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Revista republicana

versión impresa ISSN 1909-4450versión On-line ISSN 2256-5027

Rev. repub.  no.25 Bogotá jul./dic. 2018

https://doi.org/10.21017/rev.repub.2018.v25.a49 

Artículos

RETOS DE LA EDUCACIÓN LEGAL CLÍNICA COMO MODELO PEDAGÓGICO EN AMÉRICA LATINA: ANÁLISIS DE LA EXPERIENCIA DEL GRUPO DE ACCIONES PÚBLICAS DE LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO (1999-2017)*

Challenges of clinical legal education as a pedagogical model in Latin America: analysis of the experience of the public actions group of the Universidad del Rosario (1999-2017)

Beatriz Londoño-Toro** 

María Lucía Torres-Villarreal*** 

** Doctora en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Profesora. Especialista en Derecho Constitucional del Centro de Estudios Constitucionales de Madrid. Abogada de la Universidad Pontificia Bolivariana. Profesora titular de Carrera Académica de la Universidad del Rosario (Bogotá, Colombia). Correo electrónico: beatriz.londono@urosario.edu.co

*** Magíster en Derecho con énfasis en Derechos Humanos y estudiante del Doctorado en Derecho de la Universidad del Rosario. Abogada de la Universidad del Rosario. Profesora Principal de Carrera Académica de la Universidad del Rosario (Bogotá, Colombia). Correo electrónico: maria.torres@urosario.edu.co


RESUMEN

Este artículo analiza la educación legal clínica como un modelo pedagógico que en América Latina, y especialmente en Colombia, recoge los aportes del modelo norteamericano, enriqueciéndolos con trabajo en defensa de derechos humanos. Esta propuesta promueve los escenarios de «aprender a aprender», se diferencia de la enseñanza clásica del derecho y genera nuevos estándares de formación jurídica en el siglo XXI.

La metodología empleada evidencia cómo las clínicas jurídicas impactan la formación del estudiante y la labor del docente, en un trabajo conjunto y una reinvención permanente del proceso de enseñanza-aprendizaje. El estudio contó con la participación de integrantes y supervisores de diversas épocas de la Clínica Jurídica «Grupo de Acciones Públicas» de la Universidad del Rosario, examinando la evolución del modelo pedagógico, el impacto y la representación que tiene en los egresados.

Palabras clave: educación legal; justicia social; experiencia de aprendizaje; desarrollo de competencias; relación teoría-práctica

ABSTRACT

This article analyzes clinical legal education as a pedagogical model that in Latin America and especially in Colombia, gathers the contributions of the North American model, enriching them with work in defense of human rights. This proposal promotes the «learn to learn» scenarios, differs from classical law teaching and generates new standards of legal training in the 21st century.

The methodology used shows how legal clinics impact the student's training and the work of the teacher, in a joint work and a permanent reinvention of the teaching-learning process. The study counted on the participation of members and supervisors from different periods of the Legal Clinic "Public Actions Group" of the University of Rosario, examining the evolution of the pedagogical model, the impact and the representation that it has in the graduates.

Key Words: Legal Education; Social Justice; Learning Experience; Competency Development; Theory-practice relationship

INTRODUCCIÓN

La educación legal clínica es una propuesta que a pesar de tener más de 90 años sigue siendo novedosa para las escuelas de Derecho del mundo, especialmente en América Latina, por varios aspectos: i) es un modelo pedagógico que se toma de una ciencia (la medicina) y se traslada con aspectos innovadores a otra (el derecho), con los aportes permanentes de la pedagogía; ii) propone la necesidad de ligar teoría y práctica y formar en competencias profesionales y éticas para la defensa de la justicia social; y iii) es un modelo que evoluciona y se enriquece con aportes de alto impacto en materia de educación jurídica y aplicación del litigio estratégico en derechos humanos.

Las clínicas jurídicas promueven acciones legales no solamente que ponen en marcha el aparato judicial, sino en distintas actividades de litigio estratégico que evidencian la incidencia que se puede lograr en temas legislativos, jurisprudenciales, de política pública, entre otros (Villarreal, 2007; Correa, 2008; Puga, 2002). Se destacan igualmente por ser un escenario por excelencia de «aprender a aprender» y «aprender haciendo» (Abramovich, 2007; Molina, 2008; Pabón, 2014). En relación con su trabajo, es importante señalar que si bien existen unos elementos esenciales que lo caracterizan, no hay un formato único de clínica jurídica; suelen conformarse y consolidarse de acuerdo con las necesidades propias del entorno o a unos objetivos académicos y de impacto social (Álvarez, 2013) y esto permite adelantar acciones en defensa de los derechos humanos y la justicia social (Carrillo y Espejo, 2013).

Esta investigación se trazó como objetivo general realizar un estudio de caso referido al impacto que la clínica jurídica "Grupo de Acciones Públicas" de la Universidad del Rosario ha tenido en los egresados que participaron de esta experiencia con énfasis en la evidencia de las competencias más significativas logradas en ellos a través del proceso pedagógico de este modelo de formación, para denotar cómo la participación en una clínica jurídica genera un efecto en la formación ética y legal de los abogados. Este artículo aborda entonces los elementos que caracterizan a una clínica como escenario de formación y de litigio estratégico, desde el rol de los estudiantes y los docentes y el impacto en la agenda diaria del país; luego se concentra en el Grupo de Acciones públicas para plantear sus elementos característicos como modelo clínico y de esa manera comprender el alcance de la investigación realizada, cuyos resultados se proponen en la parte final, junto con la metodología seguida.

ELEMENTOS DE LA EDUCACIÓN LEGAL CLÍNICA COMO MODELO DE ENSEÑANZA DEL DERECHO

1. Características de una clínica jurídica

En la literatura jurídica se señalan elementos comunes que identifican a las clínicas (Courtis, 2005; Castro, 2006; Blázquez, 2006; Murcia y Londoño, 2015), destacándose aspectos esenciales como: i) renovación de la práctica y enseñanza jurídica tradicional, lo cual se evidencia en la necesidad de enfrentar a los estudiantes con problemas, casos y situaciones reales; ii) participación de profesores (supervisores) y estudiantes en una relación horizontal para fortalecer competencias de litigio estratégico y actividades de alto impacto (street law, lobby legislativo, etc.); iii) casos o ejercicios académicos de interés público e impacto social, jurídico o político; y iv) proceso continuo de supervisión y generación de una cultura de aprendizaje autónomo, autoevaluación y coevaluación.

