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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[DE LA POLÍTICA A LA JUSTICIA O LOS “DERECHOS HUMANOS COMO LÍMITE A LA DEMOCRACIA. ANÁLISIS DE LA LEY DE JUSTICIA Y PAZ”]]></article-title>
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</front><body><![CDATA[  <font face="Verdana" size="3">    <p align="center">    <br><b>DE LA POL&Iacute;TICA A LA JUSTICIA O LOS “DERECHOS HUMANOS COMO L&Iacute;MITE A LA DEMOCRACIA. AN&Aacute;LISIS DE LA LEY DE JUSTICIA Y PAZ”</b></p></font>     <p align="justify">    <br></p> <font face="Verdana" size="2">    <p align="center"><b>FROM POLITICS TO JUSTICE OR &quot;HUMAN RIGHTS AS A LIMIT TO DEMOCRACY&quot;. JUSTICE AND PEACE LAW ANALYSIS</b></p>     <p align="justify">    <br></p>     <p align="center">Rodolfo Arango Rivadeneira, Bogot&aacute;, Editorial Norma, 2008, 428 pp.</p>     <p align="justify">    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>    <br></p>     <p align="justify"><i>Alberto Castrill&oacute;n</i>*    <br> <i>Marilyn Jim&eacute;nez Ch&aacute;ves</i>**</p>     <p align="justify">* Especialista en Historia Econ&oacute;mica, profesor de la Universidad Externado de Colombia, Bogot&aacute;, Colombia, [<a href="mailto:jracastrillon@yahoo.com">jracastrillon@yahoo.com</a>].    <br> ** Estudiante de Econom&iacute;a, Universidad Externado de Colombia, Bogot&aacute;, Colombia, [<a href="mailto:marilyn.jimenez@est.uexternado.edu.co">marilyn.jimenez@est.uexternado.edu.co</a>]. Fecha de recepci&oacute;n: 29 de abril de 2008, fecha de modificaci&oacute;n: 6 de mayo de 2008, fecha de aceptaci&oacute;n: 23 de mayo de 2008.</p> <hr>     <p align="right">    <br> Hay recuerdos que no necesitan ser llamados y siempre est&aacute;n ah&iacute; y muestran su rostro sin descanso […] Pesan en el interior de cada familiar, de cada amigo, de cada compa&ntilde;ero de trabajo, alimentan preguntas incesantes: &iquest;c&oacute;mo murieron? &iquest;Qui&eacute;nes los mataron? &iquest;Por qu&eacute;? &iquest;D&oacute;nde est&aacute;n sus restos para recuperarlos y darles un lugar de homenaje y de memoria? &iquest;D&oacute;nde est&aacute; la verdad, su verdad? La nuestra es la verdad del sufrimiento. La de los asesinos, la cobard&iacute;a del silencio. As&iacute; prolongan la impunidad de sus cr&iacute;menes y la convierten en impunidad dos veces.    <br> Del discurso de Juan Gelman al recibir el Premio Cervantes 2008</p>     <p align="justify">El libro que presentamos es pertinente y oportuno en estos d&iacute;as en que los derechos humanos est&aacute;n en el centro del debate pol&iacute;tico debido a los reclamos nacionales e internacionales que ha recibido el gobierno colombiano. La aprobaci&oacute;n del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos ha encontrado tropiezos por este motivo. El Partido Dem&oacute;crata se neg&oacute; a dar curso al debate para su aprobaci&oacute;n en el Congreso estadounidense argumentando, entre otras razones, que el gobierno colombiano no ha hecho lo suficiente para proteger a los sindicalistas y defensores de derechos humanos, varios centenares de ellos asesinados en la &uacute;ltima d&eacute;cada.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify">La polarizaci&oacute;n entre partidarios y cr&iacute;ticos del gobierno ha llevado a que estos &uacute;ltimos sostengan que existe alguna complicidad con los escuadrones paramilitares y a que los primeros sugieran la complicidad de algunos partidos de oposici&oacute;n, de los defensores de derechos humanos, l&iacute;deres sindicales y ONG con los grupos subversivos. La radicalizaci&oacute;n ha llegado al extremo de que un asesor presidencial descalifique una marcha a favor de las v&iacute;ctimas del paramilitarismo y de agentes estatales afirmando que fue convocada por las FARC, lo que motiv&oacute; a 63 congresistas de Estados Unidos a dirigir una carta al Presidente Uribe en los siguientes t&eacute;rminos:</p>     <blockquote>     <p align="justify">Deseamos hacerle llegar nuestras preocupaciones sobre las amenazas y los ataques contra defensores de derechos humanos, luego de la marcha nacional del 6 de marzo de 2008. Nos preocupa que su asesor Jos&eacute; Obdulio Gaviria haya dicho p&uacute;blicamente que los organizadores de esta demostraci&oacute;n fueran combatientes de las FARC. Le urgimos que tome una posici&oacute;n firme y p&uacute;blica en soporte de aquellos que defienden los derechos humanos en Colombia.</p> </blockquote>     <p align="justify">El hecho de que hasta hoy casi 70 senadores y representantes, la mayor&iacute;a de ellos pertenecientes a la coalici&oacute;n de gobierno, hayan sido vinculados o llamados a declarar en el proceso judicial de la “parapol&iacute;tica” indica la profundidad de la crisis. Los esc&aacute;ndalos se suceden a velocidad de v&eacute;rtigo, lo que dificulta los an&aacute;lisis no coyunturales. Uno de los m&aacute;s recientes es el testimonio de una ex parlamentaria que afirma que su voto favorable a la reelecci&oacute;n del Presidente fue motivado por el ofrecimiento, incumplido, de prebendas en el sector p&uacute;blico. Otro, la solicitud de asilo pol&iacute;tico en la embajada de Costa Rica de un ex senador, familiar del primer mandatario, asilo que le fue negado por improcedente, pues la Canciller&iacute;a de ese pa&iacute;s consider&oacute; que pretender asilarse para eludir la acci&oacute;n de la justicia desvirtuaba la “hist&oacute;rica instituci&oacute;n del asilo”.