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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This article reviews the development of the financing for home purchasing in Colombia before and after the crisis of the UPAC system, their institutions and the major events occurring since the beginning of the UPAC to the end of the first half of 2011. In this article it is analyzed the current structure of housing finance system for both, Social Interest Housing (SIH) and non SIH, the existing supports, emphasizing the importance of housing subsidies to complete the necessary financing for non SIH purchases. Through two examples it is shown that the subsidy is not enough because of home prices; it is also shown that despite the recovery that has taken place, the financing outstanding balance for home purchases has not yet reached the levels it had when the UPAC system crisis occurred, as long as the comparison is done in constant pesos.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[  <font face="verdana" size="2">     <p align="center"><font face="Verdana" size="3"><b>Financiamiento de vivienda</b></font></p>     <p align="center"><font face="Verdana" size="2">Funding for Housing</font></p>     <p><b>Javier Serrano Rodr&iacute;guez</b><sup>(1)</sup></p>     <p>(1) Decano, Facultad de Administraci&oacute;n, Universidad de los Andes. Bogot&aacute; D.C., Colombia.<a href="mailto:jsr@adm.uniandes.edu.co">jsr@adm.uniandes.edu.co</a></p> <hr>     <p><b>Resumen</b></p>     <p> En este art&iacute;culo se hace una revisi&oacute;n del desarrollo del cr&eacute;dito de vivienda en Colombia antes y despu&eacute;s de la crisis del sistema UPAC, sus instituciones y los cambios principales que se presentan desde el comienzo del UPAC hasta el final del primer semestre del a&ntilde;o 2011. Se analiza la estructura actual del sistema de financiamiento de vivienda tanto para vivienda no VIS como para vivienda VIS, los apoyos existentes, destacando la importancia del subsidio de vivienda para completar  el financiamiento necesario para la adquisici&oacute;n de vivienda no VIS. Con ejemplos ilustrativos se muestra que el subsidio se est&aacute; quedando corto frente al precio que ha adquirido la vivienda VIS; as&iacute; mismo, se muestra que no obstante la recuperaci&oacute;n que ha tenido el cr&aacute;dito de vivienda, su saldo a&uacute;n no llega a los niveles que hab&iacute;a alcanzado al momento de la crisis del sistema UPAC, si la comparaci&oacute;n se hace en pesos constantes.</p>     <p><b>Palabras claves</b></p>     <p> Vivienda, cr&eacute;dito de vivienda, Colombia, sistema UPAC.</p>     <p><b>Abstract</b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p> This article reviews the development of the financing for home purchasing in Colombia before and after the crisis of the UPAC system, their institutions and the major events occurring since the beginning of the UPAC to the end of the first half of 2011. In this article it is  analyzed the current structure of housing finance system for both, Social Interest Housing (SIH) and non SIH, the  existing supports, emphasizing the importance of housing subsidies to complete the necessary financing for non SIH purchases. Through two examples it is shown that the subsidy is not enough because of home prices; it is also shown that despite the recovery that has taken place, the financing outstanding balance for home purchases has not yet reached the levels it had when the UPAC system crisis occurred, as long as the comparison is done in constant pesos.</p>     <p><b>Key words</b></p>     <p> Housing, financing for home purchasing, Colombia, UPAC system.</p> <hr>     <p><font face="verdana" size="3"><b> INTRODUCCI&Oacute;N</b></font></p>     <p> La construcci&oacute;n de vivienda y, por consiguiente, el financiamiento para su adquisici&oacute;n, constituyen uno de los aspectos de pol&iacute;tica econ&oacute;mica m&aacute;s importantes en cualquier pa&iacute;s por el impacto que tienen sobre el crecimiento del PIB y la generaci&oacute;n de ingresos. En el caso colombiano, varios planes de desarrollo econ&oacute;mico se han apoyado sobre la construcci&oacute;n de vivienda y el financiamiento para su adquisici&oacute;n. Por ejemplo, en  1972, el plan de desarrollo econ&oacute;mico "<b>Las cuatro estrategias de desarrollo econ&oacute;mico</b>&rdquo<sup><a name="nr1"></a><a href="#1">1</a></sup>;  del presidente Andr&eacute;s Pastrana Borrero,  se&ntilde;alaba como una de ellas a la construcci&oacute;n de vivienda y su adquisici&oacute;n a trav&eacute;s de un sistema de financiamiento especial, el sistema de valor constante, conocido como UPAC. En este momento, el Plan de Desarrollo del presidente Juan Manuel Santos, <b>las locomotoras para el crecimiento</b>, se&ntilde;ala la locomotora de  vivienda como una de las cinco que van a jalonar el crecimiento econ&oacute;mico del pa&iacute;s.<sup><a name="nr2"></a><a href="#2">2</a></sup></p>     <p> En general, la situaci&oacute;n es similar en muchas econom&iacute;as; a manera de ejemplo, en Estados Unidos y Espa&ntilde;a la importancia de la construcci&oacute;n de vivienda y su financiamiento son cr&iacute;ticas en el crecimiento de la econom&iacute;a y en la generaci&oacute;n de empleo, tal y como ocurre en Colombia.  La cartera de vivienda<sup><a name="nr3"></a><a href="#3">3</a></sup>  en Colombia, al finalizar junio de 2011, totalizaba 25,2 billones de pesos, de los cuales 17,08 billones (67,8 %) se hab&iacute;an desembolsado en pesos y  8,10 (32,2%) billones de pesos se hab&iacute;an desembolsado en Unidades de Valor Real (UVRs). As&iacute; mismo, 17,0 billones de pesos (67,5%) se hab&iacute;an destinado a la adquisici&oacute;n de vivienda no VIS y 8,18 billones de pesos (32,5%), se hab&iacute;an aplicado a la adquisici&oacute;n de Vivienda de Inter&eacute;s Social (VIS). Los actores principales son los establecimientos de cr&eacute;dito, bancos principalmente, que sin incluir al Fondo Nacional del Ahorro, originan un 83% del cr&eacute;dito de vivienda.</p>     <p><font face="verdana" size="3"><b>DESARROLLO HIST&Oacute;RICO</b></font></p>     <p> En Colombia ha existido una larga tradici&oacute;n sobre financiamiento para la adquisici&oacute;n de vivienda. Algunos hitos en el desarrollo hist&oacute;rico:</p> <ol type="a">     <li>Rol del Banco Central Hipotecario en el financiamiento de vivienda y su financiamiento a trav&eacute;s de  la emisi&oacute;n de  las c&eacute;dulas de capitalizaci&oacute;n. Uno de los principales actores en el financiamiento de vivienda, antes de la creaci&oacute;n del sistema UPAC, fue el Banco Central Hipotecario (BCH), creado en 1932 como un banco hipotecario &#91;3 y 4&#93;.      <li>Otras entidades de creaci&oacute;n especial en la construcci&oacute;n y financiamiento de vivienda y de infraestructura urbana. Entre estas, se pueden mencionar el Instituto de Cr&eacute;dito Territorial (ICT), el Instituto Nacional de Vivienda de Inter&eacute;s Social y Reforma Urbana (INURBE) y la Financiera de Desarrollo Territorial (FINDETER). En este momento el INURBE, a trav&eacute;s del Fondo Nacional de Vivienda (FONVIVIENDA), con recursos del presupuesto nacional, y las cajas de compensaci&oacute;n familiar, con recursos provenientes del subsidio familiar, hacen  parte de un sistema que subsidia parcialmente la adquisici&oacute;n de vivienda de inter&eacute;s social.     ]]></body>
<body><![CDATA[<li>Creaci&oacute;n del sistema UPAC y las corporaciones de ahorro y vivienda para el otorgamiento de cr&eacute;dito de vivienda. En 1972 se cre&oacute; el sistema de valor constante para financiar la construcci&oacute;n y adquisici&oacute;n de vivienda, cuyos tres ejes principales fueron: la creaci&oacute;n de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), el sistema de establecimientos de cr&eacute;dito especializado para financiar cr&eacute;dito hipotecario o de vivienda en UPACs, - conocidos como corporaciones de ahorro y vivienda (CAV), que permitieron a miles de hogares colombianos la adquisici&oacute;n de una vivienda financiada principalmente en UPACs - y el Fondo de Ahorro y Vivienda (FAVI), como un fondo de redescuento en el Banco de la Rep&uacute;blica, para darle liquidez a las CAVs.     <p> La UPAC, era una unidad de cuenta legal, cuyo valor se ajustaba con la correcci&oacute;n monetaria, que en principio reflejaba cercanamente la inflaci&oacute;n del pa&iacute;s, de acuerdo con una f&oacute;rmula de ajuste. M&aacute;s tarde, las modificaciones que se hicieron a la correcci&oacute;n monetaria, para evitar que la UPAC creciera exageradamente y por ende los saldos de los cr&eacute;ditos en pesos, desdibujaron el sistema y condujeron a la crisis del UPAC, en el momento en que  la correcci&oacute;n monetaria se at&oacute; a la tasa DTF, buscando darle competitividad a las CAVs, una vez se liber&oacute; la captaci&oacute;n a trav&eacute;s de cuentas de ahorro con liquidez diaria.</p>     <li>Auge del sistema UPAC.     <p>Como se mencion&oacute;, el sistema UPAC creci&oacute; significativamente tanto en captaciones a trav&eacute;s de UPACs como en colocaciones a trav&eacute;s de la misma unidad de cuenta. La creaci&oacute;n del sistema de valor constante se acompa&ntilde;&oacute; de entidades de cr&eacute;dito especializadas para financiar al constructor y al adquiriente de vivienda en  UPAC, llamadas corporaciones de ahorro y vivienda (CAV), las cuales  fueron entidades financieras muy importantes y s&oacute;lidas, que se vieron seriamente afectadas durante la crisis del UPAC  y luego se transformaron en Bancos Comerciales.</p>     <p>El sistema UPAC, se convirti&oacute; en el principal proveedor de cr&eacute;dito para el constructor y para la adquisici&oacute;n de vivienda, y creci&oacute; r&aacute;pidamente desde 1974 hasta la crisis en los a&ntilde;os 1998 y 1999, que termina con su desaparici&oacute;n. Al finalizar el a&ntilde;o 1999, el saldo de la cartera hipotecaria para adquisici&oacute;n de vivienda era de $17.431.472 millones de pesos corrientes, que en pesos constantes del a&ntilde;o 2008, equivale a $30.580.265 millones de pesos del a&ntilde;o 2008, superior al saldo  del final del primer semestre del a&ntilde;o 2011, que era de $23.466.075 millones de pesos constantes del a&ntilde;o 2008. Lo anterior muestra que, a pesar del resurgimiento del cr&eacute;dito de vivienda experimentado en los &uacute;ltimos a&ntilde;os, su saldo actual en pesos constantes, es inferior al saldo experimentado al final del a&ntilde;o 1999, en plena crisis del sistema UPAC.</p>     <li>Crisis del sistema UPAC.     <p>La correcci&oacute;n monetaria utilizada para ajustar la UPAC, se at&oacute; a la tasa DTF &#91;5&#93;, para aumentar la competitividad de las corporaciones de ahorro y vivienda en la captaci&oacute;n de ahorro, una vez que se liber&oacute; la remuneraci&oacute;n del ahorro.</p>     <p>La resoluci&oacute;n 18 de 1995 de la Junta Directiva del Banco de la Rep&uacute;blica, estableci&oacute; el "c&aacute;lculo de la correcci&oacute;n monetaria como el equivalente al 74% del promedio m&oacute;vil de la tasa DTF efectiva" &#91;5&#93;. La tasa DTF efectiva semanal tuvo un comportamiento inesperado  entre la semana que comienza el 10 de octubre de 1994 y la semana que comienza el 3 de enero de 2000. En este per&iacute;odo se destaca un valor m&aacute;ximo de 38,66% en la semana que comienza el 26 de diciembre de 1994, un valor m&iacute;nimo de 22,83% en la semana que comienza el 22 de septiembre de 1997 y un valor de 37,17% en la semana que comienza el 9 de noviembre de 1998. Lo anterior, afect&oacute; significativamente la correcci&oacute;n monetaria, el valor de la UPAC y los saldos de los cr&eacute;ditos en UPACs,  en un per&iacute;odo en el cual los precios de la vivienda, se congelaron y, a&uacute;n, disminuyeron, como consecuencia de la recesi&oacute;n por la cual atraves&oacute; la econom&iacute;a colombiana. Esto alter&oacute; la estabilidad financiera de muchos hogares que hab&iacute;an financiado la adquisici&oacute;n de vivienda en UPACs, que era el sistema predominante; en muchos casos se lleg&oacute; a que el saldo del cr&eacute;dito era superior al valor de mercado de la vivienda.</p>     <p>La crisis de los deudores en el sistema UPAC, se mezcl&oacute; con la crisis del sector cooperativo y con una crisis econ&oacute;mica generalizada, que llevaron al gobierno nacional a expedir el decreto 2330 del 16 de noviembre de 1998, del Ministerio de Hacienda,  declarando la emergencia econ&oacute;mica y el decreto 2331 del 16 de noviembre de 1998, del Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico, "para resolver la situaci&oacute;n de los sectores financiero y cooperativo, aliviar la situaci&oacute;n de los deudores por cr&eacute;dito de vivienda y de los ahorradores de las entidades cooperativas en liquidaci&oacute;n"&#91;6&#93;. El 4 de marzo de 1999, se produjo el fallo de la Corte Constitucional, Sentencia C-136 del 4 de marzo de 1999, revisi&oacute;n del Decreto 2331, que defini&oacute; al cr&eacute;dito de vivienda como un cr&eacute;dito especial. Posteriormente y como parte de la soluci&oacute;n a la crisis del sistema UPAC, se dict&oacute; la Ley 546 de diciembre 23 de 1999 &#91;7&#93;.</p>     <li>Ley 546 de 1999     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Expedida el 23 de diciembre de 1999, como parte de la soluci&oacute;n a la crisis del sistema UPAC, establece el marco general legal para un sistema integral de financiamiento de vivienda.</p>     <li>Vivienda de Inter&eacute;s Social y Subsidios para la adquisici&oacute;n de vivienda VIS.     <p>El cr&eacute;dito de vivienda subsidiado se remonta a las &eacute;pocas del Banco Central Hipotecario, al Instituto de Cr&eacute;dito Territorial y &uacute;ltimamente al INURBE, como se ha destacado en este recuento hist&oacute;rico. La Ley 546 de 1999, en el cap&iacute;tulo VI,  establece una serie de definiciones y obligaciones sobre el financiamiento de la vivienda de inter&eacute;s social. Por citar un caso, se mencionan la obligatoriedad de los bancos a realizar inversiones forzosas en el financiamiento de vivienda VIS, obligatoriedad del gobierno nacional a destinar recursos del presupuesto nacional para subsidiar la adquisici&oacute;n de vivienda de inter&eacute;s social y la distribuci&oacute;n de los subsidios. Hoy existe un sistema muy s&oacute;lido de subsidios para completar el cr&eacute;dito que hacen los establecimientos de cr&eacute;dito y otras instituciones para la adquisici&oacute;n de vivienda de inter&eacute;s social, en cabeza del Fondo Nacional de Vivienda (FONVIVIENDA) y de las cajas de compensaci&oacute;n familiar (FOVIS), al cual se har&aacute; referencia posteriormente.</p>     </ol>     <p><a name="v35a12e1"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e1.jpg" />     <p align="center"><b>Javier Serrano Rodr&iacute;guez.</b> Foto: Laura Camacho Salgado</p>     <p><font face="verdana" size="3"><b>MARCO LEGAL ACTUAL DEL FINANCIAMIENTO DE VIVIENDA EN COLOMBIA</b></font></p>     <p> El cr&eacute;dito de vivienda, conocido anteriormente como cr&eacute;dito hipotecario, tiene un marco legal definido en Colombia, que arranca con su definici&oacute;n legal:</p>     <p> "Cr&eacute;dito de Vivienda: es el que se otorga a una persona natural o a una familia para la adquisici&oacute;n de vivienda, con un plazo mayor o igual a 5 a&ntilde;os, utilizando como garant&iacute;a hipotecaria la misma vivienda adquirida".&#91;7&#93;</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p> El marco legal actual parte del fallo de la Corte Constitucional frente a la constitucionalidad del decreto 2330, sobre emergencia econ&oacute;mica y la Ley 546 de 1999, espec&iacute;ficamente:</p>     <p><b>Fallo de la corte constitucional respecto al decreto 2331</b></p>     <p>El fallo de la Corte Constitucional contenido en la sentencia C-136 del 4 de marzo de 1999, Revisi&oacute;n del Decreto Legislativo 2331<sup><a name="nr4"></a><a href="#4">4</a></sup>  del 16 de noviembre de 1998, constituye el punto de partida para el marco legal actual del cr&eacute;dito de vivienda en Colombia. All&iacute; se reafirma nuevamente una definici&oacute;n de cr&eacute;dito de vivienda como un cr&eacute;dito especial y se especifican algunas caracter&iacute;sticas del mismo; entre otras se establece: el no a la capitalizaci&oacute;n de intereses; el saldo del cr&eacute;dito en la unidad contratada siempre tiene que disminuir; reliquidaci&oacute;n de los cr&eacute;ditos en UPACs a la fecha de expedici&oacute;n del fallo teniendo en cuenta la inflaci&oacute;n y no la tasa DTF para ajustar la correcci&oacute;n monetaria.</p>     <p><b>Ley 546, diciembre 23 de 1999</b></p>     <p> Sin entrar en el detalle de la Ley &#91;7&#93;, los aspectos principales tienen que ver con: regulaci&oacute;n de un sistema especializado de largo plazo para la financiaci&oacute;n de vivienda (Art&iacute;culo 1), ligado al IPC; definici&oacute;n del cr&eacute;dito de vivienda y de la vivienda de inter&eacute;s social VIS; creaci&oacute;n de la UVR  como unidad de cuenta para sustituir a la UPAC (Art&iacute;culo 3); conversi&oacute;n de las corporaciones de ahorro y vivienda en bancos hipotecarios o en bancos comerciales; prohibici&oacute;n del crecimiento del saldo del cr&eacute;dito de vivienda en la unidad que fue desembolsado; emisi&oacute;n de bonos hipotecarios y  la titularizaci&oacute;n de cartera hipotecaria como las principales fuentes de financiamiento para la adquisici&oacute;n de vivienda (Art&iacute;culos 8 y 12); exenci&oacute;n del impuesto de renta y complementarios, a los rendimientos financieros causados durante la vigencia de los t&iacute;tulos emitidos en procesos de titularizaci&oacute;n de cartera hipotecaria y de los bonos hipotecarios de que trata la presente Ley, siempre que el plazo previsto para su vencimiento no sea inferior a cinco a&ntilde;os (art&iacute;culo 16); en el momento est&aacute; exenci&oacute;n desapareci&oacute;; constituci&oacute;n de Patrimonios de Familia inembargables (Art&iacute;culo 22).