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Revista Interamericana de Bibliotecología

versão impressa ISSN 0120-0976

Rev. Interam. Bibliot v.34 n.3 Medellín jul./dez. 2011

 

REVISIONES Y REFLEXIONES

 

Instrumentos para la gestión del derecho de autor en repositorios de Acceso Abierto

 

Tools for copyright management in Open Access repositories

 

 

Ana María Sanllorenti*; Lucía Pelaya**; Martín Williman***

* Directora, Biblioteca Central Doctor Federico Leloir ana@bl.fcen.uba.ar

** Directora, Biblioteca del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, Buenos Aires Luciaya@yahoo.com

*** Facultad de Ciencias Exactas y Naturales. Universidad de Buenos Aires, Biblioteca Central Doctor Federico Leloir martin@bl.fcen.uba.ar

 

Artículo recibido: 1 de septiembre de 2011 / Aprobación definitiva: 24 de febrero de 2012

 


Resumen

El propósito de este trabajo es presentar, describir y valorar los instrumentos políticos, normativos y legales que aplican las instituciones académicas y científicas, organismos de financiación de la investigación científica, estados nacionales y organismos regionales gubernamentales en la promoción de los repositorios institucionales y la gestión de los derechos de autor en la modalidad de Acceso Abierto de la comunicación científica. Se describen las características principales de las declaraciones y mandatos de Acceso Abierto, las autorizaciones para el depósito en repositorios, las adendas a las licencias de edición, las disposiciones normativas y directrices y las legislaciones nacionales referidas al Acceso Abierto, como instrumentos de diferente alcance institucional y jurisdiccional. Los documentos y datos estudiados se obtuvieron a partir del análisis de sitios web de América Latina, Estados Unidos y Europa, que mantienen repositorios institucionales, de entidades de financiación y de legislación nacional de España, Brasil, Argentina y Estados Unidos. Asimismo fue consultado ROARMAP (Registry of Open Access Repository Material Archiving Policies) y el Sherpa (Securing a Hybrid Environment for Research Preservation and Access)/Juliet, que analiza e informa sobre las políticas de Acceso Abierto de entidades de financiación. Las Conclusiones del trabajo sintetizan las formas en que los instrumentos analizados regulan las relaciones entre los diferentes actores de la comunicación científica en el modelo de Acceso Abierto, y reconocen sus roles y derechos. Se presentan reflexiones sobre el alcance e impacto de los instrumentos objeto de estudio.

Palabras clave: visibilidad; revistas científicas; producción científica; América Latina y el Caribe; SciELO; RedALyC; SCOPUS

Cómo citar este artículo: SANLLORENTI, Ana María, PELAYA, Lucía, WILLIMAN, Martín. Instrumentos para la gestión del derecho de autor en repositorios de acceso abierto. Revista Interamericana de Bibliotecología, 2011, vol. 34, no. 3, p. 313-328.


Abstract

The objective of this work is to introduce, to describe and to assess the legal, normative and political instruments adopted by research and academic institutions, funding agencies, national states and regional government agencies in promoting institutional repositories and managing copyright in the Open Access environment. The features of the main Open Access statements and mandates are described, as well as authorizations for the deposit in repositories, addendas to copyright transfer agreements with publishers, other regulations tools and national legislations related to Open Access, inasmuch as they represent instruments with diverse institutional and jurisdictional scope. Documents and data analyzed were drawn from the survey of websites in Latin America, United States and Europe running institutional repositories, of funding agencies and of national legislation in Spain, Brazil, Argentina and the United States. ROARMAP (Registry of Open Access Repository Material Archiving Policies) and Sherpa (Securing a Hybrid Environment for Research Preservation and Access)/Juliet on Open Access policies form funding institutions were also consulted. The conclusions summarise the way in which the analyzed instruments rule the relations among the different stakeholders in scientific communication in the Open Access model, also acknowledging their roles and rights. Finally, some reflections on the scope and impact of these instruments are presented.

Keywords: visibility; scientific journals; scientific production; Latin America and the Caribbean; SciELO; RedALyC; SCOPUS

How to cite this article: SANLLORENTI, Ana María, PELAYA, Lucía, WILLIMAN, Martín. Tools for copyright management in Open Access repositories. Revista Interamericana de Bibliotecología, 2011, vol. 34, no. 3, p. 313-328.


