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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Convergencia contable internacional: hacia un nuevo modelo de contabilización de arrendamientos]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[Rental has become an important financing source for entities of different kinds and sizes all over the world. These contracts generally affect -in a meaningful way- the financial position, results and cash flow of an entity. For that reason, it is crucial to understand and analyze the essence of rental contracts, so that the information presented in financial states allows users to adequately acknowledge the nature of the agreement and the impact it generates. In the frame of the process of convergence carried on by the International Accounting Standard Board, IASB, and the American regulator Financial Accounting Standard Boar, FASB, the need of revising and improving various aspects of the accounting of rental contracts. The sketch of discussion on rentals presented in March, 2009, came as a product of the deliberation carried on by these organisms. This document elucidates the failures of the current accounting model, and presents a wide variety of issues analyzed in the process, whereby a new proposal of the accounting of rental contracts is made. These contracts generate rights and duties for the tenant. From the analysis of these rights and duties, the conclusion that some of them perform the functions of actives and passives was reached. The new accounting model requires recognition of actives and passives derived from rental contracts. The manner of measuring these actives and passives required a study of different proposals that came to the result of a mediation model comprised of similar actives and passives. The accounting treatment of the particular characteristics of a rental contract - like the options of purchase and renovations, contingent rentals and guaranteed residual values- have raised controversy among participants. In the decisions made after the sketch of discussion, both the IASB and the FASB have restated most of their positions on the accountancy of these elements. Finally, the last chapter of this document pays special attention on revising the impact that the proposed model can generate in the financial information presented by Small and Medium Business in Colombia.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="pt"><p><![CDATA[O arrendamento constitui-se no mundo inteiro em uma importante fonte de financiamento para entidades de diferentes tipos e tamanhos. Estes contratos geralmente afetam de maneira significativa a posição financeira, os resultados e os fluxos de caixa de uma entidade. Portanto, é indispensável compreender e analisar a essência dos contratos de arrendamento, de forma que a informação que se apresenta nos estados financeiros permita aos usuários conhecer adequadamente a natureza do acordo e o impacto que este gera. No marco do processo de convergência realizado pelo regulador contável internacional IASB, International Accounting Standard Board e o regulador contável estadunidense FASB, Financial Accounting Standard Board, tem sido analizada a necessidade de revisar e melhorar vários aspectos da contabilização dos contratos de arrendamento. Como produto das deliberações realizadas por estes organismos, surgiu o Rascunho de discussão sobre arrendamentos, apresentado em março de 2009. O Rascunho de discussão evidencia as falhas do modelo contável existente e apresenta uma grande quantidade de assuntos analisados no processo, por isso foi apresentada uma nova proposta de contabilização dos contratos de arrendamento. Os contratos de arrendamento geram direitos e obrigações para o arrendatário. Uma análise dos direitos e obrigações permitiu chegar à conclusão de que alguns destes cumprem as definições de ativos e passivos. O novo modelo de contabilização requer o reconhecimento dos ativos e passivos derivados de um contrato de arrendamento. A forma de medir estes ativos e passivos requereu um estudo de diferentes propostas, que deram como resultado um modelo de medição consistente com ativos e passivos similares. O tratamento contável das características particulares de um contrato de arrendamento -como as opções de compra ou renovação, as rendas contingentes e os valores residuais garantidos- tem gerado controvérsia entre os participantes. Nas decisões alcançadas com posterioridade ao Rascunho de discussão, o IASB e o FASB têm reafirmado a maioria de suas posições sobre a contabilização destes elementos. Finalmente, o último capítulo deste documento dedica especial atenção a revisar o impacto que o modelo proposto pode gerar na informação financeira que apresentam as pme na Colômbia.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[   <font size="2" face="verdana">      <p align="center"><font size="4"><b>Convergencia contable internacional: hacia un nuevo modelo de contabilizaci&oacute;n de arrendamientos<sup>*</sup></b></font></p>      <p align="center"><font size="3"><b>International accounting convergence: towards a new model of rent accounting</b></font></p>      <p align="center"><font size="3"><b>Converg&ecirc;ncia cont&aacute;vel internacional: rumo a um novo modelo de contabiliza&ccedil;&atilde;o de arrendamentos</b></font></p>      <p>    <center>Aracely del Socorro S&aacute;nchez-Serna<sup>1</sup>    <br> &Eacute;dgar Emilio Salazar-Baquero<sup>2</sup></center></p>           <br>      <p><sup>*</sup>El presente art&iacute;culo es producto del proyecto de investigaci&oacute;n radicado en la Vicerrector&iacute;a Acad&eacute;mica de la Pontificia Universidad Javeriana identificado con el c&oacute;digo PS 082 y denominado <i>Propuesta de modelo t&eacute;cnico de integraci&oacute;n de sistemas de informaci&oacute;n y pr&aacute;cticas de auditor&iacute;a y transparencia para la pyme colombiana que participa en mercados globales</i>, presentado y desarrollado por el grupo de investigaci&oacute;n del Departamento de Ciencias Contables. Fecha de inicio: 01-08-06, fecha de terminaci&oacute;n: 01-08-09. El proyecto pretende formular un modelo contable que integre diferentes pr&aacute;cticas y regulaciones de contabilidad y auditor&iacute;a que sea &uacute;til y adecuado a las necesidades de las organizaciones.    <br> <sup>1</sup>Contadora p&uacute;blica y licenciada en matem&aacute;ticas, Pontificia Universidad Javeriana. M&aacute;ster en finanzas, Universidad Externado de Colombia en convenio con la Universidad de Columbia de New York. Docente de planta de la Pontificia Universidad Javeriana.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> Correo electr&oacute;nico: <a href="mailto:a-sanchez@javeriana.edu.co">a-sanchez@javeriana.edu.co</a>.    <br> <sup>2</sup>Contador P&uacute;blico y especialista en contabilidad financiera internacional, Pontificia Universidad Javeriana. Especialista en Gerencia y Administraci&oacute;n Tributaria de la Universidad Externado de Colombia. Asesor contable y tributario de diferentes organizaciones.    <br> Correo electr&oacute;nico: <a href="mailto:edgar.salazar@javeriana.edu.co">edgar.salazar@javeriana.edu.co</a>.</p>      <p>Fecha de recepci&oacute;n: 5 de abril de 2010 Fecha de aceptaci&oacute;n: 30 de mayo de 2010</p>  <hr>     <p>    <center><b>Para citar este art&iacute;culo</b></center></p>     <p>S&aacute;nchez-Serna, Aracely del Socorro &amp; Salazar-Baquero, &Eacute;dgar Emilio (2010). Convergencia contable internacional: hacia un nuevo modelo de contabilizaci&oacute;n de arrendamientos. <i>Cuadernos de Contabilidad</i>, <i>11 </i>(28), 67-121.</p> <hr>      <p><font size="3"><b>Resumen</b></font></p>      <p>El arrendamiento se ha constituido en el mundo en una fuente importante de financiaci&oacute;n para entidades de diferentes tipos y tama&ntilde;os. Estos contratos por lo general afectan de manera significativa la posici&oacute;n financiera, los resultados y los flujos de efectivo de una entidad. Por tanto, se hace indispensable comprender y analizar la esencia de los contratos de arrendamiento, de manera que la informaci&oacute;n que se presenta en los Estados Financieros permita a los usuarios conocer adecuadamente la naturaleza del acuerdo y el impacto que &eacute;ste genera. En el marco del proceso de convergencia adelantado por el regulador contable internacional IASB, International Accounting Standards Board y el regulador contable estadounidense FASB, Financial Accounting Standards Board, se ha venido analizando la necesidad de revisar y mejorar varios aspectos de la contabilizaci&oacute;n de los contratos de arrendamiento. Producto de las deliberaciones adelantadas por estos organismos, surgi&oacute; el <i>Borrador de discusi&oacute;n sobre arrendamientos</i>, presentado en marzo de 2009. El <i>Borrador de discusi&oacute;n</i> evidencia las fallas del modelo contable existente y presenta una gran cantidad de asuntos analizados en el proceso, a ra&iacute;z de lo cual se realiza una nueva propuesta de contabilizaci&oacute;n de los contratos de arrendamiento. Los contratos de arrendamiento generan derechos y obligaciones para el arrendatario. Un an&aacute;lisis de los derechos y obligaciones logr&oacute; llevar a la conclusi&oacute;n de que algunos de &eacute;stos cumplen las definiciones de activos y pasivos. El nuevo modelo de contabilizaci&oacute;n requiere el reconocimiento de los activos y pasivos derivados de un contrato de arrendamiento. La forma de medir estos activos y pasivos requiri&oacute; un estudio de diferentes propuestas, que dieron como resultado un modelo de medici&oacute;n consistente con activos y pasivos similares. El tratamiento contable de las caracter&iacute;sticas particulares de un contrato de arrendamiento -como las opciones de compra o renovaci&oacute;n, las rentas contingentes y los valores residuales garantizados- han generado controversia entre los participantes. En las decisiones alcanzadas con posterioridad al <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>, el IASB y el FASB han reafirmado la mayor&iacute;a de sus posiciones sobre la contabilizaci&oacute;n de estos elementos. Finalmente, el &uacute;ltimo cap&iacute;tulo de este documento dedica especial atenci&oacute;n a revisar el impacto que el modelo propuesto puede generar en la informaci&oacute;n financiera que presentan las pyme en Colombia.</p>      <p><b>Palabras clave autor</b>: Arrendamientos, pyme, tratamiento contable.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Palabras clave descriptor</b>: Contratos de arrendamiento, peque&ntilde;a y mediana empresa, informaci&oacute;n financiera.</p>  <hr>      <p><font size="3"><b>Abstract</b></font></p>      <p>Rental has become an important financing source for entities of different kinds and sizes all over the world. These contracts generally affect -in a meaningful way- the financial position, results and cash flow of an entity. For that reason, it is crucial to understand and analyze the essence of rental contracts, so that the information presented in financial states allows users to adequately acknowledge the nature of the agreement and the impact it generates. In the frame of the process of convergence carried on by the International Accounting Standard Board, IASB, and the American regulator Financial Accounting Standard Boar, FASB, the need of revising and improving various aspects of the accounting of rental contracts. The sketch of discussion on rentals presented in March, 2009, came as a product of the deliberation carried on by these organisms. This document elucidates the failures of the current accounting model, and presents a wide variety of issues analyzed in the process, whereby a new proposal of the accounting of rental contracts is made. These contracts generate rights and duties for the tenant. From the analysis of these rights and duties, the conclusion that some of them perform the functions of actives and passives was reached. The new accounting model requires recognition of actives and passives derived from rental contracts. The manner of measuring these actives and passives required a study of different proposals that came to the result of a mediation model comprised of similar actives and passives.  The accounting treatment of the particular characteristics of a rental contract - like the options of purchase and renovations, contingent rentals and guaranteed residual values- have raised controversy among participants. In the decisions made after the sketch of discussion, both the IASB and the FASB have restated most of their positions on the accountancy of these elements. Finally, the last chapter of this document pays special attention on revising the impact that the proposed model can generate in the financial information presented by Small and Medium Business in Colombia.</p>      <p><b>Key words author</b>: Rent, Small and Medium Business, accounting treatment.</p>      <p><b>Key words plus</b>: Leases, Small and Medium-sized companies, Financial Information.</p>  <hr>      <p><font size="3"><b>Resumo</b></font></p>      <p>O arrendamento constitui-se no mundo inteiro em uma importante fonte de financiamento para entidades de diferentes tipos e tamanhos. Estes contratos geralmente afetam de maneira significativa a posi&ccedil;&atilde;o financeira, os resultados e os fluxos de caixa de uma entidade. Portanto, &eacute; indispens&aacute;vel compreender e analisar a ess&ecirc;ncia dos contratos de arrendamento, de forma que a informa&ccedil;&atilde;o que se apresenta nos estados financeiros permita aos usu&aacute;rios conhecer adequadamente a natureza do acordo e o impacto que este gera. No marco do processo de converg&ecirc;ncia realizado pelo regulador cont&aacute;vel internacional IASB, International Accounting Standard Board e o regulador cont&aacute;vel estadunidense FASB, Financial Accounting Standard Board, tem sido analizada a necessidade de revisar e melhorar v&aacute;rios aspectos da contabiliza&ccedil;&atilde;o dos contratos de arrendamento. Como produto das delibera&ccedil;&otilde;es realizadas por estes organismos, surgiu o Rascunho de discuss&atilde;o sobre arrendamentos, apresentado em mar&ccedil;o de 2009. O Rascunho de discuss&atilde;o evidencia as falhas do modelo cont&aacute;vel existente e apresenta uma grande quantidade de assuntos analisados no processo, por isso foi apresentada uma nova proposta de contabiliza&ccedil;&atilde;o dos contratos de arrendamento. Os contratos de arrendamento geram direitos e obriga&ccedil;&otilde;es para o arrendat&aacute;rio. Uma an&aacute;lise dos direitos e obriga&ccedil;&otilde;es permitiu chegar &agrave; conclus&atilde;o de que alguns destes cumprem as defini&ccedil;&otilde;es de ativos e passivos. O novo modelo de contabiliza&ccedil;&atilde;o requer o reconhecimento dos ativos e passivos derivados de um contrato de arrendamento. A forma de medir estes ativos e passivos requereu um estudo de diferentes propostas, que deram como resultado um modelo de medi&ccedil;&atilde;o consistente com ativos e passivos similares. O tratamento cont&aacute;vel das caracter&iacute;sticas particulares de um contrato de arrendamento -como as op&ccedil;&otilde;es de compra ou renova&ccedil;&atilde;o, as rendas contingentes e os valores residuais garantidos- tem gerado controv&eacute;rsia entre os participantes. Nas decis&otilde;es alcan&ccedil;adas com posterioridade ao Rascunho de discuss&atilde;o, o IASB e o FASB t&ecirc;m reafirmado a maioria de suas posi&ccedil;&otilde;es sobre a contabiliza&ccedil;&atilde;o destes elementos. Finalmente, o &uacute;ltimo cap&iacute;tulo deste documento dedica especial aten&ccedil;&atilde;o a revisar o impacto que o modelo proposto pode gerar na informa&ccedil;&atilde;o financeira que apresentam as pme na Col&ocirc;mbia.</p>      <p><b>Palabras-chave autor</b>: Arrendamentos, pme, tratamento cont&aacute;vel.</i></p>   <hr>      <p><font size="3"><b>Introducci&oacute;n</b></font></p>      <p>El tratamiento contable de los arrendamientos se ha convertido en un tema controversial desde hace alg&uacute;n tiempo. No es extra&ntilde;o encontrar en libros de teor&iacute;a contable que se ocupen de las problem&aacute;ticas modernas de la Contabilidad Financiera alg&uacute;n cap&iacute;tulo sobre arrendamientos.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>A su vez, en los &uacute;ltimos a&ntilde;os, se ha incrementado la atenci&oacute;n mundial en el desarrollo  del proceso de convergencia entre los reguladores de contabilidad financiera reconocidos hoy como los m&aacute;s importantes. El International Accounting Standards Board, IASB, y el principal regulador estadounidense Financial Accounting Standards Board, FASB, han manifestado reiteradamente su compromiso de lograr un &uacute;nico conjunto de est&aacute;ndares contables de alta calidad.</p>      <p>En 2009, en el marco del proceso de convergencia, se present&oacute; para comentarios p&uacute;blicos el borrador de discusi&oacute;n <i>Leases: Preliminary views</i>, elaborado conjuntamente por los consejos IASB y FASB. Se espera un proyecto de est&aacute;ndar para el segundo trimestre de 2010.</p>      <p>El presente trabajo, producto del proyecto de investigaci&oacute;n <i>Propuesta de modelo t&eacute;cnico de integraci&oacute;n de sistemas de informaci&oacute;n y pr&aacute;cticas de auditor&iacute;a y transparencia en la pyme colombiana que participa en mercados globales</i>, realizado por un equipo de docentes del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana, muestra la propuesta planteada en el <i>Borrador de discusi&oacute;n</i> sobre el reconocimiento, medici&oacute;n y presentaci&oacute;n de un contrato de arrendamiento desde la perspectiva del arrendatario y su posible impacto en la informaci&oacute;n financiera que presentan las pyme.<sup><a name="nu1"></a><a href="#num1">1</a></sup></p>      <p>Si bien el proyecto est&aacute; encaminado a generar un nuevo est&aacute;ndar sobre arrendamientos aplicable a las NIIF<sup><a name="nu2"></a><a href="#num2">2</a></sup> completas, de acuerdo con la NIIF para PYMES, se espera hacer revisiones cada tres  a&ntilde;os, que contemplar&iacute;an las modificaciones a las NIIF completas. Por tanto, es de esperarse que el modelo propuesto sea acogido en la NIIF para PYMES en sus desarrollos posteriores.</p>      <p>En Colombia, en desarrollo del proceso de mejoramiento de las normas contables propuesto por la Ley 1314 de 2009, se espera que junto con el modelo contable para las pyme propuesto por ISAR,<sup><a name="nu3"></a><a href="#num3">3</a></sup> la NIIF para PYMES sea uno de los principales referentes dado el gran n&uacute;mero de pyme y su importancia en la econom&iacute;a nacional. As&iacute;, este modelo seguramente generar&aacute; cambios en el tratamiento contable del arrendamiento para las pyme colombianas que participan y desean participar en mercados globales, lo cual contribuir&aacute; a incrementar la calidad y la transparencia de la informaci&oacute;n, lo que redundar&aacute; en una mejora en los niveles de competitividad empresarial.</p>      <p><font size="3"><b>Objetivos</b></font></p>      <p>Se espera que el presente trabajo contribuya a:</p>  <ul>    <li>    <p>Conocer una nueva propuesta de contabilizaci&oacute;n de los contratos de arrendamiento, junto con las consideraciones conceptuales que la sustentan.</p></li>      <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Mostrar los impactos que la propuesta de contabilizaci&oacute;n de los contratos de arrendamiento puede generar en el mejoramiento de la calidad y transparencia de la informaci&oacute;n financiera de las peque&ntilde;as y medianas entidades, lo que se traduce en un incremento en sus niveles de competitividad empresarial.</p></li>      <li>    <p>Conocer las reflexiones de los autores sobre los principales asuntos tratados y fundamentar la generaci&oacute;n de una carta de comentarios, al proyecto de est&aacute;ndar pr&oacute;ximo a publicarse.</p></li>      <li>    <p>Incentivar la participaci&oacute;n de la comunidad contable en Colombia en el proceso de construcci&oacute;n de la regulaci&oacute;n contable internacional, lo que enriquecer&aacute; a la vez el proceso de discusi&oacute;n de la regulaci&oacute;n colombiana, en desarrollo de la Ley 1314 del 13 de julio de 2009.</p></li>    </ul>      <p><font size="3"><b>Estructura</b></font></p>      <p>Luego de introducir el concepto de arrendamientos en un primer apartado, se presenta el marco general del <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>. En &eacute;ste se plantean temas como la historia del proyecto, las cr&iacute;ticas a los modelos existentes, la perspectiva desde la cual se trabaja el borrador y el enfoque del nuevo est&aacute;ndar. Las siguientes cinco secciones se ocupan de abordar los principales temas tratados en el <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>, desde el punto de vista del arrendatario. Cada una de estas secciones incluye:</p>  <ul>    <li>    <p>La presentaci&oacute;n del modelo propuesto en el <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>, junto con las consideraciones analizadas para adoptar el modelo.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p>Un resumen de los comentarios recibidos sobre el modelo propuesto.</p></li>      <li>    <p>Las modificaciones a la propuesta preliminar (si existen), fruto de las deliberaciones efectuadas y del an&aacute;lisis de los comentarios recibidos. Se consideraron las decisiones alcanzadas hasta la reuni&oacute;n de Londres, entre el 15 y el 24 de marzo de 2010.</p></li>      <li>    <p>Las reflexiones de los autores sobre los temas planteados.</p></li>    </ul>      <p>El tema de revelaciones fue abordado durante las deliberaciones posteriores al <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>. Por tal raz&oacute;n, este documento no aborda el tema de la informaci&oacute;n a revelar sobre los contratos de arrendamiento.</p>      <p>Se presenta adem&aacute;s un apartado final que busca mostrar los posibles efectos que surgen de este modelo en la informaci&oacute;n financiera producida por las pyme.</p>      <p><font size="3"><b>1. Arrendamientos</b></font></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>1.1 Definici&oacute;n y aspectos generales</b></p>      <p>En el marco del presente documento que busca hacer una reflexi&oacute;n y an&aacute;lisis de la discusi&oacute;n en curso por parte de IASB y FASB, respecto al reconocimiento contable de los contratos de arrendamiento, se hace necesario realizar un acercamiento a las definiciones sobre la figura del arrendamiento.</p>      <p>Seg&uacute;n R. Charles Moyer, James R. Mc-Guigan y William J. Kretlow (2008), el arrendamiento es un medio para obtener el uso econ&oacute;mico de un activo durante un lapso espec&iacute;fico, sin ser su propietario. En un contrato de arrendamiento, el due&ntilde;o de la propiedad (arrendador) conviene en permitir que el usuario (arrendatario) la utilice durante un tiempo establecido; a cambio, el arrendatario conviene en realizar una serie de pagos peri&oacute;dicos al arrendador.</p>      <p>De otro lado, la estadounidense Securities and Exchange Commission, SEC (2005) defini&oacute; el arrendamiento como "<i>una obligaci&oacute;n  contractual que permite que activos pose&iacute;dos por una parte sean usados por otra, durante per&iacute;odos espec&iacute;ficos, a cambio de un pago o una serie de pagos</i>".