</p>     <p><b>Decreto 2190 de 2009 sobre subsidios vivienda de inter&eacute;s social</b></p>     <p> El decreto 2190 del 12 de junio de 2009 por el cual "se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 1151 de 2007 en relaci&oacute;n con el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social en dinero para &aacute;reas urbanas" &#91;8&#93;, constituye la base para la asignaci&oacute;n de los subsidios de vivienda de inter&eacute;s social. Entre varias definiciones, en el art&iacute;culo 1 se definen, nuevamente, los conceptos de vivienda de inter&eacute;s social y vivienda prioritaria, a saber:</p>     <p> "Vivienda de Inter&eacute;s Social (VIS). Es aquella que re&uacute;ne los elementos que aseguran su habitabilidad, est&aacute;ndares de calidad en dise&ntilde;o urban&iacute;stico, arquitect&oacute;nico y de construcci&oacute;n cuyo valor m&aacute;ximo es de ciento treinta y cinco salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes (135 smlmv). Vivienda de Inter&eacute;s Social Prioritaria (VIP). Es aquella vivienda de inter&eacute;s social cuyo valor m&aacute;ximo es de setenta salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes (70 smlmv)" &#91;9&#93;.</p>     <p> Si se tiene en cuenta que el salario m&iacute;nimo legal vigente para el 2011 es de $536.600, los valores son respectivamente $37.562.000 para la prioritaria y $72.441.000 para vivienda VIS. El Decreto 2190 comprende 9 t&iacute;tulos, que reglamentan todo lo relacionado con  el subsidio familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social en dinero para &aacute;reas urbanas.</p>     <p>SITUACI&Oacute;N ACTUAL EN COLOMBIA: DEFINICI&Oacute;N, CIFRAS, ETC</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p> En el momento atravesamos por un <i>boom</i> econ&oacute;mico, que se refleja en un aumento de los precios de la vivienda, de las licencias de construcci&oacute;n y de los metros cuadrados construidos, tanto en vivienda VIS como no VIS, y por ende en un incremento del cr&eacute;dito para financiamiento de vivienda. El Plan Nacional de Desarrollo del presidente Santos contempla entre sus estrategias para acelerar el crecimiento econ&oacute;mico, la construcci&oacute;n de vivienda, conocida como la locomotora de la vivienda, con una meta ambiciosa de 1.000.000 de nuevas viviendas durante su per&iacute;odo presidencial. Algunos investigadores se&ntilde;alan con preocupaci&oacute;n, que se puede estar gestando una burbuja inmobiliaria y ven con preocupaci&oacute;n que en el mediano plazo se pudiera gestar una crisis inmobiliaria &#91;1&#93;.</p>     <p> En la figura 1, se presenta el comportamiento del saldo de la cartera bruta destinada a la adquisici&oacute;n de vivienda para un per&iacute;odo amplio en pesos corrientes, en el cual se destaca la ca&iacute;da del financiamiento institucional de vivienda con posterioridad a la crisis del sistema UPAC y del sistema financiero en general. Adem&aacute;s, se muestra el <i>boom</i> del cr&eacute;dito, que se vivi&oacute; con anterioridad a la crisis del sistema UPAC, mostrando el peligro de las burbujas inmobiliarias, tal y como hoy en d&iacute;a se sufren las consecuencias en Espa&ntilde;a y en los Estados Unidos, a las cuales se har&aacute; referencia en el siguiente numeral. Con anterioridad a la crisis del sistema UPAC, el cr&eacute;dito de vivienda se desembolsaba principalmente en UPACs y se financiaba con la captaci&oacute;n tambi&eacute;n en UPACs, a trav&eacute;s de cuentas de ahorro en el sistema de corporaciones de ahorro y vivienda que desapareci&oacute; como consecuencia de la Ley 546 de 1999. Luego de la crisis, el cr&eacute;dito se desembolsa en las dos monedas, UVRs y pesos, con predominancia del financiamiento en pesos, en la medida que se ha generado una prevenci&oacute;n contra un financiamiento en UVRs. Lo anterior fue consecuencia de la crisis del UPAC y del aumento de los saldos en pesos, que en general el ciudadano com&uacute;n no entiende, en la medida que avanza, durante los primeros a&ntilde;os de su vigencia, la amortizaci&oacute;n del cr&eacute;dito en UVRs.</p>     <p><a name="v35a12e2"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e2.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 1.</b> Saldo Total de Cartera de Vivienda en Colombia 1972-fecha.</p>     <p> Al finalizar el primer semestre de 2011, la cartera de vivienda alcanz&oacute; un  saldo igual a los 25,2 billones de pesos, discriminada entre 17,08 billones en pesos (67,83%) y 8,10 billones de pesos en UVR (32,17%); o como 17,0 billones en vivienda no VIS (67,51%) y 8,18 billones de pesos (32,49%) en vivienda de inter&eacute;s social (VIS).</p>     <p> En la figura 2, se presenta el saldo de la cartera de vivienda en pesos constantes del a&ntilde;o 2008. En la tabla 1, se destacan tres fechas correspondientes al saldo de la cartera de vivienda al final de los a&ntilde;os 1999, 2008 y septiembre de 2011, tanto en pesos corrientes como en pesos constantes del a&ntilde;o 2008. El aumento del financiamiento de vivienda VIS, por parte del sistema financiero, llev&oacute; a la eliminaci&oacute;n de la inversi&oacute;n forzosa para financiaci&oacute;n de vivienda VIS, que en alg&uacute;n momento tuvieron que hacer los bancos.</p>     <p align="center"><b>Tabla 1. </b>Saldo Cartera de Vivienda, fin de a&ntilde;o.</p>     <p><a name="v35a12e3"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e3.jpg" />     ]]></body>
<body><![CDATA[<p> En la tabla 1 sobresale que, pese al resurgimiento del cr&eacute;dito de vivienda que se observa en los &uacute;ltimos a&ntilde;os (figura 1), el saldo - en pesos constantes del a&ntilde;o 2008 - del final del 1999,  a&ntilde;o de la crisis del sistema UPAC, 30.580.265 millones de pesos constantes del a&ntilde;o 2008, contin&uacute;a siendo s uperior al saldo, tambi&eacute;n en pesos constantes del a&ntilde;o 2008, del fin de septiembre del 2011, 23.466.075 millones de pesos constantes del a&ntilde;o 2008, en un 30,32%.  Dado lo anterior, se evidencia la importancia del per&iacute;odo al que se hizo referencia en este documento como el per&iacute;odo de auge del sistema UPAC.</p>     <p><a name="v35a12e4"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e4.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 2.</b> Saldo cartera de vivienda en pesos 2008.</p>     <p> En las figuras 3 y 4 se muestra el crecimiento de la cartera, discriminada por tipo de unidad de cuenta (pesos, UVRs) y por tipo de vivienda (VIS y no VIS). En la tabla 2, se presentan las principales cifras relacionadas con la descomposici&oacute;n de la cartera de vivienda por unidad de cuenta (pesos, UVR) y por tipo de vivienda (VIS y no VIS). Se destaca el cambio en la unidad legal, con participaci&oacute;n mayoritaria del financiamiento en pesos, como consecuencia de la desconfianza que genera en el deudor el cr&eacute;dito en UVRs. Asimismo,  prevalece la importancia del cr&eacute;dito para vivienda VIS, no obstante que su participaci&oacute;n relativa ha venido disminuyendo en los &uacute;ltimos a&ntilde;os.</p>     <p align="center"><b>Tabla 2. </b>Saldo Cartera de Vivienda Fuente. DANE, v&iacute;a Internet</p>     <p><a name="v35a12e5"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e5.jpg" />     <p><a name="v35a12e6"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e6.jpg" />     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><b>Figura 3.</b> Comportamiento del cr&eacute;dito de vivienda seg&uacute;n unidad de cuenta.</p>     <p><a name="v35a12e7"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e7.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 4.</b> Comportamiento del Cr&eacute;dito de Vivienda, seg&uacute;n tipo de vivienda.</p>     <p> La tabla 3  indica la distribuci&oacute;n del cr&eacute;dito de vivienda por entidad originadora y el total de la cartera de vivienda; hay que tener en cuenta que la cartera originada por los establecimientos de cr&eacute;dito, exceptuando al Fondo Nacional del Ahorro (FNA), corresponde a la suma de la cartera de los establecimientos de cr&eacute;dito y la cartera de vivienda titularizada. En la tabla se muestra que los establecimientos de cr&eacute;dito, espec&iacute;ficamente los bancos, son los principales originadores del cr&eacute;dito de vivienda en Colombia. Aunque han aparecido nuevos actores, como cajas de compensaci&oacute;n familiar, cooperativas y fondos de empleados, su importancia relativa sigue siendo baja.</p>     <p align="center"><b>Tabla 3. </b>Cr&eacute;dito de vivienda por entidad, incluyendo cartera titularizada</p>     <p><a name="v35a12e8"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e8.jpg" />     <p> Al concluir el primer semestre del 2011, los establecimientos de cr&eacute;dito, sin incluir el FNA, originaban un 83% de la cartera de vivienda, porcentaje que se ha mantenido relativamente estable durante el per&iacute;odo analizado, primer trimestre de 2007, segundo trimestre de 2011. De igual manera es necesario destacar la importancia del FNA en el origen  de cr&eacute;dito de vivienda durante el per&iacute;odo analizado, que se mantiene alrededor de un 13% del cr&eacute;dito total de vivienda. Las cajas de compensaci&oacute;n familiar son muy importantes en la asignaci&oacute;n del subsidio para vivienda VIS, pero su importancia relativa en el origen  del cr&eacute;dito de vivienda en Colombia es bastante baja.</p>     <p> En la figura 5 se expone la tasa de inter&eacute;s para el cr&eacute;dito de vivienda en pesos para vivienda VIS y  NO VIS y su comparaci&oacute;n con la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito de consumo, durante el per&iacute;odo entre mayo del a&ntilde;o 2002 y agosto del a&ntilde;o 2011. Dos observaciones derivadas de la figura 10:</p>  <ul type="circle">     ]]></body>
