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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Siete tesis sobre la descolonización de los derechos humanos en Karl Marx: Un diagnóstico popular para evaluar la calidad de la democracia en América Latina]]></article-title>
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<article-title xml:lang="pt"><![CDATA[Sete teses sobre a descolonização dos direitos humanos em Karl Marx : um diagnóstico popular para avaliar a qualidade da democracia na América Latina]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This paper aims to invite readers to undertake a new hermeneutic-political turn on the readings on Marx. I will examine the concept of human rights, traditionally stigmatized by the standard or dogmatic Marxism. To accomplish this purpose, we have to understand its context, then looking at its transformation and overcoming. Albeit it is true that such a concept is an ideological mechanism permitting the political and legal reproduction of capital, it may also be addressed, on the basis of an interest of emancipation, by the system's victims. That is why it is important to come back to Marx in order to redesign narratives or epistemologies permitting the “decolonizing turn” of human rights by recourse to the ethics of responsibility, to critic to private property, to judicial theory and to empowerment of people organized. That is why there is a need to resort to the narratives vindicating the civil resistance; that is a necessary condition to the establishment of a “real democracy”, a people's democracy.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="pt"><p><![CDATA[O presente artigo busca convidar o leitor a empreender um novo giro hermenêuticopolítico no que tange às leituras sobre Marx. Analisa o conceito de direitos humanos que tradicionalmente tem sido estigmatizado pelo marxismo padrão ou dogmático. A fim de alcançar esse objetivo é preciso entender seu contexto para, então, observar sua transformação e superação. Ainda que tal conceito seja um mecanismo ideológico que permite a reprodução política e jurídica do capital, ele também pode ser redirecionado a partir dos interesses de emancipação das vítimas do sistema. Daí a importância de voltar a Marx e reconstruir relatos ou epistemologias que permitam o «giro descolonizador» dos direitos humanos, recorrendo à ética da responsabilidade, à crítica da propriedade privada da teoria jurídica e ao empoderamento da sociedade organizada. Assim, a necessidade de recorrer às narrativas que justificam a resistência civil torna-se condição fundamental para a instauração de uma «verdadeira democracia» popular.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[  <font face="verdana" size="2">      <p align="center"><font size="4" face="verdana"><b>Siete tesis sobre la descolonizaci&oacute;n de   los derechos humanos en Karl Marx: Un   diagn&oacute;stico popular para evaluar la calidad de la   democracia en Am&eacute;rica Latina<sup><a href="#1" name="#s1">1</a></sup></b></font></p>     <p align="center">   <b><font size="3" face="verdana">Seven theses on human rights de-colonization   in Karl Marx: A diagnosis to assess the quality   of democracy in Latin America</font></b></p>     <p align="center">   <font size="3" face="verdana"><b>Sete teses sobre a descoloniza&ccedil;&atilde;o dos direitos   humanos em Karl Marx: um diagn&oacute;stico popular   para avaliar a qualidade da democracia na   Am&eacute;rica Latina</b></font></p>     <p>   <b>Jos&eacute; Carlos Garc&iacute;a Ram&iacute;rez<sup><a href="#2" name="#s2">2</a></sup></b></p>     <p>   Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, M&eacute;xico   <a href="mailto:mzen357@yahoo.com.mx">mzen357@yahoo.com.mx</a></p>     <p align="center">   Recibido: 03 de agosto de 2009 Aceptado: 14 de octubre de 2009</p>     <hr size="1">      <p>   <b>Resumen:</b></p>     <p>   El presente art&iacute;culo pretende invitar al lector a emprender un nuevo    giro hermen&eacute;uticopol&iacute;tico   en cuanto a las lecturas sobre Marx. Analizo el concepto de derechos humanos   tradicionalmente estigmatizado por el marxismo est&aacute;ndar o dogm&aacute;tico.    Para cumplir   ese objetivo, tenemos que entender su contexto, luego, observar su transformaci&oacute;n    y   superaci&oacute;n. Si bien es cierto que dicho concepto es un mecanismo ideol&oacute;gico    que permite   la reproducci&oacute;n pol&iacute;tica y jur&iacute;dica del capital, tambi&eacute;n    puede ser direccionado, a partir de   los intereses de emancipaci&oacute;n, por las v&iacute;ctimas del sistema. Por    eso es importante regresar   a Marx para redise&ntilde;ar relatos o epistemolog&iacute;as que permitan el    &laquo;giro descolonizador&raquo;   de los derechos humanos recurriendo a la &eacute;tica de la responsabilidad,    a la cr&iacute;tica de la   propiedad privada, de la teor&iacute;a jur&iacute;dica y al empoderamiento del    pueblo organizado. Por   eso la necesidad de recurrir a las narrativas que justifican la resistencia    civil, es condici&oacute;n   necesaria para la instauraci&oacute;n de una &laquo;democracia verdadera&raquo;,    popular.</p>     <p>   <b>Palabras clave</b>: derechos humanos, positivismo jur&iacute;dico, resistencia civil,    popular, democracia.</p>     <hr size="1">      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Abstract:</b></p>     <p>   This paper aims to invite readers to undertake a new hermeneutic-political turn    on the   readings on Marx. I will examine the concept of human rights, traditionally    stigmatized by   the standard or dogmatic Marxism. To accomplish this purpose, we have to understand   its context, then looking at its transformation and overcoming. Albeit it is    true that such   a concept is an ideological mechanism permitting the political and legal reproduction   of capital, it may also be addressed, on the basis of an interest of emancipation,    by the   system&rsquo;s victims. That is why it is important to come back to Marx in    order to redesign   narratives or epistemologies permitting the &ldquo;decolonizing turn&rdquo;    of human rights by   recourse to the ethics of responsibility, to critic to private property, to    judicial theory   and to empowerment of people organized. That is why there is a need to resort    to the   narratives vindicating the civil resistance; that is a necessary condition to    the establishment   of a &ldquo;real democracy&rdquo;, a people&rsquo;s democracy.</p>     <p>   <b>Key words</b>: human rights, legal positivism, civil resistance, people, democracy.</p>     <hr size="1">      <p>   <b>Resumo:</b></p>     <p>   O presente artigo busca convidar o leitor a empreender um novo giro hermen&ecirc;uticopol&iacute;tico   no que tange &agrave;s leituras sobre Marx. Analisa o conceito de direitos humanos   que tradicionalmente tem sido estigmatizado pelo marxismo padr&atilde;o ou dogm&aacute;tico.    A   fim de alcan&ccedil;ar esse objetivo &eacute; preciso entender seu contexto    para, ent&atilde;o, observar sua   transforma&ccedil;&atilde;o e supera&ccedil;&atilde;o. Ainda que tal conceito    seja um mecanismo ideol&oacute;gico que   permite a reprodu&ccedil;&atilde;o pol&iacute;tica e jur&iacute;dica do capital,    ele tamb&eacute;m pode ser redirecionado a   partir dos interesses de emancipa&ccedil;&atilde;o das v&iacute;timas do sistema.    Da&iacute; a import&acirc;ncia de voltar   a Marx e reconstruir relatos ou epistemologias que permitam o &laquo;giro descolonizador&raquo;    dos   direitos humanos, recorrendo &agrave; &eacute;tica da responsabilidade, &agrave;    cr&iacute;tica da propriedade privada   da teoria jur&iacute;dica e ao empoderamento da sociedade organizada. Assim,    a necessidade   de recorrer &agrave;s narrativas que justificam a resist&ecirc;ncia civil torna-se    condi&ccedil;&atilde;o fundamental   para a instaura&ccedil;&atilde;o de uma &laquo;verdadeira democracia&raquo;    popular.</p>     <p>   <b>Palavras-chave</b>: direitos humanos, positivismo jur&iacute;dico, resist&ecirc;ncia    civil, popular, democracia.</p>     <hr size="1"> 	    <p>    <center><img src="img/revistas/tara/n11/n11a11f1.jpg"></center></p>       <p align="right">   &laquo;Nos pusieron muchos enga&ntilde;os y envidias. Bien viste   que nunca nos estimaron como humanos. Quisieron   herirnos, quisieron que no tuvi&eacute;semos honra, nos   hicieron a un lado. Nunca hubo en esos hombres   comprensi&oacute;n adecuada, ni de afecto, ni de estimaci&oacute;n   propios de un comportamiento de humanos&raquo;.   Emiliano Zapata, Tlaltizap&aacute;n, Morelos, 27 de abril de 1918.</p>     <p>   <b>Tesis 1. El contrarelato del derecho: el deber humano</b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   1.0. Un texto, a modo de carta, poco estimado por la cr&iacute;tica marxista    es aquel   elaborado por el joven Marx entre el 10 y el 16 de agosto de 1835 titulado   &laquo;Reflexiones de un joven al elegir profesi&oacute;n&raquo;, publicado    por primera vez en el &ldquo;Archiv f&uuml;r Geschichte des Sozialismus und    der Arbeiterbewegung&rdquo;, en 1925 e   integrado a&ntilde;os posteriores a las Obras Fundamentales cuya traducci&oacute;n    del alem&aacute;n   al castellano la hizo el jurista asturiano, preso pol&iacute;tico y exiliado    en M&eacute;xico,   Wenceslao Roces. En esa carta de cuatro hojas, Karl Heinrich Marx, proyecta    sus   ideales eudem&oacute;nicos y su sentido utilitarista por la vida<sup><a href="#~3" name="#s3">3</a></sup>. Escribe al    respecto: &laquo;El   hombre m&aacute;s feliz es el que ha sabido   hacer felices a los dem&aacute;s (...), la meta   general al servicio de la cual todas las   profesiones son solamente un medio   (&hellip;), si somos capaces de sacrificar la vida y todas nuestras aspiraciones    (&hellip;),   debe ser la de servir a la humanidad&raquo; (Marx, 1982: 3-4). Indudablemente    que   estamos frente a un texto primigenio, en t&eacute;rminos de postura pol&iacute;tica,    de lo que   ser&aacute; la estrategia cr&iacute;tica marxiana. Veamos por qu&eacute;.</p>     <p>   1.1. Marx ten&iacute;a dieciocho a&ntilde;os de edad y consideraba que el proyecto    de vida de   cualquier persona tiene que comenzar asumiendo posturas concretas, existenciales,   de servir y hacer el bien al mayor n&uacute;mero de personas posibles. Aunque    esa postura   primigenia pueda ser evaluada como posici&oacute;n acr&iacute;tica, pol&iacute;ticamente    hablando, sin   embargo, no deja de tener un contenido sustancial en t&eacute;rminos de responsabilidad   social. Educaci&oacute;n significa para nuestro joven bachiller el primer paso    de un   individuo que no est&aacute; en la b&uacute;squeda de la adquisici&oacute;n    de conocimientos para   explotarlos ego&iacute;stamente y vivir aisladamente en la c&oacute;moda contemplaci&oacute;n    de la   realidad (se est&aacute; refiriendo al proyecto educativo hegeliano, a la institucionalizaci&oacute;n   del idealismo en las universidades alemanas y a la estrategia pragm&aacute;tico-liberal   perteneciente a los planes de estudio ingleses y escoceses de los siglos XVIII    y XIX).</p>     <p>   1.2. Para Marx existe una divisi&oacute;n entre el trabajo te&oacute;rico y    el trabajo pr&aacute;ctico.   A temprana edad comienza a desconfiar del eufemismo hegeliano de que el   pensamiento por s&iacute; mismo es acci&oacute;n transformadora. En dicha carta    nos indica   que el profesionista que se entrega &uacute;nicamente a la producci&oacute;n    de conceptos   abstractos sin que &eacute;stos tengan una aplicabilidad socialmente hablando,    realiza   una tarea insuficiente y pobre.</p>     <p>   1.3. El conocimiento tiene una faceta pr&aacute;ctica y &uacute;til que depende    del grado   de conciencia y de responsabilidad del sujeto quien lo produce. A trav&eacute;s    del   conocimiento los individuos privilegiados en tener acceso a una educaci&oacute;n    o   instrucci&oacute;n profesional, est&aacute;n obligados, moralmente, servir a    la humanidad. Esa   posici&oacute;n de Marx, es comprensible, quiz&aacute;s, por la influencia de    la tradici&oacute;n rab&iacute;nica   de su padre, quien seguramente marc&oacute; su ethos familiar (Leopold, 2000:    29-35;).</p>     <p>   &sect; 1.4. M&aacute;s a&uacute;n, velar por la felicidad de la otredad, es    una posici&oacute;n radical de   promover el bienestar ajeno que impl&iacute;citamente genera la satisfacci&oacute;n    de aqu&eacute;l   que lo posibilita. Estamos frente a una &eacute;tica de las acciones directas    cuyas   decisiones se mide por la actitud consciente de trabajar por el bien com&uacute;n.</p>     <p>1.5. La oferta que nos propone el joven Marx, es la de una actitud comprensiva   que plantea el inicio de la fundamentaci&oacute;n de ciertos principios con    pretensi&oacute;n   de universalidad que son: racionalidad pr&aacute;ctica y felicidad o bienestar    como   condiciones necesarias de la vida humana. Al parecer Marx, como buen conocedor   de la filosof&iacute;a cl&aacute;sica greco-latina, especialmente de Arist&oacute;teles,    ubica el problema   de la racionalidad pr&aacute;ctica como aplicaci&oacute;n teleol&oacute;gica    para arribar al reino de la   felicidad. Pero tambi&eacute;n es deudor de Kant al considerar que el acto racional    de   un sujeto est&aacute; regulado por principios universales.</p>     <p>   1.6. Contra el particularismo de R. Rorty<sup><a href="#4" name="#s4">4</a></sup> quien considera actualmente que las   acciones humanas son el correlato de perspectivas particulares contextualizadas   culturalmente y de las cuales es imposible inferir postulados universales (Rorty,   1982: 77-79) para el joven Marx, fue lo contrario: los postulados universales    son   ideas compartidas hist&oacute;ricamente que regulan el devenir humano y condicionan   los actos subjetivos. Para los postmodernos, como es el caso de Rorty, el lenguaje   universalista (de la filosof&iacute;a continental, especialmente los argumentos    de Marx)   es un abuso de las reglas de conversaci&oacute;n que atenta contra el sentido    com&uacute;n   de aquellos que dialogan para buscar respuestas pr&aacute;cticas ante problemas   particulares. El universalismo es una narrativa tediosa, absurda y abstracta   (metaf&iacute;sica), que no sirve para resolver problem&aacute;ticas sociales.    Rorty tiene una   visi&oacute;n contextualista y neopragm&aacute;tica. Marx tiene una perspectiva    hist&oacute;rica   y emancipatoria donde el lenguaje que utiliza para referirse al problema de    la   modernidad y al capitalismo en su fase de desarrollo hist&oacute;rico, sirve    para localizar   incipientes referentes conceptuales b&aacute;sicos tales como &laquo;miseria&raquo;,    &laquo;riqueza&raquo;,   &laquo;humanidad&raquo; &laquo;responsabilidad&raquo;. Dichas referencias con    el paso del tiempo Marx   las ir&aacute; madurando hasta alcanzar las categor&iacute;as como &laquo;pobreza&raquo;,    &laquo;capitalista&raquo;,   &laquo;proletariado&raquo;, &laquo;clase social&raquo;, &laquo;marginado&raquo;.