Las clínicas jurídicas en América Latina empiezan concibiéndose como una pieza estructural en el proceso de formación de los abogados del futuro, pero también como espacio de incidencia social, toda vez que desde sus esquemas de funcionamiento abordan problemáticas que se viven en el contexto de los Estados, en las que los derechos humanos, el interés público y los grupos de especial protección se ven afectados y requieren ser defendidos.

Como complemento de esta labor, las clínicas tienen un reconocimiento académico, como centros de pensamiento, formación y acción en derecho, pero a la vez como el escenario para la pedagogía en derechos humanos y el empoderamiento de las comunidades, sin dejar de lado su esencia como modelo de enseñanza del derecho. Desde las clínicas se definen elementos para la defensa del interés público y se promueven acciones de litigio estratégico, motivando además una formación de abogados con perspectiva social, dueños de un rol en la sociedad y activos en el proceso de cambio social (Blázquez, Cuenca e Iglesias, 2014).

2. El modelo pedagógico en las clínicas jurídicas

Uno de los aspectos más importantes en la propuesta de la Unesco (1998) se relaciona con el enfoque de las estrategias y recursos hacia los estudiantes como protagonistas del proceso pedagógico, armonizado con las exigencias sociales que el entorno de la educación plantea y la importancia de una educación integral basada en competencias. Siguiendo a Flórez (1999) y a Murcia y Londoño (2015), el modelo pedagógico que se encuentra en construcción, en el caso de las clínicas jurídicas latinoamericanas, debe incluir las metas, el concepto de desarrollo humano, los contenidos, la relación entre actores y el modelo didáctico (métodos, técnicas de aprendizaje, recursos didácticos y sistemas de evaluación).

Para el caso de las clínicas, se evidencian avances significativos en materia de i) formación integral, la cual «implica la formación ética en valores que privilegia cada institución universitaria, en un marco de responsabilidad social» (Murcia y Londoño, 2015, p. 9) y ii) aprendizaje activo, constructivo, autorregulado, significativo, aprendizaje-servicio que permita superar la brecha entre derecho y realidad. Aún faltan desarrollos en el modelo didáctico en América Latina, pero el mayor reto que tienen estas experiencias es la necesidad de «construir espacios de discusión e intercambio teórico sobre el modelo y propiciar escenarios multidisciplinares e internacionales (...) en nuevas estrategias para abordar la complejidad y diversidad de las exigencias que implica el trabajo por la justicia social y los derechos humanos» (Murcia y Londoño, 2015, p. 17).

3. Los estudiantes como eje de la Educación Legal Clínica

Este aspecto es el más relevante en los procesos de formación clínica. Es indudable que el modelo norteamericano propuesto por Frank en 1933 fue visionario y durante estos años se ha fortalecido, permitiendo a los estudiantes ser los constructores de su propio proceso en una verdadera relación de «aprender a aprender» y «aprender haciendo» bajo la supervisión responsable, directa y permanente de los docentes. De esta forma, las clínicas se plantean como un modelo innovador, que propone nuevos roles para profesores y estudiantes (González, 2003) e incluso, posibles variables en los currículos de las facultades de derecho como un referente para la transformación social (Carreño, 2014; García-Añón, 2013).

Se destaca también que en América Latina los estudiantes siempre han sido parte integrante de los encuentros de las redes nacionales y regionales de clínicas, como parte de su proceso de formación y de fortalecimiento del modelo.

Lo que no se ha analizado aún en las investigaciones revisadas, es el impacto de estos procesos en los egresados de las facultades de Derecho que fueron parte de una clínica. Esta fue una de las razones que motivaron este trabajo, que busca resaltar la voz de quienes fueron en su momento estudiantes de la Clínica Jurídica GAP y hoy, años después, son destacados profesionales que reconocen los aportes de su experiencia clínica.

4. La formación de los docentes en experiencias de Clínicas Jurídicas

Fue en el Encuentro de la Red Latinoamericana de Clínicas Jurídicas realizado en Tucumán (Argentina) en el año 2006, donde se inició para la región una revisión cuidadosa y de gran valor sobre los aportes de las clínicas del Common Law en el debate sobre el rol de los docentes clínicos. En dicha actividad se contó con la participación de destacados profesores como Martín Bohmer de la Universidad de San Andrés (Argentina), Ellen Chapnik de la Universidad de Columbia (Estados Unidos) y Lusine Hovhannisian del Public Interest Law Initiative (Hungría).

De estas reflexiones y de los trabajos que se han examinado al respecto (Quigley, 1995), se evidencia una reingeniería sobre el rol del docente en las clínicas, resaltando como características esenciales: i) ser un supervisor, lo que implica generar la planeación estratégica de la clínica, la revisión periódica de casos y actividades, seguimiento a los avances en objetivos trazados, la observación activa de la labor de los estudiantes y la promoción de autoevaluación, coevaluación y retroalimentación permanente de los integrantes de la clínica (Ellmann, 2015); ii) su disponibilidad para el trabajo se incrementa notoriamente porque debe asumir no solo las sesiones conjuntas, sino reuniones específicas y personales con los estudiantes de la clínica; iii) propiciar un trabajo multidisciplinario e integral porque no solo debe orientar y acompañar a los estudiantes, sino asesorarlos en la búsqueda y contacto de expertos o áreas de experticia requeridas para el diseño de estrategias de litigo según el caso; y iv) su plan de trabajo es complejo e incluye una carga más amplia que la de un docente de cátedra.

Una de las necesidades que se evidencia en Latinoamérica es la de establecer programas de formación de docentes clínicos, porque, aunque existe un grupo de profesores que ha liderado estos cambios en las universidades, su espacio de formación ha estado basado en la literatura existente, las experiencias personales en sus propios procesos académicos y los encuentros de las Redes. De igual manera, se resalta que las Clínicas han sido un semillero de nuevos docentes clínicos y universitarios, lo que ha contribuido a la formación de una generación de relevo con experiencias pedagógicas y sociales valiosas que sirven para mejorar su trabajo académico (Londoño, 2016).

