<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><article xmlns:mml="http://www.w3.org/1998/Math/MathML" xmlns:xlink="http://www.w3.org/1999/xlink" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance">
<front>
<journal-meta>
<journal-id>1692-8857</journal-id>
<journal-title><![CDATA[Eidos]]></journal-title>
<abbrev-journal-title><![CDATA[Eidos]]></abbrev-journal-title>
<issn>1692-8857</issn>
<publisher>
<publisher-name><![CDATA[Fundación Universidad del Norte]]></publisher-name>
</publisher>
</journal-meta>
<article-meta>
<article-id>S1692-88572015000200002</article-id>
<article-id pub-id-type="doi">10.14482/eidos.23.184</article-id>
<title-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[La ruta social de la razón en la universidad. Democracia y deliberación]]></article-title>
</title-group>
<contrib-group>
<contrib contrib-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Cortés Rodas]]></surname>
<given-names><![CDATA[Francisco]]></given-names>
</name>
<xref ref-type="aff" rid="A01"/>
</contrib>
</contrib-group>
<aff id="A01">
<institution><![CDATA[,Universidad de Antioquia  ]]></institution>
<addr-line><![CDATA[Medellín ]]></addr-line>
<country>Colombia</country>
</aff>
<pub-date pub-type="pub">
<day>00</day>
<month>07</month>
<year>2015</year>
</pub-date>
<pub-date pub-type="epub">
<day>00</day>
<month>07</month>
<year>2015</year>
</pub-date>
<numero>23</numero>
<fpage>13</fpage>
<lpage>36</lpage>
<copyright-statement/>
<copyright-year/>
<self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S1692-88572015000200002&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_abstract&amp;pid=S1692-88572015000200002&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_pdf&amp;pid=S1692-88572015000200002&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><abstract abstract-type="short" xml:lang="es"><p><![CDATA[En este artículo se propone una transformación del gobierno de las universidades públicas de Colombia en el marco de una propuesta de reforma de la educación superior. En esta se debe introducir la idea de la profundización de la democracia en consonancia con las transformaciones políticas y sociales que se están dando en el país en el sentido de un cambio en las estructuras de poder político. Esta transformación tiene que darse mediante una radicalización de la representación profesoral y estudiantil.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This paper suggests a total change in the government of public universities in Colombia within the frame of a proposal of reform of the higher education. This reform should include the idea of deepening democracy which is in line with the political and social changes that are taking place in the country mainly as a change in political power structures. This total change must take place through a radicalization of faculty and student representation.]]></p></abstract>
<kwd-group>
<kwd lng="es"><![CDATA[democracia]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[representación]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[gobierno universitario]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[democracy]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[representation]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[university government]]></kwd>
</kwd-group>
</article-meta>
</front><body><![CDATA[  <font face="verdana" size="2">      <p><b>DOI: </b><a href="http://dx.doi.org/10.14482/eidos.23.184">http://dx.doi.org/10.14482/eidos.23.184</a></p>         <p align="center"><font size="4"><b>La ruta social de la raz&oacute;n en la universidad. Democracia y deliberaci&oacute;n</b></font></p>      <p><b>Francisco Cort&eacute;s Rodas</b>    <br> Instituto de Filosof&iacute;a, Universidad de Antioquia, Medell&iacute;n (Colombia)    <br> <a href="mailto:franciscocortes2007@gmail.com"><i>franciscocortes2007@gmail.com</i></a></p>      <p><b>Fecha de recepci&oacute;n: </b>enero 30 de 2015    <br> <b>Fecha de aceptaci&oacute;n: </b>marzo 27 de 2015</p>  <hr>      <p><b>Resumen</b></p>     <p>En este art&iacute;culo se propone una transformaci&oacute;n del gobierno de las universidades p&uacute;blicas de Colombia en el marco de una propuesta de reforma de la educaci&oacute;n superior. En esta se debe introducir la idea de la profundizaci&oacute;n de la democracia en consonancia con las transformaciones pol&iacute;ticas y sociales que se est&aacute;n dando en el pa&iacute;s en el sentido de un cambio en las estructuras de poder pol&iacute;tico. Esta transformaci&oacute;n tiene que darse mediante una radicalizaci&oacute;n de la representaci&oacute;n profesoral y estudiantil.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Palabras clave: </b><i>democracia, representaci&oacute;n, gobierno universitario. </i></p>  <hr>      <p><b>Abstract</b></p>     <p>This paper suggests a total change in the government of public universities in Colombia within the frame of a proposal of reform of the higher education. This reform should include the idea of deepening democracy which is in line with the political and social changes that are taking place in the country mainly as a change in political power structures. This total change must take place through a radicalization of faculty and student representation.</p>     <p><b>Keywords: </b><i>democracy, representation, university government.</i></p>  <hr>      <p><b>La ruta social de la raz&oacute;n en la universidad. Democracia y deliberaci&oacute;n</b></p>     <p>Comenzar&eacute; este ensayo presentando el argumento y el problema que plantear&eacute;. El argumento es el siguiente: voy a definir primero a la universidad como el &quot;espacio de la raz&oacute;n&quot;, en el cual habitan profesores, estudiantes, directivos y personal administrativo, quienes tienen como caracter&iacute;stica com&uacute;n valerse de la raz&oacute;n para argumentar, discutir, hacer en muchos casos largos y complicados razonamientos sobre un problema social, normativo o pol&iacute;tico, y plantear hip&oacute;tesis o teor&iacute;as sobre hechos del &quot;mundo objetivo&quot;, el &quot;mundo social-normativo&quot; o el &quot;mundo subjetivo&quot;.</p>     <p>La universidad, como instituci&oacute;n dedicada a la formaci&oacute;n y preparaci&oacute;n de personas para el ejercicio de las profesiones p&uacute;blicas y para el desarrollo de las capacidades investigativas, concibe los procesos curriculares en t&eacute;rminos de la formaci&oacute;n racional de las personas. El elemento normativo de la pr&aacute;ctica comunicativa de la universidad lo constituye la coacci&oacute;n sin coacciones del mejor argumento.</p>      <p>Si entendemos a la universidad en t&eacute;rminos comunicativos como el &quot;espacio de la raz&oacute;n&quot;, en el que se desarrollan los procesos de formaci&oacute;n e investigaci&oacute;n en las diferentes esferas del conocimiento, debemos entender que, constituidos de forma racional, estos son no solamente los campos de proyecci&oacute;n de la ciencia, el saber social-normativo y el saber subjetivo, sino tambi&eacute;n la pol&iacute;tica y el gobierno universitario. Enunciado de esta manera el argumento, el problema que desarrollar&eacute; es que en la universidad colombiana actual la pol&iacute;tica y el gobierno universitario han quedado por fuera del espacio universitario de las razones y los argumentos.</p>     <p>Tenemos dos formas de acci&oacute;n contrarias a la idea de la universidad como &quot;espacio de la raz&oacute;n&quot;: la primera se vale de la violencia: en algunas universidades p&uacute;blicas del pa&iacute;s se ha dado una especie de bloqueo de las capacidades cient&iacute;ficas, acad&eacute;micas, culturales y pol&iacute;ticas, producido por un proyecto antiuniversitario, que se articula en varias formas de criminalidad: los grupos dedicados al tr&aacute;fico de drogas; los grupos que organizan mono-p&oacute;licamente las ventas ambulantes; los delincuentes que atracan, roban a profesores, estudiantes y trabajadores y asaltan oficinas y negocios; los criminales que han hecho de la extorsi&oacute;n su fuente de ingresos y los <i>capuchos </i>que desangran la universidad con una violencia extrema.