SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
 issue52Feeling Disability in Neoliberal Times: Cruel Optimism and FailureAɨdaɨza and baa wa waljai wa wa: Stories, Visions, and Frameworks on "Disability" from two Indigenous Worlds in Colombia author indexsubject indexarticles search
Home Pagealphabetic serial listing  

Services on Demand

Journal

Article

Indicators

Related links

  • On index processCited by Google
  • Have no similar articlesSimilars in SciELO
  • On index processSimilars in Google

Share


Nómadas

Print version ISSN 0121-7550On-line version ISSN 2539-4762

Nómadas  no.52 Bogotá Jan./June 2020

https://doi.org/10.30578/nomadas.n52a4 

Contra-anti-capacitar(nos)

Discapacidad y trabajo: la individualización de la inclusión bajo lógicas coloniales contemporáneas*

Deficiência e trabalho: a individualização da inclusão sob lógicas coloniais contemporâneas

Disability and Labor: The Individualization of Inclusion Under Contemporary Colonial Logics

Lorena Núñez Parra** 

** Candidata a Doctora del Programa de Doctorado en Psicología de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (Chile) y Magíster en Integración de Personas con Discapacidad de la Universidad de Salamanca (España). Tesista del Centro Núcleo Milenio Autoridad y Asimetrías de Poder. E-mail: lorenaconstanza@gmail.com


RESUMEN

Este estudio explora cómo son configuradas las personas con "discapacidad" mediante una nueva normativa de inclusión laboral, instalada en un contexto de políticas del desarrollo social intensamente mercantilizadas. Mediante un análisis del discurso y con base en los estudios críticos de discapacidad, los resultados presentan una construcción neocolonial del cuerpo "discapacitado". El artículo afirma que se instala la idea de sujeto incompleto, mientras la inclusión es abordada como un proceso de responsabilidad individual, mediante acciones dirigidas a su normalización capacitista.

Palabras clave: inclusión laboral; discapacidad; decolonialismo; trabajo; estudios críticos; análisis del discurso

RESUMO

Este estudo explora como são configuradas as pessoas com "deficiência" através de uma nova normativa de inclusão no trabalho, instalada em um contexto de políticas de desenvolvimento social intensamente mercantilizadas. Através de uma análise do discurso e com base nos estudos críticos da deficiência, os resultados apresentam uma construção neocolonial do corpo "deficiente". O artigo afirma que se instala a ideia de sujeito incompleto, enquanto a inclusão é abordada como um processo de responsabilidade individual, através de ações dirigidas a sua normalização capacitista.

Palavras-chave: inclusão no trabalho; deficiência; decolonialismo; trabalho; estudos críticos; análise do discurso

ABSTRACT

This study explores how people with "disabilities" are configured through a new labor inclusion regulation, installed in a context of intensely commodified social development policies. Using discourse analysis and a basis on critical disability studies, the results present a neocolonial construction of the "disabled" body. The article states that while the idea of an incomplete subject is installed, the approach on inclusion shows a process of individual responsibility that promotes actions aimed at his/her ableist normalization.

Keywords: Labor Inclusion; Disability; Decolonialism; Work; Critical Studies; Discourse Analysis

Introducción

En las últimas décadas, el rol predominante del Estado se fue transformando, transitando hacia un régimen gubernamental neoliberal supeditado al funcionamiento del mercado (López, 2004). Esta "racionalidad económica" se fue instalando como único modo de crecimiento y desarrollo social de los países, posicionándose cada vez con más fuerza en América Latina (Dussel, 2006). Así, desde una perspectiva eurocéntrica del ser, el hacer y el conocer (Mignolo, 2016; Quijano, 2000), estos valores propios del mercado han forzado una homogeneización de las prácticas sociales, limitando las oportunidades para la emergencia de un pensamiento local, de comunidad y diversidad (Mandiola, Imas y Ascorra, 2014). En este sentido, los principios neoliberales han permeado no sólo el ámbito económico, sino también el político, el social y el cultural (Ortiz, 2014), instalándose como un marco de acción colectiva que ha penetrado en nuestras subjetividades (Sisto, 2019). Esta racionalidad importada del Norte global ha posicionado al individuo apto y competitivo como la forma óptima de encarnación (Soldatic y Meekosha, 2012), generando con ello estructuras sociales excluyentes que no sólo individualizan, sino que además responsabilizan directamente a aquéllos que enfrentan desventajas socioestructurales por su situación (Grover y Piggott, 2010). Dicha lógica, que descansa en una matriz colonial/moderna occidental, basada en la competencia, la capacidad y la responsabilidad individual, ha dado como resultado una serie de tensiones y contradicciones para las personas con discapacidad (PcD) (Soldatic y Meekosha, 2012) que no responden a dicho modo normativo y productivista de corporalidad. En virtud de ello, aun cuando diferentes movimientos sociales alrededor del mundo luchan por la reivindicación de sus derechos, diversos autores plantean que el Estado neoliberal ha cooptado sus demandas colectivas (Cayuela, 2017; Chávez, 2012; Contino, 2013), buscando generar un gobierno económico de esta población, al producir un nuevo sujeto de producción. El caso de Chile es emblemático en cuanto a la aplicación de políticas de orientación neoliberal, específicamente en lo relacionado con la legislación laboral y las políticas de desarrollo social (Fardella et al., 2016). En este ámbito, se proclama en este país una nueva ley de inclusión laboral que incentiva, mediante cuotas, la contratación de PcD en el mundo del trabajo.

Esto nos ha llevado a considerar necesario explorar cómo están siendo constituidas las PcD mediante esta nueva normativa de inclusión, analizando sus posibles tensiones, en tanto ésta se presenta como una nueva legislación inspirada en la reivindicación de un derecho, orientada por lógicas opuestas al mercado económico, pero instalada en un contexto de políticas de desarrollo social intensamente mercantilizadas.

Con el presente estudio esperamos aportar al develamiento de ciertos dispositivos con los cuales se gobierna, significa y practica la inclusión laboral desde políticas neoliberales que sostienen visiones binarias, medicalizantes y capacitistas de los cuerpos (Shildrick, 2012; Oliver, 1984). Esperamos con ello revelar el carácter encubridor de la modernidad colonial-dominante-eurocéntrica que interpela a esta población en su cotidianeidad, buscando ampliar los marcos epistémicos, ontológicos y políticos desde donde se comprende la discapacidad y la inclusión. Para ello, apoyados en la perspectiva de los estudios críticos de la discapacidad (ECD) (Meekosha y Shuttleworth, 2009; Campbell, 2001) y un enfoque de-colonial, esperamos aportar a la desnaturalización de la capacidad como categoría normativa, poniendo en cuestión los discursos y las epistemologías hegemónicas del Norte, centrados en la noción de deterioro y fundamentados en la base económico-productiva y competitiva de las sociedades neoliberales.

Para dar respuesta a lo anterior, el presente artículo se ha organizado en seis partes. En primera instancia, se situará al lector en una contextualización de la discapacidad reformulada en la colonización y a través de ésta, luego se abordará un acercamiento al "cuerpo neocolonial" (Grech, 2015), para dar paso a las denominadas políticas de refuncionalización del cuerpo "discapacitado", prestando atención al caso de Chile. Posteriormente se hará una focalización sobre el presente estudio desde el enfoque de los ECD, se expondrá el tipo de investigación desarrollada, los procedimientos llevados a cabo para el análisis y los corpus textuales utilizados. Más adelante se presentarán los análisis desarrollados. Se finalizará con una discusión respecto a las posibles implicaciones de dichos resultados en el modo en el cual las PcD son constituidas en Latinoamérica como sujetos sociales mediante políticas de inclusión neoliberales venidas del Norte global.