5. La agenda de las clínicas jurídicas. ¿Cuáles son las fortalezas? ¿Qué necesita el país?

Es indudable que la labor que se destaca en la región se orienta a la defensa innovadora, creativa y con alto impacto social de casos de derechos económicos, sociales y culturales, la utilización de herramientas de litigio internacional, como Amicus Curiae en casos y opiniones consultivas, la defensa de derechos colectivos con instrumentos constitucionales como el amparo o las acciones colectivas. De igual forma se han explorado herramientas en el derecho interno para defender a grupos de especial protección constitucional frente a decisiones o políticas discriminatorias y se resalta el uso de casos testigo para evidenciar graves violaciones a derechos humanos.

La labor de las clínicas debe concebirse como un escenario idóneo de formación de abogados y de litigio de casos con problemáticas históricas y coyunturales, pero también como un espacio de fomento y fortalecimiento de deberes como ciudadanos, partícipes de un entorno al cual deben aportar para la construcción de un mejor país y para la consolidación del modelo democrático a través de un comportamiento ético (Herrera y Bocanegra, 2016, pp. 22-23).

A continuación se presenta el estudio de caso escogido para evaluar la práctica de la educación legal clínica, sus aportes y retos. Se seleccionó la Clínica Jurídica «Grupo de Acciones Públicas» de la Universidad del Rosario (Bogotá, Colombia), por varias razones: i) fue la primera clínica que se creó en Colombia y ha desarrollado su trabajo pedagógico y social de forma ininterrumpida; ii) tiene 19 años de trabajo documentado en publicaciones y ponencias académicas a nivel nacional e internacional; iii) por la calidad de las autoras como supervisoras de la Clínica, se tiene acceso a los archivos, a los casos y a la base de datos de integrantes desde su fundación.

EL GRUPO DE ACCIONES PÚBLICAS (GAP)

En 1999 nace el GAP como la primera clínica jurídica en la Universidad del Rosario y en Colombia. Se estructura sobre la base de la defensa del interés público y los derechos humanos y sus resultados son parte de la función sustantiva de extensión de la Universidad1, procurando llevar a los estudiantes a escenarios donde el estudio de situaciones jurídicas reales les permita estar en contacto directo con la comunidad y poner en práctica los conocimientos aprendidos durante su carrera (Torres, 2013; Wizner, 2002).

La clínica tiene como objetivo principal promover la responsabilidad social en el ejercicio de la profesión y aportar elementos para la construcción de un mejor país, para lo cual promueve el uso de mecanismos de protección de los derechos humanos y el interés público, procurando el acceso a la justicia de comunidades vulnerables y la atención de las necesidades legales colectivas del contexto (Álvarez, 2007; Puga, 2002; Lazar, 2016).

Tiene dos objetivos misionales: uno de carácter pedagógico y otro social. Respecto del primero, pretende formar a los estudiantes promoviendo el desarrollo de competencias, habilidades y destrezas necesarias para el ejercicio práctico del derecho, desde una perspectiva de responsabilidad social. Para lograr esto, la clínica ha implementado herramientas pedagógicas (talleres de redacción, expresión oral, simulaciones, juegos de roles), espacios académicos que complementan la formación de los estudiantes y participación en los encuentros de redes nacionales e internacionales de clínicas jurídicas, entre otras. El segundo objetivo pretende brindar asesoría legal a comunidades vulnerables para la defensa de sus derechos, para lo cual se construye una agenda temática que permite seleccionar y construir casos, se diseñan estrategias legales para el desarrollo de un litigio de alto impacto y se implementa un análisis de viabilidad caso a caso.

La clínica está compuesta por un número plural de estudiantes (de 14 a 18) que están cursando último año de Derecho y un equipo docente conformado por cuatro abogados-profesores de la Facultad y un asesor externo en temas de interés de la clínica. Los estudiantes son seleccionados en un proceso voluntario, con altos estándares de calidad, en el que participan los supervisores de la clínica y representantes de los estudiantes que forman parte de la misma; luego de 19 años de existencia, han adelantado su proceso de formación en la clínica cerca de 300 estudiantes y son egresados que laboran en diferentes sectores del país. En ese sentido, la clínica representa la idónea compaginación entre la teoría y la práctica; es un complemento de la enseñanza magistral del derecho y los contenidos clásicos que bajo este modelo se imparten, con el fin de ajustarse a las necesidades actuales y que el derecho no resulte ajeno a las problemáticas y realidades del propio contexto del estudiante (Castro, 2006).

A lo largo de su existencia, la Clínica ha desarrollado importantes acciones legales a través de las herramientas de litigo estratégico2. Estas se pueden catalogar en judiciales (acciones ante autoridades judiciales nacionales o internacionales, con especial énfasis en acciones constitucionales así como amicus curiae3), administrativas (actuaciones que procuran una solución sin llegar a instancias judiciales, con ejercicios interinstitucionales), sociales (trabajo con comunidades para construir o compartir estrategias de litigio; también se incluyen acciones con medios de comunicación para visibilizar la problemática o los resultados del caso), políticas (actuaciones para generar incidencia en políticas públicas o en la actividad legislativa) y pedagógicas (actividades que buscan la formación en derechos humanos y el empoderamiento de las comunidades (Street Law); se incluyen también las publicaciones y las redes académicas4.

Para el cumplimiento de estos fines, la Clínica ha buscado y desarrollado alianzas estratégicas5, resaltando el trabajo colaborativo con clínicas jurídicas y organizaciones sociales, nacionales e internacionales, entidades del Estado, firmas de abogados, etc. Estas se diseñan sobre un resultado en doble vía, procurando que los estudiantes aprendan de la experiencia que tiene el socio, para lo cual el aliado comprende que tiene un rol dentro del proceso de formación del estudiante; así mismo el aliado aprenderá aspectos del trabajo clínico en la construcción de estrategias de litigio (Torres, 2015). Las alianzas que se entablan con personas u organizaciones con misiones y visiones semejantes a la clínica han permitido plantear, en la Facultad, las clínicas y el ProBono6 como espacios curriculares para la formación ética, donde se muestra cómo esta puede practicarse y dejar de ser un discurso abstracto, pues a partir de la premisa de «aprender de la experiencia propia», se logran los objetivos de empatía humana y otros esenciales en la formación clínica.