</p>      <p>La segunda forma de acci&oacute;n se puede caracterizar como pol&iacute;tica clientelista, de <i>lobby </i>e influencias. En las universidades p&uacute;blicas del pa&iacute;s hay serias deficiencias en los mecanismos de representaci&oacute;n y participaci&oacute;n en los consejos universitarios (Superior, Acad&eacute;mico, de Facultades, Escuelas e Institutos). Esto ha sido se&ntilde;alado por muchos acad&eacute;micos y claustros profesorales, quienes han dicho que las estructuras del gobierno universitario en algunas universidades (definidas a partir de la Ley 30 de 1992), est&aacute;n viciadas por el clientelismo y por pr&aacute;cticas reeleccionistas que han llevado a perpetuar en el poder en varias universidades del pa&iacute;s a unas &eacute;lites administrativas y no acad&eacute;micas. Por ejemplo, un rector o un decano reelegido por m&aacute;s de dos periodos pueden llegar a producir un evidente desequilibrio institucional al impedir la renovaci&oacute;n de los dirigentes acad&eacute;micos, al frenar el cambio de equipos y de programas de gobierno universitario y al desnaturalizar el principio de la igualdad en el proceso de elecci&oacute;n rectoral. La relaci&oacute;n clientelista es una forma de intercambio personal cuya estabilidad depende de los resultados que cada actor espera obtener mediante la entrega de bienes y servicios al otro, y es una relaci&oacute;n particularista y privada, ligada solo de manera difusa a la ley p&uacute;blica.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>La universidad como el &quot;espacio de la raz&oacute;n&quot;</b></p>     <p>Expuestos los rasgos b&aacute;sicos del argumento y el problema de lo que debe ser la pol&iacute;tica democr&aacute;tica en la universidad, es necesario explicitar primero la idea de la universidad como el &quot;espacio de la raz&oacute;n&quot;.</p>      <p>La universidad es la base sobre la cual la sociedad y el Estado pueden dar lugar a la m&aacute;s clara conciencia de la &eacute;poca. All&iacute; pueden reunirse profesores y alumnos con la &uacute;nica funci&oacute;n de buscar la verdad argumentando con razones. La universidad es, en t&eacute;rminos generales, la instituci&oacute;n central de la ciencia, la formaci&oacute;n, la cultura y las artes. Y lo es porque es la mejor dotada para mantener su continuidad y ense&ntilde;ar a nuevas generaciones de cient&iacute;ficos, profesionales y artistas. La universidad es, en este sentido, una instituci&oacute;n de las que est&aacute; compuesta la sociedad. Como instituci&oacute;n, lleva a cabo dos funciones: ordena y facilita el trabajo interrelacionado de mucha gente y distribuye derechos y deberes entre los individuos que la componen, m&aacute;s all&aacute; del trabajo, el estudio y las obligaciones. Cuando uno ingresa a la instituci&oacute;n universitaria debe saber qu&eacute; derechos y deberes tiene. De esta manera puede ordenar su conducta para hacer determinadas cosas y evitar otras durante el tiempo que uno es estudiante o profesor (Villaca&ntilde;as, 2012, p. 135).</p>      <p>En el mundo actual, la ciencia, en sus dimensiones objetiva, social-normativa y subjetiva, es una instituci&oacute;n altamente organizada y racionalizada. Ella no escapa a los procesos de racionalizaci&oacute;n que tienen todos los procesos sociales actuales. La ciencia &mdash;repetimos: objetiva, social-normativa y subjetiva&mdash; est&aacute; constituida por las reglas profesionales que ella misma ha configurado a lo largo de la historia. Estas reglas marcan los derechos y deberes, establecen el m&eacute;rito y definen una forma de comportamiento. Todo esto se plasma en las aulas de clase, en los laboratorios, en las revistas cient&iacute;ficas y en los grupos de investigaci&oacute;n.</p>      <p>La universidad, adem&aacute;s de instituci&oacute;n, es una comunidad acad&eacute;mica compuesta b&aacute;sicamente por tres elementos: ciencia e investigaci&oacute;n, formaci&oacute;n docente y humanismo; y lo que preserva su car&aacute;cter acad&eacute;mico, investigativo y human&iacute;stico es su autonom&iacute;a. Para desarrollar una investigaci&oacute;n b&aacute;sica y aut&oacute;noma, la universidad ha de ser libre. Y para ser libre, el Estado debe financiarla.</p>      <p>La universidad consiste en un grupo de personas dedicadas a una tarea cooperativa, a saber: argumentar con razones. Con razones argumentan solamente las personas racionales, es decir, los animales racionales que se mueven en el &quot;espacio de la raz&oacute;n&quot;, y que pueden pensar y actuar de forma racional o irracional. La racionalidad se refiere a la capacidad de las personas para desarrollar procesos de fundamentaci&oacute;n o de justificaci&oacute;n, seguirlos y poder hacer uso de ellos.</p>      <p>Cuando nos definimos por nuestra capacidad de usar la raz&oacute;n y el entendimiento estamos expresando que fijamos la capacidad racional, m&aacute;s que la capacidad de sentir, como el marco de las caracter&iacute;sticas que nos distinguen. La capacidad racional concierne al entendimiento o a la inteligencia m&aacute;s que a la irritabilidad o excitabilidad (Brandom, 2005, p. 38).</p>      <p>La capacidad de justificar algo es no solamente la capacidad de la conclusi&oacute;n deductiva, sino, en general, la capacidad de fundamentar una proposici&oacute;n, probarla y dar argumentos para sostenerla (Gosepath, 1999, p. 8).</p>      <p>Se puede definir entonces a la universidad como una esfera p&uacute;blica de la raz&oacute;n. El espacio creado por medio de las razones constituye una base compartida y com&uacute;n del pensamiento y las acciones fundamentadas. Las razones pueden ser presentadas, aceptadas, exigidas, rechazadas (Forst, 1999, p. 66). La idea general es que la racionalidad &quot;que nos califica como conocedores (y no solamente como seres sensitivos), se puede identificar con el ejercicio de un papel de jugador en el juego social, impl&iacute;citamente normativo, de ofrecer, valorar, producir y consumir razones&quot; (Brandom, 2002, p. 98). De este modo, el elemento m&aacute;s espec&iacute;fico de la universidad es que la labor ejercida por los acad&eacute;micos en su vida diaria es la de dar y exigir razones.</p>      <p>En la universidad, como &quot;esfera p&uacute;blica informal&quot;, cuentan pues las razones, los argumentos, las visiones y las concepciones de vida buena. Al dirigirse unos a otros en el espacio p&uacute;blico, con argumentos y razones, los miembros de lo p&uacute;blico se tratan entre s&iacute; como iguales, sin ninguna pretensi&oacute;n de autoridad intr&iacute;nseca. Por eso se afirma aqu&iacute; que la universidad es una entidad en la cual los universitarios pueden dirigirse los unos a los otros de manera abierta y libre, con argumentos y razones. &quot;Actuar con razones equivale a estar habilitado para los compromisos pr&aacute;cticos que uno tiene. Y la posesi&oacute;n de ese estatuto supone que es inteligible para uno mismo y para los dem&aacute;s&quot; (Brandom, 2002, p. 115).</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La racionalidad y la irracionalidad son conceptos normativos o prescriptivos porque en su uso siempre est&aacute; contenido un juicio sobre la acci&oacute;n realizada o la opini&oacute;n expresada por un actor determinado. El elemento normativo supuesto en la palabra &quot;racional&quot; expresa aprobaci&oacute;n, acuerdo:</p>      <blockquote> El elemento normativo que est&aacute; contenido en la palabra irracional ejercita una funci&oacute;n sancionadora o censuradora. Actuar de forma irracional, contrario a la manera normal como se espera en una comunidad determinada, siempre es visto como cr&iacute;tica, censura o reprobaci&oacute;n. (Gosepath, 2007, p. 80) </blockquote>      <p>Brandom (2005) localiza la normatividad del lenguaje en la coacci&oacute;n sin coacciones del mejor argumento. Ser racional quiere decir estar sometido u obligado a normas y sujeto a la autoridad de razones:</p>      <blockquote> Esta fuerza es una especie de fuerza normativa, un 'debe' racional. Ser racional es estar vinculado o constre&ntilde;ido por estas normas, estar sujeto a la autoridad de las razones. Decir 'nosotros' en este sentido es situarnos a nosotros mismos y a cada uno de los otros en el espacio de las razones, ofreciendo y pidiendo razones para nuestras actitudes y actos. (p. 37) </blockquote>      <p>Nosotros somos aquellos para quienes las razones son vinculantes y se someten a la fuerza peculiar de las mejores razones. Este tipo de responsabilidad racional define nuestra propia comprensi&oacute;n como sujetos capaces de lenguaje y acci&oacute;n. Adoptar esta clase de posici&oacute;n pr&aacute;ctica quiere decir considerarnos o tratarnos como sujetos capaces de conocer y de actuar:</p>      <blockquote> Nuestras actitudes y actos exponen un contenido inteligible al que se puede asir o entender debido a su captura en una red de razones, con lo que queda inferencialmente articulado. Entender en este sentido destacado quiere decir captar las razones, dominar las inferencias te&oacute;ricas y pr&aacute;cticas. (Brandom, 2005, p. 37) </blockquote>      <p>La universidad definida como el &quot;espacio de la raz&oacute;n&quot; se proyecta en diferentes campos del conocimiento. El potencial de racionalidad contenido en la ambiciosa forma de comunicaci&oacute;n que es el discurso racional se despliega en direcciones diferentes en funci&oacute;n del tipo de pretensi&oacute;n de validez tematizado