</p>     <p align="justify">Rodolfo Arango se&ntilde;ala que en el pa&iacute;s existen esclarecedores an&aacute;lisis emp&iacute;ricos del conflicto armado, la guerrilla, el paramilitarismo o el narcotr&aacute;fico, mientras que la reflexi&oacute;n filos&oacute;fica sobre estos fen&oacute;menos no ha recibido la misma atenci&oacute;n, quiz&aacute; porque la “crudeza de las escenas de muerte y la contundencia de los intereses criminales aturden y desalientan a quienes guardan la esperanza de un futuro m&aacute;s digno y humano” (p. 13). No obstante, argumenta que es necesario que la reflexi&oacute;n filos&oacute;fica afronte el desaf&iacute;o de reorientar a la sociedad bajo los preceptos de virtud y justicia.</p>     <p align="justify">Su libro, dedicado “a las v&iacute;ctimas del conflicto armado colombiano”, se divide en tres partes: la primera, titulada <i>La reflexi&oacute;n</i>, es un an&aacute;lisis filos&oacute;fico sobre los derechos humanos, la violencia, el narcotr&aacute;fico, la guerrilla y el paramilitarismo. La segunda, <i>La opini&oacute;n</i>, es una recopilaci&oacute;n de art&iacute;culos publicados por el autor en varios peri&oacute;dicos. La tercera, y &uacute;ltima, <i>Las decisiones</i>, contiene la Ley de Justicia y Paz (Ley 795 de 2005), extractos de la sentencia de la Corte Constitucional C-370 de 2006, la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, del 11 de julio de 2007 y el Informe sobre la implementaci&oacute;n de la Ley de Justicia y Paz de la Comisi&oacute;n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del 2 de octubre de 2007.</p>     <p align="justify">El libro quiere ser un aporte a la “deliberaci&oacute;n p&uacute;blica sobre el destino pol&iacute;tico de nuestra sociedad, en particular sobre el alcance de los derechos humanos y su relaci&oacute;n con la democracia en el contexto del conflicto que se extiende a lo largo y ancho del pa&iacute;s” (p. 13).</p>     <p align="justify">En la primera parte, se discuten la objetividad de los derechos fundamentales, los derechos humanos como l&iacute;mite a la democracia, las emociones y los l&iacute;mites de la racionalidad, y se hace un an&aacute;lisis filos&oacute;fico de la Ley de Justicia y Paz, la justicia transicional, los derechos humanos en el contexto de un conflicto armado y las relaciones entre el derecho y la pol&iacute;tica. Es una reflexi&oacute;n acerca de la violaci&oacute;n masiva de los derechos humanos ante la indiferencia&shy;&shy; (&iquest;amedrentamiento?) de la mayor&iacute;a de la poblaci&oacute;n colombiana.</p>     <p align="justify">La segunda parte est&aacute; integrada por columnas de prensa del autor publicadas en peri&oacute;dicos y revistas. Algunos de los temas o sucesos que analiza son la rebaja de penas, el impacto del narcotr&aacute;fico en la pol&iacute;tica colombiana, la narcodemocracia, la ley forestal, las consecuencias de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CORIDH) que condenan al Estado colombiano &shy;–como la masacre de Pueblo Bello–, el papel de la Fiscal&iacute;a, la legitimidad, la parapol&iacute;tica, la gobernabilidad, la justicia y la ret&oacute;rica, la verdad y las formas jur&iacute;dicas y la doctrina del mal menor. Seg&uacute;n el autor, es el “testimonio hist&oacute;rico de un ser humano que comparte entre indignado e imp&aacute;vido, el dolor de millones de personas” (p. 16).</p>     <p align="justify">El hilo conductor de la primera parte es la concepci&oacute;n de los derechos humanos como “posiciones normativas con pretensi&oacute;n universal” (p. 17), no fundamentada en posiciones teol&oacute;gicas o utilitaristas sino en una concepci&oacute;n neopragm&aacute;tica donde los derechos se construyen en el discurso, seg&uacute;n “criterios de sensibilidad moral y coherencia te&oacute;rica”, en la tradici&oacute;n de Habermas y Alexy, pero super&aacute;ndolos para incorporar las emociones morales como razones valederas que justifican el reconocimiento de derechos humanos, aun por encima de decisiones democr&aacute;ticas. Esto se opone a la concepci&oacute;n neoconservadora de Bush y Uribe, “quienes est&aacute;n dispuestos a ofrendar los derechos individuales en el altar de un pretendido <i>bien com&uacute;n</i>” (ib&iacute;d.). Este fundamentalismo de estirpe religiosa retrocede “cientos de a&ntilde;os en la historia y desconoce la experiencia ganada dolorosamente por la humanidad como consecuencia de dos guerras mundiales y el exterminio del pueblo jud&iacute;o” (ib&iacute;d.). Para Arango, la alternativa a este desprop&oacute;sito es un constructivismo &eacute;tico fundamentado en la raz&oacute;n pr&aacute;ctica y en las emociones, ambas constitutivas de la estructura antropol&oacute;gica del hombre.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify">En el segundo cap&iacute;tulo se profundiza la teor&iacute;a de los derechos humanos como “juegos ling&uuml;&iacute;sticos que regulan el respeto mutuo entre individuos que se reconocen como iguales”. Las posiciones normativas prevalecen sobre las razones agregativas. Hay razones hist&oacute;ricas de peso para justificar tal aseveraci&oacute;n. En el cap&iacute;tulo tercero se estudia la hip&oacute;tesis que reivindica las emociones como razones para la acci&oacute;n, por cuanto “las emociones morales constituyen un l&iacute;mite a la racionalidad instrumental tan com&uacute;n y protag&oacute;nica en la pol&iacute;tica” (p. 18). Se pregunta “si puede alcanzarse la paz y la reconciliaci&oacute;n mediante normas legales dise&ntilde;adas para maximizar los intereses de uno de los grupos armados y en total desatenci&oacute;n de las emociones de las v&iacute;ctimas” (ib&iacute;d.). Y responde de manera negativa. No en vano, algunos medios, y parte de la opini&oacute;n p&uacute;blica, incluidos algunos de los actores del conflicto, consideran que la Ley de Justicia y Paz va camino del fracaso, entre otras cosas porque los familiares de los asesinados no se sienten reconciliados con un proceso que insulta la memoria de las v&iacute;ctimas, adem&aacute;s de que no satisface el sentimiento de justicia, no asegura el conocimiento de la verdad, ni permite avanzar en la reparaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas.</p>     <p align="justify">A este respecto se debe se&ntilde;alar que la decisi&oacute;n presidencial de extraditar a uno de los jefes paramilitares a Estados Unidos, porque habr&iacute;a violado las condiciones de aplicaci&oacute;n de la Ley de Justicia y Paz, ha suscitado una gran pol&eacute;mica en la que participan cr&iacute;ticos y defensores del gobierno. Familiares de las v&iacute;ctimas mostraron su inconformidad con esa medida presidencial porque consagra la impunidad de los delitos cometidos, ya que a la justicia estadounidense no le interesa la violaci&oacute;n de los derechos humanos en Colombia sino el tema del tr&aacute;fico de estupefacientes. Incluso el analista Alfredo Rangel, muy cercano al gobierno, a pesar de que critica la inconsistencia de los opositores al gobierno en torno a la Ley de Justicia y Paz y la extradici&oacute;n, se permiti&oacute; se&ntilde;alar que</p>     <blockquote>     <p align="justify">[…] la paz es un acto de soberan&iacute;a nacional. Y para buscarla debe anteponerse el inter&eacute;s general de los colombianos a los compromisos particulares de la cooperaci&oacute;n judicial con otros pa&iacute;ses, por respetables que estos sean. El inter&eacute;s de los jueces norteamericanos se va a centrar en el tema del narcotr&aacute;fico, no en las v&iacute;ctimas del conflicto interno de Colombia. Pero, incluso, si lo hicieran, a las dificultades de todo orden que ya existen para descubrir la verdad en nuestro pa&iacute;s se a&ntilde;adir&iacute;an las propias de juicios a larga distancia. Con la extradici&oacute;n habr&aacute; poca verdad y menos reparaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas<sup><a href="#1" name="n1">1</a></sup>.</p> </blockquote>     <p align="justify"><b>LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CORIDH)</b></p>     <p align="justify">Arango se remite continuamente en su libro al papel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos frente a la violaci&oacute;n reiterada de estos derechos en nuestro pa&iacute;s. La raz&oacute;n para que las v&iacute;ctimas o sus familiares acudan a un tribunal internacional es que no encuentran ni pronta ni cumplida justicia en su pa&iacute;s. Es, entonces, una manera de solucionar la impunidad nacional. Hoy se habla de la globalizaci&oacute;n de los derechos humanos, pues los cr&iacute;menes de lesa humanidad interesan a la humanidad en general, y los pa&iacute;ses ya no se pueden seguir escudando en que lo que sucede dentro de sus fronteras es de su exclusiva competencia.</p>     <p align="justify">Una ley nacional que consagra la impunidad de cr&iacute;menes de lesa humanidad no ser&aacute; admitida por la comunidad internacional. Los reclamos de entidades de diversa &iacute;ndole, ONG, iglesias, pol&iacute;ticos estadounidenses o europeos para que el gobierno colombiano se ocupe en serio de los derechos indican que “es hora que el gobierno despierte ante la nueva realidad mundial de la globalizaci&oacute;n de los derechos humanos”. Las palabras de una canciller colombiana que reclam&oacute; en Europa un est&aacute;ndar distinto para el cumplimiento de los derechos humanos en virtud de la especial situaci&oacute;n colombiana, hoy no hallar&iacute;an ninguna justificaci&oacute;n.</p>     <p align="justify">El repaso de las sentencias de la CORIDH en contra del Estado colombiano no deja lugar a dudas. El Estado no s&oacute;lo es responsable de las violaciones cometidas directamente por sus agentes. Recogiendo el contenido de la sentencia de la Corte Interamericana por la masacre de Pueblo Bello, el autor se&ntilde;ala que “un Estado es responsable por las violaciones de los derechos humanos cometidas por particulares cuando &eacute;l mismo ha contribuido objetivamente a crear la situaci&oacute;n de riesgo y no ha actuado para contrarrestarla”. Es decir, el Estado no puede “escudarse tras el argumento de que no era responsable sino el impotente espectador de las masacres” (p. 168). En principio, esta consideraci&oacute;n de la CORIDH podr&iacute;a servir tambi&eacute;n de soporte para responsabilizar al Estado colombiano por los asesinatos y dem&aacute;s atrocidades cometidas por la guerrilla en la antigua zona de distensi&oacute;n entregada de manera irresponsable a las FARC por la desventurada administraci&oacute;n de Andr&eacute;s Pastrana.</p>     <p align="justify">El contenido de las otras sentencias que condenan al Estado colombiano, nueve hasta ahora, lo hacen responsable de las violaciones de derechos humanos, bien sea por la participaci&oacute;n de agentes estatales o porque, como afirma la Corte, “cre&oacute; objetivamente una situaci&oacute;n de riesgo para sus habitantes”<sup><a href="#2" name="n2">2</a></sup>, como la autorizaci&oacute;n para crear grupos de autodefensa, que degeneraron en paramilitares. Adem&aacute;s de los nueve casos ya fallados, hay un caso en espera de sentencia: el asesinato del defensor de derechos humanos Jes&uacute;s Mar&iacute;a Valle, quien llam&oacute; la atenci&oacute;n, sin encontrar eco en las autoridades de Antioquia, sobre la inminencia de las masacres de Ituango, conocidas como las matanzas de El Aro y La Granja. Seg&uacute;n la revista <i>Semana</i>, el gobernador de Antioquia, hoy Presidente, afirm&oacute; que Valle era un “enemigo de las fuerzas armadas”<sup><a href="#3" name="n3">3</a></sup>. En lista de ser admitidos por la CORIDH existen muchos casos m&aacute;s, como el asesinato de Manuel Cepeda, las masacres de La Gabarra, Tib&uacute; y Chigorod&oacute; y el exterminio de la UP.