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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[ÉTICA DEL CUIDADO: ¿UNA ALTERNATIVA A LA ÉTICA TRADICIONAL?]]></article-title>
<article-title xml:lang="en"><![CDATA[ETHICS OF CARE: AN ALTERNATIVE TO TRADITIONAL ETHICS?]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This paper deals with what has been called "Ethics of care" and attempts to give an answer to the question of whether such ethics could ever take over the traditional one, which focuses mainly on the concept of justice. The theoretical foundations of ethics of care are explored and it is analyzed up to what extent some of the criticisms on which this ethics is formulated are reasonable. I conclude that despite of the former, the concept of justice -though it also requires some adjustments- is still fundamental for the development of a good ethical theory.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[  <font face="Verdana" size="3">     <p align="center"><b>&Eacute;TICA DEL CUIDADO: &iquest;UNA ALTERNATIVA A LA &Eacute;TICA TRADICIONAL?</b></p></font> <font face="Verdana" size="2">    <p align="center"><b> ETHICS OF CARE: AN ALTERNATIVE TO TRADITIONAL ETHICS?</b></p>     <p align="center"><b>Diana Hoyos Vald&eacute;s    <br>  Universidad de Caldas, Colombia. <a href="mailto:diana.hoyos_v@ucaldas.edu.co">diana.hoyos_v@ucaldas.edu.co</a></b></p>     <p align="center">Recibido el 30 de agosto de 2008 y aprobado el 17 de octubre de 2008</p>     <p><b>Resumen</b></p>     <p>En este art&iacute;culo se expone y se eval&uacute;a lo que se ha llamado "&eacute;tica del cuidado&quot; y se intenta dar respuesta a la pregunta de si tal &eacute;tica podr&iacute;a remplazar la &eacute;tica tradicional, centrada en el concepto de justicia. Se exploran los fundamentos te&oacute;ricos de la &eacute;tica del cuidado y se analiza en qu&eacute; medida algunas de las cr&iacute;ticas a partir de las cuales se formula tal &eacute;tica, son razonables. Al final del art&iacute;culo se concluye que, pese a lo anterior, el concepto de justicia -aunque requiere tambi&eacute;n de algunos ajustes- sigue siendo fundamental para la construcci&oacute;n de una buena teor&iacute;a &eacute;tica.</p>     <p><b>Palabras clave</b></p>     <p>&Eacute;tica del cuidado, feminismo, &eacute;tica tradicional, justicia, capacidades humanas.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Abstract</b></p>     <p>This paper deals with what has been called "Ethics of care&quot; and attempts to give an answer to the question of whether such ethics could ever take over the traditional one, which focuses mainly on the concept of justice. The theoretical foundations of ethics of care are explored and it is analyzed up to what extent some of the criticisms on which this ethics is formulated are reasonable. I conclude that despite of the former, the concept of justice -though it also requires some adjustments- is still fundamental for the development of a good ethical theory.</p>     <p><b>Key words</b></p>     <p>Ethics of care, feminism, traditional ethics, justice, human capacities.</p> <hr size="1">     <p>No s&eacute; si me equivoco, pero la gran mayor&iacute;a de nosotros, cuando ve que un conductor hace algo est&uacute;pido, dice: <i>"seguro es una mujer&quot;</i>, y lo peor de todo es que pocas veces falla. Tambi&eacute;n creo que la gran mayor&iacute;a de nosotros piensa que es mejor una mujer como ni&ntilde;era que un hombre, y que si por alguna raz&oacute;n llega a necesitar un guardaespaldas, ser&iacute;a mejor un fornido var&oacute;n que una mujer. Obviamente, todas estas creencias tienen or&iacute;genes y explicaciones distintas, algunas de las cuales est&aacute;n apoyadas por la evidencia. Pero la pregunta realmente interesante es &iquest;significa esto que hay diferencias naturales espec&iacute;ficas que determinan conductas y habilidades diversas? Y m&aacute;s a&uacute;n &iquest;son estas diferencias infranqueables? En caso de que la respuesta resultara positiva, &iquest;qu&eacute; implicaciones tendr&iacute;a esto para la &eacute;tica?</p>     <p>Las respuestas a estos interrogantes son muy dis&iacute;miles, y por obvias razones no las explorar&eacute; todas aqu&iacute; de manera exhaustiva. Me enfocar&eacute;, en particular, en aquella que se&ntilde;ala la importancia de reconocer las diferencias entre hombres y mujeres, y con base en ello, plantear una nueva &eacute;tica, una &eacute;tica de las mujeres; esto es, la &eacute;tica del cuidado. El presente art&iacute;culo est&aacute; dividido en tres partes: en la primera expongo los or&iacute;genes y fundamentos te&oacute;ricos de la &eacute;tica del cuidado, en la segunda hago una evaluaci&oacute;n inicial de &eacute;sta, y en la tercera se ver&aacute; por qu&eacute;, pese a que deben reconocerse cr&iacute;ticas importantes de este tipo de feminismo a la &eacute;tica tradicional, una &eacute;tica femenina no logra solucionar los problemas que deber&iacute;a solucionar cualquier &eacute;tica.Dado lo anterior, en &eacute;sta tercera parte tambi&eacute;n se explora una propuesta que busca integrar los puntos en conflicto de los enfoques de la &eacute;tica del cuidado y la &eacute;tica de la justicia.</p>     <p>Antes de comenzar mi exposici&oacute;n, debo dejar claro que &eacute;ste no es un trabajo a favor o en contra del feminismo. Y no lo es porque actualmente el feminismo presenta muchas variantes, por lo que tendr&iacute;a que examinar cada una de ellas y evaluarlas, lo cual excede los l&iacute;mites de &eacute;ste.</p>     <p>Sin embargo, considero que es importante atender a lo que el feminismo est&aacute; diciendo, por lo cual ac&aacute; me propongo realizar la evaluaci&oacute;n de una de sus variantes. Una que podr&iacute;amos llamar <i>feminismo anti-liberal</i>.</p>     <p>Como es bien sabido, la teor&iacute;a pol&iacute;tica liberal pone todo el &eacute;nfasis en la importancia de la libertad individual, entendida como ausencia de interferencia arbitraria en las vidas de los individuos. Seg&uacute;n esta concepci&oacute;n, la primera y principal funci&oacute;n del Estado es proteger ese &aacute;mbito de libertad individual. Por esta raz&oacute;n, para dicha tradici&oacute;n el valor pol&iacute;tico fundamental es la justicia. No es, pues, una casualidad que la primera frase de la obra m&aacute;s importante del liberalismo contempor&aacute;neo, <i>Teor&iacute;a de la Justicia</i>, de John Rawls, diga: <i>"la justicia es la primera virtud de las instituciones sociales, como la verdad lo es de los sistemas de pensamiento&quot;</i>.