est&aacute;n asociadas con la moral deben ser aceptadas por cada uno, pues -as&iacute; dice la hip&oacute;tesis- a cada uno le importa m&aacute;s la libertad y la seguridad que gana con la renuncia a la libertad que hacen los otros, que la libertad que &eacute;l debe conceder en contraprestaci&oacute;n. Tal intercambio de libertad puede visualizarse con la ayuda de la figura del contrato, pero, bien entendido, la idea del contrato no es constitutiva para el contractulismo, a pesar de su nombre. Me explico: tomando en cuenta los intereses rec&iacute;procos, para cada uno deber&iacute;a ser importante, aun sin la existentencia del contrato y con motivo de los propios intereses, seguir determinadas normas morales, en la medida en que se pueda estar suficientemente seguro de que los otros tambi&eacute;n lo hacen. Por el contrario, sin la debida seguridad, tambi&eacute;n un contrato ser&iacute;a in&uacute;til. Por ello, para el contractualismo, las t&iacute;picas sanciones informales de la moral tienen una especial importancia. En ello no necesariamente se encuentra presupuesta una imagen ego&iacute;sta del ser humano<sup><a name="s12" href="#12">12</a></sup>; el inter&eacute;s propio de las personas puede ser variado e incluir, desde luego, fines altruistas. No obstante, el contractualista anhela todav&iacute;a poder mostrarle al ego&iacute;sta que un comportamiento de acuerdo con normas morales es racionalmente forzoso. &Eacute;l se dirige especialmente a personas para las cuales los otros son en gran parte indiferentes, ya que s&oacute;lo as&iacute; cree poder demostrar que las normas morales son obligatorias para absolutamente todos.</p>     <p>Desde los tiempos de Hobbes -y, mucho antes, desde los tiempos de los sofistas y de Epicuro-, se han planteado numerosas objeciones a esta manera de fundamentar la moral. Tal vez las objeciones m&aacute;s importantes sean: (a) el contractualismo no toma en cuenta el fen&oacute;meno de la conciencia y, con ello, tampoco toma en cuenta la motivaci&oacute;n moral genuina; (b) el contractualismo no podr&iacute;a admitir obligaciones frente a los d&eacute;biles que carecen de poder de represalia; (c) el contractualismo conducir&iacute;a a relaciones desiguales e injustas.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>(a) En el caso de la problem&aacute;tica sobre la conciencia, una estrategia de defensa est&aacute; dirigida a darle preferencia a los intereses propios no en acciones individuales dependientes de las circunstancias, sino a darles preferencia en un nivel donde la opci&oacute;n que se plantea resulta de entre varias concepciones de vida. En este sentido, David Gauthier opina que el inter&eacute;s propio deber&iacute;a tomarse en cuenta</p>     <blockquote> 	    <p>cuando los seres humanos se preguntan: &iquest;cu&aacute;l es la clase de ser humano que m&aacute;s me conviene ser, con arreglo a las metas y deseos que con toda seguridad tendr&eacute;? &iquest;Es lo mejor para m&iacute; ser un ser humano que puede construir relaciones de confianza? o &iquest;es mejor para m&iacute; ser un ser humano que se beneficia en todo momento de los otros y los hace trabajar en favor de sus metas? (Gauthier, 2000: 118-119).</p> </blockquote>     <p>A esta pregunta, Gauthier ofrece una respuesta en favor de la primera alternativa. As&iacute;, nosotros solamente tendr&iacute;amos la opci&oacute;n de asumir las reglas morales, junto con la estructura motivacional que le es propia, o vivir en un mundo sin moral. En vista de esta opci&oacute;n, la mayor parte de los seres humanos estar&iacute;a en favor de la constituci&oacute;n de una autognosis moral, antes que de una ego&iacute;sta. No obstante, uno se pregunta, primero, por qu&eacute; uno deber&iacute;a comprometerse con esta opci&oacute;n, si &uacute;nicamente se trata de nuestras propias metas; segundo, qu&eacute; tan estable puede ser nuestra decisi&oacute;n en favor de la moral, si ella, por un lado, se toma en raz&oacute;n de nuestros propios intereses y, por otro lado, puede implicar una dolorosa renuncia a la satisfacci&oacute;n de los propios intereses. Hasta donde yo lo puedo ver, en el marco del contractualismo individualista consecuente no existe ninguna buena raz&oacute;n para que las personas con intereses concretos se orienten, durante toda una vida, por decisiones que posiblemente ellas tomar&iacute;an en la imaginaria y contraf&aacute;ctica situaci&oacute;n de elecci&oacute;n que plantea Gauthier. Igual de dudoso me parece que las correspondientes decisiones se puedan mantener en pie, si un comportamiento en conformidad con las normas morales nos exigiera lesionar nuestros intereses m&aacute;s importantes y fundamentales. Debido a esto, deber&iacute;a ser m&aacute;s prometedor para el contractualisa renunciar a la incorporaci&oacute;n de una motivaci&oacute;n genuinamente moral en su propia concepci&oacute;n moral. El contractualista puede sostener la opini&oacute;n que, al fin y al cabo, todo depende solamente de lo que se hace a las dem&aacute;s personas, se trate de los motivos que uno quiera que se trate<sup><a name="s13" href="#13">13</a></sup>.</p>     <p>(b) Una defensa que acepta la objeci&oacute;n antes planteada, pero que no considera que la misma sea algo fatal, probablemente tambi&eacute;n tendr&aacute; m&aacute;s &eacute;xito -tambi&eacute;n en el caso de la segunda y de la tercera objeci&oacute;n- que el intento de declarar las supuestas deficiencias como meramente aparentes. El contractualismo de origen hobbesiano plantea una moral que es b&aacute;sicamente una moral para personas que son igual de fuertes. Con cierta raz&oacute;n, el contractualismo puede afirmar que el &aacute;mbito de aquellos que disponen de suficiente poder de represalia es mucho m&aacute;s amplio de lo que parece en un primer momento. Quien se considera fuerte, realmente, no puede estar seguro de poder oponerse a la fuerza unificada de los que son supuestamente d&eacute;biles y, adem&aacute;s, debe contar con que su fuerza en alg&uacute;n momento lo abandonar&aacute;. La moral es una instituci&oacute;n social para mitigar las consecuencias de contingencias que, en diferentes grados, amenazan toda vida humana. No obstante, este criterio no es suficiente para hacer comprensible la existencia de deberes frente a, por ejemplo, ni&ntilde;os muy peque&ntilde;os o frente a las futuras generaciones. Si el contractualista no quiere operar nuevamente con escenarios contraf&aacute;cticos, en los cuales no se puede percibir por qu&eacute; una persona absolutamente orientada hacia sus propios intereses -que existe aqu&iacute; y ahora- participar&iacute;a en ellos, deber&iacute;a entonces el contractualista admitir que, partiendo del fundamento de su concepci&oacute;n moral, no podemos hablar realmente de deberes <i>frente </i>a los ni&ntilde;os ni <i>frente </i>a las futuras generaciones, sino que a lo sumo podemos hablar de deberes <i>en atenci&oacute;n a </i>&eacute;stos, cuando la consideraci&oacute;n por los padres de los ni&ntilde;os y, m&aacute;s tarde, por los hijos de &eacute;stos justifica un deber indirecto<sup><a name="s14" href="#14">14</a></sup>.