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</front><body><![CDATA[  <font face="Verdana" size="3">    <p align="center"><b>LA TRAMPA DEL BILATERALISMO</b></p></font>     <p>    <br></p> <font face="Verdana" size="2">    <p align="center"><b>THE TRAP OF BILATERALISM</b></p>     <p>    <br>    <br></p>     <p><i>Germ&aacute;n Uma&ntilde;a Mendoza*</i></p>     <p>* Mag&iacute;ster en Econom&iacute;a, profesor asociado (pensionado) de la Universidad Nacional de Colombia y de la Universidad Externado de Colombia, Bogot&aacute;, Colombia, &#91;<a href="mailto:dario.umana@uexternado.edu.co">dario.umana@uexternado.edu.co</a>&#93;. Trabajo preparado para la Universidad Jorge Tadeo Lozano. Fecha de recepci&oacute;n: 16 de septiembre de 2010, fecha de modificaci&oacute;n: 20 de octubre de 2010, fecha de aceptaci&oacute;n: 21 de octubre de 2010. &nbsp;</p> <hr>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En este escrito se comenta el papel y el alcance de la academia en la toma de decisiones de pol&iacute;tica comercial. Espec&iacute;ficamente sobre lo que llamamos la trampa del bilateralismo, que a menudo se confunde con libre comercio, especialmente en Colombia que, en opini&oacute;n del autor, opt&oacute; por ese camino alej&aacute;ndose cada vez m&aacute;s de una inserci&oacute;n equilibrada, equitativa y sim&eacute;trica en el entorno internacional y en el contexto de la globalizaci&oacute;n econ&oacute;mica.</p>     <p><b>INSUFICIENCIAS DE LA TEOR&Iacute;A CONVENCIONAL PARA LA TOMA DE DECISIONES EN LA GLOBALIZACI&Oacute;N COMERCIAL</b></p>     <p>Una de las principales preocupaciones de los profesores universitarios es ense&ntilde;ar a sus alumnos el comportamiento, la teor&iacute;a y la pr&aacute;ctica del comercio internacional. Infortunadamente, las herramientas te&oacute;ricas usuales s&oacute;lo sirven para explicar parcialmente la econom&iacute;a pol&iacute;tica de las relaciones entre regiones y pa&iacute;ses. Aunque todos parecen estar de acuerdo con esa aseveraci&oacute;n, a veces se crean y difunden, con apoyo de ciertos acad&eacute;micos, dogmas sobre las bondades del libre comercio para justificar decisiones de pol&iacute;tica econ&oacute;mica, como si en realidad tuvieran respaldo en la teor&iacute;a.</p>     <p>Analicemos sucintamente las posiciones m&aacute;s extremas. Seg&uacute;n el planteamiento dominante todos ganan con el libre comercio, porque aunque no se goce de ninguna ventaja absoluta siempre existe la posibilidad de tener ventajas comparativas que llevan a que los pa&iacute;ses se especialicen en aquello que hacen mejor y m&aacute;s competitivamente. Por tanto, se producir&aacute; un crecimiento del comercio mundial y una maximizaci&oacute;n del bienestar en todos los pa&iacute;ses y regiones.</p>     <p>Los enfoques te&oacute;ricos m&aacute;s conocidos parten de unas condiciones de rendimientos decrecientes del capital y funciones de producci&oacute;n iguales para todos los participantes en el comercio; a partir de all&iacute; se proponen explicaciones de su comportamiento.</p>     <p>En primer lugar se encuentra el modelo ricardiano que, a partir del an&aacute;lisis de las ventajas comparativas y de las fronteras de producci&oacute;n nacionales y sus costos de oportunidad, construye una alternativa en la que los pa&iacute;ses o regiones siempre tienen una ventaja comparativa. Mediante la medici&oacute;n de la productividad, tomando el trabajo como un &uacute;nico factor de producci&oacute;n, se llega entonces a la especializaci&oacute;n de cada uno, en la que todos los pa&iacute;ses ganan con el comercio mundial aunque uno de ellos pueda tener desventajas absolutas en la producci&oacute;n de todos los bienes.</p>     <p>Al ser confrontado emp&iacute;ricamente, este modelo sirve para analizar la productividad relativa del trabajo pero tiene limitaciones para explicar, por ejemplo, la diferencia de dotaci&oacute;n de los factores entre los pa&iacute;ses y regiones que conforman la econom&iacute;a mundial.</p>     <p>Las productividades medidas en un &uacute;nico factor de producci&oacute;n, el trabajo, se encuentran afectadas, en principio y en ausencia de otras barreras o factores, &uacute;nicamente por los salarios relativos y los costos de transporte. Este argumento podr&iacute;a reducirse a la siguiente relaci&oacute;n, simplific&aacute;ndola a s&oacute;lo dos pa&iacute;ses:</p>     <p><img src="img/revistas/rei/v12n23/v12n23a13e1.jpg"></p>     <p>donde CT son los costos de transporte, B<sub>1</sub>,..., B<sub>n</sub> los bienes producidos; Al<sub>1</sub>,..., Al<sub>n</sub> el trabajo utilizado por el primer pa&iacute;s y Al<sub>1</sub>*,..., Al<sub>n</sub>* por el segundo; Al<sub>1</sub>/Al<sub>1</sub>* la productividad relativa o costo de oportunidad en t&eacute;rminos de trabajo, y W/W* el salario relativo entre los dos pa&iacute;ses. La ventaja comparativa aparece cuando la cantidad de trabajo utilizada en la producci&oacute;n de un bien en un pa&iacute;s es menor que 1 y lo contrario cuando es mayor. Esto puede variar y una ventaja pasar a ser una desventaja, con cambios en la relaci&oacute;n entre los salarios y en los costos de transporte.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El segundo modelo, conocido como el de las "proporciones factoriales", fue formulado por Hecksher y Ohlin. En su versi&oacute;n m&aacute;s simplificada, tiene en cuenta dos factores: el factor trabajo y otro. Los propietarios de los factores reciben salarios, rentas o ganancias, y el modelo sirve esencialmente para explicar los cambios en la distribuci&oacute;n del ingreso entre los propietarios de los factores. Supone que con el comercio internacional se produce una tendencia a la igualaci&oacute;n de precios de los factores y los salarios relativos entre pa&iacute;ses o regiones, cuando hay funciones de producci&oacute;n iguales en todos los que participan en el comercio.</p>     <p>Su confrontaci&oacute;n emp&iacute;rica ha demostrado su utilidad cuando se mide entre pa&iacute;ses o regiones con amplias diferencias en tecnolog&iacute;a o en las dotaciones relativas de trabajo calificado y no calificado (pa&iacute;ses desarrollados y subdesarrollados). Cuando el comercio internacional se produce entre pa&iacute;ses con similares dotaciones de factores no se cumple (caso t&iacute;pico en las relaciones comerciales entre pa&iacute;ses desarrollados) y da lugar a la "paradoja de Leontief".</p>     <p>Tal vez la conclusi&oacute;n m&aacute;s importante de este modelo tiene que ver con la restricci&oacute;n presupuestal y con que cuando existe comercio internacional, cualquier pa&iacute;s "tiende a exportar los bienes cuya producci&oacute;n es intensiva en los factores" abundantes (Krugman y Obstfeld, 2006, cap. 4, p. 69); por supuesto, siempre que exista una tendencia a la igualaci&oacute;n de los precios y los salarios relativos.</p>     <p>Aritm&eacute;ticamente la deducci&oacute;n es simple. Un pa&iacute;s en econom&iacute;a cerrada produce lo que consume:</p>     <p><img src="img/revistas/rei/v12n23/v12n23a13e2.jpg"></p>     <p>donde C es el consumo, Q la cantidad producida y 1, 2,., n los bienes producidos. Con comercio internacional, la combinaci&oacute;n de lo que consume y produce cada pa&iacute;s puede variar, pero cada pa&iacute;s no puede consumir m&aacute;s de lo que produce: el valor de su consumo debe ser igual al de las cantidades producidas. Para dos bienes ser&iacute;a as&iacute;:</p>     <p><img src="img/revistas/rei/v12n23/v12n23a13e3.jpg"></p>     <p>Entonces:</p>     <p><img src="img/revistas/rei/v12n23/v12n23a13e4.jpg"></p>     <p>Cuando un pa&iacute;s se especializa en la producci&oacute;n del bien 1 porque tiene una mayor dotaci&oacute;n de factores, el lado izquierdo, C<sub>2</sub> - Q<sub>2</sub>, corresponde a las importaciones y el lado derecho a las exportaciones del bien 1 multiplicadas por el precio relativo mundial. La cantidad que puede importar est&aacute; limitada entonces por el monto de las exportaciones. Es decir, tiene la balanza comercial en equilibrio y est&aacute; sujeto a lo que se conoce como "restricci&oacute;n presupuestaria".</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Si hubiera igualaci&oacute;n del precio de los factores con comercio internacional, para el bien que exportamos mejorar&iacute;a el ingreso de los propietarios de ese factor de producci&oacute;n, y lo contrario pasar&iacute;a a los antiguos productores de los bienes que ahora se importan. Ergo, habr&iacute;a profundas consecuencias sobre la distribuci&oacute;n del ingreso.</p>     <p>Esto s&oacute;lo es cierto si se mantienen los supuestos del modelo: tecnolog&iacute;as iguales, los dos pa&iacute;ses producen ambos bienes, los rendimientos son decrecientes sobre el capital, hay un consumidor t&iacute;pico, no hay costos de transporte ni barreras creadas por los gobiernos y existe perfecta sustituibilidad de factores de producci&oacute;n en el corto plazo.