</p>     <p>   1.7. Aunque Marx y Rorty pudiesen coincidir en cuanto a la cr&iacute;tica de    lenguajes   universalistas instrumentalizados para ocultar las contradicciones sociales   e imponer criterios particulares (la episteme de los grupos dominadores), sin   embargo, Marx se desmarcar&iacute;a de Rorty y lo cuestionar&iacute;a al decirle    que su propuesta   deja sin palabras, sin raz&oacute;n y sin referentes epistemol&oacute;gicos    a las v&iacute;ctimas (ya sea a   nivel de organizaci&oacute;n comunitaria o de una praxis de la responsabilidad    individual) de un sistema hist&oacute;rico-social determinado. Los sujetos sociales    v&iacute;ctimas de una   injusticia socioecon&oacute;mica al no tener categor&iacute;as que pretendan    ser universales y con   las que se puedan identificar, sus responsabilidades sociales (transformadoras,    por   ejemplo), pierden relevancia, dejan de ser &uacute;tiles y por tanto deseables.    Obviamente   que para el orden burgu&eacute;s la propuesta de Rorty es bien recibida pues    ambos dir&aacute;n   que un discurso descolonizador o de transformaci&oacute;n carece de destinatarios    y &eacute;stos   carecen de razones para cuestionar a un partido pol&iacute;tico/clase hegem&oacute;nica/Estado/   Imperio/sistema colonial/capitalismo. Marx descubre las premisas que permiten    la   construcci&oacute;n de postulados universales al decir que, mientras existan    en cualquier   parte del mundo condiciones objetivas similares (de sufrimiento humano), las    ideas   universales (la responsabilidad o incluso la &laquo;solidaridad&raquo; de Rorty)    ser&aacute;n directrices   regulativas a seguir (Marx, 1982: 5).</p>     <p>   1.8. La responsabilidad por el bien com&uacute;n no es una cuesti&oacute;n de    preferencias, de   ocurrencias opcionales contextualizadas (Rorty), ni mucho menos un &laquo;juego    de   lenguaje&raquo;: es un deber irrenunciable, pues es la condici&oacute;n de posibilidad    de vivir   humanamente. Por ejemplo, decir hoy d&iacute;a &laquo;opci&oacute;n preferencial    por los pobres&raquo; y   &laquo;optar por la protecci&oacute;n del medio ambiente&raquo;, es una cursiler&iacute;a,    cuando realmente   se trata de una obligatoriedad, de una exigencia solidaria para con los otros    y de   un deber para la sostenibilidad del planeta. Se trata, pues, de la postulaci&oacute;n    de   juicios de hecho y no simples recomendaciones de juicios de valor.</p>     <p>   1.9. Los juicios de hecho se refieren a las consecuencias indirectas de las    acciones   directas del ser humano. Eso lo comprendi&oacute; Marx a temprana edad. De ah&iacute;    que   haya derivado los postulados de los deberes humanos como condiciones de   posibilidad para la convivencia y sustentabilidad de la vida humana. Postulados   como acciones racionales, decisiones prudenciales, juicios responsables, bienestar   com&uacute;n, emancipaci&oacute;n de lo humano, son las demandas que Marx comenzar&aacute;    a   delinear para su arquitectura cr&iacute;tico-conceptual en los a&ntilde;os posteriores.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   <b>Tesis 2. La corporalidad como matriz fundante</b></p>     <p>   2.0. En la carta dirigida a su padre en 1837<sup><a href="#5" name="#s5">5</a></sup>,    Marx le da cuenta de sus estudios   y le dice lo siguiente: &laquo;Toda nuestra   vida ha sido un conflicto desventurado   entre el principio f&iacute;sico y el principio   espiritual&raquo; (Marx, 1982: 7). Ironizando   a los intelectuales amantes del mundo   de las ideas, como lo fueron los   hermanos Bauer (Bruno y Edgar), K.   F. K&ouml;ppen y R. Rutemberg, quienes   eran especialistas en el &laquo;correr&raquo; tras los conceptos y la verdad,    sin atender las demandas de la vida material, afirma que no hacen m&aacute;s    que &laquo;reclinarse en su   sill&oacute;n para tratar de ver claro y penetrar espiritualmente (...) en la    carrera del   esp&iacute;ritu&raquo; (Marx, 1982: 5).</p>     <p>   2.1. Desde un planteamiento cr&iacute;tico, epistemol&oacute;gicamente hablando,    el   joven Marx presupone que el &laquo;esp&iacute;ritu&raquo; desencarnado de la    vida material o   el &laquo;concepto&raquo; desarraigado de los problemas de la humanidad, por    s&iacute; solos   no pueden ser criterios de conmensurabilidad. Atender las exigencias que   nos plantea el diario devenir humano es una premisa ineludible. De ah&iacute;    que   concluya que &laquo;me he dedicado a buscar la idea en la realidad misma (...).    Quise   sumirme una vez m&aacute;s en este mar proceloso, pero con la decidida intenci&oacute;n   de encontrar la naturaleza espiritual tan necesaria, tan concreta, tan claramente   definida como la naturaleza f&iacute;sica&raquo; (Marx, 1982: 7).</p>     <p>   2.2. Durante sus estudios como bachiller identific&oacute; que uno de los problemas    de   la modernidad es haber escindido y generado perspectivas binarias de la realidad:   lo humano versus naturaleza, cuerpo versus alma, esencia versus materia, mente    versus   sensibilidad. Marx ubica una primera crisis de la modernidad europea cuando   &eacute;sta postula un dualismo antropol&oacute;gico fundamentado en la hegemon&iacute;a    de la   racionalidad como v&iacute;a leg&iacute;tima de acceso al conocimiento de la    realidad. Marx   intenta superar el falso debate entre racionalismo y empirismo, entre idealismo    y   materialismo y comienza a postular un hontanar antropol&oacute;gico novedoso    desde   donde emerge la complejidad de lo real: la corporalidad humana.</p>     <p>   2.3. El cuerpo humano no es solamente una entidad biol&oacute;gica organizada    a partir de   &oacute;rganos y sistemas autorregulados por impulsos bioqu&iacute;micos que    producen est&iacute;mulos   y reacciones. La corporalidad (Leiblichkeit) es una totalidad org&aacute;nica    que presupone   determinaciones socio-culturales. &ldquo;Unser K&ouml;rper ist alles&rdquo;    dec&iacute;a Marx. Y por ser   todo, es el punto de partida para poder hablar de aquello que afecta a la vida    humana   (Marx, 1974: 12-25). En su tesis doctoral, Differenz der demokritischen und    epikureischen   Naturphilosophie<sup><a href="#6" name="#s6">6</a></sup>, nos indicar&aacute; que en la estructura de nuestra corporalidad    acontece   todo: los pensamientos, las emociones, las fantas&iacute;as, las alegr&iacute;as,    las pesadumbres.   Nuestro cuerpo es una totalidad multifuncional e interactiva (Schmied-Kowaezik,   1981: 89,95-105). Marx presupuso que la corporalidad es lo que define nuestra   personalidad. La persona no es la m&aacute;scara, ni mucho menos una representaci&oacute;n   teatral. Por el contrario, ella es la inmediatez f&aacute;ctica de nuestra existencia.    La historia,   por tanto, tiene que ver con la historia de los cuerpos reunidos en comunidad.</p>     <p>2.4. Nuestro joven bachiller comienza escribir desde el nivel de la positividad    de   la vida humana y de la felicidad como m&aacute;xima aspiraci&oacute;n social,    pero tambi&eacute;n   comenzar&aacute; a elucidar el tema de la negatividad en cuanto que impedimento    de la   realizaci&oacute;n emancipatoria (Marx, 1988: 92) es decir, Marx comienza a    perfilar sus   categor&iacute;as anal&iacute;ticas al estudiar las causas que producen dolor    y sufrimiento en las   relaciones humanas. Descubre que el dolor y el sufrimiento no son una cuesti&oacute;n   rom&aacute;ntico-existencial, sino determinaciones hist&oacute;ricas que impactan    y vulneran   la vida corporal del sujeto.</p>     <p>   2.5. Cuando Marx finaliza sus estudios de jurisprudencia en 1836 e inicia su   experiencia cr&iacute;tica en el periodismo, localiza otros referentes epistemol&oacute;gicos.   As&iacute; comenzar&aacute; indicando que el ser humano se define por su actividad    vital y esta   &uacute;ltima es &ldquo;leibliche Arbeit&rdquo; (trabajo corporal) (Marx, 1987:    45). La ponderizaci&oacute;n   de la praxis corporal es una cr&iacute;tica epistemol&oacute;gica al idealismo    alem&aacute;n, pues la   autoconciencia no es un momento absoluto de la raz&oacute;n que se autocomprende   y se autosatisface a s&iacute; misma, sino un proceso afirmativo del ser humano    como   ser corporal existente. Por &laquo;afirmaci&oacute;n&raquo; Marx entiende un    derecho de la persona   a vivir plenamente en la satisfacci&oacute;n de sus necesidades materiales y    por ende   trabaja para asegurar la reproducci&oacute;n de su ser corporal.</p>     <p>   2.6. Marx cuestion&oacute; el hecho de que ciertas religiones (pensando en el   protestantismo calvinista) utilizadas por el Estado (refiri&eacute;ndose al    Estado prusiano)   y legitimadas ideol&oacute;gicamente (aludiendo al intelectualismo conservador    inspirado   en Hegel y Schelling), son los responsables de abstraer los contenidos materiales   de la vida humana en el nombre del esp&iacute;ritu (Marx, 1988: 52), del despotismo    y del   racionalismo academicista (Marx, 1987: 14). Por eso que para quienes detentaban   el poder de gobernar o dirigir la vida espiritual, social y educativa, les haya    sido   necesario declarar las miserias de la vida corporal (en cuanto a su sensualidad,    sus   instintos y sus carencias) como causante del mal y del desorden. La cr&iacute;tica    a la   aristocracia clerical, mon&aacute;rquica e intelectual, ser&aacute;n los motivos    para que el joven   Marx comenzara su labor desmistificadora de la realidad.</p>     <p>   2.7. No debemos olvidar que Marx se ubica en el contexto donde las perspectivas   del mundo estaban en conflicto: por un lado se encuentran quienes reivindican   posturas tradicionalistas que buscan la restauraci&oacute;n de los c&aacute;nones    divinos, por   otro lado est&aacute;n quienes sostienen que el iluminismo metaf&iacute;sico    es la base para   ordenar la convivencia humana. Ambas posturas tienen una idea del mundo   est&aacute;tico que no necesariamente debe ser alterado o violentado. Por eso    el vitalismo   y el historicismo fueron las fuentes de inspiraci&oacute;n de Marx para proyectar    una   imagen del mundo distinta, din&aacute;mica, contradictoria, transformable.</p>     <p>   2.8. Desde el Diario Literario de K&ouml;nisberg y de la Gaceta Renana, Marx    se   deslinda de Los Liberados, avecinados en la gran urbe berlinesa convencidos    de   su superioridad intelectual. Freiligrath, vocero de esa logia literaria conservadora,    proclamaba que los poetas, por ejemplo, son quienes han de ser la clase dirigente   del partido y los que tendr&aacute;n que imponer la armon&iacute;a y la paz    social. Dicha   perspectiva era un romanticismo especulativo cuya visi&oacute;n unipolar del    mundo   ocultaba las desigualdades. Por eso tambi&eacute;n Marx desconfi&oacute; inicialmente    de   Engels quien perteneci&oacute; a ese grupo durante su servicio militar. La cruzada   contra el &laquo;cuerpo humano y el no reconocimiento de sus necesidades, era    una   forma de omitir u ocultar las demandas del cuerpo social&raquo; (Friedenthal,    1981:   69). Por tal motivo, el ideario kantiano del reino del deber y de la paz perpetua,   era necesario en la Alemania prusiana pues era el instrumento ideal para ocultar   las contradicciones sociales y perseguir, reprimir y torturar, los cuerpos de    los   disidentes (especialmente simpatizantes de la Revoluci&oacute;n Francesa y los    j&oacute;venes   de la izquierda hegeliana) cr&iacute;ticos del statu quo.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   2.9. Marx se enfrenta al cinismo de aquellos que piensan de que el humanismo   sui generis equivale a orden mon&aacute;rquico. Logra ubicar uno de los problemas    de   la modernidad: la deshumanizaci&oacute;n. En el &laquo;Fragmento al ap&eacute;ndice    de la tesis   doctoral&raquo; de 1841 indica que las sociedades modernas han desvirtuado sus    lasos   de reciprocidad. Las cosas y el deseo por poseerlas han conllevado al extrav&iacute;o   de la emancipaci&oacute;n humana. Y lo peor es que se han edificado instrumentos   jur&iacute;dicos y esquemas epistemol&oacute;gicos que justifican el acto de    posesi&oacute;n de   un conjunto de individuos sobre ciertos bienes materiales. La posesi&oacute;n    de los   &laquo;bienes terrenales&raquo; y el control de los cuerpos o de las personas,    se convirti&oacute; en   uno de los negocios m&aacute;s redituables en la historia moderna. Marx entend&iacute;a    muy   bien c&oacute;mo el tr&aacute;fico de esclavos negros, la explotaci&oacute;n    de indios y el saqueo de las   riquezas en las colonias de Am&eacute;rica, constituy&oacute; uno de los or&iacute;genes    del desarrollo   de las metr&oacute;polis de Europa. De ah&iacute; que Marx no haya tenido en    buena estima   a John Locke, el fil&oacute;sofo de la libertad, quien era accionista de la    Royal African   Company, dedicada a la compra-venta de esclavos (Yolton, 1969: 38-41).</p>     <p>   <b>Tesis 3. Cr&iacute;tica a la propiedad privada</b></p>     <p>   3.0. Conforme pasan los a&ntilde;os juveniles de Marx y ante su situaci&oacute;n    privilegiada   de haberse visto apoyado econ&oacute;micamente por su padre para culminar con    sus   estudios profesionales y las dificultades que va teniendo al no contar con un   trabajo estable, nuestro joven pensador tambi&eacute;n se enfrent&oacute; al    cuestionamiento   de los intelectuales socialistas de su &eacute;poca. Especialmente la Gaceta    General de   Ausburgo lo describi&oacute; como &laquo;hijo de papi&raquo; que juega con las    ideas socialistas   sin compartir jam&aacute;s su suerte con los obreros (H&iacute;jar, 1994: 6).    El argumento ad   hominem incomod&oacute; a Marx m&aacute;s como confusi&oacute;n entre la &eacute;tica,    las determinaciones   hist&oacute;ricas y la pr&aacute;ctica social, que como insulto. A nuestro joven    pensador no le   inquietaba ser insultado por aquellos que eran incapaces de argumentar. &laquo;Ser   insultado es se&ntilde;al de buen camino&raquo;, sol&iacute;a decir Marx (Sch&ouml;t,    1997: 56).</p>     <p>3.1. Sus art&iacute;culos &laquo;Robo de le&ntilde;a&raquo; y &laquo;Delitos    de pastaje y caza&raquo;, obligaron a Marx   a concretar sus posiciones te&oacute;rico-pr&aacute;cticas y as&iacute; ir superando    las ambig&uuml;edades   pol&iacute;ticas de su pensamiento.</p>     <p>   3.2. En los primeros meses de 1843, Marx comienza a explorar las categor&iacute;as   pol&iacute;tico-ideol&oacute;gicas con las que analiza las problem&aacute;ticas    de la corporalidad y por   primera vez comienza a utilizar la categor&iacute;a de &laquo;derechos de las    personas&raquo; que   posteriormente la denominar&aacute; &laquo;derechos humanos&raquo; y de manera    m&aacute;s concreta   &laquo;derechos del trabajador&raquo;. Para esas fechas, insiste en dos cosas    importantes:   por un lado se&ntilde;ala que por encima del &laquo;derecho a las cosas&raquo;    o el derecho a la   propiedad privada (postura central de la filosof&iacute;a del derecho de Hegel),    debe   estar el &laquo;derecho de las personas&raquo;, que no es otra cosa sino el    &laquo;derecho al goce   humano en toda su corporalidad viviente&raquo; (Marx, 1974: 47) y, por otro    lado,   apunta a que la formalizaci&oacute;n jur&iacute;dica de la propiedad privada    es el primer   mecanismo hist&oacute;rico de despojo de los bienes materiales para usufructo    de una   minor&iacute;a. Desmantelar la propiedad comunal en beneficio de la propiedad    privada   y la consolidaci&oacute;n de un parlamento feroz que dictamina como delitos    calificados   con penas de trabajo forzado a las acciones habituales del campesinado pobre   en bosques y campos abiertos, conducen a Marx a criticar por primera vez un   problema social concreto.