</p>     <p align="justify">Siendo tal vez el menor de los problemas que tal barbarie genera, el costo econ&oacute;mico del desparpajo con que se afrontan las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos es elevado. Seg&uacute;n la p&aacute;gina web de la Presidencia de la Rep&uacute;blica, la Contadur&iacute;a General de la Naci&oacute;n informa que cursan demandas contra el Estado por 80 billones de pesos, de los cuales 11,3 billones corresponden a demandas en contra del Ministerio de Defensa<sup><a href="#4" name="n4">4</a></sup>. El pasivo contingente asociado con reparaciones, indemnizaciones o conciliaciones es un gran desaf&iacute;o para las finanzas p&uacute;blicas. Empero, el costo pol&iacute;tico de la violaci&oacute;n de los derechos es a&uacute;n mayor, pues la condena implica el reconocimiento del Estado de dichas violaciones, ya sea por acci&oacute;n o por omisi&oacute;n. La reparaci&oacute;n a las v&iacute;ctimas es sagrada y es obligaci&oacute;n de los colombianos asumir el precio de un silencio c&oacute;mplice o temeroso, y sobre todo dispuesto pol&iacute;ticamente, a juzgar por las encuestas de opini&oacute;n, a sacrificar el derecho en aras de la pol&iacute;tica o, como dice al profesor Arango, a convertir el derecho en “lacayo de la pol&iacute;tica” (p. 144):</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p align="justify">A la insensibilidad hacia la funci&oacute;n del derecho en una sociedad democr&aacute;tica se suma la inequidad e ineficacia de la justicia de paz y reconciliaci&oacute;n. El pa&iacute;s mendiga recursos internacionales para la identificaci&oacute;n de v&iacute;ctimas, los cuales deber&iacute;an proceder mejor del patrimonio de los victimarios y del Estado. La responsabilidad pecuniaria ayuda a los delincuentes a comprender los efectos negativos de sus actos, a la vez que permite a la poblaci&oacute;n asumir las consecuencias de sus decisiones pol&iacute;ticas. Trasladar las “externalidades” de la guerra sucia a la comunidad internacional es una f&aacute;cil forma de eludir y fomentar el comportamiento criminal, y la irresponsabilidad de los dirigentes (p. 175).</p> </blockquote>     <p align="justify">No atender a los sentimientos de las v&iacute;ctimas y sus familiares, a su dignidad, a la memoria hist&oacute;rica, a su vital necesidad de conocer la verdad y a que se haga justicia, s&oacute;lo postergar&aacute; la reconciliaci&oacute;n y la paz entre los colombianos. Las confesiones de los jefes paramilitares ponen de presente su absoluta incapacidad para reconocer en las v&iacute;ctimas a un ser humano. Un ejemplo es la “explicaci&oacute;n” de alias “H.H.” de por qu&eacute; arrojaban los cad&aacute;veres a los r&iacute;os: “la fuerza p&uacute;blica nos dec&iacute;a que nos dejaba trabajar, pero que desapareci&eacute;ramos a los muertos para que no se subieran los &iacute;ndices de homicidios”, por esa misma raz&oacute;n se asesinaron grupos de campesinos utilizando serpientes venenosas: no se cuentan como masacres, sino como “accidentes de la naturaleza”, seg&uacute;n confesi&oacute;n de alias “Carlos Tijera”, recogida en el diario <i>El Tiempo</i><sup><a href="#5" name="n5">5</a></sup>.</p>     <p align="justify">Otra muestra delirante del absoluto desprecio por las v&iacute;ctimas y sus familias son las manifestaciones multitudinarias, con flores, m&uacute;sica y vallas incluidas, presumiblemente autorizadas por la Alcald&iacute;a de Medell&iacute;n, a favor de jefes paramilitares llamados a indagatoria. Tal apolog&iacute;a p&uacute;blica del crimen mereci&oacute; que el Procurador General, en carta dirigida al Ministro del Interior y Justicia, se manifestara en contra de la “actitud festiva” que “trivializa el dolor de las v&iacute;ctimas” que se han acercado al centro administrativo de La Alpujarra en ejercicio de su derecho a saber del proceso contra los jefes paramilitares.</p>     <p align="justify">El an&aacute;lisis de la Ley de Justicia y Paz y la relaci&oacute;n de los derechos humanos y la democracia constituyen el cuarto cap&iacute;tulo del libro. Los enfoques positivo y el sociol&oacute;gico son contrastados con el enfoque internalista que, adem&aacute;s de la competencia normativa, requiere una intencionalidad que permita considerar los actos de la autoridad como ajustados al derecho. Alf Ross, representante del realismo escandinavo, que considera la interacci&oacute;n entre raz&oacute;n y emociones como parte constitutiva de la comprensi&oacute;n del funcionamiento del derecho, sirve de gu&iacute;a. Arango critica duramente la tesis oficial de la “coacci&oacute;n insuperable” que se esgrime en defensa de los investigados por la parapol&iacute;tica. Con el mismo rasero habr&aacute; que medir el resultado de las investigaciones anunciadas acerca de los nexos entre pol&iacute;ticos y guerrilleros.</p>     <p align="justify">Al menos desde los juicios de Nuremberg, parece abominable aceptar esta clase de excusas: el juez Jackson afirm&oacute; de manera lapidaria que los cr&iacute;menes de los jerarcas nazis, a diferencia de los cr&iacute;menes de los vulgares militantes, habr&iacute;an de considerarse con especial severidad. Para Jackson “su superioridad intelectual respecto de la mediocridad del com&uacute;n de los nazis no es su excusa, es su condena”. &iquest;Habr&aacute; necesidad de advertir que similar consideraci&oacute;n se deber&iacute;a hacer en Colombia respecto a empresarios, pol&iacute;ticos, fiscales, altos cargos gubernamentales y periodistas involucrados, de cualquier manera, en cr&iacute;menes de lesa humanidad que llenan de oprobio y verg&uuml;enza a la naci&oacute;n?</p>     <p align="justify">Los procesos de justicia transicional obligan a “tragarse unos sapos”, es decir, tolerar cierto grado de impunidad que es necesario asumir en aras de un bien superior como es la paz y la reconciliaci&oacute;n. Sin embargo, el autor demuestra es que la Ley de Justicia y Paz adolece de fallas protuberantes que har&aacute;n imposible conseguir la justicia y la paz. Entre las muchas falencias de la mencionada ley, Arango subraya las siguientes: desconoce los derechos de las v&iacute;ctimas, diluye el concepto de v&iacute;ctima, sacrifica la verdad hist&oacute;rica, sacrifica la justicia retributiva y distributiva, crea incentivos para mentir, asegura la impunidad, otorga estatuto de delincuentes pol&iacute;ticos a delincuentes comunes, hace optativa la restituci&oacute;n de las tierras usurpadas. La verdad es que hoy, dos a&ntilde;os despu&eacute;s de entrar en vigencia la ley, ninguna v&iacute;ctima ha sido reparada y no se han entregado los bienes para realizar la reparaci&oacute;n, como tuvo que admitirlo p&uacute;blicamente el mismo gobierno.</p>     <p align="justify"><b>DERECHO Y RAZ&Oacute;N</b></p>     <p align="justify">Un tema considerado vigorosamente por el autor es el de la raz&oacute;n. Desde Max Weber se distinguen tres modos de ejercicio de la autoridad: racional, tradicional y carism&aacute;tico. En el primero, racional, propio de sociedades modernas y democr&aacute;ticas, la &uacute;nica respuesta satisfactoria es el peso de los argumentos y la acci&oacute;n de la justicia. Los otros dos, el tradicional y el carism&aacute;tico, apelan a razones sobrenaturales o al influjo cuasi religioso de un dirigente sobre los ciudadanos. La esperanza o solicitud de un salvador providencial que se haga cargo del destino de un pueblo es una muestra de esta mentalidad. La democracia es un sistema que puede funcionar razonablemente bien sin un Mes&iacute;as, con ciudadanos comunes y corrientes que han hecho suya la m&aacute;xima kantiana <i>&iexcl;Sapere aude!</i> Kant nos ense&ntilde;&oacute; en <i>La paz perpetua</i> que el problema del establecimiento del Estado tiene soluci&oacute;n, incluso con un pueblo de demonios, con tal de que sean racionales, puesto que les interesar&iacute;a constituir un Estado de derecho, en el que su vida p&uacute;blica ser&iacute;a de tal tenor que parecer&iacute;a que no tienen malas inclinaciones privadas.</p>     <p align="justify">A juicio de Arango, un ejemplo concreto es la respuesta del Presidente Uribe al debate planteado por el senador Petro, en el que sindic&oacute; a familiares suyos de tener nexos con organizaciones criminales: en lugar de responder con argumentos a las acusaciones o integrar una comisi&oacute;n que, mediante los resultados de la investigaci&oacute;n desvirtuara las imputaciones, el primer mandatario apel&oacute; al honor, la dignidad, la bondad, la hidalgu&iacute;a y la generosidad de su familia y, a juzgar por las encuestas, con excelentes resultados (pp. 196-200).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify">En un Estado de derecho, la &uacute;nica respuesta posible es la acci&oacute;n de la justicia, de lo contrario se pone en cuesti&oacute;n la raz&oacute;n misma de las instituciones. Sin embargo, “el problema radica en que el presidente Uribe se sabe en un pa&iacute;s premoderno, cuya poblaci&oacute;n se aferra a la creencia y no enfrenta con objetividad los hechos. Internamente el esc&aacute;ndalo queda en manos de los medios de comunicaci&oacute;n y de las encuestas de opini&oacute;n. Pero internacionalmente se exigen actuaciones judiciales que, mediante los procedimientos racionales del derecho, decidan definitivamente sobre la verdad o la falsedad de las sindicaciones” (pp. 197-198). Este es un desaf&iacute;o que hay que encarar independientemente del debate pol&iacute;tico interesado que enfrenta a republicanos y dem&oacute;cratas en Estados Unidos.</p>     <p align="justify">El cap&iacute;tulo quinto examina el criterio de proporcionalidad en la Ley de Justicia y Paz. Un criterio que permite dirimir el conflicto que se presenta entre, por una parte,  los derechos de las v&iacute;ctimas a la verdad, la justicia, la reparaci&oacute;n y la no repetici&oacute;n y, de otra, los objetivos de la paz y la reconciliaci&oacute;n. Hay que ponderar, es decir, sopesar o estimar el peso de elementos presentes en la ley como son los derechos, los principios y dem&aacute;s elementos. Arango demuestra que en el derecho la ponderaci&oacute;n trasciende la mera t&eacute;cnica, pues ata&ntilde;e a sus mismos fundamentos, a la filosof&iacute;a moral y a la pol&iacute;tica. Su examen de la Ley de Justicia y Paz, que sigue la sentencia de constitucionalidad de la misma, pone de presente las “antinomias o contradicciones” en varios aspectos: el tama&ntilde;o de la ofensa y el monto de las penas alternativas establecidas para los desmovilizados que se acojan a la ley, la omisi&oacute;n de informaci&oacute;n relevante y el derecho a la verdad, la restricci&oacute;n a la responsabilidad patrimonial y el derecho a la justicia y, por &uacute;ltimo, la concepci&oacute;n –&iquest;regla o principio?– de la favorabilidad penal. En este punto el autor subraya que la concepci&oacute;n de la favorabilidad penal como regla beneficia exclusivamente a los ofensores. En cambio, “la aceptaci&oacute;n de la ponderaci&oacute;n, por el contrario, arroja una decisi&oacute;n m&aacute;s sensible a los derechos de las v&iacute;ctimas y respetuosa del derecho internacional de los derechos humanos” (p. 128).</p>     <p align="justify">En el cap&iacute;tulo sexto se defiende la tesis de que los derechos econ&oacute;micos de los m&aacute;s pobres, en particular de los m&aacute;s de tres millones de desplazados por los paramilitares, que adem&aacute;s los despojaron de al menos cuatro millones de hect&aacute;reas, son sacrificados por un proceso de justicia transicional sin transici&oacute;n y un proceso de paz sin reconciliaci&oacute;n. En primer lugar, el autor desnuda la posici&oacute;n oficial, desmentida una y otra vez por la CORIDH, del surgimiento del paramilitarismo como pr&aacute;ctica leg&iacute;tima de autodefensa que degener&oacute; en delito al “extralimitarse”. Luego muestra los reparos que se pueden hacer a la justicia transicional “a la colombiana”: la justicia material, la reparaci&oacute;n efectiva y la reconstrucci&oacute;n del tejido social se postergan, cuando no se sacrifican, en el altar de la “paz”, la “reconciliaci&oacute;n” y la estabilidad macroecon&oacute;mica. El proceso se adelanta de manera asistencialista y, cada vez con menos recato, electorera (pp. 135-142).</p>     <p align="justify">El s&eacute;ptimo y &uacute;ltimo cap&iacute;tulo de la parte te&oacute;rica es una relectura de Thomas Hobbes que supera la interpretaci&oacute;n schmittiana, literal e interesada, de algunos miembros del Gobierno, que antepone “una concepci&oacute;n democr&aacute;tica mayoritaria y populista a la vigencia de los derechos humanos” (p. 19). Arango ironiza acerca de la afirmaci&oacute;n del asesor presidencial Jos&eacute; Obdulio Gaviria, antes de la primera posesi&oacute;n del Presidente Uribe, de que el pa&iacute;s conocer&iacute;a, ahora s&iacute;, lo que era la <i>alta pol&iacute;tica</i>. La alta pol&iacute;tica, seg&uacute;n cierta lectura de Hobbes, significar&iacute;a que “s&oacute;lo un Estado fuerte, que monopolice el uso de la violencia, puede brindar la seguridad democr&aacute;tica y la paz. El &uacute;nico derecho natural e intransferible es el derecho a la autodefensa, puesto que la preservaci&oacute;n de la vida es finalidad &uacute;ltima de todo ser humano. Los dem&aacute;s derechos individuales pueden ponerse al servicio de los fines supremos del Estado” (p. 146).</p>     <p align="justify">En cambio, una interpretaci&oacute;n <i>liberal</i> de Hobbes muestra que, lejos de fundamentar una idea patrimonialista, paternalista y autoritaria del Estado, el autor ingl&eacute;s del siglo XVII fue uno de los precursores del Estado de derecho por cuanto defendi&oacute; la prevalencia de la ley positiva en caso de conflicto con las convicciones personales, los principios de legalidad, la vigencia de la ley penal hacia el futuro, y rechaz&oacute; la desobediencia a la ley civil. El ejercicio de la autoridad no est&aacute; al servicio de un poder que concibe el derecho como acatamiento de la voluntad del pr&iacute;ncipe. Para Hobbes, el objetivo es el <i>imperium rationis</i>, el imperio de la raz&oacute;n, condici&oacute;n &eacute;sta que brilla por su ausencia en esta etapa de nuestra historia, en la que han sido llamados a ejercer el poder unos seres clarividentes que no dudan en llamar a la rebeli&oacute;n cuando la ley les estorba sus prop&oacute;sitos.</p>     <p align="justify">Los reparos que la Corte Constitucional hizo en su d&iacute;a a la Ley de Justicia y Paz, Sentencia C-370 de 2006, apuntalaron la legitimidad de esa Corte. La justicia constitucional, desde este punto de vista, vela por los derechos de las v&iacute;ctimas, es decir, las minor&iacute;as; derechos vulnerados ignominiosamente por las mayor&iacute;as del Congreso. La legitimidad de la Corte Constitucional depende en buena medida de que sea capaz de llenar el vac&iacute;o existente en la protecci&oacute;n de los derechos de las minor&iacute;as. Lo que est&aacute; en juego es la preservaci&oacute;n de los derechos, los de las v&iacute;ctimas. Dada la precariedad de la democracia colombiana, la Corte Constitucional debe desempe&ntilde;ar el papel de garante del derecho<sup><a href="#6" name="n6">6</a></sup>. Cuando se escrib&iacute;an estas l&iacute;neas, se conoci&oacute; el llamado a formar un movimiento ciudadano en apoyo de las altas Cortes, sometidas en estos momentos a un feroz ataque desde diferentes flancos, a toda luz con el insano prop&oacute;sito de restarles credibilidad por la valiente defensa de la institucionalidad, amenazada por el ejercicio del poder.</p>     <p align="justify">El papel de la CORIDH es particularmente relevante para Colombia. Es un garante y una instancia a la que recurren las v&iacute;ctimas que no hallan eco a sus demandas en el pa&iacute;s. Aun reconociendo el esfuerzo del Gobierno para continuar con el programa de protecci&oacute;n de defensores de derechos humanos, sindicalistas, periodistas y l&iacute;deres sociales,<a name="n3"> establecido en 1997, </a>la Corte se&ntilde;ala que persisten graves problemas en los que no es clara la voluntad gubernamental de prestar atenci&oacute;n a los reclamos de la poblaci&oacute;n vulnerable:</p>     <blockquote>     <p align="justify">La Comisi&oacute;n observa [que] conviven a&uacute;n los efectos del conflicto armado, los cuales contin&uacute;an golpeando a los sectores m&aacute;s vulnerables de la poblaci&oacute;n civil. Las manifestaciones de violencia perviven junto a los esfuerzos desplegados a fin de desmovilizar a los grupos armados al margen de la ley, y a los intentos por administrar justicia, los cuales deben mostrar resultados en t&eacute;rminos de efectividad, reparaci&oacute;n integral y remoci&oacute;n de los factores de violencia<sup><a href="#7" name="n7">7</a></sup>.</p> </blockquote>     <p align="justify"><b>APOSTILLA</b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify">Conviene no demorar m&aacute;s la lectura del libro del profesor Arango, un aporte significativo que ser&iacute;a deseable fuese tomado en serio por analistas, ciudadanos y hombres p&uacute;blicos comprometidos con la justicia, la paz y la reconciliaci&oacute;n. El fil&oacute;sofo John Rawls nos ense&ntilde;&oacute; que <i>la justicia es la primera de las virtudes sociales</i>, y no atender las implicaciones que el cultivo de esta virtud tiene para con las v&iacute;ctimas del conflicto, sin pasarla por el tamiz de la pol&iacute;tica, obstruye toda posibilidad de edificar una sociedad <i>bien ordenada</i>. Las v&iacute;ctimas de los paramilitares son invisibles para la conciencia de la mayor&iacute;a de la poblaci&oacute;n colombiana. Es un fen&oacute;meno que al no impactar a la opini&oacute;n p&uacute;blica –como las fotograf&iacute;as y las pruebas de supervivencia de los secuestrados por las FARC – la deja insensible: son campesinos torturados, descuartizados o acribillados en lugares alejados de la capital; v&iacute;ctimas an&oacute;nimas en su mayor&iacute;a. Para el analista Mauricio Garc&iacute;a Villegas<sup><a href="#8" name="n8">8</a></sup>,</p>     <blockquote>     <p align="justify">Los cr&iacute;menes que han cometido los “paras” son tan graves, o peores, que los cometidos por la guerrilla: 3 millones de desplazados, 12 mil ejecuciones extrajudiciales, 4 millones de hect&aacute;reas robadas, 2 mil desaparecidos –todas cifras conservadoras–, el sistema pol&iacute;tico corrompido, una parte del Ej&eacute;rcito involucrada en el terror y una mafia campante que carcome la ciudadan&iacute;a y la moral p&uacute;blica. No obstante, todav&iacute;a hay muchos en la sociedad, en los medios de comunicaci&oacute;n y en el Estado, que siguen relativamente insensibles ante ese mont&oacute;n de sufrimiento y de da&ntilde;o institucional.</p> </blockquote>     <p align="justify">Para el mismo Garc&iacute;a Villegas, otro factor que contribuye a la falta de sensibilidad moral –quiz&aacute; en trance de superaci&oacute;n si atendemos a los millones de colombianos que marcharon el 4 de febrero y el 6 de marzo– es que, al menos desde el siglo XIX, en Colombia se piensa que el conflicto armado, incluidos los cr&iacute;menes de lesa humanidad, es una expresi&oacute;n de la pol&iacute;tica. Basta escuchar las confesiones de los jefes paramilitares o los guerrilleros en las indagatorias, o visitar los foros virtuales de los medios de comunicaci&oacute;n para apreciar la hondura del da&ntilde;o moral causado en la conciencia ciudadana. No hay responsables sino fatalidad. Los cr&iacute;menes de lesa humanidad no son considerados cr&iacute;menes sino avatares de la pol&iacute;tica. Con ello la barbarie se vuelve “normal”:</p>     <blockquote>     <p align="justify">La confusi&oacute;n entre lo pol&iacute;tico y lo criminal y la trivializaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas se han agravado con la llegada al poder del presidente Uribe. Un presidente que no parece guardar igual distancia frente a los dos actores ilegales del conflicto armado. Un presidente que hace demasiado alarde de esos valores del finquero antioque&ntilde;o, ind&oacute;mito y brav&iacute;o, que ayudaron a engendrar la movilizaci&oacute;n paramilitar. Un presidente que, al concentrar sus antipat&iacute;as en el ala subversiva del conflicto armado, tiende a subestimar el dolor de las v&iacute;ctimas que vienen del ala opuesta del conflicto (Garc&iacute;a V., 2007)<sup><a href="#9" name="n9">9</a></sup>.</p> </blockquote>     <p align="justify">Este es justamente el sentimiento que embarga a las v&iacute;ctimas: sienten que desde las esferas del poder, pol&iacute;tico y econ&oacute;mico, se tiende un manto de desprecio y silencio sobre su dolor. El rescate de la memoria hist&oacute;rica de los miles de v&iacute;ctimas, la mayor&iacute;a de las cuales yace en fosas esparcidas por todo el pa&iacute;s, es un imperativo moral para la sociedad. Sin embargo, &eacute;sta no parece ser la hora de las v&iacute;ctimas:</p>     <blockquote>     <p align="justify">En un pa&iacute;s en el que ocurre un hecho como el de las fosas de los “paras”, el Presidente deber&iacute;a salir por los medios, hablar de eso, encarnar el dolor nacional y convertir el hecho en un s&iacute;mbolo contra el pasado. &iquest;No es acaso el Presidente quien, seg&uacute;n la Constituci&oacute;n, simboliza la unidad de la naci&oacute;n? (ib&iacute;d.).</p> </blockquote>     <p align="justify">Las v&iacute;ctimas necesitan no s&oacute;lo la reparaci&oacute;n integral del da&ntilde;o que se les ha causado. Necesitan, adem&aacute;s, que el establecimiento reconozca su responsabilidad con los cr&iacute;menes de lesa humanidad. Ignorar esta parte del proceso equivale a revictimizarlas. Las v&iacute;ctimas merecen el reconocimiento de esta culpa. Recordando a Carla del Ponte, la fiscal del Tribunal Penal Internacional, que llev&oacute; a juicio al carnicero de los Balcanes, Slobodan Milosevic, la justicia es apenas un componente de un proceso m&aacute;s complejo, el de la reconciliaci&oacute;n<sup><a href="#10" name="n10">10</a></sup>:</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<blockquote>     <p align="justify">S&oacute;lo habr&aacute; reconciliaci&oacute;n cuando la poblaci&oacute;n acepte los hechos del pasado y las nuevas generaciones est&eacute;n informadas y se comprometan con un futuro de paz y en democracia. La justicia internacional es el primer paso, pero es necesario que las autoridades locales y nacionales den el segundo paso y admitan la verdad, los hechos del conflicto. Una tercera etapa ser&iacute;a la educaci&oacute;n de una nueva generaci&oacute;n en colegios y universidades.