</p>     <p>&iquest;C&oacute;mo destapamos una lata de sardinas? Economista: "Supongamos que tenemos un abrelatas". &iquest;C&oacute;mo sustituimos una f&aacute;brica por dinero en el corto plazo? Economista: "Supongamos que el capital es plastilina".</p>     <p>Las limitaciones de los modelos descritos son evidentes. El ricardiano explica diferencias de productividad y el de Hecksher y Ohlin, cambios en la distribuci&oacute;n de la renta si se igualan los precios de los factores en el comercio internacional.</p>     <p>De all&iacute; a formular un modelo est&aacute;ndar s&oacute;lo hay un paso. El equilibrio mundial queda determinado por la oferta relativa mundial, que se encuentra con la oferta relativa de los pa&iacute;ses y, de otro lado, por la demanda relativa mundial. La producci&oacute;n m&aacute;xima se da cuando los precios relativos son tangentes a la frontera de posibilidades de producci&oacute;n de cada pa&iacute;s (los precios nacionales relativos var&iacute;an para tener un precio mundial). En ese caso cada pa&iacute;s se especializa en el bien en que tiene ventaja comparativa y mejor dotaci&oacute;n de un factor. Aumentan la producci&oacute;n y el consumo y el bienestar mundial mejora. Estos resultados solo var&iacute;an cuando cambia la dotaci&oacute;n de factores en un pa&iacute;s.</p>     <p>Sin embargo, hay posiciones te&oacute;ricas contrapuestas. Algunas hablan de tendencias a la convergencia mientras que otras de la divergencia en la distribuci&oacute;n del ingreso mundial.</p>     <p>Los que plantean la convergencia parten de los supuestos de rendimientos constantes a escala y decrecientes sobre el capital, lo que implicar&iacute;a que cuando ciertos pa&iacute;ses y regiones ricos completen sus procesos de acumulaci&oacute;n y tengan un l&iacute;mite al crecimiento de los beneficios, en raz&oacute;n a que las funciones de producci&oacute;n son iguales, se producir&aacute; autom&aacute;ticamente un desplazamiento de las inversiones hacia los pa&iacute;ses y regiones donde son m&aacute;s atractivas las tasas de beneficio y los salarios m&aacute;s bajos. Por lo tanto, los pa&iacute;ses y regiones m&aacute;s pobres reciben nuevas inversiones, aceleran su crecimiento m&aacute;s que los pa&iacute;ses y regiones m&aacute;s ricos, se va cerrando la brecha y se tiende a la convergencia en la distribuci&oacute;n del ingreso.</p>     <p>Los segundos postulan que los rendimientos son constantes a escala y crecientes sobre el capital, las funciones de producci&oacute;n diferentes y, por tanto, que no existen l&iacute;mites a la acumulaci&oacute;n de capital en las regiones, pa&iacute;ses y sectores donde ello ocurre. Nada amerita que se produzca una modificaci&oacute;n en la orientaci&oacute;n de las inversiones hacia las regiones y pa&iacute;ses m&aacute;s pobres, puesto que en los m&aacute;s ricos aumentan la productividad y el capital humano m&aacute;s r&aacute;pidamente que en los dem&aacute;s y, en consecuencia, aumenta la brecha de desarrollo, provocando divergencia en la distribuci&oacute;n del ingreso, y no convergencia. Es en esencia el planteamiento de Gunnar Myrdal, el economista sueco premio Nobel de Econom&iacute;a, que ya en los a&ntilde;os cincuenta plante&oacute; la teor&iacute;a de los c&iacute;rculos virtuosos de los que se beneficiaban los m&aacute;s ricos, y de los c&iacute;rculos viciosos en los pa&iacute;ses y regiones m&aacute;s pobres (Myrdal, 1959).</p>     <p>Esta diferencia, que es sustantiva, llev&oacute; a la formulaci&oacute;n de nuevos modelos del comercio internacional. Es sorprendente: las dos terceras partes del comercio mundial las realizan las multinacionales y la teor&iacute;a se centra en la competencia perfecta. Los avances en la interpretaci&oacute;n te&oacute;rica de la econom&iacute;a internacional se reducen, en los temas de rendimientos crecientes y competencia imperfecta, a los de competencia monopol&iacute;stica y a interpretaciones del comercio interindustrial (competencia perfecta) e intraindustrial (competencia imperfecta). Lo que realmente se sabe es que los precios se establecen a partir del dominio del mercado y de m&aacute;rgenes sobre costos y no por oferta y demanda; con el &uacute;nico l&iacute;mite de la estabilidad o inestabilidad de las estructuras del mercado.</p>     <p>Las normas multilaterales para controlar el abuso de la posici&oacute;n dominante del mercado son en la pr&aacute;ctica d&eacute;biles e inoperantes. S&oacute;lo los pa&iacute;ses desarrollados cuentan con leyes fuertes de defensa de la competencia en sus mercados internos y mecanismos preventivos, y &iquest;por qu&eacute; no?, proteccionistas, como las pol&iacute;ticas antidumping o las pr&aacute;cticas paraarancelarias en cuanto a requisitos sanitarios, calidad o control del bioterrorismo.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Son muchos los desarrollos te&oacute;ricos y matem&aacute;ticos que se han hecho en la teor&iacute;a y en el an&aacute;lisis emp&iacute;rico de la econom&iacute;a. Pero los argumentos esenciales se inscriben en las tendencias descritas, sin que ninguna logre interpretar con certeza lo que pasa en la realidad. Como siempre, los supuestos sirven para explicar parte del fen&oacute;meno y enterarnos de la complejidad. La soluci&oacute;n para algunos acad&eacute;micos es encerrarse en su caja de cristal y profundizar la investigaci&oacute;n sin importar lo que ocurra en la realidad; alg&uacute;n d&iacute;a encontrar&aacute;n la piedra filosofal.</p>     <p>Para otros, es necesario optar por una de las dos interpretaciones, y as&iacute; se convierten en defensores a ultranza de una u otra postura te&oacute;rica y en servidores de la pol&iacute;tica econ&oacute;mica que de ella se deriva. Los m&aacute;s, por fortuna, reconocen la complejidad del mundo real y entienden que &eacute;ste se mueve entre los extremos y que las decisiones de los pa&iacute;ses o las regiones dependen de hombres que, frente a las imperfecciones de los mercados, deben aplicar una interpretaci&oacute;n, pertinente o no, de teor&iacute;as econ&oacute;micas y de hechos pol&iacute;ticos. S&iacute;, de la econom&iacute;a pol&iacute;tica.</p>     <p>En el mundo actual es dif&iacute;cil encontrar un acad&eacute;mico que se manifieste abiertamente contrario a la globalizaci&oacute;n comercial. Sin embargo, la econom&iacute;a pol&iacute;tica de &eacute;sta se encuentra signada por la realidad de la limitada liberalizaci&oacute;n del movimiento internacional de factores y la competencia imperfecta. La mayor cr&iacute;tica que encontramos es la que se refiere a la no igualaci&oacute;n de los precios de los factores debido a las enormes diferencias de recursos de los pa&iacute;ses, las barreras comerciales y las brechas tecnol&oacute;gicas. Y es que es all&iacute; donde se encuentra el meollo del asunto.</p>     <p>Quiz&aacute;s la argumentaci&oacute;n m&aacute;s contundente sobre la correcta interpretaci&oacute;n del libre comercio provenga de la f&iacute;sica de Newton que plantea: las masas m&aacute;s grandes se atraen y cuanto mayor sea la distancia entre &eacute;stas m&aacute;s se debilita el efecto; y las m&aacute;s peque&ntilde;as forman parte de la &oacute;rbita de la masa mayor y m&aacute;s cercana.</p>     <p>En t&eacute;rminos econ&oacute;micos la ecuaci&oacute;n gravitacional ser&iacute;a la siguiente:</p>     <p><img src="img/revistas/rei/v12n23/v12n23a13e5.jpg"></p>     <p>donde A es una constante, T<sub>ij</sub> es el valor del comercio entre el pa&iacute;s i y el pa&iacute;s j, Y<sub>i</sub> es el PIB del pa&iacute;s i, Y<sub>j</sub>, el PIB del pa&iacute;s j y D<sub>ij</sub> la distancia entre los dos pa&iacute;ses" (Krugman y Obsfiel, 2006, cap. 2, 15).</p>     <p>Las limitaciones de este modelo se encuentran dadas por factores tales como los costos de transporte o las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas que se incorporan en los super&iacute;ndices de la ecuaci&oacute;n &#91;6&#93;. Cuando &eacute;stos son iguales a 1, volvemos a la ecuaci&oacute;n &#91;5&#93;.</p>     <p><img src="img/revistas/rei/v12n23/v12n23a13e6.jpg"></p>     <p>Esta ecuaci&oacute;n est&aacute; determinada por aspectos relacionados con la competencia imperfecta, rendimientos crecientes a escala y poder monop&oacute;lico u oligop&oacute;lico, que permiten realizar pr&aacute;cticas anticompetitivas y s&oacute;lo podr&iacute;an ser limitados por normas de control de abuso de posici&oacute;n dominante de mercado o pol&iacute;ticas antidumping.