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<journal-title><![CDATA[El Ágora U.S.B.]]></journal-title>
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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[LAS PRÁCTICAS COMUNITARIAS DE JUSTICIA LOCAL EN LA SIERRA DE LA MACARENA. EL PLURALISMO JURÍDICO DE CARA A LA RECONSTRUCCIÓN DEL PAÍS EN EL POST CONFLICTO COLOMBIANO]]></article-title>
<article-title xml:lang="en"><![CDATA[COMMUNITY PRACTICES OF THE LOCAL JUSTICE IN "LA SIERRA DE LA MACARENA." THE JURIDICAL PLURALISM WITH AN EYE TO THE COUNTRY RECONSTRUCTION IN THE COLOMBIAN POST CONFLICT]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This article presents a characterization of the community agencies in the resolution of conflicts, which over one decade are in charge of dealing with conflicts in the region of the Sierra de La Macarena, Colombia. The text proposes that the local Justice in this region integrates a series of social conditions that not only be able to support the socio-political transition of the region, in case of reaching an agreement between the Colombian State and the insurgency, but it is also worth supporting it in time for the bet of peace that they represent. For this purpose, the article introduces an analytical balance of the work carried out by the Conciliation Committees from its characterization and it provides key elements to understand the logic and nature of the community justice in La Macarena.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[  <font size="2" face="verdana">      <p>Tipo de art&iacute;culo: de Investigaci&oacute;n</p>      <p align="center"><font size="4"><b>LAS PR&Aacute;CTICAS COMUNITARIAS DE JUSTICIA LOCAL EN LA SIERRA DE LA MACARENA. EL PLURALISMO JUR&Iacute;DICO DE CARA A LA RECONSTRUCCI&Oacute;N DEL PA&Iacute;S EN EL POST CONFLICTO COLOMBIANO</b></font><Sup>2</Sup></p>      <p align="center"><font size="3"><b>COMMUNITY PRACTICES OF THE LOCAL JUSTICE IN &quot;LA SIERRA DE LA MACARENA.&quot; THE JURIDICAL PLURALISM WITH AN EYE TO THE COUNTRY RECONSTRUCTION IN THE COLOMBIAN POST CONFLICT</b></font></p>      <p><i>Por: Nicol&aacute;s Espinosa Men&eacute;ndez</i><sup>1</sup></p>      <p><sup>1</sup> Soci&oacute;logo. PhD (c) Antropolog&iacute;a, Universidad de Arizona. Docente-Investigador de la Facultad de Derecho, de la Universidad de San Buenaventura, Medell&iacute;n-Colombia. Contacto: <a href="mailto:nicolas@email.arizona.edu">nicolas@email.arizona.edu</a>, <a href="mailto:nicolas.espinosa@usbmed.edu.co">nicolas.espinosa@usbmed.edu.co</a></p>      <p><b>Nota</b>    <p>      <p><Sup>2</sup> Este art&iacute;culo se enmarca en la investigaci&oacute;n &quot;Justicia comunitaria como iniciativa de paz en un escenario de post-conflicto&quot;, financiada por la Universidad de San Buenaventura. El art&iacute;culo expone apartes de mi Tesis de Sociolog&iacute;a &quot;A la otra orilla del r&iacute;o: la relaci&oacute;n de los campesinos y la guerrilla en La Macarena&quot;.</p>      <p align="center">Recibido: enero 2015. Revisado: abril 2015. Aceptado: 2 de mayo de 2015</p>  <hr>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Resumen</b></p>      <p>Este art&iacute;culo presenta una caracterizaci&oacute;n de las instancias comunitarias de resoluci&oacute;n de conflictos que desde hace m&aacute;s de una d&eacute;cada son las encargadas de tramitar conflictos en la regi&oacute;n de la Sierra de La Macarena, Colombia. El texto propone que la Justicia Local de esta regi&oacute;n integra una serie de condiciones sociales que no solo podr&aacute;n apoyar la transici&oacute;n sociopol&iacute;tica de la regi&oacute;n, en caso de llegarse a un acuerdo entre el estado colombiano y la insurgencia, sino que adem&aacute;s vale la pena su sostenimiento en el tiempo por la apuesta de paz que representan. Para tal efecto, el art&iacute;culo presenta un balance anal&iacute;tico del trabajo adelantado por Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n a partir de su caracterizaci&oacute;n y ofrece elementos claves para comprender la l&oacute;gica y naturaleza de la justicia comunitaria de La Macarena.</p>      <p><b>Palabras clave:</b> Pluralismo Jur&iacute;dico, Derecho Cr&iacute;tico, Conflicto Armado Colombiano, Post Conflicto, justicia comunitaria.</p>  <hr>      <p><b>Abstract</b></p>      <p>This article presents a characterization of the community agencies in the resolution of conflicts, which over one decade are in charge of dealing with conflicts in the region of the Sierra de La Macarena, Colombia. The text proposes that the local Justice in this region integrates a series of social conditions that not only be able to support the socio-political transition of the region, in case of reaching an agreement between the Colombian State and the insurgency, but it is also worth supporting it in time for the bet of peace that they represent. For this purpose, the article introduces an analytical balance of the work carried out by the Conciliation Committees from its characterization and it provides key elements to understand the logic and nature of the community justice in La Macarena.</p>      <p><b>Key words:</b> Legal pluralism, critical right, Colombian armed conflict, post-conflict, community justice.</p>  <hr>      <p><font size="3"><b>Introducci&oacute;n</b></font></p>      <p>Este art&iacute;culo recoge apartes de un trabajo que desde hace m&aacute;s de una d&eacute;cada he realizado sobre el devenir de la Justicia Local en la Sierra de La Macarena. Mi etnograf&iacute;a la empec&eacute; all&iacute; durante los d&iacute;as del fallido proceso de paz entre el Gobierno Pastrana y las Farc-Ep (tiempo en que la regi&oacute;n fue desmilitarizada y reconocida como &quot;zona de despeje&quot;, 1998-2002), y continua hoy d&iacute;a, cuando sobre la regi&oacute;n se ha vivido una intensa pol&iacute;tica contrainsurgente y se sigue con atenci&oacute;n y expectativa el actual proceso de paz.</p>      <p>El objetivo de mi trabajo en La Macarena tiene que ver con los retos que le esperan a la regi&oacute;n de llegarse a un acuerdo entre el estado y la insurgencia, en particular sobre las condiciones sociales para adecuar la transici&oacute;n sociopol&iacute;tica de la regi&oacute;n (la resoluci&oacute;n comunitaria de conflictos, uno de sus aspectos esenciales), y el papel que le espera a las organizaciones comunitarias como actores centrales para articular las pol&iacute;ticas e iniciativas de transici&oacute;n. Este objetivo, aplazado a fuerza de las circunstancias desde 2002, encuentra un momento hist&oacute;rico apropiado para su desarrollo y me permite formular nuevas hip&oacute;tesis. Por ello, este texto lo he preparado como soporte de una reciente investigaci&oacute;n con la que me propongo dar un testimonio anal&iacute;tico de pr&aacute;cticas locales y comunitarias de resoluci&oacute;n conflictos. En este texto me concentro especialmente en el trabajo de los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n y algunas de sus condiciones y caracter&iacute;sticas.</p>      <p>Pero antes de detenerme en estos detalles, un poco de historia y un tanto de contexto sobre la zona pueden ser &uacute;tiles para qui&eacute;n no tiene mayor referencia de esta regi&oacute;n. La Sierra de La Macarena tiene como particularidad que all&iacute; se encuentran unas condiciones biol&oacute;gicas excepcionales, y una historia social muy especial. Como parte del Escudo Guyan&eacute;s y encuentro de los ecosistemas Andinos, Orinocense y Amaz&oacute;nico, La Sierra de La Macarena es considerada Patrimonio de la Humanidad dada su importancia ecol&oacute;gica (Ruiz, 2003). Ubicada en el piedemonte amaz&oacute;nico colombiano, La Macarena es una zona de frontera agr&iacute;cola poblada por familias campesinas expulsadas por distintas violencias en el pa&iacute;s desde mediados del SXX, y atra&iacute;das por las posibilidades de tener tierra y prosperidad. En 1964, a orillas de sus r&iacute;os, fueron fundadas las Farc y si bien su territorio ha sido escenario privilegiado para el despliegue guerrillero y las pol&iacute;ticas contrainsurgentes, all&iacute; se ha gestado una expresi&oacute;n territorial de autonom&iacute;a comunitaria y campesina sobre la que se construyen algunos de los principales apartados del proceso de paz presente.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La transici&oacute;n ser&aacute; sin duda un reto cuya complejidad tiene que ver con la superaci&oacute;n de la represi&oacute;n pol&iacute;tica y de la exclusi&oacute;n econ&oacute;mica por medio del reconocimiento y apoyo a las formas de autogobierno y organizaci&oacute;n que -de manera creativa- han sido creadas en La Macarena como repuesta social al conflicto. Ser&aacute; pues, sobre las organizaciones campesinas, donde las apuestas de paz pueden encontrar un escenario id&oacute;neo para su desarrollo.</p>      <p>El prop&oacute;sito de este texto consiste, pues, en ofrecer elementos de comprensi&oacute;n sobre la justicia comunitaria de La Macarena. Este articulo corresponde a la presentaci&oacute;n revisada y actualizada de mi experiencia de trabajo de campo en la regi&oacute;n, con una perspectiva cr&iacute;tica que se enmarca en la propuesta del Pluralismo Jur&iacute;dico (Wolkmer, 2003).La vasta multiplicidad de experiencias jur&iacute;dicas que existen en la regi&oacute;n y que el Pluralismo Jur&iacute;dico permite reconocer, suponen un interesante desaf&iacute;o para la transici&oacute;n que se avecina: &iquest;c&oacute;mo sostener las experiencias exitosas de resoluci&oacute;n de conflictos, c&oacute;mo superar el orden armado que ostenta la insurgencia, como relegitimar la institucionalidad estatal sin detrimento del respeto y promoci&oacute;n de la autonom&iacute;a comunitaria? &iquest;Qu&eacute; lecciones pueden ser aprendidas de La Macarena para contrastarlas con otras regiones, y viceversa? Mis preguntas se orientan tanto a instituci&oacute;n del estado y las expresiones de la sociedad civil que se preocupar&aacute;n por la transici&oacute;n, como a la plataforma pol&iacute;tica que recoger&aacute; la propuesta insurgente. Pero, en particular, se orienta a las comunidades campesinas que dan cuerpo a la organizaci&oacute;n social y comunitaria. Son estas organizaciones quienes tendr&aacute;n que sostener los modelos de Justicia Comunitaria que han configurado como una instituci&oacute;n para la sociedad campesina. Esto quiere decir que la Justicia Local tiene una tradici&oacute;n y trascendencia que puede ser pertinente conocer.