<body><![CDATA[<li>Una diferencia significativa en el <i>spread</i> de tasas entre cr&eacute;dito de consumo y vivienda: al comienzo del per&iacute;odo analizado y luego  disminuye, como consecuencia del descenso general de las tasas de inter&eacute;s que se observ&oacute; durante el per&iacute;odo bajo consideraci&oacute;n. Sin embargo, la diferencia en tasas sigue siendo significativa.     <li>Una diferencia significativa entre la tasa de inter&eacute;s de vivienda VIS y la tasa de inter&eacute;s de vivienda no VIS al comienzo del per&iacute;odo analizado, que pr&aacute;cticamente ha desaparecido durante los &uacute;ltimos a&ntilde;os.     </ul>     <p><a name="v35a12e9"></a> Tasas de inter&eacute;s consumo, vivienda VIS, Vivienda No VIS</p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e9.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 5.</b> Tasas de inter&eacute;s consumo, vivienda VIS, vivienda No Vis.</p>     <p><font face="verdana" size="3"><b>CR&Eacute;DITO DE VIVIENDA EN ESTADOS UNIDOS, ESPA&Ntilde;A Y COLOMBIA</b></font></p>     <p> La situaci&oacute;n actual del Cr&eacute;dito de Vivienda en Colombia, presentada en el numeral anterior contrasta con la de Estados Unidos y Espa&ntilde;a. Mientras que, en la primera existe un <i>boom</i> de la construcci&oacute;n y un resurgimiento del cr&eacute;dito de vivienda, en las otras dos persiste una crisis econ&oacute;mica, una de cuyas causales fue el <i>boom</i> inmobiliario, que llev&oacute; a actuaciones que a&uacute;n son sujeto de investigaci&oacute;n, el cual  se refleja en un estancamiento del saldo del cr&eacute;dito de vivienda y en una disminuci&oacute;n de los desembolsos.</p>     <p> La crisis del mercado <i>subprime</i> en los Estados Unidos fue una de las causantes de la crisis financiera y por consiguiente de la crisis econ&oacute;mica que a&uacute;n afecta a ese pa&iacute;s.  El gobierno federal tom&oacute; medidas de salvamento con un impacto muy alto sobre las finanzas p&uacute;blicas, para as&iacute;,  solventar el sistema financiero afectado por la crisis hipotecaria y ayudar a los tenedores de vivienda para evitar que la pierdan, como consecuencia de la incapacidad para cumplir con sus obligaciones crediticias, o que se deteriore significativamente el precio de la vivienda, que sirve como colateral, o para prop&oacute;sitos de acumulaci&oacute;n de riqueza, en la medida que el vecindario se deteriora como consecuencia de los frecuentes remates, para saldar la obligaci&oacute;n financiera que se tiene con un establecimiento de cr&eacute;dito<sup><a name="nr5"></a><a href="#5">5</a></sup>.</p>     <p> En el cuadro 4, se expone el total del cr&eacute;dito hipotecario en los Estados Unidos, utilizado para el financiamiento de vivienda y su descomposici&oacute;n por el due&ntilde;o actual de la hipoteca. La cifra total equivale a un 94,74 % del Producto Interno Bruto para un valor estimado del PIB para Estados Unidos de 14,4 trillones de d&oacute;lares para el a&ntilde;o 2010 &#91;9&#93;. En el cuadro 4, se puede observar la importancia de las dos principales agencias gubernamentales que titularizan cartera hipotecaria o cartera para vivienda (Fannie Mae y Freddie Mac), con un total del 37,57% de la cartera hipotecaria para adquisici&oacute;n de vivienda &#91;9&#93;.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><b>Tabla 4. </b>Mercado Hipotecario en Estados Unidos, Segundo trimestre 2011</p>      <p><a name="v35a12e10"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e10.jpg" />     <p> La figura 6 refleja  el comportamiento de la cartera hipotecaria para adquisici&oacute;n de vivienda en Espa&ntilde;a. El saldo de la cartera, al finalizar el  2010, era de 1.059.504 millones de Euros. Adem&aacute;s se destaca el <i>boom</i> del cr&eacute;dito hipotecario para vivienda y su estancamiento en los &uacute;ltimos a&ntilde;os, como consecuencia de la crisis econ&oacute;mica  actual, la cual tuvo origen, entre otros, en las burbujas accionaria e inmobiliaria que existieron durante este per&iacute;odo. La figura 6  muestra el saldo total, el saldo de la cartera bancaria y el saldo de las cajas, al concluir  el 2010.</p>     <p><a name="v35a12e11"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e11.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 6.</b> Cr&eacute;dito Hipotecario en Espa&ntilde;a-Periodo 1986-2010</p>     <p><font face="verdana" size="3"><b>MATEM&Aacute;TICAS FINANCIERAS PARA EL CR&Eacute;DITO DE VIVIENDA</b></font></p>         <p> En contraste a lo que ocurr&iacute;a antes de la crisis del UPAC, en el momento actual los sistemas de amortizaci&oacute;n son pocos, ya que la legislaci&oacute;n existente excluye otras posibilidades (por ejemplo, capitalizaci&oacute;n de intereses). Los sistemas m&aacute;s utilizados son: cuota constante en pesos; cuota de amortizaci&oacute;n constante en pesos; cuota constante en UVRs; cuota de amortizaci&oacute;n constante en UVRs. En el caso colombiano existen dos unidades de cuenta para los cr&eacute;ditos de vivienda: UVR y peso.</p>     <p> Las matem&aacute;ticas financieras de un cr&eacute;dito de vivienda en pesos son similares a las de cualquier cr&eacute;dito en pesos (por ejemplo, consumo, comercial), pero,  cuando se utiliza como unidad de cuenta la UVR, la situaci&oacute;n se complica un poco m&aacute;s. Como ejemplo se analizar&aacute; un cr&eacute;dito por $100.000.000, tanto en pesos como en UVRs,<sup><a name="nr6"></a><a href="#6">6</a></sup>  a 180 meses, desembolsado el 26 de octubre de 2009, cuando el valor de la UVR era de $186,7159. La tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito en pesos era del 19% efectivo anual, equivalente a una tasa mensual en pesos del 1,46%; la tasa de inter&eacute;s en UVRs era de 14,42% efectivo anual, equivalente a una tasa mensual en UVRs del 1,13%. El sistema de amortizaci&oacute;n elegido fue un sistema de cuota constante durante la vigencia del cr&eacute;dito (180 meses).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p> Para las condiciones especificadas, el valor de la cuota resultante en pesos es de $1.576.151, que permanece constante durante la vigencia del cr&eacute;dito, tal como se muestra en la figura 7; cada cuota se descompone entre amortizaci&oacute;n a capital y pago de intereses. Al principio, la mayor parte de la cuota pagada corresponde a pago de intereses; al final, ocurre lo contrario, la mayor parte de la cuota corresponde a amortizaci&oacute;n a capital. Por ello, al principio, el saldo disminuye m&aacute;s lentamente que al final; el saldo en pesos disminuye continuamente, tal y como lo establece el fallo de la Corte Constitucional.</p>     <p><a name="v35a12e12"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e12.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 7.</b> Cuota constante, descomposici&oacute;n en amortizaci&oacute;n a capital e intereses</p>         <p> Para las condiciones especificadas, el valor de la cuota resultante en UVRs es de 6.970,97 UVRs por mes, que permanece constante en UVRs durante la vigencia del cr&eacute;dito. Nuevamente, cada cuota se descompone entre amortizaci&oacute;n a capital en UVRs y pago de intereses en UVRs. Al principio la mayor parte de la cuota pagada corresponde a pago de intereses en UVRs; al final, ocurre lo contrario, la mayor parte de la cuota corresponde a amortizaci&oacute;n a capital en UVRs.</p>     <p> Por ello, al principio, el saldo en UVRs disminuye m&aacute;s lentamente que al final; el saldo en UVRs decrece continuamente, como lo establece el fallo de la Corte Constitucional. No ocurre lo mismo con la cuota equivalente en pesos y con el saldo equivalente en pesos, cuando los valores en UVRs se liquidan al valor en pesos de la UVR, ajustada con la inflaci&oacute;n, como se puede observar en la figura 8, en la que se compara el valor de la cuota en pesos para los dos sistemas: cuota constante en pesos y cuota constante en UVRs.</p>     <p> Sin embargo, como la UVR se ajusta diariamente con la correcci&oacute;n monetaria, la cuota mensual equivalente en pesos, que es la cuota en UVRs liquidada al valor de la UVR en la fecha de pago, aumenta continuamente durante la vigencia del cr&eacute;dito.  Como se advierte en la figura 8: al comienzo la cuota equivalente en pesos del sistema de cuota constante en UVRs, es menor que la cuota en pesos del sistema de cuota constante en pesos (amortizaci&oacute;n a capital variable); lo contrario ocurre despu&eacute;s del mes 58, cuando la cuota mensual en pesos del sistema de cuota constante en UVRs, se vuelve mayor. Como consecuencia de lo anterior, el sistema de cuota constante en UVR, presiona menos la liquidez en el corto plazo, que el sistema de cuota constante en pesos, y ese es su atractivo principal.</p>     <p><a name="v35a12e13"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e13.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 8.</b> Sistema de cuota constante. Comparaci&oacute;n de la cuota entre pesos y UVRs</p>         ]]></body>