La discapacidad: cuerpos constituidos en la colonización y a través de ésta

El colonialismo ha marcado los límites del pensamiento y la teorización al Sur del mundo, al estar encarnado en nuestras memorias colectivas y estructuras de poder (Mignolo, 2016). Para Quijano (2000), América se configuró como el primer espacio de una nueva lógica de poder propia de la modernidad, configurando una diferenciación entre colonos y colonizados por medio de la idea de raza, basada en supuestas distinciones biológicas que posicionaba a los primeros en un lugar natural de superioridad respecto a los "conquistados". De este modo, la "otredad" representada por la raza, se convirtió en el principal criterio para clasificar a la población desde las estructuras de poder de la sociedad. La modernidad, así, fue generadora de alteridades, marginando de la construcción de sociedad la hibridez y la multiplicidad (Castro-Gómez, 2000). Por otro lado, estos nuevos patrones de poder se asentaron en la base de las formas históricas de control del trabajo, articuladas en torno del capital a escala mundial. La globalización es entonces en primer lugar, un proceso que comienza con "la constitución de América y la del capitalismo colonial/moderno y eurocentrado como un nuevo patrón de poder mundial" (Quijano, 2000: 122). Así, lo que llegó a nuestro territorio no fue sólo un sistema económico de capital y trabajo, sino una estructura de poder más amplia y compleja, con el dominio para establecer intrincadas jerarquías globales: unahombre-europeo-capitalista-militar-cristiano-patriarcal-blanco-heterosexual-capaz (Grosfoguel, 2011; Grech, 2015). La construcción de la "otredad" racial, generada durante la colonización europea, no cesó con el fin del colonialismo y la construcción de los Estados-nación en el Sur. Por el contrario, se dio una transición del colonialismo moderno a la colonialidad gobal, "transformado las formas de dominación desplegadas por la modernidad, pero no la estructura de las relaciones centro-periferia a escala mundial" (Castro-Gómez y Grosfoguel, 2007: 13). Esto es lo que Quijano (2000) ha llamado la colonialidad del poder, en tanto el mundo no ha sido completamente decolonizado, y no es posible comprender el capitalismo global sin considerar el modo sociohistórico en el cual la diferenciación de la otredad racial organiza a la población mundial con directas implicancias económicas. Hay, entonces, un elemento de origen colonial en el patrón de poder hegemónico a nivel global.

Si bien, los estudios y las teorías poscoloniales han sido incorporadas en la comprensión de fenómenos asociados a la raza, el género y la etnia, no han considerado la relevancia de comprender epistémica y ontológicamente la construcción de la discapacidad como resultado de prácticas coloniales impregnadas de estructuras eurocéntricas de poder, limitando con ello su amplitud analítica (Grech y Soldatic, 2015; Erevelles y Minear, 2010). En este sentido, la comprensión de la discapacidad, así como los estudios en esta materia, han sido comúnmente dominados por matrices hegemónicas de pensamiento provenientes del Norte global. Esto ha provocado una homogeneización, deshistorización y descontextualización de aquellas experiencias y epistemologías del Sur asociadas con la discapacidad, atribuibles a lógicas colonialistas que permean hasta nuestros días (Grech, 2015).

Considerar la discapacidad en relación con el pasado colonial no sólo nos abre una perspectiva histórica, sino que brinda la posibilidad de comprender las lógicas de subyugación en los cuerpos y a través de éstos (Grech y Soldatic, 2015), visibilizando con ello los espacios del Sur desde donde se configura y vive la discapacidad o los denominados por Grech (2015)cuerpos neocolonizados. Para este autor, las personas con discapacidad fueron impactadas por la colonización y no es posible abordarlas fuera de su historia. Es por ello por lo que nos brinda una lectura de la violencia vivida por los cuerpos en el colonialismo que consideramos necesaria para replantear nuestros marcos comprensivos de la discapacidad. La tremenda violencia generada por los castigos corporales coloniales, como parte de una lógica de disciplinamiento, dejó a muchos impedimentos visibles, de esta forma se configuró como un modo de controlar al "nativo". Los cuerpos se convirtieron en el medio sobre el cual se exhibieron las diferencias, construyendo a un "otro" no sólo racial, sino también corporal. Con ello, el cuerpo violentado y libre del esclavo colonizado se convirtió en un cuerpo "discapacitado", expresión de las consecuencias de la subversión, así como una herramienta de disciplina y regulación. Este cuerpo mutilado, ingobernable, incivilizado, pero también expresión de resistencia, pasó a ser a la vez un cuerpo improductivo. Con ello, el colonialismo reformuló la discapacidad en relación con una norma, la capacidad y el cuerpo "ideal".

Hombre sin piernas sumergido en una piscina, 2007 | Foto: David Jay. Tomada de: Rolloid 

El cuerpo "neocolonial"

Lo anterior nos abre el panorama para explorar qué dispositivos de saber-poder son generados por el "sistema-mundo moderno/colonial", y que más adelante son reproducidos por la colonialidad global en relación con el sujeto "discapacitado". La diferenciación entre colonizador y colonizado, como concepción dualista y excluyente, se fue entrelazando con lógicas propias de los cuerpos capaces y productivos, persistiendo hasta nuestros días. La clasificación racial de la población se asoció con que el trabajo remunerado era un privilegio de los europeos y blancos, mientras los colonizados no eran merecedores de un salario (Quijano, 2000). Así mismo, hoy en día el neoliberalismo produce y reproduce la noción de cuerpos ideales y dóciles, sostenida en la normatividad de la capacidad física, promovida por la productividad y anclada sociohistóricamente en las relaciones de explotación y dominación de la Colonia. Esto ha generado una valoración moral asociada con la competencia y la capacidad, lo que Campbell (2001) denomina capacitismo (ableism), expresado como:

Una red de creencias, procesos y prácticas que produce un tipo particular de yo y cuerpo (el estándar corporal) que se proyecta como el perfecto, típico de la especie y, por lo tanto, esencial y completamente humano. La discapacidad luego se proyecta como un estado disminuido de ser humano. (Campbell, 2001: 44)

Esta actitud, centrada en la valoración de la capacidad corporal, se basa en la creencia de que la discapacidad, independientemente de su origen o clasificación diagnóstica, es inherentemente negativa y que, de ser posible, debe ser mejorada, curada o incluso eliminada (Campbell, 2009). Esta noción jerarquizadora y dominante de los cuerpos capaces supone importantes dificultades. Por un lado, el sentido de capacidad es arbitrario y no alude a disposiciones del cuerpo humano, sino a estructuras socioculturales y economicistas que configuran las funciones del cuerpo en relación con las sociedades. Así mismo, la construcción social de la discapacidad es inseparable de la construcción de la capacidad (Rodríguez y Ferrerira, 2010). Lo anterior genera que existan los cuerpos normativos o aquellos cuerpos capaces, propios de la norma, mientras toda existencia que no logre adherirse a las exigencias establecidas por la norma queda marginada (Canguilhem, 1970). Esta naturalización de la discapacidad produce que las lógicas normalizadoras sean dictaminadas por las ciencias médicas, estableciendo una inseparabilidad entre discapacidad y enfermedad (Rodríguez y Ferrerira, 2010). Con ello, la discapacidad es comprendida erróneamente como una condición que se desvía de la norma de salud.

Esta lectura nos permite visibilizar el modo en el cual el colonialismo reformuló la discapacidad en torno a nociones de cuerpos colonizados ideales, vinculadas con discursos contemporáneos de normalidad y una alta valoración de la capacidad y la funcionalidad. Con ello, las personas categorizadas como "discapacitadas" son construidas como individuos menos valiosos, ajenos a la economía de mercado y como parte de un problema que requiere ser corregido, en tanto no poseen competencias normativas rentables para un sistema productivista (Grech, 2015).