</p>      <p>La historia de La Macarena da cuenta que con el pasar de los a&ntilde;os la resoluci&oacute;n de conflictos ha tomado formas diferentes y ha cumplido un distinto papel en la construcci&oacute;n de la regi&oacute;n, pues cabe recordar que La Macarena fue una zona de colonizaci&oacute;n donde primero llego la gente y luego las instituciones. Una experiencia caracter&iacute;stica de este proceso es la Vereda El Socorro, una comunidad ubicada en el Guayabero Medio, cercana al casco urbano, en donde coexisten distintas historias de poblamiento y donde se han vivido todas las manifestaciones de violencia que han afectado la regi&oacute;n. A mediados de los a&ntilde;os 70, los problemas de esta naciente comunidad eran poco frecuentes: los viejos y las viejas me han contado que all&iacute; las extensiones de las fincas evitaban la invasi&oacute;n de animales del vecino, la gente era poca, los problemas eran arreglados entre las partes y las regulaciones guerrilleras a&uacute;n no se hab&iacute;an instaurado. Las desavenencias por linderos, el trazo de los caminos y el manejo del ganado aumentaron conforme nuevas familias colonas se establecieron en la regi&oacute;n. El creciente proceso de poblamiento a finales de esa d&eacute;cada, y la adopci&oacute;n del cultivo de coca como alternativa econ&oacute;mica, coincidi&oacute; con el aparecimiento de la guerrilla, quienes a finales de los a&ntilde;os 70 llegaron a &quot;poner orden&quot; y a construir su proyecto insurgente.</p>      <p>La producci&oacute;n de la coca encontr&oacute; en la guerrilla, pues, el agente preciso para su regulaci&oacute;n: como cualquier otra producci&oacute;n campesina, es susceptible de ser objeto de conflicto entre vecinos. Pero como toda actividad ilegal, sus conflictos escapan al arbitrio del estado y tienden a ser muy violentos. La guerrilla, como consta en los testimonios recogidos por Alfredo Molano (Molano, 1999), apareci&oacute; en las Selvas del Guaviare en una &eacute;poca en que la coca fue bonanza, el dinero corri&oacute; a montones y la muerte y violencia se dieron silvestres (V&eacute;anse los relatos &quot;El retorno del t&iacute;o Zabaleta&quot; y &quot;El desecho&quot;). La Macarena, aunque no fue ajena a este conflicto, vivi&oacute; con menor intensidad eso que Fernando Cubides caracterizara como &quot;la pr&aacute;ctica disoluci&oacute;n de una &eacute;tica de trabajo y una &eacute;tica empresarial&quot; (1989, p 331) que, dice el autor, &quot;durante el periodo de la bonanza, encontr&oacute; un paliativo&hellip;con las medidas coactivas de la guerrilla para restaurar la siembra de cultivos de subsistencia, refrenar el consumo de bazuco y las manifestaciones m&aacute;s virulentas&quot; (C&uacute;bides,1989, p 331) . El orden guerrillero se imbric&oacute; con el naciente orden social al tomar forma en los manuales de convivencia, y al establecer un precario sistema de resoluci&oacute;n de conflictos.</p>      <p>Pero la justicia local a no se agota en la coca, ni se remite exclusivamente a la guerrilla. La justicia local corresponde a un proceso hist&oacute;rico que involucra a los comit&eacute;s de colonos creados en los a&ntilde;os 70, quienes establecieron las primeras normas de convivencia, normas que luego se reformular&iacute;an con el posicionamiento de la coca (a&ntilde;os 80), la consolidaci&oacute;n de la guerrilla y sus regulaciones m&aacute;s all&aacute; de las normas de convivencia (a&ntilde;os 90), el fortalecimiento de los comit&eacute;s de conciliaci&oacute;n (a&ntilde;os 2000) y las regulaciones socioambientales que las asociaciones campesinas han introducido en la regi&oacute;n (2010-presente).</p>      <p>Esta Justicia Local la he definido como la suma de los criterios b&aacute;sicos (valores normativos), mecanismos (f&oacute;rmulas consensuadas de arreglo), instancias y formas como la guerrilla y las comunidades campesinas, definen y resuelven conflictos de car&aacute;cter comunitario (es decir, conflictos de convivencia campesina). Tal resoluci&oacute;n se sustenta en una noci&oacute;n de justo comunitario, un constructo &eacute;tico y moral que hace las veces del ethos b&aacute;sico, la &quot;norma de normas&quot; que le sostiene y que se define en t&eacute;rminos del bien com&uacute;n conforme las pr&aacute;cticas y costumbres de la regi&oacute;n. Si bien en trabajos anteriores he propuesto un modelo anal&iacute;tico que permite proponer el campo jur&iacute;dico del otro derecho como alternativa para definir que, en efecto, all&iacute; existe otro derecho, en este art&iacute;culo me propongo presentar c&oacute;mo funciona y procede este Sistema Jur&iacute;dico Local.</p>      <p>Para tal efecto en este art&iacute;culo quiero exponer las principales condiciones y caracter&iacute;sticas del trabajo de los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n. Pero antes, y en la siguiente secci&oacute;n, quiero presentar una serie de antecedentes de guerra y paz que han sido fundamentales para definir el papel que juega la justicia local en la configuraci&oacute;n de autonom&iacute;as comunitarias.</p>      <p><b>Contexto reciente: de la zona de despeje (1998-2002) a la Habana (2012-presente)</b></p>      <p>La perspectiva que puede tener la Justicia Comunitaria en la transici&oacute;n democr&aacute;tica de la regi&oacute;n no es una discusi&oacute;n nueva, y encuentra un importante antecedente en un momento hist&oacute;rico particular: el proceso de paz de 1998 y la zona de despeje. Este hito defini&oacute; desde entonces un discurso estatal sobre la regi&oacute;n, refiri&eacute;ndose como &quot;El Cagu&aacute;n&quot; a toda la zona de despeje, cuando esta denominaci&oacute;n s&oacute;lo existe all&iacute; para reconocer las riberas del R&iacute;o Cagu&aacute;n. Tal estereotipo ha definido discursos acad&eacute;micos y pol&iacute;ticos sobre la regi&oacute;n que contribuyen a reproducir la marginalidad de las zonas de frontera. Al respecto Te&oacute;filo V&aacute;zquez -enfoc&aacute;ndose espec&iacute;ficamente, eso s&iacute;, en la regi&oacute;n ribere&ntilde;a del R&iacute;o Cagu&aacute;n- encontr&oacute; que:</p>      <blockquote>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Una revisi&oacute;n somera de bibliograf&iacute;a sobre el conflicto en la regi&oacute;n da cuenta de la singular visi&oacute;n marginalizada que ha predominado sobre El Cagu&aacute;n. En efecto, la regi&oacute;n se asocia con el control exclusivo de las FARC y con cultivos de coca, lo cual es atribuido a la ausencia de las instituciones estatales (V&aacute;zquez, 2014)</p> </blockquote>      <p>As&iacute; mismo, este hit&oacute; contribuy&oacute; a definir la forma que tomar&iacute;a desde entonces las pr&aacute;cticas contrainsurgentes (enmarcadas en la &quot;recuperaci&oacute;n del territorio&quot;) y las formas de control guerrillero que se han ensa&ntilde;ado contra las gentes de la zona. En este contexto es donde la Justicia Comunitaria puede ser concebida, y es una de las hip&oacute;tesis de mi trabajo, como una respuesta social a la guerra: ha permitido a las comunidades ganar autonom&iacute;a frente al estado y ante la guerrilla. Les ha exigido mejorar sus formas de autogobierno, y es una de las fuentes que les ha permitido plantear un orden social aut&oacute;nomo. En esta secci&oacute;n, ofrecer&eacute; una breve lectura del reciente contexto de la regi&oacute;n que permite reconocer la Justicia Local en los t&eacute;rminos que he propuesto.</p>      <p>Al mediar el mes de enero de 2002, las perspectivas del proceso de paz de ese entonces - aunque estaban en su momento m&aacute;s cr&iacute;tico- parec&iacute;an aclararse. El cruce de comunicaciones entre las Farc y el Gobierno en aquellos d&iacute;as, con la mediaci&oacute;n de la ONU, de manera aparente reencaminaban el proceso. Pero no fue as&iacute;. La historia se ha encargado de demostrar que ni las Farc confiaban en el gobierno Pastrana (pues continuaron con sus perspectivas de crecimiento y expansi&oacute;n), ni el Gobierno Pastrana ten&iacute;a intenci&oacute;n alguna para llegar a un acuerdo (el Plan Colombia estableci&oacute; como prioridad la reingenier&iacute;a de la guerra contrainsurgente). Las versiones m&aacute;s extendidas sobre lo qu&eacute; all&iacute; sucedi&oacute;, aunque dis&iacute;miles por su origen (cr&oacute;nicas period&iacute;sticas, discursos pol&iacute;ticos, an&aacute;lisis acad&eacute;micos), tienen como lugar com&uacute;n que no necesariamente incorporan las versiones de los habitantes de la regi&oacute;n (Cagu&aacute;n Vive, 2009)</p>      <p>La narrativa oficial vio en el despeje la capitulaci&oacute;n del estado, el enga&ntilde;o de la guerrilla, la p&eacute;rdida de la soberan&iacute;a, y quiz&aacute; lo m&aacute;s grave: la futilidad de una paz negociada. (Leal, 2006) .Durante m mi trabajo me he encontrado que ha sido muy poca la producci&oacute;n acad&eacute;mica, y menos a&uacute;n las lecturas oficiales capaces de dimensionar el despeje en sus justas proporciones (o por lo menos sin recurrir a los estereotipos y asociaciones f&aacute;ciles entre marginalidad y criminalidad) (Caracol, 2002). Y si bien en t&eacute;rminos acad&eacute;micos, la zona de despeje y la fallida negociaci&oacute;n no parecieron ser fuente de mucho inter&eacute;s sobre su naturaleza, condiciones y consecuencias (Centro Nacional de Memoria Hist&oacute;rica CNMH, 2014) ,se destacan la lectura sociopol&iacute;tica que hicieran Fern&aacute;n Gonz&aacute;lez (qui&eacute;n situ&oacute; &quot;el despeje&quot; en una perspectiva de largo plazo en la historia de la guerra y la paz, (Gonz&aacute;lez, 2002) y los trabajos detallados de Fernando Cubides qui&eacute;n desde la cr&oacute;nica sociol&oacute;gica nos introdujera en la zona antes del despeje, (Cubides, Cr&oacute;nica de un breve trabajo de campo en el &aacute;rea de despeje, 1998) sus condiciones sociopol&iacute;ticas y condicionamientos de orden nacional, (Cubides &amp; Dom&iacute;nguez, Desplazados, migraciones internas y reestructuraciones territoriales, 1999), y desde el balance de los procesos de paz fallidos, (Cubides, Algunas consideraciones sobre los procesos de paz fallidos en Colombia (O de c&oacute;mo inventar caisas cre&iacute;bles), 2005). Desde otra perspectiva, (Agnew &amp; Oslender, 2010) tratan lo que fue la zona de despeje desde una lectura de las distintas territorialidades que actores no-estatales han construido en Colombia, lugares definidos por distintos reg&iacute;menes de autoridad que se superponen en el pa&iacute;s.