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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Impacto de los costos de administración y de los periodos cesantes en la construcción de beneficios pensionales de los afiliados al Régimen de Ahorro Individual en Colombia]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[The reforms to pension systems in Latin America have been marked by the introduction of defined contribution systems with individual capitalization and private administration. Within the assumptions made in the formulation of the reforms it was suggested that the private provision would improve the coverage and the competition would reduce the high administrative costs that presented the defined benefit systems. At present, various studies show that many of the assumptions and objectives that supported the reforms have not been achieved. A frequent criticism indicates that existing systems exhibit high administration costs and the eficiency gain is not transferred to afiliates as lower prices, but that are appropriate for the fund managers. Based on the mentioned above, it is sought in this paper to contrast this criticism to the Colombian case. The efect of administration costs and variables such as the densities of contributions on the construction of pensional benefts to the afiliated to the individual savings system will be analyzed.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="pt"><p><![CDATA[Reformas aos sistemas de pensões em América Latina têm se caracterizado pela introdução de esquemas de contribuição definidos com capitalização individual e administração privada. Dentro dos supostos realizados na formulação das reformas expôsse que a provisão privada melhoraria a cobertura e veiculado pela concorrência reduziriam os altos custos administrativos que registravamos sistemas de previdência definidos. Na atualidade, diversos estudos assinalam que muitos dos supostos e objetivos que respaldaram ditas reformas ainda não se conseguiram. Uma crítica freqüente aponta que os atuais sistemas mostram custos de administração elevados, mas os ganhos em eficiência não se transfierem aos afiliados em forma de preços menores, porém, são apropriados pelas administradoras dos fundos. Do acima exposto, este artigo pretende comparar essas críticas para o caso colombiano, através da análise do efeito dos custos de administração e de variáveis como densidades de cotação na construção dos benefícios das pensões para afiliados do regime de poupança individual.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[  <font size="2" face="verdana">      <p align="center"><font size="4"><b>Impacto de los costos de administraci&oacute;n y de los periodos cesantes en la construcci&oacute;n de beneficios pensionales de los afiliados al R&eacute;gimen de Ahorro Individual en Colombia<sup>*</sup></b></font></p>     <p>    <center>Flor Esther Salazar Guatibonza<sup>1</sup></center></p>     <p><sup>*</sup> Este documento toma los planteamientos realizados en el cap&iacute;tulo tres de la tesis presentada por la autora para optar grado de la Maestr&iacute;a en Econom&iacute;a de la Universidad Nacional de Colombia.    <br> <sup>1</sup>Mag&iacute;ster en Ciencias Econ&oacute;micas de la Universidad Nacional de Colombia. Actualmente se desempe&ntilde;a como docente de tiempo completo en la Universidad Central y es miembro del Observatorio de la Econom&iacute;a Latinoamericana (Odelac) de la misma universidad. Correo electr&oacute;nico: <a href="mailto:fesalazarg@gmail.com"><u>fesalazarg@gmail.com</u></a>, <a href="mailto:fsalazarg@ucentral.edu.co"><u>fsalazarg@ucentral.edu.co</u></a></p>      <p>Fecha de recepci&oacute;n: 16 de noviembre de 2010. Fecha de aprobaci&oacute;n: 14 de diciembre de 2010</p> <hr>     <p align="center"><b>Para citar este art&iacute;culo:</b></p>     <p>Salazar Guatibonza, Flor Esther (2010). Impacto de los costos de administraci&oacute;n y de los periodos cesantes en la construcci&oacute;n de beneficios pensi&oacute;nales de los afiliados al R&eacute;gimen de Ahorro Indivudual en Colombia. Cuadernos de Contabilidad 11 (29), 413 - 443.</p> <hr>     <p><font size="3"><b>Resumen </b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Las reformas a los sistemas de pensiones en Am&eacute;rica Latina se han caracterizado por la introducci&oacute;n de esquemas de contribuciones definidas con capitalizaci&oacute;n individual<a name="nota1"></a><a href="#nota_1"><sup>1</sup></a> y administraci&oacute;n privada. Dentro de los supuestos realizados en la formulaci&oacute;n de las reformas se plante&oacute; que la provisi&oacute;n privada mejorar&iacute;a la cobertura y v&iacute;a competencia se reducir&iacute;an los altos costos administrativos que presentaban los sistemas de prestaciones definidas. En la actualidad, diversos estudios se&ntilde;alan que muchos de los supuestos y objetivos que respaldaron dichas reformas no se han logrado; una cr&iacute;tica frecuente apunta a que los actuales sistemas exhiben costos de administraci&oacute;n elevados y que las ganancias en eficiencia no se transfieren a los afiliados como menores precios sino que son apropiadas por las administradoras de los fondos<a name="nota2"></a><a href="#nota_2"><sup>2</sup></a>. A partir de lo anterior, este art&iacute;culo busca contrastar tal cr&iacute;tica para el caso colombiano, mediante el an&aacute;lisis del efecto de los costos de administraci&oacute;n y de variables como las densidades de cotizaci&oacute;n sobre la construcci&oacute;n de beneficios pensionales para los afiliados al r&eacute;gimen de ahorro individual.</p>     <p><b>Palabras clave </b>Cuentas individuales, capitalizaci&oacute;n, fondos de pensiones, costos de administraci&oacute;n en fondos privados de pensiones.</p>     <p><b>Palabras clave descriptor </b>Fondos de pensiones, administradoras de fondos de pensiones, cuentas de personas retiradas.</p> <hr>     <p><font size="3"><b>Abstract </b></font></p>     <p>The reforms to pension systems in Latin America have been marked by the introduction of defined contribution systems with individual capitalization and private administration. Within the assumptions made in the formulation of the reforms it was suggested that the private provision would improve the coverage and the competition would reduce the high administrative costs that presented the defined benefit systems. At present, various studies show that many of the assumptions and objectives that supported the reforms have not been achieved. A frequent criticism indicates that existing systems exhibit high administration costs and the eficiency gain is not transferred to afiliates as lower prices, but that are appropriate for the fund managers. Based on the mentioned above, it is sought in this paper to contrast this criticism to the Colombian case. The efect of administration costs and variables such as the densities of contributions on the construction of pensional benefts to the afiliated to the individual savings system will be analyzed.</p>     <p><b>Key words </b>Individual accounts, capitalization, pension funds, administration costs in private pension funds.</p>     <p><b>Key words plus </b>Pensi&oacute;n funds, Administrators of bottoms of pensions, Individual retirement accounts.</p> <hr>     <p><font size="3"><b>Resumo </b></font></p>     <p>Reformas aos sistemas de pens&otilde;es em Am&eacute;rica Latina t&ecirc;m se caracterizado pela introdu&ccedil;&atilde;o de esquemas de contribui&ccedil;&atilde;o definidos com capitaliza&ccedil;&atilde;o individual e administra&ccedil;&atilde;o privada. Dentro dos supostos realizados na formula&ccedil;&atilde;o das reformas expôsse que a provis&atilde;o privada melhoraria a cobertura e veiculado pela concorr&ecirc;ncia reduziriam os altos custos administrativos que registravamos sistemas de previd&ecirc;ncia definidos. Na atualidade, diversos estudos assinalam que muitos dos supostos e objetivos que respaldaram ditas reformas ainda n&atilde;o se conseguiram. Uma cr&iacute;tica freqüente aponta que os atuais sistemas mostram custos de administra&ccedil;&atilde;o elevados, mas os ganhos em efici&ecirc;ncia n&atilde;o se transfierem aos afiliados em forma de pre&ccedil;os menores, por&eacute;m, s&atilde;o apropriados pelas administradoras dos fundos. Do acima exposto, este artigo pretende comparar essas cr&iacute;ticas para o caso colombiano, atrav&eacute;s da an&aacute;lise do efeito dos custos de administra&ccedil;&atilde;o e de vari&aacute;veis como densidades de cota&ccedil;&atilde;o na constru&ccedil;&atilde;o dos benef&iacute;cios das pens&otilde;es para afiliados do regime de poupan&ccedil;a individual.</p>     <p><b>Palavras-chave </b>Contas individuais, capitaliza&ccedil;&atilde;o, fundos de pens&otilde;es, custos de administra&ccedil;&atilde;o em fundos privados de pens&otilde;es.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Palavras-chave descritores </b>Fundos de pens&atilde;o, gestores de fundos de pens&atilde;o, contas de aposentados.</p> <hr>     <p><font size="3"><b>I. Introducci&oacute;n</b></font></p>     <p>A finales del siglo XX, uno de los principales debates que surgi&oacute; en el tema de seguridad social se refiere al sistema de pensiones tradicional de car&aacute;cter estatal y a su insostenibilidad. Las nuevas circunstancias econ&oacute;micas y sociales han hecho que los sistemas de pensiones, que caracterizaron el antiguo estado de bienestar, sean objeto de fuertes discusiones en todos los pa&iacute;ses, y que, en los &uacute;ltimos decenios, se haya buscado introducir la participaci&oacute;n privada y liberar la protecci&oacute;n social de la provisi&oacute;n estatal.</p>     <p>Las reformas en Am&eacute;rica Latina se fundamentaron en los planteamientos del Banco mundial (1994), catalogados por Lo Vuolo (1996) como la nueva ortodoxia previsional. Dentro de los principales supuestos te&oacute;ricos de esta nueva ortodoxia se encuentra el establecimiento de sistemas de capitalizaci&oacute;n individual de contribuciones definidas con administraci&oacute;n privada, esquema bajo el cual los riesgos se asumen de manera individual, es decir, cada individuo es responsable de su propia "seguridad".</p>     <p>Bajo esta nueva concepci&oacute;n, cobran especial importancia los efectos econ&oacute;micos que pueden tener las pol&iacute;ticas en materia de pensiones, se busca que el desempe&ntilde;o macroecon&oacute;mico no sea afectado por las pol&iacute;ticas que se tomen en el orden de lo social.</p>    <blockquote>     <p>El postulado central de esta ortodoxia, identificada principalmente con el documento del Banco Mundial (1994) "Envejecimiento sin crisis", es que los sistemas p&uacute;blicos de previsi&oacute;n social basados en el principio de reparto, son "econ&oacute;micamente ineficientes" y "socialmente injustos". Por ello, se recomienda directamente abandonarlos (o bien acotarlos al pago de prestaciones muy reducidas). Se postula tambi&eacute;n que la instituci&oacute;n de previsi&oacute;n social no deber&iacute;a tener como funci&oacute;n la redistribuci&oacute;n de ingresos, sino la acumulaci&oacute;n de ahorros y el fomento del mercado de capitales, entendiendo que de este modo se favorecer&iacute;a el crecimiento y se generar&iacute;a un c&iacute;rculo virtuoso de mayores salarios, mayor ahorro, mejores beneficios futuros (Goldbreg, 2005, p. 6).</p></blockquote>      <p>La implantaci&oacute;n de este tipo de esquemas implica toda una serie de presupuestos te&oacute;ricos en cuanto al desempe&ntilde;o del sistema se refiere. Dentro de los supuestos realizados en la formulaci&oacute;n de las reformas a los sistemas de pensiones en Am&eacute;rica Latina se planteaba que la provisi&oacute;n privada mejorar&iacute;a la cobertura y v&iacute;a competencia se reducir&iacute;an los altos costos administrativos que presentaban los sistemas de prestaci&oacute;n definida; asimismo, se argumentaba que, con la incorporaci&oacute;n del sector privado en la administraci&oacute;n de los fondos de pensi&oacute;n se lograr&iacute;a un manejo rentable y seguro de los mismos junto con mejoras en eficiencia y que la maximizaci&oacute;n de los rendimientos de las inversiones redundar&iacute;a en una buena calidad del servicio con mayores beneficios pensi&oacute;nales y bajos precios.