<sup><a name="nu4"></a><a href="#num4">4</a></sup> Seg&uacute;n sus estudios, los activos com&uacute;nmente arrendados incluyen, entre otros, veh&iacute;culos, aeroplanos, edificios y otros bienes inmuebles, maquinaria, equipos de c&oacute;mputo y muchos otros activos tangibles. Adicionalmente, concluye que una entidad puede preferir tomar en arriendo en vez de comprar un activo por muchos motivos, como las econom&iacute;as de escala, el incremento en la flexibilidad de sus operaciones, las ventajas fiscales, las mejoras en el acceso al capital, la reducci&oacute;n de costos al actualizar sus equipos y las mejoras en la distribuci&oacute;n de riesgos.</p>      <p>En desarrollo de una de sus reuniones conjuntas realizada el 2 de febrero de 2010 en Londres, IASB y FASB propusieron la siguiente definici&oacute;n de arrendamientos:</p>  <ol>Un arrendamiento es un contrato en el que se transfiere el derecho a usar un activo espec&iacute;fico, por un per&iacute;odo determinado, a cambio de una contraprestaci&oacute;n.    </ol>      <p>Desde una perspectiva econ&oacute;mica, puede afirmarse que "<i>el valor de un activo radica en su uso, no en su propiedad</i>". En otras palabras, una empresa puede desear adquirir el uso de los activos necesarios para la producci&oacute;n de bienes o servicios, y obtener unos beneficios futuros por  el uso de estos activos, considerando innecesario tener la propiedad legal.</p>      <p>En las definiciones anteriores est&aacute;n los aspectos b&aacute;sicos que deben ser tenidos en cuenta para la discusi&oacute;n en relaci&oacute;n con el tratamiento contable de un contrato de arrendamiento. De un lado, el derecho a usar un activo y por otro, la obligaci&oacute;n de pagar un canon a cambio del derecho adquirido.</p>      <p><b>1.2 Contratos de leasing en Colombia</b></p>      <p>En Colombia, una de las formas de arrendamiento que ha tomado m&aacute;s fuerza en los &uacute;ltimos a&ntilde;os es el contrato de <i>leasing</i>.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i>Leasing</i> es una palabra en ingl&eacute;s, que viene del verbo <i>to lease</i>, que significa <i>tomar o dar en arrendamiento</i>, pero que no recoge de manera suficiente la complejidad que encierra el contrato, al ser especial y diferente de un arriendo simple; sin embargo, la legislaci&oacute;n y la doctrina mundial, incluida la emitida en Colombia, lo ha denominado <i>leasing</i>.</p>      <p>La figura de <i>leasing</i> ha tomado cada vez un papel m&aacute;s preponderante en el desarrollo de las compa&ntilde;&iacute;as y por qu&eacute; no decirlo, genera un impacto en el desarrollo econ&oacute;mico de un pa&iacute;s, que en una alta participaci&oacute;n utiliza el <i>leasing</i> como mecanismo de financiaci&oacute;n. Esta fuente de financiaci&oacute;n es indistintamente utilizada por empresas de diferentes tama&ntilde;os.</p>      <p>La Federaci&oacute;n Colombiana de Compa&ntilde;&iacute;as de Leasing, Fedeleasing, en conjunto con la Asociaci&oacute;n Nacional de Instituciones Financieras, Anif y la Fundaci&oacute;n para la Educaci&oacute;n Superior y el Desarrollo, Fedesarrollo, en el estudio <i>El leasing en Colombia: diagn&oacute;stico e impacto sobre la inversi&oacute;n y el crecimiento</i>, realizado  y publicado en 2004, eval&uacute;a la importancia del <i>leasing</i> en el crecimiento del sector real por medio de la inversi&oacute;n en bienes de capital, y concluye:</p>  <ul>    <li>    <p>Los estudios m&aacute;s contundentes sobre la importancia del <i>leasing</i> en el crecimiento de los pa&iacute;ses muestran emp&iacute;ricamente que la infraestructura f&iacute;sica y las m&aacute;quinas puestas en operaci&oacute;n son un componente crucial del crecimiento.</p></li>      <li>    <p>En la medida en que los inversionistas enfrentan restricciones de liquidez, el mayor acceso de financiamiento por medio del <i>leasing</i> entra a jugar un papel fundamental en el desempe&ntilde;o de las actividades.</p></li>      <li>    <p>El efecto positivo sobre el crecimiento se sustenta en el hecho de que el <i>leasing</i> "relaja" las restricciones de liquidez que enfrenta el sector real y reduce los obst&aacute;culos que las empresas tienen para su crecimiento.</p></li>      <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En general, los pa&iacute;ses en desarrollo tienen mercados de capitales poco desarrollados, lo cual constituye una barrera para la consecuci&oacute;n de recursos de largo plazo por parte de las empresas que quieren emprender procesos de inversi&oacute;n o expansi&oacute;n.</p></li>      <li>    <p>En Colombia, el <i>leasing</i> contribuye en forma importante a la financiaci&oacute;n de la expansi&oacute;n de las empresas, incluso con mayor intensidad en los a&ntilde;os recientes.</p></li>      <li>    <p>El <i>leasing</i> es una important&iacute;sima herramienta de financiaci&oacute;n de las empresas de todos los tama&ntilde;os.</p></li>    </ul>      <p>Dada la importancia del <i>leasing</i> en Colombia y considerando los problemas que han sido ampliamente discutidos sobre su tratamiento contable, el cual responde a aspectos netamente tributarios (Estatuto Tributario, 127-1), cobra relevancia para la profesi&oacute;n contable, en el marco de la denominada Ley de convergencia contable (Ley 1314 de 2009), realizar una reflexi&oacute;n y an&aacute;lisis que permitan plantear una propuesta clara de revisi&oacute;n para el reconocimiento, medici&oacute;n y presentaci&oacute;n de informaci&oacute;n acerca del <i>leasing</i>, como una de las formas de arrendamiento.</p>      <p><font size="3"><b>2. Marco general del borrador de discusi&oacute;n: <i>Leases: Preliminary Views</i></b></font></p>      <p><b>2.1 Prop&oacute;sito del borrador de discusi&oacute;n</b></p>      <p>El borrador de discusi&oacute;n <i>Leases: Preliminary Views</i> ten&iacute;a como objetivo fundamental resumir una visi&oacute;n preliminar del tratamiento contable del arrendatario en un contrato de arrendamiento y otros asuntos importantes sobre tales contratos. Adem&aacute;s, propuso otra serie de elementos que deber&aacute;n ser discutidos antes de la emisi&oacute;n de un est&aacute;ndar contable sobre arrendamientos. Tambi&eacute;n estaba orientado a obtener opiniones sobre los temas antes expuestos.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>2.2 Referencia hist&oacute;rica del proyecto</b></p>      <p>Desde hace varios a&ntilde;os, los emisores de est&aacute;ndares y otras partes interesadas han venido discutiendo sobre la necesidad de mejorar y revisar aspectos de la contabilizaci&oacute;n de los contratos de arrendamiento.</p>      <p>En 1996, el grupo G4+1<sup><a name="nu5"></a><a href="#num5">5</a></sup> de los emisores de est&aacute;ndares public&oacute; el documento de discusi&oacute;n sobre la contabilizaci&oacute;n de los contratos  de arrendamiento <i>Accounting for Leases: A New Approach-Recognition by Lessees of Assets and Liabilities Arising under Lease Contracts</i>. La propuesta apunta a eliminar la clasificaci&oacute;n en arrendamiento operativo y financiero y, as&iacute; mismo, las diferencias que surgen en su reconocimiento.</p>      <p>En el a&ntilde;o 2000, el G4+1 public&oacute; <i>Leases: Implementation of a New Approach</i>. Este documento de discusi&oacute;n tambi&eacute;n incluye una propuesta al tratamiento contable que debe realizar el arrendador.</p>      <p>En julio de 2006, los Consejos incluyeron en sus agendas la realizaci&oacute;n de un proyecto conjunto sobre contabilizaci&oacute;n de los contratos de arrendamiento. Este proyecto es parte de un trabajo conjunto orientado hacia la convergencia; su objetivo es la generaci&oacute;n de un est&aacute;ndar mejorado sobre la contabilizaci&oacute;n de los contratos de arrendamiento, por tanto, el <i>Borrador de discusi&oacute;n</i> es el primer paso hacia el cumplimiento de esta meta.</p>      <p><i>El Borrador de discusi&oacute;n</i> fue presentado p&uacute;blicamente para sus comentarios entre el 19 de marzo y el 11 de agosto de 2009.<sup><a name="nu6"></a><a href="#num6">6</a></sup> Todos los interesados estaban invitados a comentar sobre la visi&oacute;n preliminar de los Consejos. Durante ese per&iacute;odo se recibieron 290 cartas de comentarios.</p>      <p>Los siguientes cuadros resumen la participaci&oacute;n de quienes respondieron, de acuerdo con el tipo de participante y su ubicaci&oacute;n geogr&aacute;fica:</p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t1.jpg"></a></center></p>     <p>    ]]></body>
<body><![CDATA[<center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t2.jpg"></a></center></p>      <p>Vale la pena resaltar las cuatro (4) participaciones de Centro y Suram&eacute;rica en el proyecto, como una prueba de que los interesados de todas las regiones del mundo est&aacute;n llamados a construir la regulaci&oacute;n contable internacional:</p>  <ul>    <li>    <p>Asociaci&oacute;n Brasile&ntilde;a de Empresas de Leasing (ABEL): Carta de comentarios No. 113.</p></li>      <li>    <p>Universidad de Chile - Comit&eacute; T&eacute;cnico IFRS: Carta de comentarios No. 147</p></li>      <li>    <p>Comit&eacute; Brasile&ntilde;o de Pronunciamientos Contables: Carta de comentarios No. 222</p></li>      <li>    <p>Consejo Mexicano para la Investigaci&oacute;n y Desarrollo de Normas de Informaci&oacute;n Financiera: Carta de comentarios No. 253.</p></li>    ]]></body>
<body><![CDATA[</ul>      <p>No obstante, dada la tendencia de los pa&iacute;ses latinoamericanos por la adopci&oacute;n de los IFRS, se hace necesario el incremento del n&uacute;mero de participantes de esta regi&oacute;n, con el fin de que la regulaci&oacute;n contable internacional tenga presente el contexto de los pa&iacute;ses en v&iacute;a de desarrollo.</p>      <p>Se espera que para el segundo semestre de 2010, se publique un proyecto de est&aacute;ndar conjunto sobre arrendamientos.</p>      <p><b>2.3 Perspectiva del borrador de discusi&oacute;n</b></p>      <p>Inicialmente, el proyecto estaba orientado para que se considerara tanto el tratamiento contable del arrendatario como el del arrendador. Sin embargo, en una de sus reuniones previas, en julio de 2008, los Consejos decidieron concentrarse en el modelo contable para el arrendatario. Por tanto, el presente escrito tambi&eacute;n se centra en la perspectiva del arrendatario.</p>      <p>Las razones expuestas para el aplazamiento de la discusi&oacute;n respecto del modelo contable desde el punto de vista del arrendador son las siguientes:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> La mayor parte de los problemas con el modelo contable existente est&aacute;n asociados al tratamiento contable del arrendamiento operativo por parte del arrendatario. Los usuarios de los estados financieros no han  sugerido muchas preocupaciones sobre el tratamiento contable de los arrendadores.</p></li>      <li>    <p> El tratamiento contable de los arrendatarios afecta un amplio espectro de compa&ntilde;&iacute;as alrededor del mundo, en diversos sectores. Los est&aacute;ndares de contabilidad existentes subestiman significativamente los activos y pasivos del arrendatario que surgen en los contratos de arrendamiento. Por tanto, la mejora al tratamiento contable de los arrendatarios beneficiar&iacute;a a un amplio n&uacute;mero de usuarios.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> Si otros modelos contables, como el de reconocimiento de ingresos, no han sido revisados, es dif&iacute;cil y quiz&aacute;s prematuro construir un nuevo modelo contable para los arrendadores.</p></li>      <li>    <p> Los modelos contables existentes para reconocer las propiedades de inversi&oacute;n, desde el punto de vista del arrendador son muy diferentes en los US GAAP<sup><a name="nu7"></a><a href="#num7">7</a></sup> y los IFRS,<sup><a name="nu8"></a><a href="#num8">8</a></sup> lo que requerir&iacute;a que previamente deber&iacute;an conciliarse estas diferencias y esto retrasar&iacute;a el proyecto.</p></li>    </ol>      <p>Sin embargo, varias desventajas surgen de la decisi&oacute;n de aplazamiento del modelo contable para el arrendador:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> El desarrollo del tratamiento contable para el arrendador podr&iacute;a proporcionar aspectos adicionales en la contabilidad de arrendatario y un mejor entendimiento de la esencia  econ&oacute;mica de los contratos de arrendamiento.</p></li>      <li>    <p> Adem&aacute;s, podr&iacute;an surgir cambios en el reconocimiento realizado por el arrendatario, una vez se haya direccionado el tratamiento para el arrendador.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> Un est&aacute;ndar contable para el arrendatario ser&iacute;a conceptualmente distinto con respecto al modelo que se est&aacute; aplicando para el arrendador. Esto podr&iacute;a traer consecuencias adversas en la comprensibilidad de los estados financieros cuando se act&uacute;a como arrendador y arrendatario a la vez, lo que puede suceder en los casos de subarriendo.</p></li>    </ol>      <p>Casi todos los que respondieron <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>, no estuvieron de acuerdo con la decisi&oacute;n de diferir el desarrollo del tratamiento contable del arrendador. Afirmaron que un contrato de arrendamiento involucra dos partes y deber&iacute;an ser consideradas y contabilizadas de forma sim&eacute;trica. Por lo general, la mayor&iacute;a de cuestiones de la contabilidad de los arrendatarios y de los arrendadores est&aacute; interrelacionada. Consecuentemente, evaluar s&oacute;lo una parte del arrendamiento puede no proveer informaci&oacute;n suficiente para desarrollar un est&aacute;ndar mejorado.</p>      <p>En las reuniones posteriores de los Consejos, se han tratado las implicaciones para los arrendadores con miras a que el proyecto de est&aacute;ndar incluya el tratamiento contable de arrendatarios y arrendadores.</p>      <p><b>2.4 Tratamiento contable actual y problemas de los est&aacute;ndares existentes</b></p>      <p>El arrendamiento ha sido considerado una fuente importante de financiaci&oacute;n para las empresas. Por tanto, es necesario que la contabilizaci&oacute;n de los arrendamientos proporcione a los usuarios de los estados financieros una informaci&oacute;n completa y comprensible de las actividades de arrendamiento financiero de una entidad. El documento de discusi&oacute;n no s&oacute;lo describe el modelo contable existente, sino que recoge las cr&iacute;ticas a &eacute;ste.</p>      <p>El <i>Borrador de discusi&oacute;n de arrendamientos</i> menciona de manera diferenciada los tratamientos contables expuestos en <i>IAS</i><sup><a name="nu9"></a><a href="#num9">9</a></sup> <i>17 Leases</i> y en <i>SFAS 13 Accounting for leases</i>.<sup><a name="nu10"></a><a href="#num10">10</a></sup></p>      <p><i><b>2.4.1 Arrendatario</b></i></p>      <p>Los est&aacute;ndares actuales de arrendamientos (IAS 17 y SFAS 13)<sup><a name="nu11"></a><a href="#num11">11</a></sup> requieren que el arrendatario clasifique sus contratos de arrendamiento por alguna de las dos opciones, ya sea como arrendamiento financiero<sup><a name="nu12"></a><a href="#num12">12</a></sup> o arrendamiento operativo. El arrendamiento financiero est&aacute; definido como un contrato en el cual se transfieren al arrendatario todos los riesgos y beneficios derivados de la propiedad del bien arrendado. Todos los dem&aacute;s contratos de arrendamiento deben ser tratados como arrendamientos operativos.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los contratos clasificados como arrendamientos financieros son tratados de manera similar a una compra. Consecuentemente, el arrendatario reconoce en el estado de posici&oacute;n financiera el bien arrendado y una obligaci&oacute;n de hacer unos pagos. El arrendatario deprecia el bien arrendado y distribuye los pagos de arrendamiento entre un cargo financiero y una reducci&oacute;n de la obligaci&oacute;n.</p>      <p>En un contrato de arrendamiento clasificado como operativo, el arrendatario no reconoce activos ni pasivos al inicio del contrato. Los pagos de arrendamiento los reconoce como un gasto linealmente a lo largo del plazo del contrato de arrendamiento.</p>      <p><i><b>2.4.2 Arrendador</b></i></p>      <p>En IAS 17, si el arrendamiento es clasificado como un arrendamiento financiero, el arrendador da de baja de sus estados financieros el activo arrendado y reconoce una cuenta por cobrar por una cantidad igual a la inversi&oacute;n neta en el arrendamiento. La inversi&oacute;n neta en el arrendamiento es igual al valor presente de los pagos m&iacute;nimos del arrendamiento y el valor presente de cualquier valor residual garantizado. El ingreso financiero es reconocido utilizando un patr&oacute;n que refleje una tasa de rendimiento constante sobre la inversi&oacute;n neta en el arrendamiento (M&eacute;todo del inter&eacute;s efectivo). El arrendador que a su vez es fabricante o distribuidor reconoce los resultados de la venta en un arrendamiento financiero en la misma forma que para sus otras ventas.</p>      <p>Si el arrendamiento es clasificado como un arrendamiento operativo, el arrendador contin&uacute;a reconociendo el activo arrendado y presenta &eacute;ste en el estado de posici&oacute;n financiera de acuerdo con la naturaleza del activo. El activo arrendado es depreciado de la misma forma que los dem&aacute;s activos propios. El ingreso del arrendamiento es normalmente reconocido linealmente, a menos que otra base de reconocimiento refleje de mejor forma el consumo de los beneficios del activo arrendado.</p>      <p>Bajo el SFAS 13,<sup><a name="nu13"></a><a href="#num13">13</a></sup> el arrendador debe clasificar el arrendamiento como: arrendamientos tipo venta, arrendamientos financieros directos, arrendamientos apalancados y arrendamiento operativos.</p>      <p>Los arrendamientos tipo venta, los financieros directos y los apalancados son arrendamientos que transfieren sustancialmente todos los beneficios y riesgos derivados de la propiedad. Para saber si un arrendamiento transfiere sustancialmente todos los beneficios y riesgos asociados a la titularidad de la propiedad se revisan varios criterios espec&iacute;ficos.</p>      <p>Si un arrendamiento es clasificado como un arrendamiento operativo, el bien arrendado es incluido en el estado de posici&oacute;n financiera dentro de la propiedad, planta y equipo y es depreciado de acuerdo con las pol&iacute;ticas normales de depreciaci&oacute;n del arrendador. El ingreso del arrendamiento es normalmente reconocido sobre una base de l&iacute;nea recta durante el plazo del contrato.</p>      <p><i><b>2.4.3 Problemas con los est&aacute;ndares existentes sobre el tratamiento contable de los arrendatarios</b></i></p>      <p>El modelo contable existente para arrendamientos ha sido criticado por no responder a las necesidades de informaci&oacute;n de los usuarios de los estados financieros. Los siguientes son los argumentos expuestos:</p>  <ol type="a">    ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> Muchos usuarios piensan que el arrendamiento operativo da lugar a reconocer activos y pasivos en los estados financieros del arrendatario. Consecuentemente, los usuarios de la informaci&oacute;n por lo general tratan de ajustar los importes reconocidos para reflejar tales activos y pasivos y el efecto de los contratos de arrendamiento en el resultado. Sin embargo, la informaci&oacute;n disponible para los usuarios en las notas a los estados financieros es insuficiente para que ellos puedan hacer el mencionado ajuste de forma fiable.</p></li>      <li>    <p> La existencia de dos modelos contables muy diferentes para arrendamientos (el modelo para arrendamiento financiero y el modelo para arrendamiento operativo) significa que transacciones similares se pueden reconocer de formas muy diferentes, lo que reduce la comparabilidad para los usuarios.</p></li>      <li>    <p> Los est&aacute;ndares actuales brindan oportunidades para estructurar transacciones que permiten conseguir la clasificaci&oacute;n de un arrendamiento en particular. Si el arrendamiento es clasificado como un arrendamiento operativo, el arrendatario obtiene una fuente de financiaci&oacute;n que no es reconocida en el estado de posici&oacute;n financiera y que puede ser dif&iacute;cil de entender para usuarios de los estados financieros.</p></li>    </ol>      <p>Sumado a lo anterior, los preparadores y los auditores han criticado el modelo existente por su complejidad. Por lo general, ha resultado dif&iacute;cil definir la l&iacute;nea divisoria entre el arrendamiento financiero y el arrendamiento operativo con principios claros. En consecuencia, los est&aacute;ndares usan una mezcla de juicios subjetivos y <i>pruebas sobre l&iacute;neas reglamentarias</i> que pueden ser dif&iacute;ciles de aplicar.</p>      <p>Adem&aacute;s, algunos argumentan que el modelo contable existente es conceptualmente imperfecto, por los siguientes motivos:</p>  <ul>    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Al entrar en un contrato de arrendamiento, el arrendatario obtiene un derecho (el derecho a utilizar el &iacute;tem arrendado). Este derecho se enmarca dentro de la definici&oacute;n de un activo. De forma similar, el arrendatario asume una obligaci&oacute;n (la obligaci&oacute;n de pagar unos c&aacute;nones), que cumple la definici&oacute;n de un pasivo. Sin embargo, si el arrendatario clasifica el arrendamiento como un arrendamiento operativo, el derecho y la obligaci&oacute;n no son reconocidos.</p></li>      <li>    <p>Son significativas y crecientes las diferencias entre el modelo contable para el arrendamiento y otros acuerdos contractuales. Esto ha llevado a un tratamiento contable inconsistente entre los acuerdos que responden a la definici&oacute;n de un arrendamiento  y otros acuerdos similares que no cumplen tal definici&oacute;n.</p></li>    </ul>      <p><i><b>2.4.4 Conclusiones del estudio realizado por la SEC</b></i></p>     <p>La Securities and Exchange Commission (SEC) reconoci&oacute; lo inadecuado del est&aacute;ndar contable de arrendamiento existente en junio de 2005 en su <i>Report and Recommendations Pursuant to Section 401(c) of the Sarbanes-Oxley Act of 2002 Arrangements with Off-Balance Sheet Implications, Special Purpose Entities, and Transparency of Filings by Issuers</i> y recomend&oacute; a FASB emprender un proyecto para revisar las normas de arrendamiento, preferentemente en un proyecto conjunto con el IASB.</p>      <p>Este reporte muestra los resultados emp&iacute;ricos relacionados con los arrendamientos, de un estudio realizado utilizando una muestra de 200 reportes financieros presentados ante la SEC.</p>      <p>Una extrapolaci&oacute;n de las evidencias recolectadas en la muestra sugiere que del total de emisores de valores inscritos ante la SEC, el 63% contabiliza arrendamientos operativos y el 22% reporta arrendamientos de capital. Esto revela la preferencia de los reportantes por los arrendamientos operativos. Adicionalmente, se recolect&oacute; la informaci&oacute;n sobre los flujos de efectivo comprometidos en los contratos de arrendamiento no cancelables,<sup><a name="nu14"></a><a href="#num14">14</a></sup> revelados en las notas a los estados financieros.