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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Hacia una medida objetiva de la discriminación en la cárcel: indicadores e índice de punición]]></article-title>
<article-title xml:lang="en"><![CDATA[Towards an objective measure of discrimination in jail: punishment indicators and index]]></article-title>
<article-title xml:lang="pt"><![CDATA[Para uma medida objetiva da discriminação na cadeia: indicadores e índice do punição]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[Most women imprisoned in Spain are serving their sentences in mixed jails designed by men and for men. Apart from suff ering exceedingly hard regime, security and safety conditions above their own dangerousness and tending to penalize their potential reentry, the "patriarchy culture" reproduces in prison its discriminatory nature against them and at times may even punish them more severely than their male counterparts. Although this discrimination had already been revealed (Carlen & Worrall, 2004; Almeda, 2003), this article presents a method created ad hoc that can be measured in an empirical and objective manner. Both punishment indicators and the index described have been developed within the framework of the "SINDISCRIP" ("Sistema de Indicadores de Discriminación en Instituciones Penitenciarias) research project, the main purpose of which was the creation of an information system whereby it could be possible to verify the potential existence of discrimination between men and women and the diff erent Spanish correctional centers. Likewise, this system other indicators used to examine the areas of health, work, education or life conditions had been approached.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="pt"><p><![CDATA[A maioria das mulheres presas na Espanha cumpre suas penas nas cadeias misturadas, projetadas por e para homens. Além de sofrer um regime da vida e da segurança que supera sua perigosidade e penaliza suas possibilidades de reingresso, a cultura do patriarcado reproduz na cadeia seu caráter discriminatório com elas, e chega a puni-las com mais dureza do que a seus companheiros. Embora esta discriminação já foi enunciada previamente (Carlen & Worrall, 2004; Almeda, 2003), este artigo expõe um método criado ad-hoc, que permite medi-la de maneira empírica e objetiva. Os indicadores e o índice da punição descritos aqui foram desenvolvidos dentro da estrutura do projeto da investigação "SINDISCRIP" (Sistema dos indicadores da discriminação em instituições penitenciárias), cujo propósito principal era a criação de um sistema de informação que permitisse observar a possível existência da discriminação entre homens e mulheres e entre os diferentes centros penitenciários espanhóis. Neste sistema também abordam-se outros indicadores que examinaram as áreas de saúde, de trabalho, de educação ou de condições de vida.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[   <font face="verdana" size="2">      <p align="center"><font size="4"><b>Hacia una medida objetiva de la discriminaci&oacute;n en la c&aacute;rcel: indicadores e &iacute;ndice de punici&oacute;n</b></font></p>      <p align="center"><font size="3"><b>Towards an objective measure of discrimination in jail: punishment indicators and index</b></font></p>      <p align="center"><font size="3"><b>Para uma medida objetiva da discrimina&ccedil;&atilde;o na cadeia: indicadores e &iacute;ndice do puni&ccedil;&atilde;o</b></font></p>      <p align="center">Consuelo Del Val Cid<sup>*</sup></p>     <p align="center">Antonio Viedma Rojas<sup>**</sup></p>     <p align="center">Fernando Reviriego Pic&oacute;n<sup>***</sup></p>      <p><sup>*</sup>Doctora en Sociolog&iacute;a. Profesora titular, Universidad Nacional de Educaci&oacute;n a Distancia (UNED), Madrid, Espa&ntilde;a. <a href="mailto:cval@poli.uned.es">cval@poli.uned.es</a></p>      <p><sup>**</sup>Doctor en Sociolog&iacute;a. Profesor colaborador, Universidad Nacional de Educaci&oacute;n a Distancia (UNED), Madrid, Espa&ntilde;a. <a href="mailto:aviedma@poli.uned.es">aviedma@poli.uned.es</a></p>      <p><sup>***</sup>Doctor en Derecho. Profesor titular, Universidad Nacional de Educaci&oacute;n a Distancia (UNED), Madrid, Espa&ntilde;a. <a href="mailto:freviriego@der.uned.es">freviriego@der.uned.es</a></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Para citar este art&iacute;culo / To reference this article / Para citar este artigo:</b> Del Val C., C.; Viedma R., A. & Reviriego P., F. (2013). Hacia una medida objetiva de la discriminaci&oacute;n en la c&aacute;rcel: indicadores e &iacute;ndice de punici&oacute;n. Revista Criminalidad, Vol. 55 (2): 29-47.</p>      <p>Fecha de recepci&oacute;n: 2013/04/02 Fecha concepto evaluaci&oacute;n: 2013/05/31 Fecha de aprobaci&oacute;n: 2013/07/02</p><hr>      <p><font size="3"><b>Resumen</b></font></p>      <p>La mayor&iacute;a de las mujeres encarceladas en Espa&ntilde;a cumplen sus condenas en c&aacute;rceles mixtas, dise&ntilde;adas por y para hombres. Adem&aacute;s de sufrir un r&eacute;gimen de vida y seguridad que excede su peligrosidad y penaliza sus posibilidades de reingreso, la cultura del patriarcado reproduce en la c&aacute;rcel su car&aacute;cter discriminatorio con ellas, y llega incluso a castigarlas con m&aacute;s dureza que a sus compa&ntilde;eros. Aunque esta discriminaci&oacute;n ya hab&iacute;a sido enunciada anteriormente (Carlen & Worrall, 2004; Almeda, 2003), este art&iacute;culo expone un m&eacute;todo creado ad hoc, que permite medirla de manera emp&iacute;rica y objetiva. Los indicadores y el &iacute;ndice de punici&oacute;n aqu&iacute; descritos han sido desarrollados en el marco del proyecto de investigaci&oacute;n "SINDISCRIP" (Sistema de Indicadores de Discriminaci&oacute;n en Instituciones Penitenciarias)<sup><a name="nu1"></a><a href="#num1">1</a></sup>, cuyo prop&oacute;sito principal era la creaci&oacute;n de un sistema de informaci&oacute;n que permitiese observar la posible existencia de discriminaci&oacute;n entre hombres y mujeres en y entre los distintos centros penitenciarios espa&ntilde;oles. En este sistema tambi&eacute;n se abordaban otros indicadores, que examinaban las &aacute;reas de salud, trabajo, educaci&oacute;n o condiciones de vida.</p>      <p><b>Palabras clave: </b>C&aacute;rcel de mujeres, estad&iacute;sticas penitenciarias, disciplina carcelaria, derechos humanos, prohibici&oacute;n de la discriminaci&oacute;n (fuente: Tesauro de pol&iacute;tica criminal latinoamericana - ILANUD).</p><hr>      <p><font size="3"><b>Abstract</b></font></p>      <p>Most women imprisoned in Spain are serving their sentences in mixed jails designed by men and for men. Apart from suff ering exceedingly hard regime, security and safety conditions above their own dangerousness and tending to penalize their potential reentry, the "patriarchy culture" reproduces in prison its discriminatory nature against them and at times may even punish them more severely than their male counterparts. Although this discrimination had already been revealed (Carlen & Worrall, 2004; Almeda, 2003), this article presents a method created ad hoc that can be measured in an empirical and objective manner. Both punishment indicators and the index described have been developed within the framework of the "SINDISCRIP" ("Sistema de Indicadores de Discriminaci&oacute;n en Instituciones Penitenciarias) research project, the main purpose of which was the creation of an information system whereby it could be possible to verify the potential existence of discrimination between men and women and the diff erent Spanish correctional centers. Likewise, this system other indicators used to examine the areas of health, work, education or life conditions had been approached.</p>      <p><b>Key words: </b>Prison for adult women, penitentiary statistics, prison discipline, human rights, prohibition of discrimination (Source: Tesauro de Pol&iacute;tica Criminal Latinoamericana - ILANUD).</p><hr>      <p><font size="3"><b>Resumo</b></font></p>      <p>A maioria das mulheres presas na Espanha cumpre suas penas nas cadeias misturadas, projetadas por e para homens. Al&eacute;m de sofrer um regime da vida e da seguran&ccedil;a que supera sua perigosidade e penaliza suas possibilidades de reingresso, a cultura do patriarcado reproduz na cadeia seu car&aacute;ter discriminat&oacute;rio com elas, e chega a puni-las com mais dureza do que a seus companheiros. Embora esta discrimina&ccedil;&atilde;o j&aacute; foi enunciada previamente (Carlen & Worrall, 2004; Almeda, 2003), este artigo exp&otilde;e um m&eacute;todo criado ad-hoc, que permite medi-la de maneira emp&iacute;rica e objetiva. Os indicadores e o &iacute;ndice da puni&ccedil;&atilde;o descritos aqui foram desenvolvidos dentro da estrutura do projeto da investiga&ccedil;&atilde;o "SINDISCRIP" (Sistema dos indicadores da discrimina&ccedil;&atilde;o em institui&ccedil;&otilde;es penitenci&aacute;rias), cujo prop&oacute;sito principal era a cria&ccedil;&atilde;o de um sistema de informa&ccedil;&atilde;o que permitisse observar a poss&iacute;vel exist&ecirc;ncia da discrimina&ccedil;&atilde;o entre homens e mulheres e entre os diferentes centros penitenci&aacute;rios espanh&oacute;is. Neste sistema tamb&eacute;m abordam-se outros indicadores que examinaram as &aacute;reas de sa&uacute;de, de trabalho, de educa&ccedil;&atilde;o ou de condi&ccedil;&otilde;es de vida.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Palavras-chave: </b>Cadeia das mulheres, estad&iacute;sticas penitenci&aacute;rias, disciplina da pris&atilde;o, direitos humanas, proibi&ccedil;&atilde;o da discrimina&ccedil;&atilde;o (fonte: Tesauro de pol&iacute;tica criminal latinoamericana - ILANUD).