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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[Abstract This paper concerns the so-called "paradox of authority". This paradox was first developed in the late 18th Century by the anarchist theorist William Godwin and later popularized by Robert Paul Wolffin the 1960's. Their aim in formulating the paradox of authority was to demonstrate that legitimate authority is impossible. As they argued, the problem with all authorities is that they claim the right to demand obedience even when they are wrong. However, people should never act in ways they believe to be wrong. Hence, peoples hould never recognize the right of authorities to demand their obedience. Most theorists writing today assume that the anarchist challenge can be met. They disagree, however, on how to meet it. This paper discusses the many "solutions" that have been offered on authority's behalf. The responses fall roughly into two groups: those who believe that problems arise due to certain naive views about the nature of authority and rationality and that revision in our understanding is required, and those who maintain that the puzzle can be unraveled without any radical changes. While it is argued that those who have offered revisionary accounts have failed to offer viable solutions, the paper accepts that the paradox (or, as it is shown, paradoxes) of authority cannot be solved within standard theories of rationality and morality. Some revisions are indeed necessary. Which revisions are necessary, it is claimed, depends on one's underlying theory of legitimacy. For accounts that tie the legitimacy of authority to its ability to provide instrumentally valuable directives, this paper suggests that the standard account of authority's effect on practical reasoning be modified. Instead of seeing authoritative directives as instruments that willing subjects use to make decisions, they ought to be understood as causal constraints on action. Those who obey directives in order to instrumentally benefit from them do not choose to obey - having submitted to authority, disobedience is no longer an option. Authoritative directives can be justified in instrumental terms when, and only when, they forestall decision-making. For accounts of authority that tie legitimacy to the moral obligation to respect certain kinds of collective decision-making procedures, such as democratic ones, it is suggested that we modify our views about the nature of moral autonomy. In certain circumstances, the mere fact that another has demanded that we act can indeed give us reasons to act. rather than a violation of autonomy, obedience can actually show due respect for the value of autonomy.]]></p></abstract>
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<kwd lng="es"><![CDATA[Autoridad legítima]]></kwd>
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<kwd lng="es"><![CDATA[Robert Paul Wolff]]></kwd>
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</front><body><![CDATA[  <font face="verdana" size="2">     <p align="center"><font size="4"><b>Autoridad</b></font><SUP>**</SUP></p>     <p align="center"><font size="3"><b>Authority</b></font><SUP>***</SUP></p>     <P align="center"><B>Scott J. Shapiro</B><SUP>*</SUP></P>     <p><SUP>*</SUP> Prof.  jur. Dr. Scott J. Shapiro es Charles F. Southmayd Profesor de Derecho y Profesor de Filosof&iacute;a en la Escuela de Derecho de la Universidad de Yale. Contacto: &#91;<a href="mailto:scott.shapiro@yale.edu">scott.shapiro@yale.edu</a>&#93;.</p>     <p><sup>**</sup> Traducci&oacute;n   de Gonzalo Villa Rosas, abogado de la Universidad Externado de Colombia, con  estudios en Filosof&iacute;a en la Universidad Nacional de Colombia; becario del Deutscher Akademischer Austauschdienst (daad) y de la Universidad Externado  de Colombia (alecol), con maestr&iacute;a en Derecho (ll.m.) s.c.l. por la   Universidad Christian-Albrecht de Kiel (Alemania); doctorando en   Filosof&iacute;a del Derecho en la misma Universidad. Contacto: &#91;<a href="mailto:gonzalo.villa@uexternado.edu.co">gonzalo.villa@uexternado.edu.co</a>&#93;. El art&iacute;culo original fue publicado en <i>The Oxford Handbook of Jurisprudence &amp; Philosophy of Law</i> (New York: Oxford University Press,   2000), 382-449. Se publica con las autorizaciones respectivas. Para citar el art&iacute;culo: Shapiro, S.J. &quot;Autoridad&quot;, <i>Revista Derecho del Estado</i>,   n.&ordm; 31, 2013, pp. 5-77.</p>     <p><sup>***</sup>Quisiera agradecer a Bruce Ackerman, Jules Coleman, David Golove, Peter Hilal, Ken Himma y a Michael Moore por sus &uacute;tiles comentarios a las primeras versiones de   este ensayo. </p>     <p>Fecha de recepci&oacute;n: 24 de julio de 2013. Fecha de aceptaci&oacute;n: 3 de octubre de 2013.</p> <hr>      <p><B><font size="3">Sumario</font></B></p>     <p>Introducci&oacute;n.   1. Las paradojas de la autoridad. 1.1 Autoridad y autonom&iacute;a. 1.2   Evaluaci&oacute;n preliminar. 1.3. Autoridad y racionalidad. 2. El   debilitamiento de la autoridad. 2.1 El derecho a gobernar. 2.2. Autoridades   teor&eacute;ticas. 3. Razones prevalentes. 3.1. La concepci&oacute;n de la   autoridad como servicio. 3.2. La tesis de la prevalencia. 3.3. La justificaci&oacute;n   del Estado. 3.4. La soluci&oacute;nde Raz a las paradojas. 4. &iquest;Es   necesaria la prevalencia? 4.1. El modelo simple. 4.2. Variaciones:   transformaci&oacute;n, reponderaciones y presunciones. 4.3. &iquest;Es la   prevalencia racional? 4.4. La doble consideraci&oacute;n y los dilemas del   prisionero. 5. La decisi&oacute;n y los modelos de constre&ntilde;imiento. 5.1.   &iquest;Es la prevalencia suficiente? 5.2. Constri&ntilde;endo tu futuro yo. 6.   Las insuficiencias de los modelos de decisi&oacute;n. 6.1. El consejo   autoritativo. 6.2. Compensando los d&eacute;ficits de racionalidad. 6.3.   Coordinaci&oacute;n. 6.4. Viabilidad. 6.5. Conclusi&oacute;n provisional. 7.   Servir a los gobernados. 7.1. Mediaci&oacute;n y arbitraje. 7.2.   Mediaci&oacute;n y democracia. 7.3. Arbitraje y paradojas de la autoridad. 7.4.   Democracia y autonom&iacute;a. Conclusi&oacute;n. </p><hr>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="3"><b>Resumen</b></font></p>     <p>El   presente ensayo se ocupa de la, as&iacute; denominada, &quot;paradoja de la   autoridad&quot;. Esta paradoja fue desarrollada por primera vez a finales del   siglo xviii por el te&oacute;rico anarquista William Godwin y m&aacute;s tarde   popularizada por Robert Paul Wolffen la d&eacute;cada de 1960. El objetivo que   ten&iacute;an estos autores con la formulaci&oacute;n de la paradoja de la   autoridad era el de demostrar que la autoridad leg&iacute;tima es imposible.   Seg&uacute;n argumentaban, el problema con todas las autoridades es que   pretenden el derecho a exigir obediencia incluso cuando se equivocan. No   obstante, las personas no deben actuar, cuando consideren ellas mismas que lo   hacen de manera equivocada. Por consiguiente, las personas no deben nunca   reconocer el derecho de las autoridades a exigir su obediencia.</p>     <p>Si bien la   mayor&iacute;a de los te&oacute;ricos actuales asumen que el desaf&iacute;o   anarquista puede ser enfrentado, ellos no est&aacute;n de acuerdo en la forma   en que dicho desaf&iacute;o puede serlo. Este ensayo discute las diversas   &quot;soluciones&quot; que han sido ofrecidas a favor de la autoridad. Las   respuestas pueden ser <i>grosso modo</i> divididas en dos grupos: aquellas que   afirman que los problemas surgen debido a ciertas perspectivas inocentes sobre   la naturaleza de la autoridad y de la racionalidad, y que sostienen que se   requiere la revisi&oacute;n de nuestra comprensi&oacute;n; y aquellas que   mantienen que el rompecabezas puede ser descifrado sin cambios radicales. </p>     <p>Aunque ha   sido argumentado que aquellos que han propuesto explicaciones revisionistas han   fallado en ofrecer soluciones viables, el ensayo acepta quela paradoja (o, como   se mostrar&aacute; en el ensayo, las paradojas) de la autoridad no puede ser   resuelta dentro de las teor&iacute;as est&aacute;ndar de la racionalidad y de   la moralidad. Algunas revisiones son de hecho necesarias. &iquest;Cu&aacute;les   revisiones lo son? La respuesta a esta pregunta depende -como se sostiene en el   ensayo- de la propia teor&iacute;a subyacente acerca de la legitimidad. En   relaci&oacute;n con aquellas explicaciones que vinculan la legitimidad de la   autoridad a su habilidad para proveer directivas instrumentalmente valiosas,   este ensayo sugiere que debe ser modificada la explicaci&oacute;n   est&aacute;ndar del efecto de la autoridad sobre el Razonamiento   pr&aacute;ctico. En lugar de ver a las directivas autoritativas como   instrumentos que los sujetos desean utilizar para la toma de decisiones, ellas   deben ser entendidas como constre&ntilde;imientos causales de acci&oacute;n.   Aquellos que obedecen las directivas con el objeto de beneficiarse de ellas de   manera instrumental, no han escogido obedecer -estando sometidos a la   autoridad, la desobediencia no es m&aacute;s una opci&oacute;n. Las directivas   autoritativas pueden ser justificadas en t&eacute;rminos instrumentales si, y   solo si, ellas se anticipan a la toma de decisiones. </p>     <p>Se sugiere   que modifiquemos nuestros puntos de vista sobre la naturaleza de la   autonom&iacute;a moral, en relaci&oacute;n con las explicaciones de la   autoridad que vinculan la legitimidad a la obligaci&oacute;n moral respecto a   ciertos tipos de procedimientos colectivos para la toma de decisiones, como los   democr&aacute;ticos. En ciertas circunstancias, el mero hecho de que otro haya   exigido que actuemos puede darnos de hecho Razones para actuar. En lugar de una   violaci&oacute;n a la autonom&iacute;a, la obediencia puede en realidad mostrar   el respeto debido al valor de la misma. </p>     <p><b>Palabras clave</b>: Autoridad leg&iacute;tima, paradoja de la autoridad, Robert Paul Wolff, Joseph Raz. </p> <HR>     <p><font size="3"><b>Abstract</b></font></P>     <p>This   paper concerns the so-called &quot;paradox of authority&quot;. This paradox was   first developed in the late 18th Century by the anarchist theorist William   Godwin and later popularized by Robert Paul Wolffin the 1960's. Their aim in   formulating the paradox of authority was to demonstrate that legitimate   authority is impossible. As they argued, the problem with all authorities is   that they claim the right to demand obedience even when they are wrong.   However, people should never act in ways they believe to be wrong. Hence,   peoples hould never recognize the right of authorities to demand their   obedience.</p>     <p>Most   theorists writing today assume that the anarchist challenge can be met. They   disagree, however, on how to meet it. This paper discusses the many   &quot;solutions&quot; that have been offered on authority's behalf. The   responses fall roughly into two groups: those who believe that problems arise   due to certain naive views about the nature of authority and rationality and   that revision in our understanding is required, and those who maintain that the   puzzle can be unraveled without any radical changes.</p>     <p>While   it is argued that those who have offered revisionary accounts have failed to   offer viable solutions, the paper accepts that the paradox (or, as it is shown,   paradoxes) of authority cannot be solved within standard theories of   rationality and morality. Some revisions are indeed necessary. Which revisions   are necessary, it is claimed, depends on one's underlying theory of legitimacy.   For accounts that tie the legitimacy of authority to its ability to provide   instrumentally valuable directives, this paper suggests that the standard   account of authority's effect on practical reasoning be modified. Instead of   seeing authoritative directives as instruments that willing subjects use to   make decisions, they ought to be understood as causal constraints on action.   Those who obey directives in order to instrumentally benefit from them do not   choose to obey - having submitted to authority, disobedience is no longer an   option. Authoritative directives can be justified in instrumental terms when,   and only when, they forestall decision-making.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>For   accounts of authority that tie legitimacy to the moral obligation to respect   certain kinds of collective decision-making procedures, such as democratic   ones, it is suggested that we modify our views about the nature of moral   autonomy. In certain circumstances, the mere fact that another has demanded   that we act can indeed give us reasons to act. rather than a violation of   autonomy, obedience can actually show due respect for the value of autonomy. </p>     <p><b>Key Words</b>: Legitimate authority, paradox of authority, Robert Paul Wolff, Joseph Raz. </p> <hr>      <p><font size="3"><b>Introducci&oacute;n</b></font></p>     <p>El Talmud   Babil&oacute;nico cuenta la disputa entre el rabino Eliezer y otros rabinos   sobre el ritual de limpieza de un horno de azulejos<a name=nu1></a><sup><a href="#num1">1</a></sup>. El rabino Eliezer, argumentando largamente que el   horno estaba limpio, no logr&oacute; sin embargo persuadir a sus colegas.   Despu&eacute;s de haber intentado todos los argumentos imaginables, el rabino   Eliezer dijo a los dem&aacute;s: &quot;&iexcl;Si la Ley est&aacute; conmigo,   dejad que este algarrobo lo pruebe!&quot;, con lo cual el algarrobo fue   arrancado de sus ra&iacute;ces y aterriz&oacute; cien codos allende<a name=nu2></a><sup><a href="#num2">2</a></sup>. Los rabinos respondieron: &quot;No hay prueba alguna   que pueda brotar de un algarrobo&quot;. El rabino Eliezer intent&oacute; de   nuevo: &quot;&iexcl;Si la Ley est&aacute; conmigo, dejad que la corriente de   agua lo pruebe!&quot;, y he aqu&iacute; que la corriente fue compelida y   fluy&oacute; en reversa. Sin desfallecer, los rabinos respondieron: &quot;No   hay prueba alguna que pueda brotar de una corriente de agua&quot;. El rabino   Eliezer insisti&oacute; por tercera vez: &quot;&iexcl;Si la Ley est&aacute;   conmigo, dejad que los muros de la escuela lo prueben!&quot;. Como antes   ocurri&oacute;, la petici&oacute;n del rabino Eliezer fue concedida y la pared   empez&oacute; a caer. Pero el rabino Josu&eacute; reprendi&oacute; a la pared   diciendo: &quot;&iquest;Con qu&eacute; objeto interfer&iacute;s, cuando los   sabios est&aacute;n inmersos en una disputa de la Ley?&quot;.</p>     <p>Desesperado,   el rabino Eliezer exclam&oacute;: &quot;&iexcl;Si la Ley est&aacute; conmigo,   dejad que lo pruebe el cielo!&quot;, despu&eacute;s de lo cual una voz del   cielo impetr&oacute;: &quot;&iquest;Porqu&eacute; disput&aacute;is contra el   Rabino Eliezer?, mirad que en todos los asuntos la Ley est&aacute; de acuerdo   con &eacute;l&quot;. Pero el rabino Josu&eacute; replic&oacute;: &quot;La Ley   no est&aacute; en el cielo&quot;<a name=nu3></a><sup><a href="#num3">3</a></sup>.   El rabino Jerem&iacute;as explic&oacute; que esto significa que desde que Dios   dio la Torah a mois&eacute;s en el Monte Sina&iacute;, las voces celestiales ya   no tienen m&aacute;s que decir en asuntos de la Ley. La Torah confiere a los   rabinos la autoridad exclusiva para decidir las cuestiones de la Ley y requiere   que las disputas internas sean resueltas por mayor&iacute;a de votos. Despu&eacute;s   de lo cual el Rabino Eliezer se rehus&oacute; a retirarse y fue excomulgado de   manera sumaria.</p>     <p>Esta   historia pone de manifiesto, de una forma particularmente llamativa, la   naturaleza parad&oacute;jica de la autoridad. Las autoridades pretenden el   derecho a un poder inmenso, uno que, al parecer, podr&iacute;an posiblemente no   poseer. Las autoridades pretenden el derecho a imponer su voluntad sobre otros   sin importar si sus juicios son correctos. De este modo, ellas parecen situarse   por encima de la verdad -su derecho no parece depender del hecho de tener   Raz&oacute;n. En la disputa entre Eliezer y los otros rabinos, estos tuvieron   la prueba incontrovertible de que ellos estaban errados, y sin embargo   continuaron exigiendo a Eliezer aceptar su interpretaci&oacute;n del derecho.   Al menos para Eliezer, esto los mostraba como arrogantes, pues afirmaban un   poder mayor que aquel del Cielo. De acuerdo con su Razonamiento, si los rabinos   estuvieran equivocados deber&iacute;an someterse a Dios, no exigir   sumisi&oacute;n a otros.</p>     <p>Eliezer   puede ser recordado en la historia como el primer anarquista filos&oacute;fico.   Los anarquistas filos&oacute;ficos argumentan que no puede ser reivindicada   pretensi&oacute;n alguna a la autoridad leg&iacute;tima. Ellos se preguntan:   &iquest;c&oacute;mo puede alguien tener derecho a forzar a otro a hacer algo   errado? La obligaci&oacute;n de actuar correctamente debe siempre triunfar   sobre la obligaci&oacute;n de actuar de otra forma. Para el anarquista   filos&oacute;fico, 'autoridad leg&iacute;tima' es una contradicci&oacute;n en   los t&eacute;rminos. </p>     <p>El   anarquismo filos&oacute;fico se deleita al advertir que las pretensiones de la   autoridad son problem&aacute;ticas aun en situaciones en las cuales el poder   est&aacute; en lo correcto. Esto debido a que, cuando una persona, con base en   su autoridad, manda a otras actuar tal como ellas deben actuar, sus directivas   son redundantes. Dichas directivas no har&iacute;an da&ntilde;o alguno, pero no   ayudar&iacute;an tampoco. As&iacute; pues, aun cuando los rabinos hubieran   cedido y declarado el horno ritual limpio, Eliezer no habr&iacute;a tenido   Raz&oacute;n alguna para someterse a su autoridad. Eliezer debe aceptar que el   horno est&aacute; ritualmente limpio porque el horno est&aacute; ritualmente   limpio, no porque los rabinos lo digan.</p>     <p>El   desaf&iacute;o planteado por los anarquistas filos&oacute;ficos es tan poderoso   como sencillo: cuando las autoridades se equivocan, ellas no pueden tener el poder   de obligar a otros - cuando ellas est&aacute;n en lo correcto, su poder de   obligar a otros carece de sentido. Al parecer, la instituci&oacute;n de la   autoridad es, o bien perniciosa, o bien ociosa.</p>     <p>Este   argumento es tan poderoso, de hecho, que deber&iacute;a ser sospechoso. Ello   puesto que, si el argumento es v&aacute;lido, entonces aquellos que creen en la   autoridad no solo est&aacute;n equivocados, sino que son incoherentes. No   obstante, esta conclusi&oacute;n parece demasiado fuerte: aquellos que creen   que est&aacute;n obligados a obedecer no creen en sinsentidos. En fin, puede   que realmente tal obligaci&oacute;n no exista; y al mismo tiempo, parece   inconcebible que tal obligaci&oacute;n pueda existir.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La   mayor&iacute;a de los te&oacute;ricos actuales asumen que el sentido   com&uacute;n es correcto y que el desaf&iacute;o anarquista puede ser   enfrentado. Sin embargo, ellos no est&aacute;n de acuerdo en c&oacute;mo puede   serlo. En este ensayo, discutiremos las diversas 'soluciones' que han sido   ofrecidas a favor de la autoridad. Las respuestas pueden ser <i>grosso modo</i> divididas en dos grupos: aquellas que creen que los problemas surgen debido a   ciertas perspectivas inocentes sobre la naturaleza de la autoridad y de la   racionalidad, y que creen que se requiere la revisi&oacute;n de estas   concepciones, y aquellas que sostienen que el rompecabezas puede ser descifrado   sin cambios radicales. </p>     <p>Despu&eacute;s   de discutir la paradoja (o paradojas, como veremos m&aacute;s adelante),   examinaremos dos estrategias revisionistas<a name=nu4></a><sup><a href="#num4">4</a></sup>.   La primera aproximaci&oacute;n niega que las autoridades leg&iacute;timas   tengan el derecho a imponer obligaciones cuando ellas est&aacute;n equivocadas.   De hecho, niegan del todo que las autoridades leg&iacute;timas tengan el   derecho a imponer obligaciones. En relaci&oacute;n a las directivas de las   autoridades leg&iacute;timas se trata, o bien de amenazas justificadas   respaldadas por sanciones, o bien de consejos de expertos. Desde esta   perspectiva, las paradojas simplemente se disuelven - debido a que las   autoridades no poseen nunca el poder de imponer obligaciones, <i>a fortiori </i>no   poseen nunca el poder para imponer obligaciones cuando ellas est&aacute;n   erradas.</p>     <p>La segunda   perspectiva que exploraremos acepta la premisa b&aacute;sica de las paradojas,   es decir, que la autoridad leg&iacute;tima tiene el poder de obligar aun cuando   est&eacute; equivocada. Sin embargo, sostiene que la paradoja surge debido al   hecho de que la premisa est&aacute; unida a un supuesto t&aacute;cito, pero   falso, acerca de la naturaleza de la racionalidad. De acuerdo con este   supuesto, los agentes deben actuar siempre con base en los m&eacute;ritos del   caso en cuesti&oacute;n. Por el contrario, esta perspectiva mantiene que los   agentes pueden, bajo ciertas condiciones, tener Razones para ignorar las   propiedades deseables e indeseables de las acciones. No hay nada   parad&oacute;jico, por lo tanto, en requerir obediencia a las directivas   err&oacute;neas, ya que las directivas son Razones para no actuar con base en   las Razones que hacen las directivas err&oacute;neas.</p>     <p>Como era   de esperarse, veremos que estas propuestas a su vez provocan problemas   adicionales. Porque si nosotros negamos que las autoridades tienen el poder de   obligar, &iquest;podemos dar sentido a aquellas instituciones sociales, tales   como el derecho, que poseen grandes cantidades de prohibiciones, requisitos,   permisos, derechos y poderes? De la misma forma. &iquest;Es coherente pretender   que tenemos Raz&oacute;n para ignorar Razones para la acci&oacute;n?</p>     <p>En un   esfuerzo por evitar estos problemas, otros han intentado resolver las paradojas   sin revisionismo. Si bien ellos admiten que las autoridades leg&iacute;timas   tienen el poder para obligar aun cuando est&eacute;n erradas, argumentan que   las teor&iacute;as est&aacute;ndar de racionalidad y moralidad pueden fundar   este derecho. Su estrategia se centra en la pretensi&oacute;n seg&uacute;n la   cual las directivas autoritativas de la autoridad leg&iacute;tima son   herramientas eficientes para la toma de decisiones. Al guiar su conducta   conforme a la autoridad leg&iacute;tima, es m&aacute;s probable que los sujetos   elijan resultados correctos que aquellos incorrectos. Sin embargo, estas   teor&iacute;as argumentan que los sujetos deben asumir tanto lo malo como lo   bueno - los sujetos pueden beneficiarse de los resultados correctos solo si   ellos escogen tambi&eacute;n aquellos incorrectos. La racionalidad de obedecer   una directiva errada es, por consiguiente, no m&aacute;s parad&oacute;jica que   la racionalidad de pagar el precio de una apuesta cuando el precio es inferior   o igual al valor esperado de la misma.</p>     <p>Si bien   este enfoque es atractivo, argumentar&eacute; que en &uacute;ltima instancia no   es suficiente. Las paradojas de la autoridad no pueden ser resueltas dentro de   las teor&iacute;as est&aacute;ndar de la racionalidad y la moralidad - algunas   revisiones son necesarias. Argumentar&eacute; que la definici&oacute;n de   cu&aacute;les revisiones son necesarias depende de la teor&iacute;a subyacente   acerca de la legitimidad. En relaci&oacute;n con aquellas explicaciones que   vinculan la legitimidad de la autoridad a su habilidad para proveer directivas   instrumentalmente valiosas, este ensayo sugiere que debe ser modificada la   explicaci&oacute;n est&aacute;ndar del efecto de la autoridad sobre el   Razonamiento pr&aacute;ctico. En lugar de ver a las directivas autoritativas   como instrumentos que los sujetos desean utilizar para la toma de decisiones,   ellas deben ser entendidas como constre&ntilde;imientos causales de   acci&oacute;n. Quienes obedecen las directivas con el objeto de beneficiarse de   ellas de manera instrumental, no han escogido obedecer - estando sometidos a la   autoridad, la desobediencia no es m&aacute;s una opci&oacute;n. Las directivas   autoritativas pueden ser justificadas en t&eacute;rminos instrumentales si, y   solo si, ellas se anticipan a la toma de decisiones. </p>     <p>Se sugiere   que modifiquemos nuestros puntos de vista sobre la naturaleza de la   autonom&iacute;a moral, en relaci&oacute;n a las explicaciones de la autoridad   que vinculan la legitimidad a la obligaci&oacute;n moral respecto de ciertos   tipos de procedimientos colectivos para la toma de decisiones, como los   democr&aacute;ticos. En ciertas circunstancias, el mero hecho de que otro haya   exigido que actuemos puede darnos de hecho Razones para actuar. En lugar de una   violaci&oacute;n a la autonom&iacute;a, la obediencia puede en realidad mostrar   el respeto debido al valor de la misma. </p>     <p>En este   ensayo tratar&eacute; de justificar estas afirmaciones y demostrar c&oacute;mo   su aceptaci&oacute;n resuelve la paradoja de la autoridad dentro de los   diversos marcos de la autoridad leg&iacute;tima. Si bien estas revisiones   pueden ser algo dr&aacute;sticas, argumentar&eacute; que ellas constituyen la   mejor respuesta al desaf&iacute;o anarquista. </p>     <p><b>1. Las Paradojas De La   Autoridad</b></p>     <p><i>1.1.   Autoridad y autonom&iacute;a </i></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En su   libro <i>In Defense of Anarchism</i>, Robert Paul Wolff argumenta quela   autoridad leg&iacute;tima y la autonom&iacute;a moral son l&oacute;gicamente   incompatibles<a name=nu5></a><sup><a href="#num5">5</a></sup>. </p>     <p>Vale la   pena examinar su argumentaci&oacute;n en detalle, no solo porque es el <i>locus     classicus </i>del ataque anarquista filos&oacute;fico a la autoridad, sino   porque incluso contiene un an&aacute;lisis mucho m&aacute;s sutil del concepto   de autoridad que aquel elaborado por muchos de los defensores de la misma.</p>     <p>Wolff comienza   su argumentaci&oacute;n distinguiendo entre poder y autoridad<a name=nu6></a><sup><a href="#num6">6</a></sup>. Tener poder es tener la capacidad de obligar a otros   a hacer lo que uno quiere. Tener autoridad es tener el derecho a gobernar. Un   hombre armado tiene poder, pero no tiene autoridad. &Eacute;l puede coaccionar   a su v&iacute;ctima para que coopereante la amenaza de la fuerza, pero no tiene   la capacidad para imponer la obligaci&oacute;n moral de obedecer<a name=nu7></a><sup><a href="#num7">7</a></sup>. </p>     <p>Como   se&ntilde;ala Wolff, una persona puede tener autoridad en uno de dos sentidos<a name=nu8></a><sup><a href="#num8">8</a></sup>. Uno puede tener autoridad al   poseer el derecho moral a gobernar. El ejercicio de tal derecho, si existe,   surge de la obligaci&oacute;n moral de obedecer. Un gobernante puede, por   consiguiente, pretender autoridad y fallar en tenerla en este sentido. La   Suprema Legislatura Sovi&eacute;tica pretend&iacute;a la autoridad de gobierno   en la Uni&oacute;n Sovi&eacute;tica, pero carec&iacute;a del derecho moral para   hacerlo. Carec&iacute;a de legitimidad, o autoridad <i>de jure</i>. </p>     <p>Por otro   lado, uno puede tener autoridad simplemente en virtud del hecho de ser   considerado como una autoridad leg&iacute;tima. El S&oacute;viet Supremo, por   ejemplo, gozaba de cierto grado de aceptaci&oacute;n por parte de muchos   sov&eacute;ticos. Ellos cre&iacute;an que el S&oacute;viet Supremo   pose&iacute;a autoridad <i>de jure</i>, sin embargo se equivocaban - el mismo   ten&iacute;a una mera autoridad <i>de facto</i>. </p>     <p>Wolff se   interesa ante todo por el fen&oacute;meno de la autoridad <i>de jure</i>. Esto   es as&iacute; por dos Razones. Primera, el concepto de autoridad <i>de facto </i>presupone   l&oacute;gicamente el concepto de autoridad <i>de jure</i>. Las autoridades <i>de     facto </i>son aquellas que son consideradas como autoridades <i>de jure</i>.   Segunda, nadie pone en duda que la autoridad <i>de facto </i>existe. El   anarquismo filos&oacute;fico est&aacute; interesado en la autoridad <i>de jure </i>-   &eacute;l pretende demostrar que la obligaci&oacute;n moral de obedecer el   derecho no puede ser jam&aacute;s obtenida.</p>     <p>De acuerdo   con Wolff, para tener el derecho a gobernar se requiere tener el derecho a ser   obedecido. Obedecer un mandato es realizar el acto mandado, por el hecho de que   este fue mandado. Por consiguiente, los mandatos se distinguen de los   argumentos<a name=nu9></a><sup><a href="#num9">9</a></sup>. Los argumentos   tienen la intenci&oacute;n de persuadir. Con ellos se intenta convencer a las   personas del hecho de que ellas deben actuar de cierta forma, y para hacer   esto, los argumentos se presentan al interlocutor como Razones que hacen las   recomendaciones valiosas. Por otro lado, los mandatos no est&aacute;n   destinados a convencer a trav&eacute;s de su discurso, acerca de la   sabidur&iacute;a de sus contenidos. Los sujetos que los obedecen no lo hacen en   Raz&oacute;n de creer que las acciones mandadas son dignas de obediencia, sino   m&aacute;s bien en virtud del hecho de que ellas fueron mandadas.</p>     <p>Por   consiguiente, es posible escoger cumplir el mandato sin obedecerlo<a name=nu10></a><sup><a href="#num10">10</a></sup>. Esto ocurre cuando el mandato hace al sujeto   consciente de que tiene Razones para realizar el acto mandado y &eacute;l   act&uacute;a por estas Razones, m&aacute;s que por causa del mandato. De   acuerdo con Wolff, para confirmar la pretensi&oacute;n de alguien a la autoridad,   se debe reconocer que su derecho reside en su persona<a name=nu11></a><sup><a href="#num11">11</a></sup>. &Eacute;l posee poder normativo en virtud de quien   es, m&aacute;s que en virtud de lo que &eacute;l manda.</p>     <p>Una vez   definida su concepci&oacute;n de autoridad, Wolff procede a presentar su   explicaci&oacute;n de la autonom&iacute;a moral. Para Wolff, una persona   aut&oacute;noma no es alguien que es meramente responsable por sus acciones.   Por el contrario, una persona aut&oacute;noma <i>asume </i>responsabilidad por   sus acciones<a name=nu12></a><sup><a href="#num12">12</a></sup>. Una persona   asume su responsabilidad cuando intenta determinar lo que ella moralmente debe   hacer. Un agente aut&oacute;nomo es, de acuerdo con Wolff, un agente   deliberante.</p>     <p>A   diferencia de muchos que han visto la autonom&iacute;a como una   condici&oacute;n necesaria para la responsabilidad moral o como la capacidad de   escoger, Wolff la entiende como un deber moral independiente. Toda persona   tiene la carga de examinar todo aspecto de su vida moral: la persona debe   constantemente reunir nueva informaci&oacute;n, escrutar sus motivos, criticar   sus deseos, y evaluar sus opciones a la luz de su reflexi&oacute;n. Quien   act&uacute;a sin evaluar los m&eacute;ritos de su actuar, falla en asumir la   responsabilidad por sus acciones, y en este sentido, viola el deber de actuar   de manera aut&oacute;noma<a name=nu13></a><sup><a href="#num13">13</a></sup>. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>A partir   de la definici&oacute;n de Wolff de la autonom&iacute;a moral se deduce que   nadie puede obedecer la autoridad y continuar siendo aut&oacute;nomo. Una   persona obedece un mandato cuando se ajusta a la Raz&oacute;n que otra ha   mandado. Una persona aut&oacute;noma, sin embargo, no act&uacute;a nunca por   causa de la Raz&oacute;n que otra ha mandado. Ella act&uacute;a solo cuando   est&aacute; convencida de que la acci&oacute;n es apropiada conforme a sus   m&eacute;ritos. Por consiguiente, un agente aut&oacute;nomo no puede nunca   estar sometido a la autoridad de otro. Como Wolff afirma: &quot;La marca   definitoria del Estado es la autoridad, el derecho a ser gobernado. La primera   obligaci&oacute;n del hombre es la autonom&iacute;a, el negarse a serlo&quot;<a name=nu14></a><sup><a href="#num14">14</a></sup>. </p>     <p>Wolff se   apresura a a&ntilde;adir que aunque el agente aut&oacute;nomo no puede obedecer   la autoridad, &eacute;l no necesariamente la desobedece<a name=nu15></a><sup><a href="#num15">15</a></sup>. Si el agente aut&oacute;nomo piensa que hay buenas   Razones morales para pagar impuestos, entonces &eacute;l creer&aacute; que debe   pagarlos. Pero esa persona no acepta la obligaci&oacute;n en Raz&oacute;n a que   la ley le exige pagar impuestos. Ella cree que debe pagarlos porque cree que   hacerlo es lo correcto, de manera independiente a las exigencias de la ley. </p>     <p><i>1.2.   Evaluaci&oacute;n preliminar </i></p>     <p>El   argumento de Wolff parece v&aacute;lido: dadas sus premisas, parece seguirse su   conclusi&oacute;n. No obstante, sus premisas son dudosas. No es obvio, por   ejemplo, que se deba asumir la autonom&iacute;a como un deber. &iquest;A   qui&eacute;n se debe este deber? Es extra&ntilde;o pensar que estoy moralmente   obligado a actuar de una manera aut&oacute;noma por el bien del otro.   &iquest;Por qu&eacute; a alguien le importar&iacute;a la Raz&oacute;n por la   cual act&uacute;o correctamente, siempre y cuando lo haga?</p>     <p>Incluso si   se acepta que existe un deber de actuar de manera aut&oacute;noma, es dudoso   que la formulaci&oacute;n de Wolff deba ser aceptada. &iquest;Por qu&eacute;   debe una persona deliberar sobre cada acci&oacute;n moral? &iquest;No se debe   preferir el juicio ajeno cuando dicho juicio es mejor que el juicio propio? La   idea de que una persona debe sopesar el balance de las Razones cada vez que   surge una decisi&oacute;n morales no solo peligrosa, en casos de   asimetr&iacute;as de informaci&oacute;n o de incapacidad cognitiva, sino que es   tambi&eacute;n terriblemente desgastante. Seguramente es posible emplear las   energ&iacute;as de una forma m&aacute;s productiva.