</p>      <p>Sin embargo, &quot;eso&quot; que pas&oacute; durante la desmilitarizaci&oacute;n en la regi&oacute;n, y la situaci&oacute;n de reajuste institucional (en particular la forma como el estado ha hecho presencia all&iacute;, desde una ret&oacute;rica y pr&aacute;ctica encausada dentro de un teatro de operaciones militares y contrainsurgentes) y de replanteamiento pol&iacute;tico-militar de las Farc-Ep (mayor movilidad militar, distinta relaci&oacute;n pol&iacute;tica con las comunidades), no ha sido objeto de mayor an&aacute;lisis.</p>      <p>Pero si ha sido tema recurrente, y con raz&oacute;n urgente, las denuncias sobre la crisis humanitaria que se vivi&oacute; despu&eacute;s del despeje. Los asesinatos sumarios y selectivos realizados por la guerrilla (Noticias del Llano, 2013), las detenciones masivas y ejecuciones extrajudiciales (Revista Semana, 2010) atribuidas a las Fuerzas Militares (TIEMPO, 2007), y las consecuencias que las recurrentes infracciones al DIH y DD.HH por parte de ambos grupos armados, han sido objeto de atenci&oacute;n de parte de ONG`s de defensa de los DD.HH (Tercer Canal, 2010), personalidades pol&iacute;ticas, instituciones estatales y, en particular, por las mismas comunidades.</p>      <p>A este respecto se ha abierto un nuevo escenario de indagaci&oacute;n que sin duda resultar&aacute; &uacute;til para el dise&ntilde;o de la transici&oacute;n: el afianzamiento de aquellas organizaciones comunitarias que en medio del conflicto han sido capaces de resistir y plantear respuestas al mismo. La estrategia de los Comit&eacute;s de DD.HH, la participaci&oacute;n de organizaciones comunitarias en la Marca Patri&oacute;tica (Fundaci&oacute;n Paz y Reconciliaci&oacute;n, 2014) (Ribon, 2014), la divisi&oacute;n territorial agendas locales y regionales fundamental de las ya hist&oacute;ricas Juntas de Acci&oacute;n Comunal, ha sido una estrategia id&oacute;nea y efectiva de auto-protecci&oacute;n comunitaria.</p>      <p>Es claro: el contexto sociopol&iacute;tico de la regi&oacute;n es mucho m&aacute;s complejo que las l&iacute;neas aqu&iacute; expuestas. Sin embargo quiero se&ntilde;alar que a pesar de los fuertes impactos que ha tenido la guerra en la poblaci&oacute;n, las Juntas de Acci&oacute;n Comunal se han sostenido y las experiencias de justicia comunitaria que yo encontrara en la regi&oacute;n a comienzos de la d&eacute;cada del 2000 a&uacute;n permanecen. Los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n han seguido trabajando, la justicia local ha sobrevivido y a&uacute;n contribuye a la construcci&oacute;n del ethos comunitario (Ram&iacute;rez, Gonz&aacute;lez, &amp; Espinosa, 2014) Puesto que la Justicia Local, adem&aacute;s de hacer las veces de narrativa, implica una serie de elementos pr&aacute;cticos, los siguientes apartados tratar&aacute;n sus l&oacute;gicas y aplicaciones.</p>      <p><b>Los problemas comunitarios y su clasificaci&oacute;n</b></p>      <p>El concepto de derecho en el que me apoyo establece que todo sistema jur&iacute;dico posee un proceso regularizado para solucionar conflictos (Sousa Santos, 1991). Para el caso de La Macarena el rasgo m&aacute;s importante de dicho proceso es que seg&uacute;n el contexto y el tipo de problema resulta pertinente acudir a la justicia del estado, o a la Justicia Local. Si se trata de la zona rural (espacio sobre el cual me enfocare en el art&iacute;culo) ocasionalmente y muy rara vez se busca la participaci&oacute;n de la inspecci&oacute;n de polic&iacute;a.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Es as&iacute; que cuando ocurre alguna desavenencia entre vecinos o vecinas la primera instancia para solucionar un conflicto menor (ya explicar&eacute; cuales son estos) debe ser el Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n. Hasta hace poco m&aacute;s de una d&eacute;cada no era as&iacute;, pues todo problema llegaba a manos de la guerrilla. El principal elemento que define las instancias a recurrir es el tipo de problemas que pueden ocurrir. A continuaci&oacute;n expongo una tipolog&iacute;a comprensiva al respecto.</p>      <p>El lenguaje com&uacute;n campesino reconoce todo conflicto comunitario como un &quot;problema&quot;. Estos conflictos se diferencian entre &quot;problemas menores&quot;, donde la Junta puede intervenir con autonom&iacute;a y sin necesidad de recurrir a la guerrilla o a las figuras jur&iacute;dicas oficiales, y los &quot;problemas graves&quot; y/o &quot;delitos&quot; que son exclusivos para ser arreglados por la guerrilla o ante las instancias del derecho oficial. &iquest;Cu&aacute;les son los problemas graves? Una campesina me coment&oacute; que</p>      <blockquote>     <p><b><i>Do&ntilde;a T&aacute;mara</i></b><i>: Los problemas mayores son los que se salen de las manos del Comit&eacute;. Que ya, por decir algo, un ahogado, una matanza&hellip; qu&eacute; se yo. Cosas supremamente delicadas. Porque un problema de linderos lo puede arreglar el Comit&eacute; conciliador o la Junta. Un problema de un da&ntilde;o</i> (una vaca que da&ntilde;a una cerca, por ejemplo)<i>: la misma cuesti&oacute;n. Qu&eacute; se va uno a poner a andarle quitando por all&aacute; el tiempo a la guerrilla e involucrarlos en cosas que se pueden arreglar dentro la misma vereda.</i></p> </blockquote>      <p>Los problemas menores hacen referencia, pues, a los conflictos comunitarios que se generan por irrespetar alguna de las normas consuetudinarias campesinas (como puede ser, por ejemplo, que las cercas entre las fincas son una responsabilidad igual entre vecinos), en tanto que los problemas &quot;graves&quot; remiten, en primer lugar, a una idea de <i>conflictos de dif&iacute;cil resoluci&oacute;n</i> algunos de los cuales pueden ser atendidos por los Comit&eacute;s. Los conflictos graves dan lugar a situaciones que el com&uacute;n de la gente en La Macarena reconoce como los delitos. Las graves violaciones a eso que el positivismo jur&iacute;dico tradicional entiende como <i>reglas primarias de obligaci&oacute;n</i> (el homicidio y los abusos sexuales, en particular), y por otro lado al desacato de las regulaciones impuestas por la guerrilla son consideradas como delitos. La siguiente es una caracterizaci&oacute;n de esta tipolog&iacute;a:</p>      <blockquote>     <p><b>Problemas menores</b>: Estos problemas no cuentan con sanci&oacute;n alguna. Las formulas de arreglo, provengan del Comit&eacute; o de la guerrilla si esta actu&oacute; como segunda instancia, contemplan indemnizaciones cuando hay da&ntilde;os a las propiedades, planes de pago cuando hay deudas no saldadas. Cuando la f&oacute;rmula de arreglo acordada con el Comit&eacute; no se cumple, o la decisi&oacute;n de la guerrilla no es obedecida, el cobro de multas aparece como una pr&aacute;ctica com&uacute;n.</p>      <p><b>Problemas graves</b>. Estos problemas son considerados as&iacute; puesto que son objeto de sanciones, bien sea en calidad de multas, trabajos o una serie de respuesta sociales que suelen ser bastante creativas: en ocasiones las comunidades pueden decidir el tipo de sanci&oacute;n a imponen a los culpables (en el Sumapaz, por ejemplo han habido casos en donde las comunidades cesan toda comunicaci&oacute;n con que la persona que trasgrede normas de la localidad) (Vera, 2006) . Entre los problemas graves que pueden ser resueltos por las comunidades se encuentran las ofensas, los chismes (rumores malintencionados sobre otra persona), las peleas, robos de poca monta.</p>      <p><b>Delitos</b>. Son aquellos susceptibles de ser tratados y sancionados por la guerrilla y que implican una sanci&oacute;n fuerte, multas costosas, el destierro o la pena de muerte. La participaci&oacute;n de las comunidades a la hora de definir los actos de alguien como un delito, y su posterior tratamiento como tal, es poco frecuente, por no decir excepcional. Pero tal excepcionalidad puede tomar la forma de asambleas comunitarias en donde la comunidad decide c&oacute;mo proceder. En dos casos que me fueron narrados, el de un violador capturado por una comunidad del Guayabero bajo a mediados de los 90, y un crimen pasional ocurrido en el Yar&iacute; en 2010, la guerrilla reuni&oacute; la comunidad y por votaci&oacute;n se decidi&oacute; la suerte de los acusados. El violador fue desterrado por unanimidad en asamblea, el asesino del amante de su esposa fue perdonado por el 70% de los votos escrutados. El desacato a las normas de la guerrilla, los robos productos de un asalto, y la captura de infiltrados, colaboradores o simpatizantes de la las fuerzas estatales son tratados exclusivamente por la guerrilla.</p> </blockquote>      <p>Y sea esta quiz&aacute;s, una de las situaciones m&aacute;s problem&aacute;ticas de la regi&oacute;n sobre la que tenga que llamar la atenci&oacute;n: puesto que los acusados pocas veces tienen la oportunidad de defenderse, el ajusticiamiento de &quot;infiltrados&quot; es la principal estrategia que tiene la guerrilla para justificar la mayor&iacute;a de sus cr&iacute;menes contra los civiles, pues por lo general suelen deshumanizarlos como agentes del enemigo. Si bien el reconocimiento de las Farc-Ep sobre la afectaci&oacute;n de sus acciones sobre los civiles fue considerada como hist&oacute;rica, no deja de ser autoexculpatoria. Seg&uacute;n un comunicado emitido por esa guerrilla en abril de 2014: &quot;No es pol&iacute;tica de las Farc atacar objetivos civiles, nunca en la historia de nuestra organizaci&oacute;n hemos planificado una acci&oacute;n militar para afectar a civiles&quot;. La Masacre de El Borugo en febrero de 2002, las ejecuciones sumarias de noviembre de 2002, el desplazamiento de la comunidad Pijao del Yaguara en 2004, entre otras tantas acciones realizadas en La Macarena, contradicen la pretensi&oacute;n de una ausencia de planificaci&oacute;n.