</p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t3.jpg"></a></center></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La tabla anterior muestra la suma de los flujos futuros sin descontar derivados de los contratos de arrendamientos reportados. La extrapolaci&oacute;n de los resultados de la muestra sugiere que los compromisos de pago (flujos de efectivo sin descontar) relativos a los arrendamientos operativos ascienden a US$1.250.000 millones para el total de los emisores de valores inscritos ante la SEC. Para efectos ilustrativos, el valor fue descontado suponiendo un per&iacute;odo de 5 a&ntilde;os y una tasa de descuento del 8% anual. El valor presente resultante fue de US$1.000.000 de millones.</p>      <p>A pesar de cumplir la definici&oacute;n de pasivos, la mayor&iacute;a de estas obligaciones no es reconocida en los estados financieros del arrendatario, porque el tratamiento contable de los arrendamientos operativos requiere que no sean reconocidos pasivos por concepto de arrendamientos, distintos de las causaciones peri&oacute;dicas de las cuotas.</p>      <p>Estos hallazgos representan un muy fuerte fundamento a las cr&iacute;ticas de los est&aacute;ndares actuales sobre arrendamientos.</p>      <p><b>2.5 Alcance del nuevo est&aacute;ndar contable de arrendamientos</b></p>      <p>En el marco de los problemas y cr&iacute;ticas planteadas a los modelos contables existentes para el tratamiento contable del arrendamiento, se plantean algunos acercamientos de lo que podr&iacute;a ser un nuevo est&aacute;ndar de arrendamientos en desarrollo del proceso de convergencia IASB - FASB.</p>      <p><b>2.6 Enfoque propuesto para el alcance</b></p>      <p>Los Consejos consideraron dos posibles aproximaciones para definir el alcance de la propuesta de un nuevo est&aacute;ndar contable de arrendamientos.</p>      <p>El <i>primer enfoque</i> consiste en basar el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n de la propuesta de un nuevo est&aacute;ndar en el de los est&aacute;ndares vigentes sobre arrendamientos, en el cual el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n del nuevo est&aacute;ndar contable de arrendamientos ser&iacute;a similar al de IAS 17 y SFAS 13.<sup><a name="nu15"></a><a href="#num15">15</a></sup> Los modelos actuales cubren la mayor&iacute;a de los contratos que transfieren el derecho a utilizar un activo por un per&iacute;odo. Sin embargo, hay diferencias entre el alcance de IAS 17 y el de SFAS 13.<sup><a name="nu16"></a><a href="#num16">16</a></sup> Por ejemplo, SFAS 13<sup><a name="nu17"></a><a href="#num17">17</a></sup> aplica s&oacute;lo a contratos que cubren un derecho a usar propiedad, planta y equipo (terreno y/o activos depreciables); IAS 17 define un arrendamiento como un derecho a usar un activo. En consecuencia, el alcance de IAS 17 es m&aacute;s amplio que el de SFAS 13<sup><a name="nu18"></a><a href="#num18">18</a></sup> e incluye el arrendamiento de algunos activos intangibles.</p>      <p>Estas diferencias necesitar&iacute;an ser conciliadas antes de que sea emitido un nuevo est&aacute;ndar.</p>      <p>La propuesta de un nuevo est&aacute;ndar podr&iacute;a incorporar los requerimientos del <i>EITF &#91;Emerging Issues Task Force&#93; Issue No. 01-8: Determining Whether an Arrangement Contains a Lease,</i><sup><a name="nu19"></a><a href="#num19">19</a></sup><i> IFRIC 4: Determining whether an Arrangement contains a Lease </i>y<i> SIC-27: Evaluating the Substance of Transactions Involving the Legal Form of a Lease</i>.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Este planteamiento dar&iacute;a lugar a que todos los contratos que en la actualidad son contabilizados como contratos de arrendamiento, sigan siendo contabilizados como arrendamientos seg&uacute;n el nuevo est&aacute;ndar.</p>      <p>Hay desventajas en esta propuesta. Ellas incluyen:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Algunos miembros han expresado su preocupaci&oacute;n acerca del alcance de la IFRIC 4 y EITF No. 01-8,<sup><a name="nu20"></a><a href="#num20">20</a></sup> porque puede resultar en que algunos acuerdos se clasifiquen inapropiadamente como arrendamientos. Esas preocupaciones no se abordar&aacute;n.</p></li>      <li>    <p> Contratos similares con caracter&iacute;sticas similares pueden no ser consistentemente contabilizados. Por ejemplo, ciertos contratos de ejecuci&oacute;n sucesiva, contratos de servicios, contratos de mantenimiento y contratos de arrendamiento comparten caracter&iacute;sticas similares, pero tienen diferentes tratamientos contables.</p></li>      <li>    <p> Se necesitar&iacute;a una gu&iacute;a adicional sobre c&oacute;mo distinguir los pagos por servicios de los pagos por el derecho a usar un activo. Hay un requisito actual para distinguir los pagos por servicios de pagos de arrendamiento. Sin embargo, si el arrendamiento es clasificado como arrendamiento operativo de acuerdo con el est&aacute;ndar existente,  el arrendatario reconoce en el resultado tanto el pago de los servicios como el pago de arrendamiento, normalmente sobre una base de l&iacute;nea recta. Exigir la capitalizaci&oacute;n de los pagos de arrendamiento puede revelar que la orientaci&oacute;n existente sobre la forma de distinguir los pagos es insuficiente.</p></li>    </ol>      <p>El <i>segundo enfoque</i> que se consider&oacute; fue llevar a cabo una revisi&oacute;n fundamental de lo que constituye un contrato de arrendamiento. Este enfoque podr&iacute;a cambiar el alcance de cualquier propuesta de un nuevo est&aacute;ndar de contratos de arrendamiento y exigir&iacute;a a los Consejos determinar, entre otras cosas:</p>  <ol type="a">    ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> La distinci&oacute;n entre contratos que contemplan el derecho de usar a un arrendatario y contratos que no (ejemplo, algunos contratos de servicios).</p></li>      <li>    <p> Cuando un contrato otorga un derecho a utilizar un componente de un activo mayor.</p></li>      <li>    <p> Si las licencias de algunos activos intangibles son arrendamientos.</p></li>    </ol>      <p>Este enfoque podr&iacute;a dar lugar, a su vez, a una ampliaci&oacute;n del alcance para incluir algunos de los contratos adicionales y a la supresi&oacute;n de otros contratos del alcance del est&aacute;ndar sobre arrendamientos.</p>      <p><i><b>2.6.1 Decisi&oacute;n tentativa</b></i></p>      <p>El enfoque definido fue el de basar el nuevo est&aacute;ndar en el alcance de los est&aacute;ndares existentes. Se plantean las siguientes razones para ello:</p>  <ol type="a">    ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> Al estar basado en los est&aacute;ndares existentes ser&iacute;a familiar para los interesados y, en esta  medida, su entendimiento e implementaci&oacute;n ser&iacute;an f&aacute;ciles.</p></li>      <li>    <p> Aunque a veces pueden ser dif&iacute;ciles de aplicar las directrices detalladas en las IFRIC 4 y el EITF 01-8, en la mayor&iacute;a de los casos es evidente si un contrato de arrendamiento est&aacute; dentro del &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n de las normas existentes.</p></li>      <li>    <p> Los Consejos piensan que ser&aacute; m&aacute;s eficaz centrarse en los aspectos principales de un nuevo planteamiento contable de los arrendamientos antes de determinar si se necesitan algunos cambios.</p></li>    </ol>      <p><b>2.7 Exclusiones al alcance discutidas</b></p>      <p>Los Consejos discutieron si los arrendamientos que en sustancia eran una compra deb&iacute;an ser excluidos del alcance del nuevo est&aacute;ndar. Tentativamente, decidieron no excluirlos del alcance porque:</p>  <ol type="a">    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> La contabilidad que se propone en el <i>Borrador de discusi&oacute;n para los arrendatarios</i> deber&iacute;a dar lugar un tratamiento contable similar al de un activo adquirido.</p></li>      <li>    <p> El intento de definir qu&eacute; se entiende por "sustancialmente una compra" puede ser dif&iacute;cil. Algunos podr&iacute;an restringir el t&eacute;rmino a los contratos de arrendamiento que autom&aacute;ticamente transfieren la propiedad al arrendatario. Otros ampliar&iacute;an la definici&oacute;n para incluir, por ejemplo, contratos de arrendamiento de los activos que duran toda su vida &uacute;til.</p></li>    </ol>      <p>Adicionalmente se plantearon otras exclusiones en el alcance del nuevo est&aacute;ndar sobre arrendamientos. Tales exclusiones no tuvieron una decisi&oacute;n preliminar en el <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Contratos de arrendamiento para explorar o utilizar los recursos naturales. Estos contratos est&aacute;n excluidos del alcance de los est&aacute;ndares actuales de arrendamientos.</p></li>      <li>    <p> Activos no esenciales o no centrales.<sup><a name="nu21"></a><a href="#num21">21</a></sup></p></li>      <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> Arrendamientos de corto plazo.</p></li>    </ol>      <p><b>2.8 Respuestas recibidas al Borrador de discusi&oacute;n</b></p>      <p>La mayor&iacute;a de los que respondieron apoya la decisi&oacute;n de basar el proyecto en los est&aacute;ndares de contabilidad existentes.</p>      <p>Algunos mostraron su preocupaci&oacute;n al afirmar que deben definirse los criterios que separan un contrato de arrendamiento de los contratos de servicios y otro tipo de contratos de ejecuci&oacute;n sucesiva. Sin tal definici&oacute;n, las entidades podr&aacute;n estructurar contratos de arrendamientos de forma que clasifiquen como contratos de servicios. Por tanto, se requiere mejorar IFRIC 4 y EITF 01-8.<sup><a name="nu22"></a><a href="#num22">22</a></sup></p>      <p><b>2.9 Modificaciones y acuerdos posteriores a la propuesta del Borrador de discusi&oacute;n</b></p>      <p>Durante las reuniones posteriores, los Consejos decidieron:</p>  <ol>    <li>    <p> Excluir del alcance del nuevo est&aacute;ndar:</p>  <ol type="a">    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> <i>Contratos que en sustancia representan la compra del bien</i>. Los Consejos reconocieron que las transacciones de arrendamientos son diversas y que el tratamiento contable debe reflejar esta  diversidad. Por tanto, los contratos de arrendamientos que en esencia sean compras de un bien deben ser reconocidos de forma consistente con las dem&aacute;s adquisiciones de bienes y deben ser excluidos del alcance de un nuevo est&aacute;ndar de arrendamientos.</p></li>      <li>    <p> <i>Arrendamientos de activos intangibles</i>. La inclusi&oacute;n de activos intangibles requerir&iacute;a el estudio de las transacciones que involucran licencias y franquicias. Esto requerir&iacute;a tiempo adicional antes de la emisi&oacute;n de un proyecto de est&aacute;ndar. Adicionalmente, los Consejos no han encontrado en la pr&aacute;ctica casos de arrendamientos de activos intangibles que se reconozcan bajo IAS 17.</p></li>      <li>    <p> <i>Arrendamientos de activos para explorar o utilizar los recursos naturales</i>. Los Consejos concluyeron que las pr&aacute;cticas de estos sectores son diversas y muy especializadas. Por tanto, el nuevo est&aacute;ndar no debe aplicarse en ese tipo de transacciones.</p></li>      <li>    <p> <i>Arrendamientos de activos biol&oacute;gicos</i>. Bajo IFRS, la contabilidad de los activos biol&oacute;gicos est&aacute; orientada a la medici&oacute;n al valor razonable. El nuevo est&aacute;ndar requerir&iacute;a la medici&oacute;n del activo subyacente al costo. Por tanto, ser&iacute;a contraproducente requerir ahora la medici&oacute;n de activos biol&oacute;gicos al costo. Adem&aacute;s, se asegurar&iacute;a que todos los aspectos relevantes de la contabilizaci&oacute;n de activos biol&oacute;gicos se encuentren en un solo est&aacute;ndar.</p></li>    </ol></li>      <p>    <li> No proveer una exclusi&oacute;n del alcance para activos no b&aacute;sicos.<sup><a name="nu23"></a><a href="#num23">23</a></sup> Aunque tales activos son diferentes de los activos principales, los usuarios tambi&eacute;n requieren conocer el impacto de estos arrendamientos en el desempe&ntilde;o de una entidad. En vez de un tratamiento contable distinto, puede ser &uacute;til la presentaci&oacute;n por separado.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>    <li> Debido a su naturaleza, los arrendamientos con un plazo m&aacute;ximo de 12 meses (arrendamientos de corto plazo) podr&aacute;n ser contabilizados por medio de un tratamiento simplificado.</p></li>    </ol>      <p>Una vez presentados los elementos introductorios mencionados en este cap&iacute;tulo, los siguientes se ocupan de resumir la nueva propuesta de reconocimiento, medici&oacute;n y presentaci&oacute;n de arrendamientos, teniendo en cuenta sus caracter&iacute;sticas.</p>      <p><font size="3"><b>3. Visi&oacute;n preliminar sobre el reconocimiento de los arrendamientos</b></font></p>      <p><b>3.1 Aspectos analizados</b></p>      <p>Como se mostr&oacute; en el cap&iacute;tulo anterior, el tratamiento actual de los arrendamientos es criticado porque en ocasiones falla al reconocer la esencia econ&oacute;mica de la transacci&oacute;n. Por ejemplo, el arrendamiento no cancelable<sup><a name="nu24"></a><a href="#num24">24</a></sup> de un equipo de valor significativo por un per&iacute;odo largo (por ejemplo, 20 a&ntilde;os) podr&iacute;a suponer una importante obligaci&oacute;n que, si el arrendamiento fuera tratado como operativo, no ser&iacute;a reconocida en el estado de situaci&oacute;n financiera, salvo por la causaci&oacute;n peri&oacute;dica de las cuotas correspondientes. Los Consejos decidieron entonces realizar un an&aacute;lisis de los derechos y obligaciones que surgen en un contrato de arrendamiento, para determinar si &eacute;stos corresponden a activos y pasivos, de acuerdo con las definiciones existentes de dichos elementos.</p>      <p>El an&aacute;lisis se bas&oacute; en un arrendamiento sencillo;<sup><a name="nu25"></a><a href="#num25">25</a></sup> no obstante, una visi&oacute;n preliminar de arrendamientos m&aacute;s complejos se mostrar&aacute; m&aacute;s adelante. El siguiente ejemplo sirvi&oacute; de base para identificar los derechos y obligaciones para el arrendatario en un contrato de arrendamiento.</p>      <p><i><b>3.1.1 Ejemplo 1</b></i></p>      <p>Se recibi&oacute; una m&aacute;quina mediante un contrato de arrendamiento por un per&iacute;odo fijo de 5 a&ntilde;os. La vida &uacute;til estimada de la maquinaria es de 10 a&ntilde;os. El arrendatario no puede cancelar el contrato ni tampoco tiene el derecho de extender el t&eacute;rmino por un per&iacute;odo adicional. Tampoco se pact&oacute; la opci&oacute;n de comprar la m&aacute;quina al final del plazo del contrato ni se establecieron valores residuales garantizados de la maquinaria en esta fecha. Los pagos deben hacerse peri&oacute;dicamente, una vez la m&aacute;quina es recibida, los pagos son fijos y determinados en el contrato. No  hay acuerdos sobre mantenimientos del activo o servicios similares en el contrato.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Para simplificar el an&aacute;lisis, los Consejos decidieron considerar s&oacute;lo aquellos derechos y obligaciones que surgen despu&eacute;s de que la maquinaria es entregada. Puede haber derechos y obligaciones que se generen antes de recibir la maquinaria, por ejemplo, cuando el contrato es firmado.</p>      <p>La siguiente tabla representa los derechos y obligaciones del arrendatario, identificados por los Consejos en un contrato de arrendamiento:</p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t4.jpg"></a></center></p>      <p>Una vez determinados los derechos y obligaciones, se contrastaron con las definiciones de activos y pasivos existentes. IASB contiene tales definiciones en el <i>Marco conceptual para la preparaci&oacute;n y presentaci&oacute;n de estados financieros</i>. FASB incorpora tales definiciones en su <i>Concept Statement No. 6 (CON 6)</i>.</p>      <p>No obstante, las definiciones de activos y pasivos existentes para IASB y FASB no son iguales, los conceptos que sustentan esas definiciones son los mismos.</p>      <p>Seg&uacute;n el marco conceptual adoptado por IASB:</p>  <ol>Un activo es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios econ&oacute;micos.    </ol>  <ol>Un pasivo es una obligaci&oacute;n presente de la entidad, surgida a ra&iacute;z de sucesos pasados, al vencimiento de la cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios econ&oacute;micos.    </ol>       <p>Seg&uacute;n el CON 6:</p>  <ol>Assets are probable future economic benefits obtained or controlled by a particular entity as a result of past transactions or events. Liabilities are probable future sacrifices of economic benefits arising from present obligations of a particular entity to transfer assets or provide services to other entities in the future as a result of past transactions or events.    ]]></body>
<body><![CDATA[</ol>      <p>Los Consejos concluyeron que, de acuerdo con las definiciones existentes, los activos tienen las siguientes caracter&iacute;sticas en com&uacute;n:</p>  <ol type="a">    <li> La entidad controla un recurso o un beneficio econ&oacute;mico.</li>      <li> Surge de un evento pasado.</li>      <li> Se espera que beneficios econ&oacute;micos futuros fluyan hacia la entidad.</li>    </ol>      <p>De la misma forma, los pasivos poseen las siguientes caracter&iacute;sticas b&aacute;sicas:</p>  <ol type="a">    <li> Existe una obligaci&oacute;n presente para la entidad.</li>      <li> La obligaci&oacute;n surge de un evento pasado.</li>      <li> Se espera que la obligaci&oacute;n resulte en una salida de beneficios econ&oacute;micos.</li>    ]]></body>
<body><![CDATA[</ol>      <p>A partir de estas caracter&iacute;sticas, se determin&oacute; si los derechos y obligaciones en un contrato de arrendamiento cumplen las definiciones de activos y pasivos contenidas en los marcos conceptuales.</p>      <p><b>3.2 El derecho de usar el bien arrendado</b></p>      <p>Los Consejos identificaron al derecho a usar el bien arrendado como <i>un recurso econ&oacute;mico</i> del arrendatario, porque &eacute;ste puede utilizarlo para generar entradas o para reducir salidas de flujos de efectivo.</p>      <p>El arrendatario <i>controla</i> el activo durante el plazo del contrato, porque el arrendador no puede solicitar la devoluci&oacute;n del bien arrendado, sin el consentimiento del arrendatario.</p>      <p>El control resulta de un <i>evento pasado</i>. En este caso, la firma del contrato de arrendamiento y la entrega del bien arrendado al arrendatario.</p>      <p><i>Beneficios econ&oacute;micos futuros</i> fluir&aacute;n hacia la entidad, mediante el uso del bien arrendado.</p>      <p>Del an&aacute;lisis anterior logr&oacute; concluirse que el derecho a usar el bien arrendado cumple la definici&oacute;n de activo para el arrendatario.</p>      <p><i><b>3.2.1 La obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones durante el plazo del contrato</b></i></p>      <p>Es una <i>obligaci&oacute;n presente</i>, derivada del acuerdo alcanzado en el contrato. Por tanto, es legalmente exigible.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Surge de un <i>evento pasado</i>. En este caso, la firma del contrato y la recepci&oacute;n del bien por parte del arrendatario, dan lugar a realizar los pagos de las cuotas.</p>      <p>La obligaci&oacute;n requerir&aacute;, para satisfacerla, de la <i>salida de beneficios econ&oacute;micos</i> de la entidad arrendataria (usualmente efectivo).</p>      <p>Algunos participantes han mencionado que la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones es una obligaci&oacute;n condicional, porque a menos que el arrendador permita de forma continua el acceso al bien arrendado, el arrendatario no estar&aacute; obligado a realizar los pagos correspondientes.</p>      <p>Sin embargo, los Consejos concluyeron que en un arrendamiento no cancelable, el arrendatario no tiene la facultad de terminar el contrato y evitar pagar los c&aacute;nones. Por eso, el arrendatario tiene una obligaci&oacute;n incondicional de pagar los c&aacute;nones de arrendamiento. (A menos que las partes acuerden cancelar el contrato de com&uacute;n acuerdo).</p>      <p>Por tanto, la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones de arrendamiento cumple la definici&oacute;n de un pasivo para el arrendatario.</p>      <p><i><b>3.2.2 La obligaci&oacute;n de retornar el bien arrendado al finalizar el plazo del contrato</b></i></p>      <p>Es una <i>obligaci&oacute;n presente</i>, porque representa un deber de entregar el bien que posee el arrendatario.</p>      <p><i>Surge de eventos pasados</i>. En este caso, la firma del contrato y la recepci&oacute;n del bien por parte del arrendatario, dan lugar a la devoluci&oacute;n del bien al finalizar el t&eacute;rmino previsto para el arrendamiento.</p>      <p><i>No resultar&aacute; en la salida de beneficios econ&oacute;micos</i> para la entidad. Aunque inicialmente puede pensarse que la entrega del bien significa la salida de beneficios econ&oacute;micos para al arrendatario, los Consejos concluyeron que tal entrega no implica la salida de beneficios econ&oacute;micos para el arrendatario. A pesar de que al finalizar el plazo del contrato el arrendatario tiene posesi&oacute;n del bien, &eacute;l no tiene derecho a usar el elemento arrendado, una vez el plazo ha expirado. Por tanto, la posesi&oacute;n del bien al finalizar el plazo del contrato no representa beneficios econ&oacute;micos para el arrendatario porque &eacute;stos han expirado cuando culmina el contrato.</p>      <p>La conclusi&oacute;n es que la obligaci&oacute;n de retornar el bien arrendado, al finalizar el plazo del contrato, no resulta en una salida de beneficios econ&oacute;micos y, en consecuencia, no cumple la definici&oacute;n de un pasivo.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En resumen, los derechos y obligaciones del contrato de arrendamiento simple descrito en el ejemplo 1, se presentan en la siguiente tabla:</p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t5.jpg"></a></center></p>      <p>Sobre la base de los an&aacute;lisis mostrados anteriormente, los Consejos concluyeron que los actuales modelos de contabilizaci&oacute;n de arrendamientos (IAS 17 y SFAS 13)<sup><a name="nu26"></a><a href="#num26">26</a></sup> son inconsistentes con las definiciones existentes en el <i>Marco Conceptual</i> y en el <i>CON 6</i>. Por tanto, decidieron desarrollar un nuevo modelo de contabilizaci&oacute;n de arrendamientos, que debe reconocer activos y pasivos resultantes en los contratos de arrendamiento. Tal modelo requerir&aacute;:</p>  <ul>    <li>    <p>El reconocimiento de un activo por el derecho a usar el bien arrendado por el plazo del arrendamiento.</p></li>      <li>    <p>Y un pasivo por la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones del arrendamiento.</p></li>    </ul>      <p>Se espera que el nuevo modelo propuesto responda a muchas de las cr&iacute;ticas de los modelos contables actuales. En particular,</p>  <ul>    ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p>Activos y pasivos resultantes de los contratos de arrendamientos que en el presente se clasifican como operativos ser&iacute;an reconocidos en los estados financieros. En consecuencia, los usuarios de la informaci&oacute;n no necesitar&iacute;an realizar ajustes a la informaci&oacute;n que contienen los estados financieros en b&uacute;squeda de reflejar tales activos y pasivos no reconocidos.</p></li>      <li>    <p>El nuevo modelo contable se aplica a todos los contratos de arrendamiento. Por consiguiente, transacciones similares no ser&aacute;n contabilizadas de forma distinta (como ocurre hoy) y la comparabilidad para los usuarios se ver&iacute;a incrementada.</p></li>      <li>    <p>La oportunidad de estructurar operaciones que provean una fuente de financiaci&oacute;n <i>fuera de balance</i> ser&iacute;a reducida. Esto har&iacute;a los estados financieros m&aacute;s comparables y m&aacute;s f&aacute;ciles de entender para los usuarios.</p></li>      <li>    <p>El nuevo modelo es consistente con los marcos conceptuales y los est&aacute;ndares recientemente emitidos por los Consejos.</p></li>    </ul>      <p><b>3.3 An&aacute;lisis de arrendamientos m&aacute;s complejos</b></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los contratos de arrendamiento por lo general son m&aacute;s complejos que el contrato del ejemplo 1. Pueden encontrarse:</p>  <ul>    <li>    <p>Opciones de terminar el contrato de forma anticipada (con penalidades o sin &eacute;stas).</p></li>      <li>    <p>Opciones de renovar el t&eacute;rmino del contrato (a valores de mercado o no).</p></li>      <li>    <p>Opciones de comprar el bien arrendado al final del plazo del contrato (a valores de mercado o no).</p></li>      <li>    <p>Obligaciones de hacer pagos contingentes derivados de eventos futuros.</p></li>      <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Obligaciones de compensar al arrendador, si el valor residual del bien disminuye por debajo de un valor definido (garant&iacute;as sobre valores residuales, llamados tambi&eacute;n valores residuales garantizados).</p></li>    </ul>      <p>Tales elementos podr&iacute;an ser reconocidos y medidos de forma separada. Por ejemplo, las opciones de comprar el bien o de terminar el contrato podr&iacute;an cumplir la definici&oacute;n de activo. De la misma forma, los valores residuales garantizados podr&iacute;an cumplir la definici&oacute;n de un pasivo.</p>      <p>Algunas de las desventajas propuestas de este enfoque incluyen:</p>  <ul>    <li>    <p>Podr&iacute;a tornarse complejo para los preparadores, porque requerir&iacute;a desarrollar criterios de identificaci&oacute;n, reconocimiento y medici&oacute;n de cada componente de un contrato de arrendamiento.</p></li>      <li>    <p>Los componentes de un contrato de arrendamiento por lo general est&aacute;n interrelacionados. Requerir la separaci&oacute;n de tales componentes podr&iacute;a llevar a un tratamiento contable inconsistente y de menor utilidad para los usuarios.</p></li>      <li>    <p>Algunos componentes -como las opciones- son medidos de acuerdo con los est&aacute;ndares sobre instrumentos financieros, a su valor razonable. El valor razonable de una opci&oacute;n para renovar el t&eacute;rmino del contrato es dif&iacute;cil de medir, porque por lo general no hay mercados activos para este tipo de opciones.</p></li>    ]]></body>
<body><![CDATA[</ul>      <p>Debido a los problemas identificados anteriormente, se concluy&oacute; no adoptar un enfoque por componentes y requerir la contabilizaci&oacute;n de:</p>  <ul>    <li>    <p>Un &uacute;nico activo que incluya los derechos adquiridos bajo opciones.</p></li>      <li>    <p>Un &uacute;nico pasivo que incluya las obligaciones de pagar rentas contingentes y los valores residuales garantizados.</p></li>    </ul>     <p><b>3.4 Respuestas recibidas al Borrador de discusi&oacute;n</b></p>      <p>Las cartas de comentarios recibidas por los Consejos dejan ver un panorama general de aceptaci&oacute;n del modelo de reconocimiento de activos y pasivos. Sin embargo, a continuaci&oacute;n, se resumen algunos de los comentarios que pueden invitar a la reflexi&oacute;n:</p>  <ul>    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La mitad de quienes respondieron apoy&oacute; el modelo propuesto. Un tercio de quienes respondieron no apoya las decisiones tentativas respecto al nuevo modelo de reconocimiento de activos y pasivos. Los dem&aacute;s no respondieron sobre el tema y centraron sus comentarios en el tratamiento contable para el arrendador.</p></li>      <li>    <p>Quienes respondieron y apoyaron los principios propuestos reconocieron los problemas con los est&aacute;ndares existentes y apoyaron los esfuerzos de los Consejos por mejorarlos.</p></li>      <li>    <p>Quienes no apoyan el modelo propuesto son principalmente preparadores y organizaciones sectoriales. Afirman que el reconocimiento de activos por el derecho a usar el bien arrendado, no es aplicable a todos los arrendamientos, porque los contratos de arrendamiento son diversos y su sustancia econ&oacute;mica var&iacute;a desde un arriendo simple hasta una compra financiada. Por tanto, consideran que el modelo actual es apropiado porque refleja las diferencias entre unos acuerdos y otros.</p></li>      <li>    <p>M&aacute;s de la mitad de los que respondieron apoya la decisi&oacute;n de los Consejos de no adoptar un enfoque de componentes separados por considerarlos costosos y complejos de aplicar para los preparadores. Algunos no est&aacute;n de acuerdo con este enfoque, en especial en el tratamiento contable de las opciones y las rentas contingentes. Ellos opinan que una obligaci&oacute;n que depende de un evento futuro debe ser reconocida de acuerdo con IAS 37 o el SFAS 5.<sup><a name="nu27"></a><a href="#num27">27</a></sup></p></li>    </ul>      <p><b>3.5 Reflexiones de los autores</b></p>      <p>El modelo propuesto responde a los objetivos planteados para el <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>, porque logra solucionar muchos de los problemas detectados en el tratamiento contable actual de los arrendamientos, en especial los referidos a los arrendamientos operativos. Requerir el reconocimiento de un activo y de un pasivo derivados del derecho a usar el bien arrendado y de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones, reduce la posibilidad de que las entidades entren en acuerdos de arrendamiento sin incluir los pasivos correspondientes en sus estados financieros.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La decisi&oacute;n de los Consejos de excluir del alcance del nuevo est&aacute;ndar sobre arrendamientos aquellos acuerdos que sean <i>sustancialmente una compra</i>, responde a un problema detectado acerca de la diversidad de acuerdos que pueden tomar la forma de un arrendamiento. As&iacute;, los contratos que representan compras de activos (para el arrendatario), deben reconocerse de acuerdo con la sustancia econ&oacute;mica de la operaci&oacute;n. Los contratos que confieran el derecho a usar un activo a cambio del pago de un canon ser&aacute;n contabilizados de acuerdo con el nuevo est&aacute;ndar.</p>      <p>El modelo propuesto puede requerir modificaciones en el futuro, al basarse en las definiciones actuales de activos y pasivos que actualmente est&aacute;n en discusi&oacute;n en el proyecto del desarrollo de un nuevo marco conceptual conjunto entre IASB y FASB.</p>      <p><font size="3"><b>4. Medici&oacute;n de activos y pasivos en los contratos de arrendamiento</b></font></p>      <p><b>4.1 Esquema de medici&oacute;n propuesto para los activos y pasivos derivados de un contrato de arrendamiento</b></p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t6.jpg"></a></center></p>      <p><b>4.2 Resumen del an&aacute;lisis realizado sobre la medici&oacute;n de activos y pasivos que surgen de los contratos de arrendamiento</b></p>      <p><i><b>4.2.1 Medici&oacute;n inicial de la obligaci&oacute;n</b></i></p>      <p>En los dos modelos (IFRS - US GAAP), ciertos pasivos financieros se miden inicialmente al valor razonable o a un valor que se aproxima a su valor razonable. En estas circunstancias, el planteamiento de la discusi&oacute;n inicial es si la obligaci&oacute;n debe medirse inicialmente a su valor razonable:</p>  <ol type="a">    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> El valor razonable refleja las condiciones actuales del mercado, situaci&oacute;n que provee a los usuarios de los estados financieros informaci&oacute;n m&aacute;s relevante que aquella que presentan otras formas de medici&oacute;n.</p></li>      <li>    <p> Requerir el uso del valor razonable permite la presentaci&oacute;n de informaci&oacute;n m&aacute;s comparable, porque ignora los factores espec&iacute;ficos de cada entidad.</p></li>      <li>    <p> La medici&oacute;n inicial es consistente con el tratamiento contable de otros pasivos financieros.</p></li>    </ol>      <p>No obstante las ventajas descritas del uso del valor razonable, se concluy&oacute; que para la mayor&iacute;a de contratos de arrendamiento, no es posible observar directamente el valor razonable de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones de arrendamiento. En consecuencia, para la medici&oacute;n inicial de la obligaci&oacute;n, deber&aacute;n utilizarse t&eacute;cnicas de flujos de efectivo descontados. Esta medici&oacute;n es la que m&aacute;s se aproxima a su valor razonable.</p>      <p>Por consiguiente, la decisi&oacute;n tentativa requiere que la obligaci&oacute;n de pagar rentas deba medirse inicialmente al valor presente de los pagos del arrendamiento.</p>      <p><i><b>4.2.1.1 Tasa de inter&eacute;s usada en el descuento</b></i></p>      <p>La determinaci&oacute;n de un valor presente o descontado implica el uso de una tasa de descuento apropiada, como un elemento esencial de la medici&oacute;n. Los Consejos consideraron el uso de dos tasas:</p>  <ol type="a">    ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> La tasa de inter&eacute;s impl&iacute;cita en el contrato de arrendamiento: Aquella que iguala el valor presente de los pagos futuros del arrendamiento y de los valores residuales no garantizados con el valor razonable del bien arrendado y los costos directos iniciales del arrendador.</p></li>      <li>    <p> La tasa de inter&eacute;s incremental del endeudamiento del arrendatario: Aquella que el arrendatario tendr&iacute;a que pagar en un arrendamiento similar o, si &eacute;sta no es determinable, la tasa que, al inicio del arrendamiento, el arrendatario tendr&iacute;a que pagar por pedir fondos prestados en un plazo y con garant&iacute;as similares a las del arrendamiento.</p></li>    </ol>      <p>Algunos miembros opinaron que la tasa de inter&eacute;s que debe usarse es la tasa de inter&eacute;s impl&iacute;cita en el contrato, porque es la tasa de inter&eacute;s que el arrendador carga a la transacci&oacute;n y es espec&iacute;fica para la obligaci&oacute;n que se mide.</p>      <p>Debido a que &eacute;sta es una tasa que determina el arrendador, y que tiene en cuenta estimaciones realizadas por &eacute;ste (como el valor residual del bien en una fecha futura), los Consejos concluyeron que en muchas ocasiones al arrendatario no le ser&aacute; posible determinar la tasa impl&iacute;cita en el arrendamiento.</p>      <p>Debido a los problemas asociados con la determinaci&oacute;n de la tasa impl&iacute;cita, los Consejos decidieron discutir si es posible utilizar la tasa incremental del endeudamiento del arrendatario como medida para descontar los pagos del arrendamiento.</p>      <p>Los Consejos decidieron inicialmente proponer la tasa incremental del endeudamiento del arrendatario, porque esta tasa por lo general llevar&iacute;a a medir la obligaci&oacute;n por un valor que se aproxima a su valor razonable.</p>      <p><i><b>4.2.1.2 Medici&oacute;n inicial del activo</b></i></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Muchos activos no financieros (como el derecho a usar el bien arrendado) se miden al costo. En este caso, el costo ser&iacute;a igual al valor presente de los pagos futuros derivados del arrendamiento (medici&oacute;n inicial del pasivo).</p>      <p>Tambi&eacute;n se discuti&oacute; la opci&oacute;n de medir el activo por su valor razonable. Seg&uacute;n los miembros que apoyan esta posici&oacute;n, el valor razonable refleja las condiciones actuales de mercado y, por tanto, provee informaci&oacute;n m&aacute;s relevante a los usuarios de los estados financieros.</p>      <p>Los Consejos decidieron requerir la medici&oacute;n del activo por el derecho a usar el bien arrendado al costo, porque:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> La medici&oacute;n inicial al costo es m&aacute;s f&aacute;cil y menos costosa de aplicar que la medici&oacute;n inicial a valor razonable.</p></li>      <li>    <p> El costo del derecho a usar el bien arrendado ser&aacute; una aproximaci&oacute;n justa a su valor razonable al comienzo del arrendamiento.</p></li>    </ol>      <p><b>4.3 Medici&oacute;n posterior de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones del arrendamiento</b></p>      <p>La primera propuesta analizada incluy&oacute; un modelo de medici&oacute;n posterior que vinculara el tratamiento contable del derecho de usar el bien arrendado y la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones. Seg&uacute;n este modelo, el activo y el pasivo se amortizar&iacute;an peri&oacute;dicamente en la misma cuant&iacute;a, dando como resultado que el valor de las cuotas se reflejar&iacute;a como gasto de arrendamiento en el resultado. Los Consejos concluyeron que, por lo general, la vinculaci&oacute;n existe en el momento inicial del arrendamiento pero no en momentos posteriores. Adem&aacute;s, el enfoque propuesto es inconsistente con la medici&oacute;n de otros pasivos financieros y de otros activos no financieros.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los Consejos consideraron otras dos aproximaciones para la medici&oacute;n posterior de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones:</p>  <ol type="a">    <li> Valor razonable</li>     <li> Costo amortizado</li>    </ol>      <p><i><b>4.3.1 Valor razonable</b></i></p>      <p>En relaci&oacute;n con la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones a valor razonable, se discutieron las ventajas y desventajas de esta propuesta:</p>      <p>Entre las ventajas se mencion&oacute; que la medici&oacute;n a valor razonable permite reflejar las condiciones actuales del mercado y que adicionalmente provee a los usuarios de los estados financieros con informaci&oacute;n m&aacute;s relevante.</p>      <p>Sin embargo, fueron enunciadas las siguientes desventajas:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Obligaciones similares son medidas en los IFRS y en US GAAP usando el m&eacute;todo del costo amortizado.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> Una medici&oacute;n posterior a valor razonable podr&iacute;a ser inconsistente con las decisiones tentativas del comit&eacute; de realizar la medici&oacute;n inicial al costo.</p></li>      <li>    <p> La remedici&oacute;n de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones a valor razonable podr&iacute;a ser m&aacute;s costosa y compleja para los preparadores, dado que se requiere la estimaci&oacute;n, tanto de flujos de efectivo esperados, como de las tasas de inter&eacute;s de actuales.</p></li>    </ol>      <p><i><b>4.3.2 Costo amortizado</b></i></p>      <p>Bajo este enfoque, el arrendatario reconoce intereses por la obligaci&oacute;n pendiente de pagar. Se plantearon las siguientes ventajas de la utilizaci&oacute;n del costo amortizado:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Es consistente con la medici&oacute;n de otros pasivos financieros no derivados y con las decisiones de los Consejos de no realizar la medici&oacute;n inicial a valor razonable.</p></li>      <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> Este m&eacute;todo es m&aacute;s simple y menos costoso para los preparadores.</p></li>    </ol>      <p>Para tomar la decisi&oacute;n se concluy&oacute; que en el caso de un contrato de arrendamiento, las mencionadas desventajas de requerir la medici&oacute;n posterior de la obligaci&oacute;n a valor razonable sobrepasar&iacute;an los beneficios potenciales a los usuarios. En consecuencia, la medici&oacute;n posterior de las obligaciones de pagar c&aacute;nones debe hacerse al costo amortizado.</p>      <p><b>4.4 Remedici&oacute;n de la tasa de inter&eacute;s incremental</b></p>      <p>En la medici&oacute;n inicial se decidi&oacute; que el arrendatario deber&iacute;a descontar los pagos del arrendamiento usando la tasa de inter&eacute;s incremental del endeudamiento del arrendatario. En la medici&oacute;n posterior se discuti&oacute; si se requerir&iacute;a que el arrendatario revisara esta obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones para reflejar cambios en la tasa de inter&eacute;s incremental.</p>      <p>Se presenta diferencia entre los conceptos de FASB y IASB. FASB piensa que no se requiere la remedici&oacute;n de la tasa de inter&eacute;s incremental para el arrendatario, debido a que no ser&iacute;a consistente con la medici&oacute;n a costo amortizado. IASB manifiesta que la obligaci&oacute;n de pagar las cuotas debe ser remedida para reflejar los cambios de la tasa de inter&eacute;s incremental, porque dicha tasa reflejar&iacute;a las condiciones de mercado. Sin embargo, IASB no define si esta remedici&oacute;n debe tener lugar en cada fecha del reporte o s&oacute;lo cuando hay un cambio estimado en los flujos de efectivo.</p>      <p><b>4.5 Contabilizaci&oacute;n de los cambios de flujos de efectivos estimados</b></p>      <p>Se concluy&oacute; que el valor de la obligaci&oacute;n que surge de pagar los c&aacute;nones de arrendamiento debe ser ajustado para reflejar los cambios en los flujos de efectivo estimados. Los valores residuales garantizados, las rentas contingentes o las opciones del arrendamiento podr&iacute;an hacer cambiar las estimaciones de los flujos de efectivo futuros de la obligaci&oacute;n. Tales conceptos se explicar&aacute;n en un apartado posterior.</p>      <p>Seg&uacute;n los Consejos, el efecto de tales cambios en el tratamiento contable de la obligaci&oacute;n podr&iacute;a ser contabilizado de tres formas:</p>  <ul>    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El enfoque <i>prospectivo</i>, en el cual una nueva tasa de inter&eacute;s efectiva debe ser calculada sobre la base del valor en libros de la obligaci&oacute;n y los flujos de efectivo restantes.</p></li>      <li>    <p>El enfoque de <i>actualizaci&oacute;n</i>, en el cual el importe en libros de la obligaci&oacute;n es ajustado al valor presente de los flujos futuros de efectivo, utilizando la tasa de inter&eacute;s efectiva original.</p></li>      <li>    <p>En el enfoque <i>retrospectivo</i> se requiere la determinaci&oacute;n de una nueva tasa de inter&eacute;s efectiva sobre la base del importe original de la obligaci&oacute;n, los flujos de efectivo recibidos o pagados a la fecha y los flujos de efectivo estimados restantes. La nueva tasa de inter&eacute;s efectiva deber&iacute;a ser usada para ajustar el importe en libros de la obligaci&oacute;n al valor presente de los flujos de efectivo futuros revisados, descontados a la nueva tasa de inter&eacute;s efectiva.</p></li>    </ul>     <p>Debido a que el enfoque de <i>actualizaci&oacute;n</i> es consistente con la forma en que se tratan las obligaciones financieras medidas a costo amortizado, se decidi&oacute; que &eacute;ste ser&iacute;a el enfoque a utilizar para contabilizar los cambios en la obligaci&oacute;n derivados de los cambios en las estimaciones de flujos futuros de efectivo.</p>      <p><b>4.6 Medici&oacute;n posterior del derecho a usar el activo</b></p>      <p>Los Consejos consideraron la posibilidad de realizar la medici&oacute;n posterior del activo a costo amortizado o a su valor razonable. Se anotaron las siguientes desventajas que surgir&iacute;an de realizar la medici&oacute;n posterior del derecho a usar el activo a valor razonable:</p>  <ol type="a">    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> La medici&oacute;n posterior a valor razonable reduce la comparabilidad para los usuarios de los estados financieros, dado que podr&iacute;a ser inconsistente con el tratamiento de otros activos no financieros. Por ejemplo, IAS 16 o IAS 38 permiten pero no requieren la medici&oacute;n posterior a valor razonable. Bajo US GAAP, las propiedades, planta y equipo y los activos intangibles son medidos a costo amortizado (ARB 43<sup><a name="nu28"></a><a href="#num28">28</a></sup> y SFAS 142).<sup><a name="nu29"></a><a href="#num29">29</a></sup></p></li>      <li>    <p> La medici&oacute;n posterior a valor razonable resultar&iacute;a inconsistente con la decisi&oacute;n tentativa de realizar la medici&oacute;n inicial al costo.</p></li>      <li>    <p> La continua remedici&oacute;n del derecho a usar el activo ser&iacute;a dif&iacute;cil y costosa para los preparadores.</p></li>    </ol>      <p>Los Consejos piensan que estas desventajas pesan m&aacute;s que los beneficios potenciales para los usuarios de los estados financieros. En consecuencia, los Consejos decidieron tentativamente que la medici&oacute;n posterior del derecho a usar el activo para el arrendatario se realice al costo amortizado.</p>      <p>La medici&oacute;n posterior a costo amortizado requiere que el arrendatario amortice (deprecie) el derecho a usar el bien arrendado sobre el tiempo m&aacute;s corto entre el t&eacute;rmino del contrato y la vida econ&oacute;mica del activo arrendado. Cuando la expectativa del arrendatario sea obtener la propiedad al final del contrato, el per&iacute;odo de amortizaci&oacute;n deber&iacute;a ser la vida econ&oacute;mica o la vida &uacute;til del bien arrendado. La amortizaci&oacute;n, al igual que en los activos propios, deber&aacute; estar basada en el patr&oacute;n de consumo de los beneficios econ&oacute;micos incorporados en el derecho de usar el bien arrendado.</p>      <p><b>4.7 Deterioro del valor</b></p>      <p>El derecho a usar el activo deber&iacute;a ser revisado por deterioro. Los Consejos a&uacute;n no han definido un punto de vista preliminar sobre c&oacute;mo determinar el deterioro del activo por el derecho a usar un bien arrendado. Los Consejos propusieron resolver este asunto antes de la emisi&oacute;n de la propuesta de un nuevo est&aacute;ndar.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i><b>4.7.1 Respuestas recibidas al Borrador de discusi&oacute;n</b></i></p>     <p>Casi todos los que respondieron est&aacute;n de acuerdo con el modelo propuesto de medir la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones al valor presente de los pagos del arrendamiento. Sin embargo, hay divisi&oacute;n entre quienes comentaron sobre la tasa que debe usarse para el descuento.</p>      <p>Algunos apoyaron la decisi&oacute;n de los Consejos de requerir el uso de la tasa incremental del endeudamiento del arrendatario. Su fundamento principal es la dificultad existente en la determinaci&oacute;n de la tasa de inter&eacute;s impl&iacute;cita del contrato. Sin embargo, se requiri&oacute; a los Consejos el desarrollo de gu&iacute;as sobre la determinaci&oacute;n de la tasa incremental del endeudamiento del arrendatario.</p>      <p>Otros argumentaron que conceptualmente la utilizaci&oacute;n de la tasa de inter&eacute;s impl&iacute;cita en el contrato es correcta. En consecuencia, &eacute;sta debe utilizarse cuando est&eacute; disponible. Seg&uacute;n estos participantes, la tasa incremental del endeudamiento del arrendatario debe ser usada s&oacute;lo cuando la tasa impl&iacute;cita no pueda determinarse.</p>      <p>La mayor&iacute;a de quienes respondieron est&aacute; de acuerdo con la medici&oacute;n inicial del activo al costo y su medici&oacute;n posterior al costo amortizado. Tambi&eacute;n hay consenso en que la medici&oacute;n posterior de la obligaci&oacute;n se realice al costo amortizado, porque es consistente con la medici&oacute;n de otros pasivos financieros. Quienes no estuvieron de acuerdo apoyaron el enfoque de la medici&oacute;n vinculada.</p>      <p>La generalidad de los que respondieron afirm&oacute; que el arrendatario no deber&iacute;a revisar su obligaci&oacute;n de pagar las cuotas para reflejar cambios en la tasa incremental del arrendamiento del arrendatario. En su opini&oacute;n, esto reducir&iacute;a la comparabilidad de la informaci&oacute;n, ser&iacute;a inconsistente con el tratamiento de otros pasivos financieros e incrementar&iacute;a la complejidad para los preparadores.</p>      <p><i><b>4.7.2 Modificaciones y acuerdos posteriores a la propuesta del Borrador de discusi&oacute;n</b></i></p>      <p>Los Consejos concluyeron que a menudo la tasa de inter&eacute;s impl&iacute;cita en el contrato es igual a la tasa incremental del endeudamiento del arrendatario. En consecuencia, decidieron permitir el uso de la tasa de inter&eacute;s impl&iacute;cita en el contrato si &eacute;sta es determinable.</p>      <p>La tasa de descuento no debe ser revisada por cambios subsecuentes en la tasa de inter&eacute;s incremental del endeudamiento del arrendatario, a menos que los pagos est&aacute;n atados a una tasa de inter&eacute;s variable.</p>      <p>El activo debe ser probado por deterioro de acuerdo con los est&aacute;ndares existentes (IAS 36 - SFAS 144).<sup><a name="nu30"></a><a href="#num30">30</a></sup> Para quienes reportan bajo IFRS, la revaluaci&oacute;n de tales activos est&aacute; permitida, de acuerdo con el modelo propuesto en IAS 38. US GAAP no permite revaluaciones y, por tanto, los activos derivados del arrendamiento tampoco pueden ser revaluados.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>4.8 Reflexiones de los autores</b></p>      <p>Desde el punto de vista conceptual, es aceptado que el valor razonable es de mayor relevancia para los usuarios, porque refleja de mejor forma las condiciones actuales de la obligaci&oacute;n, al basarse en informaci&oacute;n obtenida del mercado. Sin embargo, las obligaciones que se originan en un contrato de arrendamiento por lo general no se negocian en mercados de manera estandarizada ni hay tasas de referencia. En consecuencia, la elecci&oacute;n adoptada por los Consejos de medir inicialmente la obligaci&oacute;n por el valor presente de los pagos futuros, responde de mejor forma a las caracter&iacute;sticas impl&iacute;citas en un contrato de arrendamiento.</p>      <p>La medici&oacute;n posterior a costo amortizado es relevante, porque las entidades por lo general controlan sus obligaciones derivadas de los arrendamientos, de acuerdo con los t&eacute;rminos contractuales y &eacute;stas no est&aacute;n directamente condicionadas a los cambios del mercado.</p>      <p>La medici&oacute;n del activo es consecuente con la medici&oacute;n de otros activos no financieros, como las propiedades, planta y equipo. Esto podr&iacute;a indicar, por ejemplo, que una modificaci&oacute;n al criterio de medici&oacute;n de IAS 16 generar&iacute;a, por lo menos, una revisi&oacute;n a la decisi&oacute;n tentativa realizada por los Consejos.</p>      <p>La afirmaci&oacute;n expuesta respecto a que la tasa de inter&eacute;s impl&iacute;cita y la tasa de inter&eacute;s incremental a menudo ser&aacute;n iguales, puede generar controversia dado que las bases con las que cada una es determinada son muy diferentes. Por ejemplo, una tasa impl&iacute;cita en un contrato de arrendamiento, que es determinada por el arrendador, y que a menudo responde al retorno esperado de la inversi&oacute;n del mismo, puede diferir significativamente de la tasa en que el arrendatario incurrir&iacute;a para comprar el activo con plazos y garant&iacute;as similares, en especial en mercados financieros poco desarrollados (como el colombiano).</p>      <p>Adicionalmente se requieren gu&iacute;as para la determinaci&oacute;n de las tasas de inter&eacute;s utilizadas para el descuento. En opini&oacute;n de los autores, la determinaci&oacute;n de la tasa impl&iacute;cita en el contrato o de la tasa incremental del endeudamiento del arrendatario en muchas circunstancias para los arrendatarios ser&aacute; compleja y requerir&aacute; muchas estimaciones.</p>      <p><font size="3"><b>5. Arrendamientos con opciones</b></font></p>      <p><b>5.1 Esquema de reconocimiento y medici&oacute;n propuesto para los arrendamientos con opciones</b></p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t7.jpg"></a></center></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i><b>5.1.1 Resumen del an&aacute;lisis realizado sobre el reconocimiento y medici&oacute;n de las opciones impl&iacute;citas en el arrendamiento</b></i></p>      <p><i><b>5.1.1.1 Modelos de reconocimiento</b></i></p>      <p>Como se coment&oacute; en el cap&iacute;tulo 3, los Consejos decidieron emplear un enfoque de un &uacute;nico activo y un &uacute;nico pasivo derivados del contrato, en vez de un enfoque por componentes.</p>      <p><i><b>5.2 Tratamiento de la incertidumbre sobre el ejercicio de la opci&oacute;n</b></i></p>      <p>Los Consejos consideraron dos modelos para tratar la incertidumbre que se deriva de la existencia de opciones. El siguiente ejemplo ser&aacute; utilizado a lo largo del cap&iacute;tulo para explicar los enfoques propuestos.</p>      <p><i><b>5.2.1. Ejemplo 2</b></i></p>      <p>El contrato de arrendamiento de un veh&iacute;culo por un per&iacute;odo de 8 a&ntilde;os, incluye una opci&oacute;n (pero no la obligaci&oacute;n) de renovar el contrato por un per&iacute;odo adicional de 6 a&ntilde;os. Los pagos anuales de los 8 primeros a&ntilde;os (per&iacute;odo inicial) suman 800 unidades monetarias (UM) y los pagos anuales de los siguientes 6 a&ntilde;os (per&iacute;odo opcional) tambi&eacute;n ascienden a 800 UM.</p>      <p>En el ejemplo 2, la incertidumbre generada por la opci&oacute;n est&aacute; relacionada con que en el  momento de reconocimiento inicial del arrendamiento no se puede determinar con certeza si la opci&oacute;n ser&aacute; ejercida (es decir, que el contrato requerir&aacute; el pago de cuotas por 14 a&ntilde;os) o no ser&aacute; ejercida (lo que implicar&iacute;a que el contrato s&oacute;lo requerir&aacute; pagos por 8 a&ntilde;os).</p>      <p>Los enfoques considerados fueron:</p>      <p><i><b>5.2.1.1 Tratar la incertidumbre por medio de la medici&oacute;n</b></i></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Bajo este enfoque no se requiere especificar si el contrato ser&aacute; por 8 &oacute; 14 a&ntilde;os. La opci&oacute;n y la probabilidad de que sea ejercida se incorporan en la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones de arrendamiento. La medici&oacute;n se realiza utilizando un promedio de los posibles desenlaces ponderados de acuerdo con su probabilidad (T&eacute;cnica estad&iacute;stica de valor esperado).</p>      <p>Si se supone que en el ejemplo 2 existe una probabilidad estimada del 80% de que la opci&oacute;n sea ejercida e ignorando el efecto del descuento, el tratamiento de este enfoque ser&iacute;a reconocer una obligaci&oacute;n de pagar rentas por un valor de 10.240 UM {(20% x 800 x 8) + (80% x 800 x 14)}, utilizando el modelo de valor esperado.</p>      <p>Las cr&iacute;ticas a este enfoque hacen ver que la medici&oacute;n de la probabilidad del ejercicio de la opci&oacute;n puede ser compleja. Tambi&eacute;n puede criticarse que este enfoque resulta en el reconocimiento de una obligaci&oacute;n que no refleja un resultado posible. En el ejemplo 2, el arrendatario tendr&aacute; que pagar cuotas de arrendamiento de 6.400 UM o de 11.200 UM, pero nunca de 10.240 UM.</p>      <p><i><b>5.2.1.2 Tratar la incertidumbre por medio del reconocimiento</b></i></p>     <p>Bajo este enfoque se requiere que en el ejemplo 2, el contrato sea reconocido como un arrendamiento de 8 a&ntilde;os o 14 a&ntilde;os. La incertidumbre acerca del t&eacute;rmino del contrato es tratada por medio del reconocimiento.</p>      <p>Si el arrendatario decide reconocer un arrendamiento por un t&eacute;rmino de 8 a&ntilde;os, no reconocer&aacute; la probabilidad del ejercicio de la opci&oacute;n de renovaci&oacute;n. Si, por el contrario, el arrendatario decide reconocer un arrendamiento de 14 a&ntilde;os, entonces la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n incluir&aacute; la presunci&oacute;n de que el arrendatario ejercer&aacute; la opci&oacute;n de renovar el contrato.</p>      <p>Este enfoque considera la incertidumbre de la siguiente manera: &iquest;El arrendatario obtuvo el derecho a usar un activo por 8 a&ntilde;os y la obligaci&oacute;n correspondiente al pago de cuotas por 8 a&ntilde;os, u obtuvo el derecho a utilizar un activo durante 14 a&ntilde;os y la correspondiente obligaci&oacute;n de pagar las cuotas por 14 a&ntilde;os?</p>      <p>Las cr&iacute;ticas a este enfoque sugieren que falla, por ejemplo, al diferenciar un contrato por 8 a&ntilde;os en el cual es probable la renovaci&oacute;n por un per&iacute;odo adicional de 6 a&ntilde;os y un contrato no cancelable por 14 a&ntilde;os. Ambos contratos ser&iacute;an contabilizados de igual forma, no obstante bajo el contrato con la opci&oacute;n el arrendatario puede evitar pagar las rentas al final del a&ntilde;o 8.</p>      <p>Se decidi&oacute; tentativamente adoptar este enfoque debido a que &eacute;ste evita muchos de los problemas de medici&oacute;n generados en el enfoque anterior y, por tanto, debiera ser m&aacute;s f&aacute;cil de aplicar para los preparadores.</p>      <p>Los Consejos notaron que deber&iacute;a requerirse informaci&oacute;n adicional para permitir a los usuarios diferenciar entre arrendamientos que incluyen opciones de los que no las incluyen.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>5.3 Determinaci&oacute;n del t&eacute;rmino del arrendamiento</b></p>      <p>Los Consejos consideraron tres posibles alternativas para la determinaci&oacute;n del t&eacute;rmino del contrato.</p>      <p>Un <b>umbral de probabilidad</b>: Ser&iacute;a considerada la opci&oacute;n de renovar el contrato siempre que la probabilidad de ejercerla fuera superior a un umbral de probabilidad (virtualmente cierto, razonablemente cierto, probable, etc.). El principal problema de esta alternativa radica en la arbitrariedad que requerir&iacute;a la elecci&oacute;n de un umbral debido a que no hay uno que sea conceptualmente correcto.</p>      <p>Una <b>medici&oacute;n cualitativa de los t&eacute;rminos del contrato</b>: Requerir&iacute;a que el arrendatario realizara mediciones cualitativas sobre los t&eacute;rminos del contrato, para que mediante el uso del juicio por parte de los preparadores de la informaci&oacute;n, se determinaran las presunciones que soportar&iacute;an la elecci&oacute;n de uno de los t&eacute;rminos. Este enfoque podr&iacute;a reducir la comparabilidad de la informaci&oacute;n para los usuarios, porque podr&iacute;a ser interpretado como la autorizaci&oacute;n para permitir cualquier m&eacute;todo de estimaci&oacute;n del t&eacute;rmino, resultando en cu&aacute;les contratos econ&oacute;micamente similares ser&iacute;an contabilizados de forma distinta.</p>      <p>El <b>t&eacute;rmino del arrendamiento que sea m&aacute;s probable</b>: Bajo este enfoque, el arrendatario, sobre la base de presunciones razonables y soportables, determinar&aacute; el resultado m&aacute;s probable (el t&eacute;rmino del arrendamiento). Este enfoque fue favorecido por los Consejos, que determinaron que el arrendatario deber&aacute; utilizar esta alternativa porque evita muchos de los problemas asociados con los otros enfoques.</p>      <p><i><b>5.3.1 Factores a ser considerados en la determinaci&oacute;n del t&eacute;rmino del arrendamiento</b></i></p>      <p>Se decidi&oacute; proveer gu&iacute;as adicionales sobre los siguientes factores para que sean tenidos en cuenta para determinar el plazo del arrendamiento:</p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t8.jpg"></a></center></p>      <p>Los Consejos rechazaron la inclusi&oacute;n en los factores de an&aacute;lisis de los factores espec&iacute;ficos del arrendatario, como sus intenciones y las pr&aacute;cticas pasadas, debido a que pueden utilizarse para tomar ventaja de esta posibilidad y lograr resultados determinados.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>5.4 Remedici&oacute;n de los t&eacute;rminos del contrato</b></p>      <p>Los Consejos resaltaron que requerir al arrendatario que realice una remedici&oacute;n del t&eacute;rmino del contrato en cada fecha de reporte, por lo general proporciona informaci&oacute;n m&aacute;s relevante. Esto es as&iacute;, porque los contratos de arrendamiento, en especial en bienes inmuebles, pueden ser muy largos y utilizar un t&eacute;rmino del contrato que est&aacute; basado en estimaciones hechas varios a&ntilde;os atr&aacute;s podr&iacute;a ser enga&ntilde;oso para los usuarios. Sin embargo, requerir la remedici&oacute;n del t&eacute;rmino del contrato es m&aacute;s complejo y presumiblemente implicar&aacute; mayores costos para los preparadores.</p>      <p>Los Consejos decidieron tentativamente requerir la remedici&oacute;n del t&eacute;rmino del contrato en cada fecha de reporte.</p>      <p><i><b>5.4.1 Tratamiento contable de un cambio en la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones de arrendamiento (derivados de un cambio en el t&eacute;rmino del arrendamiento)</b></i></p>      <p>Se consideraron dos posibles opciones:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Reconocer los cambios en la obligaci&oacute;n en los resultados.</p></li>      <li>    <p> Reconocer los cambios en la obligaci&oacute;n como un ajuste en el importe en libros del activo reconocido, por el derecho a usar el bien arrendado.</p></li>    </ol>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Reconocer un cambio en la obligaci&oacute;n en los resultados es consistente con el tratamiento de la mayor&iacute;a de los dem&aacute;s pasivos. Por regla general, el reconocimiento de un cambio en un pasivo no resulta en un cambio en el importe en libros de un activo. Sin embargo, en los contratos de arrendamiento hay un v&iacute;nculo claro entre el activo reconocido y la obligaci&oacute;n de pagar las cuotas del arrendamiento. Por ejemplo, si la remedici&oacute;n del t&eacute;rmino del arrendamiento supone un incremento en el t&eacute;rmino del contrato de tres a cuatro a&ntilde;os, la obligaci&oacute;n de pagar las cuotas se incrementa. Adicionalmente, hay un correspondiente incremento en el valor del activo, porque el arrendatario ahora esperar&iacute;a utilizar el activo por cuatro a&ntilde;os en vez de usarlo por tres a&ntilde;os. En efecto, el arrendatario ha comprado un derecho adicional de usar el bien arrendado.</p>      <p>Por tanto, los Consejos decidieron que los cambios en la obligaci&oacute;n de pagar c&aacute;nones, derivados de una remedici&oacute;n del t&eacute;rmino del contrato deber&iacute;an ser reconocidos como un ajuste al valor en libros del activo.</p>      <p><i><b>5.4.2 Tratamiento contable de las opciones de compra</b></i></p>      <p>Los Consejos notaron que las opciones de compra pueden ser vistas como la &uacute;ltima de las opciones de renovaci&oacute;n. Una opci&oacute;n de compra no es diferente de la obtenci&oacute;n de renovaciones sucesivas del t&eacute;rmino del arrendamiento, durante la vida econ&oacute;mica del bien arrendado. En consecuencia, los Consejos determinaron que el tratamiento de la opci&oacute;n de compra debe ser el mismo utilizado para la opci&oacute;n de extender o terminar un arrendamiento:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Las opciones de compra no deben ser reconocidas como activos separados.</p></li>      <li>    <p> Al reconocer la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones, el arrendatario debe decidir si es probable que la opci&oacute;n de compra sea ejercida. Si el arrendatario decide que la opci&oacute;n de compra ser&aacute; ejercida, la obligaci&oacute;n de pagar las cuotas deber&aacute; incluir el valor de la opci&oacute;n de compra.</p></li>      <li>    <p> La medici&oacute;n del ejercicio o no de la opci&oacute;n de compra estar&aacute; basada en la determinaci&oacute;n del arrendatario sobre el resultado m&aacute;s probable.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> Para decidir el resultado m&aacute;s probable, el arrendatario considerar&aacute; factores contractuales, no contractuales y factores de negocios.</p></li>      <li>    <p> En cada fecha de reporte, deber&aacute; revisarse la estimaci&oacute;n sobre si ser&aacute; ejercida o no la opci&oacute;n de compra.</p></li>      <li>    <p> Los cambios en la obligaci&oacute;n de pagar c&aacute;nones, derivados del cambio en la estimaci&oacute;n sobre si se ejercer&aacute; o no la opci&oacute;n de compra, deber&aacute;n ser reconocidos como un ajuste al valor en libros del activo.</p></li>    </ol>      <p>Una propuesta alternativa fue presentada por algunos miembros de los Consejos. Seg&uacute;n estos miembros, incluir el ejercicio de la opci&oacute;n de compra descontado en la medici&oacute;n inicial del activo, llevar&aacute; a una sobrestimaci&oacute;n del activo por el derecho a usar el bien. Estos miembros s&oacute;lo incluir&iacute;an el precio de ejercicio de la opci&oacute;n, siempre y cuando la opci&oacute;n de compra tenga un precio que provea un importante incentivo para ejercitar la opci&oacute;n.</p>      <p><b>5.5 Contratos de arrendamiento con opciones de compra y de renovaci&oacute;n</b></p>      <p>Los contratos de arrendamiento, a menudo contienen m&uacute;ltiples opciones. Bajo el enfoque propuesto en este cap&iacute;tulo, la obligaci&oacute;n de pagar las rentas reconocida por el arrendatario debe ser consistente con el resultado que el arrendatario considere m&aacute;s probable.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i><b>5.5.1 Ejemplo 3</b></i></p>      <p>Un contrato de arrendamiento requiere pagos por un per&iacute;odo de 10 a&ntilde;os. Al final de ese per&iacute;odo existe una opci&oacute;n de adquirir el bien arrendado y tambi&eacute;n existe la opci&oacute;n de renovar el contrato por 5 a&ntilde;os adicionales.</p>      <p>Para el ejemplo anterior, el enfoque propuesto requiere que, al inicio del contrato, el arrendatario determine cu&aacute;l de los desenlaces (retornar el bien, extender el plazo del contrato o adquirir el bien) es el m&aacute;s probable y deber&aacute; reconocer una obligaci&oacute;n (y, por tanto, un activo) que sea consistente con ese desenlace.</p>      <p>Adicionalmente, se requiere que en cada per&iacute;odo de reporte, se determine cu&aacute;l de los desenlaces es el m&aacute;s probable sobre la base de nuevos hechos y circunstancias. Cualquier cambio en la obligaci&oacute;n derivado de una nueva estimaci&oacute;n se reconocer&aacute; como un ajuste en el importe en libros del activo (derecho a usar el bien arrendado).</p>      <p><i><b>5.5.2 Respuestas recibidas al Borrador de discusi&oacute;n</b></i></p>      <p>Algunos de los que respondieron apoyan la opini&oacute;n de los Consejos de requerir el reconocimiento de opciones, mediante el desenlace m&aacute;s probable. Ellos afirman que &eacute;sta es una soluci&oacute;n pr&aacute;ctica a los problemas asociados con la determinaci&oacute;n del t&eacute;rmino del arrendamiento y que es m&aacute;s sencilla de aplicar que el modelo alternativo propuesto. Adicionalmente, este enfoque presenta informaci&oacute;n m&aacute;s relevante para los usuarios de la informaci&oacute;n, porque reflejar&iacute;a un desenlace probable.</p>      <p>Quienes se opusieron al modelo propuesto afirmaron que este modelo podr&iacute;a resultar en el reconocimiento de una obligaci&oacute;n que no cumple la definici&oacute;n de pasivo, de acuerdo con los marcos conceptuales. Adicionalmente, la determinaci&oacute;n del resultado m&aacute;s probable podr&iacute;a tornarse altamente subjetiva y, por tanto, incrementar la complejidad y reducir la comparabilidad de la informaci&oacute;n.</p>      <p>M&aacute;s de la mitad de los que respondieron apoyaron el enfoque propuesto de requerir la remedici&oacute;n del t&eacute;rmino del contrato en cada fecha de reporte y reconocer los cambios en la obligaci&oacute;n como un ajuste en el importe en libros del activo. Sin embargo, algunos de los que respondieron afirmaron que este requerimiento conllevar&iacute;a una carga importante para los preparadores. Otros afirmaron que los usuarios no ser&iacute;an beneficiados con el cambio continuo de activos y pasivos. Por tanto, tambi&eacute;n se oponen a la remedici&oacute;n del t&eacute;rmino del arrendamiento.</p>      <p>Algunos de los que respondieron establecieron que s&oacute;lo las opciones de compra en condiciones ventajosas deber&iacute;an ser incluidas en la obligaci&oacute;n. Otros afirmaron que &eacute;stas deber&iacute;an ser excluidas de la medici&oacute;n e informadas en los reportes financieros, a trav&eacute;s de revelaciones.</p>      <p><b><i>5.5.2.1 Modificaciones y acuerdos posteriores a la propuesta del Borrador de discusi&oacute;n</i></b></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El t&eacute;rmino utilizado para el reconocimiento ser&aacute; el que refleje las expectativas razonables del arrendatario sobre cu&aacute;l de los t&eacute;rminos utilizar&aacute;. De acuerdo con las discusiones de los Consejos, puede haber casos en los cuales el <i>resultado m&aacute;s probable</i> no coincida con la expectativa razonable del arrendatario sobre cu&aacute;l ser&aacute; el t&eacute;rmino del arrendamiento.</p>      <p>La determinaci&oacute;n de los t&eacute;rminos del arrendamiento considerar&aacute; todos los factores relevantes. Ignorar las intenciones del arrendatario o las pr&aacute;cticas pasadas puede llevar a reconocer un t&eacute;rmino del arrendamiento equivocado.</p>      <p><b>5.6 Reflexiones de los autores</b></p>      <p>Desde el punto de vista conceptual, la inclusi&oacute;n de las opciones de compra y renovaci&oacute;n en la medici&oacute;n inicial del pasivo es problem&aacute;tica. Puede argumentarse que este tratamiento no es consistente con el de otro tipo de opciones y que los c&aacute;nones derivados del ejercicio de opci&oacute;n no cumplen la definici&oacute;n de un pasivo. Adicionalmente, la inclusi&oacute;n de tales c&aacute;nones en la medici&oacute;n del pasivo genera un efecto cuestionable en la medici&oacute;n del activo correspondiente</p>      <p>El siguiente caso ilustra este problema:</p>      <p>Dos compa&ntilde;&iacute;as toman cada una un bien en arrendamiento que requiere el pago de c&aacute;nones por valor de 1.500 unidades monetarias anuales durante 5 a&ntilde;os. Si una de estas compa&ntilde;&iacute;as tiene la opci&oacute;n de comprar el bien por su valor de mercado al final del quinto a&ntilde;o y la otra no, aquella que tiene la opci&oacute;n reconocer&iacute;a un activo por el derecho a usar el bien arrendado por un valor superior al de la compa&ntilde;&iacute;a que no tiene la opci&oacute;n.</p>      <p>Te&oacute;ricamente, esto no es consistente con el modelo propuesto para el reconocimiento de activos y pasivos, presentado en el cap&iacute;tulo 3, porque el derecho a usar el activo para ambas compa&ntilde;&iacute;as es el mismo.</p>      <p>La diferencia se genera por la inclusi&oacute;n de la opci&oacute;n existente que s&oacute;lo puede ser ejercida a la finalizaci&oacute;n del plazo inicial, lo que ocasiona una sobrestimaci&oacute;n del activo y el pasivo del arrendamiento.</p>      <p><font size="3"><b>6. Tratamiento contable de las rentas contingentes y de valores residuales garantizados</b></font></p>      <p><b>6.1 Esquema del modelo de contabilizaci&oacute;n propuesto para las rentas contingentes y los valores residuales garantizados en un contrato de arrendamiento</b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t9.jpg"></a></center></p>      <p><b>6.2 Resumen del an&aacute;lisis efectuado sobre el reconocimiento y medici&oacute;n de las rentas contingentes y valores residuales garantizados</b></p>      <p>Las rentas contingentes y los valores residuales garantizados tienen muchas caracter&iacute;sticas en com&uacute;n. Se concluy&oacute; que utilizar la misma forma de medici&oacute;n para obligaciones derivadas de las rentas contingentes y los valores residuales garantizados, resultar&iacute;a en un est&aacute;ndar que ser&iacute;a m&aacute;s f&aacute;cil de aplicar a los preparadores y m&aacute;s f&aacute;cil de entender a los usuarios. Por tal raz&oacute;n, se ha propuesto un tratamiento contable consistente para estos dos conceptos.</p>      <p><i><b>6.2.1 Rentas contingentes</b></i></p>      <p>Las rentas contingentes son pagos que debe hacer el arrendatario y que tienen la naturaleza de ser variables porque se incrementan o disminuyen en virtud de cambios en factores que suceden despu&eacute;s del comienzo del arrendamiento y que son distintos del simple paso del tiempo. Podr&iacute;an nombrarse tres categor&iacute;as de rentas contingentes:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Rentas contingentes basadas en cambios en los precios o en &iacute;ndices. Los pagos del arrendatario se ajustan por cambios en variables como las tasas de inter&eacute;s o el &iacute;ndice de precios al consumidor. Por ejemplo, un contrato de arrendamiento cuyos pagos dependan parcial o totalmente de la DTF o de una tasa Libor o Prime.</p></li>      <li>    <p> Rentas contingentes basadas en el resultado del arrendatario derivado del aprovechamiento del bien arrendado. Por ejemplo, un contrato de arrendamiento que requiere que el arrendatario realice pagos por un valor igual a un porcentaje de las ventas que se han obtenido en un local comercial.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> Rentas contingentes basadas en el uso. Aquellos pagos que incrementan o disminuyen en funci&oacute;n del nivel de uso que el arrendatario d&eacute; al bien arrendado. Por ejemplo, los pagos del arrendamiento de un veh&iacute;culo, que se derivan del n&uacute;mero de kil&oacute;metros recorridos o el pago de arrendamiento de una maquinaria, que se deriva del n&uacute;mero de horas en que ha sido utilizada.</p>      <p>De acuerdo con IAS 39 y con SFAS 133<sup><a name="nu31"></a><a href="#num31">31</a></sup> algunos derivados impl&iacute;citos deben separarse del contrato principal y contabilizarse de acuerdo con tales normas. En algunas circunstancias, las rentas contingentes pueden ser tratadas como derivados impl&iacute;citos y, por tanto, separarse del contrato de arrendamiento. En principio, el modelo propuesto no pretende cambiar esa contabilizaci&oacute;n.</p></li>    </ol>      <p><i><b>6.2.2 Valores residuales garantizados</b></i></p>      <p>En distintos pa&iacute;ses es com&uacute;n que en el contrato se pacte que el arrendatario debe compensar al arrendador, si el valor del bien arrendado al final del contrato est&aacute; por debajo de un monto espec&iacute;fico. Esta condici&oacute;n se nombra com&uacute;nmente como valor residual garantizado y financieramente es utilizado para proteger el retorno esperado del arrendador.</p>      <p><b>6.3 Reconocimiento de rentas contingentes y valores residuales garantizados</b></p>      <p>Bajo los est&aacute;ndares contables actuales (IFRS - US GAAP), las rentas contingentes basadas  en el uso del bien arrendado o en el desempe&ntilde;o del arrendatario, por lo general, son excluidas de la medici&oacute;n de los pagos m&iacute;nimos del arrendamiento. Las rentas contingentes basadas en un &iacute;ndice existente se reconocen en los pagos del arrendamiento, en el nivel existente del &iacute;ndice. Cualquier incremento o disminuci&oacute;n de los pagos del arrendamiento, derivados del cambio del &iacute;ndice (posterior al comienzo del arrendamiento) son reconocidos en el resultado del per&iacute;odo. Los valores residuales garantizados se incluyen en el reconocimiento y la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n de pagar las cuotas de arrendamiento, por el valor m&aacute;ximo pagable.</p>      <p>Los Consejos discutieron algunas posibilidades para el reconocimiento de rentas contingentes y valores residuales garantizados:</p>  <ol type="a">    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> Reconocerlos como gastos cuando se incurren.</p></li>      <li>    <p> Reflejar la obligaci&oacute;n de pagar rentas contingentes y valores residuales garantizados en la medici&oacute;n del pasivo (y, por tanto, del activo).</p></li>    </ol>      <p>Algunos participantes han apoyado la propuesta a) para el reconocimiento de las rentas contingentes porque consideran que el evento que da lugar a la obligaci&oacute;n es</p>  <ul>    <li>el uso del activo,</li>      <li>la realizaci&oacute;n de una venta, o</li>      <li>el cambio en el nivel de un &iacute;ndice.</li>    </ul>      <p>Bajo esta perspectiva, no deber&iacute;a reconocerse una obligaci&oacute;n puesto que el evento que genera la obligaci&oacute;n no ha ocurrido al inicio del contrato.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Los Consejos decidieron requerir la opci&oacute;n b), porque concluyeron que la obligaci&oacute;n de pagar las rentas contingentes y los valores residuales garantizados es incondicional y surge por la firma del contrato. El valor de la obligaci&oacute;n es incierto, lo cual ser&aacute; reflejado en la medici&oacute;n del pasivo.</p>      <p><b>6.4 Medici&oacute;n de rentas contingentes y valores residuales garantizados</b></p>      <p><i><b>6.4.1 Rentas contingentes</b></i></p>      <p>Los Consejos consideraron dos posibles modelos para la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n de pagar las rentas, cuando &eacute;sta incluye rentas contingentes:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Medici&oacute;n por medio de la estimaci&oacute;n de los posibles desenlaces promediados por sus probabilidades asociadas (t&eacute;cnica del valor esperado).</p></li>      <li>    <p> Medici&oacute;n del desenlace m&aacute;s probable.</p></li>    </ol>      <p>Para explicar los distintos enfoques se utilizar&aacute; el siguiente ejemplo:</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i><b>6.4.1.2 Ejemplo 4</b></i></p>     <p>Un contrato de arrendamiento estipula un pago anual por parte del arrendatario de 1.000 unidades monetarias (UM), si las ventas anuales no superan las 60.000 UM; o de 2.000 UM, si el valor de las ventas es igual o superior a 60.000 UM.</p>      <p><i><b>6.4.1.2.1 Medici&oacute;n por medio de la estimaci&oacute;n de los posibles desenlaces promediados por sus probabilidades asociadas (t&eacute;cnica de valor esperado)</b></i></p>     <p>Bajo este enfoque, se considerar&aacute; el rango de posibles desenlaces y sus probabilidades relativas, de la misma forma que en el modelo propuesto para tratar las incertidumbres de las opciones por medio de la medici&oacute;n, que fue mencionado en el cap&iacute;tulo 5. Por tanto, se requiere asignar a cada uno de los desenlaces probables una probabilidad de ocurrencia relativa.</p>      <p>Para desarrollar el ejemplo 4, bajo este enfoque, se supondr&aacute; que la probabilidad de obtener unas ventas inferiores a 60.000 es del 40% y, por tanto, obtener un nivel de ventas igual o superior a 60.000 tendr&aacute; una probabilidad del 60%. La siguiente tabla resume el desenlace esperado y su probabilidad asociada:</p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04img1.jpg"></a></center></p>      <p>Ignorando el efecto del descuento, el pasivo reconocido incluir&aacute; una obligaci&oacute;n derivada de las rentas contingentes de 1.600 UM {(1.000 x 40%) + (2.000 x 60%)}</p>      <p>Se ha considerado que este m&eacute;todo presenta las siguientes ventajas:</p>  <ol type="a">    <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> Combinado con la medici&oacute;n del t&eacute;rmino del arrendamiento, provee informaci&oacute;n relevante a los usuarios de la informaci&oacute;n, porque refleja el hecho de que el arrendatario ha entrado en un acuerdo de pagar cuotas de arrendamiento, que son inciertas.</p></li>      <li>    <p> Es consistente con la medici&oacute;n de otro tipo de obligaciones con incertidumbre (por ejemplo, la medici&oacute;n de provisiones bajo IAS 37).</p></li>    </ol>      <p>Se propusieron las siguientes desventajas:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Puede resultar complejo y costoso para los preparadores tener que determinar las probabilidades asociadas a cada uno de los resultados probables. En consecuencia, la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n puede ser menos fiable.</p></li>      <li>    <p> Por lo general, la obligaci&oacute;n ser&aacute; medida por un resultado que nunca suceder&aacute;. En el ejemplo 4, la entidad estar&aacute; obligada a pagar 1.000 UM o 2.000 UM, pero nunca 1.600 UM.</p></li>    </ol>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i><b>6.4.1.2.2 Medici&oacute;n por medio del desenlace m&aacute;s probable</b></i></p>      <p>Bajo este enfoque, el arrendatario deber&aacute; elegir cu&aacute;l de las opciones es la que tiene la mayor probabilidad de ocurrencia y, por tanto, medir&aacute; la obligaci&oacute;n por el valor descontado del resultado m&aacute;s probable.</p>      <p>En el ejemplo 4, el resultado m&aacute;s probable es pagar una cuota por valor de 2.000 UM. Por tanto, ignorando el efecto del descuento, la estimaci&oacute;n inicial de la obligaci&oacute;n de pagar cuotas de arrendamiento incluir&aacute; 2.000 UM.</p>      <p>Se ha considerado que este modelo presenta las siguientes ventajas:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Es m&aacute;s f&aacute;cil de aplicar para los preparadores que el enfoque anterior, porque por lo general no requiere la estimaci&oacute;n de las probabilidades asociadas con los posibles resultados. El arrendatario s&oacute;lo deber&iacute;a determinar cu&aacute;l es el resultado m&aacute;s probable.</p></li>      <li>    <p> A diferencia del modelo anterior, resultar&aacute; en la medici&oacute;n de una obligaci&oacute;n que es un resultado posible (para el ejemplo, 4: 2.000 UM).</p></li>    </ol>      <p>Las cr&iacute;ticas a este modelo incluyen:</p>  <ol type="a">    ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p> La medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n no refleja la incertidumbre asociada con la obligaci&oacute;n. Obligaciones con incertidumbre en su cuant&iacute;a son tratadas de la misma forma que obligaciones que no la tienen.</p></li>      <li>    <p> El modelo no tiene en cuenta el hecho de que la distribuci&oacute;n de las probabilidades puede estar sesgada.</p></li>    </ol>      <p><i><b>6.4.2 Valores residuales garantizados</b></i></p>     <p>Para la medici&oacute;n de los valores residuales garantizados, los Consejos consideraron los dos enfoques propuestos para la medici&oacute;n de las obligaciones derivadas de las rentas contingentes. Adicionalmente, se estudi&oacute; el enfoque de medici&oacute;n de los est&aacute;ndares contables actuales, que requiere que en la obligaci&oacute;n de pagar las cuotas del arrendamiento se incluya el valor m&aacute;ximo a pagar como valor residual.</p>      <p>Se concluy&oacute; que la no inclusi&oacute;n del m&aacute;ximo valor pagable en la medici&oacute;n de los valores residuales garantizados, resultar&iacute;a en un menor valor de los activos y pasivos que hoy son reconocidos como arrendamientos financieros.</p>      <p><i><b>6.4.2.1 Enfoque propuesto para la medici&oacute;n de las obligaciones derivadas de rentas contingentes y valores residuales garantizados</b></i></p>      <p>Los Consejos acordaron que la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n de pagar valores residuales garantizados debe ser consistente con la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n de pagar rentas contingentes. Sin embargo, no lograron un acuerdo preliminar sobre la forma de medir tales obligaciones en el reconocimiento inicial del pasivo del contrato de arrendamiento:</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>IASB decidi&oacute; que el pasivo derivado de un contrato de arrendamiento, deber&aacute; incluir la estimaci&oacute;n de las rentas contingentes y los valores residuales garantizados, medidos de acuerdo con las t&eacute;cnicas de valor esperado. Bajo su punto de vista, el enfoque propuesto provee la informaci&oacute;n m&aacute;s &uacute;til para los usuarios.</p>      <p>FASB decidi&oacute; que la estimaci&oacute;n de las rentas contingentes y los valores residuales garantizados deber&aacute; medirse mediante el resultado m&aacute;s probable. FASB tambi&eacute;n decidi&oacute; que si las rentas contingentes est&aacute;n basadas en un &iacute;ndice o una tasa, el arrendatario deber&aacute; medir la obligaci&oacute;n de pagar rentas usando la tasa o el &iacute;ndice existente en la fecha de comienzo del arrendamiento.</p>      <p><b>6.5 Estimaci&oacute;n posterior de las rentas contingentes y los valores residuales garantizados</b></p>      <p>Luego de sus decisiones sobre la medici&oacute;n, los Consejos discutieron si requerir la revisi&oacute;n de las estimaciones de valores residuales garantizados y rentas contingentes en cada fecha de reporte. El an&aacute;lisis efectuado fue similar al discutido en el tema de la remedici&oacute;n del t&eacute;rmino del arrendamiento (Cap&iacute;tulo 5). En consecuencia, los Consejos concluyeron que debe requerirse la revisi&oacute;n de las estimaciones de rentas contingentes y valores residuales garantizados en cada fecha de reporte, porque esto provee informaci&oacute;n m&aacute;s relevante para los usuarios de la informaci&oacute;n.</p>      <p><b>6.6 Contabilizaci&oacute;n de los cambios en las estimaciones de valores residuales garantizados y rentas contingentes</b></p>      <p>La revisi&oacute;n de las estimaciones requerida de acuerdo con los p&aacute;rrafos anteriores, da lugar a la discusi&oacute;n sobre el tratamiento contable del ajuste requerido cuando hay un cambio en las estimaciones sobre valores residuales y rentas contingentes.</p>      <p>Se consideraron dos opciones:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Reconocer los cambios de la obligaci&oacute;n en los resultados.</p></li>      <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> Reconocer los cambios en la obligaci&oacute;n como un ajuste en el importe en libros del activo, reconocido por el derecho a usar el bien arrendado.</p></li>    </ol>      <p>Reconocer un cambio en la obligaci&oacute;n en los resultados es consistente con el tratamiento de la mayor&iacute;a de los dem&aacute;s pasivos. Por regla general, el reconocimiento del cambio en un pasivo no resulta en el cambio en el importe en libros de un activo.</p>      <p>Sin embargo, en los contratos de arrendamiento hay un v&iacute;nculo claro entre el activo reconocido y la obligaci&oacute;n de pagar las cuotas del arrendamiento. Por ejemplo, si la obligaci&oacute;n de pagar rentas contingentes aumenta por un incremento en el uso esperado, puede argumentarse que el arrendatario ha recibido un derecho a usar en mayor proporci&oacute;n el activo arrendado y, por tanto, el activo reconocido por el derecho a usar el bien arrendado tambi&eacute;n deber&iacute;a incrementar. Este enfoque ser&iacute;a consistente con IFRIC 1, que requiere que el cambio en la obligaci&oacute;n de desmantelamiento y rehabilitaci&oacute;n se reconozca como un ajuste en libros del activo correspondiente y no en el resultado del ejercicio.</p>      <p>&Eacute;ste es otro de los puntos en los que no se logr&oacute; un consenso entre los Consejos:</p>  <ul>    <li>    <p>FASB requiere que los cambios en el pasivo, derivados del cambio en las estimaciones de las rentas contingentes y los valores residuales garantizados se reconozcan en el resultado del per&iacute;odo. Este enfoque ser&iacute;a menos costoso para los preparadores y de mayor utilidad para los usuarios, porque es m&aacute;s f&aacute;cil de entender.</p></li>      <li>    <p>IASB requiere que los cambios en el pasivo, derivados del cambio en las estimaciones de las rentas contingentes y los valores residuales garantizados se reconozcan como un ajuste en el importe en libros en el activo del arrendamiento. Este enfoque es consistente con la forma en que se reconocen los cambios en el t&eacute;rmino estimado del arrendamiento (cap&iacute;tulo 5).</p></li>    </ul>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>6.7 Respuestas recibidas al Borrador de discusi&oacute;n</b></p>      <p>Hay una preocupaci&oacute;n general de quienes apoyaron el modelo general de reconocimiento, por percibir que especialmente el reconocimiento y la medici&oacute;n de rentas contingentes y valores residuales garantizados son complejos y costosos para los preparadores y que su cumplimiento requerir&iacute;a tiempo y esfuerzo desproporcionados. Algunos de ellos cuestionaron si el costo del modelo propuesto superar&iacute;a los beneficios de la informaci&oacute;n que se presenta.</p>      <p>M&aacute;s de la mitad de las personas que participaron mostraron su desacuerdo sobre el reconocimiento de opciones, rentas contingentes y valores residuales garantizados, porque consideran que no cumplen las definiciones de activos y pasivos de los marcos conceptuales. Se cuestiona particularmente la existencia de un evento pasado que d&eacute; origen a una obligaci&oacute;n.</p>      <p>Otros opinaron que separar el reconocimiento de opciones, valores residuales y rentas contingentes es valioso para proveer a los usuarios de los estados financieros informaci&oacute;n &uacute;til para la toma de decisiones.</p>      <p>Algunos de quienes respondieron apoyaron la propuesta sobre el tratamiento de rentas contingentes, al argumentar que los pagos derivados de las rentas contingentes son una parte del costo de adquirir el activo por el derecho a usar el bien arrendado. Adicionalmente, argumentaron que excluir las rentas contingentes podr&iacute;a proveer oportunidades para estructurar arrendamientos que minimicen la obligaci&oacute;n reconocida.</p>      <p>Algunos apoyaron la medici&oacute;n de las rentas contingentes por medio del desenlace m&aacute;s probable, porque es simple y menos costoso para los preparadores. De igual forma, se argument&oacute; que este tratamiento es consistente con la medici&oacute;n de las opciones incluidas en el arrendamiento.</p>      <p>Quienes apoyaron la medici&oacute;n utilizando las t&eacute;cnicas de valor esperado afirmaron que este enfoque refleja de mejor forma la incertidumbre asociada con la obligaci&oacute;n.</p>      <p>La mayor&iacute;a de los que respondieron apoy&oacute; el reconocimiento de un cambio en la obligaci&oacute;n derivado del cambio en las estimaciones de rentas contingentes, como un ajuste al importe en libros del activo, en vez de reconocerlo en el resultado del per&iacute;odo. En su opini&oacute;n, este enfoque refleja de mejor forma la vinculaci&oacute;n que hay entre el activo y el pasivo derivados del arrendamiento.</p>      <p>Quienes apoyaron el reconocimiento de los cambios en la obligaci&oacute;n del arrendamiento derivados del cambio en las estimaciones de rentas contingentes, en el resultado del per&iacute;odo, argumentaron que este enfoque refleja de mejor forma la correlaci&oacute;n entre la actividad y el resultado del arrendatario. As&iacute;, cualquier incremento en la actividad del arrendatario (por ejemplo, en el uso del bien arrendado) se relacionar&iacute;a con el correspondiente efecto en los resultados del per&iacute;odo.</p>      <p>La mayor&iacute;a de quienes respondieron estuvo de acuerdo con alinear el tratamiento contable de las rentas contingentes con el de los valores residuales garantizados, porque los dos est&aacute;n condicionados a eventos futuros. Sin embargo, algunos de quienes respondieron argumentaron que los valores residuales garantizados son distintos de las rentas contingentes porque &eacute;stos se basan en el valor del bien arrendado.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>6.8 Modificaciones y acuerdos posteriores a la propuesta del Borrador de discusi&oacute;n</b></p>      <p>La medici&oacute;n de las rentas contingentes y los valores residuales garantizados deber&aacute; ser realizada por medio de las t&eacute;cnicas de valor esperado. Este enfoque implica que la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n debe tener en cuenta un n&uacute;mero razonable de escenarios y la distribuci&oacute;n de la probabilidad. Adem&aacute;s, refleja el hecho de la incertidumbre de la obligaci&oacute;n.</p>      <p>Las rentas contingentes basadas en un &iacute;ndice ser&aacute;n medidas utilizando tasas <i>forward</i>. Si tales tasas no est&aacute;n disponibles, se utilizar&aacute;n las tasas actuales. Si las tasas <i>forward</i> est&aacute;n disponibles, &eacute;stas proveer&aacute;n mejor informaci&oacute;n a los usuarios. De lo contrario, la estimaci&oacute;n de tasas futuras requerir&iacute;a un costo y esfuerzo desproporcionados para los preparadores y, por tanto, deben utilizarse las tasas existentes en el momento de la medici&oacute;n.</p>      <p>La obligaci&oacute;n ser&aacute; ajustada por cambios en las rentas contingentes y en los valores residuales, s&oacute;lo si existen eventos o circunstancias que indiquen que hay un cambio material en la obligaci&oacute;n.</p>      <p>Los cambios en la obligaci&oacute;n derivados de la revisi&oacute;n de las estimaciones que surgen del per&iacute;odo actual o de los per&iacute;odos anteriores, ser&aacute;n reconocidos en el resultado del per&iacute;odo. Los dem&aacute;s ser&aacute;n reconocidos como un ajuste en el activo reconocido por el derecho a usar el bien arrendado. Los Consejos creen que este enfoque refleja de mejor forma la esencia econ&oacute;mica de la transacci&oacute;n, porque relaciona de forma adecuada el reconocimiento de costos en los per&iacute;odos en que se incurren. Por ejemplo, en una renta contingente basada en el desempe&ntilde;o, un cambio en la obligaci&oacute;n derivada de las ventas anteriores o del per&iacute;odo actual se reconocer&iacute;a en el resultado del ejercicio. Por el contrario, un cambio en los pron&oacute;sticos de ventas esperados que implica un cambio en la obligaci&oacute;n ser&aacute; reconocido como un ajuste en el importe en libros del activo por el derecho a usar el bien arrendado.