Políticas de "refuncionalización" de los cuerpos "discapacitados": el caso de Chile

Para evitar el creciente autoritarismo de los Estados-nación neoliberales, distintos movimientos de personas con "discapacidad" se involucraron en diversas formas de resistencia y luchas por la reivindicación de sus derechos alrededor del mundo. Esto fue clave para la emergencia y ratificación internacional de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), con lo cual se convirtió en el primer tratado de derechos humanos para personas con discapacidad del siglo XXI, forzando con ello a algunos de estos Estados a ser más receptivos con las demandas de estos movimientos, relativas a la participación, la representación y la inclusión (Soldatic y Meekosha, 2012). El surgimiento de esta convención simboliza un punto de inflexión en el modo en que se piensa y actúa sobre la discapacidad alrededor del mundo. Por un lado, significa una evolución en el tradicional enfoque biomédico utilizado para entender la discapacidad desde la idea de cuerpo capaz-normal, definido de acuerdo con criterios de aptitud laboral, como un modo de jerarquización de los individuos (Oliver, 1984). Se comienza entonces un tránsito hacia un enfoque social, lo que conduce a una nueva clasificación de funcionalidad que reconoce una dimensión contextual en interacción con deficiencias corporales (WHO, 2011). Así, la visión individualizada de la discapacidad se cuestiona, argumentando la existencia de un sistema social con prácticas discriminatorias que impone barreras a la participación de las PcD. Este nuevo enfoque desplaza los debates centrados en las concepciones biomédicas, a discursos centrados en política y ciudadanía, planteando una transformación de las estructuras sociales que impiden su participación (Shakespeare, 2013).

En el caso de Chile, con la ratificación de la CDPD, se proclama una nueva ley que, basándose en el modelo social, establece normas sobre la igualdad de oportunidades y la inclusión social de las personas con discapacidad (Congreso Nacional de Chile, 2010). Así mismo, se comienza a situar el trabajo y la inclusión laboral dentro de las principales estrategias para promover la participación activa de las PcD en las sociedades (Verdugo et al., 2006), estableciendo que "los Estados Partes salvaguardarán y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo [...] adoptando medidas pertinentes, incluida la promulgación de legislación" (Naciones Unidas, 2006: 22). Ello implica la ejecución de acciones positivas por parte de los Estados, para promover y garantizar la igualdad de oportunidades en el empleo. La acción positiva más conocida y frecuente es la de los sistemas de cuotas -surgido en Europa tras la Primera Guerra Mundial-, introducidos mediante legislación, normas o decisiones gubernamentales (OIT, 2014). Es en este contexto en el cual comienza a regir en Chile en el 2018 una ley que modifica el Código del Trabajo, estableciendo una cuota mínima obligatoria de trabajadores en situación de discapacidad en instituciones tanto en el sector público como en el privado. La Ley 21.015 (Congreso Nacional de Chile, 2017), como medida de acción positiva para promover la incorporación de las PcD al mercado laboral abierto, señala que las empresas de 100 o más trabajadores deben contratar o mantener contratados, según corresponda, al menos el 1% de PcD en relación con el total de sus trabajadores.

No obstante los avances implicados con el surgimiento de la CDPD, la modernidad colonial-dominante-eurocéntrica se expresa en lógicas mercantilistas que socavan estos movimientos, cooptando las demandas por el derecho al trabajo, mediante la instalación de lógicas de la empleabilidad individual y estrategias para impulsar a las PcD al mercado laboral (Soldatic y Meekosha, 2012). Desde esta óptica, si es que hay que tomar alguna medida de inclusión y participación de las PcD, éstas serán para mejorar la productividad o reducir la carga de su existencia. Al respecto, distintas organizaciones internacionales ostentan un profundo poder para producir y reproducir discursos que ahondan en esta lógica en el Sur global, a la vez que brindan las bases para la "corrección" de los cuerpos "discapacitados" (Grech, 2015). En el caso de Latinoamérica, el endeudamiento con organismos internacionales tales como el Banco Mundial, generada por la crisis económica de los años ochenta, fue crucial para el sostenimiento de un capitalismo global y la profundización de una racionalidad economicista (Barba, 2015; Ortiz, 2014). Esto generó directrices respecto al modo en que debíamos promover el desarrollo de nuestros países y comunidades, perpetuando sus modelos económicos que interpelaron la acción de los Estados (Sisto, 2019).

• Pareja desnuda: él sentado en el sofá, ella de baja estatura de pie en el sofá, 2016 | Foto: Oliver Farmariello. Tomada de: Extremal Mirtesen 

Al respecto, investigaciones generadas de forma posterior a la incorporación de la discapacidad dentro de la nueva agenda de desarrollo internacional, plantean que estas nuevas políticas y marcos regulatorios han resultado en una nueva forma de gobernar a la población con discapacidad en el Sur global. En este contexto, un estudio desarrollado en Argentina señala que la discapacidad es pensada como "dispositivo", en tanto existiría una serie de discursos, prácticas y políticas dirigidas a individualizar la problemática de su exclusión y a favorecer el sostenimiento de la política económica propia del neoliberalismo (Contino, 2013). Así también, hay autores que plantean que dichas estrategias estatales tienen como objetivo principal reducir los crecientes costos de seguridad social generada por esta comunidad (Soldatic y Meekosha, 2012). Esta cooptación estatal del derecho al trabajo como un discurso individualizador, propio de las democracias liberales occidentales, ha tenido consecuencias negativas concretas, donde un segmento de la población con discapacidad ha sido ampliamente dirigido y forzado a participar en mercados de trabajo de baja remuneración y no calificados, para mantener el acceso a una gama de derechos sociales (Soldatic y Chapman, 2010). Así también, se ha planteado que, ante los altos costos económicos generados por la exclusión de las PcD del mercado laboral, se han generado políticas que buscan refuncionalizar bajo lógicas capacitistas a esta población (Chávez, 2012). Al respecto, un estudio en Chile analizó que distintas tecnologías de integración-inclusión estatales están dirigidas a la construcción de una moral ligada a la vida independiente, la autonomía y la reorganización del cuerpo de acuerdo con aquello posible de potenciar para la producción (Serrano, 2014). En palabras de Castro-Gómez, se están produciendo "condiciones de existencia de una población, con el fin de ejercer un gobierno económico sobre la conducta de los individuos" (2010: 74). Sin embargo, esta racionalidad economicista, no sólo dice relación con el sostenimiento de una matriz de mercado, sino que repercute así también en las subjetividades, en tanto va moldeando un determinado tipo de sujeto (Rose, 1996).

Este estudio

En virtud de lo anterior, resulta necesario explorar cómo están siendo constituidas las PcD en nuestro país en tiempos neocoloniales mediante esta nueva normativa de inclusión laboral. Para ello, analizaremos sus posibles tensiones y contradicciones, en tanto nos encontramos ante una nueva legislación inspirada en la reivindicación de un derecho, pero instalada en un contexto de políticas de desarrollo social intensamente mercantilizadas. Para ello, nos basaremos en los estudios críticos de la discapacidad (ECD), esperando superar las limitaciones y los re-duccionismos teóricos del modelo biomédico, y complementar los postulados inacabados del modelo social de la discapacidad. Este enfoque nos permite analizar críticamente las definiciones y comprensiones instaladas en torno a la discapacidad, argumentando que el objetivo debe ser el de cuestionar los significados y deconstruir las ideas existentes (Vehmas y Watson, 2014), más allá de poner el foco en dificultades en el funcionamiento de los cuerpos, ya sea por causas médicas o sociales. Si vinculamos los ECD con un enfoque decolonizador, nos permitirád desafiar las ideas existentes sobre la naturaleza de la discapacidad (Shildrik, 2012) ancladas a una matriz colonial/moderna occidental. Desde esta mirada, tal como plantean Meekosha y Shuttleworth (2009), esperamos aportar a una reevaluación social, política e intelectual de los paradigmas explicativos utilizados para comprender la experiencia vivida por las personas con discapacidad, intentando con ello superar las epistemologías hegemónicas del Norte, centrados en la noción de deterioro y tomando en consideración la historia, la cultura y los procesos sociopolíticos propios del contexto local de estudio (Grech y Soldatic, 2016).