 

 

Instrumentos para la gestión del derecho de autor en repositorios abiertos

 

1. Introducción

La generación de conocimiento en la universidad y en otras instituciones académicas y científicas se concreta a través de una multiplicidad de formas y de obras, la mayoría de las cuales está sujeta al derecho de propiedad intelectual en sus dos categorías: derecho de autor y propiedad industrial, en este último caso principalmente patentes. Tesis, artículos, libros, presentaciones en congresos, materiales de enseñanza, bases de datos, diseños industriales y gráficos, entre otros, son ejemplos de la heterogeneidad de obras que la comunidad académica produce y que son objeto de regulación por la legislación nacional e internacional de propiedad intelectual. (Vives-Gracia, 2005).

En los modelos en que se comunica la ciencia como producto de la actividad de investigación en esas instituciones, se ponen en juego los principios, intereses y políticas respecto a la propiedad intelectual, y se manifiestan las tensiones producidas en los procesos de apropiación de los resultados de la investigación científica (Halsted, 2003). Estos elementos y procesos se expresan a través de la legislación, las políticas, las directrices y las herramientas legales que conforman el universo de instrumentos con que los países, las regiones, las instituciones y los autores cuentan para sustentar el desarrollo y la difusión del conocimiento científico y dar cumplimiento al derecho de autor vigente.

Actualmente pueden identificarse dos modelos en la comunicación formal de la ciencia, es decir, la que se realiza a través de publicaciones con referato. Uno es el tradicional, a través de las publicaciones periódicas, mayoritariamente gerenciadas por editoriales comerciales, en las que se publican los resultados de la investigación que se realiza en las instituciones científicas y académicas. Ni los autores, ni las instituciones académicas, ni los evaluadores que efectúan el referato de los artículos reciben retribución económica por las actividades de creación, evaluación o sustento de la investigación por parte de las editoriales. Es así que en este modelo se produce una transferencia gratuita del conocimiento científico desde estas instituciones hacia las editoriales privadas. Posteriormente, y a través de las suscripciones a las publicaciones periódicas, estas instituciones deben pagar para acceder al conocimiento que ellas mismas producen. (Gómez y Arias, 2002).

El otro modelo, surgido a partir de los años noventa en el seno mismo de la comunidad científica bajo la denominación de Movimiento de Acceso Abierto, concreta su propósito de disponer de los resultados de la investigación en forma libre, inmediata y permanente, a través de dos vías: los repositorios institucionales y temáticos y las revistas de Acceso Abierto . En el caso de los repositorios, las instituciones se reapropian de lo que producen y conservan derechos que les permiten la difusión abierta de la ciencia. (Kuramoto, 2006).

La convivencia entre estos dos modelos de comunicación de la ciencia no está exenta de tensiones individuales, institucionales y sociales. A nivel individual, los investigadores que ya valoran el Acceso Abierto enfrentan las presiones de publicar en revistas de alto impacto para otorgar puntaje a sus carreras, lo que obstaculiza la cesión de los trabajos para ser accedidos en los repositorios institucionales. Las instituciones que respaldan la comunicación abierta de la ciencia atraviesan las ataduras que los modos tradicionales de comunicación y evaluación de la producción científica plantean para la difusión amplia de la investigación y la mayor visibilidad institucional. Y la sociedad se encuentra con los obstáculos que la apropiación privada de los resultados de la investigación interpone al derecho de recibir los beneficios del avance científico que sostiene con el pago de impuestos. (Suber, 2004, 2009); (Anderson, 2004).

El modelo de Acceso Abierto ha planteado nuevas estrategias para la gestión de la propiedad intelectual, que evitan la cesión exclusiva de derechos por parte de los autores, permiten y alientan el crecimiento de los repositorios institucionales. Estas estrategias se manifiestan a través de instrumentos políticos, normativos y legales que los actores principales de la denominada Vía Verde del Acceso Abierto han establecido para la creación y mantenimiento de los repositorios.

Se considera actores principales de la Vía Verde a los autores/investigadores, las instituciones científicas y académicas, los organismos de financiación de la investigación científica, los estados nacionales y organismos regionales gubernamentales.