</p>     <p>El contractualista debe admitir igualmente que su moral puede tener consecuencias desigualitarias. Ello depender&aacute; justamente de las relaciones de poder, bajo cuyas condiciones los actores racionales, debido al inter&eacute;s mutuo, se pondr&iacute;an de acuerdo sobre ciertas reglas de juego. En el estado natural de Hobbes, todos son m&aacute;s o menos igual de fuertes; las diferencias f&aacute;cticas entre los seres humanos disminuyen su poder de amenaza de una forma tan insignificante, que es de esperar razonablemente que resulten regulaciones igualitarias y justas. Por el contrario, en el caso de las desigualdades de poder solidificadas institucionalmente que existen en el mundo real, un acuerdo relativo a normas que reflejen esas desigualdades es m&aacute;s probable.</p>     <p>Estas consideraciones ponen de relieve que una fundamentaci&oacute;n de la moral basada en la perspectiva de los denominados intereses propios, si el inter&eacute;s propio del ego&iacute;sta es tomado como medida, conlleva por lo menos a que algunas intuiciones morales -incluso algunas fundamentales- sean rechazadas, en tanto que ya no son racionalmente obligatorias. Sin embargo, si uno contempla la moral como algo que no nos es sencillamente dado, no puede uno rechazar el contractualismo moral solamente por el hecho antes mencionado. Las intuiciones morales no son evidencias que se justifican a s&iacute; mismas, como algunas variantes del realismo &eacute;tico quieren hacer creer. Igualmente, tampoco existe raz&oacute;n alguna para que fijemos algunas convicciones morales en el marco de un equilibrio reflexivo, como Rawls (1976: I 9) lo ha propuesto<sup><a name="s15" href="#15">15</a></sup>, ya que, en tanto algo que es creado y que en la mayor&iacute;a de los casos tambi&eacute;n es algo que var&iacute;a hist&oacute;ricamente, ning&uacute;n <i>dato </i>deber&iacute;a ser ni siquiera relativamente inmune contra una indagaci&oacute;n cr&iacute;tica. Las severas consecuencias del contractualismo moral de proveniencia hobbessiana sugieren otro tipo de cr&iacute;tica.</p>     <p>En primer lugar, no es claro si los preceptos que los actores han alcanzado s&oacute;lo sobre la base de un <i>nosotros-criterio </i>de car&aacute;cter aditivo puedan ser lo suficientemente estables para cumplir satisfactoriamente con la funci&oacute;n social de la moral. Siempre existen alicientes para la defecci&oacute;n, y es dudoso que estos alicientes reduzcan considerablemente su efecto &uacute;nicamente con motivo de la amenaza de sanciones. Gauthier, no por casualidad, considera conveniente que los individuos conciban su comportamiento moral como parte de su identidad pero, precisamente, no es seguro si los individuos pueden constituir tal autocomprensi&oacute;n partiendo de consideraciones ego&iacute;stas para el beneficio propio. Constituye una pregunta importante el si personas que poseen una autocomprensi&oacute;n fuertemente ego&iacute;sta pueden en realidad fundar alguna instituci&oacute;n social.</p>     <p>En segundo lugar, se le puede formular una cr&iacute;tica al contractualismo, recurriendo a la concepci&oacute;n formal de moral que se esboz&oacute; al comienzo. Incluso si se deja de lado el problema de la motivaci&oacute;n moral, de la comparaci&oacute;n entre la moral y el chantaje pueden resultar algunas dificultades: si yo en tanto persona d&eacute;bil llego a la conclusi&oacute;n de que mejor deber&iacute;a ponerme de acuerdo con los fuertes, incluso sobre regulaciones que no sean igualitarias, antes de que la arbitrariedad me amenace, &iquest;estar&iacute;a yo actuando libremente o bajo una fuerza que en el fondo no acepto? El contractualismo moral tambi&eacute;n quisiera hacer que las <i>obligaciones </i>morales sean comprensibles, pero nadie est&aacute; obligado frente a una persona que, por as&iacute; decirlo, le coloca la pistola en el pecho; en todo caso, es aconsejable seguir sus instrucciones. Este argumento en contra del contractualismo moral es especialmente &uacute;til cuando los d&eacute;biles poseen nociones de igualdad, nociones que pertenecen a un <i>nosotros-criterio </i>intersubjetivo.</p>     <p>En tercer lugar -y este es el punto m&aacute;s importante-, deber&iacute;amos preguntarnos si nosotros podemos desear y consideramos que es atractivo un mundo en el cual las personas, m&aacute;s all&aacute; de sus relaciones personales, &uacute;nicamente act&uacute;an en conformidad con su c&aacute;lculo de intereses. A pesar de la primera cr&iacute;tica, un mundo en el cual las personas mantienen unas con otras un trato instrumental, pero en el cual ellas mismas son conscientes de que dependen unas de otras, tal vez no ser&iacute;a un mundo insoportablemente inseguro. Un mundo as&iacute;, sin embargo, no ser&iacute;a un buen lugar para vivir: &eacute;ste ser&iacute;a un mundo en el cual las relaciones generales de los seres humanos se encontrar&iacute;an determinadas por las diferencias de poder existentes entre ellos. El contractualista puede responder que nadie nos impedir&aacute; emular nuestros ideales de un mundo mejor, pero que todo lo que va m&aacute;s all&aacute; de las reglas sobre las que pudieran ponerse de acuerdo incluso los actores ego&iacute;stas, en procura de sus propios intereses -en un sentido positivo-, no puede mostrarse como algo racionalmente obligatorio a personas que tengan otros ideales. Esto es correcto. Pero &iquest;en qu&eacute; medida algo puede ser mostrado frente a cada persona como racionalmente obligatorio?<sup><a name="s16" href="#16">16</a></sup> Puede ser que una persona que sea amoralista y ego&iacute;sta no tenga ning&uacute;n inter&eacute;s en una convivencia no instrumental, pero &iquest;por qu&eacute; deber&iacute;amos nosotros, quienes poseemos tal inter&eacute;s, constituir nuestra moral de acuerdo con su escala? El sentido de la moral podr&iacute;a hallarse en el posibilitar una convivencia que no est&eacute; dictada por las consideraciones ego&iacute;stas del beneficio propio y, precisamente por ello, posibilitar una convivencia que sea deseable para la mayor parte.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="3"><b>7. Las insuficiencias de un <i>nosotros </i>colectivista y del utilitarismo</b></font></p>     <p>Si nosotros -o muchos, o la mayor&iacute;a, cuando no la mayor parte de nosotros-no queremos ver nuestra convivencia social como algo caracterizado por compromisos o por ventajas cooperativas, &iquest;no deber&iacute;amos formular un <i>nosotros-criterio </i>que sea suprasubjetivo o colectivista, y a partir de &eacute;l comprender la moral? Percibirse a s&iacute; mismo como una parte de un gran todo, poner sus propias acciones al servicio del -como quiera que se defina- bien com&uacute;n, es para muchos una importante fuente de experiencias vitales. Por este mero hecho ellos no pasan inmediatamente a ser utilitaristas, pues un <i>nosotros-criterio </i>de tipo colectivista compagina exactamente igual de bien, si no mejor, con las &eacute;ticas particularistas que se han colocado como meta el bienestar de un grupo espec&iacute;fico. Sin embargo, para aquellos que adhieren a una moral universalista, el utilitarismo puede ganar en atracci&oacute;n, a trav&eacute;s de la posibilidad de enlazar el contractualismo con la perspectiva de la subordinaci&oacute;n altru&iacute;sta a los intereses del colectivo. Cuando el asunto no se trata de nuestra felicidad, &iquest;qu&eacute; puede ser m&aacute;s parecido a ello que valorar nuestras acciones en vista a eso que contribuye a &quot;la felicidad del mayor n&uacute;mero&quot;? &iquest;No es &eacute;ste acaso el sentido natural de una moral racional?</p>     <p>Al igual que en el caso del contractualismo radicalmente individualista, tambi&eacute;n se han formulado algunas objeciones contra el utilitarismo, objeciones que tienen como base ciertas intuiciones morales. El aumento de la felicidad de todos, &iquest;no depende tambi&eacute;n de c&oacute;mo ella es repartida? &iquest;Acaso no es injusto que el bienestar de muchos se promueva a costa de algunos individuos? &iquest;No hay acaso derechos individuales que no pueden ser compensados con el beneficio general? &iquest;No tenemos nosotros obligaciones primariamente frente a otros individuos, antes que frente a una generalidad an&oacute;nima? &iquest;No hacemos nosotros una diferenci&oacute;n moral de forma m&aacute;s clara entre deberes negativos de no da&ntilde;ar y deberes positivos de ayuda que la manera en que el utilitarismo regularmente lo permite? La formulaci&oacute;n de tales objeciones y el intento de refutarlos llenan estantes completos. La mayor&iacute;a de los utilitaristas se esfuerza en mostrar, especialmente, las consideraciones en torno a la justicia como algo que desde luego es compatible con su posici&oacute;n. Mi impresi&oacute;n es que los utilitaristas, en general, no consiguen su objetivo, y que ser&iacute;a m&aacute;s honesto aceptar que dentro del utilitarismo existen contradicciones que afectan algunas -tal vez fundamentales- intuiciones morales, pero conceder que estas contradicciones, no obstante, tienen escaso peso argumentativo.</p>     <p>En lugar de continuar ocup&aacute;ndome de este asunto, quisiera plantear nuevamente la pregunta de si existen razones que hablen en contra de una concepci&oacute;n moral utilitarista y que no operen con convicciones morales b&aacute;sicas que sean fijas.</p>     <p>Una variante de este tipo de cr&iacute;tica est&aacute; representada por la objeci&oacute;n de la demanda excesiva, que ya fue discutida por Mill<sup><a name="s17" href="#17">17</a></sup>. Incluso en el caso de actuar con buenas intenciones, casi nadie deber&iacute;a verse -ni cognitiva ni motivacionalmente- en la situaci&oacute;n de valorar siempre sus acciones u omisiones en relaci&oacute;n con la promoci&oacute;n de la felicidad de todas las personas que posiblemente sean afectadas por uno. El utilitarismo no es una moral para seres humanos corrientes, y en virtud de que la moral debe existir para los seres humanos, y no los seres humanos para la moral, el utilitarismo no es ninguna moral individual: el utilitarismo tiene su verdadero puesto en la pol&iacute;tica. En lo concerniente a decisiones pol&iacute;ticas sobre la configuraci&oacute;n de la colectividad -o del mundo como un todo-, las consideraciones que ata&ntilde;en m&aacute;s fuertemente el bien del todo, antes que a los individuos, son inevitables, pero en este nivel los actores ya no son m&aacute;s los individuos en tanto tales, sino particulares que act&uacute;an como representantes de la sociedad. Con motivo de que el utilitarismo, entendido como una concepci&oacute;n moral para la regulaci&oacute;n de relaciones entre seres humanos, conduce a exigencias que los particulares no pueden satisfacer en condiciones normales, esta concepci&oacute;n no puede fundamentarse frente a los particulares.</p>     <p>A pesar de lo expuesto, podemos preguntarnos nuevamente y sin rodeos si la convivencia a la que apunta el utilitarismo puede ser atractiva para nosotros y si podemos llegar a desearla. Si es cierto que el utilitarismo obtiene su poder de atracci&oacute;n del ideal colectivista (al cual tambi&eacute;n se le debe sumar la imagen de una vida en consonancia con toda la naturaleza sensible), entonces, esta concepci&oacute;n se alimenta de un ideal de vida que niega la independencia de los particulares. De esta manera, el utilitarismo atenta contra el deseo de autonom&iacute;a y contra un bien fundamental que forma parte, por lo menos, de toda sociedad liberal<sup><a name="s18" href="#18">18</a></sup>. Para la mayor parte de los seres humanos esto puede ser atractivo, s&oacute;lo en tanto sea visto como una alternativa a un individualismo que reduce toda convivencia -convivencia que no tiene como base relaciones afectivas casuales- a algo meramente <i>aditivo. </i>La autocomprensi&oacute;n sobre la que intenta basarse el utilitarismo y aquella de la que parte el contractualismo hobbesiano se comportan como im&aacute;genes opuestas: si &eacute;sta es ego&iacute;sta, aquella es altru&iacute;sta.</p>     <p><font size="3"><b>8. Intersubjetividad y la moral del respeto igualitario</b></font></p>     <p>Ahora bien, de la cr&iacute;tica al <i>nosotros-criterio </i>del contractualismo y del utilitarismo no se desprende necesariamente que una moral que sea justificada y, en este sentido, correcta deba ser entendida como la obra de una moral intersubjetiva. No obstante, mientras no puedan mencionarse otras alternativas, la opci&oacute;n antes mencionada luce como muy evidente. Una concepci&oacute;n intersubjetiva del imperativo categ&oacute;rico se ofrece como tercera v&iacute;a entre el escenario contractualista y el utilitarista. Asumir una perspectiva desde la cual cada uno de nosotros se pregunta qu&eacute; es lo que yo, desde el punto de vista de todos, puedo querer<sup><a name="s19" href="#19">19</a></sup>, proporciona la base para una convivencia no instrumental, la cual, empero, reconoce la autonom&iacute;a del particular. En raz&oacute;n de ello, una concepci&oacute;n moral inspirada por Kant puede, en principio, dar cabida a contenidos esenciales de las posiciones con las cuales compite. Con el contractualismo individualista ella comparte la inquietud de proteger los intereses b&aacute;sicos de los particulares contra ataques, por medio de un sistema de derechos y deberes. Y, puede, cuando menos, tomar en cuenta las grandes exigencias de beneficiencia del utilitarismo, en la medida en que permite entender las ayudas extraordinarias como algo que ciertamente no podemos exigir unos de otros, pero que s&iacute; podemos desear. La realizaci&oacute;n de una moral intersubjetiva tambi&eacute;n deber&iacute;a corresponderse con la funci&oacute;n social de la moral. Una sociedad cuyos miembros se atengan al principio de no hacer lo que consideran que no se puede fundamentar desde la perspectiva de los otros, en la medida en que &eacute;stos, por su parte, est&eacute;n interesados en la fundamentaci&oacute;n subjetiva de su actuar, deber&iacute;a garantizar de mejor manera la cohesi&oacute;n social y la prosperidad.</p>     <p>Las exigencias sustanciales que resultan de una concepci&oacute;n moral intersubjetiva, no obstante, dependen de la exacta configuraci&oacute;n de la auto-comprensi&oacute;n que poseen las personas que se conciben conjuntamente como creadores de una moral. Si nos preguntamos qu&eacute; es aquello que nos podemos exigir unos de otro de una forma tan marcadamente rec&iacute;proca, de manera tal que por principio tomemos la voluntad de los otros tan en serio como la nuestra, con ello se abren dos temas: primero, qu&eacute; tan amplio debe trazarse el &aacute;mbito del <i>nosotros </i>que sea verdaderamente relevante (a) y, segundo, qu&eacute; puede ser aquello que nos podemos exigir mutuamente de forma espec&iacute;fica (b). Mi tesis es que para responder a estas preguntas debemos recurrir a determinadas ideas de lo que es una vida buena o a ideas de lo que significa ser una persona, con lo cual se abre nuevamente otro campo problem&aacute;tico que no puede ser tratado con argumentos racionales convincentes.</p>     <p>(a) Para Kant, as&iacute; como para sus seguidores, es indiscutible, en gran medida, que una moral conformada por exigencias que los individuos pueden justificar entre s&iacute; debe ser una moral universalista, la cual vale por lo menos para todo ser humano desde su nacimiento. Pero, &iquest;por qu&eacute; uno no deber&iacute;a concebir la sociedad para la cual se establece la moral como algo m&aacute;s reducido de lo que es una comunidad compuesta por todos los seres humanos? Para Kant, todo ser que dispone de raz&oacute;n y autonom&iacute;a de la voluntad es titular de derechos y deberes. Kant ve en la capacidad de la raz&oacute;n pr&aacute;ctica, en tanto fundamento de nuestra libertad, la fuente misma de la moral, y por ello considera que es plausible hacer que todo portador de esta capacidad tenga una <i>dignidad, </i>la cual los convierte tanto en sujetos como en objetos de la moral. Sin embargo, sin los fuertes conceptos de raz&oacute;n y de libertad que emplea Kant, tal justificaci&oacute;n del universalismo carece de fundamento. Algunos de los rigurosos seguidores de Kant opinan que a la moral pertenece <i>eo ipso </i>una pretensi&oacute;n universalista, de manera que se contradice a s&iacute; mismo quien excluye de sus consideraciones morales a los otros, s&oacute;lo por el hecho de que ellos pertenecen a otra cultura o porque son ciudadanos de otro Estado<sup><a name="s20" href="#20">20</a></sup>. No obstante, quien efect&uacute;a tal exclusi&oacute;n no hace nada contradictorio, y tampoco parte necesariamente de falsos supuestos como el siguiente: personas de otras culturas o de otros Estados son menos inteligentes o menos sensibles. Pero &eacute;l, una vez que ha aceptado la perspectiva de la moral intersubjetiva, ya no podr&aacute; aseverar que puede justificar su acci&oacute;n, desde esta perspectiva, frente a los otros que han sido exclu&iacute;dos. Por el contrario, deber&aacute; admitir que tiene frente a ellos una actuaci&oacute;n puramente intrumental y determinada por el poder (en caso de benevolencia, quiz&aacute; tambi&eacute;n podr&iacute;a decir que procede benigna y paternalmente). Sin embargo, con ello estar&iacute;a en contra de los fundamentos de su propia autocomprensi&oacute;n, de la que forma parte esencial la asunci&oacute;n de un <i>nosotros-criterio </i>de tipo intersubjetivo. Su pretensi&oacute;n de poder justificar su conducta frente a los otros la puede limitar arbitrariamente a un grupo de personas, y con ello cerrarse artificialmente frente a experiencias de humanidad que nos permiten darnos cuenta de que, en principio, todos los seres humanos son capaces de compartir un modo de vida humano<sup><a name="s21" href="#21">21</a></sup>.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>(b) La determinaci&oacute;n del &aacute;mbito de los destinatarios de la moral repercute inevitablemente tambi&eacute;n sobre la determinaci&oacute;n del contenido, pues mientras m&aacute;s se ampl&iacute;e el &aacute;mbito, menos deber&iacute;an ser los puntos comunes entre quienes se entienden a s&iacute; mismos como miembros de una comunidad moral. Qu&eacute; es lo que podemos querer rec&iacute;procamente unos de otros, es una pregunta sobre los intereses emp&iacute;ricos de los seres humanos -y, bajo ciertas condiciones, tambi&eacute;n de los animales-. Por ello, por una parte, no ser&iacute;a inconsecuente seguir la recomendaci&oacute;n de Habermas (1983: 104) y dejarle la conformaci&oacute;n sustancial de la moral, la cual est&aacute; comprometida con el principio de la fundamentaci&oacute;n rec&iacute;proca, a los discursos <i>reales </i>de los participantes<sup><a name="s22" href="#22">22</a></sup>. As&iacute;, el trabajo de la filosof&iacute;a moral se limitar&iacute;a a la elaboraci&oacute;n y plausibilizaci&oacute;n del <i>nosotros-criterio </i>intersubjetivo, en tanto primer principio moral. Por otra parte, podr&iacute;a suponerse la existencia de determinadas necesidades e intereses b&aacute;sicos, cuya protecci&oacute;n es importante para todos. A modo de ejemplo: nadie quisiera ser asesinado, herido, humillado o enga&ntilde;ado por otro; cada uno espera ayuda en caso de emergencia, seguridad en cuanto a lo m&aacute;s necesario para vivir, etc. Hay, pues, una serie de bienes que son vistos como condiciones y componentes de una vida buena en todas la sociedades, aunque con especificaciones diferentes. Una tarea propia de la filosof&iacute;a podr&iacute;a consistir en dar a conocer posibles conexiones sistem&aacute;ticas que existen entre esos bienes<sup><a name="s23" href="#23">23</a></sup>. La filosof&iacute;a tambi&eacute;n podr&iacute;a, por medio de discusiones sobre situaciones concretas -aunque t&iacute;picas- que poseen relevancia moral, intentar estimular la sensibilidad hacia la multiplicidad de lesiones y humillaciones existentes, pero tambi&eacute;n hacia formas de vida diferentes que realmente no perjudican a nadie<sup><a name="s24" href="#24">24</a></sup>. No obstante, permanecer&iacute;a sin ser resuelta la dificultad, ya mencionada, de que los valores fundamentales sobre los que puede lograrse un consenso pueden ser ponderados de formas muy diferentes. Decisiones sobre si, por ejemplo, en caso de conflicto le corresponde la preferencia al inter&eacute;s en la seguridad o a ciertas libertades, dependen de un transfondo que se refiere a las concepciones de vida que se comparten mayoritariamente. En tal situaci&oacute;n, los fil&oacute;sofos s&oacute;lo podr&aacute;n hacer sugerencias para una autocomprensi&oacute;n. Dichas sugerencias pueden ser la expresi&oacute;n de una experiencia valiosa, de exactitud fenomenol&oacute;gica y de claridad conceptual, pero no pueden reclamar para s&iacute; mismas el tratarse de un conocimiento especial de expertos.</p>     <p><font size="3"><b>9. &iquest;Por qu&eacute; debo actuar moralmente?</b></font></p>     <p>As&iacute;, hemos alcanzado el punto en el cual se puede retomar la pregunta fundamental y espec&iacute;fica que se formul&oacute; al comienzo de la tercera secci&oacute;n. Ella se refiere a las razones que pueden present&aacute;rsele a quien pregunta por qu&eacute; debe someterse a las normas de la moral, cuando &eacute;sta puede exigir de &eacute;l que posponga, en favor de otros o de la colectividad, intereses que para s&iacute; mismo son importantes. Una comprensi&oacute;n moral que est&eacute; conectada con el bien com&uacute;n incita esta pregunta, pues realmente no se puede partir ni de una armon&iacute;a natural entre el bien particular y el bien com&uacute;n, ni de una preeminencia elemental del primero frente al segundo<sup><a name="s25" href="#25">25</a></sup>. A diferencia de lo que pudiera parecer en un primer momento, el debate sobre la funci&oacute;n social de la moral y los diferentes criterios del <i>nosotros </i>no es una evasiva a la pregunta fundamental. Pues, si es correcto que la moral es una instituci&oacute;n social que se debe a la contribuci&oacute;n de un <i>nosotros, </i>y si adem&aacute;s es correcto que de entre varios <i>nosotros-criterio, </i>a partir de los cuales puede constituirse una moral, el criterio intersubjetivo es el m&aacute;s atractivo; entonces, la pregunta sobre por qu&eacute; debo actuar moralmente debe concebirse como una pregunta referida a las razones para que se asuma precisamente esta concepci&oacute;n. Y, en esencia, la respuesta a ello no es otra que la que se da a la pregunta de por qu&eacute; el criterio intersubjetivo merece prioridad ante el subjetivo y ante el suprasubjetivo. Con otras palabras: cada persona est&aacute; obligada a relacionarse con los otros miembros de su sociedad. Debido a esto, cada uno debe considerar c&oacute;mo se representa una convivencia con ellos, siendo los tres <i>nosotros-criterio </i>los que aportan los modelos m&aacute;s importantes para ello.</p>     <p>Quien considere que dentro de una sociedad la mejor manera de alcanzar la regulaci&oacute;n de las relaciones fundamentales -relaciones que no se constituyen sobre v&iacute;nculos afectivos ocasionales- entre los seres humanos, se da sobre la base de un trato social rec&iacute;proco e instrumental, seguro que no puede ser tenido por alguien que es sencillamente irracional. Y tampoco es irracional quien concibe su comportamiento hacia los otros como una parte de su servicio a la sociedad, vista &eacute;sta como un todo. A aquellos que sostienen una de estas posiciones mencionadas podemos intentar convencerlos, s&oacute;lo con argumentos racionales d&eacute;biles, de las ventajas de una perspectiva referida a la vida social, perspectiva que promete satisfacer en medidas iguales la necesidad que se tiene de interacciones no instrumentales y la necesidad de conservar tanto la propia autonom&iacute;a como la propia independencia. Tener &eacute;xito en ello depende de la posibilidad de que se tomen en cuenta las necesidades de las personas interesadas. As&iacute;, a los instrumentalistas se les recordar&iacute;a que aquel que s&oacute;lo conoce relaciones estrictamente instrumentales o estrictamente afectivas es incapaz de mantener verdaderas amistades y relaciones de amor duraderas. Algo similar es v&aacute;lido para los colectivistas, debido a que tambi&eacute;n ellos tienden casi que a pasar por alto la realidad de los otros individuos. Tanto aquel que se a&iacute;sla totalmente de los otros, como aquel que quisiera diluirse en un grupo carecen, por lo general, no s&oacute;lo de la facultad de apreciar a los otros sino, tambi&eacute;n, de la facultad de apreciarse a s&iacute; mismos. De ello no se deriva que ni el contractualista ni el utilitarista pueden mantener verdaderas amistades. Pero, gracias al balance exacto entre la convivencia no instrumental y la independencia, existen formas de amistad de las cuales el intersubjetivista desea que tengan repercusi&oacute;n sobre nuestras relaciones sociales habituales. En la amistad, y en otros tipos de relaciones &iacute;ntimas que son importantes casi que para cada uno de nosotros, est&aacute; integrado un elemento de intersubjetividad moral -una forma especial de reconocimiento mutuo-, cuyo atractivo deber&iacute;a hablar en favor de su expansi&oacute;n hacia la vida social<sup><a name="s26" href="#26">26</a></sup>. Reflexiones de este tipo son reflexiones de naturaleza eudemonista: ellas apuntan a calificar determinadas formas de comportamiento y de autocomprensi&oacute;n como algo compatible con una vida buena, y tambi&eacute;n califican otras formas de comportamiento y autocomprensi&oacute;n como incompatibles con tal vida buena. Se trata de alegatos en favor de una manera especial de ver el mundo y de verse a s&iacute; mismo, alegatos de los cuales uno puede esperar que est&eacute;n en condiciones de ser sustentados con conocimientos generales sobre la constituci&oacute;n de los seres humanos. Una constituci&oacute;n cuyo alcance, no obstante, permanece necesariamente indefinido, en raz&oacute;n de la variedad existente en la vida humana. Quien asume la perspectiva de la moral intersubjetiva nota que por medio de ella se posibilitan relaciones sociales que &eacute;l, al fin y al cabo, desea m&aacute;s por su valor en s&iacute; mismas, antes que por su evidente beneficio instrumental. Adem&aacute;s, puede ver que en estas relaciones se expresa mejor la naturaleza de todos nosotros en tanto seres racionales, seres que somos capaces de ofrecer justificaciones rec&iacute;procas y que al mismo tiempo somos vulnerables. En ello yace la raz&oacute;n de la obligaci&oacute;n de tener un cierto ideal: la igualdad entre individuos aut&oacute;nomos y finitos. Puesto que este ideal est&aacute; anclado en nuestras necesidades elementales, y puesto que su realizaci&oacute;n -m&aacute;s que la realizaci&oacute;n de todos los dem&aacute;s ideales- promete el establecimiento de un mundo que es llevadero para la mayor parte de nosotros, existen, entonces, buenas razones para impulsarlo. Evidentemente, esto es m&aacute;s de lo que especialmente el contractualista considera que es posible. Sin embargo, es menos de lo que desean aquellos que opinan que, en comparaci&oacute;n con los ideales del ego&iacute;sta y del colectivista, se puede demostrar que el ideal de la moral intersubjetiva es racionalmete obligatorio u objetivamente valioso en s&iacute; mismo.</p>     <p><font size="3"><b>10. Consecuencias para la comprensi&oacute;n general de la moral</b></font></p>     <p>Deber&iacute;a ser evidente que estas reflexiones, como se dijo al comienzo, conduzcan a una determinada revisi&oacute;n de la comprensi&oacute;n -en gran parte formal- de la moral, comprensi&oacute;n que tom&eacute; como punto de partida.</p>     <p>Las concepciones morales contractualistas, las utilitaristas y las inspiradas en Kant, o intersubjetivas, la mayor&iacute;a de las veces pretenden demostrar que las normas morales son obligatorias para casi todos los seres humanos. Para Kant, la moral ordena categ&oacute;ricamente. Para el contractualismo moral de origen hobbesiano, todo deber moral es un deber prudencial y, con ello, hipot&eacute;tico, aunque es cierto que el contractulismo intenta reproducir el elemento categ&oacute;rico, en tanto que pretende fundar la moral sobre los intereses fundamentales que cada uno tiene<sup><a name="s27" href="#27">27</a></sup>. El utilitarismo, por su parte, toma como punto de partida el que la promoci&oacute;n de la utilidad colectiva expresa un valor supremo, hacia cuya realizaci&oacute;n cada uno se siente obligado, tan pronto este valor ha sido reconocido. A pesar de ello, una obligaci&oacute;n categ&oacute;rica de uno u otro tipo s&oacute;lo podr&iacute;a existir si la moral se fundamentara racionalmente frente a todos. Si cada uno quisiera un mundo en el cual fuera posible una convivencia no instrumentalista y, al mismo tiempo, la protecci&oacute;n de la autom&iacute;a de los particulares, habr&iacute;a que aportar tal fundamentaci&oacute;n racional. No obstante, es dudoso que cada uno quiera o deba querer esto. El ego&iacute;sta radical no es ning&uacute;n personaje ficticio, y en raz&oacute;n de que la fuerza de la moral no es extorsiva, sino que es, en &uacute;ltima instancia, una fuerza autoimpuesta, la moral intersubjetiva pierde su car&aacute;cter de exigibilidad en relaci&oacute;n con el ego&iacute;sta. Desde la perspectiva del contractualista, la moral intersubjetiva debe ser excluida, en tanto que no es un ideal absolutamente justificable. En virtud de ello, dije al comienzo que los l&iacute;mites entre moral, ideales morales y otros tipos de ideales deber&iacute;an ser trazados de manera menos tajante de lo que el concepto formal de moral supone, y que en consecuencia tambi&eacute;n se ve debilitado el elemento de exigibilidad de la moral.</p>     <p>Visto estrictamente, la moral es un sistema de exigencias rec&iacute;procas solamente para quienes se conciben a s&iacute; mismos moralmente o para quienes pueden ser conducidos relativamente f&aacute;cil hacia una autocomprensi&oacute;n moral. Tambi&eacute;n reacciones morales como la indignaci&oacute;n, con las cuales respondemos ante graves incumplimientos de las reglas morales, son adecuadas &uacute;nicamente dentro de una comunidad moral. Quien se sit&uacute;a fuera de una comunidad tal y, en esencia, no puede ser alcanzado por las consideraciones morales, no es merecedor de nuestra indignaci&oacute;n, sino que es merecedor, de acuerdo con el caso, de nuestra repelencia o de nuestra l&aacute;stima. Pero si las exigencias morales y ciertas sanciones informales, de acuerdo con su sentido intr&iacute;nseco, est&aacute;n conectadas s&oacute;lo con aquellos que ya de por s&iacute; se conciben moralmente, &iquest;no es superfluo, entonces, el hecho de que la moral se presente en forma de exigencias y sanciones?</p>     <p>En este punto, ciertamente, es adecuada una modificaci&oacute;n en la comprensi&oacute;n de moral que se deline&oacute; al comienzo. Ante todo, la necesidad de sanciones espec&iacute;ficas est&aacute; sobrevaluada en muchas concepciones morales. Por razones evidentes, esto es v&aacute;lido para el contractulismo hobbesiano, pero tambi&eacute;n para algunas versiones de una teor&iacute;a moral que se orienta en Kant. Si concebimos la moral como una expresi&oacute;n de un <i>nosotros-criterio </i>de tipo intersubjetivo, ella ciertamente tambi&eacute;n servir&iacute;a para la protecci&oacute;n de importantes intereses extramorales, los cuales, en caso de emergencia, tambi&eacute;n deben ser garantizados con la ayuda de sanciones. Sin embargo, una empresa com&uacute;n para la realizaci&oacute;n de una forma de vida que sea apreciada en cuanto tal es algo adicional y esencial. Adem&aacute;s, desde la perspectiva de una moral que es entendida de esta manera, el impulso de sancionar a los otros por el quebrantamiento de las normas morales puede, inclusive, llegar a ser en s&iacute; mismo moralmente cuestionable. En el lugar de las sanciones aparecen, pues, formas leves de cr&iacute;tica o formas de ayuda e ilustraci&oacute;n. Con esto, la moral no tiene que perder al mismo tiempo su car&aacute;cter de obligatoriedad, ya que tambi&eacute;n podemos hablar de <i>exigencias </i>sin alusi&oacute;n a sanciones<sup><a name="s28" href="#28">28</a></sup>. Tales exigencias pueden ser entendidas como declaraciones de intenci&oacute;n, con las cuales se deja claro, por una parte, que lo exigido puede fundamentarse frente al destinatario de la exigencia y, por otra parte, que tanto para el destinatario como para la persona misma que exige se trata de algo de especial importancia. No obstante, para aquellos que se acobijan bajo la moral intersubjetiva, su capacidad -interna- para ser justificada y su importancia, est&aacute;n fuera de duda.</p> <hr>     <p><font size="3"><b>Pie de p&aacute;gina</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><sup><a href="#s1" name="1">1</a></sup>No pocos fil&oacute;sofos (Richard M. Hare y J&uuml;rgen Habermas son ejemplos destacados) definen <i>moral </i>de tal manera que a una norma moral <i>eo ipso </i>le corresponde una exigencia de validez universal. Cada uno es libre de formular definiciones como guste. No obstante, la definici&oacute;n universalista de la moral obstruye la visi&oacute;n de la realidad hist&oacute;rica, y confunde la pregunta relativa a la comprensi&oacute;n de la moral con la pregunta en torno a lo que es moralmente correcto. Tambi&eacute;n las sociedades racistas y no igualitaristas poseen una moral. Lo antes dicho est&aacute; fuera de toda discusi&oacute;n, as&iacute; como est&aacute; fuera de toda discusi&oacute;n el que no es posible sostener que esta moral es impl&iacute;citamente universalista. Reflexiones instructivas sobre este tema se encuentran en Copp (1995: cap. 5).    <br> <sup><a href="#s2" name="2">2</a></sup>Empleo el concepto de sociedad en un sentido no espec&iacute;fico; no se pretende su empleo en oposici&oacute;n al concepto de comunidad. Copp menciona una serie de prescripciones que son caracter&iacute;sticas para la mayor&iacute;a de las sociedades. A estas prescripiones pertenecen la subsistencia durante m&aacute;s de varias generaciones, la circunstancia de que normalmente no se puede optar a la membres&iacute;a en una sociedad y la existencia de cooperaci&oacute;n entre los miembros de una sociedad, cooperaci&oacute;n que sirve para el aseguramiento de las necesidades materiales y de determinados avances culturales. V&eacute;ase: Copp, 1995: 127.    <br> <sup><a href="#s3" name="3">3</a></sup>El &uacute;ltimo aspecto lo tomo de Ernst Tugendhat (2001: 163).    <br> <sup><a href="#s4" name="4">4</a></sup>Los sentimientos de culpa, por ejemplo, pueden aparecer debido a infracciones contra un ideal personal.    <br> <sup><a href="#s5" name="5">5</a></sup>Sobre lo que es contrario a la obligaci&oacute;n moral y su conexi&oacute;n con el constre&ntilde;imiento extorsivo, v&eacute;ase: Stemmer, 2003: 42-46.    <br> <sup><a href="#s6" name="6">6</a></sup>En Adam Smith (1976) se encuentran acertadas observaciones sobre las funciones b&aacute;sicas de la justicia <i>(justice) </i>y de la beneficencia <i>(beneficence).</i>    <br> <sup><a href="#s7" name="7">7</a></sup>Patzig (1980: 115 ss.) lo formula de un modo similar.    <br> <sup><a href="#s8" name="8">8</a></sup>Esta problem&aacute;tica se asemeja estructuralmente a la de la fundamentaci&oacute;n del Estado por parte de Hobbes: el razonamiento de que al fin y al cabo debe haber un Estado, no provee una fundamentaci&oacute;n suficiente para calificar una forma de Estado como la mejor.    <br> <sup><a href="#s9" name="9">9</a></sup>Las reflexiones de esta secci&oacute;n se inspiran -de manera asociativa- en Tugendhat (2001).    <br> <sup><a href="#s10" name="10">10</a></sup>Los dos autores que mejor exponen esta concepci&oacute;n son Gauthier (1986) y Stemmer (2000).    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a href="#s11" name="11">11</a></sup>Como representantes de esta posici&oacute;n se pueden mencionar a Habermas (1983), Scanlon (1998) y Tugendhat (1993, 2001). Las variantes de la concepci&oacute;n moral sostenida -en cierta forma de maneras muy diferentes- por estos autores pueden ser llamadas, en sentido amplio, <i>contractualistas. </i>Ello en raz&oacute;n de que, similar al caso de la concepci&oacute;n hobbesiana, la cualificaci&oacute;n de <i>correctas </i>o <i>falsas </i>que reciben la acciones se hace depender de la posibilidad de que tales acciones puedan ser justiicadas frente a los individuos. Scanlon y -m&aacute;s recientemente- Tugendhat hacen esto. Por el contrario, a fin de evitar confusiones, yo quisiera hablar a lo largo de este art&iacute;culo de <i>contractualismo </i>en el sentido del contractualismo de proveniencia hobbesiana, no del contractualismo de origen kantiano ni de ning&uacute;n otro.    <br> <sup><a href="#s12" name="12">12</a></sup>No obstante, el contractualismo moral no est&aacute; totalmente libre de tal imagen de lo que es el ser humano, ya que convertir a los ego&iacute;stas radicales en piedra de toque de la fundamentaci&oacute;n moral carecer&iacute;a de sentido, si no se partiera de la premisa de que tales ego&iacute;stas existen en n&uacute;mero suficiente.    <br> <sup><a href="#s13" name="13">13</a></sup>Esta es la v&iacute;a escogida por Stemmer (2000: 12-13).    <br> <sup><a href="#s14" name="14">14</a></sup>Esta es la visi&oacute;n de Stemmer (2000: 249)    <br> <sup><a href="#s15" name="15">15</a></sup>Julian Nida-R&uuml;melin (2002) tambi&eacute;n sostiene una posici&oacute;n coherentista que evade el problema de dar una fundamentaci&oacute;n de la moral.    <br> <sup><a href="#s16" name="16">16</a></sup>A esta pregunta, Peter Stemmer me ha respondido que las normas morales perder&iacute;an obligatoriedad frente al ego&iacute;sta y que llegar&iacute;an a ser chantajistas para &eacute;l, en caso de que la observancia de las normas no respondiera a sus intereses. Ciertamente, las normas de una moral m&aacute;s rica que la moral del contractualismo perder&iacute;an su car&aacute;cter obligatorio frente al ego&iacute;sta, pero que ellas sean chantajistas frente al ego&iacute;sta, depende de las circunstancias. Aquellos que quieren una moral m&aacute;s exigente, no necesariamente deben emplear la coacci&oacute;n frente al ego&iacute;sta; dado el caso, ellos pueden, por decirlo as&iacute;, dejar de lado al ego&iacute;sta. Adem&aacute;s, sobre la base de su moral, deber&iacute;a ser leg&iacute;timo impedir al ego&iacute;sta la realizaci&oacute;n de intereses que perjudicar&iacute;an a los dem&aacute;s.    <br> <sup><a href="#s17" name="17">17</a></sup>V&eacute;ase: Mill (2004: cap. 2).    <br> <sup><a href="#s18" name="18">18</a></sup>Aqu&iacute; yacen las ra&iacute;ces de las muy discutidas tensiones entre el utilitarismo de Mill y su acentuado liberalismo.    <br> <sup><a href="#s19" name="19">19</a></sup>Formulaciones como &eacute;sta son inexactas. Tal vez la formulaci&oacute;n m&aacute;s precisa de la mencionada perspectiva sea aquella que ofrece Scanlon en diferentes variantes. De acuerdo con ello, se trata de un actuar seg&uacute;n principios, principios que los dem&aacute;s no pueden rechazar racionalmente, si ellos hacen depender su propio actuar de las mismas cautelas. Seg&uacute;n Scanlon, una acci&oacute;n es moralmente falsa: <i>&quot;if its performance under the circumstances would be disallowed by any set ofprinciples for the general regulation of behavior that no one could reasonably reject as a basis for informed, unforced general agreement&quot; </i>(Scanlon: 1998: 153). Yo quisiera dejar abierta la pregunta sobre cu&aacute;l es la mejor formulaci&oacute;n del punto de vista intersubjetivo.    <br> <sup><a href="#s20" name="20">20</a></sup>V&eacute;ase la nota 1, p&aacute;g.53    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a href="#s21" name="21">21</a></sup>A pesar de ello, una moral universalista es compatible con un sistema de deberes que se grad&uacute;a por la cercan&iacute;a de las relaciones -familiares, regionales, nacionales, etc.-, y, dentro de estos deberes, es especialmente compatible con los deberes positivos de ayuda.    <br> <sup><a href="#s22" name="22">22</a></sup>No obstante, a diferencia de lo que Habermas pareciera opinar, algo no es moralmente correcto por el hecho de ser el resultado de un discurso real. Tales discursos son s&oacute;lo imprescindibles medios heur&iacute;sticos para determinar lo que es moralmente exigible.    <br> <sup><a href="#s23" name="23">23</a></sup>As&iacute;, una serie de bienes (salud, educaci&oacute;n, bienestar material, etc.) pueden ser entendidos como condiciones para perseguir exitosamente metas ulteriores, independientemente de su contenido.    <br> <sup><a href="#s24" name="24">24</a></sup>Muchas de las denominadas intuiciones morales encuentran aqu&iacute; su lugar. Qu&eacute; es lo que en un caso particular debe ser visto como un da&ntilde;o moralmente relevante, y cuya omisi&oacute;n podemos exigirnos mutuamente, es una cuesti&oacute;n que compete a la experiencia y a la facultad de juzgar.    <br> <sup><a href="#s25" name="25">25</a></sup>Esta visi&oacute;n diferencia a la mayor&iacute;a de los fil&oacute;sofos &eacute;ticos modernos de los fil&oacute;sofos antiguos y de los medievales.    <br> <sup><a href="#s26" name="26">26</a></sup>Scanlon (1998: 162 ss.) presenta reflexiones similares.    <br> <sup><a href="#s27" name="27">27</a></sup>Dicho en t&eacute;rminos kantianos, los imperativos que el contractualista ve como imperativos b&aacute;sicos de la moral no son problem&aacute;tico-pr&aacute;cticos, sino asert&oacute;rico-pr&aacute;cticos.    <br> <sup><a href="#s28" name="28">28</a></sup>Con ello se da a entender que las teor&iacute;as que consideran el deber moral como algo que depende de la sanci&oacute;n son, para m&iacute;, falsas. Tales teor&iacute;as son sostenidas, verbigracia, por Stemmer (2000: 100-108) y Tugendhat (1993: 45 ss.).</p> <hr>     <p><font size="3"><b>Referencias</b></font></p>     <!-- ref --><p>Copp, D. (1995). <i>Morality, Normativity, and Society. </i>Oxford: Oxford University Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000112&pid=S0120-5323201300010000300001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Gauthier, D. (1986). <i>Morals by Agreement. </i>Oxford: Oxford University Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000114&pid=S0120-5323201300010000300002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Gauthier, D. (2000). <i>Konstruktionen praktischer Vernunft. Philosophie im Gespr&atilde;ch. </i>Pauer-Studer, H. (ed.). Frankfurt am Main: Suhrkamp. (pp. 97-128).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000116&pid=S0120-5323201300010000300003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Gibbard, A. (1990). <i>Wise Choices, Apt Feelings: A Theory ofNormative Judgment. </i>Oxford: Clarendon Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000118&pid=S0120-5323201300010000300004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Habermas, J. (1983). Diskursethik - Notizen zu einem Begr&uuml;ndungsprogramm. <i>Moralbewusstsein und kommunikatives Handeln. </i>Frankfurt am Main: Suhrkamp. (pp. 53-126).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000120&pid=S0120-5323201300010000300005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Mill, J. (2004 &#91;1863&#93;). <i>Utilitarianism. </i>Oxford: Oxford University Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000122&pid=S0120-5323201300010000300006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Nida-R&uuml;melin, J. (2002). Ethische Begr&uuml;ndungen. <i>Ethische Essays. </i>Frankfurt am Main: Suhrkamp. (pp. 32-47).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000124&pid=S0120-5323201300010000300007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Patzig, G. (1980). Zur Begr&uuml;ndung sozialer Verhaltensnormen. <i>Tatsachen, Normen, S&atilde;tze. </i>Stuttgart: Reclam. 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(1998). <i>What We Owe to Each Other. </i>Cambridge, Massachusetts: Harvard University Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000130&pid=S0120-5323201300010000300010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Searle, J. (1995). <i>The Construction of Social Reality. </i>London: Free Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000132&pid=S0120-5323201300010000300011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Smith, A. (1976 &#91;1759&#93;). <i>The Theory of Moral Sentiments. </i>Oxford: Oxford University Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000134&pid=S0120-5323201300010000300012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Stemmer, P. (2000). <i>Handeln zugunsten anderer. </i>Berlin/New York: Walter de Gruyter.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000136&pid=S0120-5323201300010000300013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Strawson, P. (1974). Social Morality and Individual Ideal. <i>Freedom and Resentment. </i>London: Methuen. (pp. 26-77).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000138&pid=S0120-5323201300010000300014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Tugendhat, E. (1993). <i>Vorlesungen &uuml;ber Ethik. </i>Frankfurt am Main: Suhrkamp.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000140&pid=S0120-5323201300010000300015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Tugendhat, E. (2001). Wie sollen wir die Moral verstehen? <i>Aufs&atilde;tze 1992 - 2000. </i>Frankfurt am Main: Suhrkamp. (pp. 163-184).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000142&pid=S0120-5323201300010000300016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Wallace, J. (1996). <i>Responsibility and the Moral Sentiments. </i>Cambridge, Massachusetts: Harvard University Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000144&pid=S0120-5323201300010000300017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>Williams, B. (1985). <i>Ethics and the Limits of Philosophy. </i>London: Fontana Press.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000146&pid=S0120-5323201300010000300018&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p></font>      ]]></body><back>
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