• Alex Dacy, mujer con trastono espinal promueve la positividad del cuerpo, 2019 | Tomada de: Mailonline 

Metodología

Para ello, el primer estudio abordó el debate parlamentario previo a la promulgación de la Ley, comprendido en el Informe de la Discusión en Sala de la Comisión Mixta contenido en la Historia de la Ley 21.015 (Congreso Nacional de Chile, 2017). El muestreo fue de carácter intencional, por lo que resulta relevante analizarlo, en tanto da cuenta de los argumentos que justifican la aprobación de la Ley de inclusión laboral, develando determinados discursos circulantes y en disputa que fluyen en la sociedad contemporánea en torno a la discapacidad y la inclusión. Además, resulta ser el primer esfuerzo legislativo en nuestro país que promueve la contratación de PcD en el mercado laboral abierto. Esta discusión en sala conformó el corpus textual, abordado desde un análisis del discurso que puso en relieve los repertorios interpretativos (Wetherell y Potter, 1998). Para este análisis, el corpus seleccionado fue leído numerosas veces, con el fin de realizar codificaciones preliminares para obtener grupos manejables de datos. Posteriormente, se identificaron aquellos términos utilizados de forma recurrente, dejando de manifiesto elementos desplegados por los hablantes para construir versiones de las acciones, los procesos cognitivos y otros fenómenos (Potter y Wetherell, 1987).

En el segundo estudio, cuyo muestreo también fue de carácter intencional, se analizó la Ley 21.015, resultando relevante en tanto interviene en el espacio social desde su acción regulatoria, siendo un agente activo en el mundo al producir modos de entender y aproximarse a la realidad (Prior, 2008). El documento en su totalidad se estudió mediante un análisis descriptivo de carácter pragmático, con el fin de comprender los potenciales efectos y tensiones de esta acción regulatoria en los procesos de inclusión laboral de las PcD. Para esto, se hizo una lectura acuciosa del corpus, revisando además cada una de las modificaciones resultantes hacia otros cuerpos legales. Del mismo modo, se revisaron aquellas normativas en las cuales fundamenta parte de sus disposiciones.

A continuación se exponen los principales resultados del análisis, comenzado por el primer estudio, para luego dar paso al segundo. Se presentan, para ambos casos, citas representativas de los ejes analíticos identificados.

Resultados

Primer estudio: al rescate de un sujeto carente e incompleto, seamos parte de la tendencia mundial

El análisis de los discursos presentes en el último debate parlamentario previo a la promulgación de la Ley 21.015 refleja la emergencia de distintos repertorios interpretativos dirigidos a justificar y dar sentido a la normativa, presentando discursos que argumentan la acreditación de la Ley como un medio para una sociedad más justa y avanzada, a la vez que nos acerca a una tendencia propia de los países desarrollados del Norte global. Al mismo tiempo, el despliegue de estos discursos en el análisis del corpus textual caracteriza distintas versiones de "discapacidad", las cuales oscilan desde una idea predominante de sujeto carente e incompleto, hacia una variante de menor emergencia, donde la discapacidad es definida como resultado de las barreras impuesta desde el entorno. Cada uno de estos repertorios es ejemplificado con extractos que resultaron ser representativos dentro del corpus analizado.

Acreditación de la Ley 21.015 como medio para una sociedad más justa y desarrollada

En el documento es posible identificar dos repertorios interpretativos que circulan en torno a los argumentos que acreditan la aprobación de esta Ley. Éstos son, a saber: la acreditación de la Ley en tanto tendencia mundial y la justificación de la normativa legal como una medida necesaria de justicia social.

Las leyes de inclusión como tendencia mundial

"Sobre el contenido de la iniciativa de ley es imposible estar en desacuerdo. Pensar lo contrario sería ir en contra de la tendencia mundial de la integración de los derechos humanos a los cuerpos de leyes específicos" (Congreso Nacional de Chile, 2017: senador A, 240). En la cita se puede apreciar cómo esta normativa legal es presentada utilizando el repertorio de "tendencia internacional". Esta justificación de la Ley se repite por varios hablantes a lo largo del debate, haciendo uso del recurso de consenso. Este recurso es un mecanismo exteriorizador, según el cual, un hecho se presenta como compartido por varios productores, proporcionando una corroboración de factualidad (Potter, 1998). Con ello, hay un distanciamiento del argumento, lo que genera una descripción independiente del sujeto que la produce. Con esto, la justificación central de la aprobación de la normativa bajo estos repertorios radica en el consenso compartido por distintos agentes, argumento que prima por sobre otros relacionados con la participación y la inclusión social de la población con discapacidad. Aquellos argumentos sostenidos bajo una participación activa de las PcD se presentan con menor fuerza de aparición, como se verá más adelante. Por otra parte, los discursos sostenidos en comparaciones con países más avanzados en esta materia, ubicados en el "Norte global" o pertenecientes a la Organización Internacional de Cooperación y Desarrollo (OCDE), operan como sustrato de validación de la colonización con aspiraciones de desarrollo:

Me parece que aprobar este proyecto de ley nos pone a tono con los países de la OCDE, con los que nos gusta compararnos, los cuales llevan décadas de anticipación en esta materia. Creo que la moción que presentaron los Diputados nos pone al día en este ámbito. (Congreso Nacional de Chile, 2017: senador X, 243)

Una medida de justicia social

Lo digo porque acá estamos votando a favor un proyecto de ley que sólo hace una justicia histórica. Y veo cómo nos felicitamos, cómo se felicitan unos con otros, en circunstancias de que aquí hay una deuda de toda una vida con aquellas personas que presentan capacidades distintas, la mal llamada "discapacidad". (Congreso Nacional de Chile, 2017: senador B, 247)

• Hombre Indio en la calle con prótesis de pierna y bastón | Tomada de: Pxfuel 

El debate parlamentario presenta el repertorio de justicia social de modo reiterado, en tanto los hablantes manifiestan de diversos modos que la normativa legal tiene como consecuencia la justicia, utilizando para ello los recursos de maximización y minimización. Estos recursos consisten en la utilización de los extremos de las dimensiones descriptivas pertinentes, con el fin de desacreditar una conclusión (Potter, 1998). En la cita expuesta, el hablante corrobora la idea de justicia social, pero la minimiza al referir que "sólo hace una justicia histórica". A su vez, genera una analogía con una "deuda de toda una vida" hacia este colectivo, potenciando el argumento al maximizarlo como un compromiso pendiente en términos históricos. En definitiva, este repertorio discursivo justifica la aprobación de la regulación, poniendo la centralidad del argumento en la necesidad de hacer justicia con esta población.

La PcD como sujeto carente e incompleto

Los repertorios interpretativos que circulan en torno al colectivo de personas con "discapacidad", oscilan entre las versiones de PcD como sujetos incompletos, carentes de capacidades y dignidad, y el extremo opuesto, que describe la discapacidad como producto de las barreras que son generadas estructuralmente desde el entorno. De forma mayoritaria se despliega la primera variante, mientras que la segunda es declarada en menor medida.

Al rescate de la dignidad de las PcD

Tener personas con discapacidad incorporadas al mundo del trabajo es rescatar la dignidad. Yo siempre he dicho que el trabajo dignifica, por muy humilde que sea [...]. Por cierto, no hay nada más terrible, no hay nada más frustrante que el desempleo: no poder ejercer la acción del trabajo para sobrevivir o alimentar a la familia. Y ese es el caso de miles de discapacitados que han estado viviendo gracias a los subsidios que les da el Estado. Pero ellos no quieren subsidio, sino trabajar. (Congreso Nacional de Chile, 2017: senador D, 245)

Tal como se puede apreciar a través de la cita, incorporar las PcD al mundo laboral es, de acuerdo con los hablantes, "rescatar la dignidad". Con esto, se deja entrever la polaridad expuesta por Parker (1988), en tanto el rescate de esta condición sólo puede darse en aquel sujeto que se encuentra desprovisto de ésta. Esta idea de sujeto "carente", propia de la visión biomédica patologizante de la discapacidad, se expresa en reiteradas ocasiones en los discursos parlamentarios. Junto con esto, se hace énfasis en que la promulgación de esta normativa devolverá a las PcD aquella condición inherente al ser humano de la cual carecen. Esto se hace evidente en el momento en el cual el hablante expresa que "el trabajo siempre va a dignificar", independientemente de lo precarizado que éste pueda llegar a ser. Así también, al argumentar que el no tener un trabajo le imposibilita la sobrevivencia. Con esto, se resalta el brindar oportunidades para acceder a un empleo por medio de la aprobación de la ley. Se plantean así dos ideas centrales: por un lado, tener un trabajo es suficiente para sobrevivir y mantener a la familia, además de necesario para ser sujetos dignos. Por otro, tener un aporte del Estado es entendido como algo negativo y es rechazado, según el hablante, por las PcD. Así, se busca instalar el argumento en torno a que los ingresos provenientes de subsidios estatales, y un contrato de trabajo, son mutuamente excluyentes.

