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<journal-title><![CDATA[Estudios Socio-Jurídicos]]></journal-title>
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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Perder la perspectiva, distorsionar la historia]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[ABSTRACT The relation between criminal judgment and historical interpretation is problematic in myriad ways. Krenz says, in short, that the two tasks are radically different and should not be addressed in the same forum. Charles Maier 'responds' that these tasks are indeed distinct, but ultimately inextricable. So we must get on with reconciling the two as best we can. The tension between what I take to be the truth in both statements is the subject of the present paper.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[  <font face="verdana" size="2">     <p align="center"><font size="4"><b>Perder la perspectiva, distorsionar la historia</b></font><Sup>*</Sup></p>     <p align="center"><font size="3"><b>Losing perspective distorting history</b></font></p>     <p align="center"><b>Mark J. Osiel</b><sup>**</sup></p>     <p><sup>*</sup>Agradecemos al profesor Mark Osiel quien autoriz&oacute; la traducci&oacute;n para esta revista del cap&iacute;tulo 4 del libro <I>Mass Atrocity, Collective Memory, and the Law</I>, New Jersey: Transaction Publishers, New Brunswick, 2000. Chapter 4 Losing Perspective, Distorting History, p.p 79-141. La editorial pertenece al autor. Traducci&oacute;n al espa&ntilde;ol de Rosario Casas.    <br> N. del E.: en la traducci&oacute;n se respet&oacute; la forma de citaci&oacute;n del autor y la forma de presentar la bibliograf&iacute;a, tal como aparece en el libro original.    <br> <sup>**</sup>Doctor en derecho, Universidad de Harvard y profesor de derecho, Universidad de Iowa. Ha sido profesor visitante en Cambridge University, en la Escuela Kenenddy de Gobierno de Harvard y el London School of Economics and Political Science. El profesor Osiel es reconocido por sus libros <I>Mass atrocity, collective memory and the law</I>; <I>Obeying orders: atrocity, military discipline, ant the law of war,</I> y <I>Mass atrocity, ordinary evil and Hannah Arendt: criminal consciousness in Argentina's dirty war</I>. Ha sido asesor del Tribunal Criminal para la Antigua Yugoslavia, del juicio contra el general chileno Augusto Pinochet y del proceso judicial contra los acusados del genocidio de Ruanda.  Cambridge, Inglaterra</p>     <p>Recibido: febrero 3 de 2005 Aprobado: febrero 3 de 2005 </p> <hr>     <p><b>RESUMEN</b></p>     <p>La relaci&oacute;n entre enjuiciamiento penal e interpretaci&oacute;n hist&oacute;rica es problem&aacute;tica por m&uacute;ltiples razones. Krenz afirma, en breve, que las dos tareas son radicalmente diferentes y que no deben ser abordadas en el mismo foro. Maier "responde" que las dos tareas son, en efecto, distintas, pero, en &uacute;ltima instancia, inextricables. Por lo tanto, debemos tratar de reconciliar esas dos tareas de la mejor manera posible. La tensi&oacute;n entre lo que considero la verdad de cada una de las anteriores afirmaciones constituye el tema de este art&iacute;culo. </p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><I><b>Palabras clave</b></I>: responsabilidad criminal, historia, verdad, historia oficial tribunales criminales, democracia, memoria colectiva. </p> <hr>     <p><b>ABSTRACT</b></p>     <p>The relation between criminal judgment and historical interpretation is problematic in myriad ways. Krenz says, in short, that the two tasks are radically different and should not be addressed in the same forum. Charles Maier 'responds' that these tasks are indeed distinct, but ultimately inextricable. So we must get on with reconciling the two as best we can. The tension between what I take to be the truth in both statements is the subject of the present paper. </p>      <p><I><b>Key words</b>: </I>Criminal responsibility, history, truth, official history, criminal tribunal, democracy, collective memory. </p> <hr>     <P align="right"><I>Lo que deseo, en la medida de lo posible, es un debate pol&iacute;tico objetivo en torno a la historia de los dos Estados alemanes. Las leyes penales, cualesquiera que ellas sean, son fundamentalmente inadecuadas para resolver los problemas hist&oacute;ricos. </I>    <br> Egon Krenz<sup><a name="nu1"></a><a href="#num1">1</a></sup></p>     <P align="right"><I>No puede haber una narrativa hist&oacute;rica que &#91;...&#93; haga justicia perfecta (as&iacute; como probablemente no haya resultado judicial alguno que pueda capturar la complejidad de la historia) &#91;...&#93; Por otra parte &#91;...&#93; al historiador le gustar&iacute;a hacer justicia; el juez debe establecer alguna versi&oacute;n de la historia. Si los buenos jueces e historiadores esquivan estas tareas, ser&aacute;n asumidas por aqu&eacute;llos parcializados o triunfalistas. </I>    <br> Charles Maier<sup><a name="nu2"></a><a href="#num2">2</a></sup></p>      <p>La relaci&oacute;n entre enjuiciamiento penal e interpretaci&oacute;n hist&oacute;rica es problem&aacute;tica por m&uacute;ltiples razones. Krenz afirma, en breve, que las dos tareas son radicalmente diferentes y que no deben ser abordadas en el mismo foro. Maier "responde" que las dos tareas son, en efecto, distintas, pero, en &uacute;ltima instancia, inextricables. Por lo tanto, debemos tratar de reconciliar esas dos tareas de la mejor manera posible. La tensi&oacute;n entre lo que considero la verdad de cada una de las anteriores afirmaciones constituye el tema de este cap&iacute;tulo. </p>      <p>A la larga, Maier sale vencedor en la discusi&oacute;n. Pero, concede que el punto de vista predominante ha sido otro. Por ejemplo, a partir de 1989, "las sociedades de Europa oriental han optado por separar las tareas de la justicia pol&iacute;tica y de la representaci&oacute;n hist&oacute;rica. S&oacute;lo los alemanes han persistido en su intento de lograr ambas tareas, y los resultados hasta el momento tambi&eacute;n han sido problem&aacute;ticos".<sup><a name="nu3"></a><a href="#num3">3</a></sup> La opini&oacute;n predominante actualmente es que el intento de combinar esos dos empe&ntilde;os probablemente produzca mala justicia o mala historia, o, posiblemente, las dos. </p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Si la ley ha de tener influencia sobre la memoria colectiva, debe narrar historias cautivantes y convincentes que permanezcan en la mente porque responden a las preocupaciones centrales del p&uacute;blico. </p>     <p>Esto resulta dif&iacute;cil. Las preocupaciones centrales de las cortes penales, cuando se ocupan de casos de masacre administrativa, a menudo no concuerdan con el inter&eacute;s del p&uacute;blico en una exploraci&oacute;n exhaustiva y amplia de las causas de esos sucesos y de la mala conducta de quien contribuy&oacute; a ellos. Las cortes pueden, f&aacute;cilmente, distorsionar esa comprensi&oacute;n p&uacute;blica, ya sea por una estrechez excesiva ("tapaojos legalistas"), ya sea por amplitud excesiva (sobrepasar los l&iacute;mites de su competencia profesional). Una forma frecuente de distorsi&oacute;n combina lo peor de las anteriores: presenta una conclusi&oacute;n profesionalmente correcta, perfectamente adecuada para los fines legales tradicionales, como si fuera mucho m&aacute;s, es decir, como una <I>historia oficial</I> del conflicto en su totalidad. </p>      <p>El tribunal en el caso Eichmann estaba plenamente consciente de estos peligros y, por lo tanto, neg&oacute; expl&iacute;citamente esos fines historiogr&aacute;ficos o did&aacute;cticos como algo fuera de su alcance. As&iacute;, en el primer p&aacute;rrafo de su opini&oacute;n, se evidencia un tono de modestia profesional al afirmarse: </p>     <blockquote>     <p>Se sinti&oacute; el deseo &mdash;en s&iacute; perfectamente comprensible&mdash; de proporcionar, dentro de los l&iacute;mites de este juicio, un recuento hist&oacute;rico comprehensivo y exhaustivo de los eventos de la cat&aacute;strofe, y, al mismo tiempo, de hacer &eacute;nfasis en las memorables haza&ntilde;as heroicas de los combatientes de los guetos &#91;...&#93; Otros vieron este juicio como un foro para aclarar cuestiones de suma importancia &#91;...&#93;. &#91;... Pero&#93; la Corte &#91;...&#93; no debe dejarse atraer hacia regiones que caen fuera de su esfera. El proceso judicial tiene sus propias reglas &#91;...&#93; cualquiera que sea el asunto del juicio. De no ser as&iacute; &#91;...&#93; el juicio parecer&iacute;a un buque sin timonel revolcado por las olas. &#91;...&#93; La Corte no posee las facilidades requeridas para la investigaci&oacute;n de las cuestiones generales antes mencionadas. Por ejemplo, para describir el trasfondo hist&oacute;rico de la cat&aacute;strofe, se nos ha hecho llegar una enorme masa de documentos y evidencia, recolectados minuciosamente y sin duda con el deseo de trazar un cuadro lo m&aacute;s completo posible. Aun as&iacute;, todo este material es apenas una peque&ntilde;&iacute;sima fracci&oacute;n de las fuentes existentes sobre el tema &#91;...&#93; En cuanto a las cuestiones de principio que caen fuera del &aacute;mbito de la ley, nadie nos ha hecho sus jueces y, por lo tanto, nuestra opini&oacute;n acerca de ellas no posee un peso mayor que la de cualquier persona que se haya dedicado a estudiar y a pensar sobre esas cuestiones.<sup><a name="nu4"></a><a href="#num4">4</a></sup></p></blockquote>      <p>La corte identifica aqu&iacute;, de manera admirable, un aut&eacute;ntico problema: el hecho de que muchos ciudadanos acudan al tribunal y a la evidencia que &eacute;ste recolectar&aacute; y evaluar&aacute; para ayudar a responder grandes preguntas que recientemente se han convertido en el centro de la preocupaci&oacute;n p&uacute;blica (y de la angustia privada) &mdash;preguntas sobre las cuales aqu&eacute;l no pretende ser un experto&mdash;. Pero, al mismo tiempo, que el tribunal busca delimitar sus tareas profesionales y rechazar cualquier papel como maestro o estudioso de la historia, no logra refrenarse del todo y proclama el <I>significado educativo</I> y el <I>valor educativo</I> del juicio.<sup><a name="nu5"></a><a href="#num5">5</a></sup> La corte mantiene un silencio d&eacute;lfico con respecto a en qu&eacute; consiste este significado educativo y c&oacute;mo resolver las tensiones entre el efecto educativo positivo del juicio y los otros fines m&aacute;s convencionales de un proceso criminal. </p>      <p>Por lo menos, los jueces son agudamente conscientes de que su pronunciamiento ser&aacute; visto como un <I>hacer</I> historia y de que su juicio mismo ser&aacute; sometido al escrutinio historiogr&aacute;fico. La declaraci&oacute;n inicial del Juez Jackson en Nuremberg reconoce esto expl&iacute;citamente: "El expediente con base en el cual hoy juzgamos a estos acusados es el expediente sobre el cual la historia nos juzgar&aacute; ma&ntilde;ana".<sup><a name="nu6"></a><a href="#num6">6</a></sup> Aun despu&eacute;s de la ejecuci&oacute;n de Julius y Ethel Rosenberg, Felix Frankfurter expres&oacute; por escrito su desacuerdo con la negativa de la Corte Suprema a la suspensi&oacute;n de la ejecuci&oacute;n. Afirm&oacute; que disentir "despu&eacute;s de que el tel&oacute;n se ha cerrado tras ellos puede parecer un ejercicio de futilidad pat&eacute;tica".<sup><a name="nu7"></a><a href="#num7">7</a></sup> Aun as&iacute;, agreg&oacute;: "la historia tambi&eacute;n tiene sus reclamaciones".<sup><a name="nu8"></a><a href="#num8">8</a></sup> Y es  precisamente a ese tipo de reclamaciones que los jueces se sienten obligados a responder en los casos discutidos aqu&iacute;. El &uacute;nico problema &mdash;t&iacute;pico de estos casos&mdash; es que casi con seguridad Frankfurter se equivoc&oacute; en sus reclamaciones, tal como lo demuestra la reciente historiograf&iacute;a sobre el caso <I>Rosenberg.</I><sup><a name="nu9"></a><a href="#num9">9</a></sup></p>      <p>La vaga afirmaci&oacute;n del tribunal Eichmann sobre el valor educativo del juicio es bastante modesta si se lo compara con las m&aacute;s extravagantes proclamas de <I>catarsis</I> nacional y <I>psicoan&aacute;lisis colectivo</I> por parte de los intelectuales mencionados anteriormente.<sup><a name="nu10"></a><a href="#num10">10</a></sup> Aun as&iacute;, muchos historiadores han llegado a la conclusi&oacute;n de que en esos casos, la ley, inconscientemente, proporciona m&aacute;s <I>deseducaci&oacute;n</I> que instrucci&oacute;n hist&oacute;rica precisa.<sup><a name="nu11"></a><a href="#num11">11</a></sup></p>      <p>El concepto mismo de distorsi&oacute;n hist&oacute;rica es, ciertamente, algo problem&aacute;tico y debe ser examinado antes de utilizarse para evaluar las incursiones judiciales en el campo de la narraci&oacute;n de una historia nacional. Tal como advierte Schudson: </p>     <blockquote>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La idea de que se pueda <I>distorsionar</I> la memoria asume que existe un est&aacute;ndar mediante el cual podemos juzgar o medir lo que debe ser una  memoria ver&iacute;dica. Si esto resulta dif&iacute;cil con la memoria individual, es tanto  m&aacute;s complejo en el caso de la memoria colectiva, en la cual el evento o  experiencia pasada que se recuerda fue realmente un evento o experiencia  verdaderamente diferente para los diversos participantes en ellos. M&aacute;s a&uacute;n, si bien podemos aceptar con poco cuestionamiento que la biograf&iacute;a o el curso de la vida constituye el marco apropiado o <I>natural</I> para la memoria individual, no existe tal marco evidente para las memorias culturales. Ni las fronteras nacionales ni las ling&uuml;&iacute;sticas son los recipientes adecuados para la memoria colectiva de manera tan patente como lo es la persona para la memoria individual &#91;...&#93;.<sup><a name="nu12"></a><a href="#num12">12</a></sup> (Mis cursivas) </p></blockquote>      <p>As&iacute;, el contorno de la narraci&oacute;n misma determinar&aacute; el car&aacute;cter preciso y la identidad del sujeto colectivo que supuestamente recuerda. La colectividad no puede decirle al historiador cu&aacute;ndo o c&oacute;mo comienza o termina <I>su</I> narraci&oacute;n, puesto que son las conclusiones del historiador acerca de los or&iacute;genes y la naturaleza de esa colectividad las que determinan, en gran medida, c&oacute;mo ella misma se configura y define. Por lo tanto, concluye Schudson: "La memoria <I>es</I> distorsi&oacute;n porque la memoria es invariable e inevitablemente selectiva. Una forma de ver es, a la vez, una forma de no ver; y una forma de recordar es una forma de olvidar".<sup><a name="nu13"></a><a href="#num13">13</a></sup></p>      <p>Sin embargo, no debemos abandonar del todo el concepto de distorsi&oacute;n.<sup><a name="nu14"></a><a href="#num14">14</a></sup> M&aacute;s bien, debemos aplicarlo, de manera reflexiva, en ambas direcciones. Aquello que ser&aacute; visto como distorsi&oacute;n desde la perspectiva de cualquiera de las dos profesiones puede ser totalmente leg&iacute;timo a la luz de los fines diferentes de la otra. Inevitablemente, el derecho tratar&aacute; a menudo los eventos del pasado en formas que constituir&aacute;n una distorsi&oacute;n desde el punto de vista de la historiograf&iacute;a. Pero si las cortes distorsionan la historia, tambi&eacute;n los historiadores pueden distorsionar el derecho &mdash;con frecuencia en formas que har&iacute;an sobrecogerse y dar alaridos a los abogados&mdash;. El ejemplo m&aacute;s notable entre los tratamientos hist&oacute;ricos de la masacre administrativa es, con seguridad, la conclusi&oacute;n de Ernst Nolte de que Hitler ten&iacute;a derecho de considerar a los jud&iacute;os como sus enemigos, dado que el destacado sionista, Chaim Weitzmann &mdash;en un discurso de fines de 1939 pronunciado una vez estallada la guerra&mdash; hab&iacute;a expl&iacute;citamente "declarado la guerra" al Tercer Reich al anunciar que los jud&iacute;os apoyar&iacute;an a Gran Breta&ntilde;a en el conflicto inminente.<sup><a name="nu15"></a><a href="#num15">15</a></sup></p>      <p>La segunda fuente de escepticismo con respecto a la contribuci&oacute;n potencial del derecho a la memoria colectiva es el contrario de la primera. As&iacute; como nos preguntamos, con raz&oacute;n, si la moralidad liberal ha de ser sacrificada en aras de la narraci&oacute;n hist&oacute;rica, tambi&eacute;n podemos sospechar que los jueces &mdash;cuando son fieles al derecho liberal y a la &eacute;tica profesional&mdash; pueden ser malos historiadores y p&eacute;simos narradores. Es cierto que los estudios legales y la historiograf&iacute;a occidentales siguieron rutas paralelas en sus inicios durante la Edad Media, empleando m&eacute;todos similares y persiguiendo objetivos afines.<sup><a name="nu16"></a><a href="#num16">16</a></sup> Pero hace ya tiempo que sus caminos profesionales se apartaron en muchas formas. </p>      <p>Aun as&iacute;, todav&iacute;a es posible encontrar refrescantes recordatorios de esos intereses comunes. Los buenos jueces e historiadores siguen manifestando virtudes similares, argumenta Maier. "Moderaci&oacute;n, confiabilidad, sentido com&uacute;n, sensibilidad al contexto y a los l&iacute;mites de la acci&oacute;n humana, experiencia vital, la capacidad para abordar tanto lo particular como lo general &#91;...&#93; &eacute;stas integran el cat&aacute;logo de virtudes tanto de la jurisprudencia como de la historiograf&iacute;a".<sup><a name="nu17"></a><a href="#num17">17</a></sup> El atractivo de estas virtudes sigue vigente entre viejos y j&oacute;venes en ambas disciplinas, a pesar de todo el desprecio lanzado sobre ellas en las &uacute;ltimas d&eacute;cadas por los partidarios de la historia radical, de los estudios legales y del an&aacute;lisis econ&oacute;mico de la ley. </p>      <p>Tanto las cortes como los historiadores (tradicionales) tratan de establecer una medida de <I>integridad</I> en la historia de una comunidad mediante la vinculaci&oacute;n de eventos de su pasado a su situaci&oacute;n actual. Esto presenta problemas agudos al juzgar la masacre administrativa. &iquest;Puede escribirse (por parte de jueces o de historiadores) una narrativa &uacute;nica y coherente sobre la experiencia de una naci&oacute;n con la masacre a gran escala, cuando sus miembros deben dividirse en autores, v&iacute;ctimas y espectadores, cada uno con su propia perspectiva sobre lo sucedido? Maier responde afirmativamente, a pesar de los problemas impl&iacute;citos y que &eacute;l reconoce. "Los historiadores y los jueces presuponen la existencia de una comunidad subyacente, aun cuando est&eacute; en guerra consigo misma. En ello tambi&eacute;n radica el desaf&iacute;o compartido por aqu&eacute;llos".<sup><a name="nu18"></a><a href="#num18">18</a></sup> No obstante, la cuesti&oacute;n es si esa presuposici&oacute;n com&uacute;n es defendible, y, en caso afirmativo, sobre qu&eacute; base lo ser&iacute;a. </p>      <p>Para influenciar la memoria colectiva mediante procedimientos legales, es &uacute;til que los fiscales conozcan los g&eacute;neros de narraci&oacute;n aceptados. En otras palabras, ellos deben descubrir la manera de formular la narrativa doctrinal del juicio dentro de las <I>convenciones de g&eacute;nero</I> que prevalecen en una sociedad determinada.<sup><a name="nu19"></a><a href="#num19">19</a></sup> Estas convenciones no son en absoluto universales y, a menudo, requieren un <I>conocimiento local</I> bastante profundo de las estructuras argumentales de los diversos tipos de narrativa cultivados en una cultura dada.<sup><a name="nu20"></a><a href="#num20">20</a></sup></p>      <p>Por ejemplo, un enjuiciamiento del emperador Hirohito podr&iacute;a haberse representado &mdash;sin distorsionar los <I>hechos brutos</I>&mdash;<sup><a name="nu21"></a><a href="#num21">21</a></sup> de manera tal que se alimentara de las convenciones dram&aacute;ticas del Kabuki, en el cual la "muerte de los reyes" es un tema recurrente y evocador.<sup><a name="nu22"></a><a href="#num22">22</a></sup> La atenci&oacute;n a las particularidades culturales de este tipo es, sin embargo, una virtud por la cual la teor&iacute;a legal y pol&iacute;tica liberal &mdash;con su anhelo de universalismo iluminista&mdash; no ha demostrado siempre el respeto suficiente. Adem&aacute;s, "los abogados han encubierto la importancia verdadera de las consideraciones gen&eacute;ricas", se&ntilde;ala Robert Ferguson: "mediante sus llamados al sentido com&uacute;n de una situaci&oacute;n. Pero el sentido com&uacute;n, tal como han empezado a demostrar los antrop&oacute;logos, es b&aacute;sicamente un uso socialmente construido de la experiencia para alegar certeza manifiesta".<sup><a name="nu23"></a><a href="#num23">23</a></sup> De hecho, ignorando a los abogados que formaban parte del equipo, las autoridades de la Ocupaci&oacute;n en el Jap&oacute;n demostraron bastante comprensi&oacute;n al formular varias pol&iacute;ticas clave, aun las m&aacute;s transformadoras, en t&eacute;rminos de los conceptos y las categor&iacute;as aut&oacute;ctonas existentes.<sup><a name="nu24"></a><a href="#num24">24</a></sup></p>      <p>La promesa de una narrativa liberal se desplomar&aacute; r&aacute;pidamente si resulta ser que precisamente aquellas cosas que hacen que la narraci&oacute;n sea <I>liberal</I> &mdash;su universalidad moral o desapego imparcial, por ejemplo&mdash; privan a sus personajes de la concreci&oacute;n y la particularidad esenciales para una buena narraci&oacute;n, o relato v&iacute;vido. Pues, es la v&iacute;vida particularidad de los personajes y sucesos en la literatura la que hace de ella un escenario especialmente adecuado para la &eacute;tica aristot&eacute;lica, es decir, para su ense&ntilde;anza y desarrollo anal&iacute;tico.<sup><a name="nu25"></a><a href="#num25">25</a></sup> En contraste, la teor&iacute;a liberal rara vez ha hecho &eacute;nfasis en las particularidades del contexto hist&oacute;rico o del car&aacute;cter individual. Kant, por ejemplo, ve&iacute;a los <I>ejemplos</I> y los relatos mediante los que se formulaban, solamente como medios &uacute;tiles para ense&ntilde;arnos c&oacute;mo aplicar los principios morales y motivar el cumplimiento con ellos.<sup><a name="nu26"></a><a href="#num26">26</a></sup></p>      <p>Claro est&aacute; que el m&eacute;todo del derecho consuetudinario de las cortes angloamericanas siempre ha valorado la <I>sensibilidad situacional</I> a la infinita variaci&oacute;n factual en las configuraciones que presentan las disputas particulares.<sup><a name="nu27"></a><a href="#num27">27</a></sup> Pero, la sensibilidad de la jurisprudencia liberal a la particularidad se halla motivada por la preocupaci&oacute;n de ser equitativos y justos, y no por la de ser cautivantes. Los dos fines bien pueden ser contradictorios, como muchos han pensado durante largo tiempo. La justicia debe ser predecible, es decir, se debe dar tratamiento igual a casos iguales, mientras que un relato cautivante requiere un constante elemento de sorpresa que mantenga ansioso al oyente. Como observa Gallie: </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>	     <p>La conclusi&oacute;n de un buen relato &mdash;una conclusi&oacute;n que esperamos ansiosamente&mdash; no es algo que podr&iacute;a o deber&iacute;a haber sido previsto. &#91;...&#93; Es posible imaginarnos c&oacute;mo casi cualquier relato podr&iacute;a ser presentado, y probablemente arruinado, sea como un relato amonestador o como la ilustraci&oacute;n de una homil&iacute;a moral &#91;...&#93; En la homil&iacute;a, los personajes e incidentes tempranos del relato ser&aacute;n introducidos a la manera de premisas ejemplificantes o factuales a partir de las cuales, en conjunci&oacute;n con sabias m&aacute;ximas adecuadas y principios morales, se pod&iacute;a deducir la conclusi&oacute;n del relato &mdash;la ejemplificaci&oacute;n de la lecci&oacute;n moral apropiada&mdash;. Pero, en este proceso, claro est&aacute;, la conclusi&oacute;n habr&aacute; perdido toda su virtud <I>como conclusi&oacute;n de un relato</I>. Inevitablemente, se habr&aacute; convertido en una conclusi&oacute;n determinada de antemano, que posiblemente pueda asimilarse al beneficio moral, pero que, ciertamente, no se esperar&aacute; con ansia y emoci&oacute;n.<sup><a name="nu28"></a><a href="#num28">28</a></sup></p></blockquote>      <p>La soluci&oacute;n a este problema ser&iacute;a sencilla si pudi&eacute;ramos aceptar la explicaci&oacute;n de Durkheim de c&oacute;mo contribuyen los juicios criminales a la solidaridad social. Seg&uacute;n &eacute;sta, lo que mantiene la atenci&oacute;n del p&uacute;blico hacia esos juicios no es la incertidumbre con respecto a su resultado probable (ni siquiera la curiosidad morbosa acerca de los detalles m&aacute;s espantosos). De hecho, una gran incertidumbre de este tipo podr&iacute;a viciar f&aacute;cilmente los sentimientos retributivos de resentimiento e indignaci&oacute;n, en contra del acusado, que ese tipo de procesos deben evocar entre el p&uacute;blico. En apoyo a la posici&oacute;n de Durkheim, podr&iacute;a decirse que hay poca evidencia de que el p&uacute;blico en general prefiera lo impredecible en sus narrativas favoritas, o la complejidad psicol&oacute;gica de los personajes que las habitan. Despu&eacute;s de todo, no es generalmente muy dif&iacute;cil anticipar la conclusi&oacute;n de la mayor&iacute;a de las novelas populares o de los dramas televisivos. Y el complejo <I>desarrollo de los personajes</I> tampoco es exactamente el fuerte de las novelas de John Grisham, por ejemplo.<sup><a name="nu29"></a><a href="#num29">29</a></sup></p>      <p>Aunque eminentemente predecibles y pobladas por personajes unidimensionales, dichas narrativas mantienen a diario la atenci&oacute;n de millones de lectores y televidentes. Esto, sencillamente, no podr&iacute;a ocurrir si se necesitara mucha particularidad de car&aacute;cter o incertidumbre ante el resultado para hacer que un relato cautivara a la mayor&iacute;a de los p&uacute;blicos, tal como sugieren Gallie y Nussbaum. Si es necesario que los relatos atrapen la imaginaci&oacute;n popular para poder fomentar la solidaridad social, las narraciones m&aacute;s simplistas no tendr&iacute;an ning&uacute;n problema para lograrlo. El problema, para nuestros fines, es, precisamente, que los juicios por masacre administrativa t&iacute;picamente <I>carecen de</I> la sencillez de argumento, personajes y desenlace que caracteriza a la mayor&iacute;a de los relatos populares &mdash;y que parece ser necesaria para dicha popularidad&mdash;.</p>      <p> S&oacute;lo los rasgos de car&aacute;cter de Eichmann han suscitado miles de p&aacute;ginas de comentarios eruditos, muchos de ellos, expresamente perplejos, comenzando con las observaciones de Arendt a prop&oacute;sito del juicio. M&aacute;s a&uacute;n, el alcance panor&aacute;mico de los eventos en cuesti&oacute;n le impide al acusado ocupar continuamente el centro de la escena. Arendt plante&oacute; el problema de manera sucinta: "Un juicio-espect&aacute;culo necesita mucho m&aacute;s que un juicio com&uacute;n y corriente, un esquema limitado y bien definido de lo que se hizo y de c&oacute;mo se hizo. El centro del juicio debe ocuparlo solamente el que actu&oacute;, en este sentido, es como el h&eacute;roe de una obra de teatro &#91;...&#93;.<sup><a name="nu30"></a><a href="#num30">30</a></sup></p>      <p>El recuento discursivo de c&oacute;mo los juicios criminales contribuyen a la solidaridad social puede acomodar m&aacute;s f&aacute;cilmente la complejidad de car&aacute;cter e incertidumbre ante el resultado t&iacute;pico de la gran literatura, seg&uacute;n Gallie y Nussbaum.<sup><a name="nu31"></a><a href="#num31">31</a></sup> Estas mismas complejidades e incertidumbres se convierten en objeto de curiosidad y preocupaci&oacute;n cotidianas, en tema de discusiones privadas y debates p&uacute;blicos, compatibles con el ideal de la democracia discursiva. La cuesti&oacute;n es, no obstante, si tales relatos largos y complejos pueden, siquiera, mantener la atenci&oacute;n del p&uacute;blico, o por cu&aacute;nto tiempo, es decir, si los deseos de Durkheim de una certeza moral y una conclusi&oacute;n narrativa se afirmar&aacute;n de manera prematura. La documentaci&oacute;n es aqu&iacute; bastante variada, lo cual proporciona pocas bases emp&iacute;ricas para la generalizaci&oacute;n.<sup><a name="nu32"></a><a href="#num32">32</a></sup></p>      <p><font size="3"><b>&iquest;Son aburridores los relatos liberales?</b></font></p>      <p>Muchos no-liberales sospechan que los relatos liberales (y, por ende, las vidas liberales) son, por naturaleza, aburridores. Esto se debe a la escrupulosidad procesal con la cual el derecho liberal protege los derechos del villano, contra quien, de otra manera, podr&iacute;a desatarse desenfrenadamente la conciencia colectiva del p&uacute;blico.<sup><a name="nu33"></a><a href="#num33">33</a></sup> Si los relatos liberales poseen alg&uacute;n poder dram&aacute;tico, puede ser, precisamente, debido a su modestia, a su aversi&oacute;n jur&iacute;dica por la dramaturgia artificiosa. Por lo menos en cierta medida, es precisamente la ausencia de histrionismo declamatorio lo que hace convincentes aquellos relatos &mdash;el ser narrados en su estilo calmado e impersonal por las opiniones judiciales&mdash;.