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Otro aspecto que limita la ecuaci&oacute;n es la reglamentaci&oacute;n multilateral o bilateral que se defini&oacute; para el capital conocimiento en forma de monopolio y que se manifiesta en patentes, marcas, indicaciones geogr&aacute;ficas o derechos de autor, lo que ha llevado a la deslocalizaci&oacute;n de la producci&oacute;n por parte de las multinacionales, que aprovechan las condiciones de flexibilizaci&oacute;n laboral en el marco de la globalizaci&oacute;n.</p>     <p>Para los comprometidos hacedores de pol&iacute;tica, apoyados por ciertos grupos de poder, que a su vez se fortalecen con los dogmas que difunden ciertos supuestos representantes de la academia, poco importa que existan pa&iacute;ses que tengan desventajas absolutas en casi todo o en todo, puesto que siempre se tendr&aacute; en algo una menor desventaja que se convierte autom&aacute;ticamente en ventaja comparativa y en justificaci&oacute;n de su tendencia a la especializaci&oacute;n, de manera que se equilibran los precios relativos, se maximiza la producci&oacute;n con los recursos existentes y &eacute;stos se asignan de la mejor manera; en consecuencia, los pa&iacute;ses o regiones mejorar&aacute;n su bienestar y su ingreso como un todo.</p>     <p>Por tanto, no hay camino distinto que el de aceptar el libre comercio, puesto que en cualquier circunstancia maximiza el ingreso mundial y nacional y el bienestar de los pa&iacute;ses. Lo mejor no s&oacute;lo es el libre comercio, sino tambi&eacute;n la desigualdad.</p>     <p>Se desarrollan modelos matem&aacute;ticos de distinto tipo para favorecer a una u otra teor&iacute;a mediante la evidencia emp&iacute;rica, los mismos que hasta ahora s&oacute;lo han demostrado sus limitaciones, bien sean de equilibrio general con rendimientos crecientes o decrecientes, equilibrios parciales, modelos gravitacionales que toman en cuenta las distancias y otros factores.</p>     <p>La verdad es que a pesar de los avances en la teor&iacute;a y en el modelaje econ&oacute;mico, sigue existiendo una profunda brecha entre el conocimiento que tenemos y el que es necesario para explicar integralmente el comportamiento del comercio mundial.</p>     <p>Soy consciente de que esto poco interesa a los te&oacute;ricos de la econom&iacute;a que exponen cada d&iacute;a a la gente com&uacute;n que sus modelos pretenden acercarse a la realidad, pero que no la explican en su conjunto, y hay que partir de una serie de supuestos para lograr una mejor interpretaci&oacute;n.</p>     <p>Pero la econom&iacute;a pol&iacute;tica del comercio internacional nos muestra la existencia de una mayor complejidad anal&iacute;tica en las decisiones de pol&iacute;tica y en sus consecuencias sobre vastos sectores de la poblaci&oacute;n, pues crean nuevas categor&iacute;as de ciudadanos mundo, divididos entre excluidos e incluidos, pa&iacute;ses y regiones subnacionales pobres y ricas y bloques regionales. En ese contexto a unos les va bien y a otros mejor, pero a la mayor&iacute;a la situaci&oacute;n que les ha tocado vivir es cada vez peor. Son los condenados de la tierra de los que habl&oacute; Fanon (1961). De all&iacute; la preocupaci&oacute;n de algunos estudiosos de las ciencias econ&oacute;micas por la econom&iacute;a pol&iacute;tica del comercio internacional y sus consecuencias sobre los actores econ&oacute;micos y sociales.</p>     <p>A los factores internos que explican el comportamiento econ&oacute;mico de una sociedad (p. ej., el sistema pol&iacute;tico, sus instituciones, la cultura, el empleo, la distribuci&oacute;n de la riqueza, la dotaci&oacute;n de recursos, la sostenibilidad del desarrollo y tantas otras cosas m&aacute;s) se unen los que tienen que ver con las condiciones de la internacionalizaci&oacute;n y la globalizaci&oacute;n. No es verdad que seamos necesariamente jugadores globales, ni que no tengamos historia, ni que todo en la vida es econom&iacute;a. Las consecuencias de las decisiones que se tomen sobre la globalizaci&oacute;n ser&aacute;n diferentes para diversos grupos sociales y tambi&eacute;n para los bloques de pa&iacute;ses, las naciones y las regiones subnacionales.</p>     <p>La complejidad de las relaciones sociales de producci&oacute;n internacionales lleva a la siguiente reflexi&oacute;n: si el libre comercio es libre circulaci&oacute;n de factores en competencia perfecta, con el resultado final del equilibrio, que incluye la de bienes, servicios, inversiones, capital conocimiento y personas, y si se encuentra que la teor&iacute;a profundiza en las limitaciones que existen en la realidad, y en muchas circunstancias, como en los modelos descritos, nos limitamos al an&aacute;lisis de la circulaci&oacute;n de mercanc&iacute;as, es posible que cuando incursionemos en la pr&aacute;ctica de definir la arquitectura de los acuerdos internacionales comerciales que se desarrollen, multilaterales (OMC) o bilaterales (TLC), encontremos que el "remedio" del "libre comercio" aparente resulta para la liberalizaci&oacute;n real de los factores peor que la enfermedad. Si, por ejemplo resultara, como es cierto, que los acuerdos sobre propiedad intelectual alejan a los pa&iacute;ses en desarrollo de la apropiaci&oacute;n libre del conocimiento, de la ciencia y la tecnolog&iacute;a, de la innovaci&oacute;n, y que la seguridad infinita a las inversiones hace a veces negativo el flujo de recursos recibidos y entregados por los pa&iacute;ses receptores de inversi&oacute;n extranjera, &iquest;por qu&eacute; siempre nos proponen que cualquier acuerdo comercial es el camino correcto hacia nuestra inserci&oacute;n en el entorno internacional?</p>     <p>Para algunos economistas ideologizados la multilateralidad es igual que la plurilateralidad o la bilateralidad; consideran que objetivos de integraci&oacute;n como los de las uniones pol&iacute;ticas, monetarias y de mercado com&uacute;n son lo mismo que los acuerdos de liberalizaci&oacute;n de factores, que lo esencial es abrirse al mundo, no importa c&oacute;mo; despu&eacute;s, esa decisi&oacute;n econ&oacute;mica traer&aacute; r&iacute;os de leche y miel. Lo desconcertante de esa posici&oacute;n es que s&oacute;lo piensan as&iacute; algunos de los pol&iacute;ticos y sus amanuenses econ&oacute;micos del mundo en desarrollo. Los dem&aacute;s creen en el juego asim&eacute;trico del comercio y de acuerdo con ello toman sus decisiones.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Desde finales de la Segunda Guerra Mundial, en el marco de la conferencia de Bretton Woods se pretendi&oacute; crear la instituci&oacute;n multilateral de libre comercio, la Organizaci&oacute;n Internacional del Comercio (OIC), que nunca funcion&oacute; por la oposici&oacute;n a su ratificaci&oacute;n de los sectores m&aacute;s poderosos y retardatarios del Congreso norteamericano: agricultores, capital industrial nacional y sindicatos. En 1947 se cre&oacute; como sustituto el Acuerdo General de Aranceles y Tarifas (GATT) que funcion&oacute; durante casi medio siglo, hasta 1995, sin car&aacute;cter vinculante y sin ning&uacute;n poder real de hacer cumplir las decisiones que all&iacute; se defin&iacute;an. S&oacute;lo con la OMC y ante la importancia atribuida en la Ronda Uruguay a los temas de propiedad intelectual y servicios, financieros, de informaci&oacute;n y telecomunicaciones, se lleg&oacute; a una instituci&oacute;n global, multilateral, vinculante en lo que se negoci&oacute; y con mecanismos objetivos de soluci&oacute;n de diferencias.</p>     <p>Sin embargo, los avances respecto del libre comercio son muy limitados, como veremos m&aacute;s adelante, y las preguntas son muchas. &iquest;Evolucionamos en la realidad hacia la libre circulaci&oacute;n de mercanc&iacute;as, servicios, capitales y personas? &iquest;C&oacute;mo influyen las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas? &iquest;Son adecuados los mecanismos de seguridad jur&iacute;dica en la soluci&oacute;n de diferencias? &iquest;C&oacute;mo se controlan las pr&aacute;cticas anticompetitivas y el abuso de las posiciones dominantes de mercado? &iquest;Por qu&eacute; privatizar la propiedad intelectual, las patentes, las marcas y los derechos de autor? &iquest;Qu&eacute; es lo que en verdad denominan libre comercio? La respuesta a estas preguntas es tambi&eacute;n limitada, y preocupante. Los desarrollos multilaterales en esa materia tienen profundas contradicciones con la libre circulaci&oacute;n de factores y con la competencia leal, hasta el punto de constituirse en muchos aspectos en falacias que nada tienen que ver con un comercio internacional abierto y competitivo.</p>     <p>Por tanto, los grados de libertad para tomar las decisiones acerca de c&oacute;mo insertarnos en la globalizaci&oacute;n son muchos y est&aacute;n determinados por la econom&iacute;a y la pol&iacute;tica. Por supuesto, la interpretaci&oacute;n de la realidad es compleja, y no pretendo conocer la verdad. S&oacute;lo perm&iacute;taseme hacer algunos aportes al an&aacute;lisis.