El proceso de consolidación y fortalecimiento de las clínicas jurídicas a nivel global y regional, así como el surgimiento de nuevas clínicas, se caracteriza por la unión de esfuerzos entre estas. Iniciativas como Global Alliance for Justice Education (GAJE)7 y la Red Latinoamericana de Clínicas Jurídicas8, de las cuales el GAP forma parte, son muestra de la importancia de la existencia de redes como forma de compartir experiencias y conocer el trabajo de otras clínicas (Bloch, 2013; Castro, 2006); se conciben como «oportunidades de aprendizaje, debate y aporte a casos en construcción y análisis de avances investigativos sobre los temas de la educación legal clínica y el litigio estratégico» (CELS, 2013).

Es importante anotar que la estructura de la clínica ha evolucionado a lo largo de su existencia, tratando de adaptarse a las necesidades del contexto en materia social, como un proyecto permanente, sostenible y académico y ajustando sus elementos a los estándares y tendencias internacionales en cuanto a educación legal clínica. Se pueden establecer 3 grandes fases en su trayectoria (Gráfica 1).

Gráfico 1 Creación propia de las autoras. 

Fase 1: La clínica inicia con elementos del modelo que imperaba en América Latina, denotando la importancia del espacio en el proceso de formación de los abogados, pero también con fuerte incidencia social por el abordaje de problemáticas que se viven en los Estados (Blázquez, Cuenca e Iglesias, 2014). Esto implica concebir el modelo a partir de características y problemáticas propias, lo cual propone nuevos retos desde la ensenanza y el papel de los abogados (Carrillo y Espejo, 2013). Empiezan a construirse e instaurarse las primeras acciones constitucionales, con pocos estudiantes y bajo la coordinación de un Director y un Monitor. Hacia finales de esta fase, el grupo está institucionalmente creado, incorporado al Consultorio Jurídico de la Facultad de Jurisprudencia, con reconocimiento académico dentro del proceso de formación de los estudiantes.

Fase 2: La clínica consolida su trabajo académico, aumentando el número de estudiantes, así como el tipo de casos, lo que permite ampliar las opciones de estrategias de litigio. Esto le permite avanzar para tener un coordinador permanente y contar con el apoyo de profesores del Grupo de Derechos Humanos que brindan su asesoría al trabajo de la clínica. En el ano 2009 el GAP se consolida como un área del Consultorio Jurídico, sin perder su autonomía y naturaleza, se integra el equipo supervisor9 y se organiza en tres comisiones10.

Durante esta etapa, la clínica concibe la importancia del «training for trainers», por lo que sus docentes asisten a escenarios de formación clínica, los cuales, además de brindar herramientas de ensenanza propias del modelo, permiten mostrar el trabajo de la clínica y posicionarla a nivel nacional e internacional; esto también facilita los primeros intercambios de experiencias de estudiantes (estancias en clínicas internacionales).

Fase 3: Siguiendo los lineamientos regionales y globales, la clínica crea y pone en marcha la Red Colombiana de Clínicas Jurídicas, entendiendo la necesidad de compartir las experiencias pedagógicas y de litigo estratégico que se adelantan ante problemáticas transversales en el país (Londono, 2015). Se propician y fortalecen las alianzas estratégicas para el trabajo conjunto en investigaciones, elaboración de informes, construcción de acciones judiciales, amicus curiae, entre otros. El reconocimiento de la clínica permite un aumento en el número de publicaciones sobre temas clínicos, lo cual resulta novedoso tanto en Colombia como en el exterior (Londono y Fager, 2009).

Desde 2015, la clínica forma parte de la Secretaría Técnica de la Red Latinoamericana, contribuyendo así a una reingeniería del papel de esta en la región y su importante actuación en temas coyunturales desde lo pedagógico y lo social. En la Facultad se crea el Comité de Clínicas, donde se establecerán los parámetros del modelo pedagógico y los lineamientos para la creación de nuevas clínicas.

En los últimos anos, la clínica ha reflexionado sobre su alcance como centro de formación de líderes profesionales y humanos, siendo su experiencia a lo largo de los anos la que le ha permitido consolidar esa fortaleza, que se explora desde lo pedagógico y se convierte en una herramienta esencial para el ejercicio profesional, como se verá con los resultados de la presente investigación11.

ESTRATEGIA METODOLÓGICA

La investigación, cuyos resultados se presentan en este artículo, versa sobre un estudio descriptivo, cuantitativo-cualitativo, basado en revisión documental, encuestas y grupos focales, con el objeto de triangular los resultados obtenidos con la experiencia propia del GAP en 18 anos de existencia, desde una visión pedagógica y académica.

En la primera fase del trabajo se aplicaron encuestas, donde el Universo corresponde a 290 egresados del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario (1999-2017) seguidores del Fanpage de la red social Facebook creada por la Clínica12. El instrumento constaba de 9 preguntas, estuvo disponible por un período de 15 días13, invitando a ser diligenciado por parte de todos aquellos que hubiesen sido parte de la Clínica desde su creación en 1999 y hasta 2017 (mayo). Fue debidamente diligenciado por 52 personas, que equivalen al 18% de egresados del GAP, lo cual se considera una muestra representativa para los fines pretendidos.

La encuesta se diseñó a partir de factores propios de la experiencia clínica desde el rol del supervisor y desde el rol del estudiante, a través de diferentes tipos de preguntas relacionadas con los elementos característicos de las clínicas, su alcance como modelo pedagógico, la formación de sus docentes, el rol esencial de los estudiantes en la educación legal clínica y la agenda temática de las clínicas. La información se recaudó y se organizó para ser analizada a través del programa Lime Survey mediante la técnica de análisis temático, previa categorización de variables.

De igual forma, se conformaron 3 grupos focales a los que asistieron un total de 31 personas: 2 de ellos fueron organizados con egresados de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, que cuando fueron estudiantes pertenecieron al GAP, según los registros de la Clínica14. Para ello, de toda la población que había sido parte de la Clínica desde su creación en 1999 y hasta 2017 (mayo), se hizo una selección aleatoria y se convocó a 2 mesas de trabajo. Los grupos trabajaron 5 preguntas, bajo una metodología de opinión abierta, con relatoría anónima y por espacios de tiempo previamente definidos. Las preguntas se elaboraron sobre un esquema temático semejante al de la encues-ta15 El tercer grupo focal16 estuvo conformado por 5 personas seleccionadas intencionalmente entre el grupo de supervisores desde sus inicios. Al igual que en los otros grupos focales, también se trabajó sobre 5 preguntas, con la misma metodología, esquema de relatorías y control de tiempo. La información de los tres grupos focales se procesó y analizó mediante la técnica de análisis temático, previa categorización de variables.