y del tipo de discurso correspondiente. Estos campos, interpretados desde una concepci&oacute;n comunicativa, pueden reconstruirse en cuatro tipos de discurso racional: el primero, referido a las pretensiones de inteligibilidad o de expresarse comprensiblemente, tiene que ver con las disciplinas del lenguaje y la comunicaci&oacute;n; el segundo, relacionado con las pretensiones de verdad, tiene que ver con las disciplinas que estudian el mundo natural, id&eacute;ntico para todos los observadores y que existe independientemente de nuestras descripciones; el tercero se refiere a las pretensiones de correcci&oacute;n o rectitud normativa, y se desarrolla en disciplinas que toman como objeto el mundo social-normativo, el cual remite a las relaciones interpersonales reguladas leg&iacute;timamente; finalmente, el cuarto, que se relaciona con las pretensiones de veracidad o autenticidad, se desarrolla en las disciplinas que estudian el &quot;mundo interno&quot;. Estos cuatro tipos de discurso racional derivan de la estructura misma de la comunicaci&oacute;n humana que despliega en el lenguaje ordinario las diferencias entre &quot;inteligibilidad&quot;, &quot;verdad&quot;, &quot;veracidad&quot; y &quot;justicia&quot;. Solo estas referencias a la constituci&oacute;n del mundo objetivo, subjetivo e intersubjetivo fijan las perspectivas desde las que el discurso comunicativo cobra un sentido concreto.</p>      <p>El discurso argumentativo se realiza bajo el complimiento de una serie de condiciones que el fil&oacute;sofo alem&aacute;n J&uuml;rgen Habermas define como las condiciones ideales del habla argumentativa. Estas condiciones son: a) la inclusi&oacute;n sin excepci&oacute;n de todos los sujetos en los discursos; b) la garant&iacute;a de igualdad de oportunidades a todos los participantes; c) la garant&iacute;a para que haya veracidad y transparencia en las argumentaciones; d) el aseguramiento de condiciones de comunicaci&oacute;n que favorezcan el acceso a una participaci&oacute;n igual en el discurso, sin que ocurra una represi&oacute;n sutil y oculta. Con estas condiciones Habermas busca se&ntilde;alar que en el discurso argumentativo se muestran estructuras de una situaci&oacute;n ideal de habla, protegidas en forma especial contra la represi&oacute;n y la desigualdad.</p>      <p>Si consideramos que la sustancia normativa contenida en los supuestos de la argumentaci&oacute;n no solamente posibilita el enjuiciamiento de pretensiones de validez criticables, sino que tambi&eacute;n contribuye a los procesos de aprendizaje, podemos apreciar entonces c&oacute;mo la poderosa forma de comunicaci&oacute;n que es el discurso racional se despliega en la universidad. La universidad prepara y forma primero a los participantes de estos campos de proyecci&oacute;n del conocimiento y, en segundo lugar, busca que la intervenci&oacute;n de los universitarios en cualquiera de estos &aacute;mbitos est&eacute; basada en la racionalidad discursiva y en la investigaci&oacute;n. Una argumentaci&oacute;n referida al mundo objetivo, al mundo subjetivo, o una norma referida al mundo intersubjetivo, pueden entonces pretender validez cuando los posibles participantes en discursos, por medio de la participaci&oacute;n en un proceso argumentativo en el que se consideren las distintas perspectivas de interpretaci&oacute;n y las diferentes razones aportadas, lleguen al acuerdo de que ese razonamiento, esa alternativa de acci&oacute;n, o la norma en cuesti&oacute;n, pueden valer como un conocimiento de validez universal.</p>      <p>Los participantes en la comunicaci&oacute;n tienen la perspectiva de que los destinatarios tomar&aacute;n posici&oacute;n respecto a sus propias pretensiones de validez.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote> Estos esperan una reacci&oacute;n afirmativa o de rechazo que cuenta como respuesta, puesto que s&oacute;lo el reconocimiento intersubjetivo de las pretensiones de validez criticables genera el tipo de comunidad sobre la que pueden fundarse para ambas partes v&iacute;nculos fiables que tengan consecuencias relevantes para la interacci&oacute;n. (Habermas, 2006, p. 82) </blockquote>      <p>En la pr&aacute;ctica de la argumentaci&oacute;n, ninguna autoridad colectiva limita el &aacute;mbito individual de enjuiciamiento, y nadie mediatiza la competencia enjuiciadora de cada individuo.</p>      <p>He presentado el argumento b&aacute;sico de la estructura comunicativa de los diferentes tipos de discurso o de campos de proyecci&oacute;n del conocimiento en la universidad para poder plantear ahora cu&aacute;les son las caracter&iacute;sticas del sujeto que argumenta y razona, a saber, la persona deliberativa. Podemos decir tambi&eacute;n que ella es el jugador en el juego social, impl&iacute;citamente normativo, de ofrecer, valorar, producir y consumir razones, que se la juega en la ruta social de la raz&oacute;n bajo la premisa fundamental de la coacci&oacute;n sin coacciones del mejor argumento.</p>      <p>Una persona a la que se pueda atribuir la capacidad de tener una posici&oacute;n cr&iacute;tica puede realizar el acto cognitivo de tomar una posici&oacute;n fundamentada frente a expresiones y acciones; adem&aacute;s tiene la capacidad de actuar a partir de las razones que ha aceptado, es decir, puede realizar un acto seg&uacute;n su voluntad.</p>      <p>Las razones, como ya se dijo, pueden ser presentadas, aceptadas, exigidas, rechazadas, y pertenece a su esencia no ser propiedad de nadie, son p&uacute;blicas. Pueden ser juzgadas de manera general y son parte del juego de dar y exigir razones, esto es, de la pr&aacute;ctica de realizar y defender afirmaciones o juicios. Una persona que tiene la capacidad cognitiva y volitiva de presentar posiciones fundamentadas sobre enunciados o acciones es denominada &quot;persona deliberativa&quot;.</p>      <p>Seg&uacute;n Habermas, una persona deliberativa puede participar en argumentaciones en las cuales presenta en un discurso pretensiones de validez para enunciados que pueden ser criticados con unas razones y defendidos con otras. Tales argumentaciones o discursos est&aacute;n caracterizados por la serie de presupuestos ideales de la comunicaci&oacute;n, que acabo de explicitar.</p>      <p>Seg&uacute;n el tipo de pretensi&oacute;n de validez que est&eacute; en cuesti&oacute;n, &quot;se trata en tales discursos de la construcci&oacute;n de las mejores razones que se puedan sostener a lo largo de una cr&iacute;tica continuada por una cantidad ilimitada de participantes en la argumentaci&oacute;n&quot; (G&uuml;nther, 1999, p. 85). Las razones que presente un cient&iacute;fico sobre un hecho del &quot;mundo objetivo&quot;, las que d&eacute; un soci&oacute;logo, un historiador, un jurista o un fil&oacute;sofo, comunicadas en un art&iacute;culo, un libro, o discutidas en un coloquio de investigaci&oacute;n, son presentadas a la comunidad universal de investigadores de cualquiera de estos campos para que sean criticadas, rechazadas o aceptadas. Un enunciado o un juicio que se fundamente de esta manera tiene, seg&uacute;n la respectiva pretensi&oacute;n de validez, la presunci&oacute;n de verdad, de correcci&oacute;n normativa o de veracidad.</p>      <p>Otras dos cualidades de la persona deliberativa que deben ser destacadas son la capacidad y disposici&oacute;n a la autocorrecci&oacute;n, en el caso de que se hayan cometido errores, y el hecho de que la persona es la fuente productora de las enunciaciones y las acciones.</p>      <p>Si produce una diferencia en una acci&oacute;n o en una proposici&oacute;n, el hecho de que la persona ha hecho uso o no de su capacidad para asumir una actitud cr&iacute;tica, entonces se puede decir que la acci&oacute;n o la proposici&oacute;n pueden ser atribuidas a esa persona como su autor. Debido a que tenemos la posibilidad de hacer esa atribuci&oacute;n a una persona, debe ser considerada entonces como el centro original de sus enunciados y acciones (G&uuml;nther, 1999, p. 87).</p>      <p>Dicho esto, se puede afirmar que los procesos argumentativos que se dan en el mundo universitario, que se dan, por supuesto, en otros mundos de la acci&oacute;n social, presuponen la capacidad de acci&oacute;n de lo que hemos denominado una persona deliberativa y se reproducen en el uso general de las capacidades atribuidas a ella.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Un profesor es, por la naturaleza de la pr&aacute;ctica que ejercita, ante todo una persona deliberativa y comunicativa, un jugador del juego de dar y pedir razones. Un estudiante aprende en su formaci&oacute;n en cualquiera de las esferas del conocimiento a ser una persona deliberativa, que act&uacute;a bas&aacute;ndose en razones y argumentos, que aprende la autocorrecci&oacute;n cuando ha cometido errores, que busca explicaciones razonadas sobre lo que pasa en el mundo objetivo, sobre lo que debe pasar en el mundo social-moral y sobre lo que sucede en su mundo interior.