<body><![CDATA[<p> La figura 9 muestra el saldo del cr&eacute;dito de cuota constante, tanto en pesos como en UVRs. El saldo del sistema en pesos, como se mencion&oacute;, disminuye continuamente en la medida que avanza la amortizaci&oacute;n del cr&eacute;dito. Aunque el saldo en UVRs del sistema de cuota constante en UVRs tambi&eacute;n disminuye continuamente, el saldo equivalente en pesos aumenta al comienzo del cr&eacute;dito, como consecuencia del ajuste de la UVR con la inflaci&oacute;n, para volver a disminuir al final de la vigencia del cr&eacute;dito; el aumento del saldo equivalente en pesos ser&aacute; mayor en la medida que la inflaci&oacute;n tambi&eacute;n sea mayor.</p>     <p> Este comportamiento, que parece una contradicci&oacute;n al fallo de la Corte Constitucional, consistente en que el saldo del cr&eacute;dito no puede aumentar, no se comprende con frecuencia por quienes tienen cr&eacute;dito en UVRs.  Puesto que, al principio, cuando miran el extracto de su cr&eacute;dito en pesos, ven que el saldo del cr&eacute;dito est&aacute; aumentando y lo consideran como una desobediencia al fallo de la Corte Constitucional, lo cual no es cierto, porque el saldo del cr&eacute;dito en la unidad legal de cuenta contratada (UVRs) si est&aacute; disminuyendo.</p>     <p> Lo anterior ha tra&iacute;do como consecuencia que quienes van a tomar un cr&eacute;dito de vivienda, lo prefieran hacer en pesos, como se indic&oacute; previamente.</p>     <p><a name="v35a12e14"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e14.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 9.</b> Saldo del cr&eacute;dito en pesos y UVR. Comparaci&oacute;n del saldo entre cuota constante en pesos y en UVRs</p>             <p><font face="verdana" size="3"><b>FONDEO PARA EL CR&Eacute;DITO DE VIVIENDA</b></font></p>         <p> El fondeo para el cr&eacute;dito de vivienda se hace principalmente a trav&eacute;s de la emisi&oacute;n de bonos hipotecarios y de la titularizaci&oacute;n de cartera hipotecaria, seg&uacute;n  lo establece la ley 546 de 1999, para evitar el riesgo de tasa de inter&eacute;s originado en la brecha por la estructura a t&eacute;rminos de los activos y pasivos, al que est&aacute;n expuestos los establecimientos de cr&eacute;dito cuando financian cr&eacute;dito a largo plazo y a tasa fija con fuentes de financiamiento de corto plazo, por ejemplo, cuentas de ahorro y cuentas corrientes a la vista. La figura 10 registra el esquema general de titularizaci&oacute;n; en el caso colombiano la titularizaci&oacute;n de cartera hipotecaria se hace a trav&eacute;s de la Titularizadora de Colombia.</p>     <p> En el caso de los Estados Unidos,  Fannie Mae y Freddie Mac son las dos principales agencias titularizadoras de vivienda.  Los principales t&iacute;tulos que emiten se conocen con el nombre de <i>pass-through securities</i>, cuya fuente de pago es el patrimonio aut&oacute;nomo - universalidad en Colombia - constituido con la cartera de vivienda que se est&aacute; titularizando. De hecho, se reconocen con este nombre ya que todo el flujo que produce el patrimonio aut&oacute;nomo o la universalidad se transfiere a los tenedores de los t&iacute;tulos, previa deducci&oacute;n de la comisi&oacute;n de la agencia titularizadora y dem&aacute;s gastos que ocasiona el proceso de titularizaci&oacute;n<sup><a name="nr7"></a><a href="#7">7</a></sup>. La figura 10 muestra como se da el esquema general de titularizaci&oacute;n , que comprende los siguientes pasos principales:</p> <ol>     <li>Los bancos originan la cartera, que, m&aacute;s adelante,  va a ser titularizada, cuando otorgan un cr&eacute;dito para adquirir vivienda. En Colombia,  por definici&oacute;n de cr&eacute;dito de vivienda, es indispensable tener la vivienda adquirida como garant&iacute;a hipotecaria.     ]]></body>
<body><![CDATA[<li>Los bancos venden la cartera a una entidad titularizadora (por ejemplo, Fannie Mae en los Estados Unidos o la Titularizadora de Colombia en el caso colombiano).     <li>Con la cartera hipotecaria, procedente de diferentes bancos o establecimientos de cr&eacute;dito, se constituye un patrimonio aut&oacute;nomo, Trust en Estados Unidos o universalidad en Colombia, el cual va a servir como garant&iacute;a  y fuente de pago a los t&iacute;tulos que se van a emitir al mercado p&uacute;blico de valores (MPV).     <li>La entidad titularizadora, con cargo al patrimonio aut&oacute;nomo o a la universalidad, emite unos t&iacute;tulos al mercado p&uacute;blico de valores que utilizan como fuente de pago el flujo de caja que genera la cartera titularizada. En el caso colombiano, los t&iacute;tulos emitidos se conocen con el nombre de t&iacute;tulos hipotecarios (TIPS), mientras que en el caso de los Estados Unidos se conocen generalmente como <i>pass-through obligations</i>     <li>El establecimiento de cr&eacute;dito, originador de la cartera que ha sido titularizada, en general contin&uacute;a con la administraci&oacute;n de la misma, incluyendo el recaudo de la cartera.     <li>Los t&iacute;tulos emitidos al MPV, son adquiridos principalmente por inversionistas institucionales, tales como los fondos de pensiones, compa&ntilde;&iacute;as de seguros, <i>mutual funds</i> en Estados Unidos. En el caso colombiano, los adquieren parcialmente los mismos originadores.     <li>Los t&iacute;tulos emitidos tienen un flujo de caja esperado que corresponde al esquema de recaudo previsto si el recaudo de la cartera se realiza normalmente, teniendo en cuenta el &iacute;ndice de cartera vencida. Si el flujo de caja se estresa, como consecuencia de un aumento de la cartera vencida, el flujo de caja que le corresponde a los t&iacute;tulos, en el corto plazo, va a ser menor y por consiguiente tambi&eacute;n la rentabilidad. Si la tasa de inter&eacute;s de mercado cae por debajo de la tasa de inter&eacute;s promedio de la cartera, aumenta el riesgo de prepago y, por lo tanto, tambi&eacute;n se anticipa el flujo de caja que van a recibir los t&iacute;tulos, acortando su duraci&oacute;n promedio, con vencimientos en un momento en que las tasas de inter&eacute;s han ca&iacute;do.     <li>Lo anterior hace que la valoraci&oacute;n a precios de mercado de estos t&iacute;tulos sea un tanto m&aacute;s complicada. Por lo cual, algunos inversionistas institucionales no los adquieren en el monto que debieran, especialmente teniendo en cuenta que en Colombia la rentabilidad de los t&iacute;tulos era exenta de impuestos.     <li>En los Estados Unidos, para mitigar el riesgo de prepago, los <i>pass-through securities</i> resultantes de un "proceso de titularizaci&oacute;n de cartera para financiamiento de vivienda, se redistribuyen por categor&iacute;as de t&iacute;tulos con diferentes prioridades sobre el flujo de caja proveniente de la cartera hipotecaria, para generar un nuevo tipo de t&iacute;tulo llamado gen&eacute;ricamente como &laquo;<i>collateralized mortgage obligati&oacute;ns</i>&raquo;, CMO, que se vuelven m&aacute;s atractivos para los inversionistas institucionales" (p&aacute;gina 515) &#91;11&#93;. Los CMO son un caso particular de una clase de t&iacute;tulo conocido como los <i>asset-backed securities</i>; en Fabozzi se puede profundizar m&aacute;s sobre este tipo de t&iacute;tulos, muy populares entre inversionistas institucionales &#91;11&#93;. Brevemente y a manera de ejemplo, una estructuraci&oacute;n puede tener tres tramos, dependiendo de las prioridades sobre el flujo de caja proveniente del recaudo de la cartera titularizada, llamados generalmente como tramos A, B y C. El tramo A, tendr&iacute;a la prioridad sobre el flujo de caja, en forma tal que si &eacute;ste es mayor que la demanda en t&eacute;rminos de amortizaci&oacute;n y pago de intereses de los tenedores del tramo A, el remanente se aplica a los t&iacute;tulos del tramo B y as&iacute; sucesivamente.     </ol>     <p><a name="v35a12e15"></a></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e15.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 10. &#91;13&#93;</b> Esquema general de titularizaci&oacute;n (Estados Unidos y Colombia).</p>             <p><a name="v35a12e16"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e16.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 11.</b> Cartera Hipotecaria con y sin titularizaci&oacute;n(miles de millones de $).</p>             <p><font face="verdana" size="3"><b>POL&Iacute;TICA NACIONAL DE VIVIENDA EN COLOMBIA</b></font></p>             <p> La pol&iacute;tica nacional de vivienda en Colombia tiene instrumentos complementarios a la construcci&oacute;n de vivienda y  a su adquisici&oacute;n a trav&eacute;s de l&iacute;neas de cr&eacute;dito especializadas. Entre las diferentes componentes se pueden mencionar:</p>     <p> <b>Subsidio familiar de vivienda</b></p>     <p> Orientado a complementar el financiamiento para la adquisici&oacute;n de vivienda de inter&eacute;s social (VIS). Es un plan de subsidios del gobierno nacional con recursos del presupuesto nacional, a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, para trabajadores informales y desplazados principalmente y recursos del subsidio familiar a trav&eacute;s de las cajas de compensaci&oacute;n Familiar para sus afiliados principalmente. En numeral 3, literal C de este documento se hace referencia al decreto 2190 de 2009, que regula los aspectos m&aacute;s importantes de la asignaci&oacute;n y distribuci&oacute;n del subsidio familiar de vivienda.