RESULTADOS Y REFLEXIÓN

A continuación se presentan los resultados de las encuestas y los grupos focales realizados con estudiantes y egresados del GAP, los cuales toman como ejes temáticos los elementos a partir de los cuales se aborda una clínica jurídica; estos se relacionan, además, con los temas analizados en la primera parte del escrito y dan sustento a la investigación.

1. Elementos característicos de una clínica jurídica

De conformidad con los resultados de la encuesta, el 100% de quienes participaron consideran que las condiciones que más se cumplen al examinar la labor de la clínica y permiten colegir sus elementos característicos son: la participación de profesores y estudiantes en una labor que fortalece competencias de los estudiantes para la vida profesional, el trabajo con casos reales donde se interactua en la búsqueda de una solución y el manejo de casos emblemáticos con incidencia social, jurídica o política. Muy de cerca se encuentran la pertenencia de la clínica a redes nacionales e internacionales (98,08%) y la existencia y búsqueda de alianzas estratégicas para el desarrollo de sus objetivos (94,23%). Sin dejar de ser importante, también se destacan la existencia en la clínica de recursos físicos, tecnológicos, bibliográficos y de difusión (63,47%) y su autonomía administrativa y académica (57,7%).

De igual manera, el análisis de las características de una clínica aborda la necesidad de establecer su ubicación curricular en el programa de Derecho. De los encuestados, el 61,54% considera que la clínica debería estar dentro de la estructura del Consultorio Jurídico17, que es el formato organizacional que ha tenido el GAP desde su creación y que ha sido replicado por otras clínicas en formación en Colombia. En segundo lugar, pero en abierta distancia, un 19,23% considera que debería ser una asignatura obligatoria dentro del plan de estudios del programa de Derecho. Esta respuesta conlleva necesariamente a otro análisis alrededor las diferencias esenciales entre las clínicas y el Consultorio Jurídico, lo cual ha suscitado en Colombia un debate interesante que hoy se inclina hacia la complementariedad de las dos figuras al versar ambas sobre temas de acceso a la justicia y garantía de derechos y desde lo pedagógico, sobre la formación con responsabilidad social y materialización de los conocimientos adquiridos (Bonilla, 2018, pp. 26-27), con una principal característica diferenciadora respecto del tipo de casos que maneja una clínica y el litigio estratégico que se diseña e implementa para dichos casos.

Al preguntar por estas diferencias en los grupos focales, sus respuestas se orientan hacia la caracterización de la clínica como un espacio único de formación, diferente del Consultorio básicamente por el tipo de derechos que se defienden (colectivos), lo cual los convierte en casos de alto impacto y permite el desarrollo de una relación más estrecha y directa con las comunidades, definiendo a los estudiantes de la clínica como «abogados de las comunidades». Las diferencias que quizá llaman más la atención son aquellas relacionadas con los valores que transmite el formar parte de una clínica; señaló un participante que «una diferencia muy grande está en el arraigo del sentido de solidaridad de los casos; en consultorio se desarrollan capacidades y destrezas para la práctica lucrativa (como ganarse la vida), pero en las Clínicas se da un valor social de la solidaridad»18 y de igual forma el sentido de pertenencia, el cual se desarrolla de forma más fuerte en el interior de una clínica.

Por su parte, el grupo focal de supervisores de la Clínica19 enfocó sus comentarios más hacia la importancia de las semejanzas entre los dos escenarios, destacando la necesidad de entender sus diferencias y alcance para que se entiendan como complementarias. Resaltaron que ambas brindan un espacio práctico a los estudiantes y, desde sus perspectivas, proveen una serie de destrezas y habilidades esenciales para el estudiante. Centran las principales diferencias en el hecho de que el Consultorio es una estructura rígida debido a su creación y regulación legal, mientras que las clínicas permiten más la innovación y el dinamismo al no estar reguladas ni existir modelos únicos; desde lo pedagógico, la pertenencia a la clínica permite el desarrollo de la competencia del trabajo en equipo, el diseño de estrategias de litigio de alto impacto y una labor más personalizada del supervisor en el acompañamiento del caso clínico.

Así mismo, indicaron que el hecho de pertenecer a una clínica de manera voluntaria da a los estudiantes mayor compromiso y sentido de responsabilidad, pues se trata de casos en los que encuentran una vocación especial o interés personal sobre temas que quizá nunca antes han abordado en la carrera (derechos humanos y de interés público), por lo cual la clínica se convierte en la única oportunidad de conocer y manejar estas problemáticas. Por último, destacan la importancia de crear de forma paulatina más espacios clínicos, en la medida en que vayan consolidándose y tomando fuerza.

De lo obtenido en las encuestas y los grupos focales, se encuentran como elementos comunes la complementariedad de los modelos y los aportes fundamentales de las clínicas en investigación y relacionamiento, además de la transmisión de unos valores esenciales como la solidaridad y el sentido de responsabilidad social. Se resalta también como algo valioso del modelo, la existencia de la supervisión, la interdisciplinariedad y el empoderamiento de los estudiantes como abogados de las comunidades en la defensa de sus derechos.

2. El modelo pedagógico en las clínicas jurídicas

Al preguntar por las competencias que fortalecen el modelo de educación legal clínica, la responsabilidad social, la comprensión de problemáticas, la ética y los valores y la redacción de textos y retórica son las más altamente calificadas. Ello denota el equilibrio entre el objetivo pedagógico y social de la clínica, pues dos de estas competencias están relacionadas con factores de carácter social y las otras dos con componentes del proceso pedagógico de formación que permite la clínica (Gráfica 2).

Fuente: elaboración propia de las autoras.

Gráfico 2 Competencias que fortalece la ELC. 