</p>      <p><b>6.9 Reflexiones de los autores</b></p>      <p><i><b>6.9.1 Reconocimiento de las rentas contingentes y valores residuales garantizados</b></i></p>     <p>El reconocimiento de las rentas contingentes y los valores residuales es complejo desde su an&aacute;lisis. Si bien algunos proponen no reconocer en la medici&oacute;n inicial el valor presente de pagar rentas contingentes y valores residuales garantizados, otros apoyan el enfoque propuesto, porque brinda mayor utilidad para los usuarios.</p>      <p>En opini&oacute;n de los autores, el reconocimiento de rentas contingentes es conceptualmente adecuado, porque el arrendatario tiene una obligaci&oacute;n legal (exigible) de realizar pagos en el futuro derivados de una variable. Lo incierto es el valor de la obligaci&oacute;n. Por tanto, debe recurrirse a estimarla, procedimiento que no es ajeno a la contabilidad, que requiere en muchos aspectos materiales el uso de estimaciones. Adicionalmente, el enfoque requerido es consistente con el reconocimiento actual de contingencias (IAS 37 y el FASB Accounting Standards Codification - Topic 450).</p>      <p>A su vez, el reconocimiento de rentas contingentes elimina la probabilidad de estructuraciones para disminuir los pasivos reconocidos en el balance. Si las entidades no reconocieran inicialmente una obligaci&oacute;n por las rentas contingentes, podr&iacute;an estructurar contratos que s&oacute;lo requieran pagos variables y, por tanto, no reconocer&iacute;an activo ni pasivo alguno en los estados financieros. &Eacute;ste precisamente es uno de los principales problemas de los arrendamientos contabilizados como operativos actualmente.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>El mismo an&aacute;lisis puede hacerse de los valores residuales garantizados. Si fueron pactados en el contrato de arrendamiento, la obligaci&oacute;n de compensar al arrendador existe desde el inicio del contrato y cumple la definici&oacute;n de pasivo. Lo incierto es el valor de esa obligaci&oacute;n.</p>      <p><b><i>6.9.2 Medici&oacute;n</i></b></p>      <p>Las dos posibles propuestas de medici&oacute;n por lo general llevar&aacute;n a resultados que no difieren significativamente uno del otro. Si bien la utilizaci&oacute;n de t&eacute;cnicas de valor esperado no llevar&aacute; a reflejar el valor que la entidad tenga que pagar para cumplir la obligaci&oacute;n, se ha considerado que incluir las probabilidades asociadas en la medici&oacute;n es valioso para los usuarios de la informaci&oacute;n, en especial para los proveedores de capital.</p>      <p>En opini&oacute;n de los autores, la medici&oacute;n elaborada mediante t&eacute;cnicas de valor esperado requiere revelaciones adicionales para que los usuarios de la informaci&oacute;n identifiquen las estimaciones que dieron lugar al valor esperado reflejado en la medici&oacute;n de la obligaci&oacute;n.</p>      <p><i><b>6.9.3 Cambios en las estimaciones de rentas contingentes y valores residuales garantizados</b></i></p>      <p>Otro de los temas de mayor discusi&oacute;n ha sido el reconocimiento de los cambios en la obligaci&oacute;n, derivados del cambio de las estimaciones de rentas contingentes y valores residuales garantizados. A la discusi&oacute;n pueden incorporarse las siguientes reflexiones:</p>  <ul>    <li>    <p>Los cambios en la obligaci&oacute;n deber&iacute;an ser reconocidos de acuerdo con el fondo econ&oacute;mico de la transacci&oacute;n, en vez de utilizar reglas determinadas. Se requiere un an&aacute;lisis separado de los tres tipos de rentas contingentes para determinar la mejor forma de reconocer los cambios en las estimaciones.</p></li>      <li>    <p>El modelo de reconocimiento propuesto en el cap&iacute;tulo 3 es similar al de la compra de cualquier activo mediante financiaci&oacute;n. Se requiere reconocer un activo y una obligaci&oacute;n por el mismo valor. Cuando en estos casos se pacta que los pagos de la obligaci&oacute;n tienen un comportamiento variable por estar vinculados a una tasa de inter&eacute;s, a una tasa de cambio o a otra tasa de referencia, por lo general, los efectos de las variaciones de esas tasas son reconocidos en los resultados del ejercicio. Esto es as&iacute; porque esos cambios no son vistos como ajustes del valor del activo adquirido, sino como parte del componente financiero relacionado con la obligaci&oacute;n. No parece haber una justificaci&oacute;n para que el reconocimiento de los cambios en las rentas contingentes basadas en el precio de un &iacute;ndice o una tasa sea distinto. Por tanto, los cambios en las rentas contingentes derivados del cambio de un &iacute;ndice o una tasa deber&iacute;an ser reconocidos en el resultado del ejercicio.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p>Por otra parte, puede argumentarse que los cambios en las rentas contingentes basadas en el desempe&ntilde;o del arrendatario o basadas en el uso del bien arrendado representan un cambio en el costo estimado inicialmente del activo por el derecho a usar el bien arrendado.</p></li>    </ul>      <p><font size="3"><b>7. Presentaci&oacute;n en los estados financieros</b></font></p>      <p><b>7.1 Esquema del modelo de presentaci&oacute;n propuesto para los activos, pasivos y gastos derivados de un contrato de arrendamiento</b></p>     <p>    <center><img src="img/revistas/cuco/v11n28/v11n28a04t10.jpg"></a></center></p>      <p><b>7.2 Resumen del an&aacute;lisis efectuado sobre la presentaci&oacute;n de las partidas en los estados financieros del arrendatario</b></p>      <p><i><b>7.2.1 Presentaci&oacute;n de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones en el estado de posici&oacute;n financiera</b></i></p>      <p>IASB decidi&oacute; tentativamente que no se requiere una presentaci&oacute;n separada de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones del arrendamiento en el estado de posici&oacute;n financiera.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>De otro lado, FASB considera que la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones difiere de otros pasivos financieros, por ejemplo, cuando se incluyen per&iacute;odos adicionales o rentas contingentes. Por tal motivo, debe separarse de las dem&aacute;s obligaciones en el estado de posici&oacute;n financiera.</p>      <p><i><b>7.2.2 Presentaci&oacute;n del activo por el derecho a usar el bien arrendado en el estado de posici&oacute;n financiera</b></i></p>      <p>Los Consejos discutieron tres posibles alternativas para presentar el activo del arrendamiento en el estado de posici&oacute;n financiera:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Presentarlo de acuerdo con la naturaleza del bien arrendado.</p></li>      <li>    <p> Presentarlo como un activo intangible.</p></li>      <li>    <p> Presentarlo sobre la base de otra clasificaci&oacute;n. En los arrendamientos que son en sustancia una compra, el bien arrendado ser&iacute;a clasificado sobre la base del activo subyacente, por ejemplo, como propiedad, planta y equipo. Todos los dem&aacute;s ser&iacute;an presentados como activos intangibles. Sin embargo, los Consejos no definen cu&aacute;les tipos de arrendamiento podr&iacute;an ser tratados en sustancia como una compra. Algunos restringir&iacute;an el t&eacute;rmino  a aquellos arrendamientos que transfieren autom&aacute;ticamente la propiedad, otros ampliar&iacute;an la definici&oacute;n para incluir aquellos arrendamientos de activos que cubren la vida &uacute;til del bien arrendado. Algunos miembros de los Consejos piensan que no debe haber distinci&oacute;n entre los contratos de arrendamiento que en sustancia son una compra de los dem&aacute;s tipos de arrendamiento.</p></li>    </ol>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i><b>7.2.2.1 Presentaci&oacute;n basada en la naturaleza del activo subyacente</b></i></p>     <p>Los Consejos identificaron las siguientes ventajas de presentaci&oacute;n sobre la base de la naturaleza del activo subyacente:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Provee a los usuarios de los estados financieros con informaci&oacute;n acerca de la naturaleza del activo arrendado, informaci&oacute;n que se perder&iacute;a si se presentase el derecho a usar el activo como un activo intangible. Adicionalmente, presentarlo de acuerdo con la naturaleza del bien arrendado proporcionar&iacute;a informaci&oacute;n a los usuarios respecto de la capacidad productiva de un negocio y ayudar&iacute;a a evaluar la capacidad de generar flujos futuros de efectivo. Presentar el derecho a usar el activo sobre la base del activo subyacente refleja la capacidad del negocio para producir sus productos o proveer sus servicios.</p></li>      <li>    <p> Es consistente con la forma en que el arrendatario utiliza el derecho a usar el bien arrendado en el curso normal del negocio.</p></li>      <li>    <p> Evita la necesidad de especificar la clasificaci&oacute;n entre los arrendamientos que pueden ser en sustancia una compra de otros derechos a usar el activo, debido a que la presentaci&oacute;n ser&iacute;a la misma.</p></li>      <li>    <p> Los derechos transferidos en un contrato de arrendamiento son similares a los derechos obtenidos por la propiedad del activo subyacente, s&oacute;lo que por menos tiempo que la vida &uacute;til. Sin duda, la presentaci&oacute;n podr&iacute;a reflejar las similitudes entre el derecho a usar y el bien arrendado.</p></li>    ]]></body>
<body><![CDATA[</ol>      <p>Sin embargo, los Consejos notaron la diferencia que existe entre el derecho a usar un bien en un per&iacute;odo corto y tener la propiedad directa sobre un bien; no diferenciar tales situaciones incumplir&iacute;a las necesidades de informaci&oacute;n de los usuarios. Esta diferenciaci&oacute;n puede ser lograda presentando los activos separadamente dentro de la propiedad, planta y equipo. Alternativamente, se consider&oacute; que esta diferencia debe ser revelada en las notas a los estados financieros.</p>      <p><i><b>7.2.2.2 Presentaci&oacute;n como un activo intangible</b></i></p>      <p>Los Consejos presentaron dos ventajas principales de presentar el derecho a usar el activo como un intangible:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Diferenciar un activo arrendado separado de los activos propios, informaci&oacute;n que puede ser importante para los usuarios de los estados financieros.</p></li>      <li>    <p> Es conceptualmente m&aacute;s coherente. Los activos originados en un contrato de arrendamiento no representan los bienes arrendados. Por el contrario, son los <i>derechos</i> a usar un bien.</p></li>    </ol>      <p>Sin embargo, este enfoque priva a los usuarios de los estados financieros de informaci&oacute;n  respecto de la naturaleza del bien, tal como la capacidad productiva de un negocio o de informaci&oacute;n sobre c&oacute;mo usa el arrendatario el bien.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i><b>7.2.2.3 Presentaci&oacute;n basada en otra clasificaci&oacute;n</b></i></p>     <p>Este enfoque proporciona a los usuarios de los estados financieros la posibilidad de diferenciar cuando el arrendamiento es en sustancia una compra, de otros tipos de arrendamiento. Sin embargo, se consideraron las siguientes desventajas:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Muchos arrendamientos ser&iacute;an clasificados como activos intangibles. En consecuencia, la informaci&oacute;n acerca de la naturaleza del activo subyacente podr&iacute;a perderse para estos arrendamientos.</p></li>      <li>    <p> Este enfoque podr&iacute;a a&ntilde;adir complejidad a la propuesta de un nuevo est&aacute;ndar, porque tendr&iacute;a que diferenciarse entre los arrendamientos que en sustancia son una compra de otros que no lo son. Los Consejos tendr&iacute;an que emitir su concepto respecto de lo que deber&iacute;a ser considerado como <i>sustancialmente</i> una compra.</p></li>      <li>    <p> Si el requerimiento de clasificaci&oacute;n es similar a los est&aacute;ndares existentes, arrendamientos econ&oacute;micamente similares podr&iacute;an ser presentados de manera diferente, lo que reducir&iacute;a la comparabilidad para los usuarios de los estados financieros.</p></li>    </ol>      <p>Los Consejos tentativamente decidieron que el derecho a usar el bien arrendado debe ser presentado en el estado de posici&oacute;n financiera sobre la base de la naturaleza del bien arrendado. Algunos anotan que este enfoque provee a los usuarios de los estados financieros con m&aacute;s informaci&oacute;n acerca del bien arrendado que otros posibles enfoques. Los Consejos tambi&eacute;n reconocen que un bien arrendado es significativamente diferente de un activo propio. En consecuencia, un activo arrendado debe ser presentado separadamente de los activos propios.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Algunos miembros de FASB piensan que los arrendamientos que son en sustancia una compra difieren de los que no lo son, y que en esta medida deber&iacute;an ser presentados separadamente en el estado de posici&oacute;n financiera, pero no definen cu&aacute;les contratos podr&iacute;an ser considerados en esencia como una compra.</p>      <p><i><b>7.2.3 Presentaci&oacute;n en el Estado de Resultados</b></i></p>     <p>Los Consejos se&ntilde;alaron que la presentaci&oacute;n en el estado de posici&oacute;n financiera de activos y pasivos que surgen del contrato de arrendamiento deber&iacute;a conducir a la presentaci&oacute;n en el estado de resultados. En consecuencia, la reducci&oacute;n de la cantidad que es asignada al resultado del activo por el derecho de uso como propiedad, planta y equipo, se reconoce en el estado de resultados como depreciaci&oacute;n; as&iacute; mismo, si se reconoce un activo intangible, la disminuci&oacute;n de este activo se reconoce como amortizaci&oacute;n. De otro lado, el gasto por inter&eacute;s de la obligaci&oacute;n de pagar los c&aacute;nones podr&iacute;a presentarse separadamente en el estado de resultados, si &eacute;sta fue presentada de igual modo en el estado de posici&oacute;n financiera; de lo contrario, podr&iacute;a ser incluido en los gastos generales por intereses.</p>      <p>Sin embargo, algunos miembros de FASB piensan que esta disminuci&oacute;n del activo por el derecho de uso debe ser llevada al estado de resultados como gasto de arrendamiento en  vez de reconocer depreciaci&oacute;n o amortizaci&oacute;n, pero no definen qu&eacute; tipo de contratos deber&iacute;an ser tratados de esta manera.</p>      <p><i><b>7.2.4 Presentaci&oacute;n en el Estado de Flujo de Efectivo</b></i></p>     <p>Los Consejos no han discutido la presentaci&oacute;n en el estado de flujos de efectivo de los flujos de efectivo de los contratos de arrendamiento. Sin embargo, el modelo contable propuesto trata la obligaci&oacute;n de pagar el canon como un pasivo financiero. El pago del canon bajo este modelo podr&iacute;a ser visto como:</p>  <ol type="a">    <li>    <p> Pago de intereses.</p></li>      <li>    <p> Reembolso de las sumas prestadas (amortizaci&oacute;n del capital).</p></li>    ]]></body>
<body><![CDATA[</ol>      <p>Tanto en IAS 7 como en SFAS 95,<sup><a name="nu32"></a><a href="#num32">32</a></sup> se requiere que el estado de flujo de efectivo sea estructurado y clasificado por actividades de operaci&oacute;n, inversi&oacute;n y financiaci&oacute;n. En ambos est&aacute;ndares, los pagos realizados por concepto de la deuda deben ser clasificados dentro de las actividades de financiaci&oacute;n. IAS 7 permite que el pago por intereses sea clasificado dentro de las actividades de operaci&oacute;n, inversi&oacute;n o financiaci&oacute;n, mientras que SFAS 95<sup><a name="nu33"></a><a href="#num33">33</a></sup> requiere que el pago de intereses sea clasificado dentro de las actividades de operaci&oacute;n.</p>      <p><i><b>7.2.5 Consecuencias de los cambios propuestos a la presentaci&oacute;n en los estados financieros</b></i></p>     <p>El modelo de presentaci&oacute;n propuesto por IASB y FASB en <i>Preliminary views on Financial Statement Presentation</i>, requiere que una entidad presente informaci&oacute;n acerca de la forma en que genera valor, al presentar de manera separada las actividades (secci&oacute;n) de negocios de las actividades (secci&oacute;n) de financiaci&oacute;n. La secci&oacute;n de negocios es separada entre actividades de operaci&oacute;n y actividades de inversi&oacute;n.</p>      <p>El <i>Borrador de discusi&oacute;n</i> tambi&eacute;n propone que la informaci&oacute;n en los estados financieros deber&iacute;a reflejar una imagen financiera coherente con las actividades de la entidad. Alcanzar este objetivo requiere que las partidas, descripci&oacute;n y orden de presentaci&oacute;n se encuentren alineadas en el estado de posici&oacute;n financiera, en el estado de resultado integral y en el estado de flujo de efectivo.</p>      <p>Los Consejos decidieron tentativamente que de los contratos de arrendamiento surgen los siguientes activos, pasivos, gastos y flujos de efectivo:</p>  <ol type="a">    <li> El derecho a usar el bien arrendado.</li>     <li> Una obligaci&oacute;n de pagar un canon.</li>     <li> Amortizaci&oacute;n o depreciaci&oacute;n.</li>     <li> Gasto de intereses.</li>     ]]></body>
<body><![CDATA[<li> Pago de los c&aacute;nones de arrendamiento.</li>    </ol>      <p>Bajo el modelo propuesto, el derecho a usar el bien arrendado deber&iacute;a ser clasificado dentro de la secci&oacute;n de negocios. El arrendatario deber&iacute;a decidir si incluirlo en las actividades de operaci&oacute;n o de inversi&oacute;n. Dependiendo de su clasificaci&oacute;n, la depreciaci&oacute;n o amortizaci&oacute;n del bien ser&iacute;a clasificada como un gasto de operaci&oacute;n o de inversi&oacute;n.</p>      <p>La obligaci&oacute;n podr&iacute;a ser clasificada, en el estado de posici&oacute;n financiera, dentro de las actividades de operaci&oacute;n, inversi&oacute;n o financiaci&oacute;n. La  presentaci&oacute;n del gasto por intereses deber&aacute; ser consistente con la clasificaci&oacute;n de la obligaci&oacute;n.</p>      <p>De la misma forma, la clasificaci&oacute;n en el estado de flujos de efectivo de los pagos de la obligaci&oacute;n ser&aacute; consistente con la clasificaci&oacute;n de los intereses en el estado de resultado integral y de la obligaci&oacute;n en el estado de posici&oacute;n financiera.</p>      <p><i><b>7.2.6 Respuestas recibidas al Borrador de discusi&oacute;n</b></i></p>     <p>M&aacute;s de la mitad de quienes respondieron apoyaron la propuesta de FASB de presentar las obligaciones derivadas del arrendamiento de forma separada en el estado de posici&oacute;n financiera, porque &eacute;stas representan una clase &uacute;nica de pasivos que est&aacute;n estrechamente relacionados con el activo del arrendamiento. Ellos afirmaron que tales obligaciones tienen riesgos diferentes de otros pasivos.</p>      <p>Otros respondieron que la presentaci&oacute;n separada no provee informaci&oacute;n &uacute;til a los usuarios y, por tanto, apoyaron la propuesta de IASB de presentar las obligaciones derivadas del arrendamiento, de la misma forma que otros pasivos financieros. Sin embargo, la mayor&iacute;a de quienes respondieron apoy&oacute; la propuesta de IASB de que se requerir&iacute;an revelaciones adicionales en las notas.</p>      <p>La generalidad de quienes respondieron estuvo de acuerdo con la presentaci&oacute;n del activo de acuerdo con la naturaleza del bien arrendado.</p>      <p>Una minor&iacute;a de quienes respondieron apoy&oacute; el modelo planteado de mostrar el derecho a usar el bien arrendado como un activo intangible. Seg&uacute;n su opini&oacute;n, tal derecho tiene muchas de las caracter&iacute;sticas de los activos intangibles.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><i><b>7.2.7 Modificaciones y acuerdos posteriores a la propuesta del Borrador de discusi&oacute;n</b></i></p>     <p>La presentaci&oacute;n del pasivo surgido del arrendamiento deber&aacute; hacerse de manera separada de otros pasivos financieros en el cuerpo del estado de posici&oacute;n financiera.</p>      <p>El arrendatario debe presentar el activo surgido del arrendamiento, dentro de la propiedad, planta y equipo, pero de forma separada de aquellos que son propios, en el cuerpo del estado de posici&oacute;n financiera.</p>      <p>De igual modo, el gasto por depreciaci&oacute;n y el gasto por intereses surgidos del contrato de arrendamiento deben separarse de los dem&aacute;s gastos por depreciaci&oacute;n e intereses, bien sea en el cuerpo del estado de resultado integral o en las notas a los estados financieros.</p>      <p>As&iacute; mismo, los flujos de efectivo originados por el pago de intereses y abonos a capital deben ser presentados en el estado de flujos de efectivo en las actividades de financiaci&oacute;n.</p>      <p><b>7.3 Reflexiones de los autores</b></p>      <p>Desde el punto de vista conceptual, el derecho a usar el bien arrendado responde a la definici&oacute;n de un activo intangible.<sup><a name="nu34"></a><a href="#num34">34</a></sup> Sin embargo, al presentar un activo intangible se desconoce la naturaleza del bien arrendado, entendiendo que un activo arrendado por lo general implica los mismos beneficios econ&oacute;micos de un activo propio y es usado de la misma forma.</p>      <p>En opini&oacute;n de los autores, la presentaci&oacute;n del derecho a usar el bien arrendado deber&iacute;a  generar una nueva clasificaci&oacute;n dentro de los activos que permita mostrar por separado los activos utilizados a t&iacute;tulo de arrendamiento. De un lado, esta clasificaci&oacute;n permitir&iacute;a que se conozca la naturaleza del bien arrendado y de otro, permitir&iacute;a la identificaci&oacute;n de las caracter&iacute;sticas surgidas de un derecho a usar un bien y no de la propiedad.</p>      <p><font size="3"><b>8. Impactos financieros del modelo propuesto de arrendamientos en las pyme</b></font></p>      <p><b>8.1 Consideraciones generales</b></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Uno de los principales cambios que incorporar&iacute;a el modelo propuesto ser&iacute;a la eliminaci&oacute;n del tratamiento contable hoy previsto para los arrendamientos que se tratan como operativos.</p>      <p>En Colombia, el tratamiento contable de un contrato de arrendamiento simple es similar al tratamiento de un arrendamiento operativo planteado por IAS 17 y SFAS 13. Adicionalmente, debido a las restricciones tributarias para las grandes empresas de reconocer contratos de <i>leasing</i> como operativos, por el monto de sus activos, s&oacute;lo las medianas y peque&ntilde;as empresas hoy contabilizan ciertos contratos de <i>leasing</i> como arrendamientos operativos.</p>      <p>Si bien, como se anot&oacute; en la introducci&oacute;n, el proyecto est&aacute; encaminado a generar un nuevo est&aacute;ndar sobre arrendamientos aplicable a las NIIF completas, es de esperarse que el modelo propuesto sea acogido en la NIIF para PYMES en sus desarrollos posteriores.</p>      <p>Esto, en resumen, significa que el modelo propuesto sobre la contabilizaci&oacute;n de los contratos de arrendamiento puede tener como consecuencia importantes efectos en la posici&oacute;n financiera, el desempe&ntilde;o y la presentaci&oacute;n de los flujos de efectivo de las pyme. Sobre el supuesto de pasar de un modelo de contabilizaci&oacute;n de arrendamientos operativos al modelo analizado en este trabajo, a continuaci&oacute;n, se describen los principales efectos de ese cambio en la informaci&oacute;n financiera de una pyme en Colombia.</p>      <p><b>8.2 Efectos en la posici&oacute;n financiera de la entidad</b></p>      <p>El modelo propuesto incrementar&iacute;a el nivel de activos y pasivos de la entidad, lo que en consecuencia implica:</p>  <ul>    <li>    <p>Un incremento en los niveles de endeudamiento de la entidad, derivado de la inclusi&oacute;n de una obligaci&oacute;n que financia un activo.</p></li>      <li>    <p>Una disminuci&oacute;n de las razones de liquidez, debido a la inclusi&oacute;n de la porci&oacute;n corriente del pasivo, que actualmente en un arrendamiento operativo no est&aacute; reconocido.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p>Una modificaci&oacute;n de la estructura de capital, al aumentar la relaci&oacute;n deuda/capital, por la inclusi&oacute;n de un pasivo de largo plazo.</p></li>    </ul>      <p>Adicionalmente, el reconocimiento contable de un pasivo y de un activo sin la modificaci&oacute;n correspondiente de su base fiscal, tambi&eacute;n podr&iacute;a dar lugar al reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos.</p>      <p><b>8.3 Efectos en los indicadores de desempe&ntilde;o</b></p>      <p>El modelo propuesto afectar&iacute;a la forma y los per&iacute;odos en los que se afecta el resultado, pasando  del reconocimiento del gasto por arrendamientos a la depreciaci&oacute;n o amortizaci&oacute;n del activo y el gasto financiero. Esto implicar&iacute;a:</p>  <ul>    <li>    <p>Incremento en un importante indicador como el EBITDA, causado por la eliminaci&oacute;n del gasto por arrendamientos.</p></li>      <li>    <p>Incremento en la utilidad operacional, debido a la separaci&oacute;n entre el reconocimiento de la depreciaci&oacute;n o amortizaci&oacute;n del activo y del componente financiero (excluido actualmente de la operaci&oacute;n). La utilizaci&oacute;n de m&eacute;todos no lineales de depreciaci&oacute;n o amortizaci&oacute;n del activo podr&iacute;a cambiar la distribuci&oacute;n del impacto en algunos per&iacute;odos, aunque el efecto total ser&aacute; un incremento en la utilidad de operaci&oacute;n durante la vigencia del contrato.</p></li>      ]]></body>