<sup><a name="nu34"></a><a href="#num34">34</a></sup> Pero, uno podr&iacute;a preguntarse: convincentes &iquest;para qui&eacute;n?, &iquest;solamente para los juristas liberales? </p>      <p>El derecho criminal puede presentar una imagen dram&aacute;tica de majestad o de sobriedad. La incertidumbre sobre cu&aacute;l de las dos adoptar, sobre c&oacute;mo debe la justicia proyectar su imagen p&uacute;blica, ha moldeado, durante largo tiempo, nuestros presupuestos acerca del estilo ret&oacute;rico propio de la argumentaci&oacute;n y los escritos de opini&oacute;n legales. Incluso, ha moldeado los debates en torno al estilo arquitect&oacute;nico propio de la ley. Por ende, la vacilaci&oacute;n recurrente en el dise&ntilde;o de los juzgados, entre "si la autoridad debe presentarse con esplendor" &mdash;para inspirar asombro y obediencia, y corriendo el riesgo de parecer insensible a la miseria de los acusados&mdash; "o, disimuladamente, mediante una austeridad autodisciplinada y severa".<sup><a name="nu35"></a><a href="#num35">35</a></sup></p>      <p>Por una parte, una sala de tribunal fr&iacute;a y sin distinci&oacute;n puede no evocar al m&aacute;ximo la majestad potencial de la ley. As&iacute;, un estilo excesivamente moderado de narraci&oacute;n legal puede constituir un teatro pobre;<sup><a name="nu36"></a><a href="#num36">36</a></sup> por lo tanto, podr&iacute;a  fracasar en su intento por evocar los sentimientos retributivos que Durkheim consideraba esenciales para la funci&oacute;n intensificadora de la solidaridad del derecho penal. </p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Por otra parte, un juzgado austero priva al Estado de su ventaja teatral, de su poder ritual para definir simb&oacute;licamente los procesos que se adelantan en su interior. Una sala de tribunal de ese tipo facilita, por lo tanto, un intercambio igualitario de puntos de vista entre el acusador p&uacute;blico y el acusado. Esto es m&aacute;s compatible con el ideal discursivo. El ambiente eficiente de un juzgado moderno tambi&eacute;n concuerda m&aacute;s con el esp&iacute;ritu sin pretensiones de una rep&uacute;blica comercial, cuyos miembros se cohesionan entre s&iacute;, m&aacute;s que todo, por un reconocimiento durkheimiano de su interdependencia econ&oacute;mica y por un <I>consenso por superposici&oacute;n</I> rawlsiano con respecto a su estructura constitucional b&aacute;sica.<sup><a name="nu37"></a><a href="#num37">37</a></sup></p>      <p>Pero, al carecer de la majestad de los rituales tradicionales del poder estatal, los relatos legales liberales pueden volverse aburridores.<sup><a name="nu38"></a><a href="#num38">38</a></sup> La experiencia de los enjuiciamientos por masacres administrativas sugiere, en especial, que los relatos legales liberales suelen detenerse en lo que muchos oyentes consideran minucias insignificantes.<sup><a name="nu39"></a><a href="#num39">39</a></sup> La novelista Rebecca West, quien cubr&iacute;a el primer juicio <I>hist&oacute;rico</I> de Nuremberg para <I>The New Yorker</I>, lo encontr&oacute; insufriblemente tedioso.<sup><a name="nu40"></a><a href="#num40">40</a></sup> Su reacci&oacute;n no era extra&ntilde;a. Tal como se&ntilde;ala un reportero: </p>     <blockquote>     <p>Fue el crimen m&aacute;s grande de la historia, y promet&iacute;a ser el mayor espect&aacute;culo jam&aacute;s visto en una sala de tribunal, &#91;pero&#93; esos hombres poco distinguidos, con sus trajes baratos y caras hambrientas, no parec&iacute;an ser los supercriminales de la &eacute;poca. </p>     <p>Lo que result&oacute; fue un juicio extremadamente largo y complejo que no logr&oacute; hipnotizar a un mundo distra&iacute;do. El volumen de las pruebas caus&oacute; aburrimiento, a veces mezclado con un horror abyecto ante el cual la justicia ordinaria parec&iacute;a indefensa &#91;...&#93; Su resultado final, diez ahorcamientos desordenados y un suicidio subrepticio, fue menos que majestuoso. Su &uacute;nico legado parec&iacute;a ser la celebridad de Albert Speer &#91;...&#93; quien escap&oacute; a la muerte mediante sus gestos de ambiguo arrepentimiento.<sup><a name="nu41"></a><a href="#num41">41</a></sup></p></blockquote>      <p>Al orquestar un juicio de ese tipo, puede haber un compromiso entre las metas de un espect&aacute;culo did&aacute;ctico y la adhesi&oacute;n a los principios liberales. Pero no debe excluirse la posibilidad de que el juicio fracase en ambos sentidos. El juicio de Nuremberg (y, m&aacute;s a&uacute;n, el de Tokio) parece haber sido tanto aburridor como iliberal, seg&uacute;n muchas versiones. </p>      <p>As&iacute;, uno podr&iacute;a preguntarse si realmente fue el compromiso basado en principios de esos procesos para con el liberalismo lo que los hizo fracasar como drama social, o si un compromiso decidido con el aburrimiento podr&iacute;a haberlos hecho m&aacute;s liberales. Las decisiones dram&aacute;ticas que los hicieron aburridores no parecen ser las que hicieron que esos procesos estuvieran m&aacute;s acordes con la legalidad liberal. Por lo menos, nadie ha demostrado esa conexi&oacute;n hasta ahora. No hay nada necesariamente iliberal en el esfuerzo de las  cortes y de los fiscales por dedicarle algo de atenci&oacute;n a aspectos tales como la utiler&iacute;a, la escenograf&iacute;a, la puesta en escena y el ritmo de la acci&oacute;n, el desarrollo de los personajes y la estructuraci&oacute;n narrativa, el escenario y el p&uacute;blico.<sup><a name="nu42"></a><a href="#num42">42</a></sup></p>      <p>La consternaci&oacute;n de Hannah Arendt ante la <I>banalidad</I> de Eichmann revela una desilusi&oacute;n ante el hecho de que el acusado, al negarse a "hacer el papel de villano", no haya logrado proporcionar la tensi&oacute;n dram&aacute;tica que ella esperaba. El fiscal, preocupado por presentar un cuadro m&aacute;s amplio, tampoco logr&oacute; mantener su <I>dramatis persona</I> en el centro del escenario. </p>      <p>Adem&aacute;s, cuando se requiere un juicio con resonancia pol&iacute;tica, parece ser que los abogados resultan malos actores. Un historiador llega hasta concluir que el hecho de que la Italia medieval dependiera de los abogados para sus registros hist&oacute;ricos y sus <I>mitos fundacionales</I>, m&aacute;s que de las habilidades narrativas superiores de cl&eacute;rigos y cronistas (que era lo com&uacute;n en otras partes de la Europa medieval), socav&oacute; gravemente la legitimidad p&uacute;blica de sus reyes.<sup><a name="nu43"></a><a href="#num43">43</a></sup> M&aacute;s a&uacute;n, los te&oacute;ricos sociales desde Weber hasta Foucault sostienen que, a medida que el derecho occidental se volv&iacute;a m&aacute;s racional, formalizado y menos misterioso, los juicios y castigos p&uacute;blicos iban perdiendo cada vez m&aacute;s su capacidad de fungir como espect&aacute;culos, de <I>encantar</I> y cautivar la imaginaci&oacute;n p&uacute;blica al evocar estados de &aacute;nimo y sensibilidades profundamente compartidos.<sup><a name="nu44"></a><a href="#num44">44</a></sup></p>      <p>Peor a&uacute;n, los fiscales pueden trabajar bajo una presi&oacute;n particularmente onerosa, con respecto al abogado defensor, en dramatizar su narrativa preferida, permiti&eacute;ndole al adversario capturar m&aacute;s f&aacute;cilmente la atenci&oacute;n y la imaginaci&oacute;n del p&uacute;blico. En el juicio de Barbie, por ejemplo, los fiscales cre&iacute;an con raz&oacute;n, lo siguiente: "una deuda pendiente con los muertos los compromet&iacute;a  con la verdad".<sup><a name="nu45"></a><a href="#num45">45</a></sup> El defensor de Barbie, "por otra parte, estaba libre. Ninguna deuda lo ataba al pasado; estaba en capacidad de sembrar el suspenso en el coraz&oacute;n mismo de la ceremonia de recordaci&oacute;n y de reemplazar la meticulosa reevaluaci&oacute;n de los hechos con la deliciosa emoci&oacute;n del evento", especialmente, con la amenaza de revelar la complicidad proalemana de figuras entonces prominentes de la vida p&uacute;blica francesa.<sup><a name="nu46"></a><a href="#num46">46</a></sup></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El resultado fue que la prensa y el p&uacute;blico, as&iacute; como el mismo Finkielkraut, pronto se cansaron de los fiscales y los demandantes (los terceros intervinientes, es decir, las v&iacute;ctimas sobrevivientes de Barbie), debido a "los treinta y nueve abogados cuyos treinta y nueve alegatos finales llevaron al p&uacute;blico al estupor" en un periodo de nueve d&iacute;as.<sup><a name="nu47"></a><a href="#num47">47</a></sup> "En vez de impresionar, hab&iacute;an hecho bostezar a la gente. En lugar de satisfacer el apetito de lo nuevo, repitieron, <I>ad nauseam</I>, las mismas f&oacute;rmulas desgastadas".<sup><a name="nu48"></a><a href="#num48">48</a></sup></p>      <p>Los recuentos del juicio de Barbie por parte de los m&aacute;s escrupulosos liberales comentaristas y estudiosos se han visto m&aacute;s profundamente involucrados en el universo mental del abogado defensor, Jacques Verg&egrave;s, con su "promesa de esc&aacute;ndalo, su dudosa reputaci&oacute;n y su consumado arte del misterio", cualidades por las cuales lleg&oacute; a ser "adulado por los medios".<sup><a name="nu49"></a><a href="#num49">49</a></sup> Incluso, un observador tan perspicaz como Todorov fue persuadido claramente por gran  parte de la argumentaci&oacute;n de Verg&egrave;s en contra de la versi&oacute;n de la historia francesa presentada en el juicio. Observa, por ejemplo: </p>     <blockquote>     <p>Es un hecho que Barbie tortur&oacute; a los luchadores de la Resistencia, pero ellos hicieron lo mismo cuando lograban atrapar a un oficial de la Gestapo. </p>     <p>M&aacute;s a&uacute;n, el Ej&eacute;rcito franc&eacute;s utiliz&oacute; sistem&aacute;ticamente la tortura despu&eacute;s de  1944, por ejemplo, en Argelia; nadie ha sido condenado jam&aacute;s por cr&iacute;menes en contra de la humanidad como resultado de ello.<sup><a name="nu50"></a><a href="#num50">50</a></sup></p></blockquote>      <p> El hacer cumplir la ley de esa manera selectiva viola el principio de protecci&oacute;n equitativa, seg&uacute;n Todorov. As&iacute;, &eacute;l no est&aacute; diciendo que los <I>malos </I>tengan buenos argumentos solamente cuando la atenci&oacute;n del p&uacute;blico se desplaza de las cuestiones estrictamente legales hacia aquellas que tienen que ver con la interpretaci&oacute;n hist&oacute;rica. Tambi&eacute;n sugiere Todorov que cuando las cortes intentan escribir la historia nacional, es f&aacute;cil que los fines propios del derecho se vean burlados. </p>      <p>Por lo tanto, el aburrimiento en s&iacute; mismo no constituye, de manera alguna, el problema m&aacute;s grave. El problema es que el aburrimiento tiende a recaer selectivamente sobre los hombros de aqu&eacute;llos cuya historia es la m&aacute;s verdadera, la m&aacute;s fiel al pasado y la m&aacute;s vital para el cultivo legal de la memoria liberal. En el tratamiento novelesco (pero totalmente plausible e incluso convincente) de Barnes de un juicio de ese tipo,<sup><a name="nu51"></a><a href="#num51">51</a></sup> el antiguo dictador tiene los mejores parlamentos, y logra as&iacute; robarle la escena y avergonzar al fiscal p&uacute;blico en ciertos momentos clave. De hecho, la facilidad con que esta desviaci&oacute;n, este <I>asalto</I> a la direcci&oacute;n narrativa puede lograrse de manera decisiva &mdash;una vez que se relajan las reglas procesales y probatorias tradicionales (para permitir la reescritura judicial de la historia oficial del periodo)&mdash; es la premisa organizativa de todo su libro. </p>      <p>&iquest;Cu&aacute;l es, entonces, la respuesta a la sospecha de que los relatos liberales tienen que fracasar como pedagog&iacute;a p&uacute;blica porque, en la medida en que se centran en una simple <I>moraleja</I>, seguramente ahuyentar&aacute;n a la gente de la sala del tribunal, o de la <I>corte televisada</I>? </p>      <p>En primer lugar, muchos relatos &mdash;desde los cuentos infantiles hasta las pel&iacute;culas de la <I>Guerra de las galaxias</I>&mdash; adoptan una visi&oacute;n sencilla de la moral, pero aun as&iacute; logran ganarse el coraz&oacute;n de amplios p&uacute;blicos de todas las edades. En segundo lugar, los relatos liberales no tienen que concebirse como homil&iacute;as directas. Su moralidad no tiene por qu&eacute; ser escueta y simplista. Los mejores relatos, liberales y de otro tipo, casi siempre implican situaciones de dilema, en las cuales el protagonista es forzado por las circunstancias a <I>hacer el mal</I>, hasta cierto punto, escoja el camino que escoja.<sup><a name="nu52"></a><a href="#num52">52</a></sup> Su problema moral se convierte, entonces, en c&oacute;mo minimizar dicho obrar mal. </p>      <p>La resoluci&oacute;n de ese problema requiere del <I>juicio situacional</I> con respecto al peso de los principios opuestos que est&aacute;n en juego. Claro est&aacute; que ejercer ese juicio es algo dif&iacute;cil y complejo. Esta misma complejidad es, a menudo, lo que nos cautiva como oyentes y nos envuelve en el mundo del personaje mediante la <I>empat&iacute;a racional</I><sup><a name="nu53"></a><a href="#num53">53</a></sup> con aqu&eacute;l y con la dificultad de la decisi&oacute;n que debe tomar. Cuando los tribunales cuentan el primer tipo m&aacute;s simple de relato exitosamente fomentan la solidaridad mec&aacute;nica de Durkheim. Cuando narran el segundo tipo m&aacute;s complejo de historia, pueden promover la solidaridad discursiva. Qu&eacute; tipo de relato deben intentar narrar en un caso dado depende de las circunstancias inmediatas, examinadas posteriormente. </p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="3"><b>Centrarse equivocadamente en las minucias</b></font></p>      <p>La valoraci&oacute;n judicial de hombres como Eichmann y el general argentino Videla, con frecuencia parece colocar en el centro del an&aacute;lisis legal cuestiones que, desde cualquier otro punto de vista, seguramente ser&iacute;an de inter&eacute;s marginal. Si los tribunales se empe&ntilde;aran en dirigir la atenci&oacute;n del p&uacute;blico hacia esos asuntos puramente profesionales, se producir&iacute;an distorsiones de la memoria colectiva de la masacre administrativa.<sup><a name="nu54"></a><a href="#num54">54</a></sup> Por ejemplo, los fiscales y jueces argentinos se sent&iacute;an obligados profesionalmente a detenerse largamente en el establecimiento de la culpabilidad de las juntas por delitos tales como la falsificaci&oacute;n y el hurto de propiedades.<sup><a name="nu55"></a><a href="#num55">55</a></sup> &Eacute;sta fue, ciertamente, una inclusi&oacute;n curiosa y digresiva en un proceso cuyo drama deb&iacute;a, supuestamente, centrarse en la condena de la masacre impenitente de miles de personas. </p>      <p>En el juicio de Nuremberg, el descentramiento surgi&oacute; porque la Carta de Londres le hab&iacute;a dado jurisdicci&oacute;n al Tribunal Militar Internacional no para todos los cr&iacute;menes en contra de la humanidad, sino, solamente, para aqu&eacute;llos cometidos en preparaci&oacute;n para y al servicio de la guerra de agresi&oacute;n.<sup><a name="nu56"></a><a href="#num56">56</a></sup> Esta peculiaridad jurisdiccional les exigi&oacute; a los fiscales que enmarcaran el Holocausto dentro de una historia m&aacute;s amplia cuyo tema era, esencialmente, el militarismo pervertido. En consecuencia, el magistrado Robert H. Jackson (abogado acusador en jefe por los Estados Unidos) argumentaba: "el crimen en contra de los jud&iacute;os, en tanto que delito en contra de la humanidad y no delito de guerra, ser&aacute; enjuiciado por su estrecha relaci&oacute;n con el delito contra la paz".<sup><a name="nu57"></a><a href="#num57">57</a></sup></p>      <p>Esta forma de enmarcar el relato parec&iacute;a sugerir que la exterminaci&oacute;n de los jud&iacute;os europeos no hab&iacute;a sido, para los acusados, un fin central en s&iacute; mismo, es decir, un objetivo central independiente de su relaci&oacute;n con la guerra de agresi&oacute;n. Al argumentar as&iacute;, Jackson inconscientemente llev&oacute; a cabo lo que unos a&ntilde;os m&aacute;s tarde se considerar&iacute;a una grave distorsi&oacute;n hist&oacute;rica. Para mantener el enjuiciamiento dentro de la jurisdicci&oacute;n restringida del Tribunal, Jackson tuvo que afirmar: "Los jud&iacute;os &#91;...&#93; fueron utilizados como ejemplares de la  disciplina nazi; y su persecuci&oacute;n eliminaba un obst&aacute;culo para la guerra de agresi&oacute;n". Su razonamiento obviamente evade la cuesti&oacute;n &mdash;&iquest;c&oacute;mo puede entenderse ese aniquilamiento como "una medida preparatoria para la guerra"?&mdash; y resulta sospechoso hist&oacute;ricamente. Los estudiosos del Holocausto han demostrado ampliamente c&oacute;mo el genocidio &eacute;tnico no s&oacute;lo no sirvi&oacute; a ning&uacute;n fin militar, sino que ocasion&oacute; la desviaci&oacute;n de recursos cr&iacute;ticos del esfuerzo de la guerra. Pero las mismas vulnerabilidades del argumento de Jackson resaltan sus intentos por traducir los cr&iacute;menes nazis a un idioma que le fuera familiar al derecho, y por integrar la evidencia de tales atrocidades en un argumento sobre el militarismo traidor.<sup><a name="nu58"></a><a href="#num58">58</a></sup></p>      <p>Es cierto que los acusadores hicieron referencia expl&iacute;cita a otras causas del Holocausto. Pero, dada la jurisdicci&oacute;n limitada, dichas referencias fueron irrelevantes, y aun exculpatorias, en cuanto a su valor legal. El hecho de que esas otras explicaciones hayan, no obstante, aparecido en la narrativa de los acusadores confirma un punto central de este estudio: que si las cortes han de influenciar la memoria colectiva de esos episodios hist&oacute;ricos de manera persuasiva, deben aceptar una gama de pruebas y argumentos m&aacute;s amplia que la normalmente aceptada dentro de la jurisdicci&oacute;n del tribunal. De otra manera, es probable que la realidad que est&aacute;n intentando construir resulte muy pobre como base plausible y convincente para la reescritura de la historia nacional. En efecto, resulta casi obsceno &mdash;para los fines de la memoria colectiva&mdash; resolver una cuesti&oacute;n tan trascendental para la historiograf&iacute;a y tan significativa moralmente como <I>la causa del Holocausto</I> sobre la base de una preocupaci&oacute;n tan estrecha y tan particularmente profesional como los t&eacute;rminos de las disposiciones jurisdiccionales de un tratado. </p>      <p>M&aacute;s a&uacute;n, al enjuiciar a los acusados de Nuremberg por la ofensa de <I>conspiraci&oacute;n</I> (para emprender una guerra de agresi&oacute;n), los acusadores Aliados parec&iacute;an adoptar una interpretaci&oacute;n hist&oacute;rica particular &mdash;una "visi&oacute;n de la historia como conspiraci&oacute;n"&mdash; que, debido a su peculiar car&aacute;cter poco plausible, amenazaba con desacreditar la potencial contribuci&oacute;n del tribunal a la memoria colectiva,<sup><a name="nu59"></a><a href="#num59">59</a></sup> En sus declaraciones p&uacute;blicas, los acusadores se esforzaban por explicar el significado de la conspiraci&oacute;n en la doctrina legal y por distinguirlo, en cuanto t&eacute;rmino t&eacute;cnico, de aqu&eacute;l m&aacute;s convencional predominante entre los historiadores y el p&uacute;blico en general. </p>      <p>A juzgar por los recuentos de la &eacute;poca, dichos esfuerzos de explicaci&oacute;n p&uacute;blica, a pesar de ser bastante concienzudos, tuvieron poco &eacute;xito.<sup><a name="nu60"></a><a href="#num60">60</a></sup> Estos esfuerzos tambi&eacute;n pusieron a la profesi&oacute;n en la poco atractiva posici&oacute;n de aparecer sermoneando a los dem&aacute;s acerca del <I>verdadero</I> sentido de un concepto que la mayor&iacute;a de los oyentes estaban convencidos de entender. Esta discrepancia entre las comprensiones no-profesional y legal de la conspiraci&oacute;n contribuy&oacute; a desacreditar el enjuiciamiento y la condena por conspiraci&oacute;n de los acusados de Tokio, aun m&aacute;s que los de Nuremberg.<sup><a name="nu61"></a><a href="#num61">61</a></sup> Una gran parte de la conducta de los japoneses, sencillamente, no pod&iacute;a caracterizarse claramente en t&eacute;rminos laicos como una "conspiraci&oacute;n para emprender una guerra de agresi&oacute;n", si se tienen en cuenta las complejas rivalidades regionales y la pol&iacute;tica del equilibrio del poder (que involucraba a varias potencias) que precedieron la guerra en el Pac&iacute;fico.<sup><a name="nu62"></a><a href="#num62">62</a></sup> Para muchos no expertos, la idea de conspiraci&oacute;n evocaba inevitablemente la  idea de una peque&ntilde;a c&aacute;bala, maquinando, conjuntamente, en un mismo sal&oacute;n; tramando, meticulosa y detalladamente, todo lo que ocurrir&iacute;a despu&eacute;s.<sup><a name="nu63"></a><a href="#num63">63</a></sup></p>      <p>Pero, claro est&aacute;, "la historia revela en cada una de sus p&aacute;ginas, la importancia de las contingencias-accidentes, coincidencias u otros desarrollos imposibles de prever", como se&ntilde;ala Gallie.<sup><a name="nu64"></a><a href="#num64">64</a></sup> El concepto legal de conspiraci&oacute;n, en su excepcional <I>vaguedad y flexibilidad</I>,<sup><a name="nu65"></a><a href="#num65">65</a></sup> reconoce plenamente este hecho, al acomodar la necesidad de desagregar un largo periodo de actividad por parte de muchos contribuyentes en una serie de conspiraciones entrelazadas, algunas de las cuales pueden ser caracterizadas como una <I>cadena</I>, y, otras, como una <I>rueda</I>. Lejos de ser un escenario raro e improbable en los asuntos humanos, el concepto legal de conspiraci&oacute;n es, a menudo, demasiado incluyente y, por ende, injusto para con los acusados, tal como lo han reconocido desde hace tiempo los jueces y estudiosos de la ley.<sup><a name="nu66"></a><a href="#num66">66</a></sup> Aun as&iacute;, los historiadores cuidadosos concluyen generalmente, como lo hace Maier con respecto a los juicios por conspiraci&oacute;n de los terroristas italianos a finales de los a&ntilde;os setenta, lo siguiente: "los procesos judiciales tienden a imponer una coherencia al testimonio fragmentario, atribuy&eacute;ndole un grado de intencionalidad y organizaci&oacute;n de grupo en busca de la narrativa unitaria y la explicaci&oacute;n".<sup><a name="nu67"></a><a href="#num67">67</a></sup></p>      <p>Los juicios por masacre administrativa han introducido a&uacute;n m&aacute;s distorsiones en la comprensi&oacute;n hist&oacute;rica y, por ende, en la memoria colectiva. </p>      <p>La historiograf&iacute;a temprana del Holocausto se basaba, en gran parte, en los archivos reunidos por los fiscales Aliados. Estos acusadores no escond&iacute;an su prop&oacute;sito de hacer justamente eso. Robert G. Storey, abogado litigante ejecutivo en Nuremberg, habl&oacute; abiertamente de dicho objetivo: "la creaci&oacute;n de un expediente del r&eacute;gimen de Hitler que pudiera resistir la prueba de la historia".<sup><a name="nu68"></a><a href="#num68">68</a></sup></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>As&iacute;, cortejados por los abogados, no resulta para nada sorprendente que la primera generaci&oacute;n de historiadores de la posguerra se haya mostrado desatenta al car&aacute;cter idiosincr&aacute;sico de las preocupaciones del derecho.<sup><a name="nu69"></a><a href="#num69">69</a></sup> Lo que vino a conocerse entre los historiadores como "la visi&oacute;n de Nuremberg" o como la "historia de los culpables", por ejemplo, se centraba, casi exclusivamente, en las intenciones e ideolog&iacute;as de los jefes de alto rango, &eacute;nfasis que se refleja, comprensiblemente, en el r&eacute;cord de los procesos legales en su contra.<sup><a name="nu70"></a><a href="#num70">70</a></sup></p>      <p>La preocupaci&oacute;n de los acusadores por los actos intencionales de las figuras de alto rango era una consecuencia natural de sus deseos de condenar a esas personas por delitos criminales particulares. Pero, no era ni natural, ni inevitable que los historiadores del periodo concentraran su atenci&oacute;n en la misma forma. Los historiadores siguieron la pauta impuesta por los abogados en este sentido, no s&oacute;lo porque los documentos de los abogados eran los de m&aacute;s f&aacute;cil acceso, sino, al menos en parte, porque la entonces prevaleciente concepci&oacute;n del "historiador como juez neutral"<sup><a name="nu71"></a><a href="#num71">71</a></sup> establec&iacute;a una afinidad natural entre  la forma en que los tribunales entend&iacute;an su profesi&oacute;n y aqu&eacute;lla en que los historiadores entend&iacute;an la suya. </p>      <p>S&oacute;lo a&ntilde;os m&aacute;s tarde comprendieron los historiadores la forma en que el enfoque de los procesos penales hacia la evidencia, de manera inconsciente, hab&iacute;a sesgado sus an&aacute;lisis a favor de lo que vino a conocerse como la interpretaci&oacute;n <I>intencionalista</I> del periodo.<sup><a name="nu72"></a><a href="#num72">72</a></sup> De manera sutil, este enfoque desviaba la atenci&oacute;n de la din&aacute;mica institucional y de la <I>maquinaria de la destrucci&oacute;n</I>, especialmente, del papel crucial de los bur&oacute;cratas y funcionarios de menor rango en todos los &aacute;mbitos de la sociedad alemana.<sup><a name="nu73"></a><a href="#num73">73</a></sup></p>      <p>El problema se habr&iacute;a agravado si los jueces deliberadamente hubieran intentado hacer convincentes sus historias como did&aacute;cticas monumentales, como narrativa nacional. Despu&eacute;s de todo: "las narraciones exitosas con frecuencia resaltan a los protagonistas y antagonistas individuales, m&aacute;s que a las estructuras, tendencias o fuerzas sociales", anota Schudson.<sup><a name="nu74"></a><a href="#num74">74</a></sup> Pero, dado que los l&iacute;deres individuales van y vienen, son precisamente esas estructuras y fuerzas &mdash;su an&aacute;lisis y su cr&iacute;tica&mdash; las que deben constituir el centro de inter&eacute;s de la deliberaci&oacute;n p&uacute;blica en el periodo posterior a una masacre administrativa a gran escala. </p>     <p>As&iacute; como se logr&oacute; en Alemania, tambi&eacute;n en Francia se descubri&oacute; el grado de colaboraci&oacute;n p&uacute;blica con las pol&iacute;ticas nazis. Estos descubrimientos han forzado una reevaluaci&oacute;n similar del enfoque inicial de las cortes penales francesas de posguerra hacia unas pocas &eacute;lites. A pesar de los intentos tempranos de tomar la justicia en sus manos por parte de las masas, los enjuiciamientos criminales en los a&ntilde;os inmediatamente siguientes a la guerra se limitaron a los oficiales de m&aacute;s alto rango del r&eacute;gimen de Vichy y a los defensores intelectuales de la colaboraci&oacute;n nazi.<sup><a name="nu75"></a><a href="#num75">75</a></sup> La decisi&oacute;n de limitar de esta manera el alcance de la retribuci&oacute;n legal reflejaba el relato gaullista seg&uacute;n el cual la naci&oacute;n francesa hab&iacute;a estado sustancialmente unida, en su oposici&oacute;n, al protectorado nazi.<sup><a name="nu76"></a><a href="#num76">76</a></sup></p>      <p>Un distinguido historiador franc&eacute;s proclamaba orgullosamente que los sofisticados eruditos en su pa&iacute;s hab&iacute;an abandonado casi totalmente, en este siglo, la noci&oacute;n anticuada de escribir la historia de manera pedag&oacute;gica o <I>epide&iacute;ctica</I>. Sugiere que la historia no debe ocuparse de elogiar o culpar a los individuos, sino, m&aacute;s bien, de rastrear los cambios sociales e institucionales a largo plazo.<sup><a name="nu77"></a><a href="#num77">77</a></sup> Quiz&aacute; no sea coincidencia, entonces, que se haya requerido el trabajo de los no historiadores, publicado d&eacute;cadas despu&eacute;s de la guerra, para demostrar la falsedad del mito gaullista de una Francia unida en la Resistencia, para demostrar la penetraci&oacute;n de la colaboraci&oacute;n en muchos &aacute;mbitos de la sociedad francesa.<sup><a name="nu78"></a><a href="#num78">78</a></sup> Se necesitaron dos d&eacute;cadas de litigio para obligar a la correcci&oacute;n de los libros de texto franceses, de manera tal que describieran la redada a los jud&iacute;os para su deportaci&oacute;n como una operaci&oacute;n totalmente francesa y no alemana.<sup><a name="nu79"></a><a href="#num79">79</a></sup></p>      <p><font size="3"><b>&iquest;Narrativa maestra por decreto?</b></font></p>      <p>El resultado inmediato de esa historiograf&iacute;a, sin embargo, fue desacreditar el relato que las cortes francesas de la posguerra temprana hab&iacute;an intentado narrar por recomendaci&oacute;n de De Gaulle: que un grupo de colaboracionistas &mdash;Laval, P&eacute;tain y unos pocos periodistas intelectuales&mdash; hab&iacute;an vendido a la buena y noble naci&oacute;n. Los esfuerzos recientemente reiniciados por enjuiciar a los criminales de guerra franceses, aunque siguen enfocados hacia unos pocos colaboracionistas de alto rango, han sido inspirados, en parte, por estas revelaciones hist&oacute;ricas y por la sombra que arrojaron sobre los primeros intentos de proteger a esos individuos del escrutinio p&uacute;blico.<sup><a name="nu80"></a><a href="#num80">80</a></sup> Esos enjuiciamientos han dependido cada vez m&aacute;s de los estudios hist&oacute;ricos y del testimonio de los historiadores profesionales, invirtiendo as&iacute; el patr&oacute;n de dependencia anterior.