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</front><body><![CDATA[   <font size="2" face="Verdana"> <font size="4">     <p>    <center><b>EDITORIAL</b></center></p></font>     <br>    <center>Juli&aacute;n Daniel L&oacute;pez-Murcia</center>    <br>     <p>En una sociedad tan autocritica y esc&eacute;ptica como la colombiana, que en sus medios de comunicaci&oacute;n, pel&iacute;culas y series de televisi&oacute;n solo presenta a la comunidad internacional aspectos como el narcotr&aacute;fico y la corrupci&oacute;n, es imperiosa la identificaci&oacute;n de logros colectivos, por lo menos, para contrastar esas im&aacute;genes. Por eso, en este editorial, quiero referirme al proceso de decisiones p&uacute;;blicas acertadas, que ha situado a Colombia como ejemplo para otras econom&iacute;as en desarrollo: el aumento hist&oacute;rico en cobertura y calidad de los servicios p&uacute;;blicos de agua, aseo, energ&iacute;a, gas y telecomunicaciones. Este proceso tuvo su origen en la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica colombiana de 1991.</p>     <p>Antes de la Constituci&oacute;n de 1991 y de su desarrollo por medio de las leyes 142 y 143 de 1994, la Mayor&iacute;a de las empresas prestadoras se dirig&iacute;a &quot;pol&iacute;ticamente" -sin noci&oacute;n alguna del costo/beneficio-; todas ellas prestaban sus servicios a una reducida parte de la poblaci&oacute;n -la de mayores recursos- y lo hac&iacute;an con p&eacute;sima calidad y por debajo de los costos, lo que les imped&iacute;a tener recursos para expandir y mejorar las redes. Sin embargo, era imposible subir las tarifas, porque los usuarios estaban inconformes por la baja calidad y los &quot;desconectados" no ten&iacute;an mecanismos para exigir su derecho a estos servicios. Todo esto iba en contrav&iacute;a de las obligaciones internacionales derivadas del Pacto Internacional de Derechos Econ&oacute;micos, Sociales y Culturales.</p>     <p>Ante esta precaria situaci&oacute;n, la arquitectura del cambio tuvo dos bases fundamentales. De un lado, la Constituci&oacute;n estableci&oacute;: (i) una extensa carta de derechos, como la vivienda digna y el agua potable; (ii) un criterio obligatorio de interpretaci&oacute;n de estos derechos ligado a los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia; (iii) una acci&oacute;n judicial altamente eficiente para su defensa -denominada acci&oacute;n de tutela-; y (iv) la Corte Constitucional y la Defensor&iacute;a del Pueblo, como &oacute;rganos enfocados en su protecci&oacute;n y desarrollo. Y de otro, una profunda modernizaci&oacute;n del aparato estatal, para romper el manejo clientelista e ineficiente de los servicios p&uacute;;blicos existente y para poder garantizarlos de manera sostenible.</p>     <p>Los constituyentes, en los art&iacute;culos 365 a 370, decidieron que (i) el Estado concurrir&iacute;a con los particulares en la prestaci&oacute;n de los servicios p&uacute;;blicos y (ii) lo afianzaron en el rol de garante o asegurador de la prestaci&oacute;n y en el ejercicio de la inspecci&oacute;n, control y vigilancia de los prestadores, por medio de un ente administrativo de inspecci&oacute;n, control y vigilancia. Igualmente, establecieron (iii) que la eficiencia ser&iacute;a la &quot;regla de oro" para p&uacute;;blicos y privados, (iv) que las tarifas reconocer&iacute;an todos los <i>costos eficientes </i>del prestador -no cualquier tipo de costos- y (v) que solo habr&iacute;a subsidios para el consumo b&aacute;sico de los m&aacute;s pobres.