Al relacionar las competencias resaltadas en las encuestas y aquellas que se destacaron en los grupos focales, se encuentran líneas de semejanza; se refieren competencias relacionadas con la capacidad de innovación, señalando que la clínica brinda «una capacidad de soñar (...) de pensar en grande y no limitarse»20, aprender-haciendo, trabajo en equipo, liderazgo, compromiso con las labores asignadas, formación integral y visión de interdisciplinariedad, nuevas competencias pedagógicas y de innovación, empoderamiento de los estudiantes en su rol de abogados, y de manera especial se destacan competencias más cercanas al concepto de valores, como la sensibilidad social, la solidaridad, el amor por el trabajo, la ética y la empatía humana, desde el relacionamiento entre pares y con las comunidades vulnerables y con ello la «necesidad de apostarle a lo mejor de cada uno para apoyar a la comunidad»21.

Señalaron los participantes de los grupos focales, que la clínica es el escenario ideal para entender el concepto de interés general, para aprender a ser abogado a partir de casos reales, adquirir habilidades y aprender a ponerse en el lugar del otro. Las competencias y los valores éticos que se aprenden en el GAP denotan para los estudiantes que «pertenecer al GAP es un privilegio, no una obligación, es un aporte para la vida»22.

Para el grupo focal de supervisores, la clínica forma seres humanos integrales, con una visión del derecho como herramienta para defender los intereses de todos. Señalan que estos escenarios permiten a los estudiantes aprender a resolver los problemas por ellos mismos, lo cual implica no solo aplicar sus conocimientos jurídicos, sino ser novedosos e ingeniosos en el manejo de problemáticas de interés público, planteándose toda clase de retos para ellos mismos y los supervisores en cuanto a estrategias de litigio y la forma de enseñar el derecho. Esto fortalece las capacidades legales y fomenta competencias de relacionamiento, acercándose a debates éticos interesantes donde más allá de las soluciones del caso, se aprende a afrontar las particularidades del sistema judicial y de la realidad de la justicia, desarrollando tolerancia ante la frustración.

En cuanto a las habilidades adquiridas, se resaltan de manera especial la lectura, la escritura, la redacción y la argumentación, destacando que la forma en que el GAP se divide en Comisiones permite el desarrollo y el fortalecimiento de muchas de esas competencias. También se refieren a la necesaria interdisciplinariedad como forma de complementar las soluciones en derecho o de poner en diálogo diversas disciplinas para buscar alternativas de solución. Señalan que la labor de docencia desarrollada en la clínica muestra su calidad como escenario de enseñanza y aprendizaje del derecho, pues se trata de espacios de «aprender a aprender» en doble vía y es un semillero de docentes.

Justamente en este punto de la clínica como escenario de aprendizaje activo, la encuesta indagaba por aquellas actividades que permitían consolidarla como un espacio experiencial de formación. De las actividades en las que participan los estudiantes en la clínica, se destacan, a partir de su propia experiencia, la atención de casos de alto impacto (78,85%), las conferencias sobre educación legal clínica y temas relacionados (78,85%) y la investigación y pedagogía en derechos humanos dirigida a las comunidades (65,38%). Resaltaron como aquellas en las que menos participaron, aunque existe trabajo de la clínica en ello: trabajo con entidades estatales (69,23%), pasantías, lobby legislativo o intervenciones ante las Altas Cortes (51,92%)23 y atención de casos individuales (48,08%).

3. La formación de los docentes para asumir experiencias de Clínicas Jurídicas

Cuando se preguntó en la encuesta por las cualidades que debían reunir los supervisores, los encuestados ubicaron en el puesto más alto el compromiso de los supervisores con el trabajo de la clínica y sus estudiantes (82,69%), seguido por la facilidad frente al trabajo y los estudiantes en cuanto al manejo de la clínica en el componente académico y pedagógico (78,85%) y luego las investigaciones y publicaciones que realiza el docente clínico (46,15%). Las otras categorías resaltadas (experiencia laboral [40,38%] y académica [36,54%] y disponibilidad horaria [42,31%]), no se apartan mucho de la última, de donde se denota una importancia integral de las diferentes cualidades por las cuales fueron indagados los encuestados.

Al grupo focal se le preguntó por las diferencias entre la figura del docente tradicional y el rol del supervisor en una clínica, señalando que se trata de dos figuras completamente distintas; en la clínica, la relación del supervisor con el estudiante es más cercana y logra comprender las dinámicas de trabajo de cada uno, a lo que también contribuye el hecho de ser menos estudiantes que en una clase magistral. Esa cercanía permite plantear un dedicado plan de formación, realizar retroalimentación al proceso pedagógico y a la labor académica y explotar las habilidades y capacidades de cada uno de mejor forma para su propio proceso y para las actividades de la clínica.

El supervisor es una figura que promueve en el estudiante la formación de un criterio jurídico y cómo llevar esto a su vida profesional. Señala un participante que el GAP rompió con el esquema tradicional de enseñanza del derecho: «era una novedad, se trataba de acciones públicas y eso era algo poco conocido (...) los estudiantes tenían el rol principal en estos mecanismos y además un sentido de liderazgo frente a la comunidad. Sus conocimientos se volvían efectivos porque era útil para las comunidades (...) Se despierta un sentido de pertenencia y responsabilidad muy grande»24.

De igual manera, señalaron que el rol del docente de consultorio jurídico es diferente del supervisor de la clínica, principalmente por el trabajo en equipo, pues el consultorio sigue siendo un escenario de corte individual; adicionalmente, en relación con el tipo de casos que se manejan en la clínica y por la formación pedagógica que requiere esta, porque «para trabajar en educación legal clínica hay que tener una vocación de servicio y un gusto por el interés público»25.

4. Los estudiantes como eje de la educación legal clínica

Dentro de las características más importantes que debe tener un estudiante que pertenece a una clínica, se destacan en las encuestas: el compromiso frente a la clínica y las labores que en el interior de esta le son asignadas (autorregulación), dando relevancia al componente de responsabilidad y autodisciplina (84,62%), seguido del gusto o afinidad que los estudiantes deben tener con las temáticas abordadas en la clínica (80,77%) y la capacidad de trabajo en equipo, así como el interés por los derechos humanos y el interés público (ambos con 69,23%). Las cualidades más bajas de las evaluadas fueron la referente a experiencias previas en el campo de estudio (36,54%) y conocimientos específicos (48,08%), de donde se puede inferir que los estudiantes esperan tener en la clínica una primera experiencia de cercanía al contexto social y la realidad y/o a un modelo pedagógico que les aporte elementos diferentes a los que ya han recibido en su proceso de formación, por lo cual, si bien estas experiencias no dejan de tener importancia, no son un factor primordial en la caracterización del estudiante clínico.