<sup><a name="nu81"></a><a href="#num81">81</a></sup> En s&iacute;ntesis, la preocupaci&oacute;n judicial por identificar y castigar a un peque&ntilde;o sub-grupo de &eacute;lites culpables narr&oacute; una historia que inicialmente despist&oacute; a los historiadores por algunos a&ntilde;os, pero que, luego, les permiti&oacute;, cuando encontraron un enfoque m&aacute;s adecuado, desacreditar persuasivamente los relatos de las cortes como narrativa nacional. </p>      <p>Al centrarse en los actos y las intenciones de estas &eacute;lites, las cortes no s&oacute;lo perdieron de vista el cuadro a escala macro: la historia de la colaboraci&oacute;n masiva y el apoyo institucional a la barbarie administrativa. Tambi&eacute;n perdieron de vista el cuadro micro: la historia de las v&iacute;ctimas &mdash;la experiencia humana de sufrimiento incomprensible producido por la brutalidad oficial&mdash;. Es esa experiencia la que muchos historiadores ahora buscan recapturar y colocar en el centro de cualquier narrativa acerca del periodo.<sup><a name="nu82"></a><a href="#num82">82</a></sup> En Nuremberg hubo poco testimonio de las v&iacute;ctimas sobrevivientes de los campos de concentraci&oacute;n y absolutamente nada acerca de su experiencia de vida all&iacute; y de sus secuelas emocionales. </p>      <p>Es esta experiencia claramente subjetiva &mdash;irrelevante para la ley penal, aunque no para las demandas civiles&mdash; la que los historiadores orales han empezado a explorar hace poco tiempo. En este sentido, los estudiosos han percibido la necesidad de superar lo que ellos ven como una preocupaci&oacute;n <I>legal</I> por la exactitud f&aacute;ctica del testimonio personal con el fin de aprehender su significaci&oacute;n hist&oacute;rica. Es decir que estos historiadores tratan de captar el sentido de los sucesos m&aacute;s traum&aacute;ticos del periodo, mediante la memoria continuada de quienes sufrieron su trauma. Uno de esos estudiosos escribe: </p>    ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p>A menudo se tacha de <I>subjetivos</I> o <I>parcializados</I> a los testimonios en los procesos legales por cr&iacute;menes de guerra. Los abogados de los criminales de guerra le han hecho las preguntas m&aacute;s impertinentes a las personas que tratan de hallar palabras para un recuerdo fragmentado que no pod&iacute;a expresarse en lenguaje alguno &#91;...&#93; para describir esos d&iacute;as y meses durante los cuales la &uacute;nica posibilidad de sobrevivir era olvidarse de que alguna vez hab&iacute;a existido un mundo de bondad, calidez y belleza &#91;...&#93; La culpa no es de ellos, sino de un cierto m&eacute;todo de argumentaci&oacute;n por parte de los abogados &#91;...&#93; &eacute;stos exigen descripciones precisas de los hechos, y, de esta manera, niegan que en el proceso concreto de recordar, los hechos se entretejen con las historias de una vida &#91;...&#93; El caso de un abogado es, al fin y al cabo, otro tipo de historia &#91;....&#93;. </p>     <p>&#91;...&#93; No les corresponde a los historiadores orales proporcionar el tipo de  pruebas requeridas en un tribunal de justicia &#91;algunos historiadores intentan revelar&#93; la forma en que se recuerda el sufrimiento y en que &eacute;ste afecta las dem&aacute;s memorias &#91;...&#93; Aqu&iacute; se trata del esfuerzo por crear un nuevo tipo  de historia que no puede ser utilizada como evidencia legal dado que registra expl&iacute;citamente la experiencia subjetiva.<sup><a name="nu83"></a><a href="#num83">83</a></sup></p></blockquote>      <p>Esos historiadores adoptan lo que puede describirse adecuadamente como una actitud reverencial hacia el <I>testimonio</I> personal de sus informantes, especialmente, cuando testifican acerca del trauma extremo que les ha infligido la historia. Esta actitud de santidad discrepa profundamente de la postura esc&eacute;ptica y escrutadora de cualquier interrogador competente; por ejemplo, los abogados defensores en los juicios que estamos analizando. </p>      <p>No resulta sorprendente que en el juicio a las juntas argentinas, los testigos-sobrevivientes tuvieran que enfrentar preguntas acerca de su pertenencia a grupos guerrilleros, preguntas id&eacute;nticas a las que sus torturadores les hab&iacute;an hecho. Obviamente, los testigos consideraron profundamente ofensivas esas preguntas, y, por ello, la experiencia del testimonio p&uacute;blico result&oacute; ser personalmente degradante y no una experiencia de empoderamiento.<sup><a name="nu84"></a><a href="#num84">84</a></sup></p>      <p>Pero sus experiencias en este caso pueden revelar, sencillamente, una limitaci&oacute;n inherente a los procesos criminales (es decir, aqu&eacute;llos coherentes con los ideales liberales del debido proceso) como veh&iacute;culo para fomentar actitudes p&uacute;blicas de reverencia hacia las v&iacute;ctimas y sus relatos, y para concederles a sus narrativas un significado con autoridad. Un problema similar surgi&oacute; en el caso contra John Demjanjuk. Tal como se&ntilde;ala Novick: </p>      <blockquote>     <p>Gran parte de la furia con que fue recibida la revocaci&oacute;n de la sentencia por parte de la Corte Suprema Israel&iacute; &#91;...&#93; se debe a que la Corte bas&oacute; su decisi&oacute;n en su punto de vista plausible seg&uacute;n el cual si bien no se trataba de mala fe subjetiva &#91;por parte de las v&iacute;ctimas-acusadoras de Demjanjuk&#93;, los recuerdos de un hecho sucedido hac&iacute;a cincuenta a&ntilde;os eran <I>sagrados</I> pero falibles. As&iacute;, la decisi&oacute;n fue literalmente un <I>sacrilegio</I>.<sup><a name="nu85"></a><a href="#num85">85</a></sup></p></blockquote>      <p>En resumen, los historiadores contempor&aacute;neos, sea que se enfoquen en la estructuras impersonales de la complicidad o en las sensibilidades &iacute;ntimas de los sobrevivientes, han encontrado que el expediente jur&iacute;dico de Nuremberg y juicios similares, recogido con miras al enjuiciamiento criminal, no es particularmente &uacute;til para los fines actuales de la descripci&oacute;n o explicaci&oacute;n. </p>      <p>Al examinar estos procesos muchos a&ntilde;os m&aacute;s tarde, los abogados, e incluso los estudiosos de la ley, han ignorado esos cambios en las sensibilidades hist&oacute;ricas, lamentando, solamente, que Nuremberg no se haya tomado m&aacute;s en serio como precedente legal vinculante.<sup><a name="nu86"></a><a href="#num86">86</a></sup> En cuanto abogados de la justicia, estamos &iacute;ntimamente familiarizados con la forma de utilizar el archivo hist&oacute;rico para apoyar una interpretaci&oacute;n particular de la ley. Pero somos casi ciegos a la forma en que nuestra interpretaciones legales, y los registros que crean en una disputa dada, pueden favorecer &mdash;de manera sutil pero decisiva&mdash; una de las interpretaciones hist&oacute;ricas de un periodo que compiten entre s&iacute;. </p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los abogados no son los &uacute;nicos profesionales que le crean problemas a la interpretaci&oacute;n hist&oacute;rica y a la comprensi&oacute;n p&uacute;blica de tales eventos. As&iacute; como la justicia, con sus preocupaciones especiales, puede f&aacute;cilmente descarriar a los historiadores durante largos periodos, as&iacute;, tambi&eacute;n, puede desviar a los periodistas que le infunden directamente las interpretaciones err&oacute;neas a la memoria colectiva. Cuando los l&iacute;deres pol&iacute;ticos son declarados inocentes en un proceso criminal, no resulta sorprendente que ellos interpreten ese resultado legal como una reivindicaci&oacute;n completa de su relato. Y &eacute;sta se difunde ampliamente en la sociedad a trav&eacute;s de los medios masivos de comunicaci&oacute;n. </p>      <p>Pero el hecho de que a un jurado le sea imposible hallar culpabilidad "sin dejar lugar a una duda razonable" es, de hecho, muy diferente a reivindicar el relato del acusado. En la medida en que los est&aacute;ndares legales que rigen la carga de la prueba en los procesos legales han infiltrado indiscriminadamente la deliberaci&oacute;n p&uacute;blica acerca de asuntos no relacionados, se ha degradado la calidad de dicha deliberaci&oacute;n.<sup><a name="nu87"></a><a href="#num87">87</a></sup> Esto signific&oacute; un peligro para cualquier esfuerzo por extraer lecciones hist&oacute;ricas del juicio de Touvier, por ejemplo: "si Francia estaba en el banquillo junto con Touvier, Francia tambi&eacute;n pod&iacute;a ser exonerada junto con &eacute;l, una posibilidad clara pero preocupante dada la fragilidad del constructo legal en el cual se basaba su enjuiciamiento".<sup><a name="nu88"></a><a href="#num88">88</a></sup></p>      <p>La memoria colectiva de las masacres administrativas, en varios casos famosos, ha sido distorsionada porque la exoneraci&oacute;n frecuente de algunos de los acusados se ha interpretado err&oacute;neamente como un respaldo de la autoridad a los relatos que los acusados presentaron ante el tribunal.<sup><a name="nu89"></a><a href="#num89">89</a></sup> Enjuiciado por el asesinato de unos doscientos estudiantes que protestaban, el dictador surcoreano Chun Doo Hwan fue exonerado por falta de evidencia contundente de que &eacute;l hab&iacute;a dado la orden de disparar. Aunque fue condenado por otros cargos (rebeli&oacute;n y traici&oacute;n) y condenado a muerte, la exoneraci&oacute;n del cargo de asesinato fue "denunciada con furia" por los parientes de las v&iacute;ctimas de la masacre.<sup><a name="nu90"></a><a href="#num90">90</a></sup> "Son asesinos", denunciaba Kin Gyong Chon, uno de esos parientes. "&iquest;C&oacute;mo es posible que se perdone as&iacute; a los asesinos?". Por m&aacute;s que simpaticemos con el denunciante, su declaraci&oacute;n comete varios errores a los cuales contribuy&oacute; la inclusi&oacute;n innecesaria de lenguaje legal. </p>      <p>Aun cuando los fiscales salen vencedores en la sentencia definitiva, algunos sostienen que los informes de la prensa pueden parecer favorables a la defensa por centrarse en las peque&ntilde;as victorias de &eacute;sta, as&iacute; hayan sido insignificantes para los asuntos fundamentales.<sup><a name="nu91"></a><a href="#num91">91</a></sup></p>      <p>La interpretaci&oacute;n err&oacute;nea de las exoneraciones como reivindicaci&oacute;n hist&oacute;rica es uno de muchos obst&aacute;culos a la influencia eficaz de la ley sobre la memoria colectiva: dado que no se puede pretender que muchos ciudadanos lean las opiniones jur&iacute;dicas (o que sigan de cerca los procesos que las producen), gran parte de la historia narrada por los tribunales acerca de un episodio de masacre administrativa debe filtrarse a trav&eacute;s de los medios masivos de comunicaci&oacute;n. No obstante, los medios poseen un repertorio limitado de g&eacute;neros narrativos &mdash;cada uno con sus propias convenciones&mdash; que simplifican y estereotipan la historia de la legalidad liberal en formas que poco conducen a la deliberaci&oacute;n p&uacute;blica y a la democracia discursiva.<sup><a name="nu92"></a><a href="#num92">92</a></sup></p>      <p>El juicio de las juntas argentinas ofrece otro ejemplo revelador de c&oacute;mo la justicia, a menudo, se centra en asuntos ancilares a las cuestiones m&aacute;s importantes de la historia y de la memoria colectiva. Al enjuiciar a las juntas, los tribunales le dedicaron una enorme cantidad de tiempo y atenci&oacute;n a la cuesti&oacute;n de cu&aacute;l doctrina de <I>culpabilidad indirecta</I>, entre las varias autorizadas por la ley, deber&iacute;a invocarse para vincular los actos de los subordinados a las intenciones de sus superiores.<sup><a name="nu93"></a><a href="#num93">93</a></sup> Esta cuesti&oacute;n resulta fascinante para los te&oacute;ricos de la ley, y, por lo tanto, preocup&oacute; a los asesores-fil&oacute;sofos de Alfons&iacute;n por bastante tiempo.<sup><a name="nu94"></a><a href="#num94">94</a></sup></p>      <p>No obstante, la cuesti&oacute;n era irrelevante en el debate p&uacute;blico m&aacute;s amplio, puesto que nadie cuestionaba seriamente el hecho de que los actos dolosos de los subordinados hubieran estado autorizados por sus superiores. Quienes abogaban p&uacute;blicamente por los desaparecidos, as&iacute; como por los oficiales militares, estaban de acuerdo en muy poco. Pero s&iacute; estaban de acuerdo en que esta cuesti&oacute;n central que preocupaba a las cortes era totalmente superflua para la valoraci&oacute;n hist&oacute;rica del periodo, y, por ende, para su lugar en la memoria colectiva. Dadas esas disparidades entre las pretensiones de la ley y las de la memoria, no les parec&iacute;a muy extra&ntilde;o a los argentinos que uno de los acusados de la junta le anunciara a la corte que estaba listo para aceptar "el juicio de la historia" (es decir, de los historiadores imparciales, presumiblemente), pero no el de los tribunales.<sup><a name="nu95"></a><a href="#num95">95</a></sup></p>      <p>De manera similar a los de derecha, los izquierdistas, incluyendo a la mayor&iacute;a de los historiadores y cient&iacute;ficos sociales argentinos, encontraron que la narrativa legal del juicio de la junta era bastante poco convincente como fundamento para la memoria del periodo. Insistieron en que no estaba bien que el presidente condenara la cultura pol&iacute;tica de la poblaci&oacute;n en general. Esa cultura era el legado m&aacute;s grande del peronismo, de sus d&iacute;as como aut&eacute;ntico movimiento de masas. Espec&iacute;ficamente, no hab&iacute;a raz&oacute;n v&aacute;lida alguna para que la gente del com&uacute;n demostrara el m&aacute;s m&iacute;nimo respeto hacia unas instituciones legales que hist&oacute;ricamente hab&iacute;an sido altamente corruptas y pr&aacute;cticamente inaccesibles para la gente de su estatus socioecon&oacute;mico.<sup><a name="nu96"></a><a href="#num96">96</a></sup> Enfrentados a esta desagradable realidad cotidiana, esas personas podr&iacute;an ser excusadas por pensar que <I>el estado de derecho </I>fuese una abstracci&oacute;n c&iacute;nica. Su falta de reverencia por el sistema judicial no deber&iacute;a, entonces, lamentarse como una falla &eacute;tica de su parte; la insinuaci&oacute;n del presidente, en ese sentido, s&oacute;lo logr&oacute; agregarle un nuevo insulto al agravio existente. </p>      <p>Lo que ofendi&oacute; especialmente a la izquierda (incluyendo a la izquierda peronista) era la insistencia del gobierno de Alfons&iacute;n y de los fiscales en ver la guerra sucia no en t&eacute;rminos de la lucha social y de su supresi&oacute;n, sino como la privaci&oacute;n de derechos individuales, insistencia &eacute;sta que, seg&uacute;n ellos, se basaba en las premisas liberales de la ley. Para los izquierdistas argentinos, que ven la ley como una expresi&oacute;n ileg&iacute;tima de poder de clase, el problema con la forma en que el gobierno enfocaba la construcci&oacute;n de la memoria: </p>    <blockquote>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>... surge de la idea o de la experiencia de la violencia pol&iacute;tica como el contrario ca&oacute;tico e inmanejable de la ley &#91;...&#93; &#91;esta&#93; oposici&oacute;n entre el orden de la ley y el caos de la violencia &#91;...&#93; llev&oacute; a la omisi&oacute;n de la motivaci&oacute;n colectiva tanto de los victimarios (doctrina de seguridad nacional como programa pol&iacute;tico) como de las v&iacute;ctimas, quienes fueron defendidas como individuos a quienes se les hab&iacute;an violado sus derechos humanos, m&aacute;s que como activistas pol&iacute;ticos (un concepto que incluso la fiscal&iacute;a se neg&oacute; a contemplar).<sup><a name="nu97"></a><a href="#num97">97</a></sup></p></blockquote>      <p>El resultado del enfoque del gobierno fue: "&#91;que&#93; la naturaleza colectiva de la experiencia, de la acci&oacute;n y de la culpa, conjuntamente, haya permanecido en la oscuridad y olvidada &#91;...&#93; incomprensible e indecible".<sup><a name="nu98"></a><a href="#num98">98</a></sup> En resumen, "puesto que ve&iacute;an los cr&iacute;menes &#91;...&#93; como el producto de la suspensi&oacute;n de &#91;el&#93; sistema legal, &#91;ellos&#93; fueron inflexibles en que sus investigaciones se entendieran dentro del contexto de los conceptos y del lenguaje legales".<sup><a name="nu99"></a><a href="#num99">99</a></sup> El efecto fue negativo, y aun perverso: el lenguaje legal utilizado para protestar contra el terror, en estos documentos, es excluyente: "se confabula con los hechos que pretende <I>desvelar</I>".<sup><a name="nu100"></a><a href="#num100">100</a></sup> De hecho: "los objetivos de la represi&oacute;n &#91;...&#93; hallaron eco en la ley".<sup><a name="nu101"></a><a href="#num101">101</a></sup></p>      <p>Para quienes compart&iacute;an este punto de vista, incluyendo a muchos l&iacute;deres de grupos de derechos humanos, la guerra sucia se hallaba determinada por las fuerzas sociales de la opresi&oacute;n de clase &mdash;el capitalismo internacional y sus representantes militares locales&mdash; en combate contra las fuerzas de la resistencia de masas, las guerrillas y sus simpatizantes.<sup><a name="nu102"></a><a href="#num102">102</a></sup> Tanto los acusados como las v&iacute;ctimas eran agentes de fuerzas hist&oacute;ricas objetivas y no meros portadores (o negadores) de derechos civiles individuales. La narrativa nacional ten&iacute;a que ser contada en t&eacute;rminos m&aacute;s amplios. </p>      <p>No es necesario aceptar los puntos de vista izquierdistas de Taylor para aceptar su cr&iacute;tica a la soberbia de los abogados. Para muchos de esos izquierdistas, el juicio a la junta habr&iacute;a sido mucho m&aacute;s persuasivo <I>en cuanto ley</I> si el gobierno no hubiera intentado presentarlo como la nueva <I>historia oficial</I>, como la memoria colectiva por mandato legal.<sup><a name="nu103"></a><a href="#num103">103</a></sup> Al intentar usar los juicios para moldear la memoria colectiva, en vez de limitarse a descubrir la verdad jur&iacute;dica y lograr justicia, su valor &mdash;limitado, pero importante&mdash; se vio socavado. </p>      <p>Fue la aspiraci&oacute;n de combinar asuntos de juicio legal e hist&oacute;rico &mdash;de solucionar todo de una vez, y por parte del Estado&mdash; la que debilit&oacute; el car&aacute;cter persuasivo final de los juicios en cualquiera de esos sentidos. Muchos argentinos simpatizantes de la izquierda apoyaban, no menos que Alfons&iacute;n, el castigo severo de los militares. Para ellos, el juicio a la junta habr&iacute;a sido m&aacute;s convincente si se hubiera presentado y defendido p&uacute;blicamente en una forma que le impusiera a sus ambiciones unos l&iacute;mites m&aacute;s modestos. Habr&iacute;a sido m&aacute;s convincente si la ley liberal no hubiera intentado hacer lo que, seg&uacute;n la izquierda, no pod&iacute;a hacer (es decir, proporcionar un an&aacute;lisis social persuasivo). </p>     <p><font size="3"><b>En alabanza de la superficialidad de la ley</b></font></p>      <p>La utilidad de las reglas legales, particularmente en una sociedad profundamente dividida en cuanto a sus concepciones de la justicia, es, precisamente que a menudo permiten el acuerdo sobre c&oacute;mo manejar un asunto (por, ejemplo el castigo de los oficiales argentinos) sin que se requiera un acuerdo sobre las razones exactas para hacerlo.<sup><a name="nu104"></a><a href="#num104">104</a></sup> La misma <I>superficialidad</I> de la ley  como an&aacute;lisis sociohist&oacute;rico de una masacre administrativa es, por ello, su virtud principal. Utilizarla fundamentalmente para moldear la memoria hist&oacute;rica colectiva significa, entonces, correr el riesgo de privarnos de su m&aacute;s modesta contribuci&oacute;n tradicional al desacreditarla completamente. Aqu&eacute;llos para quienes el Estado liberal, recientemente restablecido, inspiraba s&oacute;lo el apoyo m&aacute;s precario &mdash;lo cual significaba, en Argentina, tanto la derecha como la izquierda&mdash; estaban dispuestos a concederle una legitimidad calificada para la tarea esencial de asegurar el orden social y la provisi&oacute;n p&uacute;blica, pero no para escribir una <I>historia oficial</I> liberal que ellos no pod&iacute;an apoyar. </p>      <p>Una preocupaci&oacute;n similar por el desenfoque de la atenci&oacute;n hist&oacute;rica surgi&oacute; durante los enjuiciamientos franceses de Klaus Barbie y Paul Touvier, por distintas razones doctrinarias. Dado que todos sus delitos, salvo los cr&iacute;menes contra la humanidad, hab&iacute;an prescrito, ambos juicios se centraron, casi exclusivamente, en la conducta de los acusados para con los jud&iacute;os.<sup><a name="nu105"></a><a href="#num105">105</a></sup></p>      <p>Pero los estudiosos del periodo estuvieron de acuerdo en que &eacute;sta no hab&iacute;a sido la preocupaci&oacute;n o responsabilidad principal de Barbie y de Touvier. Tal como se&ntilde;ala Rousso, la exclusiva atenci&oacute;n de los tribunales a delitos por los cuales todav&iacute;a pod&iacute;a enjuiciarse a Barbie y a Touvier condujo a que se ignorara el hecho de que el papel principal de la milicia hab&iacute;a sido la lucha contra la Resistencia: </p>     <blockquote>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Las memorias, que entonces gozaban ya del apoyo simb&oacute;lico de la ley, comenzaron a cristalizarse &#91;...&#93; Los jueces se vieron obligados a escribir  historia y a pronunciar juicios hist&oacute;ricos en lugar del historiador. En ese  papel, se sent&iacute;an profundamente inc&oacute;modos, tal como lo demuestra un  ojeada a los expedientes de los casos de Fauvisson, Barbie y Touvier. En muchos casos, los tribunales se vieron obligados a depender de interpretaciones discutibles de los hechos, y, as&iacute;, los juicios exacerbaron, sin intenci&oacute;n, la tensi&oacute;n existente entre memoria, historia y verdad.<sup><a name="nu106"></a><a href="#num106">106</a></sup></p></blockquote>      <p>El abogado defensor de Touvier, Jacques Tr&eacute;molet de Villers, esperaba que la tensi&oacute;n entre la memoria colectiva y la b&uacute;squeda de la verdad jur&iacute;dica fuera ventajosa para su cliente. De hecho, tuvo el efecto deseado en el debate p&uacute;blico al enfrentar a los portavoces de la Resistencia, irritados por el curioso <I>desenfoque</I> del juicio, "con los miembros de la comunidad jud&iacute;a".<sup><a name="nu107"></a><a href="#num107">107</a></sup> El abogado de Touvier busc&oacute;, luego, desacreditar los procesos legales ante la opini&oacute;n p&uacute;blica resaltando esta aut&eacute;ntica discrepancia entre los intereses de la ley y las pretensiones de la historia, por las cuales los no expertos ten&iacute;an una mayor simpat&iacute;a. Es decir, la discrepancia entre la necesidad de la ley de un delito por el cual todav&iacute;a pudiera enjuiciarse al acusado, por una parte, y la preocupaci&oacute;n de la historia por la importancia relativa o <I>centralidad</I> de los motivos y sucesos particulares para el periodo en cuesti&oacute;n, por otra, se convirti&oacute; en un arma poderosa del abogado de Touvier para desacreditar el juicio. </p>      <p>De nuevo, la cuesti&oacute;n de la <I>centralidad</I> seguir&iacute;a siendo totalmente irrelevante para la ley si no se considerara universalmente, en esos casos, que la ley ten&iacute;a, necesariamente, que ocuparse de escribir historia. Los recientes juicios franceses les parecieron, por ende, peculiares a los franceses por su <I>excesivo &eacute;nfasis</I> en los jud&iacute;os, as&iacute; como el juicio de Nuremberg le ha parecido a muchos igualmente peculiar en su tendencia a minimizar los or&iacute;genes principalmente jud&iacute;os de las v&iacute;ctimas del Holocausto.<sup><a name="nu108"></a><a href="#num108">108</a></sup></p>      <p>Ya para este momento, la memoria colectiva en Francia hab&iacute;a llegado a centrarse en el hero&iacute;smo de la Resistencia. Era poco probable que un proceso legal que parec&iacute;a minimizar la importancia de ese movimiento y su represi&oacute;n por los colaboradores proalemanes encontrara un p&uacute;blico nacional favorablemente dispuesto. En este caso, la memoria colectiva de la resistencia nacional &mdash;exagerada, claro est&aacute;, por la <I>hybris </I>nacionalista&mdash; fue invocada sagazmente y desplegada de manera oportunista para debilitar la receptividad p&uacute;blica hacia el enjuiciamiento. De esa manera, se logr&oacute; desviar la atenci&oacute;n del p&uacute;blico de la inherente ilegalidad de los actos de Barbie.<sup><a name="nu109"></a><a href="#num109">109</a></sup> El tribunal franc&eacute;s logr&oacute; s&oacute;lo alborotar el avispero y no moldear decisivamente una interpretaci&oacute;n compartida de estos hechos. As&iacute;, el tribunal se vio obligado a <I>adoptar</I> la lectura menos persuasiva de la significaci&oacute;n hist&oacute;rica de los actos (es decir, Barbie contra los jud&iacute;os), socavando, as&iacute;, su autoridad como narrador nacional. </p>      <p>Si hay aqu&iacute; alguna lecci&oacute;n es, seguramente, que cuando la memoria colectiva ya se halla c&oacute;modamente arraigada, los esfuerzos de la justicia por desenterrarla y examinarla probablemente lleven s&oacute;lo a desacreditar a la ley y a su voceros profesionales.<sup><a name="nu110"></a><a href="#num110">110</a></sup> Apenas nos vemos tentados a afirmar que la memoria es ef&iacute;mera, una pluma a merced de los cambiantes vientos pol&iacute;ticos, hallamos que a veces ella se aferra a interpretaciones particulares con gran tenacidad. Entonces, nos preguntamos: &iquest;c&oacute;mo lo logra? </p>      <p>En el caso Barbie, surgi&oacute; un conflicto directo e insuperable entre los requisitos de la verdad hist&oacute;rica y aqu&eacute;llos de la solidaridad social. La ley se vio obligada a escoger entre los dos, as&iacute; como hab&iacute;a sucedido en el juicio de Dreyfus un siglo antes. Los gaullistas hab&iacute;an construido deliberadamente la solidaridad de la posguerra en Francia sobre la base de un mito autoelogioso de resistencia  unida. Las cortes, moldeadas por la mejor historiograf&iacute;a reciente, no pod&iacute;an dejar de atacar y desacreditar ese mito. </p>      <p>La defensa pod&iacute;a recurrir a esa historiograf&iacute;a tanto como los jueces y fiscales. Aunque Robert Paxton fue un testigo de cargo en el juicio de Barbie, sus estudios, que revelaban la penetraci&oacute;n del colaboracionismo,<sup><a name="nu111"></a><a href="#num111">111</a></sup> presentaban, como m&iacute;nimo, el mismo apoyo a la defensa en su esfuerzo por describir los actos dolosos del acusado como posibilitados por el apoyo de muchos otros franceses ahora influyentes. </p>      <p>La dificultad afrontada por el derecho para "entender bien la historia" se vio a&uacute;n m&aacute;s complicada por el hecho de que los historiadores mismos, de seguro van a estar en desacuerdo con respecto a la centralidad relativa y a la importancia de individuos y eventos particulares en el panorama m&aacute;s amplio de la masacre administrativa. "Dicha indecisi&oacute;n, que no puede ser resuelta por la cantidad de informaci&oacute;n factual que se posea, permite la proliferaci&oacute;n de posibles narraciones de ese pasado", tal como se&ntilde;ala Friedlander con respecto al Holocausto.<sup><a name="nu112"></a><a href="#num112">112</a></sup> De la misma manera que los requisitos de la ley privilegiaron ciertos aspectos de la historia alemana y francesa de la guerra sobre otros, as&iacute;, tambi&eacute;n, las m&aacute;s recientes exigencias en Alemania de restaurar la identidad nacional han tendido a desplazar los actos de Eichmann y las sentencias en contra de los acusados de Nuremberg de su posici&oacute;n hist&oacute;rica central. En ambos casos, las necesidades percibidas del presente prevalecieron sobre la interpretaci&oacute;n del pasado. </p>      <p>Los historiadores tienen sus tropos favoritos: tragedia, triunfo, subordinaci&oacute;n, resistencia a la subordinaci&oacute;n, iron&iacute;a, y as&iacute; sucesivamente. El debate entre expertos, a menudo consiste en desacuerdos acerca de cu&aacute;l tropo maestro "se ajusta y justifica" mejor a los hechos conocidos de un lugar y un periodo dado.<sup><a name="nu113"></a><a href="#num113">113</a></sup> La ley penal tiene su propio tropo preferido: la reivindicaci&oacute;n de las normas sociales b&aacute;sicas que protegen los derechos de los individuos a la vida y a la libertad, en contra de quien, mediante su conducta, se los niegue. As&iacute;, cuando la ley y los abogados aspiran conscientemente a influenciar la memoria colectiva, entran en competencia con la historiograf&iacute;a y los historiadores, quienes, de manera comprensible, responden criticando la ley y defendiendo la centralidad de sus propios tropos preferidos. </p>      <p>Los historiadores posmodernistas aceptan la multiplicidad resultante de narrativas como algo saludable. Graciosamente conceden que su profesi&oacute;n no deber&iacute;a adoptar una actitud de propietario hacia el pasado. Pero cuando se ven desafiados por los no expertos, la mayor&iacute;a de los historiadores reafirman su pericia especial en esos asuntos, y se erizan ante la sugerencia de que los legos pretendan inmiscuirse. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Esta actitud se evidencia bastante en la reacci&oacute;n de los historiadores alemanes a los escritos de Habermas en el <I>debate de los historiadores</I>. Esa misma actitud de propietario es a&uacute;n m&aacute;s evidente en las declaraciones oficiales de la Organizaci&oacute;n de Historiadores Americanos y de la Asociaci&oacute;n Americana de Historia durante la controversia sobre el Enola Gay en el Smithsonian.