• Mujer con una prótesis en su brazo elaborada por The Alternative Limb Projec | Foto: Omkaar Kotedia. Tomada de: Culture Trip 

Resulta significativo cómo desde esta versión de la discapacidad, no emergen cuestionamientos en relación con las barreras y desigualdades socioestructurales, entendiendo que esta dignidad perdida será recuperada con el sólo hecho de ofrecer un puesto de trabajo, sin objetar la estructura laboral actual ni el modelo de ciudadanía liberal en base al cual se constituyen los principios del derecho y la dignidad humana, los cuales implican la asimilación a normas de racionalidad, autonomía e independencia que excluyen la discapacidad como categoría reguladora de cuerpos no normativos (Hall, 2015).

El sujeto incompleto y su inclusión capacitista

Era partidario de reservar al menos el 2% de los puestos de trabajo para trabajadores que [...] poseyeran alguna discapacidad; sin embargo, tras escuchar a personas autorizadas respecto de las competencias que deben tener las personas con algún grado de discapacidad […] todo indica que no sacamos nada con establecer cifras y expectativas si muchas veces las personas con discapacidad carecen de la habilidad y de las competencias para cumplirlas. (Congreso Nacional de Chile, 2017: senador H, 225)

Esta cita es representativa del repertorio interpretativo del "sujeto incompleto", en tanto se asocia la discapacidad con la carencia de habilidades y competencias para realizar un trabajo. En el fragmento, esto se utiliza como argumento para no establecer cifras mayores de contratación. Con base en una matriz economicista que devalúa la discapacidad frente a la valoración de una capacidad normativa, se plantea la inclusión laboral no como un derecho de igualdad o justicia, sino que se condiciona al despliegue de ciertas capacidades. Así, el trabajo, significado por el discurso dominante como aporte, desarrollo y contribución al crecimiento del país, implica ciertas capacidades condicionantes de inclusión. En esta línea, emerge una versión de la discapacidad como carencia de competencias frente a las barreras del entorno, en razón de lo cual, su adquisición de habilidades y capacitación se instituyen como condición necesaria para su inclusión laboral.

•Hombre sin brazos, desnudo y sentado sobre silla. Lorenza Böttner, fotografía, c.a. 1982 | Tomada de: Domestika.com  

● Niños africanos saludando sonrientes a la cámara, entre ellos un niño albino, África, 2016 | Foto: Tsvangirayi Mukwazhi. Tomada de: National Geographic España 

El resultado de las actitudes capacitistas es la desvalorización de la discapacidad y la construcción de un sujeto incompleto, materializado en la estructuración sociopolítica de la precaridad de su cuerpo, muchas veces integrado a nivel sociojurídico pero discriminado simbólicamente (Balza, 2011). Una ejemplificación de este sujeto incompleto se refleja en la siguiente cita:

Espero que las demandas de las organizaciones de discapacidad [...] generen las condiciones para que efectivamente ese 1% se llene con personas discapacitadas, a fin de brindarles una oportunidad laboral, porque no tienen otra posibilidad: no pueden competir en igualdad de condiciones con quienes poseen sus facultades en forma plena y desarrollada. (Congreso Nacional de Chile, 2017: senador R, 245)

Desde un desarrollo normativo de facultades, se define a las PcD como carentes de posibilidades y "sin sus plenas facultades", se justifica la aprobación de una ley que, como mecanismo de poder regulador, produce una igualdad normativa que define las condiciones de resistencia o asimilación de las PcD para la competencia por oportunidades. En esta línea el discurso dominante demanda el rol del Estado en la producción de la capacidad.

La discapacidad como barrera estructural

[...] nuestro país ha cambiado el enfoque sobre la discapacidad, siguiendo las tendencias contemporáneas a nivel internacional. Así, hemos transitado hacia un modelo de derechos humanos de la discapacidad, poniendo al centro el pleno reconocimiento de la dignidad de las personas [...] la condición de discapacidad que presenta un ser humano no está definida ni determinada unívocamente por una enfermedad, trauma o condición de salud, sino por las barreras del complejo entorno social, físico y cultural al que se enfrenta [...]. En consecuencia, el desafío concierne a toda la sociedad. (Congreso Nacional de Chile, 2017: ministro de desarrollo social, 249)

La cita manifiesta el tercer repertorio interpretativo que se expresa en relación con las PcD. Comienza generalizando una transformación que es acreditada por el recurso de corroboración y consenso. Así, describe el cambio de enfoque en discapacidad como un resultado compartido por varios actores (tendencia internacional), con lo cual hace uso de una forma de exteriorización que reparte la responsabilidad del relato factual entre otros agentes (Potter, 1998), sin que esto necesariamente se traduzca en el contexto local. Así también, se hacen visibles nuevamente lógicas neocolonizadoras, que posicionan a países internacionales como un modelo por seguir.

Continuando con este enfoque de derechos, se afirma que en Chile se lleva a cabo "el pleno reconocimiento de la dignidad" de las PcD, muy distinto al repertorio anterior, donde la dignidad no era algo inherente al sujeto que faltaba reconocer, sino que era necesario "rescatarla" por medio de un empleo. Del mismo modo, socava la idea de discapacidad determinada por una enfermedad, lo que genera el realce de una noción de discapacidad como consecuencia de las barreras sociales. A través de esta cita se puede apreciar el interés del hablante por instalar una versión de discapacidad distinta a la dominante. Sin embargo, el modo en que el debate busca dar respuesta a este supuesto, circula a partir de argumentos que tienen que ver con medidas punitivas de obligatoriedad y medidas productivistas, como los incentivos y la capacitación, en línea con una perspectiva liberal. Por otro lado, el fragmento expresa una idea comúnmente presente en los discursos que circulan en torno a la inclusión y la discapacidad, paradójica a su vez frente a los argumentos presentados: no es el entorno el que se transforma para adaptarse a la diversidad, sino que se incluye en la "norma" a quienes son "diferentes".

Estudio dos, la puesta en práctica de la Ley: "La inclusividad de la Ley", "La validez de la invalidez" y "La flexibilidad para cumplir con la cuota"

El debate parlamentario analizado fue el que dio como resultado la promulgación y publicación de la Ley 21.015, una medida de acción positiva importada de los países europeos, que incentiva la inclusión de las PcD por medio de cuotas. Esta normativa, junto con otras de esta índole, debiera estar orientada por las disposiciones de la CDPD. De acuerdo con ello, las legislaciones y políticas orientadas a la inclusión de las PcD debieran responder a nuevas formas de entender la discapacidad, lo cual debiese verse reflejado en una superación de los debates centrados en modelos bio-médicos. Este segundo estudio dio cuenta de aquellas tensiones develadas en el documento legislativo y los posibles efectos de su puesta en práctica en la construcción de los futuros procesos de inclusión laboral. Esto fue categorizado en tres apartados, según lo emergido en el corpus textual, que fueron denominados a su vez: "La inclusividad de la Ley", "La validez de la invalidez" y "La flexibilidad para cumplir con la cuota".

La inclusividad de la Ley

Esta categoría se define por la derogación de diversas regulaciones en materia de inclusión laboral, que tendrían efectos discriminatorios en la población con discapacidad. Tal es el caso del artículo 5 que indica: "Derógase el artículo 16 de la ley No. 18.600" (Congreso Nacional de Chile, 2017: 3). Éste planteaba: "En el contrato de trabajo que celebre la persona con discapacidad mental, podrá estipularse una remuneración libremente convenida entre las partes, no aplicándose a este respecto las normas sobre ingreso mínimo" (Congreso Nacional de Chile, 1987: artículo 16).