 

2. Metodología

El presente trabajo describe y analiza los instrumentos para la gestión del derecho de autor en repositorios, que tienen diferentes alcances institucionales y jurisdiccionales. Se trata de las declaraciones y los mandatos de las instituciones científicas y de los organismos de financiación de la investigación; las autorizaciones para el depósito en repositorios; las adendas a las licencias de edición que los autores incorporan a los acuerdos con las editoriales; las legislaciones nacionales y las recomendaciones, directrices y disposiciones de los organismos regionales gubernamentales.

Las razones por las que se ha escogido el análisis de estos instrumentos como objeto de estudio del presente trabajo se sitúan en sus atributos para posibilitar el crecimiento de los repositorios aplicando políticas institucionales, orientando la creación de repositorios y determinando los mecanismos y circuitos administrativos mediante los cuales las decisiones políticas y las directrices se hacen realidad. Estos instrumentos referidos al ejercicio de la propiedad intelectual, al tiempo de permitir nuevas formas de comunicación científica, no colisionan con las disposiciones de la legislación nacional e internacional en la materia.

Por otra parte, el análisis de los mismos permite la extracción de conceptos que contribuyen a la caracterización de la problemática de la gestión del derecho de autor en la construcción de repositorios institucionales.

No se abordan en este trabajo otro tipo de instrumentos institucionales para el desarrollo de los repositorios, tales como las líneas de sostenimiento de infraestructura y de servicios, las actividades de difusión, el apoyo económico y las actividades de supervisión, descritas por Abadal, et al. (2009). Tampoco hay referencias a los elementos para la elaboración de políticas de Acceso Abierto, que se presentan en el Directorio y Validador de políticas MELIBEA. Los indicadores y la metodología propuestos en el sitio Melibea constituyen una completa guía para la formulación y valoración de políticas de Acceso Abierto.

Se caracterizan entonces las Declaraciones y Mandatos, los Formularios de autorización, las Adendas a los contratos de edición, las Legislaciones y propuestas de Legislación Nacional y las Directrices y Disposiciones de organismos regionales europeos.

En las Conclusiones se sintetizan las formas en que –en el modelo de Acceso Abierto– estas herramientas regulan las relaciones entre los diferentes actores de la comunicación científica respecto de los derechos de autor y reconocen sus roles y atribuciones.

 

3. Análisis de los instrumentos para la gestión de derecho de autor

Declaraciones y Mandatos

Las instituciones académicas que han asumido la organización y mantenimiento de repositorios institucionales han encontrado diferentes instancias para la expresión de sus posturas, elaboración de disposiciones normativas y la organización de prácticas y procedimientos.

Las instituciones científicas manifiestan y establecen su apoyo al Acceso Abierto para la difusión de la ciencia, y lo hacen efectivo mediante los Mandatos a favor del Acceso Abierto, que alientan o exigen a los investigadores el depósito de sus obras en los repositorios.

Según la región, el tipo de derecho vigente y la cultura organizacional, los mandatos son establecidos dentro de las instituciones mediante distintos tipos de normas como resoluciones, disposiciones y decretos, entre otros.

Para llevar a cabo el análisis de las Declaraciones y Mandatos a favor del Acceso Abierto, se consultó ROARMAP (Registry of Open Access Repository Material Archiving Policies), que registra las políticas de archivo en repositorios de Acceso Abierto a nivel internacional y brinda información sistemática sobre sus aspectos más sobresalientes. En marzo de 2012 se registran 331 casos, de los que 312 son mandatos que ROAR identifica como plenos.

Se revisó la información contenida en la sección ''Policy Details'' sobre los mandatos registrados de América del Sur, una muestra de 20 mandatos de América del Norte, y los mandatos de Reino Unido, España, Portugal, Alemania y Francia.

En el análisis de las características de los mandatos no se utilizó la tipificación que ofrece ROARMAP, sino que se extrajeron criterios que se consideraron apropiados para una descripción con mayor detalle. Como resultado se obtuvo la siguiente tabla que propone una tipología de los mandatos:

 

 

Si bien los mandatos de entidades de financiación de la investigación científica y los proyectos de legislación que contienen políticas de alcance nacional se incluyeron en el análisis de la Tabla anterior, por su importancia se analizan por separado.