</p>      <p>Los procesos argumentativos est&aacute;n organizados de tal manera que las razones que se den a favor y en contra, cuando se hace una afirmaci&oacute;n o se propone una norma, se deben probar argumentativamente, de forma que surja una competencia p&uacute;blica por las mejores razones.</p>      <blockquote> En la medida en que las personas deliberativas participen en esa competencia, se convierten en participantes de la producci&oacute;n de una proposici&oacute;n sobre el 'mundo objetivo' o en los autores de las normas del 'mundo moral' que surjan a trav&eacute;s de estos procesos. (G&uuml;nther, 1999, p. 87) </blockquote>      <p>Esta concepci&oacute;n deliberativa de la persona no est&aacute; necesariamente conectada con la idea comprehensiva de la persona que, en un sentido &eacute;tico, se determina ella misma en todos los aspectos de su vida; m&aacute;s bien, esto significa que una persona se considera ella misma como una persona que exige y da razones en diferentes contextos. Cuando irrumpe en una instituci&oacute;n como la universidad esa din&aacute;mica l&oacute;gica del preguntar por razones, entonces se pone en movimiento este proceso, y aquellos afectados pueden detenerlo de dos maneras: leg&iacute;timamente, dando suficientes justificaciones, o ileg&iacute;timamente, por medio del poder o de la fuerza.</p>      <p>En suma, una persona deliberativa &mdash;un profesor o un estudiante&mdash; tiene la capacidad de asumir actitudes cr&iacute;ticas frente a enunciados o acciones, propios o ajenos, de fundamentar su posici&oacute;n en razones y argumentos, las cuales puede comprobar en el papel de un participante en el discurso. La persona deliberativa puede, adem&aacute;s, actuar siguiendo las razones que ha aceptado; de esta manera, ella puede convertirse en el autor al que se le pueden atribuir sus enunciados y acciones.</p>      <p>En la educaci&oacute;n del estudiante universitario, que se enlaza con el adiestramiento que ha tenido en el bachillerato, son definitivas la formaci&oacute;n human&iacute;stica, &eacute;tica, pol&iacute;tica o ciudadana y art&iacute;stica.</p>      <p>La universidad debe replantear el orden curricular en funci&oacute;n de conseguir que el proceso de formaci&oacute;n tenga como resultado a la persona deliberativa, al ciudadano, al sujeto responsable. Para esto, lo central en los primeros semestres de la vida acad&eacute;mica de un estudiante deben ser el cultivo de la literatura, la historia, las ciencias, la m&uacute;sica, la pintura, el teatro y el fomento de la interculturalidad. El estudiante debe ser</p>      <blockquote> Moldeado, cultivado, por medio de pr&aacute;cticas, disciplinas, artes que desarrollen la palabra, la vista, el o&iacute;do, el saber, de manera que pueda obtenerse y afinarse progresivamente un ideal de vida humana que sirva de referente normativo, en el sentido que hemos visto aparecer la voz <i>humanitas </i>como humanidad, humanitarismo, <i>philantrophia. </i>(Giusti, 2010, p. 41; ver tambi&eacute;n Cort&eacute;s 2014b) </blockquote>      <p><b>La democracia en la encrucijada</b></p>     <p>De nuevo el problema: enunciado de esta manera el argumento sobre lo que debe entenderse por persona comunicativa o deliberativa, el asunto que quiero desarrollar ahora consiste en que en la universidad p&uacute;blica actual la pol&iacute;tica y el gobierno universitario han quedado, en cierta medida, por fuera del espacio de las razones y los argumentos. Con el fin de exponer este problema se analizar&aacute;n dos v&iacute;as de la pol&iacute;tica en la universidad: la primera referida a la idea de un poder constituyente universitario; la segunda se relaciona con la utilizaci&oacute;n instrumental de los organismos de representaci&oacute;n.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La propuesta pol&iacute;tica de un poder constituyente universitario orientado a la transformaci&oacute;n de la forma de gobierno que rige a las universidades p&uacute;blicas, a partir de la Ley 30 de 1992, se basa en un diagn&oacute;stico negativo sobre las posibilidades de la democracia y la participaci&oacute;n del estudiantado y el profesorado en el gobierno de las universidades p&uacute;blicas.</p>      <p>En este diagn&oacute;stico se afirma que en la universidad se limita el ejercicio pleno de la democracia y la participaci&oacute;n, no se garantiza a todos el bienestar institucional, no hay transparencia en los procesos administrativos, las estructuras actuales de gobierno est&aacute;n viciadas por el clientelismo y por pr&aacute;cticas reeleccionistas que llevan a perpetuar en el poder a unas &eacute;lites administrativas, no acad&eacute;micas, que act&uacute;an contra el esp&iacute;ritu de la Constituci&oacute;n del 91, y que mantienen y reproducen, adem&aacute;s, la idea de universidad impuesta por la ideolog&iacute;a neoliberal.</p>      <p>De este diagn&oacute;stico deriva como alternativa al orden universitario vigente la propuesta de una constituyente universitaria que se fundamenta en la idea del poder constituyente, a partir del cual se exploren otras formas de gobierno universitario, como la asamblea universitaria constituyente, para realizar la elecci&oacute;n popular de las propias directivas y el cogobierno.</p>      <p>El diagn&oacute;stico contiene una tesis falsa y una verdadera: la verdadera se refiere a limitaciones para el ejercicio pleno de la democracia y la participaci&oacute;n en la universidad. Esto es cierto no solamente en la universidad, sino tambi&eacute;n en el pa&iacute;s en general; por esto, la democracia debe profundizarse, ampliarse, radicalizarse. La tesis falsa del diagn&oacute;stico consiste en suponer que el ejercicio pleno de la democracia y la participaci&oacute;n en la universidad se dan mediante la convocatoria de una asamblea constituyente universitaria.</p>      <p>Proponer como mecanismo alternativo al sistema representativo que el movimiento estudiantil y profesoral universitario, como poderes constituyentes, puedan darle sus propias normas y estatutos a la universidad, puedan transformar la forma de gobierno universitario que rige a las universidades p&uacute;blicas, o puedan elegir directamente a las directivas universitarias, es proponer que los poderes p&uacute;blicos sean ejercidos por el movimiento universitario de la manera como este decida; es afirmar que el poder de la asamblea universitaria es ilimitado. Y este poder no puede ser ilimitado; en cambio, debe estar circunscrito a los l&iacute;mites establecidos por la ley, los intereses y los derechos de los individuos pertenecientes a los otros estamentos.</p>      <p>Los intereses de un sector deben concertarse con los de otros sectores, y deben atender a los intereses de la universidad y de la sociedad, y a las posibilidades del Estado. La idea de que el poder de la asamblea universitaria es prioritario deriva en el supuesto de que esta asamblea es el &oacute;rgano colegiado supremo de la universidad, bajo el cual quedan situados los dem&aacute;s &oacute;rganos colegiados. Estos grupos promueven y ofrecen legitimaci&oacute;n para un concepto de la democracia seg&uacute;n el cual su esencia reside en el ejercicio aut&oacute;nomo y directo del dominio por parte de la comunidad universitaria, y no en la constituci&oacute;n de &oacute;rganos de direcci&oacute;n de esta comunidad que act&uacute;an para ella. Se trata de una forma de democracia directa y de la negaci&oacute;n de la democracia representativa.</p>      <p>Debo decir entonces, contra quienes sostienen esta tesis, que no es suficiente con que se convoque el poder constituyente universitario; si no hay l&iacute;mites sustanciales o jur&iacute;dicos a las decisiones de una asamblea universitaria, esta puede, democr&aacute;ticamente, suprimir por mayor&iacute;a el orden vigente en las universidades, en el cual los componentes b&aacute;sicos, adem&aacute;s de la pol&iacute;tica, son la docencia, la ciencia y la cultura. Aseverar la omnipotencia de la asamblea universitaria es una manera muy problem&aacute;tica de entender la pol&iacute;tica en la universidad. Es afirmar que en la lucha por el poder en la universidad los actores pol&iacute;ticos universitarios pueden servirse de esta para dar curso a su contienda, desconociendo las dimensiones acad&eacute;mica, cient&iacute;fica y human&iacute;stica.</p>      <p>En este punto es importante precisar un concepto central del derecho constitucional para no mezclar un cambio legislativo con otras reformas. Una situaci&oacute;n constituyente es una situaci&oacute;n original, que no es producida por actos jur&iacute;dicos y, por tanto, carece de normas superiores a ella; es la expresi&oacute;n de un poder constituyente, que en la democracia es el pueblo. El poder constituyente es atribuido a los sujetos naturales que conforman el pueblo como titular de la soberan&iacute;a. Estos sujetos no pueden ser los estudiantes ni los profesores, sino solamente los ciudadanos de una comunidad pol&iacute;tica cuando se agrupan en un momento fundacional.</p>      <p>Ni la universidad ni ninguna instituci&oacute;n del Estado pueden ser objeto de fundaci&oacute;n por v&iacute;a de una acci&oacute;n colectiva an&aacute;loga a la de una asamblea constituyente en relaci&oacute;n con la fundaci&oacute;n del Estado. Si esto fuera posible, se disgregar&iacute;a el Estado. Cuando un pueblo como poder constituyente, crea una Constituci&oacute;n emergen de esta, mediante la acci&oacute;n del poder legislativo, las instituciones del Estado, entre ellas las universidades, que hacen parte de los poderes constituidos. Por esto, en la universidad acciones como la determinaci&oacute;n de los estatutos, la definici&oacute;n del r&eacute;gimen interno, la elecci&oacute;n de sus directivos y administradores no pueden ser concebidas como acciones del constituyente primario. Son acciones de los poderes constituidos que se regulan a partir de la Constituci&oacute;n mediante leyes creadas por el legislativo.</p>      <p>Por esto, hablar de reformas fundacionales en este nivel institucional es totalmente inapropiado.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La confusi&oacute;n de quienes argumentan por un cambio en la democracia de la universidad apelando al concepto de poder constituyente radica en la extrapolaci&oacute;n de un concepto pol&eacute;mico de la esfera de la pol&iacute;tica para dar cuenta de c&oacute;mo debe ser la pol&iacute;tica en la esfera de acci&oacute;n universitaria. Esta extrapolaci&oacute;n conduce a una distorsi&oacute;n del campo pol&iacute;tico universitario, al convertirlo en omnipotente. Afirmar la omnipotencia de la asamblea universitaria es aseverar la omnipresencia de lo pol&iacute;tico en todas las esferas de la vida humana. Pero hay esferas de la vida humana &mdash;y en la universidad hay esferas de la acci&oacute;n social, como la docencia, la ciencia, la investigaci&oacute;n y la cultura&mdash; que no son pol&iacute;ticas y no tienen que ver con la pol&iacute;tica. El resultado podr&iacute;a resumirse en que la democracia, como concepto propio de la pol&iacute;tica, no puede ser entendida en el sentido de la democracia directa. &quot;La democracia bruta es absurda. Aun en el caso de que aquella fuera posible, el sistema representativo es muy superior y el &uacute;nico capaz de alumbrar la verdadera libertad y mejorar la especie humana&quot;, escribi&oacute; Siey&eacute;s (2007, p. 440). Si la democracia, como forma de Estado, representa una forma de dominio pol&iacute;tico y un modo de organizar el dominio, entonces bajo cualquier circunstancia tiene que constituirse una unidad de decisi&oacute;n y de acci&oacute;n, y tiene que surgir un sistema para lograr una unificaci&oacute;n relativa de la voluntad. &quot;Para ello resulta necesaria, e incluso ineludible, la existencia de &oacute;rganos de direcci&oacute;n que act&uacute;en por s&iacute; mismos y que, en esa medida, habr&aacute;n de tener un car&aacute;cter representativo&quot; (B&oacute;ckenf&oacute;rde, 2000, p. 142).</p>      <p><b>Instr&uuml;mentalizaci&oacute;n de la representaci&oacute;n</b></p>     <p>Antes dije que las reglas que definen hoy la representaci&oacute;n en las universidades p&uacute;blicas no son claras y permiten una utilizaci&oacute;n puramente instrumental del poder. Por ejemplo, los Estatutos Generales de las universidades determinan de forma muy vaga las responsabilidades de los miembros del Consejo Superior. Las ideas fundamentales de la representaci&oacute;n no est&aacute;n establecidas aqu&iacute;, ni est&aacute;n planteados los instrumentos por medio de los cuales puede realizarse una comunicaci&oacute;n clara y transparente entre representantes y representados, ni hay mecanismos de rendici&oacute;n de cuentas sobre la gesti&oacute;n de cada uno de los primeros ante los segundos. Adem&aacute;s, el proceso en dos instancias para nombrar el rector: de un lado, su designaci&oacute;n por el Consejo Superior y, de otro lado, la consulta a los profesores, estudiantes y trabajadores, tiene un claro car&aacute;cter asim&eacute;trico.</p>      <p>Seg&uacute;n el art&iacute;culo 69 de la Constituci&oacute;n y la Ley 30 de 1992, los cargos de direcci&oacute;n del gobierno universitario, en particular el de rector, deben ser otorgados a profesores por &oacute;rganos colegiados mediante designaci&oacute;n por m&eacute;ritos acad&eacute;micos, cient&iacute;ficos e investigativos. Estos cargos no deben depender de procesos de decisi&oacute;n mayoritaria, sino de procesos representativos en el Superior y deliberativos en la consulta a profesores, estudiantes y trabajadores. El rector debe ser designado por el Consejo Superior a partir de principios de excelencia acad&eacute;mica e investigativa, que debe demostrar acreditando su trayectoria en estos campos. En este sentido, la Ley 30 de 1992 estableci&oacute; que el mecanismo de selecci&oacute;n de los miembros de la direcci&oacute;n acad&eacute;mica y administrativa de la universidad no se hace mediante la consulta directa a estudiantes, profesores y trabajadores.</p>      <p>Seg&uacute;n la Ley 30 y otras normas estatutarias, el mecanismo de la consulta a profesores, estudiantes y trabajadores que se hace previamente a la designaci&oacute;n de los directivos no debe ser entendido como una elecci&oacute;n directa, sino como un instrumento que puede servir a los consejeros en el proceso de valoraci&oacute;n de los candidatos. De un lado, la consulta no puede ser concebida como un mecanismo vinculante, porque entonces le quitar&iacute;a al Consejo Superior una de sus funciones b&aacute;sicas: deliberar como representantes para tomar la decisi&oacute;n que les compete de acuerdo con el Estatuto General. Esta diferenciaci&oacute;n de funciones que tienen el Superior y los estamentos es importante en la construcci&oacute;n del modelo representativo en las universidades p&uacute;blicas, y si a cada una de estas instancias se le diera el peso que le corresponde &mdash;al Superior la representaci&oacute;n y a los estamentos la deliberaci&oacute;n&mdash;, la pol&iacute;tica en la universidad brillar&iacute;a con luz propia.</p>      <p>Por otro lado, el mecanismo de la consulta no debe ser considerado un asunto secundario y trivial, como ha sucedido repetidas veces en procesos de designaci&oacute;n del rector y de decanos en varias universidades del pa&iacute;s en los veinte &uacute;ltimos a&ntilde;os. Verlo como algo subsidiario es reflejo del menosprecio por la democracia y la deliberaci&oacute;n que han manifestado miembros de consejos superiores de algunas universidades del pa&iacute;s en la forma como toman decisiones importantes a espaldas de la comunidad acad&eacute;mica. La configuraci&oacute;n de un poder pol&iacute;tico en los consejos superiores de algunas de las m&aacute;s importantes universidades p&uacute;blicas del pa&iacute;s, que se ubica por encima de la comunidad acad&eacute;mica y desconoce el poder deliberativo de los profesores y estudiantes, ha terminado produciendo la experiencia de que la pol&iacute;tica y la democracia son in&uacute;tiles. La consecuencia de esto ha sido que las burocracias universitarias han cooptado lo pol&iacute;tico; la pol&iacute;tica en su dimensi&oacute;n deliberativa, conflictiva, ha sido reemplazada por una pol&iacute;tica de consensos, completamente despolitizada, por lo que la denominan &quot;gobernanza&quot;. Como efecto de la hegemon&iacute;a de esta forma de pol&iacute;tica, la mayor parte de las decisiones cruciales sobre los asuntos b&aacute;sicos de la vida universitaria ha sido eliminada del terreno pol&iacute;tico o de la discusi&oacute;n p&uacute;blica universitaria. Este fen&oacute;meno es denominado en la filosof&iacute;a pol&iacute;tica el &quot;vaciamiento de las instancias representativas&quot;.</p>      <p>Frente al vaciamiento de las instancias representativas, y al consiguiente malestar democr&aacute;tico que hoy se da en la universidad p&uacute;blica &mdash;la democracia no funciona&mdash;, la alternativa que queda es incrementar la capacidad deliberativa de los profesores y estudiantes, y fortalecer las instituciones para que el poder democr&aacute;tico que radica en nosotros los ciudadanos no quede infelizmente sitiado por personas y grupos sin v&iacute;nculos con la ciencia, la raz&oacute;n, las humanidades, es decir, sin v&iacute;nculos con la universidad.</p>      <p>Incrementar la capacidad deliberativa de profesores y estudiantes significa que en la universidad ning&uacute;n organismo de decisi&oacute;n debe quedar por fuera de la esfera p&uacute;blica de las razones y los argumentos. Fortalecer las instituciones quiere decir: a) regular el proceso interno del Consejo Superior para que sea deliberativo, representativo y no determinado por intereses de facciones; b) establecer mecanismos de transparencia y rendici&oacute;n de cuentas para que se mejore el control pol&iacute;tico de la gesti&oacute;n que cumplen los representantes y, de esta manera, ligar m&aacute;s a los representantes con los representados.</p>      <p>Cuando se habla del vaciamiento de las instancias representativas y del malestar democr&aacute;tico, se quiere significar que en la forma de representaci&oacute;n dominante en la universidad, la mayor&iacute;a de nuestros representantes se han separado de nosotros como sus representados, se han separado de lo p&uacute;blico. Contra esto es necesario repolitizar la representaci&oacute;n democr&aacute;tica en la instituci&oacute;n haciendo valer la deliberaci&oacute;n democr&aacute;tica, de tal manera que la representaci&oacute;n pueda entenderse como un proceso cuyos referentes centrales no sean exclusivamente la votaci&oacute;n y la conformaci&oacute;n de los consejos, sino que consista en el intercambio discursivo entre los universitarios, mediante el ir y venir de las razones y los argumentos, de los planes y los programas. Esto permitir&aacute; mostrar a la opini&oacute;n p&uacute;blica la importancia, el peso y la pertinencia de las cuestiones sometidas a debate.</p>      <p>As&iacute; entendida, la calidad del proceso representativo en los dos sentidos: deliberaci&oacute;n de los representantes en el Consejo Superior y deliberaci&oacute;n en la consulta, depende de que en el proceso pol&iacute;tico intervengan instancias e instituciones fiables que atiendan a las razones de todos y sean sensibles a las opiniones e intereses de todos. De este modo, el mecanismo de la consulta a profesores, estudiantes y trabajadores dejar&iacute;a de ser algo sin peso espec&iacute;fico para convertirse en el otro elemento de la pol&iacute;tica democr&aacute;tica. Aclaro que no estoy afirmando el car&aacute;cter vinculante de la consulta que har&iacute;a desaparecer al Consejo Superior, sino proponiendo que se respete el sentido que la Constituci&oacute;n del 91 le dio a la relaci&oacute;n de la representaci&oacute;n formal de los consejeros con los procesos deliberativos de profesores y estudiantes.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La desconfianza de Rousseau frente a la representaci&oacute;n es muy conocida: su tesis central es que la soberan&iacute;a es expresi&oacute;n de la voluntad popular, radica en el pueblo, y no puede realizarse a trav&eacute;s de la mediaci&oacute;n pol&iacute;tica de ning&uacute;n representante. Desconfiaba de la representaci&oacute;n y de los representantes. Y con raz&oacute;n. La misma desconfianza del ginebrino es la que los ciudadanos tenemos hoy frente a nuestros representantes. Para que la pol&iacute;tica democr&aacute;tica no quede confinada en el &uacute;ltimo rinc&oacute;n de la historia hay que repolitizar la representaci&oacute;n democr&aacute;tica en la universidad.</p>      <p><b>La representaci&oacute;n en la universidad</b></p>     <p>La participaci&oacute;n en los diferentes &oacute;rganos colegiados de la universidad debe regirse por la representaci&oacute;n profesoral y estudiantil. Con esto entra en juego lo que significa propiamente hacer pol&iacute;tica en la universidad. Hay que partir de decir que a la universidad no le corresponde realizar actividades pol&iacute;ticas de tipo partidista relacionadas con el problema del poder y que es parte de la preservaci&oacute;n de su autonom&iacute;a que no se convierta en un lugar de lucha por el poder pol&iacute;tico, ni en un campo de batalla en la lucha por el poder. &quot;Lo que define a la universidad no es la pol&iacute;tica, ni los compromisos que en ella se den con la actividad pol&iacute;tica&quot; (Hoyos, 2009, p. 354). Se debe afirmar adem&aacute;s que aunque la instituci&oacute;n universitaria est&aacute; definida esencialmente por las dimensiones acad&eacute;mica, cient&iacute;fica y human&iacute;stica, en ella se generan tambi&eacute;n aspectos p&uacute;blicos y pol&iacute;ticos que tienen que ver con los procesos administrativos y de gobierno, con las respuestas que debe dar la comunidad universitaria frente a proyectos del gobierno o de otros actores externos, o frente a amenazas y otras formas de violencia externas o internas contra la universidad. La respuesta a este tipo de situaciones demanda la acci&oacute;n pol&iacute;tica, es decir, la organizaci&oacute;n del pleno de la comunidad acad&eacute;mica que, en estos casos, act&uacute;a pol&iacute;ticamente.</p>      <p>La dimensi&oacute;n pol&iacute;tica puede tener un lugar en la universidad si respeta los espacios de acci&oacute;n de la academia, la ciencia y si no recurre a la violencia. En la universidad, entonces, debe haber un equilibrio entre sus dimensiones b&aacute;sicas: la acad&eacute;mica, la cient&iacute;fica, la cultural y la pol&iacute;tica; equilibrio que requiere constante atenci&oacute;n. Un desequilibrio puede causar que la universidad se convierta en un instituto de investigaci&oacute;n, en una escuela vocacional especializada, en un actor econ&oacute;mico o en un lugar de lucha por el poder pol&iacute;tico. Aunque cada uno de estos componentes tiene su raz&oacute;n de ser, ninguno de ellos puede definir a una universidad.</p>      <p>Despu&eacute;s de esta breve digresi&oacute;n sobre los alcances de la pol&iacute;tica en la universidad continuemos con el asunto de la representaci&oacute;n.</p>      <p>Para los defensores de la democracia directa, como Rousseau, el mecanismo de la representaci&oacute;n produce como resultado que el ciudadano no est&eacute; bajo la jurisdicci&oacute;n de las leyes que &eacute;l mismo se da, sino, m&aacute;s bien, de las leyes que contribuye a crear mediante la elecci&oacute;n de los representantes, esto es, de quienes legislan en su lugar. Su tesis central consiste en que la soberan&iacute;a es expresi&oacute;n de la voluntad popular, radica en el pueblo, y no puede realizarse a trav&eacute;s de la mediaci&oacute;n pol&iacute;tica de ning&uacute;n representante, y su argumento se dirige contra el concepto de representaci&oacute;n utilizado por Hobbes para justificar el poder absoluto del soberano.</p>      <p>Hobbes conforma, mediante su teor&iacute;a de la representaci&oacute;n, una voluntad soberana a partir de la unificaci&oacute;n de una multitud de hombres, la cual es el fundamento de la autoridad pol&iacute;tica. Por su parte, Siey&eacute;s sigue las tesis b&aacute;sicas de Rousseau pero se aparta de la m&aacute;s importante, que es utilizar la representaci&oacute;n como forma de determinar la voluntad soberana del pueblo. Retoma la idea del cuerpo pol&iacute;tico soberano de Rousseau, pero en un contexto donde se habla de &quot;voluntad general representativa&quot;, o sea, en un contexto atravesado por la necesidad de la representaci&oacute;n, no solo en el nivel del poder constituido, sino tambi&eacute;n en el nivel m&aacute;s alto del poder constituyente, desde el momento en que, para expresarse, el pueblo necesitar&iacute;a siempre un n&uacute;cleo de personas, m&aacute;s precisamente, la Asamblea Constituyente (Duso, 2004, p. 154). En este sentido, puede afirmarse que</p>      <blockquote> La democracia del Estado moderno es una democracia mediata, parlamentaria, en la cual la voluntad colectiva que prevalece es la determinada por la mayor&iacute;a de aquellos que han sido elegidos por la mayor&iacute;a de los ciudadanos. As&iacute;, los derechos pol&iacute;ticos &mdash;en los que consiste la libertad&mdash; se reducen en s&iacute;ntesis a un mero derecho de sufragio. (Kelsen, 1920, p. 47)</blockquote>      <p>Representar en t&eacute;rminos democr&aacute;ticos significa actuar en inter&eacute;s de los representados, de una manera que responda a ellos. El sistema representativo en la universidad debe dar cuenta de los intereses y las pretensiones de los representados. Esta idea tiene como corolario que para su realizaci&oacute;n deben existir mecanismos institucionales con los cuales el representante reaccione ante los representados, d&eacute; cuenta de su gesti&oacute;n y lleve su voz en el momento de la toma de las decisiones en los organismos colegiados.</p>      <p>Conforme a esto, la representaci&oacute;n consiste en que, y est&aacute; dada cuando, la acci&oacute;n de los &oacute;rganos de representaci&oacute;n se organiza de tal manera que universitarios en su conjunto pueden reconocerse en ella. Esto corresponde a la representaci&oacute;n formal. Junto a la competencia de los representantes para imponer obligaciones externas aparece as&iacute; la capacidad de generar aceptaci&oacute;n y una disposici&oacute;n al seguimiento. Y eso corresponde a la representaci&oacute;n material. &quot;En este sentido, tambi&eacute;n en la democracia y a trav&eacute;s de la representaci&oacute;n (formal) se constituye un dominio, pero la representaci&oacute;n (material) sirve para limitar y vincular ese dominio a los contenidos de la voluntad del pueblo&quot; (B&oacute;ckenf&oacute;rde, 2000, p. 146). Mientras m&aacute;s grande es la colectividad pol&iacute;tica, menos capaz se muestra el pueblo, como tal, de desenvolver la actividad creadora de la formaci&oacute;n directa de la voluntad pol&iacute;tica, y m&aacute;s obligado se ve a limitarse, a crear y controlar el verdadero mecanismo que forma la voluntad pol&iacute;tica: la representaci&oacute;n. Toda democracia se encuentra abocada a este proceso de mediaci&oacute;n a trav&eacute;s de la representaci&oacute;n, ya que no es realizable como democracia directa. Pero la colectividad pol&iacute;tica es una cosa importante. Tiene voluntad propia. Impone al representante la convocatoria, la exige, aunque este no quiera cumplir con lo mandado.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La concepci&oacute;n de democracia moderna reivindica el valor de la autonom&iacute;a pol&iacute;tica hasta su m&aacute;xima extensi&oacute;n posible. Sin embargo, como ha sido ampliamente reconocido, la autodeterminaci&oacute;n extrema es incompatible con el ordenamiento social: si nos gobern&aacute;ramos como cada uno quisiera, el destino del grupo social ser&iacute;a la anarqu&iacute;a. Por ello, la concepci&oacute;n moderna de la democracia acepta que la libertad pol&iacute;tica se limite mediante la regla de mayor&iacute;a y el principio de representaci&oacute;n. La representaci&oacute;n est&aacute; estrechamente relacionada con la racionalidad, y en relaci&oacute;n con la universidad, la representaci&oacute;n se despliega en el &quot;espacio de la raz&oacute;n&quot; y el de una esfera p&uacute;blica.</p>      <p>En la forma de representaci&oacute;n dominante, la mayor&iacute;a de nuestros representantes y gobernantes universitarios se han separado de nosotros como sus representados, se han separado de lo p&uacute;blico. En ciertas decisiones fundamentales, como el nombramiento del rector o los decanos de las facultades, algunos de los consejeros constituyen algo as&iacute; como un espacio aparte en el que hacen valer solamente sus intereses particulares o los de sus grupos. Se niegan en estos casos centrales de la vida universitaria a hablar en el &quot;espacio universitario de la raz&oacute;n&quot; con razones y argumentos. La pol&iacute;tica de la raz&oacute;n comunicativa y deliberativa es desplazada por una pol&iacute;tica del poder instrumental; de este modo, estos actores se sit&uacute;an en un m&aacute;s all&aacute; del lenguaje y la raz&oacute;n, en el lugar de un poder que trasciende lo social. En un lugar ajeno al poder democr&aacute;tico.</p>      <p>Al valerse del poder de decisi&oacute;n que les hemos otorgado, nuestros consejeros asumen que tienen autoridad sobre todos nosotros. La pretensi&oacute;n de igualdad que tienen los miembros del espacio p&uacute;blico universitario se rompe cuando los poderes representativos se convierten en poderes absolutos. Entonces, para recomponer la democracia en la universidad es necesario recomponer la representaci&oacute;n; y para esto se requiere impedir que los espacios de decisi&oacute;n de los consejos universitarios queden por fuera de la esfera p&uacute;blica de las razones y los argumentos<sup><a name="nu1"></a><a href="#num1">1</a></sup>.</p>  <hr>      <p><font size="3"><b>Notas</b></font></p>     <P><sup><a name="num1"></a><a href="#nu1">1</a></sup>&nbsp;Puede encontrarse una propuesta sobre este tema en Cort&eacute;s (2014a).    <br></P>  <hr>      <p><b>Referencias</b></p>     <!-- ref --><p>B&ouml;ckenf&ouml;rde, E. (2000). <i>Estudios sobre el Estado de derecho y la democracia. </i>Madrid: Trotta.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000100&pid=S1692-8857201500020000200001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Brandom, R. (2002). <i>La articulaci&oacute;n de las razones. Una introducci&oacute;n al inferencialismo. </i>Madrid: Siglo XXI.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000102&pid=S1692-8857201500020000200002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Brandom, R. (2005). <i>Hacerlo expl&iacute;cito. Razonamiento, representaci&oacute;n y compromiso discursivo. </i>Barcelona: Herder.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000104&pid=S1692-8857201500020000200003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Cort&eacute;s, F. (2014a). La democracia y la representaci&oacute;n pol&iacute;tica en la universidad. <i>Debates, 67, </i>52-58.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000106&pid=S1692-8857201500020000200004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Cort&eacute;s, F. (2014b). Fundamentos filos&oacute;ficos de una propuesta de reforma de la educaci&oacute;n superior. <i>Co-herencia, 10 </i>(20), 215-233.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000108&pid=S1692-8857201500020000200005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Duso, G. (2004). G&eacute;nesis y L&oacute;gica de la representaci&oacute;n pol&iacute;tica moderna. En <i>Fundamentos: Cuadernos monogr&aacute;ficos de teor&iacute;a del estado, derecho p&uacute;blico e historia constitucional, </i>n&deg; 3. Oviedo: Universidad de Oviedo.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000110&pid=S1692-8857201500020000200006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Forst, R. (1999). Das Grundlegende Recht auf Rechtfertigung. Zu einer konstruktivistischen Konzeption von Menschenrechten. En W. R. K&ouml;hler &amp; M. Lutz-Bachmann (Eds.), <i>Recht auf Menschenrechte. Menschenrechte, Demokratie und internationale Politik, Hauke Brunkhorst </i>(pp. 66-105). Frankfurt am Main: Suhrkamp.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000112&pid=S1692-8857201500020000200007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Giusti, M. (2010). El sentido de las humanidades. En M. Giusti &amp; P. Patr&oacute;n (Eds.), <i>El futuro de las humanidades </i>(pp. 37-46). Lima: Fondo Editorial Pontificia Universidad Cat&oacute;lica del Per&uacute;    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000114&pid=S1692-8857201500020000200008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref -->.</p>      <!-- ref --><p>Gosepath, S. (1999). Praktische Rationalität. Eine Problem&uuml;bersicht. En S. Gosepath (Ed.), <i>Motive, Gr&uuml;nde, Zwecke. Theorien Praktischer Rationalität. </i>Frankfurt: Fisher Verlag.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000116&pid=S1692-8857201500020000200009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Gosepath, S. (2007). Responsabilidad por la eliminaci&oacute;n de da&ntilde;os morales. En F. Cort&eacute;s &amp; M. Giusti (Eds.), <i>Justicia global, derechos humanos y responsabilidad. </i>Bogot&aacute;, D. C.: Siglo del Hombre.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000118&pid=S1692-8857201500020000200010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>G&uuml;nther, K. (1999). Welche Personbegriff braucht die Diskurstheorie des Rechts? Überlegungen zum internen Zusammenhang zwischen deliberativer Person, Staatsb&uuml;rger und Rechtsperson. En H. Brunkhorst &amp; P. Niesen (Eds.), <i>Das Recht der Republik. </i>Frankfurt am Main: Suhrkamp.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000120&pid=S1692-8857201500020000200011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Habermas, J. (2006). <i>Entre naturalismo y religi&oacute;n. </i>Madrid: Paid&oacute;s.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000122&pid=S1692-8857201500020000200012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Hoyos, L. E. (2009). Democracia y universidad. Un alegato pol&iacute;tico a favor del derecho a no ser pol&iacute;tico. En M. Cepeda &amp; R. Arango (comps.), <i>Amistad y alteridad </i>(pp. 353-370). Bogot&aacute;, D. C.: Universidad de los Andes.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000124&pid=S1692-8857201500020000200013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Kelsen, H. (1920). <i>De la esencia y valor de la democracia. </i>M&eacute;xico: Ediciones Coyoac&aacute;n.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000126&pid=S1692-8857201500020000200014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Siey&eacute;s, E. (2007). <i>Escritos y discursos de la Revoluci&oacute;n. </i>Madrid: Centro de Estudios Pol&iacute;ticos y Constitucionales.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000128&pid=S1692-8857201500020000200015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Villaca&ntilde;as, J. (2012). <i>Los latidos de la polis. Filosof&iacute;a para ciudadanos. </i>Madrid: Biblioteca Nueva.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000130&pid=S1692-8857201500020000200016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>  </font>      ]]></body><back>