Tal como lo refleja el extracto, esta declaración vulneraba el derecho de las personas con discapacidad intelectual y las posicionaba en una categoría diferente de trabajador, en tanto no eran dignos de un salario común, lo que ejercía una importante discriminación producto de su situación de discapacidad al permitir que se les pagara el sueldo mínimo. Este artículo fue derogado, siguiendo los principios de igualdad de derechos ante la ley, con lo cual las normas sobre ingreso mínimo debiesen ser aplicadas a todos los chilenos, independientemente de su situación. Esto refleja un avance reivindicativo en materia de derechos, que va más allá de las construcciones propias de la colonización, donde los colonos eran dignos de derechos y salarios por sobre los cuerpos infravalorados de los llamados nativos.

La validez de la invalidez

La segunda categoría hace referencia a la construcción de la discapacidad como sinónimo de invalidez y patología, lo cual se ve reflejado a lo largo de toda la Ley, específicamente en los artículos 1, 3 y 6.

Las empresas de 100 o más trabajadores deberán contratar o mantener contratados, según corresponda, al menos el 1% de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en relación al total de sus trabajadores. Las personas con discapacidad deberán contar con la calificación y certificación señaladas en el artículo 13 de la Ley No. 20.422. (Congreso Nacional de Chile, 2017: 2)

En este párrafo se expresa que el porcentaje de contratación debe responder a personas que estén debidamente certificadas con discapacidad, o aquéllas asignatarias de una pensión de invalidez, es decir, individuos que han sufrido un menoscabo en su actividad laboral y han sido diagnosticados como "inválidos" (Superintendencia de Pensiones, 2009). En ambos casos, las certificaciones están dadas por una comisión médica. Esto deja de manifiesto que después de casi diez años de ratificada la CDPD, se sigue sosteniendo, reproduciendo y difundiendo la calificación de "invalidez", no obstante ha sido cuestionada y eliminada desde diversos organismos. Lo mismo se ve reflejado en el artículo citado, el cual expone que corresponde a las comisiones de medicina preventiva e invalidez (Compin) y a las instituciones reconocidas para estos efectos, calificar la discapacidad. De este modo, son las instituciones de salud las responsables de definir y certificar la discapacidad, con lo cual se "medicaliza" el fenómeno, lo que discrepa y es contradictorio con las concepciones que buscan desplazar el enfoque biomédico hacia el efecto de las relaciones sociales discapacitantes. Esto nos da cuenta de que los grandes cambios en términos legales a los que adhieren los países miembros de Naciones Unidas se articulan en torno a un paradigma normativo de capacidades individuales. Instrumentos de organismos como la Organización Mundial de la Salud (OMS), perpetúan la institucionalización que hiciera la política doméstica estadounidense, de una definición tripartita de discapacidad, donde se mantiene la posición epistemológica y ontológica del impedimento como déficit biológico, de la discapacidad como limitación funcional y de la desventaja social como discriminación, prejuicio y formas de exclusión (Tremain, 2010). Relevar la limitación funcional con base en una norma, permite que la inclusión laboral y social se basen justamente en una funcionalidad gestionable mediante políticas públicas y corporativas que reproducen, por medio de asimilación, sujetos incompletos. Este enfoque biomédico no está sólo instalado en la certificación de la discapacidad, sino también en los discursos dominantes del debate parlamentario, los cuales construyen una versión trágica de la discapacidad, mediante usos verbales reiterados, tales como sufrir y padecer.

La flexibilidad para cumplir con la cuota

Por último, el documento de Ley manifiesta una alta flexibilidad para justificar el incumplimiento de la contratación de las PcD en el mercado laboral abierto. Si bien son denominadas razones fundadas, el documento deja de manifiesto algunos efectos de la acción regula-toria de carácter discriminatorio. Ante esto, el cuerpo legal expone lo siguiente: "[...] se considerarán razones fundadas aquellas derivadas de la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa o la falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo que se hayan formulado" (Congreso Nacional de Chile, 2017: 3).

Tal como refleja este extracto, dichas razones fundadas entregan amplias posibilidades para que las instituciones, tanto públicas como privadas, no incluyan a personas con discapacidad en sus espacios laborales. La principal justificación aceptada para no brindar oportunidades de inclusión señala la relación con la capacidad. Se plantea que las razones fundadas pueden ser las derivadas de las funciones que desarrolle la empresa, sin embargo, no se expone cuáles son las funciones que aparentemente no podrían ser desarrolladas por una PcD, ni por qué. Con esto, la decisión de considerar determinados trabajos discordantes con la contratación de un trabajador con "discapacidad" queda en manos de la subjetividad del empleador. Con ello, vemos nuevamente reflejado el principio del capacitismo, esta vez instalado en la ley, dando la posibilidad de que una valoración moral asociada con la competencia y la capacidad deje excluidos a los cuerpos considerados menos aptos para realizar una determinada función.

Por otro lado, el extracto deja de manifiesto una disposición amplia y ambigua, al exponer como razón fundada la "falta de personas interesadas" en las ofertas de trabajo que se hayan formulado. En este ámbito, no se especifican medidas de difusión de las ofertas laborales, ni ajustes en los mecanismos, procedimientos y prácticas de selección. Con ello, queda a libre facultad de los empleadores promover o no medidas de convocatoria y difusión que permitan a cualquier persona, independientemente de su situación de discapacidad, postular a un empleo.

Conclusiones

Los estudios de discapacidad del Sur desde la mirada de los estudios críticos de la discapacidad posibilitan la interrupción del desarrollo del sujeto neoliberal, en tanto develan la reproducción de la capacidad mediante un modo individualizado de empoderamiento, en el marco de la invisibilización de las desigualdades sociales estructurales que construyen un nuevo sujeto de producción (Grover y Soldatic, 2013; Serrano, 2014; Kenny, 2015). Así, al asumir una perspectiva decolonial, el análisis realizado permite impulsar un desprendimiento epistemológico de la modernidad occidental (Grosfoguel, 2007; Mignolo, 2010), es decir, del eurocentrismo como racionalidad hegemónica y colonizadora de saberes (Quijano, 2000).

• Foto de hombre sin piernas, sentado en silla de ruedas, 2007 | Foto: David Jay. Tomada de: Rolloid.net  

Derivada de esta racionalidad, emerge la ley de inclusión laboral que, discursivamente orientada hacia la reivindicación del derecho al trabajo, deja de manifiesto ser un avance neocolonial de poder sobre los cuerpos. Los resultados dejaron ver que, mediante discursos dominantes, discapacita, individualiza y responsabiliza moralmente a quienes enfrentan desventajas estructurales (Grover y Piggott, 2010). La cooptación estatal del derecho al trabajo como discurso individualizador, en el marco de democracias liberales occidentales, ha devenido en el acceso a un espectro de derechos sociales, en base a la incorporación de la población con discapacidad en mercados laborales no calificados y de baja remuneración (Soldatic y Chapman, 2010). Esto deja de manifiesto la relevancia de considerar la relación entre la discapacidad, las formaciones estatales y el mercado laboral para la economía política capitalista (Abberley, 2008; Oliver, 1990). Así, a partir de dicha matriz economicista, se ha ido constituyendo un nuevo sujeto "discapacitado" y despolitizado, cuyo acceso al mercado laboral mediante políticas y acciones capacitis-tas dirigidas a su normalización, privatiza y resuelve de manera poco costosa para el Estado la problemática de su exclusión (Cayuela, 2017). Esta construcción neocolonial del cuerpo "discapacitado" como una condición presocial o natural, presente en el corpus analizado, desdibuja una situación que está siempre "atravesada y estructurada por relaciones políticas y mecanismos de poder" (Sembler, 2019: 6). Dicha despolitización de los orígenes de la discapacidad impide la constatación de una sociedad productora de desigualdades, en línea con una perspectiva liberal orientada a la reproducción constante de sujetos autónomos y dueños de sí mismos, incorporables a la economía de mercado globalizada.