Los mandatos de las entidades de financiación de la investigación científica

Los mandatos de las entidades de financiación prescriben el depósito en Acceso Abierto de los trabajos de investigación que ellas sustentan.

En el Reino Unido, en el marco del proyecto SHERPA (Securing a Hybrid Environment for Research Preservation and Access), se han llevado a cabo importantes iniciativas para el Acceso Abierto. Una de ellas, Sherpa/ Juliet, analiza e informa sobre las políticas de publicación de entidades de financiación en relación con el Acceso Abierto. En marzo de 2012 se presenta información sobre mandatos de 67 instituciones de financiación.

En el estudio de estos mandatos es posible ver que 56 requieren el depósito en repositorios abiertos de los trabajos que financian. Adicionalmente 13 habilitan que el depósito sea en revistas de Acceso Abierto y 19 requieren el depósito de los datos previos, con el fin de facilitar la validación de las investigaciones y trabajos posteriores. En el conjunto analizado, 42 instituciones requieren el depósito de la versión completa del postprint resultante del proceso de revisión por pares o la versión del editor.

Como ejemplos muy importantes de entidades de financiación que requieren el depósito abierto de los resultados de la investigación pueden mencionarse el National Health Service, los Research Councils y Welcome Trust, del Reino Unido, los National Institutes of Health, de los Estados Unidos, el European Research Council y los Canadian Institutes of Health Research.

Las agencias estatales de financiamiento de la investigación de Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Hungría, Irlanda, Noruega, Suiza, Reino Unido, Canadá, Estados Unidos y Australia también han establecido el requerimiento del depósito en Acceso Abierto.

Autorizaciones para el depósito en repositorios

Con el fin de convenir las modalidades que los investigadores deciden para el depósito y acceso de sus trabajos en los repositorios, se utilizan contratos, acuerdos o autorizaciones. Mediante estos instrumentos las instituciones establecen con los autores de tesis, artículos o materiales de enseñanza, las formas del archivo, preservación y acceso a las obras a través de la Web en los repositorios.

En un estudio sobre autorizaciones de este tipo (Sanllorenti y Williman, 2009), se analizaron los formularios y/o textos de las declaraciones que deben firmar los autores de los repositorios de tesis de 14 instituciones académicas de Estados Unidos, Reino Unido, Brasil y Argentina que disponían a la fecha del estudio de los formularios en la Web o que respondieron a su envío luego de una solicitud.

La modalidad de las autorizaciones analizadas es heterogénea y varía desde formularios extensos en especificaciones hasta breves declaraciones textuales. Su estudio permitió extraer y agrupar ítems comunes.

En las autorizaciones para repositorios de tesis fue posible identificar cuatro aspectos sobre los que se establecen precisiones en dichos acuerdos: autoría, derechos patrimoniales de los autores, condiciones del depósito y condiciones del acceso:

Respecto de la autoría, en algunos casos se establece que son los autores los titulares de los derechos de sus obras y quienes deben autorizar su publicación en la Web. En el caso de las tesis, pueden requerirse adicionalmente las autorizaciones de los directores –quienes usualmente definen las líneas de investigación, conforman los equipos de investigación y orientan la elaboración de las tesis. Puede solicitarse también la autorización de un representante de la entidad que ha patrocinado o financiado total o parcialmente la tesis. Referido también a la autoría, en algunos casos se verificó la exigencia de una declaración de originalidad y de fidelidad respecto a la versión en papel.

Con relación a los derechos patrimoniales de las obras, se solicita a los autores declarar que poseen todos los derechos de explotación de las mismas, o especificar si los han cedido total o parcialmente y en qué condiciones. Si no tuvieran todos los derechos sobre el trabajo, o si incluyeran trabajos de terceros, se pide declarar que están autorizados por el o los titulares a subir el trabajo en el repositorio. Si la obra ha sido subsidiada por acuerdos con otros organismos distintos de la institución puede exigirse que se declare el cumplimiento con las obligaciones requeridas por tales acuerdos. También puede solicitarse aclaración sobre compromisos de confidencialidad y hasta expresión de la voluntad de eximir e indemnizar a la institución en caso de demandas derivadas de retener, editar, usar, reproducir o distribuir el trabajo depositado.