<ref-list>
<ref id="B1">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Böckenförde]]></surname>
<given-names><![CDATA[E]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Estudios sobre el Estado de derecho y la democracia]]></source>
<year>2000</year>
<publisher-loc><![CDATA[Madrid ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Trotta]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B2">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Brandom]]></surname>
<given-names><![CDATA[R]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[La articulación de las razones. Una introducción al inferencialismo]]></source>
<year>2002</year>
<publisher-loc><![CDATA[Madrid ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Siglo XXI]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B3">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Brandom]]></surname>
<given-names><![CDATA[R]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Hacerlo explícito. Razonamiento, representación y compromiso discursivo]]></source>
<year>2005</year>
<publisher-loc><![CDATA[Barcelona ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Herder]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B4">
<nlm-citation citation-type="journal">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Cortés]]></surname>
<given-names><![CDATA[F]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[La democracia y la representación política en la universidad]]></article-title>
<source><![CDATA[Debates]]></source>
<year>2014</year>
<volume>67</volume>
<page-range>52-58</page-range></nlm-citation>
</ref>
<ref id="B5">
<nlm-citation citation-type="journal">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Cortés]]></surname>
<given-names><![CDATA[F]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Fundamentos filosóficos de una propuesta de reforma de la educación superior]]></article-title>
<source><![CDATA[Co-herencia]]></source>
<year>2014</year>
<volume>10</volume>
<numero>20</numero>
<issue>20</issue>
<page-range>215-233</page-range></nlm-citation>
</ref>
<ref id="B6">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Duso]]></surname>
<given-names><![CDATA[G]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Génesis y Lógica de la representación política moderna]]></source>
<year>2004</year>
<volume>3</volume>
<publisher-loc><![CDATA[Oviedo ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Universidad de Oviedo]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B7">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Forst]]></surname>
<given-names><![CDATA[R]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="de"><![CDATA[Das Grundlegende Recht auf Rechtfertigung. Zu einer konstruktivistischen Konzeption von Menschenrechten]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Köhler]]></surname>
<given-names><![CDATA[W. R.]]></given-names>
</name>
<name>
<surname><![CDATA[Lutz-Bachmann]]></surname>
<given-names><![CDATA[M.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Recht auf Menschenrechte. Menschenrechte, Demokratie und internationale Politik, Hauke Brunkhorst]]></source>
<year>1999</year>
<page-range>66-105</page-range><publisher-loc><![CDATA[Frankfurt am Main ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Suhrkamp]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B8">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Giusti]]></surname>
<given-names><![CDATA[M]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[El sentido de las humanidades]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Giusti]]></surname>
<given-names><![CDATA[M.]]></given-names>
</name>
<name>
<surname><![CDATA[Patrón]]></surname>
<given-names><![CDATA[P.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[El futuro de las humanidades]]></source>
<year>2010</year>
<page-range>37-46</page-range><publisher-loc><![CDATA[Lima ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Fondo Editorial Pontificia Universidad Católica del Perú]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B9">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Gosepath]]></surname>
<given-names><![CDATA[S]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="de"><![CDATA[Praktische Rationalität. Eine Problemübersicht]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Gosepath]]></surname>
<given-names><![CDATA[S.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Motive, Gründe, Zwecke. Theorien Praktischer Rationalität]]></source>
<year>1999</year>
<publisher-loc><![CDATA[Frankfurt ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Fisher Verlag]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B10">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Gosepath]]></surname>
<given-names><![CDATA[S]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Responsabilidad por la eliminación de daños morales]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Cortés]]></surname>
<given-names><![CDATA[F.]]></given-names>
</name>
<name>
<surname><![CDATA[Giusti]]></surname>
<given-names><![CDATA[M.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Justicia global, derechos humanos y responsabilidad]]></source>
<year>2007</year>
<publisher-loc><![CDATA[Bogotá^eD. C D. C]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Siglo del Hombre]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B11">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Günther]]></surname>
<given-names><![CDATA[K]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="de"><![CDATA[Welche Personbegriff braucht die Diskurstheorie des Rechts? Überlegungen zum internen Zusammenhang zwischen deliberativer Person, Staatsbürger und Rechtsperson]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Brunkhorst]]></surname>
<given-names><![CDATA[H.]]></given-names>
</name>
<name>
<surname><![CDATA[Niesen]]></surname>
<given-names><![CDATA[P.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Das Recht der Republik]]></source>
<year>1999</year>
<publisher-loc><![CDATA[Frankfurt am Main ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Suhrkamp]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B12">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Habermas]]></surname>
<given-names><![CDATA[J]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Entre naturalismo y religión]]></source>
<year>2006</year>
<publisher-loc><![CDATA[Madrid ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Paidós]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B13">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Hoyos]]></surname>
<given-names><![CDATA[L. E]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Democracia y universidad. Un alegato político a favor del derecho a no ser político]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Cepeda]]></surname>
<given-names><![CDATA[M.]]></given-names>
</name>
<name>
<surname><![CDATA[Arango]]></surname>
<given-names><![CDATA[R.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Amistad y alteridad]]></source>
<year>2009</year>
<page-range>353-370</page-range><publisher-loc><![CDATA[Bogotá^eD. C D. C]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Universidad de los Andes]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B14">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Kelsen]]></surname>
<given-names><![CDATA[H]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[De la esencia y valor de la democracia]]></source>
<year>1920</year>
<publisher-loc><![CDATA[México ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Ediciones Coyoacán]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B15">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Sieyés]]></surname>
<given-names><![CDATA[E]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Escritos y discursos de la Revolución]]></source>
<year>2007</year>
<publisher-loc><![CDATA[Madrid ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Centro de Estudios Políticos y Constitucionales]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B16">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Villacañas]]></surname>
<given-names><![CDATA[J]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Los latidos de la polis. Filosofía para ciudadanos]]></source>
<year>2012</year>
<publisher-loc><![CDATA[Madrid ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Biblioteca Nueva]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
</ref-list>
</back>
</article>
