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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Representaciones sociales de los Derechos Humanos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario en estudiantes de la Fundación Universitaria Los Libertadores]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This article reports the final results of the research project about "Social representations of Human Rights protected by International humanitarian Law in students of the Fundación Universitaria Los Libertadores", a qualitative study that uses the techniques of semantic differential and focus group. It allows to identify the recognition of IHL as an ideal guarantor for protecting human dignity in a situation of armed conflict, although not recognized as a considerable force, and this not only because of the impunity that follows its violations by different actors, but specially because many students have a broad understanding of what is an armed conflict, by extending this concept to problems of public order and delincuency. From these findings recommendations are made to the Fundación Universitaria Los Libertadores to strengthen literacy in IHL and Human Rights making them cross-cutting in their curricula.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[   <font face="verdana" size="2">  <font size="4">     <br>    <p align="center"><b>Representaciones sociales de los Derechos    <br> Humanos protegidos por el Derecho    <br> Internacional Humanitario en estudiantes    <br> de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores*</b></p></font>  <font size="3">     <p align="center"><b>Social representations of protected Human Rights by    <br> International Humanitarian Law students of los Libertadores University</b></p></font>      <p>Fernando Garc&iacute;a**     <br> Diana R. Bernal***     ]]></body>
<body><![CDATA[<br> Anyela Moreno****    <br> Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores (Colombia)</p>      <p>*Art&iacute;culo de resultado, producto final del proyecto de investigaci&oacute;n &quot;Representaciones sociales de los Derechos Humanos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario en estudiantes de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores&quot;, inscrito en la l&iacute;nea de investigaci&oacute;n institucional &quot;Pedagog&iacute;a, Medios y Mediaciones&quot;, vinculado al Grupo de Investigaci&oacute;n en Estudios Internacionales de la Facultad de Derecho, Ciencia Pol&iacute;tica y Relaciones Internacionales de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores.</p>      <p>** Profesional en Filosof&iacute;a de la Universidad Nacional de Colombia, master en Pedagog&iacute;a de Medios de la Universidad Pedag&oacute;gica de Friburgo (Alemania) y doctor en filosof&iacute;a en la Universidad Libre de Berl&iacute;n. Investigador del programa de Derecho, Ciencia Pol&iacute;tica y Relaciones Internacionales de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores. <a href="mailto:garcia.leguizamon@gmail.com">garcia.leguizamon@gmail.com</a></p>      <p>*** Profesional en Derecho y Ciencias Pol&iacute;ticas, con especializaciones en Derecho y nuevas tecnolog&iacute;as sobre la vida y en Derechos Humanos. Candidata a doctora en Bio&eacute;tica y B&iacute;ojur&iacute;dica en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Docente catedr&aacute;tica del programa de Derecho, Ciencia Pol&iacute;tica y Relaciones Internacionales de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores. <a href="mailto:drociobernal@hotmail.com">drociobernal@hotmail.com</a></p>      <p>**** Profesional en psicolog&iacute;a de la Pontificia Universidad Javeriana, especialista en Psicolog&iacute;a Jur&iacute;dica de la Universidad Santo Tom&aacute;s y Mag&iacute;ster en curso en Investigaci&oacute;n en problemas sociales contempor&aacute;neos de la Universidad Central de Colombia. Investigadora del programa de Derecho, Ciencia Pol&iacute;tica y Relaciones Internacionales de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores. <a href="mailto:anyelamor@gmail.com">anyelamor@gmail.com</a></p>      <p><i>Fecha de recepci&oacute;n: </i>2 de junio de 2010     <br> <i>Fecha de aceptaci&oacute;n: </i>12 de octubre de 2010</p>  <hr>      <p><b>Resumen</b></p>      <p><i>Este art&iacute;culo presenta los resultados finales de la investigaci&oacute;n &quot;Representaciones sociales de los Derechos Humanos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario en estudiantes de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores&quot;, investigaci&oacute;n de tipo cualitativo que hace uso de las t&eacute;cnicas del diferencial sem&aacute;ntico y el grupo focal. Ello permite identificar en los estudiantes un reconocimiento del </i><i>DIH </i><i>como garante ideal para la protecci&oacute;n de la dignidad humana en una situaci&oacute;n de conflicto armado, si bien no se le reconoce en la pr&aacute;ctica una fuerza considerable, y esto no s&oacute;lo por la impunidad que sigue a sus violaciones por parte de diferentes actores, sino, especialmente, porque muchos estudiantes de la instituci&oacute;n tienen una concepci&oacute;n demasiado amplia de lo que es un conflicto armado, haciendo extensiva esta noci&oacute;n a problemas de orden publico y de delincuencia com&uacute;n. A partir de estas constataciones se hacen algunas recomendaciones a la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores para que fortalezcan la formaci&oacute;n en </i><i>DIH </i><i>y los </i><i>DDHH, </i><i>haci&eacute;ndolos transversales en sus planes de estudio.</i></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Palabras clave: </b>Representaciones sociales, Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario, diferencial sem&aacute;ntico, grupo focal.</p>  <hr>      <p><b>Abstract</b></p>      <p><i>This article reports the final results of the research project about &quot;Social representations of Human Rights protected by International humanitarian Law in students of the Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores&quot;, a qualitative study that uses the techniques of semantic differential and focus group. It allows to identify the recognition of </i><i>IHL </i><i>as an ideal guarantor for protecting human dignity in a situation of armed conflict, although not recognized as a considerable force, and this not only because of the impunity that follows its violations by different actors, but specially because many students have a broad understanding of what is an armed conflict, by extending this concept to problems of public order and delincuency. From these findings recommendations are made to the Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores to strengthen literacy in </i><i>IHL </i><i>and Human Rights making them cross-cutting in their curricula.</i></p>      <p><b>Key words: </b>Social representations, Human Rights, International Humanitarian Law, semantic differential, focus group.</p>  <hr>  <font size="3">     <br>    <p><b>PROBLEMA DE INVESTIGACI&Oacute;N</b></p></font>      <p>La investigaci&oacute;n cuyos resultados se presentan a continuaci&oacute;n parti&oacute; de la siguiente pregunta: &iquest;Cu&aacute;l es el reconocimiento de los Derechos Humanos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario (DIH) que tienen los estudiantes de Derecho y Comunicaci&oacute;n Social de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores (FULL) como instrumento para la regulaci&oacute;n del conflicto armado en Colombia? Las perspectivas te&oacute;ricas desde las que se enfoca este problema -DIH y teor&iacute;a de las representaciones sociales- fueron ya presentadas en detalle en un primer art&iacute;culo de revisi&oacute;n bibliogr&aacute;fica y explicitaci&oacute;n conceptual (Garc&iacute;a, Bernal &amp; Moreno, 2009, p. 4-25). Las t&eacute;cnicas empleadas, explicitadas a su vez en un segundo art&iacute;culo de avances, fueron las del diferencial sem&aacute;ntico y las discusiones en grupos focales. Con objeto de explorar preliminarmente la posible configuraci&oacute;n socio-cognitiva y socio-emocional de las representaciones sociales en cuesti&oacute;n se aplic&oacute; inicialmente un test de doce pares de palabras opuestas<a name="1"></a><a href="#1a"><sup>1</sup></a> y luego un re-test con nueve pares de adjetivos opuestos, formulados a partir del conocimiento que arroj&oacute; la primera fase de exploraci&oacute;n. En ambos casos se mantuvo la misma organizaci&oacute;n del cuestionario, dividido en cuatro secciones: a) caracterizaci&oacute;n sociodemogr&aacute;fica; b) exploraci&oacute;n por las connotaciones hacia los DDHH protegidos por DIH: derecho a la vida, derecho a la libertad y derecho a la integridad f&iacute;sica; c) acciones que atentan contra los DDHH mencionados: tratos crueles y degradantes, desplazamiento forzado, retenciones arbitrarias, masacres y ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas; y d) percepci&oacute;n que los estudiantes tienen de la sociedad civil, de su legitimidad y capacidad para exigir un respeto por las normas del DIH.