Para el acceso en línea de los trabajos de investigación, y también en el área de los derechos patrimoniales, generalmente los autores deben expresar que ceden de forma no exclusiva el derecho de publicación y otros usos en la Web del repositorio. Esta cesión de derechos puede especificarse en permisos de publicación para lectura, impresión y/o descarga, de difusión, de reproducción o copia, de edición y de traducción, todo ello sin resarcimiento económico o con fines no comerciales.

Las autorizaciones también establecen las condiciones del depósito de los trabajos de investigación en el entorno digital. A diferencia del entorno papel, el almacenamiento, preservación y difusión de las obras en el medio digital requiere de varios tipos de intervención sobre las mismas que, en cierto modo, pueden interpretarse como procesos de edición, ineludibles para garantizar la conservación y el acceso a largo plazo. En tal sentido pueden solicitarse permisos de los autores respecto de las siguientes actividades referidas a las obras: archivo o almacenamiento digital; conservación; incorporación a otras bases de datos; adaptación a diferentes interfaces de visualización; migración de formato y realización de copias. Estas acciones pueden complementarse con requerimientos por parte del área responsable de la gestión del repositorio, respecto de los tipos de formato digital en los que deben ser entregadas o depositadas las tesis digitales.

Como los compromisos de los autores con las editoriales para la publicación o explotación del contenido de los trabajos pueden condicionar o limitar el acceso en los repositorios, los acuerdos pueden limitar el alcance exclusivamente a usuarios de la institución o permitir el acceso irrestricto. Es posible también acordar el acceso total o parcial al texto o sólo a ciertos metadatos y establecer la autorización para acceso inmediato o con un plazo de embargo que varía entre seis meses y dos años.

Con independencia de los acuerdos establecidos entre las instituciones responsables de los repositorios y los autores de los trabajos mediante las autorizaciones descritas, algunos repositorios alientan la utilización de licencias del tipo Creative Commons, que establecen las modalidades de utilización que los autores deciden para sus obras.

Adendas a las licencias de edición

Un instrumento del que se valen los autores para retener derechos cuando firman los acuerdos de publicación con las editoriales, son las Adendas que anexan a los contratos o licencias de edición, cuando las editoriales lo permiten. Generalmente las editoriales exigen a los autores de los artículos la cesión exclusiva de los derechos de explotación de la obra, esto es, la distribución, reproducción y uso de la misma. La firma de estas licencias significa la pérdida casi total del control sobre la explotación de la obra, inclusive el archivo en repositorios o en sus páginas Web. Si en las licencias habituales, las editoriales no reconocen este derecho, se recomienda incluir una adenda en la que se especifique que el investigador puede depositar el artículo en repositorios o en sus páginas web, con el debido reconocimiento a la fuente editorial y el hipervínculo a la versión editada.

Varias organizaciones han establecido modelos para este tipo de Adenda, que posibilitan a los autores retener derechos para el depósito de sus trabajos en diferentes formas de Acceso Abierto o la reutilización de los mismos con fines no comerciales: Addendum de Science Commons; SPARC Author Addendum; SPARC Canadian Author Addendum instead; Copyright Toolbox: JISC and Surf Foundation y Canadian Model Publication Agreement.

Del análisis de estos modelos de adendas se concluye que el punto común es la cesión no exclusiva de los derechos de autor a la editorial. Los autores retienen derechos que les permiten utilizar los trabajos con fines didácticos, de investigación, o depositarlos en repositorios.

De otro lado, los editores obtienen derechos no exclusivos para publicar, distribuir el trabajo y obtener un beneficio económico, reciben el reconocimiento de la edición y la cita como revista de primera publicación y están autorizados a migrar el trabajo a futuros formatos e incluirlos en sus colecciones.

Las legislaciones nacionales

El avance del Acceso Abierto a la información científica recibiría un importante impulso y respaldo si fuera establecido por las legislaciones nacionales. Es indiscutible la fuerza que ejercería el establecimiento de políticas de Estado que constituyeran nuevas reglas de apropiación de los resultados de la investigación que, al tener status de ley, ejerciera su mandato sobre todas las instituciones científicas de un país, así como sobre los investigadores y demás actores de la producción científica.

El 12 mayo de 2011 se aprobó en España la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que incluye un título sobre la obligación de disponer en forma abierta de trabajos resultantes de la investigación sustentada con fondos del Estado. Esta es la primera ley nacional que logra ser sancionada.