</p>     <p>Los te&oacute;ricos de la &eacute;tica del cuidado, por el contrario, sostienen que la prioridad que dan los liberales a la justicia, se basa en varios prejuicios asumidos de manera acr&iacute;tica. Sostienen, por ejemplo, que tal prioridad se basa en una concepci&oacute;n err&oacute;nea de la naturaleza humana, una visi&oacute;n en la cual los seres humanos somos concebidos como individuos aislados, como una especie de &aacute;tomos, cuando la realidad es, argumentan, que somos seres profundamente sociales. Por no reconocer este hecho, argumentan estos cr&iacute;ticos del liberalismo, la filosof&iacute;a liberal desconoce el papel que desempe&ntilde;an otros valores distintos a la justicia. Afirman, adem&aacute;s, que t&iacute;picamente, las sociedades moldeadas seg&uacute;n los principios liberales cl&aacute;sicos terminan convirti&eacute;ndose en sociedades atomizadas, conflictivas, donde una de las principales funciones del Estado es administrar justicia. Michael Sandel, por ejemplo, argumenta que la justicia s&oacute;lo es fundamental para comunidades que no tienen un grado de cohesi&oacute;n lo suficientemente alto. &Eacute;l compara estas sociedades con un hogar unido, para concluir, que en una sociedad que posea la cohesi&oacute;n necesaria, la justicia es realmente secundaria. En un hogar as&iacute;, sostiene, la justicia no es el valor fundamental. Como lo resume muy bien Ana Nettel:</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p>[&hellip;] desde Plat&oacute;n en <i>La Rep&uacute;blica</i> y <i>Las Leyes</i> hasta Rawls en nuestros d&iacute;as, las m&aacute;s sobresalientes teor&iacute;as pol&iacute;ticas sostienen que la justicia es la virtud principal de la organizaci&oacute;n pol&iacute;tica. Difieren de esta posici&oacute;n los comunitaristas, [&hellip;] como Sandel, sosteniendo que la justicia es una virtud de sustituci&oacute;n cuando todas las otras: generosidad, benevolencia, amor, han fracasado<a href="#1" name="n1"><sup>1</sup></a>.</p> </blockquote>     <p>Finalmente, estos cr&iacute;ticos del liberalismo -entre ellos quienes abogan por la &eacute;tica del cuidado- argumentan que la filosof&iacute;a liberal resulta injusta para una porci&oacute;n muy grande de la poblaci&oacute;n. En particular, sostienen que la concepci&oacute;n t&iacute;picamente individualista y competitiva que subyace a la teor&iacute;a liberal excluye, por principio, los intereses de las personas m&aacute;s dependientes: ni&ntilde;os, discapacitados, ancianos, y en muchos casos, mujeres.    <br> <b>OR&Iacute;GENES Y FUNDAMENTOS DE LA &Eacute;TICA DEL CUIDADO</b></p>     <p>En 1974, el psic&oacute;logo estadounidense Lawrence Kholberg expuso su teor&iacute;a sobre los estadios del desarrollo moral, b&aacute;sicamente, su teor&iacute;a afirma que la esfera moral de todo ser humano pasa por tres niveles, cada uno de los cuales tiene dos estadios. En breve, los niveles y sus estadios son<a href="#2" name="n2"><sup>2</sup></a>:</p>     <p>i) Nivel preconvencional:</p>     <p>1. Estadio de la heteronom&iacute;a y de la obediencia irreflexiva (de los 2 a los 7 a&ntilde;os). Un ejemplo de razonamiento en este estadio ser&iacute;a: <i>"No hay que robar porque me pueden meter a la c&aacute;rcel&quot;</i>.</p>     <p>2. Estadio del ego&iacute;smo ilustrado, de la reciprocidad y del intercambio (de los 7 a los 11 a&ntilde;os). Un ejemplo, <i>"Hay que obedecer a los padres y darles as&iacute; contento porque hacen mucho por uno, y adem&aacute;s porque los hijos que se portan bien suelen recibir juguetes&quot;</i>.</p>     <p>ii) Nivel convencional</p>     <p>3. Estadio de la conformidad social (de los 11 a los 14 a&ntilde;os). Ejemplo, <i>"Al jugar al f&uacute;tbol no se puede cometer un atropello contra un jugador rival, pues un buen deportista juega siempre correctamente&quot;</i> (rol social).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>4. Estadio de la perspectiva sist&eacute;mica (de los 15 a los 20, a&ntilde;os). Ejemplo de razonamiento en este estadio: <i>"Ante un tribunal no se puede dar un falso testimonio porque esto va contra la ley; y adem&aacute;s, porque si todas las personas mintieran, y no pudi&eacute;ramos fiarnos de nadie, toda la vida social se vendr&iacute;a abajo&quot;</i> (intereses del conjunto de la sociedad).</p>     <p>iii) Nivel postconvencional:</p>     <p>5. Estadio del contrato social (de los 20 a los 30 a&ntilde;os). Ejemplo, <i>"El buen comportamiento moral consiste en respetar los derechos, cumplir el contrato social impl&iacute;cito razonable y buscar el mayor bien para el mayor n&uacute;mero de personas&quot;</i>.</p>     <p>6. Estadio de los principios morales universales (a partir de los 30). Ejemplo, <i>"El buen comportamiento moral consiste en obrar en conformidad con principios morales universales tales como la justicia, la igualdad y el respeto a la dignidad de la persona&quot;</i>.</p>     <p>Pese a la importancia del descubrimiento de Kholberg, Carol Gilligan, una alumna suya, subray&oacute; que &eacute;ste hab&iacute;a realizado sus estudios s&oacute;lo con sujetos masculinos, lo cual implicaba que su teor&iacute;a s&oacute;lo hablaba acerca del desarrollo moral de la mitad de los seres humanos; no de todos, como &eacute;l supon&iacute;a.</p>     <p>En efecto, Gilligan repiti&oacute; los experimentos con los dilemas morales que plante&oacute; Kholberg, pero esta vez incluyendo sujetos femeninos, y se dio cuenta que las respuestas difer&iacute;an de una manera importante. Encontr&oacute;, por ejemplo, que mientras los ni&ntilde;os prestan mayor atenci&oacute;n al seguimiento de reglas o principios, las ni&ntilde;as se involucran en el conocimiento del contexto. Los primeros parecen m&aacute;s interesados por algo que podr&iacute;amos llamar la justicia, en sentido abstracto, y las segundas por la atenci&oacute;n cuidadosa del otro, de sus necesidades espec&iacute;ficas. As&iacute;, pues, Gilligan concluy&oacute; que las mujeres tienden a razonar con una <i>"voz diferente&quot;</i>, que puede resumirse de este modo:</p>     <blockquote>     <p>Conforme a esta concepci&oacute;n, el problema moral surge de responsabilidades conflictivas m&aacute;s que de derechos que compiten entre s&iacute;, y requiere para su resoluci&oacute;n un modo de pensamiento contextual y pormenorizado, m&aacute;s que formal y abstracto. Esta concepci&oacute;n de la moral como interesada en la actividad de cuidar a los dem&aacute;s centra el desarrollo moral en la comprensi&oacute;n de las responsabilidades y las relaciones, del mismo modo en que la concepci&oacute;n de la moral como equidad vincula el desarrollo moral a la comprensi&oacute;n de derechos y reglas (Gilligan, citada por Kymlicka, 1995: 289).</p> </blockquote>     <p>Esta otra voz, la femenina, ser&iacute;a entonces la voz a favor del cuidado, mientras la masculina ser&iacute;a la voz a favor de la justicia; y ambas, seg&uacute;n Gilligan, resultan <i>"fundamentalmente incompatibles&quot;</i>. Para apreciar mejor las diferencias entre ambas voces, detallemos un poco las implicaciones de cada una de estas visiones. Siguiendo a Kymlicka (1995), podemos decir que tales diferencias se dan b&aacute;sicamente en lo que cada una de ellas piensa acerca de las aptitudes morales, el razonamiento moral y los conceptos morales.