Al preguntarles a los estudiantes cómo consideran que fue su experiencia en la clínica, el 53,85% señaló que fue esencial para el proceso de formación académica y personal y el 17,31% considera que fue una buena experiencia, con aspectos novedosos y diferentes respecto de las asignaturas del plan de estudios y además determinante a la hora de decidir sobre su futuro laboral (17,31%).

Al establecer un diálogo entre los resultados de las encuestas y de los grupos focales para referirse al impacto de la clínica en la vida de quienes han pasado por esta, encontramos que esto les ha permitido identificar las temáticas a las cuales se quieren dedicar en su ejercicio profesional y encuentran una marcada influencia en lo laboral, lo académico y lo personal, a partir de la experiencia vivida; «es importante para los abogados tener en cuenta que no todo está en los expedientes y en las normas sino en los territorios. La incidencia en la vida profesional ha sido total (...) El GAP abre la mente hacia lo que se quiere ser y hacer como profesional»26. De igual manera, la influencia ha estado dada en el enfoque de la formación recibida, esto es, la responsabilidad y sensibilidad social, lo que permite en el ejercicio profesional acercarse a escenarios como el trabajo ProBono, identificar casos de alto impacto y diseñar herramientas para un litigio estratégico. Para muchos también ha permitido descubrir sus habilidades como profesores, y en ese sentido se resalta nuevamente como un semillero de docentes.

5. La agenda de las clínicas jurídicas. ¿Cuáles son las fortalezas? ¿Qué necesita el país?

Las temáticas en el interior de la clínica siempre son un tema dinámico; si bien parten de una agenda abierta alrededor de los derechos humanos y el interés público, la variedad de los temas que se abordan obedece a las particularidades del contexto, así como a la coyuntura nacional o regional. Por ello los temas suelen variar de clínica a clínica, así sea dentro de la misma ciudad o país. Al preguntarle a los encuestados por aquellos temas que consideran que deberían abordarse en la agenda temática de la clínica, el primer lugar lo ocupan los temas relacionados con derechos sociales, la pobreza y la exclusión que hoy en día forman parte esencial no solo de debates jurídicos, sino también de la progresividad en la concepción del derecho al desarrollo que involucra elementos del discurso económico (80,77%). En segundo lugar, con porcentajes idénticos, se destacan los temas ambientales, de grupos étnicos, flujos migratorios, LGBTI, género y violencia de género (59,62%). Los temas calificados más bajo, aunque no son irrelevantes para los encuestados, son los relativos al derecho penal y de protección al consumidor, quizá porque tradicionalmente se han tenido como categorías más de una visión individual que colectiva y por ende no se ven como temas de oportunidad para las clínicas. Al final de la pregunta se dejaba abierta la opción de señalar temas no establecidos en el instrumento y se destacaron los referentes a discapacidad, adulto mayor, posconflicto, territorio y cárceles, lo cual es muestra de la visión abierta y dinámica señalada al comienzo de este párrafo (Gráfica 3).

Fuente: elaboración propia de las autoras.

Gráfico 3 Agenda temática. 

Tanto en las encuestas como en los grupos focales, se resalta la importancia de las alianzas estratégicas como el camino idóneo para alcanzar los fines de las clínicas y abordar temáticas diversas, atendiendo la coyuntura de los países y sus particularidades. Aunar esfuerzos con entidades públicas, firmas de abogados, universidades regionales, clínicas nacionales e internacionales y el desarrollo de actividades ProBono, son algunos de los escenarios reiteradamente referidos en los resultados encontrados. De igual manera, los asuntos relacionados con el posconflicto, la paz y el desarrollo, así como los ambientales y migratorios, forman también parte de esa agenda temática ideal sobre la cual deben versar las acciones de las clínicas jurídicas. En todo caso, la premisa siempre es el trabajo con las comunidades, empoderarlas en el conocimiento y defensa de sus derechos, pues como señaló uno de los participantes: «lo público necesita quien lo defienda, este tema se puede tratar desde la academia pero también aterrizarlo al trabajo con las comunidades»27.

Por último, preguntamos a los encuestados por las recomendaciones que harían a la clínica para mejorar, fortalecerse y propiciar nuevos espacios clínicos; los resultados los agrupamos de forma temática (Gráfica 4).

Fuente: elaboración propia de las autoras.

Gráfico 4 Recomendaciones. 

CONCLUSIONES

La investigación permitió hacer una lectura del alcance de la clínica como modelo de enseñanza del derecho, desde su quehacer social y pedagógico, y analizar cómo incide en la formación del estudiante y el desempeño del profesional del derecho.

Del estudio de caso se puede concluir, en primer lugar, que las características del modelo clínico general de formación se aplican íntegramente en la Universidad del Rosario y evidencian resultados claros y comprobables de impacto en el desarrollo de competencias y valores en las nuevas generaciones de profesionales del derecho. Se evidenciaron igualmente las diferencias de este modelo con la enseñanza clásica del derecho y con otros espacios de formación legal, mostrando así la figura de las clínicas como un escenario por excelencia de «aprender a aprender» y «aprender haciendo».

En relación con los aspectos esenciales de las clínicas, los resultados de los diversos instrumentos coinciden en destacar la participación de profesores y estudiantes en una labor que fortalece competencias para la vida profesional, el trabajo con casos reales donde se interactua en la búsqueda de una solución y el manejo de casos de alto impacto con incidencia social, jurídica o política. Entre las competencias más destacadas y que se derivan de la formación clínica, se evidencian: i) responsabilidad social, ii) comprensión de problemáticas, iii) solidaridad y comportamiento conforme a la ética, iv) competencias de lecto-escritura y oralidad, v) capacidad investigativa, vi) trabajo en equipo, vii) relacionamiento entre pares y con las comunidades vulnerables, viii) liderazgo, compromiso y amor por el trabajo, entre otras.

Del estudio de caso se deduce igualmente, que existe en los egresados una caracterización de la clínica como un espacio único de formación, diferente del Consultorio Jurídico, con aspectos significativos como la defensa del interés público, el abordaje de casos de alto impacto, una relación más estrecha y directa con las comunidades, y aprendizajes reales de la solidaridad y el trabajo colaborativo y contextualizado. Por su parte, en el grupo de supervisores se destaca la necesidad de complementariedad entre los dos escenarios pedagógicos, uno más concentrado en el litigio particular (consultorio) y otro dedicado al litigio colectivo (clínicas).