Por su parte, Estados Unidos, Brasil y Argentina, cuentan con sendos proyectos de ley que se hallan en proceso de discusión parlamentaria. Entre los puntos fundamentales de dichos proyectos deben mencionarse la promoción del Acceso Abierto mediante la organización de repositorios y la obligatoriedad del depósito en repositorios abiertos para la investigación financiada con fondos públicos. Se trata de proyectos específicos sobre la aplicación del modelo de Acceso Abierto a obras resultantes de la investigación, con diferentes alcances institucionales y jurisdiccionales.

A continuación se presenta una tabla comparativa de las finalidades, alcances, asignación de responsabilidades y otras disposiciones de estas iniciativas:

 

 

Recomendaciones, directrices y disposiciones de los organismos regionales gubernamentales de la Unión Europea

Las recomendaciones, directrices y disposiciones de la Unión Europea que promueven el Acceso Abierto constituyen instrumentos de gran peso para el desarrollo del movimiento en los países europeos y también componen orientación para otras regiones del mundo.

Desde las directrices que promueven el carácter abierto de la comunicación científica hasta las más recientes decisiones del Consejo Europeo de Investigación (European Research Council), que establecen un mandato, estos lineamientos se complementan con las disposiciones de varias agencias nacionales europeas de financiación de la investigación científica que obligan al depósito de los trabajos sustentados con sus fondos, tal como se ha señalado anteriormente.

El Consejo de la Unión Europea, en el documento ''Council Conclusions on Scientific Information in the Digital Age: access, dissemination and preservation'', generado en la reunión de Bruselas el 22 y 23 de noviembre de 2007, define varias líneas de acción referidas a la generación de estrategias para el desarrollo científico de Europa con modelos para dar Acceso Abierto a la información científica; asegurar la preservación en el tiempo de la misma; asesorar a los investigadores acerca de la forma de gestionar los derechos de copyright sobre sus artículos; asegurar la sostenibilidad en el tiempo y la interoperabilidad de los repositorios institucionales y mantener presentes a científicos, fundaciones, bibliotecas y editores científicos en el debate sobre la gestión de la información.

Otro documento relevante es la ''Communication from the Commission to the European Parliament, the Council and the European Economic and Social Committee on Scientific Information in the Digital Age: access, dissemination and preservation'', emitido en Bruselas el 14 de febrero de 2007. En este documento se menciona que los organismos públicos financian alrededor de la tercera parte de la investigación en Europa, por lo que tienen un claro interés en optimizar el sistema de información científica.

Es por ello que la Unión Europea invertirá cerca de €50 mil millones en el Seventh Framework Programme (FP7) en proyectos de investigación y desarrollo para el período 2007-2013. En el marco del FP7, la Comisión de las Comunidades Europeas tomará medidas para promover y alentar el acceso a las publicaciones resultantes de las investigaciones financiadas con sus fondos y emitir directrices específicas para la publicación de artículos en repositorios abiertos después del período de embargo.

En consecuencia se establece que los investigadores deben depositar sus artículos o manuscritos en un repositorio relevante, inmediatamente después de la aceptación para su publicación en Acceso Abierto, dentro de los 6 o 12 meses posteriores a la publicación, según el área de investigación dentro del Programa FP7.

En relación con los compromisos adquiridos por los investigadores con las editoriales comerciales, se solicita que se realicen los esfuerzos necesarios para negociar condiciones de copyright que permitan el Acceso Abierto en los repositorios en el menor plazo posible.

En forma adicional, en las ''Scientific Council Guidelines for Open Access'', del European Research Council, del 17 de diciembre de 2007, se establece como requisito que todas las publicaciones con referato, provenientes de los proyectos de investigaciones financiados por el organismo, sean depositadas en repositorios de investigación tales como PubMed Central, ArXiv o repositorios institucionales y sean de acceso público dentro de los seis meses siguientes a su publicación. Este mandato se extiende a la información primaria, para que sea depositada en bases relevantes lo antes posible, y nunca después de los seis meses a partir de la fecha de su publicación. Al mismo tiempo, el ERC expresa la conveniencia de acortar aún más el período entre la publicación y el Acceso Abierto.