</p>      <p>Los pares de palabras seleccionados -que deber&iacute;an posibilitar una aproximaci&oacute;n a una <i>estructura EPA </i>de la representaci&oacute;n: <i>evaluaci&oacute;n, potencia, actividad </i>(Osgood, Suci &amp; Tannenbaum, 1976)- se mantuvieron para cada secci&oacute;n, con la intenci&oacute;n de lograr una mayor concentraci&oacute;n sobre el objeto indagado que sobre los est&iacute;mulos. En el caso de DDHH protegidos por el DIH se eligieron, para la dimensi&oacute;n <i>evaluaci&oacute;n: </i>Urgente - Innecesario; para la dimensi&oacute;n <i>potencia: </i>S&oacute;lido - Fr&aacute;gil; y para la dimensi&oacute;n <i>actividad: </i>Din&aacute;mico - Mon&oacute;tono. En la indagaci&oacute;n por las conductas lesivas de los derechos se seleccionaron para la dimensi&oacute;n <i>evaluaci&oacute;n: </i>Aceptable - Inaceptable; para la dimensi&oacute;n <i>potencia: </i>Imponente - Trivial; y para la dimensi&oacute;n <i>actividad: </i>Movilidad - Inmovilidad. Por su parte, la representaci&oacute;n de sociedad civil se evalu&oacute; en la dimensi&oacute;n <i>evaluaci&oacute;n </i>a trav&eacute;s de las palabras Interesante - Aburrido; la dimensi&oacute;n <i>potencia </i>con los opuestos Fuerte - D&eacute;bil; y la dimensi&oacute;n <i>actividad </i>con el par R&aacute;pido-Lento.</p>      <p>Para la actividad con los grupos focales se elabor&oacute; una gu&iacute;a de preguntas breves que deber&iacute;a mantener centradas las discusiones, sin entorpecer el clima de confianza entre los asistentes y, en lo posible, sin limitar la espontaneidad en el discurso. Se realizaron cuatro grupos focales en los que participaron estudiantes que hab&iacute;an respondido el cuestionario del diferencial sem&aacute;ntico y mostraron inter&eacute;s en discutir la tem&aacute;tica propuesta.</p>      <p>En este art&iacute;culo se presentan los resultados del re-test y de la actividad con los grupos focales, as&iacute; como la relaci&oacute;n de los resultados obtenidos entre las dos estrategias metodol&oacute;gicas implementadas para la reconstrucci&oacute;n de las RS de los DDHH protegidos por el DIH en el grupo de estudiantes de la instituci&oacute;n mencionada. A partir de estos resultados esperamos que la Universidad desarrolle estrategias pedag&oacute;gicas que permitan un mayor acercamiento de los estudiantes a la realidad del conflicto colombiano, el contenido y aplicaci&oacute;n del DIH y un fortalecimiento del papel de la sociedad civil en el proceso de construcci&oacute;n de una cultura de la paz.</p>  <font size="3">     ]]></body>
<body><![CDATA[<br>    <p><b>RESULTADOS</b></p></font>      <p><b>Diferencial Sem&aacute;ntico</b></p>      <p>En el re-test participaron 27 estudiantes de primer semestre del programa de Derecho, con predominancia de la jornada nocturna (63%), en edades entre 19 a 25 a&ntilde;os (37%), entre 16 a 18 a&ntilde;os (25,9%), de 30 en adelante el 14,8%, de 26 a 29 a&ntilde;os el 11,1%, y no identificaron su edad el 11,1%. La distribuci&oacute;n por g&eacute;nero fue equitativa. De los participantes, aproximadamente la mitad se dedican exclusivamente a estudiar (51.9%) y un porcentaje similar realiza adem&aacute;s actividades laborales (48.1%). En cuanto a su estado civil, 77.8% se describen como solteros<a name="2"></a><a href="#2a"><sup>2</sup></a>.</p>      <p>El primer acercamiento a las nociones del DIH como conjunto de normas para la regulaci&oacute;n del conflicto armado colombiano que han construido los estudiantes de los programas de Derecho y Comunicaci&oacute;n Social de la FULL permite sostener que a nivel general hay un reconocimiento de los DDHH protegidos por el DIH. Sin embargo, en cuanto nociones sustantivas son valorados como inexistentes, relativos, irrespetados e imprecisos, a la vez que los actos que los lesionan son percibidos como ilegales, arbitrarios, repudiados e injustificados.</p>      <p>Este ambiguo reconocimiento refleja la percepci&oacute;n de una normatividad que no logra penetrar decisivamente una situaci&oacute;n de conflicto cuyos efectos se imponen de varias maneras en la vida cotidiana. Para los tres derechos por los que se pregunt&oacute;, a saber: vida, libertad e integridad f&iacute;sica, los estudiantes respondieron ante los est&iacute;mulos (pares de palabras), ubicando mayoritariamente su valoraci&oacute;n hacia uno de los extremos, lo que indica que hay un reconocimiento significativo vs. un desconocimiento de la existencia del derecho. Con las mismas respuestas se puede evidenciar que hay un reconocimiento de la existencia de un conflicto armado y que &eacute;ste es el terreno en el que se aplica el DIH (aunque, como veremos m&aacute;s adelante, ambos conceptos no sean muy precisos y sus nociones se aparten de la definici&oacute;n acad&eacute;mica).</p>      <p>Con respecto a la sociedad civil, en su definici&oacute;n te&oacute;rica una esfera de acci&oacute;n colectiva apoyada en los derechos de libre asociaci&oacute;n y expresi&oacute;n, portadora de opiniones leg&iacute;timas que deben adquirir resonancia p&uacute;blica y de all&iacute; producir transformaciones, encontramos que los estudiantes de la FULL la perciben como desorganizada, imparcial y predominantemente pasiva. Se reconoce su existencia, pero se le asigna una valoraci&oacute;n que contradice sus din&aacute;micas esenciales de comunicaci&oacute;n y acci&oacute;n.</p>      <p>Los resultados de las valoraciones asignadas por los participantes se presentan en la siguiente tabla en t&eacute;rminos de porcentajes de ubicaci&oacute;n entre cada uno de los <i>quantum </i>sem&aacute;nticos, as&iacute; el polo positivo se identifica con seis (6) y el negativo con uno (1), en la escala valorativa, siendo cero (0) un valor nulo que se puede identificar con confusi&oacute;n y/o indecisi&oacute;n.</p>      <p>Los resultados del diferencial sem&aacute;ntico respecto de las categor&iacute;as &quot;derechos&quot; y &quot;sociedad civil&quot; se presentan en las dimensiones exploradas a partir de los pares sem&aacute;nticos seleccionados como representativos por el grupo investigador.</p>      <p>El derecho a la vida en el conflicto armado colombiano fue evaluado como &quot;urgente&quot; por un 85% de los participantes, la potencia o intensidad que se le asign&oacute; al mismo fue de &quot;fragilidad&quot; en un 42%, y su actividad o incitaci&oacute;n a la acci&oacute;n no se pudo valorar claramente entre los polos sem&aacute;nticos dispuestos (&quot;din&aacute;mica - mon&oacute;tona&quot;).</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><a href="img/revistas/dere/n34/n34a09t01.jpg" target="_blank">Tabla 1</a>      <p>El derecho a la integridad f&iacute;sica en el conflicto armado colombiano fue evaluado por un 48% de los participantes como &quot;urgente&quot;; su intensidad fue percibida por un 26% como &quot;fr&aacute;gil&quot;, y en la dimensi&oacute;n de <i>actividad </i>y, un 22% lo asoci&oacute; con &quot;monoton&iacute;a&quot;. Con respecto al derecho a la libertad en la misma situaci&oacute;n de conflicto, 67% de los estudiantes participantes lo eval&uacute;an como &quot;urgente&quot;, mientras que su potencia o fuerza es percibida por un 44% como &quot;fr&aacute;gil&quot;. Para un 28%, el derecho no mueve a la acci&oacute;n o la representa, ya que le otorgan el valor de &quot;monoton&iacute;a&quot;. De manera que mientras que los DDHH protegidos por el DIH se eval&uacute;an positiva y claramente como &quot;urgentes&quot; y su potencia es percibida en el polo negativo de campo sem&aacute;ntico como &quot;fr&aacute;gil&quot;, su dimensi&oacute;n de incitaci&oacute;n a la acci&oacute;n no se deja aprehender.</p>      <p>Por su parte, la noci&oacute;n de sociedad civil fue evaluada por un 22% de los participantes como &quot;interesante&quot; entre el par sem&aacute;ntico &quot;interesante - aburrida&quot;. En cuanto a su potencia, el 33% la califican en el extremo negativo del campo sem&aacute;ntico como &quot;d&eacute;bil&quot;; en la dimensi&oacute;n <i>actividad, </i>el 41% la perciben hacia el extremo negativo como &quot;lenta&quot;.