</p>     <p><b>LA GLOBALIZACI&Oacute;N COMERCIAL EN EL MUNDO REAL</b></p>     <p>La l&oacute;gica comercial est&aacute; signada en lo multilateral por los avances (&iquest;o retrocesos?) que se produjeron en la Ronda Uruguay del GATT, que finaliz&oacute; en 1994 y dio paso a la Organizaci&oacute;n Mundial del Comercio que funciona desde enero de 1995.</p>     <p>Esta l&oacute;gica dot&oacute; de un marco de referencia a las relaciones multilaterales en lo pertinente a la liberalizaci&oacute;n de factores, disciplinas y "seguridad jur&iacute;dica". Tambi&eacute;n profundiz&oacute; la brecha y las asimetr&iacute;as entre los pa&iacute;ses y regiones que poseen el conocimiento y los que no. Incluye todo lo que se refiere a la circulaci&oacute;n de bienes y servicios, propiedad intelectual, pol&iacute;ticas p&uacute;blicas relacionadas con el Estado y soluci&oacute;n de diferencias.</p>     <p>El logro principal es la imposici&oacute;n de l&iacute;mites multilaterales superiores (<i>stand-still</i>) a la libertad de las naciones para restringir el comercio, pero es indudable que falta mucho por hacer. Tambi&eacute;n se legaliz&oacute; la m&aacute;s grande barrera a la libre circulaci&oacute;n de factores, convirtiendo el desarrollo cient&iacute;fico y tecnol&oacute;gico en propiedad privada y norm&aacute;ndolo en todo lo que se conoce como propiedad intelectual. Por supuesto, la liberalizaci&oacute;n del factor trabajo es pr&aacute;cticamente inexistente.</p>     <p>Estos l&iacute;mites se plasmaron en la aplicaci&oacute;n de los principios contenidos en las cl&aacute;usulas de naci&oacute;n m&aacute;s favorecida y de trato nacional, y en la definici&oacute;n de mecanismos de soluci&oacute;n de diferencias de car&aacute;cter vinculante para todo aquello que ha sido negociado. <i>Stricto sensu</i>, podr&iacute;a decirse que cualquier concesi&oacute;n adicional que se hiciese ser&iacute;a inmediatamente transferida a todos los pa&iacute;ses y regiones del mundo.</p>     <p>Pero no, eso no es cierto, se crean de inmediato excepciones a estos principios y con base en ello se empieza a promover el regionalismo. Esta tendencia parece ser la dominante en Europa y Latinoam&eacute;rica.</p>     <p><b>L<small>A UNI&Oacute;N EUROPEA</small></b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El &eacute;xito de la Uni&oacute;n Europea fue haber logrado al mismo tiempo combinar la definici&oacute;n de una zona de libre comercio con una avanzada libertad en la circulaci&oacute;n bienes, servicios y personas, la definici&oacute;n de pol&iacute;ticas externas comunes en diferentes materias, los progresos en la convergencia macroecon&oacute;mica, la definici&oacute;n de una pol&iacute;tica monetaria &uacute;nica y la adopci&oacute;n de una moneda com&uacute;n. Esto parec&iacute;a servir en bandeja la anhelada uni&oacute;n pol&iacute;tica del Viejo Continente y el logro de una pol&iacute;tica externa com&uacute;n.</p>     <p>Hoy, muchos de estos avances est&aacute;n en entredicho por las dificultades que se enfrentan debido a la ampliaci&oacute;n a los pa&iacute;ses ex socialistas, la posible incorporaci&oacute;n de Turqu&iacute;a y el resurgimiento de la xenofobia, as&iacute; como por la aparente insostenibilidad del modelo de bienestar derivado de los bajo niveles de crecimiento y productividad del Viejo Continente.</p>     <p>A lo anterior se suman los efectos de la crisis mundial sobre toda la Uni&oacute;n Europea, con aumentos impensables en los d&eacute;ficit fiscales y las tasas de desempleo, que se manifestaron en primer t&eacute;rmino en las crisis de Grecia, Espa&ntilde;a y Portugal, pero con alto riesgo de contagio a otros pa&iacute;ses. La pregunta sustantiva es: &iquest;qu&eacute; pasar&aacute; con el euro y con toda la pol&iacute;tica monetaria com&uacute;n?</p>     <p><b>L<small>ATINOAM&Eacute;RICA</small></b></p>     <p>En Latinoam&eacute;rica se pretendi&oacute; seguir estas orientaciones: la creaci&oacute;n de la Asociaci&oacute;n Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), con el objetivo de llegar a un mercado com&uacute;n. Vano intento. Fue sustituida por nuevas asociaciones m&aacute;s peque&ntilde;as, que pretenden hacer lo mismo: Mercosur, Comunidad Andina, asociaciones complementadas por el Mercado Com&uacute;n Centroamericano, creado en 1958, dos a&ntilde;os antes de la creaci&oacute;n de la ALALC. Todas ellas intentos fallidos, con excepci&oacute;n del Mercosur que presenta una d&eacute;bil consolidaci&oacute;n. La ALALC se debilit&oacute; institucionalmente, transform&aacute;ndose en una d&eacute;bil alternativa de promoci&oacute;n del libre comercio al ser reemplazada por la Asociaci&oacute;n Latinoamericana de Integraci&oacute;n (ALADI).</p>     <p>La fragilidad de los esquemas de integraci&oacute;n se une a un voluntarismo pol&iacute;tico, marcado por cumbres presidenciales sin ning&uacute;n poder de decisi&oacute;n sobre las tecnocracias que nunca o casi nunca cumplen las decisiones presidenciales, puesto que en la mayor&iacute;a de los casos representan los intereses de ciertos grupos econ&oacute;micos que no tienen problemas en negar los mandatos pol&iacute;ticos. El resultado es su falta de credibilidad en las sociedades al interior de los pa&iacute;ses, lo que se manifiesta l&oacute;gicamente en la b&uacute;squeda de nuevas alternativas.</p>     <p><b>L<small>AS PREFERENCIAS UNILATERALES Y EL SISTEMA GENERALIZADO DE PREFERENCIAS</small></b></p>     <p>Por su parte, los pa&iacute;ses desarrollados basaron sus estrategias comerciales con respecto a los pa&iacute;ses en desarrollo en el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), un esquema de bajo costo pues es solamente arancelario o de preferencias unilaterales, producto de compromisos extra&ntilde;os a la normatividad comercial, como los de cumplimiento del principio de responsabilidad compartida en la lucha contra el flagelo universal de las drogas.</p>     <p>Estos &uacute;ltimos fueron al principio una profundizaci&oacute;n de las prebendas arancelarias del SGP, pero a medida que evolucionaban se convirtieron en maneras de exigir e imponer condiciones crecientes a los pa&iacute;ses que aparentemente se beneficiaban, tanto en lo pol&iacute;tico como en lo econ&oacute;mico y comercial, especialmente en los temas de propiedad intelectual y de las cl&aacute;usulas sociales (lo laboral y lo ambiental), as&iacute; como en las compras del Estado, constituy&eacute;ndose en una forma subrepticia de comprometer la independencia de esos pa&iacute;ses en los foros multilaterales.</p>     <p>La discrecionalidad aplicada por los pa&iacute;ses desarrollados no solo crea nuevas asimetr&iacute;as entre los pa&iacute;ses en desarrollo, sino una suerte de competencia entre los que aspiran a recibir las preferencias para acercarse m&aacute;s a las condiciones impuestas. La evoluci&oacute;n l&oacute;gica es que son estos &uacute;ltimos los que se denuncian entre ellos en las instancias multilaterales, y el resultado es el debilitamiento de los esquemas preferenciales descritos.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Basta recordar a este respecto la denuncia del SGP Droga, cuando la Uni&oacute;n Europea incluy&oacute; en estas preferencias a Pakist&aacute;n en pago de la intervenci&oacute;n a su favor en la guerra de Afganist&aacute;n e, inmediatamente, India cuestion&oacute; el sistema con el apoyo de otros pa&iacute;ses en desarrollo que no reciben las preferencias. Se cae el SGP Droga en el &Oacute;rgano de Soluci&oacute;n de diferencias de la OMC. La UE aprovecha esta circunstancia para reformular su sistema y exigir el cumplimiento de nuevas condiciones para disfrutar de un SGP Especial que reemplazar&aacute; al SGP Droga, que se aplicar&iacute;a a todos los pa&iacute;ses que cumplan ciertos indicadores econ&oacute;micos que los clasifiquen como pa&iacute;ses en desarrollo. Eso s&iacute;, siempre y cuando los que quieran beneficiarse se comprometan a someterse a las certificaciones bilaterales en diferentes materias, notablemente en lo pertinente a las legislaciones y al cumplimiento efectivo de los acuerdos internacionales ambientales y laborales. En forma unilateral se introduce el tema del dumping social que hasta entonces no se hab&iacute;a podido incluir en el marco de los prop&oacute;sitos de negociaci&oacute;n en la primera Ronda, la del Desarrollo (a&uacute;n no s&eacute; si su nombre es una iron&iacute;a o un sarcasmo), de la OIC.