 

4. Conclusiones

Los instrumentos descritos en el presente artículo regulan las relaciones entre los diferentes actores de la comunicación científica en el modelo de Acceso Abierto y reconocen sus roles y derechos.

En el análisis de los Mandatos a favor del Acceso Abierto se han identificado elementos comunes que se manifiestan en consideraciones relacionadas con el reconocimiento de los roles y derechos de los diferentes actores de la comunicación científica: los de las instituciones en cuyo marco se realiza investigación, los de los investigadores y los de las editoriales científicas.

Es así como entre los criterios de tipificación propuestos en la Tabla 1, los seis primeros dan cuenta de las características institucionales y jurisdiccionales de los mandatos. El criterio ''tipo de vinculación institucional'' se refiere a la relación académica o de financiación que el investigador tiene con las instituciones. Por último, las excepciones y la posibilidad de embargo dan cuenta del respeto a la legislación vigente de derecho de autor, a los derechos de los autores y a la relación con las editoriales.

Adicionalmente, en el análisis específico de los Mandatos de instituciones financieras, estas determinan pautas dirigidas a los autores, en el sentido de la elección de la Vía Verde o la Dorada –publicaciones de Acceso Abierto– y la obligación de depositar determinadas versiones de los trabajos y aun los datos previos. En algunos casos permiten períodos de embargo, reconociendo el espacio de las editoriales.

En el caso de Autorizaciones para el depósito de obras en repositorios, los elementos comunes expresan la regulación de derechos y relaciones entre las instituciones y los autores a través de las opciones de reconocimiento de los derechos morales de estos últimos y de la cesión parcial de los derechos patrimoniales a las instituciones. Por otra parte, se pauta la relación entre las obras depositadas y la comunidad de consulta a través de los modos de uso que se permiten.

Las adendas a los contratos de edición que los autores pueden intentar suscribir con las editoriales constituyen un instrumento para la negociación individual de los investigadores, con el fin de que estos puedan retener algunos derechos de reproducción y difusión de sus obras.

Del análisis de los proyectos de legislación nacional se desprende el rol destacado del Estado –representado por algunos organismos especialmente designados, que establece reglas para los demás actores de la comunicación científica que son alcanzados por la financiación pública. Se determinan las obligaciones de los autores en cuanto a la entrega de sus trabajos para el Acceso Abierto, y de las instituciones de investigación científica a establecer políticas y a crear y mantener repositorios abiertos. En ciertos proyectos se consignan algunas especificaciones técnicas respecto de los tipos de documentos e información a depositar, las excepciones a la obligación de depositar y alternativas posibles, y el establecimiento de sanciones por incumplimiento de las disposiciones legislativas.

 

5. Reflexiones acerca del impacto de los instrumentos de gestión del derecho de autor en repositorios de acceso abierto

El acceso abierto es un nuevo modelo de comunicación científica que conlleva nuevas formas de apropiación y uso de los resultados del avance científico. En tensión con el modelo tradicional de comunicación a través de las revistas editadas por editoriales, principalmente comerciales, procura ampliar su alcance y ganar espacios mediante diferentes tipos de instrumentos políticos, comunicacionales, tecnológicos, organizacionales, normativos y legales. En este texto se han analizado los instrumentos que permiten la gestión del derecho de autor en repositorios institucionales.

Estos instrumentos son varios, utilizados y aplicados por diferentes actores y tienen distinto nivel de alcance e impacto.

Aunque debe considerarse el enorme valor de las actividades de sensibilización y los estímulos para los investigadores, el crecimiento de un repositorio institucional depende en buena medida de la existencia de mandatos institucionales que exijan el autoarchivo por parte de los autores de la producción de la institución. A nivel institucional, los Mandatos a favor del Acceso Abierto actúan como fuertes impulsores del crecimiento de los repositorios abiertos en las organizaciones que los adoptan (Hanard, et al. 2006); (Hanard, et al., 2008). Si bien la conciencia de los investigadores acerca de los beneficios de la difusión abierta de la ciencia juega un importante rol, el crecimiento de los repositorios no puede depender de la voluntad individual de los científicos para depositar sus trabajos, y resultan necesarias las herramientas que obliguen al depósito o a la publicación en revistas de Acceso Abierto. (Haddow, 2008); (Keefer, 2007)

La decisión de las entidades nacionales y regionales de financiación en varios países del mundo desarrollado respecto de establecer como requisito para el otorgamiento de fondos el depósito abierto de los trabajos resultantes de la investigación científica, ha significado un salto cualitativo muy importante en el avance del Acceso Abierto, por cuanto ejerce una prescripción sobre los investigadores, estableciendo un mecanismo de reapropiación colectiva de los resultados de la investigación que ayudan a sostener. Por esa razón, las disposiciones y mandatos de las entidades financiadoras de la ciencia avanzan desde un lugar fundamental para reforzar el modelo de la comunicación abierta de la ciencia.