</p>     <p>As&iacute;, respecto a las aptitudes morales, mientras dentro de la &eacute;tica de la justicia se considera que lo m&aacute;s importante es aprender principios morales, en la &eacute;tica del cuidado la aptitud se entiende como el desarrollo de disposiciones morales. Acerca del razonamiento moral, la &eacute;tica de la justicia dice que lo que debe hacerse es resolver problemas buscando principios aplicables universalmente, mientras la &eacute;tica del cuidado busca respuestas que puedan ser aplicadas a cada caso. Finalmente, sobre los conceptos morales la &eacute;tica de la justicia afirma que se debe prestar atenci&oacute;n a los derechos y a la equidad, mientras la &eacute;tica del cuidado sostiene que es necesario prestar atenci&oacute;n a las responsabilidades y a las relaciones. Miremos con un poco m&aacute;s de detalle estas diferencias.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En primer lugar, la raz&oacute;n por la cual dentro de la &eacute;tica del cuidado se aboga por el desarrollo de disposiciones morales, m&aacute;s que por el aprendizaje de principios, parece tener sus ra&iacute;ces en la observaci&oacute;n aristot&eacute;lica, que el hecho que un agente moral conozca unos principios no garantiza que se comporte conforme a ellos, por lo que es necesario, m&aacute;s bien, desarrollar disposiciones estables a actuar de la manera correcta. As&iacute;, la &eacute;tica del cuidado captura la idea que una &eacute;tica centrada s&oacute;lo en principios resulta insuficiente. Esta idea, por lo dem&aacute;s, ha sido muy fruct&iacute;fera en los &uacute;ltimos a&ntilde;os, y ha mostrado que la tradici&oacute;n aristot&eacute;lica podr&iacute;a arrojar luces cuando las teor&iacute;as &eacute;ticas centradas en principios resultan insuficientes (Hoyos, 2007). Sin embargo, va un poco m&aacute;s all&aacute;, y afirma que tales disposiciones convierten a los principios innecesarios, y en ocasiones, contraproducentes.</p>     <p>En segundo lugar, seg&uacute;n la &eacute;tica del cuidado el razonamiento moral debe buscar primordialmente encontrar respuestas que sean apropiadas a cada situaci&oacute;n, porque cada caso es distinto. En cada uno de ellos el contexto y las personas var&iacute;an, con lo que var&iacute;an tambi&eacute;n sus intereses y sus necesidades. Hacer abstracci&oacute;n de esto mediante la aplicaci&oacute;n de principios resultar&iacute;a, a todas luces, un atropello. Esta posici&oacute;n parece basarse en la intuici&oacute;n sartreana seg&uacute;n la cual, dado que no tenemos una esencia -porque en nosotros <i>"la existencia precede a la esencia&quot;</i>-no tenemos una naturaleza humana, entonces lo &uacute;nico que podemos hacer es responder lo mejor que se pueda en cada caso, atendiendo cuidadosamente al contexto.</p>     <p>Tercero, la &eacute;tica del cuidado afirma que los conceptos morales de mayor importancia son los de atenci&oacute;n, responsabilidad y relaciones interpersonales, b&aacute;sicamente porque observa que hemos olvidado nuestra fragilidad. Los seres humanos no vivimos como individuos aislados. Nuestra vida, sostiene, es una inmensa red de relaciones que nos permiten no s&oacute;lo sobrevivir a un largo per&iacute;odo de dependencia inicial en nuestra primera infancia, sino que enriquecen nuestros d&iacute;as cuando somos adolescentes y adultos, y luego nos permiten de nuevo sobrevivir a otro per&iacute;odo de dependencia cuando nos volvemos ancianos. De este modo, la atenci&oacute;n de los otros y hacia los otros, su responsabilidad y la nuestra, y las relaciones que nos unen, no s&oacute;lo nos permiten sobrevivir, sino que son condici&oacute;n necesaria para que nuestra vida vaya bien.</p>     <p>Por esta raz&oacute;n, seg&uacute;n Gilligan,</p>     <p>Una diferencia esencial es que aceptar responsabilidades por otros requiere de alguna verdadera preocupaci&oacute;n por el bienestar de los mismos, mientras que los derechos son, esencialmente, mecanismos de protecci&oacute;n que pueden ser respetados, simplemente, dejando a las personas a su propio cuidado. De este modo, Gilligan equipara el discurso de los derechos con el individualismo y el ego&iacute;smo, y dice que los deberes basados en derechos hacia otros est&aacute;n limitados por la no intromisi&oacute;n rec&iacute;proca (Kymlicka, 1995: 302).</p>     <p>Los conceptos de derecho y equidad, propios de la &eacute;tica de la justicia, por otro lado, presuponen que estamos siempre en situaciones de lucha o competencia en los que habr&iacute;a conflictos que resolver. Pero los seres humanos no solo no estamos siempre en lucha, sino que en nuestras relaciones predomina la cooperaci&oacute;n, la necesidad y tambi&eacute;n el deseo de ayuda.</p>     <p>Una manera interesante como se manifiesta esta diferencia es, que seg&uacute;n las observaciones de Gilligan:</p>     <blockquote>     <p>El dolor sentido subjetivamente aparece como inmoral para las mujeres, sea el mismo justo o no, mientras que los hombres tienden a evaluar como inmoral s&oacute;lo las cosas que son objetivamente injustas al margen de que el acto ocasione da&ntilde;os subjetivos (<i>Ib&iacute;d.</i>: 303).</p> </blockquote>     <p>Para comprender mejor, supongamos que usted est&aacute; sufriendo un terrible da&ntilde;o debido a que tiene a su hijo gravemente enfermo y necesita pagar un tratamiento muy costoso para el cual no tiene dinero. Supongamos, adem&aacute;s, que usted no tiene dinero, porque en a&ntilde;os anteriores lo ha despilfarrado.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Seg&uacute;n el planteamiento de la &eacute;tica del cuidado, lo que realmente importa es su da&ntilde;o actual, no las razones por las cuales lleg&oacute; a esta situaci&oacute;n. Usted est&aacute; sufriendo un da&ntilde;o grave, y esto es suficiente para que yo me comprometa moralmente con usted y le ayude a encontrar una soluci&oacute;n a su problema. Seg&uacute;n la &eacute;tica de la justicia, por otro lado, el hecho que usted se encuentre en esta situaci&oacute;n como fruto de su irresponsabilidad cuenta. As&iacute;, aunque es claro que usted est&aacute; sufriendo un da&ntilde;o subjetivo, no lo es que &eacute;sta sea una situaci&oacute;n objetivamente injusta, porque es el resultado de sus elecciones pasadas y resulta inmoral que otros paguen por ellas.