</p>     <p>Por   cierto, esto no implica un exceso de confianza en la autoridad. Conceder   demasiado a la toma de decisiones de los otros es tanto temerario como   moralmente irresponsable. Por otra parte, entre m&aacute;s se depende de los   juicios de los otros, m&aacute;s grande es la posibilidad de perder la   habilidad de elaborar juicios propios y de volverse m&aacute;s vulnerable a la   manipulaci&oacute;n. Por &uacute;ltimo, las facultades de juicio y de   reflexi&oacute;n consigo mismo son capacidades distintivamente humanas, el   ejercicio de las cuales contribuye en forma esencial a la prosperidad humana.   Sacrificar estas habilidades es, en cierto sentido verdadero, renunciar a la   propia humanidad. El efecto 'deshumanizador' de la autoridad ha preocupado   especialmente a William Godwin, el primer anarquista filos&oacute;fico   'moderno'.</p>     <p>El hombre   es la joya del universo solo en la medida en que consulta a su intelecto... Sin   embargo, donde hago la entrega voluntaria de mi entendimiento, y encomiendo mi   conciencia a la custodia de otro hombre, la consecuencia es clara. Me convierto   en el m&aacute;s gamberro y pernicioso de los animales. Aniquilomi individualidad   como hombre, y como un animal entrego mi fuerza a aquel que entre mis vecinos   sobresaldr&aacute; por su impostura y artificio, por lo menos con   restricci&oacute;n de los escr&uacute;pulos de integridad y de justicia<a name=nu16></a><sup><a href="#num16">16</a></sup>. </p>     <p>Si bien   los peligros de depender de la autoridad son reales, es importante no   exagerarlos. El mundo es demasiado complejo como para que una persona, de una u   otra forma, viva su vida completamente sin ayuda de expertos. Aun Wolff admite   que &quot;existen grandes, y quiz&aacute;s insuperables obst&aacute;culos que   impiden el logro de una autonom&iacute;a completa y racional en el mundo   moderno&quot;<a name=nu17></a><sup><a href="#num17">17</a></sup>. En el sentido   atribuido por Wolff, la autonom&iacute;a completa simplemente no es una   opci&oacute;n. Si la autoridad es inconsistente con la autonom&iacute;a, entonces   tanto peor para la autonom&iacute;a.</p>     <p>Es   interesante observar que el propio Kant no ve un enfrentamiento entre la   autoridad y la autonom&iacute;a. Como es conocido, &eacute;l argument&oacute;   que aqu&eacute;llos sujetos a la autoridad deben cuestionar sus exigencias; no   obstante, este uso p&uacute;blico de la Raz&oacute;n no debe impedir a la   autoridad actuar sobre ellos. El Iluminismo ha excluido <i>tanto, por una parte</i>,   que la autoridad exija obediencia ciega, <i>como, por la otra</i>, que los   sujetos no respondan al cumplimiento incondicional.</p>     <p>El   ciudadano no puede rehusarse a pagar los impuestos que le son asignados. La   cr&iacute;tica impertinente a esta carga, en el momento en el que &eacute;l es   compelido a pagarlos, puede ser castigada por escandalosa, pues podr&iacute;a   ocasionar una insubordinaci&oacute;n general. No obstante, el mismo ciudadano   no contraviene su obligaci&oacute;n civil si, como un docto, manifiesta   p&uacute;blicamente sus ideas acerca de la inconveniencia o inclusive la   injusticia de tales medidas<a name=nu18></a><sup><a href="#num18">18</a></sup>. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La   formulaci&oacute;n de Wolff del desaf&iacute;o anarquista es inconveniente   porque su interpretaci&oacute;n de la autonom&iacute;a es inveros&iacute;mil.   No obstante, debemos ser cuidadosos en no descartar el argumento de Wolff   demasiado aprisa, ya que en toda veros&iacute;mil concepci&oacute;n de   autonom&iacute;a es dif&iacute;cil que sea ignorada la tensi&oacute;n entre   ella misma y la autoridad. Despu&eacute;s de todo, 'autonom&iacute;a' significa   literalmente 'darse la ley as&iacute; mismo'. La persona aut&oacute;noma no   act&uacute;a simplemente porque otra le ha dicho qu&eacute; hacer - ella   act&uacute;a cuando est&aacute; convencida de que la acci&oacute;n es   apropiada. Ser aut&oacute;nomo, en otras palabras, involucra asumirse a <i>uno     mismo </i>como la &uacute;ltima autoridad en cuestiones morales. Este   compromiso parece no dejar espacio l&oacute;gico alguno que sea ocupado por   autoridades externas. Como dice el proverbio, no se puede servir a dos   se&ntilde;ores.</p>     <p>Con esto   en mente, pienso que es posible dar una interpretaci&oacute;n m&aacute;s   ben&eacute;fica a las objeciones de Wolff. De manera diversa a lo hecho por   &eacute;l debemos, primero, distinguir entre dos caracter&iacute;sticas   diferentes de las directivas autoritativas. Siguiendo a H.L.A. Hart, podemos   decir que las directivas autoritativas est&aacute;n destinadas a ser Razones   para la acci&oacute;n 'perentorias' y' de contenido independiente'<a name=nu19></a><sup><a href="#num19">19</a></sup>. Una Raz&oacute;n 'perentoria' es una Raz&oacute;n   que interrumpe o excluye la deliberaci&oacute;n. Un mandato est&aacute;   destinado a ser una Raz&oacute;n perentoria si, una vez que ha sido emitido, se   espera que el sujeto deje de evaluar los m&eacute;ritos de la acci&oacute;n en   cuesti&oacute;n. Quien sopesa los pros y los contras de obedecer una orden no   est&aacute; asumiendo esa orden como se supon&iacute;a que fuera asumida.</p>     <p>Las   directivas autoritativas difieren de las Razones ordinarias, no solo porque   pretenden excluir la deliberaci&oacute;n. Las directivas est&aacute;n   destinadas a ser Razones para la acci&oacute;n 'independientemente de su   contenido', lo cual significa que se supone que ellas son Razones simplemente   por el hecho de haber sido emitidas y no porque ellas ordenen a los sujetos   realizar acciones que sean justificables de manera independiente. Quien obedece   un mandato asume el mandato como una Raz&oacute;n 'independientemente de su   contenido', porque dicha persona cumple en Raz&oacute;n a que fue mandada y no   porque tenga Razones para actuar con base en el contenido del mandato.   As&iacute; por ejemplo, si Jaimito saca la basura porque su padre le   mand&oacute; hacerlo, entonces &eacute;l est&aacute; asumiendo el mandato como   una Raz&oacute;n independiente de su contenido.</p>     <p>En   relaci&oacute;n al cumplimiento de una directiva, las Razones independientes de   su contenido deben ser contrastadas con aquellas 'que dependen de su   contenido'. Una Raz&oacute;n que depende de su contenido es una Raz&oacute;n   para cumplir con una directiva porque la directiva tiene cierto contenido. Si   la basura hiede, Jaimito tendr&aacute; una Raz&oacute;n para sacarla, la cual   es independiente del hecho de que su padre lo haya mandado a hacerlo. Al sacar   la basura, habr&aacute; eliminado el mal olor de la casa. Jaimito tiene, por   consiguiente, dos Razones para atender el mandato de su padre: mientras que el   mandato es una Raz&oacute;n independiente de su contenido, el olor desagradable   es una Raz&oacute;n que depende de su contenido. </p>     <p>Aunque   Wolff parece objetar &uacute;nicamente la naturaleza perentoria de la   autoridad, pienso que es a la combinaci&oacute;n entre perentoriedad e   independencia de contenido a lo que &eacute;l se opone. La autoridad y la   autonom&iacute;a entran en conflicto no solo por el hecho de que quien obedece   no delibera. El problema es tambi&eacute;n que la persona cree que el hecho de   que se le haya mandado actuar de cierta manera le da a ella una Raz&oacute;n   para actuar. Ella asume la voluntad del otro como su Raz&oacute;n, de hecho   como la &uacute;nica Raz&oacute;n, en lugar de evaluarlos m&eacute;ritos del   caso en cuesti&oacute;n<a name=nu20></a><sup><a href="#num20">20</a></sup>. Tal   persona, por consiguiente, pensar&aacute; que tiene una defensa a la mano, en   caso de que sea acusada de conducta impropia. Mientras que la persona, por lo   dem&aacute;s, estar&aacute; de acuerdo en que ella realiz&oacute; un acto   moralmente indefendible, alegar&aacute; que la Razonabilidad de su obediencia   debe ser juzgada de manera independiente de su contenido: si ella ten&iacute;a   Raz&oacute;n en seguir &oacute;rdenes, no puede ser juzgada con base en el   contenido de aquellas. Es el hecho de que ella fue mandada a actuar, en lugar   de lo que a ella le fue mandado actuar, lo que le dio una Raz&oacute;n   conclusiva para hacer lo que hizo.</p>     <p>En   contraste, una persona aut&oacute;noma nunca asume un mandado como una   Raz&oacute;n para la acci&oacute;n perentoria e independiente de su contenido   (en adelante 'pic'). Las exigencias de la autoridad no significan nada para el   agente aut&oacute;nomo, debido a que &eacute;l no permite nunca que su voluntad   sea determinada por la voluntad de otro. A &eacute;l le importa solamente el   acto que ha sido mandado, no el mandato mismo, y lo aceptar&aacute; solo si   est&aacute; convencido de que existen buenas Razones para actuar conforme al   contenido del mandato. De acuerdo a esta interpretaci&oacute;n,   autonom&iacute;a y autoridad son incompatibles debido a quela obediencia a la   autoridad requiere actuar con base en Razones pic. </p>     <p>Una   ventaja de analizar en esta forma el argumento de Wolff es que nuestras   objeciones previas ya no son suficientes para enfrentar su desaf&iacute;o. La   autonom&iacute;a no se concibe como un deber separado que moralmente se impone   sobre nosotros y que nosotros debemos a otros. Sostener que cada uno debe   actuar en una forma moralmente aut&oacute;noma es hacer una afirmaci&oacute;n   sobre el <i>campo de las Razones</i>. Agentes aut&oacute;nomos son quienes   reconocen que las &uacute;nicas Razones que existen son, o bien dependientes de   su contenido, o bien no perentorias. La autonom&iacute;a moral es importante   porque es importante quela gente act&uacute;e con base en Razones y que no   act&uacute;e en ausencia de ellas.</p>     <p>Por otra   parte, a este respecto, depender de los expertos no conduce necesariamente a la   heteronom&iacute;a. Si bien un consejo experto es una Raz&oacute;n pic, debido   a que se cree que el experto est&aacute; en lo correcto -se cree lo que el   experto dice porque el experto lo ha dicho- el prop&oacute;sito de dar consejos   es el de informar al aconsejado que el curso de acci&oacute;n recomendado   est&aacute; soportado por el balance de Razones que dependen de su contenido.   Cuando el aconsejado establece esta inferencia y act&uacute;a con base en ella,   el agente estar&aacute; actuando debido a Razones que dependen de su contenido,   aun si no sabe que ellas lo son. </p>     <p>M&aacute;s   importante a&uacute;n, esta interpretaci&oacute;n muestra que la inquietud del   anarquismo filos&oacute;fico acerca de la autoridad no es f&uacute;til: su   preocupaci&oacute;n consiste en que la gente deje de asumir la adecuada   responsabilidad por sus acciones, al asumir las directivas autoritativas como   Razones para la acci&oacute;n pic. Las personas intentar&aacute;n justificar su   conducta alegando que estaban 'tan solo siguiendo &oacute;rdenes'. Este tipo de   defensa no solamente parece cobarde, sino estrictamente hablando irrelevante.   &iquest;C&oacute;mo puede un acto convertirse en aceptable simplemente por el   hecho de que alguien diga que lo es? Las autoridades pueden tener el poder de   cambiar el derecho positivo, pero nadie (ni aun Dios) tiene la capacidad de   cambiar la ley moral. Como Godwin sostiene: &quot;ni el foro m&aacute;s   concurrido, ni el senado m&aacute;s venerable, pueden hacer de una   proposici&oacute;n una regla de justicia, si esta no fue sustancialmente   as&iacute; antes de su decisi&oacute;n&quot;<a name=nu21></a><sup><a href="#num21">21</a></sup>.</p>     <p>No   obstante, el anarquismo filos&oacute;fico nos recuerda, sin admitir que las   defensas de n&uacute;rem BerG son a veces buenas justificaciones, que es   dif&iacute;cil apreciar c&oacute;mo la autoridad <i>de jure</i> es posible. La   legitimaci&oacute;n de la autoridad se mantiene o se derrumba si un sujeto   puede justificar sus acciones al alegar que &eacute;l estaba 'tan solo   siguiendo &oacute;rdenes'. En otras palabras, la autoridad leg&iacute;tima es   posible solo si las Razones pic son posibles. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i>1.3.   Autoridad y racionalidad </i></p>     <p>A veces se   piensa que el desaf&iacute;o de Wolff a la autoridad es meramente un caso   especial de una paradoja m&aacute;s general, que pretende mostrar la   incompatibilidad de la autoridad y la racionalidad. El argumento general es   conocido: consid&eacute;rese cualquier directiva emitida por una autoridad y   cualquier acci&oacute;n <i>A </i>requerida por la directiva. O bien el balance   de las Razones soporta a <i>A</i> o bien no lo hace. Si el balance de las   Razones soporta a <i>A</i>, un agente debe realizar <i>A</i>, pero no porque <i>A</i> sea exigida por la directiva, sino porque los agentes deben siempre actuar   conforme al balance de Razones. Por otra parte, si el balance de las Razones no   soporta a <i>A</i>, entonces un agente no debe realizar la acci&oacute;n,   porque los agentes nunca deben actuar contra el balance de Razones.   Parecer&iacute;a, por consiguiente, que las directivas autoritativas no pueden   ser nunca Razones para la acci&oacute;n - si una directiva evidencia el   resultado correcto, la directiva es irrelevante; si la directiva evidencia el   resultado incorrecto, entonces la obediencia a la directiva es ir Razonable. </p>     <p>Debido a   que las directivas autoritativas no pueden ser nunca Razones para la   acci&oacute;n, se sigue que los agentes racionales no pueden obedecer nunca ala   autoridad. La prueba: los agentes racionales siempre apuntan a actuar con base   en Razones inderrotables y a actuar de acuerdo con este objetivo. Si una gente   hubiese tenido que obedecer a la autoridad, &eacute;l hubiese tenido, o bien   que creer que ten&iacute;a una Raz&oacute;n inderrotable para obedecer, o bien   que creer que &eacute;l no ten&iacute;a una Raz&oacute;n inderrotable, pero   habr&iacute;a obedecido de todas formas. Si lo primero fuese cierto, entonces   el agente tendr&iacute;a creencias irracionales, dado que de acuerdo al primer   argumento las directivas autoritativas no pueden ser nunca Razones para la   acci&oacute;n. Si lo segundo fuese cierto, entonces el agente no estar&iacute;a   actuando de acuerdo con su objetivo de actuar con base en Razones inderrotadas.   Por consiguiente, parece que los agentes racionales no pueden nunca obedecer a   la autoridad. </p>     <p>Si estos   argumentos son s&oacute;lidos, se seguir&iacute;a que los agentes morales no   pueden nunca orientar su conducta de manera racional a trav&eacute;s de   directivas autoritativas. Debido a que la moralidad requiere que los agentes   act&uacute;en sobre el balance de Razones <i>morales</i>, la obediencia a la   autoridad no puede nunca ser racionalmente justificada en relaci&oacute;n con   los agentes morales: en tanto que toda directiva requiere una acci&oacute;n   soportada por el balance de Razones morales, toda directiva es moralmente   irrelevante; o de otra forma, moralmente perniciosa. Las directivas   autoritativas no pueden nunca ser Razones morales para la acci&oacute;n y, por   consiguiente, ser&iacute;a irracional para todo agente moral obedecer la   autoridad. </p>     <p>Tales   argumentos 'derivados' son posibles debido a que la racionalidad esencialmente   un ideal <i>formal</i>. La racionalidad no manda la adecuaci&oacute;n respecto   a un cierto est&aacute;ndar sustantivo particular - ella simplemente requiere   que una gente se ajuste a sus est&aacute;ndares sustantivos. La paradoja   intenta mostrar la incompatibilidad de la racionalidad y la autoridad a   trav&eacute;s de la demostraci&oacute;n de que las directivas autoritativas entrar&aacute;n   en conflicto con cualquier est&aacute;ndar sustantivo: o bien la directiva en   cuesti&oacute;n se ajusta al est&aacute;ndar dado, en cuyo caso ser&iacute;a   redundante, o bien entra en conflicto con el est&aacute;ndar, en cuyo caso el   est&aacute;ndar exige la no adecuaci&oacute;n. Para generar una contradicci&oacute;n   entre la autoridad y un est&aacute;ndar normativo espec&iacute;fico, uno   requiere solamente introducir el est&aacute;ndar en la ecuaci&oacute;n y   resultar&aacute; la <i>reductio </i>deseada. </p>     <p>Si bien el   desaf&iacute;o de Wolff parece ser uno de tales argumentos derivados, es   importante apreciar que no lo es. Esto se hace evidente si se observa que el   concepto de racionalidad se encuentra en la base misma del concepto de   autonom&iacute;a. Ser racional es tener como objetivo el actuar sobre la base   de Razones inderrotadas y actuar de acuerdo con este objetivo. En contraste,   ser&aacute; ut&oacute;nomo es tener como objetivo actuar con base en Razones no   pic y actuar de acuerdo con este objetivo. De lo cual no se sigue que un agente   racional sea un agente aut&oacute;nomo. Si un agente cree que tiene una   Raz&oacute;n para la acci&oacute;n pice inderrotada, entonces actuar&aacute;   racionalmente, pero no de manera aut&oacute;noma, si act&uacute;a con base en   esta Raz&oacute;n. De manera contraria, los agentes aut&oacute;nomos no son   necesariamente racionales. Si un agente act&uacute;a sobre la base de una   Raz&oacute;n que, seg&uacute;n su propio juicio, es dependiente de su contenido   y derrotable, entonces &eacute;l actuar&aacute; de manera aut&oacute;noma pero   no de manera racional. </p>     <p>Por lo   tanto, no deber&iacute;a sorprender que se pueda desafiar la racionalidad de la   autoridad, sin desafiar los efectos de esta sobre la autonom&iacute;a. La   paradoja de la autoridad y la racionalidad pretende mostrar la imposibilidad   detener una Raz&oacute;n inderrotada para obedecer a la autoridad, y por   consiguiente, la irracionalidad de creer que se tiene tal Raz&oacute;n. Esto no   ataca el contenido independiente y/o la naturaleza perentoria de las directivas   autoritativas. De la misma forma, se puede objetar a la autoridad debido a que   ella provoca heteronom&iacute;a, no irracionalidad. De acuerdo con nuestra   interpretaci&oacute;n del desaf&iacute;o de Wolff, el problema con la obediencia   es que las directivas autoritativas no son Razones pic, no que ser&iacute;a   incoherente creer que ellas son Razones inderrotadas. </p>     <p>Teniendo   en cuenta que estas cr&iacute;ticas difieren entre s&iacute;, no se debe   esperar quela soluci&oacute;n a uno de los desaf&iacute;os constituya una   respuesta eficaz con respecto al otro. Como evidencia, consid&eacute;rese la   respuesta siguiente a la paradoja de la autoridad y de la racionalidad: la   teor&iacute;a del contrato social. Esta respuesta es una teor&iacute;a   coherente de la obligaci&oacute;n pol&iacute;tica. Un agente racional   podr&iacute;a considerarla como verdad, aun a pesar del hecho de ser falsa. De   acuerdo con este agente, alguien posee autoridad leg&iacute;tima sobre otro   cuando este &uacute;ltimo ha consentido el hecho de ser gobernado por el   primero. Debido a que el consentimiento genera una obligaci&oacute;n promisoria   de cumplir las exigencias de la autoridad, toda directiva emitida da a los   sujetos, quienes han consentido, una Raz&oacute;n para actuar de acuerdo con   ella. Sup&oacute;ngase que esta persona ha consentido el ser gobernada por una   autoridad. Ella considerar&aacute; toda directiva emitida como una Raz&oacute;n   conclusiva para la acci&oacute;n. Por consiguiente, podr&iacute;a ser racional   para ella el cumplimiento de un mandato cuyo contenido, seg&uacute;n su propio   juicio, no es soportado por el balance de Razones dependientes de su contenido.   Desde la perspectiva del agente, aun cuando el balance de Razones dependientes   de su contenido no soportar&iacute;a la adecuaci&oacute;n, el balance de todas   las Razones -tanto aquellas dependientes de su contenido como aquellas independientes-   podr&iacute;a inclinarse en direcci&oacute;n a la obediencia. De esta forma,   puede ser racional obedecer a la autoridad aun cuando se equivoque acerca del   contenido de sus directivas. </p>     <p>Esta   respuesta, sin embargo, no surtir&iacute;a efecto alguno contra el   desaf&iacute;o propuesto por Wolff. Como hemos visto, el argumento de Wolff se   basa en la idea de que no existen cosas tales como las Razones para la   acci&oacute;n pic. Por lo tanto la respuesta anterior incurrir&iacute;a en una   petici&oacute;n de principio. Despu&eacute;s de todo, el consentimiento por   s&iacute; mismo pretende engendrar Razones para la acci&oacute;n pic. Los   sujetos que consienten ser gobernados por una autoridad est&aacute;n obligados,   bajo la teor&iacute;a del contrato social, simplemente en virtud de su   consentimiento. No se puede mostrar c&oacute;mo una Raz&oacute;n pic es posible   mediante la producci&oacute;n de otra (supuesta) Raz&oacute;n pic. Primero, se   debe establecer que mi voluntad puede darme una Raz&oacute;n para actuar contra   el balance de Razones. </p>     <p>Pero, si   las autoridades mismas carecen del poder para cambiar la moral,   &iquest;c&oacute;mo puedo yo tener el poder para hacerlo?</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>No quiero   dar a entender que la paradoja de la autonom&iacute;a de Wolff es m&aacute;s   dif&iacute;cil de responder que la paradoja de la racionalidad. Ellas son   simplemente cr&iacute;ticas diversas entre s&iacute; y, como tales, cada una   puede requerir de soluciones diversas. Infortunadamente, aquellos que han   respondido al anarquismo filos&oacute;fico no siempre han aclarado a qu&eacute;   paradoja responden. Intentaremos rectificar esto, estudiando las dos paradojas   b&aacute;sicas de manera separada y respondiendo, respecto a cada   soluci&oacute;n de los defensores de la autoridad, si dicha soluci&oacute;n es   adecuada para alguna de las paradojas o para ambas. </p>     <p><b>2. El Debilitamiento De   La Autoridad</b></p>     <p>Cada vez   que se enfrentan dos conceptos se puede intentar aliviar la tensi&oacute;n a   trav&eacute;s del debilitamiento de la formulaci&oacute;n de uno de los   conceptos involucrados. En el caso de las paradojas anarquistas, el candidato   m&aacute;s obvio es aquel de la autoridad. Primero, debido a que el concepto de   la autoridad aparece en las dos paradojas b&aacute;sicas, uno podr&iacute;a   pensar entonces en matar dos p&aacute;jaros de un solo tiro. Segundo, y   m&aacute;s importante, la formulaci&oacute;n de la racionalidad y aquella de la   autonom&iacute;a parecen suficientemente inocuas, al menos al ser comparadas   con la formulaci&oacute;n de la autoridad. Como ya hemos mencionado, ser   racional es apuntar a actuar con base en el balance de Razones. La racionalidad   simplemente impone a cada agente la obligaci&oacute;n de ajustarse a los   est&aacute;ndares sustantivos a los que est&aacute; comprometido. Del mismo   modo, la autonom&iacute;a ha sido caracterizada por requerir a los agentes el   permanecer fieles a los m&eacute;ritos del caso en cuesti&oacute;n, y no   simplemente actuar en Raz&oacute;n a lo que otro ha dicho. La plausibilidad de   estas ideas es aparentemente f&aacute;cil.</p>     <p>En   contraste, la caracterizaci&oacute;n est&aacute;ndar de la autoridad evidencia   la paradoja. Se podr&iacute;a recordar que poseer autoridad leg&iacute;tima es   tener el derecho a gobernar. El derecho a gobernar implica el derecho a ser   obedecido. Tener el derecho a ser obedecido es tener el poder de imponer   obligaciones con independencia de su contenido. Por consiguiente, quienes   poseen autoridad leg&iacute;tima tienen el poder moral para obligar a otros a   obedecer, aun cuando sus directivas incluyan un contenido <i>err&oacute;neo</i>.   Para decir lo menos, parece extra&ntilde;o el poder obligar con independencia   del contenido. Como Godwin sostuvo: &quot;no hay una proposici&oacute;n   m&aacute;s absurda que aquella que afirma el derecho a hacer lo   incorrecto&quot;<a name=nu22></a><sup><a href="#num22">22</a></sup>. </p>     <p>Por   consiguiente, debilitar la caracterizaci&oacute;n est&aacute;ndar de la   autoridad parece ser la estrategia m&aacute;s prometedora. Si se puede   demostrar que las autoridades no pretenden nunca el poder de obligar, entonces   la paradoja puede ser completamente soslayada. La racionalidad no   estar&iacute;a en conflicto con la autoridad leg&iacute;tima porque las   autoridades no requerir&iacute;an nunca a los agentes actuar contra su balance   de Razones. De hecho, las autoridades nunca y en absoluto requerir&iacute;an a   los agentes actuar. De la misma forma, la autonom&iacute;a ser&iacute;a   consistente con la autoridad leg&iacute;tima porque sus pronunciamientos no   ser&iacute;an, ni nadie pretender&iacute;a de conformidad que ellos fuesen,   Razones pic. </p>     <p>En las   secciones siguientes exploraremos dos estrategias dirigidas a romperla   conexi&oacute;n entre autoridad leg&iacute;tima y el derecho a exigir la   conducta en una forma independiente de su contenido. La primera perspectiva   busca desvincular el derecho a gobernar del derecho a ser obedecido. El derecho   a gobernar consiste en el privilegio exclusivo que las autoridades   leg&iacute;timas poseen para coaccionar a otros con el objeto de que cumplan   sus exigencias. Con base en esta perspectiva, la autorizaci&oacute;n del uso de   la fuerza no implica el poder de imponer obligaciones. La segunda estrategia   niega que las autoridades leg&iacute;timas tengan siquiera el derecho a   gobernar y menos a&uacute;n el derecho a ser obedecidas. Las autoridades   leg&iacute;timas no emiten directivas ni amenazas. Sus pronunciamientos   constituyen consejos expertos: m&aacute;s que crear obligaciones, ellas   simplemente nos informan acerca de su existencia.</p>     <p>Argumentar&eacute;   que ninguno de estos enfoques es adecuado. Debilitar el concepto de autoridad   conforme a estas propuestas lo lacera irremediablemente. Sin atribuir a las   autoridades leg&iacute;timas el poder de imponer obligaciones ser&iacute;a   imposible, no solo explicar muchas de las afirmaciones que las autoridades   hacen, sino tambi&eacute;n las afirmaciones que ellas requieren hacer con el   objeto de salvarse a s&iacute; mismas de la paradoja. </p>     <p><i>2.1. El   derecho a gobernar </i></p>     <p>Siguiendo   a Hoh Feld, podemos distinguir entre dos sentidos de la palabra 'derecho'<a name=nu23></a><sup><a href="#num23">23</a></sup>. En primera instancia, decir   que alguien tiene un derecho a realizar cierto acto con respecto a otro   podr&iacute;a referirse a un privilegio. Un titular de un derecho tiene un   privilegio respecto de otro a realizar un acto si dicho titular no tiene el   deber, respecto de la otra persona, de abstenerse de realizar ese acto. Por   ejemplo, yo tengo el privilegio con respecto a t&iacute; de entrar a mi casa si   yo no tengo el deber respecto a t&iacute; de abstenerme de hacerlo.</p>     <p>De manera   alternativa, se podr&iacute;a decir que con la atribuci&oacute;n del derecho el   titular del mismo tiene el poder normativo sobre la otra persona respecto a   cierto conjunto de actos. Un titular del derecho tiene un poder sobre otro a   realizar un cierto acto si el titular del derecho tiene la capacidad de cambiar   las relaciones normativas entre la persona y el titular del derecho. Decir que   yo tengo el poder normativo para arrendarte mi casa es pretender que yo puedo   cambiar tus deberes y privilegios respecto a m&iacute; y con relaci&oacute;n a   la casa. Si bien anteriormente no ten&iacute;as el privilegio de entrar a mi   casa, despu&eacute;s de la celebraci&oacute;n del arrendamiento ya no tienes   m&aacute;s el deber de abstenerte de entrar. Mi derecho a arrendarte la casa,   si el derecho es entendido como un poder, conlleva tu derecho a entrar a la   casa, si el derecho se entiende como un privilegio.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Cuando   dijimos que poseer autoridad leg&iacute;tima es tener el derecho moral a   gobernar, &iquest;debemos asumir este derecho como un privilegio o como un   poder? Hasta ahora, hemos asumido que la autoridad leg&iacute;tima posee un   poder moral sobre sus sujetos. Robert Landenson ha sugerido, sin embargo, que   el derecho a gobernar debe ser entendido como el privilegio moral exclusivo a   gobernar<a name=nu24></a><sup><a href="#num24">24</a></sup>. Las autoridades   leg&iacute;timas son aquellas que tienen la capacidad para forzar a otros a acatar   sus exigencias y a quienes es moralmente permitido (esto es, que no tienen la   obligaci&oacute;n moral de abstenerse) ejercer esta capacidad. Seg&uacute;n   esta perspectiva, las autoridades no pretenden crear obligaciones morales para   obedecer. En su lugar, las directivas autoritativas son amenazas respaldadas   por sanciones. Las autoridades leg&iacute;timas se diferencian de los   g&aacute;nsteres en que a las primeras se les permite moralmente emitir tales   amenazas y castigar la falta de adecuaci&oacute;n, a diferencia de estos   &uacute;ltimos, quienes est&aacute;n sujetos al deber moral de no actuar de   manera similar.</p>     <p>De acuerdo   con Landenson, alguien tiene autoridad leg&iacute;tima si tiene el poder (no   normativo) de coaccionar y si dicho poder justifica el ejercicio de dicho   poder. &iquest;Por qu&eacute; justificar&iacute;a la mera posesi&oacute;n del   poder el ejercicio del poder? &iquest;Por qu&eacute; pensar que el poder hace   el derecho? Landenson ofrece una respuesta 'hobbesiana'<a name=nu25></a><sup><a href="#num25">25</a></sup>. Si alguna instituci&oacute;n tiene el poder de   coacci&oacute;n, entonces ella, y solo ella, tiene la capacidad para solucionar   ciertos problemas, como el mantenimiento del orden social. Solo el m&aacute;s   fuerte en la sociedad puede evitar que otros se involucren en el tipo de   conflictos que amenazan con desestabilizar y destruir la sociedad.</p>     <p>Landenson   no va tan lejos como para afirmar que aquellos con poder tienen   justificaci&oacute;n para usarlo de la manera en que elijan. A los nazis no les   estaba moralmente permitido promover el genocidio, aun cuando tuvieran   justificaci&oacute;n para hacer cumplir las leyes de tr&aacute;nsito existentes<a name=nu26></a><sup><a href="#num26">26</a></sup>. Las autoridades pueden   pretender autoridad leg&iacute;tima en ciertas &aacute;reas pero tambi&eacute;n   fallar en poseerla. Alguien tiene autoridad <i>de facto</i> solo en caso de que   tenga la capacidad de hacer cumplir sus amenazas y si quienes son amenazados   son conscientes de esa capacidad. Esto, sin embargo, no le confiere por   s&iacute; mismo la autoridad <i>de jure</i>. </p>     <p>La virtud   de la explicaci&oacute;n de Landenson radica en que disuelve f&aacute;cilmente   las paradojas de la autoridad. Las paradojas surgen solamente cuando se asume   que la autoridad pretende el poder normativo de crear Razones para la   acci&oacute;n. Como hemos visto, la naturaleza de tal poder parece   completamente misteriosa. No obstante, Landenson rechaza la suposici&oacute;n   central del poder: las autoridades pretenden el permiso moral de amenazar y   castigar, no el poder moral de obligar y permitir. Ya que la normatividad de   las sanciones no es nada misteriosa, Landenson es capaz de explicar c&oacute;mo   la orientaci&oacute;n autoritativa puede ser una actividad creadora de Razones.   Es la amenaza de una sanci&oacute;n, m&aacute;s que la imposici&oacute;n de   obligaciones, lo que procura a los sujetos Razones para obedecer a las   autoridades.</p>     <p>Con base   en el modelo de Landenson es evidente c&oacute;mo la orientaci&oacute;n   autoritativa puede ser tanto relevante como racional. Las gu&iacute;as   autoritativas son relevantes para el Razonamiento pr&aacute;ctico, toda vez que   el balance de Razones favorece la adecuaci&oacute;n debido a la amenaza de una   pena. Las autoridades proporcionan una Raz&oacute;n para obedecer que el agente   no ten&iacute;a con anterioridad a la intervenci&oacute;n autoritativa y que   ofrece adecuaci&oacute;n racional. A trav&eacute;s de la maquinaria coercitiva   del Estado se puede apreciar que las autoridades provocan diferencias en el   Razonamiento pr&aacute;ctico de los agentes.</p>     <p>Tampoco la   obediencia a la autoridad comprometer&iacute;a la autonom&iacute;a del agente.   Seg&uacute;n la concepci&oacute;n de Landenson, las directivas autoritativas no   son Razones perentorias para la acci&oacute;n. Aquellos que emiten amenazas   ofrecen a sus pretendidas v&iacute;ctimas la opci&oacute;n de cumplir ('la   bolsa o la vida'), aunque la elecci&oacute;n no es obviamente entre opciones   igualmente atractivas. M&aacute;s importante, las amenazas no son Razones de   contenido independiente<a name=nu27></a><sup><a href="#num27">27</a></sup>. Los   agentes no deben obedecer simplemente porque se les dice que lo hagan - por   ejemplo, una amenaza banal no da a la v&iacute;ctima Raz&oacute;n alguna para   su aquiescencia. Debido a que la &uacute;nica Raz&oacute;n que juega un papel   en la deliberaci&oacute;n es la amenaza de sanci&oacute;n, la autonom&iacute;a   moral del agente no se encuentra por consiguiente en riesgo. De hecho, aun   Godwin crey&oacute; que al agente le era permitido obedecer a la autoridad si   se encontraba amenazado por ella: &quot;nada puede ser m&aacute;s cierto que   podr&iacute;a ser mi deber el negarme a realizar una acci&oacute;n,   sup&oacute;ngase de clase o utilidad inferior, que por sus propios m&eacute;ritos   tiene derecho a ser realizada, si s&eacute; que al realizarla sufrir&eacute;   pena de muerte&quot;<a name=nu28></a><sup><a href="#num28">28</a></sup>. </p>     <p>No   obstante todo intento por reducir, del poder al privilegio, las pretensiones de   la autoridad, debe lidiar con una caracter&iacute;stica sobresaliente de la   propia presentaci&oacute;n del derecho; a saber, que &eacute;l no solamente   habla el lenguaje de las amenazas, sino tambi&eacute;n el de las obligaciones.   