<body><![CDATA[<li>    <p>Disminuci&oacute;n de la rentabilidad sobre los activos (Return On Assets, ROA) por un incremento en el nivel de activos, mientras el resultado tiende a permanecer constante.</p></li>    </ul>      <p><b>8.4 Efectos en la presentaci&oacute;n de los flujos de efectivo</b></p>      <p>El modelo propuesto no afecta el flujo neto de efectivo de una entidad, pero s&iacute; modificar&iacute;a la presentaci&oacute;n de los flujos de efectivo derivados del contrato. Los efectos esperados incluyen:</p>  <ul>    <li>    <p>Incremento en el flujo neto de efectivo de las actividades de operaci&oacute;n, por la eliminaci&oacute;n del gasto por arrendamientos (en consecuencia, el flujo de efectivo no mostrar&aacute; pagos por arrendamientos en la actividad de operaci&oacute;n). Este indicador es com&uacute;nmente utilizado para objetivos diversos, como conocer los flujos de efectivo generados por la operaci&oacute;n una vez cubiertos los desembolsos operacionales, al tiempo que permite determinar la capacidad de invertir en activos financieros o productivos o las posibles necesidades de financiaci&oacute;n.</p></li>      <li>    <p>Disminuci&oacute;n del flujo neto de efectivo de las actividades de financiaci&oacute;n por los pagos surgidos de la obligaci&oacute;n reconocida y del componente financiero, si &eacute;ste &uacute;ltimo se incluye en la actividad de financiaci&oacute;n.</p></li>    </ul>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Como puede observarse, los efectos de este modelo propuestos son variados, en tanto que se mejoran algunos indicadores pero se desmejoran otros. Sin embargo, el an&aacute;lisis de un est&aacute;ndar de informaci&oacute;n financiera no debe basarse en los efectos que &eacute;ste genera en la entidad. Por el contrario, lo que debe analizarse es si las formas propuestas son mejores o no para presentar informaci&oacute;n y, por tanto, para mejorar la toma de decisiones.</p>      <p>Como se anot&oacute; en el cap&iacute;tulo 3, en opini&oacute;n de los autores, el modelo propuesto presenta de mejor forma los derechos y obligaciones de un arrendatario en los reportes financieros de la entidad. Esta mejora en la informaci&oacute;n contable logra incrementar los niveles de competitividad de las empresas y proporciona mejores elementos de juicio para que los usuarios de la informaci&oacute;n eval&uacute;en la situaci&oacute;n financiera, los resultados y los flujos de efectivo de una entidad.</p>      <p><font size="3"><b>Conclusiones</b></font></p>  <ol>    <li>    <p> El an&aacute;lisis y reflexi&oacute;n del <i>Borrador de discusi&oacute;n</i> permite conocer de forma anticipada los impactos que su aplicaci&oacute;n podr&iacute;a generar en la informaci&oacute;n financiera de  las pyme en el contexto colombiano. Tales an&aacute;lisis son indispensables para el dise&ntilde;o y desarrollo de sistemas de informaci&oacute;n que pretendan responder a las demandas de informaci&oacute;n financiera de las entidades.</p></li>      <li>    <p> El uso de mejores pr&aacute;cticas en la preparaci&oacute;n y presentaci&oacute;n de reportes financieros redunda en el incremento de la calidad y transparencia de la informaci&oacute;n, al beneficiar por consiguiente, la competitividad de las empresas y proporcionar mejores elementos de juicio a los usuarios en las evaluaciones requeridas para la toma de decisiones.</p></li>      <li>    <p> El entorno cambiante de los negocios genera un reto para la contabilidad financiera, al exigir de &eacute;sta nuevas respuestas orientadas a la revisi&oacute;n de los modelos existentes de reconocimiento, medici&oacute;n, presentaci&oacute;n y revelaci&oacute;n de informaci&oacute;n en los estados financieros. Si bien los modelos de contabilizaci&oacute;n de arrendamientos existentes hoy son criticados, no puede negarse que en su momento tales modelos fueron en gran medida, la respuesta a las necesidades existentes sobre el tratamiento contable de los contratos de arrendamiento. Esto es cierto tanto para las grandes empresas como para las pyme.</p></li>      <li>    ]]></body>
<body><![CDATA[<p> Es de resaltar el proceso de discusi&oacute;n abierto de la regulaci&oacute;n contable internacional, porque permite la participaci&oacute;n de cualquier interesado en el tema alrededor del mundo. Adicionalmente, la informaci&oacute;n que surge en este proceso puede ser consultada p&uacute;blicamente. Esto beneficia la transparencia, calidad y confiabilidad del proceso.</p></li>      <li>    <p> El acercamiento al estudio de temas como el planteado en este proceso de revisi&oacute;n, es un gran aporte al conocimiento de las diversas posturas, an&aacute;lisis y reflexiones que pueden generarse en torno a un tema particular. La posibilidad de conocer las posiciones de una diversidad de participantes de distintas nacionalidades (reguladores, usuarios de la informaci&oacute;n, preparadores, empresarios, entre otros) permite ampliar la visi&oacute;n de la contabilidad financiera en el mundo.</p></li>      <li>    <p> Por &uacute;ltimo, la participaci&oacute;n tanto en las discusiones internacionales como en las discusiones locales que se esperan con ocasi&oacute;n del desarrollo de la Ley 1314 de 2009, implica una din&aacute;mica de estudio, reflexi&oacute;n y an&aacute;lisis que lleve a expresar puntos de vista fundamentados que enriquezcan la regulaci&oacute;n contable y as&iacute; mismo los principios que sustentan la disciplina contable. Este tipo de documentos es una gran fuente de informaci&oacute;n para quienes est&aacute;n interesados en participar.</p></li>    </ol>  <hr>      <p><font size="3"><b>Pie de p&aacute;gina</b></font></p>  <sup><a name="num1"></a><a href="#nu1">1</a></sup>Para el presente trabajo, se entiende por <i>pyme</i> aquellas empresas que de acuerdo con la Ley 905 de 2004, poseen activos entre 100.000 y 610.000 unidades de valor tributario, UVT, y entre 51 y 250 trabajadores.    <br>  <sup><a name="num2"></a><a href="#nu2">2</a></sup>Normas Internacionales de Informaci&oacute;n Financiera (IFRS por sus siglas en ingl&eacute;s).    <br>  <sup><a name="num3"></a><a href="#nu3">3</a></sup>Intergovernmental Working Group of Experts on International Standards of Accounting and Reporting, ISAR.    <br>  <sup><a name="num4"></a><a href="#nu4">4</a></sup>Traducci&oacute;n del texto original en ingl&eacute;s. SEC (2005). <i>Report and Recommendations Pursuant to Section 401(c) of the Sarbanes-Oxley Act of 2002 Arrangements with Off-Balance Sheet Implications, Special Purpose Entities, and Transparency of Filings by Issuers</i>.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>  <sup><a name="num5"></a><a href="#nu5">5</a></sup>Grupo compuesto por miembros de reguladores contables de Australia, Canad&aacute;, Nueva Zelanda, Reino Unido y de Estados Unidos, y del predecesor de IASB, el International Accounting Standards Committee, IASC.    <br>  <sup><a name="num6"></a><a href="#nu6">6</a></sup>Aunque el per&iacute;odo de discusi&oacute;n terminaba el 17 de julio de 2009, los Consejos recibieron comentarios hasta el 11 de agosto de 2009.    <br>  <sup><a name="num7"></a><a href="#nu7">7</a></sup>United States - Generally Accepted Accounting Principles. Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Estados Unidos.    <br>  <sup><a name="num8"></a><a href="#nu8">8</a></sup>International Financial Reporting Standards. Normas Internacionales de Informaci&oacute;n Financiera.    <br>  <sup><a name="num9"></a><a href="#nu9">9</a></sup>International Accounting Standards. Normas Internacionales de Contabilidad.    <br>  <sup><a name="num10"></a><a href="#nu10">10</a></sup>A partir del 1 de julio de 2009, los <i>Statements of Financial Accounting Standards</i>, SFAS, emitidos por FASB, junto con otros pronunciamientos, han sido reemplazados e incluidos en el nuevo formato de la regulaci&oacute;n contable estadounidense: <i>FASB Accounting Standard Codification</i>. En este documento, las menciones a los SFAS incluir&aacute;n la referencia de la nueva ubicaci&oacute;n en el <i>FASB Accounting Standard Codification</i>. El tratamiento contable de los arrendamientos anteriormente incluido en <i>SFAS 13</i>, hoy se encuentra incluido en el <i>FASB Accounting Standard Codification - Topic 840</i>.    <br>  <sup><a name="num11"></a><a href="#nu11">11</a></sup>CON 6. Disponible en:  <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf</a>.    <br>  <sup><a name="num12"></a><a href="#nu12">12</a></sup>Bajo US GAAP, son denominados como arrendamientos de capital (<i>Capital leases</i>).    <br>  <sup><a name="num13"></a><a href="#nu13">13</a></sup>CON 6. Disponible en:  <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf</a>.    <br>  <sup><a name="num14"></a><a href="#nu14">14</a></sup>Un arrendamiento no cancelable es aquel en el cual ni el arrendatario ni el arrendador pueden retornar o exigir el retorno del bien unilateralmente, sino hasta el final del plazo del contrato.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>  <sup><a name="num15"></a><a href="#nu15">15</a></sup>CON 6. Disponible en:  <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf</a>.    <br>  <sup><a name="num16"></a><a href="#nu16">16</a></sup>CON 6. Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf</a>.    <br>  <sup><a name="num17"></a><a href="#nu17">17</a></sup>CON 6. Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf</a>.    <br>  <sup><a name="num18"></a><a href="#nu18">18</a></sup>CON 6. Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf</a>.    <br>  <sup><a name="num19"></a><a href="#nu19">19</a></sup>FASB Accounting Standards Codification - Topic 840.    <br>  <sup><a name="num20"></a><a href="#nu20">20</a></sup>Ib&iacute;dem 14.    <br>  <sup><a name="num21"></a><a href="#nu21">21</a></sup><i>Non-core Assets</i>. De acuerdo con el <i>Borrador de discusi&oacute;n</i>, estos activos no son esenciales para las operaciones de la entidad y, por tanto, se presumen de poco inter&eacute;s para los usuarios de los estados financieros.    <br>  <sup><a name="num22"></a><a href="#nu22">22</a></sup>FASB Accounting Standards Codification - Topic 840.    <br>  <sup><a name="num23"></a><a href="#nu23">23</a></sup><i>Non-core Assets</i>. De acuerdo con el Borrador de Discusi&oacute;n, estos activos no son esenciales para las operaciones de la entidad y, por tanto, se presumen de poco inter&eacute;s para los usuarios de los estados financieros.    <br>  <sup><a name="num24"></a><a href="#nu24">24</a></sup>Un arrendamiento no cancelable es aquel en donde ni el arrendatario ni el arrendador pueden retornar o exigir el retorno del bien unilateralmente sino hasta el final del plazo del contrato.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>  <sup><a name="num25"></a><a href="#nu25">25</a></sup>Arrendamiento sencillo hace referencia al que no incluye condiciones distintas al derecho de usar el activo por un tiempo determinado, a cambio de una contraprestaci&oacute;n.    <br>  <sup><a name="num26"></a><a href="#nu26">26</a></sup>CON 6. Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf</a>    <br>  <sup><a name="num27"></a><a href="#nu27">27</a></sup>FASB Accounting Standards Codification - Topic 450.    <br>  <sup><a name="num28"></a><a href="#nu28">28</a></sup>FASB Accounting Standards Codification - Topic 360.    <br>  <sup><a name="num29"></a><a href="#nu29">29</a></sup>Ib&iacute;dem, 23.    <br>  <sup><a name="num30"></a><a href="#nu30">30</a></sup>Accounting Standards Codification - Topic 350.    <br>  <sup><a name="num31"></a><a href="#nu31">31</a></sup>FASB Accounting Standards Codification - Topic 815-15-25.    <br>  <sup><a name="num32"></a><a href="#nu32">32</a></sup>FASB Accounting Standards Codification - Topic 230.    <br>  <sup><a name="num33"></a><a href="#nu33">33</a></sup>Ib&iacute;dem, 27.    <br>  <sup><a name="num34"></a><a href="#nu34">34</a></sup>En Colombia, los activos recibidos en contratos de <i>leasing</i> contabilizados como financieros, se reconocen dentro de los activos intangibles.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>  <hr>      <p><font size="3"><b>Referencias</b></font></p>      <!-- ref --><p>Congreso de la Rep&uacute;blica (1989). Decreto 624 de 1989, por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Direcci&oacute;n General de Impuestos Nacionales. <i>Diario Oficial No. 38.756</i>, 30 de marzo de 1989. Disponible en: <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/estatuto_tributario.html" target="_blank">http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/estatuto_tributario.html</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000845&pid=S0123-1472201000020000400001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Congreso de la Rep&uacute;blica (2004). Ley 905 de 2004, por medio de la cual se modifica la Ley 590 de 2000 sobre promoci&oacute;n del desarrollo de la micro, peque&ntilde;a y mediana empresa colombiana y se dictan otras disposiciones. <i>Diario Oficial No. 45.628</i>, 2 de agosto de 2004. Disponible en: <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2004/ley_0905_2004.html" target="_blank">http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2004/ley_0905_2004.html</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000846&pid=S0123-1472201000020000400002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Congreso de la Rep&uacute;blica (2009). Ley 1314 de 2009, por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e informaci&oacute;n financiera y de aseguramiento de informaci&oacute;n aceptados en Colombia, se se&ntilde;alan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedici&oacute;n y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento. <i>Diario Oficial No. 47.409</i>, 13 de julio de 2009. Disponible en: <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2009/ley_1314_2009.html" target="_blank">http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2009/ley_1314_2009.html</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000847&pid=S0123-1472201000020000400003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Federaci&oacute;n Colombiana de Compa&ntilde;&iacute;as de Leasing, Fedeleasing, Asociaci&oacute;n Nacional de Instituciones Financieras, Anif &amp; Fundaci&oacute;n para la Educaci&oacute;n Superior y el Desarrollo, Fedesarrollo (2004). <i>El leasing en Colombia: diagn&oacute;stico e impacto sobre la inversi&oacute;n y el crecimiento. </i>Disponible en: <a href="http://www.fedeleasing.org.co/Conceptos/leasing.doc" target="_blank">www.fedeleasing.org.co/Conceptos/leasing.doc</a></i>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000848&pid=S0123-1472201000020000400004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Federaci&oacute;n Colombiana de Compa&ntilde;&iacute;as de Leasing, Fedeleasing (2005). <i>Manual jur&iacute;dico del leasing. </i>Versi&oacute;n actualizada en 2010 disponible en: <a href="http://www.fedeleasing.org.co/documentos/manualjuridico2010.pdf" target="_blank">http://www.fedeleasing.org.co/documentos/manualjuridico2010.pdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000849&pid=S0123-1472201000020000400005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Financial Accounting Standards Board, FASB (1976). Accounting for Leases. <i>Statements of Financial Accounting Standards No. 13. </i>Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820908834&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820908834&blobheader=application%2Fpdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000850&pid=S0123-1472201000020000400006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Financial Accounting Standards Board, FASB (1998). Accounting for Derivative Instruments and Hedging Activities. <i>Statements of Financial Accounting Standards No. 133. </i>Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/derivatives/index.shtml" target="_blank">http://www.fasb.org/derivatives/index.shtml</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000851&pid=S0123-1472201000020000400007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Financial Accounting Standards Board, FASB (1998). Elements of Financial Statements. <i>Statements of Financial Accounting Concepts No. 6. </i>Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820900657&blobheader=application%2Fpdf</a>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000852&pid=S0123-1472201000020000400008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Financial Accounting Standards Board, FASB (2003). <i>EITF &#91;Emerging Issues Task Force&#93; Issue No. 01-8. Determining Whether an Arrangement Contains a Lease. </i>Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820904512&blobheader=application%2Fpdf" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/BlobServer?blobcol=urldata&blobtable=MungoBlobs&blobkey=id&blobwhere=1175820904512&blobheader=application%2Fpdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000853&pid=S0123-1472201000020000400009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Financial Accounting Standards Board, FASB (2009). Leases: Preliminary views. <i>Financial Accounting Series, Discussion Paper. </i>Disponible en: <a href="http://www.iasb.org/NR/rdonlyres/FF3A33DB-E40D-4125-9ABD-9AF51EB92627/0/DPLeasesPreliminary-Views.pdf" target="_blank">http://www.iasb.org/NR/rdonlyres/FF3A33DB-E40D-4125-9ABD-9AF51EB92627/0/DPLeasesPreliminary-Views.pdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000854&pid=S0123-1472201000020000400010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Financial Accounting Standards Board, FASB (2010). <i>Minutes of the February 2, 2010, Joint Board Meeting: Leases - Definition of a Lease. </i>Disponible en: <a href="http://www.fasb.org/cs/ContentServer?c=FASBContent_C&pagename=FASB%2FFASBContent_C%2FActionAlertPage&cid=1176156633331" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/ContentServer?c=FASBContent_C&pagename=FASB%2FFASBContent_C%2FActionAlertPage&cid=1176156633331</a>, <a href="http://www.fasb.org/cs/ContentServer?c=Document_C&pagename=FASB%2FDocument_C%2FDocumentPage&cid=1176156639014" target="_blank">http://www.fasb.org/cs/ContentServer?c=Document_C&pagename=FASB%2FDocument_C%2FDocumentPage&cid=1176156639014</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000855&pid=S0123-1472201000020000400011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>Intergovernmental Working Group of Experts on International Standards of Accounting and Reporting, ISAR (2000). <i>Contabilidad de las peque&ntilde;as y medianas empresas. </i>17 per&iacute;odo de sesiones, Ginebra.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000856&pid=S0123-1472201000020000400012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>International Accounting Standards Board, IASB (2003). <i>Norma Internacional de Contabilidad No. 17. Arrendamientos</i>. Disponible en: <a href="http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC17.pdf" target="_blank">http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC17.pdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000857&pid=S0123-1472201000020000400013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>International Accounting Standards Board, IASB (2003). <i>Norma Internacional de Contabilidad No. 37. Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes. </i>Disponible en: <a href="http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC37.pdf" target="_blank">http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC37.pdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000858&pid=S0123-1472201000020000400014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>International Accounting Standards Board, IASB (2003). <i>Norma Internacional de Contabilidad No. 39. Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medici&oacute;n. </i>Disponible en: <a href="http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC39.pdf" target="_blank">http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC39.pdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000859&pid=S0123-1472201000020000400015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>International Accounting Standards Board, IASB (2009). <i>Norma Internacional de informaci&oacute;n financiera para peque&ntilde;as y medianas empresas (NIIF para las PYMES). </i>London: IASC Publication Department, 2009. Disponible en: <a href="http://www.cpcesfe2.org.ar/DocumentosVarios/NIIF_para_Pymes.pdf" target="_blank">http://www.cpcesfe2.org.ar/DocumentosVarios/NIIF_para_Pymes.pdf</a>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000860&pid=S0123-1472201000020000400016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>International Accounting Standards Board, IASB &amp; Financial Accounting Standards Board, FASB (2009). <i>Leases: Comment letter summary. </i>16 de septiembre de 2009. 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