</p><hr>      <p><font size="3"><b>Introducci&oacute;n</b></font></p>      <p>El conjunto de normas legales que regulan el encarcelamiento, las acciones de vigilancia y control llevadas a cabo por los funcionarios de prisiones para mantener la seguridad (cacheos, control de las comunicaciones, traslados, etc.) y el r&eacute;gimen de sanciones utilizado para controlar a los presos puede ser considerado como el sistema sobre el que se organiza el castigo en la c&aacute;rcel. La punici&oacute;n sigue siendo el eje sobre el que se construyen los l&iacute;mites de la interacci&oacute;n entre los presos y los funcionarios de prisiones. Lo que en Espa&ntilde;a se denomina "tratamiento" es a&uacute;n una acci&oacute;n marginal en los centros penitenciarios, si se la compara con el control que se establece a trav&eacute;s de este sistema punitivo.</p>      <p>Si entendemos el castigo seg&uacute;n la propuesta de Garland (2001; 2007), es decir, como una instituci&oacute;n social compleja, resultado de la interacci&oacute;n entre el sistema judicial, el sistema penal y las condiciones hist&oacute;ricas, econ&oacute;micas, sociales, pol&iacute;ticas y culturales de cada contexto social concreto, podremos comprender que la punici&oacute;n en la c&aacute;rcel est&aacute; condicionada por las experiencias, pr&aacute;cticas y expectativas sociales legitimadas en el exterior de esta por los actores (sistema pol&iacute;tico, medios de comunicaci&oacute;n, judicial y sistema penitenciario) con capacidad para producir, difundir, actuar, regular y legitimar un discurso social aceptado sobre el modo como se debe castigar.</p>      <p>Desde esta perspectiva del castigo, resulta evidente que los prejuicios, desigualdades y discriminaciones que se producen en el exterior de la c&aacute;rcel pueden ser reproducidos en su interior e, incluso, sin tal voluntad, favorecidos e incrementados por la propia acci&oacute;n penitenciaria -queda abierto el debate sobre reproducci&oacute;n y resistencia en la instituci&oacute;n penitenciaria-. El contexto cultural, pol&iacute;tico y social de la c&aacute;rcel modela lo que sucede en su interior. As&iacute;, cuestiones como el origen, la clase social, la etnia, la edad, la discapacidad o el sexo de las personas presas, entre otros muchos factores, pueden llegar a condicionar el grado en que se castiga a determinados grupos en prisi&oacute;n o el modo como se les obliga a vivir la condena.</p>      <p>Si aceptamos este punto de vista sociol&oacute;gico, parece l&oacute;gico pensar que abordar la comprensi&oacute;n de la desigualdad, la discriminaci&oacute;n o la defensa de los derechos de los presos, partiendo del an&aacute;lisis de la diversidad social y el modo como esta es respetada en el interior de las prisiones, puede ser una perspectiva que nos permita conocer con mayor profundidad las l&oacute;gicas y el comportamiento de la instituci&oacute;n penitenciaria, sobre todo cuando de lo que se trata es de observar el grado en que se respetan o fomentan los derechos de las minor&iacute;as m&aacute;s vulnerables y, por extensi&oacute;n, del conjunto de los presos.</p>      <p>Si tenemos en cuenta el relativo menor peso de las mujeres entre la poblaci&oacute;n penitenciaria (pr&oacute;ximo al 8%; en enero del 2013, de los 68.614 presos, 5.209 eran mujeres) y su infrarrepresentada distribuci&oacute;n en las c&aacute;rceles (suelen ser menos del 10% de la poblaci&oacute;n de cada centro mixto, solo hay tres c&aacute;rceles exclusivas de mujeres), podemos aceptar que las mujeres encarceladas en Espa&ntilde;a son un grupo minoritario en cada centro penitenciario. Esta situaci&oacute;n las coloca en una posici&oacute;n de mayor vulnerabilidad que la de sus compa&ntilde;eros, ya que est&aacute;n cumpliendo condenas en c&aacute;rceles dise&ntilde;adas por y para hombres, y est&aacute;n soportando medidas de seguridad que superan con mucho su potencial riesgo de confl icto. Aunque en este art&iacute;culo solo se exponen los resultados sobre la punici&oacute;n, no hay que olvidar que esta situaci&oacute;n afecta otros derechos, y que el debate sobre la distribuci&oacute;n y el alojamiento adecuado de mujeres en el sistema penitenciario espa&ntilde;ol sigue abierto.</p>      <p>El trabajo que se expone a continuaci&oacute;n se centra en la medida objetiva de las posibles diferencias con las que el castigo se aplica a los hombres y a las mujeres que conviven en las prisiones espa&ntilde;olas. Para llevar a cabo esta medici&oacute;n se han utilizado los indicadores y el &iacute;ndice de punici&oacute;n desarrollado en el proyecto SINDISCRIP por los mismos autores. Este trabajo pretende profundizar en la explicaci&oacute;n metodol&oacute;gica de estos instrumentos de medida, con el objetivo de dar a conocer las posibilidades de uso en otros contextos penitenciarios.</p>      <p><font size="3"><b>M&eacute;todo</b></font></p>      <p>El universo de este trabajo emp&iacute;rico abarca 42 de los 68 centros penitenciarios espa&ntilde;oles del &aacute;mbito de la Administraci&oacute;n General del Estado -a partir de ahora AGE-. El criterio elegido para la selecci&oacute;n de los centros fue el tama&ntilde;o de la poblaci&oacute;n de mujeres que resid&iacute;an en ellos en el momento de la recogida de informaci&oacute;n. Los centros elegidos fueron los que ten&iacute;an una poblaci&oacute;n de diez mujeres o m&aacute;s. Se debe aclarar que no se consideraron para el estudio los denominados "Centros de Inserci&oacute;n Social" ni los "M&oacute;dulos de madres", por entender que este tipo de centros merec&iacute;an una investigaci&oacute;n espec&iacute;fica, dadas sus especiales caracter&iacute;sticas (este tipo de centros est&aacute;n dedicados a los internos e internas que cumplen su pena en r&eacute;gimen abierto, que se encuentran en un estadio avanzado de reinserci&oacute;n, que est&aacute;n en situaci&oacute;n de libertad condicional o cumplen medidas alternativas a la pena, como la localizaci&oacute;n permanente seg&uacute;n lo establecido en el Reglamento Penitenciario <sup><a name="nu2"></a><a href="#num2">2</a></sup>). Por otro lado, debemos aclarar que s&iacute; fueron tenidos en cuenta para determinadas comparaciones los tres centros penitenciarios exclusivos de mujeres (Brieva, Alcal&aacute; I y Alcal&aacute; de Guadaira), con lo que el total de casos estudiados ascendi&oacute; a 45, un 66% del total.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La informaci&oacute;n utilizada para la elaboraci&oacute;n de los indicadores y el &iacute;ndice de punici&oacute;n que aqu&iacute; se exponen proceden de datos de registros oficiales, producidos habitualmente por los propios centros penitenciarios para controlar su actividad y la de las personas presas. En consecuencia, se puede considerar que la intrusi&oacute;n de los investigadores en la producci&oacute;n de informaci&oacute;n se limita tan solo al proceso de selecci&oacute;n, operacionalizaci&oacute;n y c&aacute;lculo de los instrumentos de medida. Este proceso fue llevado a cabo durante dos a&ntilde;os y se realiz&oacute; en colaboraci&oacute;n con t&eacute;cnicos del Instituto de la Mujer, que hab&iacute;an estado trabajando en la elaboraci&oacute;n de un Sistema Estatal de Indicadores de G&eacute;nero (SEIG) y con expertos del mundo penitenciario que formaban parte del equipo de investigaci&oacute;n. El sistema de informaci&oacute;n creado fue fruto de numerosas reuniones de trabajo, realizadas tras varios ensayos piloto de recogida en centros de caracter&iacute;sticas diversas de toda la geograf&iacute;a espa&ntilde;ola. Adem&aacute;s de la utilizaci&oacute;n de datos y fuentes secundarias, el trabajo de campo se complement&oacute; con la realizaci&oacute;n de 38 entrevistas con profundidad y tres grupos de discusi&oacute;n que apoyaron la elaboraci&oacute;n de indicadores.</p>      <p>Como ya se ha anticipado en la introducci&oacute;n, los instrumentos aqu&iacute; expuestos son solo una parte del conjunto del sistema de informaci&oacute;n creado (SINDISCRIP). Este incluye tambi&eacute;n la recogida de datos estad&iacute;sticos de &aacute;reas espec&iacute;ficas, como demograf&iacute;a, educaci&oacute;n, actividades culturales y deportivas, salud, trabajo, condiciones de vida (espacio, gastos, ingresos, arraigo...) y r&eacute;gimen (comunicaciones, aislamientos...) y cumplimiento de penas.</p>      <p>El proceso de recogida de informaci&oacute;n concluy&oacute; con la elaboraci&oacute;n de un cuestionario espec&iacute;fico, en el que se detallaban los datos que los centros deb&iacute;an ofrecer. El cuestionario fue aplicado en los 45 centros, pero hubo &aacute;reas y centros en los que las resistencias hicieron imposible una recolecci&oacute;n adecuada. La mayor parte de los datos de punici&oacute;n fueron recogidos en el registro central de la AGE.</p>      <p>Los datos fueron contrastados en diversas pruebas de validez y fiabilidad con la informaci&oacute;n centralizada que pose&iacute;a la AGE. Este procedimiento de contraste sac&oacute; a la luz algunos errores. Sin la implicaci&oacute;n de la propia Secretar&iacute;a General de Instituciones Penitenciarias, el trabajo hubiera resultado imposible de concluir. Esta instituci&oacute;n quer&iacute;a conocer los efectos de sus pol&iacute;ticas de igualdad, el modo en que cada centro las pon&iacute;a en marcha y el grado de cumplimiento de cada centro medido de un modo objetivo. Estos requerimientos eran los objetivos del proyecto SINDISCRIP.