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>A este respecto me ha resultado relevante identificar la superposici&oacute;n entre el derecho oficial, la racionalidad campesina y el orden guerrillero cuando la definici&oacute;n de delito se aplica a un tipo de violaci&oacute;n normativa. Si bien una diferencia fundamental entre la justicia local y la justicia oficial se encuentra en el car&aacute;cter sumario del orden guerrillero y las pretensiones de debido proceso del derecho oficial, un punto de encuentro fundamental entre ambos ordenes jur&iacute;dicos se encentra en el reconocimiento campesino sobre la legitimidad de un agente externo -guerrilla o estado- como responsable de la atenci&oacute;n de esos problemas que son considerados graves. En las regiones de La Macarena donde la guerrilla tiene una presencia activa, el comandante de turno se encarga de atender y dar soluci&oacute;n a los problemas graves. En zonas cercanas al casco urbano la jurisdicci&oacute;n oficial es la encargada.</p>      <p><b>Las instancias de resoluci&oacute;n de conflictos</b></p>      <p>El sistema jur&iacute;dico de La Macarena ampli&oacute; sus horizontes en el momento en que la guerrilla se desprendi&oacute; del arreglo de problemas, pues el trabajo de los comit&eacute;s para ese entonces era marginal y la oferta jur&iacute;dica se limitaba a la guerrilla y en ocasiones (y solo para la gente cercana al pueblo, y los para determinados asuntos) a la inspecci&oacute;n de polic&iacute;a o el juzgado. Desde 2001 -cuando el Bloque Oriental de las Farc-Ep determin&oacute; que ninguno de sus frentes deber&iacute;a involucrarse en la resoluci&oacute;n de conflictos comunitarios; mis hip&oacute;tesis al respecto circulan en torno a que la guerrilla hab&iacute;a considerado que al atender los problemas de las comunidades podr&iacute;an ganar antipat&iacute;as entre las partes que no resultaran beneficiadas con sus decisiones. As&iacute; mismo, algunos comandantes (entre ellos Ivan R&iacute;os, a qui&eacute;n entrevist&eacute; durante las negociaciones) consideraba que esta era una pr&aacute;ctica paternalista que no contribu&iacute;a al ejercicio del poder popular. Debo aclarar, eso s&iacute;, que a pesar de los problemas que pudiera representarles y a pesar de la concepci&oacute;n pol&iacute;tica desde el liderazgo guerrillero, pasaron a&ntilde;os hasta que la guerrilla definitivamente se desprendi&oacute; del arreglo de problemas en la primera instancia. Los Comit&eacute;s son ejes centrales en la vida de las comunidades y desde ese entonces la oferta jur&iacute;dica hace m&aacute;s compleja la trama de la regi&oacute;n. All&iacute; existe un entramado de instancias, procedimientos, f&oacute;rmulas de arreglo, contextos sociopol&iacute;ticos y situaciones de guerra y paz que no permiten establecer modelos lineales para comprender cu&aacute;ndo y por qu&eacute; un conflicto es resuelto por la guerrilla, por el Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n o la justicia oficial.</p>      <p>Este juego din&aacute;mico entre pr&aacute;cticas campesinas, soberan&iacute;as pol&iacute;ticas y contextos sociopol&iacute;ticos han permitido el establecimiento de una serie de sentidos pr&aacute;cticos-algunas de ellas impl&iacute;citas en la vida diaria, a la manera de una gram&aacute;tica jur&iacute;dica- relativos a la forma en que se debe proceder cuando hay un problema determinado. Seg&uacute;n cl&aacute;sicos de la teor&iacute;a jur&iacute;dica, en particular (Hart, 1992) este tipo de normas son una serie de <i>reglas de adjudicaci&oacute;n</i>. Dichas reglas, adem&aacute;s de identificar a los individuos que pueden intervenir en el arreglo de problemas, definen tambi&eacute;n el procedimiento a seguir. Es decir, confieren potestades jurisdiccionales: cu&aacute;ndo, qui&eacute;nes, y c&oacute;mo. Esto quiere decir que en el sistema jur&iacute;dico local define las instancias ante qui&eacute;nes acudir seg&uacute;n sea el problema.</p>      <p>La definici&oacute;n m&aacute;s importante ha sido aquella que encarga a los Comit&eacute;s actuar siempre en primera instancia cuando se presenta un &quot;problema menor&quot;. Como se ver&aacute; m&aacute;s adelante aquella orientaci&oacute;n fue bastante relativa, pues a pesar de todo en muchos problemas la guerrilla sigui&oacute; interviniendo pero sent&oacute; un precedente importante: los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n de la Junta de acci&oacute;n comunal son la primera instancia para resolver un conflicto. En caso de no ser resuelto por ellos, el problema pasa a ser tratado por una asamblea de la Junta. Pero en cualquiera de los dos casos si no se llega a una soluci&oacute;n se lleva a la guerrilla como &quot;&uacute;ltima instancia&quot;. Pero, en todo caso, &iquest;c&oacute;mo funciona un comit&eacute; de conciliaci&oacute;n y cu&aacute;les son sus alcances? En la siguiente secci&oacute;n hablo sobre ello.</p>      <p><b>El Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n: marco normativo y lugar comunitario</b></p>      <p>Toda Junta de Acci&oacute;n Comunal tiene, por estatutos, un Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n. El Comit&eacute; tiene establecido trabajar por mantener las buenas relaciones entre los miembros de una Junta y ayudar a resolver sus diferencias en cuanto a la administraci&oacute;n respecta, es decir, &uacute;nicamente sobre los conflictos que se presenten en ella. Los manuales y la reglamentaci&oacute;n sobre Juntas as&iacute; entienden la funci&oacute;n del Comit&eacute;. Pero teniendo en cuenta que en muchas zonas rurales, La Macarena incluida, el Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n fue adoptado y adaptado por los campesinos como un &oacute;rgano para resolver conflictos comunitarios, la reglamentaci&oacute;n para las Juntas de Acci&oacute;n Comunal de 2002 estableci&oacute; que los Comit&eacute;s, ahora llamados &quot;Comit&eacute;s de Convivencia y Conciliaci&oacute;n&quot;, pueden realizar &quot;conciliaciones en equidad&quot;, donde las conciliaciones a que lleguen &quot;prestan m&eacute;rito ejecutivo y hacen tr&aacute;nsito a cosa juzgada&quot;,</p>      <blockquote>     <p><i>&quot;ARTICULO 46. Funciones de la Comisi&oacute;n de Convivencia y Conciliaci&oacute;n. Corresponde a la Comisi&oacute;n de Convivencia y Conciliaci&oacute;n:</i></p>      <p>a) <i>Construir y preservar la armon&iacute;a en las relaciones interpersonales y colectivas dentro de la comunidad a partir del reconocimiento y respeto de la diversidad, para lograr el ambiente necesario que facilite su normal desarrollo.</i></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>b) <i>Surtir la v&iacute;a conciliatoria de todos los conflictos organizativos que surjan en el &aacute;mbito del correspondiente organismo de acci&oacute;n comunal.</i></p>      <p>c) <i>Abocar, mediante procedimiento de conciliaci&oacute;n en equidad los conflictos comunitarios que sean susceptibles de transacci&oacute;n, desistimiento, querella y conciliaci&oacute;n.</i></p>      <p><i>PARAGRAFO 1. Las decisiones recogidas en actas de conciliaci&oacute;n, prestar&aacute;n m&eacute;rito ejecutivo y transcienden a cosa juzgada. &quot;</i> LEY No. 743 5 jun 2002</p> </blockquote>      <p>Me es interesante observar c&oacute;mo el derecho oficial pretende reconocer el trabajo realizado por los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n al integrarlo al ordenamiento jur&iacute;dico nacional; pero m&aacute;s interesante resulta observar que dicho reconocimiento es in&uacute;til y no representa gran cosa para el trabajo de los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n de La Macarena. El reconocimiento de las Juntas por parte del estado nunca ha sido un factor para legitimar el trabajo de los Comit&eacute;s, pues la labor desempe&ntilde;ada por ellos est&aacute; al margen, precisamente, del estado. Nunca un Comit&eacute; en La Macarena ha considerado recurrir donde un Juez en segunda instancia, ni mucho menos se ha apoyado en la fuerza p&uacute;blica, como amenaza del uso de la fuerza, para que sus decisiones &quot;presten merito ejecutivo&quot;.</p>      <p>Ahora bien, que la conciliaci&oacute;n de un conflicto gracias al trabajo de un Comit&eacute; &quot;preste merito ejecutivo y haga tr&aacute;nsito a cosa juzgada&quot; es tambi&eacute;n irrelevante e improcedente para la realidad de la regi&oacute;n, pues el derecho oficial -aunque tiene incidencia, no hay duda- no tiene jurisdicci&oacute;n en la &quot;otra orilla&quot; de la Macarena, es decir, fuera del pueblo, en las zonas rurales. El reconocimiento entre las comunidades del trabajo de los Comit&eacute;s lo han dado los lazos de cohesi&oacute;n social que legitiman esta instancia comunitaria y el respaldo (seg&uacute;n la vereda) que presta la guerrilla al trabajo de los Comit&eacute;s. Dicho respaldo consiste en delegar a los Comit&eacute;s la responsabilidad hist&oacute;rica que hab&iacute;a asumido la guerrilla para resolver conflictos. La f&oacute;rmula propuesta por Boaventura de Sousa Santos para comprender la naturaleza de un sistema jur&iacute;dico no oficial a partir del distinto peso que tienen los elementos coerci&oacute;n/ret&oacute;rica/burocracia permite encontrar el papel aun preponderante que juega el elemento de coerci&oacute;n en la Justicia Local de la Macarena.</p>      <p><b>Estrategias comunitarias para el tratamiento de sus conflictos</b></p>      <p>&iquest;Qu&eacute; hace un Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n? Pr&aacute;cticamente lo mismo que hace la guerrilla, es decir, resolver conflictos en las comunidades. Excepci&oacute;n hecha, claro est&aacute;, de los &quot;problemas mayores&quot;. Don Vicente alguna vez me coment&oacute; que la guerrilla le resolvi&oacute; un conflicto &quot;<i>de la misma forma como el Comit&eacute; pens&oacute;&quot;, e</i>s decir, ci&ntilde;&eacute;ndose al sentido com&uacute;n respetando el criterio de lo justo. Pero as&iacute; los Comit&eacute;s hagan lo mismo que la guerrilla, no lo hacen <i>de la misma forma</i> ni cuentan con el mismo <i>reconocimiento</i>. La diferencia fundamental radica en que, a pesar que tambi&eacute;n la guerrilla usa en gran medida la ret&oacute;rica para dar f&oacute;rmulas de arreglo y que en ocasiones busca conciliar las posiciones de los implicados, la guerrilla tiene el poder para &quot;mandar&quot; a hacer algo, pues encarna en s&iacute; misma la amenaza del uso de la fuerza y legitima gran parte de su acci&oacute;n por la &quot;institucionalidad&quot; que representa.</p>      <p>Algunos Comit&eacute;s, en cambio, acceden de forma indirecta a la amenaza del uso de la fuerza cuando les resulta imposible conciliar un problema y hay que recurrir a la guerrilla. Como no pueden <i>mandar a hacer algo</i>, el uso de la ret&oacute;rica y la argumentaci&oacute;n es su fuerte y ello es algo que los caracteriza, leg&iacute;tima o deslegitima seg&uacute;n el caso: algunas personas prefieren la fuerza de quien <i>puede mandar</i>, en tanto que otros prefieren <i>arreglar por las buenas</i>.</p>      <p>El car&aacute;cter institucional que sostiene a un Comit&eacute; se apoya en el grado de reconocimiento que tenga la comunidad hacia la Junta, en su composici&oacute;n democr&aacute;tica y experta, pues la gente espera que sus comit&eacute;s este integrados por personas aptas y pertinentes para desempe&ntilde;ar la labor, que conocen la regi&oacute;n y su gente. Donde esto &uacute;ltimo es algo que resulta problem&aacute;tico, pues algunos campesinos dudan de la imparcialidad de las decisiones de los Comit&eacute;s porque sus miembros pueden ser conocidos de la contraparte. En cualquier caso, estas son discusiones m&aacute;s o menos recientes. Desde que el trabajo de los Comit&eacute;s se hizo una necesidad, algunas comunidades reconocieron que la responsabilidad de un Comit&eacute; es grande. Eso llev&oacute; a que las Juntas se preocuparan por reforzarlos.</p>      <p>El referente de <i>autoridad comunitaria</i> m&aacute;s fuerte en una vereda es el Presidente de la Junta, por lo tanto en la mayor&iacute;a de las ocasiones las personas con alg&uacute;n problema se dirigen donde el presidente y este puede o bien remitirlos con el Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n o ir a buscar a sus miembros para que se apersonen del problema. Por lo general el Presidente est&aacute; al tanto de lo que hace el Comit&eacute;, respetando su trabajo y no interfiriendo en &eacute;l. En pocas veredas los Comit&eacute;s que funcionaban desde a&ntilde;os atr&aacute;s resolv&iacute;an conflictos; esto sobre todo en las veredas renuentes a la guerrilla y las que est&aacute;n muy alejadas de las zonas de su influencia. As&iacute; que para mucha gente ha significado una novedad tener que acudir donde el Comit&eacute;. Aun as&iacute;, hay testimonios personas que dan cuenta que los Comit&eacute;s s&iacute; son pertinentes.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>El poder de los Comit&eacute;s: entre la conciliaci&oacute;n y la decisi&oacute;n</b></p>      <p>Una confusi&oacute;n a que ha dado lugar la orientaci&oacute;n guerrillera hacia los Comit&eacute;s ha sido cu&aacute;l es el poder real de sus decisiones, pues aunque para muchos es claro que el Comit&eacute; se define por el adjetivo que lo acompa&ntilde;a, &quot;conciliador&quot;, por lo tanto &quot;concilia&quot;. Pero tambi&eacute;n es cierto que en ocasiones &quot;decide&quot;, es decir, no se limita a dar una f&oacute;rmula de arreglo sino que tambi&eacute;n puede &quot;mandar&quot;, en la medida en que su labor est&aacute; reconocida y apoyada por la guerrilla. La mayor&iacute;a de veces los Comit&eacute;s intentan, en primer lugar, mediar entre los involucrados; si no lo logran buscan una f&oacute;rmula de acuerdo que agrade a las partes involucradas; si as&iacute; tampoco entonces toman una decisi&oacute;n. En algunos casos los Comit&eacute;s desisten en la segunda etapa, es decir, cuando no logran poner de acuerdo a las partes con sus propuestas, entonces es cuando el problema se va para la guerrilla.</p>      <p>Pero cuando se toma una decisi&oacute;n, &iquest;es respetada por las partes? Se presentan tres casos: el primero es que efectivamente se cumple lo que el Comit&eacute; orden&oacute;. El segundo es que una parte, o las dos partes, no quedan conformes y se dirigen a la guerrilla. All&iacute; la guerrilla puede: revisar el caso y tomar una decisi&oacute;n sobre &eacute;ste (que puede ser la misma que el Comit&eacute; u otra diferente), o &quot;rega&ntilde;ar&quot; a quienes se le acercan argumentando que aquello que dice el Comit&eacute; &quot;debe respetarse&quot;. El tercer caso es que los involucrados en un primer momento reconocen la decisi&oacute;n pero m&aacute;s adelante uno de ellos la incumple; all&iacute; la contraparte se dirige, o bien al Comit&eacute; o directamente a la guerrilla, porque finalmente, cuando alguien no cumple lo que el Comit&eacute; &quot;manda&quot;, siempre llega a la guerrilla. Y all&iacute; la guerrilla revisa el caso y si apoya la decisi&oacute;n del Comit&eacute; obliga a la contraparte a cumplir. Si lo hecho por el Comit&eacute; fuese considerado una decisi&oacute;n &quot;injusta&quot; por la guerrilla, retoman el caso y lo resuelven &quot;a su manera&quot;.</p>      <p>El debate acerca de si un Comit&eacute; puede o no decidir presenta una variable amplitud de posiciones entre los campesinos; seg&uacute;n la vereda se interpreta la cuesti&oacute;n. Cuando se asume que el trabajo de un Comit&eacute; est&aacute; acaparado por la guerrilla, se asume que lo dicho por el Comit&eacute; es &quot;ley&quot;. Pero como la guerrilla ha insistido que cuando el Comit&eacute; no pueda arreglar &quot;por las buenas&quot; se lleva el caso donde ellos, tambi&eacute;n se asume que las partes no conciliadas pueden ir donde la guerrilla. Ambos casos pueden presentarse: se acata la decisi&oacute;n del Comit&eacute; o se supera esa instancia para acudir a la guerrilla.</p>      <p>Si bien ya se han visto varios aspectos que configuran al Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n, la versi&oacute;n &quot;oficial&quot; sobre el proceder de un Comit&eacute; dada por un presidente de Junta, El Pollo, da buena cuenta de c&oacute;mo debe trabajar el Comit&eacute; Conciliador y deja patente la contradicci&oacute;n entre el Comit&eacute; obra como Juez, pues puede tomar decisiones que como resultado generan &quot;un ganador&quot; y &quot;un perdedor&quot;. Por eso, consider&oacute; &eacute;l, el Comit&eacute; es la instancia m&aacute;s delicada de una Junta. Pero a continuaci&oacute;n, en la misma entrevista se contradice porque da a entender que un Comit&eacute; no puede decidir. Ello a raz&oacute;n de que la naciente &quot;pr&aacute;ctica&quot; de los Comit&eacute;s, acaparada por la guerrilla, no ha establecido aun cu&aacute;l de las dos posturas integrar al &quot;proceso regularizado&quot;.</p>      <blockquote>     <p><b><i>El Pollo</i></b><i>: Un Comit&eacute; no puede mandar porque por eso se llama &quot;Comit&eacute; Conciliador&quot;, porque el Comit&eacute; no puede ser autoritario, porque mal ser&iacute;a de un Comit&eacute;, dos o tres personas, decir &quot;usted haga esto, esto y esto&quot; No, porque entonces seguro que los deja m&aacute;s en problemas. Y entonces no se llamar&iacute;a un Comit&eacute; Conciliador, me imagino que para conciliar las dos personas quedan de acuerdo en c&oacute;mo son las cosas.</i></p>      <p><i>Pero desgraciadamente en casos extremos para poder arreglar un problema hay uno que pierde, si no nunca se va a poder arreglar un problema. Y usted sabe que va a haber un descontento, pero tiene que haber un perdedor. Entonces el Comit&eacute; hace eso, y si por ejemplo eval&uacute;a un da&ntilde;o, lo primero que tiene que hacer un Comit&eacute; no es tanto dejarse llevar por una sola versi&oacute;n. Cuando sucede algo yo siempre les digo a los del Comit&eacute; que averig&uuml;en el problema, qu&eacute; pasa con el problema de fulano y zutano. &iquest;Para qu&eacute;? Para que no vayan a arreglar el problema sin antes haber averiguado por fuera. Porque es que las versiones son varias y uno no puede dejarse involucrar tanto de las partes implicadas en el problema, porque como le dec&iacute;a antes: &quot;lo que pasa con fulano es esto, esto&quot; y el otro dice lo mismo, y al final no se sabe qui&eacute;n tiene la raz&oacute;n.</i></p>      <p><i>Entonces la forma m&aacute;s f&aacute;cil de saber c&oacute;mo es el problema es averigu&aacute;ndose por otro lado, &iquest;para qu&eacute;?, para ir m&aacute;s o menos empapado: &quot;el problema con fulano y mengano es que a fulano le gusta ser cans&oacute;n&quot; y va y le dice. Y es que al valorar un da&ntilde;o se busca algo justo, algo imparcial. Si es un da&ntilde;o de ganado pues vamos a arreglar el problema y se dice &quot;esto vale tanto, pero como ustedes son amigos pues dej&eacute;moslo en tanto, y partamos diferencias&quot;. Y si no se puede arreglar ese problema en el Comit&eacute; Conciliador hay un coordinador, y el coordinador hace un acta. El acta tiene que hacerla arr&eacute;glese o no se arregle el problema. Y si no se arregla el problema el acta la firma el coordinador, los otros conciliadores y las dos partes, constando que no se pudo arreglar el problema. Esa acta se hace llegar a manos del presidente de la Junta. Esa acta se hace llegar a la &quot;oficina de Quejas y Reclamo. y entonces la guerrilla entra a arreglar el problema, si miran que el problema es de importancia. Es que hay gente que pelea por diez metros de linderos, &quot;si porque fulano de tal me corri&oacute; la pica cinco metros&quot; es un problema que en realidad da hasta pena ir a llevarle el problema a otro tipo, problema que entre los dos se puede arreglar. Esa es la funci&oacute;n de un Comit&eacute;.</i></p> </blockquote>      <p>En efecto existi&oacute; en La Macarena un Oficina de Quejas y reclamos que funcion&oacute; a manera de una Inspecci&oacute;n de Polic&iacute;a. Durante un tiempo fue reconocida la presencia de guerrilleros y guerrilleras que se encargar&iacute;an de recibir las &quot;apelaciones&quot; como la presencia de la Oficina de Quejas y Reclamos. Con el tiempo, y hoy d&iacute;a, la idea de la oficina solo hace parte del recuerdo.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>El Comit&eacute; por dentro</b></p>      <p>Cuando se eligen los directivos de una Junta, cada dos a&ntilde;os, se elige el Comit&eacute; Conciliador que lo componen tres personas. Cuando renuncia un miembro del Comit&eacute;, en la reuni&oacute;n m&aacute;s pr&oacute;xima que est&eacute; programada en la vereda se elige otra persona que llene ese vac&iacute;o. Por lo general son hombres maduros que hayan vivido un buen tiempo en la vereda, pero de vez en cuando (muy de vez en cuando) se sabe de j&oacute;venes y mujeres que conforman estos Comit&eacute;s. La participaci&oacute;n de las mujeres en las instancias comunitarias no solo se ha incrementado, sino que tambi&eacute;n ha mejorado con el tiempo. Sin olvidar que una de las fundadoras de la organizaci&oacute;n comunitaria fue do&ntilde;a Ana de Aza en los a&ntilde;os 70, la marginalidad de las mujeres se ha superado con la activa participaci&oacute;n de j&oacute;venes y se&ntilde;oras en instancias comunitarias de todo nivel.</p>      <p>Hoy d&iacute;a hay una presidenta de Junta en la Julia, un caser&iacute;o de reconocida importancia en la regi&oacute;n (no es la &uacute;nica mujer que oficia como presidenta de junta, cabe aclarar), comit&eacute;s de mujeres en las Organizaciones Regionales, y representantes gremiales. La credibilidad de las personas que aspiran a ser parte de los Comit&eacute;s es de vital importancia. Aunque esto no se habla en una reuni&oacute;n, donde se califiquen abiertamente las cualidades de las personas, <i>se sabe</i> que la persona de un Comit&eacute; debe ser alguien responsable, que no sea bebedora, cumplida en los negocios, que no tenga problemas con nadie, que sea seria, lleve una vida ejemplar y que lleve harto tiempo viviendo en la vereda.</p>      <p>Los mecanismos de trabajo de un Comit&eacute; no est&aacute;n contemplados en ning&uacute;n tipo de reglamentaci&oacute;n, pero la costumbre y tradici&oacute;n han hecho que al ocurrir un conflicto en la vereda una de las partes, o todas, se dirijan al Presidente de Junta o directamente al Comit&eacute;(a uno de sus miembros o al coordinador). All&iacute; se da la primera versi&oacute;n de los hechos. El coordinador visita a los otros miembros del Comit&eacute; y cuadran una fecha para visitar a los &quot;emproblemados&quot;. Aquel d&iacute;a hablan con ellos, visitan los lugares que haya que inspeccionar y conciertan una cita entre el Comit&eacute; y los implicados. Durante las visitas, las inspecciones y la reuni&oacute;n todos los miembros del Comit&eacute; van explorando posibles f&oacute;rmulas de arreglo con los afectados, aventuran hip&oacute;tesis y hacen propuestas &quot;al aire&quot;. La amplitud del discurso aborda las leyes que se conocen, la discusi&oacute;n se remonta a lo que es justo para una u otra persona, y sobre ello se vuelven a discutir las leyes y las posibles medidas a tomar. Con el acompa&ntilde;amiento del Comit&eacute;, el problema se soluciona, la mayor parte de veces, inmediatamente, a trav&eacute;s de una conciliaci&oacute;n. Si no se da la conciliaci&oacute;n el Comit&eacute; se re&uacute;ne, si no ese d&iacute;a, despu&eacute;s en &quot;esos d&iacute;as&quot;, no m&aacute;s de una semana y discuten cual puede ser la soluci&oacute;n. Aunque los tiempos no est&aacute;n reglamentados, tanto el Comit&eacute; (al igual que la guerrilla) resuelven los conflictos r&aacute;pidamente.</p>      <p>Los miembros del Comit&eacute; discuten, exploran todas las posibilidades y &quot;miran las soluciones&quot;. Seg&uacute;n me contaron en el Socorro, por lo general logran llegar a un consenso sobre la soluci&oacute;n m&aacute;s adecuada. En caso de no lograrlo se van a votaci&oacute;n y gana la propuesta que tenga dos votos. En casos extraordinarios, en problemas importantes que involucra a varias personas de la vereda, el caso es llevado a una asamblea de la Junta. De igual forma se procede en el extra&ntilde;o caso que el Comit&eacute; no llegue a un acuerdo. Es de anotar que si aquello que el Comit&eacute; decide como correcto es aceptado por las partes o es apoyado por la guerrilla, en caso que la decisi&oacute;n haya modificado una ley (me refiero a las leyes campesinas, esas normas consuetudinarias de viej&iacute;sima tradici&oacute;n) o no trabaje sobre ninguna sino que act&uacute;e plenamente en <i>equidad</i>, la acci&oacute;n del Comit&eacute; es perfectamente una fuente de derecho. Es decir, y en pesada jerga acad&eacute;mica, crea un antecedente jurisprudencial. Tales antecedentes son claves e importantes para posteriores trabajos, pues en ocasiones para prevenir o solucionar casos, un Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n puede recordar la ocasi&oacute;n en que &quot;otro Comit&eacute; arregl&oacute; as&iacute;&quot;, sea o no de la vereda, lo que corrobora que se trata de un <i>derecho consuetudinario</i>.</p>      <p>Las discusiones del Comit&eacute;, claro est&aacute;, no son a puerta cerrada. En la vereda se hace <i>vox populi</i> el problema y en todas las casas siempre hay algo que decir sobre el tema, un vecino por el cual tomar partido y una f&oacute;rmula de arreglo preferida. Por lo tanto los miembros del Comit&eacute; discuten sus posiciones en su hogar, con los trabajadores, con la persona que se encuentran en el camino, el domingo en el pueblo con gente de la vereda que pregunta &quot;&iquest;<i>y c&oacute;mo van a hacer con eso? Porque yo pienso que&hellip;</i>&quot;. El presidente de Junta, cuando est&aacute; al tanto de lo que hacen, tambi&eacute;n tiene algo que decir, aunque valga la aclaraci&oacute;n: el Comit&eacute; es aut&oacute;nomo y solo supedita su actuar y sus decisiones a las bases fundamentales del derecho consuetudinario; el Comit&eacute; escucha a todo el mundo pero nadie puede dirigir sus actividades, ni siquiera la guerrilla, porque podr&iacute;an perder toda legitimidad. Finalmente llega el d&iacute;a en que proponen la f&oacute;rmula de arreglo y re&uacute;nen a los implicados y les comentan. Si ha sido una decisi&oacute;n dif&iacute;cil, aquella que da como &quot;perdedor&quot; a alguno de los afectados, la decisi&oacute;n se comunica a cada uno de ellos aparte.</p>      <p>En algunos casos los conflictos se llevan a las asambleas de la Junta para que &quot;la comunidad decida&quot; sin que medie el Comit&eacute; de Conciliaci&oacute;n. De igual forma en ocasiones la guerrilla remite la soluci&oacute;n de ciertos conflictos a las comunidades. Son tan diversos los conflictos que han llegado a las asambleas de la vereda que es imposible decir cu&aacute;les son los problemas que competen, para su soluci&oacute;n, a la vereda en general. El caso del violador que antes he mencionado, por ejemplo, seg&uacute;n don Pl&iacute;nio lleg&oacute; a manos de la vereda porque &quot;&hellip;s<i>i el caso es grave, lo menos que ya es de gravedad y que de pronto no tiene soluci&oacute;n, se lo dejan a la comunidad pa' que decida&quot;</i>. La interpretaci&oacute;n de Don Pl&iacute;nio contradice el supuesto orden jur&iacute;dico que impera en La Macarena, porque los problemas &quot;graves&quot; son competencia de la guerrilla. Pero as&iacute; pas&oacute; en aquella ocasi&oacute;n, as&iacute; lo recuerdan en el Socorro y as&iacute; hace suponer que el orden jur&iacute;dico de La Macarena es un orden de relativo alcance, porque como se ve en este, y otros casos, los supuestos procedimentales no son tan r&iacute;gidos ni consecuentes con la &quot;normatividad vigente&quot;, poniendo en entredicho la idea de un estricto &quot;proceso regularizado&quot;.</p>      <p><b>El contexto social de la resoluci&oacute;n de conflictos</b></p>      <p>En ocasiones cuando los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n intervienen en un conflicto levantan actas. Por lo general cuando se logra llegar a una conciliaci&oacute;n basta la palabra de los involucrados para cumplirla y respetarla, as&iacute; que levantar un acta no es primordial, pero a&uacute;n as&iacute; empieza a hacerse costumbre. No es a&uacute;n una pr&aacute;ctica generalizada llevar siempre actas ni remitirse a los antecedentes del trabajo del Comit&eacute; o la guerrilla en la toma de decisiones. Pero el recuerdo permanece y constante de aquello que alguna vez hizo la guerrilla y/o el Comit&eacute;, y la manera como lo hicieron, es un referente importante a la hora de discutir f&oacute;rmulas de arreglo, &quot;investigaciones&quot; o hip&oacute;tesis sobre los casos, sean estos llevados por el Comit&eacute; o la guerrilla. Las actas cumplen un efecto de oficializaci&oacute;n, definida por Bourdieu como la manera de identificar un efecto de homologaci&oacute;n. &quot;Homologar, etimol&oacute;gicamente, es asegurar que se dice la misma cosa cuando se dicen las mismas palabras, es transformar un esquema pr&aacute;ctico en un c&oacute;digo de tipo ling&uuml;&iacute;stico de tipo jur&iacute;dico&hellip; La publicaci&oacute;n es una operaci&oacute;n que oficializa, por lo tanto legaliza, porque implica la divulgaci&oacute;n, el descubrimiento frente a todos y la homologaci&oacute;n, el consenso de todos sobre la cosa descubierta&quot;. (Bourdieu, 2000) El mismo an&aacute;lisis cabe para la costumbre de algunos frentes guerrilleros de dejar por escrito las normas de convivencia y dejarlas en sitios p&uacute;blicos o consignarlas en sus revistas.</p>      <p>Cuando el Comit&eacute; &quot;decide&quot; algo y los implicados reconocen la decisi&oacute;n como una f&oacute;rmula de arreglo favorable para sus intereses, a veces se hace un acta que firman las partes comprometi&eacute;ndose a respetar lo acordado. Cuando no se acepta lo que el Comit&eacute; propone, y el paso que sigue es ir con la guerrilla, la escritura de un acta es obligatoria pues all&iacute; se deja constancia del problema, las f&oacute;rmulas de arreglo propuestas por el Comit&eacute; y la decisi&oacute;n y argumentos de los afectados frente a ellas. Las actas se escriben en un papel <i>com&uacute;n</i>, a mano y con la t&iacute;pica redacci&oacute;n y estilo de los campesinos de la regi&oacute;n, en su mayor&iacute;a con poca escolaridad pero con mucho ingenio para describir lugares y situaciones, sin el menor asomo de jerga jur&iacute;dica. Aunque claro, para hacer un poco m&aacute;s oficial el asunto y reconocerle la importancia y seriedad que le merece, varias actas son llevadas al pueblo para que sean pasadas &quot;a computador&quot;, y a varias se les pone el sello de la Junta. Entre las muchas cosas que este &quot;proceso regularizado&quot; no contempla, est&aacute;n los contenidos de las actas. As&iacute; como la ret&oacute;rica, la materia de las actas es de variable amplitud y depende de cada Comit&eacute; qu&eacute; consignar en ellas. Se deja una copia con el secretario de la Junta y se da otra a cada uno de los implicados.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Al terminar el trabajo del Comit&eacute;, en toda la vereda se discute sobre el desarrollo de los hechos y la soluci&oacute;n del conflicto. El dictamen del Comit&eacute; pasa al escrutinio p&uacute;blico y representa mucho para ganar la confianza de la comunidad, pues si lo hecho por el Comit&eacute; no es satisfactorio para la gente de la vereda, m&aacute;s adelante puede pasar que la validez de una decisi&oacute;n tomada por el Comit&eacute; no cuente con respaldo. Es muy probable que cualquier problema pase directamente a la guerrilla hasta que las personas del Comit&eacute; no renuncien.</p>      <p>El apoyo que una comunidad da al Comit&eacute; se traduce en el respeto y confianza que &eacute;ste genera en la vereda. La experiencia, antecedentes y efectividad del Comit&eacute; es la garant&iacute;a de legitimidad y reconocimiento. Las decisiones y acciones del Comit&eacute; nunca pasan desapercibidas en una vereda, donde todo ello es comentado: en las casas, los tajos (cultivos de coca), las vaquer&iacute;as, las reuniones, etc. Es precisamente desde estos espacios que ha calado, aunque muy t&iacute;midamente, las bondades y ventajas de arreglar problemas con el Comit&eacute; sin que se haya recurrido a la guerrilla. Es claro que los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n se enfrentan con situaciones donde la soluci&oacute;n implica que uno de los envueltos en el conflicto sacrifique intereses y &quot;pierda&quot;, pero por lo menos se agotan instancias de convencimiento sobre un amplio margen de argumentaci&oacute;n donde se define, redefine y adapta la noci&oacute;n de &quot;lo justo&quot;. El Comit&eacute; asume en ocasiones aquello que El Pollo llamaba &quot;<i>la posici&oacute;n de un juez</i>&quot;, teniendo en cuenta que un Comit&eacute; &quot;<i>briega para poner de acuerdo a las personas&quot;</i>, seg&uacute;n comentaba Don Pl&iacute;nio.</p>      <p>Con la guerrilla es distinto, pues aunque de un comandante a otro cambian las cosas, es una tendencia general arreglar los problemas de forma expedita, r&aacute;pida y en todo caso de forma autoritaria. La guerrilla manda a secas, aunque respete el sentido de lo justo, se ci&ntilde;a a las leyes campesinas, y su acci&oacute;n por tanto sea reconocida como legal. Su participaci&oacute;n entra&ntilde;a, casi siempre, que como resultado haya un ganador y un perdedor. Esa din&aacute;mica trae problemas, no solo para la guerrilla, pues puede hacerle perder simpat&iacute;as, sino que puede fracturar a las comunidades, generar conflictos, rivalidades y rencores no solo entre los implicados sino tambi&eacute;n entre los amigos del perdedor o del ganador. Si antes se han agotado instancias de discusi&oacute;n, de ret&oacute;rica, de argumentaci&oacute;n, cuando la guerrilla &quot;manda&quot; a hacer algo no es tan problem&aacute;tico, porque por lo menos queda en el ambiente que &quot;<i>si la gente no arreglo fue porque no quisieron</i>&quot;. Como dec&iacute;a, esta situaci&oacute;n se hace evidente para muchos campesinos que empiezan a ver en los Comit&eacute;s una forma &quot;<i>justa</i>&quot; de arreglar problemas &quot;<i>a lo bien</i>&quot;. Sobre esto convers&eacute; alguna vez con Do&ntilde;a T&aacute;mara y Don Pl&iacute;nio.</p>      <blockquote>     <p><b><i>Don Pl&iacute;nio:</i></b> <i>Es que yo digo una cosa, que mientras la gente busque el Comit&eacute; Conciliador para el arreglo se arregla mucho mejor. La gente afloja en un problema, as&iacute; sea el que sea; porque si uno va a llegar de berraco a d&aacute;rselas de &quot;aqu&iacute; tienen que arreglar como yo digo&quot; no hay caso. Es que uno es un mediador que &uacute;nicamente se pone de acuerdo con las partes y as&iacute; se arreglan los problemas. Y queda m&aacute;s contenta la gente, de pronto porque ambos se pusieron de acuerdo y dijeron: &quot;bueno, vamos a arreglar nosotros aqu&iacute; as&iacute;&quot; y no que es que llegue la guerrilla y diga: &quot;no es que aqu&iacute; hacen esto y es que lo hacen&hellip;&quot;</i></p>      <p><b><i>Do&ntilde;a T&aacute;mara:</i></b> <i>Y es que as&iacute; se sienten humillados&hellip;</i></p>      <p><b><i>Don Pl&iacute;nio</i></b><i>: &hellip;entonces va a quedar uno m&aacute;s mal. En cambio si el Comit&eacute; llega y dice: &quot;necesitamos que las dos partes del problema se re&uacute;nan y dialoguen a ver como nosotros analizamos el problema&quot;; y ah&iacute; ellos se ponen a dialogar y uno despu&eacute;s les dice: &quot;vea, la salida es esta y esta as&iacute;.&quot; Entonces la gente va a quedar m&aacute;s conforme, que se arreglaron a lo bien, sin necesidad de amenazas ni nada arreglaron el problema.</i></p> </blockquote>      <p><font size="3"><b>Conclusiones</b></font></p>      <p>La Justicia Local de La Macarena se sustenta en una serie de criterios normativos de origen campesino que encuentran su mejor expresi&oacute;n en la manera como los Comit&eacute;s de Conciliaci&oacute;n trabajan para resolver conflictos de car&aacute;cter comunitario. La legitimidad de los Comit&eacute;s se ha construido, por un lado, por la delegaci&oacute;n y reconocimiento que ha hecho la guerrilla para su trabajo, que ofrece certeza a los campesinos en que el trabajo del Comit&eacute; est&aacute; respaldado por la autoridad pol&iacute;tica que en la zona rural han conocido desde hace d&eacute;cadas. En segundo lugar, esta legitimidad se constituye a partir del reconocimiento de miembros de las comunidades cuando ven el Comit&eacute; como una instituci&oacute;n que puede arreglar de mejor forma un problema que la guerrilla. O por lo menos, que lo puede arreglar tan bien como lo har&iacute;a la guerrilla.</p>      <p>El reto que esta situaci&oacute;n representa para las comunidades de La Macarena es muy grande, porque la autonom&iacute;a que han ganado en este sentido encuentra resistencias que han de vencerse, no solo de parte de algunos frentes y comandantes que han insistido en monopolizar la soluci&oacute;n de conflictos, sino mayoritariamente entre comunidades campesinas que a&uacute;n no conf&iacute;an en los Comit&eacute;s y no se acostumbran a recurrir ante &quot;unos vecinos&quot; para arreglar problemas. Lo anterior porque el imaginario de poder sobre la ley para hacer respetar lo justo, depende mucho en el reconocimiento de la fuerza de la guerrilla y validez de autoridad que se le confiere.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>&iquest;Qu&eacute; pasar&aacute; con los Comit&eacute;s y la Justicia Local una vez se empiece la dejaci&oacute;n de armas por parte de la Guerrilla? No solo dudo que los comit&eacute;s desaparezcan, pues la justicia oficial a&uacute;n tiene serios problemas de alcance y efectividad, sino porque estas instancias comunitarias han ganado el respaldo y legitimidad en amplias capas de la poblaci&oacute;n regional. As&iacute; mismo, la Justicia Local -como he propuesto- ha sido un escenario comunitario para la materializaci&oacute;n de autonom&iacute;as pol&iacute;ticas, fuente de liderazgo social y espacio para el reforzamiento de los lazos sociales.</p>      <p>Es por eso que ante la perspectiva de un acuerdo de paz y la entrada en marcha de un proceso de transici&oacute;n, la Justicia Local debe ser un apartado de especial atenci&oacute;n de las organizaciones comunitarias y los actores involucrados en el dise&ntilde;o del post conflicto. Los Comit&eacute;s deben ser protegidos de las pretensiones de cooptaci&oacute;n de parte del derecho oficial y su discurso tal vez pueda ser reconstituido de tal forma que no requieran una segunda instancia armada para la toma definitiva de decisiones.</p>      <p>Y quiz&aacute;s sea esta una de las contradicciones m&aacute;s interesantes para discutir en a regi&oacute;n durante la transici&oacute;n: tras la dejaci&oacute;n de las armas de parte de la guerrilla y con la legitimidad pol&iacute;tica regional afianzada en las organizaciones comunitarias, &iquest;c&oacute;mo superar la necesidad de una segunda instancia con capacidad coercitiva? &iquest;C&oacute;mo reforzar y extender la legitimidad existente de la justicia comunitaria para que no necesite de un cuerpo armado?</p>  <hr>      <p><font size="3"><b>Referencias Bibliogr&aacute;ficas</b></font></p>      <!-- ref --><p>Agnew, J., &amp; Oslender, U. (Julio-Diciembre de 2010). Territorialidades superpuestas, soberania en disputa: Lecciones emp&iacute;ricas desde Am&eacute;rica L&aacute;tina. <i>Tabula Rasa, 13</i>, 191-213. Obtenido de <a href="http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S179424892010000200008&amp;lng=en&amp;tlng=es" target="_blank">http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S179424892010000200008&amp;lng=en&amp;tlng=es</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000107&pid=S1657-8031201500020001000001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Bourdieu, P. (2000). <i>Cosas dichas.</i> Barcelona: Gedisa.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000109&pid=S1657-8031201500020001000002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Cagu&aacute;n Vive. (14 de Mayo de 2009). <i>Cagu&aacute;n vive</i>. Recuperado el 11 de Noviembre de 2014, de: <a href="https://www.youtube.com/watch?v=u2WgCNS7wJ8" target="_blank">https://www.youtube.com/watch?v=u2WgCNS7wJ8</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000111&pid=S1657-8031201500020001000003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Caracol. (13 de Enero de 2002). <i>CARACOL</i>. Recuperado el 1 de Junio de 2014, de: <a href="http://www.caracol.com.co/noticias/cronologia-del-proceso-de-paz-entre-elgobierno-y-las-farc/20020113/nota/104818.aspx" target="_blank">http://www.caracol.com.co/noticias/cronologia-del-proceso-de-paz-entre-elgobierno-y-las-farc/20020113/nota/104818.aspx</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000113&pid=S1657-8031201500020001000004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Centro Nacional de Memoria Hist&oacute;rica CNMH. (2014). <i>Centro de memoria</i>. Obtenido de: <a href="http://centromemoria.gov.co/wp-content/uploads/2014/11/El_Caguan.pdf" target="_blank">http://centromemoria.gov.co/wp-content/uploads/2014/11/El_Caguan.pdf</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000115&pid=S1657-8031201500020001000005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Cubides, F. (1989). <i>La Macarena: Reserva biol&oacute;gica de la humanidad.