</p>     <p>Los te&oacute;ricos de la primera postura (&eacute;tica del cuidado) sostienen que poner el acento en la injusticia objetiva s&oacute;lo resulta inicialmente plausible en ciertos contextos; a saber, cuando se trata de interacciones entre adultos capaces por s&iacute; mismos. De nuevo, esto supone que todos somos individuos autosuficientes, capaces de ejercer acciones rec&iacute;procas en la vida social, cuando en realidad m&aacute;s de la mitad de la poblaci&oacute;n est&aacute; compuesta por personas que dependen de otras: ni&ntilde;os, ancianos y discapacitados. De este modo, decir que el fundamento de las pretensiones morales leg&iacute;timas es la justicia objetiva, desconoce el hecho que muchas de las demandas que los otros nos hace surgen de una situaci&oacute;n de dependencia, por lo cual no podemos y no debemos preguntarnos siempre si es justo o no que las hagan. Estas personas que se encuentran en situaci&oacute;n de dependencia requieren cuidado y atenci&oacute;n especiales, sin lo cual sufrir&iacute;an da&ntilde;o subjetivo grave; resulta absurdo preguntarnos si es justa o no su pretensi&oacute;n que nos hagamos cargo de ellos.</p>     <p>El asunto es que, si bien te&oacute;ricos de la justicia como Rawls afirman que tenemos algunas obligaciones con esa clase de personas, parece que tales obligaciones no van m&aacute;s all&aacute; de ser proporcionarles a los recursos necesarios para su mantenimiento. Y es as&iacute;, que en la &eacute;tica de la justicia las interacciones entre los adultos f&iacute;sicamente capaces constituyen el caso paradigm&aacute;tico. Pero, &iquest;y si tales personas necesitan algo m&aacute;s que recursos?, &iquest;si lo que necesitan es cuidado? Entonces la respuesta efectiva s&oacute;lo puede prestarla quien pueda dar atenci&oacute;n y cuidado. Los partidarios de la teor&iacute;a de la justicia dir&aacute;n que el Estado no puede obligar a nadie a que lo haga, porque esa es una elecci&oacute;n personal, que hace parte del dominio privado de cada persona. Si alguien lo hace, ser&aacute; por su elecci&oacute;n, pero no hay obligaci&oacute;n. Los te&oacute;ricos del cuidado, por el contrario sostienen que s&iacute; la hay.</p>     <p>Finalmente, estas diferencias terminan desembocando en el que parece ser uno de los or&iacute;genes m&aacute;s fundamentales del problema: la distinci&oacute;n tradicional entre el &aacute;mbito de lo p&uacute;blico o lo social, y el &aacute;mbito de lo privado o lo dom&eacute;stico. Tal distinci&oacute;n puede caracterizarse de la siguiente manera:</p>     <blockquote>     <p>Los liberales cl&aacute;sicos, por ejemplo, supusieron que la familia (encabezada por el padre) es una unidad biol&oacute;gicamente determinada, y que la justicia s&oacute;lo se refiere a las relaciones convencionalmente determinadas entre las familias. Por lo tanto, la igualdad natural de la que se ocupan es la de los padres en tanto representantes de las distintas familias, y el contrato social que discuten es el que rige las relaciones entre las familias. La justicia se refiere a la esfera "social&quot;, donde los varones adultos tratan con otros varones adultos de acuerdo con convenciones mutuamente acordadas. Las relaciones familiares, por otra parte, son "privadas&quot;, y est&aacute;n regidas por el instinto natural o la comprensi&oacute;n. Los te&oacute;ricos contempor&aacute;neos niegan que s&oacute;lo los hombres sean capaces de actuar en la esfera social. Sin embargo, aunque hoy en d&iacute;a se afirma la igualdad sexual, se da por sentado que esta igualdad, como en la teor&iacute;a liberal cl&aacute;sica, se aplica a las relaciones externas a la familia. Los te&oacute;ricos de la justicia siguen desatendiendo las relaciones internas de la familia[&hellip;] (<i>Ib&iacute;d.</i>: 270).</p> </blockquote>     <p>Como se ve, el problema planteado aqu&iacute; es acerca de qui&eacute;n tendr&aacute; la responsabilidad de cuidar de las personas que requieren cuidado, y la pregunta es si tal responsabilidad s&oacute;lo existe dentro del &aacute;mbito dom&eacute;stico, y por tanto, son las mujeres quien deben asumirla.</p>     <p>Por otro lado, cada una de las diferencias examinadas entre ambas posturas parece poder explicarse por el hecho, que dado que por mucho tiempo las mujeres han sido relegadas al segundo &aacute;mbito, han desarrollado m&aacute;s sus emociones que su capacidad de razonamiento moral, se han interesado m&aacute;s por las particularidades de las situaciones que por la abstracci&oacute;n de lo caracter&iacute;stico en ellas -que podr&iacute;a facilitar la elaboraci&oacute;n y aplicaci&oacute;n de principios- y se han preocupado m&aacute;s por las relaciones interpersonales que por atender a la idea abstracta de humanidad. Han estado tradicionalmente a cargo de aquellas personas que requieren cuidado, por lo que han desarrollado otras maneras de evaluar y responder a los conflictos morales.</p>     <p>Sin embargo, algunos consideran que la explicaci&oacute;n debe ir en sentido inverso: dado que la naturaleza femenina tiene esas caracter&iacute;sticas, el lugar que le corresponde es el que ha ocupado tradicionalmente, porque es all&iacute; donde esas caracter&iacute;sticas resultan de gran valor. La disputa acerca de cu&aacute;l de las dos explicaciones es la adecuada ha sido denominada, por claras razones, esencialismo, pero no la abordaremos aqu&iacute;. La pregunta que considero, es m&aacute;s interesante, es acerca de lo que deber&iacute;amos hacer respecto a esas diferencias, respecto a lo que nos dice esa <i>"otra voz&quot;</i>.</p>     <p>&iquest;Deber&iacute;amos concluir, como lo hacen la mayor&iacute;a de los te&oacute;ricos de la &eacute;tica de la justicia, que esa forma de razonar debe reservarse s&oacute;lo para los asuntos dom&eacute;sticos? &iquest;O aceptar el planteamiento de la &eacute;tica del cuidado, seg&uacute;n el cual los valores que han sido clasificados como t&iacute;picamente femeninos deben tener mayor importancia en el manejo de lo p&uacute;blico? &iquest;Y si es as&iacute;, si incluimos estos valores en la esfera social, qu&eacute; tanta importancia se les debe conceder? Como se imaginar&aacute;n, hay respuestas de todas las clases. Algunas simplemente dicen que la otra voz debe ser escuchada, sin precisar qu&eacute; tanto; otras dicen que los valores que se han desarrollado como resultado de la divisi&oacute;n sexual del trabajo y la injusta y relegaci&oacute;n de la mujer, deben ser atendidos ahora con mayor cuidado. Estos valores, afirman, deben primar sobre los que han estado asociados con la visi&oacute;n masculina, pues es claro que ellos no han sido suficientes para evitar la destrucci&oacute;n. Los valores del amor y del cuidado, por el contrario, podr&iacute;an salvar a la humanidad. Esta segunda postura, como se ve, sostiene la necesidad de dar prioridad a esta segunda voz. Hay todav&iacute;a una tercera respuesta, seg&uacute;n la cual se debe ir m&aacute;s all&aacute; de prestar mayor atenci&oacute;n a estos valores para el manejo de lo p&uacute;blico; seg&uacute;n esta posici&oacute;n, &eacute;stos deben ser los &uacute;nicos valores que deber&iacute;a aceptar un Estado.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><b>EVALUACI&Oacute;N DE LA &Eacute;TICA DEL CUIDADO</b></p>     <p>Esta &eacute;tica resulta interesante por muchas razones. Una de ellas es que realiza una cr&iacute;tica profunda y acertada, no s&oacute;lo a la &eacute;tica tradicional, sino a la tradici&oacute;n en general. Me refiero a la cr&iacute;tica asociada con lo que se ha llamado <i>"divisi&oacute;n sexual del trabajo&quot;</i>. Algunas de las consecuencias que se extraen de estas cr&iacute;ticas, son discutibles, sin lugar a dudas. Pero es claro que esa divisi&oacute;n se ha dado, y que tanto sus fundamentos emp&iacute;ricos como los te&oacute;ricos son endebles. Una de las consecuencias innegables, se&ntilde;alada por el feminismo de la diferencia, por ejemplo, es que:</p>     <blockquote>     <p>Si se mantiene a un grupo al margen de ciertas actividades por un tiempo suficiente, es extremadamente probable que dichas actividades se desarrollen de tal modo que el grupo excluido acabe siendo incapaz de realizarlas. Sabemos que las mujeres han estado excluidas de muchas clases de trabajo, y esto significa que es bastante probable que no se encuentren en condiciones para llevarlos a cabo [&hellip;]    <br> (<i>Ib&iacute;d.</i>: 263).</p> </blockquote>     <p>Esto hace que cuando se hable de neutralidad respecto al sexo en la asignaci&oacute;n de trabajos, por ejemplo, se pueda poner en duda que tal neutralidad implique necesariamente igualdad sexual. Si no hubo neutralidad desde el comienzo, asumirla ahora tal vez deje en peores condiciones al grupo que ha estado en posici&oacute;n de desventaja. As&iacute; las cosas, pese a que las mujeres y el feminismo en general han realizado grandes logros, al parecer sigue siendo cierto que hace falta hacer m&aacute;s para superar la desigualdad.</p>     <p>No obstante lo anterior, es necesario evaluar en qu&eacute; medida la soluci&oacute;n ofrecida por la &eacute;tica del cuidado puede ser &uacute;til, no s&oacute;lo para superar la desigualdad entre los sexos, sino tambi&eacute;n para solucionar otros problemas morales.</p>     <p>En primer lugar, recordemos que las diferencias b&aacute;sicas entre los enfoques de la &eacute;tica de la justicia y la &eacute;tica del cuidado, consist&iacute;an en que respecto a las aptitudes morales, el primero considera que lo m&aacute;s importante es aprender principios morales, mientras en el segundo la aptitud consiste en el desarrollo de las disposiciones morales. Acerca del razonamiento moral, el primero dice que lo que debe hacerse es resolver problemas buscando principios aplicables universalmente, mientras el segundo busca respuestas que puedan ser aplicadas a cada caso. Finalmente, sobre los conceptos morales, el primero afirma que se debe prestar atenci&oacute;n a los derechos y a la equidad, mientras el segundo sostiene que es necesario prestar atenci&oacute;n a las responsabilidades y a las relaciones.    <br>  Sin embargo, respecto a la primera diferencia podr&iacute;amos decir que aprender y aplicar principios morales no parece incompatible con el desarrollo de disposiciones morales. De hecho, la aplicaci&oacute;n correcta de tales principios requiere una disposici&oacute;n moral especial para poder apreciar el contexto, para saber cu&aacute;ndo es aplicable un principio y cu&aacute;ndo no. Respecto a la segunda diferencia, podemos preguntarnos, con Kymlicka, lo siguiente:</p>     <blockquote>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>&hellip;&iquest;qu&eacute; significa prestar atenci&oacute;n simplemente a la situaci&oacute;n? Despu&eacute;s de todo, no todos los rasgos contextuales son pertinentes para las decisiones morales. Al tomar decisiones morales, no atendemos simplemente a los diferentes aspectos de la situaci&oacute;n, sino que tambi&eacute;n juzgamos su significado relativo. Y aunque deseamos que las personas presten una adecuada atenci&oacute;n a la complejidad de la situaci&oacute;n, tambi&eacute;n queremos que determinen adecuadamente qu&eacute; rasgos de la situaci&oacute;n son moralmente significativos. Y esto parece presentar cuestiones que son m&aacute;s propias de principio que de sensibilidad[&hellip;] (<i>Ib&iacute;d.</i>: 293)</p> </blockquote>     <p>As&iacute;, de nuevo &eacute;sta dicotom&iacute;a resulta innecesaria. Para resolver un problema moral necesitamos tanto atender a los requerimientos espec&iacute;ficos de la situaci&oacute;n como apelar a principios abstractos que nos permitan saber a qu&eacute; rasgos darles importancia en la evaluaci&oacute;n moral y cu&aacute;les otros desechar.</p>     <p>La tercera diferencia, sin embargo, parece entra&ntilde;ar m&aacute;s elementos que las anteriores, por lo que le dedicaremos mayor atenci&oacute;n. Como hemos dicho, &eacute;sta consiste en que mientras la &eacute;tica de la justicia afirma que se debe prestar atenci&oacute;n a los derechos y a la equidad, la &eacute;tica del cuidado sostiene que lo m&aacute;s importante es atender a las responsabilidades y a las relaciones con los otros. Como hab&iacute;amos visto, esta diferencia se manifestaba tambi&eacute;n, en que al parecer, para la perspectiva femenina el da&ntilde;o subjetivo puede ser fundamento de las pretensiones morales, mientras para la masculina debe serlo la injusticia objetiva. Y aunque inicialmente resulta razonable que as&iacute; sea, porque es justo que usted, como adulto capaz y responsable, responda por las elecciones que realiza, tambi&eacute;n vimos que esta perspectiva excluye a la otra mitad de la poblaci&oacute;n: la que est&aacute; en situaci&oacute;n de dependencia.</p>     <p>De nuevo, &iquest;significa que para la primera mitad de la poblaci&oacute;n es &uacute;til la &eacute;tica de la justicia, mientras para la otra mitad es &uacute;til la &eacute;tica del cuidado? O, dado que reconocemos la legitimidad de estas cr&iacute;ticas a la tradici&oacute;n centrada en la justicia, &iquest;debemos abogar por la primac&iacute;a del cuidado, y por su evaluaci&oacute;n centrada en el da&ntilde;o subjetivo? Aunque esta posibilidad pretende brindar una soluci&oacute;n al problema, la raz&oacute;n por la cual no parece razonable es la siguiente:</p>     <blockquote>     <p>Los da&ntilde;os subjetivos se vinculan a expectativas, pero las sociedades injustas crean expectativas injustas. Consid&eacute;rense las relaciones maritales tradicionales, en las cuales los hombres no sirven a las mujeres como las mujeres sirven a los hombres. Los hombres esperan que las mujeres atiendan sus necesidades, y por ello sufren un da&ntilde;o subjetivo cada vez que se les exige que compartan las cargas de la vida dom&eacute;stica&hellip; Los opresores sufrir&aacute;n agudamente cualquier p&eacute;rdida de privilegios, mientras que los oprimidos est&aacute;n, a menudo, socializados para no sufrir un da&ntilde;o subjetivo derivado de su opresi&oacute;n (<i>Ib&iacute;d.</i>: 306).</p> </blockquote>     <p>Como se ve, las ideas de justicia e injusticia parecen ser previas en la evaluaci&oacute;n moral, porque no todas las demandas de cuidado deber&iacute;an ser atendidas. Para saber cu&aacute;les deben serlo y cu&aacute;les no, parece necesario echar mano primero de la noci&oacute;n de justicia, y esto es v&aacute;lido tanto en el &aacute;mbito p&uacute;blico como en el dom&eacute;stico.</p>     <p>Adicionalmente, es importante resaltar que incluso el problema de c&oacute;mo repartir la tarea del cuidado es en s&iacute; mismo sea una cuesti&oacute;n de justicia. Y es as&iacute; porque, si se sigue sostenido que &eacute;sta es una tarea t&iacute;picamente femenina (y no se reconoce el valor social y econ&oacute;mico de &eacute;sta ni los autosacrificios que tienen que realizar quienes se dedican a ella) la plena realizaci&oacute;n de las mujeres en ciertos campos seguir&aacute; estando vedada en un sentido importante.</p>     <p>De este modo, parece que hemos arribado a un callej&oacute;n sin salida. Por un lado, reconocemos que las cr&iacute;ticas de este enfoque feminista a la tradici&oacute;n centrada en la justicia parecen razonables, pero por el otro advertimos que su propuesta de abandonar la idea de justicia y reemplazarla por la de cuidado no parece una buena opci&oacute;n. &iquest;C&oacute;mo integrar entonces las cr&iacute;ticas y parte de la propuesta de la &eacute;tica del cuidado, sin abandonar la idea de la justicia? Una buena respuesta a esta pregunta la ofrece la fil&oacute;sofa norteamericana Martha Nussbaum, por lo que a continuaci&oacute;n paso a explicar su propuesta.</p>     <p align="center"><b>EL ENFOQUE DE LAS CAPACIDADES</b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>1. Origen del enfoque y fundamentos te&oacute;ricos</b></p>     <p>En su libro <i>Las Fronteras de la Justicia</i>, publicado en el 2006, Nussbaum expone ampliamente su idea seg&uacute;n la cual la noci&oacute;n de justicia, tal como se ha entendido tradicionalmente, tiene unas fronteras o l&iacute;mites que deben ser superados. No obstante lo anterior, afirma, la idea de la justicia social es irrenunciable. Es por esta raz&oacute;n que eval&uacute;a lo que para ella ha sido la mejor teor&iacute;a dentro de la tradici&oacute;n de la &eacute;tica de la justicia: la teor&iacute;a del contrato social, y en especial, la versi&oacute;n sostenida por Rawls. Y muestra que pese a que esta teor&iacute;a es la mejor sobre justicia social b&aacute;sica que se ha desarrollado, no logra responder a los desaf&iacute;os que se presentan en ciertas condiciones de desigualdad. Por esto, ella se enfoca en las dificultades que surgen en el trato que les damos a las personas con discapacidad f&iacute;sica o mental, cuando hay problemas entre diferentes naciones, o en lo que concierne al trato que debemos darle a los animales no humanos. As&iacute;, su idea central es que una teor&iacute;a basada en la cooperaci&oacute;n social y pol&iacute;tica puede ayudarnos a formular unos principios que nos permiten ir en b&uacute;squeda de la justicia social.</p>     <p>Sin embargo, ella afirma que desde el principio su idea no es desechar el proyecto general de Rawls. De hecho, afirma que toma de &eacute;l varias ideas centrales para articular su propuesta basada en las capacidades. Tales ideas son:</p>     <blockquote>     <p>[&hellip;]la del liberalismo pol&iacute;tico (una forma de liberalismo no basada en principios metaf&iacute;sicos o religiosos capaces de crear divisi&oacute;n) y la idea del consenso entrecruzado (la idea de que personas con diferentes concepciones metaf&iacute;sicas y religiosas pueden aceptar dicha concepci&oacute;n pol&iacute;tica en lo fundamental) (Nussbaum, 2007: 25).</p> </blockquote>     <p>Pese a estos encuentros b&aacute;sicos con la teor&iacute;a rawlsiana de la justicia, su enfoque de las capacidades pretende ser <i>"una teor&iacute;a no contractualista de la asistencia&quot;</i>. B&aacute;sicamente, se aparta de la teor&iacute;a contractualista en la manera como concibe i) las bases de la cooperaci&oacute;n social, ii) la dignidad humana y iii) el papel de la noci&oacute;n de bien en la totalidad de la teor&iacute;a. Veamos detalladamente cada uno de ellos.</p>     <p>En primer lugar, para ella es falso que la justicia s&oacute;lo pueda surgir en una situaci&oacute;n de relativa igualdad (como afirma Hume) y que la cooperaci&oacute;n social sea el resultado de la expectativa de beneficio mutuo. Por el contrario:</p>     <blockquote>     <p>En el enfoque de las capacidades, la concepci&oacute;n de los beneficios y los fines de la cooperaci&oacute;n social es moral y social desde el principio[&hellip;] entiende que los seres humanos cooperan movidos por un amplio abanico de motivos, entre ellos el amor a la justicia, y en especial la compasi&oacute;n moral hacia aquellos que poseen menos de lo necesario para llevar una vida decente y digna (<i>Ib&iacute;d.</i>: 164)</p> </blockquote>     <p>As&iacute;, si es que hubo alg&uacute;n d&iacute;a algo como <i>"el estado de naturaleza&quot;</i>, del que parte todo contractualismo, &eacute;ste fue abandonado no por el beneficio mutuo que cada hombre obten&iacute;a con ello, sino porque era imposible imaginar una buena vida que no implicara fines y experiencias compartidas.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En segundo lugar, distanci&aacute;ndose de la tradici&oacute;n general, y en particular, de la teor&iacute;a rawlsiana<a href="#3" name="n3"><sup>3</sup></a>, Nussbaum no concibe la dignidad de las personas apoy&aacute;ndose en Kant, sino en Arist&oacute;teles, y esta es una diferencia importante, porque rompe con la tradicional manera de defender la dignidad a partir de la sola raz&oacute;n y la exclusi&oacute;n de otros rasgos de nuestra naturaleza. En sus palabras:</p>     <blockquote>     <p>Esto supone introducir en la concepci&oacute;n pol&iacute;tica de la persona, de la que van a derivarse los principios pol&iacute;ticos b&aacute;sicos, un reconocimiento de que somos animales temporales y necesitados, que nacemos siendo beb&eacute;s y terminamos con frecuencia en otras formas de dependencia[&hellip;] Tambi&eacute;n supone reconocer que la clase de sociabilidad propia de los seres humanos incluye relaciones sim&eacute;tricas como las que destaca Rawls, pero tambi&eacute;n relaciones de asimetr&iacute;a m&aacute;s o menos extrema; e insistir en que sigue habiendo reciprocidad y un funcionamiento plenamente humano en tales relaciones asim&eacute;tricas (<i>Ib&iacute;d.</i>: 167).</p> </blockquote>     <p>En tercer lugar, su concepci&oacute;n del bien es <i>"m&aacute;s rica y moralmente cargada&quot;</i> que la noci&oacute;n del bien sostenida dentro de la tradici&oacute;n contractualista, en la medida en que implica tambi&eacute;n lo justo, y es as&iacute;, porque dentro de su enfoque: <i>"la dignidad no es algo que pueda definirse de forma previa e independiente de las capacidades, sino que se encuentra en cierto modo imbricada en ellas y en su definici&oacute;n&quot;</i> (<i>Ib&iacute;d.</i>: 169).