• Foto de hombre sin una pierna, semidesnudo, sentado en el piso, 2007 | Foto: David Jay. Tomada de: Rolloid.net 

¿Son las leyes "focalizadas hacia grupos vulnerables" una manera de transformar socioestructuralmente las políticas de discapacidad? La arriesgada simplificación del fenómeno de la exclusión social desdibuja los contextos sociohistóricos y culturales donde se produce el poder, por lo que requiere tantas formas diversas de resistencia, como diversas son las personas categorizadas con discapacidad (Quijano, 2000). Al respecto, Soldatic plantea que los efectos transformadores de la gestión de cuerpos y mentes transgresores bajo el Estado colonial y capacitista pueden abrir el "espacio" en el cual la discapacidad y la indigencia negocien prácticas de solidaridad, tanto en el orden nacional como transnacional (Soldatic, 2015). Las políticas de discapacidad no se configuran sólo como demandas reivindicativas del movimiento social a la institucionalidad, también como políticas de coalición con otros movimientos en los planos local o global, en el marco de los cuales la generación de prácticas interdependientes de resistencia, subversión y transformación a través del cuerpo puede reconfigurar los discursos de legitimidad en torno a estos movimientos, e interrumpir la iteración performativa de cuerpos deslegitimados. En relación con esto, se hacen relevantes los planteamientos de Balza (2011), quien se refiere a la reconfiguración de la discapacidad como un momento de reconocimiento de la vulnerabilidad, fluidez y cambio de toda/o sujeta/o en el proceso de corporeización y constitución subjetiva. En esta línea, sostiene la necesidad de una ética de la vulnerabilidad para todos los cuerpos, no sólo los discapacitados, en la que todas las subjetividades posibles tengan un lugar simbólico y un espacio moral justo que dé cabida incluso a aquéllas rechazadas y marginadas. Esto, con apoyo en la asunción de la precariedad y finitud esencialmente constitutiva de todo/a sujeto/a.

Consideramos que es fundamental generar mayores estudios que busquen superar las epistemologías hegemónicas del Norte centradas en la noción de deterioro, que tomen en consideración la historia, la cultura y los procesos sociopolíticos propios del contexto local de estudio (Grech y Soldatic, 2016), buscando visibilizar las voces y las narrativas propias de las PcD del Sur global. Para ello, creemos que como investigadoras/es debemos ser capaces de superar nuestras propias dinámicas de saber-poder, abriendo la escucha a las experiencias y percepciones subjetivas individuales que posibilitan la emergencia de diversas prácticas emancipatorias. Consideramos que un próximo estudio en el marco de los ECD debe ser capaz de incorporar cuestiones relativas a la encarnación de la experiencia, la identidad y la agencia de los sujetos (Shildrick, 2012), incorporando distintos ejes de dominación y resistencia. Esto no sólo en la producción de discursos hegemónicos, sino también explorando sus consecuencias en la construcción del sujeto y la configuración de los cuerpos, buscando con ello aportar a la articulación de micropolíticas de resistencia desde los cuerpos y el territorio, vinculantes con la comunidad.

Referencias bibliográficas

1. ABBERLEY, Paul, 2008, "El concepto de opresión y el desarrollo de una teoría social de la discapacidad", en: Len Barton (ed.), Superar las barreras de la discapacidad ., Madrid, Morata. [ Links ]

2. ASAMBLEA General de las Naciones Unidas, 2006, "Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad", 13 de diciembre, tomado de: <http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf>. [ Links ]

3. BARBA, Carlos, 2015, "Los enfoques latinoamericanos sobre la política social: más allá del Consenso de Washington", en: Espiral: Estudios sobre Estado y Sociedad, No. 31, pp. 85-130. [ Links ]

4. BALZA, Isabel, 2011, "Crítica feminista de la discapacidad: el monstruo como figura de la vulnerabilidad y exclusión", en: Dilemata, No. 7, pp. 57-76. [ Links ]

5. CAMPBELL, Fiona, 2009, Contours of Ableism: The Production of Disability and Abledness, Australia, Springer. [ Links ]

6. CAMPBELL, Kumari, 2001, "Inciting Legal Fictions: Disability's Date with Ontology and the Ableist Body of the Law", en: Griffith Law Review, No. 10, pp. 42-62. [ Links ]

7. CANGUILHEM, Georges, 1970, Lo normal y lo patológico, Buenos Aires, Siglo XXI. [ Links ]

8. CASTRO-GÓMEZ, Santiago, 2000, "Ciencias sociales, violencia epistémica y el problema de la invención del otro: la colonialidad del saber: eurocentrismo y ciencias sociales", en: Edgardo Lander (ed.), La colonialidad del saber: eurocentrismoy ciencias sociales: perspectivas latinoamericanas, Buenos Aires, Clacso, pp. 145-161. [ Links ]

9. ______, 2010, Historia de lagubernamentalidad: razón de Estado, liberalismo y neoliberalismo en Michel Foucault, 21 . Bogotá, Siglo del Hombre. [ Links ]

10. CAYUELA, Salvador, 2017, "Hacia una biopolítica de las discapacidades: la cristalización de un nuevo dispositivo en el seno de la gubernamentalidad neoliberal", en: Eikasia: Revista de Filosofía, No. 75, pp. 111-137. [ Links ]

11. CONTINO, Alejandro, 2013, "El dispositivo de discapacidad", en: Tesis Psicológica, Vol. 8, No. 1, pp. 174-183. [ Links ]

12. CONGRESO Nacional de Chile, 1987, "Ley No. 18.600. Establece normas sobre deficientes mentales", en: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, tomado de: <https://www.leychile.cl/>. [ Links ]

13.______, 2010, "Ley No. 20.422. Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad", en: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, tomado de: <https://www.leychile.cl/>. [ Links ]

14.______, 2017, "Historia de la Ley No. 21.015", en: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, tomado de: <https://www.bcn.cl/>. [ Links ]

15. CHÁVEZ, Facundo, 2012, "El modelo social de la discapacidad", en: Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (comp.), El derecho a la autonomía de las personas con discapacidad como instrumento para la participación social, Buenos Aires, REDI, pp. 31-46. [ Links ]

16. DUSSEL, Enrique, 2006, "Globalization, Organization and the Ethics of Liberation", en: Organization, Vol. 13, No. 4, pp. 489-508. [ Links ]

17. EREVELLES, Nirmala y Andrea Minear, 2010, "Unspeakable Offenses: Untangling Race and Disability in Discourses of Intersectionality", en: Journal of Literary & Cultural Disability Studies, No. 4, pp. 127-145. [ Links ]

18. FARDELLA, Carla, Vicente Sisto, Karol Morales, Guillermo Rivera y Rodrigo Soto, 2016, "Identidades laborales y ética del trabajo público en tiempos de rendición de cuentas", en: Psykhe, Vol. 25, No. 2, pp. 1-11. [ Links ]

19. GRECH, Shaun, 2015, "Decolonising Eurocentric Disability Studies: Why Colonialism matters in the Disability and Global South Debate", en: Social Identities, Vol. 21, No. 1, pp. 6-21. [ Links ]

20. GRECH, Shaun y Karen Soldatic, 2015, "Disability and Colonialism: (Dis)encounters and Anxious Intersectionalities", en: Social Identities, Vol. 21, No. 1, pp. 1-5. [ Links ]

21.______ , 2016, Disability in the Global South, Suiza, Springer. [ Links ]

22. GROSFOGUEL, Ramón, 2011, "Decolonizing PostColonial Studies and Paradigms of Political-Economy: Transmodernity, Decolonial Thinking, and Global Coloniality", en: Transmodernity: Journal of Peripheral Cultural Production of the Luso-Hispanic World, Vol. 1, No. 1, pp. 1-36. [ Links ]

23. GROSFOGUEL, Ramón y Santiago Castro-Gómez, 2007, El giro decolonial: reflexiones para una diversidad más allá del capitalismo global, Bogotá, Iesco/Instituto Pensar/Siglo del Hombre. [ Links ]