</i> La Macarena: Universidad Nacional de Colombia.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000117&pid=S1657-8031201500020001000006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Cubides, F. (1998). Cr&oacute;nica de un breve trabajo de campo en el &aacute;rea de despeje. <i>An&aacute;lisis pol&iacute;tico</i>, 1-16. Obtenido de <a href="http://fcubides.tripod.com/sitebuildercontent/sitebuilderfiles/cronicaareadespeje.pdf" target="_blank">http://fcubides.tripod.com/sitebuildercontent/sitebuilderfiles/cronicaareadespeje.pdf</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000119&pid=S1657-8031201500020001000007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Cubides, F. (2005). Algunas consideraciones sobre los procesos de paz fallidos en Colombia (O de c&oacute;mo inventar caisas cre&iacute;bles). <i>3er Seminario internacional de investigaci&oacute;n, la investigaci&oacute;n en ciencias sociales y Estudios pol&iacute;ticos &quot;Negociaci&oacute;n, discusi&oacute;n racional y acuerdos&quot;.</i> Bogot&aacute;: Universidad Nacional de Colombia. Obtenido de <a href="http://fcubides.tripod.com/sitebuildercontent/sitebuilderfiles/fallidanegocia.pdf" target="_blank">http://fcubides.tripod.com/sitebuildercontent/sitebuilderfiles/fallidanegocia.pdf</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000121&pid=S1657-8031201500020001000008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Cubides, F., &amp; Dom&iacute;nguez, C. (1999). <i>Desplazados, migraciones internas y reestructuraciones territoriales.</i> Bogot&aacute;: Observatorio socio-pol&iacute;tico y cultural -Universidad Nacional de Colombia.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000123&pid=S1657-8031201500020001000009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Forero, S. (2014). <i>Estudio sobre el papel articulados de la Marcha Patri&oacute;tica y el Congreso de los Pueblos en la movilizaci&oacute;n social por la paz en Colombia (2010-2013).</i> Bogot&aacute;: Universidad del Rosario. Obtenido de <a href="http://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/8849/1020758644%20-%202014.pdf?sequence=6&amp;isAllowed=y" target="_blank">http://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/8849/1020758644%20-%202014.pdf?sequence=6&amp;isAllowed=y</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000125&pid=S1657-8031201500020001000010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Fundaci&oacute;n Paz y Reconciliaci&oacute;n. (2014). Informe Caracterizaci&oacute;n del movimiento social Marcha Patri&oacute;tica . <i>Ensayo que recoge las diferentes perspectivas que tienen los l&iacute;deres nacionales y regionales del movimiento social de Marcha Patri&oacute;tica sobre su inter&eacute;s en participar en pol&iacute;tica y la expectativa sobre los di&aacute;logos de La Habana.</i> Bogot&aacute;    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000127&pid=S1657-8031201500020001000011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref -->.</p>      <!-- ref --><p>Gonz&aacute;lez, F. (Mayo-Agosto de 2002). Colombia entre la guerra y la paz. Aproximaci&oacute;n a una lectura geopol&iacute;tica de la violencia colombiana. <i>Revista Venezolana de Econom&iacute;a y Ciencias Sociales, 8</i>(2), 13-49.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000129&pid=S1657-8031201500020001000012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Hart, M. (1992). <i>El concepto del derecho.</i> Buenos Aires: Abeledo Perrot.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000131&pid=S1657-8031201500020001000013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Leal, F. (2006). dossier - 4 a&ntilde;os del gobierno Uribe: balance y perspectivas. <i>An&aacute;lisis Pol&iacute;tico</i>, 3-30. Obtenido de <a href="http://www.ideaspaz.org/tools/download/50659" target="_blank">http://www.ideaspaz.org/tools/download/50659</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000133&pid=S1657-8031201500020001000014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Mar&iacute;n, K. (2014). La victimizaci&oacute;n horizontal y los retos de la justicia transicional en el posconflicto colombiano. Una propuesta metodol&oacute;gica. <i>Cultura Investigativa</i>, 108-123. Obtenido de <a href="http://www.researchgate.net/publication/271204287_La_victimizacin_horizontal_y_los_retos_de_la_justicia_transicional_en_el_post_conflicto_colombiano._Una_propuesta_metodolgica" target="_blank">http://www.researchgate.net/publication/271204287_La_victimizacin_horizontal_y_los_retos_de_la_justicia_transicional_en_el_post_conflicto_colombiano._Una_propuesta_metodolgica</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000135&pid=S1657-8031201500020001000015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Mar&iacute;n, K. (2015). Entre vecinos: Retos de la justicia transicional a nivel local. El caso de la Sierra de la Macarena, Colombia. <i>El &Aacute;gora USB</i>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000137&pid=S1657-8031201500020001000016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Molano, A. (1999). <i>Siguiendo el corte.</i> Bogot&aacute;: El Ancora Editores.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000139&pid=S1657-8031201500020001000017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Noticias del Llano. (7 de Mayo de 2013). <i>Noticias del Llano</i>. Obtenido de <a href="http://www.noticiasdelllano.com/noticias/por-matanza-en-la-macarena-hombre-es-condenado-a40-anos-de-prision" target="_blank">http://www.noticiasdelllano.com/noticias/por-matanza-en-la-macarena-hombre-es-condenado-a40-anos-de-prision</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000141&pid=S1657-8031201500020001000018&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Ram&iacute;rez, E., Gonz&aacute;lez, E., &amp; Espinosa, N. (2014). Justicia comunitaria en los llanos del Yar&iacute;, Caquet&ntilde;a. La justicia, &iquest;Al margen de qu&eacute;? <i>Ciudad Paz-ando, 5</i>(2), 127-148. Obtenido de <a href="http://revistaciudadpazando.udistrital.edu.co/documentos/revistas/revistadiez/Articulo9_V5N2.pdf" target="_blank">http://revistaciudadpazando.udistrital.edu.co/documentos/revistas/revistadiez/Articulo9_V5N2.pdf</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000143&pid=S1657-8031201500020001000019&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Revista Semana. (23 de Julio de 2010). <i>Revista Semana</i>. Recuperado el 01 de Junio de 2014, de <a href="http://www.semana.com/nacion/conflicto-armado/articulo/centenarescadaveres-nombre-cementerio-la-macarena/119648-3" target="_blank">http://www.semana.com/nacion/conflicto-armado/articulo/centenarescadaveres-nombre-cementerio-la-macarena/119648-3</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000145&pid=S1657-8031201500020001000020&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Ribon, M. (2014). <i>Estudio de caso. La Marcha Patri&oacute;tica como movimiento social y pol&iacute;tico: An&aacute;lisis de la naturaleza de un actor en construcci&oacute;n a partir de su accionar y sus reivindicaciones (2010-2012).</i> Bogot&aacute;: Universidad del Rosario. Obtenido de <a href="http://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/8930/1018439641-2014.pdf?sequence=4&amp;isAllowed=y" target="_blank">http://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/8930/1018439641-2014.pdf?sequence=4&amp;isAllowed=y</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000147&pid=S1657-8031201500020001000021&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Ruiz, D. (2003). Campesinos entre la selva, invasores de reservas. <i>Tab&uacute;la Rasa</i>, 183-210.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000149&pid=S1657-8031201500020001000022&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Sousa Santos, B. (1991). <i>El estado, derecho y luchas sociales.</i> Bogot&aacute;: ILSA Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000151&pid=S1657-8031201500020001000023&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>Tercer Canal. (28 de Julio de 2010). <i>Tercer Canal</i>. Recuperado el 12 de Junio de 2014, de <a href="https://www.youtube.com/watch?v=6kiinnSBypg" target="_blank">https://www.youtube.com/watch?v=6kiinnSBypg</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000153&pid=S1657-8031201500020001000024&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>TIEMPO, E. (30 de Agosto de 2007). <i>Peri&oacute;dico El Tiempo</i>. Recuperado el 01 de Junio de 2014, de eltiempo.com: <a href="http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-3700814" target="_blank">http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-3700814</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000155&pid=S1657-8031201500020001000025&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>V&aacute;zquez, T. (2014). El papel del conflicto armado en la construcci&oacute;n y diferenciaci&oacute;n territorial de la regi&oacute;n de &quot;El Cagu&aacute;n&quot;, Amazon&iacute;a occidental colombiana. <i>El &Aacute;gora USB, 14</i>(1), 147-175.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000157&pid=S1657-8031201500020001000026&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Vera, S. (2006). <i>El derecho: Una construcci&oacute;n social. Un estudio de caso sobre las FARCEP y la regi&oacute;n del Sumapaz desde la microsociolog&iacute;a del Derecho propuesta por George Gurvitch.</i> Bogot&aacute;: IEPRI.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000159&pid=S1657-8031201500020001000027&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Wolkmer, A. (2003). <i>Pluralismo jur&iacute;dico: nuevo marco emancipatorio en Am&eacute;rica Latina. En: Un debate sobre los estudios jur&iacute;dico cr&iacute;ticos. Mauricio Garc&iacute;a V &amp; C&eacute;sar A. Rodr&iacute;guez (Eds.) Derecho y sociedad en Am&eacute;rica Latina: Un debate sobre los es.</i> Bogot&aacute;: ILSA.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000161&pid=S1657-8031201500020001000028&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p> </font>     ]]></body>
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