Los estudiantes son el centro del modelo clínico y para lograr hacer su experiencia valiosa, se deben combinar varios elementos: un entorno que facilite la experiencia pedagógica; un equipo supervisor comprometido, abierto al diálogo horizontal, con un plan de formación claro que permita el logro de sus objetivos; y un trabajo con casos reales de interés público, que fortalezca la responsabilidad, la autodisciplina, el compromiso y el trabajo colaborativo.

¿Cómo impacta esta experiencia la vida profesional de los egresados? Concluimos que los aportes de una clínica son significativos en lo laboral, lo académico y lo personal. La experiencia que aporta la clínica incide al momento de identificar las temáticas a las cuales se quieren dedicar los estudiantes en su vida profesional, al igual que cuando escogen continuar su proceso de formación en maestría y doctorado; asimismo, las herramientas y habilidades que les brinda la clínica son utilizadas en el ejercicio profesional, en la labor docente y para seguir indagando y aprendiendo en su quehacer diario.

Las recomendaciones de los egresados dan pautas importantes en lo que puede ser la reingeniería de las clínicas. En relación con las agendas, surge como aspecto coyuntural prioritario el posconflicto colombiano y el tema de los flujos migratorios. Se reitera la necesidad de continuar trabajando temas relacionados con derechos sociales, pobreza y exclusión, así como los temas ambientales, derechos de grupos étnicos, población LGBTI, personas mayores y personas con discapacidad. Entre otras prioridades, la necesidad de fortalecer alianzas, el uso de redes y nuevos canales de comunicación, así como una cátedra complementaria de litigio estratégico y derechos humanos y el acercamiento a las comunidades regionales, son temas esenciales.

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* Investigación desarrollada en el marco del proyecto «Formación legal desde la clínica jurídica: Grupo de Acciones Públicas», adelantado desde el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Facultad de Jurisprudencia (Universidad del Rosario) y el proyecto de tesis doctoral «Las clínicas jurídicas como medio de acceso a la justicia: el caso del desplazamiento forzado por desastres naturales», del Programa de Doctorado en Derecho, doctoranda: María Lucía Torres (Facultad de Jurisprudencia, Universidad del Rosario).

1 Para más información: http://www.urosario.edu.co/proyeccion-social/ (consultada el 11/06/18).

2 De manera general, desde 2000 a 2017, entre casos concluidos y casos en curso, se han tramitado 43 acciones colectivas ante la jurisdicción, 40 actuaciones de incidencia ante la Corte Constitucional, 11 de incidencia internacional y más de 25 asesorías a comunidades.

3 Para mayor información, véase en http://www.urosario.edu.co/acciones-publicas/inicio/ los links de Casos Emblemáticos, Incidencia Constitucional e Incidencia Internacional (Consultada el 11/06/18).

4 Véase «Análisis de Casos de gran impacto social: Las Causas de Interés Público» (2005); «Manual para el manejo de las Acciones Constitucionales» (2007); «Estructura, Funcionamiento y Actuaciones del Grupo de Acciones Públicas: nueve años de avance en Educación Legal Clínica» (2007); «Litigio Estratégico en Colombia. Casos paradigmáticos del Grupo de Acciones Públicas» (2013); entre otros incluidos en la bibliografía de este escrito.

5 Se resalta la alianza que desde 2009 se tiene en temas de Trabajo ProBono, la cual se materializa con la implementación de estrategias de litigio en casos de alto impacto en asocio con las firmas de abogados que forman parte de la Fundación ProBono Colombia. Véase http://www.urosario.edu.co/probono/inicio/

6 Véase informe «Una década de Trabajo Pro-Bono 2006/2016», elaborado por la firma de abogados Gómez-Pinzón Zuleta, (2016), pp. 9, 15-16. De igual forma, Informe de los 15 anos de la Fundación ProBono Chile (2015).

7 Véase http://www.gaje.org/ (Consultada el 12/06/18).

8 Véase http://www.clinicasjuridicas.org/ (Consultada el 12/06/18).

11 El informe de pares académicos para la reacreditación del programa de pregrado de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario destaca la labor de la clínica jurídica, resaltando: impacto social y proyección social del programa, pertenencia a redes internacionales, proyección social del cuerpo docente, participación de los estudiantes en procesos formativos de extensión, liderazgo y reconocimiento del GAP dentro y fuera de la Facultad. Consejo Nacional de Acreditación, Informe de Evaluación Externa con fines de Renovación de la Acreditación (2012).

12 Véase en Facebook: Grupo de Acciones Públicas (GAP). Actualmente el FanPage cuenta con cerca de 800 seguidores.

13 Entre el 26 de mayo y el 9 de junio de 2017.

14 Realizados los días 14 y 15 de junio de 2017, en las instalaciones de la Universidad del Rosario.

15 Las preguntas giraban en torno a la incidencia que la formación del GAP había tenido en su ejercicio profesional, los elementos que caracterizan a una clínica y que la hacen diferente de otras experiencias, las competencias que el GAP como modelo pedagógico brinda, la agenda de temas que deberían ser abordados por la clínica y anécdotas por resaltar en su paso por la clínica.

16 Realizado el día 23 de junio de 2017, en las instalaciones de la Universidad del Rosario.

17 Los Consultorios Jurídicos en Colombia están regulados por el Decreto 196 de 1971 y la Ley 583 de 2000.

18 Participante grupos focales, junio 14 y 15 de 2017.

19 En el punto de las diferencias entre clínicas y consultorio jurídico, las opiniones de este grupo focal son relevantes porque estos supervisores forman parte de la estructura organizacional del Consultorio Jurídico.

20 Participante en grupos focales, junio 14 y 15 de 2017.

21 Ibídem.

22 Ibídem.

23 En cuanto al lobby legislativo o intervenciones ante las Altas Cortes, es algo a lo que la clínica se ha dedicado más recientemente.

24 Participante en el grupo focal, junio 23 de 2017.

25 Ibídem.

26 Participante en grupos focales, junio 14 y 15 de 2017.

27 Grupos focales, junio 14 y 15 de 2017.

Recibido: 11 de Julio de 2018; Aprobado: 23 de Noviembre de 2018

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