</p>     <p>   3.3. El despojo de las tierras de los campesinos y le&ntilde;adores alemanes,    Marx lo   interpreta como una cuesti&oacute;n injusta del derecho privado. El derecho    de propiedad   privada implica que quienes son despojados de las propiedades comunales   comiencen a soportar en sus cuerpos las injusticias de un sistema jur&iacute;dico    que pone   por encima la voluntad del poderoso y ponderiza el sistema de propiedad. El    dolor   que experimentan amplios sectores sociales (pensando que en el primer cuarto   del siglo XIX el 75 por ciento de la poblaci&oacute;n alemana era rural y semiurbana)    es   producto del desmantelamiento de las relaciones comunitarias.</p>     <p>   3.4. La problem&aacute;tica del derecho alem&aacute;n Marx la traduce como una    cuesti&oacute;n del   derecho privado que comienza a reconfigurarse desde un iusnaturalismo de corte   clerical. Precisamente descubre que los sufrimientos de la humanidad se determinan   o historifican en ciertos portadores materiales de &laquo;carne y hueso&raquo;:    el lumpen marginal   de la Europa de mediados del siglo XIX. El derecho privado alem&aacute;n es    el derecho   conservador que proclama la libertad de propiedad y justifica el hurto, la expropiaci&oacute;n   de las riquezas comunales, la restauraci&oacute;n de los tronos y el statu quo.    En ese sentido,   el joven Marx ubica el tema de la pobreza como una problem&aacute;tica de injusticia   jur&iacute;dica que genera dolor y sufrimiento en el cuerpo de los despose&iacute;dos.</p>     <p>   3.5. Gracias a la recepci&oacute;n del pensamiento jur&iacute;dico de Burke    en la Universidad   de G&ouml;ttingen y Berl&iacute;n, Marx comienza lo que hoy se denomina &laquo;descolonizaci&oacute;n&raquo;   &mdash;utilizando la terminolog&iacute;a de Orlando Fals Borda&mdash; del derecho.    Contra la idea del derecho positivo o formal, Marx indica que las formas jur&iacute;dicas    deben   estar al servicio desde, por y para, las necesidades materiales del pueblo despojado   que tambi&eacute;n es una parte de la humanidad. Eso nos hace pensar que para    Marx   la ley es para el ser humano y no el ser humano es para la ley. Por tal motivo    nos   recuerda lo siguiente: &laquo;Que el ser humano viva en la naturaleza quiere    decir que la   naturaleza es su corporalidad con la cual ha de mantenerse en proceso continuo   para no morir. La actividad vital, la vida productiva misma, aparece ante el    ser   humano como medio para la satisfacci&oacute;n individual&raquo; (Marx, 1987:    45).</p>     <p>   3.6. En abril de 1843 es suprimida la Gaceta Renana y junto con sus colegas   Ruge y Herweg, buscan darle continuidad a la Gaceta en Zurich bajo un nuevo   t&iacute;tulo. De ese proyecto de edici&oacute;n aparecen Los anales franco-alemanes    (publicados   en Par&iacute;s). Desde el exilio en Par&iacute;s, Marx comienza a trabajar    sus apuntes sobre   Cr&iacute;tica a la filosof&iacute;a del Estado de Hegel<sup><a href="#7" name="#s7">7</a></sup>.    Para los &uacute;ltimos meses de ese a&ntilde;o, nuestro   joven de Tr&eacute;veris encara a la intelectualidad dominante que s&oacute;lo    se ocupaba del   desarrollo pseudocient&iacute;fico de las ideas (legitimadoras de la opresi&oacute;n    terrenal)   y a los miembros de la Dieta comprometidos con la &laquo;privatizaci&oacute;n&raquo;    de los   recursos naturales. Y es en La Ideolog&iacute;a alemana (Marx, 1978: 40-70)    donde nos   dir&aacute; que el derecho privado se ha desarrollado hist&oacute;ricamente    con el desarrollo   de la propiedad privada y con la disoluci&oacute;n de la comunidad: &ldquo;Das    Privatrecht   entwickelt sich zu gleicher Zeit mit dem Privateigentum aus der Aufl&ouml;sung    des   naturw&uuml;chsigen Gemeinwesens&rdquo;, repetidas veces escrib&iacute;a Marx<sup><a href="#8" name="#s8">8</a></sup>.</p>     <p>   3.7. El proyecto del Estado de derecho prusiano ganaba terreno conforme se   extend&iacute;a la creencia de que el ego&iacute;smo   del &laquo;hombre privado&raquo; es la clave   civilizatoria y las formas legales son   su justificaci&oacute;n. Indudablemente que   Marx diagnosticaba correctamente   la emergencia de un nuevo sujeto   social que se escond&iacute;a detr&aacute;s de la   oxidada maquinaria prusiana: el sujeto   burgu&eacute;s. La defensa de sus intereses   (de la incipiente burgues&iacute;a) quiz&aacute;s   fue la raz&oacute;n de la ambig&uuml;edad de   los resultados de la Revoluci&oacute;n Francesa y del &eacute;xito de los esquemas    estatales   y comerciales de Inglaterra difundidos por Europa, ya que al darse cuenta de   los riesgos de popularizarse las ventajas de las reformas radicales, decidieron   contravenir el significado revolucionario optando nuevamente por el ancien   r&eacute;gime. La racionalidad del derecho liberal anglosaj&oacute;n termin&oacute;    convirti&eacute;ndose en   derecho conservador que penetraba profundamente en la conciencia de la clase   propietaria y comerciante alemana.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>3.8. El pensamiento hegeliano como filosof&iacute;a institucional, al se&ntilde;alar    que la   persona libre (ilustrada) es aquella que es propietaria y que la primera tarea    del   derecho es salvaguardar los intereses de los individuos propietarios, le cay&oacute;    como   anillo al dedo al modelo jur&iacute;dico anglosaj&oacute;n. Los no propietarios    son los no   talentosos, los incultos, los marginales, quienes en sus cuerpos llevan el estigma   de ser una especie de condenados en la tierra. Lo &uacute;nico con lo que cuentan    es con   su cuerpo para venderlo durante las jornadas de trabajo y con su inocencia que   les hace doblar las rodillas para que la mano de quien detenta el poder clerical,   redima sus miserias materiales. De ah&iacute; la cr&iacute;tica a un cierto    tipo de religi&oacute;n aliada   al poder dominante. Al respecto dice Marx: &laquo;Al hombre despose&iacute;do    (...) su   vida corporal le ha sido arrebatada, sustituida por una generalidad irreal&raquo;    (Marx,   1987:51). Lo que la cita nos indica es que a las masas pobres se les ha negado   sus necesidades humanas, corporales y en donde las formas legales del Estado   prusiano (el capitalismo emergente) no est&aacute; dise&ntilde;ado para satisfacerlas.    A cambio   se les ha ofrecido un para&iacute;so imaginario donde sus almas encontrar&aacute;n    regocijo.</p>     <p>   3.9. Era la &eacute;poca en donde la cr&iacute;tica al orden existente tomaba    diversas tonalidades   en ensayos, art&iacute;culos y panfletos. Baste leer dos t&iacute;tulos para    notar el contexto   donde Marx se desenvolvi&oacute;: La Biblia insolentemente amenazada y milagrosamente   salvada o el triunfo de la fe (1842), Historia terrible y sin embargo ver&iacute;dica    y atrayente del   exlicenciado Bruno Bauer que muestra c&oacute;mo &eacute;ste, seducido por el    Diablo cay&oacute; en la herej&iacute;a, se   convirti&oacute; en el jefe de los diablos y fue finalmente destronado (1844).    No fue de poca monta   burlarse de dios, del diablo y de sus mediadores: &laquo;&iexcl;abajo los reyes!,    &iexcl;abajo las   leyes!&raquo;, gritaba un personaje harapiento frente a los amantes del derecho    privado   anglosaj&oacute;n y hegelianos conservadores.</p>     <p>   <b>Tesis 4. Cr&iacute;tica al positivismo jur&iacute;dico y a la econom&iacute;a-pol&iacute;tica</b></p>     <p>   4.0. Marx critica seriamente los postulados jur&iacute;dico-normativos de la    tradici&oacute;n   consuetudinaria anglo-germana. La cr&iacute;tica al derecho es un cuestionamiento    a   la ley. Es importante se&ntilde;alar que, grosso modo, el problema de la ley    no es que   sea &laquo;injusta&raquo; o &laquo;mala&raquo;, sino que es un instrumento utilizado    para obtener algo   o justificar acciones derivadas a partir de su interpretaci&oacute;n y aplicaci&oacute;n.    Esa es   la ra&iacute;z que encontr&oacute; Marx cuando denuncia los usos y abusos del    derecho que   realizaron los grupos de poder que lo conceptualizaban y aplicaban para sus    fines.   Adem&aacute;s, es interesante saber que durante el siglo XIX, lo que estaba    tambi&eacute;n en   pleno conflicto eran perspectivas jur&iacute;dicas con pretensiones de ordenar    el mundo   de las emergentes metr&oacute;polis. As&iacute;, el conflicto entre lo privado    y lo p&uacute;blico   represent&oacute; para Marx la g&eacute;nesis de las contradicciones sociales.    Indudablemente   que el derecho privado era la perspectiva del &laquo;hombre individualista y    calculador&raquo;   de sus intereses personales, mientras que la perspectiva del derecho p&uacute;blico    se   orientaba a las formas de equilibrar la convivencia en t&eacute;rminos de justicia    social.</p>     <p>La propuesta de Marx no es la de instaurar un mundo sin leyes. Eso &uacute;ltimo   era la visi&oacute;n anarquista de Bakunin, quien siempre fue visto por Marx    como un   personaje interesante en cuanto a su espontaneidad poco reflexiva.</p>     <p>   4.1. Marx enfrent&oacute; primeramente a la raz&oacute;n jur&iacute;dica de    la pandect&iacute;stica (Windscheid,   1990: 1, 34-40) que era una perspectiva dogm&aacute;tica de la jurisprudencia    que   buscaba recuperar y restaurar las viejas tradiciones del ancien r&eacute;gime.    Marx logra   desarmar correctamente al ideario filos&oacute;fico kantiano-hegeliano y a la    ret&oacute;rica   liberal anglosajona cuando &eacute;stos indicaban que el derecho es el fundamento    de   la ciudadan&iacute;a y que el ciudadano libre es la primera premisa a salvaguardar    por el   Estado. Tambi&eacute;n denunci&oacute; el estratagema liberal, el cual sosten&iacute;a    que el ciudadano   libre, guiado virtuosamente por sus intereses particulares, es el hombre (nunca    la   mujer), ilustrado y propietario. Efectivamente, estamos frente a la irrupci&oacute;n    del   sujeto burgu&eacute;s y del nacimiento del paradigma de la ciudadan&iacute;a    liberal moderna.</p>     <p>   4.2. Exiliado en Par&iacute;s entre 1843-1844, Marx sigui&oacute; trabajando    sobre la base del   humanismo abstracto de Feuerbach (criticando la religi&oacute;n y la filosof&iacute;a    especulativa).   Por su parte, Engels convenci&oacute; a Marx de la importancia de profundizar    en los   estudios econ&oacute;micos. Junto al hegeliano Arnold Ruge edit&oacute; en 1844    el Deutsch-   Franz&ouml;sische Jahrb&uuml;cher (Anuario Alem&aacute;n-Franc&eacute;s o Anales    franco-alemanes), que inclu&iacute;a   dos extensos art&iacute;culos de Marx: &laquo;La cuesti&oacute;n jud&iacute;a&raquo;<sup><a href="#9" name="#s9">9</a></sup>    y &laquo;La filosof&iacute;a hegeliana del   derecho&raquo;. Fue durante ese a&ntilde;o cuando redact&oacute; los famosos    Manuscritos econ&oacute;micofilos&oacute;ficos10,   que dej&oacute; en borrador y   no public&oacute; en vida. Sin embargo,   independientemente de sus estudios   en los a&ntilde;os siguientes en econom&iacute;a,   pol&iacute;tica, matem&aacute;ticas e historia,   mantuvo su cr&iacute;tica al derecho subjetivo.</p>     <p>   4.3. Marx localiz&oacute; tres conceptos centrales del corpus iure de la modernidad:</p>     <p>   &bull; La norma jur&iacute;dica.</p>     <p>   &bull; El sujeto jur&iacute;dico.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   &bull; La relaci&oacute;n jur&iacute;dica.</p>     <p>   4.4. Sobre ese trinomio se edific&oacute; el paradigma liberal jur&iacute;dico    de todo el siglo   XIX en el cual se estructuraron los mecanismos legales que le dieron forma al:</p>     <p>   &bull; Estado Moderno burgu&eacute;s.</p>     <p>   &bull; Legitimidad a los instrumentos administrativo-comerciales de las   relaciones de producci&oacute;n del sistema capitalista.</p>     <p>   &bull; Instrumentalizaci&oacute;n de esquemas penales orientados a la prohibici&oacute;n,   persecuci&oacute;n y castigo, contra los contestatarios del orden y de la ley.</p>     <p>4.5. La &laquo;norma jur&iacute;dica&raquo; es interpretada por Marx como imperativo    que exige la   obediencia. Es un imperativo convertido en ley que demanda cumplimiento. Por   tanto, es un conjunto de prescripciones que conforman un estatuto o sistema   organizado de tal forma que se despliega desde la introyecci&oacute;n de la    norma en el   nivel subjetivo o de la conciencia, recorre el campo de las relaciones intersubjetivas   a trav&eacute;s del cual se define el ethos de una comunidad y llega finalmente    hasta   los niveles de complejidad donde se estructuran el Estado y sus &oacute;rganos    de   representaci&oacute;n. Efectivamente, Marx visualiza el despliegue de la norma    jur&iacute;dica   como un proceso dial&eacute;ctico que va de lo abstracto (la subjetivaci&oacute;n    de la ley) a lo   concreto (el Estado) y viceversa. Precisamente, las normas son mediaciones que   hacen posible dicho proceso. Marx logra detectar el conflicto de las narrativas   jur&iacute;dicas contrapuestas: por un lado observa que la norma puede hacerse    pasar   como una exigencia moral (basada en el deber y la axiolog&iacute;a) y por otro    lado   indica que la normatividad quiere ser un campo aut&oacute;nomo e independiente    de   la moral o de los valores. Esa &uacute;ltima perspectiva, que es el positivismo    jur&iacute;dico,   Marx la pondr&aacute; en cuesti&oacute;n hasta los &uacute;ltimos a&ntilde;os    de su vida.</p>     <p>   4.5.1. La validez de la norma vista desde el positivismo jur&iacute;dico consiste    en la   formaci&oacute;n de un poder soberano capaz de ejercitar el monopolio de la    coacci&oacute;n.</p>     <p>   4.5.2. El positivismo jur&iacute;dico de mediados del siglo XIX se sustenta    en un fuerte   racionalismo que promueve la idea de que las normas son reglas preexistentes   dadas y administradas por el Estado. Adem&aacute;s el positivismo normativo    pretende   ser ahist&oacute;rico e independiente de las contingencias sociales. Ese planteamiento   indudablemente que inquietaba a Marx, ya que esa interpretaci&oacute;n se aproximaba    a   una especie de sacralizaci&oacute;n de las leyes y, por ende, del Estado que    es la instancia   suprema del monopolio del poder y de la producci&oacute;n de normas. La apropiaci&oacute;n    de   las normas por parte del Estado y &eacute;ste como monopolio de aqu&eacute;llas,    se convierten   en fuentes sagradas del poder. De ah&iacute; que Marx nos diga que &laquo;la    propiedad   privada se convierte (&hellip;..), en la propiedad del Estado o bien, respectivamente,   en la propiedad del derecho&raquo; (Marx, 1978: 420). A partir de lo mencionado,    la   liquidaci&oacute;n del Estado prusiano conllev&oacute; a la construcci&oacute;n    de un Estado moderno   cuyos contenidos eran dictaminados por la burgues&iacute;a apoderada del Estado.