24. GROVER, Chris y Linda Piggott, 2010, "Disgusting! Understanding Financial Support for Disabled People in the UK", ponencia presentada en Disability Studies Fifth Bi-Annual Conference, Lancaster University, Lancaster, septiembre 7-9. [ Links ]

25. GROVER, Chris, y Karen Soldatic, 2013, "Neoliberal Restructuring, Disabled People and Social (In)security in Australia and Britain", en. Scandinavian Journal of Disability Research, Vol. 15, No. 3, pp. 216-232. [ Links ]

26. HALL, Kim, 2015, "New Conversations in Feminist Disability Studies: Feminism, Philosophy, and Borders", en: Hypatia, Vol. 30, No. 1, pp. 1-12. [ Links ]

27. KENNY, Katherine, 2015, "The Biopolitics of Global Health: Life and Death in Neoliberal Time", en: Journal of Sociology, Vol. 51, No. 1, pp. 9-27. [ Links ]

28. LÓPEZ, Diego, 2004, Derechos, trabajo y empleo, Santiago, LOM. [ Links ]

29. MANDIOLA, Marcela, Miguel Imas y Paula Ascorra, 2014, "Cambios y transformaciones en el ejercicio del management", en: Psicoperspectivas, Vol. 13, No. 3, pp. 1-6. [ Links ]

30. MEEKOSHA, Helen y Russel Shuttleworth, 2009, "What's so 'Critical' about Critical Disability Studies?", en: Australian Journal of Human Rights, Vol. 15, No. 1, pp. 47-75. [ Links ]

31. MIGNOLO, Walter, 2016, "El pensamiento des-colonial, desprendimiento y apertura: un manifiesto", en: Revista Telar, No. 6, pp. 7-38. [ Links ]

32. NACIONES Unidas, 2006, "Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo", tomado de: <http://www.un.org/disabilities/>. [ Links ]

33. OLIVER, Michael, 1984, "The Politics of Disability", en: Critical Social Policy, Vol. 4, No. 11, pp. 21-32. [ Links ]

34.______, 1990, The Politics of Disablement, Londres, Macmillan. [ Links ]

35. ORTIZ, María, 2014, "El perfil del ciudadano neoliberal: la ciudadanía de la autogestión neoliberal", en: Sociológica (México), Vol. 29, No. 83, pp. 165-200. [ Links ]

36. ORGANIZACIÓN Internacional del Trabajo (OIT), 2014, "Lograr la igualdad de oportunidades en el empleo para las personas con discapacidad a través de la legislación: directrices", en: International Labour Organization, tomado de: <https://www.ilo.org/>. [ Links ]

37. PARKER, Ian, 1988, "Deconstructing Accounts", en: Analysing Everyday Explanation: A Casebook of Methods, Londres, Sage, pp. 39-53. [ Links ]

38. POTTER, Jonathan, 1998, La representación de la realidad: discurso, retórica y construcción social, Buenos Aires, Paidós. [ Links ]

39. POTTER, Jonathan y Margaret Wetherell, 1987, Discourse and Social Psychology, Londres, Sage. [ Links ]

40. PRIOR, Lindsay, 2008, "Repositioning Documents in Social Research", en: Sociology, Vol. 42, No. 5, pp. 821-836. [ Links ]

41. QUIJANO, Aníbal, 2000, "Colonialidad del poder, eurocentrismo y América latina", en: Edgardo Lander (comp.), Colonialidad del saber, eurocentrismo y ciencias sociales, Buenos Aires, Clacso/Unesco, pp. 201-246. [ Links ]

42. RODRÍGUEZ, Susana y Miguel Ferreira, 2010, "Desde la discapacidad hacia la diversidad funcional: un ejercicio de disnormalización", en: Revista Internacional de Sociología, Vol. 68, No. 2, pp. 289-309. [ Links ]

43. ROSE, Nikolas, 1996, Inventing Ourselves: Psychology, Power and Personhood, Cambridge, Cambridge University Press. [ Links ]

44. SEMBLER, Camilo, 2019, "Políticas de la vulnerabilidad: cuerpo y luchas sociales en la teoría social contemporánea", en: Athenea Digital: Revista de Pensamiento e Investigación Social, Vol. 19, No. 3, pp. 1-23. [ Links ]

45. SERRANO, Paula, 2014, "Producción de subjetividad a partir de los discursos gubernamentales del estado de Chile sobre la discapacidad", en: Revista Chilena de Terapia Ocupacional, Vol. 14, No. 2, pp. 119. [ Links ]

46. SHAKESPEARE, Tom y Alana Officer, 2011, "Introduction", en: World Health Organization y The World Bank (eds.), World Report on Disability. Disability and Rehabilitation, Malta, WHO, p. 11. [ Links ]

47. SHILDRICK, Margrit, 2012, "Critical Disability Studies: Rethinking the Conventions for the Age of Postmodernity", en: Nick Watson, Alan Roulstone y Carol Thomas (eds.), Routledge Handbook of Disability Studies, Londres, Routledge, pp. 30-41. [ Links ]

48. SISTO, Vicente, 2019, Managerialismo versus prácticas locales: la decolonización del discurso managerial desde la vida de la escuela", en: Cuadernos de Administración, Vol. 32, No. 58. [ Links ]

49. SOLDATIC, Karen, 2015, "Post Colonial re Productions: Disability, Indigeneity and the Formation of the White Masculine Settler State of Australia", en: Social Identities ,, Vol. 21, No. 1, pp. 53-68. [ Links ]

50. SOLDATIC, Karen y Anne Chapman, 2010, "Surviving the Assault? The Australian Disability Movement and the Neoliberal Workfare State", en: Social Movement Studies, Vol. 9, No. 2, pp. 139-154. [ Links ]

51. SOLDATIC, Karen y Helen Meekosha, 2012, "Disability and Neoliberal State Formations", en: Nick Watson, Alan Roulstone y Carol Thomas (eds.), Routledge Handbook of Disability Studies, Nueva York, Routledge, pp. 195-210. [ Links ]

52. SUPERINTENDENCIA de Pensiones, 2009, "Compendio de normas del sistema de pensiones", Libro III, Santiago de Chile, tomado de: <http://www.spensiones.cl/portal/compendio/596/w3-channel.html>. [ Links ]

53. TREMAIN, Shelley, 2010, "Biopower, Styles of Reasoning, and What's Still Missing from the Stem Cell Debates", en: Hypatia, Vol. 25, No. 3, pp. 577-609. [ Links ]

54. VEHMAS, Simo y Nick Watson, 2014, "Moral Wrongs, Disadvantages, and Disability: A Critique of Critical Disability Studies", en: Disability & Society, Vol. 29, No. 4, pp. 638-650. [ Links ]

55. VERDUGO, Miguel, Borja Jordán, Carmen Vincent y Raquel Martín, 2006, Integración laboral y discapacidad, Madrid, Universidad de Salamanca-Instituto Universitario de Integración en la Comunidad. [ Links ]

56. WETHERELL, Margaret y Jonathan Potter, 1998, "El análisis del discurso y la identificación de los repertorios interpretativos", en: Ángel Gordo y José Linaza (eds.), Psicología, discurso y poder: metodologías cualitativas, perspectivas críticas, Madrid, Visor pp. 63-78. [ Links ]

57. WORLD Health Organization (WHO), 2011, World Report on Disability, Genova, WHO. [ Links ]

* Este estudio es parte de la investigación en curso "El Despliegue de la inclusión de personas con discapacidad en el mercado laboral: modulando un nuevo sujeto de producción", realizado con el apoyo financiero de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo de Chile (ANID/Doctorado Nacional/2018-21 180925). Agradezco las relevantes contribuciones de la investigadora Constanza López Radrigán, cuyos comentarios y sugerencias desde su posicionamiento crítico en los estudios de discapacidad fueron fundamentales en la elaboración de este artículo.

• Dibujo de cuatro militares mutilados de piernas o brazos, Otto Dix, 1920 | Tomada de: Revista Literaria Internacional La Sombra de las Palabras 

Recibido: 15 de Enero de 2020; Aprobado: 13 de Marzo de 2020

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons