<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><article xmlns:mml="http://www.w3.org/1998/Math/MathML" xmlns:xlink="http://www.w3.org/1999/xlink" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance">
<front>
<journal-meta>
<journal-id>1657-4702</journal-id>
<journal-title><![CDATA[Revista Latinoamericana de Bioética]]></journal-title>
<abbrev-journal-title><![CDATA[rev.latinoam.bioet.]]></abbrev-journal-title>
<issn>1657-4702</issn>
<publisher>
<publisher-name><![CDATA[Universidad Militar Nueva Granada]]></publisher-name>
</publisher>
</journal-meta>
<article-meta>
<article-id>S1657-47022011000200009</article-id>
<title-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Perspectiva bioética Acerca de la capacidad y el ejercicio de la autonomía de la voluntad de los enfermos de Alzheimer]]></article-title>
<article-title xml:lang="en"><![CDATA[BIOETHICS PERSPECTIVE ABOUT THE CAPACITY AND AUTONOMY OF ALZHEIMER'S PATIENTS]]></article-title>
<article-title xml:lang="pt"><![CDATA[PERSPECTIVA BIOÉTICA SOBRE A CAPACIDADE E EXERCÍCIO DA AUTONOMIA DA VONTADE PELOS PORTADORES DA DOENÇA DE ALZHEIMER]]></article-title>
</title-group>
<contrib-group>
<contrib contrib-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Pereira Pérez]]></surname>
<given-names><![CDATA[Joanna]]></given-names>
</name>
<xref ref-type="aff" rid="A01"/>
</contrib>
</contrib-group>
<aff id="A01">
<institution><![CDATA[,Universidad de la Habana Facultad de Derecho ]]></institution>
<addr-line><![CDATA[ ]]></addr-line>
</aff>
<pub-date pub-type="pub">
<day>00</day>
<month>12</month>
<year>2011</year>
</pub-date>
<pub-date pub-type="epub">
<day>00</day>
<month>12</month>
<year>2011</year>
</pub-date>
<volume>11</volume>
<numero>2</numero>
<fpage>86</fpage>
<lpage>97</lpage>
<copyright-statement/>
<copyright-year/>
<self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S1657-47022011000200009&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_abstract&amp;pid=S1657-47022011000200009&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_pdf&amp;pid=S1657-47022011000200009&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><abstract abstract-type="short" xml:lang="es"><p><![CDATA[A partir de la transdisciplinariedad a la que obliga el tema desde una perspectiva bioética, se analizan las condiciones que deben caracterizar el ejercicio de la autonomía de un enfermo de Alzheimer en estadios leves de la enfermedad, cuando ésta se ejercita en previsión de su propia y futura incapacidad, para así proteger su persona y sus bienes. Se vinculan la autonomía de la voluntad con la libertad, las características de esta enfermedad, la capacidad de las personas y su necesaria relación con la competencia. De tal forma que la bioética sea el puente necesario entre la enfermedad de Alzheimer y el ejercicio válido de la autonomía de la voluntad de esto enfermos.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[The analysis of the conditions, that should characterized the autonomy of an Alzheimer's patient in mild stages of the disease, should be made through the transdiciplinarity imposed to this subject by the bioethics perspective, in the cases that this autonomy is exercised in anticipation of its own and future inability to protect their person and properties. The autonomy has a thigh relation with their freedom, the particularities of this disease, people's capacities and its necessary link with the competence. This way bioethics is the necessary bridge between Alzheimer's disease and the valid autonomy exercise of this patient's autonomy.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="pt"><p><![CDATA[A partir da transdisciplinaridade que o tema obriga desde uma perspectiva bioética, são analisadas as condições que devem caracterizar o exercício da autonomia de um portador da doença de Alzheimer em estados leves da doença, quando ela é exercida em previsão de sua própria e futura incapacidade, para assim proteger sua pessoa e seus bens. Vincula-se a autonomia da vontade com a liberdade, com as características desta doença, com a capacidade das pessoas e sua necessária relação com a competência, de tal forma que a Bioética seja a ponte necessária entre a doença de Alzheimer e o exercício válido da autonomia da vontade destes doentes.]]></p></abstract>
<kwd-group>
<kwd lng="es"><![CDATA[Bioética]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[enfermedad de Alzheimer]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[autonomía]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[capacidad]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[competencia]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[Bioethics]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[Alzheimer's disease]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[autonomy]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[capacity]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[competence]]></kwd>
<kwd lng="pt"><![CDATA[Bioética]]></kwd>
<kwd lng="pt"><![CDATA[Doença de Alzheimer]]></kwd>
<kwd lng="pt"><![CDATA[Autonomia]]></kwd>
<kwd lng="pt"><![CDATA[Capacidade]]></kwd>
<kwd lng="pt"><![CDATA[Competência]]></kwd>
</kwd-group>
</article-meta>
</front><body><![CDATA[   <font face="verdana" size="2">      <p align="center"><font size=4><b>Perspectiva bio&eacute;tica Acerca de la capacidad y el ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad de los enfermos de Alzheimer</b></font></p>  <font size=3>     <p align="center"><b>BIOETHICS PERSPECTIVE ABOUT THE CAPACITY AND AUTONOMY OF ALZHEIMER'S PATIENTS</b></p></font>  <font size=3>     <p align="center"><b>PERSPECTIVA BIO&Eacute;TICA SOBRE A CAPACIDADE E EXERC&Iacute;CIO DA AUTONOMIA DA VONTADE PELOS PORTADORES DA DOEN&Ccedil;A DE ALZHEIMER</b></p></font>      <p><b>Joanna Pereira P&eacute;rez*</b></p>      <p><sup>*</sup> Profesora Asistente de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Habana. Jueza de la Sala segunda de lo Civil del Tribunal Provincial de la Habana. Master en Bio&eacute;tica por el Centro de Estudios de Bienestar y Salud Humanos de la Universidad de la Habana. Email: <a href="mailto:joanna@lex.uh.cu">joanna@lex.uh.cu</a>.</p>      <p><b>Fecha Recepci&oacute;n: Junio 1 de 2011    <br> Concepto Evaluaci&oacute;n: Julio 30 de 2011    <br> Fecha Aceptaci&oacute;n: Noviembre 20 de 2011</b></p>  <hr>      <p><b>RESUMEN</b></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>A partir de la transdisciplinariedad a la que obliga el tema desde una perspectiva bio&eacute;tica, se analizan las condiciones que deben caracterizar el ejercicio de la autonom&iacute;a de un enfermo de Alzheimer en estadios leves de la enfermedad, cuando &eacute;sta se ejercita en previsi&oacute;n de su propia y futura incapacidad, para as&iacute; proteger su persona y sus bienes. Se vinculan la autonom&iacute;a de la voluntad con la libertad, las caracter&iacute;sticas de esta enfermedad, la capacidad de las personas y su necesaria relaci&oacute;n con la competencia. De tal forma que la bio&eacute;tica sea el puente necesario entre la enfermedad de Alzheimer y el ejercicio v&aacute;lido de la autonom&iacute;a de la voluntad de esto enfermos.</p>      <p><b>Palabras Clave:</b></p>      <p>Bio&eacute;tica, enfermedad de Alzheimer, autonom&iacute;a, capacidad, competencia.</p>  <hr>      <p><b>SUMMARY</b></p>      <p>The analysis of the conditions, that should characterized the autonomy of an Alzheimer's patient in mild stages of the disease, should be made through the transdiciplinarity imposed to this subject by the bioethics perspective, in the cases that this autonomy is exercised in anticipation of its own and future inability to protect their person and properties. The autonomy has a thigh relation with their freedom, the particularities of this disease, people's capacities and its necessary link with the competence. This way bioethics is the necessary bridge between Alzheimer's disease and the valid autonomy exercise of this patient's autonomy.</p>      <p><b>Key words:</b></p>      <p>Bioethics, Alzheimer's disease, autonomy, capacity, competence.</p>  <hr>      <p><b>RESUMO</b></p>      <p>A partir da transdisciplinaridade que o tema obriga desde uma perspectiva bio&eacute;tica, s&atilde;o analisadas as condi&ccedil;&otilde;es que devem caracterizar o exerc&iacute;cio da autonomia de um portador da doen&ccedil;a de Alzheimer em estados leves da doen&ccedil;a, quando ela &eacute; exercida em previs&atilde;o de sua pr&oacute;pria e futura incapacidade, para assim proteger sua pessoa e seus bens. Vincula-se a autonomia da vontade com a liberdade, com as caracter&iacute;sticas desta doen&ccedil;a, com a capacidade das pessoas e sua necess&aacute;ria rela&ccedil;&atilde;o com a compet&ecirc;ncia, de tal forma que a Bio&eacute;tica seja a ponte necess&aacute;ria entre a doen&ccedil;a de Alzheimer e o exerc&iacute;cio v&aacute;lido da autonomia da vontade destes doentes.</p>      <p><b>Palavras-Chave:</b></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Bio&eacute;tica, Doen&ccedil;a de Alzheimer, Autonomia, Capacidade, Compet&ecirc;ncia</p>  <hr>     <p><b>INTRODUCCI&Oacute;N</b></p>      <p>Seg&uacute;n datos estad&iacute;sticos de la &quot;Alzheimer Disease Internacional&quot; 1 de cada 1000 personas mayores de 60 a&ntilde;os padece la enfermedad de Alzheimer, present&aacute;ndose una mayor incidencia cuando se rebasan los 65 a&ntilde;os son 1 de cada 20 ancianos, cantidad que aumenta considerablemente, llegando a ser de 1 de cada 5, a partir de los 80 a&ntilde;os de vida<a name="n1"></a><a href="#n_1"><sup>1</sup></a>. En igual sentido se pronostica que para el a&ntilde;o 2050 habr&aacute;n 115 millones de personas con demencia en el mundo y que hoy en d&iacute;a existen 35 millones que viven con esta enfermedad, cifra que se duplicar&aacute; cada veinte a&ntilde;os<a name="n2"></a><a href="#n_2"><sup>2</sup></a>.</p>      <p>Lo anterior, unido a las caracter&iacute;sticas propias de esta enfermedad, que ocasiona de manera progresiva una disminuci&oacute;n de las funciones intelectuales y afecta aspectos tan importantes de la vida del ser humano como su memoria, su pensamiento, su lenguaje y su conducta, con un deterioro definitivo de las c&eacute;lulas nerviosas y finalmente la demencia senil, propician la disminuci&oacute;n de las capacidades de los que la padecen y que se le deba dispensar una protecci&oacute;n desde distintas perspectivas: Por una parte el tratamiento m&eacute;dico, la atenci&oacute;n psicol&oacute;gica al enfermo y su familia, la existencia de garant&iacute;as de &iacute;ndole social y asistencial, y no por ser la &uacute;ltima la menos importante, los efectos que en el &aacute;mbito jur&iacute;dico se generan en torno a la capacidad de obrar de la persona.</p>      <p>Todo ello demuestra que el enfoque integral y transdisciplinario es indispensable en la asistencia a los pacientes de Alzheimer y permitir&aacute; garantizar a posteriori, un paso por los &uacute;ltimos a&ntilde;os de vida con la calidad requerida. Es en este punto donde desempe&ntilde;a un papel fundamental la perspectiva a la que invita la Bio&eacute;tica.</p>      <p>Precisamente, es en este contexto, donde se trae a colaci&oacute;n el principio bio&eacute;tico de Autonom&iacute;a, debido a los numerosos debates morales que este ha generado en torno a las problem&aacute;ticas de las ciencias de la vida y principalmente de la medicina. Es as&iacute;, que la autonom&iacute;a ha estado muy ligada a la bio&eacute;tica, debido fundamentalmente a que durante gran parte de su desarrollo, este nuevo saber se ha relacionado con la medicina y las investigaciones biom&eacute;dicas. Es notable adem&aacute;s, la importancia que ha tenido la ascensi&oacute;n de la autonom&iacute;a en la cr&iacute;tica al paternalismo m&eacute;dico, lo cual, unido al Consentimiento informado, constituyeron un nuevo paradigma para la relaci&oacute;n m&eacute;dico-paciente al que contribuy&oacute; decisivamente el Informe Belmont (1978) y la ulterior publicaci&oacute;n en 1979 del libro &quot;Principles of Biomedical Ethics&quot;, cuyos autores fueron los norteamericanos Thomas L. Beauchamp y James Childress. La gran acogida que tuvo este texto se debe, en gran medida, a que durante esta etapa la Bio&eacute;tica era identificada como una &eacute;tica aplicada a la cl&iacute;nica y la investigaci&oacute;n biom&eacute;dica, marco en el que los principios enarbolados por estos autores encontraron fruct&iacute;fera aplicaci&oacute;n, bajo la doctrina que ha sido denominada como principalismo.</p>      <p>Miguel Kottow (2005), como parte del razonamiento que realiza en torno a esta problem&aacute;tica, se&ntilde;ala que los principios han sido utilizados para oscurecer determinados temas bio&eacute;ticos, y cuando hace referencia a la autonom&iacute;a precisa que &eacute;sta ha sido evocada para negarle validez a los argumentos que favorecen un derecho universal a la atenci&oacute;n m&eacute;dica, por cuanto todo compromiso social impositivo interfiere indebidamente con la libertad individual. Consideramos que el anterior razonamiento debe ser estimado como una luz roja ante cualquier posici&oacute;n extremista de la autonom&iacute;a, ya que no puede constituir la defensa de este principio, el fundamento para las teor&iacute;as y las pr&aacute;cticas de car&aacute;cter utilitaristas en cuanto al acceso a la atenci&oacute;n de salud.</p>      <p>No obstante, ya la autonom&iacute;a ha alcanzado independencia dentro del marco de la Bio&eacute;tica y no se le relaciona &uacute;nicamente con las decisiones de &iacute;ndole m&eacute;dica, sino que se analiza desde lo general hacia lo particular, aspecto que se encuentra reflejado en el art&iacute;culo 5 de la reciente Declaraci&oacute;n Universal sobre Bio&eacute;tica y Derechos Humanos de la UNESCO<a name="n3"></a><a href="#n_3"><sup>3</sup></a>, donde la autonom&iacute;a est&aacute; concebida como un principio general de la Bio&eacute;tica y no necesariamente relacionado con las ciencias m&eacute;dicas.</p>      <p>En este sentido, la autonom&iacute;a de la voluntad encuentra su fundamento en la libertad de las personas y el respeto a la dignidad humana<a name="n4"></a><a href="#n_4"><sup>4</sup></a>. &Eacute;stos le deben ser reconocidos y respetados a los seres humanos independientemente de su origen, nacionalidad, grupo racial, edad, sexo, religi&oacute;n que profesa, o cualquier otra caracter&iacute;stica distintiva. La libertad se materializa a trav&eacute;s de las actuaciones y tiene como l&iacute;mite general lo prohibido y el no causar con su ejercicio da&ntilde;o a otro, as&iacute; como tambi&eacute;n la forma de estar de la persona, su estatus y su forma de vida, en relaci&oacute;n con sus M&aacute;ximos morales y las consideraciones personales sobre lo que es o no digno.</p>      <p>Lo anterior incitas a que deba verse la autonom&iacute;a como algo inherente a la condici&oacute;n de la persona, teniendo como paradigma una existencia digna mientras se disfrute la vida. Para ello es imprescindible que los individuos conserven y le sean respetados de manera vitalicia los atributos se&ntilde;alados inicialmente, ya sea porque puedan ejercitar v&aacute;lidamente su autonom&iacute;a hasta su muerte o porque lo hayan hecho con anterioridad a su incapacidad, para que surta efectos en el momento en que no puedan exteriorizarla inequ&iacute;vocamente.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>De esta manera, no puede ser entendido el ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad de un enfermo de Alzheimer cuando a&uacute;n conserva su capacidad, diferente de la posibilidad real de disponer sobre los m&aacute;s dis&iacute;miles aspectos relacionados con su propia vida mientras a&uacute;n mantenga la aptitud necesaria para ello, lo cual es sin dudas, una forma de ejercicio de su derecho a la libertad y el respeto a su dignidad.</p>      <p>Esta idea se encuentra en conexi&oacute;n directa con lo defendido y fundamentado por Edgar Mor&iacute;n (1999) en su trabajo <i>&quot;Antropolog&iacute;a de la libertad&quot;. </i>Comienza se&ntilde;alando este autor que la libertad la sentimos subjetivamente cuando tenemos la ocasi&oacute;n de elegir entre alternativas y tomar una decisi&oacute;n, y a continuaci&oacute;n introduce una de las ideas fundamentales que defiende en su obra, la consideraci&oacute;n de que somos ecol&oacute;gicamente dependientes y estamos gen&eacute;tica, social, cultural e intelectualmente sometidos y ello le sirve como pre&aacute;mbulo para plantear, lo que a nuestro parecer, constituye un atrevido interrogante: &iquest;C&oacute;mo podr&iacute;amos disponer de libertades cuando estamos tan sometidos por todas partes?. Para dar respuesta a esta cuesti&oacute;n, inicia su estudio con la proposici&oacute;n de que sea sustituida la idea de que el medio exterior impone sus fatalidades a los seres vivientes, por una concepci&oacute;n de la autonom&iacute;a dependiente, en este caso del medio que rodea a los seres humanos. Se&ntilde;alando con acierto que lo que produce la autonom&iacute;a, produce la dependencia, idea que a nuestro juicio no puede tener mayor acierto, pues el ejercicio de la autonom&iacute;a emana de nuestra condici&oacute;n de seres humanos y somos nosotros mismos los que creamos y modificamos el medio que nos rodea y constantemente ponemos l&iacute;mites a nuestra actuaci&oacute;n, por ello es que la autonom&iacute;a y la dependencia comparten la misma fuente de procedencia. Contin&uacute;a con la influencia sociocultural, la que denomina tambi&eacute;n como dependencia superior, ya que la cultura permite la autonom&iacute;a, pero someti&eacute;ndose a sus normas; impone su <i>imprinting </i>y al mismo tiempo aporta sus habilidades, sus saberes y sus conocimientos los cuales desarrollan la individualidad; y por su parte la sociedad puede o no potenciar una mayor, o menor cantidad de libertades humanas, y con ellas, a nuestro juicio, ser&aacute; m&aacute;s estricto o extenso el ejercicio de la autonom&iacute;a. La cuarta condicionante la constituyen las ideas, considerando este fil&oacute;sofo que los hombres tambi&eacute;n est&aacute;n sometidos por sus ideas y por sus dioses, o sea por su historia. Finalmente, resalta que la complejidad bio&aacute;ntropo-social es la condici&oacute;n de la libertad. As&iacute;, cuanto m&aacute;s grandes son las complejidades biol&oacute;gicas, sociales, culturales e ideol&oacute;gicas, tanto m&aacute;s grande es la parte de la autonom&iacute;a individual y m&aacute;s grandes son las posibilidades de libertad. Pero al mismo tiempo razona que la libertad tiene necesidad de reglas y coacciones exteriores (las leyes de la sociedad) e interiores (los imperativos morales), ya que lo contrario conducir&iacute;a al caos.</p>      <p>A ello podemos agregar lo que explica P&eacute;rez Gallardo (2000), en raz&oacute;n de que:</p>      <p>&quot;La autonom&iacute;a corresponde entonces a un supuesto jur&iacute;dico-normativo, en el que la decisi&oacute;n humana, puede libremente, sin ning&uacute;n tipo de condicionamiento -salvo limitaciones legales- determinar la creaci&oacute;n de un negocio jur&iacute;dico con capacidad y sin dependencia, cualquiera que sea su naturaleza, as&iacute; como permite al sujeto autodise&ntilde;ar la estructura y contenido del negocio jur&iacute;dico que pretende concertar, atribuy&eacute;ndole a la autonom&iacute;a dos dimensiones, la positiva que es precisamente en la que se puede ejercitar, actuar y proyectar, frente a la denominada negativa, que le pone cotos, restricciones o modificaciones (pp. 217-220).&quot;</p>      <p>De igual forma, debe ser congruente el ejercicio de la autonom&iacute;a con el concepto de persona, ya que es a ella a quien se le reconoce y quien puede f&aacute;cticamente ejercitarla, o sea, que la autonom&iacute;a no tiene sentido m&aacute;s all&aacute; de los seres humanos y su convivencia en sociedad, siendo ese el escenario en el que se presenta como un fen&oacute;meno verdaderamente trascendente, manifest&aacute;ndose en la toma de decisiones esenciales, primero para la individualidad y despu&eacute;s frente a otras personas, la familia, la comunidad, la sociedad o el Estado. Es por ello que, unido a la definici&oacute;n de autonom&iacute;a en abstracto, se encuentra la de persona aut&oacute;noma. En este sentido, se&ntilde;alan Faden y Beauchamp citados por Diego Gracia (1989), que el an&aacute;lisis debe centrarse en el nivel m&aacute;s superficial y perif&eacute;rico de la persona aut&oacute;noma, o sea, en el de sus &quot;elecciones aut&oacute;nomas&quot; y &quot;acciones aut&oacute;nomas&quot; La diferencia entre ambas radica, en que la primera es representativa de la potencia o facultad, mientras que la segunda es su acto, por lo que a nuestro juicio aquella queda en el &aacute;mbito de la decisi&oacute;n y la &uacute;ltima en el de la acci&oacute;n representando la diferencia entre pensamiento aut&oacute;nomo y actuaci&oacute;n aut&oacute;noma, que aunque ambas son trascendentes, la m&aacute;s importante es la que somos capaces de percibir, o sea, la acci&oacute;n, ya que la elecci&oacute;n puede quedarse al nivel de la conciencia de la persona y por lo tanto no ser revelada nunca.</p>      <p>Para Faden y Beauchamp la acci&oacute;n aut&oacute;noma posee tres condicionantes: La intencionalidad, el conocimiento y la ausencia de control externo. A lo cual agrega Diego Gracia (1989) que la primera no admite grados, mientras que las dos &uacute;ltimas s&iacute;, por consiguiente, las acciones pueden ser m&aacute;s o menos aut&oacute;nomas, teniendo como extremos, la acci&oacute;n completamente aut&oacute;noma y la completamente no-aut&oacute;noma. Razonamos entonces, que no puede existir una acci&oacute;n completamente aut&oacute;noma, ya que en virtud de lo analizado anteriormente, toda autonom&iacute;a es dependiente y como tal nunca existir&aacute; alguna a la que podamos denominar pura. Partiendo de lo anterior, se manifiesta el autor sobre la no existencia de decisiones completamente aut&oacute;nomas, sino solo las sustancialmente aut&oacute;nomas, ya que para que concurrieran las primeras, la decisi&oacute;n no podr&iacute;a estar influida de ninguna manera por agentes externos, lo cual es imposible, ya que desde que nacemos y recibimos educaci&oacute;n, estamos siendo influidos por agentes externos en las decisiones que tomaremos en el futuro.