</p>     <p>   4.5.3. Marx reconoci&oacute; la fuerza progresista de la burgues&iacute;a al    haber   desmantelado el ancien r&eacute;gime y ser la causal del proceso civilizatorio    industrial   europeo, pero a la vez, reconoci&oacute; que dicho progreso, instituy&oacute;    formas m&aacute;s   sofisticadas de alineaci&oacute;n y explotaci&oacute;n de la vida de los individuos    arrastrados   por las megal&oacute;polis automatizadas con sus procesos de producci&oacute;n:    &laquo;Incluso la   necesidad del aire libre deja de ser en el obrero una necesidad; el hombre retorna   a la caverna, envenenada ahora por la mef&iacute;tica pestilencia de la civilizaci&oacute;n    y   que habita s&oacute;lo en precario&raquo; (Marx, 1970: 158;).</p>     <p>4.5.4. La modernidad necesitaba ser fundamentada desde una legalidad indubitable.   La raz&oacute;n de ser del Estado se funda en la legalidad colocada por encima    de los   intereses y contradicciones sociales. Marx exhibe al Estado moderno como un   pouvoir neutre et interm&eacute;diaire, una instancia de arbitraje dotada de    poder absoluto.   En realidad lo que se est&aacute; cuestionando es la tesis cl&aacute;sica de    Thomas Hobbes del   Estado soberano instituyente. Por eso el Estado moderno autoritario tiene que   nutrirse de una voluntad dominante y de reglas impuestas por el poder que ejerce   el monopolio de la fuerza independiente de los valores morales.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   4.5.5. De lo anterior podemos inferir que la cr&iacute;tica al positivismo jur&iacute;dico   implica el cuestionamiento al Estado autoritario y no al Estado democr&aacute;tico   constitucional. Obviamente que el Estado autoritario es el resultado de una   compleja interacci&oacute;n de mediaciones normativas, administrativas, judiciales    y   comerciales. Es decir, el Estado autoritario conservador representa la s&iacute;ntesis   de los intereses econ&oacute;micos burgueses. Curiosamente, las normas positivistas   burguesas limitan la funci&oacute;n del Estado al servicio de la sociedad en    general,   pero lo ampl&iacute;an como instrumento legal protector de los negocios. Dice   Marx al respecto: &laquo;porque los burgueses no permiten al Estado inmiscuirse   en sus intereses privados y s&oacute;lo le confieren el poder necesario para    su propia   seguridad y para la salvaguardia de la competencia&raquo; (Marx, 1978: 421).</p>     <p>   4.5.6. Las normas encarnadas en el Estado moderno autoritario son utilizadas   para justificar:</p>     <p>   a. la propiedad privada,</p>     <p>   b. el respeto a las leyes mercantiles,</p>     <p>   c. el temor a la sanci&oacute;n/represi&oacute;n,</p>     <p>   d. la pretensi&oacute;n de legitimidad del statu quo.</p>     <p>   4.5.7. De ah&iacute; que Marx concluya con la ecuaci&oacute;n de que &laquo;propiedad    privada   = no Mi propiedad = propiedad sagrada = propiedad ajena = propiedad   respetada o respeto a la propiedad ajena = propiedad del hombre&raquo; (Marx,    1978:   411-412). Efectivamente, ese &laquo;hombre&raquo;, no es cualquier hijo de vecina,    es el   sujeto burgu&eacute;s, por eso indicar&aacute; desde una primera perspectiva    negativa que   los &laquo;derechos humanos (...), son derechos burgueses, es decir, del hombre   ego&iacute;sta, separado de otros hombres y de la comunidad y de todo inter&eacute;s   com&uacute;n&raquo; (Marx, 1987: 54).</p>     <p>   4.6. El &laquo;sujeto jur&iacute;dico&raquo; tiene nombre y apellido. En su    localizaci&oacute;n hist&oacute;rica, por   un lado se trata del sujeto burgu&eacute;s y por el otro del sujeto proletario.    El sujeto   jur&iacute;dico se refiere al campo relacional formal donde se definen las pr&aacute;cticas    y los   roles de los individuos. Por ejemplo, en el plano del intercambio de mercanc&iacute;as   uno es el due&ntilde;o de los medios de producci&oacute;n y el otro es el due&ntilde;o    de la fuerza de trabajo. El sujeto jur&iacute;dico permite ubicar el encuentro    asim&eacute;trico del &laquo;cara-a-cara&raquo;,   bajo el esquema normativo que formaliza dicha confrontaci&oacute;n. Sin embargo,   el sujeto jur&iacute;dico -en el sentido fuerte-, es la voluntad de aquel que    ejerce el   monopolio del poder. Quiz&aacute;s Marx tiene en mente la famosa dial&eacute;ctica    del   amo y el esclavo pero ahora vista bajo un r&eacute;gimen consuetudinario. El    sistema   jur&iacute;dico moderno ser&aacute; finalmente un dise&ntilde;o para operativizar    las relaciones   mercantiles y, por ende, para justificar las ventajas de quienes detentan el   dominio pol&iacute;tico-econ&oacute;mico.</p>     <p>   4.6.1. Bajo el esquema de asignaci&oacute;n del rol que juega cada sujeto jur&iacute;dico,   el sujeto que obedece seg&uacute;n las reglas del derecho, est&aacute; imposibilitado    para   transgredir el orden legal el cual est&aacute; por encima de &eacute;l. La coercitibilidad    es una   herramienta de la clase posicionada en el Estado. De ah&iacute; que el ejercicio    de la   violencia sobre los transgresores del sistema sea legal. Desde esa perspectiva   Marx visualiz&oacute; el hecho de que el Estado moderno amparado en las leyes,    tiene   el derecho de convertirse en un &laquo;Estado de excepci&oacute;n&raquo; capaz    de retirarle el   reconocimiento jur&iacute;dico al sujeto rebelde y por tanto reprimirlo o aniquilarlo.   Eso le qued&oacute; muy claro a Marx con las revueltas en Francia durante los    a&ntilde;os de   guerra civil. Investir al proletario como sujeto jur&iacute;dico desde la &oacute;ptica    positivista   burguesa, significa inmovilizar cualquier intento contestatario de su parte.</p>     <p>   4.6.2. Marx indica que los derechos humanos han sido tergiversados   hist&oacute;ricamente. Esos derechos humanos universales basados en la justicia   social y la emancipaci&oacute;n de lo humano, fueron traslapados por los estrategas   del derecho privado del siglo XVIII y XIX, al desplazar los derechos humanos   por los derechos de propiedad. La l&oacute;gica es diametralmente opuesta. Por    eso es   que en 1875, en las &laquo;Glosas Marginales&raquo; de la Cr&iacute;tica al    programa de Gotha<sup><a href="#11" name="#s11">11</a></sup>, diga   que la burgues&iacute;a considera que las   desigualdades sociales son un hecho   natural y el derecho de la propiedad   sea un &laquo;derecho humano&raquo; a respetar.   Ahora la l&oacute;gica del derecho burgu&eacute;s   basada en la axiom&aacute;tica de la   propiedad privada ser&aacute; el ideal   regulativo que jerarquiza todos los   derechos subsecuentes (Marx, 1972: 109-112).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   4.7. La &laquo;relaci&oacute;n jur&iacute;dica&raquo; no es un principio de    concordancia e igualdad   material que establecen las contrapartes a trav&eacute;s de reglas o normas.    Ella es un   procedimiento que ayuda a coordinar el nexo formal establecido entre uno o   varios individuos bajo dispositivos legales. La relaci&oacute;n jur&iacute;dica    se compone de   tres &aacute;mbitos interactivos:</p>     <p>- Emp&iacute;rico.</p>     <p>   - Formal.</p>     <p>   - Hist&oacute;rico.</p>     <p>   4.7.1. El primero se define a partir de las relaciones materiales de reciprocidad   de los sujetos y de sus intereses individuales en la vida diaria; el segundo    hace   alusi&oacute;n al arbitraje de las normas o procedimientos legales para establecer   obligaciones, derechos y sanciones; el tercero es la confrontaci&oacute;n de    intereses   de grupo o de clase en la b&uacute;squeda de las ventajas comparativas y, por    ende,   de la obtenci&oacute;n del poder. Marx logra evidenciar el simulacro del Estado   moderno cuando indica que la relaci&oacute;n jur&iacute;dica es una construcci&oacute;n    mercantil   orientada a favorecer los intereses econ&oacute;micos de la burgues&iacute;a.    Por eso es que   &laquo;las relaciones jur&iacute;dicas cambian y civilizan su expresi&oacute;n    con el desarrollo de la   sociedad civil, es decir, al desarrollarse los intereses personales como intereses   de clase&raquo; (Marx, 1978).</p>     <p>   4.7.2. El objetivo central de la relaci&oacute;n jur&iacute;dica establecida    por las reglas del   juego del Estado autoritario o conservador, consiste en volver perentorias   las relaciones intersubjetivas que en el mundo cotidiano son transitorias. Es   decir, la relaci&oacute;n jur&iacute;dica tiene como figura fundamental al &laquo;contrato&raquo;    que es   el responsable de validar la puesta en relaci&oacute;n de los individuos otorg&aacute;ndoles   un reconocimiento permanente mientras se ajusten a las reglas estipuladas del   formato contractual. Efectivamente, Marx descubre que la estrategia jur&iacute;dica   burguesa ha sido capaz de inventar todos los procedimientos esenciales para   legitimar e instrumentalizar sus intereses de clase.</p>     <p>   4.8. En 1848 se publica en Londres el Manifiesto del partido comunista, obra    en   la que muchos de sus contenidos respond&iacute;an a las preocupaciones de la    Liga   de los Justos, logia mas&oacute;nica operativo-revolucionaria alemana con la    que Marx   tuvo acercamiento directo. Las ideas de libertad, igualdad y fraternidad, eran   pasos perdidos en la Alemania del siglo XIX. Sobre esos ideales se montaron    los   interese de clase burguesa. De tal forma que al concepto de libertad se le deform&oacute;   su significado emancipatorio y libertario. Ahora, &laquo;por libertad en las    condiciones   actuales de la producci&oacute;n burguesa, se entiende la libertad de comercio,    la libertad   de comprar y vender&raquo; (Marx, 1973: 72,).</p>     <p>   4.9. Por su parte la categor&iacute;a de igualdad es el momento ideol&oacute;gico    por excelencia   de la econom&iacute;a pol&iacute;tica burguesa, ya que considera que todos los    sujetos son iguales   y viven en una &laquo;posici&oacute;n originaria&raquo;, homog&eacute;nea y    equitativa. Precisamente esa es   la funci&oacute;n de la relaci&oacute;n jur&iacute;dica a trav&eacute;s del    contrato. Dice Marx en su critica al   proceso de producci&oacute;n del capital: &laquo;considerando como sujeto de    intercambio,   la relaci&oacute;n es de igualdad. Imposible hallar en ellos cualquier diferencia    o una   contraposici&oacute;n, ni siquiera una disparidad&raquo; (Marx, 1981: 1, 179).</p>     <p>4.10. Es en su madurez cuando Marx, en todo lo que ser&aacute;n sus estudios    de 1857 en   adelante, nos estar&aacute; recordando que la relaci&oacute;n jur&iacute;dica    es una relaci&oacute;n econ&oacute;mica   desigual donde los individuos establecen intercambios de compra-venta y en donde   social e hist&oacute;ricamente se confrontan los due&ntilde;os del capital que    compran el trabajo   de aquellos que &uacute;nicamente son due&ntilde;os de sus cuerpos necesitados    de trabajar para   comer y sobrevivir: &laquo;el poseedor del dinero abre la marcha convertido    en capitalista   y tras &eacute;l viene el poseedor de la fuerza de trabajo, transformado en    obrero suyo; aqu&eacute;l,   pisando recio y sonriendo desde&ntilde;oso, todo ajetreado; &eacute;ste t&iacute;mido    y receloso, de   mala gana, como quien va a vender su propio pellejo y sabe la suerte que le    aguarda:   que se lo curtan&raquo; (Marx, 1981: 1, 129).</p>     <p>   4.11. La ciencia del positivismo jur&iacute;dico se cohesion&oacute; con la    ciencia de la econom&iacute;a   pol&iacute;tica burguesa. &laquo;Por lo dem&aacute;s, en la relaci&oacute;n    de la determinaci&oacute;n monetaria (&hellip;),   las contradicciones de la sociedad burguesa parecen borradas. Esto se convierte   en el refugio de la democracia burguesa, y m&aacute;s a&uacute;n de los economistas    burgueses   (&hellip;), para hacer la apolog&iacute;a de las relaciones econ&oacute;micas    existentes&raquo; (Marx, 1981: 2,   179). Despu&eacute;s de sus conferencias publicadas en 1847 y 1848 bajo el titulo    Trabajo   asalariado y capital y, posterior a su expulsi&oacute;n, se instala nuevamente    en Francia en   1850 y es ah&iacute; donde realiza su balance sobre la historia de las luchas    de clase y en   donde contin&uacute;a arremetiendo contra el legalismo conservador.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   4.12. La libertad y la igualdad son categor&iacute;as de la pol&iacute;tica    de la Ilustraci&oacute;n. El   concepto de fraternidad tambi&eacute;n lo es. Bajo la ideolog&iacute;a burguesa    de la Europa del   siglo XIX, la fraternidad fue considerada un recurso moral hip&oacute;crita    utilizado por   quienes lograban la felicidad por encima de la infelicidad de otros. La fraternidad   era una especie de templo donde la burgues&iacute;a imperante asist&iacute;a    para darse &laquo;golpes   de pecho&raquo; y expiar sus culpas e irresponsabilidades ante la expoliaci&oacute;n    del trabajo   asalariado y la generaci&oacute;n de marginales: la fraternidad es la hipocres&iacute;a    disfrazada   de humanismo. Con justa raz&oacute;n se&ntilde;ala Marx: &laquo;la frase que    correspond&iacute;a a esta   imaginaria abolici&oacute;n de las relaciones de clase era la Fraternit&eacute;,    la confraternizaci&oacute;n   y la fraternidad universal. Esta id&iacute;lica abstracci&oacute;n (&hellip;),    esto de conciliar   sentimentalmente los intereses de clase, de elevarse en alas de la fantas&iacute;a    por encima   de las luchas de clase (&hellip;), ha sido un crimen&raquo; (Marx, 1979: 69,).    Por tanto, toda   relaci&oacute;n jur&iacute;dica, desde el esquema de la racionalidad jur&iacute;dica    conservadora del   Estado moderno, encubre formalmente (bajo la figura del contrato) la desigualdad   material disolviendo las contradicciones socio-hist&oacute;ricas de clase.</p>     <p>   <b>Tesis 5. Las antinomias del contractualismo</b></p>     <p>   5.0. La figura jur&iacute;dica primordial del Estado moderno es el contrato.    El contrato   es el instrumento estelar por excelencia que proporciona legalidad a las relaciones   intercambiarias entre los due&ntilde;os de los medios de producci&oacute;n y    los obreros. El contrato al interior de la l&oacute;gica del capital, es la    correa de transmisi&oacute;n que articula   las partes que intercambian sus mercanc&iacute;as (trabajo por salario). El    Estado es   la &laquo;mano visible&raquo; que participa directamente en cuanto obliga al    cumplimiento   contractual y act&uacute;a como guardi&aacute;n del desarrollo de las &laquo;fuerzas    productivas&raquo;.</p>     <p>   5.1. Marx descubre que el contrato es una condici&oacute;n necesaria para la    realizaci&oacute;n   de los procesos de producci&oacute;n y de la &laquo;valorizaci&oacute;n del    capital&raquo;, es decir, de   la ganancia: pues constituye una pieza jur&iacute;dica clave para la reproducci&oacute;n    y   permanencia del sistema capitalista. Adem&aacute;s, el contrato construye el    escenario   id&iacute;lico donde las partes en el proceso de intercambio de los valores    de uso   (fuerza de trabajo representada por el obrero) y los valores de cambio (dinero   representado por el poseedor de los medios de producci&oacute;n), se enfrentan    &laquo;caraa-   cara&raquo; creyendo o presuponiendo que ambos son libres y que independientemente   marchan rumbo al mercado para comprarse y venderse en t&eacute;rminos de igualdad   fraterna. Dice Marx: &laquo;en las relaciones monetarias, en el sistema de cambio   desarrollado (&hellip;) los individuos parecen independientes (esta independencia    que   en s&iacute; misma es s&oacute;lo una ilusi&oacute;n que podr&iacute;a designarse    m&aacute;s exactamente como   indiferencia), parecen libres de enfrentarse unos a otros en esta libertad (&hellip;).   