</p>      <p>Los indicadores de punici&oacute;n analizados son los siguientes:</p>  <ol type="a">      <li>Tasa media de personas que se hallan en condici&oacute;n de preventiva o penada. Es decir, la tasa de personas que han sido juzgadas o que est&aacute;n a la espera de juicio en prisi&oacute;n. Per&iacute;odo observado: anual.</li>      <p align="center"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a02i1.jpg"></p>      <li>Tasa media de personas condenadas y clasificadas en primero, segundo o tercer grado. Per&iacute;odo observado: anual.</li>      <p align="center"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a02i2.jpg"></p>      <li>Tasa media de personas que se hallan en r&eacute;gimen cerrado, ordinario o abierto. Per&iacute;odo observado: anual.</li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a02i3.jpg"></p>      <li>Tasa media de sanciones graves y n&uacute;mero de sanciones muy graves. Per&iacute;odo observado: anual.</li>      <p align="center"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a02i4.jpg"></p>      <li>Tasa media de cacheos con desnudo integral. Per&iacute;odo observado: anual.</li>      <p align="center"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a02i5.jpg"></p>      <li>N&uacute;mero de traslados sin cambio de grado. Per&iacute;odo observado: anual.</li>      <p align="center"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a02i6.jpg"></p>      <li>N&uacute;mero de personas en aislamiento provisional. Per&iacute;odo observado: anual.</li>      <p align="center"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a02i7.jpg"></p>      </ol>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Con el objeto de observar en conjunto las diferencias de algunos de estos indicadores, seg&uacute;n el sexo y el centro penitenciario, se cre&oacute; el "&Iacute;ndice de punici&oacute;n", cuyo fundamento te&oacute;rico y emp&iacute;rico se explica a continuaci&oacute;n.</p>      <p>Como bien apuntaba Gonz&aacute;lez (2003), "cada investigador, seg&uacute;n las caracter&iacute;sticas del proyecto de investigaci&oacute;n y el proceso de realizaci&oacute;n, imagina y ensaya &iacute;ndices apropiados a sus objetivos". En los debates sobre las categorizaciones (Hand, 2004; Walford, Tucker & Viswanathan, 2010), las posibilidades del an&aacute;lisis estad&iacute;stico que ofrec&iacute;an los datos producidos y que se llevaron a cabo entre el equipo de investigaci&oacute;n y la empresa que nos ha ayudado a realizar el trabajo de campo (Qu&iacute;ndice)<sup><a name="nu3"></a><a href="#num3">3</a></sup>, se analiz&oacute; una sugerencia que finalmente resolvi&oacute; el problema planteado. La soluci&oacute;n pasaba por utilizar como referente te&oacute;rico la conocida "Teor&iacute;a matem&aacute;tica de la comunicaci&oacute;n", de Shannon (1948), que, como es sabido, aborda el problema de la medici&oacute;n de la informaci&oacute;n como una funci&oacute;n de probabilidades.</p>      <p>Como explica Gleick (2012), la ecuaci&oacute;n es el logaritmo medio de la improbabilidad del mensaje, es decir, una medida de la sorpresa o lo inesperado de un mensaje.</p>      <p>H es la entrop&iacute;a del mensaje y p1 , la probabilidad del suceso de cada mensaje.</p>         <p>H= -&Sigma;pi log2p1</p>         <p>La entrop&iacute;a es un concepto que proviene de la termodin&aacute;mica y habla de la medida del desorden de un sistema. La entrop&iacute;a puede interpretarse como una medida de la distribuci&oacute;n aleatoria de un sistema, en este caso el de los centros penitenciarios. Desde el punto de vista de la teor&iacute;a de la informaci&oacute;n, "la entrop&iacute;a es una medida de la incertidumbre acerca de un mensaje: un mensaje entre todos los mensajes posibles que puede emitir una fuente de comunicaci&oacute;n" (Gleick, 2012, p. 284). La entrop&iacute;a aumenta a medida que el mensaje es m&aacute;s inesperado, es decir, menos probable. En esa situaci&oacute;n, el mensaje aporta m&aacute;s informaci&oacute;n que cuando lo que sucede es lo esperado, lo probable.</p>      <p>Analicemos un ejemplo cotidiano: conocer que un centro penitenciario impone alg&uacute;n tipo de sanci&oacute;n a las personas presas no aporta casi informaci&oacute;n sobre el centro, lo esperado es que en ese r&eacute;gimen de vida la instituci&oacute;n imponga sanciones para controlar la convivencia. Con esa informaci&oacute;n no podr&iacute;amos diferenciar a unos centros de otros. Ahora bien, conocer que un centro produce unos datos que se separan de lo esperado al considerar la probabilidad conjunta s&iacute; que nos permite detectar la "anormalidad" de ese centro. Lo anormal del dato, su resultado poco probable, hace que la entrop&iacute;a en ese caso fuera muy alta. El &iacute;ndice no es m&aacute;s que una medida de esa entrop&iacute;a. Una medida que se genera por pura probabilidad y que es capaz de incluir m&uacute;ltiples indicadores relacionados con el tema investigado.</p>      <p>En nuestro caso, consideramos los centros penitenciarios como la fuente que nos ofrece informaci&oacute;n del sistema a trav&eacute;s de los distintos indicadores relacionados con la punici&oacute;n. Para poder ser construida esa informaci&oacute;n debe estar ponderada por el tama&ntilde;o de la poblaci&oacute;n de cada centro, considerando el sexo, la probabilidad conjunta del indicador, el peso relativo que aporta al &iacute;ndice, el tiempo en el que se producen los sucesos que se van a observar, el sentido en el que cada indicador aporta punici&oacute;n o la reduce y, adem&aacute;s, deben estar medidos en unidades comparables. Es decir, los datos deben poseer unas condiciones de partida en las que el peso de cada probabilidad de un suceso pueda ser calculado de manera equivalente.</p>      <p>Para construir el "&Iacute;ndice de punici&oacute;n" se tomaron en consideraci&oacute;n las variables que estaban relacionadas y serv&iacute;an, por tanto, para cuantificar las distintas sanciones o medidas punitivas. En concreto:</p>  <ol type="i">     <li>&iquest;Cu&aacute;ntas personas hab&iacute;a el d&iacute;a 21 de enero del a&ntilde;o de referencia en el centro con destino cerrado?</li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>&iquest;Cu&aacute;ntas personas hab&iacute;a el d&iacute;a 21 de enero del a&ntilde;o de referencia en el centro con destino ordinario?</li>      <li>&iquest;Cu&aacute;ntas personas estuvieron en aislamiento provisional desde el d&iacute;a 1 al 30 de abril del a&ntilde;o de referencia?</li>      <li>&iquest;Cu&aacute;ntas sanciones MUY GRAVES se impusieron durante el a&ntilde;o de referencia?</li>      <li>&iquest;Cu&aacute;ntas sanciones GRAVES se impusieron durante el a&ntilde;o de referencia?</li>      <li>&iquest;Cu&aacute;ntos cacheos con desnudo integral se realizaron desde el d&iacute;a 1 al 30 de abril de referencia?</li>      <li>&iquest;Cu&aacute;ntas personas fueron trasladadas sin que cambiaran de grado durante el a&ntilde;o referencia?</li>      </ol>      <p>El procedimiento de c&aacute;lculo se estableci&oacute; como sigue:</p>  <ol type="1">     <li>Para cada variable, se calcul&oacute; la suma de actos punitivos del conjunto de centros.</li>      <li>A continuaci&oacute;n se calcularon 7*3* (n+1) tasas, siendo n el n&uacute;mero de centros:</li>  <ol type="a">     ]]></body>
<body><![CDATA[<li>n+1&rarr; Una para el conjunto de los centros y otra para cada centro individualmente.</li>      <li>Una para hombres, otra para mujeres y otra para la suma de ambos, en cada centro y en el conjunto de centros (3*(n+1)).</li>      <li>Las variables con valores acumulados anuales se dividieron por 12, porque el total de reclusos de cada centro y el global es un promedio.</li>      <li>A continuaci&oacute;n se calcul&oacute; una tasa, que es un porcentaje: valor variable (n&uacute;mero de reclusos afectados por una medida punitiva) en un &aacute;mbito determinado (conjunto o centro; para un g&eacute;nero o para el total)/total correspondiente* 100.</li>     </ol>      <li>Para cada tasa "t" se calcul&oacute; el logaritmo de su inverso en base 2, en la interpretaci&oacute;n de Wiener del teorema de Shannon, con la que se obtiene el valor 1 para una distribuci&oacute;n paritaria (p=1-p=50). En SPSS, se puede usar la f&oacute;rmula: 3,32192809488736*LG10 (1/(TASA_t/100)).</li>  <ol type="a">     <li>A continuaci&oacute;n se ponderaron los resultados del c&aacute;lculo del logaritmo.</li>      <li>&Uacute;nicamente con los datos globales se calcul&oacute; la (TASA_t/100)*LG_TASA_t, para de esta forma ponderar los resultados del c&aacute;lculo logar&iacute;tmico por el n&uacute;mero de reclusos afectados por cada medida. As&iacute; se obtiene un valor de la punici&oacute;n de cada medida punitiva.</li>      <li>Luego se calcul&oacute; un ratio fruto de dividir la cifra anterior por la tasa global correspondiente multiplicada por la respectiva tasa del centro, de manera que se obtiene un valor de impacto en el centro.</li>     </ol>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>Posteriormente se calcula un score punitivo total sumando los 7 ratios o valores de impacto (para cada sexo y con ambos).</li>      <li>El &iacute;ndice punitivo es el resultado de dividir el score punitivo del centro por el score punitivo global.