</p>     <p>Adicionalmente, es tambi&eacute;n una teor&iacute;a fuertemente emparentada con la teor&iacute;a de los derechos, aunque pretende tambi&eacute;n abarcar m&aacute;s que &eacute;sta<a href="#4" name="n4"><sup>4</sup></a>. Debido a que pensar en t&eacute;rminos de capacidad brinda un patr&oacute;n de medici&oacute;n, para garantizarle a alguien un derecho, en la medida en que las capacidades no deben garantizarse s&oacute;lo en sentido formal, sino tambi&eacute;n, y sobre todo, en sentido material. Pero esto va m&aacute;s all&aacute; de la simple asignaci&oacute;n de recursos o de la satisfacci&oacute;n de los deseos de la gente.</p>     <p><b>2. Caracterizaci&oacute;n del enfoque de las capacidades</b></p>     <p>Para comprender mejor la propuesta de Nussbaum, es necesario que nos remitamos a su libro <i>Las mujeres y el desarrollo humano</i>, publicado en el a&ntilde;o 2000. En &eacute;ste, ella plantea lo siguiente:</p>     <blockquote>     <p>La meta del proyecto en su conjunto es brindar el sustento filos&oacute;fico para una visi&oacute;n de los principios constitucionales b&aacute;sicos que deben ser respetados e implementados por los gobiernos de todas las naciones como un m&iacute;nimo requerido por el respeto a la dignidad humana[&hellip;] esta idea de un m&iacute;nimo social b&aacute;sico proviene de un enfoque centrado en las capacidades humanas, es decir, en aquello que la gente es realmente capaz de hacer y de ser (Nussbaum, 2000: 32).</p> </blockquote>     <p>Como el t&iacute;tulo del libro lo sugiere, su idea es que el desarrollo humano no ser&aacute; posible si no se pone especial atenci&oacute;n a los problemas que enfrentan las mujeres en general, y en especial, las mujeres de los pa&iacute;ses en desarrollo. &Eacute;ste es un libro que surgi&oacute; como fruto de su trabajo conjunto con Amartya Sen en la India, desde que en 1986 fue nombrada Consejera de investigaciones en el <i>Instituto Mundial para el Desarrollo de la Investigaci&oacute;n en Econom&iacute;a</i>. Sin embargo, su idea de las capacidades fue extendida posteriormente para encarar otros problemas que la autora considera fundamentales para lograr la justicia social (i.e., c&oacute;mo hacer extensiva la igualdad de derechos a las personas que padecen discapacidades f&iacute;sicas y metales, c&oacute;mo lograr unas condiciones dignas y justas para el trato entre naciones, y finalmente, c&oacute;mo tratar a los animales no humanos de una manera justa).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Pero &iquest;a qu&eacute; capacidades se refiere propiamente? Ella proporciona una lista que me voy a permitir citar <i>in extenso</i>. &Eacute;stas son las que llama <i>capacidades centrales para el funcionamiento humano</i>:</p>     <p>1. Ser capaz de vivir hasta el final una vida humana de extensi&oacute;n normal; no morir prematuramente, o antes de que la propia vida se haya reducido de tal modo que ya no merezca vivirse.</p>     <p>2. Ser capaz de tener buena salud&hellip; estar adecuadamente alimentado, tener un techo adecuado.</p>     <p>3. Ser capaz de moverse libremente de un lugar a otro; que los l&iacute;mites del propio cuerpo sean tratados como soberanos&hellip;</p>     <p>4. Ser capaz de utilizar los sentidos, de imaginar, de pensar y razonar, y de hacer todo esto de forma <i>"verdaderamente humana&quot;</i>, forma plasmada y cultivada por una adecuada educaci&oacute;n&hellip; ser capaz de utilizar la propia mente de manera protegida por las garant&iacute;as de libertad de expresi&oacute;n&hellip; ser capaz de buscar el sentido &uacute;ltimo de la vida a la propia manera&hellip;</p>     <p>5. Ser capaz de tener vinculaciones con cosas y personas fuera de uno mismo, de amar a quienes nos aman y cuidan de nosotros&hellip; que el propio desarrollo emocional no est&eacute; arruinado por un temor o preocupaci&oacute;n aplastante, o por sucesos traum&aacute;ticos de abuso o descuido&hellip;</p>     <p>6. Ser capaz de plasmar una concepci&oacute;n del bien y de comprometerse en una reflexi&oacute;n cr&iacute;tica acerca del planeamiento de la propia vida.</p>     <p>7. Ser capaz de vivir con y hacia otros&hellip; ser capaz tanto de justicia como de amistad. (Proteger esta capacidad significa proteger instituciones que constituyen y alimentan tales formas de afiliaci&oacute;n, y proteger asimismo la libertad de reuni&oacute;n y de discurso pol&iacute;tico). Ser capaz de trabajar como un ser humano, haciendo uso de la raz&oacute;n pr&aacute;ctica e ingresando en significativas relaciones de reconocimiento mutuo con otros trabajadores.</p>     <p>8. Ser capaz de vivir con cuidado por los animales, plantas y el mundo de la naturaleza y en relaci&oacute;n con todo ello.</p>     <p>9. Ser capaz de re&iacute;r, jugar y disfrutar de actividades recreativas.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>10. Ser capaz de participar efectivamente en elecciones pol&iacute;ticas que gobiernen la propia vida, y de tener propiedad, no solamente de manera formal sino en t&eacute;rminos de real oportunidad&hellip; (<i>Ib&iacute;d.</i>: 120-123).</p>     <p>Respecto a esta lista ella hace, adem&aacute;s, las siguientes precisiones:</p>     <p>1. Las capacidades son componentes separados, con valor e importancia irreductibles. Pero,</p>     <p>2. relacionados de muchas maneras.</p>     <p>3. Algunas de ellas son lo que Rawls llama <i>"bienes primarios&quot;</i>. Lo que el gobierno puede y debe hacer es brindar la base social de estas capacidades.</p>     <p>4. La lista de las capacidades parte de premisas &eacute;ticas y extrae conclusiones &eacute;ticas (que parten de lo que ella denomina una <i>idea moral independiente</i>, en la medida en que no hace presupuestos metaf&iacute;sicos o teleol&oacute;gicos). El punto de partida es la idea seg&uacute;n la cual s&oacute;lo aquellas capacidades humanas que han sido evaluadas como valiosas desde un punto de vista &eacute;tico nos plantean una exigencia moral<a href="#5" name="n5"><sup>5</sup></a>. La principal conclusi&oacute;n es que, en virtud de la centralidad de esas capacidades, deben servir para definir las metas de desarrollo y los principios constitucionales que rijan un Estado.</p>     <p>5. Las libertades y oportunidades reconocidas por la lista no deben entenderse en un sentido puramente formal, pues poner el &eacute;nfasis en las capacidades:</p>     <blockquote>     <p>implica promover para todos los ciudadanos una mayor medida de igualdad material de la que existe en la mayor&iacute;a de sociedades, en cuanto es poco probable que se pueda obtener que todos los ciudadanos est&eacute;n por encima de un umbral m&iacute;nimo de capacidades para el verdadero funcionamiento humano sin implementar ciertas pol&iacute;ticas redistributivas (<i>Ib&iacute;d.</i>: 130).