<sup><a name="nu114"></a><a href="#num114">114</a></sup> Los historiadores profesionales est&aacute;n ahora ansiosos por demostrar que la realidad es una construcci&oacute;n social que, cuando se trata de cuestionar la visi&oacute;n <I>dominante</I> (por ejemplo, la visi&oacute;n de los veteranos americanos sobre Hiroshima), es, a menudo, una representaci&oacute;n apoyada por el Estado y su ley. </p>      <p>Pero los historiadores se apartan s&uacute;bitamente del constructivismo social cuando son cuestionados por los no expertos, que no comparten la agenda de los profesionales empe&ntilde;ados en desprestigiar y restarle legitimidad a la versi&oacute;n dominante, y desean relatar su propia historia. En el incidente del Smithsonian, los historiadores izquierdistas y liberales (que apoyaban una valoraci&oacute;n m&aacute;s cr&iacute;tica de la decisi&oacute;n de Truman) afirmaron, precisamente, las pretensiones de <I>poder/ saber</I> que siempre denuncian en sus historias de otras profesiones. De hecho, podr&iacute;a casi decirse, de manera m&aacute;s pol&eacute;mica, que, mediante sus grandes esfuerzos por lograr la influencia pol&iacute;tica, quisieron imponer su propio <I>r&eacute;gimen de verdad</I>, para usar t&eacute;rminos de Foucault. Pero esto ser&iacute;a una exageraci&oacute;n, puesto que el <I>r&eacute;gimen</I> de aqu&eacute;llos ser&iacute;a uno de discusi&oacute;n m&aacute;s abierta. Aun as&iacute;, sus considerables esfuerzos de cabildeo en esa controversia dejaron claro que los historiadores <I>cr&iacute;ticos</I> pueden estar bastante dispuestos a utilizar las <I>hegem&oacute;nicas</I> instituciones pol&iacute;ticas y legales del Estado para sus fines narrativos.<sup><a name="nu115"></a><a href="#num115">115</a></sup></p>      <p><font size="3"><b>Precedentes legales contra <I>singularidad</I> hist&oacute;rica</b></font></p>      <p>Hay un aspecto de la interpretaci&oacute;n hist&oacute;rica que le ha causado gran embarazo a la ley penal: la cuesti&oacute;n de si, y en qu&eacute; forma, el Holocausto es un hecho <I>singular</I>. Algunos estudiosos de la historia jud&iacute;a se han preocupado por establecer el car&aacute;cter <I>sin precedentes</I> e inherentemente <I>incomparable</I> del Holocausto, oponi&eacute;ndose a la analog&iacute;a con delitos menores.<sup><a name="nu116"></a><a href="#num116">116</a></sup> En esos campos, la misma idea de comparar el Holocausto con episodios anteriores o posteriores de masacre administrativa (aun para fines anal&iacute;ticos o de estudio) es considerado obsceno, "una afrenta a la memoria" de los seis millones de v&iacute;ctimas. </p>      <p>No obstante, los abogados, incluyendo a algunos que han dedicado su vida profesional a enjuiciar a los criminales nazis de la guerra, encuentran confusa esta noci&oacute;n, hasta el punto de considerarla incomprensible.<sup><a name="nu117"></a><a href="#num117">117</a></sup> De hecho, el concepto de inconmensurabilidad hist&oacute;rica es casi impensable en t&eacute;rminos legales. Como abogados, si nos vi&eacute;ramos obligados a concluir, a partir de la investigaci&oacute;n hist&oacute;rica y del an&aacute;lisis comparativo, que los eventos juzgados en Nuremberg eran totalmente inconmensurables, llegar&iacute;amos al corolario de que las reglas legales surgidas de esa experiencia deben interpretarse muy estrictamente. Este enfoque las har&iacute;a inaplicables a pr&aacute;cticamente todas las experiencias de masacre administrativa subsiguientes, dado que aqu&eacute;llas son casi invariablemente <I>distinguibles</I> en modos significativos. Quienes denuncian los peligros de la comparaci&oacute;n probablemente no deseen este resultado (m&aacute;s aun, los abogados no han monopolizado esta conclusi&oacute;n).<sup><a name="nu118"></a><a href="#num118">118</a></sup></p>      <p>Los historiadores y analistas pol&iacute;ticos se preocuparon todav&iacute;a m&aacute;s ante el hecho de que el tribunal de Nuremberg sumiera los rasgos m&aacute;s singulares de los cr&iacute;menes de los acusados bajo doctrinas de vieja data en la ley de la guerra, reduciendo el Holocausto a apenas uno de los varios m&eacute;todos utilizados para "librar una guerra de agresi&oacute;n". Al parecer, por entrenamiento y temperamento (es decir, por <I>d&eacute;formation professionel</I>), los fiscales y jueces estaban inclinados a contar un relato de continuidad, aun cuando los hechos que ten&iacute;an por delante les parec&iacute;an, a la mayor&iacute;a de los legos, significar una ruptura violenta con toda experiencia previa.<sup><a name="nu119"></a><a href="#num119">119</a></sup></p>      <p>Despu&eacute;s de todo, los tribunales generalmente minimizan los elementos de singularidad de los hechos que tienen ante s&iacute;, sumi&eacute;ndolos en conceptos preexistentes y precedentes m&aacute;s generales. En caso de ser ampliados, &eacute;stos lo son solamente en las formas m&aacute;s modestas y cautelosas.<sup><a name="nu120"></a><a href="#num120">120</a></sup> El problema de la <I>representaci&oacute;n del Holocausto</I>, un evento incomprensible por medio de las interpretaciones previas de la conducta humana, se ha convertido en una preocupaci&oacute;n central &mdash;vista como un obst&aacute;culo casi insuperable&mdash; de casi todas las disciplinas serias.<sup><a name="nu121"></a><a href="#num121">121</a></sup></p>      <p>La ley ni siquiera reconoce esto como un problema.<sup><a name="nu122"></a><a href="#num122">122</a></sup> "Preocupado como debe estarlo por los precedentes, el Tribunal trata el Holocausto precisamente en la forma rechazada por tantos estudiosos, simplemente como otro evento hist&oacute;rico acerca del cual pueden hacerse muchas cr&iacute;ticas".<sup><a name="nu123"></a><a href="#num123">123</a></sup> Su singularidad queda as&iacute; negada simplemente por la forma en que se plantea la cuesti&oacute;n legal. </p>      <p>El problema ha reaparecido en los enjuiciamientos recientes por "negaci&oacute;n del Holocausto". Desde comienzos de los a&ntilde;os sesenta, los procesos de Nuremberg han sido criticados por no respetar la especificidad del Holocausto como crimen contra los jud&iacute;os.<sup><a name="nu124"></a><a href="#num124">124</a></sup> En parte como respuesta a esa preocupaci&oacute;n, se ha adoptado legislaci&oacute;n en varios pa&iacute;ses occidentales que criminaliza "la  negaci&oacute;n del Holocausto".<sup><a name="nu125"></a><a href="#num125">125</a></sup> Dichos estatutos se defienden sobre la base de que la singularidad del Holocausto justifica una mayor intervenci&oacute;n en la libertad de expresi&oacute;n y de la prensa de la que ser&iacute;a aceptable constitucionalmente con respecto a otras declaraciones tambi&eacute;n falsas, pero no difamatorias. </p>      <p>Sin embargo, este enfoque busca establecer la singularidad del Holocausto mediante mandato legal. Por lo tanto, ha sido criticado como una instancia m&aacute;s de la intromisi&oacute;n de los abogados en cuestiones historiogr&aacute;ficas que rebasan la competencia profesional de las cortes.<sup><a name="nu126"></a><a href="#num126">126</a></sup> Comprensiblemente, los jueces se muestran inc&oacute;modos de asumir este nuevo papel. </p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Pero, la respuesta a esas intromisiones no bienvenidas ha sido algunas veces la de utilizar el mandato legal al servicio de la pretensi&oacute;n opuesta: para <I>negar</I> la singularidad del Holocausto. La disposici&oacute;n alemana occidental de 1985 criminaliza as&iacute; la negaci&oacute;n no s&oacute;lo del Holocausto, sino, tambi&eacute;n, de otro mal masivo que los legisladores consideraban <I>comparable</I>: la expulsi&oacute;n de alemanes de parte de Europa oriental por parte de los sovi&eacute;ticos.<sup><a name="nu127"></a><a href="#num127">127</a></sup> El estatuto alem&aacute;n restablece el problema anterior: el de tratar el Holocausto como <I>moralmente equivalente</I> a otros delitos menores, s&oacute;lo que ahora lo hace m&aacute;s expl&iacute;citamente.<sup><a name="nu128"></a><a href="#num128">128</a></sup> En s&iacute;ntesis, ha resultado dif&iacute;cil usar la ley para condenar la negaci&oacute;n del Holocausto sin, a la vez, otorgarle autoridad jur&iacute;dica a uno u otro lado de la leg&iacute;tima disputa entre los expertos con respecto a la singularidad hist&oacute;rica. </p>      <p>La dificultad de redactar estatutos en contra de la negaci&oacute;n del Holocausto sugiere que es probable que la ley se desacredite a s&iacute; misma cuando pretende imponer una respuesta a una cuesti&oacute;n interpretativa sobre la cual hay desacuerdo entre los historiadores. Despu&eacute;s de todo, en d&eacute;cadas recientes muchos historiadores y cient&iacute;ficos sociales &mdash;tanto de derecha como de izquierda&mdash; han llegado a cuestionar y a quitarle el &eacute;nfasis a los rasgos singulares del Holocausto.<sup><a name="nu129"></a><a href="#num129">129</a></sup> Estos estudiosos han buscado revaluar las idiosincrasias de esa experiencia, tanto en sus m&eacute;todos como en su alcance. Su objetivo completamente leg&iacute;timo es el de situarla dentro de una interpretaci&oacute;n comprensiva de los horrores de nuestro siglo, a la luz de varios genocidios y muchas atrocidades masivas que la precedieron y la siguieron.<sup><a name="nu130"></a><a href="#num130">130</a></sup></p>      <p>La definici&oacute;n jur&iacute;dica de <I>cr&iacute;menes contra la humanidad</I> result&oacute; ser el tema de otra controversia m&aacute;s en este sentido. Los primeros analistas legales del Holocausto definieron dicha conducta como una que involucraba actos e intenciones criminales corrientes, cometidos por fines particulares.<sup><a name="nu131"></a><a href="#num131">131</a></sup> Subyacente a esta jugada doctrinaria hab&iacute;a una preocupaci&oacute;n normativa crucial: la de presentar a los acusados como <I>delincuentes comunes</I>, en nada diferentes a los asesinos corrientes, a pesar de su aire y porte de estadistas. Esta jugada sirvi&oacute; bien para despojar a los altos oficiales de su supuesta inmunidad seg&uacute;n la ley internacional. Pero, esta forma de reconocer su conducta vino a interpretarse,  con el tiempo, como algo que <I>hac&iacute;a banales</I> o trivializaba los rasgos sin precedentes de sus cr&iacute;menes, y minimizaba su atrocidad singular.<sup><a name="nu132"></a><a href="#num132">132</a></sup></p>      <p>El enfoque contrario, no obstante, result&oacute; ser a&uacute;n m&aacute;s problem&aacute;tico. Una definici&oacute;n m&aacute;s atenta a la singularidad hist&oacute;rica era necesariamente una definici&oacute;n m&aacute;s estrecha. Al empaquetar los rasgos m&aacute;s distintivos del Holocausto nazi en una definici&oacute;n legal de <I>cr&iacute;menes contra la humanidad</I>, ese delito se volvi&oacute; m&aacute;s dif&iacute;cil de aplicar a la conducta de quienes no hab&iacute;an estado en el epicentro del programa alem&aacute;n de exterminaci&oacute;n, tales como los colaboracionistas franceses, que actuaban guiados por su propia versi&oacute;n puramente francesa del antisemitismo. De esta manera, los esfuerzos por reconceptualizar los cr&iacute;menes en contra de la humanidad &mdash;con el prop&oacute;sito de reparar el problema anterior&mdash; comenzaron a impedir el enjuiciamiento efectivo de sus perpetra-dores. Ese estrechamiento conceptual introdujo nuevos requisitos doctrinales los cuales es sumamente dif&iacute;cil cumplir, tal como el enjuiciamiento de Paul Touvier demostr&oacute; ampliamente.<sup><a name="nu133"></a><a href="#num133">133</a></sup></p>      <p>El Holocausto, como cualquier suceso hist&oacute;rico, es claramente singular en ciertos aspectos, y tambi&eacute;n muy com&uacute;n y corriente en otros. As&iacute;, si se pregunta simplemente: "&iquest;Es singular el Holocausto?", la respuesta correcta tiene que ser aqu&eacute;lla proverbial respuesta del profesor de derecho: "&iquest;Por qu&eacute; pregunta?" Como se resuelva la cuesti&oacute;n de la singularidad depende totalmente de qui&eacute;n est&eacute; haciendo la pregunta y por qu&eacute; la est&eacute; haciendo. Quiz&aacute; la raz&oacute;n para formular la pregunta sea la de otorgarle al evento un aura m&iacute;stica e inefable, con el fin de que se convierta en la pieza central de una nueva teolog&iacute;a secular o identidad nacional.<sup><a name="nu134"></a><a href="#num134">134</a></sup> En caso de que as&iacute; sea (y si quien responde comparte este objetivo), la respuesta a la pregunta por la singularidad ser&aacute; muy diferente a la de alguien cuyo objetivo sea el de enjuiciar a un perpetrador de masacre administrativa pos-Nuremberg. </p>      <p>En s&iacute;ntesis, muchos consideran que la ley penal se ha desviado de su dominio propio y que esto la ha puesto en situaciones embarazosas. Lo hizo, en primer lugar, al negar la singularidad del Holocausto cuando dicha singularidad parec&iacute;a obvia, y, luego, al afirmarla ciegamente, cuando la obviedad ya no exist&iacute;a. Resulta f&aacute;cil ver, a partir de estos errores, por qu&eacute; muchos han llegado a la conclusi&oacute;n de que los tribunales deben permanecer totalmente alejados del juego de la historia. </p>      <p>El problema con este deseo es que, como veremos, los tribunales se ven cada vez m&aacute;s obligados a decidir inconscientemente sobre cuestiones hist&oacute;ricas, en formas que les resultan imposibles de evadir.<sup><a name="nu135"></a><a href="#num135">135</a></sup></p>      <p><font size="3"><b>A favor del <I>equilibrio </I>hist&oacute;rico y en contra de la <I>equivalencia moral </I></b></font></p>      <p>El p&uacute;blico interesado, con frecuencia ha encontrado m&aacute;s persuasivos los relatos de los historiadores que aqu&eacute;llos de los tribunales, especialmente, los tribunales de Tokio y Nuremberg. La raz&oacute;n primordial es que se percibe a los historiadores como m&aacute;s preocupados por el <I>equilibrio</I> al repartir la culpa entre todas las partes, incluyendo a los fiscales del tribunal. Es cierto que muchos historiadores actuales rechazan el <I>equilibrio</I> como ideal profesional, al encontrarlo o imposible o indeseable.<sup><a name="nu136"></a><a href="#num136">136</a></sup> La percepci&oacute;n p&uacute;blica de las tareas de la historiograf&iacute;a, sin embargo, todav&iacute;a permanece fiel a este ideal tradicional, tal como se refleja en los comentarios de Galtieri y Massera.<sup><a name="nu137"></a><a href="#num137">137</a></sup></p>      <p>Aun los historiadores izquierdistas declarados abrazan el ideal tradicional, al menos cuando se les pide hacer de jueces. Staughton Lynd, por ejemplo, no acept&oacute; la invitaci&oacute;n de Bertrand Russell a participar en un tribunal internacional para juzgar los supuestos cr&iacute;menes de guerra estadounidenses en Vietnam. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p>Lo que yo pido es que &eacute;ste &#91;el tribunal&#93; investigue los actos de ambas partes y utilice los mismos criterios para evaluar los actos de cada una de  las partes &#91;...&#93; Creo que &#91;lo que propone Russell&#93; equivale a juzgar a una de las partes &#91;el FLN&#93; por sus fines, y a la otra, por sus medios &#91;los Estados Unidos&#93;. Yo pensaba que era precisamente esta doble moral la que todos nosotros, en esta era pos-Stalin, quer&iacute;amos evitar.<sup><a name="nu138"></a><a href="#num138">138</a></sup></p></blockquote>      <p>Al darse cuenta de que el tribunal pretender&iacute;a escribir historia, una tarea a la cual &eacute;l deber&iacute;a contribuir con su participaci&oacute;n, Lynd invoc&oacute; el ideal de equilibrio del historiador profesional tradicional, contrast&aacute;ndolo con la agenda m&aacute;s partidista del tribunal. </p>      <p>Seg&uacute;n los tribunales de Tokio y Nuremberg, poco importaba para la validez de los procesos criminales contra los l&iacute;deres del Eje el hecho de que los vencedores Aliados hubieran cometido sus propios enormes cr&iacute;menes de guerra.<sup><a name="nu139"></a><a href="#num139">139</a></sup> A diferencia del derecho de responsabilidad civil, la ley penal pr&aacute;cticamente no le da cabida a la <I>culpa comparativa</I>,<sup><a name="nu140"></a><a href="#num140">140</a></sup> a ning&uacute;n mecanismo doctrinario para mitigar  el delito o a la culpabilidad del acusado a la luz de aqu&eacute;lla de los acusadores. Las propuestas para encaminar el derecho penal en esa direcci&oacute;n, con raz&oacute;n, le parecen quijotescas, cuando no perversas, a casi toda la gente sensata.<sup><a name="nu141"></a><a href="#num141">141</a></sup></p>      <p>Para el p&uacute;blico, sin embargo, especialmente en el Jap&oacute;n de la posguerra y en Alemania Occidental, as&iacute; como entre los argentinos conservadores, import&oacute; much&iacute;simo para medir la legitimidad de los juicios el hecho de que parec&iacute;an tendenciosamente selectivos, empe&ntilde;ados en enfocar la memoria en formas partidistas. A esos oyentes les importaba el hecho de que los acusados en todos esos episodios de masacre administrativa constitu&iacute;an solamente uno de los lados en un conflicto bilateral o multilateral, en el cual las otras partes tambi&eacute;n hab&iacute;an cometido actos il&iacute;citos a gran escala. Este rasgo desagradable del juicio de Nuremberg ha socavado su autoridad en las mentes de muchos y ha debilitado su peso normativo. Por ejemplo, cuando a un general argentino se le se&ntilde;al&oacute; la relevancia de Nuremberg en cuanto precedente para la guerra sucia, &eacute;ste observ&oacute;: "S&iacute;, pero si los alemanes hubieran ganado la guerra, los juicios no habr&iacute;an tenido lugar en Nuremberg, sino en Virginia".<sup><a name="nu142"></a><a href="#num142">142</a></sup> Con seguridad, ten&iacute;a raz&oacute;n. </p>      <p>El <I>tu quoque </I>ha sido generalmente el pretexto para esta intuici&oacute;n moral, pero en cuanto argumento legal, su alcance es excesivamente limitado.<sup><a name="nu143"></a><a href="#num143">143</a></sup></p>      <p>Kirchheimer describe su l&oacute;gica: </p>     <blockquote>     <p>En contra de la afirmaci&oacute;n inherente de superioridad moral, de la diferencia radical entre los actos despreciables de los que est&aacute;n en el banquillo y la visi&oacute;n, las intenciones y el r&eacute;cord del nuevo amo, los acusados recurrir&aacute;n a las t&aacute;cticas del <I>tu quoque </I>&#91;...&#93; &#91;Esto&#93; implica m&aacute;s un argumento dirigido <I>al p&uacute;blico en general y al futuro historiador</I> que una defensa legal. Al afirmar que un accidente de la historia, m&aacute;s que una cualidad inherente de quienes gobiernan, es lo que determina qui&eacute;n ser&aacute; el juez y qui&eacute;n el acusado, trata desde un comienzo de devaluar el sentido y el peso del juicio.<sup><a name="nu144"></a><a href="#num144">144</a></sup> (Mis cursivas) </p> </blockquote>     <p>Y al hacer esto, intenta demasiado. En cuanto defensa afirmativa, ese tipo de argumento intenta ser absolutamente exculpatorio. Pero la evidencia <I>tu quoque</I> puede ser desplegada de manera m&aacute;s convincente para mitigar una sentencia, y, en este sentido, se parece m&aacute;s al <I>testimonio de reputaci&oacute;n</I>. <I>En la medida en que</I> la agresi&oacute;n japonesa a lo largo del Asia, por ejemplo, pudiera verse, parcialmente y de manera convincente, como una respuesta defensiva al imperialismo occidental a&uacute;n dominante en la regi&oacute;n<sup><a name="nu145"></a><a href="#num145">145</a></sup> &mdash;para lo cual ser&iacute;a indispensable el testimonio de los historiadores&mdash; esto sugerir&iacute;a el car&aacute;cter no malicioso de las acciones japonesas y de quienes las dirigieron. La ley no aborda directamente tales asuntos, as&iacute; sea alabada por reflejar un <I>equilibrio hist&oacute;rico</I> o condenada por permitir la <I>equivalencia moral</I>. As&iacute;, en este caso le queda imposible insistir en divisiones tajantes, como s&iacute; lo puede hacer con respecto a la culpabilidad y la inocencia. </p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Si bien el equilibrio hist&oacute;rico produce asociaciones fuertemente positivas, la <I>equivalencia moral</I> suscita asociaciones fuertemente negativas. Pero, ninguna de las dos, a pesar de ser invocadas a menudo en el debate, se halla definida  o distinguida cuidadosamente como asunto conceptual. A juzgar por su uso en  contexto, la equivalencia moral afirma el estatus moral equivalente de acusador y acusado. Por ende, busca negar la idoneidad moral de los acusadores para asumir el papel de fiscales. Aunque &eacute;ste no es el lugar para un an&aacute;lisis exhaustivo de los errores l&oacute;gicos e hist&oacute;ricos de dichas afirmaciones, para nuestros fines presentes resulta esencial hacer referencia breve a dos puntos. </p>      <p>En primer lugar, las acusaciones de equivalencia moral sugieren que los procesos legales son indefendibles a menos que los acusadores tengan <I>las manos limpias</I>. El acusado puede ser culpable de cr&iacute;menes de guerra, pero, al fin y al cabo, los acusadores tambi&eacute;n lo son. Puesto que ambos son culpables de exactamente los mismos delitos, sus respectivos da&ntilde;os mutuos <I>se cancelan</I>. Seg&uacute;n el argumento, ni siquiera es necesario evaluar los respectivos grados de mala conducta o de culpabilidad. M&aacute;s a&uacute;n, es incorrecto considerar seriamente la cuesti&oacute;n comparativa de la medida, puesto que ambos lados son culpables de delitos horrendos. Este argumento explota, de manera significativa, la l&oacute;gica binaria de la responsabilidad criminal (es decir, que alguien es culpable o no lo es), pero utiliz&aacute;ndola para fines dudosos. </p>     <p>Pero la ley penal no exige en ninguna parte que los fiscales o aqu&eacute;llos a quienes representan tengan que tener las manos limpias. La carga del argumento, al menos, parecer&iacute;a entonces recaer sobre quienes insisten en esa limpieza, en el caso en cuesti&oacute;n &mdash;el de la brutalidad estatal a gran escala&mdash;. El mejor argumento, en ese sentido, ser&iacute;a que en estos casos (a diferencia de otros) la fiscal&iacute;a afirmara &mdash;expl&iacute;cita o impl&iacute;citamente&mdash; estar no s&oacute;lo aplicando la ley, sino, tambi&eacute;n, escribiendo historia autorizada. Para lograr, incluso, la m&aacute;s m&iacute;nima competencia, cualquier historiograf&iacute;a de ese tipo debe propender por el equilibrio hist&oacute;rico, es decir, por incorporar al marco narrativo las faltas respectivas de todas las partes involucradas. Y &eacute;sta no es una pretensi&oacute;n absurda, tal como sostengo a lo largo de este texto. </p>     <p>En segundo lugar, la acusaci&oacute;n de equivalencia moral implica que si los da&ntilde;os hechos por los acusadores en contra de los acusados se <I>sopesaran</I>, de alguna manera, en relaci&oacute;n con aqu&eacute;llos de los acusados en contra de los acusadores, ninguno de los dos lados tendr&iacute;a una ventaja. &Eacute;ste es un argumento diferente y mucho m&aacute;s d&eacute;bil, tal como se aplica a los casos en cuesti&oacute;n. Pero, probar cualquier conclusi&oacute;n en este sentido requerir&iacute;a una larga discusi&oacute;n de las diversas <I>medidas</I> que se utilizar&iacute;an para hacer esos juicios comparativos, as&iacute; como su aplicaci&oacute;n a varios de los casos de masacre administrativa tratados aqu&iacute;. Por lo tanto, resulta imposible emprender aqu&iacute; un an&aacute;lisis tal. </p>      <p>Hay una segunda forma de equilibrio presentado por la historiograf&iacute;a, especialmente, por las biograf&iacute;as particularmente buenas, del cual carecen, por lo general, los juicios legales. Se trata de una valoraci&oacute;n integral de las fortalezas y debilidades de los actores principales. En la ley penal, ciertamente, la prueba de car&aacute;cter o reputaci&oacute;n es admisible por parte de la defensa, para mitigar una sanci&oacute;n, e, incluso, para establecer duda razonable acerca de la culpabilidad.<sup><a name="nu146"></a><a href="#num146">146</a></sup> Pero, no puede utilizarse como &uacute;nica prueba para argumentar que el car&aacute;cter del acusado es tan virtuoso que amerita su exoneraci&oacute;n absoluta de responsabilidad, si el acusado ha cometido culposamente el acto il&iacute;cito del cual se le acusa. </p>      <p>Pero estas reglas legales resultan ser especialmente problem&aacute;ticas para los acusados que, como el Mariscal P&eacute;tain, hab&iacute;an sido h&eacute;roes nacionales por muchos a&ntilde;os<sup><a name="nu147"></a><a href="#num147">147</a></sup> antes de caer en desgracia (ya entrado en a&ntilde;os) por su complicidad en la masacre administrativa. La relevancia limitada que la ley le otorga a la prueba de reputaci&oacute;n tambi&eacute;n priva a los juicios legales de equilibrio hist&oacute;rico cuando el acusado puede alegar ante el tribunal de la opini&oacute;n p&uacute;blica, y de manera plausible, que hicieron un gran bien a la vez que perpetraban el delito. </p>      <p>Aqu&iacute;, tambi&eacute;n P&eacute;tain resulta ser un buen ejemplo: </p>    <blockquote>     <p>Cada vez que el &#91;fiscal&#93; Mornet citaba una concesi&oacute;n otorgada a los alemanes, los abogados de P&eacute;tain citaban una concesi&oacute;n extra&iacute;da a los alemanes.    <br> Para cada acto p&uacute;blico pro-Eje, los abogados mostraban un acto privado a  favor de los Aliados. El testimonio se empantan&oacute; en un tire y afloje entre  ganancia y p&eacute;rdida &mdash;que era exactamente el terreno seleccionado por la  defensa&mdash;.<sup><a name="nu148"></a><a href="#num148">148</a></sup></p></blockquote>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La ley puede desacreditar sus juicios muy f&aacute;cilmente cuando los proclama como did&aacute;ctica monumental, al ubicar esos intentos defensivos de equilibrio hist&oacute;rico m&aacute;s all&aacute; del marco de su relato. Pero, con seguridad, esa evidencia es relevante para cualquier esfuerzo por presentar a P&eacute;tain, por ejemplo, como un villano inescrupuloso sin m&aacute;s.<sup><a name="nu149"></a><a href="#num149">149</a></sup></p>      <p>Una tercera forma de preocupaci&oacute;n por el equilibrio hist&oacute;rico, tampoco reconocida por la ley penal, surge del hecho de que los ciudadanos de las naciones agresoras sufren en muchas formas a causa de las p&eacute;rdidas durante la guerra y las privaciones de la derrota. &Eacute;stas se ven, a menudo, exacerbadas por la mala conducta de los vencedores. Esas personas, por lo tanto, tienen una predilecci&oacute;n por las presentaciones de esos hechos como una <I>tragedia,</I><sup><a name="nu150"></a><a href="#num150">150</a></sup> como la historia de un pueblo bueno que sufre las maldades impuestas por ambas partes del conflicto, m&aacute;s que por una historia m&aacute;s sencilla de v&iacute;ctimas nobles (sus enemigos) y victimarios atroces (ellos mismos).<sup><a name="nu151"></a><a href="#num151">151</a></sup> Tal como se aplica, la ley criminal tiende a establecer una dicotom&iacute;a entre los participantes, precisamente, de esta manera. Por este motivo, oculta muchas complejidades morales pertinentes, negando la dimensi&oacute;n aut&eacute;nticamente tr&aacute;gica de estos eventos,<sup><a name="nu152"></a><a href="#num152">152</a></sup> una dimensi&oacute;n que perdura de manera preponderante en la memoria de muchos sobrevivientes. </p>      <p>Una cuarta fuente de preocupaci&oacute;n por el equilibrio hist&oacute;rico tiene que ver con la psicodin&aacute;mica de la reconciliaci&oacute;n entre los antagonistas; sean individuos, grupos partidistas o Estados naci&oacute;n. Cuando se ofrecen disculpas, generalmente se busca el perd&oacute;n de la parte perjudicada. Se trata de un proceso interactivo.<sup><a name="nu153"></a><a href="#num153">153</a></sup> Por ejemplo, cuando hace poco un anciano veterano japon&eacute;s quiso ofrecer reparaci&oacute;n por su papel en la tortura especialmente perversa de un oficial brit&aacute;nico, este &uacute;ltimo sinti&oacute; que era apropiado (m&aacute;s aun, se sinti&oacute; obligado moralmente) aceptar la disculpa.<sup><a name="nu154"></a><a href="#num154">154</a></sup> La reconciliaci&oacute;n s&oacute;lo es posible cuando las disculpas logran conseguir el perd&oacute;n. Dicha reconciliaci&oacute;n es, a menudo, un prerrequisito para restablecer las relaciones de confianza e interdependencia.<sup><a name="nu155"></a><a href="#num155">155</a></sup> Por ejemplo, la Iglesia Metodista Unida pidi&oacute; disculpas recientemente por su papel en la masacre de, aproximadamente, doscientos ni&ntilde;os y mujeres nativos norteamericanos.<sup><a name="nu156"></a><a href="#num156">156</a></sup> Al hacerlo, buscan expl&iacute;citamente el perd&oacute;n de los sobrevivientes de las tribus involucradas. Un l&iacute;der ind&iacute;gena respondi&oacute; prontamente: "Estoy satisfecho. La iglesia ha apoyado la acci&oacute;n y es hora de comenzar el proceso de sanaci&oacute;n".<sup><a name="nu157"></a><a href="#num157">157</a></sup></p>      <p>La negociaci&oacute;n de la reconciliaci&oacute;n puede resultar bastante compleja, dado que cada una de las partes tiene quejas v&aacute;lidas contra la otra. En esas circunstancias, las disculpas son m&aacute;s f&aacute;ciles cuando hay reciprocidad, es decir, cuando <I>X</I> puede aceptar sus agravios contra <I>Y</I>, al mismo tiempo que <I>Y</I> reconoce sus faltas para con <I>X</I>. La reciprocidad es especialmente apropiada cuando los adversarios se hallan "mutuamente involucrados en &#91;...&#93; los vicios del otro".