</p>      <p align="center"><a href="img/revistas/dere/n34/n34a09t02.jpg" target="_blank">Tabla 2</a>      <p>Con respecto a las conductas que vulneran los DDHH protegidos por el DIH, las percepciones se registraron de la siguiente manera: las masacres, ejecuciones y desapariciones forzosas en el conflicto armado colombiano fueron evaluadas por un 67% en el polo negativo del par sem&aacute;ntico, representado por el adjetivo &quot;inaceptable&quot;; en cuanto a la intensidad otorgada a las mismas, el 30% ubic&oacute; su apreciaci&oacute;n en el polo negativo de trivial; en la dimensi&oacute;n <i>actividad </i>no hay suficiente claridad, debido a que el posicionamiento de la apreciaci&oacute;n entre los polos &quot;movilidad - inmovilidad&quot; no est&aacute; significativamente orientada hacia uno u otro.</p>      <p>La connotaci&oacute;n de las conductas que atentan contra el derecho de integridad f&iacute;sica, los tratos crueles o degradantes, fue evaluada por un 52% en el polo negativo identificado como &quot;inaceptable&quot;. La dimensi&oacute;n <i>potencia </i>o <i>fuerza, </i>por su parte, no arroj&oacute; suficiente claridad, debido a que el 22% ubic&oacute; su valoraci&oacute;n en cuatro (4) y para cada uno de los polos la inclinaci&oacute;n fue del mismo porcentaje (22%); tampoco la dimensi&oacute;n <i>actividad </i>muestra una tendencia representativa, pues en el par sem&aacute;ntico <i>movilidad - inmovilidad </i>el 22% se inclin&oacute; hacia el primer t&eacute;rmino y un 19% hacia su opuesto.</p>      <p>El desplazamiento forzado y las retenciones arbitrarias se calificaron en la dimensi&oacute;n de evaluaci&oacute;n mayoritariamente (70%) hacia el lado negativo del <i>quantum </i>sem&aacute;ntico como &quot;inaceptables&quot;. En la dimensi&oacute;n <i>potencia </i>se vuelve a encontrar confusi&oacute;n para ubicar estas conductas entre el par sem&aacute;ntico &quot;imponente-trivial&quot;, y en la dimensi&oacute;n <i>actividad, </i>el 30% se inclin&oacute; hacia el polo positivo representado por &quot;movilidad&quot;, lo cual se puede interpretar como que esta conducta incita a los estudiantes participantes hacia alg&uacute;n tipo de dinamismo, los inquieta o llama a la actividad.</p>      <p>Las percepciones de los DDHH protegidos por el DIH y de las conductas que atentan contra los mismos muestran una coherencia en lo referente a la dimensi&oacute;n <i>evaluaci&oacute;n, </i>ya que cada uno de los derechos fue evaluado hacia el polo positivo del par sem&aacute;ntico, mientras que las conductas violatorias fueron valoradas de manera negativa en la misma dimensi&oacute;n. En cuanto a las otras dos dimensiones, se encuentra que tanto a nivel normativo abstracto -el derecho como tal- como a nivel f&aacute;ctico -las conductas- hay en general una connotaci&oacute;n hacia el polo negativo del <i>quantum </i>sem&aacute;ntico en lo que respecta a la dimensi&oacute;n <i>potencia </i>y una dificultad para posicionarse en uno de los dos extremos sem&aacute;nticos ofrecidos en la dimensi&oacute;n <i>actividad </i>(la media de las respuestas es de 3, excepto para el derecho a la vida y las conductas de masacres, ejecuciones y desapariciones forzadas, que es de cuatro 4).</p>      <p><b>Grupo focal</b></p>      <p>La actividad se desarroll&oacute; a partir de una gu&iacute;a tem&aacute;tica de preguntas motivadoras dirigidas a los participantes, referentes a elementos asociados a DDHH, DIH, el conflicto armado interno colombiano, la sociedad civil y sobre algunos aspectos de los resultados del diferencial sem&aacute;ntico que llamaron la atenci&oacute;n al grupo investigador.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En los cuatro grupos focales participaron 48 estudiantes de los programas de Comunicaci&oacute;n Social y Derecho de las dos jornadas. Cada una de las sesiones fue filmada, y se obtuvieron aproximadamente seis horas de grabaci&oacute;n. Las transcripciones se sometieron a un an&aacute;lisis de discurso y se procesaron por medio del <i>software </i>ATLAS. Ti para an&aacute;lisis cualitativo, que permiti&oacute; identificar como unidades de an&aacute;lisis palabras que identifican las categor&iacute;as centrales de la investigaci&oacute;n, los lugares de emergencia de las mismas (contextos), para llegar a las asociaciones que acompa&ntilde;an los t&eacute;rminos empleados.</p>      <p>As&iacute; se realizo una categorizaci&oacute;n axial de c&oacute;digos y familias en categor&iacute;as y subcategor&iacute;as emergentes; es axial en cuanto que la categorizaci&oacute;n se realiz&oacute; en torno a unos ejes categoriales, a los que se enlazan las subcategor&iacute;as emergentes. Con lo cual se explor&oacute; el contenido de las representaciones, las relaciones de los elementos, su importancia relativa y posible jerarquizaci&oacute;n, con lo que pretendimos acercarnos al n&uacute;cleo figurativo de la representaci&oacute;n.</p>      <p>Se encontraron 52 categor&iacute;as y subcategorias, establecidas en torno a las categor&iacute;as principales de la investigaci&oacute;n y otras emergentes de acuerdo con lo manifestado por los estudiantes. Se considera importante relacionar no s&oacute;lo las palabras mencionadas sino la cantidad de menciones en las conversaciones, pues ello determina la relevancia que se les asigna.</p>      <p>Las categor&iacute;as, subcategor&iacute;as, familias o agrupaciones que se organizaron para los cuatro grupos focales y la cantidad de menciones por cada grupo y de manera global fueron:</p>      <p align="center"><a name="t_03"></a><img src="img/revistas/dere/n34/n34a09t03.jpg"></p>      <p>La informaci&oacute;n recolectada por medio de los grupos focales se codific&oacute; de acuerdo con las 12 categor&iacute;as de inter&eacute;s para la investigaci&oacute;n y con 40 subcategor&iacute;as emergentes en torno a la pregunta de investigaci&oacute;n y a las asociaciones que realizaron los estudiantes participantes, que luego se agruparon en 10 familias (en t&eacute;rminos del <i>Software) </i>para visualizar algunas relaciones posibles entre las mismas.</p>      <p>De esta manera se observ&oacute; que la categor&iacute;a que mayor menci&oacute;n tuvo en los cuatro grupos focales fue la de &quot;conflicto&quot;, con 191 menciones, seguida por &quot;derecho&quot;, con 86 menciones, luego por &quot;DIH&quot;, con 76 citaciones y, algo distante, por &quot;vida&quot;, con 57 evocaciones. En contraste, las categor&iacute;as menos citadas fueron &quot;integridad f&iacute;sica&quot;, mencionada dos veces, una de ellas por los moderadores; &quot;tratos crueles o degradantes&quot; fue mencionada dos veces por los participantes; a &quot;masacres&quot; y &quot;desaparici&oacute;n forzada&quot; se hizo menci&oacute;n 16 veces.</p>      <p>Dentro de las subcategor&iacute;as, la que m&aacute;s se mencion&oacute; (163 veces) fue &quot;gobierno&quot;, c&oacute;digo que agrupa denominaciones de Estado, gobierno y pol&iacute;tico (como actor). A &eacute;sta le siguieron &quot;conflicto armado&quot; (104 menciones), &quot;guerrilla&quot; (89 menciones), &quot;guerra&quot; (64 menciones) y &quot;educaci&oacute;n&quot; (49 menciones). Las que tuvieron menor menci&oacute;n fueron &quot;conflicto intranational&quot; -incluido por uno de los moderadores-, &quot;actor justo&quot;, &quot;violencia f&iacute;sica&quot; y &quot;violencia verbal&quot;, todas con una sola menci&oacute;n. &quot;Conflicto interno armado&quot;, &quot;lastimar a otro&quot; y &quot;maltrato a mujeres&quot; tuvieron dos menciones.</p>      <p>Luego de la codificaci&oacute;n abierta y axial se realiz&oacute; la codificaci&oacute;n selectiva, integrando y refinando las categor&iacute;as alrededor del concepto explicativo central, para develar las asociaciones por medio de las oraciones que dan explicaci&oacute;n a las relaciones.</p>      <p>En lo fundamental, los estudiantes participantes en los grupos focales asocian el concepto de DIH con la idea de protecci&oacute;n de Derechos Humanos en una situaci&oacute;n de conflicto armado. En algunos casos se hace menci&oacute;n a la preservaci&oacute;n de la dignidad humana y a aspectos espec&iacute;ficos del DIH, tales como el respeto por la poblaci&oacute;n civil, las limitaciones en el uso de armamento, el reclutamiento de menores y el respeto por la vida de quienes han perdido su car&aacute;cter de combatientes, o a la implicaci&oacute;n en la restricci&oacute;n de derechos b&aacute;sicos como la libertad de opini&oacute;n. En otros casos, sin embargo, la idea del conflicto se hace demasiado amplia, de manera que llegan a incluirse en &eacute;l fen&oacute;menos de maltrato infantil y femenino y de delincuencia com&uacute;n, como se puede apreciar en las intervenciones de dos estudiantes del programa de Derecho:</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p>El DIH se aplica cada vez que se ve vulnerada la dignidad humana; entonces entran los diferentes organismos en virtud de los tratados internacionales, entran a aplicar el DIH, ya sea por un conflicto armado o por maltrato infantil o maltrato a las mujeres.