Mediante los acuerdos, formularios y otras formas que adoptan las autorizaciones de los autores para depositar y dar acceso a sus trabajos en los repositorios, instituciones e investigadores han encontrado formas de adecuarse al nuevo modelo, evitando la cesión exclusiva de derechos y respetando la mutua posibilidad de utilizar, difundir y preservar los resultados de la investigación científica.

Los modelos de adendas para que los científicos gestionen la retención de derechos frente a las editoriales son herramientas de negociación individual, cuya eficacia depende de la posición de las editoriales y de la capacidad de pactar de cada autor.

En este escenario, y mediante estos instrumentos normativos y legales, las instituciones científicas hallan vías para el desarrollo de los repositorios, reapropiándose de la producción científica que generan. Sin embargo, para trascender el alcance de la conciencia de los investigadores y el de la voluntad de las instituciones son imprescindibles las legislaciones nacionales que den forma a políticas públicas que sienten bases firmes para la difusión abierta de la ciencia, modificando efectivamente los modos en que la ciencia es apropiada y utilizada.

De este modo los Estados, aportantes netos de los fondos que sostienen la mayor parte de la investigación científica, deberían obligar a depositar y difundir los resultados de la investigación, promoviendo legislaciones que permitan establecer una nueva matriz de relaciones sociales entre la producción y la transmisión de la ciencia, poniendo límites a las corrientes privatizadoras del conocimiento.

A partir de las Declaraciones fundantes del Movimiento de Acceso Abierto, Budapest (2002), Bethesda (2003) y Berlín (2003), se sucedieron numerosos manifiestos de sociedades profesionales y organismos internacionales en apoyo al Acceso Abierto, entre otras UNESCO, IFLA y OCDE, así como las ya mencionadas de la Comunidad Europea.

Por último, no puede soslayarse una reflexión acerca de la íntima relación entre los modelos de comunicación de la ciencia, que al implicar los derechos de explotación de la difusión de los resultados de la investigación, se constituyen en modos de apropiación de la misma, y el sistema de evaluación de la productividad científica. Junto a la transferencia de los conocimientos producidos por las instituciones científicas a las editoriales comerciales que importa el modelo tradicional, también se han trasladado a las mismas manos parte de los mecanismos de evaluación de los resultados de la investigación.

El criterio de evaluación de la carrera científica, medido casi exclusivamente a través de los índices de impacto de las publicaciones de artículos en las revistas de editoriales comerciales, significa la cesión, por parte de las instituciones y de los países, de un resorte esencial para el control del desarrollo y de la evaluación de la ciencia. Aun más, esta transferencia de los mecanismos de evaluación puede limitar las herramientas de control y ejecución de las políticas científicas. Estados e instituciones deberían incluir otras formas de apreciación de la producción científica. Un paso en este sentido podría consistir en la valoración positiva del depósito en medios de Acceso Abierto, con puntajes específicos para los investigadores. Esta medida se convertiría, además, en un estímulo interesante para el crecimiento de los repositorios y contribuiría a la incorporación de otros criterios para la evaluación de la producción científica.

 

Referencias bibliográficas

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NOTAS

1 Según el artículo 4° de la Ley 25.467, el SNCTI de Argentina se constituye ''por los órganos políticos de asesoramiento, planificación, articulación, ejecución y evaluación establecidos por la presente ley; por las universidades, el conjunto de los demás organismos, entidades e instituciones del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del sector privado que adhieren a esta Norma''. Disponible en: (http://www.mincyt.gov.ar/multimedia/archivo/archivos/ley_25467_Sistema_nacional_de_Ciencia_Tecnologia_e_Innovacion.pdf)