<sup><a name="nu158"></a><a href="#num158">158</a></sup> "Con frecuencia, esto es cierto en el caso de la guerra, a medida que cada lado incrementa sus maldades como retaliaci&oacute;n por las maldades del enemigo, ya sean reales o imaginadas".<sup><a name="nu159"></a><a href="#num159">159</a></sup></p>      <p>No resulta sorprendente, entonces, que incluso el l&iacute;der <I>montonero</I>, Mario Firmenich, haya sentido la necesidad de pedir disculpas (dos d&eacute;cadas despu&eacute;s de los hechos) por los cr&iacute;menes de sus guerrillas, inmediatamente despu&eacute;s de que, en forma similar, el jefe militar Mart&iacute;n Balza se hubiera disculpado (por los cr&iacute;menes militares contra las guerrillas y otros durante la guerra sucia).<sup><a name="nu160"></a><a href="#num160">160</a></sup> Una narrativa jur&iacute;dica que se perciba como <I>equilibrada</I> &mdash;porque reconoce quejas v&aacute;lidas y actos il&iacute;citos de ambas partes&mdash; es la m&aacute;s apropiada para facilitar la reconciliaci&oacute;n y la reconstrucci&oacute;n de la solidaridad social entre antagonistas que deben seguir conviviendo en la misma sociedad. As&iacute;, un pol&iacute;tico israel&iacute; escribe, con respecto al Acuerdo de Oslo con la Organizaci&oacute;n para la Liberaci&oacute;n de Palestina (OLP): "la base para la reconciliaci&oacute;n es el reconocimiento de que 'ustedes tambi&eacute;n han sufrido de verdad, y nosotros tampoco estamos exentos de culpa'".<sup><a name="nu161"></a><a href="#num161">161</a></sup></p>      <p>Pero no existe nada ni en lo sustantivo, ni en lo procesal del derecho penal que facilite ese equilibrio narrativo y que ayude a poner en marcha el proceso de reconciliaci&oacute;n. Por el contrario, el derecho penal erige una clara l&iacute;nea divisoria entre las partes, al clasificar a una como la v&iacute;ctima, y a la otra como la autora del il&iacute;cito.<sup><a name="nu162"></a><a href="#num162">162</a></sup> Fomenta, entonces, actitudes de indignaci&oacute;n justificada por parte de la primera, que la segunda percibe inevitablemente como ejemplos de selectividad autojustificada. </p>      <p>La teor&iacute;a moral y la legal no logran nada mejor en este sentido que la doctrina jur&iacute;dica, ya que a ellas les preocupan los conceptos de disculpa y justificaci&oacute;n. En los casos presentes, sin embargo, los da&ntilde;os hechos por<I> X</I> a <I>Y </I>ni excusan, ni justifican los hechos por <I>Y</I> a <I>X</I>.<sup><a name="nu163"></a><a href="#num163">163</a></sup> El bombardeo de Nagasaki ni excusa, ni justifica el saqueo de Nanjing, tal como lo reconoce, f&aacute;cilmente, la gente sensata. Pero, seg&uacute;n muchos americanos y japoneses, este hecho no agota la gama posible de v&iacute;nculos morales entre los dos sucesos y sus perpetra-dores. Si la doctrina y la teor&iacute;a legales desechan estas intuiciones morales tan difundidas por considerarlas mal enfocadas, el resultado es, simplemente, la limitaci&oacute;n de la posible contribuci&oacute;n de la ley a la reconciliaci&oacute;n internacional. </p>      <p>Consideremos, desde esta perspectiva, la reacci&oacute;n de muchos japoneses a la resistencia americana (evidenciada en la reciente controversia del  Smithsonian) al debate abierto sobre la legalidad y posibilidad de defensa moral del uso de armas nucleares por parte de los americanos al final de la Segunda Guerra Mundial. Esa resistencia "ha estimulado la autojustificaci&oacute;n de los apologistas japoneses de la guerra en el Pac&iacute;fico", se&ntilde;ala un especialista en asuntos asi&aacute;ticos. "Si los americanos se niegan a cuestionar <I>su</I> r&eacute;cord de guerra, se preguntan, &iquest;por qu&eacute; habr&iacute;an los japoneses de arriesgar la reputaci&oacute;n de sus soldados cuestionando el suyo?".<sup><a name="nu164"></a><a href="#num164">164</a></sup> Ning&uacute;n presidente de los Estados Unidos, podr&iacute;amos agregar, ha visitado Hiroshima o Nagasaki, ni ha expresado arrepentimiento por la decisi&oacute;n de destruirlas con armas nucleares. Podr&iacute;a afirmarse que el resultado de la disputa del Smithsonian demuestra que el p&uacute;blico americano no est&aacute; dispuesto a dejar que su memoria colectiva (y, por ende, su identidad nacional) sea reconstruida profesionalmente en formas que requieran un serio arreglo de cuentas por los graves males infligidos a otros. </p>      <p>En el periodo siguiente a uno de violencia a gran escala, la tarea esencial del estadista consiste, precisamente, en formular una identidad nacional (o una comunidad internacional, como en el caso del Plan Marshall) que le permita a los antiguos enemigos convivir bajo un mismo r&eacute;gimen. Esto hace necesaria una narrativa convincente que restrinja la poderosa tentaci&oacute;n de caer en un ciclo interminable de recriminaciones y represalias por causa del pasado. Al menos as&iacute; entendi&oacute; Abraham Lincoln sus responsabilidades despu&eacute;s de la Guerra Civil.<sup><a name="nu165"></a><a href="#num165">165</a></sup></p>      <p>Elaine Scarry se&ntilde;ala: </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p>Una vez que se asignan esas etiquetas definitivas &#91;ganador y perdedor&#93; y  la guerra ha terminado, ya no importar&aacute; c&oacute;mo quedaron distribuidas las  bajas &#91;...&#93; &#91;pues&#93; estas construcciones verbales tender&aacute;n a ser reemplazase perciben como el costo de un resultado &uacute;nico: &#91;...&#93; La joven Am&eacute;rica qued&oacute; lisiada por la esclavitud de la cual tuvo que deshacerse de manera violenta: 534.000 murieron en la Guerra Civil. As&iacute;, un joven sure&ntilde;o que cre&iacute;a estar arriesgando su vida e hiriendo a otros por un sistema feudal de agricultura, y quien, para finales de la guerra, habr&iacute;a sufrido muchas penas y, finalmente, la muerte por esos ideales, una vez terminada la guerra habr&iacute;a muerto como justificaci&oacute;n para la desaparici&oacute;n de ese sistema feudal y de la desigualdad racial sobre la que descansaba.<sup><a name="nu166"></a><a href="#num166">166</a></sup></p></blockquote>      <p>No obstante, como parece sugerir Scarry, este proceso de redescripci&oacute;n no se da autom&aacute;ticamente o sin esfuerzo. Los perdones y las amnist&iacute;as de Lincoln a los soldados confederados, y aun a los l&iacute;deres, fueron un mecanismo legal que le permiti&oacute; a las generaciones posteriores volver a contarse la historia de la guerra de manera conciliatoria: era una narrativa en la que, incluso los perdedores, mor&iacute;an por una causa justa, y, por ende, volv&iacute;an a unirse a la sociedad de los vencedores. Para lograr esto, es claro que la historia debe extenderse hasta un punto de conclusi&oacute;n posterior, desde el cual el resultado estrictamente militar de la guerra se vuelve pr&aacute;cticamente irrelevante para la memoria colectiva. En resumen, reescribir la historia nacional utilizando mecanismos legales como el perd&oacute;n, la amnist&iacute;a y los actos de clemencia puede, a veces, contribuir bastante a la restauraci&oacute;n de la solidaridad. El liderazgo sobresaliente consiste precisamente, en parte, en saber c&oacute;mo y cu&aacute;ndo hacerlo. </p>      <p>La visita del presidente Reagan al cementerio de Bitburg en 1985 es un ejemplo destacado de c&oacute;mo no hacerlo. Seg&uacute;n la narrativa del presidente, la historia de la Segunda Guerra Mundial fue una de igualdad moral en cuanto al sufrimiento de los soldados de infanter&iacute;a de lado y lado. Este marco narrativo estaba dise&ntilde;ado para proporcionar la base de un acuerdo entre americanos y alemanes que permitiera la conmemoraci&oacute;n conjunta del final de la guerra. Pero, contrario a lo esperado, el af&aacute;n de imponer el consenso provoc&oacute; una reafirmaci&oacute;n del desacuerdo &mdash;apasionado, pero completamente respetuoso&mdash;. </p>      <p>Tal como se&ntilde;ala Geoffrey Hartman, ese proceso mismo de desacuerdo abierto: </p>    <blockquote>     <p>Nos dio la oportunidad &mdash;por m&aacute;s desafortunada que haya sido la ocasi&oacute;n&mdash; de reflexionar m&aacute;s honestamente sobre el problema. Produjo, por ejemplo, un discurso de Richard von Weiz&auml;cker &#91;presidente de la Rep&uacute;blica Federal&#93; que es, en realidad, una confesi&oacute;n p&uacute;blica nunca antes pronunciada a ese nivel.<sup><a name="nu167"></a><a href="#num167">167</a></sup></p></blockquote>      <p>Se sentaron, as&iacute;, las bases para la solidaridad entre americanos y alemanes, aun si (o precisamente porque) no era posible narrar una sola historia compartida, como habr&iacute;a querido Reagan. </p>      <p><font size="3"><b>&iquest;D&oacute;nde comenzar la historia? &iquest;D&oacute;nde terminarla?</b></font></p>      <p>La forma principal en que los acusados han intentado introducir un mayor equilibrio a los procesos por masacre administrativa ha sido la de ampliar el <I>marco</I> temporal relevante para el juicio legal (m&aacute;s all&aacute; de lo propuesto por la parte acusadora). De esta manera, se logra que la narrativa abarque eventos anteriores y posteriores en el tiempo. Los defensores han subrayado a menudo la arbitrariedad e imposibilidad de defensa de los l&iacute;mites espacio-temporales establecidos por las cortes a solicitud de los fiscales. Esta cr&iacute;tica de los defensores ser&iacute;a apoyada te&oacute;ricamente hoy d&iacute;a por los posmodernistas, quienes observan, con raz&oacute;n, que siempre hay: "otra historia 'que espera ser contada' m&aacute;s all&aacute; de los l&iacute;mites del 'final' &#91;...&#93; La secuencia de eventos reales contin&uacute;a: en eso consiste el ser 'real'".<sup><a name="nu168"></a><a href="#num168">168</a></sup></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La decisi&oacute;n de d&oacute;nde comenzar una historia y d&oacute;nde terminarla, a menudo, determina qui&eacute;n har&aacute; el papel de villano y qui&eacute;n el de v&iacute;ctima. Pero no hay criterios consensuales para establecer el comienzo y el fin de un relato. De hecho, los historiadores sofisticados aceptan con prontitud que estos puntos de descanso temporal "no fluyen de los sucesos, sino que son en realidad rupturas estrat&eacute;gicas escogidas para fines espec&iacute;ficos".<sup><a name="nu169"></a><a href="#num169">169</a></sup> Y los fines que se proponen las personas difieren entre s&iacute;. </p>      <p>Los acusados en el juicio de Tokio, por ejemplo, intentaron contar una historia que comenzaba no con Pearl Harbor, sino con la pol&iacute;tica americana de Pr&eacute;stamo y Arriendo y el bloqueo a un recurso vital japon&eacute;s que era la importaci&oacute;n de petr&oacute;leo.<sup><a name="nu170"></a><a href="#num170">170</a></sup> La historia no comenzar&iacute;a con la invasi&oacute;n japonesa de China, sino antes, con el imperialismo occidental en Asia, que las fuerzas armadas japonesas trataban de desplazar. Dentro de ese marco narrativo, la conducta del Jap&oacute;n podr&iacute;a describirse como una <I>guerra de agresi&oacute;n</I> s&oacute;lo incurriendo en el m&aacute;s burdo exceso de simplificaci&oacute;n hist&oacute;rica. </p>      <p>As&iacute; como la historia tendr&iacute;a un comienzo diferente, tambi&eacute;n su final ser&iacute;a otro. Terminar&iacute;a un poco m&aacute;s tarde de lo que prefer&iacute;an los acusadores, no con la victoria de los Aliados en Okinawa, sino con la destrucci&oacute;n nuclear de Hiroshima y Nagasaki, en un momento en que todos, salvo los &uacute;ltimos detalles, de la rendici&oacute;n japonesa estaban resueltos.<sup><a name="nu171"></a><a href="#num171">171</a></sup></p>     <blockquote>     <p>Hiroshima y Nagasaki &mdash;seg&uacute;n John Dower&mdash; se convirtieron en &iacute;conos del sufrimiento japon&eacute;s; en una especie de perversos tesoros nacionales capaces de fijar la memoria japonesa de la guerra en lo que le hab&iacute;a sucedido al Jap&oacute;n y, al mismo tiempo, borrar el recuerdo de la victimizaci&oacute;n de otros a manos de los japoneses. Es decir, que el recuerdo de Hiroshima y Nagasaki se volvi&oacute; f&aacute;cilmente una forma de olvidarse de Nanjing, Bataan, el ferrocarril Birmania-Siam, Manila y el resto de las incontables atrocidades japonesas &#91;...&#93;.<sup><a name="nu172"></a><a href="#num172">172</a></sup></p></blockquote>      <p>De manera similar, los historiadores alemanes ahora buscan ampliar el marco narrativo del combate en el frente oriental, describiendo los m&eacute;todos brutales utilizados por las fuerzas alemanas como la primera fase de la resistencia occidental a lo que pronto resultar&iacute;a ser el imperialismo sovi&eacute;tico en Europa oriental y central. Esta resistencia le dio tiempo a Occidente para reorganizarse, seg&uacute;n esa versi&oacute;n.<sup><a name="nu173"></a><a href="#num173">173</a></sup> Si el juicio de Nuremberg se hubiera llevado a cabo unos a&ntilde;os antes, los abogados defensores probablemente habr&iacute;an intentado proponer un argumento de ese tipo. Es de notar, adem&aacute;s, que estos ensanchamientos propuestos del marco hist&oacute;rico-legal no requerir&iacute;an que la corte  emprendiera saltos temporales y espaciales &mdash;a Argelia y Vietnam a comienzos de los a&ntilde;os sesenta&mdash; del tipo empleado en la defensa de Klaus Barbie.<sup><a name="nu174"></a><a href="#num174">174</a></sup></p>      <p>Si la ley criminal ha de dedicarse a condenar gente por empezar guerras, debe estar en capacidad de ofrecer criterios relativamente claros para determinar cu&aacute;ndo empezaron las guerras. &Eacute;ste es un asunto en el cual los historiadores, de manera justificada, han alegado tener mayor pericia profesional. Y los historiadores de hoy en d&iacute;a, cincuenta a&ntilde;os despu&eacute;s del fin de la guerra, no est&aacute;n de acuerdo acerca de cu&aacute;ndo y d&oacute;nde empez&oacute; o termin&oacute; la Segunda Guerra Mundial.<sup><a name="nu175"></a><a href="#num175">175</a></sup></p>      <p>La conclusi&oacute;n, es, entonces, que el derecho de los acusados a una audiencia justa en ese tipo de juicios se ha visto, a menudo, comprometida no s&oacute;lo por la relajaci&oacute;n indulgente de las reglas que rigen las pruebas (incluyendo la relevancia legal y el testimonio de o&iacute;das) a favor de la parte acusadora, sino, tambi&eacute;n, por la vigilancia ultraestricta del cumplimiento de tales reglas por parte de la defensa. </p>      <p>Al ver el juicio criminal como un drama aleg&oacute;rico moral muy simplista, Durkheim no percibi&oacute; c&oacute;mo algunas formas de criminalidad, tales como la masacre administrativa a gran escala, no pueden caracterizarse de manera justa, contraponiendo las fuerzas del bien inequ&iacute;voco a aqu&eacute;llas del mal inequ&iacute;voco. Si las cortes pudieran hallar la forma de narrar la historia como una aut&eacute;ntica tragedia, suscitando alternadamente un poco de simpat&iacute;a y de antipat&iacute;a por cada una de las partes, la tensi&oacute;n dram&aacute;tica se ver&iacute;a aumentada, atrayendo una mayor atenci&oacute;n del p&uacute;blico. Esa atenci&oacute;n sostenida ayudar&iacute;a a estimular la discusi&oacute;n p&uacute;blica y el examen de conciencia colectivo que constituyen la principal contribuci&oacute;n del enjuiciamiento criminal a la solidaridad social en momentos como &eacute;se, de acuerdo con la teor&iacute;a discursiva aqu&iacute; presentada.<sup><a name="nu176"></a><a href="#num176">176</a></sup></p>      <p>En el juicio a las juntas argentinas, la imputaci&oacute;n por parte de los acusados de desequilibrio hist&oacute;rico acarre&oacute; su insistencia en que su conducta fuera vista como una respuesta inteligible, por m&aacute;s excesiva que aparezca a la mirada retrospectiva, a la genuina amenaza al orden p&uacute;blico presentada por los movimientos guerrilleros de izquierda. El marco temporal adoptado por la corte desacredit&oacute; el proceso entero, a los ojos del cuerpo de oficiales y de la mayor&iacute;a de los civiles conservadores, al no extenderlo lo suficiente hacia atr&aacute;s, antes del golpe de Estado de 1976 (o hacia afuera en el espacio, a las situaciones casi revolucionarias en los estados vecinos de Brasil y Chile).<sup><a name="nu177"></a><a href="#num177">177</a></sup></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El gobierno de Alfons&iacute;n y sus fiscales eran plenamente conscientes de este peligro y expresamente intentaron protegerse de &eacute;l. Peri&oacute;dicamente, por medio de sus declaraciones p&uacute;blicas y aun en los alegatos finales durante el juicio, recordaban que los l&iacute;deres de las guerrillas de izquierda estaban siendo enjuiciados simult&aacute;neamente por muchos de los mismos delitos.<sup><a name="nu178"></a><a href="#num178">178</a></sup></p>      <p>Este marco narrativo pronto recibi&oacute; el apelativo de Doctrina de los Dos Demonios, seg&uacute;n la cual el pa&iacute;s hab&iacute;a sido destruido por extremismos similares de izquierda y de derecha, los dos igualmente hostiles al liberalismo y al Estado de derecho, que eran el estandarte ret&oacute;rico del nuevo gobierno democr&aacute;tico. En cuanto estrategia dram&aacute;tica, se calculaba que esta narrativa evitar&iacute;a ofender tanto a los oficiales militares que se hab&iacute;an librado de un involucramiento sustancial en la guerra sucia, como a los partidarios sobrevivientes de la guerrilla, que ya hab&iacute;an soportado un sufrimiento considerable por las detenciones ilegales, la tortura y la p&eacute;rdida de familiares desaparecidos.<sup><a name="nu179"></a><a href="#num179">179</a></sup> As&iacute;, la Doctrina de los Dos Demonios y la estrategia legal que acarreaba fueron seleccionadas "para proporcionar un marco adecuado para reprocesar la memoria sin agrandar los abismos que separaban a la sociedad argentina", seg&uacute;n afirma una cient&iacute;fica social.<sup><a name="nu180"></a><a href="#num180">180</a></sup></p>      <p>Pero, aunque este marco narrativo constitu&iacute;a un ejemplo de <I>buen derecho</I> por ser totalmente coherente con la doctrina existente, era <I>mala historia</I> a los ojos de esos miles de personas, casi todas de izquierda, que cre&iacute;an necesario &mdash;como cuesti&oacute;n de equilibrio hist&oacute;rico&mdash; destacar "el mayor da&ntilde;o infligido por el cuerpo de oficiales a la sociedad argentina, al servicio de aspiraciones menos nobles que las de la guerrilla.<sup><a name="nu181"></a><a href="#num181">181</a></sup></p>      <p>En Argentina, as&iacute; como antes en Jap&oacute;n y Alemania Occidental, la batalla de interpretaciones entre abogados acusadores y portavoces del <I>equilibrio hist&oacute;rico</I> se libr&oacute; en la prensa elitista. No es posible asumir que haya tenido influencia por fuera de la clase media alta.<sup><a name="nu182"></a><a href="#num182">182</a></sup> A menudo, la historiograf&iacute;a no ha tenido m&aacute;s influencia que los procesos legales sobre la memoria de esos eventos de quienes no forman parte de la &eacute;lite, tal como lo admiten prontamente los historiadores mismos.<sup><a name="nu183"></a><a href="#num183">183</a></sup> Como observa ir&oacute;nicamente un periodista americano: </p>     <blockquote>     <p>El Enola Gay est&aacute; volando solo sobre el Mall en Washington, sin una reflexi&oacute;n seria acerca de si la bomba era necesaria para obligar al Jap&oacute;n a rendirse, una pregunta que hoy se est&aacute; debatiendo m&aacute;s seriamente &#91;por  parte de los estudiosos&#93;, y con evidencia mucho m&aacute;s convincente que en cualquier otra &eacute;poca de la historia de la posguerra.<sup><a name="nu184"></a><a href="#num184">184</a></sup></p></blockquote>      <p>Como los abogados, los historiadores profesionales deben asumir una actitud esc&eacute;ptica hacia la veracidad de las fuentes. Pero, la memoria popular de las cat&aacute;strofes de una comunidad es, con frecuencia, inexacta, incluso con respecto a los hechos fundamentales registrados. Son precisamente estas desviaciones entre los recuerdos de quienes se vieron directamente afectados por esos sucesos y las conclusiones posteriores de la &eacute;lite de profesionales &mdash;tanto abogados como historiadores&mdash; las que se han convertido en el foco central de mucho del trabajo de campo y de la reflexi&oacute;n de los estudiosos de la memoria colectiva.<sup><a name="nu185"></a><a href="#num185">185</a></sup></p>      <p>En ocasiones, los acusadores en casos de masacre administrativa se han sentido obligados a ajustar sus enfoques legales a la luz de lo que ellos cre&iacute;an que har&iacute;a m&aacute;s convincente la historia, a ra&iacute;z de las comprensiones populares del periodo. De manera m&aacute;s notable, el fiscal en jefe en Tokio, Joseph Keenan, recibi&oacute; &oacute;rdenes de no enjuiciar al emperador Hirohito.<sup><a name="nu186"></a><a href="#num186">186</a></sup> Los fiscales tambi&eacute;n alentaron a algunos testigos para que mencionaran lo menos posible, o no mencionaran, el papel y la presencia del emperador en varias reuniones  clave.<sup><a name="nu187"></a><a href="#num187">187</a></sup> Las autoridades de la Ocupaci&oacute;n, y, en especial, el general Mac Arthur,<sup><a name="nu188"></a><a href="#num188">188</a></sup> estaban convencidas de que el p&uacute;blico japon&eacute;s, aunque dispuesto a culpar a los subalternos del emperador, no tolerar&iacute;a el castigo y el consiguiente destronamiento del propio Hirohito. </p>      <p>Los pol&iacute;ticos y los medios impresos japoneses ya suger&iacute;an, en septiembre de 1945, que una pol&iacute;tica de los Aliados de hacer p&uacute;blicas las atrocidades japonesas durante la guerra "se enfrentar&iacute;a a una contracampa&ntilde;a japonesa que llamar&aacute; la atenci&oacute;n sobre las atrocidades de los Aliados", especialmente: "la destrucci&oacute;n nuclear de dos blancos esencialmente civiles", seg&uacute;n se&ntilde;ala un importante historiador del periodo.<sup><a name="nu189"></a><a href="#num189">189</a></sup> La censura directa por parte de los jefes de la Ocupaci&oacute;n fue necesaria para aplastar esta contracampa&ntilde;a incipiente.<sup><a name="nu190"></a><a href="#num190">190</a></sup> Las interpretaciones japonesas de la historia reciente le imponen, as&iacute;, serios l&iacute;mites a la selecci&oacute;n de la estrategia jur&iacute;dica, comprometiendo la integridad moral y legal del proceso de manera crucial.<sup><a name="nu191"></a><a href="#num191">191</a></sup></p>      <p>Estos compromisos tambi&eacute;n aseguraban que la "versi&oacute;n de la historia del juicio de Tokio", como se vino a conocer ir&oacute;nicamente, fuera rechazada al final &mdash;no s&oacute;lo en el Jap&oacute;n, sino, tambi&eacute;n, en gran parte del mundo occidental&mdash;.<sup><a name="nu192"></a><a href="#num192">192</a></sup></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Ser&iacute;a rechazada no s&oacute;lo como sospechosa moral y legalmente,<sup><a name="nu193"></a><a href="#num193">193</a></sup> sino como historiograf&iacute;a pobre a causa de su exclusi&oacute;n poco convincente y obviamente oportunista de un personaje central.<sup><a name="nu194"></a><a href="#num194">194</a></sup> Una cosa es reconocer que los acusadores tienen un rango leg&iacute;timo de discreci&oacute;n dram&aacute;tica; pero es otra totalmente distinta intentar un montaje de Hamlet sin el pr&iacute;ncipe. </p>      <p>El propio esfuerzo por ajustar los procesos legales en l&iacute;nea con el prejuicio popular result&oacute; ser contraproducente, y termin&oacute; por socavar la precaria legitimidad que ese compromiso hab&iacute;a buscado lograr para los juicios. As&iacute;, los juicios criminales pueden fracasar en su intento de influenciar la memoria colectiva cuando <I>adhieren</I> a los requisitos internos de la doctrina legal, ignorando las comprensiones populares contrarias a estos requisitos (el ejemplo de Barbie), y, a la inversa, cuando esos juicios se <I>desv&iacute;an</I> de la l&oacute;gica propia de la ley, por consideraci&oacute;n a esos prejuicios (el caso de Hirohito). </p>     <p>En conclusi&oacute;n, ni los historiadores, ni los abogados se acercan al pasado de manera desinteresada. Mientras que ambos relacionan las preocupaciones contempor&aacute;neas con sus investigaciones, ninguno de ellos cree defendible el ignorar evidencia que niegue la historia que inicialmente quer&iacute;an contar. As&iacute;, a pesar de las diferencias aqu&iacute; resaltadas, hay similitudes importantes en la forma en que el derecho y la historiograf&iacute;a se acercan al pasado. Los abogados siempre han sabido que sus indagatorias no son desinteresadas; la mayor parte de los historiadores s&oacute;lo reconocieron esto recientemente.<sup><a name="nu195"></a><a href="#num195">195</a></sup></p>      <p>La misma idea de que el pasado tiene su propia integridad, de que puede ser estudiado <I>por s&iacute; mismo</I> y desde el punto de vista de sus habitantes ya muertos hace tiempo, y de que su interpretaci&oacute;n no debe atarse exclusivamente a los intereses del presente, es una noci&oacute;n especialmente moderna que data de finales del siglo dieciocho.<sup><a name="nu196"></a><a href="#num196">196</a></sup> A medida que el compromiso profesional con esa noci&oacute;n se ha debilitado en las dos &uacute;ltimas d&eacute;cadas, los intereses <I>moralizantes</I> y superpuestos del derecho y de la historiograf&iacute;a se han vuelto cada vez m&aacute;s aparentes. Estas similitudes emergentes hacen m&aacute;s dif&iacute;cil denunciar las intromisiones jur&iacute;dicas en el campo de la narrativa hist&oacute;rica nacional, ya sea como una traici&oacute;n a los escr&uacute;pulos profesionales internos o como una intrusi&oacute;n externa en terreno ajeno. </p>      <p>La explicaci&oacute;n de Durkheim del servicio de la ley a la solidaridad social encuentra una mayor dificultad que aquella discursiva para manejar la tensi&oacute;n recurrente entre las historias favorecidas por los abogados, por una parte, y por los historiadores y otras partes interesadas, por otra. Esto se debe a que la visi&oacute;n de Durkheim asume que s&oacute;lo una historia &mdash;la evocaci&oacute;n de la indignaci&oacute;n compartida a ra&iacute;z de la violaci&oacute;n de los principios morales universalmente acordados&mdash; es compatible con la solidaridad social.<sup><a name="nu197"></a><a href="#num197">197</a></sup></p>      <p>La concepci&oacute;n discursiva, por el contrario, no asume nada de ese tipo. Reconoce que puede existir una pluralidad de concepciones dentro de una sociedad pluralista en la que sus miembros no est&aacute;n de acuerdo acerca de la naturaleza de la justicia, y que dicho desacuerdo se extender&aacute;, inevitablemente, al significado de los recientes horrores del pa&iacute;s. </p>      <p>Seg&uacute;n esta posici&oacute;n, los tribunales pueden leg&iacute;timamente adaptar las historias que narran con el fin de persuadir a los p&uacute;blicos esc&eacute;pticos de los m&eacute;ritos de la moral liberal. Pero no pueden excluir historias incompatibles de la audiencia p&uacute;blica. Los fiscales y los jueces pueden esforzarse por hacer que la narrativa liberal sea m&aacute;s convincente con respecto a esos eventos que las narrativas alternas, pero no puede suprimirlas. De hecho, la visi&oacute;n discursiva <I>requiere</I> la presentaci&oacute;n p&uacute;blica efectiva de contranarrativas para que haya la posibilidad de refutarlas, si est&aacute;n en desacuerdo con aqu&eacute;lla liberal.<sup><a name="nu198"></a><a href="#num198">198</a></sup> Otras historias, como aqu&eacute;llas propuestas por historiadores de diversas tendencias, tienen un lugar totalmente leg&iacute;timo dentro de la discusi&oacute;n p&uacute;blica de una sociedad liberal. La contribuci&oacute;n propia del derecho a la solidaridad social debe concebirse de manera coherente con este hecho. </p> <hr>     <p><b>Notas al Pie</b></p>     <P><sup><a name="num1"></a><a href="#nu1">1</a></sup>Palabras de Egon Krenz, miembro del Politburo y antiguo secretario general del Partido Comunista de la Rep&uacute;blica Democr&aacute;tica Alemana, durante su juicio de 1996 por el homicidio culposo de los fugitivos que intentaban cruzar la frontera. Stephen Kinzer, "We Weren't Following Orders, But the Currents of the Cold War", <I>New York Times</I>, Nueva York, 24 de marzo, 1996, p. 16. Incluso los no interesados en la apolog&eacute;tica o la autoexculpaci&oacute;n expresan puntos de vista similares. Tzvetan Todorov, por ejemplo, afirma, lamentando la opini&oacute;n de la corte francesa acerca de Klaus Barbie: "lo que resulta especialmente digno de cr&iacute;tica no es que hayan escrito mala historia, sino que hayan siquiera escrito historia, en vez de contentarse con aplicar la ley de manera equitativa y universal". Tzvetan Todorov, en: Richard J. Golsan (ed.), <I>Memory, the Holocaust, and French Justice</I>, 1996 , pp. 114-120.    <br> <sup><a name="num2"></a><a href="#nu2">2</a></sup>Charles Maier, "Doing Justice, Doing History: Political Purges and National Narratives after 1945 and 1989", en: <I>En memoria: una nueva mirada a las atrocidades nazis en la Europa post-Guerra Fr&iacute;a </I>&#91;Conferencia Internacional para Conmemorar el Quincuag&eacute;simo Aniversario de las Masacres de Arezzo en 1944&#93;, pp. 14-15.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num3"></a><a href="#nu3">3</a></sup><I>Ibid.</I>, p. 14.    <br> <sup><a name="num4"></a><a href="#nu4">4</a></sup>Corte Distrital de Israel, Fiscal General de Israel v. Eichmann, 36, I. L. R. 5, 1961, pp. 18 19. La corte hab&iacute;a planteado las siguientes preguntas: &iquest;c&oacute;mo podr&iacute;a suceder aquello a plena luz del d&iacute;a, y por qu&eacute; fue que este gran mal surgi&oacute; s&oacute;lo entre el pueblo alem&aacute;n? &iquest;Podr&iacute;an los nazis haber realizado sus designios mal&eacute;volos sin la ayuda de otras personas entre las cuales viv&iacute;an los jud&iacute;os? &iquest;Habr&iacute;a sido posible evitar la cat&aacute;strofe, al menos en parte, si los Aliados hubieran demostrado una mayor voluntad de ayudarles a los jud&iacute;os perseguidos? &iquest;Cu&aacute;l es la lecci&oacute;n que los jud&iacute;os y las dem&aacute;s naciones, as&iacute; como todo ser humano en su relaci&oacute;n con los dem&aacute;s, debe aprender de todo esto? <I>Ibid</I>., p. 18. De manera similar, la Carta de Londres para el Tribunal Militar Internacional de Nuremberg manifestaba el deseo de sus redactores de influenciar la memoria hist&oacute;rica, al buscar "poner a disposici&oacute;n de la humanidad entera, para su estudio en el futuro, un r&eacute;cord aut&eacute;ntico de los cr&iacute;menes y de la criminalidad nazi". Departamento de Estado de los Estados Unidos, Pub. No. 3080, Informe de Robert H. Jackson, Representante de los Estados Unidos a la Conferencia Internacional sobre Juicios Militares 6, 1945.    <br> <sup><a name="num5"></a><a href="#nu5">5</a></sup>Ambas afirmaciones aparecen en <I>Eichmann</I>, 36 I.L.R, <I>supra</I> nota 4, p. 19. Reconociendo la aparente tensi&oacute;n entre sus afirmaciones, la corte intenta entonces aclarar c&oacute;mo concibe su funci&oacute;n educativa al se&ntilde;alar que aunque el expediente "seguramente proporcionar&aacute; un material valioso para el investigador y el historiador &#91;...&#93; en lo que a la corte le concierne, todas estas cosas son apenas un subproducto del juicio".    <br> <sup><a name="num6"></a><a href="#nu6">6</a></sup><I>Trial of the major war criminals before the International Military Tribunal,</I> 1947, p. 101.    <br> <sup><a name="num7"></a><a href="#nu7">7</a></sup><I>Rosenberg v. United States</I>, 346 U.S., 1953, pp. 273, 310. (Frankfurter, J., expresando desacuerdo).    <br> <sup><a name="num8"></a><a href="#nu8">8</a></sup><I>Ibid</I>. El desacuerdo de Frankfurter se centraba, inevitablemente y casi en su totalidad, en los defectos de procedimiento del juicio, pero lleg&oacute; a la conclusi&oacute;n de que esos defectos socavaban la confianza en el resultado.    <br> <sup><a name="num9"></a><a href="#nu9">9</a></sup>Ronald Radosh, "The Venona Files", <I>New Republic</I>, s. l., 7 de agosto, 1995, pp. 25-27 (all&iacute; se resumen las famosas interceptaciones entre funcionarios sovi&eacute;ticos y americanos del Partido Comunista, descifrados por el Army Signal Intelligence Service y recientemente desclasificados, las cuales establecen claramente que Julius Rosenberg, aunque no su esposa, espi&oacute; para los sovi&eacute;ticos). En este trabajo, el t&eacute;rmino <I>historiograf&iacute;a</I> se refiere, de manera amplia, a todo estudio hecho por historiadores profesionales, m&aacute;s que de manera restringida (como suele hacerse en algunas discusiones recientes) a los escritos de los historiadores sobre el car&aacute;cter de la escritura hist&oacute;rica.    <br> <sup><a name="num10"></a><a href="#nu10">10</a></sup>Ver, respectivamente, Paula K. Speck, "The Trial of the Argentine Juntas", No. 18, <I>U. Miami Inter-Am. L. Review</I>, 1987, pp. 491-533 y Henry Rousso, <I>The Vichy Syndrome,</I> 1991, p. 210.    <br> <sup><a name="num11"></a><a href="#nu11">11</a></sup>Ver, por ejemplo, Christopher R. Browning, "German Memory, Judicial Interrogation, and Historical Reconstruction: Writing Perpetrator History from Postwar Testimony", en: Saul Friedlander (ed.), <I>Probing the Limits of Representation: Nazism and the "Final Solution",</I> 1992, pp. 22-26; Carta del Profesor Herbert A. Strauss al Profesor Eric Stein, en "Correspondence on the Auschwitz Life", 87 <I>Mich. L. Rev</I>. 1026, 1029, 1989.    <br> <sup><a name="num12"></a><a href="#nu12">12</a></sup>Michael Schudson, "Dynamics of Distortion in Collective Memory", en: Daniel L. Schacter (ed.), <I>Memory Distortion: How Minds, Brains, and Societies Reconstruct the Past</I>, 1995, p. 437. Al examinar la memoria de la Segunda Guerra Mundial en el Jap&oacute;n de la posguerra, un estudioso de la historia japonesa se&ntilde;ala algo similar: "No es posible producir una cronolog&iacute;a &uacute;nica mediante el resumen de la infinita serie de pasados personales recordados de manera diferente. Hay demasiadas variaciones en la forma en que la <I>peque&ntilde;a historia</I> de los individuos se conecta con la <I>gran historia</I> del Estado-naci&oacute;n". Carol Gluck, "The Past in the Present", en: Andrew Gordon (ed.), <I>Postwar Japan as History,</I> s. l., 1993, pp. 64-78. Sobre la influencia rec&iacute;proca de la experiencia individual sobre la memoria colectiva y viceversa, a trav&eacute;s del tiempo, ver Nathan Wachtel, "Remember and Never Forget", en: Marie-No&euml;lle Bourguet <I>et al.</I> (eds.), <I>Between Memory and History</I>, 1986, pp. 307-334.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num13"></a><a href="#nu13">13</a></sup>Schudson, <I>op. cit., </I>p. 348.    <br> <sup><a name="num14"></a><a href="#nu14">14</a></sup>Schudson est&aacute; de acuerdo. Michael Schudson, <I>Watergate in American Memory,</I> 1992, p. 206.    <br> <sup><a name="num15"></a><a href="#nu15">15</a></sup>Ernst Nolte, "Between Historical Legend and Revisionism? The Third Reich in the Perspective of 1980", en: <I>Forever in the Shadow of Hitler?</I>, s. l., James Knowlton &amp; Truett Cates trans., 1993.    <br> <sup><a name="num16"></a><a href="#nu16">16</a></sup>Donald R. Kelley, "Clio and the Lawyers: Forms of Historical Consciousness in Medieval Jurisprudence", <I>Medievalia et Humanistica</I>, s. l., 1974, pp. 25-28.    <br> <sup><a name="num17"></a><a href="#nu17">17</a></sup>Maier, supra, nota 2, 4. Para una similar defensa aristot&eacute;lica de la virtud judicial, ver Anthony Kronman, <I>The Lost Lawyer</I>, 1993, pp. 53-108.    <br> <sup><a name="num18"></a><a href="#nu18">18</a></sup>Maier, <I>op. cit.</I>, p. 5.    <br> <sup><a name="num19"></a><a href="#nu19">19</a></sup>Bernard S. Jackson, "Narrative Theories and Legal Discourse", en: Christopher Nash (ed.), <I>Narrative in Culture</I>, s. l., 1990, pp. 23-30. "Cada sociedad &#91;...&#93; tiene su repertorio de narrativas sustanciales que representan los patrones t&iacute;picos, conocidos y comprendidos, de comportamiento humano &#91;...&#93; &eacute;sta es la forma en que se adquiere y se preserva el conocimiento social, y que proporciona el marco para la comprensi&oacute;n de las historias particulares que se nos presentan en el discurso".    <br> <sup><a name="num20"></a><a href="#nu20">20</a></sup>Hayden White, <I>The Content of the Form: Narrative Discourse and Historical Representation, </I>1987, p. 43.    <br> <sup><a name="num21"></a><a href="#nu21">21</a></sup>Searle acu&ntilde;&oacute; el t&eacute;rmino <I>hechos brutos</I>. Dichos hechos existen independientemente de la observaci&oacute;n humana. John R. Searle, <I>The Construction of Social Reality</I>, 1995, pp. 2-3.    <br> <sup><a name="num22"></a><a href="#nu22">22</a></sup>Masao Yamaguchi, "Kingship, Theatricality, and Marginal Reality in Japan", en: Ravindra K. Jain (ed.), <I>Text and Context: The Social Anthropology of Tradition,</I> 1977, pp. 151, 169-175.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num23"></a><a href="#nu23">23</a></sup>Robert Ferguson, "Untold Stories in the Law", en: Peter Brooks y Paul Gewirtz (eds.), <I>Law's Stories: Narrative and Rhetoric in the Law,</I> s. l., 1996, pp. 84-87. (La referencia a Clifford Geertz fue omitida).    <br> <sup><a name="num24"></a><a href="#nu24">24</a></sup>El historiador japon&eacute;s Ienaga Saburo se&ntilde;ala, por ejemplo, que para estudiosos como &eacute;l: "la colaboraci&oacute;n en las pol&iacute;ticas de la Ocupaci&oacute;n para reformar la ense&ntilde;anza de la historia fue una oportunidad inesperada de poner en pr&aacute;ctica creencias que ellos ya ten&iacute;an". Arthur E. Tiedemann, "Japan Sheds Dictatorship", en: (John H. Herz (ed.), <I>From Dictatorship to Democracy: Coping with the Legacies of Authoritarianism and Totalitarianism</I>, s. l., 1982, pp. 179-194. Tidemann, por su parte, agrega: "para casi todas las reformas propuestas, fue posible hallar un japon&eacute;s que, mucho antes de la Ocupaci&oacute;n, se hab&iacute;a comprometido con el concepto en cuesti&oacute;n".    <br> <sup><a name="num25"></a><a href="#nu25">25</a></sup>Martha C. Nussbaum, <I>Love's Knowledge: Essays on Philosophy and Literature, </I>1990, pp. 148-167.    <br> <sup><a name="num26"></a><a href="#nu26">26</a></sup>La concepci&oacute;n de Kant var&iacute;a entre la <I>Fundamentaci&oacute;n de la metaf&iacute;sica de las costumbres</I> y la <I>Cr&iacute;tica de la raz&oacute;n pura </I>con respecto a si los ejemplos pod&iacute;an lograr solamente la segunda o tambi&eacute;n la primera de esas tareas. Charles E. Larmore, <I>Patterns of Moral Complexity</I>, 1987, pp. 2-3.    <br> <sup><a name="num27"></a><a href="#nu27">27</a></sup>Sobre la virtud judicial de la <I>sensibilidad situacional</I>, ver Karl N. Llewellyn, <I>The Common Law Tradition: Deciding Appeals</I>, 1960, pp. 60-61.    <br> <sup><a name="num28"></a><a href="#nu28">28</a></sup>W.B. Gallie, <I>Philosophy and Historical Understanding</I>, 1964, p. 24.    <br> <sup><a name="num29"></a><a href="#nu29">29</a></sup>Michiko Kakutani, "Chasing Ambulances Before Dreams", <I>New York Times</I>, Nueva York, 28 de abril, 1995. (rese&ntilde;a de <I>The Rainmaker</I> de John Grisham, en la cual se habla de "la pesadez de la prosa del Sr. Grishma, de la banalidad de sus personajes y del sorprendente car&aacute;cter predecible de su relato").    <br> <sup><a name="num30"></a><a href="#nu30">30</a></sup>Hannah Arendt, <I>Eichmann in Jerusalem: A Report on the Banality of Evil</I>, Penguin Books, 1977; ver tambi&eacute;n Jackson, <I>supra</I> nota 19, 29 (donde se describe un estudio emp&iacute;rico sobre la receptividad de los jurados a las versiones diferentes de un hecho, el cual hall&oacute; lo siguiente "a medida que aumentaban las ambig&uuml;edades estructurales de los relatos, disminu&iacute;a la credibilidad, y viceversa".    <br> <sup><a name="num31"></a><a href="#nu31">31</a></sup>Rechazo aqu&iacute; cualquier distinci&oacute;n convencional y peyorativa entre arte elevado y arte inferior. Como observa Young, los monumentos conmemorativos, que son, a menudo, "desenfadadamente figurativos, heroicos, y alusivos" a alguna realidad hist&oacute;rica, deben, necesariamente, despreciar los est&aacute;ndares contempor&aacute;neos de sofisticaci&oacute;n est&eacute;tica. James E. Young, <I>The Texture of Memory</I>, s. l., 1993, pp. 11-12.    <br> <sup><a name="num32"></a><a href="#nu32">32</a></sup>Ver el cap&iacute;tulo 5, "La sentencia legal como precedente y analog&iacute;a", <I>infra</I>, en el texto que acompa&ntilde;a las notas 45-69.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num33"></a><a href="#nu33">33</a></sup>Francis Fukuyama ofrece un argumento reciente en este sentido, Francis Fukuyama,<I> The End of History and the Last Man, </I>1992, pp. 288-289 y 312. Sin embargo, ver tambi&eacute;n Richard E. Flathman, <I>Willful Liberalism</I>, 1992 (donde se argumenta a favor de un ideal m&aacute;s fogoso y creativo del concepto liberal de persona); Nancy L. Rosenblum, <I>Another Liberalism, </I>1987 (lo mismo).    <br> <sup><a name="num34"></a><a href="#nu34">34</a></sup>Sobre el car&aacute;cter impersonal de la autoridad legal en la sociedad occidental moderna, ver <I>Max Weber on Law in Economy and Society</I> 301-21 (Max Rheinstein (ed.), Edward Shils &amp; Max Rheinstein, trans., 1967)g    <br> <sup><a name="num35"></a><a href="#nu35">35</a></sup>Katherine F. Taylor, <I>In the Theater of Criminal Justice: The Palais de Justice in Second Empire Paris</I>, 1993, p. 94. Taylor observa c&oacute;mo, de acuerdo con la escuela del <I>esplendor</I> de los arquitectos decimon&oacute;nicos franceses: "el rico ambiente de la sala del tribunal inspira el deseo de fundirse con la sociedad que la sala representa, y une as&iacute; a los diversos grupos all&iacute; presentes en un esp&iacute;ritu de solidaridad social". Con raz&oacute;n, Taylor se&ntilde;ala las premisas durkheimianas de esta estrategia arquitect&oacute;nica. Sobre las representaciones de la justicia en la escultura y en el retrato, ver Dennis E. Curtis &amp; Judith Resnik, "Images of Justice", 96, <I>Yale L. J</I>., 1727, 1729-31 (1987) y M. Christine Boyer, <I>The City of Collective Memory: Its Historical Imagery and Architectural Entertainments</I>, 1994, p. 7.    <br> <sup><a name="num36"></a><a href="#nu36">36</a></sup>Herbert A. Eastman, "Speaking Truth to Power: The Language of Civil Rights Litigators", 104 <I>Yale L. J.,</I> 1995, pp. 763 y 766 (donde se destaca el car&aacute;cter ret&oacute;ricamente insulso de los alegatos de los demandantes, aun en las demandas de derechos civiles que involucraban los m&aacute;s egregios &mdash;y potencialmente m&aacute;s dram&aacute;ticos&mdash; actos de conducta indebida).    <br> <sup><a name="num37"></a><a href="#nu37">37</a></sup>John Rawls, "The Domain of the Political and Overlapping Consensus", en: David Copp <I>et al.</I> (eds.), <I>The Idea of Democracy,</I> 1993, pp. 245-255.    <br> <sup><a name="num38"></a><a href="#nu38">38</a></sup>Un distinguido novelista resalta esta posibilidad en su recuento novelesco del enjuiciamiento de un dictador comunista depuesto en un pa&iacute;s balc&aacute;nico no identificado. Tres adultos j&oacute;venes est&aacute;n viendo un juicio televisado. Cuando uno de ellos manifiesta el deseo de irse, se produce el siguiente intercambio:    <br> &mdash;No, quiero mirar. Tenemos que hacerlo.    <br> &mdash;Tenemos que verlo. Se trata de nuestra historia.    <br> &mdash;Pero es <I>aburridor</I>.    <br> &mdash;La historia lo es a menudo, cuando sucede. Luego se pone interesante.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> &mdash;T&uacute; eres tan fil&oacute;sofa, Vera. Y tan tir&aacute;nica.    <br> Julian Barnes, <I>The Porcupine,</I> 1992, p. 100.    <br> <sup><a name="num39"></a><a href="#nu39">39</a></sup>Incluso el fiscal Taylor acept&oacute;, con respecto al primer juicio de Nuremberg: "A medida que pasaban los meses &#91;...&#93; &#91;la&#93; prensa y el p&uacute;blico perdieron el inter&eacute;s en el caso en cuanto <I>espect&aacute;culo</I>". De Manera significativa, agrega inmediatamente: "los fundamentos jur&iacute;dicos del juicio se fortalecieron por esto mismo". Telford Taylor, "The Nuremberg War Crimes Trials", <I>Int'l Conciliation Papers</I>, abril, 1949, pp. 243-262.    <br> <sup><a name="num40"></a><a href="#nu40">40</a></sup>Rebecca West, "Extraordinary Exile<I>", New Yorker</I>, septiembre 7, 1946, p. 34; ver tambi&eacute;n Joseph E. Persico, <I>Nuremberg: Infamy on Trial</I>, 1994, p. 203 ("Los peri&oacute;dicos en nuestro pa&iacute;s ya no le estaban dando figuraci&oacute;n extensa diaria a un juicio que, a pesar de lo sensacional de las pruebas, ya llevaba seis semanas. Los reporteros ya hab&iacute;an empezado a buscar nuevos &aacute;ngulos").    <br> <sup><a name="num41"></a><a href="#nu41">41</a></sup>Alex Ross, "Watching for a Judgment of Real Evil", <I>New York Times</I>, Nueva York, 12 de noviembre, 1995, p. 37.    <br> <sup><a name="num42"></a><a href="#nu42">42</a></sup>John R. Brown, <I>Effective Theatre,</I> 1969; George McCalmon &amp; Christian Moe, <I>Creating Historical Drama,</I> 1965.    <br> <sup><a name="num43"></a><a href="#nu43">43</a></sup>Chris Wickham, "Lawyer's Time: History and Memory in Tenth- and Eleventh-Century Italy", en: Henry Mayr-Harting y R. I. Moore (eds.), <I>Studies in Medieval History, </I>1985, pp. 53-70.    <br> <sup><a name="num44"></a><a href="#nu44">44</a></sup>H. H. Gerth y C. Wright Mills (eds.),<I>From Max Weber: Essays in Sociology,</I> 1948, pp. 352357 (observando la tendencia hist&oacute;rica hacia el <I>desencantamiento</I> de la autoridad pol&iacute;tica y el ritual legal); Michel Foucault, <I>Discipline and Punish</I>, Vintage Books, 1979, pp. 32-72 (donde se describe c&oacute;mo "el espect&aacute;culo de la horca" fue gradualmente desplazado por un sistema m&aacute;s difuso de vigilancia <I>carcelaria</I>, cuyos rituales de control social eran menos dram&aacute;ticos). Pero, ver Michael Lynch y David Bogen, <I>The Spectacle of History: Speech, Text, and Memory in the Irancontra Hearings,</I> 1996, p. 17.    <br> <sup><a name="num45"></a><a href="#nu45">45</a></sup>Alain Finkielkraut, <I>Remembering in Vain: The Klaus Barbie Trial and Crimes Against Humanity</I>, Roxanne Lapidus &amp; Sima Godfrey, 1992, p. 65.    <br> <sup><a name="num46"></a><a href="#nu46">46</a></sup><I>Ibid</I>. Las reglas legales contribuyeron directamente al problema, al menos, en una peque&ntilde;a parte. El derecho franc&eacute;s, como el derecho consuetudinario ingl&eacute;s hasta hace aproximadamente 150 a&ntilde;os, exime al acusado criminal del deber de prestar juramento. El resultado, tal como lo expres&oacute; el juez Boulard en el juicio de Touvier, es que "s&oacute;lo el acusado tiene derecho a mentir". Citado en Henry Rousso, "GAT Historians Will Retain From the Last Trial of the Purge", en: Golsan, <I>supra</I> nota 1, pp. 163-165.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num47"></a><a href="#nu47">47</a></sup><I>Ibid</I>., p. 63.    <br> <sup><a name="num48"></a><a href="#nu48">48</a></sup><I>Ibid</I>., p. 65.    <br> <sup><a name="num49"></a><a href="#nu49">49</a></sup><I>Ibid</I>., p. 66. A pesar de sus mejores esfuerzos para evitar ser atrapado por los estratagemas ret&oacute;ricos de Verg&egrave;s, Finkielkraut &mdash;un periodista filos&oacute;fico de inspiraci&oacute;n liberal&mdash; qued&oacute; claramente m&aacute;s fascinado que repugnado por el defensor de Barbie, en torno a quien gira en gran parte su libro. Guyora Binder, "Representing Nazism :Advocacy and Identity at the Trial of Klaus Barbie", <I>Yale L:J</I>: 1321, 1355-72, 1989 (donde se le presta enorme atenci&oacute;n a la estrategia de defensa de Verg&egrave;s y a sus implicaciones posmodernistas, y se anota, en la 1356, que "Verg&egrave;s es conocido por su uso efectivo de los medios como foro para los controversiales puntos de vista de su cliente").    <br> <sup><a name="num50"></a><a href="#nu50">50</a></sup>Tzvetan Todorov, "The Touvier Trial", en: Golsan <I>supra</I> nota 1, pp. 169-176. Ver tambi&eacute;n Todorov, "The Abuses of Memory", 1 <I>Common Knowledge</I>, 1996, pp. 23-25.    <br> <sup><a name="num51"></a><a href="#nu51">51</a></sup>Barnes, <I>op. cit.</I>, p. 38.    <br> <sup><a name="num52"></a><a href="#nu52">52</a></sup>Para un ejemplo de esto, ver el an&aacute;lisis de Shklar de "Rosa", la protagonista de la obra de Nadine Gordimer <I>Burger's Daughter</I>, 1979; Judith N. Shklar, <I>Ordinary Vices</I>, 1984, pp. 21-22.    <br> <sup><a name="num53"></a><a href="#nu53">53</a></sup>Judith N. Shklar, "Injustice, Injury, and Inequality: An Introduction", en: Nancy Rosenblum (ed.), <I>Liberalism and the Moral Life,</I> 1989, pp. 13-26.    <br> <sup><a name="num54"></a><a href="#nu54">54</a></sup>Henry Rousso, "Ce que les historiens retiendront des vingt-trois journ&eacute;es du proc&egrave;s", <I>Lib&eacute;ration</I>, 20 de abril, 1994, pp. 4-5 (donde se afirma: "el juicio de Touvier pretend&iacute;a ser una importante lecci&oacute;n de historia, pero a veces se atascaba en el atolladero de los infinitos detalles relativos a los hechos o a definiciones legales, haciendo perder de vista el cuadro general").    <br> <sup><a name="num55"></a><a href="#nu55">55</a></sup>Entrevista con el juez Andr&eacute;s D'Alessio en Buenos Aires, Argentina, agosto, 1987.    <br> <sup><a name="num56"></a><a href="#nu56">56</a></sup>William J. Bosch, <I>Judgment on Nuremberg: American Attitudes Toward the Major German War-Crimes Trials</I>, 1970, p. 119.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num57"></a><a href="#nu57">57</a></sup>XIX <I>International Military Tribunal</I>, 1946, pp. 470-71.    <br> <sup><a name="num58"></a><a href="#nu58">58</a></sup>Lawrence Douglas, "Film as Witness: Screening 'Nazi Concentration Camps' Before the Nuremberg Trial", <I>Yale L. J</I>., 1995, pp. 449-479.    <br> <sup><a name="num59"></a><a href="#nu59">59</a></sup>Judith N. Shklar, <I>Legalism,</I> 1964, p. 172. Resumiendo la reacci&oacute;n receptiva de la opini&oacute;n p&uacute;blica estadounidense, Bosch se&ntilde;ala: "la fe popular en Nuremberg, que a veces abrazaba una <I>teor&iacute;a demon&iacute;aca</I> de la historia y que esperaba que el Tribunal sirviera como ant&iacute;doto <I>de una vez por todas</I> para todos los males del mundo, hizo patente la tendencia americana a la simplificaci&oacute;n excesiva de los complejos asuntos de relaciones exteriores". Bosch, <I>op. cit.</I>, p. 233.    <br> <sup><a name="num60"></a><a href="#nu60">60</a></sup>Bosch, <I>op. cit.</I>, p. 113.    <br> <sup><a name="num61"></a><a href="#nu61">61</a></sup>Para una versi&oacute;n de estas disparidades en la definici&oacute;n, ver Richard H. Minear, <I>Victors' Justice: The Tokyo War Crimes Trial</I>, 1971, pp. 128-33 (donde se afirma que las actividades de los acusados de Tokio constitu&iacute;an una conspiraci&oacute;n legal, pero que no se trataba de una conspiraci&oacute;n hist&oacute;rica de sentido com&uacute;n). Sobre las objeciones al enjuiciamiento por conspiraci&oacute;n de Tokio por el abogado defensor y los magistrados que no estaban de acuerdo, ver Philip R. Piccigallo, <I>The Japanese on Trial: Allied War Crimes Operations in the East, 1945-1951</I>, 1979, pp. 22-23, 29-31.    <br> <sup><a name="num62"></a><a href="#nu62">62</a></sup>Los intelectuales conservadores japoneses han insistido, por ejemplo, en que el Jap&oacute;n se vio obligado a pelear contra los Estados Unidos y Gran Breta&ntilde;a cuando &eacute;stos le impusieron un bloqueo a las importaciones de petr&oacute;leo. Para argumentos recientes en este sentido por estudiosos japoneses, ver C. Hosoya <I>et al.</I> (eds.), "Preface" to <I>The Tokyo War Crimes Trial: An International Symposium</I>, 1986, pp. 7-9; Kojima Noburu, "Contributions to Peace", en: <I>The Tokyo War Crimes Trial</I>, <I>supra</I>, pp. 69, 76-78. Ver tambi&eacute;n Paul W. Schroeder, <I>The Axis Alliance and Japanese-American Relations</I>, 1958, pp. 124, 221-28 (donde se sugiere que el Jap&oacute;n ten&iacute;a razones leg&iacute;timas para ingresar a la Alianza del Eje, entre ellas, la necesidad de ponerle fin al aislamiento diplom&aacute;tico y el deseo de evitar que la guerra en Europa se extendiera al Pac&iacute;fico). El Magistrado B. V. A. R&ouml;ling, quien no estaba de acuerdo, no obstante hall&oacute; que esos argumentos eran convincentes desde un punto de vista <I>legal</I>. B.V. A. R&ouml;ling, "The Tokyo Trial and Beyond", en: Antonio Cassese (ed.), 1993, pp. 85-86.    <br> <sup><a name="num63"></a><a href="#nu63">63</a></sup>Sobre la receptividad de los movimientos pol&iacute;ticos extremistas a las teor&iacute;as de la conspiraci&oacute;n de este tipo, ver Richard Hofstadter, "The Paranoid Style in American Politics", en <I>The Paranoid Style in American Politics and Other Essays</I>, 1965, pp. 3-6, 35-39.    <br> <sup><a name="num64"></a><a href="#nu64">64</a></sup>Gallie, <I>op. cit</I>., p. 133.    <br> <sup><a name="num65"></a><a href="#nu65">65</a></sup>George E. Dix y M. Michael Sharlot, <I>Criminal Law: Cases and Materials</I>, 1987, p. 582.    <br> <sup><a name="num66"></a><a href="#nu66">66</a></sup>Ver, por ejemplo, <I>Krulewitch </I>vs.<I> United States</I>, 336, U.S. 440, 445 (194) (Jackson, J., manifestando su acuerdo) (donde se caracteriza la conspiraci&oacute;n como "una ofensa el&aacute;stica, extendida y omnipresente" que se emplea t&iacute;picamente cuando hay pruebas insuficientes para enjuiciar por el delito sustantivo); Phillip E. Jonson, "The Unnecessary Crime of Conspiracy", <I>Cal. L. Rev</I>., 1973, pp. 1137, 1141-1146 (donde se afirma que los acusados pueden ser injustamente castigados cuando se usa la conspiraci&oacute;n para ampliar el alcance de la ley penal).    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num67"></a><a href="#nu67">67</a></sup>Maier, <I>supra</I> nota 2, 9, donde se cita la obra del historiador italiano de la memoria, Alessandro Portelli.    <br> <sup><a name="num68"></a><a href="#nu68">68</a></sup>Arendt, <I>op. cit</I>.    <br> <sup><a name="num69"></a><a href="#nu69">69</a></sup>Browning anota, por ejemplo, que para la temprana historiograf&iacute;a de la posguerra, "la base, en lo referente a la evidencia, estaba constituida sobre todo por los documentos alemanes capturados al final de la guerra, que le sirvieron &#91;...&#93; a los fiscales en los juicios llevados a cabo despu&eacute;s de la guerra. La representaci&oacute;n inicial de los autores del Holocausto era la de mentes criminales, infectadas de racismo y antisemitismo, que ejecutaban pol&iacute;ticas criminales a trav&eacute;s de organizaciones criminales". Christopher R. Browning, "German Memory, Judicial Interrogation, and Historical Reconstruction: Writing Perpetrator History from Postwar Testimony", en: <I>Probing the Limits of Representation, supra</I> nota 11, pp. 22-26. Browning observa tambi&eacute;n c&oacute;mo la posibilidad duradera del enjuiciamiento penal influenci&oacute; las historias narradas por los miembros del Batall&oacute;n de Polic&iacute;a 101 con respecto a su participaci&oacute;n en una masacre de jud&iacute;os a gran escala.    <br> <sup><a name="num70"></a><a href="#nu70">70</a></sup><I>Ibid</I>, p. 26.    <br> <sup><a name="num71"></a><a href="#nu71">71</a></sup>Peter Novick, <I>That Noble Dream: The "Objectivity Question" and the American Historical Profession, </I>1998, p. 596. Seg&uacute;n esta posici&oacute;n: "se espera que las conclusiones del historiador manifiesten las cualidades judiciales est&aacute;ndar de equilibrio e imparcialidad. Como en el campo de lo judicial, estas cualidades son protegidas mediante el aislamiento de la historia como profesi&oacute;n de la presi&oacute;n social o la influencia pol&iacute;tica, y la abstenci&oacute;n del partidismo por parte del historiador &#91;...&#93;".    <br> <sup><a name="num72"></a><a href="#nu72">72</a></sup>Un historiador se quejaba recientemente de que los debates hist&oacute;ricos llegaron a "desarrollarse m&aacute;s con argumentos legalistas que eruditos". "El debate altamente emocional en torno a &#91;...&#93; si era necesaria una orden formal de Hitler para la pol&iacute;tica de genocidio ilustra esta tendencia &#91;...&#93;". Hans Mommsen, "Search for the Lost History? Observations on the Historical Self-Evidence of the Federal Republic", en: <I>Forever in the Shadow of Hitler?, supra</I> nota 15, pp. 101-108. Esa no fue la primera vez que la historia de una masacre administrativa a gran escala hab&iacute;a sido escrita bajo la fuerte influencia de cargos legales en contra de sus autores. Roberto Gonz&aacute;lez-Echavarr&iacute;a, "The Law of the Letter: <I>Garcilaso's</I> Commentaries and the Origins of Latin American Narrative", 1 <I>Yale J. Criticism</I> 107, 1987, pp. 108-115 (donde se observa que varias historias tempranas de la Conquista espa&ntilde;ola de Am&eacute;rica fueron escritas en la forma de argumentos legales).    <br> <sup><a name="num73"></a><a href="#nu73">73</a></sup>Browning, supra nota 69, pp. 26-27; ver tambi&eacute;n David Bankier, <I>The Germans and the Final Solution</I>, 1992, pp. 89-100; Christopher Browning, <I>Ordinary Men: Reserve Police Battalion 101 and the Final Solution in Poland </I>xvii, 1992 (donde se describe el batall&oacute;n como integrado por civiles de origen popular que se convirtieron en <I>asesinos profesionales</I>). Seg&uacute;n los estudiosos del tema, el juicio de Tokio desvi&oacute;, de manera similar, la comprensi&oacute;n hist&oacute;rica en Jap&oacute;n de la mala conducta del pa&iacute;s durante la guerra hacia "la teor&iacute;a individualista de la historia", llevando a ignorar fuentes institucionales y estructurales que requer&iacute;an reformas m&aacute;s fundamentales. Steven T. Benfell, "The Construction and Change of Japanese National Identity" &#91;<I> Conferencia de la American Political Science Association en Chicago, 2 de septiembre de 1995</I>&#93;, Chicago, 1995.    <br> <sup><a name="num74"></a><a href="#nu74">74</a></sup>Schudson, <I>op. cit.</I>, p. 357.    <br> <sup><a name="num75"></a><a href="#nu75">75</a></sup>Herbert R. Lottman, <I>The Purge</I>, 1986, pp. 132-168; ver tambi&eacute;n Diane Rubenstein, <I>What's Left?: The &Eacute;cole Normale Sup&eacute;rieure and the Right</I>, 1990, pp. 137-163 (donde se describen los juicios de los periodistas e intelectuales colaboracionistas).    <br> <sup><a name="num76"></a><a href="#nu76">76</a></sup>En su discurso del 25 de agosto de 1944 al Par&iacute;s liberado, De Gaulle proclam&oacute; que la ciudad hab&iacute;a sido "liberada por ella misma, por su propia gente con la cooperaci&oacute;n y el apoyo de toda Francia &#91;...&#93; de la eterna Francia." R. J. B. Bosworth, <I>Explaining Auschwitz and Hiroshima: History Writing and the Second World War</I>, <I>1945-1990</I>, 1993, p. 112-113 (donde se describe "la frase gaullista acerca de los franceses unidos naturalmente, exceptuando a algunos criminales, resisti&eacute;ndose a un hombre y una mujer").    