Considerando como sujetos de intercambio, su relaci&oacute;n es pues la de igualdad.   Imposible hallar en ellos cualquier diferencia o una contraposici&oacute;n,    ni siquiera   una disparidad&raquo; (Marx, 1981: 1, 95, 179).</p>     <p>   5.2. Marx se&ntilde;ala que el proceso de desarrollo del capitalismo condujo    a que los   contratos comerciales, surgidos para maximizar las ganancias entre alguna de   las partes de los negociantes (eso gracias a la experiencia exitosa de Inglaterra,   Holanda y Francia, durante los siglos XVII y XVIII donde el comercio de   textiles, minerales y venta de esclavos negros, produc&iacute;an jugosas ganancias),   fuesen el paradigma para el dise&ntilde;o de los contratos laborales. Es decir,    el contrato   laboral contendr&aacute; cl&aacute;usulas donde estar&aacute;n inscritas las    obligaciones formales   del trabajador y del empleador. Sin embargo, los derechos favorecer&aacute;n    m&aacute;s al   due&ntilde;o de los medios de producci&oacute;n. Por eso, el contrato desde    la perspectiva   del capitalismo, es una herramienta indispensable que legaliza las condiciones   desiguales de la relaci&oacute;n real entre trabajador y empleador o capitalista.</p>     <p>   5.3. El contrato no significa para nada el pacto de voluntades libres que concede   iguales oportunidades y cuya finalidad es la cohesi&oacute;n de intereses comunes,    ni   mucho menos el acuerdo o consenso ideal de los contratantes.</p>     <p>   5.4. El contrato es el presupuesto del derecho burgu&eacute;s cuyo objetivo    es justificar   la desigualdad social y legitimar cierta pragm&aacute;tica de dominaci&oacute;n    al apropiarse,   primeramente, de la capacidad del trabajo corporal (&laquo;trabajo vivo&raquo;)    subsumido   por el contrato de compra-venta, es decir: &laquo;la condici&oacute;n es que    el trabajador, en   primer t&eacute;rmino, disponga de su capacidad de trabajo a t&iacute;tulo de    propietario libre, se conduzca con ella como mercanc&iacute;a (&hellip;). En    segundo t&eacute;rmino (&hellip;) disponga   (&hellip;) de la mercanc&iacute;a que tenga para ofrecer, para la venta, sea    precisamente su   capacidad laboral viva, existente en su corporalidad viva&raquo; (Marx, 1981:    2, 216). Ante   esa cita nos preguntamos: &iquest;es condici&oacute;n necesaria que el trabajador    acepte como   &uacute;nica v&iacute;a la relaci&oacute;n contractual? Bajo la &oacute;ptica    de que est&aacute; de por medio su   subsistencia, s&iacute; est&aacute; obligado aceptarla, de lo contrario, ser&aacute;    un &laquo;fantasma&raquo; que   deambular&aacute; como desempleado, marginal o delincuente. Por tanto, el simulacro   formal del contrato como supuesta legalidad es una ilegalidad ventajosa.</p>     <p>   5.5. La econom&iacute;a pol&iacute;tica burguesa indica que el contrato de compra-venta    de   mercanc&iacute;as es moralmente aceptable que no tiene, seg&uacute;n sus apologistas,    nada de   ventajoso. Por el contrario, es un instrumento que ayuda a que las partes est&eacute;n   obligados a cumplir lo contra&iacute;do, o sea, que el contrato es una figura    civilizatoria   porque promueve y obliga a cumplir lo convenido evitando las acciones aviesas.    Sin   tapujos dice Marx lo siguiente: &laquo;pero en la medida en que el dinero se    presenta aqu&iacute;   como material, como mercanc&iacute;a general de los contratos, se borra m&aacute;s    bien toda   diferencia entre partes contratantes (&hellip;). De modo que un individuo acumula    y el   otro no (&hellip;). Uno disfruta de la riqueza real; el otro es posesi&oacute;n    de la forma general   de la riqueza. Si el uno empobrece, el otro enriquece&raquo; (Marx, 1981: 1,    185).</p>     <p>   5.6. Las cortapisas que se derivan del contractualismo es que no solamente justifica   la relaci&oacute;n desigual entre trabajador y due&ntilde;o de los medios de    producci&oacute;n, sino que   tambi&eacute;n hace pasar como invisible la apropiaci&oacute;n del trabajo ajeno    a trav&eacute;s de la   plusval&iacute;a generada durante el tiempo laborado, luego, en cuanto al salario    en el que   solamente se paga una parte de trabajo laborado y nunca la totalidad del tiempo   trabajado ni el desgaste f&iacute;sico, corporal del trabajador (Dussel, 1988:    47, 52-63).</p>     <p>   5.7. Indudablemente que Marx, al estar desmitificando el contrato, tiene en    mente   las hip&oacute;tesis de David Ricardo sobre &ldquo;wages, rents and profits&rdquo;.    En una de sus   cartas en 1815 intitulada &ldquo;Essay on the Influence of a low Price of Corn    Profits   of Stock, shewing the Inexpediency of restrictions on Importation: with Remarks   on Mr. Malthus&rsquo; Two Last Publications&rdquo;, David Ricardo sostiene que    los salarios,   la renta y las ganancias, constituyen los principios b&aacute;sicos de la econom&iacute;a    pol&iacute;tica.   Para David Ricardo, el salario es la parte justa que recibe el trabajador por    lo que   produce (Ricardo, 1, 1951, 18-35). Mientras que la ganancia obtenida al finalizar    el   proceso de producci&oacute;n, es una cuesti&oacute;n &laquo;externa&raquo; al    trabajador y es competencia   del capitalista hacer uso de ella ya que es un resultado que le pertenece.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   5.8. Para tal efecto, David Ricardo se apoya en dos elementos fundamentales:   valor y precio. Bajo la ecuaci&oacute;n ricardiana se hace pasar el salario    (W) del obrero   como igual a la ganancia (C) del capitalista. &iquest;Qu&eacute; es lo que hace    igualar a las   mercanc&iacute;as (salario y ganancia)? Seg&uacute;n David Ricardo, la renta    (&pi;), a trav&eacute;s de   los precios (pc) que paga el capitalista por la materia prima y por la fuerza    de trabajo. A final de cuentas, la ganancia es un elemento derivado de la renta    que   se paga en el proceso de producci&oacute;n. La f&oacute;rmula matem&aacute;tica    que propone   David Ricardo y que ser&aacute; la utilizada hasta el tiempo actual (con variaciones    o   sofisticaciones) es la siguiente:</p>     <p>     <p>    <center><img src="img/revistas/tara/n11/n11a11f2.jpg"></center></p></p>     <p>   5.9. La f&oacute;rmula ricardiana de que la ganancia en el proceso de producci&oacute;n    es   igual al talento virtuoso del capitalista, constituye un principio econ&oacute;mico    liberal   que Marx pondr&aacute; en cuesti&oacute;n cuando nos dice que el precio pagado    por la fuerza   de trabajo es inferior a la ganancia obtenida, luego, el trabajo asalariado    es la   mercanc&iacute;a m&aacute;s barata. Despu&eacute;s, no existe una teor&iacute;a    del &laquo;precio natural&raquo;, pues   &eacute;sta deriva del trabajo producido en un determinado tiempo laboral de    la jornada   de trabajo. Adem&aacute;s, el salario pagado al obrero lo recuperar&aacute;    el capitalista con   unas cuantas horas trabajadas por aqu&eacute;l, entretanto, el excedente de    trabajo   (producci&oacute;n) ser&aacute; una determinante del &laquo;plusvalor&raquo;.    Por tal motivo, la tasa de   ganancia siempre ser&aacute; mayor a la renta y al salario pagado, de lo contrario,    no   se podr&iacute;a hablar de empresas, ni mucho menos de expansi&oacute;n (globalizaci&oacute;n)    del   modo de producci&oacute;n capitalista.</p>     <p>   5.10. Seg&uacute;n los c&aacute;lculos aritm&eacute;ticos de Ricardo se&ntilde;alan    que el salario es un costo   sumado a los precios (pi) que paga el due&ntilde;o de los medios de producci&oacute;n    (pb). Por   tanto, la ganancia no tiene que ser relacionada con alguna forma de trabajo    no   pagado (pi). De esa manera, Ricardo establece una ecuaci&oacute;n para demostrar    que   la tasa de ganancia siempre es m&iacute;nima a la inversi&oacute;n (pi) que    realiza el capitalista:</p>     <p>    <center><img src="img/revistas/tara/n11/n11a11f3.jpg"></center></p>     <p>   5.11. Posteriormente, Ricardo nos presenta la conclusi&oacute;n de sus observaciones   utilizando una serie de variables que demuestran la legalidad econ&oacute;mica    con la   que operan ciertos procesos de producci&oacute;n capitalista.</p>     <p>   5.12. Sin embargo, la ret&oacute;rica economicista liberal estar&aacute; insistiendo    en que los   ingresos del trabajador y del capitalista son siempre igual, en t&eacute;rminos    de justicia   distributiva. Pues el salario, seg&uacute;n la percepci&oacute;n de quien paga,    es la parte justa que   sirve para compensar el esfuerzo. De esa manera, el contrato de trabajo, permite   formalizar jur&iacute;dicamente los derechos y deberes de las partes en t&eacute;rminos    de igualdad   y libertad. Igualdad, porque el obrero y el capitalista son semejantes en cuanto    que   poseedores de mercanc&iacute;as: uno posee potencialmente la fuerza de trabajo    y el otro   el dinero y los medios de producci&oacute;n, por lo tanto, ambos est&aacute;n    colocados en una   posici&oacute;n originaria sim&eacute;trica e interdependiente. Libertad, porque    el obrero es libre   de decidir si acepta la oferta y los precios (salarios) que el empleador fija.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>5.13. Por supuesto que la elucidaci&oacute;n y la cr&iacute;tica marxista al    contrato, dar&aacute; pi&eacute; al   surgimiento de las asociaciones de sindicatos en todo el mundo, especialmente   en Estados Unidos a finales del siglo XIX. Pues lo que estaba en juego era la   b&uacute;squeda de participaci&oacute;n real de los obreros en los contenidos    y directrices del   contrato de trabajo. El derecho a un contrato colectivo de trabajo, la revisi&oacute;n   de las cl&aacute;usulas, la incorporaci&oacute;n de beneficios para el trabajador,    el acceso a   la salud y a la educaci&oacute;n, la asociaci&oacute;n y la revisi&oacute;n    peri&oacute;dica contractual, entre   representantes obreros y mandos empresariales, fue un logro derivado de los   an&aacute;lisis de Marx y su cr&iacute;tica a las antinomias de la teor&iacute;a    liberal del contrato.</p>     <p>   <b>Tesis 6. Violencia institucional y desmovilizaci&oacute;n social</b></p>     <p>   6.0. Un planteamiento problem&aacute;tico de la obra de Marx es el de su concepci&oacute;n   sobre la violencia. Ya desde los Manuscritos econ&oacute;mico-filos&oacute;ficos    de 1844, el Manifiesto   del Partido Comunista, La ideolog&iacute;a alemana y Las luchas de clase en    Francia, se refiere   inicialmente a la violencia como una acci&oacute;n de fuerza emprendida por    un pueblo   inconforme de su miseria real. La violencia, en esos escritos, es identificada    como   una pr&aacute;ctica de protesta y una actividad fundamental para transformar    ciertas   estructuras de dominaci&oacute;n y empobrecimiento. Esa perspectiva que Marx    tiene   sobre la violencia<sup><a href="#12" name="#s12">12</a></sup> corresponde al contexto de las luchas de emancipaci&oacute;n    de   los obreros emergentes en la Europa   del siglo XIX. Sin embargo, tambi&eacute;n   existen otras consideraciones que Marx   elucida o presupone conforme avanza su pensamiento cr&iacute;tico.</p>     <p>   6.1. Por ejemplo, considera que la violencia sui generis constituye un elemento   consustancial al desarrollo hist&oacute;rico. Presupone que la violencia antecede    a las   leyes y a la civilizaci&oacute;n occidental. En sus reflexiones hist&oacute;ricas    llega a decir que   la violencia tiene un pasado m&iacute;tico. Para eso, describe el front&oacute;n    occidental del   Templo de Zeus en Olimpia: la guerra entre los centauros y los lapitas. Como   buen lector que era de la literatura cl&aacute;sica griega, encontr&oacute;    que las leyes son un   momento necesario para superar el estado de barbarie. Las leyes aparecen en   la historia de occidente como instrumentos coactivos que no por ello dejan de   ser violentos. La violencia es sublimaci&oacute;n expresada en ley. La violencia,    como   impulso primitivo y destructor, ha devenido violencia a trav&eacute;s de las    instituciones   encargadas de asegurar el orden y la civilizaci&oacute;n. Marx encuentra una    perspectiva   positiva de la violencia en cuanto que origen de la civilizaci&oacute;n y g&eacute;nesis    de las leyes.</p>     <p>   6.2. Pero tambi&eacute;n Marx desfetichiza el concepto positivo de violencia    al indicar   que &eacute;sta no solamente ha sido una figura hist&oacute;rica reordenadora    de todo proceso   socio-cultural. En la modernidad o en el campo de las relaciones econ&oacute;micas,   tambi&eacute;n la violencia ha tenido un desempe&ntilde;o innegable, pues a    trav&eacute;s de ella, se ha construido la estructura de apropiaci&oacute;n    del trabajo y por ende del despojo de las   riquezas de las comunidades por parte de los particulares para satisfacer intereses    de   grupo (de clase social). La violencia coadyuva entonces al surgimiento de la    relaci&oacute;n   social capitalista, cuya reproducci&oacute;n se efect&uacute;a por otros medios,    como lo es la ley,   el derecho y el contrato e, incluso, por v&iacute;a de la cultura dominante    &ndash;como dir&iacute;a   posteriormente A. Gramsci o como muy bien lo hacen expl&iacute;cito en la actualidad   los representantes m&aacute;s importantes de los estudios postcoloniales, como    es Ram&oacute;n   Grosfoguel<sup><a href="#13" name="#s13">13</a></sup> (Grosfoguel, 2006: 17-48)&ndash;. De esa manera, solamente en situaciones   excepcionales (cuando el orden del statu quo est&aacute; en riesgo) la violencia    salta a la   escena, abandona el campo econ&oacute;mico   y se expresa a trav&eacute;s del campo pol&iacute;tico   y social, como coacci&oacute;n o represi&oacute;n. No   olvidemos que una figura central de los   Estados modernos es la conformaci&oacute;n   de ej&eacute;rcitos y fuerzas policiacas que   representan, por un lado, la soberan&iacute;a y   la custodia del orden legal, pero por otro   lado, son la personificaci&oacute;n potencial de   la violencia institucionalizada.</p>     <p>   6.3. Refiri&eacute;ndose al Estado napole&oacute;nico, Marx dec&iacute;a &laquo;La    violencia del Estado no   est&aacute; en el a&iacute;re&raquo; (Marx, 1972: 62). Marx nos habla de la    violencia encarnada en el   Estado la cual es necesaria para la reproducci&oacute;n del capital. Localiza    el &eacute;xito que   ha tenido la clase dominante al hacer uso de la violencia: primeramente han    sabido   procesarla, instrumentalizarla (racionalizarla) y aplicarla a trav&eacute;s    de m&uacute;ltiples figuras   jur&iacute;dico-comerciales. En segundo lugar, han desarticulado paulatinamente    los   esquemas de organizaci&oacute;n y protesta de las mayor&iacute;as inconformes.    En cambio, en la   clase despose&iacute;da, la violencia ha sido mal canalizada, desordenada y    con resultados   desastrosos (Marx, 2003: 79). En los conflictos de clase, la violencia desorganizada,   sin prop&oacute;sitos, ni objetivos constructivos (planificados), socialmente    hablando,   es un caos, un exterminio desgastante e infructuoso. De ah&iacute; que Marx    percibiera   la guerra civil en Francia como un fracaso sangriento donde las ejecuciones    se   tornaron acciones desesperadas por los grupos civiles. El resultado final de    la   guerra civil en Francia sirvi&oacute; para fortalecer la violencia institucional    del Estado   bonapartista y para condenar cualquier pretensi&oacute;n subversiva popular.