</p> </blockquote>     <p align="justify">    <br><b>NOTAS AL PIE</b></p>     <p align="justify"><a href="#n1" name="1">1</a>. Rangel, A. “Extraditar o no extraditar”, <i>El Tiempo</i>, 20 de abril de 2008. Finalmente se extradit&oacute; al jefe paramilitar Carlos Mario Jim&eacute;nez, alias “Macaco”, a pesar del recurso de amparo interpuesto por el Movimiento Nacional de V&iacute;ctimas de Cr&iacute;menes de Estado. A la semana siguiente se extradit&oacute; a otros 14 jefes paramilitares con el mismo argumento: no cumplir las condiciones establecidas por la Ley de Justicia y Paz. Pese a los reiterados intentos del Gobierno y sus amigos por se&ntilde;alar que la extradici&oacute;n de los paramilitares no obstaculiza el conocimiento de la verdad ni la reparaci&oacute;n a las v&iacute;ctimas, la CIDH se&ntilde;al&oacute;: “La Comisi&oacute;n observa que <i>esta extradici&oacute;n afecta la obligaci&oacute;n del Estado colombiano de garantizar los derechos de las v&iacute;ctimas a la verdad, la justicia y la reparaci&oacute;n</i> de los cr&iacute;menes cometidos por los grupos paramilitares. La extradici&oacute;n <i>impide la investigaci&oacute;n y el juzgamiento de graves cr&iacute;menes</i> por las v&iacute;as establecidas por la Ley de Justicia y Paz en Colombia y por los procedimientos criminales ordinarios de la justicia colombiana. Tambi&eacute;n <i>cierra las posibilidades de participaci&oacute;n directa de las v&iacute;ctimas en la b&uacute;squeda de la verdad</i> sobre los cr&iacute;menes cometidos durante el conflicto y limita el acceso a la reparaci&oacute;n del da&ntilde;o causado. Asimismo, <i>este acto interfiere con los esfuerzos por determinar los v&iacute;nculos entre agentes del Estado y estos l&iacute;deres paramilitares</i>”, [<a href="http://www.eltiempo.com/politica/2008-05-14/ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR-4164757.htm" target="_blank">www.eltiempo.com/politica/2008-05-14/ ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR -4164757.htm</a>] (subrayado propio). La canciller alemana Angela Merkel, con motivo de una donaci&oacute;n de equipos a la Fiscal&iacute;a colombiana para apoyar las investigaciones de los procesos de justicia y paz, se refiri&oacute; a las v&iacute;ctimas en unos t&eacute;rminos que ya quisieran escuchar de labios de los responsables del Gobierno colombiano: “queremos realmente apoyarles en esta tarea tan dif&iacute;cil, para regalarles algo de justicia a aquellos que sufrieron tanto” [<a href="http://www.elespectador.com/noticias/judicial/articulo-hay-dar-justicia-aquellos-han-sufrido-tanto-angela-merkel" target="_blank">www.elespectador.com/noticias/judicial/articulo-hay-dar-justicia-aquellos-han-sufrido-tanto-angela-merkel</a>].</p>     <p align="justify"><a href="#n2" name="2">2</a>. Las otras ocho sentencias de la CIDH en contra de Colombia son las siguientes: Caballero Delgado y Santana, Las Palmeras, 19 comerciantes, Mapirip&aacute;n, Guti&eacute;rrez Soler, Ituango, La Rochela y Escu&eacute; Zapata; ver [<a href="http://www.corteidh.or.cr/pais.cfm?id_Pais=9" target="_blank">http://www.corteidh.or.cr/pais.cfm?id_Pais=9</a>].</p>     <p align="justify"><a href="#n3" name="3">3</a>. Cfr. “&iquest;Qu&eacute; fue lo que dijo Jes&uacute;s Mar&iacute;a Valle?”, [www.semana.com/wf_InfoArticulo.aspx?idArt=101282]. Un fragmento de la declaraci&oacute;n de Valle en la Fiscal&iacute;a Regional de Medell&iacute;n, 21 d&iacute;as antes de su muerte, se encuentra en [<a href="http://www.ipc.org.co/page/index.php?option=com_content&amp;task=view&amp;id=884&amp;Itemid=368" target="_blank">http://www.ipc.org.co/page/index.php?option=com_content&task=view&id=884&Itemid=368</a>].</p>     <p align="justify"><a href="#n4" name="4">4</a>. Ver [<a href="http://web.presidencia.gov.co/sp/2008/enero/02/03022008.html" target="_blank">http://web.presidencia.gov.co/sp/2008/enero/02/03022008.html</a>].</p>     <p align="justify"><a href="#n5" name="5">5</a>. Cfr. [<a href="http://www.eltiempo.com/justicia/2008-03-04/ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR-3984686.html" target="_blank">http://www.eltiempo.com/justicia/2008-03-04/ ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR -3984686.html</a>].</p>     <p align="justify"><a href="#n6" name="6">6</a>. Para una consideraci&oacute;n abundante y sistem&aacute;tica del papel de la Corte Constitucional en relaci&oacute;n con este tema, ver Rodr&iacute;guez P., M. L. <i>Minor&iacute;as, acci&oacute;n p&uacute;blica de inconstitucionalidad y democracia deliberativa</i>, Bogot&aacute;, Universidad Externado de Colombia, 2005.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><a href="#n7" name="7">7</a>. <i>Informe Anual de la Comisi&oacute;n Interamericana de Derechos Humanos 2007</i>, cap. IV, Bogot&aacute;.</p>     <p align="justify"><a href="#n8" name="8">8</a>. Garc&iacute;a V., M. “El sufrimiento invisible”, <i>El Tiempo</i>, 3 de marzo de 2008.</p>     <p align="justify"><a href="#n9" name="9">9</a>. Garc&iacute;a V., M. “Aprender de las tragedias”, <i>El Tiempo</i>, 1.&deg; de mayo de 2007.</p>     <p align="justify"><a href="#n10" name="10">10</a>. Ver [<a href="http://www.europarl.europa.eu/news/public/story_page/030-8205-177-06-26-903-20070622STO08192-2007-26-06-2007/default_es.htm" target="_blank">http://www.europarl.europa.eu/news/public/story_page/030-8205-177-06-26-903-20070622STO08192-2007-26-06-2007/default_es.htm</a>].</p> </font>     ]]></body>
</article>