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num77"></a><a href="#nu77">77</a></sup>Pierre Nora, "Between Memory and History: <I>Les Lieux de M&eacute;moire</I>", <I>Representations</I>, 1989, pp. 7, 11-12.    <br> <sup><a name="num78"></a><a href="#nu78">78</a></sup>Bertram M. Gordon, <I>Collaborationism in France During the Second World War,</I> 1980; John  F. Sweets, <I>Choices in Vichy France: The French Under Nazi Occupation,</I> 1986. Ver en general Michael R. Marrus y Robert O. Past&oacute;n, <I>Vichy France and the Jews,</I> 1981 (donde se describe como el gobierno franc&eacute;s de Vichy "persigui&oacute; en&eacute;rgicamente a los jud&iacute;os" con pol&iacute;ticas "&#91;que&#93; por lo general fueron apoyadas por la opini&oacute;n p&uacute;blica francesa"); Zeev Sternhell, Neither Right Nor Left: Fascist Ideology in France (David Maisel trans., 1986 (donde se describe la penetraci&oacute;n de las ideas fascistas en Francia); Michael Oph&uuml;ls, <I>The Sorrow and the Pity</I>, 1972 (donde se describe la vida en una ciudad francesa durante la ocupaci&oacute;n nazi). Dicha colaboraci&oacute;n fue reconocida oficialmente s&oacute;lo recientemente. Marlise Simons, "Chirac Affirms France's Guilt in fate of Jews", <I>New York Times</I>, Nueva York, 17 de julio, 1995, A1 (donde se cita al presidente franc&eacute;s Jacques Chirac cuando afirma de manera oficial y por primera vez: "la locura criminal de los ocupadores fue apoyada por los franceses, por el Estado franc&eacute;s"). Past&oacute;n y Gordon son americanos, Marrus, candiense, Sternhell, israel&iacute;, y Oph&uuml;ls, jud&iacute;o alem&aacute;n.    <br> <sup><a name="num79"></a><a href="#nu79">79</a></sup>Judith Miller, <I>One By One, By One: Facing the Holocaust</I>, 1990, p. 145 ("Los libros de texto quedaron impecables", informa Serge Klarsfeld, quien lider&oacute; el litigio, "pero fue una batalla monumental").    <br> <sup><a name="num80"></a><a href="#nu80">80</a></sup>Sobre el &eacute;xito de los obispos conservadores franceses en asilar a Paul Touvier durante cuarenta a&ntilde;os en una serie de monasterios, mientras que el Estado franc&eacute;s buscaba p&uacute;blicamente su captura y enjuiciamiento, ver Ren&eacute; R&eacute;mond <I>et al.</I>, <I>Touvier et l'&eacute;glise,</I> 1992; Ted Morgan, "The Hidden Henchman", <I>New York Times</I>, Nueva York, 22 de mayo, 1994. Brian Moore ofrece un tratamiento novelesco en <I>The Statement: A Novel,</I> 1996.    <br> <sup><a name="num81"></a><a href="#nu81">81</a></sup>Tony Judt, "The Past is Another Country: Myth and Memory in Postwar Europe", <I>Daedalus</I>, oto&ntilde;o, 1992, pp. 83, 98 (donde se anota que los mitos de los primeros a&ntilde;os de la posguerra acerca de la resistencia masiva al nacionalsocialismo se derrumbaron debido al "trabajo de estudiosos profesionales que trabajaban en la oscuridad, y cuyas conclusiones y pruebas s&oacute;lo sal&iacute;an a la luz p&uacute;blica cuando un caso especialmente notorio &#91;...&#93; figuraba en los titulares de la prensa").    <br> <sup><a name="num82"></a><a href="#nu82">82</a></sup>Lawrence L. Langer, <I>Holocaust Testimonies: The Ruins of Memory</I>, 1991.    <br> <sup><a name="num83"></a><a href="#nu83">83</a></sup>Selma Leydesdorff, "A Shattered Silence: The Life Stories of Survivors of the Jewish Proletariat of Amsterdam", en: Luisa Passerini (ed.), <I>Memory and Totalitarianism</I>, 1992, pp. 145, 147-148.    <br> <sup><a name="num84"></a><a href="#nu84">84</a></sup>Renee Epelbaum, "Presidenta de Madres de la Plaza de Mayo, L&iacute;nea Fundadora", Buenos Aires, julio, 1987.    <br> <sup><a name="num85"></a><a href="#nu85">85</a></sup>Peter Novick, "Pseudo-Memory and Dubious Lessons: The Holocaust in American Culture", en: <I>Simposio sobre el Proyecto para una Ret&oacute;rica de la Indagaci&oacute;n</I>, Universidad de Iowa, abril, 1995, p. 2    <br> <sup><a name="num86"></a><a href="#nu86">86</a></sup>Steven Fogelson, "Note, the Nuremberg Legacy: An Unfulfilled Promise", <I>S. Cal. L</I>., No. 63, 1990, p. 833.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num87"></a><a href="#nu87">87</a></sup>Frederick Schauer, "Slightly Guilty", <I>U. Chi. Legal F</I>., 1993, p. 83.    <br> <sup><a name="num88"></a><a href="#nu88">88</a></sup>Leila S. Wexler, "Reflections on the Trial of Vichy Collaborator Paul Touvier for Crimes against Humanity in France", <I>Law &amp; Soc. Inquiry, </I>No. 20, 1995, pp. 191, 217; ver tambi&eacute;n Jennifer Merchant, "History, Memory, and Justice: The Touvier Trial in France", <I>J.Crim.Just, </I>No. 23, 1995, p. 425.    <br> <sup><a name="num89"></a><a href="#nu89">89</a></sup>Para un ejemplo especialmente egregio de este error, ver Kate Millett,<I> The Politics of Cruelty: An Essay on the Literature of Political Imprisonment</I>, 1994, p. 230, donde se sostiene que dado que algunos de los acusados de la junta fueron exonerados de ciertos delitos, "los resultados del juicio argentino son deplorables, y constituyen una virtual exoneraci&oacute;n de los militares y de su brutalidad &#91;...&#93; un resultado &#91;...&#93;muy tranquilizador no s&oacute;lo para los militares argentinos, sino para los dem&aacute;s reg&iacute;menes militares de la regi&oacute;n". Ser&iacute;a dif&iacute;cil escribir una frase acerca de este juicio que est&eacute; m&aacute;s equivocada, tanto en lo general como en sus detalles. Aun as&iacute;, un distinguido soci&oacute;logo logra hacerlo, al afirmar &mdash;en un an&aacute;lisis de todo un cap&iacute;tulo de la guerra sucia y sus secuelas&mdash;, "en Argentina, tal como en el resto de Am&eacute;rica Latina, cuando los militares dejaron el poder, lograron protegerse de la retribuci&oacute;n". Daniel Chirot, <I>Modern Tyrants,</I> 1994, p. 286. Chirot no menciona los juicios a los miembros de la junta y a otros funcionarios, la condena de cientos de ellos, las demandas civiles exitosas y la purga de muchos generales y almirantes.    <br> <sup><a name="num90"></a><a href="#nu90">90</a></sup>Sandra Sugawara, "Seoul Court Convicts Top Industrialists",<I> Washington Post</I>, Washington, 27 de agosto, 1996, A01. En el momento en que apareci&oacute; este art&iacute;culo, la sentencia de Chun estaba pendiente por apelaci&oacute;n.    <br> <sup><a name="num91"></a><a href="#nu91">91</a></sup>Robert A, Kahn, "Holocaust Denial Litigation in Canada", en: <I>Conferencia de la Asociaci&oacute;n de Justicia y Sociedad, </I>3 de julio, 1995, pp. 19-21. Kahn estudi&oacute; el juicio canadiense de Ernst Zundel por "negaci&oacute;n del Holocausto" y su manejo por la prensa canadiense. Concluye: "aun cuando se prueba el error de los revisionistas, punto tras punto, sigue prevaleciendo un aire de revisionismo en los tribunales y en los medios", p. 29. As&iacute;, el juicio "reforz&oacute; la idea de que un debate leg&iacute;timo se est&aacute; llevando a cabo" entre los que niegan el Holocausto y sus acusadores, p. 22.    <br> <sup><a name="num92"></a><a href="#nu92">92</a></sup>Para un estudio sociol&oacute;gico de este proceso, ver Herbert J. Gans, <I>Deciding What's News: A Study of CBS Evening News, Newsweek, and Time,</I> 1979. Sobre la forma en que los medios distorsionan la representaci&oacute;n de los juicios criminales, ver Philip Schlesinger y Howard Tumber, <I>Reporting Crime: The Media Politics of Criminal Justice</I>, 1994, pp. 207-247; Barbie Zelizer, <I>"Covering the Body": The Kennedy Assassination, the Media, and the Shaping of Collective Memory</I>, 1992, pp. 49-98; David A. Harris, "The Appearance of Justice: Court TV, Conventional Television, and Public Understanding of the Criminal Justice System", <I>Ariz. L. Rev</I>., s. l., No. 35, 1993, p. 785.    <br> <sup><a name="num93"></a><a href="#nu93">93</a></sup>Rep&uacute;blica de Argentina, Tribunal Nacional de Apelaciones (Divisi&oacute;n criminal), Sentencia sobre Violaciones a los Derechos Humanos por Antiguos L&iacute;deres Militares, <I>Int'l Legal Materials</I>, 1987, pp. 317-327.    <br> <sup><a name="num94"></a><a href="#nu94">94</a></sup>Malamud-Goti acept&oacute; recientemente que este &eacute;nfasis estaba equivocado. Entrevista con Jaime Malamud-Goti en Buenos Aires, 1987.    <br> <sup><a name="num95"></a><a href="#nu95">95</a></sup><I>El Diario del Juicio, "Galtieri espera el juicio de Dios y de la historia", El Diario del Juicio, </I>Buenos Aires, 30 de septiembre, 1985 (citando al General Leopoldo Galtieri). El general Roberto Viola proclam&oacute;, de manera similar, durante el proceso, lo siguiente: "el juicio de la historia resultar&aacute; altamente desfavorable para la conducta de los fiscales". <I>El Diario del Juicio</I>, Buenos Aires, 22 de octubre, 1985. El Almirante Emilio Massera tambi&eacute;n expres&oacute; su voluntad de ser juzgado solamente por la historia. Emilio Massera, "Discurso Pronunciado en la C&aacute;mara de Relaciones P&uacute;blicas", Hotel Plaza, Buenos Aires, 1978.    <br> <sup><a name="num96"></a><a href="#nu96">96</a></sup>Sobre la extrema inaccesibilidad de las cortes argentinas para la mayor&iacute;a de los ciudadanos de medianos ingresos en la resoluci&oacute;n de disputas ordinarias, ver Mauro Cappelletti y Bryant Garth, "Argentina",<I>Access to Justice</I>, No. 3, 1978, p. 179. No deber&iacute;a sorprender, entonces, que la mayor&iacute;a de los argentinos tengan una visi&oacute;n negativa de las cortes; ver Instituto Gallup de Argentina, <I>Estudio de opini&oacute;n acerca de la justicia en Argentina</I> (donde se indica que en 1990, el 49% de la poblaci&oacute;n cre&iacute;a que el sistema judicial era <I>malo</I> o <I>muy malo</I>). Citado en Mark Unger, "Judicial Reform: Inequality, Democratization, and Latin America's Courts", en: <I>Conferencia de la Asociaci&oacute;n Americana de Ciencias Pol&iacute;ticas</I>, San Francisco, 1 de septiembre, 1996.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num97"></a><a href="#nu97">97</a></sup>Julie Taylor, "Body Memories: Aide-Memoires and Collective Amnesia in the Wake of the Argentine Terror", en: Michael Ryan y Avery Gordon (eds.), <I>Body Politics: Disease, Desire, and the Family, </I>1994, pp. 192-198. Las observaciones de Taylor reflejan las cr&iacute;ticas hechas por los propios acusados militares y sus abogados defensores, quienes, de manera similar, acusaron a la corte de ignorar las actividades pol&iacute;ticas de la izquierda y las simpat&iacute;as izquierdistas de muchos de los desaparecidos. Para una cr&iacute;tica (parecida a la de Taylor) de las cortes italianas en su manejo del enjuiciamiento de las Brigadas Rojas, ver tambi&eacute;n Alessandro Portelli, "Oral Testimony, the Law, and the Making of History: The April 7 Murder trial", <I>Hist. Workshop J., </I>1986, pp. 5, 9-11, 15, 31, donde se critican las narrativas judiciales al aplicar los conceptos legales de conspiraci&oacute;n y denigrar y negar el apoyo masivo a las Brigadas Rojas como aut&eacute;ntico movimiento social entre estudiantes y trabajadores.    <br> <sup><a name="num98"></a><a href="#nu98">98</a></sup>Taylor, <I>op. cit</I>., p. 202. La argumentaci&oacute;n de Taylor aqu&iacute; le es conocida a los lectores americanos. Stuart A. Scheingold, <I>The Politics of Rights</I>, 1974, pp. 203-219, donde se anotan las desventajas de concebir las luchas organizadas a favor del cambio social en t&eacute;rminos de derechos individuales.    <br> <sup><a name="num99"></a><a href="#nu99">99</a></sup><I>Ibid</I>., p. 193.    <br> <sup><a name="num100"></a><a href="#nu100">100</a></sup><I>Ibid</I>., p. 96.    <br> <sup><a name="num101"></a><a href="#nu101">101</a></sup><I>Ibid</I>., p. 97.    <br> <sup><a name="num102"></a><a href="#nu102">102</a></sup>Alison Brysk, <I>The Politics of Human Rights in Argentina,</I> 1994, p. 139, donde se afirma que las Madres han "adoptado un an&aacute;lisis de los derechos humanos que plantea una relaci&oacute;n directa entre capitalismo, imperialismo y represi&oacute;n, y una posici&oacute;n de implacable oposici&oacute;n al gobierno radical" de Alfons&iacute;n. El an&aacute;lisis de clase de la guerra sucia tambi&eacute;n es bastante frecuente en la ciencia social de la literatura. Guillermo O'Donnell, <I>&iquest;Y a m&iacute;, qu&eacute; me importa?: Notas sobre sociabilidad y pol&iacute;tica en Argentina y Brasil, </I>1984, pp. 20-24; David Pion-Berlin, <I>The Ideology of State Terror: Economic Doctrine and Political Repression in Argentina and Peru</I>, 1989, p. 104; William C. Smith, <I>Authoritarianism and the Crisis of the Argentine Political Economy, </I>1991, p. 249.    <br> <sup><a name="num103"></a><a href="#nu103">103</a></sup>El mismo gobierno, en un informe oficial que documentaba las desapariciones, hall&oacute;: "los primeros pasos de la Comisi&oacute;n Nacional sobre los Desaparecidos, dentro del marco de poderes establecido de manera muy precisa para ella por el decreto, estimularon una respuesta p&uacute;blica inmediata en un incre&iacute;ble proceso de reconstrucci&oacute;n de la memoria p&uacute;blica", Comisi&oacute;n Nacional sobre la Desaparici&oacute;n de Personas,<I> Nunca m&aacute;s: The Report of the Argentine National Commission on the Disappeared</I>, 1989, p. 429.    <br> <sup><a name="num104"></a><a href="#nu104">104</a></sup>Cass R. Sunstein, "Incompletely Theorized Agreements", <I>Harv. L. Rev</I>., No. 108, 1995, pp. 1733, 1735-7336.    <br> <sup><a name="num105"></a><a href="#nu105">105</a></sup>Leila S. Wexler, "The Interpretation of the Nuremberg Principles by the French Court of Cassation: from Touvier to Barbie and Back Again", <I>Colum. J. Transnat'l L</I>., No. 32, 1994, pp. 289, 323-325, 331-333.    <br> <sup><a name="num106"></a><a href="#nu106">106</a></sup>Rousso, <I>op. cit</I>., pp. 160-161; ver tambi&eacute;n John Dixon, "Manipulators of Vichy Propaganda: A Case Study in Personality", en: Roderick Kedward y Roger Austin (eds.), <I>Vichy France and the Resistance</I>, 1985, pp. 41-61; Wexler, <I>supra</I> nota 105, p. 349. Sobre el papel de la Milicia, ver John F. Sweets, <I>The Politics of Resistance in France</I>, <I>1940-1944</I>, 1976, p. 27.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num107"></a><a href="#nu107">107</a></sup>Alain Finkielkraut caracteriza as&iacute; la posici&oacute;n de muchos franceses durante el juicio de Barbie: "&iquest;Por qu&eacute; quieren los jud&iacute;os monopolizar el estatus de v&iacute;ctima?, dice la gente. En eso consiste su nueva codicia".    <br> <sup><a name="num108"></a><a href="#nu108">108</a></sup>Ver, por ejemplo, Michael R. Marrus, <I>The Holocaust in History</I>, 1987, p. 4, donde se se&ntilde;ala que, en contraste con el juicio de Eichmann, los cr&iacute;menes contra los jud&iacute;os "nunca ocuparon un lugar preponderante" en Nuremberg; Lawrence Douglas, "The Memory of Judgment", en: <I>History and Memory</I>, 1996, pp. 100-114, donde se se&ntilde;ala "el fracaso del juicio de Nuremberg &#91;por&#93; abordar de manera adecuada &#91;...&#93; el genocidio nazi de los jud&iacute;os.    <br> <sup><a name="num109"></a><a href="#nu109">109</a></sup>Barbie fue condenado por su papel en la deportaci&oacute;n de los jud&iacute;os franceses. "Judgment of December 20, 1985", Cass.crim, 1986 J. C. P. II G, No. 20, <I>J. du Droit Int'l</I>, 1986, p. 127. Pero Barbie era conocido y reprochado p&uacute;blicamente por su papel en la muerte del h&eacute;roe de la resistencia Jean Moulin. Alice Y. Kaplan, <I>Remembering in Vain: The Klaus Barbie Trial and Crimes Against Humanity, </I>"Introducci&oacute;n" a Alain Finkielkraut, s. l., 1992.    <br> <sup><a name="num110"></a><a href="#nu110">110</a></sup>Los abogados e incluso los historiadores profesionales &mdash;aunque no se los perciba p&uacute;blicamente como altamente partidistas&mdash; a menudo no logran desalojar las memorias colectivas fuertemente arraigadas. Esto es especialmente evidente cuando la reinterpretaci&oacute;n hist&oacute;rica implica remplazar los recuerdos autoelogiosos por aqu&eacute;llos autocr&iacute;ticos. En la controversia sobre el Enola Gay en el Smithsonian, por ejemplo, la versi&oacute;n de la historia de los profesionales contrastaba &#91;...&#93; fuertemente con la experiencia vivida de los veteranos americanos, cuyas narrativas personales &#91;...&#93; constitu&iacute;an una memoria colectiva de autoridad incuestionable". Michael J. Hogan (ed.), "The Enola Gay Controversy: History, Memory, and the Politics of Presentation", en <I>Hiroshima in History and Memory</I>, 1996, pp. 200-212. Los profesionales salieron perdiendo.    <br> <sup><a name="num111"></a><a href="#nu111">111</a></sup>Michael R. Marrus y Robert O. Paxton, <I>Vichy France and the Jews, </I>1981.    <br> <sup><a name="num112"></a><a href="#nu112">112</a></sup>Saul Friedlander, <I>Memory, History, and the Extermination of the Jews of Europe</I> ix, 1993.    <br> <sup><a name="num113"></a><a href="#nu113">113</a></sup>La terminolog&iacute;a de <I>ajustar y justificar</I> es de Ronald Dworkin, <I>Law's Empire</I>, 1986, p. 239. El sentido de <I>justificar</I> en el contexto presente, sin embargo, no implica aprobaci&oacute;n alguna de la conducta as&iacute; clasificada. En este sentido normativamente neutro, justificar significa "confirmar o apoyar mediante &#91;...&#93; la evidencia", o "ajustar a la forma, tama&ntilde;o o posici&oacute;n exactos", <I>Oxford English Dictionary,</I> 2.&ordf; edici&oacute;n, 1989, pp. 329-330.    <br> <sup><a name="num114"></a><a href="#nu114">114</a></sup>Sobre estas declaraciones, ver Hogan, <I>op. cit.</I>, pp. 217-220. Hogan, como la mayor&iacute;a de los historiadores profesionales, simpatiza totalmente con estas posiciones oficiales.    <br> <sup><a name="num115"></a><a href="#nu115">115</a></sup><I>Ibid</I>., pp. 210-225, donde se describen los considerables esfuerzos de cabildeo de ambas asociaciones profesionales para contrarrestar la influencia pol&iacute;tica de las organizaciones de veteranos y de los medios masivos de comunicaci&oacute;n en la controversia sobre el Enola Gay.    <br> <sup><a name="num116"></a><a href="#nu116">116</a></sup>Lucy S. Dawidowicz, <I>The Holocaust and the Historians</I>, 1981, pp. 11-21.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num117"></a><a href="#nu117">117</a></sup>Ver, por ejemplo, Telford Taylor, <I>Nuremberg and Vietnam: An American Tragedy</I>, 1970, pp. 122-153, donde se comparan los cr&iacute;menes de guerra en la Segunda Guerra Mundial y en Vietnam a la luz de la ley internacional tal como se desarrolla en las cuatro Convenciones de Ginebra de 1949. Para una defensa de dichas comparaciones, para fines conceptuales y te&oacute;ricos, ver Charles S. Maier, <I>The Unmasterable Past: History, Holocaust, and German National Identity, </I>1988, pp. 69-71. "La comparaci&oacute;n es un proceso dual que examina dos o m&aacute;s sistemas para identificar los elementos que tienen en com&uacute;n y cu&aacute;les elementos los distinguen. No afirma la identidad, ni niega los componentes singulares". Sobre c&oacute;mo el an&aacute;lisis comparativo del genocidio ilustra la singularidad del Holocausto, ver Edward T. Linenthal, <I>Preserving Memory: The Struggle to Create America's Holocaust Museum</I>, 1995, p. 228, donde se exponen los puntos de vista de Michael Berenbaum, director del Museo del Holocausto de los Estados Unidos, y se afirma que la representaci&oacute;n de varios grupos de v&iacute;ctimas del Holocausto en el museo "es una manera de ilustrar la singularidad jud&iacute;a <I>a trav&eacute;s de</I> su comparaci&oacute;n con otros".    <br> <sup><a name="num118"></a><a href="#nu118">118</a></sup>Todorov observa, de manera similar, en relaci&oacute;n con el Holocausto en general (y no con su dimensi&oacute;n espec&iacute;ficamente legal): "Es imposible afirmar que el pasado debe proporcionar una lecci&oacute;n y al mismo tiempo sostener que es absolutamente incomparable con el presente: lo que es singular no nos ense&ntilde;a nada aplicable para el futuro". Todorov, <I>supra </I>nota 50, <I>op. cit.</I>, p. 17.    <br> <sup><a name="num119"></a><a href="#nu119">119</a></sup>Esta brecha entre las percepciones del Holocausto de los legos y los abogados es un tema importante pero ignorado en la obra cl&aacute;sica de Arendt sobre el juicio de Eichmann. Arendt, <I>supra </I>nota 30, <I>op. cit.</I>, pp. 253-253; ver tambi&eacute;n Douglas, <I>supra </I>nota 58, p. 122 (donde se sostiene que "el extraordinario esfuerzo por ajustar el Holocausto a las concepciones previas de la justicia impidi&oacute; ver el Holocausto en su total malevolencia", y se atribuye este fracaso al concepto legal del precedente).    <br> <sup><a name="num120"></a><a href="#nu120">120</a></sup>Richard Wasserstrom, "Postscript: Lawyers and Revolution" &#91;Discurso en la Convenci&oacute;n Anual de la Agremiaci&oacute;n Nacional de Abogados&#93;, <I>U. Pitt. L.Rev</I>., 6 de julio, 1968, pp. 30, 125-129. "La ley busca asimilar todo lo que sucede a aquello que ha sucedido &#91;...&#93; La respuesta virtualmente instintiva del abogado al enfrentarse a una situaci&oacute;n es la de buscar los aspectos en que esa situaci&oacute;n se parece a algo que le sea familiar &#91;...&#93;".    <br> <sup><a name="num121"></a><a href="#nu121">121</a></sup>Anton Kaes, "Holocaust and the End of History: Postmodern Historiography in Cinema", en <I>Probing the Limits of Representation, supra,</I> nota 11, pp. 206-207 (donde se anota: "la insistencia en la imposibilidad de comprender adecuadamente y describir la soluci&oacute;n final se ha convertido ya en un <I>topos</I> de la investigaci&oacute;n del Holocausto"). Para un ejemplo representativo, ver la observaci&oacute;n de Julia Kristeva, seg&uacute;n la cual "nuestros medios simb&oacute;licos se encuentran vac&iacute;os, casi aniquilados, paralizados &#91;...&#93; Nunca ha sido un cataclismo tan apocal&iacute;pticamente atroz; nunca han sido sus representaciones asumidas por tan pocos medios simb&oacute;licos", Julia Kristeva citado en Jay Winter, <I>Sites of Memory, Sites of Mourning,</I> 1996, p. 229    <br> <sup><a name="num122"></a><a href="#nu122">122</a></sup>En este sentido, a pesar de su prosa hiperb&oacute;lica y excesivamente apasionada, Hannah Arendt sigue siendo la cr&iacute;tica m&aacute;s aguda del fracaso de la ley. Los cr&iacute;menes nazis, me parece, aniquilan los l&iacute;mites de la ley; y es eso precisamente lo que constituye su monstruosidad. Para estos cr&iacute;menes, ning&uacute;n castigo es lo suficientemente severo &#91;...&#93; Esta culpabilidad, en contraste con la culpabilidad criminal, sobrepasa y destruye a todos y cada uno de los sistemas legales. Es por esta raz&oacute;n que los nazis de Nuremberg se muestran tan complacidos de s&iacute;. Lotte Kohler y Hans Saner (eds.); Robert Kimber y Rita Kimber (trans.),"Carta a Karl Jaspers", en: <I>Hannah Arendt Karl Jaspers: Correspondence 1926-1969</I>, 1992, p. 54.    <br> <sup><a name="num123"></a><a href="#nu123">123</a></sup>Douglas, <I>op. cit.</I>, p. 114.    <br> <sup><a name="num124"></a><a href="#nu124">124</a></sup>Para pruebas de este fracaso, ver 5 <I>Trial of the Major War Criminals Before the International Military Tribunal</I>, 1947, pp. 368-426 , donde los fiscales franceses, encargados de presentar la evidencia de los cr&iacute;menes de guerra y los cr&iacute;menes en contra de la humanidad, no incluyeron evidencia alguna de la aniquilaci&oacute;n de los jud&iacute;os europeos como una de las transgresiones nazis. Sobre esta omisi&oacute;n, ver Douglas, <I>op. cit.</I>, p. 120 (donde se afirma que el Tribunal de Nuremberg adopt&oacute; "un enfoque que ubicaba el Holocausto en los m&aacute;rgenes de lo legalmente relevante").    <br> <sup><a name="num125"></a><a href="#nu125">125</a></sup>Deborah E. Lipstadt<I>, Denying the Holocaust: The Growing Assault on Truth and Memory</I>, 1993, pp. 219-22, donde se discute la legislaci&oacute;n que criminaliza el "incitamiento al odio; la discriminaci&oacute;n; o la violencia con fundamentos raciales, &eacute;tnicos o religiosos".    <br> <sup><a name="num126"></a><a href="#nu126">126</a></sup>Carta del Profesor Herbert A. Strauss al Profesor Eric Stein, "Correspondence on the Auschwitz Lie" <I>Mich. L. Rev</I>., s. l., No. 87, 1989, pp. 1026-1029. "La <I>opini&oacute;n mayoritaria</I> entre los estudiosos cient&iacute;ficos debe establecerse de manera cient&iacute;fica, y cada intervenci&oacute;n del poder judicial debe ser rechazada"). Ver tambi&eacute;n Todorov, <I>supra</I> nota 50, <I>op. cit.</I>, p. 8. Oponi&eacute;ndose a un reciente estatuto franc&eacute;s que proh&iacute;be la negaci&oacute;n del Holocausto, Todorov sostiene que aunque "la ley debe castigar la calumnia o la incitaci&oacute;n al odio racial", aun as&iacute; "no le compete a la ley decir en qu&eacute; consiste la historia".    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num127"></a><a href="#nu127">127</a></sup>Eric Stein, "History Against Free Speech: The New German Law Against the 'Auschwitz' &mdash;and Other&mdash; Lies", <I>Mich. L. Rev</I>., s. l., No. 85, 1986, pp. 277, 307-308.    <br> <sup><a name="num128"></a><a href="#nu128">128</a></sup><I>Ibid</I>, pp. 309-314, donde se discute el acuerdo final evidenciado en la redacci&oacute;n de la ley.    <br> <sup><a name="num129"></a><a href="#nu129">129</a></sup>Aunque las variantes conservadoras son m&aacute;s conocidas hoy d&iacute;a, hace mucho tiempo que existe una versi&oacute;n izquierdista de la tesis de que el Holocausto fue el producto de tendencias y fuerzas sociales que no eran espec&iacute;ficamente alemanas, sino que estaban latentes en todas las sociedades capitalistas modernas. Esta tesis fue propuesta por primera vez por la temprana Escuela de Frankfurt, elaborada luego por Hannah Arendt, y hoy tiene muchos simpatizantes entre expertos de diferentes campos. Zygmunt Bauman, <I>Modernity and the Holocaust, </I>1989, p. 9; Andreas Huyssen, <I>Twilight Memories: Marking Time in a Culture of Amnesia,</I> 1995, p. 252. La afinidad entre las posiciones de la extrema derecha y la extrema izquierda son a&uacute;n mayores. La historia temprana de la negaci&oacute;n del Holocausto en Francia, al menos, ha sido trazada de manera persuasiva por expertos de extrema izquierda de las postrimer&iacute;as de los a&ntilde;os sesenta y comienzos de los setenta. Nadine Fresco, "Negating the Dead", en: Geoffrey H. Hartmann (ed.), <I>Holocaust Remembrance: The Shapes of Memory,</I> pp. 190, 192-198, 1994, donde se discute la vida temprana de Paul Rassinier, escritor franc&eacute;s y antiguo recluso en un campo de concentraci&oacute;n.    <br> <sup><a name="num130"></a><a href="#nu130">130</a></sup>El defensor de Klaus Barbie, Jacques Verg&egrave;s, le dar&iacute;a gran preponderancia a este argumento a favor del <I>equilibrio</I> durante el juicio contra Barbie.    <br> <sup><a name="num131"></a><a href="#nu131">131</a></sup>Jacques-Bernard Herzog, "Contribution &agrave; l'&eacute;tude de la d&eacute;finition du crime contre l'humanit&eacute;", <I>Revue International du Droit Penal</I>, s. l., No. 18, 1947, pp. 155-168; Wexler<I>, supra</I> nota 105, pp. 356-357.    <br> <sup><a name="num132"></a><a href="#nu132">132</a></sup>Wexler, <I>op. cit.</I>, p. 358.    <br> <sup><a name="num133"></a><a href="#nu133">133</a></sup><I>Ibid</I>., pp. 359-362.    <br> <sup><a name="num134"></a><a href="#nu134">134</a></sup>Sobre c&oacute;mo este objetivo subyace a muchos argumentos a favor de su singularidad, ver Avishai Margalit y Gabriel Motzkin, "The Uniqueness of the Holocaust", en: <I>Philosophy and Public Affairs</I>, s. l., 1996, pp. 64-66.    <br> <sup><a name="num135"></a><a href="#nu135">135</a></sup>Cap&iacute;tulo 8, "Making Public Memory, Publicly", <I>infra</I> texto que acompa&ntilde;a las notas 7-22.    <br> <sup><a name="num136"></a><a href="#nu136">136</a></sup>Novick, <I>supra</I> nota 71, pp. 264-291, 421-462, 603-605.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num137"></a><a href="#nu137">137</a></sup>Ver <I>supra</I> nota 95.    <br> <sup><a name="num138"></a><a href="#nu138">138</a></sup>Staughton Lynd, "The War Crimes Tribunal: A Dissent", <I>Liberation</I>, s. l., diciembre de 1967 a enero de 1968, pp. 76-77. L&iacute;der de las protestas contra la guerra en los Estados Unidos, Lynd ense&ntilde;&oacute; historia en Yale y escribi&oacute; obras como <I>American Labor Radicalism</I> (1973) y <I>Class Conflict, Slavery, and the United States,</I> 1968. Posteriormente, se hizo abogado y activista comunitario.    <br> <sup><a name="num139"></a><a href="#nu139">139</a></sup>Hans J. Morgenthau, <I>Politics Among Nations, </I>1954, pp. 218-219. Los cr&iacute;menes de guerra cometidos por los Aliados incluyeron el bombardear centros de poblaci&oacute;n civil tales como Dresden, Hamburgo, Tokio, Yokohama, Hiroshima y Nagasaki, sin discriminar entre blancos militares y no combatientes. Tal como un insigne historiador resume los datos, las bajas de civiles japoneses como resultado de los bombardeos fueron de 400.000, y las muertes de militares americanos en la Segunda Guerra Mundial sumaron 300.000. John W. Dower, <I>War Without Mercy: Race and Power in the Pacific War</I>, 1986, pp. 295-300. Sobre los cr&iacute;menes de guerra sovi&eacute;ticos, ver Allen Paul, <I>Katyn: The Untold Story of Stalin's Polish Massacre</I>, 1991, pp. 103-117. Si los tribunales de Nuremberg produjeron una historiograf&iacute;a pobre, esto se debi&oacute;, en parte, a las limitaciones inherentes a la justicia liberal. Con seguridad era mucho m&aacute;s importante el siguiente hecho: "durante cincuenta a&ntilde;os, el participante m&aacute;s grande en la guerra hubiera impuesto una pol&iacute;tica de casi absoluta selectividad hist&oacute;rica, mientras que los otros vencedores se complac&iacute;an con la ilusi&oacute;n de su propia imparcialidad". Norman Davies, "The Misunderstood Victory in Europe", <I>Books</I>, New York, 25 de mayo, 1995, pp. 7-11. Dentro del esp&iacute;ritu de cortes&iacute;a entre naciones, "pocos historiadores estaban dispuestos a preguntar si el pa&iacute;s que hab&iacute;a jugado el papel principal en ganarle la guerra a Hitler, no habr&iacute;a contribuido tambi&eacute;n a causarla".    <br> <sup><a name="num140"></a><a href="#nu140">140</a></sup>Wayne R. La Faye &amp; Austin W. Scott, Jr., <I>Criminal Law</I>, 2.&ordf; edici&oacute;n, 1986, p. 14., donde se afirma que en el derecho penal "la negligencia culposa de la v&iacute;ctima no constituye defensa"; Alon Harel, "Efficiency and Fairness in Criminal Law: The Case for a Criminal Law Principle of Comparative Fault", <I>Cal. L. Rev</I>., s. l., No. 82, 1994, pp. 1181, 1184 (argumentando a favor de un papel limitado para la culpa comparativa dentro del derecho penal).    <br> <sup><a name="num141"></a><a href="#nu141">141</a></sup>Para tales propuestas, ver, por ejemplo, K. N. Hylton, "Optimal Law Enforcement and Victims' Precaution", <I>Rand Journal of Economics, </I>1997, pp. 27, 97, donde se sostiene que las personas con frecuencia se convierten en v&iacute;ctimas del crimen porque tontamente han invertido poco en su protecci&oacute;n; y Gary Becker, "Crime and Punishment: an Economic Approach", <I>Journal of Political Economy</I>, s. l.<I>, </I>1968, p. 76.    <br> <sup><a name="num142"></a><a href="#nu142">142</a></sup>Citado en las observaciones del juez Andr&eacute;s D'Alessio, "Human Rights and Deliberative Democracy: A Conference in Honor of Carlos Santiago Ni&ntilde;o" &#91;grabaci&oacute;n&#93;, s. l., Yale Law School, 23-24 de septiembre, 1994.    <br> <sup><a name="num143"></a><a href="#nu143">143</a></sup>Para un rechazo radical de la defensa basada en el <I>tu quoque </I>en Nuremberg, ver 13 <I>Trial of the Major War Criminals Before the International Military Tribunal, </I>1948, p. 521. "No estamos juzgando si otras potencias violaron la ley internacional &#91;...&#93; estamos juzgando si estos acusados lo hicieron". No obstante, el tribunal acept&oacute; mucha de la defensa <I>subrosa </I>cuando las actividades de los Aliados eran virtualmente id&eacute;nticas a los actos il&iacute;citos del Eje, por ejemplo, la guerra submarina <I>ilimitada</I>. Otto Kirchheimer, <I>Political Justice: The Use of LegalProcedure for Political Ends</I>, 1961, p. 338. La deliberaci&oacute;n jur&iacute;dica acerca del <I>tu quoque</I> era expl&iacute;cita, pero s&oacute;lo fue aceptada p&uacute;blicamente en a&ntilde;os recientes. B.V.A. R&ouml;ling, <I>op. cit.</I> Aunque un demandante debe "tener las manos limpias" para un proceso civil conforme a la equidad, nunca ha habido un requisito similar para el demandante que alega da&ntilde;o criminal. La presencia de il&iacute;citos comparables por parte de los no acusados es legalmente relevante s&oacute;lo para establecer el uso internacional predominante y la coherencia de la conducta del acusado con dicho uso.    <br> <sup><a name="num144"></a><a href="#nu144">144</a></sup>Kirchheimer, <I>supra </I>nota 143, pp. 336-337.    <br> <sup><a name="num145"></a><a href="#nu145">145</a></sup>El Juez R&ouml;ling, quien no estaba de acuerdo, hall&oacute; parcialmente persuasivo este argumento. R&ouml;ling, <I>supra</I> nota 143, p. 889.    <br> <sup><a name="num146"></a><a href="#nu146">146</a></sup>En el derecho americano, por ejemplo, el acusado puede introducir pruebas de reputaci&oacute;n para establecer que su estado mental no era el que la fiscal&iacute;a alega que era, e incluso para establecer una duda razonable acerca de si el acusado es el tipo de persona capaz de cometer un acto il&iacute;cito.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num147"></a><a href="#nu147">147</a></sup>Stephen Ryan, <I>P&eacute;tain the Soldier,</I> 1969.    <br> <sup><a name="num148"></a><a href="#nu148">148</a></sup>Peter Novick, <I>The Resistance versus Vichy: The Purge of Collaborators in Liberated France</I>, 1968, p. 176. Dado que los delitos de P&eacute;tain hab&iacute;an resultado en la muerte de muchas de las v&iacute;ctimas, sus abogados no pod&iacute;an alegar que sus acciones <I>pro-Aliados justificaban</I> legalmente sus acciones colaboracionistas como un <I>mal menor</I>. Sobre la duradera excepci&oacute;n a la defensa basada en el <I>mal menor</I> para acciones que resultaban en la muerte, ver George Fletcher, <I>Rethinking Criminal Law</I>, 1978, pp. 787-789. Tanto Pierre Laval como Ren&eacute; Bousquet hicieron argumentos similares sobre sus supuestos esfuerzos por aminorar la severidad de las pol&iacute;ticas nazis. Denis Peschanski y Henry Rousso, "Did Bousquet Falsify History in his Defense Plea?", en Golsan, <I>supra</I> nota 1, pp. 74, 76.    <br> <sup><a name="num149"></a><a href="#nu149">149</a></sup>Sobre la transformaci&oacute;n del h&eacute;roe P&eacute;tain en traidor, ver Herbert R. Lottman, <I>P&eacute;tain: Hero or Traitor,</I> 1985.    <br> <sup><a name="num150"></a><a href="#nu150">150</a></sup>Los fil&oacute;sofos morales generalmente entienden una situaci&oacute;n tr&aacute;gica como aqu&eacute;lla en la que un individuo que contempla la acci&oacute;n se ve enfrentado a exigencias vinculantes, pero conflictivas de derecho, es decir, que no est&aacute;n basadas en un entendimiento err&oacute;neo de su situaci&oacute;n o de sus deberes morales. Bernard Williams, "Ethical Consistency", en: <I>Problems of the Self</I>, 1973, p. 166. Muchas guerras surgen de situaciones en las que todas o la mayor&iacute;a de las partes tienen razones leg&iacute;timas. La guerras y las masacres administrativas causadas por &eacute;stas &uacute;ltimas tambi&eacute;n le presentan dilemas morales a los soldados, por ejemplo, cuando reciben &oacute;rdenes de sus superiores de cometer actos il&iacute;citos. Mark J. Osiel<I>, Obeying Orders</I>, 1997.    <br> <sup><a name="num151"></a><a href="#nu151">151</a></sup>Minear, <I>supra</I> nota 61, x. "Es necesario repensar las causas de la guerra del Pac&iacute;fico desde el punto de vista de lo que s&oacute;lo puede llamarse una visi&oacute;n tr&aacute;gica, es decir, una que no se contenta con chivos expiatorios ni le da cabida a las pretensiones privadas o nacionales de rectitud moral &#91;...&#93;" (alteraci&oacute;n del original) (citando al historiador John W. Hall sobre el juicio de Tokio).    <br> <sup><a name="num152"></a><a href="#nu152">152</a></sup>S&oacute;lo los vencidos tienden a reconocer esta complejidad moral y la consiguiente necesidad del equilibrio hist&oacute;rico. &Eacute;ste es el elemento de verdad en la condena de los juicios de Nuremberg y Tokio como "justicia de los vencedores". Entre los vencedores, el p&uacute;blico en general t&iacute;picamente <I>se resiste </I>a cualquier esfuerzo por infundirle ese equilibrio a la memoria colectiva. Son s&oacute;lo los historiadores profesionales los que a veces lo favorecen. Un ejemplo de este fen&oacute;meno es el recientemente fallido intento, por parte de los historiadores americanos, de reparar el desequilibrio percibido en la memoria p&uacute;blica de los bombardeos a Hiroshima y Nagasaki. Esos intentos de los historiadores presentan los sucesos de tal manera que sugieren una complejidad moral en la exposici&oacute;n del Smithsonian en conmemoraci&oacute;n del quincuag&eacute;simo aniversario de la Segunda Guerra Mundial, que tuvo oposici&oacute;n por parte de las organizaciones de veteranos de la guerra. David E. Sanger, "Coloring History Our Way", <I>New York Times</I>, Nueva York, 2 de julio, 1995, pp. 30-31 ("Los veteranos quieren que la exposici&oacute;n termine donde empieza la secci&oacute;n de las bombas. Y ah&iacute; es donde los japoneses querr&iacute;an que comenzara" (citando a un funcionario del Smithsonian, acerca de la controversia del Enola Gay); "The History That Tripped Over Memory", <I>New York Times</I>, Nueva York, 15de febrero, 1995, E5 (se&ntilde;alando que la exposici&oacute;n constitu&iacute;a un insulto revisionista a los soldados americanos que pelearon en el Pac&iacute;fico); ver, tambi&eacute;n, Nicholas D. Krsitof, "Japan's Plans for a Museum on War Mired in Controversy", <I>New York Times</I>, Nueva York, 21 de mayo, 1995, A4 (donde se describen disputas similar en el Jap&oacute;n acerca de si se deb&iacute;a incluir material sobre las atrocidades cometidas por los soldados).    <br> <sup><a name="num153"></a><a href="#nu153">153</a></sup>El mejor an&aacute;lisis de la dimensi&oacute;n interactiva de las disculpas y el perd&oacute;n es el de Beverly Flanigan, <I>Forgiving the Unforgivable</I>, 1992, p. 7.    <br> <sup><a name="num154"></a><a href="#nu154">154</a></sup>El oficial brit&aacute;nico Eric Lomas narra la historia en <I>The Railway Man: A POW's Searing Account of War, Brutality, and Forgiveness, </I>1995.    <br> <sup><a name="num155"></a><a href="#nu155">155</a></sup>El hecho de que Jap&oacute;n no haya pedido disculpas por la esclavizaci&oacute;n de las mujeres asi&aacute;ticas obligadas o prostituirse se interpreta a menudo como un obst&aacute;culo para unas mejores relaciones con sus vecinos asi&aacute;ticos. Ver, por ejemplo, "Lawyers Urge Government to Compensate Comfort Women", en: <I>Lexis News Library, Curnws File.</I> s. l., Japan Pol'y &amp; Pol., 30 de enero, 1995. "El Jap&oacute;n no puede lograr una posici&oacute;n honorable en la comunidad internacional si no resuelve este asunto &#91;...&#93;" (citando a Koken Tsuchiya, director de la Federaci&oacute;n Japonesa de Colegios de Abogados).    <br> <sup><a name="num156"></a><a href="#nu156">156</a></sup>Gustav Niebuhr, "132 Years Later, Methodists Repent Forbear's Sin",<I> New York Times</I>, Nueva York, 27 de abril, 1996, A7, donde se describe el papel del ministro metodista John M. Chivington como l&iacute;der de la masacre de 1864    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num157"></a><a href="#nu157">157</a></sup><I>Ibid.</I> Sobre las dificultades morales que presentan esos esfuerzos por parte de un individuo para aceptar disculpas por un da&ntilde;o padecido por todo un grupo, ver Peter Digeser, "Vicarious Forgiveness and Collective Responsibility: Who Has the Authority to Forgive?", en: <I>Conferencia de la Asociaci&oacute;n Americana de Ciencias Pol&iacute;ticas</I>, San Francisco, 30 de agosto, 1996.    <br> <sup><a name="num158"></a><a href="#nu158">158</a></sup>Donald W. Sriver, Jr., <I>An Ethic for Enemies: Forgiveness in Politics</I>, 1995, p. 74.    <br> <sup><a name="num159"></a><a href="#nu159">159</a></sup>Al autorizar las <I>represalias</I> por cr&iacute;menes de guerra, la ley del conflicto armado puede agravar este problema, tal como lo vienen se&ntilde;alando hace tiempo los comentaristas. Ver, por ejemplo, Paul Christopher, <I>The Ethics of War and Peace,</I> 1994, pp. 189-199; Michael Walzer, <I>Just and Unjust Wars</I>, 1977, pp. 207-222.    <br> <sup><a name="num160"></a><a href="#nu160">160</a></sup><I>Clar&iacute;n,</I> "Autocr&iacute;tica a medias de Firmenich", <I>Clar&iacute;n, </I>Buenos Aires, 3 de mayo, 1995, A1.    <br> <sup><a name="num161"></a><a href="#nu161">161</a></sup>Noam J. Zohar, "Reconciliation and Forgiveness: On Amnesty, Reconciliation, and Bloodguilt", en: <I>Asociaci&oacute;n Americana de Ciencias Pol&iacute;ticas</I>, San Francisco, 30 de agosto, 1996, p. 13.    <br> <sup><a name="num162"></a><a href="#nu162">162</a></sup>El derecho privado al menos ofrece la posibilidad de una contrademanda por parte del acusado. Pero una contrademanda obligatoria debe surgir de la misma transacci&oacute;n en la que se basa la reclamaci&oacute;n del demandante. Esto pone un grave obst&aacute;culo cuando los eventos que deben vincularse as&iacute; mediante una narrativa legal &uacute;nica cubren vastos periodos y amplios espacios. Resultar&iacute;a dif&iacute;cil decir, por ejemplo, que la agresi&oacute;n japonesa al continente asi&aacute;tico a comienzos de los a&ntilde;os treinta era parte de la misma <I>transacci&oacute;n</I> o hecho que el bombardeo americano a Nagasaki, en 1945.    <br> <sup><a name="num163"></a><a href="#nu163">163</a></sup>La teor&iacute;a moral apenas se ha pronunciado sobre el elemento de da&ntilde;o <I>mutuo</I> en muchas situaciones en la que ser&iacute;an apropiadas las disculpas y, por consiguiente, el perd&oacute;n. Los estudios principales del perd&oacute;n dicen poco acerca de la reciprocidad, mientras que los estudios sobre la reciprocidad carecen de discusiones del perd&oacute;n. Lawrence C. Becker, <I>Reciprocity,</I> 1986; Jeffrie G. Murphy y Jean Hampton, <I>Forgiveness and Mercy, </I>1990.    <br> <sup><a name="num164"></a><a href="#nu164">164</a></sup>Ian Buruma, "The War Over the Bomb", <I>New York Rev. Books</I>, Nueva York, 21 de septiembre, 1995, pp. 26-29. Por ejemplo, el jefe de la Asociaci&oacute;n de Veteranos Japoneses, Masao Horie, coment&oacute;: "En el quincuag&eacute;simo aniversario del bombardeo a Dresden &#91;...&#93; no escuch&eacute; disculpas por parte de los Aliados. Y los Estados Unidos arrojaron bombas at&oacute;micas sobre Hiroshima y Nagasaki, matando a miles de japoneses inocentes, y nunca se disculparon". Nicholas D. Kristof, "Why Japan Hasn't Said That Word", <I>New York Times</I>, Nueva York, 7 de mayo, 1995, E3.    <br> <sup><a name="num165"></a><a href="#nu165">165</a></sup>John G. Randall, <I>Pardon and Amnesty Under Lincoln and Johnson</I>, xiii, xiv-xxi, "Introducci&oacute;n" a Jonathan T. Dorris, 1953. Con miras a la reconciliaci&oacute;n nacional, los presidentes Lincoln y Jonson apoyaron la clemencia para los culpables de sedici&oacute;n y traici&oacute;n. En diciembre de 1863, Lincoln proclam&oacute; una amnist&iacute;a para quienes se hab&iacute;an alzado en armas contra la Uni&oacute;n, siempre y cuando juraran futura lealtad a ella. En 1868, Andrew Johnson extendi&oacute; los t&eacute;rminos de la amnist&iacute;a para hacerla incondicional y universal en su alcance.    <br> <sup><a name="num166"></a><a href="#nu166">166</a></sup>Elaine Scarry<I>, The Body in Pain</I>, 1985, pp. 116-117. Zerubavel se&ntilde;ala un proceso similar de redescripci&oacute;n m&iacute;tica en el Israel contempor&aacute;neo, en relaci&oacute;n con los h&eacute;roes que murieron en campa&ntilde;as militares fracasadas, tales como los defensores de Masada y Bar Kokbha. "La disposici&oacute;n a sacrificar la vida por la naci&oacute;n queda as&iacute; glorificada como un supremo valor patri&oacute;tico que le resta significaci&oacute;n al resultado". Yael Zerubavel, <I>Recovered Roots: Collective Memory and the Making of Isreaeli NationalTradition,</I> 1995, p. 221.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num167"></a><a href="#nu167">167</a></sup>Geoffrey Hartman, <I>The Longest Shadow: In the Aftermath of the Holocaust</I>, 1996, p. 67.    <br> <sup><a name="num168"></a><a href="#nu168">168</a></sup>ouis O. Mink, "Everyman His or Her Own Analyst", en: W. J. T. Mitchell (ed.),<I> On Narrative, </I>s. l., 1981, pp. 233-238 (se omite el &eacute;nfasis) (citando a Hayden White); ver tambi&eacute;n Zeruvabel, <I>supra</I> nota 166, 221, donde se afirma que la forma en que se seleccionen los puntos en los que un relato debe comenzar y terminar "revela c&oacute;mo la simple construcci&oacute;n de l&iacute;mites le confiere una estructura narrativa m&iacute;nima a un flujo de tiempo que de otra manera carecer&iacute;a de sentido".    <br> <sup><a name="num169"></a><a href="#nu169">169</a></sup>Kenneth Cmiel, "After Objectivity: What Comes Next in History?", <I>American Literary History, </I>1990, pp. 170-172, donde se analiza la obra de Hans Kellner, <I>Language and Historical Representation</I>, 1989.    <br> <sup><a name="num170"></a><a href="#nu170">170</a></sup>Ver <I>supra</I> nota 143.    <br> <sup><a name="num171"></a><a href="#nu171">171</a></sup>Akira Iriye, <I>Power and Culture: The Japanese-American War, 1941-1945</I>, 1981, pp. 263-65. Un marco espacio-temporal m&aacute;s amplio no necesariamente habr&iacute;a tenido un efecto mitigador. Los fiscales podr&iacute;an haberlo utilizado para narrar la historia de la esclavizaci&oacute;n japonesa de miles de mujeres a lo largo de su imperio asi&aacute;tico para obligarlas a la prostituci&oacute;n, para satisfacer a los soldados japoneses. George Hicks, <I>The Comfort Women: Sex Slaves of the Japanese Imperial Forces,</I> 1994. Un historiador japon&eacute;s escribe: "la oportunidad perfecta para esa reflexi&oacute;n se dio durante la ocupaci&oacute;n Aliada en la posguerra, pero se perdi&oacute;. Desafortunadamente, la voz de los pueblos asi&aacute;ticos que hab&iacute;an sufrido no fue escuchada lo suficiente." Yoshiaki Yoshimi, "Japan Battles its Memories", <I>New York Times</I>, Nueva York, 11 de marzo, 1992, p. A23.    <br> <sup><a name="num172"></a><a href="#nu172">172</a></sup>John W. Dower, "The Bombed: Hiroshimas and Nagasakis in Japanese Memory", en: Hogan, <I>supra</I> nota, pp. 110, 116, 123.    <br> <sup><a name="num173"></a><a href="#nu173">173</a></sup>Este argumento hist&oacute;rico fue introducido por Ernst Nolte, "The Past That Will Not Pass: A Speech That Could Be Written but Not Delivered", en <I>Forever in the Shadow of Hitler?, supra</I> nota 15, 18; y Andreas Hillgruber, <I>Zweierlei Untergang: Die Zerschlagung des Deutschen Reiches und das Ende des europ&auml;ischen Judentums, </I>1986. Este argumento contiene una cr&iacute;tica impl&iacute;cita a la historia contada por el tribunal de Nuremberg, y ha sido adoptado por los pol&iacute;ticos conservadores alemanes. V&eacute;ase, por ejemplo, la reciente carta firmada por m&aacute;s de trescientos importantes conservadores alemanes, alegando que lo que se deber&iacute;a conmemorar el 8 de mayo no es la victoria de los Aliados, sino, m&aacute;s bien: "la expulsi&oacute;n mediante el terror, la opresi&oacute;n en el Este y la divisi&oacute;n de nuestro pa&iacute;s" por parte de los sovi&eacute;ticos. Nader Mousavizadeh, "States of Denial", <I>New Republic</I>, s. l., 19 de junio, 1995, pp. 40-42 (rese&ntilde;a bibliogr&aacute;fica, donde se cita la carta titulada <I>Against Forgetting</I> aparecida en <I>el Frankfurter Allgemeine Zeitung</I>). Los autores agregan: "una visi&oacute;n de la historia que ignore o reprima esta realidad, o que la compare con otras realidades, no puede ser la base para la autocomprensi&oacute;n de un pueblo confiado".    <br> <sup><a name="num174"></a><a href="#nu174">174</a></sup>"Making Public Memory, Publicly", <I>infra</I>, texto que acompa&ntilde;a las notas 108-117, cap&iacute;tulo 8.    <br> <sup><a name="num175"></a><a href="#nu175">175</a></sup>John Keegan, <I>The Battle for History: Re-Fighting World War II</I>, 1995, pp. 27-29, donde se se&ntilde;ala que los historiadores difieren con respecto a si la guerra comenz&oacute; en Europa en 1939 o en Asia en 1931, y a si termin&oacute; en 1945 o m&aacute;s tarde, con la desaparici&oacute;n de las colonias occidentales en el Oriente.    <br> <sup><a name="num176"></a><a href="#nu176">176</a></sup>"Solidarity Through Civil Consensus", <I>supra</I> notas 1-31 y texto que las acompa&ntilde;a, cap&iacute;tulo 2.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num177"></a><a href="#nu177">177</a></sup>Horacio Lynch y Enrique del Carril, <I>Definitivamente. Nunca m&aacute;s: la otra cara del Informe Conadep,</I> 1985. En contraste, la Comisi&oacute;n de la Verdad de las Naciones Unidas sobre El Salvador recibi&oacute; el encargo expreso de examinar la violencia ilegal tanto por parte de los militares como del FMLN, hecho &eacute;ste que contribuy&oacute; a lograr una aceptaci&oacute;n p&uacute;blica m&aacute;s amplia sus conclusiones, seg&uacute;n Thomas Buergenthal, uno de sus miembros. Thomas Buergenthal, "The United Nations Truth Commission for El Salvador", <I>Vand. J. Transnat'l</I>, s. l., No. 27, 1994, pp. 497-528. La comisi&oacute;n chilena de la verdad adopt&oacute; un enfoque similar. A pesar de que muchas democracias nuevas prefieren ese tipo de comisiones a los juicios criminales, las comisiones no se escapan de la controversia creada por la cuesti&oacute;n de qu&eacute; tan ampliamente debe definirse el alcance de sus investigaciones. Los activistas de la comunidad de derechos humanos, por ejemplo, a menudo cuestionan la inclusi&oacute;n de material acerca de la conducta criminal de las guerrillas de izquierda, cuya causa consideran m&aacute;s justa. Ver, por ejemplo, Jorge Mera, "Chile: Truth and Justice Under the Democratic Government", en: Naomi Roht-Arriaza ed., <I>Impunity and Human Rights in International Law and Practice</I>, 1995, pp. 171, 174-75.    <br> <sup><a name="num178"></a><a href="#nu178">178</a></sup>Decreto Ejecutivo No. 157/83.    <br> <sup><a name="num179"></a><a href="#nu179">179</a></sup>Horacio Verbitsky, <I>Civiles y militares: memoria secreta de la transici&oacute;n</I>, 2.&ordf; edici&oacute;n, 1987, pp. 57-66.    <br> <sup><a name="num180"></a><a href="#nu180">180</a></sup>Carina Perelli, "<I>Memoria de sangre</I>: Fear, Hope, and Disenchantment in Argentina", en: Jonathan Boyarin (ed.), <I>Remapping Memory, </I>1994, pp. 39-48.    <br> <sup><a name="num181"></a><a href="#nu181">181</a></sup>Entrevistas con l&iacute;deres de derechos humanos en Buenos Aires, Argentina, agosto, 1987.    <br> <sup><a name="num182"></a><a href="#nu182">182</a></sup>Debemos recordar, en este sentido, el hallazgo de los investigadores de encuestas seg&uacute;n el cual mientras que m&aacute;s de la mitad de los americanos sab&iacute;a qui&eacute;n presid&iacute;a "The People's Court", menos del 10% sab&iacute;a que el Presidente de la Corte Suprema de Justicia era William Rehnquist, "Can TV Rescue Rehnquist form Obscurity?", <I>Newsday</I> (N. Y.), 28 de junio, 1989, p. 64.    <br> <sup><a name="num183"></a><a href="#nu183">183</a></sup>Keith Thomas, <I>The Perception of the Past in Early Modern England,</I> 1983, p. 24; Yosef H. Yerushalmi, Zakhor, <I>Jewish History and Jewish Memory,</I> 1982, pp. 14-15. La resistencia recurrente de la memoria popular a los esfuerzos de la &eacute;lite por moldearla se analiza en el cap&iacute;tulo 7, "Constructing Memory with Legal Blueprints?", <I>infra</I> texto que acompa&ntilde;a las notas 31-36.    <br> <sup><a name="num184"></a><a href="#nu184">184</a></sup>Sanger, <I>supra</I> nota 152, p. 30. Sanger hace referencia especial a los estudios recientes de Barton Bernstein, Gar Alperowitz, Rufus Miles, Jr. y John R. Skates. M&aacute;s a&uacute;n, el texto inicialmente propuesto por los historiadores del Smithsonian para la exposici&oacute;n con ocasi&oacute;n del quincuag&eacute;simo aniversario del bombardeo a Hiroshima no era del todo contrario al presidente Truman; despu&eacute;s de sopesar los argumentos en pro y en contra de su decisi&oacute;n, concluye: "el bombardeo de Hiroshima y Nagasaki &#91;...&#93; desempe&ntilde;&oacute; un papel crucial en la r&aacute;pida terminaci&oacute;n de la Guerra del Pac&iacute;fico", Barton Bernstein, Gar Alperowitz, Rufus Miles, Jr. y John R. Skates, en: Philip Nobile (ed.), <I>Judgment at the Smithsonian, </I>1995, p. 117.    <br> <sup><a name="num185"></a><a href="#nu185">185</a></sup>Ver, por ejemplo, James Fentress y Chris Wickham, <I>Social Memory,</I> 1992, p. 91, donde se sostiene: "los recuerdos inexactos &#91;&hellip;&#93; arrojan una luz menos mediada sobre la memoria que los exactos: no est&aacute;n, por as&iacute; decirlo, contaminados por los sucesos <I>reales</I> del pasado". Alessandro Portelli, <I>The Death of Luigi Trastulli and Other Stories</I>, 1991, p. 2, donde se se&ntilde;ala lo siguiente: "los relatos <I>incorrectos</I> &#91;...&#93; nos permiten reconocer los intereses de los narradores". Para un estudio argentino de este fen&oacute;meno, v&eacute;ase Lindsay DuBois, "Contradictory Memories of Dictatorship in Argentina", en: <I>Conferencia de la Asociaci&oacute;n Antropol&oacute;gica Americana, </I>s. l., 1 de diciembre, 1994, pp. 4-5. All&iacute; se se&ntilde;ala c&oacute;mo los partidarios electorales del antiguo oficial militar Aldo Rico a veces recuerdan mal las violaciones a los derechos humanos en la guerra sucia, 1975-1980, ubic&aacute;ndolos en el r&eacute;gimen militar <I>anterior</I>, o sea, entre 1966 y 1973.    <br> <sup><a name="num186"></a><a href="#nu186">186</a></sup>Minear, <I>supra</I> nota 61, No. 74, p. 111.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num187"></a><a href="#nu187">187</a></sup><I>Ibid</I>., pp. 113-114.    <br> <sup><a name="num188"></a><a href="#nu188">188</a></sup>Douglas MacArthur, <I>Reminiscences,</I> 1964, pp. 278-288, se&ntilde;alando el temor de MacArthur de que estallara una guerra de guerrillas si se enjuiciaba al emperador y de que se necesitaran muchos miles de tropas estadounidenses para reforzar la Ocupaci&oacute;n por parte de los Aliados; ver, tambi&eacute;n, Minear, <I>op. cit.</I>, pp. 110-117, donde se analiza la decisi&oacute;n de no enjuiciar al emperador como una decisi&oacute;n pol&iacute;tica, m&aacute;s que como una basada en m&eacute;ritos legales.    <br> <sup><a name="num189"></a><a href="#nu189">189</a></sup>Dower, <I>supra</I> nota 172, pp. 116-117 (all&iacute; se se&ntilde;ala que Mamoru Shigemitzu, anterior y futuro primer ministro: "redact&oacute; un temprano memorando interno proponiendo expl&iacute;citamente que los japoneses usaran las bombas at&oacute;micas como contrapropaganda ante las acusaciones de los Aliados respecto de los cr&iacute;menes de guerra japoneses").    <br> <sup><a name="num190"></a><a href="#nu190">190</a></sup><I>Ibid</I>. Se se&ntilde;ala que la agencia noticiosa Domei y los principales peri&oacute;dicos, tales como <I>Asahi</I>, "ingenuamente trataron de equilibrar el r&eacute;cord de comportamiento durante la guerra de esta manera", con lo cual dispararon, a su vez, una mayor censura por parte de la Ocupaci&oacute;n.    <br> <sup><a name="num191"></a><a href="#nu191">191</a></sup>Sobre la muy demorada explosi&oacute;n del debate y el conflicto sobre el papel de Hirohito durante la guerra, en los meses anteriores e inmediatamente posteriores a su muerte, ver, en general, Norma Field, <I>In the Realm of a Dying Emperor,</I> 1991.    <br> <sup><a name="num192"></a><a href="#nu192">192</a></sup>Kojima Noburu, "Contribution to Peace", en: C. Hosoya <I>et al.</I> (eds.), <I>The Tokyo War Crimes Trial: An International Symposium</I>, s. l., 1986, pp. 69, 78 y 109. Ver, en general, Minear, <I>op. cit.</I> All&iacute; se presenta un ejemplo ampliamente difundido del rechazo a la versi&oacute;n de la historia del Tribunal de Tokio.    <br> <sup><a name="num193"></a><a href="#nu193">193</a></sup>Minear, <I>op. cit.</I>, p. 117 (donde se cita la opini&oacute;n contraria del juez Henri Bernard, quien sosten&iacute;a que la ausencia del emperador "hab&iacute;a sido ciertamente perjudicial para la defensa de los acusados").    <br> <sup><a name="num194"></a><a href="#nu194">194</a></sup>MacArthur estaba fuertemente inclinado a excusar al emperador de todos los cargos por cr&iacute;menes de guerra, sin examinar la evidencia disponible acerca del papel real de Hirohito durante la guerra. Herbert P. Bix, "The Sh&otilde;wa Emperor's <I>Monologue</I> and the Problem of War Responsibility", <I>Journal of Japanese Studies</I>, s. l., No. 18, 1992, pp. 295-329. Talvez la mayor distorsi&oacute;n del tribunal (por subestimarlos) de los cr&iacute;menes de guerra japoneses no fue el negarse a examinar la responsabilidad compartida de Hirohito, sino su exclusi&oacute;n de todas las pruebas relacionadas con el extensivo uso japon&eacute;s de los prisioneros de guerra para experimentaci&oacute;n sobre armas bacteriol&oacute;gicas. Los Estados Unidos, aparentemente, buscaban mantener en secreto estos experimentos para conocer sus resultados e impedir que cayeran en manos de los sovi&eacute;ticos, seg&uacute;n algunas versiones.  B.V. A. R&ouml;ling, <I>op. cit.</I>, pp. 15-18.    <br> <sup><a name="num195"></a><a href="#nu195">195</a></sup>La larga historia de acciones de retaguardia como resistencia a este reconocimiento se halla muy bien narrada en Novick, <I>supra</I> nota 71, <I>op. cit.</I>, pp. 38-39; 260-274; 295-301 y 513-521. Para una formulaci&oacute;n temprana de esta posici&oacute;n, ver Carl L. Becker, <I>Everyman His Own Historian,</I> 1935, pp. 253-254, donde se sostiene: "ni el valor ni la dignidad de la historia necesitan padecer por considerarlo como &#91;...&#93; un patr&oacute;n inestable de cosas recordadas, redise&ntilde;adas y distorsionadas para ajustarse a la conveniencia de quienes lo usan".    <br> <sup><a name="num196"></a><a href="#nu196">196</a></sup>Janet Coleman, <I>Ancient and Medieval Memories: Studies in the Reconstruction of the Past, </I>1992, pp. 276, p. 29; Thomas, <I>supra </I>nota 183, 1. Para un esfuerzo reciente por rehabilitar la visi&oacute;n antigua, ver Michael Oakeshott, "Present, Future, and Past", en: <I>On History and Other Essays</I>, s. l., No. 1, 1983, pp. 7-19.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <sup><a name="num197"></a><a href="#nu197">197</a></sup>Ver el Cap&iacute;tulo 1 en general, "Crime, Consensus , and Solidarity".    <br> <sup><a name="num198"></a><a href="#nu198">198</a></sup>Ver el Cap&iacute;tulo 2 en general, "Solidarity Through Civil Dissensus".</P>  </font>      ]]></body>
</article>