</p>     <p>   6.4. Quiz&aacute;s las preguntas que podr&iacute;an plante&aacute;rsele a Marx    son: &iquest;la violencia es   una opci&oacute;n pol&iacute;tica que le compete exclusivamente al Estado?,    &iquest;la violencia es una   opci&oacute;n que puede usar una comunidad o un pueblo en defensa de sus intereses?,   &iquest;cu&aacute;ndo es legitima la violencia?, &iquest;la violencia &laquo;legal&raquo;    es tambi&eacute;n leg&iacute;tima?, &iquest;la   violencia leg&iacute;tima puede ser tambi&eacute;n legal?, &iquest;la transformaci&oacute;n    de un estado de   cosas puede darse sin uso de la violencia?</p>     <p>6.5. Indudablemente que el presupuesto marxista de la violencia se circunscribe    en   el espacio de las relaciones econ&oacute;micas, en el an&aacute;lisis de las    convulsiones sociales,   especialmente cuando analiza La guerra civil en Francia (Marx, 2003: 37-42)    y en el   campo de la legalidad<sup><a href="#14" name="#s14">14</a></sup>. De esos tres niveles se deriva una concepci&oacute;n    del derecho   y, por ende, del Estado. En el sentido fuerte, Marx infiere que la violencia,    es un   prerrequisito constitutivo de todo Estado moderno, mientras que el orden legal    es   la prolongaci&oacute;n de la violencia procesada por otros medios (normas, contrato    y   leyes). Eso significa que la violencia es utilizada como opci&oacute;n pol&iacute;tico-legal    de un   orden social determinado y como un recurso simb&oacute;lico articulador de las    relaciones   sociales de producci&oacute;n. Pero a la vez, es estilizada para criminalizar    a los grupos   sociales irreverentes proclives al desacato y a la cr&iacute;tica social.</p>     <p>   6.6. En lo que respecta al mundo de la reproducci&oacute;n de las ideas, Marx    es m&aacute;s   exigente al asociar violencia con transformaci&oacute;n. En el mundo de las    ideas   tambi&eacute;n se reproducen las pr&aacute;cticas reales de los individuos.    Por tal motivo,   los pensamientos y las posturas te&oacute;ricas tienden a buscar patrones normales   estabilizadores. De ah&iacute; que puedan actuar como instrumentos anal&iacute;ticos    que   justifican un orden de dominaci&oacute;n determinado.</p>     <p>   6.7. Violentar el mundo de los conceptos y de toda actividad intelectual significa   &laquo;romper&raquo; paradigmas epistemol&oacute;gicos neutrales o justificadores    de pr&aacute;cticas del   poder como represi&oacute;n. Marx, en su edad madura, no olvida su cr&iacute;tica,    cuando era   joven, al intelectualismo academicista que solamente hac&iacute;a abstracci&oacute;n    de la realidad   a trav&eacute;s de sus elucubraciones te&oacute;ricas. La realidad social, pol&iacute;tica,    econ&oacute;mica, no   solamente se interpreta, sino que tambi&eacute;n se transforma, sol&iacute;a    decir Marx.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   6.8. Hermen&eacute;utica y transformaci&oacute;n real, exige Marx de aquellos    que realizan   actividades de an&aacute;lisis te&oacute;rico. La &laquo;Tesis XI&raquo; sobre    Feuerbach, ser&aacute; una premisa   constantemente retomada por Marx para poner a prueba el an&aacute;lisis discursivo,    la   capacidad cr&iacute;tica de los argumentos y las posturas concretas de sus productores.   De ah&iacute; que el trabajo intelectual pueda ser c&oacute;mplice del statu    quo o denunciante y   propositivo de otras formas de racionalidad y de convivencia humana.</p>     <p>6.9. Al regresar al terreno de las contradicciones sociales, Marx detecta que    la   &laquo;violencia organizada&raquo; por parte de los despose&iacute;dos, carece    de tradici&oacute;n y de   eficacia en cuanto a los resultados esperados. Recordemos que, incluso en sus   comentarios sobre las luchas de independencia en Hispanoam&eacute;rica, Marx    encontr&oacute;   ciertas incertidumbres en cuanto al uso de la violencia y la transformaci&oacute;n    real de   las estructuras coloniales. Lleg&oacute; incluso a considerar al caudillo independentista,   Sim&oacute;n Bol&iacute;var, como un criollo ladino sin m&aacute;s perspectiva    hist&oacute;rica que el cambio   de mando y propiedad para quitarle a los colonizadores lo que ten&iacute;a que    ser de los   criollos americanos mas nunca de los ind&iacute;genas.</p>     <p>   6.10. Marx cuestion&oacute; a temprana edad la violencia institucional como    condici&oacute;n   necesaria para la reproducci&oacute;n del poder econ&oacute;mico y pol&iacute;tico    de la clase   burguesa y como instrumento de sujeci&oacute;n ante cualquier inconformidad    o cr&iacute;tica   p&uacute;blica (Marx, 2003: 51): la &laquo;conspiraci&oacute;n&raquo; y la violencia    (&laquo;contrarrevoluci&oacute;n&raquo;) le   pertenecen al Estado (bonapartista). Sin embargo, a pesar de la inconsistencia    y   falta de planeaci&oacute;n de las asociaciones civiles o de los movimientos    populares para   contrarrestar los efectos negativos de los agentes decisorios del sistema capitalista,   Marx reconoce que la actividad contestataria (pol&iacute;tica) y revolucionaria    (militar),   son condiciones necesarias para transformar una praxis sist&eacute;mica de dominaci&oacute;n.   Aunque no todo proceso social debe ajustarse a la premisa revolucionaria en   cuanto que acci&oacute;n violenta. Por el contrario, los procesos de transformaci&oacute;n    social   pueden ser ejecutados por otras v&iacute;as como lo es la democracia participativa    (a esa   democracia participativa Marx la llama &laquo;Comuna&raquo; y la medicaci&oacute;n    pol&iacute;tica que la   hace posible es la Asamblea Nacional &ndash;en manos del pueblo&ndash;). Claro    es que ni la   democracia ni la revoluci&oacute;n deben ser negadas a priori (Marx, 2003: 57,    64, 70).</p>     <p>   6.11. Marx nunca se inclin&oacute; a favor de la extinci&oacute;n del derecho    y del Estado. Lo   que s&iacute; se&ntilde;al&oacute; es que la transformaci&oacute;n social, ya    sea por v&iacute;a de la democracia   participativa o revolucionaria, apunta a la liquidaci&oacute;n de un poder opresor    o   dictatorial, desde donde surgir&aacute;n nuevas estructuras de reordenamiento    social   e institucional (S&aacute;nchez V&aacute;zquez, 1999: 45). Ese dato &uacute;ltimo    es importante   recalcarlo debido a que se ha querido poner en boca de Marx palabras que abogan   por la extinci&oacute;n del Estado y del derecho, postura, desde mi interpretaci&oacute;n,   anarco-reduccionista incorrecta.</p>     <p>   <b>Tesis 7. La resistencia civil como derecho humano</b></p>     <p>   7.0. Las categor&iacute;as pol&iacute;tico-estrat&eacute;gicas de la arquitect&oacute;nica    de Marx no   son &uacute;nicamente la &laquo;revoluci&oacute;n&raquo; y/o &laquo;transformaci&oacute;n&raquo;,    sino tambi&eacute;n lo es la   &laquo;resistencia&raquo;. Aunque las voces expertas del marxismo de corte leninista    han   querido hegemonizar el m&eacute;todo revolucionario como v&iacute;a &uacute;nica    de transformaci&oacute;n   social, sin embargo, no han problematizado suficientemente la cuesti&oacute;n    de la resistencia civil. Aunque Marx no le haya dedicado una minuciosa reflexi&oacute;n,   sin embargo, es un presupuesto b&aacute;sico de sus planteamientos en su cr&iacute;tica    a la   pol&iacute;tica, al derecho y a la econom&iacute;a.</p>     <p>   7.1. La resistencia es el hontanar desde donde se edificar&aacute; la praxis    revolucionaria   (v&iacute;a armada o v&iacute;a democr&aacute;tica). Para una lectura postmarxista    (especialmente   para Am&eacute;rica Latina), volver a Marx significa deconstruir algunos conceptos   inoperantes y revitalizar otros que pueden ayudar a redimensionar ciertas   pr&aacute;cticas sociales y desaf&iacute;os pol&iacute;ticos.</p>     <p>   7.2. Marx utiliza el sustantivo Widerstand (resistencia) para referirse a las    acciones   sociales de oponerse o combatir un r&eacute;gimen desp&oacute;tico y dominador.    Con el   desarrollo de las contradicciones sociales, esa acepci&oacute;n ser&aacute;    desplazadas por tres   t&eacute;rminos: revolution&auml;re Aktivit&auml;t (actividad revolucionaria),    B&uuml;rgerkrieg (guerra civil)   y B&uuml;rgergehorsam (desobediencia civil), que utilizar&aacute; en los textos    de la Ideolog&iacute;a   alemana (Marx, 1978: 69, 76, 139-142), La guerra civil de Francia (Marx, 2003:    14,   53, 83) y en El 18 brumario de Lu&iacute;s Bonaparte (Marx, 1978b: 34, 43,52-54).    Sin   embargo, el tema de la resistencia estar&aacute; impl&iacute;cito en la argumentaci&oacute;n    sobre el   tema de la revoluci&oacute;n democr&aacute;tica que fue una especie de suspiro    que alentaba a   Marx a seguir direccionando otras formas de pensar y hacer econom&iacute;a pol&iacute;tica.</p>     <p>   7.3. La resistencia civil no s&oacute;lo es la consigna pol&iacute;tica para    confrontar decisiones   institucionales que en sus efectos directos o indirectos generan inconformidad   social porque producen efectos negativos en la vida de los gobernados, sino    que   asumida seriamente, ella es la base en toda program&aacute;tica de acci&oacute;n    pol&iacute;tica. Marx   descubre desde sus primero art&iacute;culos de cr&iacute;tica social, como por    ejemplo, &laquo;Robo   de le&ntilde;a&raquo;, que la inconformidad generalizada por un conjunto de    sujetos afectados   y organizados de tal forma que cuestionan las disposiciones normativas, deriva    en   una resistencia civil, la cual puede tener varios momentos evolutivos. La evoluci&oacute;n   de la resistencia civil depende de la complejidad del fen&oacute;meno a enfrentar    o a   resistir: o bien se puede llegar a equilibrios en las fuerzas pol&iacute;ticas    contrapuestas   o, en su defecto, se puede emprender acciones violentas. La resistencia civil    es   el medio m&aacute;s nunca el fin. La finalidad de cualquier proceso de transformaci&oacute;n   social es la emancipaci&oacute;n de lo humano. Y por emancipaci&oacute;n de    lo humano Marx   entiende la posibilidad real, f&aacute;ctica, hist&oacute;rica de poder disolver    las desigualdades   sociales generadoras de pobreza relativa y absoluta.</p>     <p>   7.4. Si bien es cierto que Marx no tematiza ampliamente la categor&iacute;a    de resistencia   civil, sin embargo, s&iacute; da testimonio con relatos de confrontaciones sociales    de los   revolucionarios franceses (y de Am&eacute;rica tambi&eacute;n). Durante los    siglos XVIII y   XIX, intuir&aacute; que, en un primer momento, la resistencia civil fue representada   por el incipiente ciudadano (comerciante) organizado que se opuso a la tiran&iacute;a    del monarca y al Estado bonapartista. Ese ciudadano asentado en los burgos de   la Francia vendr&aacute; a ser el sujeto burgu&eacute;s (figura hist&oacute;rica    con ciertos m&eacute;ritos   que Marx reconoce). La lucha civil en Francia es el mejor testimonio para hablar   positivamente de la resistencia civil burguesa. Pero Marx tambi&eacute;n plantea    que las   luchas del campesinado alem&aacute;n o ruso son tan importantes como la emprendida   por los ciudadanos burgueses.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   7.5. Con el desarrollo de las fuerzas productivas y la reproducci&oacute;n pol&iacute;tica    del   capitalismo, la nueva burgues&iacute;a enquistada en los &oacute;rganos de representaci&oacute;n   institucional y en la estructura de las decisiones del Estado, instrumentar&aacute;    toda   una parafernalia que legitimar&aacute; su ascenso hist&oacute;rico al poder,    pero a la vez   deslegitimar&aacute; cualquier pretensi&oacute;n popular de resistencia que    intente poner en   cuesti&oacute;n la l&oacute;gica del capital y su reproducci&oacute;n pol&iacute;tica.    A los &laquo;amigos&raquo; del sistema   se les trata con benepl&aacute;cito. A los &laquo;enemigos&raquo; del sistema    se les trata con la ley   y la represi&oacute;n. Eso lo comprendi&oacute; muy bien Marx cuando en una    de sus cartas   a Engels le dice que &laquo;la burgues&iacute;a act&uacute;a con una moral pol&iacute;tica    contradictoria:   por un lado se autoinstituye como poder inmaculado pero por otro lado reprime   al proletariado en su b&uacute;squeda por derribar las contradicciones de clase    que lo   asfixia&raquo; (Marx, 1979: 20).</p>     <p>   7.6. Marx indica que lo que esconden los argumentos de Bruno Bauer y Max Striner   al calificar al sujeto proletario como &laquo;violento&raquo; o &laquo;rebelde&raquo;,    son cuatro cosas:</p>     <p>   e. Un modelo de ciudadan&iacute;a que busca un tipo de &laquo;ciudadano&raquo;    leal a las   disposiciones del Estado burgu&eacute;s.</p>     <p>   f. Una &laquo;democracia&raquo; (liberal) sin contenidos en la cual no necesariamente   se busquen soluciones a las demandas p&uacute;blicas o se respondan a los   intereses populares, sino ante todo, se necesita de una democracia   que ayude, pol&iacute;ticamente, a maximizar las ventajas del capital y a   reforzar el Estado policiaco.</p>     <p>   g. Lo que Bruno Bauer y Max Striner defienden &ndash;seg&uacute;n Marx&ndash;    es el sistema de   propiedad privada y el monopolio del poder y de la violencia institucional.</p>     <p>   h. Crear un sistema judicial que se encargue de sofocar intentonas de   desobediencia popular y, por tanto, desmantelar cualquier tipo de   organizaci&oacute;n de lucha de resistencia civil.</p>     <p>   7.7. Marx detecta motivos centrales en las posturas de los hermanos Bauer y    de   Striner (que hist&oacute;ricamente es la perspectiva del Estado burgu&eacute;s):    el origen del   poder pol&iacute;tico, el fundamento de la autoridad, la cuesti&oacute;n a la    obediencia de las   leyes civiles (implantadas por un sistema de administraci&oacute;n de la justicia    desde   los intereses de la clase burguesa), los l&iacute;mites y la disoluci&oacute;n    del pacto social, la problem&aacute;tica del tiranicidio (del Estado o la democracia    liberal) y la tipificaci&oacute;n   penal, son en el fondo los temas que pueden desarrollarse con la problem&aacute;tica   de la resistencia civil y que tambi&eacute;n denominar&aacute; &laquo;resistencia    del proletariado&raquo;<sup><a href="#15" name="#s15">15</a></sup>.</p>     <p>   7.8. El significado que encierra la   resistencia civil fue abortado de la   historia de la filosof&iacute;a pol&iacute;tica por   quienes se encargaban de restaurar   los viejos privilegios del statu quo y   por los defensores de las oligarqu&iacute;as y   plutocracias de la modernidad capitalista.   De ah&iacute; que cualquier pretensi&oacute;n de   fundamentarla &eacute;ticamente sea contra iure   o contra el derecho burgu&eacute;s.