</p>      <p>Llevando lo anterior al tema que se debate, entonces es fundamental para el ejercicio de la autonom&iacute;a de los enfermos de Alzheimer, que los sujetos responsables de proporcionar la informaci&oacute;n a la persona que la ejercitar&aacute;, ya sea el m&eacute;dico, si es una decisi&oacute;n sobre la integridad corporal o la salud, o cualquier otro profesional, deben hacerlo de la manera en que sea m&aacute;s entendible para alguien que no ha estudiado, constituy&eacute;ndose &eacute;stos en una suerte de traductores del lenguaje profesional al cotidiano, lo que le permitir&aacute; al individuo ponderar la naturaleza y las consecuencias de la acci&oacute;n que llevar&aacute; a cabo.</p>      <p>Unida a las anteriores condicionantes, se hace alusi&oacute;n a la autenticidad como un plus, entendida como la correlaci&oacute;n que debe existir entre la decisi&oacute;n que hoy se valora como aut&oacute;noma y las actitudes que la persona ha sostenido durante toda su vida. Empero, ello es cuestionable desde la perspectiva de que el sistema de valores y de actitudes de una persona es variable en momentos diferentes de su vida, m&aacute;xime si se encuentra ante circunstancias distintas a las que manten&iacute;a en su existencia cotidiana, tal y como se presentan los primeros s&iacute;ntomas de la enfermedad de Alzheimer. Lo anterior constituye evidencia de lo dif&iacute;cil que podr&iacute;a tornarse valorar la validez de una acci&oacute;n, pues su consideraci&oacute;n de no-aut&eacute;ntica, la convierte en no-aut&oacute;noma, lo cual resulta en extremo peligroso en el contexto de la enfermedad de Alzheimer.</p>      <p>En resumen, una acci&oacute;n para ser considerada aut&oacute;noma, debe ser intencional, con conocimiento suficiente, ausencia de control externo y de autenticidad. Ello es muestra de lo &iacute;ntimo y rec&iacute;proco de la relaci&oacute;n entre Autonom&iacute;a y Bio&eacute;tica, ya que como se ha demostrado con lo analizado, mucho han aportado los bioeticistas al reconocimiento, los condicionantes y ejercicio de la autonom&iacute;a; no obstante y en sentido inverso, tambi&eacute;n debe ser vista la Autonom&iacute;a como una manera de facilitar determinadas decisiones bio&eacute;ticas.</p>      <p>Es momento de cuestionarse entonces, si puede una persona enferma de Alzheimer, en atenci&oacute;n a las condicionantes anteriormente rese&ntilde;adas, ejercitar su autonom&iacute;a de la voluntad, teniendo mayor trascendencia dicho ejercicio, si est&aacute; encaminado a planificar la protecci&oacute;n a dispensar cuando como consecuencia ineludible de la enfermedad que padece, ya no pueda manifestar su voluntad de manera clara. No podemos perder de vista al Alzheimer como una enfermedad progresiva, debido a ello transita por diferentes estadios y existen diversas maneras de clasificaci&oacute;n en atenci&oacute;n a la severidad de la afectaci&oacute;n, las cuales a grandes rasgos, pueden ser: La etapa de deterioro leve, la moderada y la severa. La primera etapa o leve es descrita por Arango Lopera (2008) y se identifica con el paulatino deterioro en la memoria con alteraciones en otras &aacute;reas cognoscitivas, tales como la orientaci&oacute;n; se presentan cambios de &aacute;nimo, apat&iacute;a y p&eacute;rdida de iniciativa. Es capaz de sostener una conversaci&oacute;n, comprende bien y utiliza adecuadamente los aspectos sociales de la comunicaci&oacute;n (gestos, entonaci&oacute;n, expresi&oacute;n y actitudes). El desempe&ntilde;o en el auto-cuidado es adecuado; est&aacute; consciente del medio que lo rodea, es capaz de entender la naturaleza b&aacute;sica de los eventos y las situaciones, as&iacute; como de expresar sentimientos y opiniones.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Esta caracterizaci&oacute;n es primordial, pues la consideraci&oacute;n acerca de la capacidad de los enfermos de Alzheimer en estadios leves de la enfermedad, no puede ser analizada en blanco y negro, sino frente a la gama de grises que se presenta ante un padecimiento cuyo avance es progresivo para, de esa forma, potenciar el ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad de estos enfermos en los casos posibles, sin el tab&uacute; de que el Alzheimer es sin&oacute;nimo de incapacidad de obrar.</p>      <p>Todo ello provoca que hayamos identificado como problema de la pr&aacute;ctica social, al que tribut&oacute; nuestra investigaci&oacute;n para obtener el grado de Master en Bio&eacute;tica, que: El desconocimiento por parte de los enfermos de Alzheimer, de sus familiares y el personal de la asistencia m&eacute;dica en general, de las implicaciones que en el &aacute;mbito de la capacidad tienen los efectos de esta enfermedad, propicia <i>a la postre </i>el no-ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad en previsi&oacute;n de la propia enfermedad, la desprotecci&oacute;n de los enfermos y la ocurrencia de importantes conflictos bio&eacute;ticos.</p>      <p>En funci&oacute;n de lo anterior, nos planteamos como problema cient&iacute;fico:</p>      <p>&iquest;Cu&aacute;les son las condiciones que deben caracterizar el ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad de un enfermo de Alzheimer en previsi&oacute;n de su propia incapacidad y as&iacute; proteger su persona y sus bienes?</p>      <p>Los objetivos cient&iacute;ficos que lo desarrollan son:</p>  <ol type="1">     <li>    <p> Caracterizar el ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad de los enfermos de Alzheimer, en previsi&oacute;n de su propia incapacidad.</p></li>      <li>    <p> Precisar las problem&aacute;ticas bio&eacute;ticas y jur&iacute;dicas que genera el ejercicio de autonom&iacute;a de la voluntad de los enfermos de Alzheimer, en previsi&oacute;n de su propia incapacidad.</p></li>     </ol>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><b>Dise&ntilde;o metodol&oacute;gico</b></p>      <p>El presente estudio acerca de las consideraciones sobre el ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad de los enfermos de Alzheimer en previsi&oacute;n de su propia incapacidad, de un conjunto de profesionales seleccionados de manera intencional y no probabil&iacute;stica, involucrados en el orden m&eacute;dico, asistencial o jur&iacute;dico con los enfermos de Alzheimer, o con alguna formaci&oacute;n en Bio&eacute;tica, fue realizado en Cuba (2011), espec&iacute;ficamente en la provincia de la Habana, como tema de investigaci&oacute;n de la autora para obtener el grado de M&aacute;ster en Bio&eacute;tica.</p>      <p>Se trabaj&oacute; con tres grupos, conformados por un total de 37 profesionales, seleccionados en atenci&oacute;n a las diferentes especialidades relacionadas con la tem&aacute;tica: Un primer grupo integrado por profesionales de la salud, debido a la relaci&oacute;n de las ciencias m&eacute;dicas con nuestra problem&aacute;tica, principalmente con el diagn&oacute;stico, el tratamiento y el dictamen acerca del padecimiento de esta enfermedad. El segundo grupo integrado por juristas, nos permiti&oacute; el an&aacute;lisis de la legislaci&oacute;n vigente en nuestro pa&iacute;s y de la pr&aacute;ctica jur&iacute;dica, tanto judicial como notarial, los jueces en lo referido a los procesos de incapacitaci&oacute;n judicial de los enfermos de Alzheimer y los notarios debido a la realizaci&oacute;n de actos jur&iacute;dicos como manifestaci&oacute;n del ejercicio de su autonom&iacute;a de la voluntad. El tercer grupo, de especial relevancia para nuestro trabajo, estuvo integrado por bioeticistas, siendo su aporte, el abordaje de las problem&aacute;ticas de nuestra investigaci&oacute;n con una visi&oacute;n desde la Bio&eacute;tica.</p>      <p>Es importante destacar adem&aacute;s, que en la conformaci&oacute;n y selecci&oacute;n de las personas a entrevistar y encuestar, se tuvo en cuenta la concurrencia en ellos de diferentes cualidades, siendo notable que todos los bioeticistas son a la vez, m&eacute;dicos o juristas, lo cual le imprime a la informaci&oacute;n recopilada un valor agregado. Se consultaron un total de 13 profesionales de la salud, distribuidos en 8 especialidades, entre los que se destacan los psiquiatras, los psic&oacute;logos y los geriatras; adem&aacute;s formaron parte del estudio un fil&oacute;sofo y una soci&oacute;loga (<a href="#g1">Gr&aacute;fico 1</a>). Dentro de los grupos se realizaron entrevistas a profundidad a expertos que consideramos como profesionales representativos debido a su experiencia y a otros se les aplic&oacute; el cuestionario. Los resultados obtenidos resultan muy interesantes, m&aacute;xime si se tiene en cuenta la heterogeneidad de los grupos estudiados.</p>      <p align="center"><a name="g1"></a><img src="img/revistas/rlb/v11n2/v11n2a09g01.jpg"></p>      <p><b>RESULTADOS Y DISCUSI&Oacute;N</b></p>      <p>En cuanto al ejercicio de la autonom&iacute;a por los enfermos de Alzheimer en previsi&oacute;n de su propia incapacidad, hubo un 68% (25) de los profesionales consultados (total de entrevistados y encuestados) que consider&oacute; que si pod&iacute;an ejercitarla y un 32% (12) que manifest&oacute; su negativa; en el caso particular de los expertos, es significativo mencionar, que 10 de ellos coincidieron en que el ejercicio de la autonom&iacute;a en este tipo de enfermos solo podr&iacute;a realizarse en estadios leves de la enfermedad, aspecto con el cual coincidimos, como fue abordado anteriormente. Si analizamos esta consideraci&oacute;n, pero segregada por grupos bajo estudio, llama la atenci&oacute;n que todos los profesionales de la salud encuestados consideraran que el enfermo de Alzheimer no pod&iacute;a ejercitar su autonom&iacute;a en previsi&oacute;n de su propia incapacidad, aspecto que se comport&oacute; diferente en juristas y bioeticistas, siendo relevante en cuanto a estos &uacute;ltimos, que a&uacute;n siendo la mayor&iacute;a de ellos profesionales de la salud, sus respuestas fueron diferentes a las del primer grupo, por ello, consideramos que la formaci&oacute;n en Bio&eacute;tica que han recibido, ha propiciado que valoren de forma desigual el ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad por enfermos de Alzheimer (<a href="#g2">Gr&aacute;fico 2</a>).</p>      <p align="center"><a name="g2"></a><img src="img/revistas/rlb/v11n2/v11n2a09g02.jpg"></p>      <p>Otra de las preguntas realizadas en el cuestionario y la entrevista, exploraba las opiniones de los encuestados y entrevistados, acerca de las condiciones que deb&iacute;an tener los enfermos de Alzheimer para poder ejercitar su autonom&iacute;a. Un 85% (22) de los encuestados consider&oacute; que, de cumplir el enfermo de Alzheimer con determinadas condiciones, podr&iacute;an ejercitar su autonom&iacute;a, respuestas en las que fue evidente la tendencia marcada por un 77%, a se&ntilde;alar como condici&oacute;n fundamental del ejercicio de la autonom&iacute;a, que la persona se encuentre en un estadio leve de la enfermedad, aspecto que se refuerza con las siguientes 6 condiciones m&aacute;s repetidas: La capacidad, el expresar su voluntad inequ&iacute;vocamente, conciencia, conocimiento, discernimiento y la lucidez (<a href="#g3">Gr&aacute;fico 3</a>).</p>      <p align="center"><a name="g3"></a><img src="img/revistas/rlb/v11n2/v11n2a09g03.jpg"></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Tambi&eacute;n result&oacute; relevante que se hiciera alusi&oacute;n por, uno de los encuestados, al t&eacute;rmino competencia, sobre el que se&ntilde;ala Pablo Sim&oacute;n (2008) que en la literatura norteamericana, &quot;competency&quot; es un t&eacute;rmino jur&iacute;dico, y significa el reconocimiento legal de las aptitudes psicol&oacute;gicas para tomar determinadas decisiones. El t&eacute;rmino equivalente en nuestro derecho ser&iacute;a &quot;capacidad de derecho&quot; o &quot;legal&quot;. En cambio &quot;capacity&quot; es un t&eacute;rmino psicol&oacute;gico y cl&iacute;nico. Define las aptitudes psicol&oacute;gicas necesarias para tomar, aqu&iacute; y ahora, una determinada decisi&oacute;n. Es la que eval&uacute;an los m&eacute;dicos, psiquiatras y psic&oacute;logos; tambi&eacute;n los notarios. El t&eacute;rmino equivalente en nuestro pa&iacute;s ser&iacute;a &quot;capacidad de hecho&quot; o &quot;natural&quot;, y que con frecuencia, sobre todo en ambientes bio&eacute;ticos, se ha denominado &quot;competencia&quot;. Es importante se&ntilde;alar, por tanto, que la traducci&oacute;n correcta deber&iacute;a ser &quot;cruzada&quot;: &quot;competency&quot; deber&iacute;a traducirse por &quot;capacidad&quot;, y &quot;capacity&quot; por &quot;competencia&quot;.</p>      <p><b>Por su parte refiere Wierzba (2008) que:</b></p>      <p>&quot;La competencia debe ser entendida desde la Bio&eacute;tica, como un concepto perteneciente al &aacute;rea del ejercicio de los derechos personal&iacute;simos, que no se alcanza en un momento preciso, sino que se va formando y requiere una evoluci&oacute;n; no se adquiere o pierde en un d&iacute;a, o en una semana. Bajo esta denominaci&oacute;n, se analiza si el sujeto puede o no entender a cabalidad aquello que se le dice, cu&aacute;les son los alcances de la comprensi&oacute;n, si puede comunicarse, si puede razonar sobre las alternativas y si tiene valores para poder juzgar. Se se&ntilde;ala, como diferencia con la capacidad, que esta &uacute;ltima es una categor&iacute;a usada en el &aacute;mbito jur&iacute;dico, mientras que la competencia traspasa las fronteras del Derecho. (p. 218)&quot;.</p>      <p>A ello adiciona Pablo Sim&oacute;n (2008) que en realidad ambas est&aacute;n estrechamente relacionadas. Son como las dos caras de una misma moneda. No es posible hablar de una sin referirse a la otra. La capacidad natural (competencia) se refiere a las aptitudes psicol&oacute;gicas internas que permiten a una persona gobernar efectivamente su vida, de tal modo que podamos concluir que sus decisiones son aut&eacute;nticas, es decir, que reflejan adecuadamente su propia personalidad, su autonom&iacute;a moral. Lo que sucede es que esta capacidad de hecho tiene siempre un correlato jur&iacute;dico que llamamos &quot;capacidad de obrar de derecho o legal&quot; (capacidad). Empero, ambas categor&iacute;as, capacidad y competencia, implican 'per se' la presencia de otros requisitos, o sea, que incluyen el conocimiento del acto, la valoraci&oacute;n sobre su alcance y los efectos, as&iacute; como la manifestaci&oacute;n inequ&iacute;voca de esa voluntad, entre otros.</p>      <p>Sobre este particular se manifest&oacute; un 96% de los profesionales consultados, para los cuales la enfermedad de Alzheimer s&iacute; provoca afectaciones a la capacidad de la personas, aspecto que no puede ser negado si se pregunta en sentido general, pero que en relaci&oacute;n con el ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad por estos enfermos, en el estadio leve de la enfermedad y en previsi&oacute;n de su propia incapacidad, fue valorado de forma diferente, ya que un 42% de los encuestados consider&oacute; que las afectaciones no limitan la capacidad, si el ejercicio de la autonom&iacute;a se realiza en previsi&oacute;n de la propia incapacidad, o sea, cuando a&uacute;n se tiene aptitud para ello (<a href="#g4">Gr&aacute;fico 4</a>).</p>      <p align="center"><a name="g4"></a><img src="img/revistas/rlb/v11n2/v11n2a09g04.jpg"></p>      <p>Tambi&eacute;n es considerable, el aporte que los diversos modelos te&oacute;ricos-metodol&oacute;gicos de fundamentaci&oacute;n de la Bio&eacute;tica pueden aportar al tema en cuesti&oacute;n. Se&ntilde;ala Acosta Sariego (2009) que el propuesto por Beauchamp y Childress, sustentado en los principios de Justicia, Beneficencia, No maleficencia y Autonom&iacute;a, sin establecer jerarquizaciones entre ellos, parece destinado &uacute;nicamente a la Bio&eacute;tica cl&iacute;nica o m&eacute;dica, por lo que se quedan sin soluci&oacute;n alguna, numerosos problemas sociales. De igual forma, aunque contribuyen con el reconocimiento expreso de la autonom&iacute;a, elev&aacute;ndola incluso a la categor&iacute;a de principio, parece que exageran su importancia, obviando sus limitantes. Un argumento en contrario ser&iacute;a, que todos los extremos son da&ntilde;inos, ya que si bien es cierto que su no-reconocimiento y ejercicio vulneran derechos personal&iacute;simos e inherentes a los individuos, su ejercicio a ultranza puede provocar que determinadas situaciones se salgan de control.</p>      <p>Tambi&eacute;n aporta elementos a nuestra problem&aacute;tica, otro de los sistemas metodol&oacute;gicos resumido por Acosta Sariego (2009) y propuesto por Diego Gracia, en cuya virtud a todo lo anterior se adiciona una jerarquizaci&oacute;n a los principios<a name="n5"></a><a href="#n_5"><sup>5</sup></a> y adem&aacute;s se le da relevancia a la historia de vida, entendida &eacute;sta como el necesario estudio de los componentes hist&oacute;ricos que giran en torno a una situaci&oacute;n o a una persona, ya que s&oacute;lo de esa forma se podr&aacute; tomar una decisi&oacute;n adecuada y justa. Este particular puede ser aplicado <i>&quot;mutatis mutandi&quot; </i>a la tem&aacute;tica que nos ocupa, ya que al momento de valorar la capacidad de una persona enferma de Alzheimer, se debe tener presente su historia de vida para estimar justamente el grado de afectaci&oacute;n que presenta.</p>      <p>Otro de los dilemas que se ha planteado en relaci&oacute;n con la enfermedad de Alzheimer y que pasa necesariamente por un an&aacute;lisis bio&eacute;tico y jur&iacute;dico, es dar la informaci&oacute;n al paciente sobre la enfermedad que est&aacute; padeciendo, ya que a partir del diagn&oacute;stico, en dependencia de la fase en que se encuentre la enfermedad, la persona sabe que a la postre perder&aacute; sus facultades mentales. A nuestro juicio, es un escenario que tiene dos perspectivas de an&aacute;lisis. Por una parte, el derecho a la informaci&oacute;n de la persona y por otra, el cuestionamiento sobre c&oacute;mo pudiera influir esta comunicaci&oacute;n, si de conservar las aptitudes para ello, decide hacer uso de los mecanismos de autoprotecci&oacute;n que le brinda el Derecho, ya que si el paciente no sabe que padece una enfermedad que desencadenar&aacute; irremediablemente en una demencia con todas las consecuencias que ya hemos mencionado produce este padecimiento, no valorar&aacute; de igual forma los instrumentos jur&iacute;dicos necesarios en previsi&oacute;n de su propia incapacidad.</p>      <p>Una pol&eacute;mica igual de controvertida, es el valor otorgado a la manifestaci&oacute;n anticipada de voluntad que ha realizado un enfermo de Alzheimer, sobre un proceder m&eacute;dico<a name="n6"></a><a href="#n_6"><sup>6</sup></a> en relaci&oacute;n con su propia enfermedad, para que surta efectos cuando ya no tenga capacidad para manifestarlo de manera v&aacute;lida. Debemos cuestionarnos entonces, si puede ser considerado este documento de voluntades anticipadas como una especie de Consentimiento informado, que ha autorizado la persona a partir de la informaci&oacute;n que ha recibido sobre la enfermedad que padece, aspecto que debe ser analizado bajo la premisa, de que en el momento de otorgarlo ten&iacute;a capacidad para ello, as&iacute; como informaci&oacute;n al respecto, lo cual provoca que nos corresponda replantearnos, de qu&eacute; manera ser&aacute; tasada esta manifestaci&oacute;n de voluntad v&aacute;lida, en la relaci&oacute;n con la del m&eacute;dico y los familiares.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La Bio&eacute;tica tributa adem&aacute;s al entendimiento, de que la medicina curativa tiene l&iacute;mites y que hay enfermedades que aunque no puedan ser curadas, s&iacute; requieren ser atendidas a los fines de poder disfrutar la mayor calidad de vida posible, en lo que contribuyen los mecanismos de autoprotecci&oacute;n jur&iacute;dica que proponemos, ya que son una forma de construcci&oacute;n del futuro seg&uacute;n la voluntad de la persona que los autoriza y lo que para ella signifique calidad de vida.</p>      <p>Tambi&eacute;n se encuentra justificaci&oacute;n desde la Bio&eacute;tica, la necesidad de implementaci&oacute;n de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, tendientes al respeto de las decisiones emanadas de la voluntad libre y suficientemente informada del anciano o el enfermo de Alzheimer en estadios leves de la enfermedad.</p>      <p>Podemos se&ntilde;alar entonces, que una de las justificantes de la Bio&eacute;tica es que la vida del ser humano, con los adelantos cient&iacute;fico-t&eacute;cnicos, se ha hecho m&aacute;s c&oacute;moda, pero a la vez m&aacute;s deshumanizada, siendo el respeto a la autonom&iacute;a, con los requisitos y limitantes estudiados, as&iacute; como el reconocimiento de los mecanismos de autoprotecci&oacute;n jur&iacute;dica, una forma evidente de humanizar los &uacute;ltimos a&ntilde;os de vida de las personas enfermas de Alzheimer.</p>      <p>Todo lo dicho es concluyente de la relaci&oacute;n que existe entre el ejercicio de la Autonom&iacute;a por los enfermos de Alzheimer en previsi&oacute;n de su propia y futura incapacidad y la Bio&eacute;tica, aspecto que s&iacute; se analiza a la luz de los resultados obtenidos en el estudio de campo, muestra que el (92%) de los encuestados considera que s&iacute; existe una estrecha relaci&oacute;n, no s&oacute;lo por la autonom&iacute;a, sino tambi&eacute;n por la dignidad, la responsabilidad individual y social a la que se alude desde la Bio&eacute;tica y la humildad en el ejercicio profesional de aquellos a los que de manera directa o indirecta, les concierne el cuidado y atenci&oacute;n de los enfermos de Alzheimer (<a href="#g5">Gr&aacute;fico 5</a>).</p>      <p align="center"><a name="g5"></a><img src="img/revistas/rlb/v11n2/v11n2a09g05.jpg"></p>      <p>La reciente Declaraci&oacute;n Universal de Bio&eacute;tica y Derechos Humanos de la UNESCO (2005), establece en su art&iacute;culo 3 como el primer principio a tener en cuenta en las decisiones y las pr&aacute;cticas en el &aacute;mbito bio&eacute;tico, s&oacute;lo despu&eacute;s de referirse al alcance y los objetivos de la Declaraci&oacute;n, a la dignidad humana unida a los derechos humanos y se&ntilde;ala en su apartado primero que: <i>&quot;Se habr&aacute;n de respetar plenamente la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales&quot;</i></p>      <p>Aspecto con el coinciden la mayor&iacute;a de los encuestados (17) y los entrevistados (10), para un total de un 58% que opina que el no ejercicio de la autonom&iacute;a de la voluntad por los enfermos de Alzheimer en previsi&oacute;n de su propia incapacidad, afectar&iacute;a en el futuro, su dignidad como persona.</p>      <p>Otro aspecto de primordial inter&eacute;s, es la atenci&oacute;n del Alzheimer como una enfermedad progresiva, ya que sus s&iacute;ntomas van apareciendo de manera gradual en los enfermos, a partir de lo cual somos del criterio, de que una declaraci&oacute;n de incapacidad de estas personas no debe cercenarles por completo su autonom&iacute;a, sino considerar igualmente que la capacidad se va perdiendo de manera progresiva y se les permita realizar, hasta tanto no la hayan perdido completamente, determinados actos, quedando el representante legal solo para aquellos de mayor trascendencia. &quot;A contrario sensu&quot; si es factible la designaci&oacute;n de una persona que lo asista mientras pueda valerse f&iacute;sica e intelectualmente, o sea en los estadios de leve a moderado de la enfermedad, dejando al tutor para el momento en que las facultades ya est&eacute;n muy deterioradas. Unido a todo ello, debemos considerar que quien dictamina la afectaci&oacute;n que han sufrido las facultades del enfermo es el profesional de la salud y quien transforma ese peritaje al &aacute;mbito jur&iacute;dico, por decirlo de alguna manera, son el juez o el notario. Se advierten entonces, dos diferentes &aacute;mbitos en los que repercute la enfermedad, uno es el m&eacute;dico y el otro es el jur&iacute;dico. Queda en manos de los profesionales de la salud realizar un peritaje que le permita al juez o al notario, valorar acertadamente el grado de afectaci&oacute;n que presenta la persona y qu&eacute; instituciones jur&iacute;dicas son las pertinentes, la tutela o la curatela, las medidas de apoyo o de sost&eacute;n, o cualquier otra <i>&quot;ad hoc&quot;.</i></p>      <p><b>CONCLUSIONES</b></p>      <p>Todo ello nos acerca entonces, a los presupuestos necesarios para que un enfermo de Alzheimer pueda ejercitar v&aacute;lidamente su autonom&iacute;a de la voluntad en previsi&oacute;n de la incapacidad o la falta de competencia, que le ha de sobrevenir en el futuro como consecuencia del avance de la enfermedad que padece.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En primer lugar, es necesario que se reconozca que la autonom&iacute;a de la voluntad forma parte de un derecho inherente m&aacute;s amplio que es la libertad, derecho que le es reconocido a los enfermos de Alzheimer por el solo hecho de ser persona y, en este sentido, debe valorarse que la relaci&oacute;n libertad-necesidad se sustenta en el conocimiento que de la decisi&oacute;n a tomar o proceder se tenga, la que entendida proporcionalmente nos lleva a la conclusi&oacute;n, de que tanto mayor sea una, as&iacute; influir&aacute; en la otra.</p>      <p>Se debe razonar adem&aacute;s, que la autonom&iacute;a de la voluntad no es absoluta para las personas en general, ni tampoco para los enfermos de Alzheimer, sino que posee l&iacute;mites de &iacute;ndole moral, legal, cultural, religioso, ambiental y social en general; as&iacute; como limitaciones y condicionantes, las cuales est&aacute;n relacionadas fundamentalmente con la capacidad y la competencia.</p>      <p>La autonom&iacute;a de la voluntad puede ser un principio bio&eacute;tico, pero en atenci&oacute;n a como se considera en la Declaraci&oacute;n Universal sobre Bio&eacute;tica y de Derechos Humanos de la UNESCO; en virtud de ello, debe ir unida a la dignidad, la humanidad y la responsabilidad individual o social de las personas, tal como establece dicha declaraci&oacute;n y no como parte del reducido sistema propugnado por el principalismo anglosaj&oacute;n, para que de esa forma constituya el fundamento que sustente que los enfermos de Alzheimer, en estadios leves de su enfermedad, puedan ejercitar su autonom&iacute;a ante la innegable realidad de que en el futuro<a name="n7"></a><a href="#n_7"><sup>7</sup></a>, ya no contar&aacute;n con la competencia, ni la capacidad de obrar necesarias, para que entonces su voluntad sea tenida en cuenta v&aacute;lidamente.</p>  <hr>      <p><b>NOTAS</b></p>      <p><a name="n_1"></a><a href="#n1"><sup>1</sup></a> Los datos han sido extra&iacute;dos de la p&aacute;gina web: Alzheimer Disease Internacional &#91;consultada el 29 de agosto del 2011&#93;. Disponible en: <a href="http://www.alz.co.cu" target="_blank">http://www.alz.co.cu</a>.</p>      <p><a name="n_2"></a><a href="#n2"><sup>2</sup></a> Cifras ofrecidas por el diario BBC Mundo digital &#91;consultado 13 Julio 2010&#93;. Disponible en: <a href="http://www.bbc.com" target="_blank">http://www.bbc.com</a>.</p>      <p><a name="n_3"></a><a href="#n3"><sup>3</sup></a> Declaraci&oacute;n Universal sobre Bio&eacute;tica y Derechos Humanos de la UNESCO, 2005. Disponible en: <a href="http://unesdoc.unesco.org/images/0014/001461/146180s.pdf" target="_blank">http://unesdoc.unesco.org/images/0014/001461/146180s.pdf</a>.</p>      <p><a name="n_4"></a><a href="#n4"><sup>4</sup></a> La relaci&oacute;n dignidad-autonom&iacute;a de las personas, tambi&eacute;n se encuentra reflejada en la Declaraci&oacute;n Universal de Bio&eacute;tica y Derechos Humanos de la UNESCO (2005) que ya ha sido analizada, ya que las reconoce a ambas como principios de la bio&eacute;tica.</p>      <p><a name="n_5"></a><a href="#n5"><sup>5</sup></a> El m&eacute;todo propuesto, parte del sistema de referencia moral, contin&uacute;a con el esbozo moral, despu&eacute;s se analiza la experiencia moral, para concluir con la verificaci&oacute;n moral. Entendidos todos estos pasos como un sistema.</p>      <p><a name="n_6"></a><a href="#n6"><sup>6</sup></a> Debemos aclarar que no nos estamos refiriendo a decisiones relacionadas con la vida o la muerte, sino con procederes o pr&aacute;cticas comunes en relaci&oacute;n con la enfermedad que se padece.</p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a name="n_7"></a><a href="#n7"><sup>7</sup></a> Resultan interesantes desde el Derecho Civil y con una especial relevancia en relaci&oacute;n con la enfermedad de Alzheimer, los denominados mecanismos de autoprotecci&oacute;n jur&iacute;dica, que son aquellos en virtud de los cuales las personas pueden en el momento en que aun poseen capacidad de obrar y competencia para ello, manifestar su voluntad a trav&eacute;s de algunos instrumentos jur&iacute;dicos, para que esta sea tenida en cuenta cuando ya no puedan hacerlo. Algunos de estos mecanismos est&aacute;n encaminados a la protecci&oacute;n de la persona y otros a salvaguardar sus bienes. Podemos mencionar a la autotutela, el fideicomiso, el cr&eacute;dito vitalicio o hipoteca inversa, el contrato de alimentos y el seguro de dependencia, entre otros.</p>  <hr>      <p><b>REFERENCIAS</b></p>      <!-- ref --><p>&bull;&nbsp;ACOSTA SARIEGO, J. R. (2009) <i>Los &aacute;rboles y el bosque. Texto y contexto bio&eacute;tico cubano. </i>La Habana: Publicaciones Acuario.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000095&pid=S1657-4702201100020000900001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>&bull;&nbsp;ARANGO LOPERA, V. E. (2008) Dilemas &eacute;ticos en etapas leves de la enfermedad de Alzheimer. Decirle o no la verdad al paciente. <i>Revista Latinoamericana de Bio&eacute;tica, </i>2008; vol.8 (1): 58-65.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000097&pid=S1657-4702201100020000900002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>&bull;&nbsp;GRACIA, D. (1989) <i>Fundamentos de Bio&eacute;tica. </i>1<sup>a</sup> ed. Madrid, Ed. Edudema Universidad.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000099&pid=S1657-4702201100020000900003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>&bull;&nbsp;KOTTOW, M. (2005) Bio&eacute;tica prescriptiva. La falacia naturalista. El concepto de principios en bio&eacute;tica. En: V. Garrafa, M. Kottow y A. Saada, coordinadores. <i>Estatuto epistemol&oacute;gico de la Bio&eacute;tica. </i>1a ed. M&eacute;xico, Universidad Nacional Aut&oacute;noma de M&eacute;xico, Red Latinoamericana y del Caribe de Bio&eacute;tica de la UNESCO: 1-28.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000101&pid=S1657-4702201100020000900004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>&bull;&nbsp;P&Eacute;REZ GALLARDO, L. (2000) De la autonom&iacute;a de la voluntad y de sus l&iacute;mites. En: P&eacute;rez Gallardo L. (coordinador). Lecturas de Derecho de Obligaciones y Contratos. La Habana: Editorial F&eacute;lix Varela.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000103&pid=S1657-4702201100020000900005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>&bull;&nbsp;SIM&Oacute;N, P (2008) La capacidad de los pacientes para tomar decisiones: una tarea todav&iacute;a pendiente. <i>Revista de la Asociaci&oacute;n espa&ntilde;ola de Neuropsiquiatr&iacute;a </i>&#91;en l&iacute;nea&#93; 2008 &#91;Consulta: 01 septiembre 2011&#93;; 28 (No.2). Disponible en: <a href="http://scielo.isciii.es/scielo.php?pid=S0211-57352008000200006&script=sci_arttext#top" target="_blank">http://scielo.isciii.es/scielo.php?pid=S0211-57352008000200006&amp;script=sci_arttext#top</a>.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000105&pid=S1657-4702201100020000900006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>      <!-- ref --><p>&bull;&nbsp;WIERZBA, S. (2008) Consentimiento. Capacidad y competencia. En: J. C. Tealdi (director). <i>Diccionario Latinoamericano de Bio&eacute;tica. </i>Organizaci&oacute;n de las Naciones Unidas para la Educaci&oacute;n, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y Universidad Nacional de Colombia.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000107&pid=S1657-4702201100020000900007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p> </font>      ]]></body><back>
<ref-list>
<ref id="B1">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[ACOSTA SARIEGO]]></surname>
<given-names><![CDATA[J. R.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Los árboles y el bosque: Texto y contexto bioético cubano]]></source>
<year>2009</year>
<publisher-loc><![CDATA[La Habana ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Publicaciones Acuario]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B2">
<nlm-citation citation-type="journal">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[ARANGO LOPERA]]></surname>
<given-names><![CDATA[V. E.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Dilemas éticos en etapas leves de la enfermedad de Alzheimer: Decirle o no la verdad al paciente]]></article-title>
<source><![CDATA[Revista Latinoamericana de Bioética]]></source>
<year>2008</year>
<month>20</month>
<day>08</day>
<volume>8</volume>
<numero>1</numero>
<issue>1</issue>
<page-range>58-65</page-range></nlm-citation>
</ref>
<ref id="B3">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[GRACIA]]></surname>
<given-names><![CDATA[D]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Fundamentos de Bioética]]></source>
<year>1989</year>
<edition>1ª</edition>
<publisher-loc><![CDATA[Madrid ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Ed. Edudema Universidad]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B4">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[KOTTOW]]></surname>
<given-names><![CDATA[M]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Bioética prescriptiva: La falacia naturalista. El concepto de principios en bioética]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Garrafa]]></surname>
<given-names><![CDATA[V]]></given-names>
</name>
<name>
<surname><![CDATA[Kottow]]></surname>
<given-names><![CDATA[M]]></given-names>
</name>
<name>
<surname><![CDATA[Saada]]></surname>
<given-names><![CDATA[A.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Estatuto epistemológico de la Bioética]]></source>
<year>2005</year>
<edition>1a</edition>
<page-range>1-28</page-range><publisher-name><![CDATA[Universidad Nacional Autónoma de MéxicoRed Latinoamericana y del Caribe de Bioética de la UNESCO]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B5">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[PÉREZ GALLARDO]]></surname>
<given-names><![CDATA[L]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[De la autonomía de la voluntad y de sus límites]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Pérez Gallardo]]></surname>
<given-names><![CDATA[L]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Lecturas de Derecho de Obligaciones y Contratos]]></source>
<year>2000</year>
<publisher-loc><![CDATA[La Habana ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[Editorial Félix Varela]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B6">
<nlm-citation citation-type="journal">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[SIMÓN]]></surname>
<given-names><![CDATA[P]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[La capacidad de los pacientes para tomar decisiones: una tarea todavía pendiente]]></article-title>
<source><![CDATA[Revista de la Asociación española de Neuropsiquiatría]]></source>
<year>2008</year>
<month>20</month>
<day>08</day>
<volume>28</volume>
<numero>2</numero>
<issue>2</issue>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B7">
<nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[WIERZBA]]></surname>
<given-names><![CDATA[S]]></given-names>
</name>
</person-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Consentimiento: Capacidad y competencia]]></article-title>
<person-group person-group-type="editor">
<name>
<surname><![CDATA[Tealdi]]></surname>
<given-names><![CDATA[J. C.]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Diccionario Latinoamericano de Bioética]]></source>
<year>2008</year>
<publisher-name><![CDATA[Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)Universidad Nacional de Colombia]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
</ref-list>
</back>
</article>