</p>     <p align="center"><b>Tabla 5. </b> Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Direcci&oacute;n del sistema habitacional subsidios asignados 1991-2010.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a name="v35a12e17"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e17.jpg" />     <p> En el cuadro 5   se registran los subsidios asignados para adquisici&oacute;n de vivienda durante el per&iacute;odo comprendido entre los a&ntilde;os 1991 y 2010. El total en valores nominales asciende a 2.120.883 millones de pesos, distribuido entre las diferentes entidades a trav&eacute;s de las cuales se puede tramitar un subsidio para completar el financiamiento para la adquisici&oacute;n de vivienda: FONVIVIENDA, anterior INURBE, Banco Agrario, para vivienda rural, cajas de compensaci&oacute;n familiar (por ejemplo, Cafam, Colsubsidio), Caja Popular de Vivienda Militar. El presupuesto asignado a FONVIVIENDA para el subsidio familiar de vivienda, a&ntilde;o 2012 en el proyecto de ley de presupuesto a&ntilde;o 2012 era de 793.214 millones de pesos &#91;14&#93;.</p>     <p> Es importante se&ntilde;alar que los subsidios presupuestados difieren significativamente de los subsidios ejecutados, en la medida que muchos hogares con subsidio familiar de vivienda asignado no logran un cierre financiero. Esto sucede  por diferentes razones entre las cuales se pueden mencionar: el tama&ntilde;o del subsidio frente al costo de la vivienda, el monto del aporte que tiene que hacer la familia, elevado frente a sus ingresos familiares y las limitaciones propias de un an&aacute;lisis de riesgo crediticio por parte de los establecimientos de cr&eacute;dito, teniendo en cuenta el porcentaje que representa la cuota del cr&eacute;dito frente a los ingresos del grupo familiar, que no debe superar el 30%.</p>     <p> En la figura 12, tomada de un informe de ASOCAJAS sobre subsidios, se observa la asignaci&oacute;n de &eacute;stos a trav&eacute;s de los FOVIS administrados por la Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar durante el per&iacute;odo 1997 a junio de 2011. Seg&uacute;n el mismo reporte &#91;14&#93;, la efectividad de los subsidios otorgados a trav&eacute;s de los FAVIS de las Cajas de compensaci&oacute;n familiar era del 83,49% en contraste con los subsidios asignados a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, que llegaba s&oacute;lo a un 42,27%</p>     <p><a name="v35a12e18"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e18.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 12.</b> N&uacute;mero y monto de subsidios a trav&eacute;s de los FOVIS.</p>             <p> <b>Fortalecimiento del sistema de financiaci&oacute;n de larto plazo</b></p>     <p> El cr&eacute;dito de vivienda propiamente dicho, como se ha se&ntilde;alado en varias ocasiones en las p&aacute;ginas anteriores, tanto en pesos como en UVRs, se desembolsa a trav&eacute;s de los establecimientos bancarios, el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) y las cajas de compensaci&oacute;n familiar. Los sistemas de amortizaci&oacute;n se han reducido significativamente, prevaleciendo los sistemas de cuota constante (pesos y UVRs) y amortizaci&oacute;n constante (pesos y UVRs). Al mismo tiempo, se han tomado medidas para evitar sistemas inviables, que lleven a un aumento del saldo en la unidad de cuenta contratado, prohibiendo la capitalizaci&oacute;n de intereses.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p> <b>Subsidio a la tasa de interes del cr&eacute;dito de vivienda</b></p>     <p> El decreto 1143 de 2009, Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico, reglament&oacute; un subsidio a la tasa de inter&eacute;s de nuevos cr&eacute;ditos de vivienda que se otorguen a partir de la fecha de emisi&oacute;n del decreto, consistente en la reducci&oacute;n de la tasa de inter&eacute;s de nuevos cr&eacute;ditos de vivienda, conocida como una permuta financiera durante los primeros siete (7) a&ntilde;os de la vigencia del cr&eacute;dito. El mencionado decreto, en su art&iacute;culo 1, estableci&oacute; un subsidio bajo la figura de una permuta de tasa de inter&eacute;s con cargo al fondo  <b>FRECH</b><sup><a name="nr8"></a><a href="#8">8</a></sup>  administrado por el Banco de la Rep&uacute;blica, durante los primeros 7 a&ntilde;os de la vigencia del cr&eacute;dito, siempre y cuando no se incurra en mora por m&aacute;s de tres meses consecutivos. M&aacute;s tarde, la resoluci&oacute;n 954 del Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico reglament&oacute; el Decreto 1143 del a&ntilde;o 2009, para cr&eacute;ditos nuevos para adquirir vivienda nueva entre el 10 de abril de 2009 y el 31 de diciembre del a&ntilde;o 2011.</p>     <p align="center"><b>Tabla 6. </b>Ministerio de Hacienda, Davivienda</p>     <p><a name="v35a12e19"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e19.jpg" />     <p> Para resaltar a&uacute;n m&aacute;s la importancia de este subsidio  a la tasa de inter&eacute;s o permuta como se le llama t&eacute;cnicamente, algunos bancos decidieron continuar con el subsidio a la tasa de inter&eacute;s por ocho a&ntilde;os m&aacute;s a los clientes que lo hayan obtenido y mantenido durante los primeros 7 a&ntilde;os. El requisito para el mantenimiento del subsidio es no colgarse en el servicio del cr&eacute;dito.</p>     <p> <b>Cobertura de inflaci&oacute;n para cr&eacute;ditos de vivienda</b></p>     <p> Es un esquema de coberturas para evitar el riesgo de un aumento en la inflaci&oacute;n para los cr&eacute;ditos contratados en UVRs, con recursos del presupuesto nacional, que limite el crecimiento de las cuotas y el crecimiento del saldo, cuando la inflaci&oacute;n aumente, evento bastante improbable en el momento actual. El subsidio deber&iacute;a administrarse por el Fondo de Garant&iacute;as de Instituciones Financieras (FOGAFIN); empero, el bajo nivel de inflaci&oacute;n experimentado en los &uacute;ltimos a&ntilde;os y las expectativas existentes hacen pr&aacute;cticamente innecesaria esta cobertura, por lo cual en la pr&aacute;ctica no tuvo mayor utilizaci&oacute;n.</p>     <p> <b>Garant&iacute;as para hogares informales</b></p>     <p> Garant&iacute;as para hogares informales y/o trabajadores independientes expedidas por FOGAFIN, para facilitar el acceso de estas familias o personas individuales al financiamiento de vivienda.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p> <b>Devoluci&oacute;n del IVA a constructores</b></p>     <p> En el caso de la vivienda de inter&eacute;s social, los constructores pueden solicitar la devoluci&oacute;n del impuesto de valor agregado (IVA).</p>     <p> <b><i>Leasing</i> habitacional</b></p>     <p> El <i>leasing</i> habitacional se encuentra reglamentado en Colombia y permite el acceso a vivienda, cuando no se cuenta con el ahorro necesario para la cuota inicial del cr&eacute;dito.</p>     <p> <b>Cuentas AFC</b></p>     <p> Cuentas de ahorro para el fomento de la construcci&oacute;n (AFC), que generan beneficios tributarios significativos en la medida que los dep&oacute;sitos que se hacen a una cuenta AFC, no constituyen ingresos gravables para prop&oacute;sitos de impuestos. Concisamente, si se gana 100 y deposita 20 en una cuenta AFC, para prop&oacute;sitos tributarios es como si sus ingresos gravables hubieran sido de 80, lo mismo que ocurre con los aportes a fondos voluntarios de pensiones (FVP). La diferencia principal es que, en el caso de un FVP, los recursos no se pueden retirar sin sanci&oacute;n, antes de 5 a&ntilde;os, mientras que,  en el caso de una cuenta AFC, los recursos se pueden retirar en cualquier momento antes de los cinco a&ntilde;os, para adquirir vivienda o para pagar las cuotas de un cr&eacute;dito para adquisici&oacute;n de vivienda.</p>     <p> <b>Sistema integral para el financiamiento de vivienda</b></p>     <p> En las figuras 13 y 14, se&ntilde;alan en forma esquem&aacute;tica el funcionamiento del sistema integral que existe en Colombia en el momento actual, para el financiamiento para la adquisici&oacute;n de vivienda, tanto para vivienda VIS como para vivienda no VIS. En la figura 13, se ilustra el caso de adquisici&oacute;n de vivienda VIS, para el caso m&aacute;s complejo cuando el cr&eacute;dito principal se otorga en UVRs y existe la posibilidad de obtener una cobertura para inflaci&oacute;n, que como se mencion&oacute;, limita el crecimiento de la cuota y del saldo equivalente en pesos, cobertura que en el momento actual no est&aacute; funcionando.</p>     <p> Para el caso de  la figura 13 operan todas las componentes del sistema integral de financiamiento directo y apoyos complementarios, descritos previamente.</p>     <p><a name="v35a12e20"></a></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e20.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 13.