</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Todos estos cambios generaron una importante alza en las tarifas de los servicios p&uacute;;blicos. Y desde la expedici&oacute;n de la ley 142 de 1994 no han cesado las cr&iacute;ticas por ello. Sin embargo, gracias a estas buenas decisiones, Colombia sali&oacute; de la &quot;trampa de malos servicios" anterior a 1991. En esta trampa, solo ganaban los pol&iacute;ticos con los puestos y contratos que pod&iacute;an repartir, mientras el grueso de la poblaci&oacute;n se ve&iacute;a afectado, de forma directa, en sus derechos fundamentales al agua potable y a la vivienda digna y, de forma indirecta, por encontrarse en una econom&iacute;a sin la infraestructura b&aacute;sica -energ&iacute;a, agua y telecomunicaciones fiables- para el desarrollo de cualquier sector. Ambos efectos, evidentemente contrarios a la obligaci&oacute;n de progresividad de los derechos econ&oacute;micos, sociales y culturales.     <p>Gracias a los cambios constitucionales y a sus desarrollos legales y jurisprudenciales, de acuerdo con cifras oficiales, Bogot&aacute; pas&oacute; de una cobertura del 60% a principios de la d&eacute;cada del noventa hasta el 95% en 2001. En energ&iacute;a el&eacute;ctrica, para 2003, el pa&iacute;s ya ten&iacute;a una cobertura del 99,8% en las cabeceras municipales. En relaci&oacute;n con el gas, en los primeros seis a&ntilde;os del nuevo r&eacute;gimen (1994-2000), el n&uacute;;mero de suscriptores se duplic&oacute; bajo la iniciativa de empresas de distribuci&oacute;n de capital privado y por el esfuerzo estatal en la planeaci&oacute;n y financiaci&oacute;n de la red de gasoductos hacia el interior del pa&iacute;s. Y en cuanto a la telefon&iacute;a fija, la tasa de crecimiento en los noventa tuvo un 10% de promedio anual. De otro lado, al indagar sobre la calidad de los servicios en el a&ntilde;o 2004 respecto a la que ten&iacute;an diez a&ntilde;os antes, cuando fue expedida la Ley 142, el 54% de los encuestados afirm&oacute; que mejor&oacute;, el 38% que est&aacute; igual y el 8% restante que empeor&oacute;. Es destacable, que el grupo de personas de menores ingresos es el que percibe, en mayor proporci&oacute;n, una mejor&iacute;a.</p>     <p>Claro est&aacute;, no quiero sostener que se trate de un r&eacute;gimen perfecto. Para nadie es un secreto que es urgente llevar a cabo modificaciones que permitan aumentar la cobertura de agua potable en municipios peque&ntilde;os y en zonas rurales, y que es preciso encontrar mecanismos adicionales para volver a vivir un aumento significativo en las inversiones privadas en este sector, si queremos alcanzar la tan anhelada &quot;Prosperidad para Todos", lema del actual gobierno. Pero desconocer lo construido no es una opci&oacute;n. Los millones de colombianos que hoy tienen una vida m&aacute;s digna en su hogar y Mayores posibilidades de trabajo, en el comercio o en la industria, por los aumentos en cobertura y calidad de los servicios p&uacute;;blicos, son una raz&oacute;n m&aacute;s que suficiente para celebrar el &eacute;xito de este modelo &quot;hecho en Colombia", que hoy, como he evidenciado en las clases que imparto sobre &quot;regulaci&oacute;n de servicios p&uacute;;blicos para pa&iacute;ses en desarrollo" en universidades de otros pa&iacute;ses de la regi&oacute;n, que comparten nuestras limitaciones presupuestales y nuestros deseos de progresar, miran con inter&eacute;s y respeto.</p>     <p>Sea este editorial, no solo una oportunidad para exponer, brevemente, un aspecto, de los millones de aspectos positivos de Colombia, ante la comunidad acad&eacute;mica internacional, especialmente latinoamericana, sino el abrebocas de los an&aacute;lisis a los que se referir&aacute; nuestro pr&oacute;ximo n&uacute;;mero: <i>desaf&iacute;os, obst&aacute;culos y oportunidades en el derecho internacional para el desarrollo de infraestructura</i>. N&uacute;;mero en el que contaremos con el apoyo, en la coedici&oacute;n, de los abogados y profesores Juan Diego Mart&iacute;nez-Escobar y Antonio Leal-Holgu&iacute;n.</p> </font>      ]]></body>
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