</p>     <p>Sin embargo, estudios sobre el tema evidencian que muchos de los supuestos y objetivos iniciales que respaldaron las reformas implementadas en Am&eacute;rica Latina no se han logrado<a name="nota3"></a><a href="#nota_3"><sup>3</sup></a> y que, por el contrario, son muchos los problemas que se identifican en cuanto al funcionamiento e impactos de los actuales sistemas de pensiones. Contrario a lo esperado, se ha observado que los sistemas basados en cuentas individuales exhiben costos de administraci&oacute;n elevados como en el caso de los sistemas de Chile, M&eacute;xico, Reino Unido o Australia<a name="nota4"></a><a href="#nota_4"><sup>4</sup></a>; y una creciente concentraci&oacute;n de la actividad, mientras que las mejoras en eficiencia que consiguen las Administradoras de Fondos de Pensi&oacute;n (AFP) no se transfieren a los afiliados como menores precios, sino que se destinan a aumentar los beneficios de las mismas.</p>     <p>Los costos administrativos representan menores beneficios que el trabajador puede recibir, parte importante de las cuentas puede ser consumida por estos y pueden implicar menores pagos al momento del retiro. Adem&aacute;s, el sistema de pensiones de capitalizaci&oacute;n individual est&aacute; basado en el supuesto que el mercado laboral genera trayectorias laborales y remuneraciones estables, supuesto que no se cumple debido a los cambios observados en el &aacute;mbito laboral, principalmente, por la introducci&oacute;n de pol&iacute;ticas de filexibilizaci&oacute;n. En este contexto, la inestabilidad laboral no solamente afecta la continuidad en las cotizaciones al sistema, sino que mientras se deja de cotizar se est&aacute; cobrando comisi&oacute;n de administraci&oacute;n<a name="nota5"></a><a href="#nota_5"><sup>5</sup></a>, lo que finalmente termina impactando los valores finales de la cuenta individual.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>De acuerdo con esto, en cuanto a los resultados de la introducci&oacute;n del R&eacute;gimen de Ahorro Individual (RAI) en Colombia<a name="nota6"></a><a href="#nota_6"><sup>6</sup></a>, mediante cifras y an&aacute;lisis de casos de afiliados tipo se busca establecer si los costos de administraci&oacute;n consumen una porci&oacute;n importante del balance de las cuentas individuales y c&oacute;mo se ven afectados los afiliados cesantes en la construcci&oacute;n de sus benefcios pensionales.</p>     <p>Con este objetivo, el art&iacute;culo se estructura en tres secciones: en la primera se presenta un marco general del r&eacute;gimen de ahorro individual en Colombia, as&iacute; como de los argumentos planteados para su introducci&oacute;n; en la segunda se examina el impacto que pueden generar los costos de administraci&oacute;n sobre la acumulaci&oacute;n de saldos para pensi&oacute;n y beneficios pensionales de los afiliados al sistema; y, finalmente, se presentan los resultados obtenidos y las conclusiones generales.</p>     <p><b>Adopci&oacute;n del esquema de capitalizaci&oacute;n individual en Colombia</b></p>     <p>En la d&eacute;cada del ochenta, despu&eacute;s de la crisis de la deuda y la ca&iacute;da econ&oacute;mica, Am&eacute;rica Latina entra en una serie de reformas estructurales en la l&iacute;nea del denominado Consenso de Washington. En el marco de las pol&iacute;ticas promovidas por el Consenso, la introducci&oacute;n de reformas en los sistemas de seguridad social en lo que tiene que ver con las pensiones de jubilaci&oacute;n se ve acentuada en la d&eacute;cada del noventa con la introducci&oacute;n de esquemas de capitalizaci&oacute;n individual de aportes definidos con administraci&oacute;n privada de los fondos. Las reformas se iniciaron en Am&eacute;rica Latina con la introducci&oacute;n del modelo de jubilaci&oacute;n chileno y han buscado desplazar el modelo tradicional de reparto por sistemas que utilizan como pilar principal el modelo financiero de capitalizaci&oacute;n individual.</p>     <p>En 1993, Colombia adopta el esquema de cuentas individuales con la introducci&oacute;n de la Ley 100 <a name="nota7"></a><a href="#nota_7"><sup>7</sup></a> configur&aacute;ndose un sistema dual, en el cual se pone en competencia un sistema de capitalizaci&oacute;n individual administrado por privados con el sistema p&uacute;blico de reparto existente, en el que el afiliado tiene la posibilidad de elegir entre un esquema u otro, los cuales son excluyentes entre s&iacute;.</p>     <p>Al igual que en los dem&aacute;s pa&iacute;ses de Latinoam&eacute;rica, la reforma se fundament&oacute; en los beneficios expuestos respecto a la introducci&oacute;n de este tipo de esquemas (de capitalizaci&oacute;n individual), que toman como base te&oacute;rica lo que se ha denominado la nueva ortodoxia previsional (Lo Vuolo, 1996; 2002; Müller, 2002). Es as&iacute; como en la exposici&oacute;n de motivos de la Ley 100 (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1992), dentro de los argumentos a favor de la conveniencia de llevar a cabo la reforma se exponen hechos como las falencias que el sistema administrado por el Instituto de Seguros Sociales presentaba en su momento, tales como la multiplicidad de administradoras y sus diversas reglas en materia de contribuciones y prestaciones que generaban inequidad; las altas distorsiones presentadas entre cotizaciones y beneficios obtenidos; la carga fiscal que implicaba tal esquema dada la insuficiencia de reservas de las entidades que ten&iacute;an a cargo el pago de obligaciones pensi&oacute;nales. Tambi&eacute;n se involucraba dentro de las cr&iacute;ticas al r&eacute;gimen existente, los bajos niveles de cobertura, los elevados costos administrativos y la mala gesti&oacute;n sumada a la falta de confianza en el Estado en su labor de administrar el sistema. En t&eacute;rminos de este &uacute;ltimo objetivo, la administraci&oacute;n privada generar&iacute;a eficiencia, mediante la introducci&oacute;n de competencia entre administradoras de fondos.</p>     <p>Como caracter&iacute;sticas del r&eacute;gimen de prima media con prestaci&oacute;n definida (RPM), se tiene que los aportes de los afiliados y sus rendimientos constituyen un fondo com&uacute;n de naturaleza p&uacute;blica, que garantiza el pago de las prestaciones de los pensionados. El Estado responde por el pago de los beneficios a que se hacen acreedores los afiliados cuando los ingresos y las reservas del ISS se agoten, siempre y cuando, se hayan cobrado las cotizaciones (Art. 138 Ley 100/1993). Por su parte, el RAI se basa en el ahorro en cuentas individuales, est&aacute; integrado por las cotizaciones que el afiliado realiza y los respectivos rendimientos financieros que se abonan. Parte de la cotizaci&oacute;n que el afiliado realiza es empleada para el pago de seguros de invalidez y sobrevivencia, y otra parte para el pago de Administraci&oacute;n de la cuenta por las AFP. Como lo plantea Bonilla (2004, p. 1):</p>    <blockquote>     <p>la principal diferencia entre los dos sistemas se encuentra en el principio de la solidaridad, tanto entre personas como entre generaciones. El r&eacute;gimen contributivo se basa en la solidaridad, lo cual es su principal virtud, consistente en el aporte de los diferentes afiliados a un fondo com&uacute;n, que se incrementa como consecuencia de la rentabilidad neta de las inversiones, descontado el costo de administraci&oacute;n, de all&iacute; se pagan los beneficios a quienes se hacen acreedores luego de cumplir los requisitos para la jubilaci&oacute;n. En el r&eacute;gimen de capitalizaci&oacute;n individual los afiliados aportan a un fondo para crear sus propios niveles de beneficio.<a name="nota8"></a><a href="#nota_8"><sup>8</sup></a></p></blockquote>     <p>Pero, dadas las dificultades del esquema de prima media, se parti&oacute; de creer que el nuevo esquema mejorar&iacute;a las condiciones de acceso ampliando la cobertura, y la primac&iacute;a de la competencia, que resultar&iacute;a de dar v&iacute;a a la provisi&oacute;n privada, reducir&iacute;a los altos costos administrativos que presentaba el sistema de prestaciones definidas. As&iacute;, la incorporaci&oacute;n del sector financiero, mediante los fondos de administraci&oacute;n lograr&iacute;a un manejo rentable y seguro de los ahorros de pensi&oacute;n, mejorar&iacute;a la eficiencia y maximizaci&oacute;n de los rendimientos de las inversiones, redundando todo en una buena calidad del servicio, altas prestaciones como incentivos para el ahorro individual y bajos precios (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1992).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Asimismo, dentro de los objetivos buscados con la reforma se planteaba mejorar los d&eacute;ficit previsionales y lograr el equilibrio fiscal con la disminuci&oacute;n de la carga de las obligaciones pensionales sobre el presupuesto de la naci&oacute;n. Adicionalmente, los argumentos se orientaron al fortalecimiento del ahorro nacional con sus consecuentes beneficios en t&eacute;rminos de crecimiento econ&oacute;mico y fomento de las principales variables macro, y el impacto positivo que los fondos de pensi&oacute;n lograr&iacute;an sobre el mercado de capitales.</p>     <p>Se consideraba que la reforma propuesta cumpl&iacute;a con las caracter&iacute;sticas necesarias para superar las limitaciones del sistema existente, las pensiones del r&eacute;gimen de ahorro con capitalizaci&oacute;n individual ser&iacute;an mejores a las que se podr&iacute;an obtener en el r&eacute;gimen de reparto simple, el sistema no ser&iacute;a vulnerable al crecimiento de la base de cotizantes ni al envejecimiento de la poblaci&oacute;n, no generar&iacute;a deuda y su &uacute;nico costo fiscal ser&iacute;a el de las garant&iacute;as estatales; adem&aacute;s, se desestimular&iacute;a la evasi&oacute;n y la subvaloraci&oacute;n de salarios, se contribuir&iacute;a al desarrollo econ&oacute;mico, la fidelidad en el nuevo sistema ser&iacute;a mayor por cuanto cada afiliado ser&iacute;a el principal interesado en mantenerse cotizando al sistema puesto que percibir&iacute;a el hecho de realizar las cotizaciones no como un impuesto sino como un mecanismo de ahorro de recursos para su vejez, ampliando la cobertura del sistema.</p>     <p>Posteriormente, se incorporan nuevas reformas con la Ley 797 de 2003, mediante la cual se modifican algunos de los art&iacute;culos establecidos en la Ley 100 de 1993. Dentro de las principales disposiciones que se introducen se pueden mencionar:</p> <ul>    <li>Se establece como obligatoria la cotizaci&oacute;n de trabajadores independientes y de personas vinculadas mediante contratos de prestaci&oacute;n de servicios, antes considerada como voluntaria;</li>     <li>Se reajustan los t&eacute;rminos de traslado de un r&eacute;gimen a otro, indic&aacute;ndose que los traslados son posibles cont&aacute;ndose cinco a&ntilde;os de permanencia m&iacute;nima y se restringe los traslados cuando al afiliado le restaren diez o menos a&ntilde;os para su pensi&oacute;n,</li>     <li>El l&iacute;mite base de cotizaci&oacute;n se establece en veinticinco salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes,</li>     <li>Se ordena un incremento gradual de las cotizaciones<a name="nota9"></a><a href="#nota_9"><sup>9</sup></a>.</li>     <li>El fondo de solidaridad pensional se modifica cre&aacute;ndose dos subcuentas<a name="nota10"></a><a href="#nota_10"><sup>10</sup></a>: subcuenta de solidaridad y la subcuenta de subsistencia, esta &uacute;ltima para financiar subsidio para las personas de la tercera edad en estado de extrema pobreza o indigencia.</li>     <li>Se incrementa la edad de jubilaci&oacute;n, a partir del 2014 la edad para hombres pasar&aacute; de 60 a 62 a&ntilde;os y para la mujer de 55 a 57 y se crea el fondo de garant&iacute;a de pensi&oacute;n m&iacute;nima para el r&eacute;gimen de ahorro individual se&ntilde;al&aacute;ndose que el n&uacute;mero de semanas m&iacute;nimas de cotizaci&oacute;n para acceder a la garant&iacute;a es de 1150 semanas increment&aacute;ndose en veinticinco semanas cada a&ntilde;o hasta alcanzar 1325 en el 2015.</li>    </ul>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Respecto a los dos &uacute;ltimos puntos, es importante anotar que en la operaci&oacute;n del sistema, un aspecto relevante lo constituyen las garant&iacute;as estatales. La participaci&oacute;n del Estado como garante del pago de los derechos de pensi&oacute;n en el r&eacute;gimen de ahorro individual es contemplada en el establecimiento de garant&iacute;as en cuanto a pensiones m&iacute;nimas, rentabilidad m&iacute;nima y el asegurar el pago de las rentas en caso de incumplimiento de las administradoras y aseguradoras.</p>     <p>Continuando con las reformas, con el acto legislativo de 2005 se adelanta la transici&oacute;n a 2010, elimina los reg&iacute;menes especiales o exceptuados, &uacute;nicamente se mantienen los reg&iacute;menes especiales de la fuerza p&uacute;blica y del presidente de la Rep&uacute;blica, y desde su vigencia elimina la mesada catorce para los afiliados de tres o m&aacute;s salarios m&iacute;nimos, en el 2011 para aquellos de tres o menos salarios m&iacute;nimos vigente. Adicionalmente, establece l&iacute;mite para las pensiones p&uacute;blicas en veinticinco salarios m&iacute;nimos mensuales vigentes (SMMLV) a partir de 2010.</p>     <p>En 2009, mediante la Ley 1328, se establece la creaci&oacute;n de la figura de multifondos y del sistema de ahorro voluntario para la vejez y los Beneficios Econ&oacute;micos Peri&oacute;dicos (Beeps) que entrar&aacute; en vigencia en 2011 y aplica &uacute;nicamente para quienes cotizan a los fondos privados de pensiones. Lo que busca la reforma es la diferenciaci&oacute;n de fondos, de acuerdo con el nivel de riesgo que se asuma en las inversiones de los mismos, buscando que al asumirse mayor riesgo, especialmente en el caso de los afiliados j&oacute;venes, se logren mayores niveles de rentabilidad. De esta manera, existir&aacute;n tres tipos de fondos, el agresivo, para los trabajadores m&aacute;s j&oacute;venes, con un portafolio con inversiones en renta variable hasta del 70%, y el resto en otros papeles como CDT y TES. El moderado, para personas entre los 35 y 45 a&ntilde;os, compuesto por acciones hasta por el 40% de renta variable. Finalmente, el conservador, el cual podr&aacute; destinarse solo en un 20% a renta variable, ya que ser&aacute; para personas entre los 55 y 60 a&ntilde;os.</p>     <p><b>Costos de administraci&oacute;n para los afiliados del RAI en Colombia</b></p>     <p>El inter&eacute;s sobre el tema del impacto de los costos sobre los fondos de pensi&oacute;n responde a que en el campo de las pensiones las asimetr&iacute;as de informaci&oacute;n son especialmente importantes y, en muchos casos, los afiliados no tienen conocimiento de los precios que est&aacute;n asumiendo por el "producto pensional" que est&aacute;n contratando; asimismo, los elevados costos afectan la rentabilidad real generada y los beneficios pensi&oacute;nales a los que finalmente pueda acceder el afiliado.</p>     <p>Asimismo, el tema no solo reviste importancia para el afiliado sino para todos los involucrados en el sistema. Si se tienen en cuenta las garant&iacute;as estatales, el efecto de los costos puede generar que a futuro el Estado tenga que responder por sumas adicionales para completar el capital necesario para las pensiones m&iacute;nimas, mientras que las ganancias en eficiencia pueden estar beneficiando &uacute;nicamente a las administradoras de los fondos. Algunos estudios y cr&iacute;ticas que se realizan a los reg&iacute;menes de capitalizaci&oacute;n individual plantean que es posible que muchos de los individuos no alcancen a acumular el capital requerido para acceder a una pensi&oacute;n m&iacute;nima y con esto, el consecuente aumento de las presiones fiscales en materia previsional (Arias &amp; Mendoza, 2009; Reveiz &amp; Le&oacute;n, 2009; Berstein, 2005).</p>     <p><b><i>&iquest;Qu&eacute; implica la acumulaci&oacute;n de saldos para el tema de pensi&oacute;n?</i></b></p>     <p>Los costos y beneficios del sistema se refilejan en los montos de capital ahorrado al momento de obtener una pensi&oacute;n, en las rentas de pensi&oacute;n otorgadas y en el costo total efectivamente asumido por el afiliado cedido a las Administradoras de Fondos de Pensiones. Si bien, no podr&iacute;a esperarse que la administraci&oacute;n de los recursos del afiliado no conlleve ning&uacute;n tipo de costos, porque necesariamente debe haber alg&uacute;n costo de intermediaci&oacute;n involucrado, el an&aacute;lisis se dirige a estimar qu&eacute; tan elevados pueden llegar a ser esos cargos desde la perspectiva del afiliado y cu&aacute;nto significa en t&eacute;rminos de beneficios pensionales dejados de percibir por las afectaciones generadas al balance de la cuenta para el retiro.</p>     <p>Dentro de la literatura existente, algunos autores han realizado aportes referidos a los costos de administraci&oacute;n de este tipo de sistemas; Murthi, Orszag y Orszag (1999) realizaron un estudio para el sistema privado de capitalizaci&oacute;n del Reino Unido concluyendo que un porcentaje considerable<a name="nota11"></a><a href="#nota_11"><sup>11</sup></a> de las cuentas es consumido por los gastos de administraci&oacute;n durante la fase de acumulaci&oacute;n y el periodo de retiro. Otros autores han analizado el tema para diferentes pa&iacute;ses como Castro Rub&eacute;n (2005),<a name="nota12"></a><a href="#nota_12"><sup>12</sup></a> quien analiza el efecto de la comisi&oacute;n fija en el sistema chileno de AFP, Furman (2005) y Whitehouse (2001) analizan los cargos administrativos de los fondos de pensiones para trece pa&iacute;ses, Devesa y Vidal (2002) estudian los costes de administraci&oacute;n para el afiliado de los sistemas basados en cuentas individuales; estos y otros trabajos que se han dado en torno al tema son considerados para analizar el caso del r&eacute;gimen de ahorro individual en Colombia.</p>     <p><b><i>Determinantes de la acumulaci&oacute;n de saldos de capital para pensi&oacute;n</i></b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Las condiciones previsionales o niveles de renta de un afiliado en el momento del retiro, dependen principalmente de su edad (que involucra el tema de esperanzas de vida), del saldo acumulado en su cuenta individual, la tasa de inter&eacute;s y del bono de reconocimiento si lo tiene. Por su parte, el capital de la cuenta individual se incrementa por las cotizaciones y aportes voluntarios que este realice y por los abonos de la rentabilidad generada en el manejo financiero de los fondos; y se ve disminuida por los cargos impuestos tales como las comisiones por concepto de administraci&oacute;n y gesti&oacute;n de la cuenta. Adicionalmente, los saldos pueden presentar incrementos o decrementos teniendo en cuenta la presencia de irregularidad en las cotizaciones, denominados periodos cesantes, en los que, aunque no se efect&uacute;en cotizaciones, se incurre en costos de administraci&oacute;n de los recursos de la cuenta.</p>     <p>Se resaltan aqu&iacute; condiciones importantes para el logro de niveles adecuados de beneficios de pensi&oacute;n como lo son la situaci&oacute;n y desempe&ntilde;o del mercado laboral, condiciones de la econom&iacute;a en general y la eficiencia en la gesti&oacute;n financiera de los fondos con distribuci&oacute;n de mejoras hacia los afiliados y de las tasas de inter&eacute;s que hacen que, tanto en la etapa de acumulaci&oacute;n como en la determinaci&oacute;n de las prestaciones de jubilaci&oacute;n, los beneficios que el afiliado pueda obtener dependan del comportamiento de los mercados financieros.</p>     <p>En el caso colombiano, los elementos que se constituyen en factores de acumulaci&oacute;n presentan las siguientes caracter&iacute;sticas:</p>     <p><i>El valor de los aportes realizados: </i>los aportes del afiliado para su pensi&oacute;n a diciembre de 2009 equivalen al 16%<a name="nota13"></a><a href="#nota_13"><sup>13</sup></a> del ingreso base de cotizaci&oacute;n de los cuales el 11,5% se abona a la cuenta individual, el 3% corresponde al valor de administraci&oacute;n cobrado por las AFP y primas de seguros y el 1,5% es destinado al Fondo de Garant&iacute;a de Pensi&oacute;n M&iacute;nima, es decir, de los aportes realizados se abonan a la cuenta de capitalizaci&oacute;n dos terceras partes. En los &uacute;ltimos a&ntilde;os, a partir de la expedici&oacute;n de la Ley 797 de 2003, la tasa de cotizaci&oacute;n a pensiones se ha ido incrementando gradualmente; sin embargo, el incremento en el valor de los aportes realizados a los fondos no depende &uacute;nicamente de la tasa, sino que est&aacute; determinado por los niveles de salarios y el crecimiento de los mismos.</p>     <p><i>Los costos de administraci&oacute;n: </i>un 3% de los aportes que realiza el afiliado est&aacute;n dirigidos a cubrir los costos de administraci&oacute;n y seguros previsionales<a name="nota14"></a><a href="#nota_14"><sup>14</sup></a>. Adicionalmente, se cobra comisi&oacute;n por la administraci&oacute;n de pensiones en la modalidad de retiro programado, por los traslados y los aportes voluntarios. El art&iacute;culo 39 del decreto 656 de 1994 establece que "Constituyen ingresos de las sociedades que administren fondos de pensiones las comisiones de administraci&oacute;n a que tienen derecho". Si el porcentaje de comisi&oacute;n de administraci&oacute;n y seguros es menor del 3%<a name="nota15"></a><a href="#nota_15"><sup>15</sup></a>, la diferencia se abona en la cuenta individual (art&iacute;culo 7 de la Ley 797 de 2003). No obstante, la existencia de un m&aacute;ximo establecido en la norma por concepto de comisi&oacute;n y seguros<a name="nota16"></a><a href="#nota_16"><sup>16</sup></a>, la comisi&oacute;n de administraci&oacute;n por los aportes obligatorios puede ser diferenciada para las AFP.</p>     <p>Para el caso de afiliados cesantes<a name="nota17"></a><a href="#nota_17"><sup>17</sup></a>, se establece una comisi&oacute;n de m&aacute;ximo el 4,5% de los rendimientos abonados en la cuenta individual durante el mes, sin que exceda del 50% del porcentaje de comisi&oacute;n cobrado a los cotizantes activos aplicado sobre el &uacute;ltimo ingreso base de cotizaci&oacute;n reportado.</p>      <p>Adicionalmente, por concepto de aportes voluntarios, el art&iacute;culo 14 del decreto 1161 de 1994 establece que las Administradoras podr&aacute;n fijar libremente la comisi&oacute;n por la administraci&oacute;n de las cotizaciones voluntarias hasta un 3,3% anual del saldo de la cuenta individual. La comisi&oacute;n por administraci&oacute;n bajo modalidad de retiro programado se establece como el 1% de los rendimientos abonados en la cuenta individual sin que exceda el 1,5% de la mesada pensional. La comisi&oacute;n por traslados es hasta el 1% del &uacute;ltimo ingreso base de cotizaci&oacute;n. No puede exceder el 1% de cuatro salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>     <p><i>Rentabilidad generada: </i>en cuanto a este aspecto, existe un m&iacute;nimo dada la garant&iacute;a de rentabilidad m&iacute;nima, la cual est&aacute; determinada por el promedio de la industria. No obstante, el afiliado debe asumir las rentabilidades que se generen incluso rentabilidades negativas. La rentabilidad real acumulada desde que inici&oacute; operaciones el sistema, mayo de 1994, hasta diciembre de 2009 ha sido del 21,41% nominal y 10,4% real (descontando infilaci&oacute;n) (Asofondos, 2010).</p>     <p><i>Densidad<a name="nota18"></a><a href="#nota_18"><sup>18</sup></a> o niveles de fidelidad en la realizaci&oacute;n de aportes al sistema: </i>hace referencia al n&uacute;mero y ordenamiento temporal de las cotizaciones. La densidad de cotizaciones presenta una relevancia importante como determinante de acumulaci&oacute;n de fondos en la cuenta individual y del cumplimiento de semanas de cotizaci&oacute;n al sistema para la acreditaci&oacute;n de derechos a una pensi&oacute;n m&iacute;nima (pensi&oacute;n o aplicaci&oacute;n del criterio de garant&iacute;a de pensi&oacute;n m&iacute;nima). Se considera que en Colombia el promedio de la densidad de cotizaci&oacute;n al sistema de pensiones es del 50%, esto es, los afiliados &uacute;nicamente cotizan durante aproximadamente la mitad de su vida laboral. Es consistente pensar que los niveles de densidad son el refilejo de las caracter&iacute;sticas del empleo que el individuo posea durante su vida laboral<a name="nota19"></a><a href="#nota_19"><sup>19</sup></a>. Si a un afiliado su empleo le permite presentar continuidad en sus aportes al sistema, podr&aacute; pensar en acumular el capital para obtener unos adecuados beneficios pensionales; pero, si por el contrario, el individuo presenta situaciones de desempleo, informalidad, periodos de inactividad, tendr&aacute; densidades de cotizaci&oacute;n muy bajas que pueden infiluir incluso en el cumplimiento de los requisitos para la obtenci&oacute;n de la garant&iacute;a de pensi&oacute;n m&iacute;nima. De la densidad de las cotizaciones se desprende la importancia de los periodos en los que el afiliado se encuentra cesante, es decir periodos en los que no efect&uacute;a aportes al sistema, pues; de acuerdo con el momento del tiempo en el que se producen, as&iacute;, ser&aacute; su efecto sobre la acumulaci&oacute;n de saldos para pensi&oacute;n. De igual manera, si bien la densidad acumulada determina los niveles de capital, tambi&eacute;n es determinante la distribuci&oacute;n de tal densidad. Dos afiliados con las mismas caracter&iacute;sticas y misma densidad de cotizaci&oacute;n pueden presentar diferentes niveles de acumulaci&oacute;n de acuerdo con las sendas de cotizaci&oacute;n que cada uno posea. No significa lo mismo que el individuo tenga periodos cesantes en los primeros a&ntilde;os a que los tenga en los &uacute;ltimos a&ntilde;os de su vida laboral, puesto que en el primer caso lograr&aacute; un mayor nivel de capitalizaci&oacute;n.</p>     <p>En estimaciones realizadas por el BBVA (2009) se estima que apenas el 20% de los afiliados tienen densidades de cotizaci&oacute;n cercanas al 100%, mientras que el 30% tienen densidades del 27,3% y otra proporci&oacute;n similar apenas alcanza densidades del 3,7% de cotizaci&oacute;n.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b><i>Costos asumidos por el afiliado y su efecto sobre la acumulaci&oacute;n de fondos para pensi&oacute;n</i></b></p>     <p>Tanto durante la vida de cotizaci&oacute;n como al momento de retiro, el afiliado incurre en una serie de costos por concepto de gesti&oacute;n de sus ahorros de pensi&oacute;n. En el primer caso, los costos se manifiestan mediante transferencias a las administradoras de fondos de pensiones de acuerdo con las comisiones establecidas y a las aseguradoras por concepto de seguros previsionales<a name="nota20"></a><a href="#nota_20"><sup>20</sup></a>. En el momento de pensi&oacute;n se incurre en gastos de comisiones pagadas sea a las administradoras de fondos o a las compa&ntilde;&iacute;as aseguradoras, los cuales depender&aacute;n de la modalidad de pensi&oacute;n que elija.</p>     <p>Respecto a los costos al momento de jubilaci&oacute;n, en el caso de rentas vitalicias, el costo es abonado a la compa&ntilde;&iacute;a de seguros al suscribir la p&oacute;liza como porcentaje de la prima &uacute;nica y otra parte corresponde a la diferencia impl&iacute;cita entre la renta vitalicia y la rentabilidad que podr&iacute;a obtenerse en el mercado de capitales invirtiendo los recursos de la prima &uacute;nica. Por su parte, bajo la modalidad de retiro programado se paga de manera mensual comisi&oacute;n a la administradora de pensiones.</p>     <p>En el caso de las rentas vitalicias confiluyen dos instancias, las AFP que administran las cuentas de capital individual hasta que llega el momento de la pensi&oacute;n y, a partir de este momento, entran en juego las aseguradoras con quienes el afiliado contrata el pago de la renta vitalicia. En este punto, el afiliado debe incurrir nuevamente en costos involucrados en la prima cobrada por la aseguradora para el pago de su pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n con lo que se financian aspectos relacionados con costos de gesti&oacute;n de las aseguradoras, utilidad de la operaci&oacute;n y comisi&oacute;n por captaci&oacute;n del capital de pensi&oacute;n.</p>     <p>En efecto, el contratar una renta vitalicia y cualquier otra modalidad, implica para el afiliado asumir una serie de costos inmersos. El precio de una renta vitalicia corresponde a una prima &uacute;nica integrada por los recursos acumulados en la cuenta de capitalizaci&oacute;n individual y el bono de reconocimiento.</p>    <blockquote>     <p>El costo de convertir el saldo de la cuenta individual (al momento del retiro) en un pago peri&oacute;dico por la v&iacute;a de un esquema de seguros en un sistema descentralizado con gesti&oacute;n privada, tiene al menos tres componentes: (i) la prima de seguros por la cesi&oacute;n de riesgo del individuo al proveedor de la anualidad, (ii) los cargos por administraci&oacute;n y (iii) la rentabilidad de la empresa aseguradora (Rodr&iacute;guez, 2000, p. 44).</p></blockquote>     <p>Las comisiones cobradas durante el periodo de acumulaci&oacute;n y despu&eacute;s de este, al momento de pensi&oacute;n, reducen la cuant&iacute;a final del fondo acumulado que se tendr&iacute;a sin la presencia de estos costos. Un indicador del efecto final generado por los costos involucrados estar&iacute;a dado por la proporci&oacute;n del saldo final de la cuenta individual que es absorbida por las comisiones. Al respecto, Diamond (1999) introdujo el concepto de "Charge Ratio", proporci&oacute;n del balance acumulado que se encuentra en el intervalo 0-1; 0 en el caso en que no existieran comisiones de ning&uacute;n tipo y 1 en el caso en que el nivel de comisiones fuera tal que absorbiera el total del fondo acumulado. A esta proporci&oacute;n tambi&eacute;n se le ha denominado comisi&oacute;n equivalente.</p>     <p>De otra parte, Murthi, Orszag y Orszag (1999) desagregan esta tasa de cargo de la siguiente manera:</p>     <p align="center"><a name="#ec1"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04ec1.jpg"></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Donde:</p>     <p>CR, tasa de cargo</p>     <p>IA<sub>C</sub>, Valor de la cuenta individual con cargos y costos.</p>     <p>IA<sub>NC</sub>, Valor de la cuenta individual sin cargos y costos.</p>     <p><i>RAC, ratio de acumulaci&oacute;n: </i>recoge las disminuciones producidas por los costes (de administraci&oacute;n, de gesti&oacute;n, etc.) en que incurre el trabajador al realizar aportaciones a la cuenta individual durante la vida laboral, considerando que las aportaciones se hacen de modo regular y a un &uacute;nico fondo de pensiones.</p>     <p><i>RAL, ratio de alteraci&oacute;n: </i>mide los costes derivados de no contribuir de modo regular a un &uacute;nico fondo de pensiones y los costos de traspasos de fondos de pensiones.</p>     <p><i>RAN, ratio de anualizaci&oacute;n: </i>refileja los costes que implica la conversi&oacute;n del fondo acumulado en una renta vitalicia, retiro programado, etc.</p>     <p>De acuerdo con esto, se establece una funci&oacute;n sencilla en tiempo discreto empleada por Castro (2005) (Anexo 1), adecuada de los modelos de tiempo continuo de Whitehouse (2000) y Devesa (2002) para determinar el impacto de los costos sobre la acumulaci&oacute;n de saldos para pensi&oacute;n y beneficios pensionales para afiliados tipo, as&iacute; como el efecto de otras variables relevantes.</p>     <p><b><i>Simulaci&oacute;n de casos de afiliados tipo</i></b></p>     <p>En el modelo planteado, se proyectan pensiones para diferentes escenarios tomando distintos casos de afiliados tipo seg&uacute;n su ingreso base de cotizaci&oacute;n, definiendo algunos de los supuestos, que posteriormente se modificaran, para evaluar su impacto en la acumulaci&oacute;n de saldos para pensi&oacute;n de los afiliados al RAI. Los datos empleados son datos a nivel individual para efectos de considerar las diversas posibilidades previsionales que puede enfrentar el afiliado y a partir de an&aacute;lisis de casos poder establecer alg&uacute;n tipo de generalizaciones. Asimismo, el ejercicio permite evaluar el efecto no solo de los costos sino de otro tipo de variables como las densidades de cotizaci&oacute;n y su respectiva distribuci&oacute;n, las cuales en la simulaci&oacute;n se distribuyen de manera aleatoria; los niveles de rentabilidad y crecimiento de salarios.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Aunque el valor de la pensi&oacute;n de un afiliado se sabr&aacute; con certeza &uacute;nicamente al momento de su jubilaci&oacute;n, a partir del modelo planteado se busca mostrar c&oacute;mo, bajo condiciones supuestas, los costos de administraci&oacute;n impactan los saldos de capital para pensi&oacute;n de los afiliados. Para tales efectos, se proyecta a futuro los aportes para pensi&oacute;n, se obtienen las tasas de costos y se estima cu&aacute;nto de los valores aportados de las cuentas individuales es consumido a trav&eacute;s de varios de los costos asumidos por los afiliados del sistema. Como se indic&oacute;, los costos van a estar determinados por la diferencia entre el fondo que se tendr&iacute;a acumulado sin la existencia de cargos y el fondo acumulado con la presencia de estos.</p>     <p>Para efectos de simulaci&oacute;n, se plantearon algunos escenarios que involucran elementos que afectan los ahorros para pensi&oacute;n tales como tasa de rentabilidad, crecimiento de salarios, densidades de cotizaci&oacute;n y distribuci&oacute;n de densidades de cotizaci&oacute;n, bajo los siguientes supuestos:</p> <ul>    <li> Crecimiento de salarios y tasas de rendimiento se consideran variables ex&oacute;genas y para el caso se supondr&aacute;n constantes. Se plantean diferentes escenarios de rentabilidad de acuerdo con el comportamiento mostrado desde la implementaci&oacute;n del r&eacute;gimen.</li>      <li>La edad en la que individuos pueden empezar a cotizar al sistema es de dieciocho a&ntilde;os. Queriendo indagar los beneficios generados por el r&eacute;gimen, se toman principalmente casos de afiliados que inician sus cotizaciones en el RAI y que no han participado en la transici&oacute;n.</li>      <li>De acuerdo con la normatividad existente, en ning&uacute;n caso el ingreso base de cotizaci&oacute;n puede ser inferior al salario m&iacute;nimo legal vigente.</li>     <li> Para efectos de an&aacute;lisis se plantean diferentes densidades de cotizaci&oacute;n. En la determinaci&oacute;n de saldos se realiza distribuci&oacute;n aleatoria de un bloque de cotizaciones a lo largo del periodo de aportes de acuerdo al escenario de densidad respectiva para ver el efecto de las sendas de cotizaciones sobre la acumulaci&oacute;n de saldos, se plantean tres sendas de cotizaci&oacute;n: se distribuyen los periodos de cotizaci&oacute;n al inicio de la vida laboral, concentrados en la mitad del tiempo de cotizaci&oacute;n y, en un tercer caso, se realiza la distribuci&oacute;n de periodos efectivos de cotizaci&oacute;n concentr&aacute;ndolos en la etapa final de vida de cotizaci&oacute;n del afiliado.</li>     <li> Para el ejercicio se tendr&aacute; en cuenta la estructura de comisiones que se ha presentado hasta diciembre de 2009. Comisi&oacute;n de Administraci&oacute;n de acuerdo con promedio del mercado, comisi&oacute;n de administraci&oacute;n periodo cesante 4,50% sobre rendimientos generados en el periodo anterior.</li>     <li>El trabajador obtiene su jubilaci&oacute;n de acuerdo con la edad establecida en la ley.</li>     <li>El ejercicio se ajusta al caso de pensiones de vejez, no a las pensiones de invalidez y sobrevivencia.</li>     <li> Se estima un cargo al momento de convertir el saldo acumulado en la cuenta individual en una pensi&oacute;n, en un 5%, no obstante este puede ser mucho mayor teniendo en cuenta que el promedio de intermediaci&oacute;n comisiones/primas de las compa&ntilde;&iacute;as de seguros ha estado alrededor del 12% en los &uacute;ltimos a&ntilde;os. Se considera como supuesto este valor, por cuanto esta informaci&oacute;n no es suministrada por ninguna aseguradora ni siquiera en el caso de realizar una cotizaci&oacute;n ofcial. La informaci&oacute;n que se brinda corresponde al valor de la prima &uacute;nica necesaria para contratar una renta vitalicia, como usuario no es posible obtener informaci&oacute;n alguna sobre su forma de determinaci&oacute;n y los costos involucrados en esta<a name="nota21"></a><a href="#nota_21"><sup>21</sup></a>. Asimismo, estos gastos obedecen a la estructura y disposiciones de cada una de las aseguradoras.</li>    ]]></body>
<body><![CDATA[</ul>     <p>Para efectos del ejercicio, los cargos sobre la cuenta individual se denominan comisi&oacute;n efectiva (CE) aplicada sobre las cotizaciones efectuadas al fondo. Esta comisi&oacute;n o porcentaje en el que se disminuye la cuant&iacute;a de los aportes en un escenario de rentabilidad, de densidad de los aportes y caracter&iacute;sticas del afiliado se puede asumir como el porcentaje que aplicado sobre las cotizaciones proporciona la misma cuant&iacute;a que si se consideraran todas las comisiones. De acuerdo con Diamond (1999) y Murthi, Orszag y Orszag (1999), este cargo "charge ratio", va a estar determinado como sigue:</p>     <p align="center"><a name="#ec2"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04ec2.jpg"></p>      <p>CE, comisi&oacute;n efectiva.    <br> ST<sub>C</sub>, cuant&iacute;a acumulada en el fondo.    <br> ST<sub>SC</sub>, cuant&iacute;a que se acumular&iacute;a sin comisiones.</p>     <p>Uno menos la cuant&iacute;a acumulada en el fondo considerando las comisiones aplicadas sobre la cantidad que se acumular&iacute;a si no existiesen comisiones. Asimismo, de acuerdo con los trabajos realizados por Devesa (2002), se denominar&aacute; a <i>c</i><sub>1</sub> como &uacute;nico porcentaje que captura las disminuciones ocasionadas por comisi&oacute;n de administraci&oacute;n aplicada sobre cada una de las cotizaciones peri&oacute;dicas efectuadas. Considerando que la comisi&oacute;n de administraci&oacute;n es calculada sobre el ingreso base de cotizaci&oacute;n, se obtiene una comisi&oacute;n que convierte lo que el afiliado desembolsa durante todo su periodo de ahorro en una tasa que se obtiene sobre el saldo de su cuenta individual. De otra parte, se establece que <i>c</i><sub>2</sub> captura la disminuci&oacute;n ocasionada por la comisi&oacute;n aplicada sobre los rendimientos del fondo en periodos cesantes, <i>c</i><sub>3</sub> mide los costes que implica la comisi&oacute;n &uacute;nica aplicada sobre el fondo acumulado al momento de contratar una pensi&oacute;n, y <i>c</i><sub>4</sub> integra el cargo sobre la cuenta individual de no contribuir regularmente.</p>     <p>El an&aacute;lisis se realiz&oacute; para diferentes casos de afiliados tipo considerando su clasificaci&oacute;n de acuerdo con el ingreso base de cotizaci&oacute;n donde se concentra la mayor proporci&oacute;n de afiliados y los escenarios y variables mencionados anteriormente<a name="nota22"></a><a href="#nota_22"><sup>22</sup></a>:</p> <ul>    <li>Afiliado tipo 1 con ingreso base de cotizaci&oacute;n (IBC) inferior a dos salarios m&iacute;nimos.</li>     <li>Afiliado tipo 2 con IBC entre dos y cuatro salarios m&iacute;nimos.</li>     ]]></body>
<body><![CDATA[<li>Afiliado tipo 3 con IBC entre cuatro y siete salarios m&iacute;nimos.</li>    </ul>     <p><font size="3"><b>Resultados</b></font></p>     <p>A partir del an&aacute;lisis realizado, se tiene que para un afiliado con cotizaciones uniformes y regulares (densidad 100%), los cargos por concepto de comisi&oacute;n de administraci&oacute;n cobrada sobre los aportes brutos y estimando un costo de conversi&oacute;n al momento de jubilaci&oacute;n del 5%, aunque este puede ser mucho mayor, representan una disminuci&oacute;n en el balance de la cuenta para pensi&oacute;n alrededor del 17%. Significa que al momento de jubilaci&oacute;n, la diferencia entre los beneficios pensionales con comisi&oacute;n y si no existiese estar&iacute;a dada por esta proporci&oacute;n.</p>     <p>Sin embargo, cuando se tienen periodos de no cotizaci&oacute;n, es decir densidades de cotizaci&oacute;n menores, que es lo caracter&iacute;stico del caso colombiano, los cargos por comisi&oacute;n cobrada en periodo cesante alcanzan a impactar hasta en un 12% la acumulaci&oacute;n de saldos para pensi&oacute;n (en el caso por ejemplo de densidad del 50%), afectando junto con la comisi&oacute;n de administraci&oacute;n el saldo final aproximadamente en un 23%. Esta proporci&oacute;n aumenta a medida que se tiene una mayor rentabilidad teniendo en cuenta que al tratarse de sendas de cotizaci&oacute;n con vac&iacute;os y con mayores niveles de rentabilidad tambi&eacute;n se incrementa la comisi&oacute;n aplicada sobre rendimientos en periodos cesantes.</p>     <p>Adicionalmente, incorporando el efecto de la densidad de cotizaci&oacute;n, si esta no es del 100%, sino por ejemplo del 65%, la cuenta de ahorro individual junto con las comisiones cobradas se impacta en valores cercanos al 40%, es decir, el saldo acumulado con comisiones y bajas densidades es un 40% menos que si no se tuvieran comisiones y se cotizara uniformemente y de manera constante al sistema, significa esto que el afiliado obtendr&aacute; menores beneficios pensionales en esta proporci&oacute;n y muy posiblemente para el logro del capital necesario para pensi&oacute;n tenga que cotizar a&ntilde;os adicionales aunque cuente con la edad necesaria para jubilaci&oacute;n. Si se pasara a un escenario de menores niveles de cotizaci&oacute;n (con densidad del 50%), realidad de gran parte de la poblaci&oacute;n de afiliados, el impacto final sobre el capital acumulado ser&iacute;a cercano al 58%, es decir, tendr&iacute;a un capital inferior en esta proporci&oacute;n frente al que obtendr&iacute;a en las condiciones planteadas inicialmente. Igualmente, en el caso de fidelidad en las cotizaciones menor al 100%, a mayor rentabilidad menor va a ser el efecto total de comisiones y periodos cesantes por cuanto a mayor rentabilidad mayor va a ser el valor del fondo acumulado lo que reduce en m&iacute;nima medida el impacto de no cotizar regularmente. Esto confirma lo que ya es conocido y es que la cotizaci&oacute;n uniforme y regular, as&iacute; como los niveles de rentabilidad se constituyen en elementos fundamentales en la acumulaci&oacute;n de capital para pensi&oacute;n.</p>     <p>Para evaluar el efecto de cada uno de los cargos que afectan la acumulaci&oacute;n de recursos en la cuenta individual, con la variaci&oacute;n de algunos supuestos, se tom&oacute; el siguiente caso base: Afiliado con ingresos de $1.0 millones, tasa de crecimiento real de salarios 2%,<a name="nota23"></a><a href="#nota_23"><sup>23</sup></a> tasa de rentabilidad promedio real 8,5% y aportes realizados con diferentes densidades de cotizaci&oacute;n.</p>     <p><b><i>Efecto de la comisi&oacute;n de administraci&oacute;n sobre los fondos acumulados</i></b></p>     <p>De acuerdo con la distribuci&oacute;n de los aportes a pensiones en 2009, se tiene que las comisiones de administraci&oacute;n representan el 13,8% del aporte capitalizable en la cuenta individual y cerca del 10% del total de aportes realizados por el afiliado. En la figura 1 se muestra el efecto de la comisi&oacute;n de administraci&oacute;n sobre los aportes realizados por los afiliados. Se establece la relaci&oacute;n entre la comisi&oacute;n equivalente y diferentes niveles de comisi&oacute;n considerando las dem&aacute;s comisiones nulas.</p>     <p align="center"><a name="#f1"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04f1.jpg"></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Como se observa, una disminuci&oacute;n de 0,1 puntos porcentuales implica que el efecto de la comisi&oacute;n de administraci&oacute;n sobre los aportes realizados pase de representar el 12% a un 8%, esto implicar&iacute;a un aumento significativo en los saldos de capital acumulados para pensi&oacute;n, teniendo en cuenta que este menor valor en las comisiones puede ser abonado a las cuentas de los afiliados; no obstante, la variaci&oacute;n del porcentaje aplicado de esta comisi&oacute;n es aun m&aacute;s significativa en t&eacute;rminos de las generaci&oacute;n de ingresos y utilidades para las AFP, lo que explica el porqu&eacute; las administradoras no compiten v&iacute;a precios adicionando un mayor valor a la cuenta individual como lo permite la ley.</p>     <p><b><i>Efectos de las comisiones cobradas en periodo cesante sobre los fondos acumulados</i></b></p>     <p>En cuanto a la relaci&oacute;n del saldo de capital acumulado con la comisi&oacute;n cobrada por las AFP en los periodos en los que el afiliado deja de cotizar, en la siguiente figura se muestra que el nivel actual de comisi&oacute;n sobre rendimientos generados en periodos cesantes, con una densidad promedio de 65%, genera una disminuci&oacute;n en la cuenta del afiliado en aproximadamente 9%, a medida que el porcentaje aplicado se reduce tambi&eacute;n se reducen los efectos sobre la acumulaci&oacute;n de saldos; por ejemplo, si se pasa a un nivel de comisiones del 2%, se impactar&aacute; la cuenta en apenas en un 4%. Asimismo, como es de esperarse, a menor n&uacute;mero de cotizaciones efectuadas durante los periodos de aporte, mayor ser&aacute; el efecto de la comisi&oacute;n de cesantes sobre el saldo final acumulado para pensi&oacute;n, esto es, con una densidad del 65% y comisi&oacute;n sobre rendimientos generados del 4,5% el cargo sobre la cuenta individual es de aproximadamente un 9% mientras que con una densidad del 50% el efecto final ser&aacute; cercano al 12%.</p>     <p><i>Relaci&oacute;n entre c<sub>2</sub> y los niveles de rentabilidad: </i>efectivamente, una mayor rentabilidad aumentar&aacute; el porcentaje de comisi&oacute;n aplicada sobre el fondo, esto se genera por cuanto la comisi&oacute;n de cesantes <i>c</i><sub>2</sub> se aplica sobre los rendimientos del fondo generados en el periodo.</p>     <p align="center"><a name="#f2"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04f2.jpg"></p>      <p align="center"><a name="#f3"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04f3.jpg"></p>      <p><b><i>Efecto de comisi&oacute;n de administraci&oacute;n y comisi&oacute;n de cesantes sobre la acumulaci&oacute;n de saldos para diferentes niveles de densidad y rentabilidad</i></b></p>     <p>Con cotizaciones regulares y continuas (densidad del 100%), los portes se van a ver afectados por la comisi&oacute;n de administraci&oacute;n cobrada por las AFP; no obstante, si se presentan vac&iacute;os en las cotizaciones del afiliado, los aportes realizados se van a ver reducidos adicionalmente por las comisiones sobre los rendimientos generados en los periodos en los que no se efect&uacute;an aportes, con impactos sobre la rentabilidad que se genere. De igual manera, a menor densidad en los aportes, mayor ser&aacute; la tasa de cargo que se genere sobre la cuenta de capitalizaci&oacute;n. Para el ejemplo, con una densidad del 50% y rentabilidad del 8,5% la CE (sin considerar costos al momento del retiro) va a ser aproximadamente del 23%, mientras que con una densidad del 65% esta se estima del 19%.</p>     <p><b><i>Comisi&oacute;n equivalente (CE) incluyendo comisiones de administraci&oacute;n, comisi&oacute;n al momento de jubilaci&oacute;n y efecto de periodos cesantes</i></b></p>     <p>Un costo importante para los afiliados lo representan los costos en que se incurre al momento de jubilaci&oacute;n. En el caso de optar por una pensi&oacute;n bajo la modalidad de renta vitalicia, a cambio de un derecho el afiliado efect&uacute;a un sustancial pago en efectivo el cual es deducido del capital con que se adquiere la renta, el pago de la administraci&oacute;n se efect&uacute;a por anticipado. Esta comisi&oacute;n junto con las comisiones cobradas durante el periodo de acumulaci&oacute;n y denominadas como comisi&oacute;n equivalente (CE)<a name="nota24"></a><a href="#nota_24"><sup>24</sup></a> efectivamente va a significar menores beneficios pensionales.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><a name="#f4"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04f4.jpg"></p>      <p align="center"><a name="#f5"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04f5.jpg"></p>     <p>Tomando el efecto del costo de comisi&oacute;n al contratar una renta vitalicia y los periodos cesantes, se tiene que mientras que con cotizaciones regulares y continuas el valor del fondo se ve disminuido por efecto de comisiones en aproximadamente el 17%, a medida que aumentan los vac&iacute;os en las aportaciones y con estos la disminuci&oacute;n en la densidad de cotizaciones, el efecto de las comisiones sobre la acumulaci&oacute;n de saldos medida como la tasa de cargo, alcanza a representar cerca del 28%. El aumento de la tasa de cargo aumenta por cuanto tambi&eacute;n aumenta el efecto de la comisi&oacute;n cesante cobrada sobre los rendimientos generados. Los periodos en los que el afiliado deja de cotizar afectan la acumulaci&oacute;n de saldos de pensi&oacute;n y tambi&eacute;n la medida de las comisiones que se calcula como porcentaje de los aportes realizados y de los rendimientos generados.</p>     <p>De otra parte, estimando el efecto que causan las bajas densidades de cotizaci&oacute;n como un cargo m&aacute;s en la acumulaci&oacute;n de saldos para pensi&oacute;n, es decir, si CE se obtiene como 1 menos el saldo con comisiones y vac&iacute;os en los aportes sobre el saldo que se tendr&iacute;a sin comisiones y sin vac&iacute;os en los aportes se tiene que la CE se comporta como sigue en la figura 6.</p>     <p>Con cotizaciones regulares y continuas durante el tiempo de aportes, la medida de la tasa de cargo es aproximadamente del 17%, no obstante si se considera adicional a las comisiones la relaci&oacute;n saldo acumulado con periodos cesantes y el saldo sin periodos cesantes, se tiene que con una densidad del 45% el efecto ser&iacute;a alrededor del 63%. En la figura se ve la importancia de las densidades de cotizaci&oacute;n, cuya disminuci&oacute;n representan una fuerte efecto sobre los beneficios de pensi&oacute;n tanto por las comisiones cobradas en periodos cesantes como por el impacto directo que genera la no cotizaci&oacute;n sobre los resultados finales que el afiliado pueda obtener, significando incluso el no acumular el capital necesario para obtener una pensi&oacute;n m&iacute;nima. De esta manera, adicional al importante efecto de los niveles de rentabilidad, un aspecto determinante en la acumulaci&oacute;n de saldos lo constituye la densidad en las cotizaciones y niveles de salarios de los afiliados, de esto se desprende la importancia de las condiciones del empleo como variable estructural que impacta tanto la cobertura<a name="nota25"></a><a href="#nota_25"><sup>25</sup></a> del sistema de pensiones como la construcci&oacute;n de beneficios pensionales.</p>     <p align="center"><a name="#f6"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04f6.jpg"></p>      <p>El crecimiento de salarios tambi&eacute;n es una variable que impacta de manera significativa los beneficios en las prestaciones de jubilaci&oacute;n, por cuanto a mayor crecimiento de salarios mayor ser&aacute;n los fondos de capital acumulados y, por tanto, mejores ser&aacute;n los beneficios de pensi&oacute;n que se obtengan. As&iacute;, por ejemplo, para el caso considerado, afiliado con 1.0 millones de IBC, comisi&oacute;n de administraci&oacute;n 1,58%, comisi&oacute;n cesantes 4,5% rentabilidades del 6% y 8,5% y densidad de cotizaciones del 100%, una variaci&oacute;n de un punto porcentual en el crecimiento real de salarios considerado para el ejercicio como constante, puede significar unos beneficios pensionales mayores o menores de acuerdo con el caso, en aproximadamente un 17%.</p>     <p>Tanto las densidades de cotizaci&oacute;n como el ingreso base de cotizaci&oacute;n sobre el que los afiliados realizan aportes vienen a ser determinados por condiciones tales como las que impone el comportamiento del mercado de trabajo.</p>     <p>Los futuros niveles de beneficios son altamente variables al crecimiento del salario real,los costos de administraci&oacute;n y la rentabilidad generada. Una mayor rentabilidad y un mayor crecimiento de salarios efectivamente generan una mayor acumulaci&oacute;n de fondos, reduciendo as&iacute; la carga que pueda generarse para el Estado por concepto de pensiones asistenciales y garant&iacute;a de pensi&oacute;n m&iacute;nima.</p>     <p>En relaci&oacute;n con la afiliaci&oacute;n a seguridad social, el que m&aacute;s del 50% de la poblaci&oacute;n ocupada se encuentra en el sector informal, se traduce en que gran parte de la poblaci&oacute;n no disponga de salario fijo por lo que no puede tener continuidad en sus contribuciones y la situaci&oacute;n es m&aacute;s cr&iacute;tica considerando la precarizaci&oacute;n de los ingresos de los trabajadores en general y, en especial, de los informales. El aumento de la informalidad afecta la cobertura y continuidad en los aportes al sistema, pero aun en el caso de contarse con contratos de trabajo a t&eacute;rmino definido, no garantiza sendas de cotizaci&oacute;n estables por las mismas condiciones estructurales del mercado laboral en las que a&uacute;n "el hecho de mantener la condici&oacute;n de asalariado, no significa que no se presente un deterioro en dicha relaci&oacute;n refilejada en una disminuci&oacute;n de la duraci&oacute;n del contrato laboral" (Giraldo, 2007, p. 256).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En su estudio Protecci&oacute;n o desprotecci&oacute;n social Giraldo (2007) concluye que uno de los problemas de esquemas de pensiones de reparto, lo constituye la inviabilidad financiera dado el aumento de las expectativas de vida y el envejecimiento demogr&aacute;fico; pero, en el caso del esquema de capitalizaci&oacute;n individual es la incapacidad de construir el patrimonio que garantice los ingresos para la vejez, la que lo hace financieramente inviable. En los dos casos se debe volver la mirada a las condiciones de trabajo que es lo que finalmente genera riqueza y puede dar seguridad en los ingresos a un individuo.</p>     <p>Mientras exista un bajo asalaramiento, y un proceso de deterioro de la relaci&oacute;n laboral (desempleo, precarizaci&oacute;n, informalidad) cada vez ser&aacute;n menores las capacidades del Estado para hacer frente a las demandas sociales, porque la base de cotizaci&oacute;n y tributaci&oacute;n disminuir&aacute;n y cada vez ser&aacute;n mayores las presiones sobre el gasto social, como consecuencia del deterioro de las condiciones de vida de la poblaci&oacute;n (Giraldo, 2007, p. 268).</p>     <p>En este sentido, considerando que los sistemas de pensiones dependen de la capacidad de ahorro de los individuos, en la etapa de jubilaci&oacute;n se tendr&aacute;n las mismas circunstancias de ingreso de los afiliados durante su vida laboral. Uthof (2002) plantea la forma en que las familias limitaran el acceso a las prestaciones de jubilaci&oacute;n definiendo cuatro casos: no asegurados, sin capacidad de ahorro, que corresponde al caso de familias pobres que viven exclusivamente con ingresos de subsistencia, dada su baja capacidad de ahorro, tendr&aacute;n que ser sujetos de pol&iacute;ticas asistenciales en materia de ingresos para la vejez. Los no asegurados altamente vulnerables, que corresponde a familias que pueden destinar parte de sus ingresos actuales al ahorro, pero que dada su vulnerabilidad al ciclo econ&oacute;mico y al desempleo, deber&aacute;n ajustar sus gastos interrumpiendo los esfuerzos de ahorro y puede que no logren ahorrar con una continuidad y volumen tal que les garantice una pensi&oacute;n digna para la vejez. Otra categor&iacute;a la constituyen los no asegurados altamente vulnerables, que corresponde a aquellas familias que pueden alcanzar continuidad de ahorro pero no el volumen que les permita una pensi&oacute;n digna, por lo que deber&aacute;n ser sujetos de apoyo de pensiones m&iacute;nimas. Y una cuarta categor&iacute;a, de los plenamente asegurados por su capacidad de ahorro, que ser&iacute;a aquella correspondiente al grupo de m&aacute;s altos ingresos, con mayor capacitaci&oacute;n, que podr&aacute; destinar parte de su ingreso al ahorro de manera continua y de mayor volumen para financiar su consumo en la vejez (Uthof, 2002, pp. 45-46).</p>     <p>En este orden de ideas, se tiene un esquema que se implementa con un nivel de generalidad tal que &uacute;nicamente operar&iacute;a para una de las cuatro categor&iacute;as definidas por Uthof, que en el caso colombiano representa menos del 20% de la poblaci&oacute;n, esto bajo el supuesto de contar con tasas de rentabilidad positivas.</p>     <p>A partir de lo anterior, es consecuente plantear que la creaci&oacute;n de empleo formal que permita mayores densidades de cotizaci&oacute;n, aumento de la productividad y salarios deben ser objetivos fundamentales en la construcci&oacute;n de un sistema de seguridad social de car&aacute;cter universal y sostenible financieramente.</p>     <p><font size="3"><b>Conclusiones</b></font></p>     <p>La introducci&oacute;n de la reforma al sistema de pensiones planteaba objetivos muy importantes para el r&eacute;gimen de ahorro individual los cuales solucionar&iacute;an muchas de las dificultades que presentaba el sistema existente. No obstante, diecis&eacute;is a&ntilde;os despu&eacute;s de su implementaci&oacute;n, los resultados frente algunos de los logros que se esperaban dejan ver que poco se ha avanzado en la soluci&oacute;n al problema pensional. El objetivo de lo expuesto fue presentar algunos elementos para el an&aacute;lisis que debe darse en torno al sistema de pensiones colombiano en el que aparte de las implicaciones macroecon&oacute;micas y de sostenibilidad financiera debe contemplarse la perspectiva del afiliado y los riesgos a que este se ve expuesto.</p>     <p>Se consider&oacute; que con el r&eacute;gimen de ahorro individual se generar&iacute;an ganancias en t&eacute;rminos de eficiencia v&iacute;a competencia de los administradores de fondos; no obstante, si se analizan elementos que pueden estar involucrados en este concepto tales como los costos de gesti&oacute;n y administraci&oacute;n, se encuentra que el sistema no se muestra tan eficiente para el afiliado. Como ha sido reconocido por el mismo Banco Mundial, este tipo de esquemas de pensiones involucra elevados costos sin que puedan ser garantizados altos niveles de beneficios, dadas las condiciones de volatilidad de las rentabilidades generadas a que est&aacute;n expuestos los ahorros de los afiliados por la incertidumbre y shocks que puedan gestarse en los mercados financieros.</p>     <p>Dentro de la literatura existente se encuentra que, en general, para todos los pa&iacute;ses de Latinoam&eacute;rica que emprendieron las reformas, los niveles de comisiones siguen siendo altos. Asimismo, la baja densidad de cotizaci&oacute;n resulta necesariamente en una reducci&oacute;n en los beneficios pensionales a obtener, con un efecto negativo sobre los futuros saldos superior al 40%. Tomando como referencia los trabajos realizados Whitehouse (2000), Diamond (1999), Devesa (2002), se mostr&oacute; para el caso colombiano el efecto de los costos que el afiliado debe asumir por la administraci&oacute;n de sus ahorros de pensi&oacute;n sobre la acumulaci&oacute;n de saldos y los beneficios pensionales a obtener. Asimismo, se analiz&oacute; el efecto de las densidades de cotizaci&oacute;n sobre los mismos, encontr&aacute;ndose que los costos cobrados afectan la cuentas individuales en proporciones superiores al 17%, y que en los periodos en los que el afiliado no realiza ning&uacute;n tipo de contribuci&oacute;n se ve afectado por partida doble, mientras deja de adicionar aportes a su cuenta, la administradora cobra por la administraci&oacute;n de los saldos de la misma una comisi&oacute;n sobre los rendimientos generados.</p>     <p>Efectivamente, la provisi&oacute;n privada de seguros y en el caso de pensiones conlleva elevados costes y el nivel de comisiones cobradas infiluye negativamente en los fondos acumulados por los trabajadores, lo que disminuye la pensi&oacute;n que el afiliado obtendr&aacute; al momento de su jubilaci&oacute;n. Lo presentado demuestra que los niveles de comisiones consumen una parte importante de los recursos que debieran acumularse como capital para pensi&oacute;n, como m&iacute;nimo se est&aacute; disminuyendo los fondos de la cuenta en un 17% a 28% por tal concepto.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La eficiencia y la disposici&oacute;n de recursos de pensi&oacute;n en el esquema de capitalizaci&oacute;n individual van a estar condicionados por la capacidad de ahorro del individuo durante su vida laboral, la rentabilidad generada, las comisiones cobradas y la constancia en los aportes de ahorro. La obtenci&oacute;n de prestaciones previsionales dignas para la vejez requiere niveles constantes de ahorro que a su vez involucran una trayectoria laboral sin periodos de interrupci&oacute;n; situaci&oacute;n dif&iacute;cil de darse plenamente teniendo en cuenta las condiciones de informalidad del mercado laboral. Adicionalmente, los niveles de ingreso base de cotizaci&oacute;n deben ser considerablemente altos para efectos de lograr acumular el capital necesario, circunstancia que escapa a las condiciones del pa&iacute;s donde m&aacute;s del 80% de la poblaci&oacute;n cotiza sobre menos de dos salarios m&iacute;nimos. As&iacute;, los bajos niveles de empleo, la alta incidencia de la informalidad, los problemas de ingreso de algunos sectores de trabajadores y el desempe&ntilde;o econ&oacute;mico impactan directamente los resultados que el sistema pueda generar.</p>     <p>Recientemente algunos sectores se han pronunciado sobre la necesidad de una "reforma integral al sistema de pensiones colombiano" y dentro de las propuestas se plantea el aumento de las edades de jubilaci&oacute;n, el incremento en el n&uacute;mero de semanas cotizadas, igualar la edad de jubilaci&oacute;n de mujeres y hombres, el aumento de los aportes de afiliados y el deslucimiento del r&eacute;gimen de prima media. Sin embargo, la soluci&oacute;n al problema previsional no pasa necesaria y &uacute;nicamente por estos puntos, y menos si la constante del mercado laboral son los altos niveles de desempleo y bajos niveles de salarios. Una reforma debe hacerse a fondo y ser el resultado de un an&aacute;lisis profundo de las condiciones del pa&iacute;s en esta materia. &iquest;Cu&aacute;l ser&iacute;a el efecto de ampliar las semanas cotizadas o ampliar las edades, si en el sistema menos de la mitad de afiliados cotiza efectivamente, muchos no alcanzan a reunir las semanas m&iacute;nimas de cotizaci&oacute;n, m&aacute;s del 80% de los afiliados cotiza sobre menos de dos salarios m&iacute;nimos y una proporci&oacute;n importante, al momento de solicitar la pensi&oacute;n, ni siquiera alcanza a reunir los requisitos necesarios para acceder a la Garant&iacute;a de Pensi&oacute;n M&iacute;nima? El tema pasa por abordar problemas de fondo relacionados con la misma estructura productiva, laboral y de crecimiento econ&oacute;mico del pa&iacute;s. Igualmente, se habla de los problemas del r&eacute;gimen de prima media que, efectivamente, deben revisarse, pero nada se dice los problemas del r&eacute;gimen de capitalizaci&oacute;n individual cuando ya son varios los estudios que muestran que el sistema de capitalizaci&oacute;n no tiene la capacidad de generar adecuados retornos para los futuros pensionados.</p>     <p>No se desconoce que en condiciones favorables tales como niveles de rentabilidad elevados, regularidad en los aportes (altas densidades de cotizaci&oacute;n) y calidad de los mismos, bajos costos administrativos y buen desempe&ntilde;o econ&oacute;mico, el esquema puede presentar beneficios, pero no con el nivel de generalizaci&oacute;n con el que se implement&oacute;. Desde el punto de vista del afiliado, el esquema pude representar mejores beneficios pensionales para ciertos grupos de poblaci&oacute;n, como es el caso de aquellos trabajadores con empleos estables, niveles de calificaci&oacute;n profesional y altos ingresos, caracter&iacute;sticas que son cumplidas por menos del 20% de los afiliados al sistema.</p>     <p>Asimismo, frente a situaciones de riesgo el principal afectado o interesado es el afiliado; sin embargo, este no tiene ninguna capacidad de actuaci&oacute;n ante los resultados que puedan obtenerse. Aunque al afiliado le interesan los niveles de rentabilidad tambi&eacute;n importa la seguridad que el sistema pueda brindarle frente a no quedarse sin los ingresos suficientes para su vejez. Parece ser que en la estructuraci&oacute;n del nuevo r&eacute;gimen de seguridad social ha sido justificada la importancia de otras variables excepto la importancia de la seguridad del r&eacute;gimen mismo. En definitiva, el afiliado asume de forma regresiva el costo de las comisiones y el riesgo financiero del sistema (Uthof, 2002).</p>     <p>Muy ligado al tema de los costos de administraci&oacute;n del esquema de capitalizaci&oacute;n individual y densidades de cotizaci&oacute;n, est&aacute; el referido la participaci&oacute;n del Estado y principalmente a las presiones fiscales que se puedan generar sobre este, cuya reducci&oacute;n se constituy&oacute; en uno de los principales objetivos que motivaron la reforma del sistema existente hasta 1993. Como se argument&oacute; anteriormente y como es planteado en gran parte de la literatura existente sobre el tema, los altos costos involucrados disminuyen los saldos de cuentas individuales y de llegar a presentarse bajos niveles de rentabilidad y altos vac&iacute;os en las sendas de cotizaci&oacute;n, aquellos cuyos saldos para pensi&oacute;n no alcancen a financiar una pensi&oacute;n m&iacute;nima, tendr&aacute;n que ser subsidiados por la garant&iacute;a estatal v&iacute;a presupuesto de la naci&oacute;n. La reducci&oacute;n de las cargas pensionales sobre el presupuesto, en efecto, est&aacute; lejos de darse dadas las garant&iacute;as establecidas y el proceso de transici&oacute;n que ha generado nueva carga fiscal; asimismo, cerca del cincuenta por ciento de los ahorros privados se convierten en deuda p&uacute;blica y se subestiman los costos involucrados para el estado como garante de &uacute;ltima instancia en el pago de pensiones, pero este tema ser&aacute; objeto de un trabajo posterior.</p ><hr>     <p><font size="3"><b>Pie de p&aacute;gina</b></font></p>     <p><a name="nota_1"></a><a href="#nota1"><sup>1</sup></a>Sobre el particular, se establecen algunas consideraci&oacute;n acerca del sistema de pensiones colombiano en art&iacute;culo denominado "R&eacute;gimen de Ahorro Individual en Colombia: &iquest;D&oacute;nde est&aacute;n las Ganancias en Eficiencia?", publicado en la Revista Activos n&uacute;mero 15 de la Facultad de Contadur&iacute;a P&uacute;blica de la Universidad Santo Tom&aacute;s (Bogot&aacute;-Colombia). </p>     <p><a name="nota_2"></a><a href="#nota2"><sup>2</sup></a>Los reg&iacute;menes de capitalizaci&oacute;n consisten en la acumulaci&oacute;n de los aportes en cuentas individuales administradas por empresas privadas, saldos que ser&aacute;n los que financien las prestaciones previsionales que se obtengan. En los esquemas de capitalizaci&oacute;n individual, los aportes de los afiliados se administran en una cuenta individual y la cuant&iacute;a de la pensi&oacute;n depender&aacute; del manejo financiero -v&iacute;a rentabilidad- que produzca el capital ahorrado.</p>     <p><a name="nota_3"></a><a href="#nota3"><sup>3</sup></a>Los argumentos que fundamentaron las reformas han sido se&ntilde;alados como mitos por Mesa Lago (2002), por cuanto los resultados obtenidos se encuentran lejos de los objetivos y beneficios esperados.</p>     <p><a name="nota_4"></a><a href="#nota4"><sup>4</sup></a>Estudios realizados sobre el efecto de los costos de administraci&oacute;n sobre el saldo de la cuenta individual para el sistema privado de capitalizaci&oacute;n del Reino Unido indican que un porcentaje considerable de la cuenta es consumido por los gastos de administraci&oacute;n durante la fase de acumulaci&oacute;n y el periodo de retiro: Murthi, Orszag and Orszag (March, 1999). Adem&aacute;s se pueden consultar otros autores como: Whitehouse (2001) y Uthoff (2001).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a name="nota_5"></a><a href="#nota5"><sup>5</sup></a>Esto sucede en el caso colombiano con la comisi&oacute;n de cesantes.</p>     <p><a name="nota_6"></a><a href="#nota6"><sup>6</sup></a>En Colombia, el esquema de capitalizaci&oacute;n individual es introducido mediante la Ley 100 de 1993.</p>     <p><a name="nota_7"></a><a href="#nota7"><sup>7</sup></a>El nuevo sistema producto de la reforma empez&oacute; a operar en abril de 1994.</p>     <p><a name="nota_8"></a><a href="#nota8"><sup>8</sup></a>Es decir, asumen de manera individual los riesgo implicados en la construcci&oacute;n de beneficios pensi&oacute;nales.</p>     <p><a name="nota_9"></a><a href="#nota9"><sup>9</sup></a>A partir de una cotizaci&oacute;n del 13,5% sobre el ingreso base de cotizaci&oacute;n, se establece que a partir del 1 de enero de 2004 esta se incrementar&aacute; al 14,5%, en el 2005 y 2006 se incrementar&aacute; 0,5% y se autoriza al gobierno para que a partir del a&ntilde;o 2008, y por una sola vez, se incremente en un 1%, siempre y cuando, el promedio del PIB de los dos a&ntilde;os anteriores sea igual o superior a 4%.</p>     <p><a name="nota_10"></a><a href="#nota10"><sup>10</sup></a>Se requieren m&iacute;nimo 650 semanas de cotizaci&oacute;n y la temporalidad del subsidio otorgado corresponde a quinientas semanas, ser mayor de cincuenta y cinco a&ntilde;os si se encuentra afiliado al ISS, y mayor de cincuenta y ocho para afiliados al RAI, estar cobijado por el sistema de seguridad social en salud (Documento Conpes, 2007).</p>     <p><a name="nota_11"></a><a href="#nota11"><sup>11</sup></a>Estos autores encuentran que el porcentaje de costos de administraci&oacute;n estimado para el sistema del Reino Unido puede estar alrededor del 40%.</p>     <p><a name="nota_12"></a><a href="#nota12"><sup>12</sup></a>En el caso chileno, antes de la reforma a 2008 se estimaba que los costos de administraci&oacute;n absorbidos por las AFP estaban en el rango del 20-25%. En el caso de M&eacute;xico se estiman comisiones entre el 20 y 30%.</p>     <p><a name="nota_13"></a><a href="#nota13"><sup>13</sup></a>Revisar el Art&iacute;culo 7 Ley 797 de 2003.</p>     <p><a name="nota_14"></a><a href="#nota14"><sup>14</sup></a>En lo corrido del sistema, una proporci&oacute;n superior al 1,5% es destinada como costos de administraci&oacute;n y el porcentaje restante para el pago de seguros previsionales.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a name="nota_15"></a><a href="#nota15"><sup>15</sup></a>El l&iacute;mite por cobro de comisi&oacute;n y seguros era el 3,5% hasta el 2003, a&ntilde;o en el cual se redujo al 3%. 16 Ley 797 de 2003.</p>     <p><a name="nota_16"></a><a href="#nota16"><sup>16</sup></a>Ley 797 de 2003.</p>     <p><a name="nota_17"></a><a href="#nota17"><sup>17</sup></a>Se considera que un afiliado es cesante cuando se presenta una mora igual o superior a tres meses en el pago de cotizaciones (art&iacute;culo 39 decreto 656 de 1994).</p>     <p><a name="nota_18"></a><a href="#nota18"><sup>18</sup></a>Proporci&oacute;n de la vida en edad de trabajar de un individuo en la cual efect&uacute;a cotizaciones al sistema y presenta continuidad en los aportes.</p>     <p><a name="nota_19"></a><a href="#nota19"><sup>19</sup></a>No es raro que la densidad en las cotizaciones se ubiquen en los niveles indicados, dada la alta informalidad en continuo aumento en el pa&iacute;s.</p>     <p><a name="nota_20"></a><a href="#nota20"><sup>20</sup></a>A 31 de diciembre de 2009, la distribuci&oacute;n de los aportes mensuales del 16% sobre el ingreso base de cotizaci&oacute;n realizados por el afiliado incluyendo los porcentajes destinados para el pago de la comisi&oacute;n cobrados por las diferentes administradoras corresponde a 3% por concepto de seguros de invalidez y sobrevivencia, 1,5% destinado al fondo de garant&iacute;a de pensi&oacute;n m&iacute;nima y el 11,5 % abonado a la cuenta individual (ver anexo distribuci&oacute;n de cotizaciones a diciembre de 2009). Otras comisiones cobradas corresponden a las comisiones de afiliados cesantes, comisiones por administraci&oacute;n de pensi&oacute;n por retiro programado, comisiones por traslados y por aportes voluntarios a los fondos de pensiones obligatorias.</p>     <p><a name="nota_21"></a><a href="#nota21"><sup>21</sup></a>Sobre el particular se realiz&oacute; consulta a la Superintendencia Financiera de Colombia y la Direcci&oacute;n de Riesgos T&eacute;cnicos de Seguros se pronunci&oacute; en los siguientes t&eacute;rminos: "revisada la reglamentaci&oacute;n sobre el cobro de gastos administrativos para rentas vitalicias, no se encontr&oacute; ninguna reglamentaci&oacute;n al respecto se concluye que el factor de gastos incluido el valor de prima de las rentas vitalicias lo establecen las aseguradoras libremente y en funci&oacute;n de su estructura de gastos".</p>     <p><a name="nota_22"></a><a href="#nota22"><sup>22</sup></a>Las variables fueron calculadas en pesos a 2009</p>     <p><a name="nota_23"></a><a href="#nota23"><sup>23</sup></a>Este supuesto se toma considerando que, en los &uacute;ltimos treinta a&ntilde;os, el promedio del incremento del salario m&iacute;nimo real no alcanza a ser superior al 1,5%.</p>     <p><a name="nota_24"></a><a href="#nota24"><sup>24</sup></a>De acuerdo con Diamond (1999) , Murthi Ozarg (1999) , Whitehouse (2001)</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a name="nota_25"></a><a href="#nota25"><sup>25</sup></a>La protecci&oacute;n social de los trabajadores se encuentra estrechamente relacionada con las condiciones del mercado laboral y, particularmente, del empleo. En la mayor&iacute;a de los pa&iacute;ses de Am&eacute;rica Latina, solo quienes tienen un trabajo tanto formal como estable, acceden a beneficios sociales como la cobertura de jubilaciones y las prestaciones de los seguros de desempleo y salud; mientras que los trabajadores informales y las personas sin empleo suelen carecer de estos o dependen de programas sociales estatales, principalmente de naturaleza asistencial (Betranou, 2004, p. 4).</p>     <p><a name="nota_26"></a><a href="#nota26"><sup>26</sup></a>Castro, Ruben (2005).  <hr>     <p><font size="3"><b>Referencias</b></font></p>     <!-- ref --><p>Banco Mundial (1994). Envejecimiento sin crisis (Averting Old Age Crisis). World Bank. Policy research report. Washington.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000186&pid=S0123-1472201000030000500001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Berstein, Solange; Larrain, Guillermo y Pino, Francisco (2005). <i>Cobertura, densidad y pensiones en Chile, proyecciones a 20 a&ntilde;os plazo</i>. Santiago de Chile: Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000187&pid=S0123-1472201000030000500002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Bertranou, Fabio (2004). Reforma a los sistemas de jubilaciones y pensiones en Am&eacute;rica Latina: paradigmas y temas emergentes. Oficina Internacional del Trabajo. Oficina subregional para el cono sur de Am&eacute;rica Latina. Recuperado el 1 de julio de 2008, <a href="http://www.oitchile.cl/pdf/publicaciones/ele/elec005.pdf" target="_blank"><u>http://www.oitchile.cl/pdf/publicaciones/ele/elec005.pdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000188&pid=S0123-1472201000030000500003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Bonilla, Ricardo (2001). Pensiones en busca de la equidad. <i>Cuadernos de Econom&iacute;a </i>(34), 310-335.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000189&pid=S0123-1472201000030000500004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Castro, Rub&eacute;n (2005). <i>Efectos de largo plazo de la comisi&oacute;n fija en el sistema chileno de AFP</i>. Santiago de Chile: Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000190&pid=S0123-1472201000030000500005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Devesa, Jos&eacute;; Rodr&iacute;guez, Rosa y Vidal, Carlos. (2002). Los costes de administraci&oacute;n para el afiliado en los sistemas de pensiones basados en cuentas de capitalizaci&oacute;n individual: medida y comparaci&oacute;n internacional. Valencia: Departamento de econom&iacute;a financiera y matem&aacute;tica. Facultad de econom&iacute;a Universidad de Valencia.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000191&pid=S0123-1472201000030000500006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Devesa, Jos&eacute;; Mart&iacute;nez, M&oacute;nica y Vidal, Carlos (2000). <i>An&aacute;lisis y valoraci&oacute;n de los sistemas de pensiones reformados en Latinoam&eacute;rica. </i>Valencia: Instituto Valenciano de Investigaciones Econ&oacute;micas.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000192&pid=S0123-1472201000030000500007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Devesa, Jos&eacute;; Carpio, Rosa y Vidal, Carlos (2002). Assesing Administration charges for the afiliate in individual account systems. Valencia: Instituto Valenciano de Investigaciones Econ&oacute;micas.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000193&pid=S0123-1472201000030000500008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Diamond, Peter (1999). <i>Adminstrative Costs and Equilibrium. Charges whit individual accounts. </i>Cambridge: National Bureau of Economic Research.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000194&pid=S0123-1472201000030000500009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Ferro, Gustavo (2002). Regulaci&oacute;n y costos variables end&oacute;genos en el mercado de fondos de jubilaciones y pensiones argentino. Tesis doctoral en econom&iacute;a. Argentina: Universidad del CEMA. Recuperado el 1 de junio de 2008, <a href="http://www.cema.edu.ar/publicaciones/download/documentos/231.pdf" target="_blank">http://www.cema.edu.ar/publicaciones/download/documentos/231.pdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000195&pid=S0123-1472201000030000500010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Goldberg, Laura y Lo Vuolo, Ruben (2005). La reforma de la reforma. Un nuevo sistema previsional para la Argentina. <i>Documento de trabajo </i>(45). Buenos Aires: Centro interdisciplinario para el estudio de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000196&pid=S0123-1472201000030000500011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Giraldo, C&eacute;sar (2006). <i>Balance de una reforma. La protecci&oacute;n social en Colombia</i>. Colecci&oacute;n de estudios sobre protecci&oacute;n social. Crecimiento Equidad y ciudadan&iacute;a. CID. Bogot&aacute;: Universidad Nacional.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000197&pid=S0123-1472201000030000500012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Giraldo, C&eacute;sar (2007). <i>Protecci&oacute;n o desprotecci&oacute;n social. </i>Bogot&aacute;: ediciones Desde Abajo.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000198&pid=S0123-1472201000030000500013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Harris, Amy; Sabelhause, John y Simpson, Michael. (2005). <i>Social security benefit uncertainty under individual accounts</i>. Wastern Economic Association International.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000199&pid=S0123-1472201000030000500014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Ley 100 de 1993. Exposici&oacute;n de motivos. Ministerio de trabajo y seguridad social. Septiembre de 1992.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000200&pid=S0123-1472201000030000500015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Ley 797 de 2003. Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000201&pid=S0123-1472201000030000500016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Lo Vuolo, Rub&eacute;n (1996). Reformas previsionales en Am&eacute;rica Latina: el caso argentino. Comercio Exterior (46), 1-24.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000202&pid=S0123-1472201000030000500017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Mesa, Carmelo (2002). Myth and Reality of Pension Reform: The Latin American Evidence. <i>World development </i>30 (8), 1309-1321.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000203&pid=S0123-1472201000030000500018&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Mesa, Carmelo (2004). La reforma de pensiones en Am&eacute;rica Latina. Modelos y caracter&iacute;sticas, mitos y desempe&ntilde;os y lecciones. <i>&iquest;P&uacute;blicos o privados? Los sistemas de pensiones en Am&eacute;rica Latina despu&eacute;s de dos d&eacute;cadas de reformas</i>. Caracas: Nueva sociedad.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000204&pid=S0123-1472201000030000500019&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Mesa, Carmelo (2004). Evaluaci&oacute;n de un cuarto de siglo de reformas estructurales de pensiones en Am&eacute;rica Latina. <i>Revista de la CEPAL </i>(84), 59-82.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000205&pid=S0123-1472201000030000500020&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Mesa, Carmelo (2004). Las reformas de pensiones en Am&eacute;rica Latina y su impacto en los principios de la seguridad social. <i>Serie financiamiento del desarrollo </i>(144), 1-137.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000206&pid=S0123-1472201000030000500021&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Murthi, M.; Orszag, J. M. and Orszag, P.(1999). The charge ratio on individual accounts: lessons from the United Kingdom. Birkbeck Economics Working Paper, March. Recuperado el 1 de junio de 2008, <a href="http://www.econ.bbk.ac.uk/ukcosts" target="_blank">http://www.econ.bbk.ac.uk/ukcosts</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000207&pid=S0123-1472201000030000500022&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Riesco, Manuel (2007). <i>Resultados para los afiliados de las AFP y compa&ntilde;&iacute;as de seguros relacionadas con la previsi&oacute;n 1982-2006. </i>Chile: Centro de estudios nacionales de desarrollo alternativo.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000208&pid=S0123-1472201000030000500023&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Rodr&iacute;guez, Adolfo y Dur&aacute;n, Fabio (2000). Costos e incentivos en la organizaci&oacute;n de un sistema de Pensiones. <i>Financiamiento del desarrollo </i>(98), 1- 61&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000209&pid=S0123-1472201000030000500024&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Superintendencia Financiera de Colombia (2010). Informaci&oacute;n de los Fondos de Pensiones Obligatorias, Voluntarias, Fondos de Cesant&iacute;as y Fondos de Reservas de pensiones del R&eacute;gimen de Prima Media. Recuperado el 15 de febrero de 2010, <a href="www. superfinanciera.gov.co" target="_blank">www.superfinanciera.gov.co</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000210&pid=S0123-1472201000030000500025&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Whitehouse, Edward (2001). Administrative charges for funded pensions: comparison and assesment of 13 countries. OECD Insurance and Private Pensions Compendium. Recuperado el 1 de julio de 2008,  <a href="http://www.oecd.org/daf/insurance-pensions" target="_blank">http://www.oecd.org/daf/insurance-pensions</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000211&pid=S0123-1472201000030000500026&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Shoven, J.B. (2000). <i>Administrative Costs and Social Security Privatization. </i>National Bureau of Economic Research, Cambridge, Mass. Recuperado el 1 de febrero de 2010, <a href="http://www.nber.org" target="_blank">http://www.nber.org</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000212&pid=S0123-1472201000030000500027&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><p><b><font size="3">Anexo1. Modelo de acumulaci&oacute;n de saldos en la cuenta individual del afiliado</font></b></p>     <p>Para el an&aacute;lisis de la obtenci&oacute;n de saldos de capital de las cuentas individuales se toma en cuenta un modelo simple de acumulaci&oacute;n planteado por Castro (2005)<a name="nota26"></a><a href="#nota_26"><sup>26</sup></a>tal que el saldo en el momento t de la cuenta va a estar dado por:</p>     <p align="center"><i>S<sub>t</sub> = S<sub>t–1</sub> * (1 + r<sub>t</sub>) + C<sub>t</sub> + B<sub>t</sub> – G<sub>t</sub></i></p>     <p>Saldo del periodo anterior m&aacute;s rendimientos, m&aacute;s la cotizaci&oacute;n del periodo, m&aacute;s rendimientos menos gastos del periodo. Teniendo en cuenta que los aportes de cotizaci&oacute;n se dan de manera mensual, considerando para el an&aacute;lisis un periodo anual, el monto al final de cada periodo se obtendr&aacute; como sigue:</p>     <p align="center"><a name="#ec3"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04ec3.jpg"></p>      <p>Se introduce la variable densidad por cuanto no siempre es factible que los afiliados realicen los aportes de manera sin interrupci&oacute;n. Esta se considera constante y est&aacute; dada en el interv&aacute;lo [0,1], 0 si no realiza aportes y 1 si realiz&oacute; aportes durante todos los meses del periodo considerado.</p>     <p>Para el ejercicio de simulaci&oacute;n se emplea la siguiente f&oacute;rmula recurrente para obtener el nivel de acumulaci&oacute;n de capital a la edad de pensi&oacute;n.</p>     <p align="center"><a name="#ec4"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04ec4.jpg"></p>      <p><i>S<sub>TC</sub></i> ,Saldo acumulado considerando el efecto de las comisiones de administraci&oacute;n.</p>     <p><i>A<sub>i</sub></i> ,saldo inicial</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>C, tasa de cotizaci&oacute;n</p>     <p><i>r</i><sub>t</sub> ,tasa de inter&eacute;s real en el a&ntilde;o t.</p>     <p>Suponiendo que:</p> <ul type="square">     <li>Wt crece a una tasa constante g</li>     <li>La densidad de cotizaci&oacute;n constante</li>     <li>Tasa de inter&eacute;s real anual constante</li>    </ul>     <p>Se tiene:</p>     <p align="center"><a name="#ec5"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04ec5.jpg">      </p>      <p>Durante los periodos en los que no se realizan aportes, el fondo se reduce por la comisi&oacute;n cobrada por las AFP que corresponde a un porcentaje sobre los rendimientos generados en el periodo anterior. Si se considera el periodo N en el que no se realizan cotizaciones, la cuenta se ver&aacute; reducida por la comisi&oacute;n de administraci&oacute;n cobrada por la AFP sobre los rendimientos generados. De tal manera que si en el periodo N no se realizan aportes se tendr&aacute; un saldo dado por:</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center">S<sub>NC</sub> = S<sub>N</sub> 1 * (1 + r * (1 - C<sub>2</sub>))</p>     <p>Donde <i>C</i><sub>2</sub> comisi&oacute;n cobrada por las AFP sobre los rendimientos generados en periodos de no aportes. De igual manera, existen unos costos de conversi&oacute;n al momento de la pensi&oacute;n dependiendo de la modalidad que se escoja, por lo que se tendr&iacute;a:</p>     <p align="center"><a name="#ec6"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04ec6.jpg">      <p>Donde, <i>C<sub>3</sub> </i>corresponde a la proporci&oacute;n del saldo final de la cuenta individual que es absorbido al momento de la pensi&oacute;n. Si no se considerara el efecto de los costos por concepto de comisiones, los cuales disminuyen los saldos de la cuenta individual, al momento de jubilaci&oacute;n los saldos para pensi&oacute;n estar&iacute;an determinados:</p>      <p align="center"><a name="#ec7"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04ec7.jpg">      <p><i>S</i><sub>TSC</sub> , saldo sin considerar el efecto de las comisiones de administraci&oacute;n cobradas por las AFP. Si adicionalmente, el afiliado tuviera sendas de cotizaciones continuas y constantes, los fondos acumulados se podr&iacute;an determinar como sigue:</p>     <p align="center"><a name="#ec8"></a><img src="img/revistas/cuco/v11n29/v11n29a04ec8.jpg">  </font>      ]]></body><back>
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