</p>      <p>El maltrato a los ni&ntilde;os, o el abuso a las mujeres, es algo que si el Estado con su normatividad interna no puede controlar, tienen que entrar estas normas internacionales, a las que todos los estados, se someten, para vigilar por la integridad humana, que es lo m&aacute;s importante.</p> </blockquote>      <p>Delimitada en la situaci&oacute;n de conflicto entre grupos armados legales e ilegales en Colombia, la percepci&oacute;n generalizada es que las normas del DIH no se respetan y que se violan, por tanto, derechos fundamentales. Entre los fen&oacute;menos de m&aacute;s recordaci&oacute;n entre estas violaciones se mencionan los desplazamientos, las masacres, los &quot;falsos positivos&quot;, el desconocimiento del trato a las &quot;v&iacute;ctimas como v&iacute;ctimas&quot; (en referencia a los heridos en combate) y el secuestro. Sin embargo, y como consecuencia de la indeterminaci&oacute;n del concepto de &quot;conflicto&quot; que mencionamos antes, se relacionan tambi&eacute;n, como violaciones del DIH, una serie de fen&oacute;menos sociales, tales como hacinamiento en las ciudades, abuso sexual (por parte de miembros de la Fuerza P&uacute;blica), el hambre, el maltrato infantil y la violaci&oacute;n de los derechos de los ni&ntilde;os, independientemente de una situaci&oacute;n de enfrentamiento b&eacute;lico. Esto se puede observar en afirmaciones como la que hizo un joven del programa de Comunicaci&oacute;n: &quot;No solamente se aplica el DIH cuando hay una guerra, sino simplemente cuando hay maltrato infantil, es decir, de pronto cuando un Estado no puede resolver los problemas de maltrato infantil&quot;. Una estudiante matiz&oacute; la relaci&oacute;n expuesta por su compa&ntilde;ero: &quot;Todos tenemos la noci&oacute;n que los derechos del ni&ntilde;o son superiores a los otros derechos, entonces creo que la Constituci&oacute;n debe tener c&oacute;mo garantizar los derechos de la infancia y la adolescencia, y entonces no tendr&iacute;a que entrar el DIH&quot;.</p>      <p>Tambi&eacute;n se establece una asociaci&oacute;n con la falta de oportunidades de educaci&oacute;n, la pobreza y la superpoblaci&oacute;n. En alg&uacute;n caso se lleg&oacute; a mencionar como manifestaci&oacute;n del conflicto los enfrentamientos entre las ramas del poder p&uacute;blico. En el segundo grupo focal en el que participaron estudiantes de la jornada diurna mencionaron como derechos protegidos por el DIH, adem&aacute;s de la vida, la libertad y la integridad (por los que se pregunta expresamente en el cuestionario del diferencial sem&aacute;ntico), la no discriminaci&oacute;n racial, el sexo, la cultura, la religi&oacute;n y el libre desarrollo de la personalidad.</p>      <p>Ante esta percepci&oacute;n, es comprensible que se respondiera un&aacute;nimemente de manera afirmativa a la pregunta sobre la existencia de un conflicto armado en Colombia. La ampliaci&oacute;n de la noci&oacute;n de &quot;conflicto&quot; parece explicarse por la percepci&oacute;n que se tiene del origen y el desarrollo del conflicto en Colombia. Este ha dejado de ser, afirman algunos, un &quot;conflicto pol&iacute;tico&quot; (est&aacute; orientado por un &quot;pensamiento no ideol&oacute;gico&quot;), para convertirse en un asunto econ&oacute;mico: se trata de &quot;hacer dinero&quot; recurriendo al secuestro, los cultivos il&iacute;citos, el asesinato y el robo de tierras. En ese sentido, se menciona como actores del conflicto a los militares (el Estado), los grupos subversivos, los paramilitares, el narcotr&aacute;fico y los grupos de delincuencia com&uacute;n. Son pocos los estudiantes que mantienen una distinci&oacute;n entre violencia pol&iacute;tica y violencia econ&oacute;mica, entre conflicto armado y delincuencia com&uacute;n, entre lo que concierne a una normatividad internacional y lo que requiere un c&oacute;digo penal interno.</p>      <p>La plasmaci&oacute;n del DIH en un corpus normativo no es clara, pero en su lugar se recurre, como elemento explicativo, al reconocimiento de DDHH como derechos fundamentales en la Constituci&oacute;n.</p>      <p>En la idea que se tiene de su validez internacional, la menci&oacute;n del DIH toma la imagen de una justicia que va desde la provisi&oacute;n de ayuda humanitaria hasta el castigo a quienes cometen cr&iacute;menes de lesa humanidad. Una estudiante lo defini&oacute; como &quot;un organismo internacional que est&aacute; vigilando a los pa&iacute;ses para que cumplan los derechos de las personas&quot;, mientras que otro habl&oacute; de una &quot;organizaci&oacute;n internacional para evitar problemas como guerras y masacres&quot;.</p>      <p>Se dice que sus normas tienen un car&aacute;cter de &quot;supralegalidad&quot; (estudiante del segundo grupo focal diurno) y se les asocia con instituciones de car&aacute;cter internacional: ONU, Corte Penal Internacional, Comisi&oacute;n Interamericana, lo cual se asocia, a su vez, con la poca credibilidad que tienen las instancias jur&iacute;dicas nacionales para ejercer justicia (como ejemplos de esto se mencionan los casos de Garavito, violador y asesino de menores, y de Justicia y Paz).</p>      <p>Puesto que se trata de j&oacute;venes de la ciudad, la percepci&oacute;n que dicen tener del conflicto, salvo experiencias de primera mano de quienes han prestado el servicio militar o tienen parientes en zonas rurales, es m&aacute;s bien indirecta, derivada fundamentalmente de los medios de comunicaci&oacute;n y de la proliferaci&oacute;n y concentraci&oacute;n de grupos de desplazados en varios sitios de la ciudad:</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p>Es que el conflicto tiene muchas implicaciones; apenas nosotros s&oacute;lo hemos tenido la suerte de no estar directamente afectados por la violencia, porque no nos han secuestrado ning&uacute;n familiar, o no hemos vivido la muerte violenta de un ser querido, pero el conflicto tiene implicaciones econ&oacute;micas, pol&iacute;ticas; la simple situaci&oacute;n econ&oacute;mica del pa&iacute;s y la situaci&oacute;n de los desplazados que hace que cada vez en la ciudades haya menos recursos para tanta gente que llega &#91;...&#93; El conflicto lo vivimos nosotros de muchas maneras, tal vez no nosotros de manera indirecta, pero hay quienes tienen que vivirlo de cerca (mujer estudiante de Comunicaci&oacute;n Social).</p> </blockquote>      <p>Pero adem&aacute;s, y consecuentemente con la noci&oacute;n amplia de conflicto, se menciona tambi&eacute;n como expresi&oacute;n perceptible del conflicto las disputas de pandillas en los barrios:</p>      <blockquote>     <p>En mi opini&oacute;n, todo puede ser un conflicto armado, desde las FARC, las pandillas, hasta las guerrillas, hasta el Estado, hasta el Gobierno (mujer estudiante del programa de Derecho).</p> </blockquote>      <p>Con respecto a la percepci&oacute;n que se tiene de qui&eacute;nes son parte del conflicto, se menciona a los actores m&aacute;s visibles (Ej&eacute;rcito, guerrilla, paramilitares), pero la identificaci&oacute;n tiende luego a ampliarse a bandas delincuenciales, como constat&oacute; un estudiante del segundo grupo focal diurno al afirmar que del conflicto hace parte &quot;toda la gente que est&aacute; armada, desde los que hacen violencia en el barrio hasta la guerrilla, los paramilitares; todas las personas que van en contra de la vida de una persona&quot;.</p>      <p>El panorama de una lucha que involucra tantos bandos conduce a la visi&oacute;n de una lucha por el poder, en la que &quot;cada cual tira para su lado&quot;. Pero, aunque se reconozcan dos, tres o varios bandos en el conflicto, hay tambi&eacute;n una idea pr&aacute;cticamente generalizada de que, independientemente de sus objetivos o justificaciones, todos est&aacute;n obligados -o deber&iacute;an estarlo- a respetar las normas m&iacute;nimas que protegen la dignidad humana, independientemente de los intereses pol&iacute;ticos. Como lo afirm&oacute; un estudiante de tercer semestre del programa de Derecho:</p>      <blockquote>     <p>El DIH se aplica cada vez que se ve vulnerada la dignidad humana, entonces entran los diferentes organismos en virtud de los tratados internacionales, entran a aplicar el DIH, ya sea por un conflicto armado o por maltrato infantil o maltrato a las mujeres. El DIH va a entrar a regular la protecci&oacute;n de la dignidad humana, no importa que sea un maltrato infantil o si es un conflicto armado, pues se supone que es el derecho internacional que cobija a toda la regi&oacute;n, a todo el mundo como tal, entonces es algo que siempre va a proteger, no solamente en caso de guerra.</p> </blockquote>      <p>Nos interesaba observar, adicionalmente, la representaci&oacute;n de sociedad civil que tienen los estudiantes, su percepci&oacute;n de la posibilidad de dejar de ser s&oacute;lo parte de un colectivo que es &quot;v&iacute;ctima&quot; pasiva del fuego cruzado, la poblaci&oacute;n civil, para constituir, m&aacute;s bien, de manera consciente, un colectivo activo, que demanda leg&iacute;timamente de los bandos el respeto por esas normas.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los estudiantes expresaron la sensaci&oacute;n de que a la ciudadan&iacute;a le asisten pocas garant&iacute;as frente al derecho a la vida y a la integridad f&iacute;sica al momento de tratar de tomar acciones concretas frente al conflicto armado. La vida humana como valor de la sociedad se considera relegada frente a las posiciones ideol&oacute;gicas de los actores del conflicto. La idea de una movilizaci&oacute;n de la soberan&iacute;a de los ciudadanos aparece m&aacute;s bien t&iacute;midamente, como gesto de un optimismo casi ut&oacute;pico, a partir de un deseable &quot;sentido de pertenencia&quot;. La noci&oacute;n de &quot;sociedad civil&quot; parece inicialmente no disociarse de elementos &eacute;ticos tradicionales (la &quot;patria&quot;, ser &quot;hermanos&quot;, son expresiones empleadas en tal descripci&oacute;n), de manera que la idea de construcci&oacute;n de sociedad se apoya en elementos de tipo comunitarista, que desplazan a un segundo plano las formas de la pluralidad. A partir de &eacute;sta emerge, sin embargo, poco a poco, una idea din&aacute;mica de sociedad civil, con unos derechos que le permiten exigir solidaridad hacia los directamente afectados por el conflicto y para levantar una voz leg&iacute;tima frente a sus actores armados. Tal idea se ejemplifica en dos intervenciones de un estudiante del programa de Derecho:</p>      <blockquote>     <p>Lo que m&aacute;s tenemos que preocuparnos es por quienes realmente est&aacute;n sufriendo el conflicto armado; en este caso, los que m&aacute;s est&aacute;n sufriendo los vej&aacute;menes del conflicto armado somos la sociedad civil, quienes hemos dejado un mont&oacute;n de muertos y, adicional, cuatro millones de desplazados, y a quienes no les hemos dado una atenci&oacute;n necesaria, y nosotros como Estado no somos capaces de refutar esta situaci&oacute;n ante el gobierno para que tome las medidas necesarias y para que se preocupe de esos seres humanos, de esas v&iacute;ctimas del conflicto armado para que reciban la atenci&oacute;n que merecen.</p>      <p>La sociedad civil s&iacute; tiene conciencia de lo que est&aacute; viviendo, s&iacute; tiene valor y fortaleza de pedirle al establecimiento, que en este caso es el gobierno, decirle: &quot;venga, amigo, tiene que ponerse en esta posici&oacute;n de la mesa, y ustedes, guerrilla o paramilitares, tienen que ponerse en esta otra posici&oacute;n, y deben arreglar la situaci&oacute;n&quot;. Y tenemos que estar como en una zona de discusi&oacute;n, que no sea s&oacute;lo b&eacute;lica sino que sea constructiva, para que nosotros, la sociedad civil, podamos vivir con tranquilidad. Entonces es la sociedad civil quien manda la parada, y quien tiene que tomar el papel importante es la sociedad civil.</p> </blockquote>      <p>En este mismo sentido se muestra una consciencia de que van constituy&eacute;ndose nuevas agrupaciones (&quot;grupos juveniles, j&oacute;venes visibles con derechos&quot;, mencion&oacute; una estudiante del segundo grupo focal del d&iacute;a del programa de Derecho), que emprenden acciones y buscan visibilidad con medios (volantes, pancartas). La percepci&oacute;n de las posibilidades reales del derecho a la libre expresi&oacute;n parece, sin embargo, ambigua: se permite la expresi&oacute;n, pero no se hace p&uacute;blica en un sentido extenso, como afirm&oacute; otra estudiante del mismo grupo:</p>      <blockquote>     <p>Libertad de expresi&oacute;n, la hay y no la hay. La hay porque el gobierno garantiza lugares y momentos de expresi&oacute;n de los j&oacute;venes, pero no las hay porque no las publica; ellos publican lo que les conviene. Un ejemplo: si yo voy a proponer un lugar para que otros vayan a opinar, de qu&eacute; sirve que opinen si los dem&aacute;s no se van a enterar que han opinado. El Estado se cubre diciendo que hay libertad de expresi&oacute;n, pero no la apoya.</p> </blockquote>      <p><b>El conflicto y la violaci&oacute;n de los Derechos Humanos</b></p>      <p>Tras m&aacute;s de medio siglo de la promulgaci&oacute;n de la Declaraci&oacute;n Universal de los Derechos Humanos, las situaciones de violaciones a estos derechos en el conflicto colombiano no s&oacute;lo marcan las estad&iacute;sticas sino que dejan tambi&eacute;n huellas en la mente de los colombianos. Esos eventos no se expresan, por supuesto, en un lenguaje de conceptos jur&iacute;dicos precisos, sino que se plasman en im&aacute;genes propias del lenguaje com&uacute;n, que en sus homogeneidades deja, sin embargo, ver diferencias culturales, sociales y biogr&aacute;ficas, algo que confirman Pereira y Camino al observar que “las representaciones sobre los derechos humanos no son homog&eacute;neas e igualmente compartidas por todos los miembros de una sociedad, porque se relacionan con una inserci&oacute;n concreta de los individuos en los diversos grupos sociales y de acuerdo a sus posiciones ideol&oacute;gicas” (2003, p. 450).</p>      <p>Los estudiantes participantes en nuestra investigaci&oacute;n consideran que en la cotidianidad de los habitantes de las grandes ciudades se evidencia ignorancia e indiferencia respecto de las violaciones a los derechos fundamentales como consecuencia del conflicto armado. En t&eacute;rminos generales, se piensa que el conflicto es un fen&oacute;meno de gran incidencia en la sociedad, pero que se presenta primordialmente en zonas distantes de los centros urbanos, donde la presencia estatal es d&eacute;bil. Esta idea la ejemplifica la afirmaci&oacute;n de una estudiante de tercer semestre de Derecho:</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p>Ya sabemos que &#91;el conflicto&#93; digamos est&aacute; m&aacute;s concentrado, al parecer, como en la zona rural que en la zona urbana, y nosotros, que estamos en la zona urbana, somos tolerantes, respetamos el vecino, respetamos el se&ntilde;or del lado, o sea, es eso.</p> </blockquote>      <p>Se percibe, adem&aacute;s, que el conflicto armado tiene relaci&oacute;n directa con intereses de car&aacute;cter pol&iacute;tico y econ&oacute;mico, pero para algunos participantes, grupos como los paramilitares no poseen ideolog&iacute;a pol&iacute;tica o fin distinto de la vulneraci&oacute;n de los derechos de la poblaci&oacute;n civil. El conflicto se identifica como un fen&oacute;meno que se extiende por todo el territorio nacional, que tiene una relaci&oacute;n directa con el narcotr&aacute;fico y con hechos del contexto internacional. Como ya mencionamos, se expresa con frecuencia tambi&eacute;n la idea de que no s&oacute;lo las conductas que implican una violaci&oacute;n a la vida y a la integridad f&iacute;sica de las personas, sino incluso la violaci&oacute;n de derechos en general o la existencia de grupos al margen de la ley.</p>      <p><b>Qui&eacute;nes violan derechos en el conflicto armado</b></p>      <p>Los estudiantes consideran que no habr&aacute; posibilidad de respeto por los derechos humanos por parte de los actores del conflicto si se tiene en cuenta que el Estado, del que se esperar&iacute;a un ejemplar compromiso al respecto, tambi&eacute;n incumple sus obligaciones, ya sea por su acci&oacute;n directa en el conflicto o por omisi&oacute;n en la prestaci&oacute;n de servicios a la poblaci&oacute;n. Por otra parte, se identifica a los grupos de delincuencia organizada o com&uacute;n como actores propios o directos del conflicto y se les pone en el mismo nivel de relevancia de otros actores en cuanto a la violaci&oacute;n de los derechos. En general, se identifican como actores del conflicto armado a los grupos guerrilleros, a los militares y agentes del Estado, a los grupos paramilitares, a los grupos emergentes y a la delincuencia com&uacute;n.</p>      <p><b>La validez y aplicaci&oacute;n del DIH</b></p>      <p>Los estudiantes participantes no distinguen siempre entre derechos humanos, derechos fundamentales, derechos constitucionales y derechos protegidos por el DIH, lo que incide en la representaci&oacute;n que tienen de la posible aplicaci&oacute;n de este &uacute;ltimo. En algunos casos piensan que son todos los derechos fundamentales los que merecen especial protecci&oacute;n por parte del DIH, como se deja ver en la afirmaci&oacute;n de un estudiante de tercer semestre del programa de Derecho:</p>      <blockquote>     <p>El DIH recoge los principios dentro de los derechos humanos, que son la bit&aacute;cora que gu&iacute;a al DIH, y el fin de &eacute;ste es proteger la carta de los derechos humanos, y lo transporta a los estados, y los estados lo aplican a trav&eacute;s de sus derechos fundamentales, consagrados en su carta constitucional.</p> </blockquote>      <p>Al mismo tiempo expresan la idea de que el DIH tiene campo de aplicaci&oacute;n cuando el Estado no es capaz de garantizar derechos fundamentales, especialmente el derecho a la vida y el derecho a la igualdad, para satisfacer necesidades vitales b&aacute;sicas. Desde esta perspectiva, el DIH suplir&iacute;a funciones del Estado:</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p>Podr&iacute;amos decir que en la guerra, pero m&aacute;s que todo es en cuanto a la protecci&oacute;n del ser humano como tal y la protecci&oacute;n de su dignidad. No solamente se aplica el DIH cuando hay una guerra, sino simplemente cuando hay maltrato infantil, es decir, de pronto cuando un Estado no puede resolver los problemas de maltrato infantil, cuando hay problemas de hambre, cuando hay problemas de desnutrici&oacute;n, cuando hay problemas de protecci&oacute;n social, que tal vez un Estado no puede cobijar, entonces empieza a entrar el DIH para velar precisamente por los derechos humanos, que son naturales para los seres humanos, para los cuales son creados.</p> </blockquote>      <p>Aunque no hay precisi&oacute;n respecto a las instancias, organismos e instrumentos de aplicaci&oacute;n del DIH, en t&eacute;rminos generales perciben el DIH como un mecanismo para proteger la Declaraci&oacute;n Universal de Derechos Humanos. De otra parte, perciben los tratos con grupos criminales como signo de la incapacidad del Estado para juzgar aquellas conductas que atentan contra los derechos humanos protegidos por el DIH, como se observa en la siguiente afirmaci&oacute;n de un estudiante de segundo semestre del programa de Derecho diurno:</p>      <blockquote>     <p>Entonces el Estado colombiano, a pesar de que lo tiene en su Constituci&oacute;n, no ha utilizado la herramienta jur&iacute;dica, no ha optimizado su herramienta investigativa, para investigar y darle el respectivo correctivo a esta serie de cr&iacute;menes; entonces pr&aacute;cticamente aqu&iacute; el Estado colombiano est&aacute; siendo totalmente negligente en la investigaci&oacute;n de estos cr&iacute;menes de lesa humanidad y cr&iacute;menes de guerra y no hay una investigaci&oacute;n seria; y aunque hay algunos organismos internacionales que act&uacute;an, no est&aacute;n viendo un contexto real del conflicto colombiano y no dan cuenta de la precariedad con que se est&aacute; llevando este tema, no est&aacute;n leyendo el contexto, simplemente lo est&aacute;n viendo desde afuera y no est&aacute;n haciendo un contexto claro de lo que realmente se vive aqu&iacute; en Colombia, como la ONU y las cortes penales internacionales, que no dan muestras que realmente est&eacute;n investigando esto con rigor ni con af&aacute;n, ni con agilidad.</p> </blockquote>      <p>Uno de los participantes sostiene que el DIH tiene aplicaci&oacute;n restrictiva para eventos de guerra y entiende que una de esas situaciones es el caso colombiano, pero algunos expresaron la opini&oacute;n de que la ayuda militar y monetaria por parte de potencias extranjeras tambi&eacute;n har&iacute;an parte de la aplicaci&oacute;n del DIH, como lo afirm&oacute; una estudiante del programa de Derecho, participante en el segundo grupo focal del d&iacute;a:</p>      <blockquote>     <p>Pero tambi&eacute;n es la ayuda que brindan los organismos como la ONU, es la ayuda que brindan los otros estados cuando otro Estado est&aacute; en guerra interior, como ac&aacute; con la guerrilla; tambi&eacute;n el caso de la supuesta ayuda de los Estados Unidos para que se acabe el conflicto en Colombia.</p> </blockquote>      <p>Aunque en algunos grupos se insinu&oacute; la posibilidad de que, en ciertas circunstancias, en medio del conflicto se podr&iacute;a justificar la suspensi&oacute;n del reconocimiento del DIH, espec&iacute;ficamente por parte de las fuerzas del Estado, para enfrentar a quienes se alzan contra ellas, esta posici&oacute;n se defini&oacute; r&aacute;pidamente como insostenible y se concluy&oacute; que ning&uacute;n acto violatorio es justificable, pues la idea del DIH se impone en la forma de un instrumento que restringe las acciones de los actores del conflicto armado, sin importar su condici&oacute;n o ideolog&iacute;a. Esto no impide que se reconozca cierta l&oacute;gica autorreferencial en los actores:</p>      <blockquote>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>No es justificable, desde ning&uacute;n punto de vista de la dignidad humana, pero es justificable desde algunos grupos porque tienen el poder.</p> </blockquote>      <p>Esto refleja ya la percepci&oacute;n de que lo normativo est&aacute; alejado de la pr&aacute;ctica. El DIH es visto por algunos como una regulaci&oacute;n que no se aplica y que se queda, por tanto, al nivel de la ret&oacute;rica y demagogia, como se puede notar en las afirmaciones de una participante del programa de Derecho de primer semestre:</p>      <blockquote>     <p>Se supone que todos debemos hacer parte o respetar los derechos que todos tenemos, pero, en mi concepto, el DIH no existe, es una palabra y es una farsa, porque si existiera todas las naciones lo respetar&iacute;an y respetar&iacute;amos la vida de las personas. O en qu&eacute; momento existe frente a la vida de las personas y la integridad f&iacute;sica. Si me dicen un caso espec&iacute;fico, yo dir&iacute;a que s&iacute; existe, pero en los medios todos los d&iacute;as lo que existe es que en el conflicto de Colombia, que el conflicto de Irak, pero no vemos reflejado el DIH, o c&oacute;mo o qui&eacute;n lo aplica.</p> </blockquote>      <p>Como ya se mencion&oacute;, en los grupos se hizo notoria la frecuencia con la que se piensa que el DIH tendr&iacute;a leg&iacute;timamente otros campos de protecci&oacute;n, como la vulneraci&oacute;n de los derechos de ni&ntilde;os y j&oacute;venes. Siempre que se viole un derecho humano entienden que se aplica el DIH, sin limitarse a los casos de guerra, sino, en general, en situaciones de violencia.</p>  <font size="3">     <br>    <p><b>DISCUSI&Oacute;N</b></p></font>      <p>El proceso investigativo se orient&oacute; por la pregunta acerca del reconocimiento de los Derechos Humanos protegidos por el DIH que tienen los estudiantes de Derecho y Comunicaci&oacute;n Social de la Fundaci&oacute;n Universitaria Los Libertadores, como instrumento para la regulaci&oacute;n del conflicto armado en Colombia. En el primer art&iacute;culo de revisi&oacute;n de esta investigaci&oacute;n se presentaron en detalle los fundamentos te&oacute;ricos y metodol&oacute;gicos de la investigaci&oacute;n (Garc&iacute;a, Bernal &amp; Moreno, 2009). Para los fines de este escrito recordaremos aqu&iacute; que, tal como la describe Clemence, una representaci&oacute;n social est&aacute; constituida &quot;por una red de significados m&aacute;s o menos divergentes dependiendo de la fuerza de las discusiones alrededor de ese objeto&quot; (2001, citado por Salazar, 2007). A continuaci&oacute;n presentamos en una red de nociones e im&aacute;genes este sistema de organizaci&oacute;n y de comunicaci&oacute;n para el objeto que nos ocupa, a partir de los DDHH relacionados directamente con la idea de dignidad humana que conforman el &quot;n&uacute;cleo duro&quot; del DIH: derecho a la libertad, derecho a la integridad y derecho a la vida:</p>      <p>En general se puede observar un acercamiento en las representaciones de los estudiantes a la conceptualizaci&oacute;n b&aacute;sica del DIH. Este acercamiento entre la representaci&oacute;n construida a partir de percepciones y comunicaciones cotidianas pres&eacute;nciales o mediadas y las definiciones te&oacute;ricas se manifiesta en el reconocimiento de su aplicaci&oacute;n fundamental para la preservaci&oacute;n de la dignidad humana, las limitaciones en el uso de armamento y el respeto por la vida y la poblaci&oacute;n civil. Sin embargo, la relaci&oacute;n que se establece con los DDHH en general hace que la configuraci&oacute;n de la representaci&oacute;n social del DIH se nutra de realidades de la vida de los j&oacute;venes participantes que se perciben como deficitarias en cuanto a protecci&oacute;n legal, como son el maltrato a mujeres y a ni&ntilde;os y ni&ntilde;as y la inseguridad de las ciudades, con lo que la representaci&oacute;n se aparta de la conceptualizaci&oacute;n acad&eacute;mica y del campo espec&iacute;fico de aplicaci&oacute;n del DIH.</p>      <p align="center"><a href="img/revistas/dere/n34/n34a09f01.jpg" target="_blank">Figura 1</a>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>De acuerdo con Moscovici, en la constituci&oacute;n de una representaci&oacute;n social confluyen dos procesos. En el primero, una teor&iacute;a o discurso formal se vuelve concreto por medio de met&aacute;foras o im&aacute;genes; en el segundo, se integran los nuevos fen&oacute;menos y objetos a las categor&iacute;as y visiones de mundo familiares al grupo social. La representaci&oacute;n del DIH hace uso de objetivaciones a trav&eacute;s de las que se ha introducido popularmente el discurso de los Derechos Humanos y se ancla en la realidad cotidiana recurriendo a un lenguaje com&uacute;n con un car&aacute;cter moral imperativo, en el que se mezclan elementos seculares modernos con mandamientos b&iacute;blicos. As&iacute;, por ejemplo, al pregunt&aacute;rsele a una estudiante a qu&eacute; se refiere cuando, en el marco del DIH, habla de protecci&oacute;n de derechos, dio la siguiente respuesta:</p>      <blockquote>     <p>La respuesta es t&aacute;cita; es como encontrar una constituci&oacute;n que diga &quot;no voy a matar a mi pr&oacute;jimo&quot;. Yo s&eacute; que no tengo que matar a alguien porque a m&iacute; no me gustar&iacute;a que me mataran. Es algo necesario, pero no para m&aacute;s adelante porque lo necesitamos ya; llevamos 50 a&ntilde;os que nos vienen violando ese derecho &#91;a la vida&#93; que es fundamental.</p>      <p>Podr&iacute;amos decir que en la guerra, pero m&aacute;s que todo es en cuanto a la protecci&oacute;n del ser humano como tal y la protecci&oacute;n de su dignidad. No solamente se aplica el DIH cuando hay una guerra, sino simplemente cuando hay maltrato infantil, es decir, de pronto cuando un Estado no puede resolver los problemas de maltrato infantil, cuando hay problemas de hambre, cuando hay problemas de desnutrici&oacute;n, cuando hay problemas de protecci&oacute;n social, que tal vez un Estado no puede cobijar, entonces empieza a entrar el DIH para velar precisamente por los derechos humanos, que son naturales para los seres humanos, para los cuales son creados.</p> </blockquote>      <p>Una vez que la representaci&oacute;n se ha integrado en un sistema preexistente de nociones, su objeto entra en un tejido socio-cognitivo de significaci&oacute;n, valoraci&oacute;n y orientaci&oacute;n de la conducta. Este proceso se puede verificar en la configuraci&oacute;n representacional del DIH de los estudiantes. En lo que ata&ntilde;e a su n&uacute;cleo como derecho, ella es en s&iacute; significativa, cercana en comprensi&oacute;n a los estudiantes en cuanto identifican su existencia y necesidad de aplicaci&oacute;n. Sin embargo, sobre el derecho hay una mirada negativa, ya que en el contexto del conflicto se le percibe como fr&aacute;gil o d&eacute;bil ante la contundencia de sus violaciones y, en ese sentido, se presenta como una noci&oacute;n que no motiva claramente a la movilizaci&oacute;n.</p>      <p>Las representaciones sociales, ha se&ntilde;alado Moscovici, surgen influidas por las condiciones sociales en las que se piensan y constituyen, entre las que son especialmente decisivos los momentos de crisis y conflicto. Las condiciones de recurrente menci&oacute;n en las que el DIH se convierte colectivamente en algo familiar, en una representaci&oacute;n social, son evidentemente condiciones de conflicto armado, de desmesura en los recursos de destrucci&oacute;n que en &eacute;l se emplean, de abusos hacia sujetos inermes y de frecuentes alternaciones entre violadores y v&iacute;ctimas. De manera similar, Henri Tajfel ha propuesto que se analice la representaci&oacute;n social desde su condici&oacute;n de respuesta a tres necesidades: la primera, la de clasificar y comprender acontecimientos complejos y dolorosos; la segunda, la de justificar acciones planeadas o cometidas contra otros grupos; y la tercera, la de &quot;diferenciar un grupo respecto de los dem&aacute;s existentes, en momentos en que pareciera desvanecerse esta distinci&oacute;n&quot; (Tajfel, citado en Garc&iacute;a, Bernal &amp; Moreno, 2009, p. 15). A partir de esto podr&iacute;amos pensar que, en el mundo de las representaciones, ante la desesperanza que producen las factuales violaciones que no logra evitar o castigar un poder nacional, por dem&aacute;s cuestionado por ser &eacute;l mismo responsable de violaciones, se enfrenta la idea de un cuerpo normativo insobornable, situado m&aacute;s all&aacute; de los visibles intereses que mueven a los actores del conflicto. En el choque de fuerzas que en su actuar recurren a las mismas estrategias y, con ello, se hacen indistinguibles, la idea de legitimidad se preserva en la identificaci&oacute;n de un &quot;nosotros&quot; distinto de &quot;ellos&quot;, los que lesionan la dignidad humana. Esta reflexi&oacute;n nos permite preguntarnos en qu&eacute; medida ese colectivo deja de ser en Colombia solamente una representaci&oacute;n moral para empezar a convertirse en la representaci&oacute;n de una instancia pol&iacute;tica, activa, la sociedad civil; una cuesti&oacute;n que, sin embargo, no puede responderse de manera conclusiva dentro de los l&iacute;mites de este estudio.</p>  <font size="3">     <br>    <p><b>CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES</b></p></font>      <p>El acercamiento a lo que, desde nuestra pregunta inicial, llamamos el &quot;reconocimiento&quot; que estudiantes de los programas de Derecho y Comunicaci&oacute;n Social de la FULL tienen sobre los Derechos Humanos (DDHH) protegidos por el Derecho Internacional Humanitario (DIH) se realiz&oacute; como una exploraci&oacute;n de las representaciones sociales que ellos han construido sobre estas nociones. El supuesto es que la situaci&oacute;n de conflicto afecta el mundo simb&oacute;lico de todos los sectores de la sociedad, si bien la identificaci&oacute;n y el reconocimiento de las normas en cuesti&oacute;n presenta variaciones a partir de interpretaciones y asimilaciones que surgen en los contextos particulares que los sujetos habitan.</p>      <p>La representaci&oacute;n social del DIH que han construido los estudiantes participantes se manifiesta en el reconocimiento de su aplicaci&oacute;n para la preservaci&oacute;n fundamental de la dignidad humana, las limitaciones en el uso de recurso b&eacute;licos y el respeto por la vida y la poblaci&oacute;n civil. Sin embargo, m&aacute;s all&aacute; de esta coincidencia formal con principios generales de la validez de los DDHH en situaci&oacute;n de conflicto, la configuraci&oacute;n de la representaci&oacute;n social del DIH se nutre de realidades inmediatas de la vida de los j&oacute;venes participantes, que se perciben como necesitadas de protecci&oacute;n legal, como son el maltrato de g&eacute;nero e infantil y la situaci&oacute;n de inseguridad de las ciudades, con lo que la representaci&oacute;n se aparta de la conceptualizaci&oacute;n acad&eacute;mica y del campo espec&iacute;fico de aplicaci&oacute;n del DIH.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La representaci&oacute;n del DIH hace uso de objetivaciones a trav&eacute;s de las que se ha apropiado popularmente el discurso de los DDHH y recurre a un lenguaje de car&aacute;cter moral imperativo, en el que se mezclan elementos seculares modernos con mandamientos de origen religioso. En lo que ata&ntilde;e a su n&uacute;cleo como derecho, ella es en s&iacute; significativa y produce una comprensi&oacute;n que le es cercana a los estudiantes, en cuanto identifican su existencia y la necesidad de aplicaci&oacute;n. Sin embargo, hay en la mirada sobre el DIH un aspecto negativo: en el contexto del conflicto se le percibe como fr&aacute;gil o d&eacute;bil ante la contundencia de las frecuentes violaciones y,  en ese sentido, se presenta como una noci&oacute;n que no motiva claramente a la movilizaci&oacute;n.</p>      <p>En la situaci&oacute;n de conflicto que se vivencia en el pa&iacute;s, la idealidad de un cuerpo normativo que se supone independiente de los intereses que mueven a los actores del conflicto choca con la realidad de las violaciones al DIH y la ambig&uuml;edad de un poder estatal que no logra evitarlas o castigarlas, y que, debiendo representar la legitimidad del orden, es tambi&eacute;n cuestionado por ser &eacute;l mismo responsable de violaciones. En este choque, el marco normativo pierde su anclaje representacional en instancias reales, para encontrar sustento en la difusa identificaci&oacute;n con un &quot;nosotros&quot; diferente del &quot;ellos&quot; de los que lesionan la dignidad humana. Este colectivo (&quot;nosotros&quot;) se mantiene como representaci&oacute;n moral y no logra una clara concreci&oacute;n como instancia social y pol&iacute;tica, portadora de demandas leg&iacute;timas frente a los actores del conflicto. Interpretado en otros t&eacute;rminos, podemos decir que la representaci&oacute;n social de sociedad civil es d&eacute;bil. Esto no obsta, sin embargo, para reconocer en la RS construida en torno al DIH la satisfacci&oacute;n de una funci&oacute;n general, a saber, la de generar referentes comunicativos entre los miembros de un grupo social, a partir de los que se estructuran ciertas relaciones entre lo evaluativo, lo actitudinal y lo pr&aacute;ctico, que permiten una orientaci&oacute;n en un mundo social marcado por un conflicto armado.</p>      <p>La exploraci&oacute;n de la manera en que un grupo social construye un objeto dentro de su mundo simb&oacute;lico tiene en este caso un inter&eacute;s pr&aacute;ctico. La descripci&oacute;n y la interpretaci&oacute;n deben dar pues lugar, finalmente, a elementos propositivos una vez que se ha constatado que, a pesar de que se reconoce y justifica la intervenci&oacute;n del DIH, en lo que respecta a una idea precisa de &eacute;l, de su definici&oacute;n, normatividad y &aacute;mbitos de aplicaci&oacute;n, los estudiantes muestran grandes vac&iacute;os y confusiones.</p>      <p>Debido al ineludible papel que desempe&ntilde;an instancias y agrupaciones de la sociedad civil en la exigencia del respeto por DDHH en general y del DIH en nuestra situaci&oacute;n particular de conflicto, es necesario que la Universidad en general fortalezca espacios para la formaci&oacute;n, la reflexi&oacute;n y el debate sobre estos temas. Como muestra un estudio realizado por el Centro de Investigaciones Sociojur&iacute;dicas de la Universidad de los Andes (2005), a pesar de algunos logros en este sentido, la educaci&oacute;n en DDHH y DIH en las instituciones universitarias es insuficiente, pues se concentra en facultades de derecho o se ofrece en las dem&aacute;s facultades con un car&aacute;cter electivo. Es recomendable entonces que los cursos sobre DDHH y DIH sean obligatorios, incluyan todos los programas acad&eacute;micos y, nos atrevemos a sugerir, que toquen varios puntos de an&aacute;lisis sobre el conflicto, desde sus causas y efectos hasta su cubrimiento medi&aacute;tico, pues tales asuntos trascienden el mero inter&eacute;s disciplinar y se sit&uacute;an en el n&uacute;cleo mismo de inter&eacute;s para un fortalecido ejercicio de ciudadan&iacute;a en nuestra naci&oacute;n. Para el contexto institucional espec&iacute;fico en el que se adelant&oacute; esta investigaci&oacute;n, la primera en la tem&aacute;tica realizada en la Universidad Los Libertadores, el aporte consiste menos en la corroboraci&oacute;n de la existencia de una representaci&oacute;n social marcada por el contraste entre lo normativo y lo f&aacute;ctico que en hacer visible la difusa representaci&oacute;n que tienen los estudiantes -incluso los de derecho- del campo posible de aplicaci&oacute;n del DIH. La propuesta que se hace desde los hallazgos logrados es la creaci&oacute;n de una c&aacute;tedra transversal relacionada con el tema del conflicto armado en Colombia, sus consecuencias sociopol&iacute;ticas y jur&iacute;dicas, las situaciones de aplicaci&oacute;n del DIH y el papel de la sociedad civil en las demandas de respeto de los Derechos Humanos. Esta c&aacute;tedra se puede integrar a la C&aacute;tedra Libertadora que se ofrece en la Universidad desde el &aacute;rea de Humanidades, pero la naturaleza del trabajo propuesto demanda el concurso de las facultades de Derecho y de Comunicaci&oacute;n Social con el fin de construir y desarrollar una propuesta de Observatorio interdisciplinario de derechos humanos, que, entre otros, aborde la realidad del conflicto armado.</p>  <hr>      <p><sup><a name="1a"></a><a href="#1">1</a></sup> Los pares de palabras seleccionadas para la primera aplicaci&oacute;n fueron: &quot;Existente- Inexistente&quot;, &quot;Absoluto - Relativo&quot;, &quot;Respetado - Irrespetado&quot;, &quot;Preciso - Impreciso&quot;, para los Derechos en cuanto nociones sustantivas. Para actos o acciones que vulneran o atentan contra los Derechos los campos sem&aacute;nticos estuvieron entre: &quot;Legal - Ilegal&quot;, &quot;Justo - Arbitrario&quot;, &quot;Tolerado - Repudiado&quot;, &quot;Acatado - Desobedecido&quot;, &quot;Injustificado - Justificado&quot;. En cuanto Sociedad Civil, las connotaciones se movilizaron entre: &quot;Organizada - Desorganizada&quot;, &quot;Imparcial - Parcial&quot; y &quot;Activa - Pasiva&quot;. Cfr. &quot;Representaciones sociales de los Derechos Humanos protegidos Derecho Internacional Humanitario: aproximaciones a partir de diferenciales sem&aacute;nticos&quot; (art&iacute;culo en revisi&oacute;n de pares).</p>      <p><sup><a name="2a"></a><a href="#2">2</a></sup> En la primera aplicaci&oacute;n del diferencial sem&aacute;ntico participaron 44 estudiantes de los programas de Comunicaci&oacute;n Social y de Derecho, 43,2% de la jornada diurna y el 56,8% restante de la nocturna. La participaci&oacute;n de los estudiantes del programa de Derecho fue del 27,3% y de Comunicaci&oacute;n, el 72,7%. La participaci&oacute;n por g&eacute;nero fue equitativa: 45% de g&eacute;nero masculino y el 55% femenino. La edad predominante estuvo en el rango de 19 a 25 a&ntilde;os, con un 43,2%, seguido de quienes se encuentran entre 16 y 18 a&ntilde;os, con un 20,5%. De la totalidad de participantes, el 27,3% trabajan como empleados, el 6,8% laboran como independientes y los dem&aacute;s tienen por &uacute;nica dedicaci&oacute;n el estudio.</p>  <hr>  <font size="3">     <br>    <p><b>REFERENCIAS</b></p></font>      <!-- ref --><p>Centro de Investigaciones Sociojur&iacute;dicas &#91;SIJUS&#93; (2005). <i>Ense&ntilde;anza Legal en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en las facultades de derecho de Colombia. </i>Bogot&aacute;: Universidad de los Andes.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000141&pid=S0121-8697201000020000900001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Garc&iacute;a, F., Bernal, D. &amp; Moreno, A. (2009). &quot;Representaciones sociales de los derechos humanos protegidos por el DIH: conceptualizaciones preliminares a un estudio anal&iacute;tico&quot; (art&iacute;culo en evaluaci&oacute;n de pares). Bogot&aacute;.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000142&pid=S0121-8697201000020000900002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Garc&iacute;a, F., Bernal, D. &amp; Moreno, A. (2010). &quot;Representaciones sociales de los derechos humanos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario: aproximaciones a partir de diferenciales sem&aacute;nticos&quot;. <i>Via Iuris, </i>8, 79-92.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000143&pid=S0121-8697201000020000900003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Mora, M. (2002). La teor&iacute;a de las representaciones sociales de Serge Moscovici. <i>Athenea Digital, </i>n&deg; 2. Disponible en l&iacute;nea: <a href="http://psicologiasocial.uab.es/athenea/index.php/atheneaDigital/article/view/55/55" target="_blank">http://psicologiasocial.uab.es/athenea/index.php/atheneaDigital/article/view/55/55</a>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000144&pid=S0121-8697201000020000900004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Moscovici &amp; Hewstone (1986). &quot;De la ciencia al sentido com&uacute;n&quot;. En <i>Psicolog&iacute;a social II. Pensamiento y vida social. Psicolog&iacute;a y problemas sociales. </i>Barcelona: Paid&oacute;s.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000145&pid=S0121-8697201000020000900005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Osgood, C. E., Suci, G. J. &amp; Tannenbaum, P. H. (1976). <i>La Medida del Significado. </i>Madrid: Gredos.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000146&pid=S0121-8697201000020000900006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Pereira &amp; Camino (2003). &quot;Representacoes sociais, envolvimento nos direitos humanos e ideolog&iacute;a pol&iacute;tica em estudantes universitarios de Joao pessoa.&quot; <i>Psicolog&iacute;a: Reflexao e Critica, </i>16(3), 447-460.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000147&pid=S0121-8697201000020000900007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Rodr&iacute;guez, T. (2007). Sobre el estudio cualitativo de la estructura de las representaciones sociales. En <i>Representaciones sociales. Teor&iacute;a e Investigaci&oacute;n. </i>M&eacute;xico: Universidad de Guadalajara.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000148&pid=S0121-8697201000020000900008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Swinarski, Ch. (1990). <i>Direito Internacional Humanit&aacute;rio. </i>Revista <i>Dos Tribunais, </i>30 - 31. S&atilde;o Paulo.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000149&pid=S0121-8697201000020000900009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> ]]></body><back>
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