</p>     <p>   7.9. La resistencia civil, tal y como la   percibe Marx, tiene un fundamento   &eacute;tico y no jur&iacute;dico-positivista. La   resistencia civil ahora ser&aacute; aquella praxis organizativa representada    no s&oacute;lo por el   proletario o el campesinado, sino por todos aquellos que son v&iacute;ctimas    de los efectos   negativos del modo de producci&oacute;n capitalista y de su instrumento pol&iacute;tico    que   es el Estado liberal. Dicha resistencia es simplemente una estrategia asumida    por   quienes quieren salvar sus vidas del tiranicidio, de la pobreza y de la explotaci&oacute;n    del   trabajo. Dice Marx al respecto: &laquo;All&iacute; donde el proletariado reclama    la disoluci&oacute;n del   orden universal anterior, no hace sino pregonar el secreto de su propia existencia,   ya que &eacute;l es de hecho la disoluci&oacute;n de este orden universal&raquo;    (Marx; 1987: 14-18).</p>     <p>   7.10. La cr&iacute;tica te&oacute;rica al sistema capitalista que emprende Marx    es equivalente   a la praxis de resistencia que asumen las v&iacute;ctimas al oponerse a las    condiciones   materiales que los empobrece. De la misma manera en que el sujeto burgu&eacute;s   irrumpe en la historia moderna al combatir el Estado mon&aacute;rquico, tambi&eacute;n    los   afectados o las v&iacute;ctimas del sistema pueden y deben asumir el mismo derecho    que   les dio a los primeros. Se&ntilde;ala Marx: &laquo;cuando el proletario reclama    la negaci&oacute;n de   la propiedad privada, no hace m&aacute;s que elevar a principio de la sociedad    lo que la   propia sociedad ha elevado a principio suyo (...) El proletariado se halla asistido,   as&iacute;, ante el mundo que nace del mismo derecho&raquo; (Marx, 1987: 15).    Ese &laquo;mismo   derecho&raquo; es el derecho a la resistencia.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   7.11. Marx utiliza el concepto &laquo;derecho de resistencia&raquo; (Widerstandsrecht)    como   un momento &eacute;tico de aquellos que toman conciencia, se organizan y repelen    los   efectos negativos cuestionando a los agentes decisorios quienes los producen.   Hablamos de que la resistencia est&aacute; sustentada en un nivel &eacute;tico    porque es una   actividad p&uacute;blica que pretende limitar las agresiones de un sistema pol&iacute;ticoecon&oacute;mico   generador de represi&oacute;n y pobreza.</p>     <p>7.12. La protesta contra la &laquo;miseria real&raquo; que se&ntilde;ala Marx,    no es un simple   enunciado carente de significado. Ella es la g&eacute;nesis del ius resistendi    o de la   conciencia &eacute;tica de las v&iacute;ctimas u olvidados de la tierra. Buscar    las condiciones   materiales que aseguran la reproducci&oacute;n de la vida de una comunidad,    no   es cosa que la ley positiva permita o no permita, sino es un deber humano   asegurar las condiciones f&aacute;cticas de vivir humanamente. Por eso es que    son   necesarias instituciones al servicio de la vida comunitaria. Obviamente, esas   instituciones son momentos hist&oacute;ricos necesarios para la disoluci&oacute;n    de las   asimetr&iacute;as sociales. Quiz&aacute; valga la pena en se&ntilde;alar que    el extincionismo del   Estado y de sus &oacute;rganos de representaci&oacute;n es otro tipo de argumentaci&oacute;n    en   la que Marx no necesariamente debe ser reducido (S&aacute;nchez V&aacute;zquez,    1999:   66). Por el momento basta con indicar c&oacute;mo tambi&eacute;n las instituciones    deben y   pueden ser transformadas al servicio de la vida, especialmente, de las v&iacute;ctimas   hist&oacute;ricas del sistema capitalista. Lo que s&iacute; hay que remarcar    es la disoluci&oacute;n o   extinci&oacute;n del sistema generador de pobreza, de empobrecimiento y de pobres.</p>     <p>   7.13. La resistencia civil es un derecho a la vida porque pretende construir   esquemas de inclusi&oacute;n social con justicia, equidad y dignidad para todos    los   participantes de una comunidad pol&iacute;tica. Para lograr una vida digna hay    que   enfrentar a la historia y aquellos que desde el poder dicen que las multitudes   empobrecidas son sujetos sin historia. Posiblemente tengan raz&oacute;n siempre    y   cuando el sujeto afectado no demuestre lo contrario a trav&eacute;s de la acumulaci&oacute;n   de fuerzas para la organizaci&oacute;n y la resistencia (Garc&iacute;a, 2006).    Marx se pregunta:   &laquo;&iquest;D&oacute;nde reside, pues, la posibilidad positiva de la emancipaci&oacute;n    alemana? En   la formaci&oacute;n de una clase (&hellip;) a la que sus sufrimientos universales    imprimen   car&aacute;cter universal&raquo; (Marx, 1987: 12). La &laquo;posibilidad positiva&raquo;    es la capacidad de   resistencia y combate contra la negatividad que produce pobreza. La &laquo;formaci&oacute;n   de una clase&raquo; es simplemente la acumulaci&oacute;n de fuerzas humanas    articuladas por   principios y objetivos comunes, decididas a transformar la l&oacute;gica y el    contexto   que vulneran la vida humana en general y la vida de los pobres en particular.</p>     <p>   <b>S&iacute;ntesis: derechos humanos emancipatorios y democracia popular</b></p>     <p>   [1] Hablar de los derechos humanos en Marx significa por lo menos dos cosas:    o   comprenderlos como categor&iacute;a program&aacute;tica de la emergente burgues&iacute;a    europea   del siglo XVIII y como recurso pol&iacute;tico-jur&iacute;dico idealizado durante    el proceso de   consolidaci&oacute;n del sistema de producci&oacute;n capitalista, o bien, circunscribirlos    como   aspiraciones y &laquo;epistemes&raquo; populares que se oponen a la miseria,    a la barbarie de   la econom&iacute;a de mercado y a los cr&iacute;menes y castigos del Estado    &laquo;secuestrado&raquo; por   minor&iacute;as entrenadas para usufructuar del poder. La forma concreta del    pueblo   (die konkrete Gestalt eines Volkes) requiere, para su emancipaci&oacute;n, emplear    su   derecho de resistencia estrat&eacute;gica (strategische Widerstand). La categor&iacute;a    de pueblo es revalorada por Marx. Para Hegel, por ejemplo, el t&eacute;rmino    de pueblo tiene una   connotaci&oacute;n deficitaria pues la asocia con &laquo;populacho&raquo; y    &eacute;ste, seg&uacute;n Hegel es   &laquo;incapaz de pensar y actuar&raquo; (Roig, 2004: 78).</p>     <p>   [2] Para que los &laquo;derechos humanos&raquo; dejen de ser instrumento funcional/colonial   que justifique ideol&oacute;gica y jur&iacute;dicamente la reproducci&oacute;n    pol&iacute;tica del capitalismo,   hay que descolonizarlos, &laquo;desprivatizarlos&raquo;, deconstruirlos, y devolverlos    a su   matriz original, a la fuente viva del poder: el poder como potentia, es decir,    al   &laquo;poder popular instaurador&raquo; que es el fundamento leg&iacute;timo    de todo Estado o   instituci&oacute;n posible (Dussel, 2006: 18).</p>     <p>   [3] Los derechos humanos por los que opta Marx son aquellos que sirven para   la &laquo;emancipaci&oacute;n de lo humano&raquo;. La emancipaci&oacute;n significa    &laquo;transformaci&oacute;n&raquo;   de un orden de cosas a otro con mayor calidad de vida y donde se asegure la   producci&oacute;n y reproducci&oacute;n de la vida humana en t&eacute;rminos    de justicia social,   libertad pol&iacute;tica y racionalidad en la distribuci&oacute;n de los bienes    materiales.</p>     <p>   [4] Los olvidados de la historia: los pauper, los miserables, los desempleados,    los   obreros explotados, los campesinos sin tierra, los ind&iacute;genas folclorizados,    los   migrantes despreciados, los ni&ntilde;os de la calle, los presos pol&iacute;ticos,    los ancianos   vituperados, el intelectual org&aacute;nico o responsable de sus deberes sociales,    las   mujeres silenciadas, los j&oacute;venes sin futuro, la diversidad sexual estigmatizada,    los   profesionistas sin trabajo, representan lo que Marx denomina &laquo;popular&raquo;.    Lo popular   es el pueblo (la plebe como le gusta referirse al pensamiento conservador) con    sus   m&uacute;ltiples rostros heridos y ofendidos por una clase que ha monopolizado    el poder   pol&iacute;tico-econ&oacute;mico y ejercido la violencia institucional. Sin    duda alguna que ese es   el referente material que Marx tuvo presente hasta sus &uacute;ltimos a&ntilde;os    de vida.</p>     <p>   [5] Los derechos humanos &laquo;emancipatorios&raquo; son principios regulativos    fundados   en normas &eacute;ticas, en exigencias materiales, cuya fundamentaci&oacute;n    no reside en la   legalidad y pureza del precepto jur&iacute;dico, sino en la legitimidad de las    demandas y   reivindicaciones populares hist&oacute;ricamente negadas.</p>     <p>   [6] La pregunta que formular&iacute;a Marx al respecto ser&iacute;a: &iquest;c&oacute;mo    construir derechos   humanos emancipatorios y, por ende, una democracia basada en los intereses   populares? Por lo menos se responder&iacute;a desde cuatro niveles articulados   program&aacute;ticamente: toma de conciencia de clase (hist&oacute;ricamente    hablando),   acumulaci&oacute;n organizada de fuerzas para la resistencia civil, transformaci&oacute;n    de   la realidad social y organizaci&oacute;n de la &laquo;nueva esperanza&raquo;    o &laquo;reino de la libertad&raquo;.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>   [7] Marx introduce el problema de lo popular cuando analiza la obschina o comuna   rural rusa primitiva. En ella indica que lo popular es una consecuencia de la   acumulaci&oacute;n originaria del capital en las metr&oacute;polis (Dussel,    1998: 400-413). El   empobrecimiento fue siempre algo ligado a lo popular y eso &uacute;ltimo es    originado por el desarrollo de las fuerzas productivas y la concentraci&oacute;n    del capital en las   metr&oacute;polis (pensando en el empobrecimiento de Irlanda con respecto a    Inglaterra y   de las colonias de Am&eacute;rica con respecto a Espa&ntilde;a, Portugal, Inglaterra    y Holanda).   Lo popular no es lo subalterno, ni la multitud, ni las masas, ni siquiera el    proletariado;   es la matriz fundante de todo campo pol&iacute;tico. Lo popular es la g&eacute;nesis    del Estado   y de toda la cartograf&iacute;a constitucional (a pesar de que los Estados modernos    y las   instituciones pol&iacute;ticas act&uacute;en y violenten ese origen fundacional).</p>     <p>   [8] Si se quiere pensar en una reforma constitucional radical, o en un proyecto    de   Naci&oacute;n, tendr&aacute; que hacerse desde las directrices populares, es    decir &laquo;desde abajo&raquo;.</p>     <p>   [9] Para Marx la &laquo;democracia verdadera&raquo; es aquella gestada desde,    para y por lo   popular. En la democracia popular el bien normativo se sustenta en la soberan&iacute;a   popular y la autodeterminaci&oacute;n (equivalente al concepto de emancipaci&oacute;n    de Marx)   con estrategias institucionales radicalmente distintas a lo que ser&iacute;a    la democracia   liberal. La predicci&oacute;n de Marx result&oacute; ser verdadera en cuanto    que la democracia   popular o emancipatoria de lo humano ya que ella est&aacute; m&aacute;s all&aacute;    del sufragio   universal, del sistema representativo o procedimental, del racismo, de la primac&iacute;a   de los derechos individuales en funci&oacute;n del derecho privado, de una econom&iacute;a   altamente jerarquizada e incluso, m&aacute;s all&aacute; de la ret&oacute;rica    del &laquo;populismo&raquo; partidista.</p>     <p> [10] La negaci&oacute;n de la negaci&oacute;n (derechos humanos burgueses/leyes    del capital) es la afirmaci&oacute;n de los derechos humanos emancipados, es    decir, la liberaci&oacute;n del ser humano. Marx propone la superaci&oacute;n    de esos esquemas de la modernidad (a trav&eacute;s de la cr&iacute;tica, la    resistencia civil -que para nosotros ahora ser&aacute; popular-). Una democracia    que no cree en el pueblo es un remedo condenado a la tiran&iacute;a o a la extinci&oacute;n.    La democracia popular debe ser otra forma de pensar y hacer pol&iacute;tica    y econom&iacute;a distinta, es decir, un modo de vida anclado en la satisfacci&oacute;n    de las m&uacute;ltiples necesidades de las mayor&iacute;as. Con justa raz&oacute;n    Marx nos indica que &laquo;el hambre es una necesidad natural, exige pues una    naturaleza fuera de s&iacute;, para satisfacerse, para calmarse&raquo; (Marx,    1970: 113). El acto &eacute;tico de la resistencia popular comienza a partir    de la demanda de los satisfactores de necesidades b&aacute;sicas que ha negado    la econom&iacute;a de mercado: &laquo;Las necesidades de los pueblos son las    supremas razones de su contentamiento (...) la teor&iacute;a de un pueblo se    alcanza a realizarse, en cuanto logra la realizaci&oacute;n de sus necesidades&raquo;    (Marx, 1987: 11, 16). Anunciar hoy d&iacute;a un paradigma emancipatorio postcapitalista,    significa inevitablemente, volver a Marx que est&aacute; m&aacute;s all&aacute;    del dogmatismo y del estigma insensato de los postmodernos.</p>   <hr size="1">     <p><a href="#s1" name="1">1</a> Este art&iacute;culo es producto de la investigaci&oacute;n del autor sobre    derechos humanos en Am&eacute;rica Latina.</p>     <p>   <a href="#s2" name="2">2</a> Profesor de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, Edo. de M&eacute;xico.    Es doctor en Filosof&iacute;a Pol&iacute;tica   por la Universidad Aut&oacute;noma Metropolitana-Iztapalapa, Ciudad de M&eacute;xico;    Estudios en Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas   por la University of Washington (&ldquo;Master Jr. Program 2005-2006&rdquo;).    Es autor de las obras La vejez: el grito   de los olvidados (2003) y Los derecho y los a&ntilde;os. Otro modo de pensar    y hacer pol&iacute;tica en Latinoam&eacute;rica: adultos   mayores (2006). Su investigaciones giran en torno a los derechos humanos, movimientos    sociales, pol&iacute;ticas   p&uacute;blicas y grupos vulnerables (etnia, g&eacute;nero y edad).</p>     <p><a href="#s3" name="3">3</a> Durante sus a&ntilde;os de adolescente, Marx decidi&oacute;   presentarse en el &ldquo;Friedrich Wilhelm Gymnasium&rdquo;   como parte de su proyecto profesional para estudiar jurisprudencia en Bonn.</p>     <p><a href="#s4" name="4">4</a> Es acertada la parte primera de la propuesta de Rorty al indicar que todo individuo act&uacute;a y reflexiona   a partir de contextos culturales particulares. Sin embargo, eso justifica que las diferentes concepciones   sobre el mundo se reduzcan a particularismos o subjetivismos incapaces de formular principios, normas o   reglas v&aacute;lidas para una comunidad. Adem&aacute;s, todo principio o norma tiene como fundamento condiciones   discursivas orientadas o reguladas por criterios de pretensi&oacute;n universal. En ese sentido, Marx hab&iacute;a   indicado que lo universal no se opone a lo particular, sino que lo fundamental es la realizaci&oacute;n de eso   particular en lo universal. En ciertos aspectos, Marx propone un utilitarismo donde el mayor de los   bienes, la felicidad que produce un acto justo por ejemplo, puede ser vivido particularmente por un   sujeto, pero el ideal regulativo es que la justicia social es un bien universal que reclama ser experimentado individualmente o comunitariamente.</p>     <p><a href="#s5" name="5">5</a> Esa carta la escribi&oacute; Marx el 10 de noviembre de   1837 en Berl&iacute;n y fue publicada por primera vez en   1897 Die Neue Zeit con el t&iacute;tulo &ldquo;Brief von Karl   zu seinem Vater In Trier&rdquo;, MEW, 7. En esa carta   Marx realiza un hermoso trabajo de comunicaci&oacute;n   con su padre al precisarle los conceptos esenciales   del &laquo;jus privatum&raquo; y del &laquo;jus publicum&raquo;. Marx se   inclinar&aacute; por el jus publicum ya que es el origen del &ldquo;der Personenrechte&rdquo;.