</p>     <p>Estados Unidos aplica este mismo concepto en esquemas como el ATPDEA, concedidos a los pa&iacute;ses andinos o a los centroamericanos o africanos, pero sus intereses en cuanto a las condicionalidades incluidas son m&aacute;s variados e impuestos a la carta. En general, est&aacute;n dirigidos a asegurar el apoyo a la pol&iacute;tica estadounidense en los foros multilaterales y, en particular, a imponer nuevas y crecientes condiciones en materia de compras del Estado, propiedad intelectual y soluci&oacute;n de controversias cuando se afecten sus intereses de inversi&oacute;n en los pa&iacute;ses que reciben las preferencias.</p>     <p>Es obvio que en la situaci&oacute;n descrita (crisis en los avances multilaterales, en las propuestas de integraci&oacute;n profunda como las de la Uni&oacute;n Europea y las latinoamericanas, y en las de las preferencias, mal llamadas unilaterales) el escenario se encuentra servido para el desarrollo del bilateralismo.</p>     <p><b>L<small>OS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO Y LOS ACUERDOS DE ASOCIACI&Oacute;N ENTRE PA&Iacute;SES DESARROLLADOS Y EN DESARROLLO</small></b></p>     <p>Antes de finalizar la Ronda Uruguay del GATT y de constituirse la OMC en 1995, ya M&eacute;xico hab&iacute;a firmado el NAFTA o TCLAN. Este tratado iba m&aacute;s all&aacute; de los compromisos suscritos en el marco multilateral, en los temas de protecci&oacute;n a las inversiones y a la propiedad intelectual. Para estos temas se definieron sistemas de soluci&oacute;n de controversias que no contemplaban la creaci&oacute;n de tribunales plurilaterales o interestatales, sino simplemente la utilizaci&oacute;n de mecanismos de arbitraje (como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, CIADI, creado por el Banco Mundial), conformados por panelistas que obedecen exclusivamente a intereses privados, no estatales, y con un sesgo meritocr&aacute;tico, cuyos laudos son de obligatorio cumplimiento para los pa&iacute;ses que forman parte del Tratado.</p>     <p>En dicho tratado tambi&eacute;n se incluyeron las denominadas cl&aacute;usulas sociales en materia laboral y ambiental, que no hacen otra cosa que pretender, tal y como fueron negociadas, vincular lo comercial, lo laboral y lo ambiental con mecanismos de protecci&oacute;n a los trabajadores de los pa&iacute;ses desarrollados, y con sanciones bilaterales en el caso de violaciones a los convenios de la OIT o a los acuerdos sobre medio ambiente o desarrollo sostenible.</p>     <p>El fracasado Acuerdo de Libre Comercio para las Am&eacute;ricas (ALCA) no tuvo motivo distinto que imponer a toda Latinoam&eacute;rica lo que ya hab&iacute;a sido suscrito por Canad&aacute; y Estados Unidos con M&eacute;xico, y entre Chile y Estados Unidos, en las materias descritas: inversiones, propiedad intelectual y cl&aacute;usulas sociales.</p>     <p>Fracasadas las negociaciones del ALCA por la negativa de Brasil, con el Mercosur como un todo y Venezuela, los pa&iacute;ses centroamericanos y la CAN (sin Venezuela, que no se beneficiaba del ATPDEA) solicitaron negociar tratados bilaterales, puesto que Estados Unidos amenazaba con eliminar las preferencias unilaterales, bajo las cuales los Estados receptores ya hab&iacute;an aceptado m&uacute;ltiples condicionalidades. Se propuso de inmediato realizar negociaciones bilaterales que, en lo esencial, incorporan los temas de inter&eacute;s de los pa&iacute;ses desarrollados en materia de seguridad jur&iacute;dica para sus inversiones y sus inversionistas y, por otra parte, no se incluyeron los aspectos fundamentales de la liberalizaci&oacute;n mayor del comercio en materia de bienes y servicios, habitualmente con la disculpa de que eso debe enmarcarse en un contexto general y multilateral.</p>     <p><b>Y LLEGAMOS A LA "TRAMPA BILATERAL"</b></p>     <p>Para analizar este tema basta examinar los alcances del multilateralismo en lo que se conoce como libre comercio en el nuevo marco institucional y normativo de la OMC.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>L<small>A INVERSI&Oacute;N EXTRANJERA DIRECTA EN BIENES, SERVICIOS Y CAPITAL DE PORTAFOLIO</small></b></p>     <p>Veamos en primer lugar el tema de las inversiones. Si a un biso&ntilde;o profesor universitario de econom&iacute;a internacional le preguntaran c&oacute;mo se divide este tema, &aacute;gilmente contestar&iacute;a: en inversi&oacute;n extranjera directa en sectores productores de bienes y servicios, en capital de portafolio y en capital conocimiento. Si a ese mismo profesor le preguntaran: &iquest;cu&aacute;les son los l&iacute;mites para que funcione correctamente el libre flujo de inversiones?, responder&iacute;a con propiedad: debe existir seguridad jur&iacute;dica, evitando las pr&aacute;cticas de expropiaci&oacute;n o la violaci&oacute;n de los principios de trato nacional a los inversionistas extranjeros, as&iacute; como la aplicaci&oacute;n de la cl&aacute;usula de naci&oacute;n m&aacute;s favorecida para los dem&aacute;s.</p>     <p>Pero, algunos maestros m&aacute;s suspicaces, especialmente los mayores, recordar&aacute;n que existe la competencia imperfecta y dir&aacute;n: no hay que olvidar que adem&aacute;s debe existir un papel muy importante del gobierno y de las normas multilaterales que conduzca a evitar el abuso de las posiciones dominantes de mercado cuando existan monopolios u oligopolios.</p>     <p>Es la introducci&oacute;n de la teor&iacute;a regulacionista, las comisiones independientes de control. En fin, una normativa de competencia desarrollada y perfeccionada, as&iacute; como de control de otras formas de competencia desleal tales como el dumping, que son consecuencia de los rendimientos crecientes a escala y del poder monop&oacute;lico u oligop&oacute;lico que de ellos se derivan.</p>     <p>En general, en el marco multilateral existe libre circulaci&oacute;n de capitales. Sin embargo, ante la ausencia de una normativa multilateral consistente y fuerte, en los pa&iacute;ses se producen pr&aacute;cticas de control de capitales, exigencias de requisitos de desempe&ntilde;o (pol&iacute;ticas p&uacute;blicas) para la inversi&oacute;n extranjera, y no se ha normado y convertido en vinculante una legislaci&oacute;n que d&eacute; una real seguridad jur&iacute;dica a los inversionistas.</p>     <p>Todo ello pretendi&oacute; solucionar la OCDE con la conocida propuesta del acuerdo multilateral de inversiones (AMI), a la cual se opusieron los principales pa&iacute;ses en desarrollo (China, India, Brasil) y, notablemente, el Consejo Ecum&eacute;nico de las Iglesias. Como esta propuesta no pudo fructificar, se pas&oacute; a los tratados de protecci&oacute;n de inversiones (TPI) bilaterales y a la creaci&oacute;n del CIADI, patrocinado por el Banco Mundial, para resolver las controversias que pudiesen presentarse en esta materia.</p>     <p>Y, eureka, estos tratados bilaterales lograron dos objetivos: el libre flujo de inversiones y, adem&aacute;s, la eliminaci&oacute;n de las restricciones as&iacute; como comprometer jur&iacute;dicamente a los pa&iacute;ses mediante mecanismos de soluci&oacute;n de diferencias de car&aacute;cter vinculante y obligatorio. En estos convenios se renuncia parcial o totalmente a ejercer pr&aacute;cticas de control de capitales, y a discriminar entre inversionistas nacionales y extranjeros, se protege la inversi&oacute;n extranjera de cambios legislativos futuros, se fijan reglas con respecto a la jurisdicci&oacute;n de la soluci&oacute;n de las diferencias, habitualmente en el CIADI, al igual que se protege la tentativa de sospecha de realizar una inversi&oacute;n con el principio de preestablecimiento, que blinda contra los cambios en las legislaciones nacionales a los inversionistas potenciales que visitan a un pa&iacute;s con cualquier propuesta de proyecto espurio.</p>     <p>Pero, eso s&iacute;, no existen compromisos bilaterales conjuntos que permitan apelar a las legislaciones (esas s&iacute; fuertes en materia de control de abusos en la competencia) de los pa&iacute;ses sede de las casas matrices de las multinacionales que se encuentran en la posibilidad de ejercer pr&aacute;cticas anticompetitivas de precios, por su poder monop&oacute;lico u oligop&oacute;lico. Adem&aacute;s y habitualmente, se remplaza el poder pol&iacute;tico de los antiguos inversionistas nacionales por el de las multinacionales. Las legislaciones nacionales de competencia son para muchos de los pa&iacute;ses en desarrollo, al momento de suscribirse los tratados, d&eacute;biles e insuficientes, y despu&eacute;s no pueden ser modificadas porque no s&oacute;lo se firman las normas de protecci&oacute;n sino tambi&eacute;n normas relativas a lo definido como menoscabo o anulaci&oacute;n de los beneficios y a la expropiaci&oacute;n indirecta, lo que vuelve permanente la legislaci&oacute;n favorable a esas empresas y las protege casi que contra cualquier cambio en las legislaciones.</p>     <p>Adem&aacute;s, ya no hace parte del &aacute;mbito de estos tratados exclusivamente la inversi&oacute;n extranjera directa en la producci&oacute;n de bienes, sino que se incluye la correspondiente a servicios, capital de portafolio, capital conocimiento e, inclusive, la deuda externa. Y, para que no quepa la menor duda sobre la protecci&oacute;n total al inversionista, se elimina la posibilidad de apelar a la cl&aacute;usula de salvaguardia por balanza de pagos que, por l&oacute;gica prevenci&oacute;n ante graves crisis, se inclu&iacute;a en cualquier tratado internacional.</p>     <p><b>L<small>A INVERSI&Oacute;N EN CAPITAL CONOCIMIENTO</small></b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>De otra parte y en materia de capital conocimiento, como producto de la Ronda Uruguay y en la Organizaci&oacute;n Mundial del Comercio, se elevaron a la categor&iacute;a de acuerdos comerciales muchas de las normas de los convenios de Par&iacute;s y de Berna sobre propiedad intelectual, adicionando en los derechos de autor todo lo relativo a bases de datos y software, as&iacute; como las industrias culturales. Tambi&eacute;n se establecieron plazos m&iacute;nimos de protecci&oacute;n, entre otras cosas, para las patentes (20 a&ntilde;os) y los derechos de autor (50 a&ntilde;os), y se definieron las normas para la soluci&oacute;n de controversias que sobre estos acuerdos se presentaran.</p>     <p>No se necesita ser muy perspicaz para saber que estos plazos de monopolio van en detrimento de la libre circulaci&oacute;n del capital conocimiento. Son los pa&iacute;ses desarrollados los poseedores de m&aacute;s del 95% de las patentes, y en cuanto a las industrias culturales y de la informaci&oacute;n no s&oacute;lo son los m&aacute;s poderosos sino que hoy son &eacute;stas las de m&aacute;s r&aacute;pido crecimiento en el contexto global.</p>     <p>Despu&eacute;s de la Ronda Uruguay, en la Declaraci&oacute;n de Doha se lograron avances para clarificar que las crisis de la salud p&uacute;blica de la poblaci&oacute;n est&aacute;n por encima de los derechos de propiedad intelectual y se propusieron mecanismos para incorporar estos logros en el marco jur&iacute;dico multilateral.</p>     <p>Vana ilusi&oacute;n. Desafortunadamente, en los tratados bilaterales esto se niega y en la pr&aacute;ctica no s&oacute;lo se ampl&iacute;an los plazos para la patentabilidad, sino que se da mayor protecci&oacute;n a las multinacionales farmac&eacute;uticas y agroqu&iacute;micas en los datos de prueba, se permite patentar las variedades vegetales y animales, se ampl&iacute;an los derechos de autor para las industrias culturales y de la informaci&oacute;n, se refuerzan las normas de control a la pirater&iacute;a, se permite patentar productos obtenidos a partir de la biodiversidad y tantas otras cosas m&aacute;s.</p>     <p>Por supuesto, en temas como la protecci&oacute;n a los conocimientos tradicionales y a la biodiversidad no se protegen los intereses de los pa&iacute;ses en desarrollo. Es decir, hay toda la permisividad y una ausencia absoluta de sanciones para aquellos que ejercen la biopirater&iacute;a.</p>     <p>Dos ejemplos ratifican lo afirmado:</p>     <blockquote>      <p>En el caso del TLC Chile-Estados Unidos se suscribieron normas ADPIC plus. Las partes buscaban fortalecer los niveles de protecci&oacute;n a partir de las bases establecidas por los tratados internacionales, en particular a partir de los est&aacute;ndares ADPIC.</p>      <p>En los ADPIC plus del TLC Chile-Estados Unidos se incluyeron diversas &aacute;reas. La suscripci&oacute;n de convenios internacionales, en la que Chile cedi&oacute; en su obligaci&oacute;n de ratificar varios acuerdos como el del Acta de la Uni&oacute;n para la Protecci&oacute;n de Obtenciones Vegetales (UPOV, 1991), la Convenci&oacute;n de Bruselas, relacionada con la distribuci&oacute;n de programas portadores de se&ntilde;ales de sat&eacute;lite, y el controversial Acuerdo de Cooperaci&oacute;n en Materia de Patentes (PCT). La ampliaci&oacute;n de plazos de patentes y el establecimiento de patentes para las plantas y de sanciones disuasivas contra la pirater&iacute;a y la falsificaci&oacute;n dolosa. Tambi&eacute;n cedi&oacute; en aspectos relacionados con los derechos de autor 3. Acept&oacute; implementar medidas que hagan efectivos los derechos en Internet, como el reconocimiento de los derechos exclusivos de autores, escritores y compositores a poner sus obras <i>on-line</i>; la ampliaci&oacute;n de los t&eacute;rminos de protecci&oacute;n de obras y fonogramas para asemejarlos a los est&aacute;ndares estadounidenses, y el compromiso gubernamental de no usar <i>software</i> ilegal. Tambi&eacute;n incluy&oacute; la concesi&oacute;n del trato nacional sin excepciones para productos digitales y la definici&oacute;n de condiciones para asegurar la resoluci&oacute;n de disputas en materia de nombres de dominio y prevenir la pirater&iacute;a de marcas en el ciberespacio.</p>      <p>En materia de patentes se exigi&oacute; ampliar el t&eacute;rmino de protecci&oacute;n como compensaci&oacute;n a la tardanza administrativa injustificada para otorgar la patente, situaci&oacute;n que la legislaci&oacute;n chilena considera como un simple ajuste de t&eacute;rminos, siguiendo en esta forma los est&aacute;ndares estadounidenses y rebasando los par&aacute;metros ADPIC. Se restringi&oacute; la concesi&oacute;n de licencias obligatorias y se establecieron procedimientos que limitan la introducci&oacute;n de gen&eacute;ricos.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Chile tambi&eacute;n acept&oacute; limitar el uso de informaci&oacute;n no divulgada acerca de materias farmac&eacute;uticas patentables, por ejemplo, la que se recibe cuando se otorgan registros sanitarios. La protecci&oacute;n de la informaci&oacute;n no divulgada en el caso de productos farmac&eacute;uticos y agroqu&iacute;micos que se exige es muy estricta (Uma&ntilde;a, 2004, 80 y 81).</p> </blockquote>     <p>El segundo ejemplo se refiera al CAFTA, ratificado por el Congreso norteamericano:</p>     <blockquote>      <p>El emotivo pronunciamiento del negociador norteamericano, el se&ntilde;or Zoellick, sobre el resultado de las negociaciones en materia de propiedad intelectual con Centroam&eacute;rica lo resume todo: protecci&oacute;n y trato no discriminatorio para los productos digitales de Estados Unidos: software, m&uacute;sica, textos y videos; protecci&oacute;n a los productos y marcas patentadas, y fortalecimiento de los secretos industriales. En la negociaci&oacute;n se acord&oacute; la inserci&oacute;n progresiva de los pa&iacute;ses a los diferentes acuerdos internacionales (Zoellick, 2003).</p>      <p>Tambi&eacute;n se acord&oacute; extender la vigencia de las patentes farmac&eacute;uticas m&aacute;s all&aacute; de veinte a&ntilde;os, impedir el registro (o autorizaci&oacute;n de comercializaci&oacute;n) de los medicamentos gen&eacute;ricos si ya hay registrada una versi&oacute;n patentada del producto en el pa&iacute;s. As&iacute; mismo, los pa&iacute;ses centroamericanos se comprometieron a otorgar derechos adicionales de exclusividad de mercado y a prohibir que las autoridades farmac&eacute;uticas usen los datos originales de las pruebas farmac&eacute;uticas, que son necesarios para el registro de medicamentos gen&eacute;ricos -lo que se conoce como exclusividad de datos (Limit Data Exclusivity )-, y a limitar la entrada y la competencia de gen&eacute;ricos.</p>      <p>Las disposiciones relativas al registro o autorizaci&oacute;n de comercializaci&oacute;n son igualmente exigentes. Si un medicamento no est&aacute; registrado en alguno de los pa&iacute;ses de la regi&oacute;n, con las normas del CAFTA, el registro de gen&eacute;ricos se prohibir&aacute; durante cinco a&ntilde;os, incluso si el medicamento no est&aacute; patentado, y hasta el final de la vigencia de la patente si est&aacute; patentado. A diferencia de lo que sucede con las patentes, caso en el que las autoridades pueden compensar mediante la emisi&oacute;n de licencias obligatorias, no hay ning&uacute;n mecanismo de salvaguardia para las disposiciones que limitan el registro farmac&eacute;utico (Uma&ntilde;a, 2004, 81 y 82).</p> </blockquote>     <p>Como si lo anterior fuera poco, se reforzaron las normas jur&iacute;dicas internas y la soluci&oacute;n de controversias internacional para controlar los acuerdos firmados bilateralmente, al tiempo que no se fortalecieron las normas de competencia para evitar los abusos de posici&oacute;n dominante; y si se hiciese en el futuro, este hecho pudiera ser considerado como un menoscabo a las leg&iacute;timas expectativas de beneficio de los poseedores de la propiedad intelectual, sujeto a sanciones vinculantes en la normativa internacional.</p>     <p><b>L<small>OS SERVICIOS</small></b></p>     <p>El tema de servicios es relativamente novedoso en lo que se refiere a su liberalizaci&oacute;n en el comercio internacional, y s&oacute;lo hay avances en ciertos aspectos, como los relativos a servicios financieros y de telecomunicaciones, que son de inter&eacute;s para los pa&iacute;ses desarrollados.</p>     <blockquote>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los servicios no eran tema de las negociaciones comerciales hasta hace poco, porque se consideraba que no eran comercializables en los mercados internacionales. Por la falta de un marco te&oacute;rico y el car&aacute;cter regulador de las barreras al comercio de servicios, se pensaba que los servicios eran de competencia exclusiva de las naciones y que estaban fuera del &aacute;mbito del GATT. Esta visi&oacute;n se empez&oacute; a transformar en los a&ntilde;os setenta, cuando se hizo evidente que la diversidad de marcos reguladores nacionales aumentaba los costos de transacci&oacute;n de las multinacionales y que las limitaciones a las transacciones internacionales de servicios financieros y de telecomunicaciones reduc&iacute;an los m&aacute;rgenes de beneficios de las multinacionales. Esto llev&oacute; a que Estados Unidos y los pa&iacute;ses europeos propusieran la introducci&oacute;n de los servicios en las negociaciones de la Ronda Uruguay (Uma&ntilde;a, 2004, 137).</p> </blockquote>     <p>Y, por supuesto, as&iacute; se incluy&oacute; aunque con avances relativamente pobres de liberalizaci&oacute;n y determinaci&oacute;n de reglas y est&aacute;ndares en estas materias.</p>     <p>En los tratados bilaterales, en el tema relativo a los servicios, tanto en las compras del sector p&uacute;blico como en servicios personales y empresariales (Modo 4), el punto esencial de la liberalizaci&oacute;n ser&iacute;a el de lograr un acceso real y sin ninguna restricci&oacute;n a los mercados. Sin embargo, como resultado para los pa&iacute;ses desarrollados y en este caso para Estados Unidos, se aceptan m&uacute;ltiples excepciones geogr&aacute;ficas y administrativas, sin ocurrir lo mismo para sus contrapartes. En compras p&uacute;blicas y en los diferentes acuerdos bilaterales, se permite que Estados Unidos excluya de sus compromisos a los estados de la Uni&oacute;n, mientras que sus contrapartes negocian como estados unitarios, lo que resulta evidentemente asim&eacute;trico a favor del m&aacute;s poderoso.</p>     <p>Adem&aacute;s, se determina que las inversiones en servicios no tienen un cap&iacute;tulo especial sino que migran al tratamiento de la normativa general, por lo que se renuncia a la aplicaci&oacute;n de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas en todo aquello que se encuentra establecido en la normativa multilateral.</p>     <p>En servicios de telecomunicaciones y financieros se profundiza lo multilateral. Se permite el acceso a las redes p&uacute;blicas solo con criterios t&eacute;cnicos y no econ&oacute;micos, as&iacute; como en la posible libertad de prestar servicios por parte de redes privadas, lo que pone en entredicho la viabilidad financiera misma de las empresas p&uacute;blicas de telecomunicaciones.</p>     <p>No se liberaliza el Modo 4 de prestaci&oacute;n de servicios, ni se clarifican las pol&iacute;ticas de migraciones, y poco o nada se negocia en materia de reconocimiento de t&iacute;tulos educativos o del otorgamiento de visas para prestaci&oacute;n de servicios profesionales, y tampoco se establece un mecanismo de soluci&oacute;n de diferencias sobre el particular.</p>     <p>En s&iacute;ntesis y en lo esencial, se negocia en los acuerdos bilaterales lo relativo a la apertura de los servicios en lo que implica inversi&oacute;n de las multinacionales en telecomunicaciones y servicios financieros. Lo que no se incluye es la libre circulaci&oacute;n de las personas, lo que limita a los pa&iacute;ses en desarrollo su prestaci&oacute;n; adem&aacute;s, se mantienen las medidas disconformes en los estados norteamericanos y, en el caso de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas en las compras del p&uacute;blicas, m&aacute;s del 90% de los estados norteamericanos ni siquiera participan de la negociaci&oacute;n.</p>     <p><b>L<small>IBERALIZACI&Oacute;N DEL COMERCIO DE MERCANC&Iacute;AS</small></b></p>     <p>Mientras tanto, en materia de bienes se mantiene, tanto en lo multilateral como en lo bilateral, con la excepci&oacute;n de los aranceles, la eliminaci&oacute;n de los mecanismos de bandas de precios como protecci&oacute;n al sector agropecuario de los pa&iacute;ses en desarrollo y otras cuestiones menores, todo igual para los pa&iacute;ses desarrollados.</p>     <blockquote>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El GATT de 1947 y las rondas de negociaci&oacute;n sucesivas se centraron en los temas arancelarios. Su resultado es, en esencia, una fuerte reducci&oacute;n de los aranceles, y todos los pa&iacute;ses miembros han definido los niveles de consolidaci&oacute;n para casi todo el universo arancelario, los cuales fijan un tope m&aacute;ximo que se comprometen a no sobrepasar (<i>"stand still</i>"). Estos niveles arancelarios constituyen la base de los programas de liberalizaci&oacute;n en los acuerdos regionales o bilaterales. Los resultados de las negociaciones de dichos acuerdos no se deben extender a los dem&aacute;s pa&iacute;ses miembros de la OMC, puesto que el art&iacute;culo XXIV y la cl&aacute;usula de habilitaci&oacute;n para los pa&iacute;ses en desarrollo estipulan la excepci&oacute;n a la cl&aacute;usula de naci&oacute;n m&aacute;s favorecida.</p>      <p>En las negociaciones de la Ronda Uruguay sobre el sector agropecuario se logr&oacute; "arancelizar" la mayor&iacute;a de las barreras no arancelarias a las importaciones, aunque en algunos casos se fijaron niveles demasiado altos que no permit&iacute;an mantener los flujos hist&oacute;ricos de comercio, y se decidi&oacute; establecer niveles contingentes que los preservaran, es decir, inferiores o nulos.</p>      <p>No obstante, el comercio internacional de productos agropecuarios contin&uacute;a distorsionado por los subsidios a la exportaci&oacute;n, la ayuda interna y otras medidas de efecto equivalente que ascienden aproximadamente a mil millones de d&oacute;lares diarios. Aunque en la Ronda Uruguay se acordaron algunas reducciones en esos rubros, fueron insuficientes y se decidi&oacute; continuar las negociaciones en ese sector que, como dijimos, avanzan lentamente. En Canc&uacute;n se produjo una grave crisis que pone, por lo menos en duda la exitosa finalizaci&oacute;n de la Ronda de Doha y los avances en el sistema multilateral.</p>      <p>En este sector tambi&eacute;n est&aacute; vigente el Acuerdo sobre Normas Sanitarias y Fitosanitarias, que en muchos casos permite un tratamiento cient&iacute;fico y coherente en la protecci&oacute;n de la salud y las especies vegetales pero, en otros, por su laxitud, puede dar lugar a la aparici&oacute;n de obst&aacute;culos t&eacute;cnicos y de barreras no arancelarias que no tienen clara justificaci&oacute;n &#91;.&#93; Poco se ha avanzado en los estatutos anti-dumping y en normas multilaterales de competencia que permitan controlar los abusos de la posici&oacute;n dominante.</p>      <p>En suma, la OMC fij&oacute; los niveles m&aacute;ximos de arancel que pueden aplicar los pa&iacute;ses y una excepci&oacute;n a los principios de cl&aacute;usula de naci&oacute;n m&aacute;s favorecida y de trato nacional para los acuerdos de integraci&oacute;n, que permite liberalizar las mercanc&iacute;as; transform&oacute; en aranceles las barreras cuantitativas al comercio mundial de productos agropecuarios, redujo los subsidios y la ayuda interna, aunque a&uacute;n se mantienen en niveles muy elevados; y ha avanzado muy poco en materia de disciplinas. Tambi&eacute;n estableci&oacute; un sistema de soluci&oacute;n de controversias para los acuerdos que ya se han suscrito (Uma&ntilde;a, 2004, 48).</p> </blockquote>     <p>En lo bilateral todo ello se mantiene, con excepci&oacute;n de los mecanismos de protecci&oacute;n de los pa&iacute;ses en desarrollo.</p>     <p>La trampa de la bilateralizaci&oacute;n es evidente. Se avanza en todo aquello que es de inter&eacute;s para los pa&iacute;ses desarrollados, mientras que lo que se constituye en la apertura de los mercados para los bienes y servicios de inter&eacute;s para los pa&iacute;ses en desarrollo permanece estancado. Se profundiza la asimetr&iacute;a, y en aspectos como los relativos a la propiedad intelectual nos alejamos cada vez m&aacute;s. Son entonces los acuerdos bilaterales tratados de protecci&oacute;n de inversiones y no precisamente de libre comercio. Es en este punto donde es posible afirmar que se encuentra la verdadera falacia de los partidarios del "libre cambio".