Si los ciudadanos, por ejemplo, usan drogas recreativas, el derecho no los   amenaza simplemente con penas de prisi&oacute;n - &eacute;l les   'proh&iacute;be' su uso. Quienes violan la ley son 'culpables' de una 'ofensa'   y son considerados 'responsables' por su 'mal proceder'. Toda sanci&oacute;n   impuesta no es ni un impuesto ni una cuota que paga un usuario, sino una   'pena'. El hecho de que las autoridades estatales empleen los conceptos morales   de obligaci&oacute;n, permisi&oacute;n, poder e inmunidad sugiere fuertemente   que ellas no pretenden meramente el permiso moral para llevar a cabo sus   amenazas<a name=nu29></a><sup><a href="#num29">29</a></sup>. Por lo general,   los funcionarios del Estado se sienten moralmente c&oacute;modos haciendo   cumplir la amenaza de la ley, porque creen que todos est&aacute;n moralmente   obligados a cumplirla y que es adecuado castigar a quienes no cumplen con sus   obligaciones.</p>     <p>Incluso desde   el punto de vista del poder pol&iacute;tico, la propuesta de Landenson es   inveros&iacute;mil. Como Weber se&ntilde;al&oacute;, el poder pol&iacute;tico   debe buscar siempre por lo menos la apariencia de poder moral si desea ser   seguro y estable. Esto obedece a que las autoridades normalmente imponen costos   considerables a sus ciudadanos. No solo proh&iacute;ben innumerables acciones,   y en menor grado requieren a sus ciudadanos proveer ayuda a otros en   determinadas circunstancias, sino que crean un conjunto de obligaciones   positivas que los ciudadanos deben al propio Estado. Ellas van desde   obligaciones ligeramente molestas, tales como el deber de registrar el   veh&iacute;culo, hasta otras m&aacute;s onerosas, tales como el requerimiento   de pagar impuestos y dar soporte a la familia, as&iacute; como aquellas cuyo   cumplimiento supone riesgos a la vida, tales como la obligaci&oacute;n de   declarar bajo citaci&oacute;n judicial contra un acusado en un juicio por   homicidio o cumplir el servicio militar obligatorio.</p>     <p>Las   autoridades usan muchas estrategias con el objeto de influir en la gente para   lograr el pago de estos costos. Quiz&aacute;s la propuesta m&aacute;s efectiva   es aquella ideol&oacute;gica. Al afirmar el poder de obligar, en lugar que   simplemente el permiso de coerci&oacute;n, las autoridades tratan de persuadir   a sus s&uacute;bditos para que estos cumplan con base en el sentido del deber   moral. Entre m&aacute;s grande sea la cantidad de personas que aceptan la   autoridad del derecho a imponer tales deberes, menos recursos deber&aacute;   dedicar el Estado a la aplicaci&oacute;n del derecho. Una vez que el Estado ha   ganado los corazones y las mentes de sus s&uacute;bditos, sus cuerpos los   seguir&aacute;n. Sin duda, las estrategias de legitimaci&oacute;n presuponen la   existencia de una considerable maquinaria de educaci&oacute;n, adoctrinamiento   y manipulaci&oacute;n. Como todo lo dem&aacute;s, la diseminaci&oacute;n de la   ideolog&iacute;a no es gratis. No obstante, el uso de la fuerza bruta presupone   tambi&eacute;n un vasto aparato de prevenci&oacute;n, detecci&oacute;n y   castigo. Aun conforme al estado actual de la tecnolog&iacute;a, la   aplicaci&oacute;n del derecho contin&uacute;a siendo extremadamente onerosa en   t&eacute;rminos de mano de obra: ella requiere una gran red de polic&iacute;as,   investigadores, fiscales y funcionarios penitenciarios, as&iacute; como un   extenso sistema de c&aacute;rceles y dem&aacute;s infraestructura   penitenciaria. Una sociedad que invierte todos sus recursos en la   intimidaci&oacute;n y ninguno de ellos en la persuaci&oacute;n estar&aacute;   pronto en ban Carrota.</p>     <p>Pero el   gasto no es la &uacute;nica consideraci&oacute;n que obliga a las autoridades   alegitimarse. La maquinaria que el Estado erige para recompensar a aquellos que   cumplen y castigar a aquellos que no debe ser dirigida por al menos alguien que   reconozca la legitimidad del Estado y permanezca leal a su ideolog&iacute;a. Es   simplemente imposible tener solo 'amenazas en todos los niveles'. En   alg&uacute;n punto, alguien tiene que llevar a cabo la voluntad de la autoridad   porque siente que est&aacute; no solo obligado, sino moralmente obligado a   hacerlo. Las paradojas de la autoridad pueden entonces desplegarse en   relaci&oacute;n a quienes soportan esta burocracia estatal: &iquest;por   qu&eacute; ser&iacute;a racional para un bur&oacute;crata hacer caso a las   directivas de las autoridades y ejercer las amenazas de dichas directivas en   contra de otros? O bien el balance de Razones soporta el ejercicio de la   amenaza, o bien no lo hace. Si se trata del primer caso, entonces el ejercicio   es Razonable, pero no porque al bur&oacute;crata se le mande hacer efectiva la   amenaza, sino porque el balance de Razones soporta dicho ejercicio; si se trata   del segundo caso, entonces el ejercicio es ir Razonable.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Por   consiguiente, parecer&iacute;a que el enfoque de Landenson acerca de la   autoridad no puede ser defendido apelando al hecho de que, si fuese verdad,   proporcionar&iacute;a una soluci&oacute;n a las paradojas de la autoridad. Esto   debido a que, como hemos visto, el enfoque de Landenson es vulnerable por   s&iacute; mismo a problemas similares. En lugar de resolver las paradojas, su   explicaci&oacute;n las suprime con respecto a un contexto, pero falla en evitar   que dichas paradojas vuelvan a aparecer en relaci&oacute;n a otros. A   trav&eacute;s de este enfoque los problemas no son evitados, sino que son   simplemente pospuestos.</p>     <p>Debemos   sacar dos lecciones de este debate. La primera es que no es posible resolver   las paradojas de la autoridad al tratar de interpretar la obediencia como mera   respuesta a las amenazas. El ejercicio de las amenazas que han sido emitidas   por quienes est&aacute;n en el poder es en s&iacute; misma una actividad cuya   racionalidad y moralidad debe ser establecida. La segunda es que es importante   distinguir entre los conceptos de tener 'autoridad sobre una persona' y de   tener 'autoridad para actuar' o, para decirlo de manera un tanto diferente,   entre tener autoridad y estar meramente autorizado. Tener autoridad es tener un   poder normativo para cambiar las relaciones normativas de otro. Estar   autorizado es simplemente tener el permiso otorgado por quien tiene autoridad   para actuar de cierta manera. La secretaria est&aacute; autorizada para abrir   el correo del jefe. Pero, a este respecto, ella no tiene poder. Como Raz   acertadamente ha sostenido, el enfoque de Landenson equipara lo que puede hacer   el Estado con lo que puede hacer la secretaria<a name=nu30></a><sup><a href="#num30">30</a></sup>. No obstante, como hemos visto, la falta de poder   normativo sobre una persona y la autoridad de ejercer este poder no se suman a,   ni pueden sustituir a la autoridad sobre una persona. </p>     <p><i>2.2.   Autoridades teor&eacute;ticas </i></p>     <p>De acuerdo   con la primera parte de la paradoja de la autoridad y la racionalidad, si el   balance de Razones soporta el contenido de una directiva, entonces la directiva   es redundante. En respuesta, se podr&iacute;a poner en cuesti&oacute;n la idea   de que una directiva es irrelevante solo porque ella da la soluci&oacute;n   correcta a un problema normativo. Una directiva autoritativa podr&iacute;a ser   relevante si un agente puede usarla para resolver el problema por s&iacute;   mismo. Mediante la aplicaci&oacute;n de la directiva, &eacute;l ser&iacute;a   capaz de llegar a la conclusi&oacute;n correcta en lugar de tener que deliberar   sobre los m&eacute;ritos del caso en cuesti&oacute;n.</p>     <p>Con esta   respuesta se intenta situar la legitimidad de la autoridad en su   instrumentalidad epist&eacute;mica. Los agentes tienen Razones para obedecer a   las autoridades siempre y cuando sus directivas sean Razones conclusivas para   creer que los actos dirigidos son Razonables. A su vez, las directivas   autoritativas lograr&iacute;an este estatus epist&eacute;mico toda vez que su   fuente sea un experto en el &aacute;rea regulada. Seg&uacute;n esta   perspectiva, las autoridades ser&iacute;an leg&iacute;timas solamente en   aquellos casos en los que su pronunciamiento constituye un consejo experto.</p>     <p>Esto   sugiere que la autoridad pr&aacute;ctica, esto es, la autoridad sobre lo que <i>debe </i>ser el caso, podr&iacute;a estar basada en la autoridad teor&eacute;tica,   es decir, la autoridad que concierne a lo que el caso <i>es</i>. Esta idea es   tan antigua como la filosof&iacute;a occidental. En <i>La Rep&uacute;blica</i>,   Plat&oacute;n sosten&iacute;a que una sociedad justa deber&iacute;a ser   gobernada por fil&oacute;sofos. La idea de Plat&oacute;n estaba basada tanto en   su alta estima de los fil&oacute;sofos como en su mala opini&oacute;n respecto   de todos los dem&aacute;s. Los fil&oacute;sofos deb&iacute;an gobernar la   ciudad porque solo ellos ten&iacute;an acceso a la verdad y se pod&iacute;a   confiar en que ellos actuar&iacute;an conforme al bien com&uacute;n. </p>     <blockquote>       <p>&#91;L&#93;os     deseos simples y moderados, guiados por la inteligencia y la opini&oacute;n     recta y la reflexi&oacute;n, los hallar&aacute;s en unos pocos, en aquellos en     los que se en cuentra un talento natural y la mejor educaci&oacute;n &#91;...&#93;.     Esta caracter&iacute;stica puedes tambi&eacute;n verla en nuestro Estado, en el     cual los deseos de la mayor&iacute;a menos respetable son controlados por los     deseos y la sabidur&iacute;a de la minor&iacute;a superior<a name=nu31></a><sup><a href="#num31">31</a></sup>. </p> </blockquote>     <p>No se   tiene sin embargo que compartir la teor&iacute;a social de Plat&oacute;n para   apreciar las virtudes de su enfoque. La reducci&oacute;n de la autoridad   pr&aacute;ctica a la autoridad teor&eacute;tica es atractiva no solo debido a   que es conceptualmente econ&oacute;mica, sino tambi&eacute;n a que la   racionalidad de confiar en la autoridad teor&eacute;tica no parece problem&aacute;tica.   Cuando una persona conoce m&aacute;s sobre un tema que otra, es de sentido   com&uacute;n que esta defiera su juicio a aquella, logrando de este modo   mejores resultados que si confiara, en cambio, en su propio juicio.   Adem&aacute;s, como se mencion&oacute; anteriormente, la confianza en la   autoridad teor&eacute;tica es compatible con la autonom&iacute;a. Alguien que   act&uacute;a con base en el consejo autoritativo puede hacerlo porque cree que   la confianza est&aacute; soportada por el balance de Razones que dependen de su   contenido.</p>     <p>Si bien   esta estrategia tiene m&eacute;ritos, parece vulnerable a numerosas y serias   objeciones. Primera, una caracter&iacute;stica esencial de las relaciones entre   el experto y el asesorado es que este &uacute;ltimo no debe actuar con base en   el consejo experto cuando sabe que est&aacute; errado. Supongamos que yo   considero al meteor&oacute;logo como una autoridad teor&eacute;rica sobre el   clima: aun cuando &eacute;l haya predicho que habr&aacute; un cielo despejado,   debo salir con paraguas si veo que va a llover. No hay ning&uacute;n valor en   adherir a la autoridad teor&eacute;tica si se conoce que ella est&aacute;   errada - se conf&iacute;a en las autoridades teor&eacute;ticas debido a, y solo   debido a, que se quiere conocer lo que es correcto. En contraste, las   autoridades pol&iacute;ticas pretenden el derecho a obligar, aun cuando   est&eacute;n erradas. En el caso de Eliezer, los rabinos le requirieron adherir   a ellos aun cuando &eacute;l sab&iacute;a, y ellos mismos sab&iacute;an, que   estaban errados. Esto, no obstante, no les impidi&oacute; hacer valer su   autoridad. Parecer&iacute;a que la autoridad pr&aacute;ctica no puede ser   reducida a la autoridad teor&eacute;tica, en la medida en que cada una apunta a   influenciar el Razonamiento pr&aacute;ctico de diversas maneras.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En segundo   lugar, el enfoque epist&eacute;mico malinterpreta las pretensiones de las   autoridades pol&iacute;ticas. Las autoridades pol&iacute;ticas pretenden que   sus directivas sean m&aacute;s que meras Razones para creer - ellas pretenden   que sus directivas sean Razones para actuar. No se cumple una orden simplemente   por el hecho de creer que la orden est&aacute; justificada; se debe actuar con   base en esta creencia. Por el contrario, las autoridades no suelen castigar el   creer de manera err&oacute;nea, sino &uacute;nicamente el actuar de manera   err&oacute;nea. A menos que las autoridades castiguen los cr&iacute;menes de   pensamiento, no es contrario a la ley el pensar quela ley se equivoca sobre   cualquier tema.</p>     <p>Sin   embargo, es poco probable que los defensores del enfoque epist&eacute;mico se   convenzan con estos argumentos. En cuanto a la primera objeci&oacute;n,   responder&aacute;n seguramente que esta no es tanto un argumento contra su   posici&oacute;n, sino un rechazo total hacia ella. Quienes reducen la autoridad   pr&aacute;ctica a la autoridad teor&eacute;tica son entusiastas en negar que   las autoridades leg&iacute;timas vinculan con independencia del contenido. Una   cr&iacute;tica no hace mella en absoluto si apunta al hecho de que las   autoridades leg&iacute;timas tienen el poder para vincular aun si est&aacute;n   erradas, dado que a este 'hecho' es precisamente a lo que el enfoque   epist&eacute;mico quiere oponerse. Por consiguiente, la historia del Talmud no   puede ser usada para refutar la posici&oacute;n epist&eacute;mica, aun cuando   haya sido establecido que la afirmaci&oacute;n de los rabinos acerca de la   autoridad leg&iacute;tima era coherente.</p>     <p>Los   defensores del enfoque epist&eacute;mico admiten que a los sujetos se les puede   exigir actuar aun cuando ellos piensen que las autoridades est&aacute;n   erradas. Debido a que si las autoridades son leg&iacute;timas sus juicios   ser&aacute;n m&aacute;s confiables que los juicios de los propios sujetos, pues   ellas tienen mayores posibilidades de tener Raz&oacute;n, no obstante que sus   s&uacute;bditos piensen que est&aacute;n erradas. La palabra crucial en este   punto es 'pensar' - si los sujetos 'conocen' que ellas est&aacute;n erradas,   como cuando una voz del cielo se los dice, ellos no deben adherir a ellas. </p>     <p>Los   defensores del enfoque epist&eacute;mico argumentar&aacute;n tambi&eacute;n que   la segunda objeci&oacute;n fracasa porque malinterpreta su explicaci&oacute;n   de la autoridad. Quienes pretenden reducir la autoridad pr&aacute;ctica   leg&iacute;tima a la autoridad teor&eacute;tica no afirman otra cosa sino que   las directivas autoritativas son Razones para creer. Ellos est&aacute;n de   acuerdo en afirmar que las autoridades exigen acciones. No obstante, su   afirmaci&oacute;n se refiere m&aacute;s bien a que cuando las autoridades son   leg&iacute;timas sus directivas <i>tambi&eacute;n</i> son Razones conclusivas   para creer que su contenido est&aacute; justificado. De hecho, sus directivas   son Razones para actuar debido a, y solo debido a que ellas son Razones para   creer.</p>     <p>Aunque estas   respuestas son efectivas, plantean problemas adicionales. De acuerdo con la   explicaci&oacute;n epist&eacute;mica, <i>A</i> tiene autoridad sobre <i>B</i> en el dominio <i>C</i> si, y solo si, <i>A</i> es m&aacute;s experto que <i>B</i> en el tema <i>C</i>. No obstante, si la pericia es necesaria para legitimar la   autoridad, entonces muchas &aacute;reas del derecho no pueden ser posiblemente   leg&iacute;timas. Como es sabido, una de las funciones m&aacute;s importantes   de las autoridades es la de servir para solucionarlos problemas de   coordinaci&oacute;n: ellas establecen las normas de circulaci&oacute;n, las   normas de pesos y medidas, de la uniformidad monetaria, y dem&aacute;s. En un   problema de coordinaci&oacute;n, las partes tienen inter&eacute;s en trabajar   en forma concertada, pero dado que existe m&aacute;s de una posible manera   aceptable de hacerlo, ellas deben decidir cu&aacute;l de estas estrategias les   permitir&aacute; coordinar su comportamiento. Por ejemplo, un automovilista   quiere conducir por el mismo lado de la Carretera que todos los otros   automovilistas. Sin embargo, debido a que tanto la derecha como la izquierda   son opciones igualmente adecuadas, &eacute;l tendr&aacute; problemas en saber   sobre cu&aacute;l lado de la Carretera conducir&aacute;n los otros, y por   consiguiente, sobre cu&aacute;l lado de la Carretera debe conducir. Las   autoridades est&aacute;n en capacidad de resolver los problemas de   coordinaci&oacute;n porque ellas pueden designar una de las estrategias como la   elecci&oacute;n que todos deben seguir. Al se&ntilde;alar una de las   posibilidades como obligatoria para todos, las expectativas de cada uno se   enfocan sobre tal posibilidad y los problemas de informaci&oacute;n son superados.   Los automovilistas saben que ellos deben conducir sobre el lado derecho de la   Carretera porque la ley ha seleccionado este lado mediante la imposici&oacute;n   de una regla que lo requiere. Un automovilista debe conducir sobre el lado   derecho porque &eacute;l sabe que los otros conducir&aacute;n sobre este lado,   dado que ellos esperar&aacute;n que &eacute;l lo haga de esta forma.</p>     <p>Por   consiguiente, la capacidad de las autoridades para resolver los problemas de   coordinaci&oacute;n no parece derivarse de pericia alguna<a name=nu32></a><sup><a href="#num32">32</a></sup>. En principio, los problemas de coordinaci&oacute;n   surgen debido a la multiplicidad de estrategias aceptables y concurrentes.   Cuando la ley designa el lado derecho de la Carretera como el lado apropiado   para manejar, no lo hace en Raz&oacute;n a que el lado derecho sea mejor que el   izquierdo - la ley era necesaria debido precisamente a que el lado derecho era   tan adecuado como el izquierdo. En este sentido, las autoridades estatales no   act&uacute;an como expertos debido a que no hay nada sobre lo cual ejercer su   pericia. El m&eacute;rito del derecho es el de resolver los problemas de   coordinaci&oacute;n que surgen en gran parte del hecho de que sus   s&uacute;bditos miran a las autoridades como las encargadas de solucionarlos   problemas de coordinaci&oacute;n<a name=nu33></a><sup><a href="#num33">33</a></sup>. </p>     <p>Las explicaciones   epist&eacute;micas son deficientes porque son incapaces de explicar la   autoridad del derecho en situaciones en las cuales la pericia es irrelevante.   Peor todav&iacute;a, ellas no pueden legitimar la autoridad estatal aun en   casos en los cuales la pericia es altamente deseable. La Raz&oacute;n es   simple: la autoridad del derecho, como opuesta a la de la pericia, es   impersonal. Cuando un funcionario estatal pretende autoridad para emitir una   directiva, la fuente de su autoridad reside en el cargo con base en el cual la   directiva es emitida. Desde el punto de vista jur&iacute;dico, todos deben   escuchar al presidente Obama porque &eacute;l es el presidente, no porque es   Obama. </p>     <p>Por el   contrario, la autoridad de un experto es enteramente personal. Si uno debe   escuchar a un experto, es debido al conocimiento o habilidad superior del   experto. Smith debe escuchar al doctor Jones debido a que &eacute;l es Jones,   no debido a que &eacute;l es un doctor. La naturaleza de la pericia se refleja   en el hecho de que la autoridad teor&eacute;tica, en oposici&oacute;n a la jur&iacute;dica,   no puede ser concedida, transferida, delegada, adquirida, heredada o usurpada.   Solo en un sentido metaf&oacute;rico los expertos 'nombran' a sus sucesores. </p>     <p>Debido a   que la legitimidad de la autoridad de un funcionario es impersonal, y depende   como tal de la legitimidad del cargo, las cualidades personales del funcionario   no contribuyen en nada a la legitimidad de su autoridad. El cargo no es   m&aacute;s leg&iacute;timo debido a la pericia de su actual ocupante.   Ciertamente se tiene una Raz&oacute;n para adherir al juicio del funcionario   cuando este es un experto. Pero la Raz&oacute;n para dicha adhesi&oacute;n al   funcionario es debida a su estatus no oficial de experto. Si la   pretensi&oacute;n del derecho a la autoridad debe ser reivindicada, la   existencia de una obligaci&oacute;n de obedecer no debe depender de las   personalidades de aquellos que exigen obediencia. </p>     <p><b>3. Razones Prevalentes</b><a name=nu34></a><sup><a href="#num34">34</a></sup></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Al parecer   las paradojas de la autoridad no pueden ser resueltas a trav&eacute;s del   debilitamiento del concepto de autoridad en las formas anteriormente   estudiadas. Si las autoridades leg&iacute;timas existen, ellas tienen el poder   normativo de obligar a sus s&uacute;bditos. Ahora exploraremos un intento por   resolver las paradojas quiz&aacute; menos obvio, pero mucho m&aacute;s   interesante y sofisticado. Joseph Raz ha sostenido que la paradoja no es debida   al supuesto de que las autoridades puedan obligar, o a que ellas puedan obligar   con independencia de su contenido, sino a la falsa concepci&oacute;n acerca de   la naturaleza de la racionalidad y del impacto que la autoridad tiene sobre el   Razonamiento pr&aacute;ctico. Una vez sea reconocida la distintiva   contribuci&oacute;n que las directivas autoritativas ejercen sobre la   racionalidad del cumplimiento, los problemas de la autoridad ser&aacute;n   f&aacute;cilmente resueltos. </p>     <p><i>3.1. La   concepci&oacute;n de la autoridad como servicio </i></p>     <p>Seg&uacute;n   Raz, es una caracter&iacute;stica esencial del derecho el hecho de que   &eacute;l pretenda autoridad leg&iacute;tima para regular la conducta de sus   s&uacute;bditos. &Eacute;l no afirma meramente el privilegio de amenazar o las   credenciales para emitir consejos, sino el derecho moral a obligar, permitir,   habilitar o a crear inmunidades.</p>     <p>Con base   en la perspectiva de Raz, aunque el derecho necesariamente pretende autoridad   leg&iacute;tima, &eacute;l no necesariamente la posee. La pretensi&oacute;n del   derecho a la autoridad puede ser falsa, y de hecho a menudo lo es. De acuerdo   con lo que Raz denomina la concepci&oacute;n de la autoridad como 'servicio',   las autoridades pol&iacute;ticas poseen legitimidad solo si, y en la medida en   que sirvan a sus s&uacute;bditos<a name=nu35></a><sup><a href="#num35">35</a></sup>.   Las autoridades trabajan para nosotros y no viceversa.</p>     <p>&iquest;En   qu&eacute; consiste precisamente este servicio? Seg&uacute;n la   interpretaci&oacute;n de Raz de la concepci&oacute;n del servicio, la tarea   distintiva de las autoridades pol&iacute;ticas es la mediaci&oacute;n entre la   gente y las Razones que les son aplicables a ellas. Es decir, su rol es el de   considerar las Razones que se aplican a sus s&uacute;bditos y formular o   ratificar las directivas que hacen posible a sus s&uacute;bditos el ajustarse   al balance de aquellas Razones. Las autoridades son leg&iacute;timas cuando sus   s&uacute;bditos requieren tal servicio de mediaci&oacute;n y las autoridades   satisfacen estas necesidades. Por consiguiente, los gobiernos no ejercen su   autoridad a trav&eacute;s de la construcci&oacute;n de puentes, educando a los   ni&ntilde;os o expulsando a invasores, sino m&aacute;s bien al producir y validar   normas que les permiten a sus s&uacute;bditos adecuarse a la Raz&oacute;n. </p>     <p>De manera   m&aacute;s precisa, la concepci&oacute;n del 'servicio' de Raz est&aacute;   constituida por dos tesis sobre la naturaleza y el rol de la autoridad. La   primera concierne al tipo de Raz&oacute;n que debe orientar a las autoridades   que regulan la conducta. De acuerdo con Raz, toda directiva autoritativa debe   estar basada principalmente en Razones que conciernen de manera independiente a   los sujetos de las directivas. Raz llama a &eacute;stas 'Razones dependientes'   y a la condici&oacute;n anterior 'tesis de la dependiencia'<a name=nu36></a><sup><a href="#num36">36</a></sup>. </p>     <p>Raz   distingue la tesis de la dependencia de la idea seg&uacute;n la cual las   autoridades deben servir al inter&eacute;s de sus s&uacute;bditos<a name=nu37></a><sup><a href="#num37">37</a></sup>. Un comandante militar debe actuar con base en   Razones que conciernen a los soldados (p. ej., la defensa del pa&iacute;s) a   pesar de que sus &oacute;rdenes no est&eacute;n a favor de los intereses de los   mismos. Raz tambi&eacute;n se&ntilde;ala que la tesis de la dependiencia especifica   la forma en que las autoridades deben legislar y juzgar, no la forma en que   realmente lo hacen<a name=nu38></a><sup><a href="#num38">38</a></sup>.   Obviamente, muchos ejercicios de autoridad no est&aacute;n basados en Razones   dependientes.</p>     <p>La segunda   parte de la concepci&oacute;n del servicio se refiere a la clase de rgumento   que debe ser ofrecido con el objeto de justificar la autoridad. De acuerdo con   la 'tesis de la justificaci&oacute;n normal', las autoridades son   leg&iacute;timas si es m&aacute;s probable que sus s&uacute;bditos se   adec&uacute;en al balance de Razones que les es aplicable, mediante el   cumplimiento de las directivas autoritativas, que mediante el intento de   ajustarse de manera directa al balance de Razones<a name=nu39></a><sup><a href="#num39">39</a></sup>. Por lo tanto, la legitimidad de la autoridad   est&aacute; basada en la racionalidad instrumental del derecho. Es m&aacute;s   probable que los agentes hagan lo que se supone que ellos har&iacute;an,   cumpliendo la ley, que intentando actuar por s&iacute; mismos de manera   Razonable. </p>     <p>La tesis   de la justificaci&oacute;n normal especifica la condici&oacute;n que las   autoridades deben satisfacer con el objeto de ser consideradas   leg&iacute;timas. Esta es una prueba rigurosa, que probablemente ninguna   autoridad ha aprobado completamente. Es poco probable que en <i>todos </i>los   casos una autoridad espec&iacute;fica est&eacute; en una mejor posici&oacute;n   que <i>cada</i> uno de sus s&uacute;bditos, ya sea para evaluarlas exigencias   de la Raz&oacute;n, o ya para proveer una orientaci&oacute;n que satisfaga   tales exigencias. Raz aprueba, sin embargo, la posibilidad de una legitimidad   parcial, esto es, en la que la autoridad es leg&iacute;tima con respecto a   algunas &aacute;reas de regulaci&oacute;n pero no en otras<a name=nu40></a><sup><a href="#num40">40</a></sup>. Una autoridad podr&iacute;a, por ejemplo, ser   leg&iacute;tima con respecto a las normas de seguridad para los trabajadores,   pero no con respecto a la moralidad sexual. Raz tambi&eacute;n acepta que una   autoridad podr&iacute;a ser leg&iacute;tima para algunos sujetos pero no para   otros. Yo podr&iacute;a estar obligado a ciertas regulaciones jur&iacute;dicas   destinadas a proteger la salud p&uacute;blica, mientras que mi doctor no lo   estar&iacute;a. Todo depende de si los sujetos har&aacute;n mejor cumpliendo el   derecho que intentando ajustarse a la Raz&oacute;n de manera directa. </p>     <p><i>3.2. La   tesis de la prevalencia </i></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Quiz&aacute;s   la afirmaci&oacute;n m&aacute;s conocida de Raz acerca de la naturaleza de la   autoridad es aquella seg&uacute;n la cual las directivas autoritativas, a   diferencia delas Razones ordinarias, no son simplemente Razones para actuar de   acuerdo con su contenido, sino Razones que reemplazan otras Razones para la   acci&oacute;n. Ellas son ejemplos de lo que Raz ha denominado como Razones   'prevalentes'. Cuando las autoridades exigen la realizaci&oacute;n de una   acci&oacute;n, sus directivas no son meramente adicionadas al balance de   Razones, sino que excluyen estas Razones y toman su lugar. Raz llama a esta   idea la 'tesis de la prevalecia'<a name=nu41></a><sup><a href="#num41">41</a></sup>. </p>     <p>De acuerdo   con Raz, la tesis de la prevalencia se deduce tanto de la tesis de la   dependencia como de la tesis de la justificaci&oacute;n normal. La tesis de la   dependencia afirma que las directivas autoritativas deben estar basadas en el   balance de Razones dependientes. Debido a que estas directivas est&aacute;n   destinadas a reflejar las Razones dependientes, ellas no pueden ser   consideradas como parte de ellas. Hacerlo equivaldr&iacute;a a considerar   algunas de las Razones dependientes por segunda vez<a name=nu42></a><sup><a href="#num42">42</a></sup>. Las directivas autoritativas deben reemplazar las   Razones dependientes porque su funci&oacute;n es precisamente la de   representarlas.</p>     <p>De la   misma forma, la tesis de la justificaci&oacute;n normal afirma que las   directivas autoritativas son obligatorias solamente en caso de que sea   m&aacute;s probable que los sujetos se adec&uacute;en al balance de Razones   mediante el cumplimiento de las directivas a que lo hagan de manera directa. Si   las directivas autoritativas de una autoridad leg&iacute;tima no prevalecen   sobre las Razones subyacentes, entonces ser&aacute; racionalmente aceptable   para un sujeto el considerar tales Razones en caso de que decida c&oacute;mo   actuar. Al hacerlo, sin embargo, el sujeto estar&iacute;a deliberando acerca de   los m&eacute;ritos del caso y formando un juicio propio acerca de lo que debe   ser hecho. Si, a pesar de todo, la autoridad es leg&iacute;tima, es   racionalmente inaceptable para el sujeto basarse en sus propios juicios en   lugar de basarse en las directivas autoritativas mismas<a name=nu43></a><sup><a href="#num43">43</a></sup>. De esta forma, si la tesis de la   justificaci&oacute;n normal es verdadera, lo es tambi&eacute;n la tesis de la   prevalencia. </p>     <p>Raz   ilustra estas cuestiones acudiendo al ejemplo del arbitraje<a name=nu44></a><sup><a href="#num44">44</a></sup>. Debido a que se supone que la decisi&oacute;n del   &aacute;rbitro refleja los m&eacute;ritos del caso en cuesti&oacute;n, quien   considere al arbitraje junto con los m&eacute;ritos del caso habr&aacute;   cometido un error de aritm&eacute;tica normativa, debido a que habr&aacute;   considerado los m&eacute;ritos del caso por segunda vez - una primera vez   directamente y una segunda vez mediante la consideraci&oacute;n de la   decisi&oacute;n que est&aacute; precisamente destinada a incorporar la fuerza   de dichos m&eacute;ritos. Adem&aacute;s, las partes usan a los &aacute;rbitros   para resolver sus disputas, cuando ellas mismas encuentran que no son capaces   de resolver por s&iacute; mismas sus conflictos, o cuando hacerlo ser&iacute;a   para ellas demasiado costoso. Ellas otorgan al &aacute;rbitro el poder de   decidir de manera autoritivativa acerca de qui&eacute;n tiene la Raz&oacute;n   y, al hacerlo, ceden el derecho a oponerse a esta decisi&oacute;n. Considerar   la decisi&oacute;n del &aacute;rbitro como una Raz&oacute;n ordinaria que se   cuenta junto a otros m&eacute;ritos dentro del balance vicia el   prop&oacute;sito mismo del arbitraje. Pues se supone que la decisi&oacute;n   elimina la necesidad de deliberaci&oacute;n y el debate acerca de la   cuesti&oacute;n de fondo que se ha presentado.</p>     <p>Debido a   que las directivas autoritativas prevalecen solo en relaci&oacute;n con las   Razones que est&aacute;n destinadas a reflejar, carecer&aacute;n de fuerza   prevalente en aquellas situaciones en las cuales las autoridades son incapaces   o no est&aacute;n dispuestas a seguir el balance de Razones dependientes. Las   decisiones del &aacute;rbitro no requieren ser obedecidas si, por ejemplo, este   se encontraba bajo los efectos del alcohol, si hab&iacute;a sido sobornado o si   es descubierta con posterioridad nueva evidencia de gran importancia para el   caso<a name=nu45></a><sup><a href="#num45">45</a></sup>. De la misma forma,   debido a que las directivas autoritativas tienen fuerza prevalente que evita   que los agentes act&uacute;en directamente conforme a los m&eacute;ritos del   caso, ellas fracasar&aacute;n en prevalecer solo en casos en los cuales los   sujetos pueden determinar que un error ha sido cometido al no examinar los   m&eacute;ritos subyacentes. Raz sostiene que las directivas autoritativas no   pueden ser vinculantes si son 'evidentemente err&oacute;neas'. Un error   evidente es un error que si bien puede no necesariamente ser debido al   desv&iacute;o sustancial del balance de Razones, su desacierto salta a la vista<a name=nu46></a><sup><a href="#num46">46</a></sup>. Esta situaci&oacute;n debe   ser distinguida de aquella en la cual la directiva autoritativa se   desv&iacute;a de hecho de manera manifiesta del balance de Razones y cuya detecci&oacute;n   requiere que el agente delibere para soportar su afirmaci&oacute;n, acerca de   las Razones dependientes que supuestamente subyacen al caso. </p>     <p>Raz   ilustra las diferencias entre los dos tipos de errores usando el caso de la   adici&oacute;n de n&uacute;meros enteros. Si una autoridad dice al agente que   la suma es un entero, la &uacute;nica forma de detectar un error manifiesto en   la suma puede ser de hecho sumando todos los enteros y comparando los   resultados. Por otra parte, si la respuesta presentada fue una fracci&oacute;n,   entonces ser&iacute;a claro que la autoridad ha cometido un error. En tal caso,   los dictados de la racionalidad no requieren que el agente crea que existen   errores evidentes, sino que evitar&iacute;an la aceptaci&oacute;n de errores   manifiestos. </p>     <p><i>3.3. La   justificaci&oacute;n del Estado </i></p>     <p>Raz menciona   cinco escenarios en los cuales las autoridades pol&iacute;ticas son capaces de   lograr legitimidad en el marco de la tesis de la justificaci&oacute;n normal<a name=nu47></a><sup><a href="#num47">47</a></sup>. La primera involucra casos en   los cuales se requiere el consejo experto y las autoridades poseen la   competencia requerida. Por ejemplo, las regulaciones&nbsp;&nbsp; que requieren   de la aprobaci&oacute;n de farmac&eacute;uticos son ejemplos t&iacute;picamente   basados en la pericia y en la informaci&oacute;n que el gobierno posee, pero de   lasque el ciudadano com&uacute;n y corriente carece. Mediante la   adhesi&oacute;n a tales directivas es m&aacute;s probable que los sujetos   obtengan mejores resultados que si intentasen decidir por s&iacute; mismos   qu&eacute; medicamentos son seguros y efectivos.</p>     <p>Las   siguientes dos clases de casos involucran situaciones en las cuales las   autoridades compensan diversos d&eacute;ficits de racionalidad. En algunas   situaciones, las autoridades pueden ser menos susceptibles a las tentaciones y   los sesgos que sus s&uacute;bditos. En otros casos, la deliberaci&oacute;n   puede ser costosa, ya sea porque genera ansiedad o fatiga, o por desviar   recursos cognitivos y emocionales de otras actividades. Al confiar en la   autoridad, los sujetos son capaces de evitar los costos que acompa&ntilde;an   los intentos por realizar el ajuste de Razones aplicables a ellos. </p>     <p>La cuarta   clase de casos se refiere a aquellos en los cuales las autoridades se   encuentran en una posici&oacute;n superior que les permite proveer soluciones a   problemas de coordinaci&oacute;n. Por ejemplo, las autoridades son usualmente   mejores a la hora de establecer reglas de tr&aacute;nsito que los conductores.   Aunque no siempre es as&iacute; -a veces las convenciones informales son   m&aacute;s eficientes-, a menudo ocurre el caso de que las soluciones que se   proveen de manera vertical son superiores a aquellas creadas horizontalmente, y   cuando las mismas son soluciones autoritativas, ser&aacute;n leg&iacute;timas y   vinculantes para los participantes.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La   &uacute;ltima clase se refiere a los dilemas del prisionero. En un dilema del   prisionero cada jugador obtiene mejores resultados si todos los implicados en   el juego cooperan, en comparaci&oacute;n con los resultados que   obtendr&iacute;a dicho jugador si ninguno de los implicados lo hiciese; pero,   en contraste con los problemas de coordinaci&oacute;n, cada jugardor obtiene en   este caso mejores resultados si los otros cooperan, pero &eacute;l no lo hace.   Por consiguiente, si cada uno act&uacute;a de forma que se logre el mejor   resultado, esto es, la defecci&oacute;n unilateral, se producir&aacute; un   resultado que individualmente dista de ser &oacute;ptimo, esto es, la   defecci&oacute;n universal. Con el objeto de lograr la soluci&oacute;n   m&aacute;s eficiente, las autoridades pueden emitir directivas que requieran a   los jugadores cooperar. Por ejemplo, si no existiesen leyes que exigiesen pagar   impuestos, no ser&iacute;a racional para nadie contribuir voluntariamente con   dinero para el mantenimiento de la sociedad. Como resultado, no habr&iacute;a   dinero disponible para el mantenimiento de la sociedad. Sin embargo, de acuerdo   con Raz, una vez quelas leyes son aprobadas requiriendo a cada uno el pago de   impuestos, cada uno tendr&aacute; una Raz&oacute;n para pagarlos. Si bien no   todo el mundo cumplir&aacute;, por lo menos todos tendr&aacute;n Razones para   hacerlo, algo que no ten&iacute;an antes de quelas leyes fueran promulgadas. </p>     <p><i>3.4. La   soluci&oacute;n de Raz a las paradojas </i></p>     <p>Una enorme   virtud de la teor&iacute;a sobre la autoridad de Raz es la de proporcionar   soluciones convincentes a las paradojas de la autoridad. Las soluciones, como   era de suponer, se basan en dos afirmaciones distintivas que Raz hace acerca de   la autoridad: primera, la autoridad se justifica principalmente por Razones   instrumentales, y segunda, sus directivas tienen fuerza prevalente.</p>     <p>No   obstante, antes de discutir las soluciones de Raz a las paradojas debemos   primero traducir su terminolog&iacute;a a la nuestra. Asumir&eacute; que cuando   Raz habla de Razones 'dependientes' se est&aacute; refiriendo a lo que yo he   llamado Razones que 'dependen de su contenido'. Adem&aacute;s de las afinidades   lingu&iacute;sticas, ambos tipos de Razones comparten la misma   caracter&iacute;stica: son Razones que conciernen a los sujetos de manera   independiente a la existencia de las directivas autoritativas. </p>     <p>Raz niega,   sin embargo, que las Razones prevalentes sean las mismas Razones perentorias.   Una Raz&oacute;n perentoria es una Raz&oacute;n para no <i>deliberar </i>acerca   de otras Razones, mientras que una Raz&oacute;n prevalente es una Raz&oacute;n   para no <i>actuar</i> con base en otras. Raz culpa a Hart por pensar que la   sumisi&oacute;n a la autoridad requiere la entrega real del juicio, en lugar de   tan solo la p&eacute;rdida del derecho de actuar con base en este juicio<a name=nu48></a><sup><a href="#num48">48</a></sup>. Se obedece una orden aun cuando   se piense que la orden est&aacute; errada.</p>     <p>Pienso que   Raz malinterpreta la noci&oacute;n de 'deliberaci&oacute;n' de Hart, que es   incluso corriente. Deliberar no es simplemente participar en el proceso mental   a trav&eacute;s del cual se sopesan los pros y los contras. Por el contrario,   deliberares esencialmente orientar acciones. Quien delibera lo hace con el   objetivo de formar una intenci&oacute;n para actuar sobre los resultados de la   deliberaci&oacute;n. Una Raz&oacute;n perentoria no es entonces una   Raz&oacute;n para no pensar acerca de otras Razones, sino una Raz&oacute;n para   no formar una intenci&oacute;n basada en otras.</p>     <p>En otro   sentido, sin embargo, Raz tiene Raz&oacute;n al sostener que una Raz&oacute;n   prevalente es diferente de una Raz&oacute;n perentoria. Una Raz&oacute;n   prevalente no es simplemente una Raz&oacute;n para no actuar con base en otras   Razones; es una Raz&oacute;n que <i>reemplaza</i> aquellas Razones. En   contraste, una Raz&oacute;n perentoria simplemente excluye ciertas Razones de   la consideraci&oacute;n; ella no las reemplaza en la deliberaci&oacute;n. </p>     <p>Sin   embargo, una Raz&oacute;n perentoria que sea tambi&eacute;n independiente de su   contenido, es decir, una Raz&oacute;n pic, tiene la misma fuerza normativa que   una Raz&oacute;n prevalente. La naturaleza perentoria de la Raz&oacute;n pic   excluir&aacute; solamente las Razones para la acci&oacute;n que dependen de su   contenido - dado que esta es una Raz&oacute;n independiente de su contenido, no   ser&aacute; excluida por s&iacute; misma. Por lo tanto, una Raz&oacute;n pic es   una Raz&oacute;n que excluye otras Razones contradictorias as&iacute; como las   Razones para actuar de acuerdo a su contenido, tal como una Raz&oacute;n   prevalente.</p>     <p>Ahora   estamos en condiciones de discutir la paradoja de la autoridad y la   racionalidad. Sup&oacute;ngase que una autoridad leg&iacute;tima emite una   directiva a una gente exigi&eacute;ndole realizar una acci&oacute;n que   est&aacute; soportada por el balance de Razones. El agente debe con seguridad   adecuarse a la directiva en este caso. No obstante, &iquest;es su existencia   relevante para el Razonamiento pr&aacute;ctico del agente? Esta es la   teor&iacute;a de Raz. De acuerdo con la tesis de la justificaci&oacute;n   normal, debido a que la autoridad es leg&iacute;tima, sus directivas hacen   m&aacute;s probable que el agente, cumpliendo la directiva, obtenga mejores   resultados, en t&eacute;rminos de las Razones que a &eacute;l conciernen, que   intentando actuar de acuerdo con dichas Razones directamente. Por consiguiente,   la directiva es una Raz&oacute;n para la acci&oacute;n, ya que a trav&eacute;s   de su gu&iacute;a el agente incrementa su probabilidad de actuar de acuerdo con   el balance de las Razones dependientes de su contenido.</p>     <p>Por otro   lado, sup&oacute;ngase que el contenido de la directiva no est&aacute;   soportado por el balance de Razones. &iquest;Debe el agente seguir la   directiva? La respuesta de nuevo es 's&iacute;', debido a que, de acuerdo con   la tesis de la prevalencia, las directivas emitidas por las autoridades   leg&iacute;timas no se suman meramente al balance de Razones dependientes sino   que reemplazan algunas de estas Razones. Como resultado de tal   exclusi&oacute;n, las Razones dependientes que aconsejan no cumplir con la   directiva no son m&aacute;s relevantes. Las &uacute;nicas Razones que cuentan   son aquellas que quedan en el balance, las cuales, en este caso, resultan ser   la directiva autoritativa. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La   posibilidad de obediencia racional a la autoridad leg&iacute;tima est&aacute;   por lo tanto asegurada. Si un agente cree que &eacute;l obtendr&aacute; mejores   resultados en t&eacute;rminos de las Razones que a &eacute;l conciernen   mediante la adhesi&oacute;n a las directivas que han sido emitidas, mejores que   los que obtendr&iacute;a a trav&eacute;s de la deliberaci&oacute;n, a &eacute;l   le es racionalmente exigido adherir a cada directiva con independencia de sus   juicios acerca del balance de Razones dependientes.</p>     <p>Infortunadamente,   si abordamos la paradoja de la autoridad y la autonom&iacute;a, debemos   recurrir a la especulaci&oacute;n. La Raz&oacute;n es que la concepci&oacute;n   de Raz acerca de la autonom&iacute;a difiere de aquella que hemos estado   considerando. Raz a veces concibe la autonom&iacute;a como un principio de la   Raz&oacute;n pr&aacute;ctica, otras veces como una capacidad, o el ejercicio de   la autodeterminaci&oacute;n. Sise entiende como un principio pr&aacute;ctico,   entonces es un principio racional, no uno moral. &quot;&#91;E&#93;l derecho y el   deber de actuar con base en el juicio propio acerca de lo que debe ser hecho, <i>considerando     todas las cosas </i>&#91;...&#93; lo llamar&eacute; principio de la   autonom&iacute;a&quot;<a name=nu49></a><sup><a href="#num49">49</a></sup>. Raz   agrega en un pie de p&aacute;gina que &quot;&#91;es&#93;claro que este principio de   la autonom&iacute;a no es realmente un principio moralismo un principio de   racionalidad&quot;<a name=nu50></a><sup><a href="#num50">50</a></sup>. Bajo   esta concepci&oacute;n de autonom&iacute;a, la paradoja de la autoridad y la   autonom&iacute;a es una simple variante de la paradoja de la autoridad y la   racionalidad, que puede ser resuelta de la misma manera.</p>     <p>Si la   autoridad es vista como capacidad de autodeterminaci&oacute;n, es inevitable   que la autoridad y el ejercicio de la autonom&iacute;a se enfrenten. Si las   acciones propias son autodeterminadas, ellas no pueden, al mismo tiempo, ser   determinadas por la autoridad. Raz reconoce este conflicto pero no presta particularmente   atenci&oacute;n a &eacute;l, al considerar que dicho conflicto implica una   renuncia. Muchas veces se debe sacrificar el derecho a actuar con base en el   juicio propio, cuando este es inferior al de otro. No obstante, a veces es   mejor actuar con base en el juicio propio aun cuando este sea inferior, solo   por la Raz&oacute;n de que es propio. Sin cometer errores no se pueden   desarrollar las capacidades necesarias para la acci&oacute;n aut&oacute;noma en   diversas esferas de la vida.</p>     <p>Aunque Raz   no considera la autonom&iacute;a de la misma forma en que nosotros lo hemos   hecho, esto es, como una tesis acerca del campo de las Razones, pienso que es   claro que Raz es receptivo a las mismas preocupaciones b&aacute;sicas.   Despu&eacute;s de todo, es la condici&oacute;n central de su concepci&oacute;n   de servicio, el hecho de que las autoridades leg&iacute;timas son conservativas   desde el punto de vista de&oacute;ntico: &quot;&#91;L&#93;as autoridades no tienen el   derecho a imponer de manera completamente independiente deberes a la gente   &#91;...&#93; sus directivas deben reflejar Razones dependientes las cuales son   vinculantes para aquellas personas en todos los casos&quot;<a name=nu51></a><sup><a href="#num51">51</a></sup>. </p>     <p>Si bien no   sabemos la respuesta de Raz a la paradoja de la autoridad y la   autonom&iacute;a, podemos construir una respuesta como &eacute;l lo   har&iacute;a. Una respuesta a la manera de Raz podr&iacute;a negar que un   agente es heter&oacute;nomo solo porque &eacute;l act&uacute;a con base en una   Raz&oacute;n prevalente. La heteronom&iacute;a resulta, no de actuar con base   en Razones pic, sino de fallar conscientemente en adecuarse a las Razones que   dependen de su contenido. Si una directiva aprueba el test que establece la   tesis de la justificaci&oacute;n normal, entonces su independencia de contenido   y naturaleza perentoria est&aacute; justificada por su capacidad para generar   adecuaci&oacute;n con el balance de Razones para la acci&oacute;n que dependen de   su contenido. Por consiguiente, se puede actuar con base en una Raz&oacute;n   pic y una Raz&oacute;n dependiente de su contenido al mismo tiempo. No se   obedecer&iacute;a<i>s implemente </i>porque otro lo dijo sino porque, al hacer   lo que se dice, ser&aacute; m&aacute;s probable que se act&uacute;e con base en   Razones inderrotadas y dependientes de sucontenido. </p>     <p><b>4. &iquest;Es Necesaria   La Prevalencia?</b></p>     <p>Como hemos   visto, la teor&iacute;a de Raz ofrece una poderosa respuesta a las paradojas de   la autoridad, debido a que combina un enfoque <i>instrumental</i> de las   directivas autoritativas con una teor&iacute;a <i>jer&aacute;rquica</i> de la   racionalidad<a name=nu52></a><sup><a href="#num52">52</a></sup>. Por una parte,   es la funci&oacute;n de las directivas autoritativas el maximizar la   adecuaci&oacute;n al balance de Razones que dependen de su contenido. No   obstante, no es necesario para toda directiva autoritativa cumplir realmente   con tal funci&oacute;n. Mientras sea racional para una persona el aceptar una   autoridad como leg&iacute;tima dentro de cierto dominio, es racional para ella   el orientar su conducta seg&uacute;n cualquier directiva emitida concerniente a   tal dominio, aun cuando la adecuaci&oacute;n a tal directiva no sea,   seg&uacute;n la opini&oacute;n misma del agente, soportada por el balance de   Razones que dependen de su contenido.</p>     <p>El   &eacute;xito de la respuesta de Raz depende entonces de si un enfoque   instrumental de las directivas autoritativas es compatible con una   teor&iacute;a jer&aacute;rquica de la racionalidad. La preocupaci&oacute;n   aqu&iacute; es la siguiente: si se supone quelas directivas autoritativas   maximizan la adecuaci&oacute;n al balance de Razones que dependen de su   contenido, &iquest;c&oacute;mo se puede tener una Raz&oacute;n para orientar el   comportamiento propio conforme a una directiva, si ella no hace lo que se   supone que debe hacer? Como los te&oacute;ricos del utilitarismo del acto han   sostenido en un contexto similar, seguir una regla cuando esta da resultados   insuficientes es comprometerse con una especie de 'regla de culto'<a name=nu53></a><sup><a href="#num53">53</a></sup>. Si las directivas autoritativas son Razones   instrumentales para la acci&oacute;n, ellas no pueden, al mismo tiempo, ser   Razones para la acci&oacute;n prevalentes; de manera alternativa, si la tesis   de la justificaci&oacute;n normal es cierta, entonces la tesis de la   prevalencia no puede serlo.</p>     <p>Como hemos   visto, Raz ha presentado dos argumentos para demostrar quela instrumentalidad   de las directivas implica su efecto prevalente - uno basado en la tesis de la   dependencia y el otro basado en la tesis de la justificaci&oacute;n normal. Los   cr&iacute;ticos han respondido principalmente al segundo de estos argumentos.   Ellos han intentado demostrar que las directivas autoritativas pueden ser instrumentalmente   valiosas aun si ellas no prevalecen sobre las Razones que se supone que   reflejan. En la siguiente secci&oacute;n exploraremos esta posibilidad. </p>     <p><i>4.1. El   modelo simple </i></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Como vimos   en la secci&oacute;n anterior, Raz argumenta que la tesis de la prevalencia se   deduce de la tesis de la justificaci&oacute;n normal: si las directivas   autoritativasno prevalecen sobre las Razones dependientes, ser&iacute;a   aceptable racionalmente para un sujeto intentar adecuarse al balance de Razones   dependientes, que es precisamente lo que la tesis la justificaci&oacute;n   normal declara como racionalmente inaceptable. Es de notar que este argumento   asume que solo existen dos opciones: o bien un sujeto adhiere completamente a   una directiva autoritativa, o bien &eacute;l la ignora completamente y delibera   en su ausencia. No obstante, estas dos alternativas no parecen agotar todas las   posibilidades.</p>     <p>Consid&eacute;rense,   por ejemplo, casos en los cuales las autoridades pr&aacute;cticas son   autoridades teor&eacute;ticas sobre cierto sujeto. Los pronunciamientos   autoritativos son, entonces, Razones para creer que el balance de Razones   dependientes de su contenido soporta la adecuaci&oacute;n. Cumplir con una   directiva autoritativa podr&iacute;a involucrar el tratarla como una fuerte   evidencia en relaci&oacute;n al balance de Razones dependientes de su   contenido, y actuar con base en ella podr&iacute;a involucrar, as&iacute;   mismo, todas las dem&aacute;s pruebas disponibles. Las directivas autoritativas   no ser&iacute;an prevalentes en relaci&oacute;n a las Razones que est&aacute;n   destinadas a reflejar - ser&iacute;an Razones adicionales que prestan su apoyo   al contenido del balance, al ser consideradas junto con todas las dem&aacute;s   Razones dependientes de su contenido. </p>     <p>Denominaremos   esta explicaci&oacute;n de la autoridad como el 'modelo simple'. El modelo simple   entiende a las directivas autoritativas como cualquier otra Raz&oacute;n: como   una consideraci&oacute;n normativa de primer orden que se suma al balance de   Razones y que puede ser considerada junto con otras Razones dependientes de su   contenido. En el caso de la autoridad leg&iacute;tima, el peso de la   Raz&oacute;n autoritativa es grande - de hecho, suficientemente grande como   para pesar m&aacute;s que cualquier otra Raz&oacute;n contraria.</p>     <p>Al menos a   primera vista, el modelo simple se ocupa de situaciones en lasque las   autoridades pr&aacute;cticas son tambi&eacute;n autoridades teor&eacute;ticas:   este modelo entiende las directivas autoritativas como fuertes Razones de   primer orden para creer que el balance de Razones dependientes de su contenido   soporta la adecuaci&oacute;n. Un an&aacute;lisis similar puede ser hecho en   relaci&oacute;n con las directivas que son usadas para reducir los costos de   deliberaci&oacute;n y para compensar las incapacidades cognitivas.   Tambi&eacute;n en estos casos las directivas son importantes Razones de primer   orden para creer que el balance de Razones soporta el contenido de las   directivas y que son lo suficientemente fuertes, dados los costos de   deliberaci&oacute;n sobre los m&eacute;ritos, para pesar m&aacute;s que   cualquier otra Raz&oacute;n contraria. </p>     <p>Con   respecto a los problemas de coordinaci&oacute;n, el modelo simple entiende las   directivas autoritativas como creadoras de relevancia. El equilibrio   especificado por el contenido de la directiva se hace m&aacute;s visible a   trav&eacute;s de la emisi&oacute;n de la directiva, y esta   'se&ntilde;alizaci&oacute;n' centra la atenci&oacute;n de todos los jugadores   en esta soluci&oacute;n. Cada jugador no solo se enfoca en tal soluci&oacute;n,   sino que espera que los otros se enfoquen en ella de manera similar; y   adem&aacute;s, cada jugador espera que los otros esperen de los dem&aacute;s   que se enfoquen en la soluci&oacute;n de igual forma. Como en los otros casos,   las directivas autoritativas leg&iacute;timas no prevalecen sobre las Razones   subyacentes que soportan una soluci&oacute;n m&aacute;s que la otra - ellas son   simplemente Razones muy poderosas para actuar en consecuencia, que a su vez   superan a las Razones para actuar de manera diferente. </p>     <p>De manera   contraria al argumento de Raz, un defensor del modelo simple   argumentar&iacute;a que quien asuma las directivas autoritativas tal como el   modelo simple sugiere, no anula los beneficios de confiar en la autoridad   leg&iacute;tima. Debido a que, al leer la tesis de la justificaci&oacute;n   normal a trav&eacute;s de los lentes del modelo simple, esta afirma que una   autoridad es leg&iacute;tima solo en caso de que, al asignar un peso   significativo a sus directivas, permita obtener mejores resultados que si no   asignara ning&uacute;n peso en absoluto. As&iacute; por ejemplo, una autoridad   est&aacute; justificada en supuestos de coordinaci&oacute;n solo en caso de que   se asuma a las directivas autoritativas como se&ntilde;ales de relevancia   estrat&eacute;gica, que al ser a&ntilde;adidas, por consiguiente, al balance de   Razones, permiten al sujeto obtener mejores resultados que aquellos que   obtendr&iacute;a si no asumiera el contenido de la directiva como preponderante   e intentase resolver el problema de coordinaci&oacute;n por s&iacute; mismo. La   tesis de la justificaci&oacute;n normal no implicar&iacute;a, por lo tanto, la   tesis de la prevalencia, dado que se puede dar la instrumentalidad de la   autoridad aun sin prevalencia. </p>     <p><i>4.2</i>. <i>Variaciones:   transformaci&oacute;n, reponderaciones y presunciones </i></p>     <p>No   obstante, el modelo simple es una de las posibles alternativas al modelo de   prevalencia propuesto por Raz. Mientras algunas propuestas representan sutiles   variaciones al modelo simple, otras representan salidas m&aacute;s radicales,   que son similares, no obstante, al enfoque de Raz. Lo que todas ellas tienen en   com&uacute;n es el rechazo a la tesis de la prevalencia, es decir, a la idea   seg&uacute;n la cual las directivas autoritativas deben prevalecer del todo   sobre las Razones que est&aacute;n destinadas a reflejar.</p>     <p>Empezando   por las variaciones sutiles al modelo simple, algunos te&oacute;ricos han   argumentado que las directivas autoritativas tienen poderes transformadores: su   funci&oacute;n es la de alterar el conjunto de las Razones que dependen de su   contenido. Por ejemplo, si las directivas autoritativas constituyen una fuerte   evidencia acerca de que el balance de Razones que dependen de su contenido   soporta la adecuaci&oacute;n, ellas son Razones de peso para creer que otras   Razones no son de hecho Razones y en consecuencia no pueden ser tenidas en   cuenta en el balance. Con base en el modelo transformativo, las directivas autoritativas   que son usadas para compensar la irracionalidad no prevalecen sobre cualquier   Raz&oacute;n dependiente de su contenido. Ellas son Razones para no actuar con   base en <i>creencias</i> poco confiables, no Razones para remover una   Raz&oacute;n de buena fe del balance de Razones. Como Heidi Hurd sostiene,   &quot;&#91;l&#93; a condici&oacute;n de incompetencia es sin embargo evidencia del   hecho de que en la elaboraci&oacute;n de estas Razones que dependen de su   contenido se puede no esta rempleando premisas verdaderas&quot;<a name=nu54></a><sup><a href="#num54">54</a></sup>. </p>     <p>En los casos   de coordinaci&oacute;n, la directiva autoritativa centra la atenci&oacute;n en   su contenido, descartando otras opciones. Cualquier Raz&oacute;n que los   jugadores tuviesen para actuar con base en otras opciones ser&aacute;   descartada. Consid&eacute;rese el an&aacute;lisis de Leslie Green sobre las   normas de coordinaci&oacute;n: dada una expectativa generalmente compartida   acerca de que una alternativa ser&aacute; seguida, no habr&aacute;   ning&uacute;n recurso contra ella &#91;para actuar de una manera diferente&#93;sea   cual sea, debido a que al recurrir en contra se estar&iacute;a nadando contra   la corriente, la cual, por hip&oacute;tesis, no tiene inter&eacute;s en   cambiar. No obstante, debe tenerse en cuenta que: estas opciones que han sido   descartadas (es decir, aquellas que ya no son relevantes) no dejan   ning&uacute;n indicio pr&aacute;ctico - ellas no son m&aacute;s anheladas, y   desde ning&uacute;n punto de vista ejercen atracci&oacute;n residual alguna;   ellas son simplemente superadas. Para lograr un equilibrio apelando o creando   una norma convencional se requiere tan solo actuar sobre el balance de Razones   de primer orden<a name=nu55></a><sup><a href="#num55">55</a></sup>. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>M&aacute;s   complicadas son las propuestas que asumen las directivas autoritativas como   Razones de segundo orden, las cuales afectan el peso de las Razones de primer   orden, que est&aacute;n a su vez destinadas a reflejar. Stephen Perry llama a   estas, Razones de 'reponderaci&oacute;n'<a name=nu56></a><sup><a href="#num56">56</a></sup>.   Una Raz&oacute;n de reponderaci&oacute;n es una Raz&oacute;n para actuar 'como   si' otra Raz&oacute;n tuviese cierto peso. Un sujeto que considera una   directiva autoritativa como una evidencia fuerte en cuanto a qu&eacute; acciones   ser&iacute;an Razonables podr&iacute;a, de acuerdo con Perry, reponderar las   Razones que dependen de su contenido, transfiriendo algo del peso de las   Razones que no soportan el contenido de la directiva a otras que lo hacen.</p>     <p>Las   Razones de reponderaci&oacute;n son generalizaciones de las Razones prevalentes   de Raz. Una Raz&oacute;n de exclusi&oacute;n es un caso l&iacute;mite de una   Raz&oacute;n de reponderaci&oacute;n, una que transfiere todo el peso de   ciertas Razones que no soportan su contenido a aquellas que lo hacen. Por lo   tanto, aparte de las Razones prevalentes, las Razones de reponderaci&oacute;n   no prevalecen en relaci&oacute;n a otras sobre las cuales operan.</p>     <p>Adem&aacute;s   de funcionar como Razones de reponderaci&oacute;n, Perry afirma tambi&eacute;n   que las directivas autoritativas pueden tener la forma de presunciones,</p>     <p>o como   &eacute;l las llama, Razones 'limitadas de manera epist&eacute;mica'<a name=nu57></a><sup><a href="#num57">57</a></sup>. En este modelo, aquellos que   dependen de las directivas autoritativas presumen que el contenido de las   directivas est&aacute; soportado por el balance de Razones. Tal   presunci&oacute;n no prevalece del todo sobre las Razones subyacentes, en la   medida en que ella puede ser refutada en ciertas circunstancias. Perry cree que   las directivas autoritativas establecen umbrales de credibilidad que prevalecen   sobre la investigaci&oacute;n acerca de las Razones subyacentes solo en caso de   que no exista Raz&oacute;n alguna que pese lo suficiente como para exceder el   umbral. Otros defensores del modelo de presunci&oacute;n, tales como Fred   Schauer, creen que estas presunciones pueden ser refutadas mediante la   adopci&oacute;n de un 'an&aacute;lisis sucinto'<a name=nu58></a><sup><a href="#num58">58</a></sup> de las Razones que dependen de su contenido para   determinar si existe una Raz&oacute;n suficientemente buena como para dudar   acerca de la fiabilidad de la presunci&oacute;n. </p>     <p>Al igual   que el modelo simple, estas propuestas alternativas permiten a los sujetos   beneficiarse instrumentalmente de la autoridad, sin necesidad de una completa   prevalencia. Adecuadamente interpretada de acuerdo a estos modelos, la tesis de   la justificaci&oacute;n normal legitima a la autoridad solo en caso de asumir   las directivas autoritativas como importantes Razones de primer orden, o como   Razones reponderantes de segundo orden, o como Razones presuntivas; y entonces,   al actuar sobre la base del balance de Razones resultante, es m&aacute;s   probable que el sujeto se adec&uacute;e al balance de Razones que dependen de   su contenido que si &eacute;l no asumiera dichas Razones de esta manera. En   situaciones en las cuales tal condici&oacute;n es satisfecha, un sujeto que   act&uacute;a sobre la base de sus juicios acerca del balance de Razones no   estar&iacute;a anulando el trabajo de la autoridad, sino que, por el contrario,   estar&iacute;a aprovechando el valor de la autoridad y us&aacute;ndolo tal como   debe ser usado. </p>     <p><i>4.3.   &iquest;Es la prevalencia racional? </i></p>     <p>Los   cr&iacute;ticos de Raz no solo argumentaron que los beneficios instrumentales   de las directivas autoritativas pueden ser asegurados sin la prevalencia, ellos   afirmaron adem&aacute;s que la gente no asume generalmente las directivas   autoritativas como Razones prevalentes<a name=nu59></a><sup><a href="#num59">59</a></sup>.   Por ejemplo, es bien conocido el hecho de que en ciertos sistemas   jur&iacute;dicos los jueces tienen el poder de no aplicarlas reglas   establecidas. Los jueces del <i>common law</i> pueden negarse a seguir un   precedente bajo ciertas circunstancias, por ejemplo, si la regla es obsoleta o   suficientemente injusta. Pero si los jueces asumen las reglas jur&iacute;dicas   como Razones prevalentes, y si las Razones prevalentes derrotan siempre a las   Razones que caen dentro de su &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n sin importar   qu&eacute; tan fuertes sean las Razones de primer orden, le ser&iacute;a a un   juez denegado por siembre el actuar con base en Razones que favorecen el   apartarse de las reglas. Parecer&iacute;a entonces como si la naturaleza   prevalente de las reglas jur&iacute;dicas fuese incompatible con la   revisabilidad en el <i>common law</i>. </p>     <p>No solo es   dudoso que los jueces asuman los precedentes como Razones prevalentes, sino que   los cr&iacute;ticos de Raz argumentan que de hecho los jueces no deben hacerlo.   Las doctrinas del <i>common law </i>se volver&iacute;an inamovibles y la   flexibilidad del derecho necesaria para adaptarse a nuevas circunstancias se   ver&iacute;a grandemente disminuida. Michael Moore, por ejemplo, afirma que   &quot;esta explicaci&oacute;n de Raz tiene &#91;este&#93; defecto &#91;...&#93; algunos   casos que un juez debe anular no ser&aacute;n anulados. &#91;...&#93; La   obligaci&oacute;n judicial es la de anular siempre que el balance de Razones   (incluyendo aquellas que se inclinan contra la anulaci&oacute;n al tener en   cuenta los valores del <i>rule-of-law</i>) indique que eso es lo correcto&quot;<a name=nu60></a><sup><a href="#num60">60</a></sup>. </p>     <p>Por el   contrario, en los modelos alternativos que hemos discutido, los jueces deben   apartarse de las reglas jur&iacute;dicas solo en caso de que las Razones   existentes sean tan poderosas como para anular las Razones para adherir a tales   reglas. De manera parecida, los sujetos deben desobedecer toda directiva que no   sea soportada de manera respectiva, o bien por el balance de Razones de primer   orden, por el balance de Razones reponderadas de primer orden, o bien por el   balance presunto de Razones de primer orden. As&iacute;, el beneficio de estas   explicaciones es que intentan dar cuenta de las virtudes de confiar en la   autoridad sin caer en el vicio de la regla de culto.</p>     <p>Podr&iacute;amos   resumir estas cr&iacute;ticas como ataques a la soluci&oacute;n de Raz a la   paradoja de la autoridad y la racionalidad. Raz no ha mostrado la Raz&oacute;n   por la cual, cuando el balance de Razones que dependen de su contenido soporta   la adecuaci&oacute;n a una directiva autoritativa, las directivas autoritativas   deben ser entendidas como Razones prevalentes, en lugar de como importantes   Razones de primer orden, Razones reponderantes de segundo orden o presunciones.   Por otra parte, Raz no ha mostrado c&oacute;mo las directivas autoritativas   pueden hacer que las consideraciones normativas sean completamente irrelevantes   en su presencia, y en cambio relevantes en su ausencia, cuando el balance de   Razones que dependen de su contenido no soporta la adecuaci&oacute;n. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i>4.4. La   doble consideraci&oacute;n y los dilemas del prisionero </i></p>     <p>Los   cr&iacute;ticos de Raz han ignorado en gran parte su argumento acerca de la   doble consideraci&oacute;n. Ellos han fallado tambi&eacute;n en responder a su   an&aacute;lisis acerca de las soluciones autoritativas al dilema del   prisionero. En esta secci&oacute;n me gustar&iacute;a examinar brevemente si   estos argumentos son efectivos.</p>     <p>De acuerdo   con el argumento de la doble consideraci&oacute;n, las directivas autoritativas   deben ser prevalentes en orden a evitar que sean consideradas las Razones   dependientes dos veces. Debido a que se supone que las directivas autoritativas   reflejan las Razones dependientes, estas Razones no pueden tener peso   independiente junto con las directivas en el balance. Al intentar reflejarlas   Razones dependientes, ellas deben reemplazarlas.</p>     <p>No   obstante, este argumento es tanto demasiado d&eacute;bil como demasiado fuerte.   Es demasiado d&eacute;bil por cuanto tan solo establece que si un sujeto est&aacute; <i>seguro</i> de que la directiva sigue el balance de Razones dependientes,   &eacute;l no debe considerar de manera conjunta la directiva y las Razones   dependientes. De hecho, esto implicar&iacute;a la doble consideraci&oacute;n.   Sin embargo, si un sujeto no est&aacute; convencido de que la directiva emitida   refleja completamente el balance de Razones dependientes, entonces un agente   podr&iacute;a considerar las Razones dependientes como una garant&iacute;a ante   la posibilidad de error. Un sujeto podr&iacute;a Razonar de esta forma: 'debido   a que la autoridad en cuesti&oacute;n es altamente confiable dar&eacute; gran   peso a la directiva autoritativa en mis deliberaciones. Pero dado que hay una   posibilidad de que la autoridad haya cometido un error, considerar&eacute;   tambi&eacute;n alguna otra Raz&oacute;n que podr&iacute;a militar contra la   obediencia cuando juzgue c&oacute;mo actuar. Si existe una Raz&oacute;n   suficientemente fuerte como para desobedecer, entonces concluir&eacute; que la   directiva no refleja exitosamente el balance de Razones y desobedecer&eacute;'.   Las Razones dependientes no est&aacute;n siendo consideradas aqu&iacute; dos veces   - m&aacute;s bien, ellas han sido usadas para asegurar que sean consideradas al   menos una vez.</p>     <p>El   argumento es tambi&eacute;n demasiado fuerte, debido a que si es v&aacute;lido,   todas las formas de consejo tendr&iacute;an un estatus prevalente. Quienes dan   consejos de manera habitual tambi&eacute;n procuran basar sus recomendaciones   solamente en Razones dependientes. Se seguir&iacute;a entonces, de acuerdo con   el argumento de la doble consideraci&oacute;n, que el consejo habitual es   tambi&eacute;n una Raz&oacute;n prevalente, debido a que no puede ser   considerado como una Raz&oacute;n de primer orden para creer, sin considerar   las Razones por segunda vez. Esto conducir&iacute;a a un absurdo - cualquier   consejo cre&iacute;ble derrotar&iacute;a toda Raz&oacute;n que tuviese el   aconsejado para creer toda vez que &eacute;l conociese que quien dio el consejo   consider&oacute; dichas Razones en su juicio.</p>     <p>En cuanto   al an&aacute;lisis de Raz de los dilemas del prisionero, recu&eacute;rdese que   &eacute;l argument&oacute; que las directivas autoritativas pueden ser usadas   para resolver tales problemas si ellas prevalecen sobre las Razones para la   defecci&oacute;n. Si bien Raz cree que la prevalencia mediante una directiva   autoritativa es suficiente para solucionar el dilema del prisionero, claramente   no piensa que dicha directiva sea necesaria. Como Hobbes sosten&iacute;a, las   autoridades pueden resolverlos dilemas del prisionero mediante la   sanci&oacute;n a la defecci&oacute;n, esto es, ajustando las preferencias de   forma tal que la defecci&oacute;n diste de ser &oacute;ptima no solo desde el   punto de vista social sino individual. Lo que es un aporte &uacute;nico del   an&aacute;lisis de Raz es su sugerencia de que las sanciones no son la   &uacute;nica forma de brindar por igual racionalidad individual y social - las   directivas autoritativas pueden tambi&eacute;n lograrlo a trav&eacute;s de su   poder prevalente.</p>     <p>Si bien   esta es una propuesta fascinante, se requiere decir a&uacute;n mucho m&aacute;s   para superar la siguiente objeci&oacute;n. En un dilema del prisionero, es del   inter&eacute;s de cada jugador cometer defecci&oacute;n o, por el contrario,   cooperar. Si la Raz&oacute;n requiere que los agentes act&uacute;en con base en   sus intereses, entonces parecer&iacute;a que una directiva autoritativa que   exija cooperaci&oacute;n estar&iacute;a exigiendo una acci&oacute;n opuesta a   la Raz&oacute;n. No obstante, si la Raz&oacute;n, por el contrario, requiere   que los agentes act&uacute;en a favor del bien colectivo -ya porque actuar a   favor del bien colectivo es un bien en s&iacute; mismo, ya porque es una forma   indirecta de maximizar la adecuaci&oacute;n al inter&eacute;s propio-, entonces   los jugadores deben cooperar con independencia del hecho de que exista o no una   directiva autoritativa<a name=nu61></a><sup><a href="#num61">61</a></sup>.   Orientarse conforme a directivas autoritativas parece ser, una vez m&aacute;s,   o bien irracional, o bien irrelevante. </p>     <p><b>5. La Decisi&oacute;n Y   Los Modelos De Constre&ntilde;imiento</b></p>     <p>El debate   entre Raz y sus cr&iacute;ticos es de larga data y no es posible hacer justicia   a su sutileza y complejidad en este cap&iacute;tulo. En vez de presentar los   argumentos y contraargumentos de esa dial&eacute;ctica, quisiera presentar un   argumento que, a mi juicio, no ha sido previamente elaborado y que tiene por   objeto mostrar que, al menos en ciertas circunstancias, las directivas autoritativas   no pueden ser Razones prevalentes. Si las directivas autoritativas son capaces   de servir a sus funciones, no es en virtud de su supuesta fuerza prevalente.</p>     <p>No   obstante, este argumento no dar&aacute; consuelo a los cr&iacute;ticos de Raz;   ya que afirmar&eacute; que este argumento demuestra que los modelos   desarrollados por los mismos son tambi&eacute;n inadecuados. El error cometido   por todas estas explicaciones de la autoridad es su presuposici&oacute;n acerca   de que la obediencia voluntaria a las directivas autoritativas es el resultado   de alguna forma de toma de decisi&oacute;n. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Como   explicaci&oacute;n alternativa sugerir&eacute; que las directivas autoritativas   son instrumentalmente valiosas si, y solo si, son capaces de afectar la   viabilidad de la no adecuaci&oacute;n. Cuando un sujeto se compromete a seguir   una autoridad con el objeto de beneficiarse de sus directivas, esa persona   intenta limitar su futuro yo para actuar con base en las exigencias de la   autoridad, cuales quiera que estas sean. Si su compromiso es exitoso, cuando la   directiva sea emitida, el sujeto no escoger&aacute; obedecer - si la directiva   es ordenada, el sujeto no tendr&aacute; otra opci&oacute;n que obedecerla.</p>     <p>En las   secciones siguientes generalizar&eacute; la propuesta a otros casos de   gu&iacute;as autoritativas. Argumentar&eacute; que las directivas autoritativas   son instrumentalmente valiosas para los agentes racionales en casos normales   si, y solo si, ellas son constre&ntilde;imientos causales de acci&oacute;n. En   otras palabras, intentar&eacute; mostrar quelas directivas autoritativas no   pueden llevar a cabo las funciones de servicio que les son atribuidas   normalmente si los sujetos tuviesen o creyeran tener la opci&oacute;n de   escoger entre obedecer o no obedecer. Argumentar&eacute; entonces que lo que he   denominado como modelo de constre&ntilde;imiento es la llave para resolverlas   paradojas dentro de un marco de la autoridad que vincula la legitimidad con la   instrumentalidad de las directivas autoritativas. </p>     <p><i>5.1.   &iquest;Es la prevalencia suficiente? </i></p>     <p>Carlos se   despierta una ma&ntilde;ana, se da cuenta de que su compa&ntilde;ero de cuarto,</p>     <p>Larry,   tiene sobrepeso y le da un consejo amistoso: 'Oye, Larry, te ves muy gordo.   Realmente necesitas hacer ejercicio'. Larry le hecha un vistazo a Carlos y le   devuelve el favor: 'Carlos, no tienes buen aspecto. Tampoco estar&iacute;a mal   que t&uacute; tambi&eacute;n visitaras el gimnasio de vez en cuando'.   Lastimosamente, cada uno sabe que lo que el otro dice es verdad. Ellos se dan   cuenta de que deben perder peso, y de que la &uacute;nica forma de hacerlo es   yendo al gimnasio a hacer ejercicio.</p>     <p>Algunos   d&iacute;as despu&eacute;s, Carlos decide empezar a pasar por el gimnasio en su   camino al trabajo todos los d&iacute;as y hacer ejercicio. No obstante, Larry   est&aacute; preocupado. &Eacute;l sabe que ha tratado de seguir con el   r&eacute;gimen en el pasado pero siempre ha fallado. Tras expresar su   preocupaci&oacute;n a Carlos, este le sugiere contratar un entrenador personal.   Larry se entusiasma con la idea y contrata a Sonny, un sargento exinfante de   instrucci&oacute;n de la marina, para que lo ayude con su problema de   motivaci&oacute;n.</p>     <p>A la   ma&ntilde;ana siguiente, a las seis en punto de la ma&ntilde;ana, Sonny llega   al apartamento a recoger a Larry para ir al gimnasio. Larry dice que   est&aacute; muy cansado, y que aunque sabe que debe hacer ejercicio es mejor   que sonny venga de nuevo ma&ntilde;ana. Sonny le objeta de manera vehemente:   'Si no te comprometes a seguir mis &oacute;rdenes, nunca conseguir&aacute;s   ponerte en forma. Yo no quiero que me relacionen con un perdedor'. Larry cae en   la cuenta de la sabidur&iacute;a del plan de Sonny y se compromete a obedecer   toda orden suya.</p>     <p>Sup&oacute;ngase   que Sonny ordena a Larry ir al gimnasio. De acuerdo con la teor&iacute;a de   Raz, Larry considerar&aacute; esta directiva como una Raz&oacute;n para no   actuar con base en las Razones que sustentan el quedarse en casa. Pero,   &iquest;puede &eacute;l tener tal Raz&oacute;n? Una directiva autoritativa es   una Raz&oacute;n prevalente si, y solo si, es probable que el sujeto obtenga   mejores resultados mediante ciertas Razones prevalentes y actuando con base en   el balance resultante, que si intentase cumplir con las Razones de primer orden   de manera directa. No obstante, independientemente de si ciertas Razones tienen   prevalencia para Larry o no, el balance apunta hacia la misma direcci&oacute;n,   esto es, hacia la opci&oacute;n de ir al gimnasio. Despu&eacute;s de todo, las   Razones para estar en casa son contrarrestadas por las Razones para ir al   gimnasio, y Larry es dolorosamente consciente de ello. De hecho, es por ello   que Larry contrat&oacute; a Sonny - porque sab&iacute;a que deb&iacute;a ir al   gimnasio y perder peso, en lugar de holgazanear en casa. &iquest;No demuestra   esto que la orden no es una Raz&oacute;n para no actuar conforme a ciertas   Razones, porque aun si Larry considera estas Razones de primer orden en la deliberaci&oacute;n,   la Raz&oacute;n recomendar&iacute;a todav&iacute;a que hiciera ejercicio?</p>     <p>Este mismo   punto podr&iacute;a presentarse mediante la comparaci&oacute;n de la   situaci&oacute;n de Larry con aquella de Carlos. Ambos tienen las mismas   Razones de primer orden para la acci&oacute;n. Ambos tienen Razones para ir al   gimnasio que son m&aacute;s fuertes que aquellas que sustentan el no ir, y   ambos lo saben. Desde esta perspectiva del balance de Razones de primer orden   no hay diferencia alguna entre los dos. No obstante, solo Larry requiere de   Sonny. Por consiguiente, el valor de la autoridad de Larry no se debe a los   beneficios de la prevalencia dado que la prevalencia dar&iacute;a los mismos   resultados en relaci&oacute;n con Carlos. </p>     <p>El caso de   Larry no es un problema solo para la teor&iacute;a de Raz - es generalizable   para todas las explicaciones que hemos explorado. De acuerdo con el modelo   simple, por ejemplo, el mandato de Sonny es una Raz&oacute;n de primer orden   para que Larry cumpla si, y solo si, fuese m&aacute;s probable que Larry   obtuviese mejores resultados asignando a la orden un peso significativo y   actuando con base en el balance resultante, que si no asignase tal peso. Si es   as&iacute;, entonces la orden de Sonny no es una Raz&oacute;n para la   acci&oacute;n, porque el balance apunta hacia la decisi&oacute;n de ir al   gimnasio, con o sin la directiva.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>&iquest;Por   qu&eacute; todos los modelos que hemos discutido fallan en explicar la   normatividad de la orden de Sonny? Creo que el problema se deriva de los varios   supuestos t&aacute;citos hechos por todos estos modelos. El primer supuesto es   quela gente que se somete a la autoridad es libre de no seguirla si as&iacute;   lo desea. Aunque, esta gente <i>escoge</i> obedecer. Cada acto de cumplimiento   implica la elecci&oacute;n de cumplir.</p>     <p>El segundo   supuesto es que las directivas autoritativas afectan el Razonamiento pr&aacute;ctico   ya que afectan las preferencias que el sujeto tiene sobre diversas opciones, o   las creencias que el sujeto tiene sobre aquellas preferencias. Por   consiguiente, si un agente acepta la legitimidad de la autoridad y se le ordena   actuar de una cierta manera, el agente debe creer de s&iacute; mismo que   &eacute;l prefiere la adecuaci&oacute;n a la no adecuaci&oacute;n.   Adem&aacute;s, si a &eacute;l no le fuese ordenado actuar de cierta manera,   &eacute;l podr&iacute;a haber pensado actuar de manera opuesta.</p>     <p>Poniendo   juntos estos dos supuestos se obtiene: si un sujeto obedece una directiva   emitida por una autoridad considerada leg&iacute;tima, &eacute;l escoge   obedecer debido a que &eacute;l prefiere la adecuaci&oacute;n a la   inadecuaci&oacute;n. Por ejemplo, si alguien cumple un mandato emitido por una   autoridad considerada como autoridad teor&eacute;tica, esta persona usa el   pronunciamiento como una forma de Raz&oacute;n para creer que &eacute;l   prefiere o debe preferir la adecuaci&oacute;n a la no adecuaci&oacute;n y   decide actuar sobre la base de su creencia. Llamaremos a esta   explicaci&oacute;n de la gu&iacute;a autoritativa el 'modelo de decisi&oacute;n'. </p>     <p>El modelo   de decisi&oacute;n ejerce de manera intuitiva gran atracci&oacute;n.   Infortunadamente, es falso, como el caso de Larry demuestra. Si la   funci&oacute;n de las directivas autoritativas fuese el afectar preferencias, o   creencias acerca de dichas preferencias, entonces la orden de Sonny no   tendr&iacute;a sentido. Por hip&oacute;tesis, Larry prefiere y sabe que   &eacute;l prefiere ir al gimnasio. &Eacute;l no necesita jerarquizar sus   opciones de nuevo - ellas est&aacute;n perfectamente ordenadas. Larry no tiene   problemas con sus preferencias sino con su <i>capacidad </i>para actuar con   base en esas preferencias. El modelo de decisi&oacute;n es incapaz de explicar   c&oacute;mo las autoridades pueden ayudar a gente como Larry<a name=nu62></a><sup><a href="#num62">62</a></sup>. </p>     <p><i>5.2.   Constri&ntilde;endo tu futuro yo </i></p>     <p>Me   gustar&iacute;a sugerir que el modelo de decisi&oacute;n no puede explicar la   normatividad de la orden de Sonny, porque ignora el esencial aspecto 'volitivo'   de las directivas. Las directivas no son instrumentos para la toma de   decisiones - ellas son una forma para evitar que decisiones sean tomadas.   Cuando alguien se somete a la autoridad, el objetivo es el de restringir su   futuro yo al actuar de acuerdo a las exigencias de un tercero. Si este acto de   compromiso es exitoso, el agente se vuelve incapaz de actuar de manera contraria   a la voluntad de la autoridad. </p>     <p>La   sugerencia es que someterse a la autoridad implica tratar de hacer para   s&iacute; mismo internamente lo que Ulises era capaz de hacer de manera externa   cuando se amarraba al m&aacute;stil. Esto es, renunciar a la elecci&oacute;n   futura mediante la operaci&oacute;n de la Voluntad, y esto es tan real como si   se usase alg&uacute;n mecanismo de compromiso previo<a name=nu63></a><sup><a href="#num63">63</a></sup>. Conforme a lo que denominar&eacute; como 'modelo de   constre&ntilde;imiento', los pronunciamientos autoritativos son relevantes para   el Razonamiento pr&aacute;ctico porque, y solo porque, ellos afectan la   viabilidad. Una vez emitida una directiva, el hecho de si dicha directiva debe   ser o no cumplida, no es un factor a ser considerado en una futura   deliberaci&oacute;n. Despu&eacute;s de su emisi&oacute;n, el agente no delibera   m&aacute;s acerca de su cumplimiento. El sujeto meramente resuelve acerca de   qu&eacute; acci&oacute;n cuenta como implementaci&oacute;n de la regla.</p>     <p>Si se   entiende el juego de manera teor&eacute;tica, un agente racional que debe   considerar sus acciones futuras de manera estrat&eacute;gica   interactuar&aacute; con otro agente - con &eacute;l mismo en el futuro   pr&oacute;ximo. Cuando un agente se somete a la autoridad, su yo presente   intenta restringir las acciones de su futuro yo. En este 'juego', el yo   presente dar&aacute; el primer paso y el futuro yo no podr&aacute; actuar de   manera contraria a tal regla si las acciones del yo presente cumplen su   cometido. </p>     <p>Varias   clarificaciones deben ser hechas acerca de esta propuesta. El modelo de   constre&ntilde;imiento no sostiene que quien se somete a la autoridad nunca   puede desobedecer. Esto, por supuesto, ser&iacute;a absurdo. Cuando una   personase somete a una autoridad, debe de manera sincera tratar de limitar su   futuro yo. Esto no significa que se haya constre&ntilde;ido a s&iacute; misma,   solo significa que intent&oacute; hacerlo. Ella podr&iacute;a estar equivocada   - el constre&ntilde;imiento podr&iacute;a no haber ocurrido. O podr&iacute;a   ocurrir, pero m&aacute;s adelante en el futuro. El modelo de   constre&ntilde;imiento se ocupa solo de la sumisi&oacute;n exitosa, en la cual   el agente realmente est&aacute; comprometido con las directivas emitidas.</p>     <p>El modelo de   constre&ntilde;imiento tampoco sostiene que las directivas autoritativas sean   la causa de nuestra adecuaci&oacute;n hacia ellas. Debido a que la obediencia   es una acci&oacute;n intencional, el sujeto tiene que actuar y act&uacute;a   debido a una Raz&oacute;n. M&aacute;s bien, de acuerdo al modelo de   constre&ntilde;imiento, las directivas autoritativas de manera causal   restringen la no adecuaci&oacute;n - ellas impiden que nosotros las   quebrantemos. Cuando un sujeto obedece a una autoridad considerada   leg&iacute;tima act&uacute;a debido a Razones, aun cuando &eacute;l no haya   elegido hacerlo. La obediencia es una acci&oacute;n intencional, pero no libre.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Debido a   que el modelo de constre&ntilde;imiento ubica la funcionalidad de las   directivas autoritativas en su capacidad para afectar la viabilidad de la no   adecuaci&oacute;n, es capaz de explicar el valor instrumental de la orden de   Sonny. Como ya se mencion&oacute;, el problema de Larry no resid&iacute;a en   sus preferencias sino en su capacidad para actuar de manera acorde con   aquellas. La orden de Sonny le permite a Larry actuar seg&uacute;n sus preferencias   al impedirle que se deje vencer por su tentaci&oacute;n. Al ordenarle Sonny a   Larry ir al gimnasio se hace inviable para este permanecer en casa -   ejercitarse se convierte en la &uacute;nica opci&oacute;n viable. Carlos, por   otra parte, no necesita de Sonny debido a que a &eacute;l no le plantea dificultad   pr&aacute;ctica alguna la viabilidad de permanecer en casa. Su conocimiento   acerca de que esta opci&oacute;n dista de ser &oacute;ptima es suficiente para   impedirle el ejercicio de esta opci&oacute;n.</p>     <p>El modelo   de constre&ntilde;imiento no solo puede explicar el valor instrumental de la   orden de Sonny, sino que tambi&eacute;n puede resolver la paradoja de la   autoridad y la racionalidad. Para apreciar esto, as&uacute;mase que un agente   est&aacute; comprometido con una autoridad con el objeto de beneficiarse de sus   directivas. As&uacute;mase adem&aacute;s que la autoridad emite una directiva   que, de acuerdo con la propia opini&oacute;n del agente, no est&aacute;   soportada por el balance de Razones. &iquest;Es racional para el agente   cumplir? De acuerdo con el modelo de constre&ntilde;imiento, lo es. Debido a   que, con base en esta perspectiva, cuando un agente exitosamente se somete a la   autoridad para beneficiarse de sus directivas, tal agente no tiene otra   elecci&oacute;n que aquella de aplicar la directiva cuando reconoce que dicha   directiva es aplicable. La obediencia es la &uacute;nica opci&oacute;n viable   y, por consiguiente, la &uacute;nica opci&oacute;n &oacute;ptima.</p>     <p>Sup&oacute;ngase   ahora que la directiva est&aacute;, conforme a la opini&oacute;n misma del   agente, soportada por el balance de Razones dependientes de su contenido.   &iquest;Esla directiva relevante para el Razonamiento pr&aacute;ctico del   agente? De nuevo, de acuerdo al modelo de restricci&oacute;n, lo es. De acuerdo   al modelo de restricci&oacute;n la directiva autoritativa afecta al   Razonamiento pr&aacute;ctico a trav&eacute;s de la transformaci&oacute;n del   conjunto de opciones viables, no de las preferencias sobre estas opciones, o de   las creencias acerca de dichas preferencias. Por consiguiente, aun si el agente   ha preferido la adecuaci&oacute;n anterior a la emisi&oacute;n de la directiva,   una vez la directiva es emitida, ella habr&aacute; dejado su huella   pr&aacute;ctica - lo que una vez fue viable ya no lo es m&aacute;s.</p>     <p>El modelo   de restricci&oacute;n constituye tambi&eacute;n una efectiva respuesta a la   paradoja de la autoridad y la autonom&iacute;a. Con base en esta perspectiva,   la voluntad de otro posee poder <i>normativo</i> debido a su poder <i>causal</i>.   Las directivas de la autoridad constituyen Razones para obedecer dado que las   directivas hacen que la desobediencia sea inviable - las directivas hacen que   la adecuaci&oacute;n sea la mejor opci&oacute;n por defecto.   Ir&oacute;nicamente, la autoridad se reconcilia con la autonom&iacute;a al mostrar   c&oacute;mo sujetos comprometidos no son aut&oacute;nomos, en el sentido de que   ellos no tienen el control completo de sus acciones.</p>     <p>Sin duda,   es moralmente permisible renunciar al control sobre las acciones propias solo   si se tiene una Raz&oacute;n moral para hacerlo. Si se tom&oacute; la   opci&oacute;n de no tener m&aacute;s elecci&oacute;n, se puede eximir uno mismo   de responsabilidad simplemente al afirmar que no hubo otra opci&oacute;n que   seguir las &oacute;rdenes. Hemos visto un ejemplo en el que los agentes   pod&iacute;an tener buenas Razones para restringir su futuro yo para atender a   las exigencias de otros. En la secci&oacute;n siguiente, veremos adem&aacute;s   otros ejemplos. </p>     <p><b>6. Las   Insuficiencias De Los Modelos De Decisi&oacute;n</b></p>     <p>El modelo   de decisi&oacute;n es incapaz de explicar la normatividad de la orden de Sonny.   Esto demuestra, como m&iacute;nimo, que no puede proveer un marco general para   entender la racionalidad de la orientaci&oacute;n autoritativa, en la medida en   que es falso en algunos contextos. No obstante, esto podr&iacute;a no aparecer   tan perjudicial. Se podr&iacute;a argumentar que los casos como el de Larry son   inusuales y que las autoridades son normalmente innecesarias en situaciones en   las cuales los agentes conocen lo que deben hacer. Estas son valiosas, para la   mayor parte, en casos en los cuales los agentes requieren informaci&oacute;n de   alg&uacute;n tipo, o bien porque ellos carecen de la pericia, de las fuentes   cognitivas, o porque aquellas est&aacute;n en una posici&oacute;n ventajosa   para coordinar el comportamiento.</p>     <p>En estas   secciones argumentar&eacute; que no solo es falso el modelo de decisi&oacute;n   en algunos tipos de casos, sino que es falso en todos. En una gran variedad de   situaciones normales, los sujetos no pueden racionalmente adherir a expertos,   compensar los d&eacute;ficits de racionalidad, o coordinar el comportamiento si   ellos usan pronunciamientos autoritativos para tomar decisiones.</p>     <p>Con el fin   de presentar estos argumentos recurrir&eacute; a las t&eacute;cnicas de la   teor&iacute;a de la elecci&oacute;n racional. Los modelos de Razonamiento   pr&aacute;ctico que he estado utilizando hasta ahora, infortunadamente, no son   lo suficientemente robustos desde el punto de vista representacional o   anal&iacute;tico como para manejar las complejidades de las situaciones   pr&aacute;cticas en cuesti&oacute;n. El 'balance de Razones', despu&eacute;s de   todo, es solo una met&aacute;fora - el mismo no puede estar dise&ntilde;ado   para hacer el trabajo que muchos le han impuesto. Aunque ning&uacute;n modelo   de Razonamiento pr&aacute;ctico es universalmente aceptado, mi esperanza es que   los principios generales de la probabilidad y la teor&iacute;a de la utilidad   que emplear&eacute; sean lo suficientemente aceptados como para otorgarle   plausibilidada mis conclusiones. </p>     <p><i>6.1. El   consejo autoritativo</i><a name=nu64></a><sup><a href="#num64">64</a></sup></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Se   acostumbra a distinguir entre dos diversos grados de ignorancia: riesgo   eincertidumbre<a name=nu65></a><sup><a href="#num65">65</a></sup>. En   situaciones que implican riesgo, el agente no sabe cu&aacute;l de los diversos   estados de cosas tiene o tendr&aacute; lugar, no obstante, asigna un   &uacute;nico valor de probabilidad a cada uno de los posibles estados. Quien   atribuye una probabilidad de cincuenta-cincuenta a la cara y a la cruz como   resultado de lanzar una moneda al aire, act&uacute;a bajo condiciones de   riesgo.</p>     <p>Los casos   de incertidumbre implican un mayor grado de ignorancia. En estas situaciones,   el agente no sabe lo suficiente como para asignar un &uacute;nico valor de   probabilidad a todos, o quiz&aacute; algunos, de los estados de cosas. Una   persona que no tiene idea acerca de si la moneda lanzada era una moneda ideal   podr&iacute;a no atribuir una probabilidad de cincuenta-cincuenta a la cara y a   la cruz como resultado del lanzamiento. </p>     <p>Siguiendo   a Isaac Levi, podemos modelar la incertidumbre usando probabilidades   'indeterminadas'<a name=nu66></a><sup><a href="#num66">66</a></sup>. En lugar   de asumir la incertidumbre del agente no como una asignaci&oacute;n de valores   probables a los estados, imaginemos que &eacute;l ha adscrito varios valores   posibles. El estado epist&eacute;mico del agente es representado por un <i>conjunto</i> de distribuciones de probabilidad, cada una de las cuales el agente se ha   rehusado a descartarla por considerarlas todas como admisibles. Quien no sabe   si se trata de una moneda ideal podr&iacute;a admitir como posible toda   distribuci&oacute;n de probabilidad, esto es, asignar&iacute;a de manera   disyuntiva al estado 'la moneda cae cara' todo el intervalo &#91;0,1&#93;. Una   ventaja de usar la interpretaci&oacute;n de Levi es que permite reconocer, y   representar, varios grados de incertidumbre. Un agente puede estar en un estado   de incertidumbre radical, lo que ocurre cuando &eacute;l suspende el juicio   ante toda distribuci&oacute;n de probabilidad y por consiguiente acepta   cualquiera como admisible, o en un estado de ligera incertidumbre, esto es,   cuando &eacute;l descarta algunas, pero no todas las distribuciones posibles.</p>     <p>Bajo   condiciones de ignorancia, es normal buscar expertos y adherir a sus   recomendaciones. Al confiar en su conocimiento y juicio superior podemos   compensar nuestra falta de informaci&oacute;n y pericia. El modelo de   decisi&oacute;n no tiene problema alguno en explicar la normatividad del   consejo experto bajo condiciones de riesgo. Cuando un agente atribuye un   &uacute;nico valor de probabilidad a alguna proposici&oacute;n puede escoger   asumir el consejo autoritativo respecto a dicha proposici&oacute;n como   evidencia y actualizar su grado de creencia usando la condicionalizaci&oacute;n   bayesiana<a name=nu67></a><sup><a href="#num67">67</a></sup>. Si el experto   afirma la verdad de la proposici&oacute;n, entonces el agente, si es racional,   incrementar&aacute; la probabilidad asignada a la proposici&oacute;n. El grado   de aumento, y el correspondiente decrecimiento con respecto a las proposiciones   contrarias, ser&aacute; determinado mediante el teorema de Bayes y ser&aacute;   una funci&oacute;n de la fiabilidad atribuida a los juicios de expertos y a la   probabilidad previamente asignada a la proposici&oacute;n en cuesti&oacute;n. </p>     <p>No   obstante, bajo condiciones de incertidumbre, adherir a los expertos no   ser&aacute; normalmente una estrategia racional. Para ver esto,   presentar&eacute; un argumento desarrollado por Levi. Levi ha mostrado que   usualmente no es posible para un agente racional aprovechar el valor   informativo de las autoridades teor&eacute;ticas si el agente pod&iacute;a   libremente no seguir el consejo, aun cuando asuma los consejos como una   evidencia fiable<a name=nu68></a><sup><a href="#num68">68</a></sup>. </p>     <p>El   argumento de Levi puede ser explicado con el siguiente ejemplo.   Sup&oacute;ngase que Antonio est&aacute; enfermo y debe decidir si toma un   cierto antibi&oacute;tico que encuentra en su botiqu&iacute;n. Antonio tiene   muy poco conocimiento m&eacute;dico; de hecho, &eacute;l se encuentra en un   estado de incertidumbre radical acerca de la proposici&oacute;n, denominada <i>h</i>,   de si la pastilla lo har&aacute; sentirse mejor. Es decir, &eacute;l no   atribuye probabilidades &uacute;nicas a <i>h</i>, sino que m&aacute;s bien   suspende completamente el juicio acerca de lo que las probabilidades deben ser.</p>     <p>Sup&oacute;ngase   que Antonio cree que su m&eacute;dico tiene Raz&oacute;n en un 90 por ciento de   los casos. Parecer&iacute;a Razonable para Antonio confiar en la   recomendaci&oacute;n de su m&eacute;dico acerca de la pastilla. No obstante,   como Levi ha se&ntilde;alado, si Antonio asume la recomendaci&oacute;n de su   m&eacute;dico como evidencia y actualiza su grado de creencia mediante la   condicionalizaci&oacute;n bayesiana, &eacute;l no apreciar&aacute; la   recomendaci&oacute;n y sus probabilidades permanecer&aacute;n al m&aacute;ximo   indeterminadas.</p>     <p>Para   probar la afirmaci&oacute;n de levi as&uacute;mase, para efectos de su   contradicci&oacute;n, que las probabilidades de Antonio se encuentran al   m&aacute;ximo indeterminadas antes de escuchar la recomendaci&oacute;n de su   m&eacute;dico, pero no despu&eacute;s. </p>     <p>Llamaremos   a dicha recomendaci&oacute;n <i>e</i>. Esto debe significar que Antonio   descarta alguna funci&oacute;n de probabilidad <i>p<sub>e</sub></i>(<i>h</i>).   As&uacute;mase que <i>p<sub>e</sub></i>(<i>h</i>) = <i>X</i>. No obstante, <i>p<sub>e</sub></i>(&middot;)   puede ser obtenida a trav&eacute;s de la condicionalizaci&oacute;n bayesiana de   la funci&oacute;n <i>p</i>(&middot;), en la cual <i>p</i>(<i>h</i>) = <i>X</i><sup>* </sup><i>p</i>(<i>e</i>) / <i>p</i>(<i>e</i>/<i>h</i>). Sabemos que Antonio no   descarta inicialmente esta funci&oacute;n debido a que su estado   epist&eacute;mico iniciales de indeterminaci&oacute;n m&aacute;xima. Por   consiguiente, si Antonio empieza con las probabilidades indeterminadas al   m&aacute;ximo, &eacute;l terminar&aacute; con la probabilidad indeterminadas al   m&aacute;ximo si actualiza su estado de probabilidad a trav&eacute;s de la   condicionalizaci&oacute;n bayesiana.</p>     <p>No todo   est&aacute; perdido. Antonio puede decidir restringir de antemano su futuro yo   atribuyendo una probabilidad de 0.9 a <i>h</i> si la recomendaci&oacute;n   m&eacute;dica <i>e </i>es hecha. Como levi lo ha descrito, Antonio no asume a <i>e </i>como 'evidencia' que incorpora a su teor&iacute;a b&aacute;sica y con base   en la cual &eacute;l condicionaliza. Por el contrario, lo asume como un '<i>input</i>'   causal, y se constri&ntilde;e a s&iacute; mismo a cumplir con una rutina a la   cual &eacute;l se hab&iacute;a previamente comprometido. Debido a la fiabilidad   de su m&eacute;dico, esta elecci&oacute;n 'anticipada' de no aceptar a <i>e </i>como   evidencia le permite a Antonio beneficiarse del consejo m&eacute;dico.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Por   consiguiente, el argumento de Levi demuestra que el modelo de decisi&oacute;n   no puede explicar la normatividad del consejo del m&eacute;dico, debido a que   ser&iacute;a irracional para Antonio aceptar la recomendaci&oacute;n del doctor   como verdadera si no existe un constre&ntilde;imiento para hacerlo. Cuando se   toman decisiones epist&eacute;micas se requiere que los agentes actualicen cada   distribuci&oacute;n de probabilidad admisible a trav&eacute;s de la   condicionalizaci&oacute;n bayesiana y, por consiguiente, aquellos con   probabilidades indeterminadas al m&aacute;ximo no pueden aprovechar el valor de   la informaci&oacute;n de las recomendaciones autoritativas. Adherir a la   autoridad en estas situaciones es por lo tanto irracional de acuerdo al modelo   de decisi&oacute;n, pero no de acuerdo al modelo de constre&ntilde;imiento.</p>     <p>La misma   conclusi&oacute;n puede ser extendida a los casos de incertidumbre m&aacute;s   benigna. Si Antonio hubiese descartado las distribuciones de probabilidad   perif&eacute;ricas, por decir, aquellas que atribuyesen previamente   probabilidades menores a 0.1 a cualquier estado posible, podr&iacute;a ser aun   irracional para Antonio el adherir a su m&eacute;dico. Esto debido a que, con   respecto a cada distribuci&oacute;n no excluida que asigne a <i>h </i>una menor   probabilidad previamanente, la condicionalizaci&oacute;n podr&iacute;a no   cambiar lo suficiente la masa de probabilidad de <i>-h</i> a <i>h</i> de manera   tal que la probabilidad posterior de <i>h</i> exceda el umbral de   aceptaci&oacute;n de la creencia. En tales casos, Antonio debe continuar   suspendiendo el juicio sobre <i>h</i><a name=nu69></a><sup><a href="#num69">69</a></sup> y no aceptar como verdad la evidencia fiable de su m&eacute;dico.</p>     <p>Creo que   el argumento de Levi socava la contundencia del modelo de decisi&oacute;n en   casos que implican consejo autoritativo. Todo modelo de Razonamiento   pr&aacute;ctico debe permitir a los agentes aceptar el consejo autoritativo en   condiciones de incertidumbre radical o de otro tipo. No obstante, como hemos   visto, el modelo de decisi&oacute;n no validar&aacute; la aceptaci&oacute;n del   consejo experto cuando el estado espist&eacute;mico del agente es altamente   indeterminado.</p>     <p>Sin   embargo, el argumento de Levi puede ser usado para dar soporte a la   opini&oacute;n de Raz, que busca distinguir entre dos tipos de consejos,   ordinarios ya utoritativos, y que sostiene que tal distinci&oacute;n no es de   clase sino de grado. En situaciones de riesgo o de ligera incertidumbre, el   consejo puede ser asumido como una parte m&aacute;s de la evidencia. Tal   consejo ordinario puede ser usado para calcular probabilidades posteriores a   partir de probabilidades previas y probabilidades de acuerdo con la   condicionalizaci&oacute;n bayesiana. En contraste, cuando el agente enfrenta un   tipo a&uacute;n m&aacute;s radical de incertidumbre, y el consejo emana de una   fuente altamente confiable, el agente debe comprometerse &eacute;l mismo de   antemano a aceptar como verdadera la recomendaci&oacute;n del experto. Es solo   mediante el constre&ntilde;imiento de nuestro futuro yo que nosotros podemos   racionalmente beneficiarnos del consejo autoritativo cuando nuestros estados   epist&eacute;micos son altamente indeterminados. </p>     <p><i>6.2.   Compensando los d&eacute;ficits de racionalidad </i></p>     <p>En algunas   situaciones, las autoridades son instrumentalmente valiosas porque ellas nos   evitan tener que inmiscuirnos en deliberaciones costosas y arriesgadas.   Nosotros podemos simplemente seguir sus pronunciamientos y estar Razonablemente   confiados en que haremos la elecci&oacute;n correcta la mayor parte de las   veces. &iquest;Qu&eacute; ocurre cuando las autoridades dan la respuesta   errada? De acuerdo con el modelo de decisi&oacute;n, ser&iacute;a racional para   el agente decidir seguir su recomendaci&oacute;n. Las directivas que reducen   los costos de deliberaci&oacute;n se asemejan a apuestas de car&aacute;cter   racional: cuando el costo esperado de deliberaci&oacute;n excede el beneficio   esperado, un agente debe racionalmente escoger seguir las directivas en todos   los casos aplicables. Perder una apuestan o acarrea irracionalidad, si fue   racional para el apostador haber arriesgado.</p>     <p>Consid&eacute;rese   el siguiente ejemplo. Liz odia decidir lo que debe ordenar cuando va a un   restaurante. Ella piensa que el juicio de los meseros tiende a ser tan confiable   como el suyo propio. Por consiguiente, deduce que ser&iacute;a mejor para ella,   al fin de cuentas, asumir las evaluaciones de aquellos como autoritivas en   lugar de desesperarse pensando acerca de lo que va a comer.</p>     <p>De acuerdo   con el modelo de decisi&oacute;n, cada vez que Lz cumple con la   recomendaci&oacute;n del mesero, toma una decisi&oacute;n racional. Aun cuando   Liz pase por alto un platillo estupendo cada cierto tiempo por seguir la   recomendaci&oacute;n del mesero (digamos que ella cree que el mesero mencionar&aacute;   un platillo especial en un 5 por ciento de los casos) es, no obstante, un   riesgo aceptable dada la probabilidad de que tal ocurrencia sea baja comparada   con el ahorro que ella puede esperar acumular al no deliberar. </p>     <p>El   problema con este Razonamiento es que es falaz: una vez que Liz sabe de la   existencia de los platillos especiales, entonces la probabilidad de que un   platillo delicioso sea ofrecido no es mayor a 0.05 - es, o bien 1, o bien 0.   Las probabilidades deben ser siempre calculadas con respecto al total de la   evidencia disponible al agente y, con respecto a la evidencia disponible a Liz,   o hay un platillo delicioso que es ofrecido, o no lo hay. O bien la   deliberaci&oacute;n vale la pena, o no la vale. Ella no se involucra m&aacute;s   en la toma de la decisi&oacute;n bajo riesgo - sino que enfrenta un problema de   toma de la decisi&oacute;n bajo incertidumbre. La recomendaci&oacute;n del   mesero no le es &uacute;til ahora, porque la &uacute;nica forma en que ella   pueda saber si sigue la directiva, esto es, si da la respuesta correcta, es   deliberando. Si el mesero da el consejo errado, entonces ser&aacute; irracional   para ella decidir aceptarlo.</p>     <p>Para que   no haya confusi&oacute;n sobre este asunto, debo aclarar que no esto ya   firmando que el requerimiento de la evidencia total exige que Liz delibere.   Este meramente exige que su elecci&oacute;n sea corroborada por el ideal de   deliberaci&oacute;n con base en la totalidad de la evidencia disponible.   &nbsp;Liz se encuentra ahora en un aprieto: la &uacute;nica soluci&oacute;n es   que ella pueda saber si deliberar es deliberar. En este punto, los principios   de racionalidad no ofrecen orientaci&oacute;n alguna; sea lo que sea que ella   decida hacer, no ser&aacute; irracional.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Por otra   parte, si liz se hubiese constre&ntilde;ido a seguir la recomendaci&oacute;n   del mesero, la probabilidad de que valga la pena deliberar ser&iacute;a   irrelevante. Liz estar&aacute; forzada a adecuar su comportamiento de manera   independiente a las probabilidades de &eacute;xito <i>ex post</i>. Este   comportamiento restringido es &oacute;ptimo desde una perspectiva <i>ex ante </i>y,   por consiguiente, su decisi&oacute;n de comprometerse, as&iacute; como el   subsiguiente cumplimiento de su compromiso, son actos racionales. </p>     <p>Una vez   m&aacute;s, el modelo de decisi&oacute;n es incapaz de describir la   normatividad de las directivas autoritativas. Cuando los agentes son de mente   abierta se requiere de ellos la maximizaci&oacute;n de la utilidad esperada.   Solo al comprometerse por s&iacute; mismos y de antemano a aceptar la   direcci&oacute;n de una autoridad puede tal direcci&oacute;n ser una   Raz&oacute;n para la acci&oacute;n. </p>     <p><i>6.3.   Coordinaci&oacute;n </i></p>     <p>De acuerdo   con el modelo de decisi&oacute;n, las directivas autoritativas, en un juego de   coordinaci&oacute;n, afectan el Razonamiento pr&aacute;ctico al proveer   evidencia acerca de las actividades de otros jugadores. Las directivas   autoritativas son capaces de proveer evidencia acerca de las actividades de los   otros, porque ellas crean 'relevancia'. Por ejemplo, la regla que requiere que   los conductores detengan su auto en una se&ntilde;al de pare hace que la   estrategia conjunta, en virtud de la cual 'el conductor que se aproxime a la   se&ntilde;al de pare detenga su auto y el tr&aacute;fico transversal a   &eacute;l prosiga', sea visible para todos. De este modo, la regla constituye   una buena evidencia de que el tr&aacute;fico transversal puede cruzar la   intersecci&oacute;n, cuando yo me aproximo a la se&ntilde;al de pare, haciendo   racional para m&iacute; decidir detener mi auto.</p>     <p>Cuestionar&eacute;   este an&aacute;lisis. Primero, afirmar&eacute; que las autoridades no   solucionan los problemas de coordinaci&oacute;n al crear relevancia. La   relevancia es una forma de solucionar un problema de coordinaci&oacute;n, la   autoridad es otra forma. Segundo, tratar&eacute; de mostrar que, si se asume   que los jugadores com&uacute;nmente creen ellos mismos que son racionales, las   directivas autoritativas no pueden constituir evidencia de las actividades de   los otros y por consiguiente no pueden solucionar los problemas de   coordinaci&oacute;n. Si las autoridades son capaces de resolver los problemas   de coordinaci&oacute;n, el modelo de decisi&oacute;n no puede ser correcto.</p>     <p>Con el   objeto de mostrar por qu&eacute; es err&oacute;neo emplear el concepto de la   relevancia con respecto a las soluciones autoritativas a los problemas de   coordinaci&oacute;n, ser&aacute; mejor considerar brevemente las Razones por las   cuales el concepto de relevancia fue introducido por primera vez. En <i>Strategy     of Conflict</i>, Thomas Schelling estaba interesado en corregir la tendencia   dominante en la teor&iacute;a de juegos que apreciaba todas las instancias del   conflicto como casos de un conflicto puro. Como se&ntilde;al&eacute; en su   oportunidad, muchas importantes situaciones estrat&eacute;gicas implican   componentes de suma no nula. Frecuentemente ocurre que las partes tienen   inter&eacute;s en cooperar. El problema es que en muchas situaciones   estrat&eacute;gicas la negociaci&oacute;n expl&iacute;cita no es factible.   Debido a que la existencia de un conflicto frecuentemente lleva a las partes a   romper la comunicaci&oacute;n, la selecci&oacute;n mutua de un equilibrio de   coordinaci&oacute;n no puede tener lugar a trav&eacute;s de una simple   manifestaci&oacute;n ver balde intenci&oacute;n. Una convergencia de opiniones   debe tener lugar mediante un proceso de anticipaci&oacute;n imaginativa en el   cual cada agente intenta averiguarlo que el otro agente esperar&iacute;a que   &eacute;l seleccione, sabiendo que el otro agente sabe que &eacute;l sabe lo   que seleccionar&iacute;a<a name=nu70></a><sup><a href="#num70">70</a></sup>. </p>     <p>Por   consiguiente, el principal trabajo por hacer en una negociaci&oacute;n   t&aacute;cita es conjeturar. Cada parte intenta conjeturar lo que el otro   conjeturar&aacute;. La opci&oacute;n que posee la propiedad de 'ser la   m&aacute;s f&aacute;cilmente conjeturada' es denominada por Schelling como   opci&oacute;n 'relevante'. Por lo tanto, la relevancia es una funci&oacute;n no   tanto referida a la singularidad de una opci&oacute;n, sino m&aacute;s bien a   su prominencia. Cada parte debe saber que la opci&oacute;n se destaca en   alg&uacute;n aspecto, llamando y enfocando la atenci&oacute;n, y cada parte   debe saber que la otra lo sabe.</p>     <p>Es   fundamental se&ntilde;alar que se requieren los c&aacute;lculos acerca de la   relevancia, como una compensaci&oacute;n a la falta de comunicaci&oacute;n.   &quot;El concepto de 'coordinaci&oacute;n' que ha sido desarrollado aqu&iacute;   en relaci&oacute;n con la negociaci&oacute;n t&aacute;cita no parece   directamente aplicable a la negociaci&oacute;n expl&iacute;cita. No existe   ninguna necesidad aparente de relaci&oacute;n intuitiva cuando puede ser usada   el habla; y las claves accidentales que coordinan los pensamientos y que influenciaron   el resultado en el caso t&aacute;cito vuelven al estatus de los detalles   incidentales&quot;<a name=nu71></a><sup><a href="#num71">71</a></sup>. Es un   error decir que cuando dos partes est&aacute;n de acuerdo en seguir un curso de   acci&oacute;n dado cada una de ellas act&uacute;a con base en la misma   opci&oacute;n porque tal opci&oacute;n es ahora m&aacute;s relevante. En estas   situaciones, la relevancia es superflua.</p>     <p>Al igual   que es un error hablar de relevancia en el contexto de negociaci&oacute;n   expl&iacute;cita, as&iacute; tambi&eacute;n lo es cuando se discute acerca de   la orientaci&oacute;n autoritativa. La autoridad es apropiada en contextos de   coordinaci&oacute;n porque remediados problemas causados por la falta de   comunicaci&oacute;n. Dada la transacci&oacute;n obvia de costos asociados a la   negociaci&oacute;n expl&iacute;cita, muchos problemas de coordinaci&oacute;n   deben ser resueltos en ausencia de la interacci&oacute;n verbal bilateral. Para   superar esto, la autoridad act&uacute;a como una de las partes se&ntilde;alando   el mecanismo<a name=nu72></a><sup><a href="#num72">72</a></sup>, permitiendo a   las partes resolver sus problemas de coordinaci&oacute;n a trav&eacute;s del uso   de un algoritmo compartido. Una autoridad no hace una opci&oacute;n m&aacute;s   relevante que lo que har&iacute;an dos personas al estar de acuerdo en   seleccionar un determinado curso de acci&oacute;n, haci&eacute;ndolo m&aacute;s   relevante. En ambos casos, las partes disponen de una t&eacute;cnica reiterada   que les permite f&aacute;cilmente resolver un problema que, en ausencia de tal   procedimiento, ser&iacute;a dif&iacute;cil o imposible de eludir.</p>     <p>El   argumento en contra del modelo de decisi&oacute;n no consiste simplemente en   que los partidarios de dicho modelo hayan usado un err&oacute;neo concepto   t&eacute;cnico, como el de la relevancia, sino m&aacute;s bien en que ellos han   sostenido que las autoridades crean, a veces o incluso siempre, una apariencia   de relevancia como &uacute;nica forma para resolver los problemas de coordinaci&oacute;n   en tales casos. Primero, y m&aacute;s importante, cuando las autoridades se   involucran, las respuestas a los problemas de coordinaci&oacute;n son resueltos   por adelantado. Las autoridades agotan las conjeturas acerca de la   coordinaci&oacute;n del comportamiento. Segundo, las consideraciones que habr&iacute;an   sido relevantes para establecer la relevancia se vuelven irrelevantes en los   contextos autoritativos. Las soluciones autoritativas, por lo tanto, tienden a   ser m&aacute;s estables que sus contrapartes relevantes dado que las directivas   no son invalidadas por cambios en la relevancia de su contenido. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los   partidarios del modelo de decisi&oacute;n podr&iacute;an aceptar esta   objeci&oacute;n y admitir que las directivas autoritativas no crean relevancia.   Ellos podr&iacute;an argumentar aun que, no obstante, las directivas   autoritativas hacen que se enfoque la atenci&oacute;n en los equilibrios y que   este hecho da a cada persona una Raz&oacute;n para creer que otros   escoger&aacute;n actuar de acuerdo con dichos equilibrios. Las directivas   autoritativas son capaces de resolver los problemas de coordinaci&oacute;n porque   ellas pueden a veces constituir una fuerte evidencia de que otros se   adecuar&aacute;n a la directiva, haciendo racional que se escoja a su vez el   adecuarse.</p>     <p>Sin   embargo, esto no es suficiente. Debido a que si asumimos que los jugadores son   racionales y normalmente creen en la racionalidad de los otros, el modelo de   decisi&oacute;n no producir&aacute; el resultado que ser&iacute;a racional para   cada jugador al seguir las directivas. Consid&eacute;rese la siguiente cadena   de Razonamiento: el modelo de decisi&oacute;n afirma que es racional para un   jugador, que denominar&eacute; <i>X</i>, decidir cumplir con la directiva si, y   solo si, <i>X</i> puede establecer que ella provee una buena evidencia acerca   del comportamiento de otros jugadores. Pero la directiva provee una buena   evidencia acerca del comportamiento de otros solo si es racional para los otros   seguirla. No obstante, si estos jugadores son racionales, la cuesti&oacute;n   acerca de si es racional para ellos seguir la directiva es la misma   cuesti&oacute;n acerca de si es racional para <i>X </i>seguir la directiva. Por   consiguiente, <i>X</i> puede establecer que la directiva constituye una buena   evidencia solo si <i>X </i>puede primero establecer que es racional para   &eacute;l seguir la directiva.</p>     <p><i>X </i>ha caminado en   c&iacute;rculos. Si <i>X </i>quiere establecer la racionalidad de su   seguimiento de la directiva, parece que debe saber de antemano que es racional   para &eacute;l seguirla. Pero dado que &eacute;l est&aacute; tratando de   establecer la racionalidad del seguimiento de directivas, no puede asumir la   proposici&oacute;n que se propone demostrar. As&iacute;, si <i>X </i>no cree de   antemano que para &eacute;l es racional seguir la directiva, no llegar&aacute;   jam&aacute;s a esa conclusi&oacute;n.</p>     <p>Pienso que   la conclusi&oacute;n que podemos sacar de este argumento es que las reglas que   coordinan no pueden solucionar los problemas de coordinaci&oacute;n si los   jugadores son racionales; normalmente se cree que cada jugador es racional y   cada jugador asume las directivas simplemente como evidencia sobre el   comportamiento de otros jugadores. Los jugadores deben creer que al menos uno   de los otros jugadores, o bien (1) asume las directivas como constre&ntilde;imientos   a la acci&oacute;n, o bien (2) cree que al menos uno de los otros jugadores las   asume como constre&ntilde;imientos a la acci&oacute;n. El hecho de que algunos   jugadores est&eacute;n comprometidos con la autoridad asegura que ellos   seguir&aacute;n las reglas y estos compromisos, o al menos el creer que algunos   de los jugadores est&aacute;n as&iacute; mismo comprometidos har&aacute;   posible que se formen las expectativas apropriadas para que la   coordinaci&oacute;n tenga lugar. </p>     <p><i>6.4.   Viabilidad</i><a name=nu73></a><sup><a href="#num73">73</a></sup></p>     <p>El   concepto central, y a&uacute;n no analizado, del modelo de   constre&ntilde;imiento es, por supuesto, la 'viabilidad' - se aprecia como   'inviable' el pasar por alto una directiva, como una 'opci&oacute;n' no   disponible al agente. Es por ello importante decir al menos unas pocas palabras   acerca del concepto de 'viabilidad' que el modelo de constre&ntilde;imiento   emplea.</p>     <p>Diremos   que un curso de acci&oacute;n es una opci&oacute;n viable para un agente si, y   solo si, este agente tiene la habilidad de realizar esta acci&oacute;n <i>por     una Raz&oacute;n</i>. Un curso de acci&oacute;n es inviable, por consiguiente,   cuando el agente no puede realizar una acci&oacute;n por una Raz&oacute;n -   esto es, cuando tal acci&oacute;n no es una posible acci&oacute;n intencional. </p>     <p>Ahora   bien, si tuvi&eacute;semos que especular acerca de los mecanismos por medio de   los cuales las directivas autoritativas hacen la desobediencia no factible, dos   posibilidades son pensables. Primero, el someterse a una autoridad   podr&iacute;a ser la contraparte psicol&oacute;gica de un compromiso previo,   con base en el cual el agente no es apto fisicamente para mover su cuerpo de   cierta manera. Esta incapacidad f&iacute;sica no ser&iacute;a impuesta mediante   un dispositivo externo, sino generada desde 'dentro' por medios puramente   psicol&oacute;gicos.</p>     <p>Me inclino   a pensar que este enfoque es poco prometedor, al menos si atendemos a la   fenomenolog&iacute;a del comportamiento guiado por reglas en general.   Normalmente no se piensa en que un compromiso con una autoridad o una regla   personal induce a una forma de par&aacute;lisis f&iacute;sica. Cuando una   persona adopta la norma de no tomar nunca m&aacute;s de una copa de alcohol en   un bar, ella no piensa que de alguna forma estar&aacute; f&iacute;sicamente   impedida para ordenar el siguiente trago. La cuesti&oacute;n no consiste en que   ella piense que al abrir su boca no ser&aacute; capaz de pronunciar las   palabras 'voy a tomarme otra cerveza' o en que, si ella recibe la cerveza, su   mano se congelar&aacute;. A este respecto ella es distinta a Ulises: Ulises   puede tener la intenci&oacute;n de liberarse de la soga e intentar hacerlo. Por   el contrario, la orientaci&oacute;n a trav&eacute;s de las reglas parece   m&aacute;s bien un constre&ntilde;imiento a la voluntad, a la formaci&oacute;n   efectiva de la intenci&oacute;n. Si Juan tiene la intenci&oacute;n de beber   alcohol, probablemente terminar&aacute; haci&eacute;ndolo. </p>     <p>Sugerir&eacute;   por el contrario que las directivas autoritativas normalmente evitan que los   agentes est&eacute;n 'dispuestos' a desobedecer a sus exigencias, pero no por   incapacitar f&iacute;sicamente la expresi&oacute;n de su voluntad.   &iquest;C&oacute;mo podr&iacute;an surgir estos constre&ntilde;imientos a la   voluntad? Primero, la directiva, junto con el compromiso con la autoridad,   podr&iacute;a evitar al agente considerar Razones para desobedecer. Las Razones   para desobedecer ser&iacute;an, en otras palabras, 'reprimidas' por la   directiva. La represi&oacute;n bloquea la posibilidad de una acci&oacute;n   intencional contraria a la directiva - el agente, al no estar al tanto de las Razones   para no cumplir, ser&iacute;a incapaz de desobedecer con base en una   Raz&oacute;n. Segundo, la directiva, junto con el compromiso con la autoridad,   podr&iacute;a incapacitar las inhibiciones psicol&oacute;gicas normales del   agente. Un agente en manos de la autoridad podr&iacute;a no ser m&aacute;s   capaz de resistir ciertas presiones emocionales, tales como la culpa y la   verguenza, aun cuando el agente fuera consciente de la importancia de las   Razones para no cumplir.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Desde   luego, todo esto es especulaci&oacute;n, pero pienso que es una   especulaci&oacute;n plausible. Si se piensa acerca de las capacidades de la   mente humana, resalta de manera indudable como uno de sus poderes el de la   represi&oacute;n. Normalmente ocultamos las 'Razones para la acci&oacute;n' de   nosotros mismos todo el tiempo. Ser&iacute;a simplemente demasiado doloroso de   soportar, si fu&eacute;semos conscientes de todas las Razones que   ten&iacute;amos para actuar de cierta forma m&aacute;s que de cierta otra.   Sugiero que cuando nos sometemos a la autoridad con el objeto de beneficiarnos   de ella de manera instrumental, nos aprovechamos de esta capacidad para   reprimir ciertos actos y deseos de nuestro Razonamiento pr&aacute;ctico, al   menos a veces. Con respecto a las reglas, la expresi&oacute;n m&aacute;s   com&uacute;n indicativa de este proceso es: 'yo tengo una regla contra hacer   eso, as&iacute; que no voy ni siquiera a pensar acerca de actuar de otra   forma'. Al negarse a pensaren ello, se garantiza que no se puedan romper las   reglas con base en Razones.</p>     <p>No   obstante, la mayor&iacute;a de las veces no somos ni siquiera conscientes   acerca de las Razones que reprimen la posibilidad de violaci&oacute;n de   nuestros compromisos. Simplemente seguimos las reglas y las directivas sin   atisbo de esfuerzo ni conflicto, aun en situaciones en las cuales, si nosotros   lo pensaramos, estar&iacute;amos profundamente perturbados por nuestras   acciones. Ellas se convierten casi en h&aacute;bitos, que pueden ser ejecutados   virtualmente sin pensar.</p>     <p>No todo el   mundo tiene la capacidad para reprimir Razones y no todo el mundo tiene dicha   capacidad en el mismo grado. La necesidad de reprimir Razones no es tan   importante para algunas personas como para otras, principalmente porque no   todas las personas controlan sus acciones con la misma frecuencia. Como afirman   los te&oacute;ricos del control, algunos tienen 'circuitos de   retroalimentaci&oacute;n' m&aacute;s robustos. En situaciones en las cuales la   necesidad de gu&iacute;a es m&aacute;s aguda, por ejemplo, en el campo militar,   la gente requiere ser entrenada para robustecer sus circuitos de   retroalimentaci&oacute;n. Un campo de entrenamiento consiste precisamente en   adiestrar a la gente para que ignore sus instintos, para que reaccione primero   en vez de pensar. Esto se logra en parte a trav&eacute;s de la completa   reglamentaci&oacute;n de la vida, y en parte a trav&eacute;s del cumplimiento   forzoso de tareas absurdas tales como lavar los pisos con cepillos de dientes.   La forma m&aacute;s f&aacute;cil para lograr que la gente reprima sus Razones   es, en primer lugar y por consiguiente, evitar que se pregunte a s&iacute;   misma acerca de dichas Razones. </p>     <p>En   relaci&oacute;n con la desinhibici&oacute;n, es bien conocido que la gente que   act&uacute;a sujeta a &oacute;rdenes puede ser obligada a actuar en formas   monstruosas. No es que ella no se d&eacute; cuenta de lo que est&aacute;   realizando; por el contrario, parece ser incapaz de oponerse a las demandas de   la autoridad que emite las directivas. Al informar sobre los resultados de sus   famosos experimentos sobre obediencia en los a&ntilde;os sesenta, Stanley   Milgram describi&oacute; v&iacute;vidamente este fen&oacute;meno. En estos   experimentos, Milgram quer&iacute;a observar hasta qu&eacute; punto personas   comunes y corrientes har&iacute;an da&ntilde;o a otras, al serles ordenado   hacerlo por una autoridad. A los sujetos se les dijo que participar&iacute;an   en un experimento sobre aprendizaje y refuerzo negativo. Cada vez que el   supuesto alumno comet&iacute;a un error se le ordenaba al sujeto, por parte del   l&iacute;der del experimento, administrar una serie cada vez mayor de descargas   el&eacute;ctricas para castigar al alumno por haber cometido el error. Para   sorpresa de Milgram, muchos de los sujetos siguieron las &oacute;rdenes del   l&iacute;der y administraron lo que los propios sujetos pensaban que eran   descargas extremadamente dolorosas. A&uacute;n m&aacute;s sorprendente, los   sujetos a menudo expresaban grandes reservas acerca de continuar con el   experimento, pero continuaban sin embargo de todas formas porque a se les   hab&iacute;a ordenado hacerlo. Esta es la descripci&oacute;n de Milgram: </p>     <blockquote>       <p>Algunas     personas interpretan la situaci&oacute;n experimental como una situaci&oacute;n     en la cual el sujeto, en un entorno altamente racional, puede sopesar los     valores que se encuentran en conflicto en la situaci&oacute;n, procesar los     factores de acuerdo con algunos c&aacute;lculos mentales, y basar sus acciones     sobre el resultado de esta ecuaci&oacute;n. Por lo tanto, el problema del     sujeto se reduce a un problema de toma racional de decisi&oacute;n. Este     an&aacute;lisis ignora un aspecto crucial del comportamiento que permiten ver     los experimentos. Aunque muchos sujetos toman la decisi&oacute;n intelectual en     virtud de la cual ellos no deben dar m&aacute;s descargas al alumno, son     frecuentemente incapaces de transformar esta convicci&oacute;n en acciones. Al     analizar a estos sujetos en el laboratorio se puede apreciar su intensa lucha     interna por lograr liberarse de la autoridad, mientras que v&iacute;nculos     imprecisos pero poderosos los mantienen atados al generador de descargas. Un     sujeto dice al investigador: '&Eacute;l no puede soportarlo. Yo no voy a matar     a ese hombre. Se le oye gritar. &Eacute;l est&aacute; gritando. &Eacute;l no     puede soportarlo'. Aunque a nivel verbal el sujeto ha resuelto no seguir     adelante, contin&uacute;a actuando conforme a las &oacute;rdenes del     experimento. Muchos sujetos ejecutan movimientos tentativos hacia la     desobediencia pero luego se contienen, como si estuviesen atados<a name=nu74></a><sup><a href="#num74">74</a></sup>. </p> </blockquote>     <p>Milgram   sostuvo la hip&oacute;tesis seg&uacute;n la cual, al aceptar la autoridad de   otro, uno renuncia a su capacidad propia para inhibir acciones con base en sus   propios valores: &quot;Los mecanismos inhibitorios, que son vitales cuando las   elementales funciones individuales subsisten por s&iacute; mismas, se vuelven   secundarios de cara a la necesidad de ceder ante el control del componente de   coordinaci&oacute;n&quot;<a name=nu75></a><sup><a href="#num75">75</a></sup>.   En otras palabras, Milgram adhiere al modelo de constre&ntilde;imiento. </p>     <p>En cierto   sentido, es irrelevante si los mecanismos que he descrito se encuentran   presentes en el funcionamiento normal de los humanos. Estrictamente hablando,   las directivas autoritativas pueden servir para lo que est&aacute;n destinadas   a servir solo en caso de que pensemos que tenemos la capacidad de   constre&ntilde;ir nuestro futuro yo. Si podemos realmente hacer tal cosa es   otra cuesti&oacute;n. Podr&iacute;amos estar errados en nuestra creencia   seg&uacute;n la cual las autoridades pueden dar a los agentes racionales   Razones para la acci&oacute;n, pero esta creencia no es ni incoherente ni   inveros&iacute;mil. </p>     <p><i>6.5.   Conclusi&oacute;n provisional </i></p>     <p>En las   secciones anteriores, argument&eacute; que en un amplio espectro de casos   est&aacute;ndar, el modelo de decisi&oacute;n no puede explicar el potencial   instrumental que las directivas autoritativas ofrecen a los agentes racionales.   Argument&eacute; tambi&eacute;n que el modelo de constre&ntilde;imiento provee   una explicaci&oacute;n adecuada. Los agentes racionales pueden beneficiarse de   las directivas a ellos ofrecidas solo si no toman decisiones acerca de si   obedecen las directivas individuales. Ellos toman la decision de comprometerse   con la autoridad - pero esa decisi&oacute;n significa no tomar decisiones en el   futuro.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Por otra   parte, suger&iacute; que el modelo de constre&ntilde;imiento puede proveer una   adecuada soluci&oacute;n a las paradojas de la autoridad. Si las directivas   autoritativas ofrecen los resultados err&oacute;neos, no es irracional ni   inmoral para el sujeto comprometido el cumplir, dado que la adecuaci&oacute;n   es la &uacute;nica opci&oacute;n factible. Si las directivas autoritativas ofrecen   resultados correctos, las directivas son relevantes para el Razonamiento   pr&aacute;ctico por cuanto afectan la viabilidad de la inadecuaci&oacute;n. </p>     <p>No   obstante, este argumento no es suficiente para terminar la discusi&oacute;n de   las paradojas. Esto debido a que, aun si se hubiese aceptado que el modelo de   constre&ntilde;imiento es verdadero, el anarquista filos&oacute;fico   podr&iacute;a a&uacute;n arg&uuml;ir que las paradojas se mantienen. El modelo   de constre&ntilde;imiento soluciona la paradoja solo si una teor&iacute;a   particular acerca de la autoridad leg&iacute;tima es propuesta, es decir, una   que adopte la tesis de la justificaci&oacute;n normal. Si la legitimidad de una   autoridad no dependiese de su capacidad para generar directivas valiosas de   manera instrumental, las paradojas permanecer&iacute;an irresolutas. El modelo   de constre&ntilde;imiento no tiene nada que decir acerca de la obediencia que   no es motivada por el deseo de aprovechar el potencial instrumental de las   directivas. No obstante, es consistente con el modelo de constre&ntilde;imiento   que los individuos que obedecen las directivas a pesar de su falta de valor   instrumental tomen la decisi&oacute;n de obedecer. Siendo esto as&iacute;, las   paradojas se mantienen: &iquest;c&oacute;mo puede ser Razonable o moralmente   aceptable para los agentes elegir obedecer directivas que son err&oacute;neas?</p>     <p>Las   paradojas se mantienen, desde luego, solo si es posible para una autoridad ser   leg&iacute;tima a pesar de su incapacidad para generar directivas   instrumentalmente valiosas. Como argumentar&eacute; en la siguiente   secci&oacute;n, debemos asumir esta posibilidad seriamente. </p>     <p><b>7.   Servir A Los Gobernados</b></p>     <p>A pesar de   toda la atenci&oacute;n cr&iacute;tica centrada en la teor&iacute;a de la   autoridad de Raz, pocos han cuestionado la validez de la tesis de la   justificaci&oacute;n normal. Los cr&iacute;ticos de Raz, en general, han   aceptado su afirmaci&oacute;n seg&uacute;n la cual las autoridades son   leg&iacute;timas solo en caso de que sea m&aacute;s probable que los sujetos   obtengan mejores resultados, en t&eacute;rminos de las Razones que les son   demanera independiente aplicables, mediante la adhesi&oacute;n a sus   directivas, que los que obtendr&iacute;an dichos sujetos si intentasen   adecuarse a estas Razones de manera directa. La manzana de la discordia se   encuentra, como hemos visto, en la prevalencia, no en la tesis de la   justificaci&oacute;n normal.</p>     <p>Creo que   el atractivo de la tesis de la justificaci&oacute;n normal se encuentra en el   hecho de ser una expresi&oacute;n de la concepci&oacute;n del servicio. De   acuerdo con la concepci&oacute;n del servicio, servir a los gobernados es la   funci&oacute;n de las autoridades. La tesis de la justificaci&oacute;n normal se   refiere a este servicio como aquel consistente en la provisi&oacute;n de   directivas a los sujetos, de manera tal que ellos puedan adecuarse mejor a las   Razones que los vinculan.</p>     <p>La idea de   que las autoridades se encuentran a nuestro servicio y no viceversa es una de   las m&aacute;s importantes ideas que han surgido de la Ilustraci&oacute;n<a name=nu76></a><sup><a href="#num76">76</a></sup>. La Ilustraci&oacute;n   pens&oacute; rechazar la noci&oacute;n en virtud de la cual las autoridades   derivan su poder del nacimiento o del estatus social. De hecho, ha sido carga   de la moderna teor&iacute;a pol&iacute;tica explicar c&oacute;mo las   autoridades pueden tener el poder que afirman tener, a pesar del hecho de que   ning&uacute;n individuo es 'mejor' que otro. La concepci&oacute;n de servicio   provee la respuesta est&aacute;ndar a este dilema: las autoridades tienen el   poder de decirnos qu&eacute; hacer, porque nosotros nos beneficiamos de que   ellas tengan tal poder. </p>     <p>Argumentar&eacute;   que la tesis de la justificaci&oacute;n normal es, no obstante, <i>una </i>expresi&oacute;n   de la concepci&oacute;n de servicio. En consecuencia, distinguir&eacute; entre   dos diferentes modelos de servicio, uno que asume la funci&oacute;n de la   autoridad como mediadora entre las Razones y las personas, y otra que entiende   el rol como un arbitraje entre partes rivales. Argumentar&eacute; que la   tradici&oacute;n liberal entiende que el servicio no consiste en mediaci&oacute;n   sino en arbitraje. En lugar de recoger un tema dominante en el pensamiento de   la tradici&oacute;n liberal, la tesis de la justificaci&oacute;n normal   representa una comprensi&oacute;n un tanto radical de la funci&oacute;n   seg&uacute;n la cual las autoridades leg&iacute;timas est&aacute;n destinadas a   servir.</p>     <p>No es, por   supuesto, un argumento contra la tesis de la justificaci&oacute;n normal   Arg&uuml;ir que ella rompe con la tradici&oacute;n. Por el contrario,   argumentar&eacute; que la teor&iacute;a de Raz de la autoridad es deficiente   debido al inadecuado rol justifica-torio que otorga a la toma de   decisi&oacute;n democr&aacute;tica. De acuerdo a la tesis de la   justificaci&oacute;n normal, el valor de los diversos esquemas de reparto de   poder en una sociedad debe ser entendido principalmente en t&eacute;rminos   instrumentales - una estructura de gobierno es m&aacute;s leg&iacute;tima que   otra si es m&aacute;s probable que dicha estructura siga el balance de Razones   dependientes que otra. En consecuencia, estructuras democr&aacute;ticas son   preferibles a las no democr&aacute;ticas solo en caso de que las primeras   'generen' mejores directivas que las &uacute;ltimas.</p>     <p>No   obstante, sugerir&eacute; que el valor de la toma de decisi&oacute;n   democr&aacute;tica no est&aacute; en su valor instrumental. Por el contrario,   los procedimientos democr&aacute;ticos son capaces de ostentar autoridad   leg&iacute;tima porque ellos representan acuerdos justos de reparto de poder.   En lugar de violar la autonom&iacute;a propia, el prestar atenci&oacute;n a   reglas que se creen err&oacute;neas puede ser una afirmaci&oacute;n del valor   de la autonom&iacute;a en general. Ella muestra respeto por las facultades   racionales de los otros, reconoce la justicia en la aceptaci&oacute;n de las   cargas en los esfuerzos cooperativos, y soporta la igualdad en la   distribuci&oacute;n del poder en la sociedad. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i>7.1.   Mediaci&oacute;n y arbitraje </i></p>     <p>Las   autoridades pueden servir a sus s&uacute;bditos de dos maneras. Primero, ellas   podr&iacute;an servir a sus s&uacute;bditos a trav&eacute;s de la   orientaci&oacute;n que sus directivas proveen, es decir, al permitir a los   s&uacute;bditos lograr beneficios que ellos no habr&iacute;an sido capaces de   obtener sin las directivas. En este cap&iacute;tulo hemos visto muchos de los   beneficios que la orientaci&oacute;n autoritativa puede asegurar a trav&eacute;s   de sus directivas; estos son: administrar informaci&oacute;n valiosa, compensar   d&eacute;ficits cognitivos, economizar costos de deliberaci&oacute;n, combatir   la debilidad de voluntad y coordinar el comportamiento.</p>     <p>En segundo   lugar, las autoridades podr&iacute;an servir a sus s&uacute;bditos   proporcionando a estos formas para resolver sus disputas sobre asuntos   normativos. Los desacuerdos entre las partes pueden ser resueltos mediante la   apelaci&oacute;n a las determinaciones autoritativas de una persona o personas,   tales como el clero, los profesores, los padres, los funcionarios, las cortes,   las legislaturas o los diversos organismos. Con base en esta   explicaci&oacute;n, el &eacute;xito no es medido seg&uacute;n el contenido de   la directiva emitida. En cambio, las autoridades cumplen su funci&oacute;n si   las directivas emitidas son capaces de resolver las disputas actuales o   potenciales.</p>     <p>En   consecuencia, podemos distinguir entre dos concepciones de servicio de la   autoridad. La primera, que podr&iacute;a ser llamada 'modelo de   mediaci&oacute;n', entiende que la funci&oacute;n de la autoridad es la de la   mediaci&oacute;n entre Razones y personas. Las autoridades son leg&iacute;timas   para un sujeto en la medida en quelas autoridades sirven a esta funci&oacute;n   de manera efectiva, esto es, si el sujeto se encuentra mejor en t&eacute;rminos   de las Razones que lo vinculan cumpliendo con la directiva que le ha sido   prove&iacute;da, que si intentara adecuarse a estas Razones de manera directa.   El principal defensor del modelo de mediaci&oacute;n es, desde luego, Joseph   Raz. </p>     <p>De acuerdo   con el que podr&iacute;a ser llamado 'modelo de arbitraje', la funci&oacute;n   de la autoridad es la de actuar como un &aacute;rbitro entre los sujetos. Las   autoridades son leg&iacute;timas para un sujeto dado solo en caso de que la   aceptaci&oacute;n del proceso como vinculante por alguna de las partes genere   una obligaci&oacute;n moral para el sujeto de respetar el resultado. El tipo de   aceptaci&oacute;n, las partes que deben aceptar el proceso y la naturaleza de   la obligaci&oacute;n moral generada mediante tal aceptaci&oacute;n   variar&aacute;n dependiendo del tipo de modelo de arbitraje. Por ejemplo, un   te&oacute;rico del contrato social entender&iacute;a la aceptaci&oacute;n como   un acto de consentimiento por parte del sujeto y la obligaci&oacute;n generada   como una obligaci&oacute;n promisoria. Por otra parte, un te&oacute;rico del   juego limpio entender&iacute;a la aceptaci&oacute;n como la recepci&oacute;n   voluntaria de los beneficios del proceso por parte del sujeto y la   obligaci&oacute;n generada ser&iacute;a una obligaci&oacute;n de justicia; esto   es, las partes deben asumir las cargas de un proceso cuando ellas est&aacute;n   dispuestas tambi&eacute;n a aceptar sus beneficios.</p>     <p>Los   modelos de mediaci&oacute;n y arbitraje difieren en tres aspectos. Como es   obvio, ellos difieren en la principal funci&oacute;n que atribuyen a las   autoridades. Para el modelo de mediaci&oacute;n, la funci&oacute;n es la de   mediar entre Razones y personas; para el modelo de arbitraje es el arbitraje   entre partes rivales. Segundo, estos modelos difieren en la relaci&oacute;n que   establecen entre la funci&oacute;n de la autoridad y su legitimaci&oacute;n. En   un modelo de mediaci&oacute;n, la relaci&oacute;n entre funci&oacute;n y   legitimaci&oacute;n es directa: las autoridades son leg&iacute;timas para un   sujeto si, y solo si, ellas cumplen su funci&oacute;n de mediaci&oacute;n en   relaci&oacute;n al sujeto. Encontraste, en un modelo de arbitraje las   autoridades no son necesariamente leg&iacute;timas en relaci&oacute;n a un   sujeto simplemente porque resuelvan con &eacute;xito las disputas en las que   &eacute;ste est&aacute; envuelto. La conecci&oacute;n es m&aacute;s indirecta:   la funci&oacute;n de arbitraje da a las partes Raz&oacute;n para aceptar el   resultado del proceso y esta aceptaci&oacute;n, no la actuaci&oacute;n exitosa   de la resoluci&oacute;n de la disputa, es lo que da legitimidad al proceso.</p>     <p>En tercer   lugar, los modelos difieren en t&eacute;rminos de los fundamentos   &uacute;ltimos de la legitimaci&oacute;n. En el modelo de mediaci&oacute;n, las   autoridades son legitimadas en &uacute;ltima instancia por Razones   dependientes. Esto es, cuando, al evaluar la autoridad leg&iacute;tima, cada   sujeto obtiene probablemente mejores resultados, en t&eacute;rminos de las   Razones que lo vinculan, si &eacute;l cumple con las directivas que si no las   cumple. En el modelo de arbitraje, los sujetos podr&iacute;an hacerlo peor en   t&eacute;rminos de las Razones dependientes. Lo que vincula al sujeto es la   aceptaci&oacute;n del proceso como vinculante por parte de alguna de las   partes.</p>     <p>El   contraste entre los dos modelos podr&iacute;a resumirse como sigue. En el   modelo de mediaci&oacute;n, la obediencia misma es evaluada de manera   instrumental. En el modelo de arbitraje, las partes no se benefician a   trav&eacute;s de su obediencia. La obediencia, por el contrario, es el <i>precio</i> moral que las partes deben pagar con el objeto de asegurar el cumplimiento de   los dem&aacute;s<a name=nu77></a><sup><a href="#num77">77</a></sup>. </p>     <p><i>7.2.   Mediaci&oacute;n y democracia </i></p>     <p>El modelo de   arbitraje ha sido sin duda alguna la explicaci&oacute;n dominante de la   autoridad en la teor&iacute;a liberal moderna. Los te&oacute;ricos   cl&aacute;sicos liberales tales como Hobbes, Locke y Kant cre&iacute;an que el   fundamento de la autoridad se encontraba en su habilidad para arbitrar   disputas. Ellos argumentaban que el paso del estado de naturaleza a la sociedad   civil era necesario debido a los costos asociados con la anarqu&iacute;a, es   decir, a la ausencia de una persona o personas a las cuales las partes en   conflicto pudieran acudir con el objeto de resolver sus disputas. Es   funci&oacute;n de las autoridades servir a sus s&uacute;bditos, pero no solo a   trav&eacute;s de la emisi&oacute;n de directivas instrumentalmente valiosas,   sino mediante la emisi&oacute;n de directivas en general. Por supuesto, lo   ideal ser&iacute;a quelas directivas emitidas sean moralmente apropiadas y que   ellas propicien el bien com&uacute;n. Pero la obligaci&oacute;n de obedecer   estas directivas no depende de que est&eacute;n de acuerdo o incluso se   acerquen a este ideal.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>A pesar de   su estatus secundario en la moderna teor&iacute;a liberal, el modelo de   mediaci&oacute;n se ha posicionado y ha ganado fuerza. Infortunadamente, esta   no es la ocasi&oacute;n para una extensa investigaci&oacute;n acerca del modelo   de mediaci&oacute;n y su comparaci&oacute;n con el modelo de arbitraje. Me gustar&iacute;a,   no obstante, sugerir que el modelo de mediaci&oacute;n podr&iacute;a ser menos   plausible de lo que se ha pensado hasta ahora.</p>     <p>De acuerdo   con el modelo de mediaci&oacute;n, la legitimidad de la autoridad est&aacute;   determinada de manera exclusiva por su capacidad para proveer directivas   instrumentalmente valiosas. Los or&iacute;genes del r&eacute;gimen autoritativo   parecen ser irrelevantes, al menos desde el punto de vista de la   obligaci&oacute;n de obedecer. Las instituciones, como hemos visto, se miden   principalmente en t&eacute;rminos instrumentales - una estructura es m&aacute;s   leg&iacute;tima que otra solo en caso de quela primera conlleve una m&aacute;s   efectiva mediaci&oacute;n que la segunda.</p>     <p>Sin   embargo, esta concepci&oacute;n instrumental ignora el valor intr&iacute;nseco   de la democracia. La legitimidad de las reglas no es generalmente juzgada de   manera exclusiva, ni siquiera principalmente, por su <i>output</i>, sino por su <i>input</i>, esto es, con base en el hecho de que el r&eacute;gimen haya sido   determinado, y sea soportado, por el pueblo. La teor&iacute;a pol&iacute;tica   Plat&oacute;nica ha sido ridiculizada por centurias debido precisamente a su   estructura vertical. A pesar de las excelentes aptitudes de mediaci&oacute;n   del rey fil&oacute;sofo, su derecho a gobernar es deficiente, porque aquellos   sobre los cuales gobierna no han afirmado que &eacute;l tiene el derecho a   gobernar.</p>     <p>En   contraste, el modelo de arbitraje puede sustentar la importancia que las reglas   democr&aacute;ticas juegan en la legitimaci&oacute;n de la autoridad. Para ver   esto, debemos revisar de nuevo las paradojas de la autoridad. </p>     <p><i>7.3.   Arbitraje y paradojas de la autoridad </i></p>     <p>Como hemos   visto, el modelo de mediaci&oacute;n intenta solucionar las paradojas de la   autoridad mediante la adopci&oacute;n de un enfoque completamente instrumental   acerca de las directivas autoritativas. No obstante, esta estrategia no   funcionar&iacute;a en relaci&oacute;n al modelo de arbitraje, pues seg&uacute;n   dicho modelo la normatividad de las directivas no depende de su valor   instrumental. Por ejemplo, el modelo de arbitraje exige obediencia, aun cuando   la directiva no est&aacute; soportada por el balance de Razones dependientes de   su contenido, los sujetos son conscientes de esto y tienen la capacidad de no   cumplir. Entonces, debemos ver si la obediencia a la autoridad puede   considerarse compatible con la racionalidad y la autonom&iacute;a.</p>     <p>Comencemos   con la paradoja de la autoridad y la racionalidad. As&uacute;mase que la   autoridad leg&iacute;tima emite una directiva que es soportada por un balance   de Razones dependientes de su contenido. &iquest;La directiva otorga a un   sujeto una Raz&oacute;n para la acci&oacute;n? S&iacute;, de acuerdo con el   modelo de arbitraje. Porque el sujeto est&aacute; moralmente obligado a cumplir   con el resultado del proceso leg&iacute;timo, &eacute;l tendr&aacute; una   Raz&oacute;n adicional para cumplir. Si el sujeto llegase a desobedecer la   autoridad, estar&iacute;a cometiendo dos infracciones: &eacute;l habr&iacute;a   realizado una acci&oacute;n que, independientemente de la directiva, no   deb&iacute;a haber realizado, y habr&iacute;a violado su obligaci&oacute;n   moral de obedecer.</p>     <p>Sup&oacute;ngase   ahora que la directiva no est&aacute; soportada por el balance de Razones   dependientes de su contenido. &iquest;La obediencia podr&iacute;a ser, no   obstante, Razonable? Con base en el modelo de arbitraje, s&iacute; puede serlo.   Debido a que cada sujeto est&aacute; moralmente obligado a cumplir, la   directiva constituye una Raz&oacute;n para la acci&oacute;n independiente de su   contenido. El balance de todas las Razones, tanto de aquellas dependientes de   su contenido como de aquellas independientes, se inclinar&iacute;a entonces en   direcci&oacute;n a la obediencia, aun cuando al haberse inclinado en   direcci&oacute;n opuesta no habr&iacute;a sido emitida la directiva.</p>     <p>T&eacute;ngase   en cuenta que el modelo de arbitraje ofrece una soluci&oacute;n a la paradoja de   la autoridad y la racionalidad, independientemente de si es verdadero. Esto   debido a que, siempre y cuando un agente piense que es verdadero, ser&aacute;   racional para &eacute;l obedecer.</p>     <p>Por el   contrario, el modelo de arbitraje debe ser verdadero para que pueda proporcionar   una soluci&oacute;n a la paradoja de la autoridad y la autonom&iacute;a. Ello   por cuanto no ser&aacute; suficiente, para demostrar la coherencia de los   sujetos, creer que ellos pueden tener obligaciones morales para cumplir con los   resultados del arbitraje, debi&eacute;ndose mostrar que tales obligaciones   existen realmente.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Por   ejemplo, consid&eacute;rese el contrato social como una variante del modelo de   arbitraje. Se podr&iacute;a estar tentado a contestar a la paradoja de la   autoridad y la autonom&iacute;a argumentando que la obligaci&oacute;n promisoria   generada a trav&eacute;s del consentimiento provee a los sujetos de Razones   para actuar de manera contraria al balance de Razones dependientes de su   contenido. No obstante, como vimos en la secci&oacute;n 2, esta respuesta   implica una petici&oacute;n de principio. Si la voluntad de una persona no   puede darme una Raz&oacute;n para lo que normalmente ser&iacute;a un error,   &iquest;c&oacute;mo puede mi propia voluntad darme tal libertad? Debido a que   el consentimiento tambi&eacute;n pretende dar lugar a Razones para la acci&oacute;n   independientes de su contenido y perentorias, la explicaci&oacute;n del   contrato social hace que la paradoja ceda de manera aparente; a saber, en la   forma como puede darme una buena Raz&oacute;n suficiente para respetar los   resultados de un proceso el mero hecho de que yo haya consentido respetar los   resultados del mismo.</p>     <p>En lo que   sigue sugerir&eacute; que la obligaci&oacute;n moral de obedecer la autoridad   puede ser generada bajo ciertas condiciones en un sistema de gobierno liberal y   democr&aacute;tico. <i>Grosso modo</i>, la idea es que la deferencia a la   autoridad democr&aacute;ticamente elegida bajo condiciones significativas de   libertad, implica la deferencia a un arreglo de reparto de poder que es <i>socialmente     necesario</i>, <i>empoderador </i>y <i>justo</i>. Al desobedecer, los sujetos   estar&aacute;n estableciendo de manera unilateral, y por lo tanto de manera ir   Razonable, las condiciones y la direcci&oacute;n de la cooperaci&oacute;n   social.</p>     <p>Un esquema   de este argumento comienza con el t&oacute;pico seg&uacute;n el cual la   cooperaci&oacute;n social no es en la pr&aacute;ctica posible sin la existencia   de procedimientos para la resoluci&oacute;n de conflictos. Los desacuerdos   entre las partes sobre las condiciones apropiadas para la interacci&oacute;n   social y la divisi&oacute;n de los excedentes sociales, o bien   contrarrestar&iacute;an, o bien impedir&iacute;an las actividades individuales   y conjuntas. Y la ausencia de una aceptable resoluci&oacute;n har&iacute;a   quelas disputas crecieran, as&iacute; como los enfrentamientos y las luchas   internas, que probablemente amenazar&iacute;an a su vez la supervivencia misma   de la comunidad.</p>     <p>Desde   luego, los procedimientos democr&aacute;ticos de decisi&oacute;n constituyen   solo un peque&ntilde;o subconjunto de los posibles mecanismos de   resoluci&oacute;n. No obstante, ellos se distinguen por el grado en que   empoderan a la ciudadan&iacute;a. En las democracias liberales, a los   ciudadanos se les concede la facultad de ejercer control sobre sus vidas al   permitirles, a trav&eacute;s de la concesi&oacute;n de derechos, afectar las   condiciones de la cooperaci&oacute;n social y la direcci&oacute;n de las   actividades colectivas. Los ciudadanos pueden afectar la forma del paisaje   social, o bien directamente, por medio del plebiscito, o bien de manera   m&aacute;s cercana e indirecta, a trav&eacute;s de la elecci&oacute;n de   representantes. La protecci&oacute;n de la libertad de expresi&oacute;n permite   a los ciudadanos influenciar la estructura social y los objetivos al   permitirles persuadir de sus puntos de vista a sus rivales y a los no   comprometidos. Por consiguiente, a diferencia de los or&aacute;culos, las   ordal&iacute;as o mecanismos de azar, los procedimientos democr&aacute;ticos   permiten a los individuos alg&uacute;n <i>input</i> para la resolucion de sus   controversias. Las democracias dan expresi&oacute;n y crean oportunidades para   el ejercicio de las capacidades aut&oacute;nomas del individuo.</p>     <p>Por   &uacute;ltimo, los procesos democr&aacute;ticos que tienen lugar bajo   condiciones de libertad significativa constituyen procedimientos justos para la   resoluci&oacute;n de disputas. Estos procesos son justos porque el poder es   repartido de manera m&aacute;s o menos igualitaria. La igualdad en el reparto   del poder consiste, primero, en la igualdad del poder de voto que los   individuos, o los grupos a los cuales ellos pertenecen, tienen en la selecci&oacute;n   de las pol&iacute;ticas o la elecci&oacute;n de los representantes. En segundo   lugar, la igualdad del poder es determinada por la igualdad y la oportunidad   significativa que los individuos, y los grupos a los que ellos pertenecen,   poseen para expresar sus puntos de vista y para persuadira otros sobre el valor   de sus opiniones.</p>     <p>Yo no   afirmo que todos los procesos democr&aacute;ticos sean justos, sino solo   aquellos que tienen lugar bajo condiciones de libertad significativa. El hecho   de que una sociedad extienda la concesi&oacute;n de derechos a todos los   ciudadanos y proteja su derecho a la libertad de expresi&oacute;n no implica   que la distribuci&oacute;n del poder pol&iacute;tico sea justa. Como es bien   conocido, el derecho a la libertad de expresi&oacute;n realmente tiene el   potencial de disminuir sustancialmente la capacidad de los ciudadanos para   hacer o&iacute;r su voz en el debate p&uacute;blico. Por ejemplo, en <i>Buckley     v. Valeo</i><a name=nu78></a><sup><a href="#num78">78</a></sup>, la Corte   Suprema de Estados Unidos sostuvo que, aunque los l&iacute;mites sobre las   contribuciones son constitucionalmente aceptables, la primera enmienda   proh&iacute;be los l&iacute;mites m&aacute;ximos obligatorios sobre los gastos   de campa&ntilde;as. Como resultado de esta decisi&oacute;n, enormes sumas de   dinero han encontrado la forma de financiar las campa&ntilde;as pol&iacute;ticas,   principalmente a trav&eacute;s del uso del denominado '<i>soft money</i>',   recaudado y gastado por los grupos de inter&eacute;s a favor de ciertos   candidatos. Muchas personas han argumentado que la influencia del dinero en el   discurso pol&iacute;tico ha tenido un efecto destructivo desde el punto de   vista moral, permitiendo a ciertos grupos dominar el debate p&uacute;blico,   ahogando de hecho otras voces<a name=nu79></a><sup><a href="#num79">79</a></sup>.   Si la situaci&oacute;n actual en Estados Unidos no est&aacute; a la altura de   las condiciones de la 'libertad significativa', y cu&aacute;les ser&iacute;an   los remedios apropiados para esta situaci&oacute;n<a name=nu80></a><sup><a href="#num80">80</a></sup>, son preguntas que van mucho m&aacute;s all&aacute;   del alcance de este ensayo. No obstante, asumir&eacute; que tales condiciones   son alcanzables en la sociedad moderna, aunque admito que tal argumento   est&aacute; lejos de ser autoevidente. </p>     <p><i>7.4.   Democracia y autonom&iacute;a </i></p>     <p>El   &uacute;ltimo paso en la argumentaci&oacute;n es la afirmaci&oacute;n en virtud   de la cual es ir Razonable para un individuo no acatar los procedimientos   socialmente necesarios, empoderantes y justos. Para fundar esta   afirmaci&oacute;n, consid&eacute;rese la objeci&oacute;n que podr&iacute;a   ofrecerse con el objeto de refutarla<a name=nu81></a><sup><a href="#num81">81</a></sup>.   Se podr&iacute;a argumentar que es ir Razonable infringir la libertad personal   requiriendo a los individuos el ser obligados por un procedimiento que ellos no   han aceptado voluntariamente. Nadie tiene el derecho de exigir a otros soportar   cargas, aun si sus beneficios les han sido impuestos.</p>     <p>No   obstante, esta objeci&oacute;n carece de fundamento. Ella ignora el hecho de   que la libertad personal tiene valor solo si los esquemas sociales de   cooperaci&oacute;n se encuentran ya previamente establecidos. No se puede   objetar quela capacidad propia de llevar a cabo proyectos en la forma en que se   crea conveniente es excesiva, si la capacidad significativa para llevar a cabo   esos proyectos depende de la restricci&oacute;n de las dem&aacute;s personas<a name=nu82></a><sup><a href="#num82">82</a></sup>. La afirmaci&oacute;n misma de   la libertad personal indica que quien objeta de esta forma acepta de buen grado   los beneficios de tales procedimientos. En otras palabras, quien objeta de esta   forma quiere estar en misa y en procesi&oacute;n.</p>     <p>Quien no   est&aacute; de acuerdo con los resultados de un procedimiento socialmente   necesario, empoderante y justo, y por consiguiente lo incumple,   podr&iacute;amos decir que act&uacute;a como un dictador: 'dicta' unilateralmente   los t&eacute;rminos de la interacci&oacute;n social con otros, y con ello   ejerce un control inapropiado sobre las vidas de sus conciudadanos. No es una   defensa para el rebelde se&ntilde;alar que el procedimiento produce resultados   incorrectos - debido a que el hecho de que dicho procedimiento lo haga o no, no   'conlleva' que el rebelde imponga su juicio a los dem&aacute;s.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La   conclusi&oacute;n a la que me gustar&iacute;a llegar es que la desobediencia de   la voluntad democr&aacute;tica, al menos bajo ciertas circunstancias, equivale   a una atribuci&oacute;n de poder ir Razonable<a name=nu83></a><sup><a href="#num83">83</a></sup>. Aquellos que act&uacute;an de manera ir Razonable   privan a la mayor&iacute;a de tres bienes importantes. Primero, niegan a la   mayor&iacute;a el resultado que esta tiene derecho a esperar. Segundo, niegan a   la mayor&iacute;a de las personas el control que estas tienen derecho a ejercer   sobre sus propias vidas. Tercero, niegan a la mayor&iacute;a de las personas el   respeto que se les debe como participantes en igualdad de condiciones en un   arreglo justo de reparto del poder.</p>     <p>De alguna   forma y de manera sorprendente, esto conduce a que la sumisi&oacute;n a la   autoridad, en lugar de conducir inexorablemente a la violaci&oacute;n de la   autonom&iacute;a, realmente manifiesta respeto hacia ella, entendida   aqu&iacute; como el poder para controlar la vida propia. Adherir a la autoridad   democr&aacute;ticamente electa o a las pol&iacute;ticas seleccionadas bajo   condiciones de libertad significativa es adherir a los conciudadanos. De este   modo, se respeta la importancia quelas personas otorgan a tener cierto control   sobre sus propias vidas y la justicia que implica compartir este poder de   manera igualitaria.</p>     <p>Por el   contrario, el modelo de mediaci&oacute;n subestima la importante   contribuci&oacute;n que la toma de decisiones democr&aacute;tica implica para   reforzar y preservar la autonom&iacute;a individual. La pol&iacute;tica no se trata   solo de hacer las cosas de manera correcta - ella implica tambi&eacute;n la   participaci&oacute;n en las actividades comunes en las cuales todas las voces   tienen la oportunidad de ser escuchadas y en las cuales cualquier voz puede   hacer la diferencia. Como dice la c&eacute;lebrecita de Learned Hand: </p>     <blockquote>       <p>A     m&iacute; me resultar&iacute;a m&aacute;s molesto ser gobernado por un grupo de     guardianes Plat&oacute;nicos, aun si supiera c&oacute;mo escogerlos, lo que     seguramente no sabr&iacute;a. Si ellos estuviesen a cargo, yo perder&iacute;a     las ganas de vivir, que provienen de vivir en una sociedad en la cual tengo, al     menos te&oacute;ricamente, parte en la direcci&oacute;n de los asuntos     p&uacute;blicos. Desde luego, s&eacute; que ser&iacute;a ilusorio creer que mi     voto determina algo; no obstante, cuando voy a votar, tengo en cierto sentido     la satisfacci&oacute;n de que estamos todos comprometidos en una empresa     com&uacute;n<a name=nu84></a><sup><a href="#num84">84</a></sup>. </p> </blockquote>     <p>Quisiera   terminar esta secci&oacute;n advirtiendo brevemente que no estoy argumentando   que los ciudadanos de una rep&uacute;blica democr&aacute;tica, aun bajo   condiciones de libertad significativa, deben adherir a la voluntad de la   mayor&iacute;a en todos los casos. En efecto, el hecho de que la   autonom&iacute;a y la justicia jueguen un rol significativo en la   fundamentaci&oacute;n de la obligaci&oacute;n de obedecer los procedimientos   democr&aacute;ticos sugiere que el alcance de la obligaci&oacute;n se encuentra   en s&iacute; mismo limitado por las mismas preocupaciones. Cuando las   democracias se insertan de forma demasiado profunda en nuestros asuntos   personales privan de derechos a segmentos enteros de la ciudadan&iacute;a, o discriminan   con base en el poder pol&iacute;tico, provocando que la obligaci&oacute;n de   obedecer estas reglas violatorias fenezca. </p>     <p>Mi   objetivo en esta secci&oacute;n fue el de esbozar una soluci&oacute;n a las   paradojas de la autoridad. Las paradojas intentan demostrar que las autoridades   son incapaces de obligar moralmente a sus s&uacute;bditos. Por lo tanto, una   adecuada soluci&oacute;n a las paradojas no requiere describir toda la esfera   del poder leg&iacute;timo</p>     <p>- se   requiere mostrar tan solo que existe tal esfera. Las paradojas habr&aacute;n   sido resueltas si se puede mostrar que, al menos bajo ciertas circunstancias,   las autoridades tiene el poder de obligar de manera independiente al contenido.</p>     <p>He tratado   de disipar la nube de la paradoja sugiriendo que las pretensiones de la   autoridad democr&aacute;tica deben ser apreciadas a trav&eacute;s de los lentes   de la autonom&iacute;a. Si la autonom&iacute;a de los ciudadanos es asegurada,   las autoridades democr&aacute;ticas deben tener el derecho moral a obligar aun   cuando est&eacute;n erradas. Esto por cuanto un mundo en el cual los individuos   tengan el derecho a resistirse a las decisiones colectivas, solo porque creen   que estas son equivocadas, es un mundo en el cual nadie tiene el poder de   afectar las condiciones y la direcci&oacute;n de la cooperaci&oacute;n social.   Los individuos tienen el control sobre el aspecto social de sus vidas solo en   la medida en que aun aquellos con quienes tienen desacuerdos deciden, no   obstante, cumplir. En otras palabras, los individuos son aut&oacute;nomos solo   si pueden hacer que otros act&uacute;en precisamente porque ellos, o sus   representantes, lo dicen. </p>     <p><b>Conclusi&oacute;n</b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Volvamos a   la disputa entre Eliezer y los rabinos. &iquest;Estaba Eliezer en lo correcto   al no someterse al juicio err&oacute;neo de los rabinos? Pienso que es justo   decir que Eliezer actu&oacute; mal. Si &eacute;l realmente se preocupaba por la   voluntad de Dios debi&oacute; someterse, debido a que Dios hab&iacute;a querido   que las decisiones jur&iacute;dicas fuesen decididas por la mayor&iacute;a de   votos. </p>     <p>Eliezer   puso de manifiesto un vicio que es com&uacute;n entre los piadosos, un vicio   que podr&iacute;a ser llamado 'purismo excesivo'. Los puristas excesivos   insisten siempre en que act&uacute;an en la forma t&eacute;cnicamente correcta.   Ellos se niegan a corromperse, a ensuciarse las manos al descender al nivel del   subproletariado y a actuar como un ignorante lo har&iacute;a. No obstante, como   he tratado de argumentar, uno puede tener Razones para acatar la voluntad del   otro aun cuando sepa que est&aacute;n erradas. Mantenerse totalmente por encima   del conflicto puede manifestar una falta de respeto extrema para con los   propios conciudadanos.</p>     <p>Quiz&aacute;s   los peligros del excesivo purismo en materia de autoridad son leves en   comparaci&oacute;n con los vicios del extremo opuesto, a saber, la   apat&iacute;a, la pereza y el servilismo. Una actitud esc&eacute;ptica con   respecto a la autoridad es tal vez la postura m&aacute;s saludable a tomar.   Pero tal escepticismo, como he tratado de mostrar, puede ir muy lejos. </p> <hr>     <p><b>Pie de   p&aacute;gina</b></p>     <p><a name=num1></a><sup><a href="#nu1">1</a></sup>Baba   Metzia, 59b.    <br>   <a name=num2></a><sup><a href="#nu2">2</a></sup>Por alguna Raz&oacute;n, el   Talmud agrega que otros afirman que el algarrobo aterriz&oacute; 400 codos   allende.    <br>   <a name=num3></a><sup><a href="#nu3">3</a></sup>Deuteronomio 30:12.    <br>   <a name=num4></a><sup><a href="#nu4">4</a></sup>Estos enfoques son   revisionistas en la medida en que ellos buscan revisar la concepci&oacute;n de   la autoridad que las paradojas presuponen. Dichos enfoques no argumentan que   nuestro concepto de autoridad leg&iacute;tima deba ser revisado, sino que las   paradojas emplean un concepto que, aunque parezca ser el que usamos, de hecho   no lo es.    <br>   <a name=num5></a><sup><a href="#nu5">5</a></sup>Cfr. Robert Paul Wolff, <i>In     Defense of Anachy </i>(1970). Las secciones relevantes del trabajo   monogr&aacute;fico de Wolff han sido extractadas bajo el t&iacute;tulo   &quot;The Conflict between Authority and Autonomy&quot;, en <i>Authority</i>,   Joseph Raz ed., New York: New York University Press, 1990. Todas las citas en   este ensayo han sido hechas con referencia a dicho extracto. Versi&oacute;n en   lengua castellana: Robert Paul Wolff, <i>En defensa del anarquismo</i>,   Montevideo, Nordan-Comunidad, 2004.    <br>   <a name=num6></a><sup><a href="#nu6">6</a></sup>Ib&iacute;d., p. 20.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name=num7></a><sup><a href="#nu7">7</a></sup>A diferencia de la autoridad,   el poder no puede ser irrespetado: se puede enga&ntilde;ar al de los impuestos,   pero no se puede enga&ntilde;ar al ladr&oacute;n.    <br>   <a name=num8></a><sup><a href="#nu8">8</a></sup>Wolff. Ob. Cit., p. 21. Wolff   olvida mencionar que existe un tercer sentido en virtud del cual alguien puede   tener autoridad. <i>X </i>puede tener autoridad solo en caso de que existan   normas que confieren autoridad a <i>X</i>. Todas las autoridades   jur&iacute;dicas tienen autoridad en este sentido. El concepto de autoridad, al   menos aplicado al derecho, genera paradojas por s&iacute; mismo, debido a que   cualquier intento por establecer su existencia genera la paradoja de 'el huevo   y la gallina'. El rompecabezas puede enunciarse como sigue: <i>X</i> puede   poseer autoridad, conforme a este tercer sentido, solo si la norma   jur&iacute;dica le confiere tal autoridad. Pero la norma jur&iacute;dica existe   solo si alguien con autoridad jur&iacute;dica crea tal norma.   &iquest;Qui&eacute;n, entonces, es la persona que crea estas normas que   confieren autoridad a <i>X</i>? No puede ser X, porque X no tiene autoridad   antes de quela norma se la confiera. Pero, si es alguien distinto a <i>X</i>,   entonces podemos preguntar acerca de esta persona las mismas cuestiones que   pregunt&aacute;bamos acerca de <i>X</i>. Esto nos lleva, o bien a un   c&iacute;rculo vicioso, o bien a un regreso infinito. Cfr. &quot;On   Hart's Way Out&quot;, <i>Legal Theory</i>, 4 (1998),454, reimpr. En <i>Readings     in the Philosophy of Law</i>, J. Coleman ed., New York, Garland, 2000, y con   revisiones en <i>Hart's Postscript to The Concept of Law</i>, J. Coleman ed.,   Oxford, OxfordUniversity Press, 2001.    <br>   <a name=num9></a><sup><a href="#nu9">9</a></sup>Ib&iacute;d.,   p. 22.    <br>   <a name=num10></a><sup><a href="#nu10">10</a></sup>Ib&iacute;d.    <br>   <a name=num11></a><sup><a href="#nu11">11</a></sup>Ib&iacute;d. No obstante,   cfr. tambi&eacute;n la discusi&oacute;n en la secci&oacute;n 2.2 siguiente.    <br>   <a name=num12></a><sup><a href="#nu12">12</a></sup>Ib&iacute;d.,   p. 25.    <br>   <a name=num13></a><sup><a href="#nu13">13</a></sup>Ib&iacute;d., pp.   28-29.    <br>   <a name=num14></a><sup><a href="#nu14">14</a></sup>Ib&iacute;d., p.   29.    <br>   <a name=num15></a><sup><a href="#nu15">15</a></sup>Ib&iacute;d.    <br>   <a name=num16></a><sup><a href="#nu16">16</a></sup>William Godwin, <i>Enquiry     concerning Political Justice</i>, K. Carter ed., Oxford, Clarendon Press, 1971,   p. 122. Versi&oacute;n   en lengua castellana: William Godwin, <i>Investigaci&oacute;n acerca de la     justicia pol&iacute;tica</i>, Espa&ntilde;a, J&uacute;car, 1986.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name=num17></a><sup><a href="#nu17">17</a></sup>Ib&iacute;d.    <br>   <a name=num18></a><sup><a href="#nu18">18</a></sup>. Kant, &quot;An   Answer to the Question: What is Enlightenment?&quot;, en H. Reiss (ed.), <i>Kant:     Political Writings</i>, Cambridge, Cambridge University Press, 1991. Versi&oacute;n en   lengua castellana: I. Kant, <i>&iquest;Qu&eacute; es la Ilustraci&oacute;n? Y     otros escritos de &eacute;tica, pol&iacute;tica y filosof&iacute;a de la     historia</i>, Espa&ntilde;a, Alianza Editorial, 2004.    <br>   <a name=num19></a><sup><a href="#nu19">19</a></sup>H.L.A.   Hart, &quot;Commands and Authoritative Legal Reasons&quot;, en <i>Essays on     Bentham</i>,Oxford, Clarendon Press, 1982, pp. 253-255.    <br>   <a name=num20></a><sup><a href="#nu20">20</a></sup>Cfr.   por ejemplo Wolff. Ob. Cit., p. 26 (&quot;El hombre aut&oacute;nomo, en tanto   aut&oacute;nomo, no est&aacute; sujeto a la voluntad de otro. &Eacute;l puede   hacer lo que el otro le dice, pero no <i>porque</i> el otro le haya dicho que   lo haga&quot;.    <br>   <a name=num21></a><sup><a href="#nu21">21</a></sup>Godwin.   Ob. Cit., p. 88.    <br>   <a name=num22></a><sup><a href="#nu22">22</a></sup>Godwin. Ob. Cit.,   p. 88.    <br>   <a name=num23></a><sup><a href="#nu23">23</a></sup>Wesley Newcombe   Hohfeld, &quot;Fundamental Legal Conceptions as Applied in Judicial   Reasoning&quot;, W.W. Cook ed., New Haven, Yale University Press, 1923, p. 35. Versi&oacute;n en   lengua castellana: Wesley Newcombe Hohfeld, <i>Conceptos jur&iacute;dicos     fundamentales</i>, M&eacute;xico, Fontamara, 1997.    <br>   <a name=num24></a><sup><a href="#nu24">24</a></sup>Robert   Ladenson, &quot;A Defense of a hobbesian Conception of Law&quot;, <i>Philosophy     and Public Affairs</i>, 9 (1980), reimpr. En <i>Authority</i>, cit.    <br>   <a name=num25></a><sup><a href="#nu25">25</a></sup>Ib&iacute;d., p. 38.    <br>   <a name=num26></a><sup><a href="#nu26">26</a></sup>Ib&iacute;d., p. 39.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name=num27></a><sup><a href="#nu27">27</a></sup>Cfr. esta afirmaci&oacute;n   con la propia caracterizaci&oacute;n de Hobbes de las directivas autoritativas:   &quot;Un mandado ocurre cuando un hombre dice a otro haz esto o no lo hagas sin   que se espere cualquier otra Raz&oacute;n que no sea la voluntad del que lo ha   dicho&quot;. Es decir, Hobbes asume los mandatos como Razones para la   acci&oacute;n independientes de su contenido. El &uacute;nico elemento   hobbesiano en la explicaci&oacute;n de Ladenson es, por consiguiente, la   justificaci&oacute;n que &eacute;l ofrece en relaci&oacute;n con la   coerci&oacute;n estatal, no la explicaci&oacute;n misma de la autoridad.    <br>   <a name=num28></a><sup><a href="#nu28">28</a></sup>Godwin. Ob. Cit., p. 120.    <br>   <a name=num29></a><sup><a href="#nu29">29</a></sup>Para una poderosa   presentaci&oacute;n de esta cr&iacute;tica, cfr. Joseph Raz, &quot;Authority   and Justification&quot;, en <i>Authority</i>, cit. Landenson podr&iacute;a   responder que la cooptaci&oacute;n del lenguage de la obligaci&oacute;n no   implica que las autoridades jur&iacute;dicas afirmen que sus sujetos   est&eacute;n moralmente obligados a cumplir. Dicho vocabulario de&oacute;ntico   podr&iacute;a ser usado puramente en un sentido t&eacute;cnico - <i>X</i> est&aacute; jur&iacute;dicamente obligado a hacer <i>A</i>, en este sentido   t&eacute;cnico, solo en caso de que exista una norma o normas jur&iacute;dicas   que exijan tal conducta. Para una discusi&oacute;n y defensa de esta   concepci&oacute;n sem&aacute;ntica de la obligaci&oacute;n jur&iacute;dica cfr.   H.L.A. Hart, &quot;Legal Duty and Obligation&quot;, en <i>Essays on Bentham</i>,   y Hart, supra nota 19, p. 266.    <br>   <a name=num30></a><sup><a href="#nu30">30</a></sup>Raz,   &quot;Introduction&quot;, en <i>Authority</i>, cit., p. 4.    <br>   <a name=num31></a><sup><a href="#nu31">31</a></sup>Plat&oacute;n, <i>The     Republic</i>, trad. Desmonde   lee, London, Penguin, 1955, p. 202. Para una expresi&oacute;n contempor&aacute;nea   de la explicaci&oacute;n epist&eacute;mica cfr. Heidi Hurd, &quot;Challenging   Authority&quot;, <i>Yale Law Journal</i>, 100 (1991), p. 1611. Versi&oacute;n   en castellano: Plat&oacute;n, <i>La Rep&uacute;blica</i>, 10&ordf; ed.,   Valencia, Universitat de Val&egrave;ncia, 1997.    <br>   <a name=num32></a><sup><a href="#nu32">32</a></sup>No obstante, la pericia   podr&iacute;a ser requerida con el objeto de identificar la existencia de   situaciones en las cuales la coordinaci&oacute;n es necesaria. Cfr.   Joseph Raz, &quot;Facing Up: A Reply&quot;, <i>Southern California Law Review</i>,   62 (1989), pp. 1153, 1192.    <br>   <a name=num33></a><sup><a href="#nu33">33</a></sup>Se   podr&iacute;a argumentar que en los problemas de coordinaci&oacute;n las   directivas autoritativas son Razones para creer que los otros actuar&aacute;n   con base en la soluci&oacute;n de coordinaci&oacute;n, aun cuando ella no sea   un consejo experto. Como se argumenta en la secci&oacute;n 6.3, las directivas   autoritativas no podr&iacute;an resolver los problemas de coordinaci&oacute;n   si, como se cree com&uacute;nmente, cada uno asume dichas directivas como   evidencia del comportamiento de los dem&aacute;s, y asume adem&aacute;s que   estos son racionales.    <br>   <a name=num34></a><sup><a href="#nu34">34</a></sup>Nota del trad.: Si bien   parece aceptable sostener que, conforme al uso dado en la teor&iacute;a de   Joseph Raz a la voz inglesa '<i>pre-emption</i>' -y sus voces relacionadas,   derivadas del infinitivo '<i>to pre-empt</i>'-, esta puede equivaler sin   demasiada distorsi&oacute;n a sus expresiones hom&oacute;logas en lengua   castellana 'sustituci&oacute;n' o 'reemplazo' (cfr., p. ej., Juan Carlos   Bay&oacute;n, &quot;Razones y reglas: sobre el concepto de 'Raz&oacute;n   excluyente' en Joseph Raz&quot;, <i>Doxa. Cuadernos de Filosof&iacute;a del     Derecho</i>, 10, 1991, 30; y &Aacute;ngeles R&oacute;denas Calatayud, <i>Sobre       la justificaci&oacute;n de la autoridad</i>, Madrid: Centro de Estudios   Constitucionales, 1996, p. 159), se han preferido para esta traducci&oacute;n   las voces derivadas de su contraparte hom&oacute;loga en lengua castellana   correspondiente al infinitivo 'prevalecer', esto por ser una traducci&oacute;n   mucho m&aacute;s fiel al uso literal. En efecto, seg&uacute;n el Diccionario de   la Real Academia de la Lengua Espa&ntilde;ola (<i>Diccionario de la Real     Academia de la Lengua Espa&ntilde;ola</i>, 22&ordf; ed., Madrid, Real Academia   de la Lengua Espa&ntilde;ola, 2001, versi&oacute;n online: <a href="http://www.rae.es" target="_blank">http://www.rae.es</a>), la voz   'prevalente' corresponde a aquello que es 'preponderante' o 'dominante', es   decir que el t&eacute;rmino aludir&iacute;a m&aacute;s bien, seg&uacute;n esta   traducci&oacute;n, a la caracter&iacute;stica intr&iacute;nseca o Raz&oacute;n   por la cual, en el campo de las Razones, algunas de ellas tienen la virtud de   'adelantarse a' u 'ocupar el lugar de' otras.    <br>   <a name=num35></a><sup><a href="#nu35">35</a></sup>Joseph   Raz, <i>The Morality of Freedom </i>(1986), p. 56.    <br>   <a name=num36></a><sup><a href="#nu36">36</a></sup>Ib&iacute;d., pp.   42-53.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name=num37></a><sup><a href="#nu37">37</a></sup>Ib&iacute;d., p.   48.    <br>   <a name=num38></a><sup><a href="#nu38">38</a></sup>Ib&iacute;d., p.   47.    <br>   <a name=num39></a><sup><a href="#nu39">39</a></sup>Ib&iacute;d., p.   53.    <br>   <a name=num40></a><sup><a href="#nu40">40</a></sup>Ib&iacute;d., pp.   73-75.    <br>   <a name=num41></a><sup><a href="#nu41">41</a></sup>Raz, <i>The     Morality of Freedom</i>, cit., p. 57.    <br>   <a name=num42></a><sup><a href="#nu42">42</a></sup>Ib&iacute;d.,   p. 58.    <br>   <a name=num43></a><sup><a href="#nu43">43</a></sup>Ib&iacute;d., p. 61.    <br>   <a name=num44></a><sup><a href="#nu44">44</a></sup>Ib&iacute;d., pp. 41-42.    <br>   <a name=num45></a><sup><a href="#nu45">45</a></sup>Ib&iacute;d., p. 42.    <br>   <a name=num46></a><sup><a href="#nu46">46</a></sup>Ib&iacute;d., p. 62   (&quot;Establecer que algo es claramente err&oacute;neo, no require repasar el   Razonamiento subyacente&quot;).    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name=num47></a><sup><a href="#nu47">47</a></sup>Ib&iacute;d.,   p. 75.    <br>   <a name=num48></a><sup><a href="#nu48">48</a></sup>Raz, <i>The     Morality of Freedom</i>, cit., p. 39.    <br>   <a name=num49></a><sup><a href="#nu49">49</a></sup>Joseph Raz, <i>The     Authority of Law</i>, Oxford, Clarendon Press, 1979, p. 27.50     <br>   <a name=num50></a><sup><a href="#nu50">50</a></sup>Ib&iacute;d.    <br>   <a name=num51></a><sup><a href="#nu51">51</a></sup><i>Authority</i>, cit., p. 135.    <br>   <a name=num52></a><sup><a href="#nu52">52</a></sup>La teor&iacute;a de Raz es   notablemente similar a la presentaci&oacute;n que hace Rawls del utilitarismo   de las normas. Cfr. John Rawls, &quot;Two Concepts of Rules&quot;, en <i>Theories     of Ethics</i>, Philippa Foot ed., Oxford, Oxford University Press, 1967.    <br>   <a name=num53></a><sup><a href="#nu53">53</a></sup>Cfr., p. ej.,   J.J.C. Smart, &quot;Outline of a Theory of Utilitarian Ethics&quot;, en <i>Utilitarianism:     For and Against</i>, J.J.C. Smart y Bernard Williams eds., Cambridge, Cambridge   University Press, 1973.    <br>   <a name=num54></a><sup><a href="#nu54">54</a></sup>Hurd,   &quot;Challenging Authority&quot;, cit., p. 1624. Cfr. tambi&eacute;n D.S.   ClarkeJr., &quot;Exclusionary Reasons&quot;, <i>Mind</i>, 62 (1977), p. 253.    <br>   <a name=num55></a><sup><a href="#nu55">55</a></sup>Leslie Green, <i>The     Authority of the State </i>(1988), pp. 113-114. Para an&aacute;lisis similares   cfr. Donald Regan, &quot;Authority and Value: Reflections on Raz's Morality of   Freedom&quot;, <i>Southern California Law Review</i>, 62 (1989), pp. 995, 1027;   Heidi Hurd, &quot;Sovereignty in Silence&quot;, <i>Yale Law Journal</i>, 99   (1990), pp. 1016-1019; Larry Alexander, &quot;Law and Exclusionary   Reasons&quot;, <i>Philosophical Topics</i>, 7 (1990), p. 18.    <br>   <a name=num56></a><sup><a href="#nu56">56</a></sup>Stephen Perry,   &quot;Second Order Reasons, Uncertainty and Legal Theory&quot;, <i>Southern     California Law Review</i>, 62 (1989), p. 913. Cfr. Tambi&eacute;n Stephen   Perry, &quot;Judicial Obligation, Precedent and the Common Law&quot;, <i>Oxford     Journal of Legal Studies</i>, 7 (1987), p. 215.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name=num57></a><sup><a href="#nu57">57</a></sup>Cfr. Perry,   &quot;Second Order Reasons, Uncertainty and Legal Theory&quot;, cit., p. 94.    <br>   <a name=num58></a><sup><a href="#nu58">58</a></sup>fr. Fred Schauer, <i>Playing     by the Rules: An Examination of Rule-Based Decision-Making in Law and in Life </i>(1991),   p. 91.    <br>   <a name=num59></a><sup><a href="#nu59">59</a></sup>Cfr., por ejemplo,   Stephen Perry, &quot;Judicial Obligation&quot;, cit.; Schauer. Ob. Cit., p. 91.    <br>   <a name=num60></a><sup><a href="#nu60">60</a></sup>Michael Moore,   &quot;Authority, Law and Razian Reasons&quot;, <i>Southern California Law     Review</i>, 62 (1989), pp. 827, 867. Cfr. tambi&eacute;n, Perry. Ob. Cit., p.   963.    <br>   <a name=num61></a><sup><a href="#nu61">61</a></sup>Sin duda, las directivas   autoritativas pueden ayudar a coordinar el comportamiento entre los jugadores   de forma tal que cada uno pueda actuar sobre la base de la misma   soluci&oacute;n cooperativa. Las directivas podr&iacute;an incluso hacer que   los jugadores fueran conscientes de que ellos se encuentran inmersos en un   dilema del prisionero. No obstante, las autoridades no ser&iacute;anla   soluci&oacute;n <i>per se</i> al dilema del prisionero, sino m&aacute;s bien   los problemas de coordinaci&oacute;n o los d&eacute;ficits de   informaci&oacute;n.    <br>   <a name=num62></a><sup><a href="#nu62">62</a></sup>Como Sidney Morgenbesser me   coment&oacute;, la gente como larry, que sabe lo que debe hacer, pero es   incapaz de hacerlo, es conocida en Y&iacute;dish como 'Schlemiel'.    <br>   <a name=num63></a><sup><a href="#nu63">63</a></sup>Cfr., por ejemplo, Stanley   Milgram, <i>Obedience to Authority</i>, New York, Harper &amp;Row, 1974, p. 134   (&quot;Ya que el cambio ag&eacute;ntico es en gran parte un estado de la mente,   algunos dir&aacute;n que este cambio de actitud no es una alteraci&oacute;n   real en el estado de la persona. No obstante, argumentar&iacute;a que estos   cambios en los individuos son precisamente equivalentes a aquellas mayores   alteraciones en los sistemas l&oacute;gicos del aut&oacute;mata anteriormente   considerado. Desde luego, no tenemos interruptores de palanca que salgan de   nuestro cuerpo, y los cambios son efectuados de manera sin&aacute;ptica, pero   esto no los hace menos reales&quot;). No obstante, cfr. la secci&oacute;n 6.4,   en lacual argumento que existen diferencias importantes entre la   sumisi&oacute;n autoritativa y el compromiso previo.    <br>   <a name=num64></a><sup><a href="#nu64">64</a></sup>He complementado los   argumentos que presento en esta secci&oacute;n gracias a los comentarios de   Bruce Ackerman.    <br>   <a name=num65></a><sup><a href="#nu65">65</a></sup>Cfr.,   por ejemplo, R. Duncan Luce y Howard Raiff a, <i>Games and Decisions</i>, New   York, Dove Publishing, 1958, cap. 13.    <br>   <a name=num66></a><sup><a href="#nu66">66</a></sup>Cfr. Isaac Levi,   &quot;On Indeterminate Probabilities&quot;, en <i>Decisions and Revisions</i>,   Cambridge, Cambridge University Press, 1984.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name=num67></a><sup><a href="#nu67">67</a></sup>Condicionalizaci&oacute;n   bayesiana: sea <i>p</i>(&middot;) la funci&oacute;n de probabilidad de <i>X</i> y <i>p</i>(&middot;) la funci&oacute;n de probabilidad resultante cuando <i>X </i>le   atribuye a <i>e </i>el ser verdadera e incorpora a <i>e<sup>e </sup></i>en su   teor&iacute;a b&aacute;sica. Entonces <i>p<sub>e</sub></i>(<i>h</i>) = &#91;<i>p</i>(<i>e</i>/<i>h</i>)   * <i>p</i>(<i>h</i>)&#93; / <i>p</i>(<i>e</i>) &middot; <i>p</i>(<i>h</i>) es   conocida como la probabilidad anterior de <i>h</i>, <i>p<sub>e</sub></i>(<i>h</i>)   es conocida como la pobabilidad posterior de <i>h</i> dado <i>e</i> y <i>p</i>(<i>e</i>/<i>h</i>)   es conocida como la probabilidad de <i>e</i> dado <i>h. </i>    <br>   <a name=num68></a><sup><a href="#nu68">68</a></sup>Cfr. por   ejemplo Isaac Levi, <i>The Enterprise of Knowledge</i>, Cambridge, Mass., mit   Press, 1980, pp. 296-298, 399-423. Cfr. Tambi&eacute;n Isaac Levi,   &quot;Induction as Self Correcting According to Peirce&quot;, en <i>Science,     Belief and Behavior</i>, Hugh Mellor ed., Cambridge, Cambridge Universiversity   Press, 1980, p. 127.    <br>   <a name=num69></a><sup><a href="#nu69">69</a></sup>Antonio   deber&iacute;a aceptar <i>h</i> como verdadero solo si toda admisible   distribuci&oacute;n de probabilidad atribuye a <i>h </i>un valor de   probabilidad que exceda el valor del umbral que sea apropiado para la   aceptaci&oacute;n.    <br>   <a name=num70></a><sup><a href="#nu70">70</a></sup>Uno de los ejemplos de   Schelling de juegos de 'motivos mixtos' implica el caso de la guerra   qu&iacute;mica. Dado que las naciones que intervinieron en la Segunda Guerra   Mundial ten&iacute;an inter&eacute;s en limitar el n&uacute;mero de   v&iacute;ctimas resultantes, fue conocido que todas las partes estimaban como   deseable una cierta moderaci&oacute;n mutua en el uso del gas nervioso. El n&uacute;mero,   no obstante, de posibles prohibiciones fue considerable; por ejemplo: 'se   proh&iacute;be el uso del gas', 'solo se permite el uso de alg&uacute;n tipo de   gas', 'se permite el uso del gas solo en caso de que se trate de personal   militar', 'el uso de gas est&aacute; permitido solo en caso de defensa propia'.   La comunicaci&oacute;n entre las distintas facciones en guerra fue imposible al   principio del conflicto y las pruebas acerca de las distintas opciones no   pudieron ser obtenidas; adem&aacute;s, un fallo en la coordinaci&oacute;n pudo   haber impedido la cooperaci&oacute;n subsecuente (es dif&iacute;cil para un   ej&eacute;rcito constre&ntilde;irse a s&iacute; mismo de gasear a otro, si este   &uacute;ltimo acaba de ejecutar dicha acci&oacute;n sobre &eacute;l). El   resultado fue la negociaci&oacute;n t&aacute;cita. De todas las reglas que pod&iacute;an   ser seleccionadas, la prohibici&oacute;n absoluta del uso del gas nervioso fue   la m&aacute;s simple. Cada parte conjetur&oacute; que la otra escoger&iacute;a   la regla, que la otra pod&iacute;a conjeturar, que ellas conjeturar&iacute;an,   y debido a que una regla era la m&aacute;s sobresaliente por su simplicidad,   sirvi&oacute; de punto focal para el acuerdo.    <br>   <a name=num71></a><sup><a href="#nu71">71</a></sup>Thomas   Schelling, <i>The Strategy of Conflict</i>, Cambridge, Mass., Harvard   University Press, 1960, p. 67.    <br>   <a name=num72></a><sup><a href="#nu72">72</a></sup>Mientras   que con un mecanismo de se&ntilde;alizaci&oacute;n 'unilateral' la   se&ntilde;alizaci&oacute;n es realizada con el objeto de coordinar las acciones   de los miembros de la audiencia, con un mecanismo 'bilateral' la   transmisi&oacute;n est&aacute; destinada a coordinar las acciones del   comunicador y la audiencia. Cfr., en general, David Lewis, <i>Convention</i>,   Cambridge, Mass., Harvard University Press, 1969, p. 122, <i>passim</i>.    <br>   <a name=num73></a><sup><a href="#nu73">73</a></sup>Esta   secci&oacute;n es una adaptaci&oacute;n de la secci&oacute;n 7 de &quot;The   Difference That Rules Make&quot;,<i>Analyzing Law: New Essays in Legal Theory</i>,   B. Bix ed., Oxford, Clarendon Press, 1998.    <br>   <a name=num74></a><sup><a href="#nu74">74</a></sup>Milgram. Ob. Cit., pp.   148-149.    <br>   <a name=num75></a><sup><a href="#nu75">75</a></sup>Ib&iacute;d., p. 129.    <br>   <a name=num76></a><sup><a href="#nu76">76</a></sup>O deber&iacute;a decir   'resurgido', debido a que la concepci&oacute;n del servicio fue un importante   tema en el pensamiento pol&iacute;tico cl&aacute;sico.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name=num77></a><sup><a href="#nu77">77</a></sup>Adem&aacute;s de estas dos   explicaciones, podr&iacute;amos imaginar un tercer modelo mixto de autoridad.   El 'modelo mixto' es una combinaci&oacute;n disyuntiva del modelo de   mediaci&oacute;n y el de arbitraje. Tal modelo legitima la autoridad solo en   caso de que ella, o bien medie de manera exitosa entre las Razones y las   personas, o bien genere el compromiso a nombre de los sujetos para que estos   cumplan, mediante las determinaciones que la autoridad realmente genera, la   obligaci&oacute;n moral de obedecer.    <br>   <a name=num78></a><sup><a href="#nu78">78</a></sup>424 US 1   (1976).    <br>   <a name=num79></a><sup><a href="#nu79">79</a></sup>Cfr. por ejemplo   Ronald Dworkin, &quot;The Curse of American Politics&quot;, <i>New York Review     of Books</i>, 17 de octubre de 1996, p. 19; David A. Strauss, &quot;Corruption,   Equality and Campaign Finance Reform&quot;, <i>Columbia Law Review</i>, 94   (1994), 1369; Cass R. Sunstein, <i>Democracy and the Problem of Free Speech</i>,   New York, The Free Press, 1993, pp. 94-101; John Rawls, <i>Political Liberalism</i>,   New York, Columbia University Press, 1993, pp. 356-363.    <br>   <a name=num80></a><sup><a href="#nu80">80</a></sup>Es   justo decir que la mayor&iacute;a de los comentadores creen que el fallo <i>Buckley </i>fue una decisi&oacute;n err&oacute;nea y fomentan su anulaci&oacute;n. En   adici&oacute;n a las fuentes citadas en la nota al pie de p&aacute;gina   anterior cfr. C. Edwin Baker, &quot;Campaign Expenditures and Free Speech&quot;, <i>Harv. C. R.-C. L. L. Rev.</i>, 33 (1998), p. L; Owen M. Fiss, &quot;Money   and Politics&quot;, <i>Columbia Law Review</i>, 97 (1977), p. 2470; Edward B.   Foley, &quot;Equal-Dollars-Per-Voter: A Constitutional Principle of Campaign   Finance&quot;, <i>Columbia Law Review</i>, 94 (1994), p. 1204; Richard L.   Hasen, &quot;Clipping Coupons for Democracy: An Egalitarian/Public Choice   Defense of Campaign Finances Vouchers&quot;, <i>California Law Review</i>, 84   (1996), p. 1; Burt Neuborne, &quot;Burckly's Analytical Flaws&quot;, <i>J.L.   &amp; Pol'y</i>, 6(1997), p. 111. Para una propuesta de reforma fascinante,   seg&uacute;n la cual no se requiere la anulaci&oacute;n del fallo <i>Buckley</i>,   cfr. Bruce Ackerman and Ian Ayres, <i>Voting with Dollars:A new Paradigm for     Campaign Finance</i>, New Haven, Yale University Press, 2004.    <br>   <a name=num81></a><sup><a href="#nu81">81</a></sup>Cfr. por   ejemplo Robert Nozick, <i>Anarchy, State, and Utopia</i>, New York, Basic   Books, 1974, pp. 90-96. Versi&oacute;n   en castellano: Robert Nozick, <i>Anarqu&iacute;a, Estado y Utop&iacute;a</i>,   M&eacute;xico, Fondo de Cultura Econ&oacute;mica, 1990.    <br>   <a name=num82></a><sup><a href="#nu82">82</a></sup>Ignoro en este punto el caso   del denominado 'exilio interior', cuyo inter&eacute;s para la libertad personal   se encuentra en que no depende de un esquema de cooperaci&oacute;n social   preexistente para su satisfacci&oacute;n.    <br>   <a name=num83></a><sup><a href="#nu83">83</a></sup>Para una perspectiva similar   acerca de la naturaleza de la obligaci&oacute;n que los gobernantes   democr&aacute;ticos imponen a sus ciudadanos, cfr. Thomas Christiano, <i>The     Rule of the Many</i>, Boulder, Colo., Westview Press, 1996.    <br>   <a name=num84></a><sup><a href="#nu84">84</a></sup>Learned   Hand, <i>The Bill of Rights</i>, Cambridge, Harvard University Press, 1958,   pp.73-74.</P> <HR>      <p><B><font size="3">Referencias</font></B></p>     <!-- ref --><p>Ackerman, Bruce and Ayres, Ian. <I>Voting with Dollars: A new Paradigm for Campaign Finance</I> (New Haven: Yale University Press, 2004).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000412&pid=S0122-9893201300020000100001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Alexander, Larry. 'Law and Exclusionary Reasons', <I>Philosophical Topics</I>, 7 (1990), 18.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000414&pid=S0122-9893201300020000100002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Baker, C. Edwin. 'Campaign Expenditures and Free Speech', <I>Harv. C. R.-C. L. L. Rev.</I>, 33 (1998), 1.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000416&pid=S0122-9893201300020000100003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Christiano, Thomas. <I>The Rule of the Many </I>(Boulder, Colo.: Westview Press, 1996).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000418&pid=S0122-9893201300020000100004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Clarke, D.S. Jr., 'Exclusionary Reasons', <I>Mind</I>, 62 (1977), 253.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000420&pid=S0122-9893201300020000100005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Dworkin, Ronald. 'The Curse of American Politics', <I>New York Review of Books </I>(17 oct. 1996), 19.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000422&pid=S0122-9893201300020000100006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Fiss, Owen M. 'Money and Politics', <I>Columbia Law Review</I>, 97 (1977), 2470.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000424&pid=S0122-9893201300020000100007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Foley, Edward B. 'Equal-Dollars-Per-Voter: A Constitutional Principle of Campaign Finance', <I>Columbia Law Review</I>, 94 (1994), 1204.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000426&pid=S0122-9893201300020000100008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Hart, H.L.A. 'Legal Duty and Obligation', en <I>Essays on Bentham</I> (Oxford: Clarendon Press, 1982) ,127.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000428&pid=S0122-9893201300020000100009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Hart, H.L.A. 'Commands and Authoritative Legal Reasons', en <I>Essays on Bentham </I>(Oxford: Clarendon Press, 1982), 253.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000430&pid=S0122-9893201300020000100010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Hasen, Richard L. 'Clipping Coupons for Democracy: An Egalitarian/Public Choice Defense of Campaign Finances Vouchers', <I>California Law Review</I>, 84 (1996), 1.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000432&pid=S0122-9893201300020000100011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Hohfeld, Wesley Newcombe. 'Fundamental Legal Conceptions as Applied in Judicial Reasoning', ed. W.W. Cook (New Haven: Yale University Press, 1923). Versi&oacute;n en lengua castellana: Hohfeld, Wesley Newcombe. <I>Conceptos jur&iacute;dicos fundamentales </I>(M&eacute;xico: Editorial Fontamara, 1997).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000434&pid=S0122-9893201300020000100012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Godwin, William. <I>Enquiry concerning Political Justice</I>, ed. K. Carter (Oxford: Clarendon Press, 1971). Versi&oacute;n en lengua castellana: Godwin, William. <I>Investigaci&oacute;n acerca de la justicia pol&iacute;tica</I>, (Espa&ntilde;a: Editorial Jucar, 1986).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000436&pid=S0122-9893201300020000100013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Green, Leslie. <I>The Authority of the State </I>(1988).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000438&pid=S0122-9893201300020000100014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Hurd, Heidi. 'Challenging Authority', <I>Yale Law Journal</I>, 100 (1991), 1611.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000440&pid=S0122-9893201300020000100015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Hurd, Heidi. 'Sovereignty in Silence', <I>Yale Law Journal</I>, 99 (1990), 1016.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000442&pid=S0122-9893201300020000100016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Kant, Inmanuel. 'An Answer to the Question: What is Enlightenment?', en H. Reiss (ed.), <I>Kant: Political Writings </I>(Cambridge: Cambridge University Press, 1991). Versi&oacute;n en lengua castellana: Kant, inmanuel. <I>&iquest;Qu&eacute; es la Ilustraci&oacute;n? y otros escritos de &eacute;tica, pol&iacute;tica y filosof&iacute;a de la historia</I> (Espa&ntilde;a: Alianza Editorial, 2004).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000444&pid=S0122-9893201300020000100017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Ladenson, Robert. 'A Defense of a hobbesian Conception of Law', <I>Philosophy and Public Affairs</I>, 9 (1980).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000446&pid=S0122-9893201300020000100018&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Levi, Isaac. 'On Indeterminate Probabilities', in <I>Decisions and Revisions </I>(Cambridge: Cambridge University Press, 1984).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000448&pid=S0122-9893201300020000100019&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Levi, Isaac. <I>The Enterprise of Knowledge </I>(Cambridge, Mass: mit Press, 1980).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000450&pid=S0122-9893201300020000100020&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Levi, Isaac. 'Induction as Self Correcting According to Peirce', in <I>Science, Belief and Behavior</I>, ed. Hugh Mellor (Cambridge: Cambridge Universiversity Press, 1980).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000452&pid=S0122-9893201300020000100021&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Iewis, David. <I>Convention </I>(Cambridge, Mass.: Harvard University Press, 1969).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000454&pid=S0122-9893201300020000100022&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Luce, R. Duncan y Raiffa, Howard. <I>Games and Decisions </I>(New York: Dove Publishing, 1958).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000456&pid=S0122-9893201300020000100023&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Milgram, Stanley. <I>Obedience to Authority </I>(New York: Harper &amp; Row, 1974), 134 &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000458&pid=S0122-9893201300020000100024&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Moore, Michael. 'Authority, Law and Razian Reasons', <I>Southern California Law Review</I>,62 (1989), 827.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000459&pid=S0122-9893201300020000100025&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Neuborne, Burt. 'Burckly's Analytical Flaws', <I>J.L. &amp; Pol'y</I>, 6 (1997), 111.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000461&pid=S0122-9893201300020000100026&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Nozick, Robert. <I>Anarchy, State, and Utopia</I> (New York: Basic Books, 1974). Versi&oacute;n en lengua castellana: Nozick, Robert. <I>Anarqu&iacute;a, Estado y Utop&iacute;a</I> (M&eacute;xico: Fondo de Cultura Econ&oacute;mica, 1990).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000463&pid=S0122-9893201300020000100027&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Perry, Stephen. 'Second Order Reasons, Uncertainty and Legal Theory', <I>Southern California Law Review</I>, 62 (1989), 913.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000465&pid=S0122-9893201300020000100028&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Perry, Stephen. 'Judicial Obligation, Precedent and the Common Law', <I>Oxford Journal of Legal Studies</I>, 7 (1987), 215.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000467&pid=S0122-9893201300020000100029&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Plat&oacute;n. <I>The Republic</I>, trad. Desmonde Lee (London: Penguin, 1955). Versi&oacute;n en lengua castellana: Plat&oacute;n. La Rep&uacute;blica, 10&ordf; ed. (Valencia: Servei de Publicacions. Universitat de Val&egrave;ncia, 1997).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000469&pid=S0122-9893201300020000100030&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Raz, Joseph. 'Introduction' en <I>Authority</I>, Ed. Joseph Raz (New York: New York University Press, 1990).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000471&pid=S0122-9893201300020000100031&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Raz, Joseph. 'Facing Up: A Reply', <I>Southern California Law Review</I>, 62 (1989), 1153.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000473&pid=S0122-9893201300020000100032&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Raz, Joseph. <I>The Morality of Freedom </I>(1986).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000475&pid=S0122-9893201300020000100033&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Raz, Joseph. <I>The Authority of Law </I>(Oxford: Clarendon Press, 1979).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000477&pid=S0122-9893201300020000100034&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Rawls, John. 'Two Concepts of Rules', en <I>Theories of Ethics</I>, ed. Philippa Foot (Oxford: Oxford University Press, 1967).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000479&pid=S0122-9893201300020000100035&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Regan, Donald. 'Authority and Value: Reflections on Raz's Morality of Freedom', <I>Southern </I><I>California Law Review</I>, 62 (1989), 995.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000481&pid=S0122-9893201300020000100036&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Rawls, John. <I>Political Liberalism </I>(New York: Columbis University Press, 1993).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000483&pid=S0122-9893201300020000100037&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Schauer, Fred. <I>Playing by the Rules: An Examination of Rule-Based Decision-Makingin Law and in Life </I>(1991).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000485&pid=S0122-9893201300020000100038&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Schelling, Thomas. <I>The Strategy of Conflict </I>(Cambridge, Mass.: Harvard University Press, 1960).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000487&pid=S0122-9893201300020000100039&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Shapiro, Scott. 'On Hart's Way Out', <I>Legal Theory</I>, 4 (1998), reimpreso en <I>Readings in the Philosophy of Law</I>, Ed. J. Coleman (New York: Garland Publishing, 2000) y con revisiones en Hart's Postscript to The Concept of Law, Ed. J. Coleman (Oxford: Oxford University Press, 2001).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000489&pid=S0122-9893201300020000100040&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Shapiro, Scott. 'The Difference That Rules Make', <I>Analyzing Law: New Essays in Legal Theory</I>, ed. B. Bix (Oxford: Clarendon Press, 1998).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000491&pid=S0122-9893201300020000100041&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Smart, J.J.C. 'Outline of a Theory of Utilitarian Ethics', en <I>Utilitarianism: For and Against</I>,ed. J.J.C. Smart and Bernard Williams (Cambridge: Cambridge University Press, 1973).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000493&pid=S0122-9893201300020000100042&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Strauss, David A. 'Corruption, Equality and Campaign Finance Reform', <I>Columbia Law Review</I>, 94 (1994), 1369.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000495&pid=S0122-9893201300020000100043&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Sunstein, Cass R. <I>Democracy and the Problem of Free Speech </I>(New York; The Free Press, 1993).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000497&pid=S0122-9893201300020000100044&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>     <!-- ref --><p>Wolff, Robert Paul. 'The Conflict between Authority and Autonomy' en <I>Authority</I>, Ed. Joseph Raz (New York: New York University Press, 1990).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000499&pid=S0122-9893201300020000100045&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> </p>  </font>      ]]></body><back>
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