</b> Sistema integral de financiamiento y apoyos para la adquisici&oacute;n de vivienda VIS</p>             <p> Los apoyos mencionados facilitan y disminuyen el impacto financiero del servicio de la deuda del cr&eacute;dito, por ende mejoran el acceso de una familia a la adquisici&oacute;n de una unidad de vivienda, nueva o usada.  Para este caso, se supone que no tiene sentido ahorrar en una cuenta AFC; los valores num&eacute;ricos para un caso espec&iacute;fico se exponen en el cuadro 7.</p>     <p> En la figura 14, se muestra el sistema integral de financiamiento y apoyos para la adquisici&oacute;n de vivienda no VIS: un cr&eacute;dito para la adquisici&oacute;n de vivienda en UVRs, que se complementa con varios apoyos o incentivos tributarios. Para este caso, aplican la cobertura por inflaci&oacute;n para mitigar el riesgo de que aumente la cuota y el saldo equivalente en pesos y la permuta de tasas de inter&eacute;s para disminuir el tama&ntilde;o de la cuota en UVRs y en pesos.</p>     <p><a name="v35a12e21"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e21.jpg" />     <p align="center"><b>Figura 14.</b> Sistema integral de financiamiento y apoyos para la adquisici&oacute;n de vivienda NO VIS</p>             <p>En el caso de la figura 14 y para vivienda no VIS, no aplican los subsidios para completar el pago inicial, pero a&uacute;n se pueden utilizar la cobertura de inflaci&oacute;n y la permuta de tasas de inter&eacute;s. Esta &uacute;ltima, con el objetivo de disminuir el valor de la cuota equivalente en pesos durante los primeros 7 a&ntilde;os de vigencia del cr&eacute;dito. Aqu&iacute; operan los beneficios tributarios derivados de la cuenta AFC, en t&eacute;rminos del pago inicial y del pago de cuotas, siempre y cuando los mismos se hagan con cargo a recursos depositados en una cuenta AFC antes del pago respectivo. En el cuadro 7 se analiza el impacto financiero, sobre las finanzas del hogar, medido por la proporci&oacute;n que, sobre el ingreso familiar, representa la cuota que finalmente se paga despu&eacute;s de todos los apoyos. En el ejemplo, no se ha tenido en cuenta el subsidio (permuta) por tasas de inter&eacute;s. Los datos provienen de la oferta de una de las cajas de compensaci&oacute;n en Bogot&aacute; a sus afiliados<sup><a name="nr9"></a><a href="#9">9</a></sup> y los c&aacute;lculos son responsabilidad del autor.</p>     <p align="center"><b>Tabla 7. </b>Aplicaci&oacute;n del sistema integral para la adquisici&oacute;n de vivienda VIS en pesos</p>     <p><a name="v35a12e22"></a></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e22.jpg" />     <p> La primera columna en el cuadro 7, se muestra que con todos los apoyos, incluyendo un subsidio en el tope de la Caja de Compensaci&oacute;n, la cuota mensual a pagar representa un 46.83% del ingreso familiar mensual, que, para este caso, se supuso igual a 3 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes. Los analistas del riesgo crediticio conocen que la importancia relativa de la cuota a pagar respecto al ingreso no debe superar un 33%. Si este fuera el criterio, la persona tendr&iacute;a que aumentar el monto de su ahorro programado a trav&eacute;s de una cuenta de esta naturaleza en un banco o en una caja de compensaci&oacute;n familiar, tal y como se muestra en las siguientes dos columnas.</p>     <p> Para llegar a un porcentaje adecuado de la relaci&oacute;n, habr&iacute;a que aumentar el monto del ahorro programado de $14.193.400 a $29.807.600, en cuyo caso el porcentaje se disminuir&iacute;a a un 32.38%, que resultar&iacute;a aceptable. Sin embargo, el esfuerzo inicial, en t&eacute;rminos de ahorro programado, ser&iacute;a mucho m&aacute;s alto y podr&iacute;a dejar por fuera a muchos demandantes que tuvieran condiciones similares a las mostradas. Lo anterior,  pone en manifiesto que  por la imposibilidad de hacer el cierre financiero, muchos de los subsidios asignados no se desembolsan y no se convierten en vivienda adquirida. Esto muestra que los subsidios se pueden estar quedando cortos frente al valor que ha llegado a adquirir la misma vivienda VIS, aspecto que deber&iacute;a ser revaluado, en la medida que el esfuerzo que tiene que hacer el beneficiario, en t&eacute;rminos de servicio de una deuda y/o un ahorro programado, puede llegar a estar por fuera de su capacidad real, teniendo en cuenta el ingreso del grupo familiar.</p>     <p> El cuadro 8 presenta  el mismo an&aacute;lisis si el cr&eacute;dito se contrata en UVRs y se amortiza en UVRs. El monto de la cuota en UVRs, se convierte a una cuota equivalente en pesos. Al principio, la cuota equivalente en pesos es menor que cuando se utiliza el sistema de cuota constante en pesos, por consiguiente el demandante de vivienda tendr&iacute;a que hacer un esfuerzo financiero menor al principio de vigencia del cr&eacute;dito, esfuerzo que se ir&aacute; aumentando en los siguientes meses.</p>     <p align="center"><b>Tabla 8. </b>Aplicaci&oacute;n del sistema integral para la adquisici&oacute;n de vivienda VIS en UVRs</p>     <p><a name="v35a12e23"></a></p>     <p align="center"><img src="img/revistas/ring/n35/n35a12e23.jpg" />     <p> El porcentaje del 33% no se alcanza con un cr&eacute;dito de $50.614.200 que era el m&aacute;ximo que ten&iacute;a en ese momento la caja de Compensaci&oacute;n, cuyas cifras se utilizan en este ejemplo. No obstante, si se aumenta el valor del ahorro programado a $24.807.600, el porcentaje ser&iacute;a aceptable (31,06%) y el esfuerzo financiero en t&eacute;rminos de ahorro programado ser&iacute;a inferior al que se mostr&oacute; en el cuadro 3: $24.807.600 versus $29.807.600, cuando se tom&oacute; el financiamiento en pesos. Este ejemplo permite ilustrar la ventaja de un financiamiento en UVRs, versus un financiamiento en pesos: el esfuerzo financiero al principio es menor, al final mayor, cuando se supone han mejorado las condiciones de ingreso de la familia.</p>     <p><font face="verdana" size="3"><b>CONCLUSIONES</b></font></p>     <p> Las conclusiones principales, que se pueden extraer de lo expuesto en los numerales previos, son las siguientes:</p> <ul type="circle">     ]]></body>
<body><![CDATA[<li>En Colombia existe una tradici&oacute;n  y experiencia en el financiamiento para la adquisici&oacute;n de vivienda que data, al menos, de 1960 aproximadamente. Hoy se cuenta con un marco institucional s&oacute;lido, apoyos financieros significativos, especialmente para la adquisici&oacute;n de vivienda VIS, cr&eacute;dito a trav&eacute;s de los establecimientos de cr&eacute;dito incluyendo el Fondo Nacional del Ahorro, y las cajas de compensaci&oacute;n familiar.     <li>Varios hitos en el desarrollo hist&oacute;rico: c&eacute;dulas del BCH, creaci&oacute;n del ICT, creaci&oacute;n del INURBE, vigencia y auge del sistema UPAC, crisis del sistema UPAC, ley 546 de 1999, subsidios para el financiamiento VIS, <i>leasing</i> habitacional. Sin duda, los dos m&aacute;s importantes la creaci&oacute;n del sistema UPAC y m&aacute;s recientemente, el sistema integral de subsidios para la vivienda VIS, a partir del Decreto 2190 de 2009.     <li>Cr&eacute;dito de vivienda como un cr&eacute;dito especial, bastante regulado: definici&oacute;n legal, plazo mayor o igual a los 60 meses, no se pueden capitalizar intereses, el saldo del cr&eacute;dito no puede aumentar en la unidad legal contratada, no se pueden aumentar las tasas de inter&eacute;s despu&eacute;s de su desembolso, etc.     <li>Recuperaci&oacute;n del financiamiento para cr&eacute;dito de vivienda a trav&eacute;s de los establecimientos de cr&eacute;dito, despu&eacute;s de la crisis del sistema UPAC. El saldo de la cartera de vivienda, incluyendo la cartera titularizada, ha aumentado en pesos corrientes; sin embargo, en pesos constantes a&uacute;n no se llega al nivel alcanzado al momento de la crisis del sistema UPAC (por ejemplo, diciembre de 1999), a pesar del <i>boom</i> inmobiliario actual.     <li>Hoy, un sistema de financiamiento robusto, con un marco institucional definido, que incluye varias componentes:  establecimientos de cr&eacute;dito y otras instituciones (Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar, Fondo Nacional del Ahorro), <i>leasing</i> habitacional, cr&eacute;dito en dos unidades de cuenta (pesos y UVRs), subsidios con recursos del presupuesto nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA o con recursos del subsidio familiar a trav&eacute;s de las cajas de compensaci&oacute;n familiar, con una reglamentaci&oacute;n detallada derivada del decreto 2190 de 2009, coberturas de inflaci&oacute;n, subsidios o permutas de tasas de inter&eacute;s, etc.     <li>Financiamiento del cr&eacute;dito otorgado por los establecimientos de cr&eacute;dito en el mercado de capitales, a trav&eacute;s de la emisi&oacute;n de bonos hipotecarios y titularizaci&oacute;n de cartera de vivienda para evitar el riesgo de brecha por liquidez y por tasa de inter&eacute;s, derivado de un descalce en la estructura a t&eacute;rmino de la cartera  y de su fuente de financiaci&oacute;n.     <li>Incentivos tributarios a la inversi&oacute;n en bonos hipotecarios y en t&iacute;tulos procedentes de procesos de titularizaci&oacute;n de cartera hipotecaria desde la promulgaci&oacute;n de la ley 546 de 1999, que desapareci&oacute; al finalizar el 2010, encareciendo el fondeo del cr&eacute;dito de vivienda y, seguramente, motivando a los establecimientos de cr&eacute;dito a enfatizar otra vez el financiamiento en Unidades de Valor Real. El esfuerzo para colocar los t&iacute;tulos provenientes de un proceso de titularizaci&oacute;n va a ser mayor como consecuencia de la eliminaci&oacute;n del beneficio tributario.     <li>Cr&eacute;dito en pesos y en UPACs: la situaci&oacute;n actual muestra una preferencia del cr&eacute;dito en pesos, frente a la situaci&oacute;n anterior a la crisis, como consecuencia de la desconfianza que a&uacute;n genera el financiamiento en UVRs. El deudor promedio no entiende las razones por las cuales aumenta su saldo equivalente en pesos, en el corto plazo, cuando toma un cr&eacute;dito en UVRs.     <li>El financiamiento de vivienda VIS, a trav&eacute;s de los establecimientos de cr&eacute;dito, ha alcanzado un nivel importante como porcentaje del cr&eacute;dito total de vivienda, lo cual hizo innecesaria la inversi&oacute;n forzosa en el financiamiento de vivienda VIS, que alguna vez tuvieron que hacer los establecimientos de cr&eacute;dito.      <li>Una pol&iacute;tica de gobierno bien definida, con un impacto importante sobre el presupuesto nacional, que orienta recursos hacia el sector de vivienda (subsidios, coberturas, garant&iacute;as). El monto de subsidios presupuestado a trav&eacute;s de FONVIVIENDA para el 2012 asciende a la suma de 793.214 millones de pesos, suma importante que muestra el compromiso del gobierno actual con el financiamiento de vivienda VIS.     ]]></body>
<body><![CDATA[<li>Incentivos a la compra de vivienda a trav&eacute;s de beneficios tributarios: cuentas AFC y deducibilidad de los gastos financieros derivados de cr&eacute;ditos hipotecarios. No obstante, el n&uacute;mero de usuarios de las cuentas AFC es bajo y muchos hogares con posibilidades de acceder al mismo no lo hacen por falta de conocimiento, a pesar de que el subsidio para los estratos 4,5 y 6 puede llegar a significar en valor presente, porcentajes equivalentes al 40% del monto del cr&eacute;dito.     <li>Muchos de los subsidios asignados a los hogares no se utilizan por la imposibilidad de hacer un cierre financiero, como consecuencia de la relaci&oacute;n actual entre el monto del subsidio y el costo alcanzado por la vivienda VIS. El ingreso del grupo familiar es bajo y tendr&iacute;a que hacer un esfuerzo muy alto en t&eacute;rminos de ahorro programado o acceder a un cr&eacute;dito para el cual no tiene la capacidad de pago, que obviamente no pasa el an&aacute;lisis riguroso de un establecimiento de cr&eacute;dito.     </ul>     <p><b>NOTAS AL PIE</b></p>     <p><a href="#nr1">1</a><a name="1"></a> Departamento Nacional de  Planeaci&oacute;n, Plan de Desarrollo Econ&oacute;mico, Las Cuatro Estrategias 1970-1974 Las cuatro estrategias (1972) eran: Desarrollo urbano, con el fortalecimiento de la industria edificadora, especialmente construcci&oacute;n de vivienda y servicios complementarios; crecimiento de las exportaciones; aumento de la productividad agraria, con una mejor distribuci&oacute;n de la propiedad rural; distribuci&oacute;n del ingreso </p>     <p><a href="#nr1">2</a><a name="2"></a> Las Locomotoras para el Crecimiento Econ&oacute;mico. Las cinco locomotoras son: infraestructura, vivienda, agro, miner&iacute;a e innovaci&oacute;n.</p>     <p><a href="#nr1">3</a><a name="3"></a> Superintendencia Financiera de Colombia, "Cartera de vivienda son los cr&eacute;ditos individuales de cualquier monto utilizados para financiar la adquisici&oacute;n de vivienda nueva o usada, con un plazo entre 5 y 30 a&ntilde;os, que utiliza como garant&iacute;a hipotecaria la misma vivienda que ha sido adquirida", Circular B&aacute;sica Contable, numeral 3.1.2, reglas relativas a la gesti&oacute;n del riesgo crediticio.</p>     <p><a href="#nr1">4</a><a name="4"></a> Decreto 2331 de 16 de noviembre de 1998, por el cual se dictan medidas para resolver la situaci&oacute;n de los sectores financiero y cooperativo y para aliviar la situaci&oacute;n de los deudores por cr&eacute;dito de vivienda y de los ahorradores de las entidades cooperativas en liquidaci&oacute;n.</p>     <p><a href="#nr1">5</a><a name="5"></a> Foreclure en Ingl&eacute;s.</p>     <p><a href="#nr1">6</a><a name="6"></a> Ejemplo tomado de &#91;10&#93;.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a href="#nr1">7</a><a name="7"></a> Para mayor informaci&oacute;n y profundizaci&oacute;n sobre el tema, ver &#91;11, 12&#93;.</p>     <p><a href="#nr1">8</a><a name="8"></a> Fondo FRECH en el Banco de la Rep&uacute;blica, Fondo de reserva para la estabilizaci&oacute;n de la Cartera Hipotecaria, FRECH</p>     <p><a href="#nr1">9</a><a name="9"></a> Colsubsidio: cr&eacute;dito y apoyos para la adquisici&oacute;n de vivienda VIS.</p> <hr>     <p><font face="verdana" size="3"><b>REFERENCIAS BIBLIOGR&Aacute;FICAS</b></font></p>     <!-- ref --><p>&#91;1&#93; Departamento Nacional de Planeaci&oacute;n, 2010, Plan Nacional de Desarrollo Econ&oacute;mico.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000217&pid=S0121-4993201100030001200001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;3&#93; Decreto 711, Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000219&pid=S0121-4993201100030001200002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;4&#93; Decreto 945, Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000221&pid=S0121-4993201100030001200003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p>&#91;5&#93; Resoluci&oacute;n 18 de 1995 de la Junta Directiva del Banco de la Rep&uacute;blica.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000223&pid=S0121-4993201100030001200004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;6&#93; 2331 del 16 de noviembre de 1998, Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000225&pid=S0121-4993201100030001200005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;7&#93; Ley 546 de 1999, Ley de Vivienda.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000227&pid=S0121-4993201100030001200006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;8&#93; El decreto 2190 del 12 de junio de 2009.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000229&pid=S0121-4993201100030001200007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;9&#93; <i> Federal Reserve Board</i>. Noviembre 15 de 2011. Consultada en: <a href="http://www.federalreserve.gov" target="_blank">http://www.federalreserve.gov</a> &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000231&pid=S0121-4993201100030001200008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>&#91;10&#93; J. Serrano Rodr&iacute;guez, <i>Matem&aacute;ticas Financieras y Evaluaci&oacute;n de Proyectos</i>, Bogot&aacute;: Ediciones Uniandes y Alfa&oacute;mega, Segunda edici&oacute;n, 2010, pp.267-269.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000232&pid=S0121-4993201100030001200009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;11&#93; F. Fabozzi & F. Modigliani, <i>Capital Markets, Institutions and Instruments</i>, Tercera edici&oacute;n, Upper Saddle River, NJ: Prentice Hall, 1996, p.515.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000234&pid=S0121-4993201100030001200010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;12&#93; J. Serrano. Mercados Financieros: <i>Visi&oacute;n del Sistema Financiero Colombiano y de los principales mercados financieros internacionales</i>.  Colombia: Editorial Ariel, 2005.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000236&pid=S0121-4993201100030001200011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;13&#93; Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico, Proyecto de Ley de Presupuesto a&ntilde;o 2012.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000238&pid=S0121-4993201100030001200012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --></p>     <!-- ref --><p>&#91;14&#93; Asocajas, Sistema de Subsidio Familiar, Prestaciones Familiares para los trabajadores y sus familias. Consultada en: <a href="http://www.asocajas.org.co" target="_blank">http://www.asocajas.org.co</a> de Asocajas, <a href="http://www.federalreserve.gov/" target="_blank">http://www.federalreserve.gov/</a> &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000240&pid=S0121-4993201100030001200013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p>&#91;15&#93; Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Fecha de consulta: . Disponible en: <a href="http://www.minambiente.gov.co" target="_blank">http://www.minambiente.gov.co</a>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=000241&pid=S0121-4993201100030001200014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> ]]></body><back>
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<label>1</label><nlm-citation citation-type="">
<collab>Departamento Nacional de Planeación</collab>
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<label>4</label><nlm-citation citation-type="book">
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<source><![CDATA[Ley 546 de 1999, Ley de Vivienda]]></source>
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