</p>     <p><b>COLOMBIA: UN MAL EJEMPLO PARA LOS DEM&Aacute;S PA&Iacute;SES EN DESARROLLO</b></p>     <p>Colombia es parte de la OMC. Como resultado de la Ronda Uruguay del GATT, cumple las disposiciones all&iacute; establecidas en materia de bienes industriales y agropecuarios, servicios, propiedad intelectual, inversiones, soluci&oacute;n de diferencias, etc.</p>     <p>En el &aacute;mbito plurilateral participa en las negociaciones del ALCA, actualmente en receso; es miembro activo de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y de la ALADI, y es en este marco que ha adelantado negociaciones como la realizada entre la CAN y el Mercosur y con Chile. El pa&iacute;s es miembro del llamado Grupo de los Tres (G-3), tiene acuerdos de alcance parcial (AAP) con pa&iacute;ses centroamericanos y del CARICOM y recibe preferencias, mal llamadas unilaterales, enmarcadas en el principio de responsabilidad compartida en la lucha contra las drogas de Estados Unidos (ATPDEA) y un SGP especial con la Uni&oacute;n Europea que sustituir&aacute; el SGP Droga, demandado y modificado por mandato de la OMC, como ya se explic&oacute;, ante la petici&oacute;n de India.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Actualmente, nuestro pa&iacute;s ha negociado acuerdos importantes: los TLC con Estados Unidos y Canad&aacute;, que se encuentran pendientes de ratificaci&oacute;n de los legisladores de esos dos pa&iacute;ses, y el Acuerdo de Asociaci&oacute;n con la Uni&oacute;n Europea que se firm&oacute; en mayo de 2010 y pasar&aacute; a ratificaci&oacute;n del Congreso de Colombia y al Parlamento Europeo; y est&aacute; negociando acuerdos de libre comercio con Corea y Panam&aacute;. Esta estrategia forma parte de lo que ha sido denominado como integraci&oacute;n abierta.</p>     <p>Los avances que se hab&iacute;an producido para la consolidaci&oacute;n definitiva de la uni&oacute;n aduanera en la Comunidad Andina se han revertido, no solo en lo referido a la definici&oacute;n de un arancel externo com&uacute;n sino en cuanto al reconocimiento de las diferencias en los grados y niveles de desarrollo entre los pa&iacute;ses miembros del acuerdo. Los compromisos establecidos para no modificar unilateralmente los aranceles se eliminaron; Venezuela se retir&oacute; de la CAN y en la pr&aacute;ctica cierra o abre por decisiones unilaterales el comercio con Colombia, y el comercio con otros pa&iacute;ses de este bloque regional no es sustancial, con excepci&oacute;n del que se realiza con Ecuador (tambi&eacute;n con crisis peri&oacute;dicas). El mayor perjudicado con estos retrocesos ha sido Colombia, el mayor exportador, especialmente en comercio de manufacturas y en productos con valor agregado.</p>     <p>Se mantienen los logros, sin Venezuela, en t&eacute;rminos de la armonizaci&oacute;n de las legislaciones aduaneras y comerciales, as&iacute; como de la liberalizaci&oacute;n del comercio de servicios. Las pol&iacute;ticas comunes en materia de propiedad intelectual e inversiones se debilitaron de tal manera que hoy son simples caricaturas, y la pol&iacute;tica com&uacute;n entre Colombia, Ecuador y Venezuela; en cuanto a mecanismos de estabilizaci&oacute;n de bandas de precios tiende a desaparecer, tanto con la salida de Venezuela como raz&oacute;n de la entrada en vigencia de los tratados negociados por Colombia con Estados Unidos y la Uni&oacute;n Europea.</p>     <p>Lo que parec&iacute;a un buen camino de Colombia para fortalecer la integraci&oacute;n con Latinoam&eacute;rica dej&oacute; de serlo. Algo queda de los progresos en materia de liberalizaci&oacute;n del flujo de personas y en cuanto a dotar de una dimensi&oacute;n social a la integraci&oacute;n. El marco institucional de una organizaci&oacute;n interestatal desarrollada (Comisi&oacute;n, Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, Secretar&iacute;a General, Tribunal Andino de Justicia, Parlamento Andino, Corporaci&oacute;n Andina de Fomento, convenios de educaci&oacute;n, salud, consejos Laboral y Empresarial, etc.) no opera y no es funcional con respecto a los retrocesos que se produjeron. Los factores externos que hemos descrito, hay que decirlo, nos alejaron definitivamente, o por lo menos durante muchos a&ntilde;os, de una posible consolidaci&oacute;n. Tal vez, s&oacute;lo dos mecanismos e instituciones tienen un buen comportamiento que ha trascendido el &aacute;mbito de la Comunidad Andina: el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) y la Corporaci&oacute;n Andina de Fomento (CAF).</p>     <p>Otros acuerdos, por ejemplo, la negociaci&oacute;n CAN -Mercosur es, en esencia, un acuerdo de liberalizaci&oacute;n del comercio de mercanc&iacute;as. Los programas de desgravaci&oacute;n arancelaria son diferentes para cada pa&iacute;s y no es de suponer al final del per&iacute;odo de desgravaci&oacute;n una convergencia. Tambi&eacute;n es objetivo afirmar que lo decidido no atenta contra procesos de armonizaci&oacute;n de disciplinas ni contra el fortalecimiento de la institucionalidad. Sin embargo, la integraci&oacute;n suramericana (sin Colombia, que m&aacute;s que miembro es considerado quintacolumnista) implica cada vez m&aacute;s propuestas en lo pol&iacute;tico que fortalecen su identidad como proceso, por ejemplo, la de creaci&oacute;n de la Comunidad Suramericana, Unasur, y la nueva organizaci&oacute;n que se propuso crear en 2011.</p>     <p>En esencia, Colombia opt&oacute; por el bilateralismo y el &aacute;mbito del an&aacute;lisis sobre pol&iacute;tica comercial se encontrar&aacute; signado por &eacute;l; ser&aacute;n acuerdos de nueva generaci&oacute;n que incluir&iacute;an liberalizaci&oacute;n de factores (mercanc&iacute;as, servicios, inversiones, compras del sector p&uacute;blico), establecimiento de disciplinas y l&iacute;mites a las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas y de integraci&oacute;n, mecanismos generales y particulares de soluci&oacute;n de diferencias en materia de inversiones en bienes, servicios financieros y telecomunicaciones, as&iacute; como propiedad intelectual en todo aquello que no se encuentra normado por la OMC. Adem&aacute;s, se ir&aacute; m&aacute;s all&aacute; del ADPIC suscrito en la OMC, tanto en materia de patentabilidad y derechos de autor como en cuanto a la observancia y relaci&oacute;n con los avances que se produzcan en la OMPI.</p>     <p>Como puede observarse en el contexto evaluado, en el inmediato futuro y de acuerdo con los resultados de las negociaciones en curso, Colombia deber&aacute; necesariamente hacer un profundo an&aacute;lisis de su participaci&oacute;n en los m&uacute;ltiples escenarios de integraci&oacute;n de los que forma parte y de los alcances que se derivan de los diferentes acuerdos, con el objeto de redefinir su pol&iacute;tica comercial exterior, puesto que parece dif&iacute;cil pretender al mismo tiempo profundizar una apertura comercial como la que se suscribir&iacute;a con Estados Unidos y alcanzar el objetivo de mercado com&uacute;n planteado en la CAN.</p>     <p>En el TLC y en el Acuerdo de Asociaci&oacute;n se renunciar&iacute;a a la soberan&iacute;a, sin que ello haya sido resultado de la autodeterminaci&oacute;n y la participaci&oacute;n ciudadana. Nos encontramos en una trampa bilateral que nos alejar&aacute; de la globalizaci&oacute;n, de Latinoam&eacute;rica, de las posiciones conjuntas de los pa&iacute;ses en desarrollo en los foros multilaterales.</p>     <p>Es precisamente lo contrario de lo que se pregona: nos est&aacute;n condenando al aislacionismo y los socios de los pa&iacute;ses desarrollados nos ven m&aacute;s como una colonia que como una naci&oacute;n soberana. Los que suscribamos ser&aacute;n tratados de protecci&oacute;n de inversiones, no de libre comercio. Nuevamente, es all&iacute; donde se encuentra la verdadera falacia.</p> <hr>     <p><b>REFERENCIAS BIBLIOGR&Aacute;FICAS</b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>1. Fanon, F. <i>Los condenados de la tierra</i>, M&eacute;xico, Fondo de Cultura Econ&oacute;mica, 1961.</p>     <p>2. Krugman, P. y M. Obstfeld. <i>Econom&iacute;a internacional: teor&iacute;a y pol&iacute;tica</i>, Madrid, Addison Wesley, 2006.</p>     <p>3. Myrdal, G. <i>Teor&iacute;a econ&oacute;mica y regiones subdesarrolladas</i>, M&eacute;xico, Fondo de Cultura Econ&oacute;mica, 1959.</p>     <p>4. Uma&ntilde;a. G. <i>El juego asim&eacute;trico del comercio, el Tratado de Libre Comercio Colombia-Estados Unidos</i>, Bogot&aacute;, Universidad Nacional de Colombia, CID y Viva la Ciudadan&iacute;a, 2004.</p>     <p>5. Zoellick R. B. "Pronunciamiento de la Office of the United States Trade Representative", Washington, 18 de noviembre de 2003.</p></font>      ]]></body>
</article>