</p>     <p><a href="#s6" name="6">6</a> En ese ensayo, que fue su tesis doctoral, Marx se ocupa por encontrar los fundamentos epistemol&oacute;gicos   de la propuesta de los presocr&aacute;ticos para entender la totalidad de las cosas. Para Marx lo central es pasar   de lo epistemol&oacute;gico a lo ontol&oacute;gico (ayudado con el m&eacute;todo fenomenol&oacute;gico hegeliano) y descubrir que   el leit motiv por el cual se comprende de totalidad o la relatividad de lo real, es una actividad ejecutada   por un sujeto pensante que posee una corporalidad concreta, real. Todo se desenvuelve en el interior del   cuerpo humano: el concepto de las cosas, la idea de Dios, de felicidad o de dolor. Las dudas y las certezas,   son realidades que &laquo;viven&raquo; en el cuerpo humano. Por eso dir&aacute; Marx en el ap&eacute;ndice de su tesis de que el &ldquo;Idealismus ist real&rdquo; o sea, los pensamientos, las ideas, habitan en la carne, en el cuerpo humano.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a href="#s7" name="7">7</a> Indudablemente que el aspecto de la emancipaci&oacute;n   alemana, reside en su capacidad positiva del pueblo   al resistir e interpelar la negatividad generada por   el modo de producci&oacute;n capitalista.</p>     <p>   <a href="#s8" name="8">8</a> Entre otras m&uacute;ltiples cr&iacute;ticas, tambi&eacute;n Marx   seguir&aacute; insistiendo que el trabajo corporal es la   fuente inmediata, emp&iacute;rica, capaz de transformar   el mundo: &ldquo;Als Bildnerin von Gebrauchswerten,   als n&uuml;tzliche Arbeit, ist die leiblich Arbeit   daher eine von allen Gesellschaftsformen   unabh&auml;ngige Existenzbedingung des Menschen,   ewige Naturnotwendigkeit, um den Stoffwechsel   zwischen Mensch und Natur, also das menschliche   Leben zu vermitteln&rdquo;.</p>     <p><a href="#s9" name="9">9</a> En esa obra nos dir&aacute; que &ldquo;Alle Emanzipation   ist Zur&uuml;ckf&uuml;hrung der menschlichen Welt, der   Verh&auml;ltnisse, auf den Menschen selbst&rdquo;.</p>     <p>   <a href="#s10" name="10">10</a> En esa obra comienza a desplegar la cr&iacute;tica a   la econom&iacute;a pol&iacute;tica donde nos dir&aacute; que &ldquo;Die   Akkumulation der Kapitalien ausl&ouml;sen paupertas&rdquo;.</p>     <p><a href="#s11" name="11">11</a> En esa obra Marx cuestiona radicalmente la idea de   que la riqueza que genera la acumulaci&oacute;n del capital,   sea producto del ingenio y la laboriosidad de la clase   burguesa (tesis contra Adam Smith). El monopolio   jur&iacute;dico, pol&iacute;tico y econ&oacute;mico, de la clase burguesa,   socializa inevitablemente la pobreza: &ldquo;In der heutigen   Gesellschaft sind die Arbeitsmittel Monopol   der Kapitalistenklasse; die hierdurch bedingte   Abh&auml;ngigkeit der Arbeiterklasse ist die Ursache des Elends und der Knechtschaft in allen Formen&rdquo;.</p>     <p><a href="#s12" name="12">12</a> Efectivamente, la violencia institucionalizada   no &laquo;est&aacute; en el a&iacute;re&raquo;: &ldquo;Und dennoch schwebt die Staatsgewalt nicht in der Luft&rdquo;.</p>     <p><a href="#s13" name="13">13</a> Grosfoguel muestra con precisi&oacute;n c&oacute;mo el   sistema mundo moderno/patriarcal/colonial   capitalista, ha logrado su reproducci&oacute;n sist&eacute;mica   no solamente a trav&eacute;s de los dispositivos pol&iacute;ticoecon&oacute;micos,   sino tambi&eacute;n y fundamentalmente   por medio de la cultura, a trav&eacute;s de sus instituciones   educativo/universitarias donde muchas veces   se reproduce la epistemolog&iacute;a (&iquest;ideolog&iacute;a?) de la   &laquo;colonialidad del poder&raquo; y de toda la parafernalia   jur&iacute;dico-administrativa. Eso Marx ya tambi&eacute;n nos   hab&iacute;a alertado en su cr&iacute;tica a la institucionalidad formativa del sistema filos&oacute;fico hegeliano.</p>     <p><a href="#s14" name="14">14</a> En esa obra estrat&eacute;gica Marx indica que uno de las m&uacute;ltiples causales de la violencia del campesinado   franc&eacute;s durante la Revoluci&oacute;n Francesa, es que los intereses del capital buscar&aacute;n la forma de imponerse   gracias al rol que juega cierto tipo Estado al servicio de los intereses de la burgues&iacute;a. Dice al respecto: &ldquo;Die   Revolution von 1830 &uuml;bertrug die Regierung von den Grundbesitzern auf die Kapitalisten und damit von   den entfernteren auf die direkteren Gegner der Arbeiter&rdquo;. Tambi&eacute;n nos se&ntilde;ala, entre otras cosas, que la   resistencia popular es clave para la emancipaci&oacute;n del pueblo (se refiere campesinado pobre) franc&eacute;s. Sin   embargo, nos advierte y, posiblemente es uno de los l&iacute;mites de la praxis de resistencia civil, el hecho de   que si la resistencia se prolonga sin obtener resultados sociopol&iacute;tico y econ&oacute;micos, contundentes, &eacute;sta   puede ser regresiva para los movimientos de resistencia civil, ya que pueden claudicar en sus objetivos   o fortalecer las estructuras del poder. Dice Marx: &ldquo;&rsquo;Plan&rsquo; verl&auml;ngerten Widerstand die Grundlage eines   hartn&auml;ckigen Verteidigungskriegs in den Provinzen geliefert hatte. Und Paris sollte jetzt entweder seine   Waffen niederlegen auf das beleidigende Geheisch der rebellischen Sklavenhalter von Bordeaux und   anerkennen, da&szlig; seine Revolution vom 4. September nur die einfache &Uuml;bertragung der Staatsmacht von Louis Bonaparte&rdquo;.</p>     <p><a href="#s15" name="15">15</a> Con respecto a la resistencia civil, popular o   del proletariado, indica Marx que es el pueblo   quien debe tomar en &laquo;sus manos&raquo; la defensa   de sus intereses, pues es su deber y una de las   responsabilidades m&aacute;s altas en la vida de cualquier   persona. Esa responsabilidad popular debe   instalarse m&aacute;s all&aacute; de la cooptaci&oacute;n o traici&oacute;n de sus   representantes o lideres. Apunta Marx: &ldquo;Die Volkes   von Paris, sagte das Zentralkomitee in seinem   Manifest vom 18. M&auml;rz, &quot;inmitten der Niederlagen   und des Verrats der herrschenden Klassen, haben   begriffen, da&szlig; die Stunde geschlagen hat, wo   sie die Lage retten m&uuml;ssen, dadurch, da&szlig; sie die   Leitung der &ouml;ffentlichen Angelegenheiten in ihre   eignen H&auml;nde nehmen ... Sie haben begriffen, da&szlig;   es ihre h&ouml;chste Pflicht und ihr absolutes Recht ist,   sich zu Herren ihrer eignen Geschicke zu machen und die Regierungsgewalt zu ergreifen&rdquo;.</p>   <hr size="1">     <p><b><font size="3" face="verdana">Bibliograf&iacute;a</font></b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>   Dussel, Enrique. 2006. 20 Tesis de Pol&iacute;tica, M&eacute;xico: Siglo XXI.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000173&pid=S1794-2489200900020001100001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Dussel, Enrique. 1988. La producci&oacute;n te&oacute;rica de Marx. Un comentario    a los Grundrisse, M&eacute;xico:   Siglo XXI.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000174&pid=S1794-2489200900020001100002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Friedenthal, Richard. 1981. Karl Marx. Sein Leben und seine Zeit, M&uuml;nchen:    Piper Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000175&pid=S1794-2489200900020001100003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Garc&iacute;a Ram&iacute;rez, J. Carlos. 2006. Los derechos y los a&ntilde;os.    Otro modo de pensar y hacer pol&iacute;tica en   Latinoam&eacute;rica: los adultos mayores, M&eacute;xico: UNEVE-Plaza y Vald&eacute;s.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000176&pid=S1794-2489200900020001100004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Grosfoguel, Ram&oacute;n. 2006. &laquo;La descolonizaci&oacute;n de la econom&iacute;a    pol&iacute;tica y los estudios   postcoloniales: transmodernidad, pensamiento fronterizo y colonialidad global&raquo;,    en   Tabula Rasa, 4:17-48.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000177&pid=S1794-2489200900020001100005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   H&iacute;jar, Alberto. 1994. &laquo;De c&oacute;mo Marx se hizo radical (1843-1844)&raquo;,    Ponencia presentada   el 15 de junio de 1994 durante el Ciclo de Mesas Redondas sobre &laquo;Capitalismo    Mundial y   Cr&iacute;tica Total de la Sociedad Burguesa: Karl Marx 1844-1994. A 150 a&ntilde;os    de los Manuscritos   de Par&iacute;s&raquo;, M&eacute;xico: Facultad de Filosof&iacute;a y Letras,    UNAM.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000178&pid=S1794-2489200900020001100006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Leopold, David. 2000. The Young Karl Marx. German Philosophy, Modern Politics    and Human   Flourishing, Cambridge: Cambridge University Press.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000179&pid=S1794-2489200900020001100007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl. 2003. La guerra civil en Francia, Madrid: Fundaci&oacute;n Federico    Engels; (1971),   Der B&uuml;rgerkrieg in Frankreich, Werke, 17,1, Berl&iacute;n. Dietz Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000180&pid=S1794-2489200900020001100008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl. 1988. La cuesti&oacute;n jud&iacute;a, Bogot&aacute;: Linotipo;    (1969), Zur Judenfrage, MEW, 16.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000181&pid=S1794-2489200900020001100009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl. 1987. Cr&iacute;tica a la filosof&iacute;a del derecho de Hegel,    M&eacute;xico: Juan Pablos; (1970), Zur   Kritik der Hegelschen Rechtsphilosophie, MEW, 17.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000182&pid=S1794-2489200900020001100010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><p><font size="2" face="verdana">   Marx, Karl. 1981. Elementos fundamentales para la cr&iacute;tica de la econom&iacute;a    pol&iacute;tica (Grundrisse)   1857-1858, 3 Tomos, M&eacute;xico: Siglo XXI; Grundrisse der Kritik der politischen    Okonomie,   Berlin: Dietz.</font></p> <font face="verdana" size="2"></font>     <!-- ref --><p><font size="2" face="verdana">   Marx, Karl. 1979. Las luchas de clase en Francia de 1848-1850, M&eacute;xico:    Ediciones Roca; Die   Klassenkampfe in Frankreich 1848-50, MEW, 47, Berlin: Dietz Verlag.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000184&pid=S1794-2489200900020001100011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl. 1974. Sobre la filosof&iacute;a de epic&uacute;reos, estoicos y    esc&eacute;pticos, Mosc&uacute;: Progreso; Differenz   der demokritischen und epikureischen Naturphilosophie, MEW, 15.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000185&pid=S1794-2489200900020001100012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl. 1972. Cr&iacute;tica al programa de Gotha, Linotipo: Bogot&aacute;;    Kritik des Gothaer   Programms, Berlin: Dietz Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000186&pid=S1794-2489200900020001100013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl. 1972bis. El dieciocho Brumario de Luis Bonaparte, M&eacute;xico:    Ediciones Roca; Der   achtzehnte Brumaire des Louis Bonaparte, Berlin: Dietz Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000187&pid=S1794-2489200900020001100014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl. 1970. Manuscritos econ&oacute;mico-filos&oacute;ficos de 1844, Madrid:    Paulinas, Para referirme   a sus obras en alem&aacute;n ser&aacute; de la siguiente manera; &Ouml;konomisch-philosophische    Manuskripte aus   dem Jahre 1844, MEGA 2, Berlin: Dietz Verlag .&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000188&pid=S1794-2489200900020001100015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Marx, Karl y Friedrich Engels. 1982. &laquo;Carta al Padre&raquo; en Obras    Fundamentales. M&eacute;xico:   FCE. (1972), MEW, 2, Berl&iacute;n: Dietz Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000189&pid=S1794-2489200900020001100016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl y Friedrich Engels. 1982. &laquo;Reflexiones de un joven al elegir    profesi&oacute;n&raquo; en   Obras Fundamentales. M&eacute;xico: FCE. (1972), MEW, 2, Berl&iacute;n: Dietz    Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000190&pid=S1794-2489200900020001100017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl y Friedrich Engels. 1978. La Ideolog&iacute;a alemana, M&eacute;xico:    FCE; Die deutsche   Ideologie, Berlin: Dietz Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000191&pid=S1794-2489200900020001100018&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Marx, Karl y Friedrich Engels. 1973. Manifiesto del Partido Comunista, M&eacute;xico:    Ediciones   Roca; Manifest der Kommunistischen Partei, Berlin: Akademie Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000192&pid=S1794-2489200900020001100019&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Ricardo, David. 1951. Works and Correspondence of David Ricardo, 11 Volumes,    Ed. Piero   Sraffa, Cambridge: Cambridge University Press.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000193&pid=S1794-2489200900020001100020&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Roig, Arturo. 2004. &laquo;Las filosof&iacute;as de denuncia y la crisis del    concepto&raquo;, en Teor&iacute;a y cr&iacute;tica   del pensamiento latinoamericano, M&eacute;xico: Fondo de Cultura Econ&oacute;mica.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000194&pid=S1794-2489200900020001100021&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Rorty, Richard. 1982. Consequences and Pragmatism (Essays: 1972-1980), Brighton:    The   Harvester Press.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000195&pid=S1794-2489200900020001100022&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   S&aacute;nchez V&aacute;squez, Adolfo. 1999. Entre la realidad y la utop&iacute;a.    Ensayos sobre pol&iacute;tica, moral y   socialismo, M&eacute;xico: Fondo de Cultura Econ&oacute;mica.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000196&pid=S1794-2489200900020001100023&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Schmied-Kowarzik, Wolfdietrich. 1981. Die Dialektik der gesellschaftlichen Praxis.    Zur Genesis   und Kernstruktur der Marxschen Theorie, Freiburg/M&uuml;nchen: Alber Verlag.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000197&pid=S1794-2489200900020001100024&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Sch&ouml;t, Roland. 1991. Das Leben des jungen Marx, Frankfurt: Suhrkamp.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000198&pid=S1794-2489200900020001100025&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Yolton, J. William. 1969. John Locke: Problems and Perspectives, Cambridge:    Cambridge   University Press.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000199&pid=S1794-2489200900020001100026&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>   Windscheid, B. Max. 1990. Lehrbuch des Pandektenrechts, Vol. 1 Frankfurt a.M.:    Th. Kipp.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000200&pid=S1794-2489200900020001100027&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> ]]></body><back>
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