</p> </blockquote>     <p>Para finalizar, quiero resaltar que &eacute;ste planteamiento es realmente novedoso e interesante, porque logra solucionar el problema al cual hab&iacute;amos llegado cuando evaluamos la &eacute;tica del cuidado (i.e., cuando advertimos que algunas de las cr&iacute;ticas a la tradici&oacute;n parec&iacute;an acertadas, pero no aquella propuesta de abandonar la noci&oacute;n de justicia). Pese a que la manera como lo hace puede verse en lo que ya hemos mencionado, voy a terminar mostrando otras razones por las cuales podemos ver, que en su enfoque, el cuidado de los otros -en especial de los m&aacute;s necesitados- es de gran relevancia para el logro de la justicia social, en la medida en que &eacute;sta no puede alcanzarse si no se atienden adecuadamente las necesidades de aquellos que tienen amenazadas las capacidades que les permitir&iacute;a vivir una vida humana digna.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> </p>     <p>As&iacute;, esta s&iacute;ntesis entre los dos enfoques antes en disputa puede verse, por ejemplo, en su insistencia en que <i>"el objetivo pol&iacute;tico apropiado es la capacidad, no el funcionamiento&quot;</i>. &Eacute;sta es su respuesta a la posible objeci&oacute;n seg&uacute;n la cual con su propuesta ella podr&iacute;a estar alentando a los gobiernos para que inste o empuje a la poblaci&oacute;n a funcionar de una determinada manera. Su respuesta, es que donde se trata de ciudadanos adultos, lo que el gobierno debe proporcionar es la base social para que se desarrollen las capacidades centrales. Sin embargo, aclara, cuando se trata de ciudadanos no adultos en sentido biol&oacute;gico, o de ciudadanos no adultos porque se les ha mantenido en condiciones de desventaja, entonces la meta pol&iacute;tica deber&aacute; ser el funcionamiento, y es as&iacute;, porque la lista de capacidades que ella ha elaborado est&aacute; constituida por lo que llama <i>"capacidades combinadas&quot;</i>, debido a que requieren tanto de una maduraci&oacute;n interna como de un ambiente propicio para su desarrollo. Claramente, si se da lo primero pero no lo segundo, la capacidad no se desarrolla; sin funcionamiento no hay capacidades<a href="#6" name="n6"><sup>6</sup></a>. Esto significa, que respecto a este grupo de personas, el Estado tiene que asumir una posici&oacute;n de cuidado, proporcion&aacute;ndoles lo necesario para que el funcionamiento se de y posteriormente surja la capacidad. S&oacute;lo as&iacute; se lograr&aacute; justicia social.</p>     <p>Adicionalmente, su enfoque pretende integrar tanto el inter&eacute;s de los te&oacute;ricos de la &eacute;tica de la justicia por encontrar unos principios de posible aplicaci&oacute;n universal, como la preocupaci&oacute;n de los de la &eacute;tica del cuidado, por estar atentos al contexto. As&iacute;, afirma que:</p>     <blockquote>     <p>La idea que hay detr&aacute;s del uso de una lista &uacute;nica no es que haya una &uacute;nica forma de realizaci&oacute;n para el ser humano, sino m&aacute;s bien que un grupo de ciudadanos razonables puede estar de acuerdo en que estas capacidades son requisitos importantes para cualquier concepci&oacute;n razonable de la realizaci&oacute;n humana, a partir de una concepci&oacute;n pol&iacute;tica de la persona como un animal pol&iacute;tico, a la vez digno y necesitado; y, por lo tanto, que constituyen una buena base para definir los derechos pol&iacute;ticos b&aacute;sicos en una sociedad justa (Nussbaum, 2007: 187)<a href="#7" name="n7"><sup>7</sup></a>.</p> </blockquote>     <p>Finalmente, su enfoque est&aacute; fuertemente emparentado con la concepci&oacute;n liberal seg&uacute;n la cual la individualidad, la libertad y la capacidad de elecci&oacute;n son unos de los bienes m&aacute;s importantes para el ser humano, pero insiste tambi&eacute;n en que <i>"los seres humanos son inevitablemente dependientes e interdependientes&quot;</i> y sostiene, adem&aacute;s, que <i>"puede haber dignidad en las relaciones de dependencia&quot;</i> (<i>Ib&iacute;d.</i>: 221).</p>     <p>No obstante, esta maravillosa s&iacute;ntesis, Nussbaum le da prioridad al objetivo liberal, pues en su lenguaje significa que la sociedad tiene el mandato de lograr que todas y cada una de las personas alcancen las capacidades de la lista, para que puedan disfrutar de tanta libertad e independencia como sea posible.    <br> </p>     <p>Considero que la validez de este &uacute;ltimo punto puede probarse mediante el recurso que la propia Nussbaum utiliza. Ella se pregunta si tal vez har&iacute;amos mejor en abandonar el objetivo (liberal) de la independencia y en concebir el Estado como una madre universal (tal como lo har&iacute;a un partidario extremo de la &eacute;tica del cuidado). Para responder, se pregunta si la imagen de <i>"ser hijo de una madre&quot;</i> describe todo lo que hay en la idea de ser un ciudadano de una sociedad justa.</p>     <p>Sin embargo, su respuesta negativa a esta &uacute;ltima pregunta, Nussbaum recuerda la historia de un ni&ntilde;o con s&iacute;ndrome de Down a quien el profesor le pregunta qu&eacute; quiere ser cuando sea mayor. El ni&ntilde;o contesta: <i>"quiero ser grande&quot;</i> (<i>Ib&iacute;d.</i>: 221-222). Nussbaum concluye a partir de esto que se necesita mucho m&aacute;s que la imagen de ser hijos de una madre. Se necesita, ante todo, el conjunto de capacidades que le permiten a uno convertirse en un miembro adulto, independiente e integrado de la sociedad.</p> <hr size="1">     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>NOTAS AL PIE</b></p>     <p><a href="#n1" name="1">1</a> Nettel, Ana Laura, <i>Justicia y femenismo</i> (Primera parte). V&iacute;a internet en: <a href="http://www.uom.edu.mx/trabajadores/64_Ana_Laura.html" target="_blank">http://www.uom.edu.mx/trabajadores/64_Ana_Laura.html</a></p>     <p><a href="#n2" name="2">2</a> Esta caracterizaci&oacute;n est&aacute; guiada por Uhl, 1997: 106-109.</p>     <p><a href="#n3" name="3">3</a> A lo largo de los dos libros mencionados aqu&iacute;, ella se&ntilde;ala muchas diferencias y puntos de encuentro entre su teor&iacute;a y la de Rawls. Ver, por ejemplo, 2000: 134 (diferencias). En 2007: 179, dice que <i>"la justicia como equidad es un enfoque procedimental y el enfoque de las capacidades es un enfoque orientado al resultado&quot;</i>.</p>     <p><a href="#n4" name="4">4</a> Ver 2000, cap. VI: <i>"Capacidades y derechos humanos&quot;.</i></p>     <p><a href="#n5" name="5">5</a> En 2007: 185, afirma: <i>"en mi teor&iacute;a la idea de la naturaleza humana es pura y expl&iacute;citamente normativa[&hellip;]&quot;</i></p>     <p><a href="#n6" name="6">6</a> Sin embargo, el objetivo pol&iacute;tico sigue siendo la capacidad, no el funcionamiento. La raz&oacute;n de por qu&eacute; es as&iacute;, puede verse en 2000: p. 136 y en 2007: 177, 178.</p>     <p><a href="#n7" name="7">7</a> Para una exposici&oacute;n m&aacute;s detallada de este punto, ver 2000: cap. 1, "<i>En defensa de los valores universales&quot;</i>.</p> </font>      ]]></body>
</article>