</li>     </ol>      <p>La forma de interpretar el &iacute;ndice creado es la siguiente: en una primera instancia solo se pueden comparar los grupos de mujeres y varones por separado, es decir, la situaci&oacute;n de cada grupo se obtiene de manera independiente. Esto significa que se puede establecer la punici&oacute;n respecto a las mujeres entre centros, considerando alg&uacute;n estad&iacute;stico de asociaci&oacute;n y dispersi&oacute;n del conjunto de centros; lo que no se puede hacer en este nivel es comparar con los datos de los varones. Es decir, los &iacute;ndices de unos y otras son independientes. La segunda cuesti&oacute;n que se debe tener en cuenta es que el resultado del &iacute;ndice depende de la improbabilidad estad&iacute;stica conjunta. Es decir, si un indicador, e. g., el de sanciones muy graves, es muy similar en todos los centros, su peso relativo solo aumentar&iacute;a all&iacute; donde el dato fuese muy improbable (extra&ntilde;o, como el caso de los atletas con r&eacute;cords del mundo). En consecuencia, hay que considerar que todas las medidas est&aacute;n relacionadas entre s&iacute; para atender la probabilidad global que produce la participaci&oacute;n en el sistema de cada indicador. Es decir, el &iacute;ndice adquiere sentido por s&iacute; mismo y explica la situaci&oacute;n comparativamente en cualquier centro.</p>      <p><font size="3"><b>Resultados</b></font></p>      <p>La exposici&oacute;n de los resultados se articula en dos momentos: el primero se refiere a los datos de los indicadores observados individualmente, y en el segundo se ofrecen los resultados del &iacute;ndice de punici&oacute;n.</p>      <p><font size="3"><b>Primer indicador: preventivos o penados</b></font></p>      <p><font size="3"><b><i>Dos formas muy diferentes de vivir la "pena"</i></b></font></p>      <p>Seg&uacute;n la situaci&oacute;n en la que se encuentre el proceso judicial, las personas privadas de libertad pueden estar clasificadas como preventivas o penadas. Si se ha dictado sentencia, tendr&aacute; la condici&oacute;n de penada. Si todav&iacute;a no se ha hecho, sea cual fuere el momento en que se halle el proceso, estar&aacute; en la condici&oacute;n de preventiva; es decir, todav&iacute;a puede ser absuelto y recobrar la libertad. Las estad&iacute;sticas de la SGIIPP diferencian entre los penados a aquellos que est&aacute;n a la espera de clasificaci&oacute;n y los que al tener varios juicios pendientes, pueden estar ya condenados por unos delitos y en espera de sentencia por otros.</p>      <p>La diferencia entre las dos situaciones es muy importante, porque afecta directamente la vida cotidiana del preso. Es el momento en el que el arraigo social en la ciudad donde se ha ingresado en prisi&oacute;n, la comunicaci&oacute;n con el exterior, el apoyo familiar, la situaci&oacute;n econ&oacute;mica, el origen de clase y las posibilidades para adaptarse a la c&aacute;rcel son fundamentales. El acceso real al trabajo y, en algunos casos, a la educaci&oacute;n o a los destinos que permiten iniciar una carrera laboral, no suele comenzar hasta conocer la sentencia y el lugar definitivo donde se va a cumplir. La situaci&oacute;n de preventivo es, por tanto, un tiempo de espera, de indecisi&oacute;n, de traslados para juicio, de incertidumbre y, sobre todo, de integraci&oacute;n y aceptaci&oacute;n de la vida en prisi&oacute;n.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Si consideramos la poblaci&oacute;n penitenciaria en general, los datos de mujeres y varones que se encuentran en situaci&oacute;n de preventivos suele rondar el 20% (la cifra en enero del 2013 fue de un 15,72%). Hay una diferencia estable del 3% entre ambos grupos, que es m&aacute;s negativa para las mujeres; as&iacute;, mientras que los varones suelen estar pr&oacute;ximos al 18%, las mujeres lo est&aacute;n al 21%. Si se tiene en cuenta el reparto por centros mixtos, las diferencias se acent&uacute;an: los varones siguen en torno al 18% y las mujeres aumentan hasta casi el 25%.</p>      <p>No obstante, hay que considerar que existen otras l&oacute;gicas y variables que debemos introducir en la distribuci&oacute;n de preventivos y penados, que tienen relaci&oacute;n con la organizaci&oacute;n de los traslados para los juicios, la insularidad, el arraigo de extranjeros y la cercan&iacute;a de fronteras o grandes aeropuertos donde se producen un mayor n&uacute;mero de detenciones.</p>      <p>No obstante, hay que considerar que existen otras l&oacute;gicas y variables que debemos introducir en la distribuci&oacute;n de preventivos y penados, que tienen relaci&oacute;n con la organizaci&oacute;n de los traslados para los juicios, la insularidad, el arraigo de extranjeros y la cercan&iacute;a de fronteras o grandes aeropuertos donde se producen un mayor n&uacute;mero de detenciones.</p>      <p>Determinados centros con un elevado n&uacute;mero de mujeres preventivas as&iacute; lo muestra: Bonxe (37,5%), Ceuta (38,5%), Madrid I Mujeres (42,6%), Las Palmas (48,4%), Sevilla (48,8%) -este caso es especial, porque el n&uacute;mero de mujeres es muy reducido y porque las penadas suelen ser trasladadas al centro de mujeres de Alcal&aacute; de Guadaira, situado en la misma provincia y que tiene el 100% de penadas-, Madrid V (49,2%), Tenerife (49,7%), Murcia (51,5%), Ibiza (52,6%) y M&aacute;laga (53,3%). Un caso excepcional es Madrid VI, en el que el 84,3% de mujeres son preventivas. Esta situaci&oacute;n se produce porque tiene un m&oacute;dulo de parejas con hijos.</p>      <p>Podr&iacute;amos denominar "centros de cumplimiento" a aquellos en los que el n&uacute;mero de preventivas no supera el 11%. En concreto: Alcal&aacute; de Guadaira (0%), C&oacute;rdoba (3,6%), Pereiro de Aguiar (Orense) (4%), Nanclares de Oca (6%), Alicante II (6,7%), Huelva (6,8%), Brieva en &Aacute;vila (7,1%), Le&oacute;n (7,6%), Villabona (7,9%), Logro&ntilde;o (8,3%), San Sebasti&aacute;n (9,1%), Alicante Psiqui&aacute;trico (10%) y Topas (Salamanca) (10,3%).</p>      <p><font size="3"><b>Segundo indicador: primero, segundo y tercer grado</b></font></p>      <p><font size="3"><b>Los pasos hacia la libertad</b></font></p>      <p>La importancia de la clasificaci&oacute;n se manifiesta en las consecuencias que conlleva en el r&eacute;gimen de vida de los presos. Cuestiones como los permisos de salida para trabajar, la movilidad en el interior de los centros, la ubicaci&oacute;n en los m&oacute;dulos, las condiciones de vida o el r&eacute;gimen depende de esta clasifi caci&oacute;n penal. Las diferencias entre cumplir condena en primero, segundo o tercer grado son muy importantes. En el primero las medidas de seguridad son m&aacute;s estrictas, el segundo corresponde al r&eacute;gimen ordinario y el tercero al r&eacute;gimen abierto; en las diferencias entre unos y otros entraremos con posterioridad.</p>      <p>El informe de la Secretar&iacute;a General de IIPP del a&ntilde;o 2010 muestra la poblaci&oacute;n penitenciaria general seg&uacute;n el grado y el sexo, y destaca dos cuestiones: a) proporcionalmente, hay casi las mismas mujeres (1,7%) que varones (1,9%) en primer grado, lo que resulta llamativo si se tienen en cuenta las caracter&iacute;sticas delictivas y la conflictividad de unos y otras, y b) la diferencia positiva en casi un 12% de las mujeres (29,0%) respecto a los varones (17,2%) en situaci&oacute;n de tercer grado (<a href="#c1">cuadro 1</a>).</p>      <p align="center"><a name="c1"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a03c1.jpg"></a></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Si tenemos en cuenta &uacute;nicamente los centros mixtos, los datos var&iacute;an de forma sensible. El porcentaje de varones en primer grado se reduce al 0,69%, lo que significa que solo una tercera parte de los varones clasificados en primer grado cumplen condena en un centro mixto. Algo similar ocurre con las mujeres; en su caso, el porcentaje es del 0,9%. La mayor parte de las mujeres que se clasifican en primer grado se encuentran en &Aacute;vila (centro exclusivo de mujeres), donde la proporci&oacute;n de mujeres as&iacute; clasificadas representaba el 4,97% en enero del 2010.</p>      <p>Tambi&eacute;n existen diferencias cuando se observan los porcentajes de terceros grados. En los centros mixtos el porcentaje de mujeres que se hallan en tercer grado es significativamente menor, un 14%. Este dato indica que las mujeres que est&aacute;n en tercer grado se encuentran en los Centros de Inserci&oacute;n Social (CIS), unos establecimientos con un r&eacute;gimen de vida y seguridad m&aacute;s suave, que permite vivir en semilibertad. Si nos fijamos en los tres centros exclusivamente de mujeres, Madrid I Mujeres tiene una m&iacute;nima proporci&oacute;n de mujeres en tercer grado, tan solo el 1,78%. La elevada proporci&oacute;n de preventivas y la cercan&iacute;a f&iacute;sica del CIS de Alcal&aacute; de Henares parecen influir en el origen de esta situaci&oacute;n. En el caso de Alcal&aacute; de Guadaira (provincia de Sevilla), el porcentaje es del 12,49%, tambi&eacute;n inferior a la media. El caso m&aacute;s llamativo es &Aacute;vila, donde la proporci&oacute;n es del 9,44%.</p>      <p>A la vista de los datos observados, los centros con las mejores condiciones respecto a la clasifi caci&oacute;n son los mixtos y los de inserci&oacute;n social. Los centros de mujeres o de varones exclusivos parecen perfilarse como un lugar al que se destinan las personas sobre las que se quiere ejercer un mayor control. Estos datos apuntan a que los centros mixtos son menos punitivos, porque se filtran, al menos, los casos m&aacute;s complejos de controlar. La convivencia mixta puede ser considerada como un premio, un s&iacute;ntoma de "normalidad" y "normalizaci&oacute;n". La cuesti&oacute;n es que da la impresi&oacute;n de ser una normalidad filtrada.</p>      <p><font size="3"><b>Tercer indicador individual: el r&eacute;gimen de vida: abierto, ordinario y cerrado</b></font></p>      <p><font size="3"><b>La concreci&oacute;n del poder</b></font></p>      <p>El r&eacute;gimen de vida derivado de la clasificaci&oacute;n define el modo en que viven las personas presas. Cuestiones como el grado de interacci&oacute;n o aislamiento que pueden tener con el resto de los presos, el r&eacute;gimen de comunicaciones, el horario, el acceso a las actividades programadas o la salida de prisi&oacute;n para trabajar o estudiar est&aacute;n directamente relacionados con el r&eacute;gimen asignado.</p>      <p>Seg&uacute;n el grado de control y, por tanto, la dureza del encierro, los destinos se catalogan en abiertos, ordinarios y cerrados. El r&eacute;gimen abierto es un destino de semilibertad, que suele corresponder con las &uacute;ltimas fases de cumplimiento de la pena. En &eacute;l se puede salir durante unas horas del centro penitenciario para trabajar, estudiar o atender a la familia. Aunque en los centros penitenciarios hay personas destinadas en r&eacute;gimen abierto, este destino suele ser mayoritario en los Centros de Inserci&oacute;n Social.</p>      <p>El r&eacute;gimen ordinario es el m&aacute;s habitual entre los presos destinados en los centros penitenciarios. En este tipo de r&eacute;gimen los presos conviven en los m&oacute;dulos y pueden participar en todas las actividades programadas por el centro. Ahora bien, las salidas de este solo se suelen producir en los permisos reglamentarios, actividades programadas o situaciones excepcionales. La mayor parte de la condena se cumple en este r&eacute;gimen.</p>      <p>El r&eacute;gimen cerrado es el m&aacute;s duro y restrictivo. Aunque no est&aacute; considerado legalmente como un castigo, nos encontramos aqu&iacute; ante lo que se ha denominado "la c&aacute;rcel dentro de la c&aacute;rcel" (R&iacute;os & Cabrera, 2002).</p>      <p>Al considerar el "r&eacute;gimen" como indicador del grado de punici&oacute;n, hay que tomar en cuenta varias cuestiones: la primera, que la decisi&oacute;n de los traslados de personas en primer grado y r&eacute;gimen cerrado atienden, a veces, a l&oacute;gicas de organizaci&oacute;n de la seguridad del sistema penitenciario. En consecuencia, el hecho de que haya un n&uacute;mero mayor de personas en este r&eacute;gimen en un centro no se deriva obligatoriamente del r&eacute;gimen disciplinario del centro, sino que en alg&uacute;n caso sucede por las caracter&iacute;sticas f&iacute;sicas o arquitect&oacute;nicas de este -e. g., hay instalaciones de r&eacute;gimen cerrado m&aacute;s seguras-. Durante la investigaci&oacute;n pudimos descifrar la existencia de centros donde se destinan con mayor frecuencia a penados clasificados en primer grado -caso de &Aacute;vila-, pero al revisar los datos no parec&iacute;a haber correspondencia, lo que significa que el hecho de que los centros en los que el r&eacute;gimen cerrado y el primer grado est&aacute;n m&aacute;s presentes en los resultados s&iacute; puede ser consecuencia del modo como el centro penitenciario sanciona. La segunda cuesti&oacute;n que hay que tener en cuenta es que al ser muy peque&ntilde;o el n&uacute;mero de personas que se encuentran en esta situaci&oacute;n, las variaciones pueden afectar profundamente a los estad&iacute;sticos de c&aacute;lculo utilizados. La tercera cuesti&oacute;n se refiere al r&eacute;gimen abierto. La asociaci&oacute;n entre este r&eacute;gimen y el trabajo externo o el arraigo tambi&eacute;n provoca que la capacidad de decisi&oacute;n de los centros pueda estar condicionada por su ubicaci&oacute;n f&iacute;sica, por la presencia cercana de un CIS y, sobre todo, por las posibilidades que ofrezca el mercado laboral cercano o los programas de inserci&oacute;n.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los datos obtenidos muestran que en las posiciones extremas se da una correlaci&oacute;n muy alta entre el grado en que est&aacute;n clasificados los presos y el tipo de destino. La correlaci&oacute;n entre el n&uacute;mero de personas que se encuentran en primer grado en un centro y los que est&aacute;n en r&eacute;gimen cerrado es de 0,9 (Rho de Spearman). Este dato se incrementa a&uacute;n m&aacute;s entre los terceros grados y el destino abierto (0,94 Rho de Spearman). Sin embargo, la correlaci&oacute;n disminuye al 0,4 en el caso del segundo grado y el r&eacute;gimen ordinario. Sin duda, este dato est&aacute; afectado por el modo como se considera el r&eacute;gimen de los preventivos que, sin estar clasificados en segundo grado, s&iacute; est&aacute;n considerados en r&eacute;gimen ordinario.</p>      <p>Del mismo modo que en los centros mixtos existe una mayor proporci&oacute;n de mujeres en primer grado, en el caso del r&eacute;gimen cerrado la situaci&oacute;n se repite. El porcentaje de mujeres en r&eacute;gimen cerrado por cada 100 reclusas en los centros mixtos es de 1,16%, mientras que el de los varones es de 0,90%. Esta situaci&oacute;n tiene su origen en la concentraci&oacute;n de mujeres en menos centros, es decir, los varones se distribuyen en m&aacute;s de 70 centros y por eso su n&uacute;mero desciende.</p>      <p>Observados en conjunto, lo que apunta la <a href="#g1">gr&aacute;fica 1</a> es que la gran mayor&iacute;a de los centros acumulan de un modo muy similar personas en r&eacute;gimen cerrado, tanto varones como mujeres, y que luego existe un reducido n&uacute;mero de centros que destacan o bien por tener de ambos grupos o de uno de ellos. Cuando se analicen las sanciones se desvelar&aacute; un poco m&aacute;s la situaci&oacute;n.</p>      <p align="center"><a name="g1"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a03g1.jpg"></a></p>      <p>En el caso de los centros exclusivamente de mujeres, Alcal&aacute; de Guadaira y Madrid I no tienen ninguna mujer en r&eacute;gimen cerrado y, sin embargo, la proporci&oacute;n en &Aacute;vila es del 5,96%, la m&aacute;s alta de cualquiera de los centros, incluidos los mixtos. Se confi rma de nuevo la relaci&oacute;n entre primeros grados y r&eacute;gimen cerrado, ya que en los centros de Alcal&aacute; de Guadaira y Madrid I no hab&iacute;a tampoco primeros grados. Si realizamos el mismo an&aacute;lisis, pero considerando el r&eacute;gimen abierto (<a href="#t2">gr&aacute;fica 2</a>), se observa que la concentraci&oacute;n en torno a la media es mayor a&uacute;n que la que se produc&iacute;a en el r&eacute;gimen cerrado. Sin duda, la explicaci&oacute;n est&aacute; en los traslados a los CIS de los que est&aacute;n en r&eacute;gimen abierto.</p>      <p align="center"><a name="g2"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a03g2.jpg"></a></p>      <p>Aun cuando se puede comprobar que algunos de los centros que menor cantidad de personas ten&iacute;an en r&eacute;gimen cerrado, ahora son los que tienen una mayor proporci&oacute;n de personas en destino abierto (San Sebasti&aacute;n, Lugo-Bonxe, Pamplona, Las Palmas, Cuenca y Albacete), es muy posible que esta situaci&oacute;n se explique mejor por el alejamiento de los CIS de estos centros que por otras causas (cuadro 3).</p>      <p>Si consideramos los centros exclusivamente de mujeres, la situaci&oacute;n respecto al r&eacute;gimen abierto es diferente entre ellos; tanto &Aacute;vila como Alcal&aacute; de Guadaira tienen una menor proporci&oacute;n de terceros grados si los comparamos con el r&eacute;gimen abierto. En Alcal&aacute; la distancia no es muy grande, 12,44% de terceros grados y 15,41% en r&eacute;gimen abierto. Sin embargo, en &Aacute;vila, aunque solo hay un 9,44% de mujeres en tercer grado, se da un 18% en r&eacute;gimen abierto. La explicaci&oacute;n puede ser la misma, en &Aacute;vila no hay CIS.</p>      <p>Ya se coment&oacute; al inicio de este ep&iacute;grafe la menor relaci&oacute;n entre el r&eacute;gimen ordinario y el segundo grado. La explicaci&oacute;n de esa falta de relaci&oacute;n es la asignaci&oacute;n de preventivos al r&eacute;gimen ordinario, cuando formalmente est&aacute;n sin clasificar. Ahora bien, si observamos por separado la distribuci&oacute;n de mujeres y varones en segundo grado y en r&eacute;gimen ordinario en los centros mixtos, la correlaci&oacute;n aumenta de modo considerable, hasta sobrepasar 0,63 unidades (Rho de Spearman). Esto significa que los centros mixtos tambi&eacute;n distribuyen de un modo relativamente equitativo el r&eacute;gimen y la clasificaci&oacute;n m&aacute;s general. As&iacute; observada, la media de mujeres en r&eacute;gimen ordinario por cada 100 mujeres es de 75,44% en los centros mixtos, mientras que la de los varones es de 85,04%. En el caso del segundo grado, la distancia entre unos y otras es mucho menor: la media de los varones en segundo grado es de 51,33%, y la de las mujeres es de 48,10%. Esta reducci&oacute;n en las distancias indica que la situaci&oacute;n en estos centros es muy similar para unos y otras. La clave de las mujeres que est&aacute;n en r&eacute;gimen abierto y segundo grado hay que buscarla en los CIS.</p>      <p>All&iacute; donde el r&eacute;gimen abierto es mucho mayor (cuadrante superior derecho de la <a href="#g3">gr&aacute;fica 3</a>), el r&eacute;gimen ordinario est&aacute; por debajo de la media. Es decir, observados en conjunto, parece que hay centros m&aacute;s especializados en la facilitaci&oacute;n del reingreso.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><a name="g3"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a03g3.jpg"></a></p>      <p><font size="3"><b>Cuarto indicador: disciplina, castigo y control social</b></font></p>      <p>Este ep&iacute;grafe analiza los indicadores relacionados de forma m&aacute;s directa con la punici&oacute;n. El aislamiento, los cacheos, las sanciones y los "traslados sin cambio de grado" han sido incluidos en el &iacute;ndice. La inclusi&oacute;n m&aacute;s controvertida en este marco punitivo fue la del "traslado sin cambio de grado", porque tanto jur&iacute;dicamente como en las ocasiones en las que el traslado est&aacute; relacionado con el proceso judicial, con el arraigo de los presos o con la organizaci&oacute;n de la poblaci&oacute;n en los centros, esta acci&oacute;n no tiene un car&aacute;cter disciplinario o punitivo. Sin embargo, dos cuestiones de fondo hicieron que finalmente se integrara: la primera, que en las entrevistas abiertas del proyecto las mujeres manifestaron que el traslado era utilizado como un elemento de control constante del funcionariado. La segunda, que como lo habitual es que las mujeres ocupen un solo m&oacute;dulo en los centros mixtos, la resoluci&oacute;n de confl ictos no puede utilizar el cambio de m&oacute;dulo como estrategia de apaciguamiento. As&iacute;, cuando la situaci&oacute;n conflictiva se eleva, el aislamiento en celda, el traslado sin cambio de grado o la sanci&oacute;n se revelan como un modo de controlar la situaci&oacute;n.</p>      <p><font size="3"><b><i>Aislamiento</i></b></font></p>      <p>Las limitaciones inherentes a la privaci&oacute;n de libertad se ven multiplicadas hasta el extremo en el supuesto de la sanci&oacute;n de aislamiento. El indudable recorte de la dimensi&oacute;n societaria del individuo exige prevenciones temporales, contempladas normativamente en orden a establecer un m&aacute;ximo en dicha sanci&oacute;n. Estamos frente a un instrumento que deber&iacute;a ser excepcional; observemos los resultados.</p>      <p>El dato que se maneja para el an&aacute;lisis se refiere al n&uacute;mero de personas que durante el mes de abril del 2010 fueron aisladas. En el caso de los varones, el dato es exclusivamente de los centros mixtos. Las mujeres suman a estos centros los que son exclusivos de mujeres. La frecuencia absoluta de aislamientos para varones fue de 984 y 60 para las mujeres. En primera instancia, el n&uacute;mero de personas no indica que la medida sea tan excepcional. La tasa de aislamiento media por cada 100 mujeres fue de 1,17 y la de los varones de 2,17, casi el doble.</p>      <p>Tambi&eacute;n es importante se&ntilde;alar que m&aacute;s de la mitad de los centros (24 de 44, pues Valencia no ofreci&oacute; datos) en los que viven mujeres no aislaron a ninguna de ellas en ese per&iacute;odo. En el caso de los varones, &uacute;nicamente Albacete no aplic&oacute; esta medida. El Hospital Psiqui&aacute;trico de Alicante, al ser un caso excepcional, tampoco utiliz&oacute; este instrumento. Si solo tuvi&eacute;ramos en cuenta los centros donde se produjeron aislamientos de mujeres, la tasa ser&iacute;a de 2,50, es decir, superar&iacute;a a la de los varones.</p>      <p>En el caso de los centros de mujeres, donde m&aacute;s se utiliz&oacute; esta medida fue en Alcal&aacute; de Guadaira (nueve personas) y en &Aacute;vila (seis). El resto de los centros var&iacute;an, en cuanto a mujeres aisladas, entre una y cuatro.</p>      <p>En el caso de los varones, Almer&iacute;a, con 250 personas aisladas durante el per&iacute;odo estudiado, fue el centro donde m&aacute;s se utiliz&oacute; la medida. Este dato casi duplica al segundo centro, Madrid VI (139), sin duda dos casos extremos.</p>      <p>Algunas explicaciones a estas desviaciones pueden encontrarse en que durante este per&iacute;odo pudiera haber ocurrido alg&uacute;n conflicto importante que lo justificara, pero por desgracia carecemos de esa informaci&oacute;n m&aacute;s espec&iacute;fica y detallada. Dada la excepcionalidad de la medida y su difusi&oacute;n, sobre todo en el caso de los varones, convendr&iacute;a que este dato se tomara anualmente.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Si matizamos los resultados al observar las frecuencias teniendo en cuenta la poblaci&oacute;n, los datos var&iacute;an sensiblemente. En el caso de Logro&ntilde;o (9,86), la tasa de mujeres aisladas por cada 100 casos multiplica en casi diez veces la media. El segundo centro en aplicar esta medida es Alcal&aacute; de Guadaira (5,33), prisi&oacute;n exclusiva de mujeres. Un grupo de siete centros supera alrededor de tres veces la media.</p>      <p>La tasa de los varones muestra circunstancias similares: un centro, Almer&iacute;a (24,74), supera la media en algo m&aacute;s de diez veces, Madrid VI lo hace en ocho veces y un grupo de siete centros m&aacute;s lo hace en tres veces. Es preciso recordar, por &uacute;ltimo, que esta sanci&oacute;n no es aplicable ni a mujeres en estado de gestaci&oacute;n ni a las que hubieran dado a luz recientemente (hasta seis meses despu&eacute;s), ni a madres lactantes ni a aquellas que tuvieren los hijos consigo, como lo establece el art. 254 del Reglamento Penitenciario.</p>      <p><font size="3"><b><i>Cacheos con desnudo integral</i></b></font></p>      <p>El cacheo con desnudo integral es una de las formas de control m&aacute;s duras que existen en prisi&oacute;n. Su regulaci&oacute;n es muy detallada y solo se permite en situaciones extremas. Su uso debe ser aceptado por el juez de vigilancia. Es decir, deber&iacute;a ser una situaci&oacute;n excepcional.</p>      <p>Como en el caso del aislamiento, los datos sobre los cacheos tambi&eacute;n se refieren al mes de abril del a&ntilde;o en que se inicia la investigaci&oacute;n. Durante este per&iacute;odo, la media de cacheos realizados por cada 100 mujeres fue de 2,83, y los varones, de 3,97; a las mujeres se las cache&oacute; un 29% menos que a sus compa&ntilde;eros. En 25 centros penitenciarios no se efectu&oacute; ning&uacute;n cacheo a mujeres durante este per&iacute;odo, y en doce centros no se realizaron cacheos a los varones. La singularidad se pone de manifiesto cuando se observan las diez primeras posiciones de los centros que m&aacute;s cacheos realizan a uno y otro grupo: siete de las once primeras posiciones aparecen en ambos grupos. La correlaci&oacute;n entre ambas series es alta (0,60 Rho de Spearman). Estos dos datos indican que puede existir una cierta cultura del cacheo como forma de establecer la seguridad y el control del centro.</p>      <p><font size="3"><b>Traslados sin cambio de grado</b></font></p>      <p>El intento por no desarraigar a las personas presas es un elemento determinante a la hora de la asignaci&oacute;n del centro de cumplimiento (tanto en r&eacute;gimen cerrado, como ordinario o abierto). En cuanto ello sea posible, el centro debe estar cercano al domicilio de la persona. Resulta evidente que esa cercan&iacute;a o lejan&iacute;a tiene consecuencias inmediatas en cuestiones como las comunicaciones, posibilidades de acceso al mercado laboral o apoyo de las redes sociales del preso.</p>      <p>Los datos producidos de este indicador se refi eren al conjunto del a&ntilde;o 2010, y el &aacute;mbito son los centros mixtos y los exclusivamente de mujeres. Durante ese per&iacute;odo, entre los varones se produjeron 2.823 traslados, mientras que sus compa&ntilde;eras fueron trasladadas en 496 ocasiones (14,96% del total). La tasa media en las mujeres por cada 100 casos fue de 9,4, y en los varones, de 6,30; es decir, casi diez de cada 100 mujeres, mientras que en los varones fue algo m&aacute;s de seis de cada 100, alrededor de un 30% menos.</p>      <p>Si tenemos en cuenta que los datos son anuales y que hay circunstancias en las que este instrumento no tiene un car&aacute;cter punitivo, se podr&iacute;a concluir que el traslado sin cambio de grado es un hecho marginal.</p>      <p>Si se consideran los relatos de las entrevistas (se realizaron 38), se observa una suerte de incoherencia, ya que es mayor el miedo al traslado que el peso real de uso. En consecuencia, el traslado sin cambio de grado puede ser m&aacute;s una amenaza que una pr&aacute;ctica habitual.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="3"><b>Sanciones y r&eacute;gimen disciplinario</b></font></p>      <p>Las faltas pueden ser de tres tipos: muy graves, graves o leves (el Reglamento Penitenciario aprobado en 1996 mantuvo el cat&aacute;logo contenido en los arts. 108 a 110 del Reglamento de 1981, si bien arbitrando un detallado procedimiento sancionador con las debidas garant&iacute;as). Como falta muy grave se cataloga un amplio abanico de cuestiones, que van desde la participaci&oacute;n en motines a atentar contra la decencia p&uacute;blica. Por estas faltas les imponen la sanci&oacute;n de aislamiento en celda de seis a catorce d&iacute;as (en estos casos si se ha manifestado agresividad o violencia, o de forma reiterada y grave altere la convivencia del centro) o la sanci&oacute;n de aislamiento de hasta siete fines de semana (art. 233 RP 1996).</p>      <p>La falta grave se impone por calumniar, injuriar, insultar y faltar gravemente al respeto y consideraci&oacute;n a las autoridades o funcionarios judiciales o de instituciones penitenciarias, adem&aacute;s de otras cuestiones que detallan estas acciones. Por estas faltas graves se impone sanci&oacute;n de aislamiento en celda de lunes a viernes por tiempo igual o inferior a cinco d&iacute;as (si se ha manifestado agresividad o violencia, o de forma reiterada y grave se altere la convivencia del centro) o privaci&oacute;n de permisos de salida (hasta un m&aacute;ximo de dos meses), limitaci&oacute;n de comunicaciones orales a lo m&iacute;nimo reglamentario (durante el plazo de un mes) o privaci&oacute;n de paseos y actos recreativos comunes (de tres d&iacute;as a un m&aacute;ximo de un mes).</p>      <p>Se considera falta leve: faltar levemente a la consideraci&oacute;n debida a las autoridades, funcionarios y personas antes indicadas; la desobediencia de las &oacute;rdenes recibidas de los funcionarios de instituciones penitenciarias en ejercicio leg&iacute;timo de sus atribuciones, que no causen alteraci&oacute;n de la vida regimental y de la ordenada convivencia; formular reclamaciones sin usar los cauces establecidos de modo reglamentario. Para estas faltas cabe imponer una privaci&oacute;n de paseos y actos recreativos comunes hasta un m&aacute;ximo de tres d&iacute;as.</p>      <p>Los primeros datos muestran que el nivel de sanciones leves es escasamente utilizado por la instituci&oacute;n. Durante el a&ntilde;o 2010 se formalizaron 1.506 sanciones en los centros mixtos; de estas, 148 se impusiero n al conjunto de las mujeres de todos los centros mixtos, y 1.358 a varones; si tenemos en cuenta la media de sanciones leves por cada 100 personas para ambos grupos, las mujeres (5,58) fueron sancionadas casi el doble de lo que fueron los varones (3,65).</p>      <p>Si consideramos los datos absolutos de los 42 centros mixtos, durante el a&ntilde;o 2010 se impusieron 962 sanciones muy graves a las mujeres y 9.339 a los varones. Es necesario destacar que los tres centros de mujeres observados en conjunto aplicaron adem&aacute;s 209 sanciones. Es decir, estos tres centros sumaron el 17,84% de las sanciones que se produjeron en todo el conjunto de mujeres. Las faltas graves que se impusieron a las mujeres de los centros mixtos fueron 2.274, y a los varones que conviv&iacute;an en estos centros con ellas se les impusieron 19.794 sanciones graves. En los centros de mujeres se aplicaron, adem&aacute;s, 833 sanciones graves. Estos tres centros acumulan el 26,8% de las sanciones graves a mujeres. La primera conclusi&oacute;n que se puede extraer es que los centros de solo mujeres sancionan proporcionalmente mucho m&aacute;s que los mixtos. La explicaci&oacute;n m&aacute;s plausible es la derivaci&oacute;n a estos centros de los casos m&aacute;s conflictivos.</p>      <p>A estos primeros datos deben a&ntilde;adirse las tasas de sanciones por cada 100 personas presas, con el objeto de poder comparar el grado con el que se sancionan a unos y a otras. La tasa media de sanciones muy graves a mujeres por cada 100 en los centros mixtos es de 24,36; en las mismas circunstancias, los varones reciben 22,19 sanciones. La distancia se ampl&iacute;a cuando se consideran las faltas graves; en este caso, las mujeres presentan una media de 59,22 sanciones, mientras que sus compa&ntilde;eros reciben 48,08.</p>      <p>Si se recuerdan los motivos tan graves que pueden conducir a este tipo de sanciones, se podr&iacute;a asegurar que el grado de conflictividad de las mujeres es similar o, incluso, mayor que el de los varones.</p>      <p><font size="3"><b>El castigo observado en conjunto: &iacute;ndice de punici&oacute;n</b></font></p>      <p>Se analizan a continuaci&oacute;n los resultados del &iacute;ndice de punici&oacute;n para el grupo de mujeres. La media del &iacute;ndice, considerando los 45 centros, ya que al observar las mujeres por separado se pueden incluir tambi&eacute;n los centros de mujeres en el grupo, es de 95,46 puntos. En total, 21 de los 45 centros observados superan la media. El caso m&aacute;s extremo es &Aacute;vila, un centro exclusivamente de mujeres, que con un &iacute;ndice de 225,58 supera la media en 2,5 veces. El origen de su "anormalidad estad&iacute;stica" proviene de la concentraci&oacute;n de mujeres en primer grado, r&eacute;gimen cerrado y de un elevado n&uacute;mero de sanciones muy graves y graves.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El segundo centro m&aacute;s punitivo para las mujeres es Almer&iacute;a, uno mixto que ofrece unos datos similares a &Aacute;vila (185,28). Si se analizan los posibles or&iacute;genes del elevado &iacute;ndice, se observa que hay un buen n&uacute;mero de personas en primer grado y r&eacute;gimen cerrado; tanto las sanciones graves como los cacheos con desnudo integral son datos que sobrepasan la media.</p>      <p>Entre los centros con un elevado &iacute;ndice destaca tambi&eacute;n C&aacute;ceres (194,10). La diferencia de este centro con Almer&iacute;a, adem&aacute;s de las cuestiones arquitect&oacute;nicas y su antig&uuml;edad, es que el n&uacute;mero de mujeres es muy reducido. Los indicadores sobre el cacheo con desnudo integral y las sanciones graves son muy altos, y seguro explican parte del dato de su &iacute;ndice. No obstante, el problema tambi&eacute;n se encuentra en que no destacan otros elementos positivos. Hay otros centros que tambi&eacute;n se deben considerar, porque su &iacute;ndice supera la media entre un 50 y un 70%. En este caso est&aacute;n Zaragoza, Logro&ntilde;o, Ja&eacute;n y Madrid V, donde los aportes de diferentes &iacute;ndices en cada caso pueden provocar sus datos. Pero no hay que perder de vista que en el conjunto de la informaci&oacute;n es donde se encuentra la explicaci&oacute;n.</p>      <p>En el extremo opuesto se hallan los centros con un &iacute;ndice menor. Ibiza, con 24,96 puntos, es el centro menos punitivo para las mujeres. En una situaci&oacute;n similar se encuentra un grupo de centros que no alcanzan el 50% de la media. En concreto, Nanclares de Oca (30,62), Alicante Psiqui&aacute;trico (39,20) -cuyo reducido dato est&aacute; relacionado con las especiales caracter&iacute;sticas de la poblaci&oacute;n y con las restricciones legales sobre la punici&oacute;n-, Albacete (45,18) y A Lama (46,01) (<a href="#g4">gr&aacute;fica 4</a>).</p>      <p align="center"><a name="g4"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a03g4.jpg"></a></p>      <p>La situaci&oacute;n de los varones en los 42 centros mixtos es la siguiente. La media del &iacute;ndice para todo el conjunto es de 98,72 (hay que recordar que este dato no se puede comparar directamente con la punici&oacute;n media de mujeres). El &iacute;ndice de punici&oacute;n m&aacute;s alto de todos los centros es el de Almer&iacute;a (239,92), que supera en m&aacute;s de dos veces la media del conjunto. Como en el caso de las mujeres, sus indicadores de sanciones graves y r&eacute;gimen cerrado son muy altos. A diferencia de las mujeres, en las que el aislamiento era un recurso que no se utiliz&oacute; durante ese a&ntilde;o, entre los varones es un dato estad&iacute;sticamente anormal. Este dato y los otros dos citados anteriormente son los causantes de un &iacute;ndice tan alto.</p>      <p>Ceuta (208,56), Madrid V (198,65) y C&aacute;ceres (198,65) son los tres centros que duplican la media. En los tres casos se da un muy elevado dato de cacheos con desnudo integral. El resto de los indicadores del &iacute;ndice no sobrepasan mucho los datos del conjunto, pero son elevados.</p>      <p>Al igual que para las mujeres, hay una serie de centros que superan la media entre un 30 y un 50%. Por orden decreciente, estos son: Castell&oacute;n (142,12), Valladolid (135,60), Zaragoza (135,60) y San Sebasti&aacute;n (134,49). Excepto la contribuci&oacute;n de los cacheos con desnudos, que es m&aacute;s elevada que la media, no se observan otros indicadores extremos que pudieran contribuir d e un modo especial. Esto significa que lo que explican sus datos es el conjunto.</p>      <p>El centro con un &iacute;ndice menor para los varones es el Hospital Psiqui&aacute;trico Penitenciario de Alicante; de nuevo, las caracter&iacute;sticas de la poblaci&oacute;n dan un &iacute;ndice punitivo muy bajo. Este dato y el del mismo centro en el caso de las mujeres suponen una prueba de validez del &iacute;ndice. Es decir, all&iacute; donde la ley impide el r&eacute;gimen sancionador y otras acciones punitivas, el &iacute;ndice desciende por ser una situaci&oacute;n "anormal". A continuaci&oacute;n hay un grupo de centros en los que el &iacute;ndice ronda entre el 50 y el 60% de la media: Albacete (47,91), Logro&ntilde;o (53,26), Las Palmas (55,74), Valencia (57,33), Sevilla (57,47) y M&aacute;laga (59,24) (<a href="#g5">gr&aacute;fica 5</a>).</p>      <p align="center"><a name="g5"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a03g5.jpg"></a></p>      <p>La siguiente cuesti&oacute;n que se plante&oacute; fue c&oacute;mo comparar los resultados de un grupo y otro conjuntamente, con el objeto de averiguar si existen o no centros con un mayor &iacute;ndice de punici&oacute;n conjunta. En principio, el &iacute;ndice de Shannon ofrece resultados probables de grupos independientes, pero las frecuencias de cada uno de los centros por sexo configuran dos variables, cuya variaci&oacute;n conjunta puede ser observada. En definitiva, la pregunta que se quer&iacute;a resolver era si los centros m&aacute;s punitivos para los varones lo eran tambi&eacute;n para las mujeres, o eran cuestiones independientes. Como en el resto de los casos, se normalizaron las distancias de las medias para poder observar a partir de unidades de desviaci&oacute;n t&iacute;pica. Es decir, se confrontaron en una gr&aacute;fica los datos de las dos curvas de probabilidad normales. En este caso solo se tuvieron en cuenta los datos de los 42 centros mixtos. El resultado es esclarecedor:</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La primera imagen ofrece una agrupaci&oacute;n conjunta en torno a la media de ambos grupos. Esto signifi ca que existe un elevado n&uacute;mero de centros en los que no hay divergencias por sexo en los &iacute;ndices. Gran parte de los centros est&aacute;n a una unidad de desviaci&oacute;n t&iacute;pica (<a href="#g6">gr&aacute;fica 6</a>).</p>      <p align="center"><a name="g6"><img src="img/revistas/crim/v55n2/v55n2a03g6.jpg"></a></p>       <p>La segunda imagen que ofrece la gr&aacute;fica es que hay algunos centros en los que el &iacute;ndice es alto, tanto para unos como para otras. Son los centros del cuadrante superior derecho. En el caso de Almer&iacute;a, la punici&oacute;n de las mujeres presenta una desviaci&oacute;n t&iacute;pica alrededor de 2,5 unidades, y en los varones supera por poco las 3 unidades de desviaci&oacute;n; es decir, es un caso estad&iacute;sticamente extremo. Tambi&eacute;n repiten una situaci&oacute;n similar C&aacute;ceres y Madrid V. Estos dos centros, junto con Almer&iacute;a, son los que tienen un mayor &iacute;ndice conjunto. No hay que olvidar que el centro de &Aacute;vila estaba en una situaci&oacute;n parecida para las mujeres, pero no se ha podido incluir en esta gr&aacute;fica comparativa al no haber varones.</p>      <p>En el polo opuesto de la representaci&oacute;n estar&iacute;an los centros cuyo &iacute;ndice es bajo para ambos grupos, el cuadrante inferior izquierdo. Aqu&iacute; no hay casos extremos. Alicante Psiqui&aacute;trico es el m&aacute;s alejado de ambos. Los casos restantes se sit&uacute;an cerca de una unidad de desviaci&oacute;n t&iacute;pica.</p>      <p>Los casos en los que hay diferencias entre varones y mujeres son: Ceuta, que es muy punitivo para los varones y "normal", es decir, dentro de la normalidad estad&iacute;stica, para las mujeres. Y Ja&eacute;n y Logro&ntilde;o, que son muy punitivos para las mujeres y "normal" para los varones.</p>      <p><font size="3"><b>Discusi&oacute;n/Conclusiones</b></font></p>      <p>Los resultados obtenidos a partir de los indicadores y el &iacute;ndice de punici&oacute;n nos permiten corroborar algunas cuestiones importantes relacionadas con la desigualdad y con el mayor grado de castigo que sufren las mujeres en prisi&oacute;n. Los resultados avalan lo que las corrientes cr&iacute;ticas y los estudios sobre mujeres en prisi&oacute;n ya ven&iacute;an se&ntilde;alando (Carlen & Worrall, 2004, pp. 1 a 3; Almeda, 2003, p. 33). En el estudio se concreta que la distribuci&oacute;n de mujeres y varones en primer grado y en r&eacute;gimen cerrado, la situaci&oacute;n m&aacute;s punitiva es muy similar. Proporcionalmente hay casi las mismas mujeres (1,7%) que varones (1,9%) en el estadio de clasificaci&oacute;n m&aacute;s severa (primer grado). Solo hay que observar la gravedad de los delitos cometidos por unos y otras, y conocer el grado de participaci&oacute;n e integraci&oacute;n de las mujeres en el sistema para comprender que esta situaci&oacute;n es an&oacute;mala.</p>      <p>Respecto a las tasas de sanciones graves y muy graves, los resultados muestran que las mujeres, en forma proporcional, son m&aacute;s castigadas que los varones. En el caso de las c&aacute;rceles de solo mujeres, las tasas aumentan mucho m&aacute;s, comparativamente, que los centros mixtos. Este dato, unido al de la menor presencia de primeros grados en los centros mixtos, nos permite plantear dos conclusiones: a) dos de las tres c&aacute;rceles de mujeres son mucho m&aacute;s duras, lo que puede hacernos pensar que estas dos c&aacute;rceles se configuran como centros de castigo, y b) hay una clasificaci&oacute;n de los centros en funci&oacute;n de su especializaci&oacute;n en la punici&oacute;n. Los centros mixtos se configuran como una situaci&oacute;n m&aacute;s ventajosa, un premio para los m&aacute;s integrados.</p>      <p>Sobre la especializaci&oacute;n en el castigo de las dos c&aacute;rceles de mujeres, la causa se halla en las dificultades de clasificaci&oacute;n que la actual distribuci&oacute;n provoca. Es decir, al no poder clasificar en la mayor&iacute;a de los centros, porque solo hay un m&oacute;dulo de mujeres, cuando surge el conflicto las implicadas son derivadas a estos centros. Este hallazgo es similar al de otros pa&iacute;ses europeos, tal y como apunt&oacute; Pat Carlen en el seminario de evaluaci&oacute;n de los resultados de este estudio, que realiz&oacute; el grupo de investigaci&oacute;n y ha sido explicado recurrentemente mediante un argumento que incide en el hecho de que a las mujeres se les exigen est&aacute;ndares de comportamiento m&aacute;s altos que a los varones en las sociedades occidentales, lo que se suele plasmar en una interpretaci&oacute;n m&aacute;s dura de una misma falta por parte del funcionariado si el sujeto de la sanci&oacute;n es una mujer.</p>      <p>El &iacute;ndice de punici&oacute;n muestra con claridad la situaci&oacute;n del centro de mujeres de &Aacute;vila cuando ofrece como resultado un dato que supera en 2,5 la media del &iacute;ndice del grupo de mujeres. Otros centros adquieren tambi&eacute;n un incremento significativo del &iacute;ndice, porque realizan actuaciones sobredimensionadas en indicadores minoritarios, como el de cacheos con desnudo integral.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Sin embargo, no todos los aspectos relacionados con la punici&oacute;n son m&aacute;s severos para las mujeres. En el caso del aislamiento, ellas son proporcionalmente menos sancionadas que los varones (2,17% de varones, frente a 1,17% de mujeres). Otro indicador signifi cativo es la mayor proporci&oacute;n de mujeres en tercer grado (29%) respecto a los varones (12%).</p>      <p>Esta situaci&oacute;n positiva para las mujeres tambi&eacute;n queda reflejada en el &iacute;ndice de algunos centros con un especial trabajo hacia la integraci&oacute;n. Estos ser&iacute;an los centros que ofrecen resultados por debajo de la mitad de la media.</p>      <p>Para concluir, debemos mencionar la potencia del instrumento. El uso de la teor&iacute;a de la informaci&oacute;n en el desarrollo del &iacute;ndice nos ha permitido obtener un instrumento en el que se observan conjuntamente distintos factores relacionados y que muestran con claridad la orientaci&oacute;n de los centros. Esta situaci&oacute;n era conocida por los expertos y los propios funcionarios de prisiones; el trabajo ha consistido en crear un instrumento consistente y objetivo para comparar centros.</p>  <hr>      <p><font size="3"><b>Notas</b></font></p>      <p><sup><a name="num1"></a><a href="#nu1">1</a></sup>El proyecto SINDISCRIP fue realizado con la financiaci&oacute;n del Ministerio de Econom&iacute;a y Competitividad de Espa&ntilde;a, en su convocatoria oficial de proyectos de I+D+I del 2009. Los resultados de la investigaci&oacute;n pueden ser consultados en Del Val et &aacute;l. (2013). Condenadas a la desigualdad. Sistema de indicadores de discriminaci&oacute;n en prisi&oacute;n. Barcelona: Icaria.</p>      <p><sup><a name="num2"></a><a href="#nu2">2</a></sup>Existen 18 Centros de Inserci&oacute;n Social dependientes de otros tantos Centros Penitenciarios y 12 CIS independientes. De ah&iacute; que consideremos imprescindible un estudio espec&iacute;fico de este contexto.</p>      <p>    <p><sup><a name="num3"></a><a href="#nu3">3</a></sup>En este concreto apartado fueron fundamentales las aportaciones de Juan Carlos Rodr&iacute;guez.</p></p>  <hr>       <p><font size="3"><b>Referencias</b></font></p>      <!-- ref --><p>Almeda, E. (2003). Mujeres encarceladas. Barcelona: Ariel.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000182&pid=S1794-3108201300020000300001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Carlen, P. & Worrall, A. (2004). Analysing Women's Imprisonment. Portland, Willan.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000184&pid=S1794-3108201300020000300002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Del Val et &aacute;l. (2013). Condenadas a la desigualdad. Sistema de indicadores de discriminaci&oacute;n en prisi&oacute;n. Barcelona: Icaria.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000186&pid=S1794-3108201300020000300003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Garland, D. (2001). La cultura del control. Barcelona: Gedisa.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000188&pid=S1794-3108201300020000300004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Garland, D. (2007). Crimen y castigo en la modernidad tard&iacute;a. Bogot&aacute;: Siglo del Hombre Editores, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000190&pid=S1794-3108201300020000300005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Gleick, J. (2012). La informaci&oacute;n. Historia y realidad. Barcelona: Cr&iacute;tica.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000192&pid=S1794-3108201300020000300006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Gonz&aacute;lez B., P. (2003). Medir en las Ciencias Sociales. En Garc&iacute;a Ferrando, M., Ib&aacute;&ntilde;ez, J. & Alvira, F. (Comps.). El an&aacute;lisis de la realidad social. M&eacute;todos y t&eacute;cnicas de investigaci&oacute;n (3.&ordf; ed.). Madrid: Alianza Editorial.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000194&pid=S1794-3108201300020000300007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Hand, D. J. (2004). Measurement Theory and Practice. The World through Quantification. London: Arnold.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000196&pid=S1794-3108201300020000300008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>R&iacute;os M., J. C. & Cabrera, P. J. (2002). Mirando el abismo: el r&eacute;gimen cerrado. Madrid: Universidad Pontificia.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000198&pid=S1794-3108201300020000300009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Shannon, C. E. (1948). A Mathematical Theory of Communication. Bell SystemTechnical Journal, 27: 379-423 y 623-656.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000200&pid=S1794-3108201300020000300010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>Walford, G., Tucker, E. & Viswanathan, M. (2010). The Sage Handbook of Measurement. London: SAGE.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000202&pid=S1794-3108201300020000300011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>  </font>       ]]></body><back>
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